sistema politico salvadoreño

Upload: felipe-marroquin

Post on 08-Mar-2016

309 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Un breve resumen de los elementos básicos del Sistema Político de El Salvador

TRANSCRIPT

Colegio Bautista InternacionalSonsonate

Materia: Estudios Sociales

Tema: Sistema Poltico Salvadoreo

Prof.: Ada Janeth FigueroaIntegrantes: Miriam Raquel LpezNstor Felipe Marroqun

Grado: 1 Bachillerato

Fecha de Entrega: 02/09/10Sistema Poltico Salvadoreo1. Organos del Estado1.1 El rgano LegislativoEn El Salvador las funciones parlamentarias son desarrolladas por la Asamblea Legislativa que es el primer rgano del Estado. Esta compuesta por 84 diputados elegidos mediante votacin popular, directa y secreta. La Asamblea Legislativa es unicameral.Los diputados representan al pueblo de todo el territorio nacional y no a zonas geogrfica en particular ni a partidos polticos. No tienen responsabilidad civil o penal en ningn momento por las opiniones o votos que emitan.1.1.1Eleccin de cargosPara ser diputado se requiere ser mayor de 25 aos, salvadoreo por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreo, de notoria honradez e instruccin, y no haber perdido los derechos de ciudadano en los cinco aos anteriores a la eleccin. El mandato de establece en 3 aos pero pueden ser reelegidos.1.1.2FuncionesA la Asamblea Legislativa le corresponden fundamentalmente la atribucin de legislar. Otras atribuciones son: Decretar impuestos, tasas y contribuciones. Ratificar los tratados o pactos que celebre el Ejecutivo con otros estados u organismos internacionales. Decretar el presupuesto de ingresos y egresos de la administracin pblica. Crear y suprimir plazas y asignar sueldos s los funcionarios y empleados de acuerdo al rgimen del servicio civil. Establecer y regular el sistema monetario nacional. Declarar la guerra y ratificar la paz. Conceder amnistas e indultos.Tambin le corresponde elegir por votacin nominal y pblica a los siguientes funcionarios: Presidente y magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Presidente y magistrados del Tribunal Supremo Electoral. Presidente y magistrados de la Corte de Cuentas de la Repblica. Fiscal General de la Repblica. Procurados General de la Repblica. Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y Miembros del Consejo Nacional de la Judicatura.1.2 El rgano EjecutivoEl gobierno, en sentido estricto, es decir la autoridad de mando que ejecuta las decisiones del Estado, est representado por el Ejecutivo. Su titular es el Presidente de la Repblica. Adems desarrolla algunos actos mediante un Consejo de Ministros, del que forma parte junto con todos los representantes de cada Secretara de Estado y el Vicepresidente de la Repblica.Se afirma que el sistema salvadoreo es presidencialista, pues los actos de direccin de la poltica interna y externa son atribuciones del Presidente de la Repblica, con limitada intervencin de la Asamblea Legislativa. Si bien existe un Consejo de Ministros que decide sobre algunas cuestiones trascendentales, ste se encuentra formado por subordinados del jefe del Ejecutivo, a los que este rgano puede remover a discrecin. Excepcionalmente, tratndose de ministros a quienes corresponda la seguridad pblica o la inteligencia de Estado, y en casos de graves violaciones a los derechos humanos, la Asamblea Legislativa puede recomendar al Presidente de la Repblica, con carcter obligatorio, la destitucin de dichos funcionarios. El Vicepresidente de la Repblica slo puede ser removido por la Asamblea Legislativa en situaciones expresamente determinadas por la Constitucin.1.2.1 Eleccin de cargosEl Presidente de Repblica slo puede llegar al cargo si es designado candidato por un partido poltico legalmente inscrito en el Tribunal Supremo Electoral y vence en las elecciones presidenciales. Para optar a la presidencia se requiere ser salvadoreo por nacimiento, hijo de padre o madre salvadoreo, estado seglar, mayor de treinta aos de edad, de moralidad e instruccin notorias, estar en el ejercicio de los derechos de ciudadano y haberlo estado en los seis aos anteriores a la eleccin. El perodo presidencial es de cinco aos y comenzar y terminar el da 1 de junio. No puede haber reeleccin en perodos consecutivos. El Presidente y Vicepresidente de la Repblica son electos de la misma manera.Los ministros son elegidos directamente por el Presidente de la Repblica. Todos ellos se renen con el Presidente y el Vicepresidente de la Repblica en un Consejo de Ministros. Corresponde al presidente nombrar, aceptar renuncias y conceder licencias a los Ministros y Viceministros de Estado, as como al Jefe de la Seguridad Pblica y al Jefe de la Inteligencia del Estado, pudiendo tambin removerlos.1.2.2 FuncionesComo atribuciones y obligaciones del Presidente de la Repblica se sealan: Procurar la armona social y conservar la paz y tranquilidad del pas. Celebrar tratados y convenios internacionales, someterlos a la ratificacin de la Asamblea Legislativa y vigilar su cumplimiento. Dirigir las relaciones exteriores. Dar a la Asamblea Legislativa los informes que sta le pida excepto si se tratara de planes secretos de carcter militar. Sanciona, promulga y publica las leyes y las hace ejecutar. Proporciona a los funcionarios del orden judicial los auxilios que necesitan para hacer efectivas sus providencias. Conmuta penas previo informe y dictamen favorable de la Corte Suprema de Justicia. Dirige la guerra y hace la paz, y somete inmediatamente a la ratificacin de la Asamblea Legislativa cualquier tratado que celebre. El Presidente de la Repblica decreta los reglamentos que fueran necesarios para facilitar y asegurar la aplicacin de las leyes cuya ejecucin le corresponda.El Presidente de la Repblica es el comandante general de la Fuerza Armada, la cual forma parte del rgano Ejecutivo. Tambin los dems rganos fundamentales del Estado, es decir el Legislativo y el Judicial, pueden disponer de la Fuerza Armada para hacer efectivas las disposiciones que hayan adoptado.Para la gestin de las funciones pblicas que corresponde al Ejecutivo habr las secretaras de Estado que fueran necesarias, entre las cuales se distribuirn los diferentes ramos de la administracin. Cada secretara estar a cargo de un ministro, quien actuar con la colaboracin de uno o ms viceministros.Entre otras funciones corresponde al Consejo de Ministros: Decretar el reglamento interno del rgano Ejecutivo y su propio reglamento. Elaborar el plan general del gobierno as como el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos y presentarlo a la Asamblea Legislativa. Proponer a sta la suspensin de garantas constitucionales. Suspender y restablecer las garantas constitucionales si la Asamblea Legislativa no estuviera reunida.1.2.3 Fuerza Armada y seguridad pblicaEn la Constitucin se establece que la Fuerza Armada es una institucin permanente al servicio de la nacin. Debe ser obediente, profesional, apoltica y no deliberante. La Fuerza Armada tiene por misin la defensa de la soberana del Estado y de la integridad del territorio.El Presidente de la Repblica puede disponer excepcionalmente de la Fuerza Armada para el mantenimiento de la paz interna. La defensa nacional y la seguridad pblica estarn adscritas a ministerios diferentes.La seguridad pblica estar a cargo de la Polica Nacional Civil, que es un cuerpo profesional, independiente de la Fuerza Armada y ajeno a toda actividad partidista.1.3 El rgano JudicialCorresponde al rgano Judicial, de manera exclusiva, la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. Est constituido por la Corte Suprema de Justicia y los diferentes tribunales y juzgados del pas.En la Constitucin se dispone que los magistrados y jueces en la funcin jurisdiccional son independientes slo estn sometidos a la Constitucin y las leyes. En las funciones de impartir justicia los tribunales y juzgados son auxiliados por la Polica Nacional Civil bajo la direccin funcional de la Fiscala General.No existe una polica judicial especial, pues es aqulla la que desempea los actos de apoyo a los tribunales. Se ha establecido el jurado o tribunal de ciudadanos para el juicio de los delitos comunes que determine la ley.1.3.1 Organizacin y eleccin de cargosLa Corte Suprema de Justicia es el mximo tribunal de justicia del pas. Es elegida por la Asamblea Legislativa de las ternas presentadas por el Consejo Nacional de la Judicatura. Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia son elegidos para un perodo de nueve aos, pueden ser reelegidos y se renuevan por terceras partes cada tres aos. La Asamblea Legislativa puede destituirlos por casusa previamente establecida en la ley. Tanto la eleccin como la destitucin debern contar con el voto favorable de por los menos los dos tercios de los diputados electos.El Presidente de Corte Suprema de Justicia, quien es a su vez el Presidente del rgano Judicial, ser elegido cada tres aos y ser el presidente de la Sala de lo Constitucional. Asimismo, para este tribunal, la Asamblea Legislativa nombrar directamente a los cuatro magistrados restantes. La importancia de la Sala de lo Constitucional radica en que le corresponden las funciones de tribunal constitucional: conocer y resolver las demandas de inconstitucionalidad, los procesos de amparo y habeas corpus, entre otros.Sin embargo hay que sealar que dentro de la potestad de administrar justicia, corresponde a cualquier tribunal y juzgado en los casos en que tengan que pronunciar sentencia declarar la inaplicabilidad de cualquier ley o disposicin de otros rganos contraria a los preceptos constitucionales en los casos concretos.1.3.2 FuncionesSon atribuciones fundamentales de la Corte Suprema de Justicia: Dirimir conflictos entre tribunales que discuten competencia para decidir quin debe juzgar. Ordenar el curso de los suplicatorios o comisiones rogatorias que se libren para practicar diligencias fuera del Estado y mandar a cumplir las que procedan de otros pases. Conceder la extradicin, autorizar el cumplimiento de sentencias dictadas en el extranjero. Vigilar que todos los magistrados y jueces administren pronta y cumplida justicia, Conocer en antejuicio de las responsabilidades de los jueces de primera instancia. jueces de paz y otros que le seale la ley. Emitir informe y dictamen en las solicitudes de indulto y conmutaciones de pena. Nombra adems a los magistrados de cmara, jueces de primera instancia y jueces de paz de las ternas que propone el Consejo Nacional de la Judicatura, a los mdicos forenses y a los empleados de las dependencias de la Corte Suprema de Justicia. puede removerlos, conocer de sus renuncias y concederles licencias. Practica recibimientos de Abogados y autoriza para el ejercicio de su profesin, y puede suspenderlos e inhabilitarles. Elabora el proyecto de presupuesto de los sueldos y gastos de la administracin de justica, y los remite al Ejecutivo para su inclusin, pero no puede modificar el proyecto del presupuesto general del Estado, el cual deber aprobar la Asamblea Legislativa, debiendo sta hacer consultas con la Corte Suprema de Justicia en caso de ajustes al presupuesto.La Corte Suprema de Justicia desempea tareas administrativas y jurisdiccionales, es decir aquellas relativas al funcionamiento de sus oficinas, y las actividades que estrictamente se refieren a impartir justicia.Los magistrados y jueces de tribunales y juzgados desempean fundamentalmente funciones administrativas como la gestin de los recursos econmicos que le son proporcionados por la Corte Suprema de Justicia y el control de su personal.2. Instituciones gubernamentales2.1 El Ministerio PblicoEl Ministerio Pblico tiene a su cargo funciones de apoyo y vigilancia al gobierno, y es ejercido por el Fiscal General de la Repblica, el Procurador General de la repblica y el Procurador para la defensa de los derechos humanos.Estos funcionarios permanecern tres aos en el ejercicio de sus cargos, podrn ser reelegidos y debern ser electos con el voto favorable de una mayora calificada de los dos tercios de los diputados electos.2.1.1 Fiscala General de la RepblicaAl fiscal general de la Repblica corresponde, entre otras atribuciones: Defender los intereses del Estado y de la sociedad. Promover de oficio o a peticin de parte la accin de la justicia en defensa de la legalidad. Dirigir la investigacin del delito con la colaboracin de la Polica Nacional Civil. Promover la accin penal de oficio o, a peticin de parte. Defender los intereses fiscales y representar al estado en toda clase de juicios y en los contratos sobre adquisicin de bienes inmuebles en general y de los muebles sujetos a licitacin.Le compete asimismo velar porque en la concesiones de cualquier clase, otorgadas por el Estado, se cumplan los requisitos, las condiciones y las finalidades establecidas en las mismas.2.1.2 Procurador General de la RepblicaAl Procurador general de la Repblica le corresponde: Velar por la defensa de la familia, los menores y dems personas incapaces, dar asistencia econmica a las personas de escasos recursos econmicos y representarlas judicialmente en defensa de su libertad y de sus derechos laborales y nombrar, remover, conceder licencias y aceptar renuncias de su personal.2.1.3 Procuradura para la Defensa de los Derechos HumanosEl Procurador para la defensa de los derechos humanos debe cumplir con las siguientes atribuciones: Velar por el cumplimiento de los derechos humanos, Investigar de oficio mediante denuncia casos de violaciones de derechos humanos, Promover recursos judiciales o administrativos para la proteccin de los derechos humanos, vigilar la situacin de las personas privadas de su libertad, Supervisar la situacin de la administracin pblica frente a las personas, Promover reformas ante los rganos del Estado para el progreso de los derechos humanos, Formular conclusiones y recomendaciones pblicas y privadamente,2.2 Los rganos de controlSon rganos de control la Corte de Cuentas de la Repblica, el Consejo Nacional de la Judicatura y el Tribunal Supremo Electoral. 2.2.1Corte de Cuentas de la RepblicaLa Corte de Cuentas de la Repblica es el mximo Organismo de Control Gubernamental, de acuerdo a la Constitucin de la Repblica de El Salvador. A esta entidad corresponde la fiscalizacin de la hacienda pblica y de la ejecucin del presupuesto.2.2.2Consejo Nacional de la JudicaturaAl Consejo Nacional de la Judicatura corresponde proponer candidatos para los cargos de magistrados para la Corte Suprema de Justicia, magistrados de las cmaras de segunda instancia, jueces de primera instancia y jueces de paz. Los miembros de dicho consejo sern elegidos y destituidos por la Asamblea Legislativa con el voto calificado de las dos terceras partes de los diputados electos.2.2.3 Tribunal Supremo ElectoralEl Tribunal Supremo Electoral es la autoridad mxima en materia electoral. Est fomada por cinco magistrados, nombrados por la Asamblea Legislativa, que permanecen cinco aos en el cargo. Tres de ellos son elegidos de las ternas propuestas por los tres partidos polticos o coaliciones legales que hayan obtenido mayor nmero de votos en la ltima eleccin presidencial. Los dos restantes, que no deben tener afiliacin poltica, son nombrados con el voto favorable de los dos tercios de los diputados electos, de dos ternas propuestas por la Corte Suprema de Justicia.2.3 Gobiernos localesLos gobiernos locales de El Salvador son los consejos municipales.2.3.1Consejos MunicipalesLos consejos municipales constituyen la autoridad al frente de las alcaldas o ayuntamientos. Son elegidos por un perodo de tres aos a travs de elecciones directas, populares y secretas. Los consejos son autnomos en lo econmico, en lo tcnico y en lo administrativo. Estn formados por un alcalde, un sndico y dos o ms regidores segn el tamao de la poblacin.Tienen la facultad de crear, modificar y suprimir las tasas y las contribuciones pblicas. La separacin entre los conceptos impuestos, tasa y contribuciones pblicas es de suma importancia para delimitar los mbitos de poder del municipio en materia tributaria. Los tres vocablos derivan del concepto genrico de contribucin o tributo. El impuesto es una contribucin exenta de contraprestacin concreta para el obligado al pago, es decir que los impuestos pueden no tener un beneficio directo al contribuyente. Este tipo de tributo no puede ser decretado por las alcaldas. Las tasas son contribuciones en las que existe una contraprestacin directa para el obligado. Las contribuciones pblicas o especiales son aquellas en las que existe un grupo de ciudadanos que obtiene un beneficio determinado por la realizacin de una obra concreta.Tambin el concejo puede establecer su presupuesto, nombrar y remover funcionarios y empleados de sus dependencias, decretar las ordenanzas y los reglamentos locales, elaborar sus tarifas de impuestos y reformarlas proponindolas a la Asamblea Legislativa, y gestionar libremente en materias de su competencia. Ninguna ley ni autoridad puede dispensar el pago de las tasas y contribuciones municipales. Los fondos municipales no se podrn centralizar en el Fondo General del Estado, ni emplearse sino en servicios y para provecho de los municipios. Los consejos administran el patrimonio de sus municipios y rinden cuenta de su administracin a la Corte de Cuentas. La ejecucin del presupuesto se fiscaliza una vez ejecutado el gasto.2.3.2GobernacionesAsimismo, la Constitucin establece la presencia de Gobernadores en cada uno de los departamentos del pas. Entre las funciones de estos funcionarios se encuentran: Promover, apoyar y organizar a las entidades que tengan como objeto la cultura, la salud y el progreso de las comunidades. Apoyar actividades deportivas y recreativas. Organizar, coordinar e implementar las polticas de auxilio en casos de 3. Partidos polticosEl sistema poltico salvadoreo es pluralista y se expresa por medio de los partidos polticos, que son el nico instrumento para el ejercicio de la representacin del pueblo dentro del Gobierno.Por otro lado, la existencia de un partido nico oficial es incompatible con el sistema democrtico y con la forma de gobierno establecidos en la Constitucin. De ah que en El Salvador no puede existir un slo partido poltico. Segn el Cdigo Electoral, un partido debe obtener por lo menos el 3% de los votos vlidos de una eleccin para no desaparecer.Partidos polticos de El Salvador (en orden alfabtico)

SiglasNombre

ARENAAlianza Republicana Nacionalista

CDCambio Democrtico (El Salvador)

FMLNFrente Farabundo Mart para la Liberacin Nacional

GANAGran Alianza por la Unidad Nacional

PCNPartido de Conciliacin Nacional

PDCPartido Demcrata Cristiano

4. Sistema de eleccionesLas elecciones polticas salvadoreas son organizadas y dirigidas por el mximo ente salvadoreo en esta materia, que es el Tribunal Supremo Electoral.4.1Requerimientos para emitir el sufragioSegn la Constitucin, el cuerpo electoral est formado por todos los ciudadanos capaces de emitir voto (Art. 76). De acuerdo a esto todos los ciudadanos de la Repblica tienen el derecho y el deber de emitir el sufragio, pero con la condicin indispensable de estar inscritos en el registro electoral.Requisitos bsicos: Ser salvadoreo mayor de 18 aos. Estar inscrito en el padrn electoral. Esto implica poseer Documento nico de Identidad (D.U.I.) vigente a la fecha de la eleccin. No estar en prisin en el momento de las elecciones. No padecer de ninguna enfermedad mental que imposibilite la toma de decisiones electorales.4.2 Proselitismo salvadoreoEl Art. 81 de la Constitucin establece que La propaganda electoral slo se permitir, aun sin previa convocatoria, cuatro meses antes de la fecha establecida por la ley para la eleccin de Presidente y Vicepresidente de la Repblica; dos meses antes, cuando se trate de Diputados, y un mes antes en el caso de los Concejos Municipales; tambin es importante destacar que conforme el art. 230 del Cdigo Electoral Se prohbe a los Partidos Polticos o Coaliciones y a todos lo medios de comunicacin, personas naturales o jurdicas, hacer propaganda por medio de la prensa, la radio, la televisin, mtines, manifestaciones, concentraciones, hojas volantes, vallas, aparatos parlantes, as como la pinta y pega de la misma en lugares pblicos, antes de la iniciacin del perodo de propaganda que regula el Artculo 81 de la Constitucin de la Repblica, y durante los tres das anteriores a la eleccin y en el propio da de la misma. Tampoco se permite la propaganda partidarista en los centros de votacin.4.3 Proceso de eleccinEl ejercicio del voto lo ejercern los ciudadanos en los lugares que determine la ley y no podr realizarse en los recintos de las instalaciones militares o de seguridad pblica. Para elecciones de Diputados se adopta el sistema de representacin proporcional, esto quiere decir que la eleccin de diputados se hace mediante listas cerradas, y es el partido quien establece el orden de prioridad en la cual los candidatos van a recibir los votos. La eleccin de los diputados salvadoreos al PARLACEN se hace de la misma manera que para los diputados a la Asamblea Legislativa. En la eleccin del consejo municipal, el elector vota por un partido y el que tenga ms votos en el municipio ganar la alcalda. Lo que vara en este caso es la cantidad de concejales que acompaarn en su gestin al alcalde municipal.La ley establece que en cada municipio se elegir un concejo base compuesto de un alcalde, un sndico, dos concejales y cuatro miembros suplentes para sustituir indistintamente a cualquier propietario. Cuando la poblacin del municipio es mayor a los cinco mil habitantes la distribucin cambia as: Dos concejales ms en los municipios que tengan hasta 10 mil habitantes. Cuatro concejales ms en los municipios de ms de 10 mil hasta 20 mil habitantes. Seis concejales ms en los municipios de ms de 20 mil hasta 50 mil habitantes. Ocho concejales ms en los municipios de ms de 50 mil hasta 100 mil habitantes. Diez concejales ms en los municipios de ms de 100 mil habitantes.El padrn electoral, que es la lista que registra a las personas con Documento nico de Identidad (DUI), se cierra 100 das antes de las elecciones. Es decir, un ciudadano que obtenga su DUI despus de esa fecha no puede ser incluido en el padrn y por lo tanto no tiene derecho al voto.Un ciudadano que est apto para el voto, debe acudir a su respectivo centro de votacin para emitir el sufragio. Los centros son los espacios donde se concentran las juntas receptoras de votos (JRV), es decir, la unidad mnima del proceso electoral que sirve para canalizar los votos de los electores. Los centros de votacin son importantes pues ah no solo se realiza el proceso de emisin de votos sino que, una vez terminado el tiempo para votar, sirve para iniciar el conteo de votos por parte de cada una de las JRV. Adems, desde ah tambin se realiza la primera fase de transmisin de resultados. En los municipios, los centros de votacin dividen a los votantes por apellido. Para el caso de San Salvador por ejemplo, la Feria Internacional sirve como centro de votacin uno de los ms grandes por cierto, y ah pueden acudir los votantes inscritos en la circunscripcin de la capital con apellido entre la letra A y la C.4.3.1 Cmo votar?

El proceso de votacin es sencillo. El ciudadano interesado debe acudir al centro de votacin que le corresponde. Ah, tendr que buscar su nombre en el padrn escrito desplegado en todo el centro de votacin para saber en qu Junta Receptora de Votos le tocar votar.El padrn tiene la foto, nombre completo, nmero de DUI y la Junta Receptora de Votos donde le toca votar al ciudadano. Una vez encontrado en el padrn, el votante se dirigir a su respectiva JRV. La JRV est compuesta por un mximo de cinco miembros. Entregar su DUI a uno de sus miembros para que ste verifique nuevamente en el padrn. Al encontrarlo le entregar dos papeletas (una para diputados y otra para concejos municipales) y un crayn. El ciudadano ir entonces a la urna de la Junta Receptora de Votos, un minsculo espacio privado donde podr emitir su voto. Para que un sufragio sea vlido, deber marcar la bandera del partido de su predileccin.Luego, regresar a la JRV y depositar las papeletas en otra urna cerrada. Firmar el padrn e introduce uno de sus dedos en tinta indeleble como muestra de que ya ha votado (para las elecciones del 2006 se utiliz un plumn con tinta indeleble). Finalmente, se le regresar su DUI. Los centros de votacin abren, generalmente, a las ocho de la maana y cierran a las cinco de la tarde.4.3.2Proceso de conteo de votosEsta fase se conoce como escrutinio. Cuando los centros de votacin se cierran, usualmente a las cinco de la tarde, las Juntas Receptoras de Votos inician su trabajo de conteo de papeletas. Posteriormente, vacan las urnas y cuentan una por una las papeletas de la eleccin. Una vez contados, el resultado se transmite a documentos que se conocen como actas.En cada centro de votacin hay un Centro de Transmisin de Datos. Desde ah se difunde las actas como imgenes va fax al Centro de Recoleccin y archivo que est contiguo al Centro Nacional de Procesamiento de Resultados Electorales. Este ltimo es el encargado del conteo de votos a partir de las imgenes de cada acta de cierre. El mismo da de la votacin es posible conocer resultados preliminares de la eleccin, pero los resultados oficiales son dados a conocer varios das despus. Para ello hace falta el proceso llamado escrutinio final.4.4 Votacin en el extranjeroEn El Salvador no hay una poltica concreta con respecto al voto en el extranjero. Existen organizaciones de salvadoreos en el exterior que luchan porque este tipo de voto sea una realidad. Segn Freedom House, una organizacin independiente que valora los niveles de libertad y democracia en el mundo, hay 90 naciones dentro de la categora Democracias Libres. El 85% de dichas democracias han implementado el derecho al ejercicio del voto para sus nacionales en ultramar. El Salvador forma parte de esas 90 naciones denominadas Democracias Libres y es uno de los pocos pases en esa categora que todava no ha implementado el voto exterior para sus cerca de 3.5 millones de ciudadanos que segn el ministerio del relaciones exteriores de El Salvador, viven actualmente fuera de sus fronteras.