sexismo y lenguaje jurídico

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Page 1: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 1Sexismo:

Ideología de la supremacía masculina, de la superioridad del varón y las creencias que lasrespaldan y las mantienen. El sexismo y el patriarcado se refuerzan mutuamente.

Patriarcado:

Manifestación e institucionalización del dominio masculino sobre las mujeres y los niños de lafamilia, y ampliación de ese dominio sobre las mujeres a la sociedad en general. Ello implica quelos varones tienen el poder manifiesto u oficial en todas las instituciones importantes de lasociedad y que se priva a las mujeres de acceder a él. Esto no significa que las mujerescarezcan absolutamente de poder, sino que sus manifestaciones de poder carecen dereconocimiento oficial.

Sexismo en el lenguaje

Es la forma en que el sexismo se manifiesta en el lenguaje como institución social que es, y a lavez tiende a perpetuarse a través de él. Como producto de la elaboración colectiva, comoexpresión de la forma en que la sociedad, como un todo, representa los hechos de laexperiencia, el lenguaje aparece siempre muy propenso a captar y perpetuar las formasaceptadas de pensamiento. Puesto que generado y alimentándose de una sociedad patriarcal ysexista, el lenguaje capta y expresa y contribuye a mantener y avalar las diferencias de poderentre los sexos; es decir, el sexismo.

Page 2: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 2

DURACION :

4 talleres de 3 horas cada uno.Total de horas de taller: 12

Total de días: 2

I TEMA: PALABRAS CON TRAMPAII TEMA: DEL HOMBRE, DE LA MUJER, DE LA

PERSONA.III TEMA: PALABRAS CON DUE„O

IV TEMA: CUANDO LO QUE PARECE SER NO ES

Page 3: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 3

OBJETIVOS

1. Reflexionar sobre la incidencia de los vocablosgenéricos, en la percepción diferente y jerarquizada dehombres y mujeres.

2. Observar en la práctica el comportamiento de losvocablos genéricos y pseudogenéricos como elementosdiscriminantes.

3. Determinar la ambigüedad producida por este tipo devocablos y su incidencia en los textos jurídicos.

Page 4: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 4

género: accidente gramatical que, en el casode seres humanos y animales, corresponde alsexo.

genérico: vocablo que incluye a ambos sexos.Ej. “Los niños”, “ciudadanos”.

específico: vocablo referido a sólo uno de lossexos. Ej. “costurera”, “sastre”.

derivación: procedimiento mediante el cual,utilizando sufijos, se forman unas palabras apartir de otras o de sus raíces. Ej. “Carlos=Carlota”, “Enrique= Enriqueta”,“sombra=sombrilla, sombrero”.

Page 5: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 5

padre. Varón o macho que ha engendrado//3.Varón o macho, respecto de sus hijos.

madre. Hembra que ha parido.// Hembrarespecto de su hijo o hijos. //6. Matriz en que sedesarrolla el feto.

varón. (del lat. varo, -onis, fuerte, esforzado.)Criatura racional del sexo masculino.//2. Hombreque ha llegado a la edad viril.//3. Hombre derespeto, autoridad u otras prendas.

varona. f. Persona del sexo femenino, mujer.//2.p. us. Mujer varonil.

hembra. Animal del sexo femenino//7. Mujer,persona del sexo femenino.

macho. Animal del sexo masculino//6. fig. hombrenecio//14. Adj. fig. Fuerte, vigoroso, valiente.

Page 6: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 61. El lenguaje se relaciona con la sociedad, refleja yperpetúa formas de pensamiento.

2. El lenguaje no es estático: se modifica con los cambiossociales, y a la vez, los cambios en el lenguaje, puedenproducir cambios de percepción de los fenómenossociales.

3. El uso del masculino como genérico es producto de larelación jerarquizada entre los sexos.

4. Es necesario cuestionar su validez para lasnecesidades de representación de la sociedad actual ysobre todo para las necesidades de expresión de lasmujeres.

5. El ambiguo uso de genéricos en los textos legales haproducido y mantenido históricamente discriminacionescontra las mujeres.

6. Puesto que el texto legal debe ser lo más claro y lomenos ambiguo posible, es necesario que en su redacciónse incluyan formas alternas al uso del masculino/genérico,que permitan visualizar lo femenino.

Page 7: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 7

OBJETIVOS

1) Determinar el grado de profundidad con queel desequilibrio social entre los sexos ha marcadoel lenguaje de modo que los vocablos “hombre” y“mujer” son definidos en términosrespectivamente enaltecedores y detractores.

2. Observar de qué modo esta percepcióndesigual de los sexos, se manifiesta en losempleos de los vocablos con que se les denomina,los cuales son, uno universal, otro específico.

3. Detectar cómo la ambigüedad que este usoproduce, en una sociedad patriarcal confrecuencia se resuelve, en términos legales, afavor de los varones.

Page 8: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 8Recuerde que:

1) El vocablo “mujer” es el dual de “varón” como específicos parareferirse a criaturas del sexo femenino y masculinorespectivamente.

2) Por lo tanto, estos vocablos no inducen a duda sobre el sexo dela persona beneficiaria de un derecho o sujeta a una determinadaobligación.

3) El vocablo “hombre” es genérico, muchas veces pseudogenérico, ypor lo tanto, puede inducir a duda sobre el sexo de la persona a quese refiere. Las mujeres podemos sospechar que no estamos incluidasen él.Ej. “El hombre es el rey de la creación” (Podríamos esperar, conmucha reticencia, que el vocablo nos comprenda a todos,independientemente del sexo).“Puesto que la mujer condujo al hombre al pecado, es justo quereciba al hombre como la esclava al soberano” (San Ambrosio), estáclaro que aquí “hombre” se emplea como sinónimo de varón. Encambio el vocablo “mujer” se emplea siempre para referirse apersonas de sexo femenino.

4) En consecuencia, legislar para que se utilice “mujer” comosinónimo de persona, en el mismo sentido que se emplea “hombre”,no cumple el efecto que se propone, puesto que en el espíritu de lalengua, este vocablo carece de tal extensión representativa y lalengua es un código. En el campo legal, el empleo del vocablo “mujer”como sinónimo de “persona”, podría tener consecuencias contrariasal beneficio que supone.

Page 9: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 9Síntesis:

1. El empleo del lenguaje en los textos legales puede tenermuchas implicaciones que afectan a la interpretación másjusta de la ley.

2. Los vocablos no son ingenuos, sino cargados designificados y connotaciones aportadas por la historia, lacultura y el contexto social.

3. Utilizar adecuadamente, según la amplitud de significadoque se requiera en cada oportunidad, los vocablos genéricos(hombre, persona) y los específicos (varón, mujer) en lostextos legales, contribuye a producir interpretaciones másjustas al englobar a los dos sexos en caso de normas queatañen a ambos, y al visibilizar a uno y otro en los casos enque esto se requiera por tratarse de normas específicasque atañen a cada uno de ellos. (Recuérdese que “hombre”es también sinónimo de “persona”, de “ser humano”. De aquíse deriva que “en la media en que las mujeres son personas yseres humanos, son “hombres”. Por lo tanto, algunoshombres son hombres y algunos hombres son mujeres.

4. Recuérdeles que una de las definiciones de discriminaciónes “tratar igual lo que es diferente, tratar diferente lo quees igual”.

Page 10: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 10

OBJETIVOS

1) Conocer la existencia, aplicación eimpacto en la ley, de los vocablos dualesy de duales aparentes.

2) Observar la coherencia existente entrecierta vertiente del pensamiento filosóficorenacentista, algunas definiciones deduales aparentes incluidas en el DRAE,y algunos textos jurídicos en vigencia.

3) Sensibilizar hacia una percepcióncrítica hacia los elementos ideológicospresentes en los Códigos.

Page 11: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 11

1. Relación honestidad-bondad en la mujer.

2. Identificación del valor de la mujer con elsexo como naturaleza.

3 Relación entendimiento-razón en el hombre.

4. Identificación del valor del varón con lamente como naturaleza.

5. Oposición de las virtudes de la mujer y elhombre.

6. Relación hombre- mujer equivalente arelación mente- cuerpo.

7. Prioridad de la mente sobre el cuerpo.

8. Prioridad del esposo sobre la esposa.

Page 12: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 12

Duales aparentes

Duales aparentes son aquellasexpresiones femeninas cuyosequivalentes en masculinosignifican algo distinto. Losduales aparentes casi siempreson degradantes con respecto asus homónimos masculinos ypor ello conviene evitar suempleo.

Page 13: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 13

OBJETIVOS

1. Conocer el impacto que tienen losvacíos léxicos y los pares incorrectosen la percepción de los sexos comodesiguales.

2. Captar el modo en que estosfenómenos del lenguaje se traducenen la redacción de la ley.

Page 14: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 14

Vacíos léxicos: se presentan cuando

hay falta de vocablos para referirse a

mujeres en el caso de ciertas

cualidades o actividades humanas, que

suponen un referente varón. Como

afirma García Meseguer, “como, para el

común de los mortales, todo lo que

existe tiene nombre y lo que no tiene

nombre no existe, estos vacíos léxicos

contribuyen a silenciar, si no a ocultar,

las correspondientes actividades o

cualidades en la mujer.

Page 15: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 15Jurisconsulto: vacío léxico

El versado: masculino-genérico

Quien: correctamente usado. Incluye a los dos sexos.

Jurisperito o conocedor: vacío léxico.

Magistrado: vacío léxico***

quien: refiriéndose a Roma, no se empleacorrectamente ese “quien”, puesto que sólo varones

ejercían esos cargos. De su uso se podría inferirerróneamente que las mujeres también los ejercían. Porlo tanto, produce ambigüedad por ocultamiento de una

verdad histórica.

Jefes de Estado: vacío léxico.presidentes, reyes, soberanos, ministro,

miembro: masculino-genéricos.

Page 16: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 16“Jurisconsulta” ”Jurisconsulto”

La persona versada en Derecho. /Quien hace profesión de laciencia del Derecho, ya dedicándose a la reslución de las

dudas o consultas jurídicas (de ahí jurisconsulta/to), yaescribiendo sobre asuntos y cuestiones de carácter

jurídico./Jurisperita/to o conocedor/a de los Derechos Civil yCanónico./En el ordenamiento jurídico antiguo, intérprete del

Derecho, cuya opinión tenía fuerza de ley. (GuillermoCabanellas, Diccionario jurídico elemental).

“Magistrada”, “Magistrado”

En Roma, el varón que ejercía una función pública, comoautoridad investida de mando y jurisdicción. Entre otrosmuchos, eran magistrados los cónsules, los tribunos, los

pretores, los ediles, los cuestores, los censores./En nuestrostiempos, la máxima autoridad en el orden civil. De ahí ladenominación de primer/a magistrada/o que se aplica a

quienes ejercen la jefatura de Estado, sobre todo laspresidencias de repúblicas, y con menos frecuencia a los

reyes, reinas o soberanas/os en las monarquías./Ministra/ode justicia, como cargo judicial, no gubernamental; por tanto,los antiguos oidores, corregidores, alcaldes, consejeros, y en

la actualidad, toda persona que integra un tribunal. ...(Guillermo Cabanellas, Diccionario jurídico elemental).

Page 17: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 17

Pares incorrectos:

Son vocablos asimétricos para referirse a la parejahumana. En ellos, por lo común, el término referido alas mujeres tiene un carácter vejatorio. Es el caso devarón-hembra, cuando lo correcto sería varón-mujer omacho-hembra, manceba-concubinario. En algunosde estos casos, como varón-hembra, el parincorrecto se establece por mal uso, puesto que elidioma cuenta con la palabra idónea correspondiente.En el par manceba-concubinario, el idioma nodispone del vocablo, ya sea en femenino o enmasculino, para establecer el par correcto, que seríamanceba-mancebo y concubinaria-concubinario. Endoncel-doncella, la incorrección del par está en sudefinición, que implica una desigualdad.

Page 18: Sexismo y lenguaje jurídico

FILMINA # 18

“Hombres y mujeres no se encuentran en la mismaposición ante el lenguaje, porque la diferencia entre

masculino y femernino no está simbolizada en elmismo nivel, es decir, coforme a las diferencias

específicas, sino que ya está inscrita según la doblearticulación de sujeto y objeto, de primer término

y de término derivado, de término definidor y sunegación. Así las mujeres se encuentran atrapadas

en una situación paradójic: situadas como sujetoshablantes en un lenguaje que ya las ha construido

como objetos.Para acceder a la posición de sujetos, las

mujeres tienen que identificarse con la formauniversal, que es la de lo masculino y negar portanto lo específico de su género invalidando la

diferencia". (Patrizia Violi, p.14)