sociedad colectiva estee

Upload: mirianziita-de-la-cruz-bances

Post on 28-Mar-2016

212 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Sociedad Colectiva Estee

TRANSCRIPT

SOCIEDAD COLECTIVALa sociedad colectiva proviene de la sociedad general, que surge principalmente en el seno familiar. En efecto, a travs de su evolucin histrica, vemos que est constituida con frecuencia como continuacin de la comunidad formada por los herederos de un comerciante. Pero an cuando se constituya con terceras personas, siempre se presupone que existe una recproca confianza, una relacin de compaeros.Se puede definir como sociedad personalista que desarrolla una actividad comercial bajo una razn social, con la particularidad que del cumplimiento de las deudas sociales responden en forma subsidiaria todos los socios personal y solidariamente.Sus caractersticas ms resaltantes son:Todos los socios intervienen directamente en la gestin de la sociedad. Los socios responden de forma personal, solidaria e ilimitadamente frente a las deudas sociales. Slo es adecuada para un nmero reducido de socios. Pueden existir socios industriales, que slo aportan trabajo personal, los que se caracterizan por que no podrn participar en la gestin de la sociedad. La sociedad se disuelve por la muerte de un socio colectivo, salvo pacto expreso en la escritura de constitucin de continuar en la sociedad los herederos del socio difunto o de subsistir entre los socios sobrevivientes. La condicin de socio no puede transmitirse libremente, ser necesario el consentimiento de los dems socios. OTRAS CARACTERISTICASEs una persona jurdica de derecho privado. Esta caracterstica se encuentra en el artculo 6 de la nueva Ley.El nmero mnimo de socios para su constitucin es de 2.Existen dos clases de socios en una sociedad colectiva:Socios industrialesSocios capitalistasUna persona jurdica puede ser miembro de una sociedad colectiva.Capital mnimo: el necesario para los primeros gastos.Todos los socios pueden participar en la gestin social.Mientras que todo socio es en principio administrador de la sociedad, no todos ellos tienen poder para representarla, sino nicamente aquellos que han sido autorizados para usar la firma social.La sociedad regular colectiva se manifiesta externamente no slo por medio de su inscripcin en los Registros Pblicos, sino tambin por social o nombre colectivo.Responsabilidad de los socios frente a la sociedad y frente a tercerosFrente a la sociedad:El socio asume frente a la sociedad una obligacin concreta que consiste en hacer entrega de su aporte en el tiempo y forma que se hubiera acordado o en otro caso dentro de los 3 dias siguientes a la celebracin del contratoNingn socio puede dedicarse a actividades comerciales que signifiquen competencia para la sociedad. En igual responsabilidad incurrir si emplease el capital o cualquier bien perteneciente a la sociedad para el provecho propio. Se le podr exigir al socio infractor a que entregue la ganancia obtenida en los que hubiere ejecutado por cuenta ajena, sin perjuicio en todo caso de la indemnizacin por cualquier dao que se le hubiere ocasionado a la sociedad con la infraccin.Frente a los tercerosLos socios en las sociedades colectivas asumen una responsabilidad ilimitada y solidaria por las operaciones hechas en su nombre y por cuenta de la compaa.LA DURACIN DE LA SOCIEDAD COLECTIVASegn el Artculo 268 regula sobre Modificacin del pacto social y seala:"Toda modificacin del pacto social se adopta por acuerdo unnime de los socios y se inscribe en el Registro, sin cuyo requisito no es oponible a terceros"Ventajas La dedicacin y esfuerzo de los socios es grande dado que participan directamente en los beneficios.La responsabilidad es solidaria e ilimitada, es decir, todos responden por las actuaciones que realicen la sociedad y los otros socios.[2]Existe una mayor posibilidad de reunir un mayor capital para la empresa en comparacin con una sociedad individual.Cada socio, independientemente de su aporte tiene derecho a un voto en la junta de socios.La administracin corresponde a todos y a cada uno de los socios, aunque se puede delegar en uno o en un tercero. [3]DesventajaLa sociedad se disuelve con la muerte o incapacidad de uno de sus socios y no se ha previsto en estatutos la continuidad con herederos olos dems socios.La admisin de nuevos socios requiere el consentimiento de los otros.El financiamiento por incremento de capital social a largo plazo es ms difcilDenominacin social:Ser el nombre de todos los socios, de algunos de ellos o de uno solo aadiendo, en estos dos ltimos casos " y Compaa" al nombre o nombres que se expresen.Este nombre colectivo no podr incluir el nombre de personas que no sean socios, y si se incluyera el nombre de alguien que no fuera socio, ste respondera solidariamente de las deudas de la sociedad. Al nombre le acompaarn las siglas S. C., o S.R.C., para la sociedad colectiva.La escritura de constitucin de las sociedades colectivasLa escritura de constitucin de la sociedad colectiva deber contener el nombre de los socios que otorgan la escritura, la razn social y el nombre que se convenga para la sociedad, debe tambin hacerse constar el objeto de la sociedad, y el capital aportado por cada uno de los socios y la forma en que se entreg. Conviene sealar tambin la parte de las ganancias que ser utilizada como fondo de reserva y la manera de cmo van a repartirse los ingresos y dividendos sobre la base de utilidades, si en el pacto no se dijera nada acerca de esto se entender que cada socio tendr parte en las ganancias y prdidas proporcionalmente al valor de sus aportaciones y la participacin del socio cuya aportacin consista en su trabajo se determinar por los socios.Registro Mercantil:Inscripcin obligatoria.Derechos y obligaciones de los socios:nicamente los socios autorizados para usar la firma social tienen poder para representar a la sociedad.La compaa deber abonar a los socios los gastos e indemnizarles de los perjuicios consecuencia de los negocios que realicen a nombre de la sta.Los socios capitalistas respondern a las prdidas en la misma proporcin a menos que, por pacto expreso, se incluya a los socios industriales. Las ganancias se repartirn entre los socios en funcin de la porcin de intereses que tengan en la compaa, correspondiendo a los socios industriales lo mismo que al socio capitalista de menor aportacin.Adems de los libros obligatorios para todo empresario, las sociedades colectivas llevarn un libro o libros de actas.