servi escolta contrato de prestacion de servicios no borrar
TRANSCRIPT
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE VIGILANCIA
Entre los suscritos a saber, representante legal IMEGO CARGA LTDA con NIT.
826003942-3, quien para efectos de este contrato se llamara EL CONTRATANTE
y ROBERTO DUARTE ALVAREZ, identificado con cedula de ciudadanía No.
4'252.373 de Soata, en representación de SERVI-ESCOLTA E.U. con NIT:
900192408-9, quien para efectos de este contrato se determinara EL
CONTRATISTA, se compromete a vincular al trabajador a seguridad social,
acuerdan celebrar el presente contrato el cual se regirá por las siguientes
clausulas: (1) PRMERA: OBJETO: Prestación de servicios de vigilancia y
protección interior, del inmueble: ubicado en el parqueadero "Santa Isabel
Higueras"; (2) SEGUNDA: VALOR DE LOS SERVICIOS: El valor anual del
presente contrato es de DIEZ Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL DE
PESOS MCTE, (16'800.000) que serán cancelados en las sumas MENSUALES de
UN MILLON CUATROCIENTOS MIL PESOS MCTE, (1'400.000) dentro de los
diez (10) primeros días de mes calendario. PARAGRAFO: Se les recuerda que
deben estar al día los primeros diez días de cada mes calendario por previa
facturación de la DIAN; (3) TERCERA: OBLIGACIONES: A) EL CONTRATISTA
se compromete a prestar el servicio de vigilancia las 12 horas nocturnas
comprendidas entre las 7 P.M. y las 7 A.M., con un vigilante debidamente dotado y
uniformado con los elementos propios para la prestación de esta clase de servicio,
todos los días, incluyendo sábados, domingos y festivos, quien entregara el turno
a las 7AM a un funcionario de la empresa, de quien mismo recibirá turno a las 7
PM para un mejor servicio contamos con el personal debidamente uniformado y
demás implementos necesarios y en acuerdo con el apoyo de la policía Nacional.
B) EL CONTRATISTA estará atento a evitar dentro de sus posibilidades, toda
clase de atentados contra los bienes e integridad del usuario, que estén bajo su
custodia directa.
(4) CUARTA: DURACION: El presente contrato tiene duración de un (1) año
contado a partir del día 12 Febrero de 2015. No obstante, si antes de la fecha de
vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare a la otra su
determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a un mes,
este se entenderá renovado por un periodo igual al inicialmente pactado. (5)
QUINTA: GARANTIA: EL CONTRATISTA se compromete a constituir una póliza
de cumplimiento 30% Del valor del contrato y el termino del mismo.
Para constancia firman en dos ejemplares del mismo tenor en la ciudad de
Duitama a los 12 Días del mes de Febrero de 2015.
EL CONTRATANTE EL CONTRATISTA
MAURICIO GUIO HERNANDEZ ROBERTO DUARTE ALVAREZ
C.C. No. 7.223.124 REPRESENTANTE C.C. No. 4.252.373 SOATA