si los sacramentos no se cobran

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Si los sacramentos no se cobran, ¿por qué me piden dinero en la parroquia? Respondemos a una pregunta de un lector de Aleteia JULIO DE LA VEGA-HAZAS 12 NOVIEMBRE, 2014 DR COMPARTIR TWEET IMPRIMI R 2k

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Page 1: Si Los Sacramentos No Se Cobran

Si los sacramentos no se cobran, ¿por qué me piden dinero en la parroquia?Respondemos a una pregunta de un lector de Aleteia

 JULIO DE LA VEGA-HAZAS

 12 NOVIEMBRE, 2014

DR

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¿Se pueden cobrar los sacramentos? Si no, ¿por qué tengo que pagar cuando quiero

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celebrar una boda o una comunión? (Pregunta desde FB)

La respuesta, formulada así la pregunta, es que no. Pero no se debe ventilar así la cuestión, pues a veces da la impresión de que sucede lo contrario, y es necesaria una explicación. Dos textos del Nuevo Testamento ayudan a comprenderlo. El primero, de S. Mateo (Mt 10, 8): gratis lo habéis recibido, dadlo gratis. Los medios de salvación que dejó Jesucristo en manos de la Iglesia –la Palabra de Dios, los sacramentos, etc.- no se compran ni se venden: de dan. El segundo es de la primera Epístola a los Corintios: ¿No sabéis que los que ejercen las funciones sagradas viven del santuario, y los que sirven al altar, del altar participan? Pues así ha dispuesto el Señor que los que anuncien el Evangelio vivan del Evangelio. Se trata de combinar razonablemente los criterios que aquí se señalan. Y eso se hace, en parte al menos, no cobrando por un sacramento, sino por algunos trabajos o cosas anejos al mismo, y siempre de una forma módica cuando responde a una necesidad.  Hay una excepción: los estipendios de la Misa. Nunca se cobra por asistir a Misa, aunque se pase el cepillo, pues echar algo en el mismo es una ayuda voluntaria, y en la cantidad que el fiel estime. Pero sí hay una especie de tasa, llamada estipendio, por encargar la intención por la que el sacerdote celebra la Santa Misa. Es algo que establece la legislación canónica (cánones 945-958).

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En resumen, lo que establece es: no se establece por celebrar Misa, sino para que el celebrante “la aplique por una determinada intención” (can. 945); se establece “para que se aplique la Misa por su intención (y así) contribuyen al bien de la Iglesia, y con esa ofrenda participan de su solicitud por sustentar a sus ministros y sus actividades” (can. 946); si quien hace ese encargo es pobre y no puede pagar, se debe aceptar por una canidad menor de la establecida (nunca debe ser mayor), o incluso sin recibir nada; “compete al concilio provincial o a la reunión de Obispos de la provincia fijar por decreto para toda la provincia el estipendio que debe ofrecerse” (can 952).

Además, no se debe pedir más de lo fijado, aunque se puede aceptar si se ofrece espontáneamente (can 952); y el sacerdote contrae en deber de celebrar esa Misa en un tiempo razonable, anotarlo y comunicar a quien hizo en encargo que se ha cumplido. Para poner un ejemplo de cantidades, a fecha de hoy en la provincia eclesiástica de Madrid la cantidad es de 10 euros. Entre las cosas anejas a la celebración de los sacramentos, que están conectadas a los mismos, destaca el papeleo: un certificado, una delegación en otro sacerdote cuando se solicita, etc. En estos casos, puede haber una especie de tasa, semejante a lo que sucede en el mundo civil, que siempre debe ser módica y que fija el obispado para la diócesis. De todas formas, intuyo que la pregunta viene sobre todo a propósito de las bodas. Propiamente no se cobra por el sacramento (cuyos ministros, toda sea dicho. Son los contrayentes mismos, no el sacerdote), pero en ellas confluyen muchas cosas.

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Llevan consigo papeleo, con lo se aplica lo dicho anteriormente. Y llevan consigo otros gastos en cosas que –conviene subrayarlo- son totalmente opcionales: fotógrafo, flores, coro, alfombras y otros utensilios.

Algunas corren totalmente a cargo de los contrayentes. Otras suponen una relación profesional con terceras partes, aunque las gestione la parroquia: el fotógrafo puede ser el que trabaja con el párroco, pero cobra por sus servicios profesionales (él, no la parroquia); lo mismo sucede con el coro o los músicos. En otros casos pueden ser cosas que pone a disposición la parroquia para mayor esplendor de la ceremonia, y cobra algo por su uso. Pero, entre todos esos conceptos, nunca se incluye el sacramento mismo.