socialización deberes empresas y unidad tributaria

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Mis cordiales saludos: En vista de las irregularidades que se han presentado en este período académico 2014-1, el día 25 de marzo de 2014, ha sido otro día de perdida para la construcción de su conocimiento, por tal motivo, se realizarán algunas actividades extras, no contempladas en el acuerdo de aprendizaje, para así subsanar las fallas presentadas y poder socializar el conocimiento en el Taller I. Anteriormente les había enviado tres problemas para que realizaran el calculo del impuesto sobre la renta de personas naturales. Les sugiero las siguientes actividades: 1. Realizar una investigación sobre: la obligación que tienen las empresas venezolanas de cumplir con deberes formales tributarios ante las instituciones del estado: nacionales, estatales y municipales, cuales son esos deberes y cual es el porcentaje (%) que les corresponde pagar por cada uno de ellos. 2. Procedimiento establecido en el Código Orgánico Tributario para el cálculo de la Unidad Tributaria (UT). Conforme lo estipula el artículo 3, parágrafo tercero, del Código Orgánico Tributario (COT) y el artículo 121, numeral 15. De acuerdo a ello, hacer un análisis en la fijación de la UT en el año 2014, si la inflación del año pasado fue de 52,66% (a) que es la variación del IPC en el año 2013, según lo establecido por el BCV en su Página Web ¿En cuánto se debió haber fijado la UT? ¿cuál es la diferencia con la fijada? ¿Qué consecuencias trae para los trabajadores, para el Tesoro Nacional y para aquellos Municipios que fijaron la Unidad Tributaria como elemento para cuantificar sanciones tributarias? Cada una de estas actividades las realizará en un máximo de tres páginas y un mínimo de dos, así que sea concreto al escribir sus análisis. Se deben realizar las dos actividades aquí propuestas más los tres problemas . Una vez culminadas las van a colocar en una nueva etiqueta que agregaran

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Page 1: Socialización deberes empresas y unidad tributaria

Mis cordiales saludos:

En vista de las irregularidades que se han presentado en este período

académico 2014-1, el día 25 de marzo de 2014, ha sido otro día de perdida

para la construcción de su conocimiento, por tal motivo, se realizarán

algunas actividades extras, no contempladas en el acuerdo de aprendizaje,

para así subsanar las fallas presentadas y poder socializar el conocimiento

en el Taller I. Anteriormente les había enviado tres problemas para que

realizaran el calculo del impuesto sobre la renta de personas naturales.

Les sugiero las siguientes actividades:

1. Realizar una investigación sobre: la obligación que tienen las

empresas venezolanas de cumplir con deberes formales tributarios

ante las instituciones del estado: nacionales, estatales y

municipales, cuales son esos deberes y cual es el porcentaje (%)

que les corresponde pagar por cada uno de ellos.

2. Procedimiento establecido en el Código Orgánico Tributario

para el cálculo de la Unidad Tributaria (UT). Conforme lo estipula el

artículo 3, parágrafo tercero, del Código Orgánico Tributario (COT)

y el artículo 121, numeral 15. De acuerdo a ello, hacer un análisis

en la fijación de la UT en el año 2014, si la inflación del año pasado

fue de 52,66% (a) que es la variación del IPC en el año

2013, según lo establecido por el BCV en su Página Web ¿En

cuánto se debió haber fijado la UT? ¿cuál es la diferencia con la

fijada? ¿Qué consecuencias trae para los trabajadores, para el

Tesoro Nacional y para aquellos Municipios que fijaron la Unidad

Tributaria como elemento para cuantificar sanciones tributarias?

Cada una de estas actividades las realizará en un máximo de tres

páginas y un mínimo de dos, así que sea concreto al escribir sus análisis. Se

deben realizar las dos actividades aquí propuestas más los tres problemas.

Una vez culminadas las van a colocar en una nueva etiqueta que agregaran

Page 2: Socialización deberes empresas y unidad tributaria

a su e-Portafolio para así socializar el conocimiento, antes de día 30 de

marzo de 2014.

REFERENCIAS

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999). Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 5.453, marzo 24, 2000.

Código Orgánico Tributario Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela, 37.305, octubre 17, 2001.

Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Contrataciones Públicas.

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 38.895, marzo,

25, 2008.

Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley del Régimen Prestacional de

Vivienda y Hábitat. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de

Venezuela, 39.945, junio, 15, 2012.

Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley del

Seguro Social. Decreto Nº 8.921, de fecha 24 de abril de 2012. Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 39.912 , abril, 30, 2012.

Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista. Gaceta

Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 38.968, julio, 8, 2008.

Ley Orgánica del Poder Público Municipal. (). Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela, 6.015, Extraordinario, diciembre, 28, 2010.

Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación. (). Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela, 39.575, diciembre, 16, 2010.

Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social. (2.012). Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela, 39.912, abril, 30, 2012

Ley de Reforma Parcial de la Ley de los Consejos Locales de Planificación

Pública. (2010). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela,

Extraordinaria, 6017, diciembre, 30, 2.010.

Page 3: Socialización deberes empresas y unidad tributaria

Ley de Reforma Parcial de la Ley de los Consejos Estatales de Planificación

y Coordinación de Políticas Públicas. (). Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela, Extraordinaria, 6.017, diciembre, 30, 2010.

Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Estupefacientes y

Psicotrópicos. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela,

38.337, diciembre, 16, 2005.

Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público Decreto.

(2.009). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, 39.164,

abril, 23, 2009.

Ley para las Personas con Discapacidad. Gaceta Oficial de la República

Bolivariana de Venezuela, 38.598, enero, 15, 2007.

Derechovenezolano's Blog Derecho A La Mano, Doctrinas, Jurisprudencias,

Apuntes y Todo lo Relacionado de Nuestro Mundo Jurídico.

http://derechovenezolano.wordpress.com/category/apuntes/laboral/ http://der

echovenezolano.wordpress.com/

Diccionario Jurídico. http://foro.uned-derecho.com/diccionari

Espero que estas actividades sean motivacionales y que las vayan

compartiendo con sus compañeros y amistades.

Atentamente,

Oneida Marcano Gamero

Revisen el material que les estoy enviando

Página SENIAT

http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/PORTAL_SENIAT

IMPUESTO SOBRE LA RENTA

Tributos Internos

Page 4: Socialización deberes empresas y unidad tributaria

http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTENIDO_SENIAT

/03TRIBUTOS

La República Bolivariana de Venezuela es un estado federal en los términos

que establece la Constitución. Tiene 22 estados, un Distrito Capital y las

dependencias federales. Cada estado tiene tantos municipios como lo permita el

número de habitantes, dependiendo de su densidad poblacional.

El sistema tributario venezolano está fundamentado en los principios

constitucionales de legalidad, progresividad, equidad, justicia, capacidad contributiva,

no retroactividad y no confiscación. Este sistema distribuye la potestad tributaria en

tres niveles de gobierno: nacional, estadal y municipal.

Así, en la actualidad el SENIAT en ejercicio de la competencia que le ha sido

conferida sobre la potestad tributaria nacional, tiene bajo su jurisdicción los

siguientes impuestos: impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado, impuesto

sobre sucesiones, impuesto sobre donaciones, impuesto sobre cigarrillos y

manufacturas del tabaco, el impuesto sobre licores y especies alcohólicas y el

impuesto sobre actividades de juegos de envite y azar.

¡Cumple con tu deber constitucional de contribuir con las cargas públicas, para

que así el Gobierno Nacional pueda disponer de los recursos necesarios para propiciar

el bienestar de la colectividad!

Preguntas Frecuentes

http://www.seniat.gob.ve/portal/page/portal/MANEJADOR_CONTENIDO_SENIAT

/03TRIBUTOS/3.7PREGUNTAS_FRECUENTES/PFTI_01_ISLR.pdf

Modelo de cálculo declaración de Impuesto Sobre la Renta 2013 Persona Natural

http://mundotributariovzla.blogspot.com/2014/01/modelo-calculo-declaracion-islr-

2013.html

ISR / Calcula tu declaración con este Simulador de Hoja de impuesto

http://www.elmundo.com.ve/calcislr.aspx

La calculadora está elaborada basándose en el uso del desgravamen único y para

personas naturales asalariadas. En Archivo adjunto les estoy enviando tres problemas sobre ISR para que traten de resolverlo

Page 5: Socialización deberes empresas y unidad tributaria

1. Que obligación tienen las empresas venezolanas de cumplir con

deberes formales ante las instituciones del estado: nacionales, estatales y

municipales.

Entre los principales deberes tenemos:

Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS). Actualmente la

inscripción se hace a través del su portal www.ivss.gov.ve por el sistema

TIUNA a través del cual se puede realizar inscripción, movimiento y retiro de

trabajadores, consulta de facturas, trabajadores activos, entre otros

procedimientos.

BANAVIH.

Este instituto es el responsable de la administración del aporte de vivienda

realizado por el trabajador y su patrono. Al igual que el IVSS, la inscripción

se hace a través de la página www.banavih.gov.ve, por el portal se puede

incluir y retirar trabajadores, solicitar la planilla de pago e imprimir la

solvencia.

INCES.

Aunque las empresas con menos de 5 trabajadores no están obligadas a

pagar el 2% INCES deben estar inscritas y, preferiblemente, solicitar

trimestralmente la solvencia ante este instituto.

MINTRA.

Instituto que vela por el complimiento de los derechos del trabajador. Las

empresas deben inscribirse para obtener su número de NIL, luego deben

declarar trimestralmente los salarios y horas trabajadas a través del portal y

presentarla en la oficina de su región los primeros 15 días del mes siguiente

al trimestre declarado.

Page 6: Socialización deberes empresas y unidad tributaria

ALCALDIA.

Toda empresa debe inscribirse en la alcaldía del municipio donde se

encuentren obteniendo de eta manera su patente de industria y comercio.

Cada alcaldía tiene su normativa en cuanto a retenciones y declaración.

SENIAT.

Tributos toda persona jurídica debe declarar. Mensualmente el impuesto a

las ventas IVA, anualmente el impuesto sobre la renta ISLR, si la empresa es

contribuyente especial debe declarar quincenalmente las retenciones de IVA

a las compras realizadas.

Los recursos que les correspondan por concepto de situado constitucional.

El situado es una partida equivalente a un máximo del veinte por ciento del

total de los ingresos ordinarios estimados anualmente por el Fisco Nacional,

la cual se distribuirá entre los Estados y el Distrito Capital en la forma

siguiente: un treinta por ciento de dicho porcentaje por partes iguales, y el

setenta por ciento restante en proporción a la población de cada una de

dichas entidades.

La ley establecerá los principios, normas y procedimientos que propendan a

garantizar el uso correcto y eficiente de los recursos provenientes del situado

constitucional y de la participación municipal en el mismo.

Referencias

http://tipsparaempresas.com/deberes-formales-de-las-empresas/ 21-05-2014

2. Procedimiento establecido en el Código Orgánico Tributario para el cálculo

de la Unidad Tributaria (UT). Conforme lo estipula el artículo 3, parágrafo

tercero, del Código Orgánico Tributario (COT) y el artículo 121, numeral 15.

De acuerdo a ello, hacer un análisis en la fijación de la UT en el año 2014, si

la inflación del año pasado fue de 52,66% (a) que es la variación del IPC en

Page 7: Socialización deberes empresas y unidad tributaria

el año 2013, según lo establecido por el BCV en su Página Web, en cuanto

se debería haber fijado la UT, cuál es la diferencia con la fijada.

Conforme lo estipula el artículo 3 del Código Orgánico Tributario (COT), por

su carácter de determinación objetiva y de simple aplicación aritmética, la

Administración Tributaria Nacional (SENIAT) reajustará el valor de la Unidad

Tributaria de acuerdo con lo dispuesto en dicho Código. Más adelante el

artículo 121, numeral 15 de este instrumento normativo estipula que: "La

Administración Tributaria (SENIAT), tendrá las facultades, atribuciones y

funciones que establezcan la Ley de la Administración Tributaria y demás

leyes y reglamentos, y en especial Reajustar la unidad tributaria (U.T.) dentro

de los quince (15) primeros días del mes de febrero de cada año, previa

opinión favorable de la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea

Nacional,

En la Gaceta Oficial N°40.359, fue oficializado el aumento de la Unidad

Tributaria (U.T.), anunciado por la Comisión de Finanzas y Desarrollo

Económico de la Asamblea Nacional (AN), la cual pasa de 107 a 127

bolívares.

Reiteradamente publicaron el valor de la unidad tributaria del año 2014

tomando como base una inflación acumulada inferior (18,69%) a la publicada

por el BCV en el año inmediato anterior que fue de un 56,2 %.

Efectivamente, en los últimos 6 años se han estado publicando unidades

tributarias calculadas de forma subestimada, en menoscabo de lo dispuesto

en el artículo 121 del COT. Es el caso que de acuerdo a lo publicado por el

Banco Central de Venezuela.

La inflación es un tema que se maneja a diario y en el cual se maneja la

incertidumbre de que si está calculada acorde a lo dispuesto en el código

orgánico tributario, la nueva unidad tributaria en vez de 127 bs estaría en 167

bs, que a mi parecer desmejoraría más el problema económico del país.

Page 8: Socialización deberes empresas y unidad tributaria

Uno de los beneficios inmediatos del aumento de la unidad tributaria es que

el bono alimenticio diario se incrementa entre un mínimo de 31,75 bolívares

diarios hasta un máximo de 63,50 bolívares.

•Las personas naturales y jurídicas pagarán un mayor impuesto sobre la

renta para el ejercicio fiscal del año 2014.

• Las personas naturales sujetas a retención del ISLR serán objeto de una

sustracción mayor a la debida por la subestimación del sustraendo previsto

en el artículo 9 del Reglamento parcial de la Ley de ISLR que se determina

en función directa al valor de la Unidad Tributaria.

• Los trabajadores recibirán un menor importe del Bono de Alimentación.

•Las multas por incumplimiento de obligaciones tributarias que corresponde

percibir al Tesoro Nacional serán menores a las debidas.

•Las tasas de servicios públicos serán menores a las debidas.