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Cualquier impreso del día 20-nov-12, es una copia no controlada con validez por el día que fue impreso, siendo responsabilidad del usuario verificar cambios en intranet. Sistema Integrado de Gestión VERSIÓN: 002 FECHA: 19 Noviembre de 2012 SIG-PR-005 PROCEDIMIENTO: Competencia, Formación y Toma de Conciencia. Pág. 1 de 20 CONTENIDO: 1. OBJETO. 2. ALCANCE. 3. DEFINICIONES . 4. RESPONSABLIDADES. 5. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD. 6. DOCUMENTOS RELACIONADOS. 7. ÚLTIMOS CAMBIOS. 8. ANEXOS. Fecha Preparado por Revisado por Aprobado por 30-12-11 Alicia Alvarez R. Área de Personas Vladimir Monardes V. 19-11-12 Alicia Alvarez R. Área de Personas Vladimir Monardes V.

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Cualquier impreso del día 20-nov-12, es una copia no controlada con validez por el día que fue impreso, siendo responsabilidad del usuario verificar cambios en intranet.

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PROCEDIMIENTO: Competencia, Formación y Toma de Conciencia. Pág. 1 de 20

CONTENIDO:

1. OBJETO.

2. ALCANCE.

3. DEFINICIONES.

4. RESPONSABLIDADES.

5. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD.

6. DOCUMENTOS RELACIONADOS.

7. ÚLTIMOS CAMBIOS.

8. ANEXOS.

Fecha

Preparado por Revisado por Aprobado por

30-12-11 Alicia Alvarez R. Área de Personas Vladimir Monardes V. 19-11-12 Alicia Alvarez R. Área de Personas Vladimir Monardes V.

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1. OBJETO.

El presente documento describe las características y condiciones definidas en Empresas Lipigas para el diagnóstico de necesidades, la planificación, aprobación e implementación de los programas de capacitación y entrenamiento. El objeto de este documento es establecer las bases para desarrollar programas de capacitación para los trabajadores de Empresas Lipigas S.A, así como definir las capacidades, habilidades y aptitudes de los distintos cargos de la compañía. Dichos conceptos apuntan a aumentar las Competencias Técnicas de las personas que trabajan en la empresa, una de las temáticas relevantes a abordar es lo relacionado a la aplicación de la Norma ISO 14001-2004 y OHSAS 18.001:2007 y con el Desempeño Ambiental y de SST de sus instalaciones, y las habilidades ejecutivas o de gestión necesarias para cumplir con los objetivos estratégicos de la compañía.

2. ALCANCE.

Este procedimiento es aplicable para las plantas u oficinas de Lipigas S.A, abarcando todas las temáticas de capacitación interna de la compañía. Además, el alcance tiene relación con las Plantas u Oficinas que tengan ISO 14.001 y/o OHSAS 18.001:2007 implementadas o en vías de implementación. Se debe considerar que la capacitación es una instancia de aprendizaje de alcance limitado y que no asegura otros impactos en las personas y la organización como motivar, mejorar problemas de clima laboral o generar ascensos laborales, ya que si bien son elementos relacionados, no son parte de sus objetivos fundamentales. Desde este punto de vista, no se considera como capacitación las reuniones de área o cualquier otra reunión o actividad que no implique una instancia pedagógica formal.

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3. DEFINICIONES.

3.1 Aptitud: Capacidad para operar competentemente en una determinada actividad.

3.2 Capacitación: Actividad planificada y evaluada, orientada a desarrollar los

conocimientos y habilidades de los trabajadores, necesarios para aumentar sus competencias profesionales y mejorar su desempeño en un área de trabajo.

3.3 Capacitación Externa: Capacitación dictada por alguna persona u organismo que cuenta con las competencias reconocidas por la Empresa para estos fines.

3.4 Capacitación Interna: Capacitación dictada por personas de la empresa, que tengan las competencias necesarias en el tema en cuestión.

3.5 Comisión de Capacitación: Grupo de personas encargadas de definir los contenidos a capacitar según objetivos del SGA y SGOH para cada año en cada instalación en que esté implementada la Norma ISO14001-2004 y/o OHSAS 18.001:2007.

3.6 Comité Bipartito de Capacitación: El Comité formado por representantes de la Empresa y de los trabajadores, tiene por finalidad acordar y evaluar los programas de capacitación que se desarrollen al interior de la empresa y prestar asesoría técnica en materia de capacitación a los mandos directivos de la misma. Las reuniones del Comité Bipartito se realizan al menos 2 veces al año y dentro del programa de capacitación anual el Comité podrá definir actividades de capacitación específicas para los trabajadores de la empresa.

3.7 Competencia: Competencia es la capacidad efectiva para llevar a cabo exitosamente una actividad laboral plenamente identificada. La competencia laboral no es una probabilidad de éxito en la ejecución del trabajo, es una capacidad real y demostrada.

3.8 Competencia Técnica Ambiental: Conjunto de conocimientos, habilidades y conductas que posee una persona en un cargo determinado, que le permiten realizar exitosamente las actividades relacionadas al ámbito ambiental de acuerdo a las exigencias requeridas para un buen Desempeño Ambiental en su trabajo.

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3.9 Competencia Técnica de SST: Conjunto de conocimientos, habilidades y

conductas que posee una persona en un cargo determinado, que le permiten realizar exitosamente las actividades relacionadas en el ámbito de SST acuerdo a las exigencias requeridas para un buen Desempeño de Seguridad y Salud en el trabajo.

3.10 Conocimiento Técnico Ambiental y de SST: El Conocimiento Técnico Ambiental y de SST será aquel contenido que tengan las personas que estén insertas en el SGA y en el SGOH respectivamente. Este conocimiento será independiente de otros conocimientos y competencias que sean requeridas por la Empresa para cada cargo de la organización.

La Comisión de Capacitación definirá los contenidos de Conocimiento Técnico Ambiental y de SST que se entregarán cada año. Estos deben tener relación directa e indirecta con cada uno de los actores del SGA y del SGOH (internos y externos), los aspectos ambientales, los riesgos de SST y política ambiental y de SST.

3.11 Encuesta de Satisfacción: Evaluación mediante la cual se miden las opiniones inmediatas de los asistentes del curso realizado, claridad del relator en la entrega de contenidos, atingencia en los temas tratados, adecuación de la sala o auditorio, etc.

3.12 Entrenamiento: Se entiende por entrenamiento toda actividad orientada a

desarrollar competencias mediante el ejercicio y la práctica, que no implica necesariamente una instancia pedagógica formal.

3.13 Evaluación de Aprendizaje: Evaluación mediante la cual se miden los

conocimientos de los asistentes una vez finalizada la capacitación.

3.14 Habilidad: Capacidad y disposición para realizar una determinada actividad.

3.15 Programa de Capacitación: Documento que contiene las actividades de capacitación que hará la Empresa durante cada año, como las que se enmarcan dentro del Sistema de Gestión Ambiental y/o del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo

3.16 SGA: Sistema de Gestión de Empresas Lipigas S.A., empleado para desarrollar e implementar su Política Ambiental y gestionar sus Aspectos Ambientales.

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3.17 SGOH: Sistema Gestión de Empresas Lipigas S.A, empleado para desarrollar su política y gestionar sus aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3.18 SIG: Sistema Integrado de Gestión de Empresas Lipigas S.A empleado para

desarrollar su política integrada y gestionar sus aspectos de Seguridad, Salud y Medio Ambiente.

3.19 Sistema de Gestión del Desempeño (SGD): El SGD contempla entre sus etapas, la evaluación de Competencias de MARCA en 360º y una reunión de retroalimentación entre jefatura y colaboradores, en la cual se establecen planes de acción que podrán gatillar necesidades específicas de capacitación que deberán ser incorporadas al Programa Anual.

3.20 SST (Seguridad y Salud en el Trabajo): Condiciones y factores que afectan,

o podrían afectar a la salud y la seguridad de los empleados o de otros trabajadores (incluyendo a los trabajadores temporales y personal contratado), visitantes o cualquier otra persona en el lugar de trabajo.

3.21 Toma de Conciencia: Acción de internalizar los aspectos e impactos ambientales que generan nuestras actividades en el trabajo y los peligros y riesgos a los cuales nos encontramos expuestos producto del desarrollo de tales actividades.

4. RESPONSABILIDADES. 4.1 Comité Ejecutivo Integrado de Seguridad, Salud y Medio Ambiente. Es el responsable de definir en primera instancia las necesidades estratégicas y corporativas de capacitación alineados con los proyectos de la empresa y la visión de negocio. 4.2 Jefe de Capacitación.

Responsable de dirigir y colaborar con el gerente del área, en la aplicación de políticas y procedimientos relativos a capacitación. Lo anterior implica:

• Dirigir, coordinar y controlar las actividades de capacitación y desarrollo.

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• Levantar y analizar las necesidades de entrenamiento y elaborar programas generales y específicos destinados a disminuir las brechas en el desempeño de los trabajadores.

• Desarrollar e implementar programas de capacitación que apunten a potenciar y desarrollar las habilidades de gestión.

• Diseñar mallas curriculares que potencien las competencias asociadas a cada familia de cargo.

• Asesorar a la jefatura en la identificación de necesidades de capacitación. • Orientar la búsqueda de alternativas de capacitación en función de las

necesidades detectadas. • Velar por el alineamiento de la capacitación con los objetivos de la compañía. • Informar a las jefaturas los planes, resultados y los casos de incumplimiento. • Realizar informes de gestión y evaluaciones de la capacitación.

4.3 Administrativo de Capacitación.

Responsable de prestar servicio de apoyo al área de capacitación, en labores administrativas propias del área:

• Colaborar en la aplicación de procedimientos relativos a capacitación y

administración de personal. • Mantener actualizados registros, archivos y estadísticas del personal de la

unidad de organización a la cual presta servicios. • Realizar las inscripciones de actividades de capacitación aprobadas en los

plazos establecidos, maximizando el uso de la franquicia SENCE. • Notificar a los trabajadores que corresponda sobre la actividad de capacitación

en que han sido inscritos. 4.4 Comité Bipartito de Capacitación.

Comité formado por representantes de la empresa y de los trabajadores, que tiene por finalidad acordar y evaluar los programas de capacitación que se desarrollen al interior de la empresa y prestar asesoría técnica en materia de capacitación a los mandos directivos de la misma.

4.5 Ejecutivos y Jefaturas.

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Son responsables de incentivar a sus colaboradores a participar en los cursos o charlas definidos por la empresa y por el Programa de Capacitación del SGA y del SGOH. Además deben encargarse de:

• Asegurar el desarrollo integral de sus trabajadores. • Identificar las brechas de desempeño tanto de las personas de su equipo,

como de la organización en general. • Velar por el alineamiento de la capacitación con los objetivos de la compañía. • Conocer detalladamente el procedimiento en cuestión. • Generar las condiciones necesarias para que sus colaboradores puedan

realizar actividades de capacitación de forma adecuada. • Mantenerse informado respecto a las actividades de capacitación en que

estén involucrados sus colaboradores. • Motivar y comunicar a sus colaboradores sobre las actividades de

capacitación planificadas durante el año. • Ejercer como relatores internos, cuando corresponda, en la realización de las

capacitaciones. • En el SGA y SGOH junto con el RDP, deberán identificar aquellos cargos de

empresas externas con directa responsabilidad que puedan influir en el resultado de la organización en materias ambientales y de SST. Entre estos cargos se considerarán: Personal de empresas Norgas, Cemcogas, guardias externos, empresas de aseo, personal de empresas de servicios transitorios que laboren al interior de las plantas, operadores y choferes de transportistas que trabajan para las plantas, empresas contratistas que al interior de las plantas desarrollen labores, entre otros.

• Para SGA Y SGOH, son responsables de mantener un registro de todas las empresas y personas externas a la compañía relacionadas con su área que puedan tener implicancia en el desempeño ambiental y de SST, para lo cual deberá(n) entregar este registro al RDP respectivo para que incluya este personal dentro de los trabajadores que deberán ser capacitados a través del Programa de Capacitación Anual de cada instalación. Además, deberán comunicar a las empresas externas, las competencias a cubrir de su personal con el objeto de no afectar el desempeño ambiental y de SST mientras efectúan su trabajo en sus instalaciones.

4.6 Relatores.

Los Relatores Internos o Externos serán responsables de:

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1 Preparar la capacitación a efectuar y los materiales asociados como

presentaciones (ppt) u otros. 2 Efectuar la capacitación propiamente tal. 3 Registrar a los participantes en el SIG-R-010: Registro de Actividad señalando

su participación como relator con los detalles pertinentes cuando corresponda. 4 Realizar la Evaluación de la Capacitación o Aprendizaje (SIG-R-012), y

evaluar a los participantes, corregir los instrumentos ocupados y entregar al Encargado de Documentos de la Planta él o los registros con los resultados logrados, para el caso de los Sistemas Integrados de Gestión ISO 14.001-2004 y OHSAS 18.001:2007.

5 Aplicar el registro SIG-R-011: Encuesta de Satisfacción y entregar al Encargado de Documental de la instalación respectiva los registros con las respuestas de los participantes, para el caso de los Sistemas Integrados de Gestión ISO 14.001-2004 y OHSAS 18.001:2007.

6 Entregar al Administrativo de Capacitación el o los registro(s) de las capacitaciones internas o externas efectuadas para llevar reporte en Portal de Capacitación.

4.7 Coordinador General de Capacitación SGA Y SGOH.

Responsable en el SGA y SGOH de revisar y aprobar el Programa Anual de Capacitación y de entrenamiento de cada una de las instalaciones en conjunto con el RDP. Además debe:

• Junto al RDP de cada instalación conformar la Comisión de Capacitación. • Apoyar en la definición de Conocimientos Técnicos en Medio Ambiente y de SST

para los cargos de las instalaciones que tienen incidencia directa con el desempeño ambiental y de SST.

• Revisar el contenido del Programa de Capacitación, tanto para personal interno de la compañía como para personal externo que hayan sido identificado por el RDP o por la Comisión de Capacitación como personas cuyas labores pueden generar un impacto en los sistemas de gestión ambiental y de SST.

• Coordinar la ejecución del Programa de Capacitación. • Evaluar y seleccionar a los organismos externos de capacitación. • En caso que se realice el Autodiagnóstico de Necesidades de Capacitación será

el responsable que éste se lleve a cabo. 4.8 Comisión de Capacitación.

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Elabora Programa de Capacitación (SIG-R-026) para su instalación junto con el Coordinador General de Capacitación SGA y SGOH y hace el seguimiento de dicho programa. Propone relatores para los cursos de capacitación que se han planificado desarrollar en su instalación. Es responsable de exigir a los relatores la aplicación de la evaluación de los asistentes y de la encuesta de satisfacción de todas las actividades de capacitación y entrenamiento. Almacena y controla los registros asociados a las capacitaciones realizadas en su instalación. Levanta necesidades de capacitación para ser incorporadas en los Programas de Capacitación antes mencionados y también levanta necesidades bajo situaciones de contingencia, tales como: reiteración de incidentes, situaciones de emergencia, hallazgos de auditorías recientes, entre otros. 4.9 Responsable de Planta (RDP).

Responsable junto con la Comisión de Capacitación de definir los Conocimientos Técnicos en Medio Ambiente y de SST para los cargos de cada instalación que tienen incidencia directa con el SGA y SGOH. Es responsable junto con la Comisión de Capacitación de asegurar la correcta capacitación del personal interno como también del personal externo. 4.10 Experto en Prevención de Riesgos.

Es responsable de participar en la definición de conocimientos técnicos para la ISO 14001-2004 y OHSAS 18.001:2007. Identifica necesidades de capacitación relativas a SST y MA para ser incorporadas en el Programa de Capacitación Anual. Puede participar en algunas capacitaciones técnicas relacionadas con temas de SST y MA.

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4.11 Encargado de Producción, EPR, Supervisor(es), Comité Paritario o Comisión de Participación y Consulta, Comisión de C apacitación u otra instancia:

Verificar en terreno la efectividad de las capacitaciones cuando éstas tengan que ver con temas relacionados con control operacional. Para ello se puede utilizar como herramientas: inspecciones, observaciones planeadas, u otras. 4.12 Trabajador.

• Cumplir con los requisitos de la actividad de capacitación, en cuanto a asistencia, rendimiento de pruebas, calificación mínima de aprobación o cualquier obligación u otro requerimiento de la actividad, tareas o asignaciones que éste implique.

• Aplicar la mayor cantidad de conocimientos y habilidades adquiridas, maximizando el aporte de valor a la organización.

5. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD .

5.1 Formación y Toma de Conciencia.

El Sistema o Ciclo de Capacitación es un proceso anual que consta de 3 etapas: Levantamiento, Construcción y Aplicación del Programa de Capacitación.

5.1.1 Levantamiento. Es el proceso mediante el cual se obtiene y recopila la información proveniente de necesidades de la Organización (proyectos, estrategias, desempeño, etc). Se considerarán los siguientes mecanismos de levantamiento de necesidades: a) Levantamiento de Necesidades Estratégicas y Corpora tivas de

Capacitación: La Gerencia y/o el Comité Ejecutivo Integrado de Seguridad, Salud y Medio Ambiente definirá en primera instancia las necesidades estratégicas y corporativas de capacitación alineados con los proyectos de la empresa y la visión de negocio.

b) Detección de Necesidades de Capacitación (DNC): Consiste en identificar

los principales desafíos y brechas que pueden ser abordadas desde la

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capacitación, tanto a nivel de áreas como grupal. (excluye la detección de necesidades individuales). Particularmente para SST y MA se identificarán necesidades de capacitación tomando en consideración el análisis histórico de los resultados de: - Análisis causal de incidentes - Situaciones de emergencia - Cambios en los objetivos, política, etc. - Cambios en la legislación - Modificaciones en el proceso - Modificaciones de entorno - Autodiagnóstico de necesidades de capacitación (opcional) - Cambios en la matriz IPER - Otras fuentes

c) Sistema de Gestión del Desempeño (SGD): El SGD contempla entre sus

etapas, la evaluación de Competencias de MARCA en 360º y una reunión de retroalimentación entre jefatura y colaboradores, en la cual se establecen planes de acción que podrán gatillar necesidades específicas de capacitación que deberán ser incorporadas al Programa Anual de Capacitación.

d) Comité Bipartito de Capacitación: Aportará evaluando y prestando asesoría

a los programas de capacitación que se desarrollen al interior de la empresa.

e) Para ISO 14.001/2004 y OHSAS 18.001:2007, se rev isará:

a. La política de Medio Ambiente y SST b. Los objetivos de MA y SST c. La matriz de AAS y los riesgos críticos de la Matriz IPER d. La matriz de identificación y cumplimiento de Requisitos Legales de

Medio Ambiente y de SST. e. Incidentes y situaciones de emergencia reales o potenciales f. Observaciones, hallazgos, no conformidades de auditorías g. Los conocimientos técnicos deseados determinados por la Comisión de

Capacitación. h. La mejora continua i. Las principales brechas detectadas durante el año anterior, basándose

en los resultados de la evaluación del programa de capacitación, el programa de objetivos y metas de cada instalación, la evaluación del cumplimiento legal y en general todas las medidas de desempeño ambiental y de SST.

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5.1.2 Elaboración del Programa de Capacitación. El sistema de capacitación se construirá en base a las 5 fuentes de levantamiento de necesidades descritas anteriormente. Este programa será definido de manera conjunta entre el área de personas y las jefaturas, y contemplará actividades de capacitación a nivel transversal, por áreas, y grupal. La información recabada en la etapa anterior será procesada y validada por parte del Área de Personas quienes priorizarán, valorizarán y revisarán la atingencia y alineamiento de las necesidades detectadas, respecto a los objetivos organizacionales. Una vez terminado este proceso cada gerencia aprobará la versión final generando así el Programa Anual de Capacitación el cual será comunicado a las jefaturas que corresponda. En las plantas u oficinas donde se detecte que existen trabajadores que tienen problemas de lectoescritura, se debe complementar el sistema de evaluación tradicional con uno alternativo, adecuándolo a las condiciones de los trabajadores. Particularmente, en el caso del SGA y SGOH: Cada instalación tendrá una Comisión de Capacitación que estará compuesto por 2 integrantes elegidos por el RDP de la Planta u Oficina respectiva.

Esta Comisión tendrá el apoyo del Coordinador General de Capacitación ISO 14.001-2004 y OHSAS 18.001:2007, del Jefe de Capacitación, del Administrativo de Capacitación y del EPR de la zona respectiva. Por otra parte, estas comisiones deben coordinar la ejecución de cada actividad, definir quienes serán los relatores, solicitar registros de actividad, evaluaciones y tabulación de datos. Deben además procurar los recursos y la logística para el desarrollo de las actividades, ésto es salones, transporte, materiales, equipos y en general todo insumo que se requiera. Al cierre de cada programa esta comisión realizará una evaluación del programa, la calidad de los contenidos, su aporte al cumplimiento de la política ambiental y de SST, un análisis de los relatores y el resultado consolidado de las encuestas y las evaluaciones de las actividades de capacitación. Por último, será esta comisión la encargada de evaluar que los relatores posean las competencias para realizar las actividades.

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Una vez definidos los contenidos que se deben dictar en cada instalación, la Comisión de Capacitación elaborará un Programa de Capacitación Anual (SIG-R-026), el cual contendrá los temas de Medio Ambiente y SST en los cuales serán capacitados los trabajadores. Durante el cuarto trimestre del año, la Comisión de Capacitación de cada instalación elaborará un Programa de Capacitación para el año siguiente, basado en:

- La política de Medio Ambiente y SST - Los objetivos del SGA y SGOH - Los Aspectos Ambientales Significativos (Matriz de AAS) y Riesgos Críticos

(Matriz IPER). - Los incidentes y situaciones de emergencia reales o potenciales. - Los conocimientos técnicos deseados determinados por la Comisión de

Capacitación. - La mejora continua - Las principales brechas detectadas durante el año anterior, basándose en

los resultados de la evaluación del programa de capacitación, el programa de objetivos y metas de cada instalación, la evaluación del cumplimiento legal y en general todas las medidas de desempeño ambiental y de SST.

Este programa debe contener como mínimo los siguientes puntos:

1. Los temas por unidad a tratar durante el año siguiente. 2. Las fechas tentativas de ejecución. 3. Los relatores que dictarán los contenidos. 4. Responsable y plazo para verificación de eficacia de cursos realizados

en terreno si aplica.

El Programa de Capacitación será enviado al Coordinador General de Capacitación para su firma y aprobación, quien lo enviará a los RDP y Encargado Documental de la instalación correspondiente que tiene implementada la norma ISO 14.001-2.004 y/o OHSAS 18.001:2007 y al Jefe de Capacitación para su publicación en el Portal de Capacitación.

5.1.3 Aplicación del Programa de Capacitación.

Una vez que el Programa de Capacitación ha sido validado y con el comienzo del año, las actividades de capacitación que hayan sido planificadas se realizarán de acuerdo a lo definido.

a) Ejecución del Programa de Capacitación: La comisión de capacitación local se hará responsable de asegurar que las actividades de capacitación

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planificadas se lleven a cabo de manera normal, ésto implica inscribir los cursos o actividades de capacitación que corresponda, reservar cupos para cursos, talleres o seminarios, notificar a los participantes con la debida anticipación y en general, velar por el correcto desarrollo de las actividades.

b) Seguimiento: El seguimiento del programa se llevará de acuerdo a lo

especificado en el Procedimiento de Medición y Seguimiento del Desempeño SIG-PR-006. Este seguimiento se realiza en forma mensual, trimestral, semestral y anual.

Los eventuales cambios no implican modificaciones en los presupuestos iniciales distribuidos por área, sin embargo en caso de necesidad específica, si alguna de éstas por alguna razón no utiliza todo su presupuesto, el gerente responsable podrá autorizar la reasignación de estos recursos para capacitación de otra área. Esta reasignación queda bajo el criterio de administración del Área de Personas. En el caso del SGA y SGOH para la difusión del Prog rama de Capacitación:

El RDP, el CGI o la Comisión de Capacitación Local en su defecto, difundirá el Programa de Capacitación en su respectiva instalación, de manera que las personas involucradas estén informadas de las actividades de capacitación que deberán hacer en el año. Los Jefes de Áreas difundirán el Programa de Capacitación a su personal y deberán tomar las medidas adecuadas para facilitar la participación de las personas de su área. Simultáneamente el Jefe de Capacitación subirá los Programas de Capacitación al Portal de Capacitación, donde estará disponible para su consulta por todas las personas de la Empresa. 5.1.4 Modalidades de Capacitación.

A continuación se detallan los distintos formatos en los cuales se impartirá las capacitaciones en la empresa. 5.1.4.1 Cursos e-Learning. La empresa cuenta con un Portal de Capitación e-Learning, el cual es administrado por el área de capacitación. Este portal tiene cursos disponibles para los trabajadores, y deberán ser solicitados y autorizados de acuerdo a las necesidades de cada cargo y a la disponibilidad de recursos.

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a) Cursos de inducción general y específicos desarrollados por la empresa.

Lipigas S.A ha desarrollado una malla de cursos e-learning de acuerdo a las necesidades, procesos y tecnologías que se han ido implementando en la empresa, y que es necesario que los trabajadores conozcan y manejen para facilitar el trabajo día a día.

• Cursos Básicos de Inducción: Como parte del Plan de Inducción a

Empresas Lipigas, todo trabajador nuevo debe realizar los cursos básicos de inducción. Estos cursos son de carácter obligatorio y permitirán a quien ingrese a la empresa familiarizarse con negocio y el uso de herramientas básicas para desempeñarse en sus puestos de trabajo y en los cargos que corresponda. A la malla actual de cursos básicos de inducción podrán incorporarse nuevos cursos si la empresa lo requiere.

• Cursos específicos: Además de los cursos básicos de inducción, existen

otros cursos e-learning desarrollados que responden a necesidades, áreas y puestos de trabajo específicos y que deben ser cursados por quienes lo requieran para realizar su trabajo. La inscripción de participantes en los cursos e-learning y la realización de éstos también son de carácter obligatorio y responden a una solicitud de las jefaturas directas y gerentes de área.

El incumplimiento de estos cursos en los plazos definidos son de exclusiva responsabilidad de la persona capacitada y su aplazamiento o reactivación deberá ser justificado y autorizado por la jefatura.

b) Otros cursos E-learning Estos cursos se orientan a desarrollar y potenciar herramientas de administración y gestión al interior de la compañía. Su inscripción deberá ser planificada durante el proceso de levantamiento de necesidades de capacitación realizadas a fines de cada año. En caso de cambio de funciones de un trabajador o de que exista la necesidad no presupuestada con anterioridad de tomar alguno de estos cursos durante el año, la solicitud será evaluada por el área de personas en conjunto con la jefatura correspondiente, y la actividad podrá ser permutada por alguna otra contemplada en el plan anual original, siempre y cuando sea factible de realizar de acuerdo al presupuesto de capacitación anual.

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Cualquier impreso del día 20-nov-12, es una copia no controlada con validez por el día que fue impreso, siendo responsabilidad del usuario verificar cambios en intranet.

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Estos cursos podrán ser realizados de a uno a la vez por cada trabajador que lo requiera.

5.1.4.2 Actividades Presenciales. Las actividades de capacitación, cursos y talleres presenciales constituyen un gran porcentaje de la capacitación. Estos responden tanto a necesidades técnicas como al desarrollo de habilidades blandas y requieren que el alumno concurra a una sala de clases a participar de la actividad. Será imprescindible que quienes realicen actividades presenciales de capacitación cumplan con los requisitos mínimos de aprobación, asistencia y evaluaciones. 5.1.4.3 Congresos y Seminarios. Esta modalidad de capacitación se focaliza en la actualización de conocimientos sobre tendencias actuales a nivel mundial. La empresa realiza convenios con los mejores proveedores de congresos y seminarios en el país para mantener a sus ejecutivos actualizados en temas contingentes. La participación en estos seminarios o congresos debe ser calendarizada en el proceso de levantamiento de necesidades de capacitación y contempladas en el Programa de Capacitación Anual. En caso contrario, si no fue planificada, la inscripción deberá ser validada por el gerente de área y quedará sujeta a disponibilidad de cupos y/o recursos. 5.1.5 Resultados de la Capacitación. 5.1.5.1 Registro de Actividad.

Los relatores registrarán a todos los asistentes de las actividades de capacitación y entrenamiento que realicen. Para ello se usará el registro SIG-R-010: Registro de Actividad, documento que deberá ser entregado al Encargado de Documentación de la instalación una vez terminada la actividad para su almacenamiento. Además para capacitaciones bajo la modalidad sence se deberá además utilizar el registro SIG-R-021.

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Cualquier impreso del día 20-nov-12, es una copia no controlada con validez por el día que fue impreso, siendo responsabilidad del usuario verificar cambios en intranet.

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5.1.5.2 Evaluación de Satisfacción.

Cada vez que se realice una capacitación, sea interna o externa, el relator deberá aplicar la Evaluación de Satisfacción, para medir la calidad de la capacitación y del relator. El código de dicho registro será SIG-R-011. Todas estas evaluaciones deben ser entregadas al Encargado de Documentación de la instalación correspondiente. 5.1.5.3 Evaluación de la Capacitación (Aprendizaje) . Cada vez que se realice una actividad de capacitación, sea interna o externa, el relator deberá realizar la Evaluación de la Capacitación (Aprendizaje), la cual tiene por objetivo medir la ganancia de aprendizaje lograda con la actividad. Esta evaluación deberá ser realizada a todos los participantes. El código de dicho registro será SIG-R-012. Todas las evaluaciones de capacitación (aprendizaje) deben ser entregadas al Encargado de Documentación de la instalación respectiva. 5.1.5.4 Verificación de Efectividad de Aprendizaje. Para asegurar el aprendizaje de los trabajadores capacitados en temas relacionados con control operacional, los supervisores, encargados de producción, EPRs, comités paritarios, comisión de participación y consulta, según se defina en forma previa, deberán realizar a través de herramientas como inspecciones y observaciones planeadas. Si se realizan observaciones planeadas se debe utilizar el registro SGOH-R-025 5.1.6 Otros.

5.1.6.1 Implicancias de la Capacitación. Capacitar a los trabajadores para alcanzar un mejor desempeño y desarrollo profesional implica una inversión en términos económicos y de tiempo. El no cumplimiento de las actividades de capacitación ya sean inscritas a través de SENCE o de manera directa por la empresa, implica una pérdida de recursos, por lo tanto se requiere una responsable y adecuada administración de éstos.

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El área de personas informará a las jefaturas de manera constante del status de los cursos y sus participantes, asistencia y calificaciones. Las consecuencias por no cumplimiento serán evaluadas en conjunto, pudiendo ser desde una amonestación verbal o escrita por parte del jefe o gerente, imposibilidad de tomar nuevos cursos en un periodo de tiempo determinado, imposibilidad de optar a becas de estudio o financiamiento parcial de estudios, e incluso el no poder postular a cargos nuevos dentro de la empresa. 5.1.6.2 Administración de Necesidades Emergentes. Toda actividad de capacitación deberá ser planificada durante el proceso de levantamiento de necesidades de capacitación. Las necesidades solicitadas de forma emergente al encontrarse fuera de presupuesto deberán ser permutadas por otra que esté incluida en el presupuesto anual del área, previa aprobación por parte del Área de Personas. Al solicitar al Área de Personas una actividad de forma emergente deberán fundamentarse los siguientes puntos:

• Cuál es la necesidad o brecha subyacente • Cuál es la consecuencia en el desempeño • Qué objetivo se ve beneficiado con la realización de la actividad • Cuáles son las expectativas de cambio • Cómo evalúa el desempeño de la persona a capacitar

5.1.6.3 Administración de Infocentros. Lipigas S.A cuenta con 10 Infocentros a lo largo del país los cuales permiten mejorar el acceso a las tecnologías de la información y ampliar las posibilidades de aprendizaje de sus trabajadores, ofreciéndoles un lugar donde pueden realizar actividades de capacitación, estudiar y utilizar los computadores habilitados para fines relacionados con el aprendizaje. Su administración está a cargo del Área de Personas y el correcto uso de este espacio es responsabilidad de todos. El mal uso de los Infocentros debe ser informado al Área de Personas quienes se harán cargo de tomar las medidas pertinentes para el caso. 5.2 Competencia.

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Se deben identificar las competencias requeridas para ejecutar de manera eficiente, eficaz y de manera segura cada una de las tareas asociadas a los cargos. Se debe verificar que los trabajadores que postulen a un cargo cuenten con las competencias identificadas en el punto anterior. Se deben almacenar adecuadamente los registros y otro tipo de documentos que permitan acreditar las competencias de los trabajadores. En el caso que un trabajador no cuente con todas las competencias necesarias para desempeñar un cargo y sea factible suplir esa carencia se debe desarrollar un programa de nivelación de competencias. Se usará para definir competencias las descripciones contenidas en el Anexo de Igualdad Salarial. Esto será administrado por el área de personas. 5.2 Remuneración. Los trabajadores beneficiarios de estas acciones mantendrán íntegramente sus remuneraciones, cualquiera que fuere la modificación de sus jornadas de trabajo. No obstante, las horas extraordinarias destinadas a capacitación no darán derecho a remuneración. El accidente que sufriere el trabajador a causa o con ocasión de estos estudios, quedará comprendido dentro del concepto establecido en el artículo 5º de la ley Nº 16.744, y dará derecho a las prestaciones consiguientes. La ejecución de acciones de capacitación que las empresas efectúen para sus ex trabajadores, podrán exceder hasta cinco meses la vigencia de la respectiva relación laboral, cuando la última remuneración del ex trabajador no exceda del equivalente a 25 unidades tributarias mensuales. Dichas acciones de capacitación deberán ser efectuadas sólo por organismos técnicos de capacitación. El empleador deberá comunicar dichas acciones al Servicio Nacional de Capacitación y Empleo al menos un día hábil antes que ellas comiencen. Asimismo, la ejecución de acciones de capacitación se podrán desarrollar antes de la vigencia de una relación laboral, siempre y cuando sea necesario para el buen funcionamiento de la empresa o por la estacionalidad de la actividad que desarrolla, cuando un empleador y un eventual trabajador celebren un contrato de capacitación, por el cual se obliguen recíproca y exclusivamente, el primero, a entregar a través de un organismo capacitador las competencias y destrezas laborales requeridas para desempeñar una actividad laboral determinada en la empresa, según un programa de capacitación autorizado, y el segundo, a cumplir dicho programa en las condiciones establecidas. En todo caso, la vigencia de esta convención y sus

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prórrogas no podrá exceder en total de dos meses, ni podrá celebrarse entre las mismas partes más de una vez dentro del mismo año calendario. 6 DOCUMENTOS RELACIONADOS.

� SIG-R-026: Programa de Capacitación Anual � SIG-R-010: Registro de Actividad � SIG-R-021: Registro de Capacitación (para SENCE) � SIG-R-011: Evaluación de Satisfacción � SIG-R-012: Evaluación de la Capacitación (Aprendizaje) � SGOH-R-025: Observación Planeada � SIG-PR-006: Procedimiento de Medición y Seguimiento del Desempeño

7 ÚLTIMO(S) CAMBIO(S).

VERSIÓN DESCRIPCIÓN 001 No Aplica

002

Se incorpora apartado sobre horas extras, se incorpora registro SIG-R-021 sólo para capacitaciones bajo modalidad sence, se corrige código de

programa de capacitación anual, se deja opcional la aplicación del autodiagnóstico de necesidades de capacitación, se precisan detalles de la

identificación de las necesidades de capacitación. Se precisa el ítem de competencia en el procedimiento y se agrega la

verificación de la efectividad de las capacitaciones en terreno cuando se trate de cursos relacionados con control operacional.

8 ANEXOS. N/A