sistemas electorales

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UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS INTRODUCCION A CIENCIAS POLITICAS CICLO I-2015 “TRABAJO DE INVESTIGACION PARTIDOS POLITICOS.” PRESENTADO POR: JOSE RODOLFO ESCOBAR CALLEJAS EC15008 LAURA MARGARITA ROSALES ESCOBAR RE05035 CHRISTOPHER NOÉ URRUTIA UU15001 GRUPO: B HORA: 6:30 – 7:20 AULA: 4 PRESENTADO A:

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UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES

LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS

INTRODUCCION A CIENCIAS POLITICAS

CICLO I-2015

“TRABAJO DE INVESTIGACION PARTIDOS POLITICOS.”

PRESENTADO POR:

JOSE RODOLFO ESCOBAR CALLEJAS EC15008

LAURA MARGARITA ROSALES ESCOBAR RE05035

CHRISTOPHER NOÉ URRUTIA UU15001

GRUPO: B HORA: 6:30 – 7:20 AULA: 4

PRESENTADO A:

LIC. ELISEO ORTIZ

OBJETIVOS

OBJETIVOS GENERALES.

1) Analizar en que consiste el sistema electoral y sus funciones.

2) Dar a conocer cuál es el sistema electoral que existe en el Salvador y como ha cambiado atravez de la historia.

OBJETIVO ESPECÍFICO.

Describir los tipos de sistemas electorales que existe.

Enunciar las características fundamentales de los sistemas electorales.

Explicar las diferentes características que tiene el sistema salvadoreño de el Salvador según sus fuentes del derecho.

Enlistar las leyes, reformas y decretos vigentes en materia electoral en el Salvador y los que aún están pendientes.

Índice capitular

1. INTRODUCCION..........................................................................................................................6

1.1 LA DEMOCRACIA Y LAS ELECCIONES...........................................................................................6

1.2 DEFINICIÓN DE LOS SISTEMAS ELECTORALES...........................................................................8

1.3 LAS FUNCIONES DE LOS SISTEMAS ELECTORALES...................................................................9

1.4 ELEMENTOS DE LOS SISTEMAS POLITICO.................................................................................10

1.4.1 ELEMENTO NORMATIVO DEL SISTEMA POLÍTICO.........................................................10

1.4.2 ELEMENTO IDEOLÓGICO DEL SISTEMA POLÍTICO........................................................11

1.5 TIPOS DE SISTEMAS POLITICO.....................................................................................................12

1.5.1 SISTEMAS PLURALISTAS..............................................................................................12

1.5.1.1 DEMOCRACIA PARLAMENTARIA............................................................................12

1.5.1.2 DEMOCRACIA PRESIDENCIALISTA........................................................................13

1.5.1.3 DEMOCRACIA SEMI-PRESIDENCIALISTA...............................................................13

1.5.2 SISTEMAS NO PLURALISTAS.........................................................................................14

1.5.2.1 AUTORITARISMO...................................................................................................14

1.5.2.2 TOTALITARISMO....................................................................................................14

1.5.2.3 TEOCRACIA...........................................................................................................15

1.5.3 LOS TIPOS HISTÓRICOS DE SISTEMAS POLÍTICOS.......................................................15

1.6 LOS SISTEMAS ELECTORALES Y PARTIDOS POLITICOS..........................................................16

2. MARCO TEÓRICO......................................................................................................................18

2.1 NACIMIENTO DEL SISTEMA ELECTORAL............................................................................................18

2.2 FUNCIONES DEL TSE............................................................................................................................19

2.3 EL DISEÑO DEL SISTEMA ELECTORAL...............................................................................................19

2.3.1 EL DISEÑO DEL SISTEMA ELECTORAL, TAMBIÉN AFECTA OTRAS ÁREAS DE LA LEGISLACIÓN ELECTORAL:.......................................................................................................20

2.3.2 ELEMENTOS PARA UN DISEÑO ELECTORAL.....................................................................20

2.4 PODERES DEL ESTADO........................................................................................................................20

2.4.1 EL PODER LEGISLATIVO...................................................................................................20

2.4.1.1 ELECCIÓN DE CARGOS..............................................................................................21

2.4.1.2 FUNCIONES................................................................................................................21

2.4.2 EL PODER EJECUTIVO......................................................................................................21

2.4.2.1 ELECCIÓN DE CARGOS..............................................................................................22

2.4.2.2 FUNCIONES................................................................................................................22

2.5 CONSTITUCION DE 1983.......................................................................................................................23

2.5.1 CAPITULO VII - TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL............................................................23

2.6 EL SISTEMA LECTORAL Y LOS ACUERDOS DE PAZ DE 1992..........................................................24

2.6.1 REFORMAS AL CÓDIGO ELECTORAL SALVADOREÑO SURGIDAS DESPUÉS DE 1992.......26

2.6.2 REFORMAS PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL................................................28

2.6.3 REFORMAS PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL............................................29

2.6.4 REFORMAS AL SISTEMA REPRESENTACIÓN POLÍTICA.................................................29

2.6.5 REFORMAS AL SISTEMA DE PARTIDOS POLÍTICOS.......................................................30

2.6.6 REFORMAS PARA GARANTIZAR EL EJERCICIO DEL DERECHO AL SUFRAGIO..................30

2.7 COALICIONES..................................................................................................................................31

2.7.1 CAPITULO I.......................................................................................................................31

2.7.2 CAPITULO II......................................................................................................................31

2.7.3 CAPITULO III......................................................................................................................32

2.7.3.1 ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO:..........................................................................32

2.7.3.2 DE LAS COMISIONES:.................................................................................................34

2.7.4 CAPITULO IV.....................................................................................................................34

2.8 SISTEMA ELECTORAL EL SALVADOR..........................................................................................35

2.8.1 NACIMIENTO DEL SISTEMA ELECTORAL...........................................................................35

2.8.2 TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL (TSE)...........................................................................35

2.8.2.1 FUNCIONES DEL TSE.................................................................................................36

2.8.2.2 MIEMBROS ACTUALES...............................................................................................36

3. CONCLUSION............................................................................................................................37

3.1 AVANCES Y RETROCESOS DEL SISTEMA ELECTORAL EN EL SALVADOR...................................38

4. BIBLIOGRAFIA...........................................................................................................................40

PRESENTACIÓN

Un eje ordenador para evaluar a los regímenes políticos es el grado de aproximación o distanciamiento entre ellos y el ideal democrático. Así, este último sirve como parámetro para juzgar el funcionamiento y la dinámica de las instituciones y las prácticas políticas reales.

La relación entre ideal democrático y realidad política es en extremo compleja debido a que las instituciones y los procedimientos en los que la democracia se concreta responden a procesos históricos y políticos específicos, así como a la elección y concreción de opciones diversas.

Un ejemplo que ilustra bien las anteriores aseveraciones es el de los sistemas electorales. En efecto, éstos pretenden resolver la necesidad de traducir en representación política el principio de la soberanía popular y la voluntad ciudadana expresada en el voto. Sin embargo, como es sabido, no existe una fórmula única para transformar votos en curules; las posibilidades de hacerlo son múltiples y pueden incorporar una gran diversidad de variables específicas.

Es verdad que existen dos principios básicos de representación política: el mayoritario y el proporcional, pero ambos pueden materializarse de muy diversas maneras e incluso combinarse, dando lugar a una amplia gama de opciones y a una extensa tipología de sistemas electorales.

Esta situación ha generado interrogantes acerca de cuál es el mejor sistema electoral, es decir, el que mejor se ajusta a los principios democráticos de soberanía popular y de representación política. Los estudiosos del tema han esgrimido argumentos en favor y en contra de uno y otro principio de representación, de uno y otro sistema electoral, de una y otra posibilidad de reforma, acumulando una gran riqueza teórica.

Así, quizás haya que sustituir la pregunta acerca del sistema electoral perfecto por una que indague sobre el sistema electoral más adecuado a las condiciones históricas y políticas de una nación, que mejor responda a las necesidades y procesos específicos de conformación de las instituciones de representación y de gobierno, y que goce del más amplio consenso entre los actores políticos relevantes y la mayoría ciudadana.

Pero para ello es un requisito indispensable el conocimiento de los sistemas electorales por parte de todos los protagonistas de los procesos comiciales, incluidos desde luego los ciudadanos, cuya participación hace posible que la democracia no quede arrinconada en el desván de las utopías política

1. INTRODUCCION

1.1 LA DEMOCRACIA Y LAS ELECCIONES

Otros participantes de las Naciones Unidas involucrados en el suministro de asistencia electoral son el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, los Voluntarios de las Naciones Unidas, el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer, la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos, UNESCO1, el Fondo de las Naciones Unidas para la Democracia y el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales. En los últimos 20 años, las Naciones Unidas ha suministrado asistencia electoral a más de 110 Estados Miembros States (y/o territorios que han pedido apoyo).

El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, por ejemplo, ha proporcionado asistencia electoral a 59 Estados Miembros en los dos años previos a la Asamblea General de 2013, para fomentar la capacidad de gestión electoral sostenible, promover la participación inclusiva en elecciones, particularmente de las mujeres y otros grupos sub-representados con el fin de coordinar el apoyo de donantes a los procesos electorales.

De igual manera el DOMP, cuando así lo decide el Consejo de Seguridad, incluye componentes electorales en sus operaciones y provee apoyos similares. Cuando más de un agente de la ONU está involucrado en proporcionar asistencia electoral (por ejemplo DOMP y PNUD), esta debe ofrecerse de una manera integrada.

Las Naciones Unidas también han establecido relaciones con organizaciones gubernamentales, intergubernamentales y no gubernamentales que participan en la asistencia electoral, incluidas la Unión Africana, la Unión Europea, International IDEA2, la Organización de los Estados Americanos, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, y la Comunidad del África Meridional para el Desarrollo. Otros socios son las organizaciones no gubernamentales internacionales que trabajan en el campo de la asistencia electoral.

Estos incluyen instituciones como el Centro Carter, el Instituto Electoral para la sostenibilidad de la democracia en África y la Fundación Internacional para Sistemas Electorales. Esas relaciones ofrecen oportunidades de colaboración en las actividades de apoyo electoral así como para compartir experiencias y enseñanzas.

La asistencia electoral de las Naciones Unidas ha sido un componente crucial y positivo en materia de mantenimiento de la paz, establecimiento de la paz, y establecimiento e intensificando la gobernanza democrática. A medida que la democracia se ha difundido, también lo hecho el papel de las elecciones como medio de establecer un gobierno legítimo. 1 La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (en inglés United Nations Educational, Scientific and Cultural Organization Se fundó el 16 de noviembre de 19452 El Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (International IDEA), fundado en 1995

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Las Naciones Unidas han participado en elecciones en todas las regiones del mundo con asistencia proporcionada en el Afganistán, Liberia, Cote d’Ivoire, Zambia, Bangladesh, Iraq, Honduras, Malí y México, por mencionar unos pocos. En Túnez, por ejemplo, la ONU3 apoyó a la sociedad civil en las elecciones de octubre de 2011 para una Asamblea Nacional Constituyente y continúa aportando asistencia técnica a las autoridades. En Libia, un equipo integrado de la ONU apoyó a las autoridades en la organización y realización de las elecciones al Congreso Nacional General del 7 de julio de 2012. En 2013, la ONU proveyó apoyo técnico y logístico a las autoridades de Mali en la realización de las elecciones presidenciales. Además, junto con organizaciones regionales, la ONU ha facilitado el diálogo entre el gobierno de transición y los actores políticos en el norte de Mali.

Las elecciones en cada país son únicas, y reflejan las características políticas e históricas de los distintos países. Si bien no hay un único sistema electoral que se adapte por igual a todos los países, el proceso electoral debe adherirse a obligaciones y compromisos contenidos en instrumentos internacionales de derechos humanos.

Por consiguiente, las Naciones Unidas abordan cuidadosamente cada solicitud tras una serie de medidas: solicitud oficial; evaluación; diseño; y ejecución. A menudo se hace un énfasis específico en fortalecer la capacidad de las entidades nacionales de gestión electoral para implementar comicios creíbles en línea con sus respectivos mandatos legales.

Se reconoce que al abordar la capacidad de un órgano de gestión electoral por sí solo no se han de producir necesariamente elecciones dignas de crédito.

También es necesario que haya un foco del medio político global en el cual se celebran las elecciones. Por consiguiente, las Naciones Unidas también realizan esfuerzos para promover la capacidad, además de las autoridades electorales.

Ello implica trabajar con los votantes, los medios de información y la sociedad civil, así como con otros participantes e instituciones de la gobernanza democrática.

Reconociendo además que incluso una buena elección técnicamente todavía puede encender quejas y tensiones subyacentes, las Naciones Unidas también está poniendo más atención al asunto de las elecciones y la violencia, entre otros ejemplos están las actividades de mediación y diálogo del Asesor Especial para Yemen, quien trabaja estrechamente con el Coordinador Residente de la ONU y el PNUD en llevar el proceso político adelante.

En Liberia, la Misión de las Naciones Unidas (UNMIL), en consultas intensas con la CEDEAO, participó con los actores políticos en un esfuerzo por rebajar las tensiones antes, durante y después de las elecciones; y en Guinea, el SRSG para el África Occidental, con un firme apoyo del DAP, facilitó el diálogo entre los actores políticos y aseguró con ello la reanudación del proceso electoral estancado.

La meta principal de la asistencia electoral de las Naciones Unidas es apoyar a los Estados Miembros para que celebren elecciones periódicas, fidedignas y genuinas y establezcan procesos electorales sostenibles a nivel nacional.

3 Organización de las naciones unidas.

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Las Naciones Unidas procuran garantizar que los Estados Miembros tengan la capacidad nacional de organizar elecciones futuras con poca o ninguna ayuda externa.

1.2 DEFINICIÓN DE LOS SISTEMAS ELECTORALES

El sistema electoral es el conjunto de medios a través de los cuales la voluntad de los ciudadanos se transforma en órganos de gobierno o de representación política. Las múltiples voluntades que en un momento determinado se expresan mediante la simple marca de cada elector en una boleta forman parte de un complejo proceso político regulado jurídicamente y que tiene como función establecer con claridad el o los triunfadores de la contienda, para conformar los poderes políticos de una nación.

El sistema electoral recibe votos y genera órganos de gobierno y/o de representación legítimos. En ese sentido es una estructura intermedia del proceso a través de la cual una sociedad democrática elige a sus gobernantes. Los extremos que lo enmarcan, a su vez, forman parte de complejas realidades que en sí mismas ofrecen un vasto universo de análisis.

Con la generalización del sufragio en el mundo se puso en marcha la costumbre social según la cual los gobernados intervienen en la selección de sus gobernantes. Así, la democracia adquirió su actual adjetivo funcional: democracia representativa. En ese sentido, se dice que es el mejor (o el menos imperfecto) de los sistemas de gobierno que ha inventado el hombre.

Los actores y los elementos del fenómeno electoral moderno son múltiples y variados: los electores, los candidatos, los partidos, los medios de comunicación, las autoridades que organizan el proceso; también lo son los procedimientos para la conformación de la lista de electores, la realización de las campañas de difusión, la instalación de los lugares de votación, la emisión y conteo de los sufragios y, finalmente, la resolución de los conflictos que se puedan presentar durante y después del acto electoral.

Entre ese cúmulo de procedimientos y en contacto con todos los actores referidos, el sistema electoral juega un papel de especial importancia. Debe responder a múltiples cuestionamientos de manera clara y equitativa. Por tal motivo, todo sistema electoral tiene asignadas determinadas funciones.

1.3 LAS FUNCIONES DE LOS SISTEMAS ELECTORALES

De acuerdo con sus objetivos, los sistemas electorales se componen de reglas y procedimientos destinados a regular los siguientes aspectos y etapas de los procesos de votación: ¿quiénes pueden votar?; ¿quiénes pueden ser votados?; ¿de cuántos votos dispone cada elector?; ¿cómo pueden y deben desarrollarse las campañas de propaganda y difusión?; ¿cuántos representantes se eligen en cada demarcación electoral?; ¿cómo se determinan y delimitan los distritos y secciones electorales?; ¿quiénes y cómo deben encargarse de organizar los comicios?; ¿cómo deben emitirse y contarse los sufragios?; ¿cuántas vueltas electorales pueden y/o deben realizarse para determinar al triunfador?; ¿quién gana la elección? y, por último, ¿cómo se resuelven los conflictos que puedan presentarse?

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Todas ésas son circunstancias que una ley electoral debe prever y resolver. Estas son las funciones básicas de los sistemas electorales. Evidentemente, existen otras que regulan la constitución y reconocimiento legal de los partidos políticos, el registro de los ciudadanos, el papel de los medios de comunicación en las contiendas y la participación de posibles donantes en el financiamiento de las campañas.

En los medios académicos y políticos europeos y norteamericano se ha desarrollado una larga e intensa polémica acerca de las posibles consecuencias políticas de las leyes electorales.

En virtud de ello, se ha identificado a las fórmulas electorales (así como a otras dimensiones de los sistemas electorales) como factores fundamentales del proceso de transformación de votos en curules (asientos reservados para los representantes en las cámaras respectivas). Por ese motivo se ha clasificado a los sistemas a partir de las fórmulas que cada uno de ellos contiene.

La literatura especializada identifica tres modalidades principales de sistema electoral. Se trata de tipos básicos que en su forma pura se aplican sólo en unos cuantos países.

Sus características elementales, sin embargo, los han hecho centro de la aguda polémica que se produce cada vez que se discute cuál de los sistemas electorales es el mejor. Veamos los rasgos fundamentales de estos tipos básicos de sistemas electorales y, de manera general, los argumentos empleados para objetarlos o defenderlos.

1.4 ELEMENTOS DE LOS SISTEMAS POLITICO.

Los elementos del sistema político se pueden reducir a cuatro, que operan en distintos niveles dentro del sistema:

Elementos institucionales. Son los órganos e instrumentos que dirigen el sistema y cumplen la función de asignar valores a la sociedad.

Actores institucionalizados, en que la sociedad se organiza para transmitir sus demandas o influir o modificar las decisiones de la autoridad.

Los valores de los individuos y grupos sociales. Viene a ser la cultura política.

Otros sistemas políticos de carácter nacional. El escenario internacional.

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Sin entrar en mucho detalle todas las clasificaciones actuales de sistemas políticos han venido a reducirlos a dos en función de las relaciones internas del sistema, su complejidad, las interacciones, etc. y son: sistemas democráticos y sistemas autocráticos.

1.4.1 ELEMENTO NORMATIVO DEL SISTEMA POLÍTICO

El elemento normativo del sistema político de la sociedad lo constituye el conjunto de normas jurídicas, políticas y morales que regulan las relaciones entre los distintos componentes orgánicos del sistema político y entre este y los individuos.

Es el derecho quien viene a regular o reglamentar las relaciones entre las distintas clases y grupos sociales y entre estos y los individuos, así como entre las distintas instituciones y organizaciones que integran el sistema político de la sociedad por lo que en las sociedades divididas en clases sociales antagónicas se convierte en el medio social y eficaz para hacer valer la voluntad de la clase dominante con apoyo por supuesto de la fuerza coactiva del estado.

Así de esta manera las ciencias jurídicas de la extinta Unión Soviética, donde imperaba un sistema político socialista dieron en llamar "Mecanismos de regulación Jurídica" al conjunto de métodos y procedimientos contenidos en el ordenamiento jurídico que tenían por objeto la regulación de las relaciones sociales en aquellas esferas que son vitales para la clase dominante y sus aliados, pero dentro del marco del sistema político del socialismo existen relaciones que escapan a la regulación jurídica como las llamadas "Relaciones políticas" que indican la conducta de los grupos sociales en la lucha por el poder y su ejercicio, los cuales se regulan por las normas políticas, en cuyo campo también entran las relaciones internas en el seno de los partidos políticos, organizaciones sindicales y otras semejantes.

No es posible culminar este análisis sin hacer referencia a la moral, la cual juega un importante papel de regulador en las relaciones que se producen en el seno de la sociedad con la particularidad de que en ellos la responsabilidad opera solo a nivel individual, no obstante ello, la clase dominante minoritaria, se vale de mecanismos del sistema político para tratar de imponer a las demás clases los valores morales de su conveniencia en las sociedades divididas en clases antagónicas.

En las sociedades socialistas en cambio, sirven para elevar a las principales capas sociales (Campesinos, obreros, intelectuales etc.) a los valores morales de la clase obrera con el fin de crear las bases de un sistema único de la moral.

1.4.2 ELEMENTO IDEOLÓGICO DEL SISTEMA POLÍTICO

El elemento ideológico en el sistema político de la sociedad hay que buscarlo en la relación existente entre la conciencia política y la cultura política, las cuales constituyen el fundamento ideológico de la actuación de las distintas clases sociales en sus luchas con las clases enemigas y en sus relaciones con las clases aliadas, constituyendo a su vez el elemento ideológico necesario para el funcionamiento del sistema político de la sociedad.

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Para mantener su dominio las clase dominante se vale de todo su arsenal de conceptos, juicios y argumentos de todas índoles elaborados por sus ideólogos sobre su propio papel en la sociedad y los difunden a través de mecanismos creados, tanto entre los oprimidos como entre sus propios aliados, han tratado siempre de presentar sus valores como la máxima aspiración en el terreno del orden social, eternos e inmutables, creyéndose eternos e inmutables ellos mismos y esta es la razón por la cual los tipos históricos de sistemas políticos de las sociedades basadas en la explotación del hombre por el hombre, se presentan como coto cerrados, como estáticos.

La clase obrera en cambio, por sus condiciones materiales de existencia, es la única que podría tomar conciencia plena de su transitoriedad histórica y de que su dominación política debe conducir inexorablemente a la desaparición de todas las clases y a la implantación de la sociedad comunista y por eso el sistema político socialista es concebido como un organismo en constante perfeccionamiento, hacia el desarrollo de formas superiores de democracia, tarea íntimamente vinculada con la participación creciente de las masas en la administración de los asuntos sociales, que es, una de las direcciones fundamentales para el tránsito de la estatalidad a la autogestión comunista.

“Así concluimos que el elemento ideológico del sistema político es en resumen, el contenido de la actuación de las clases de la política, de la lucha política.”

El sistema político de la sociedad a nivel de todos sus componentes trabaja sobre la base de juicios y valoraciones políticas, correctos o no, pero siempre esencialmente políticos.

1.5 TIPOS DE SISTEMAS POLITICO

División de los sistemas políticos

Pluralistas: Parlamentarismo, Presidencialismo. Semi-presidencialismo

No Pluralistas: Autoritarismo, Totalitarismo, Teocracia.

1.5.1 SISTEMAS PLURALISTAS1.5.1.1 DEMOCRACIA PARLAMENTARIA

El parlamentarismo, también conocido como sistema parlamentario, es un mecanismo en el que la elección del Gobierno (poder ejecutivo) emana del Parlamento (poder legislativo) y es responsable políticamente ante éste. A esto se le conoce como principio de confianza política, en el sentido de

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que los poderes legislativo y ejecutivo están estrechamente vinculados, dependiendo el ejecutivo de la confianza del parlamento para subsistir.

Aparecen en Europa hacia el siglo XVIII (en Inglaterra en 1640) a medida que la monarquía absoluta va cediendo poder y dejando paso al liberalismo. Ventajas y desventajas del parlamentarismo: Mayor representación del conjunto social en la medida en que las decisiones deben ser consensuadas en muchas ocasiones entre distintas facciones políticas representadas en el Parlamento, por tanto existe una mayor legitimidad del sistema.

Mejor capacidad de respuesta frente a una crisis de gobierno en la medida que puede cambiar el poder ejecutivo adoptando la moción de censura.

Separación de poderes atenuada entre el ejecutivo y el legislativo. Excesiva vinculación del poder ejecutivo con el partido político mayoritario en el Parlamento, pudiendo derivar en partidocracia. Su forma más estable termina siendo el bipartidismo.

Existe también una tendencia hacia las grandes coaliciones o sistemas de partidos dominantes como en el caso de Suecia.

1.5.1.2 DEMOCRACIA PRESIDENCIALISTA

Se denomina presidencialismo o sistema presidencial a aquella forma de gobierno en el que, constituida una República, la Constitución establece una división de poderes entre el poder legislativo, poder ejecutivo y el poder judicial y el Jefe del Estado, además de ostentar la representación formal del país, es también parte activa del poder ejecutivo, como Jefe de Gobierno. Ejerciendo, pues, una doble función porque le corresponden facultades propias del Gobierno, siendo elegido de forma directa por los votantes y no por el Congreso o Parlamento. La república democrática presidencialista más conocida en la historia contemporánea es Estados Unidos.

El Presidente es el órgano que ostenta el poder ejecutivo mientras que el poder legislativo lo suele concentrar el congreso, sin perjuicio de las facultades que en materia legislativa posee el presidente. Prácticamente todos los países de América tienen un sistema presidencial, con excepción de Canadá. Ventajas y desventajas del Presidencialismo.

Dada la elección directa existe mayor legitimidad en el Gobierno. Separación de poderes clara y suficiente entre el ejecutivo y el legislativo. Inexistencia de vinculación del poder ejecutivo con el partido político mayoritario en el Congreso, evitando caer en partidocracias. Menor representación

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del conjunto social, en la medida que las decisiones no son consensuadas en muchas ocasiones entre distintas facciones políticas representadas en el Congreso.

Menor capacidad de respuesta frente a una crisis de gobierno, en la medida que el Congreso no puede cambiar el poder ejecutivo adoptando la moción de censura. Tendencia al bipartidismo como su forma más estable, debido a la necesidad de financiación y la falta de identidad política.

1.5.1.3 DEMOCRACIA SEMI-PRESIDENCIALISTA

La República Semi-presidencialista es aquella en la cual el Presidente de la República, elegido por sufragio, tiene ciertas competencias de gobierno. El Primer ministro es elegido por el Parlamento a petición del Presidente, y éste responde de su responsabilidad ante el Parlamento. Por regla general, el Presidente de la República centra sus funciones en la política exterior, mientras el primer ministro lo hace en política interior.

En este sistema a veces hay cohabitación. Estos periodos pueden acarrear una beneficiosa verificación de la separación de poderes o estar llenos de obstrucciones a causa de la dualidad del ejecutivo. Francia es el arquetipo y prototipo de la forma de gobierno que se llama Sistema Semipresidencial, de naturaleza mixta y cuyas características fueran inspiración de los sistemas políticos de varias naciones.

Las características principales del sistema que fue implantado con la V República Francesa son: El Ejecutivo es dual, tal que existe un Jefe de Estado, denominado Presidente de la República y un Consejo de Ministros o Gabinete presidido por su Primer Ministro, como Jefe de Gobierno. Gabinete políticamente responsable, en consecuencia, susceptible de ser interpelado y censurado.

Jefe de Estado es elegido por sufragio universal. Tal precepto fue incluido en la Constitución Francesa a partir de la Reforma de 1962, elección directa que equipara al Presidente de la República con el Parlamento, en lo que a representatividad política se refiere. El Poder Ejecutivo tiene la facultad de disolver la Cámara Baja o Asamblea Nacional, en caso de grave controversia que ponga en riesgo la gobernabilidad de la Nación.

Existen ciertos actos del Presidente de la República que no requieren el refrendo del ministro del ramo para su validez, como la disolución parlamentaria o las facultades contraídas mediante el polémico artículo 16° de la Constitución Francesa. Otros países como Finlandia, Corea del Sur, Rusia, Mongolia, Portugal y Rumanía entre otros tienen este sistema mixto.

1.5.2 SISTEMAS NO PLURALISTAS

1.5.2.1 AUTORITARISMO

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El término se utiliza para calificar a estados que pretenden conservar y gestionar el poder político mediante mecanismos no democráticos. Aparentemente se viste de democracia pero la diferencia fundamental es la carencia de pluralismo, unipartidismo y/o la inexistencia de sufragio. La estructura del estado suele tener estructura de Parlamentarismo, y las decisiones se toman en sede parlamentaria con carácter vinculante.

Aunque solo hay un partido, o partidos restringidos, hay un margen para la discusión, política, para la elección de Jefe del estado y para las mociones de censura. China es el más claro ejemplo actual de parlamentarismo autoritario. Algunas de las llamadas democracias populares o democracias socialistas, suelen tener este tipo de sistema.

1.5.2.2 TOTALITARISMO

El término se usa para denominar a los sistemas que tienden al personalismo como jefatura del Estado. Es sin duda el menos plural de todos puesto que el margen para la discusión política es mínimo, inexistente o por simple apariencia y por contra, la politización de la sociedad es máxima. La vida pública y privada gira en torno a un líder que puede ser vitalicio, al que se verena y cuya posición, adquirida por diversas vías, nunca se cuestiona.

El Jefe del Estado es quien nombra y deroga, a su voluntad o a la voluntad de sus acólitos. A veces hay un parlamento, de consejeros no vinculantes o testimoniales, a veces se disfraza de sufragio, pero son por apariencia. Normalmente existe un solo partido o un número restringido, o a veces ni siquiera se permiten los partidos políticos. En este tipo de sistemas se encuentran las dictaduras militares (Corea del Norte, Birmania, la URSS estalinista) y las monarquías absolutistas o semi-absolutistas (Marruecos, Arabia Saudí, Kuwait, etc…)

1.5.2.3 TEOCRACIA

En los Estados Teocráticos ven a la religión como un sistema completo de vida, se interesan más por el bienestar espiritual de los gobernados que por el bienestar físico y material de los mismos. Dirigen en materias financieras y económicas de acuerdo a los principios y enfoques distintivos de cada religión.

Los Estado Teocráticos interpretan a su dios como creador del ser humano, omnipotente y perfecto, de tal forma que las leyes y regulaciones que se encuentran en las sagradas escrituras son igualmente perfectas por ser de su inspiración. El hombre es considerado, sin discernimiento cierto y sus aptitudes son limitadas para descubrir las leyes naturales de la vida, además, el hombre no se considera sincero y objetivo en su conducta con las leyes.

En los Estados Religiosos le ley está íntimamente vinculada con el pensamiento individual, por lo tanto la actuación de los individuos está regulada no solamente por los organismo de coacción, sino también por la sociedad en su conjunto, de allí derivan las posiciones fundamentalistas de este tipo de sociedades. El ejemplo de este sistema es Irán.

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1.5.3 LOS TIPOS HISTÓRICOS DE SISTEMAS POLÍTICOS

Teniendo en cuenta que el Estado es el centro de todo el sistema político de la sociedad pues este último gira en torno a él, podemos afirmar que han existido tantos tipos históricos de sistemas políticos como tantos tipos históricos de Estado ha conocido la historia de la humanidad en coherencia plena con las bases sentadas por Marx y Engels para el análisis de las distintas formación económicas sociales a pesar de que los sistemas esclavistas y feudales no hablaron nunca de sistema político.

Hacemos tal afirmación a juzgar por los rasgos que lo caracterizan o definen:

El modo de producción a que responde.

¿Qué clase o clases detentan el poder político?

¿Contra qué clase o clases ejercitan ese poder político?

Habiendo determinado por estos rasgos diferencias esenciales entre los distintos tipos históricos de sistemas políticos encontramos también entre ellos características que los asemejan que son expresión de regularidades aún más generales del desarrollo histórico, nos referimos a que tres de los mismos se basan en modos de producción que a su vez tienen como núcleo la propiedad privada; al hecho común de la presencia del Estado en todos los tipos históricos conocidos; y a la presencia de instituciones solo similares por su forma, tanto en el sistema político burgués como en el tipo socialista; diferencias y semejanzas que sirven para demostrar en qué sentido se ha operado el progreso y las tendencias actuales en la organización de las sociedades y sobre qué base, en tanto que las similitudes, más aparentes que reales, son utilizadas por los ideólogos burgueses para negar el desarrollo histórico o aceptarlo solo parcialmente.

1.6 LOS SISTEMAS ELECTORALES Y PARTIDOS POLITICOS

Lo usual es que los distintos tipos de sistemas electorales fomenten distintos tipos de organizaciones partidistas y de sistemas de partidos.

Si bien es importante que los sistemas de partidos tengan el mayor grado de representatividad posible, la mayoría de los especialistas se inclinan por sistemas que alienten el desarrollo de partidos basados en valores e ideologías políticas muy amplias y en propuestas programáticas muy específicas, en lugar de partidos enfocados en intereses muy reducidos de carácter étnico, racial o regional.

Al mismo tiempo que reducen la amenaza de conflictos sociales, es probable que los partidos que están basados en este tipo de “divisiones transversales” reflejen de manera más apropiada la opinión nacional que aquellos que se basan predominantemente en intereses sectarios o regionales.

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Es probable que los sistemas políticos altamente centralizados que utilizan RP4 por listas cerradas estimulen organizaciones partidistas fuertes; por el contrario, los sistemas más descentralizados y basados en distritos uninominales, como el sistema de mayoría simple, pueden generar el efecto opuesto. Pero existe un gran abanico de variables electorales que pueden ser utilizadas para influir en el desarrollo de un sistema de partidos.

Por ejemplo, nuevas democracias como las de Rusia e Indonesia han tratado de moldear el desarrollo de sus incipientes sistemas de partidos ofreciendo incentivos institucionales para la formación de partidos nacionales, en lugar de partidos regionales. Otros países como Ecuador y Nueva Guinea han utilizado los requisitos para el registro y el financiamiento de los partidos para alcanzar los mismos objetivos.

El acceso a financiamiento público y/o privado es un asunto clave para el diseño de un sistema electoral y también es a menudo el principal obstáculo para la emergencia de nuevos partidos que resulten viables.

En la misma medida en que la selección del sistema electoral afecta la forma en que se desarrolla el sistema de partidos, el sistema de partidos establecido afecta la selección del sistema electoral.

Es poco probable que los partidos existentes respalden cambios que los coloquen en una posición de desventaja o que abran la posibilidad de que entren nuevos partidos en la contienda que rivalicen con ellos, a menos que exista un fuerte imperativo político.

Por consiguiente, el rango de opciones para modificar un sistema electoral puede enfrentar limitaciones prácticas.

Los diferentes tipos de sistemas electorales también afectan la forma en que se relacionan los candidatos con sus simpatizantes.

En general, se considera que los sistemas que utilizan distritos uninominales, como los de pluralidad/mayoría, permiten que los candidatos se perciban a sí mismos como delegados de una zona geográfica en particular y vinculados a los intereses de su electorado local.

En contraste, es probable que los sistemas que utilizan grandes distritos plurinominales, como es el caso de la mayoría de los de RP, produzcan representantes cuya lealtad primaria tenga que ver con su partido o con asuntos nacionales. Ambas opciones tienen sus ventajas, lo que explica el crecimiento en la popularidad de los sistemas mixtos que combinan representantes a nivel local y nacional.

La cuestión de la rendición de cuentas se plantea a menudo en las discusiones sobre partidos políticos y sistemas electorales, especialmente en relación con la elección de representantes en lo individual.

Las relaciones entre los electores, los representantes elegidos y los partidos políticos no sólo se ven afectadas por el sistema electoral sino también por disposiciones establecidas en el marco legal como la duración de los mandatos, las normas que regulan las relaciones entre los partidos y sus 4 Representación proporcional

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miembros que resultan elegidos o aquellas que prohíben que los representantes elegidos cambien de partido si no renuncian antes a la legislatura.

La libertad de los electores para elegir entre candidatos y no entre partidos es otro aspecto de la rendición de cuentas.

En años recientes muchos países han incorporado un mayor número de elementos centrados en los candidatos en lo individual dentro de sus sistemas electorales, por ejemplo, introduciendo listas abiertas para elecciones por RP.

2. MARCO TEÓRICO

2.1 NACIMIENTO DEL SISTEMA ELECTORAL

Con la idea de garantizar el proceso electoral, la Constitución de 1950 establece un Consejo Central de Elecciones como autoridad suprema en materia electoral, modificando el sistema de 1986 en el cual las Juntas Departamentales conocían de la elección de Diputados a la Asamblea Legislativa en la elección de Presidente y Vice-Presidente de la República.

El Consejo Central de Elecciones, a partir de esa declaración, era elegido por la Asamblea Legislativa.

El Poder Ejecutivo y la Corte Suprema de Justicia presentaban una terna a la Asamblea, escogiendo un propietario y un suplente de cada una de las ternas y se elegía directamente el otro propietario y el otro suplente, quedando formado por tres miembros propietarios y tres suplentes.

El Consejo Central de Elecciones nació en 1950, funcionó con las proyecciones y limitantes establecidas por la Ley Primaria hasta el 15 de diciembre de 1993, fecha en que se le dio vida al Tribunal Supremo Electoral. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) surgió en 1992 a raíz de la firma de los Acuerdos de Paz, entre el Gobierno y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN).

El Tribunal Supremo Electoral es la autoridad máxima en materia electoral, sin perjuicio de los recursos establecidos en la Constitución por violación de la misma .Tiene su sede en la Capital de la República con jurisdicción en todo el territorio nacional.

El Tribunal Supremo Electoral es un organismo con plena autonomía jurisdiccional, administrativa y financiera en materia electoral y de consiguiente, no supeditado a organismo alguno de estado.

Las resoluciones que el Tribunal Supremo Electoral pronuncie, en el ejercicio de sus atribuciones, serán de acatamiento forzoso para las autoridades civiles, militares, partidos políticos y ciudadanos a quienes se dirijan y su incumplimiento les hará incurrir en responsabilidad.

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La creación del TSE tiene sus antecedentes en el proceso de negociación de los acuerdos de paz entre el Gobierno y el FMLN, ya que el documento firmado en México, el 27 de abril de 1991, dice textualmente en la parte III, numeral 1 sobre las Reformas Constitucionales: "Creación del Tribunal Supremo Electoral en sustitución del Consejo Central de Elecciones.

2.2 FUNCIONES DEL TSE.

En términos generales, el TSE tiene dos funciones básicas: Una función administrativa, que consiste en planear, organizar, dirigir y ejecutar los procesos electorales en El Salvador para la elección de las autoridades relativas a los cargos de elección popular siguientes:

A. Presidente y Vicepresidente de la RepúblicaB. Diputados al Parlamento CentroamericanoC. Diputados a la Asamblea LegislativaD. Concejos Municipales.

Una función Jurisdiccional, que consiste en impartir justicia electoral, para garantizar el cumplimiento del estado de derecho, en casos como las demandas de los ciudadanos ante la violación de sus derechos electorales o dirimir conflictos de su competencia

2.3 EL DISEÑO DEL SISTEMA ELECTORAL.

Cuando se diseña un sistema electoral, es mejor comenzar con una lista de criterios que resuma lo que se quiere lograr, lo que se quiere evitar y, en sentido amplio, lo que se quiere que el gobierno y el parlamento parezcan.

Dada la naturaleza del diseño institucional, los ajustes deben hacerse buscando el punto medio entre lo que se desea y lo que son los objetivos. Por ejemplo, se puede querer impulsar la elección de candidatos independientes y al mismo tiempo promover el crecimiento de partidos políticos fuertes.

También el diseñador de sistemas electorales puede considerar un acto de sabiduría el crear un sistema que les da a los votantes un amplio grado de elección entre candidatos y partidos, pero esto puede significar una papeleta de votación complicada que causa dificultades a los votantes con menor educación.

La clave, al formular o reformar un sistema electoral, está en priorizar los criterios más importantes y luego evaluar cual sistema electoral o combinación de sistemas, resulta mejor maximizando los objetivos. En esencia, lo que hacen los sistemas electorales es traducir los votos en escaños ganados por partidos y candidatos. Las variables claves son:

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La fórmula electoral empleada. Si el sistema es mayoritario o proporcional. Que fórmula matemática es utilizada para calcular la distribución de votos. La magnitud de distrito -no cuántos votantes viven en un distrito, sino cuántos miembros del

parlamento se elige en él.

El diseño de sistemas electorales tiene una relación estrecha con otros aspectos más administrativos de las elecciones que también se examinan en esta publicación, tales como la distribución de los sitios de votación, la nominación de candidatos (Partidos y Candidatos), el registro de electores, quienes dirigen las elecciones (Administración Electoral), etcétera. Estos asuntos son de gran importancia y las posibles ventajas en la selección de un determinado sistema electoral pueden ser socavadas a menos que se les preste la atención debida.

2.3.1 EL DISEÑO DEL SISTEMA ELECTORAL, TAMBIÉN AFECTA OTRAS ÁREAS DE LA LEGISLACIÓN ELECTORAL:

La elección de sistema electoral tiene una influencia en la manera en que se trazan los límites de los distritos o circunscripciones (Delimitación de Distritos).

El diseño de papeletas. El escrutinio de Votos. Y otros numerosos aspectos del proceso electoral.

2.3.2 ELEMENTOS PARA UN DISEÑO ELECTORAL

Los sujetos que toman parte en el proceso. Ellos se controlan a través de Requisitos para ser Elector, Privación del Derecho al Voto y Registro de Electores (votantes); Requisitos para ser Candidato y Registro de los Candidatos (candidatos); Organizaciones Políticas y Organización Electoral (administración electoral).

Las operaciones materiales del proceso. Ellas son Campaña Electoral, Votación, Publicación de los Resultados, Circunscripciones Electorales y, en cierta medida, Organización Electoral.

Por último; los medios de control jurídico y la resolución de conflictos y disputas jurídicas, Sanciones por Infracciones Electorales Específicas.

2.4 PODERES DEL ESTADO

2.4.1 EL PODER LEGISLATIVOEn El Salvador las funciones parlamentarias son desarrolladas por la Asamblea Legislativa que es el primer poder del Estado. Está compuesta por 84 diputados que han sido elegidos mediante votación popular, directa y secreta. La Asamblea Legislativa es unicameral.

Los diputados representan al pueblo de todo el territorio nacional y no a zonas geográfica en particular ni a partidos políticos. No tienen responsabilidad civil o penal en ningún momento por las opiniones o votos que emitan.

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2.4.1.1 ELECCIÓN DE CARGOS

Para ser diputado se requiere ser mayor de 25 años, salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño, de notoria honradez e instrucción, y no haber perdido los derechos de ciudadano en los cinco años anteriores a la elección. El mandato de establecer en 3 años pero pueden ser reelectos.

2.4.1.2 FUNCIONES A la Asamblea Legislativa le corresponden fundamentalmente la atribución de legislar. Otras atribuciones son:

Decretar impuestos, tasas y contribuciones, Ratificar los tratados o pactos que celebre el Ejecutivo con otro estado u organismos internacionales, Decretar el presupuesto de ingresos y egresos de la administración pública, Crear y suprimir plazas y asignar sueldos s los funcionarios y empleados de acuerdo al régimen del servicio civil, establecer y regular el sistema monetario nacional, declarar la guerra y ratificar la paz, y conceder amnistías e indultos.

También le corresponde elegir por votación nominal y pública a los siguientes funcionarios:

1. Presidente y magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

2. Presidente y magistrados del Tribunal Supremo Electoral.

3. Presidente y magistrados de la Corte de Cuentas de la República.

4. Fiscal General de la República.

5. Procurador General de la República.

6. Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos.

7. Miembros del Consejo Nacional de la Judicatura.

2.4.2 EL PODER EJECUTIVO

El gobierno en sentido estricto, es decir la autoridad de mando que ejecuta las decisiones del Estado, está representado por el Ejecutivo. Su titular es el presidente de la República. Además desarrolla algunos actos mediante un Consejo de Ministros, del que forma parte junto con todos los representantes de cada Secretaría de Estado y el vicepresidente de la República.

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Se expresa que el sistema salvadoreño es presidencialista, pues los actos de dirección de la política interna y externa son atribuciones del presidente de la República, con limitada intervención de la Asamblea legislativa. Si bien existe un Consejo de Ministros que decide sobre algunas cuestiones trascendentales, éste se encuentra formado por subordinados del jefe del Ejecutivo, a los que este órgano puede remover a discreción.

Excepcionalmente, tratándose de ministros a quienes corresponda la seguridad pública o la inteligencia de Estado, y en casos de graves violaciones a los derechos humanos, la Asamblea legislativa puede recomendar al presidente de la República, con carácter obligatorio, la destitución de los dichos funcionarios. El vicepresidente de la República sólo puede ser removido por la Asamblea legislativa en situaciones expresamente determinadas por la Constitución.

2.4.2.1 ELECCIÓN DE CARGOS

El presidente de República sólo puede llegar al cargo si es designado candidato por un partido político legalmente inscrito en el Tribunal Supremo Electoral y vence en las elecciones presidenciales. Para optar a la presidencia se requiere ser salvadoreño por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreño, estado seglar, mayor de treinta años de edad, de moralidad e instrucción notorias, estar en el ejercicio de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis años anteriores a la elección.

El período presidencial es de cinco años y comenzará y terminará de día 1 de junio. No puede haber reelección en períodos consecutivos. El vicepresidente de la República es electo de la misma manera en que lo es el presidente.

Los ministros son elegidos directamente por el presidente de la República. Todos ellos se reúnen con el presidente y el vicepresidente de la República en un Consejo de Ministros. Corresponde al presidente nombrar, aceptar renuncias y conceder licencias a los ministros, a los viceministros de Estado, al jefe de la Seguridad Pública y al jefe de la Inteligencia del Estado, así como removerlos.

2.4.2.2 FUNCIONES

Como atribuciones y obligaciones del presidente de la república se señalan:

procurar la armonía social y conservar la paz y tranquilidad del país, celebrar tratados y convenios internacionales, someterlos a la ratificación de la Asamblea Legislativa y vigilar su cumplimiento, dirigir las relaciones exteriores, dar a la Asamblea Legislativa los informes que ésta le pida excepto si se tratara de planes secretos de carácter militar.

Sanciona, promulga y publica las leyes y las hace ejecutar, proporciona a los funcionarios del orden judicial los auxilios que necesitan para hacer efectivas sus providencias, conmuta penas previo

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informe y dictamen favorable de la Corte Suprema de Justicia, dirige la guerra y hace la paz, y somete inmediatamente a la ratificación de la Asamblea legislativa cualquier tratado que celebre.

El presidente decreta los reglamentos que fueran necesarios para facilitar y asegurar la aplicación de las leyes cuya ejecución le corresponda.

El presidente de la República es el comandante general de la Fuerza Armada, la cual forma parte del órgano Ejecutivo. También los demás órganos fundamentales del Estado, es decir el Legislativo y el Judicial, pueden disponer de la Fuerza Armada para hacer efectivas las disposiciones que hayan adoptado.

Para la gestión de las funciones públicas que corresponde al ejecutivo habrá las secretarías de Estado que fueran necesarias, entre las cuales se distribuirán los diferentes ramos de la administración. Cada secretaría estará a cargo de un ministro, quien actuará con la colaboración de uno o más viceministros.

Entre otras funciones corresponde al Consejo de Ministros:

Decretar el reglamento interno del órgano Ejecutivo y su propio reglamento;

Elaborar el plan general del gobierno así como el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos y presentarlo a la Asamblea Legislativa; Proponer a ésta la suspensión de garantías constitucionales, y suspender y restablecer las garantías constitucionales si la Asamblea Legislativa no estuviera reunida.

2.5 CONSTITUCION DE 1983.

2.5.1 CAPITULO VII - TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL

Art. 208.- Habrá un Tribunal Supremo Electoral que estará formado por cinco Magistrados, quienes durarán cinco años en sus funciones y serán elegidos por la Asamblea Legislativa. Tres de ellos de cada una de las ternas propuestas por los tres partidos políticos o coaliciones legales que hayan obtenido mayor número de votos en la última elección presidencial. Los dos Magistrados restantes serán elegidos con el voto favorable de por lo menos los dos tercios de los Diputados electos, de dos ternas propuestas por la Corte Suprema de Justicia, quienes deberán reunir los requisitos para ser Magistrados de las Cámaras de Segunda Instancia, y no tener ninguna afiliación partidista.

Habrá cinco Magistrados suplentes elegidos en igual forma que los propietarios. Si por cualquier circunstancia no se propusiere alguna terna, la Asamblea Legislativa hará la respectiva elección sin la terna que faltare.

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El Magistrado Presidente será el propuesto por el partido o coalición legal que obtuvo el mayor número de votos en la última elección presidencial.

El Tribunal Supremo Electoral será la autoridad máxima en esta materia, sin perjuicio de los recursos que establece esta Constitución, por violación de la misma.

Art. 209.- La ley establecerá los organismos necesarios para la recepción, recuento y fiscalización de votos y demás actividades concernientes al sufragio y cuidará de que estén integrados de modo que no predomine en ellos ningún partido o coalición de partidos.

Los partidos políticos y coaliciones contendientes tendrán derecho de vigilancia sobre todo el proceso electoral.

Art. 210.- El Estado reconoce la deuda política como un mecanismo de financiamiento para los partidos políticos contendientes, encaminado a promover su libertad e independencia. La ley secundaria regulará lo referente a esta materia.

2.6 EL SISTEMA LECTORAL Y LOS ACUERDOS DE PAZ DE 1992El sistema electoral, en donde se proponían las reformas a los Artículos 77 y 79 de la Constitución de la República que planteaba la depuración del Registro Electoral, la independencia del Sistema Electoral de los 3 poderes del Estado por medio de un Tribunal Supremo Electoral que pasaría a ser la máxima autoridad en esta materia sustituyendo al Consejo Central de Elecciones. La propuesta de creación del Tribunal Supremo Electoral planteaba que ningún Partido Político o Coalición pudiera controlar sus decisiones o resoluciones que este decretase. La cuarta propuesta se refería a la soberanía y participación popular, específicamente la reforma del Artículo 8346 refiriéndose a establecer que la soberanía reside en el pueblo y poder ampliar la participación de la ciudadanía por medio del plebiscito.

Sistema Electoral: Se acordó la creación del Tribunal Supremo Electoral en sustitución del Consejo Central de Elecciones, estableciendo que este sería constituido por 5 magistrados, 3 de ellos de cada una de las ternas propuestas por los partidos políticos que hayan obtenido el mayor número de votos en la elección presidencial y los dos magistrados restantes serian propuestos por la Corte Suprema de Justicia y elegidos por la Asamblea Legislativa.

Respecto a los logros en materia electoral surgidos del Acuerdo de México pueden resumirse de la siguiente manera:

1) La creación del Tribunal Supremo Electoral en sustitución del Consejo Central de Elecciones que se integraría por cinco miembros.

2) Todos los Partidos Políticos legalmente inscritos van a tener derecho de vigilancia sobre el padrón electoral, es decir en su preparación, publicación, depuración y actualización.

3) La creación de una Comisión Especial integrada por representantes de todos los Partidos Políticos para la preparación de reformas al sistema electoral.

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La reforma constitucional conllevó a la sustitución del Consejo Central de Elecciones por el Tribunal Supremo Electoral. El Acuerdo de México en esencia establecía que dentro del Tribunal Supremo Electoral tenía que suprimirse todo el sistema de claves partidarias que existía para elegir al personal de la institución. El sistema de claves dentro del Consejo Central de Elecciones funcionaba de manera siguiente: todo el personal o una parte eran de la clave “A”, otro de la clave “B”, otro de la clave “C”... los de la clave “A” eran el personal que representaba los intereses de ARENA, los de la clase “B” eran los representantes del PCN y cada letra correspondía a cada partido.

El Acuerdo sobre Reformas Constitucionales establece que dentro del proceso de modernización del sistema electoral se emplearía un criterio técnico en vez de partidario y hacerlo mucho más profesional, para lo cual se eliminó los sistemas de claves por considerar que este sistema representaba intereses partidarios y no los intereses, roles y funciones que la institución debería desempeñar dentro de la regulación de los procesos electorales.

Los únicos espacios donde se encuentra contemplada la representación partidaria después en las reformas al Sistema Electoral surgidas de los Acuerdos de Paz de 1992 es la establecida en el Artículo 208 de la Constitución de la República. La Representación partidaria queda limitada a la participación dentro del tribunal de Magistrados que representan a los 3 partidos políticos con más votos obtenidos en elección presidencial, a los cuales se suman las dos propuestas de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

Con esta reforma se pretendía que el nuevo Tribunal Electoral tuviese una representación tanto de los partidos políticos y su contrapeso con los Magistrados independientes para que el Tribunal Supremo Electoral cumpliese las funciones para las cuales fue creado, “sin embargo en la práctica si bien no existe un sistema de claves, el personal técnico de la institución es contratado bajo criterios poco transparentes” lo que pone en duda si el personal responde verdaderamente a intereses institucionales y no intereses partidarios.

Dentro de todo este proceso de Diálogo - Negociación es de destacar el papel jugado por las Organizaciones Internacionales, para el caso el de la Organización de las Naciones Unidas y el de la Organización de los Estados Americanos que siempre estuvieron presentes dentro de esta etapa. Ambos jugaron un papel determinante aunque de distinta manera.

El papel mediador de la Organización de las Naciones Unidas y su representante el Dr. Álvaro de Soto entre ambas partes en conflicto fue de vital importancia para facilitar la firma de los Acuerdos de Paz que viene en referencia al tema en estudio por que permitió lograr la primera reforma al Sistema Electoral salvadoreño.

Además el papel de observador de la Organización de los Estados Americanos fue importante ya que sus resoluciones y declaraciones ayudaron de alguna manera a acelerar, apoyar y lograr la firma de los Acuerdos de Paz que conllevaron a la primera reforma al sistema electoral salvadoreño.

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2.6.1 REFORMAS AL CÓDIGO ELECTORAL SALVADOREÑO SURGIDAS DESPUÉS DE 1992 En el apartado anterior se describieron brevemente las reformas constitucionales que establecieron el Marco Jurídico o reglas del juego sobre las cuales se desarrollarían los procesos electorales en la nueva etapa posterior al conflicto armado, sin embargo estas reformas rápidamente dieron paso a una primera etapa de reformas al Sistema Electoral Salvadoreño.

A continuación se señalan las reformas más relevantes surgidas después de los Acuerdos de Paz y es de destacar que a partir de ese momento la única forma de acceder al poder político es a través de los procesos electorales y el instrumento jurídico que regula los mecanismos de elección es el nuevo Código Electoral surgido de los Acuerdos de Paz de 1992 y aprobado en noviembre del mismo año.

Desde el año 1994 el Código Electoral ha venido experimentado diversas reformas a sus artículos, estas reformas se hacen efectivas por medio de Decretos Legislativos los cuales han modificado el contenido original con el que se aprobó el Código Electoral en 1992.

Dichas reformas han regulado, modificado, limitado el rol y competencia del Tribunal Supremo Electoral como institución encargada de administrar los procesos electorales pues muchas de estas reformas obedecían a intereses coyunturales de los Partidos Políticos representados en la Asamblea Legislativa y no a los principios y objetivos de fortalecer y fomentar la transparencia y participación de la ciudadanía en los proceso electorales.

Estas reformas son promovidas por los dos principales Partidos Políticos del país que en la actualidad son Alianza Republicana Nacionalista (ARENA) y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional, los cuales también tienen una posición predominante dentro del Tribunal Supremo Electoral.

Gran parte de estas reformas han sido promovidas por el partido ARENA, ya que sus propuestas son apoyadas en gran medida por otros Partidos Políticos dentro de la Asamblea Legislativa con los que ARENA mantiene alianzas; teniendo una amplia ventaja para manipular la ley electoral de acuerdo a sus intereses.

No obstante muchas de esas reformas en el fondo benefician tanto a ARENA como a los demás Partidos Políticos dentro de la Asamblea Legislativa, ya que muchas veces mantienen un papel pasivo a la hora de presentar propuestas que mejoren los 46 verdaderos problemas del sistema electoral.

Un claro ejemplo es el nulo interés en aprobar el voto residencial y el voto en el exterior.

Muchos de estos partidos políticos como el Partido de Conciliación Nacional se benefician de no promulgar el Voto en el Exterior y el Voto Residencial, ya que si se implementara dicha reforma ambos partidos se verían afectados por qué no pudiesen realizar los cálculos necesarios para controlar cuantos votos van a recibir por distrito electoral, es decir, cuantas diputaciones o alcaldías van a lograr por medio de estos cálculos que les permite lograr la movilización de votantes a ciertos municipios dentro de los cuales no cuentan con el apoyo suficiente para ganar la alcaldía, siendo esta la forma de fraude electoral más común a la hora de las elecciones.

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El que más afectado de aprobarse una reforma electoral integral que incluya el voto en el exterior y la modalidad de voto residencial es al partido ARENA, porque una gran parte de los salvadoreños en el exterior son salvadoreños que huyeron por la violencia generalizada y la represión proveniente de la Fuerza Armada y grupos paramilitares; y la otra gran parte de estos salvadoreños que han huido del país debido que se han visto afectadas por el fracaso de las políticas neoliberales aplicadas por ARENA desde su primer gobierno en 1989.

En este periodo que comprendido desde el año 1994 a 1997 el Código Electoral sufrió sus primeras reformas desde su entrada en vigencia en 1993. La Asamblea estaba conformada por 84 diputados, de los cuales 39 pertenecían a Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), 21 pertenecían al Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), 18 al Partido Demócrata Cristiano (PDC), 4 al Partido de Conciliación Nacional (PCN), 1 a la coalición Convergencia Democrática (CD), 1 al Movimiento de Unidad (MU).

Como puede observarse la mayoría de los Partidos Políticos representados en la Asamblea Legislativa eran contrarios al FMLN y a los movimientos progresistas durante el recién finalizado conflicto armado en la década de los años ochenta.

Cabe destacar que previo a realizarse las elecciones presidenciales, municipales y legislativas de 1994, los dos principales candidatos presidenciales, Armando Calderón Sol (ARENA) y Rubén Zamora (Coalición: FMLN, Convergencia Democrática y Movimiento Nacional Revolucionario), convinieron en suscribir un pacto de compromiso para impulsar las reformas electorales necesarias durante el siguiente período de gobierno. Fue así el presidente Armando Calderón Sol creó por decreto ejecutivo una Comisión Especial para la Reforma Electoral, presidida por Roberto Angulo e integrada por Rubén Zamora, Salvador Samayoa, Guillermo Guevara Lacayo, Atilio Vieytez y Sergio Mena Méndez. Las reformas planteadas reunían 4 puntos que son:

La creación del Registro Nacional de las Personas Naturales y el establecimiento del uso del Documento Único de Identidad, que permita tener un control de los votantes y el documento único de identidad que viene a sustituir al carné electoral.

El establecimiento del voto residencial a efecto de facilitar la emisión del sufragio acercando las urnas a los votantes en un lugar cercano al de su vivienda.

La integración proporcional de los Concejos Municipales, es decir que estos podrían estar conformados por miembros de los diferentes Partidos Políticos.

Una reforma al Tribunal Supremo Electoral que contemple suprimir de forma total el sistema de claves, es decir, ya no se seguirían nombrando a sus funcionarios y personal por medio de cuotas partidarias a pesar que este punto estaba contemplado en las Reformas al Sistema Electoral dentro de los acuerdos de paz firmados en Chapultepec.

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Al mismo tiempo la autoridad electoral se integraría por decisión de la Asamblea Legislativa y a propuesta de ternas derivadas de diversos sectores de la sociedad civil, es decir conformar un Tribunal Supremo Electoral apolítico.

2.6.2 REFORMAS PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.1) Tribunal Supremo Electoral: Separación de funciones administrativas y jurisdiccionales,

mediante la creación de:2) Consejo Nacional Electoral (CNE) encargado de la organización y administración de los

procesos electorales y demás consultas populares directas y3) Tribunal Supremo Electoral (TSE) el cual será la máxima autoridad jurisdiccional en materia

electoral

Nuevo procedimiento de integración del TSE:

I. El CNE estará integrado por tres miembros propietarios y suplentes, electos para un período de ocho años con el voto favorable de los dos tercios de los diputados a la Asamblea Legislativa, de ternas de ciudadanos honorables y profesionales propuestas por las universidades del país y organismos no gubernamentales de educación cívica legalmente inscritos y de trayectoria reconocida.

II. El Tribunal Supremo Electoral estará integrado por tres Magistrados, electos por un período de cinco años con el voto favorable de por lo menos los dos tercios de los diputados a la Asamblea Legislativa, de tres ternas de abogados propuestas por: la Corte Suprema de Justicia, el Consejo Nacional de la Judicatura y por las universidades legalmente autorizadas, quienes deberán reunir los mismos requisitos que para ser magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

II.6.3 REFORMAS PARA EL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL.

1) Organismos Electorales Temporales (JED, JEM, JRV).

Ciudadanización de los organismos electorales temporales.

2) Registro Electoral.

Desarrollo institucional del Registro Electoral y del RNPN que implica una coordinación efectiva

con CSJ, Municipalidades, extranjería, actualización y depuración permanente, definir

autonomía o dependencia del RNPN, entre otros.

3) Junta de Vigilancia.

Desarrollo institucional de la Junta de Vigilancia de los Partidos políticos.

4) Fiscalía y auditoría Electoral.

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Fortalecer la capacidad de actuación de la fiscalía electoral. Definición y funciones del Fiscal

Electoral.

Creación de la auditoría electoral.

5) Desarrollar la contraloría ciudadana y la observación electoral.

II.6.4 REFORMAS AL SISTEMA REPRESENTACIÓN POLÍTICA.

Efectiva proporcionalidad de la representación política.

Integración de la Asamblea legislativa:

Representación proporcional de acuerdo con el espíritu de la Constitución.

Procedimiento de inscripción de candidatos a Diputados de acuerdo con el nuevo sistema.

Procedimiento para elegir a Diputados garantizando el voto directo.

Integración proporcional de Concejos Municipales.

Definir nuevo sistema de integración de Concejos Municipales.

II.6.5 REFORMAS AL SISTEMA DE PARTIDOS POLÍTICOS.o Aprobación de una ley de partidos políticos.

o Regular de manera democrática los procedimientos para la elección de cargos directivos y de

elección popular, estipulando criterios de equidad de género.

o Procedimientos para la remoción o expulsión de autoridades o miembros de los partidos

políticos.

o Garantía de los derechos de los afiliados.

o Regulaciones para el régimen de financiamiento de los partidos y campañas, público y privado

(Control y fiscalización, auditoría electoral especial, registro contable: origen, manejo y aplicación

de recursos, mecanismos de rendición de cuentas, prohibiciones, límites a las aportaciones y

gastos) y mecanismos de fiscalización de los partidos políticos.

o Regulación de campañas electorales, en particular, de la propaganda electoral y regulaciones a

los periodos en que se pueden realizar reforma electoral.

o Garantizar otras formas de acceso al poder.

o Ampliar los mecanismos de participación político electoral con el objetivo de permitir la

participación de asociaciones cívicas o candidaturas no partidarias.

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2.6.6 REFORMAS PARA GARANTIZAR EL EJERCICIO DEL DERECHO AL SUFRAGIO.o Mecanismos efectivos para ejercer el sufragio

o 100% voto residencial que incluya creación de distritos electorales

o Implementación del voto de salvadoreños en el extranjero.

o Superación de las principales exclusiones que se observan en el sistema electoral: Mujeres,

salvadoreños en el exterior, Garantía para personas con diversos grados de discapacidad,

tercera edad, personas privadas de libertad, pueblos indígenas, profesiones de servicio social,

caso policías, militares, personal de salud y limitaciones de participación de organizaciones de la

sociedad civil.

o Campañas de educación cívica.

o Promoción del voto y derecho al sufragio activo.

o Educación sobre nuevas formas de elección.

o Educación sobre nuevas formas de participación en elecciones.

o Reforma educativa.

II.7 COALICIONES

2.7.1 CAPITULO I. FINES:

Art. 1.- Los fines de la Coalición son:

1) Contribuir al fortalecimiento de la Democracia, la gobernabilidad, la transparencia y el respeto a

los Derechos Humanos.

2) Promover la modernización del sistema político electoral.

3) Promover reformas tendientes a transformar las condiciones de exclusión e inequidad política.

4) La observancia permanente de los procesos electorales.

5) La promoción y defensa del Estado Constitucional de Derecho.

2.7.2 CAPITULO II

DE LOS MIEMBROS:

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Art.2.- La Coalición tendrá las siguientes clases de miembros:

1) Serán miembros fundadores todas las organizaciones que decidieron constituirla el día 12 de agosto de 2010.

2) Serán miembros activos, todas las organizaciones que lo hayan solicitado por escrito y que el Directorio acepte como tales.

3) No podrán ser miembros de la Coalición organizaciones de naturaleza religiosa, política partidarista, militares, gremiales empresariales y aquellas que tengan fines ilícitos.

Art. 3.- Son derechos de todos los miembros:

1) Participar activamente en toda clase de reuniones y eventos.2) Recibir informes de las reuniones y eventos organizados por la Coalición.3) Recibir informes narrativos y financieros de las donaciones efectuadas a la Coalición.4) Formar parte de las comisiones de trabajo que se nombren.

Art. 4.- Son obligaciones de todos los miembros:

1) Asistir a las reuniones y eventos organizados por la Coalición.2) Colaborar en la planificación y ejecución de toda clase de eventos.3) Integrar comisiones permanentes y especiales.4) No ejercer por medio de sus representantes ningún tipo de actividad disociadora entre sus

miembros.5) No promover actividades en nombre de la Coalición que sean contrarias a las establecidas por el

Directorio.6) Cumplir los acuerdos y disposiciones emanadas por el Directorio.7) Apoyar y promover el cumplimiento del estatuto básico de la Coalición.

Art. 5.- La condición de miembro se perderá:

1) Por el retiro voluntario de las organizaciones miembros expresado por medio escrito ante el Directorio.

2) Por expulsión, cuando se compruebe la ejecución actos contrarios y perjudiciales a los fines de la Coalición. La decisión de expulsión se tomará por consenso de todos los miembros en reunión convocada para ese efecto.

2.7.3 CAPITULO III

2.7.3.1 ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO:

Art. 6.- La Coalición estará constituida por los siguientes Órganos:

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1) El Directorio Nacional.2) La coordinación Ejecutiva.3) Las comisiones permanentes y especiales.

DEL DIRECTORIO NACIONAL DE CREE:

Art. 7.- Es el órgano de Dirección estratégica de la Coalición, integrado por:

Un representante de cada organización miembro, con poder suficiente otorgado por su Junta Directiva para la toma de decisiones.

Los representantes propietarios tendrán un suplente quienes sustituirán a los primeros en caso de ausencia por cualquier causa o impedimento. Los suplentes deberán contar con los mismos poderes que los propietarios, para gozar de las mismas prerrogativas en las sustituciones.

Art. 8.- El Directorio sesionará ordinariamente cada quince días y extraordinariamente cuantas veces sea necesario y sus decisiones se tomarán por consenso de los presentes. El Quórum necesario para sesionar válidamente y tomar decisiones será de la mitad más uno de sus miembros.

Art. 9.-El Directorio tendrá las siguientes atribuciones:

1) Nombrar y remover al Coordinador Ejecutivo.

2) Conocer la agenda y acordar su aprobación.

3) Aprobar toda clase de planes, políticas, estrategias y actividades.

4) Aprobar la participación de la Coalición en alianzas técnicas o estratégicas.

5) Aprobar toda clase de pronunciamientos y manifiestos públicos.

6) Proponer acciones dirigidas al fortalecimiento de la Coalición y de sus miembros.

7) Acordar el ingreso y expulsión de miembros.

8) Establecer el reglamento interno de las comisiones

9) Pedir informes de trabajo a las comisiones permanentes y temporales.

10) Las demás que sean necesarias para la consecución de los fines propuestos.

DE LA COORDINACION EJECUTIVA:

Art. 10.- La administración estará confiada a un coordinador Ejecutivo, quien será electo para un período de dos años, pudiendo ser reelecto las veces que sea necesario y tendrá las atribuciones siguientes:

1) Dirigir administrativamente a la Coalición.

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2) Proponer toda clase de planes, políticas, estrategias y actividades para la consecución de los

fines de la Coalición.

3) Coordinar y supervisar el trabajo de las comisiones permanentes y especiales.

4) Informar al Directorio sobre los avances de los planes de trabajo.

5) Llevar la vocería oficial de la Coalición.

6) El Coordinador Ejecutivo podrá ser removido por violaciones a los presentes estatutos, por

incumplimiento de funciones y del marco político institucional.

7) El nombramiento de la coordinación ejecutiva será por el Directorio de entre sus miembros, de

forma indefinida, hasta que el Directorio decida alternarlo o por renuncia en su cargo.

2.7.3.2 DE LAS COMISIONES:

Art. 11.- Las comisiones son organismos permanentes o temporales nombradas por el Directorio, para el cumplimiento de los fines de la Coalición.

Las Comisiones se regirán por el reglamento interno de la Coalición.

Art 12.- Las Comisiones permanentes serán:

1. Comisión de asuntos jurídicos.

2. Comisión de comunicaciones y campañas.

3. Comisión de incidencia y cabildeo.

4. Comisión de Educación cívica.

5. Comisión de apoyo al observatorio electoral.

2.7.4 CAPITULO IV

DISPOSICIONES GENERALES:

Art. 13.- La Coalición tendrá una bandera color azul con la frase “CREE Coalición para la Reforma Política y Electoral” que unida a los logos de todas las organizaciones miembros constituirá el logo oficial de la Coalición.

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Se usará el logo en toda clase de publicaciones y manifiestos públicos, sin embargo cuando alguna organización no comparta el contenidos de éstas, se usará sólo la bandera.

Art. 14.- Cuando en las reuniones del Directorio sea imposible llegar a un consenso sobre algún tema o propuesta, la decisión se tomará por mayoría de los presentes, y si se tratare de alguna publicación o manifiesto se procederá de acuerdo al artículo anterior.

Art. 15.- Todos aquellos aspectos que no se encuentran previstos en el presente estatuto básico, se regularán en el reglamento interno de la Coalición o se resolverán por las reglas de la buena fe.

II.8 SISTEMA ELECTORAL EL SALVADOR

2.8.1 NACIMIENTO DEL SISTEMA ELECTORAL

Con la idea de garantizar el proceso electoral, la Constitución de 1950 establece un Consejo Central de Elecciones como autoridad suprema en materia electoral, modificando el sistema de 1986 en el cual las Juntas Departamentales conocían de la elección de Diputados a la Asamblea Legislativa en la elección de Presidente y Vice-Presidente de la República.

El Consejo Central de Elecciones, a partir de esa declaración, era elegido por la Asamblea Legislativa. El Poder Ejecutivo y la Corte Suprema de Justicia presentaban una terna a la Asamblea, escogiendo un propietario y un suplente de cada una de las ternas y se elegía directamente el otro propietario y el otro suplente, quedando formado por tres miembros propietarios y tres suplentes. El Consejo Central de Elecciones nació en 1950, funcionó con las proyecciones y limitantes establecidas por la Ley Primaria hasta el 15 de diciembre de 1993, fecha en que se le dio vida al Tribunal Supremo Electoral. El Tribunal Supremo Electoral (TSE) surgió en 1992 a raíz de la firma de los Acuerdos de Paz, entre el Gobierno y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN).

2.8.2 TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL (TSE)El Tribunal Supremo Electoral es la autoridad máxima en materia electoral, sin perjuicio de los recursos establecidos en la Constitución por violación de la misma. Tiene su sede en la Capital de la República con jurisdicción en todo el territorio nacional. El Tribunal Supremo Electoral es un organismo con plena autonomía jurisdiccional, administrativa y financiera en materia electoral y de consiguiente, no supeditado a organismo alguno de estado.

Las resoluciones que el Tribunal Supremo Electoral pronuncie, en el ejercicio de sus atribuciones, serán de acatamiento forzoso para las autoridades civiles, militares, partidos políticos y ciudadanos a quienes se dirijan y su incumplimiento les hará incurrir en responsabilidad.

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La creación del TSE tiene sus antecedentes en el proceso de negociación de los acuerdos de paz entre el Gobierno y el FMLN, ya que el documento firmado en México, el 27 de abril de 1991, dice textualmente en la parte III, numeral 1 sobre las Reformas Constitucionales: “Creación del Tribunal Supremo Electoral en sustitución del Consejo Central de Elecciones.

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) es la máxima autoridad electoral, tanto en el ámbito administrativo como en el ámbito jurisdiccional, de la República de El Salvador. El artículo 208 de la Constitución de El Salvador, establece que el TSE estará formado por cinco Magistrados propietarios e igual número de suplentes, elegidos para un período de cinco años por la Asamblea Legislativa.

También establece que tres de ellos serán electos, uno de cada uno de ternas propuestas por los tres partidos políticos que hayan obtenido mayor número de votos en la última elección presidencial. Los dos Magistrados restantes serán elegidos, de dos ternas propuestas por la Corte Suprema de Justicia y no deben tener ninguna afiliación partidista.

Los magistrados propuestos por la Corte Suprema de Justicia deben cumplir los mismos requisitos que la Constitución establece para los magistrados de las Cámaras de Segunda Instancia.

2.8.2.1 FUNCIONES DEL TSE De conformidad a lo establecido en el artículo 208 de la Constitución de El Salvador y al Código Electoral, las funciones del TSE son las siguientes:

La función administrativa, que consiste en planear, organizar y ejecutar los procesos electorales en El Salvador para la elección de los cargos de elección popular siguientes:

I. Presidente y Vicepresidente de la República

II. Diputados a la Asamblea Legislativa

III. Diputados al Parlamento Centroamericano

IV. Alcaldes y Concejos Municipales.

La función jurisdiccional, que consiste en ser la única instancia competente para impartir justicia electoral, en casos como las demandas de los ciudadanos ante la violación de sus derechos electorales o dirimir conflictos entre los partidos políticos.

2.8.2.2 MIEMBROS ACTUALES

Título Magistrado Propuesto por

Magistrado presidente Julio Olivo Granadino FMLN

Magistrado Fernando Argüello Téllez ARENA

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MagistradaAna Guadalupe Medina Linares

Unidad

Magistrado Jesús Ulises Rivas Sánchez Corte Suprema de Justicia

Magistrado Miguel Ángel Cardoza Ayala Corte Suprema de Justicia

3. CONCLUSION

En el presente trabajo mostramos la recopilación de información acerca del “Sistema Electoral” Transcurridos dieciséis años de la firma de los Acuerdos de Paz, que permitieron una profunda desmilitarización del Estado y del proceso político, se pueden observar los importantes avances en el proceso de construcción democrática, aunque la democracia salvadoreña todavía no esta consolidada, pues como se plantea en un estudio reciente,1 persisten importantes déficits en el proceso democrático que apuntan a problemas complejos y diversos, entre los cuales se podrían destacar el funcionamiento de las instituciones y el comportamiento de los actores políticos.

En el posconflicto se ha venido institucionalizando la realización de elecciones de manera periódica, de acuerdo con un intenso calendario electoral: Elecciones presidenciales, legislativas y municipales en 1994, legislativas y municipales en 1997, presidenciales en 1999, legislativas y municipales en 2000 y 2003, presidenciales en 2004 y legislativas y municipales en 2006. Y estamos a las puertas de un evento electoral el próximo año: elecciones legislativas y municipales en enero, y presidenciales en el mes de marzo.

En una sociedad democrática, la celebración de elecciones justas, libres y competitivas juegan un papel primordial; pero dentro de éstas, las reglas y procedimientos son las que en última instancia definen cómo y de qué manera, las preferencias de la población – expresada en votos – se convierten en cargos de elección popular, para cada tipo de elección En El Salvador, dichas reglas y procedimientos fueron definidos en el Código Electoral de 1993, a raíz de las modificaciones emanadas de los Acuerdos de Paz de 1992. Después de 7 eventos electorales de posguerra, nos ha parecido un momento oportuno para reflexionar sobre nuestro sistema electoral. Con esta idea en mente, en el marco de las discusiones al interior de nuestra área programática de gobernabilidad democrática, se decidió elaborar una caracterización del sistema electoral salvadoreño de posguerra, para lo cual conversamos e invitamos al Dr. Álvaro Artiga González a elaborar el estudio que hoy se presenta, el cual aborda tres aspectos:

(a) un breve marco conceptual para el análisis del sistema electoral,

(b) la caracterización propiamente dicha, diferenciando las elecciones presidenciales, legislativas y municipales,

(c) su visión de las propuestas de reformas más importantes que deben hacerse al sistema electoral.

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3.1 AVANCES Y RETROCESOS DEL SISTEMA ELECTORAL EN EL SALVADOR

Después de los resultados electorales para la presidencia en el año 2009, que llevaron al candidato Funes a tomar las riendas del ejecutivo desde ese año, las esperanzas y el entusiasmo de la población salvadoreña se elevaron como nunca antes había ocurrido en la historia reciente. La derecha temió rápidamente que un estado socialista se impondría y que una especie de “cacería de brujas” pondría en peligro los intereses de la burguesía; algunos incluso llegaron a decir que el socialismo había llegado y que el triunfo total estaba a la vuelta de la esquina. Parte de la izquierda fortaleció este discurso al decretar la instauración del “socialismo del siglo XXI” y que nada, ni nadie podría retrocederlo. Nada más lejos de la realidad.

Estos planteamientos solo eran producto del deseo o del miedo. 2012 y los cambios… en la forma de votar para las elecciones de 2012, en las cuales se eligieron consejos municipales y diputados, se presentaron reformas al código electoral. Una de ellas era la de la llamada “planilla abierta” que no era más que en la elección de diputados, por primera vez, en la papeleta además de la bandera de los partidos aparecieron las fotografías de los candidatos dentro de la planilla de cada uno de los partidos; así como la posibilidad de votar por un candidato “no partidario”.

Otro de los cambios en esta votación fue el aumento del voto residencial. Según el TSE, de un total de 4 millones 564, 969 electores, 2 millones 214, 220 lo harían en voto residencial y 2 millones 350, 749 en voto tradicional, lo que implicó un aumento de los centros de votación a 1148 a nivel nacional.

La intención de promover las candidaturas personales por sobre los partidos es una clara intención de imponer el triunfo del individualismo por sobre el trabajo organizativo partidario. Se vendió que valían más las iniciativas individuales que los programas partidarios, por ello la campaña electoral se decantó por la imposición de los rostros de los candidatos que por las propuestas programáticas de los partidos.

La irreversibilidad de las reformas electorales aprobadas por la Asamblea Legislativa en cumplimiento de las sentencias de la Sala de lo Constitucional a partir del año 2010 depende de varios factores. El primero está relacionado con la integración de la Sala de lo Constitucional.

En 2018 corresponderá la sustitución de un tercio de los magistrados que integran a la Corte Suprema de Justicia. Los cuatro magistrados designados en 2009, Sídney Blanco, Rodolfo González, Florentín Meléndez y Belarmino Jaime, dejarán sus cargos.

Quienes los sustituyan podrían revertir todas las sentencias que han impulsado la modernización del sistema electoral salvadoreño. Por esa razón es tan importante revisar el mecanismo de elección de

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los magistrados que integran al máximo tribunal de justicia y exigir la idoneidad técnica de sus funcionarios.

Esta acción pasa por reclamar la total autonomía de los titulares del Consejo Nacional de la Judicatura además de garantizar la independencia de la Federación de Abogados de El Salvador.

El otro factor tiene relación con el protagonismo de la sociedad civil y el de los diputados que se hayan beneficiado de la reforma electoral.

Ciertamente a partir de 2018 la sala podría modificar su criterio jurisprudencial y ordenar que los ciudadanos voten de nuevo por la bandera del partido, que se prohíban las candidaturas independientes, que se permitan representantes de las organizaciones partidarias en el TSE, que las fuerzas políticas no estén obligadas a celebrar primarias para la elección de sus candidatos, que el dinero en la política siga siendo un misterio y que los exmandatarios deban esperar únicamente cinco años y no diez antes de postularse de nuevo al cargo de presidente de la República

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4. BIBLIOGRAFIA1) http://www2.ine.mx/documentos/DECEYEC/sistemas_electorales_y_de_partid.htm

2) http://www.un.org/es/globalissues/democracy/elections.shtml

3) http://www2.ine.mx/documentos/DECEYEC/sistemas_electorales_y_de_partid.htm

4) http://www.un.org/es/globalissues/democracy/elections.shtml

5) http://aceproject.org/ace-es/topics/es/ese/ese08/default

6) http://aceproject.org/about-es/organisations/partners/IDEA

7)

8)

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