sie asesorÍa de atenciÓn a la diversidad ciudad real · programas, atención a la diversidad y...
TRANSCRIPT
Resolución de 26 de enero de 2019,de la Dirección General deProgramas, Atención a laDiversidad y Formación Profesional,por la que se regula laescolarización de alumnado querequiere medidas individualizadas yextraordinarias de inclusióneducativa.
REUNIÓN PROVINCIAL
SIE
ASESORÍA DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
CIUDAD REAL
FEBRERO 2019
MOMENTOS PARA REALIZAR LA EVALUACIÓN
PSICOPEDAGÓGICA
CON CARÁCTER PRESCRIPTIVO
AL INICIO DE LA ESCOLARIZACIÓN.
CUANDO SE PRODUCE UN CAMBIO DE ETAPA EDUCATIVA.
CUANDO LAS MEDIDAS PROPUESTAS POR LA ADMINISTACIÓN, CENTRO Y AULA NO SEAN SUFICIENTES Y HAYA QUE ADOPTAR MEDIDAS INDIVIDUALIZADAS(artículo 8 del D.85/2018) y/o EXTRAORDINARIAS(artículo 9 del D.85/2018).
REVISIÓN DE LA EVALUACIÓN
PSICOPEDAGÓGICA
CUANDO EXISTA LA
NECESIDAD DE REALIZAR
AJUSTES EDUCATIVOS.
INFORMACIÓN A PADRES Y
CONSENTIMIENTO Informar a los padres, madres o tutores legales mediante
audiencia previa y por escrito de la necesidad de llevar a cabodicha evaluación.
En el caso de que los padres, madres o tutores legales delalumno o alumna manifiesten su disconformidad con larealización de la evaluación psicopedagógica impidiendo conello la provisión de determinados recursos y el consiguienteajuste educativo, deberán reflejarlo por escrito de formamotivada. Este escrito será remitido por la persona responsablede la dirección del centro al Servicio de Inspección deEducación correspondiente que emitirá el pertinente informedirigido a la persona titular de la Dirección Provincial deEducación, Cultura y Deportes para su, valoración y resolución,en pro de velar por los derechos e intereses del menor.
¿Qué medidas podríamos
aplicar si no contamos con el
consentimiento familiar? MEDIDAS DE INCLUSIÓN PROMOVIDAS
POR LA CONSEJERÍA. P.ej., programas para la prevención, seguimiento y control del absentismo.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN A NIVEL DE CENTRO. P.ej., estrategias organizativas: agrupamientos flexibles.
MEDIDAS DE INCLUSIÓN A NIVEL DE AULA.
P.ej., tutoría entre iguales.
¿Cuáles no podríamos
aplicar?
LAS INDIVIDUALIZADAS
Y/O
LAS EXTRAORDINARIAS
¿Cuándo realizar el dictamen
de escolarización? Cuando el alumnado requiera medidas
EXTRAORDINARIAS de inclusión educativa:
(adaptaciones curriculares significativas, permanenciaextraordinaria en una etapa, flexibilización curricular,exenciones y fragmentaciones en etapas post-obligatorias, modalidades de escolarización combinadao en unidades o centros de educación especial,incorporación a Programas Específicos de FormaciónProfesional)
Cuando este alumno cambie de centro, etapa o modalidad de escolarización.
Cuando se proponga su incorporación a un programaespecífico de FP.
Cuando deje de precisar medidas extraordinarias de inclusión educativa.
¿A quien se le realiza una ACI
SIGNIFICATIVA?
Al alumnado con necesidades
educativas especiales que lo precise.
Art 71 LOMCEartículo 13.5 del D.54/2014 por el que se
establece el currículo de EP
7.4 del D.40/2015 por el que se establece el
currículo de ESO y BACH
CAMBIOS EN LA
MODALIDAD DE
ESCOLARIZACIÓN.
Prever de cara al curso 2020-2021, que
cualquier propuesta de modalidad
diferente a la ordinaria deberá haber
dispuesto durante al menos de un curso
escolar, de la tutorización por parte de la
red de asesoramiento y apoyo a la
orientación convivencia e inclusión
educativa, en el ajuste de la respuesta
educativa al alumnado desde el centro
ordinario.
CONDICIONES PERSONALES
DE PREMATURIDAD Cuando se considere necesario retrasar el inicio de la edad
de escolarización en el segundo ciclo de Educación Infantil,
ésta se realizará en el curso que le corresponde por edad
salvo aquellos casos excepcionales que, debido a
condiciones personales de prematuridad y de desarrollo
cuente con propuesta expresa del Equipo de Orientación y
Apoyo, el Equipo de Transición y Coordinación de Atención
Temprana (cuando se haya regulado su constitución),
autorización de la familia o tutores legales y propuesta de la
Comisión provincial de escolarización de alumnado que
requiera medidas extraordinarias de inclusión educativa.
SE CONSIDERARÍA PERMANECIA EXTRAORDINARIA Y YA NO
PODRÍAMOS HACER UNA NUEVA PROPUESTA EN EI
Calendario de envío de
dictámenes
Calendario para envío de
dictámenes
CALENDARIO PARA ENVÍO
DE DICTÁMENES
CALENDARIO PARA ENVÍO
DE DICTÁMENES
CALENDARIO PARA ENVÍO
DE DICTÁMENES
-antes del 15 del septiembre
Periodo de transición para
adecuar los documentos
técnicos
En el curso 2019-2020 los profesionales de la orientación
educativa de Castilla- La Mancha, podrán utilizar
indistintamente los anexos establecidos en la presente
resolución o bien los recogidos en la guía de
escolarización establecida para el curso 2018-2019.
En caso de optar por utilizar los anexos recogidos en la guía, deberánmotivarse cada uno de los recursos y ajustes educativos a adoptarsiguiendo las directrices del Decreto 85/2018, de 20 de noviembre, por elque se regula la inclusión educativa del alumnado de Castilla- La Mancha.
En el curso 2020-2021 los profesionales de la orientación
educativa de Castilla- La Mancha, deberán adecuar los
documentos elaborados a los modelos establecidos en los
anexos de la presente resolución- PRESCRIPTIVO
Decreto 85/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula la inclusión
educativa del alumnado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
[2018/13852]
Artículo 22. Dictamen de Escolarización
1. El Dictamen de Escolarización es UN INFORME TÉCNICO,
FUNDAMENTADO Y SINTÉTICO de la evaluación
psicopedagógica para la planificación de la respuesta
educativa del alumnado que lo precise.
El Dictamen de Escolarización incluirá:
• La propuesta de modalidad de escolarización,
• La propuesta curricular y la propuesta de las ayudas.
• Los apoyos y recursos personales, complementarios, materiales o
técnicos que el alumnado requiera.
• Las medidas extraordinarias de respuesta a la diversidad propuestas,
junto con la opinión expresa de las familias o de quien ejerza la tutoría
legal.
Resolución 85/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula la inclusión
educativa del alumnado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
[2018/13852]
Resolución 85/2018, de 20 de noviembre, por el que se regula la inclusión
educativa del alumnado en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
[2018/13852]
7-APOYOS Y RECURSOS PERSONALES
Profesorado del centro
con horas disponibles
para refuerzos
Describir y justificar detalladamente los recursos personales que
como ajustes educativos se deben adoptar
PT ( Maestro Pedagogía Terapéutica)
Describir y justificar detalladamente los recursos personales que
como ajustes educativos se deben adoptar
AL ( Maestro Audición
y lenguaje)
Describir y justificar detalladamente los recursos personales que
como ajustes educativos se deben adoptar
Fisioterapeuta Educativo
Describir y justificar detalladamente los recursos personales que
como ajustes educativos se deben adoptar
ATE ( Auxiliar Técnico
Educativo)
-Atención individualizada funcional: Describir y justificar
detalladamente los recursos personales que como ajustes
educativos se deben adoptar
Otros recursos socio-
educativos (TEILSE,
Equipo TEA, Equipo
ONCE,otros,…)
Describir y justificar detalladamente los recursos personales que
como ajustes educativos se deben adoptar
RED DE APOYO A LA ORIENTACIÓN,CONVIVENCIA E INCLUSIÓN EDUCATIVA:
Asesores regionales de atención a la
diversidad.
Asesores provinciales de atención a la
diversidad.
Profesionales de los centros de
educación especial.
Cuestiones prácticas
Acuerdos en remitir el nuevo modelo
Enviarlo por correo electrónico, con
registro de salida del centro.
El modelo para nombrar el archivo será :
INICIALES DEL ALUMNO_ETAPA EDUCATIVA (DÓNDE SE VA A
ESCOLARIZAR) _Localidad _ CENTRO
( ej:ASC_EI3A_COZAR_Stisimo. CristoVeracruz)
GRACIAS