sentencia no. 09/2016pjec.gob.mx/sentencias/531sp092016.pdfcon pleno conocimiento y voluntad según...

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- 1 - Sentencia No. 09/2016 Saltillo, Coahuila; a doce (12) de febrero de dos mil dieciséis (2016).----------------------------------------------- VISTOS para resolver en definitiva los autos del proceso penal número 38/2015, que se instruye en contra de **********, por el delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA POR EMPLEO INDEBIDO DE VALORES, previsto y sancionado el artículo 428, fracción IV del Código Penal del Estado; inculpado que en la época de comisión de los hechos contaba con las siguientes generales: Llamarse **********; mexicano; de cuarenta y cuatro (44) años de edad; estado civil casado; instrucción comercio; originario de esta ciudad y vecino de Ramos Arizpe, Coahuila; ocupación contador; y, - - - - - - - - - - R E S U L T A N D O: PRIMERO: Mediante formal pedimento, el Ministerio Público adscrito intentó acción penal en contra de ********** y otra, por considerarlos probables responsables en la comisión del delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA POR EMPLEO INDEBIDO DE VALORES, previsto y sancionado por el artículo 424, fracción IV del Código Penal del Estado, en perjuicio de la persona moral ********** S.A DE C.V. -- - En su respectivo pedimento de ejercicio de acción penal, así como en escrito de fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil quince (2015), mediante el cual desahoga la vista del auto preventivo de cierre de fase probatoria, el representante social de la adscripción solicitó se impusiera al acusado la pena privativa de la libertad prevista por el artículo 428, fracción IV del SENTENCIA CONDENATORIA Proceso Penal número 38/2015

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    Sentencia No. 09/2016

    Saltillo, Coahuila; a doce (12) de febrero de dos mil

    dieciséis (2016).-----------------------------------------------

    VISTOS para resolver en definitiva los autos del proceso

    penal número 38/2015, que se instruye en contra de

    **********, por el delito de ADMINISTRACIÓN

    FRAUDULENTA POR EMPLEO INDEBIDO DE VALORES,

    previsto y sancionado el artículo 428, fracción IV del Código

    Penal del Estado; inculpado que en la época de comisión de los

    hechos contaba con las siguientes generales: Llamarse

    **********; mexicano; de cuarenta y cuatro (44) años de

    edad; estado civil casado; instrucción comercio; originario de

    esta ciudad y vecino de Ramos Arizpe, Coahuila; ocupación

    contador; y, - - - - - - - - - -

    R E S U L T A N D O:

    PRIMERO: Mediante formal pedimento, el Ministerio Público

    adscrito intentó acción penal en contra de ********** y otra,

    por considerarlos probables responsables en la comisión del

    delito de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA POR EMPLEO

    INDEBIDO DE VALORES, previsto y sancionado por el artículo

    424, fracción IV del Código Penal del Estado, en perjuicio de la

    persona moral ********** S.A DE C.V. -- -

    En su respectivo pedimento de ejercicio de acción penal, así

    como en escrito de fecha veintitrés (23) de octubre de dos mil

    quince (2015), mediante el cual desahoga la vista del auto

    preventivo de cierre de fase probatoria, el representante social

    de la adscripción solicitó se impusiera al acusado la pena

    privativa de la libertad prevista por el artículo 428, fracción IV del

    SENTENCIA CONDENATORIA

    Proceso Penal número 38/2015

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    Sentencia No. 09/2016

    Código Penal del Estado, así como una multa y la condena al

    pago de la reparación del daño a favor de quien corresponda. - -

    SEGUNDO.- Como antecedentes del hecho concreto y punible que se atribuye a ********** la Representante Social expone que: “La empresa ********** SALTILLO S.A DE C.V. inició su actividad en diciembre del año dos mil dos, en el domicilio ubicado en la ********** de esta ciudad capital, dedicándose a la fabricación de toda clase de cajas de cartón corrugado, caple, papel y plástico; la fabricación de divisiones, tapas, separadores de cartón corrugado y tarimas de cartón y madera; compra, venta, importación y exportación de cartón corrugado; compra, venta, importación y exportación de maquinaria, herramienta e instrumentos para la fabricación de cajas de cartón corrugado o caple; transportación de productos o maquinaria que se requiera para el cumplimiento del fin social; contratación y subcontratación de personal para realizar el objeto social, en forma directa o indirecta; establecer oficinas y sucursales, fábricas, talleres, almacenes, depósitos o bodegas; entre otros fines y objetos.- - - - - - - Para lo anterior se requería la labor de aproximadamente treinta y cinco operarios y cinco empleados por turno, además de camiones de 3.5 toneladas, 1.5 toneladas, 1 tonelada, un remolque de 3.5 toneladas de carga, vehículos los cuales se les abastecía de gasolina mediante el uso de vales los cuales debían utilizarse al objeto social de la empresa.- - - - - - - - - - - - - - - - Aproximadamente en el mes de Enero del año dos mil cinco se contrató a ********** , para que tuviera a su cargo la administración de los bienes y recursos de la empresa **********, S.A DE C.V., teniendo a su cargo la sana administración y el empleo adecuado de los valores a los objetivos y fines de la sociedad y quien era el encargado del pago de nóminas, esto lo hacía mediante el servicio bancario por internet por el cual realizaba transferencias electrónicas de la cuenta empresarial número ********** de la institución Bancaria BANCOMER BBVA (Banco Bilbao Vizcaya Argentaria), de la cual es titular**********, S.A DE C.V., a las cuentas de los empleados, esto mediante el uso del dispositivo denóminado “Token” el cual es un dispositivo con un reloj interno que sirve para generar una contraseña única en un período de tiempo a través de un algoritmo secreto y privado. Esta contraseña, una vez generada, es comparada con el servidor el cual tiene el mismo algoritmo para generar la contraseña, basándose en el número de serie del Token, el cual está ligado a la cuenta bancaria de la empresa y que era manejado única y exclusivamente por **********, quien era el único autorizado para realizar las transferencias electrónicas de la cuenta de origen hacia la de los trabajadores incluyendo su cuenta de nómina ********** de la misma institución bancaria.- - - - - - - - Así mismo los días de pago a los empleados eran los sábados en el transcurso del medio día, por lo que al tratarse de depósitos bancarios, los trabajadores tenían que retirar su salario en los cajeros electrónicos correspondientes, sin embargo se daba la situación que los empleados requerían en la mayoría de las ocasiones un anticipo de su sueldo para poder liquidar adeudos menores, los cuales tenían que ser liquidados en efectivo antes de recibir su sueldo, por lo que en la empresa existía un rubro denóminado ANTICIPOS DE SUELDO en el cual, **********, al ser el encargado de administrar los bienes y recursos de la empresa le entregaba a los empleados la cantidad de dinero que le era solicitada como anticipo, la cual era variable y tenía que ser rebajada de su sueldo por parte de **********, al momento de depositar el salario, toda vez que el dinero que se les daba como anticipo pertenecía a la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V.- - - - - - - - - - - - - - - - -

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    Sentencia No. 09/2016

    También, al tener a su cargo la administración de los bienes y recursos de la empresa afectada, era obligación de ********** vigilar y supervisar el empleo eficaz y correspondiente al objeto de la empresa de los vales de gasolina que deberían utilizarse en los vehículos de la empresa para realizar los recorridos, las entregas, la recepción de los insumos, productos, materias primas que son utilizados por la empresa para poder llevar a cabo la elaboración y en su momento entrega de los productos que se comercializan, e incluso dichos vales debían de contar con su firma la cual era la autorizada para que se pudieran hacer validos los citados vales de gasolina.- - - - - - ----- De igual forma, al ser el encargado de administrar los bienes y recursos de la empresa afectada, era obligación de ********** vigilar y supervisar al personal laboral de la negociación, a fin de establecer que personas son las que trabajaban físicamente en el local del negocio y que asistían realmente a laborar en el puesto que les correspondía, y evitar así que existieran personas dadas de alta en la nómina, cobrando sin guardar alguna relación laboral con la empresa.- - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -- No obstante de que en un principio la empresa obtenía ganancias considerables en cuanto a la diferencia entre los gastos de operación y los productos que se vendían en el mercado, desde el año dos mil ocho hubo un detrimento entre los costos de producción y las ganancias ya que se elaboraba más producto y sin embargo los beneficios en lugar de aumentar se veían disminuidos sin saber el motivo hasta los primeros días del mes de Febrero del 2013 en que se advirtió una serie de irregularidades en cuanto a la Administración que debería de llevar eficientemente ********** desde el mes de enero del año dos mil ocho hasta la primera semana del mes de febrero del 2013, esto al perjudicar al titular de los bienes, como lo es la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V. con ánimo de lucro al emplear indebidamente los señalados bienes.- - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

    Ahora, el primer hecho concreto y punible que la Representación Social atribuye a **********, se hace consistir en que: “éste, con pleno conocimiento y voluntad según lo dispuesto por el artículo 25 del Ordenamiento Sustantivo de la materia vigente en el Estado al momento de los hechos, actuando como autor directo o material en los términos de lo dispuesto por el numeral 20, fracción I del Código Punitivo en cita, al tener a su cargo la administración de bienes propiedad de la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V. con domicilio en la calle ********** de esta ciudad capital, con ánimo de lucro para sí, en el periodo comprendido entre la primera semana del año dos mil ocho (2008) a la primera semana del mes de febrero del año dos mil trece (2013), empleo indebidamente valores de la citada empresa ofendida, toda vez que a partir de la primera semana del dos mil ocho, estructuraba y ELABORABA LA NÓMINA para el pago de los trabajadores de la empresa, incluido su sueldo CORRESPONDIENTE A LA SEMANA EN CURSO, por lo cual el activo de referencia VERIFICABA QUE EXISTIERA EL SUFICIENTE SALDO EN LA CUENTA MATRIZ ********** DE LA INSTITUCION DENÓMINADA BBVA BANCOMER CUYO TITULAR ES ********** SALTILLO, S.A DE C.V., Y HECHO ESTO LE PRESENTABA AL INGENIERO ********** ADMINISTRADOR UNICO Y REPRESENTANTE LEGAL de la referida empresa ofendida, las nóminas para pago, mismas que habían sido alteradas y contenían una cantidad mayor que la nómina real, situación que desconocía ********** quien al no sospechar algo irregular autorizaba verbalmente que se hicieran los pagos a los trabajadores y empleados por lo que ********** procedía a hacer los traspasos a las cuentas personales de cada uno de los trabajadores de esta empresa, a quienes se les había asignado UNA TARJETA DE PAGO DE NÓMINA CON SU NUMERO DE CUENTA, Y MEDIANTE ESTE TRASPASO CON EL

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    Sentencia No. 09/2016

    USO DEL TOKEN QUE TENIA A SU CARGO ********** HACIA EL PAGO DE NÓMINA A LOS TRABAJADORES DE LA EMPRESA, EXISTIENDO DIFERENCIAS EN LAS CANTIDADES DE DINERO QUE SE SEÑALABAN EN LA NÓMINA ALTERADA CONTRA LA NÓMINA REAL Y DICHA DIFERENCIA LA DEPOSITABA EL HOY INCULPADO A SU CUENTA PERSONAL NUMERO , ********** DE LA INSTITUCION BANCARIA BBVA BANCOMER, PARA SU BENEFICIO, SIN QUE HUBIESE ALGUNA DOCUMENTACION O ACTIVIDAD QUE JUSTIFICARA EL TRASPASO DE DICHOS VALORES EXCEDENTES A SU CUENTA, actividad que realizo cada semana en el periodo de tiempo mencionado obteniendo un lucro para sí POR LA CANTIDAD DE $3,610,963.68 (TRES MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES PESOS 68/100 M.N.) empleando así de forma indebida los valores señalados propiedad de la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V. la cual le había encomendado la sana administración y el empleo adecuado de los mismos sin que en ningún caso se haya acreditado la utilización de los valores con algún objetivo en relación a la sociedad y su finalidad como está obligado según su puesto dentro de la empresa, teniendo a su cargo la administración de bienes ajenos y con ánimo de lucro para sí, perjudicando al titular de éstos ********** SALTILLO, S.A DE C.V. al emplearlos indebidamente como lo fue ingresarlos a su patrimonio y disponer de ellos en su beneficio personal, transgrediendo con su proceder el bien jurídico tutelado por la norma que en la especie lo es el PATRIMONIO. Hechos configurativos del delito de ADMINISTRACION FRAUDULENTA POR EMPLEO INDEBIDO DE VALORES, previsto y sancionado por el artículo 428 fracción IV del Código Penal vigente en el Estado..”- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    El segundo hecho concreto y punible que la Representación Social atribuye a **********, se hace consistir en que: “este, con pleno conocimiento y voluntad según lo dispuesto por el artículo 25 del Ordenamiento Sustantivo de la materia vigente en el Estado al momento de los hechos, actuando como autor directo o material en los términos de lo dispuesto por el numeral 20 fracción I del Código Punitivo en cita, al tener a su cargo la administración de bienes propiedad de la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V. con domicilio en la calle ********** de esta ciudad capital, con ánimo de lucro para sí, en el periodo comprendido entre la primera semana del año dos mil ocho (2008) a la primera semana del mes de febrero del año dos mil trece (2013), empleo indebidamente valores de la citada empresa ofendía, toda vez que tenía a su cargo los ANTICIPOS DE SUELDOS DE LOS TRABAJADORES (consistentes en que el trabajador requería por adelantado cierta cantidad de dinero para sufragar gastos personales, y que el ahora activo incrementaba en los registros internos para pedir la autorización al ING. ********** para retirar dinero de la cuenta principal), y previa autorización verbal, el ahora activo ELABORABA UN CHEQUE SEMANAL A SU FAVOR de la cuenta BBVA Bancomer no. ********** correspondiente a la cuenta matriz de la empresa, PARA HACER FRENTE A LAS CITADAS SOLICITUDES DE ANTICIPOS DE SUELDOS Y DE LOS GASTOS PROPIOS DE OFICINA (GASTOS MENORES), Y QUE EL MISMO COBRABA EN EL BANCO, REALIZANDO LOS PAGOS DE ANTICIPO DE SUELDO Y QUEDANDOSE CON EL DINERO EXCEDENTE, PRETENDIENDO JUSTIFICARLO INDEBIDAMENTE CON LA COMPROBACION DE LOS GASTOS MENORES Y CON LOS MISMOS ANTICIPOS, QUEDANDO DE ESTA MANERA UN REMANENTE EN EFECTIVO EL CUAL SE QUEDABA EN SU PODER SIN QUE HUBIESE ALGUNA DOCUMENTACION O ACTIVIDAD QUE JUSTIFICARA LA OBTENCION DE DICHOS VALORES QUE SE FUERON RECABANDO POR EL ACTIVO DE MERITO CADA SEMANA EN EL PERIODO DE TIEMPO SEÑALADO, OBTENIENDO ASI UN LUCRO PARA SI POR LA CANTIDAD $833,446.54 (OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS 54/100mn), empleando así de forma indebida los valores señalados propiedad de la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V. la cual le había encomendado la sana administración y el empleo adecuado de los mismos sin que en ningún caso se haya acreditado la utilización de los valores

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    Sentencia No. 09/2016

    con algún objetivo en relación a la sociedad y su finalidad como está obligado según su puesto dentro de la empresa, teniendo a su cargo la administración de bienes ajenos y con ánimo de lucro para sí, perjudicando al titular de éstos ********** SALTILLO, S.A DE C.V. al emplearlos indebidamente como lo fue ingresarlos a su patrimonio y disponer de ellos en su beneficio personal, transgrediendo con su proceder el bien jurídico tutelado por la norma que en la especie lo es el PATRIMONIO.- Hechos configurativos del delito de ADMINISTRACION FRAUDULENTA POR EMPLEO INDEBIDO DE VALORES, previsto y sancionado por el artículo 428 fracción IV del Código Penal vigente en el Estado.- - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - --

    El tercer hecho concreto y punible que la Representación

    Social atribuye a **********, se hace consistir en que: “este, con pleno conocimiento y voluntad según lo dispuesto por el artículo 25 del Ordenamiento Sustantivo de la materia vigente en el Estado al momento de los hechos, actuando como autor directo o material en los términos de lo dispuesto por el numeral 20 fracción I del Código Punitivo en cita, al tener a su cargo la administración de bienes propiedad de la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V. con domicilio en la calle ********** de esta ciudad capital, con ánimo de lucro para sí, en el periodo comprendido entre el día veintidós de enero del año dos mil once a el día veinticuatro de febrero del año dos mil trece, empleo indebidamente valores de la citada empresa ofendía, toda vez que tenia a su cargo la administración de los vales de gasolina que previamente la empresa ofendida ya había adquirido de las empresas proveedoras de dicho servicio , como lo es ********** S.A. DE C.V. Misma que tiene autorización para cargar combustible a las unidades propiedad de la empresa en mención, cumpliéndose los siguientes requisitos 1) NOMBRE DE LA GASOLINERA. 2) FECHA DE LA NOTA. 3) NOMBRE A QUIEN LE AUTORIZAN LA CARGA DE COMBUSTIBLE Y DESCRIPCION DE LA UNIDAD. 4) IMPORTE EN LITROS Y PESOS (QUE EN ESTE CASO ERA UN MONTO FIJADO POR EL DUEÑO DE LA EMPRESA POR LA CANTIDAD $130.00 POR UNIDAD SALVO EXCEPCIONES. 5) FIRMA AUTORIZADA DE LA PERSONA RESPONSABLE POR PARTE DE LA EMPRESA. 6) SELLO DE AUTORIZACION DE LA EMPREA COMERCIALIZADORA EMPAQUES DE CARTON SALTILLO S.A. DE C.V. 7) FIRMA DEL DESPACHADOR DE LA GASOLINERA Y FOLIO CONSECUTIVO DE LA GASOLINERA. Habiéndose detectado que en el periodo de tiempo ya mencionado, el activo de mérito expidió vales de gasolinas que NO reunían los requisitos señalados por la empresa, toda vez que el activo ********** , expidió y entrego vales de gasolina que no eran surtidos por el titular de dicho documento, ya que nada más aparecía el nombre pero no la firma del comprobante o “Boucher” entregado por la gasolinera en mención, además que autorizaba notas de gasolina por valores que no le eran permitidos a él como administrador, utilizando los nombres de los trabajadores para cargar gasolina para su beneficio, SIN QUE HUBIESE ALGUNA DOCUMENTACION O ACTIVIDAD QUE JUSTIFICARA LA OBTENCION DE DICHOS VALORES QUE SE FUERON RECABANDO POR EL ACTIVO DE MERITO en el PERIODO DE TIEMPO SEÑALADO, OBTENIENDO ASI UN LUCRO PARA SI POR LA CANTIDAD $33,403.30 (TREINTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS TRES PESOS 30/100MN,) empleando así de forma indebida los valores señalados propiedad de la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V. la cual le había encomendado la sana administración y el empleo adecuado de los mismos sin que en ningún caso se haya acreditado la utilización de los valores con algún objetivo en relación a la sociedad y su finalidad como está obligado según su puesto dentro de la empresa, teniendo a su cargo la administración de bienes ajenos y con ánimo de lucro para sí, perjudicando al titular de éstos ********** SALTILLO, S.A DE C.V. al emplearlos indebidamente como lo fue ingresarlos a su patrimonio y disponer de ellos en su beneficio personal, transgrediendo con su proceder el bien jurídico tutelado por la norma que en la especie lo es el PATRIMONIO.- Hechos configurativos del delito de ADMINISTRACION FRAUDULENTA POR EMPLEO INDEBIDO DE VALORES, previsto y sancionado por el artículo 428 fracción IV en relación al artículo 424, fracción II del Código Penal vigente en el Estado.- - - - - - - - -

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    Sentencia No. 09/2016

    El cuarto hecho concreto y punible que la Representación

    Social atribuye a **********, se hace consistir en que: “éste, con pleno conocimiento y voluntad según lo dispuesto por el artículo 25 del Ordenamiento Sustantivo de la materia vigente en el Estado al momento de los hechos, actuando como coautor directo y material ********** en los términos de lo dispuesto por el numeral 20 fracción I del Código Punitivo en cita, al tener **********a su cargo la administración de bienes propiedad de la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V. con domicilio en la ********** de esta ciudad capital, con ánimo de lucro para sí, en el periodo comprendido entre el 15 de agosto del 2011 hasta la segunda semana de febrero del año dos mil trece (2013), empleo indebidamente valores de la citada empresa ofendida, toda vez que De la misma forma y continuando en su carácter de administrador de bienes propiedad de la empresa ofendida**********, dio de alta en la nómina de la empresa a ********** A LA CUAL LE ASIGNO EN DICHA NÓMINA ALTERADA EL NUMERO DE EMPLEADO **********, sin embargo esta persona nunca laboro para dicha empresa, además de que no aparece en ninguno de los registros de personal de la Empresa en mención, así como describe la c. ********** del depto. de Recursos Humanos y Contabilidad en su escrito de fecha 01 de abril de 2014, informando al suscrito, que realizó una búsqueda en los registros de asistencia de la Empresa ********** DE SALTILLO S.A. DE C.V., por los años 2011 al 2013 a fin de localizar algún registro físico de la asistencia a esta empresa de **********, no habiendo encontrado ninguna evidencia física alguna de dicha persona, sin embargo el activo de mérito le estuvo depositando un salario así como realizando las deducciones correspondientes del IMSS e INFONAVIT lo anterior no obstante que sabía que esta no laboraba en la referida empresa depositándole en el periodo de tiempo mencionado un sueldo EN SU CUENTA personal NO. ********** DE LA INSTITUCIÓN BBVA BANCOMER, sin que hubiese documentación alguna que justificara el traspaso de dichos valores a la cuenta de su coinculpada, actividad que realizo cada semana en el lapso de tiempo señalado resultando con su conducta un lucro para ********** por la cantidad de $228,015.38 (DOSCIENTOS VEINTE Y OCHO MIL QUINCE PESOS 38/100MN) empleando así de forma indebida los valores señalados propiedad de la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V. la cual le había encomendado la sana administración y el empleo adecuado de los mismos sin que en ningún caso se haya acreditado la utilización de los valores con algún objetivo en relación a la sociedad y su finalidad como está obligado según su puesto dentro de la empresa, teniendo a su cargo la administración de bienes ajenos y con ánimo de lucro para otro, perjudicó al titular de éstos ********** SALTILLO, S.A DE C.V. al emplearlos indebidamente como lo fue ingresarlos al patrimonio de un tercero y disponer de ellos en beneficio de su coinculpada, transgrediendo con su proceder el bien jurídico tutelado por la norma que en la especie lo es el PATRIMONIO.- Hechos configurativos del delito de ADMINISTRACION FRAUDULENTA POR EMPLEO INDEBIDO DE VALORES, previsto y sancionado por el artículo 428 fracción IV del Código Penal vigente en el Estado.- - - - - - - - - - - - - - - - - -

    TERCERO.- Iniciada la causa en estudio y seguida por sus

    demás trámites, en fecha VEINTE (20) DE ENERO DE DOS

    MIL DIECISEIS (2016), se celebró la correspondiente

    AUDIENCIA FINAL, citándose a las partes para dictar la

    sentencia definitiva que hoy se pronuncia; y, ----------------------

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    Sentencia No. 09/2016

    C O N S I D E R A N D O:

    PRIMERO.- El artículo 171 del Código de Procedimientos Penales del Estado, establece: “CONTENIDO DE AUTOS QUE RESUELVEN SOBRE LA SITUACIÓN JURÍDICA, SOBRESEIMIENTO Y SENTENCIA. Los autos que resuelvan la petición de orden de aprehensión o de comparecencia; situación jurídica; sobreseimiento; y las sentencias; además de los requisitos comunes de las resoluciones judiciales, contendrán: I. ÓRGANO JURISDICCIONAL QUE DICTA. Designación del órgano jurisdiccional que la pronuncia. II. NOMBRE DEL INCULPADO. Nombre y apellidos del inculpado; su apodo si lo tuviere; lugar de nacimiento; edad; estado civil; domicilio y ocupación o profesión. III. SÍNTESIS DE LOS HECHOS DETERMINADOS QUE SEAN MATERIA DE LA ACUSACIÓN. Una síntesis de los hechos determinados que sean materia de la acusación conforme se especificaron, según corresponda, en el pedimento que inició la acción penal; auto de formal prisión o de sujeción a proceso; conclusiones; o bien de los motivos que se invoquen para sobreseer. IV. DECLARACIÓN DE LA PRUEBA O INSUFICIENCIA DE ELLA. La declaración de prueba o insuficiencia de ella respecto a los hechos o motivos que se invoquen, según los medios de prueba y demás constancias que obren en la causa; evitando su reproducción innecesaria; motivando y fundando legalmente las consideraciones respectivas; y, si existen o no existen datos bastantes que hagan probable o demuestren la responsabilidad del inculpado. V. RESOLUTIVOS PRINCIPALES. La declaración que proceda y si es sentencia: 1) La condena o absolución que corresponda. 2) La determinación sobre la reparación del daño. 3) La aplicación de las sanciones conducentes. VI. OTROS RESOLUTIVOS. Los demás resolutivos conducentes. Las sentencias que se dicten en las audiencias finales sólo se referirán a los resolutivos de la fracción V incisos 1) y 2); los que se harán constar en el acta; sin perjuicio de luego reproducirlos en forma, junto con los demás requisitos, en la glosa escrita de la sentencia.” - - - - - - - - - - - -

    SEGUNDO.- El primer párrafo del artículo 487 del mismo Ordenamiento Legal dispone: “SENTENCIAS CONDENATORIA Y ABSOLUTORIA. Para dictar sentencia condenatoria es necesario que se compruebe el cuerpo del delito y la responsabilidad del inculpado. En caso contrario; al igual que cuando se acredite causa excluyente de delito o extintiva de la acción penal; la sentencia será absolutoria. En la misma sentencia condenatoria se individualizarán las penas, de acuerdo con las reglas legales para su aplicación.” - - - - - - - - - - - - - - -

    TERCERO.- Los elementos que integran el cuerpo del delito

    de ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA POR EMPLEO

    INDEBIDO DE VALORES, previsto y sancionado el artículo 424,

    fracción IV del Código Penal del Estado, a saber son los

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    Sentencia No. 09/2016

    siguientes: A) Que alguien por cualquier motivo tenga a su cargo

    la administración de bienes ajenos; B) Que por tal circunstancia,

    con ánimo de lucro para sí o para otro se perjudique al titular de

    éstos; y, C) Que tal perjuicio se ocasione al ocultar, retener o

    emplear indebidamente valores.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -- -

    Hecho el estudio de las constancias probatorias que obran

    en la presente causa, se concluye que en el caso en estudio se

    encuentran acreditados todos y cada uno de los elementos que

    integran el delito materia de la presente causa y que se

    describieron con antelación, a través de los siguientes medios de

    prueba y convicción: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Por lo que respecta a la forma de conducta, consistente

    en la acción del activo de emplear indebidamente valores como

    lo fue la cantidad total de $4,705,828.90 (cuatro millones

    setecientos cinco mil ochocientos veintiocho pesos 90/100

    moneda nacional); esto por un período de tiempo comprendido

    en los años 2008 al 2013, se encuentra acreditada con: - - - - - -

    a).- DENUNCIA presentada mediante escrito por

    **********, ratificada ante el Agente del Ministerio Público en

    fecha veintisiete (27) de diciembre de dos mil trece (2013), en su

    carácter de Administrador Único y Representante Legal de la

    empresa moral ofendida ********** SALTILLO, S.A DE C.V

    en la que en relación a los hechos señala:”… I.- El día primero de

    Febrero del año 2013, al encontrarme en las oficinas de la empresa afectada,

    me informo el recepcionista que había llegado una factura de gasolina de la

    empresa, preguntándome si me la entregaba o se la dejaba **********

    sobre su escritorio, diciéndole que me la entregara y la comencé a revisar,

    notando que la factura y las notas de gasolina que la avalaban contaban con

    una firma tanto del contador ********** como una firma que desconocí,

    de notas por 200 y 430 pesos en gasolina, por lo que fue ahí donde

    examinamos todas las facturas de gasolina que el señor **********

    tenía, se hizo una relación con la fecha, numero consecutivo, hora y cantidad

    de dinero que el tenia. Dando como resultado que existía un “bloc” que no

    teníamos en nuestro poder, y que el tenia y de ahí estaba haciendo uso de la

    gasolina, ya que él poseía la firma autorizada.- - - - - - - - - - - - - - -

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    Sentencia No. 09/2016

    II.- Posteriormente se le pide al contador externo de la empresa, el C.P.T.

    ********** que realizara una auditoría financiera, para ello se le entregó

    la papelería correspondiente (nóminas, recibos de los trabajadores) de los

    períodos 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y parte del 2013. También se anexo

    lo correspondiente a la caja chica de los mismos períodos.- Al desarrollar

    su Auditoria ********** nos explicó que la manera en que el señor

    ********** realizó su conducta fraudulenta, fue que el llevaba TRES

    NÓMINAS, una de ella nos las mostraba a nosotros alterada, otra que le

    presentaba al contador externo ********** también alterada y otra que

    archivaba él, colocando un sueldo o vacaciones alteradas, así como sueldos y

    vacaciones de los trabajadores alteradas. Como el señor **********

    tenía el TOKEN del banco, él hacia los movimientos de depósito a todos

    nosotros, depositando a cada quién lo correspondiente y la diferencia se la

    depositaba a su cuenta, lo que se evidencia en los depósitos realizados a su

    cuenta de nómina ya que los salarios que percibía el activo eran en el 2008 un

    sueldo de $1,100.00 pesos en el 2009 $ 1,455.00 pesos en el 2010 $1,600.00

    pesos en el 2011 un sueldo de $1,800.00 pesos en el 2012 un sueldo de

    $2,100.00 pesos en el 2013 con un sueldo de $ 2,200.00 pesos todos ellos por

    semana.-

    Sin embargo se advierte de los depósitos a su cuenta cantidades mucho

    mayores. Así también los hacía con la caja chica, ahí se cargaban los anticipos

    en efectivos y también la alteraba duplicando la cantidad, pero al trabajador

    se le daba lo que solicitaba y la diferencia a una cuenta del señor

    **********, es decir si un trabajador solicitaba la cantidad de doscientos

    pesos como anticipo, el activo de mérito reportaba que había solicitado

    cuatrocientos, entregándole al empleado doscientos pesos y quedándose con

    los doscientos restantes, así en múltiples ocasiones.- - - - - -

    Además se advirtió que dentro de la nómina aparecía una persona de nombre

    ********** la cual al revisar las entradas y salidas de los trabajadores

    nunca se había presentado a laborar en las instalaciones de la empresa y sin

    embargo seguía percibiendo su sueldo normalmente, el cual era depositado a

    la cuenta ********** transacción que realizaba ********** toda

    vez de que después de una investigación se descubrió que existía una relación

    sentimental entre dichas personas, perjudicando el patrimonio de la empresa

    representada toda vez que en el año 2011 el activo de mérito dio de alta como

    trabajadora a ********** con un sueldo de $1,600.00 pesos en el 2012

    lo aumento a $4,000.00 pesos misma cantidad que fue pagada en el 2013 por

    semana.- - - - - -- - - - - - - - - - - - -

    Una vez realizada la auditoría, el contador ********** nos informa lo

    siguiente:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

  • - 10 -

    Sentencia No. 09/2016

    “Las nóminas fueron alteradas semanalmente, ya que el

    contador ********** llevaba triple nómina, una la

    entregaba al ING. **********con los sueldos reales de

    cada trabajador, en esta no aparecía la señora

    **********, y el gran total de la nómina lo alteraba con

    otra cantidad que no era real.”

    “La segunda nómina era la que le entregaba el contador

    ********** al contador Gerardo Valdés que también era

    alterada”

    “La tercera nómina, donde aparecía la señora

    **********, era la que reportaba fiscalmente de tal

    manera que la diferencia de los sueldos y vacaciones de los

    trabajadores los depositaba en una cuenta a su beneficio.”

    Dando como resultado lo siguiente:

    Durante el periodo del 01 de enero al 17 de febrero de 2013 el monto de las

    nóminas según recibos fue de $352,907.60 pesos cotejados contra los

    reportes de nómina que fue de $485,917.00 pesos se determinó una

    diferencia de $133,009.40 (ciento treinta y tres mil nueve pesos 40/100

    m.n).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

    Durante el ejercicio de 2012 el monto de las nóminas según recibos fue de

    $2,648,202.02 pesos cotejados contra los reportes de nómina que fue de

    $3,992,460.00 pesos se determinó una diferencia de $1,344,257.98 (un

    millón trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos cincuenta y siete

    pesos 98/100 m.n.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Durante el ejercicio de 2011 el monto de las nóminas según recibos fue de

    $2,592,032.39 pesos cotejados contra los reportes de nómina que fue de

    $3,521,103.43 pesos se determinó una diferencia de $929,071.04

    (novecientos veintinueve mil setenta y un pesos 04/100 m.n.).- - - - -

    Durante el ejercicio de 2010 el monto de las nóminas según recibos fue de

    $2,549,494.20 pesos cotejados contra los reportes de nómina que fue de

    $3,128,559.00 pesos se determinó una diferencia de $578,239.80

    (Quinientos setenta y ocho mil doscientos treinta y nueve pesos

    80/100 m.n.).- - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Durante el ejercicio de 2009 el monto de las nóminas según recibos fue de

    $1,906,120.12 pesos cotejados contra los reportes de nómina que fue de

    $2,323,053.71 pesos se determinó una diferencia de $416,933.59

  • - 11 -

    Sentencia No. 09/2016

    (Cuatrocientos dieciséis mil novecientos treinta y tres pesos 59/100

    m.n.)- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Durante el ejercicio de 2008 el monto de las nóminas según recibos fue de

    $1,603,406.66 pesos cotejados contra los reportes de nómina que fue de

    $1,883,704.47 pesos se determinó una diferencia de

    $280,297.81(Doscientos ochenta mil doscientos noventa y siete pesos

    81/100 m.n.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Las observaciones que se hicieron en el rubro de nóminas fueron

    principalmente:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - --

    A) que los recibos de nómina no se encontraban

    debidamente firmados.

    B) las firmas que se encontraban en los recibos de

    nómina y los recibos de anticipo de sueldos no

    coinciden.

    C) además de que faltan recibos

    En conclusión se determina una diferencia de $3,681,809.62 (Tres millones

    seiscientos ochenta y un mil ochocientos nueve pesos 62/100 m.n.) en

    el rubro de nóminas.- - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    En relación al rubro de ANTICIPOS DE SUELDO, en la caja chica van

    facturas pequeñas así como anticipos que se le entregan a los trabajadores

    con las cuales duplicaba en la mayoría de los casos la cantidad del anticipo

    otorgado al trabajador y la diferencia la depositaba en su cuenta personal con

    numero 1145101700.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - --

    En relación a los anticipos de sueldo, correspondientes al periodo 01 de enero

    al 17 de febrero de 2013, según los comprobantes son de $23,350.00 pesos y

    lo reportado fue de $36,893.00 pesos por lo que hay una diferencia de

    $13,543.00 (Trece mil quinientos cuarenta y tres pesos 00/100

    m.n.).- - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    En relación a los anticipos de sueldo del periodo 2012, según los

    comprobantes son de $199,967.00 pesos y lo reportado fue de $199,162.00

    pesos por lo que hay una diferencia de $-805.00 (menos Ochocientos

    cinco pesos 00/100 m.n.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ------

    En relación a los anticipos de sueldo del periodo 2011, según los

    comprobantes son de $251,657.00 pesos y lo reportado fue de $363,535.00

    pesos por lo que hay una diferencia de $111,878.00 (Ciento once mil

    ochocientos setenta y ocho pesos 00/100 m.n.)- - - - - - - - - - - - - - - -

    En relación a los anticipos de sueldo del periodo 2010, según los

    comprobantes son de $275,611.00 pesos y lo reportado fue de $386,125.00

  • - 12 -

    Sentencia No. 09/2016

    pesos por lo que hay una diferencia de $110,514.00 (Ciento diez mil

    quinientos catorce pesos 00/100 m.n.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    En relación a los anticipos de sueldo del periodo 2009, según los

    comprobantes son de $250,129.50 pesos y lo reportado fue de $345,685.50

    pesos por lo que hay una diferencia de $95,556.00 (Noventa y cinco mil

    quinientos cincuenta y seis pesos 00/100 m.n.)- - - - - - - - - - - - - - - -

    En relación a los anticipos de sueldo del periodo 2008, según los

    comprobantes son de $601,196.00 pesos y lo reportado fue de $723,952.50

    pesos por lo que hay una diferencia de $122,756.50 (Ciento veintidós mil

    setecientos cincuenta y seis pesos 50/100 m.n.).- - - - - - - - - - - - - - -

    La diferencia que existe en el rubro de anticipos de sueldo asciende a la

    cantidad de $453,442.50 (Cuatrocientos cincuenta y tres mil

    cuatrocientos cuarenta y dos pesos 50/100 m.n.).- - - - - - - - - - - - - -

    En cuanto al rubro de PERSONAS DADAS DE ALTA SIN RELACION

    LABORAL, la señora ********** aparece en la nómina a partir de la

    semana 34 del 2011 (15 de agosto al 21 de agosto), con un sueldo inicial de

    $850.00 pesos, a partir de la semana 35 del 2011 (22 de agosto al 28 de

    agosto), le fija una sueldo de $1,600.00 pesos, el cual fue incrementándose

    regularmente, otorgándole las prestaciones de ley (vacaciones, aguinaldo),sin

    embargo dicha persona solamente se encontraba dada de alta sin que en

    ningún momento acudiera a laborar a la empresa que represento, es decir se

    encontraba cobrando un sueldo que no devengaba lo anterior en contubernio

    con el contador **********, lo anterior se afirma toda vez que se

    contrató a un investigador privado para saber quién era esa persona a la cual

    se le estaba pagando sin devengar su sueldo, enterándonos que ambos tienen

    una relación sentimental, estando este último casado. Se tienen los vales de

    gasolina con la firma de ella.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    - - - - - - - --

    En el rubro de gasolina en el periodo del 2012 se detectó una diferencia de

    $35,642.95 pesos en función de los vales de gasolina y la facturación

    realizada.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    La observación que se hizo en el rubro de gasolina fueron principalmente:

    A) los vales de gasolina no cuentan con firma,

    B) no tienen nombre,

    C) al parecer están firmados por persona no autorizada.

    La diferencia que se determinó en el rubro de gasolina de $35,642.95 pesos.

    Todo lo anterior nos da un total de $4,241,891.01 (Cuatro millones

    doscientos cuarenta y un mil ochocientos noventa y un pesos 01/100

    m.n.) cantidad que fue obtenida por ********** al tener a su cargo la

    administración de bienes ajenos, con ánimo de lucro para así, en el periodo

    comprendido entre el mes de Enero del 2008 al 17 de Febrero del año 2013,

    utilizando tanto el servicio bancario por internet para hacer traspasos de la

  • - 13 -

    Sentencia No. 09/2016

    cuenta empresarial número ********** de la institución Bancaria BBVA

    de la que es titular la empresa ********** SALTILLO, S.A. DE C.V. a la

    cuenta 1145101700 de la misma institución bancaria y de la cual es titular

    **********, acreditándose que la suma de dinero transferida fue

    empleada en forma indebida al traspasarla de dicha cuenta a su cuenta

    particular, en los términos en que se han establecido y sin que se justificara el

    traspaso de dichos valores, empleando así de forma indebida los recursos

    señalados por la empresa ofendida la cual le había encomendado la sana

    administración y el empleo adecuado de los mismos sin que en ningún caso se

    haya acreditado la utilización de los valores con algún objetivo en relación a la

    sociedad y su finalidad como estaba obligado según su puesto dentro de la

    empresa, teniendo a su cargo la administración de bienes ajenos y con ánimo

    de lucro para sí, perjudicó al titular de estos que lo es la empresa que

    represento ********** SALTILLO, S.A. DE C.V. al emplearlos

    indebidamente como lo fue ingresarlos a su patrimonio y disponer de ellos en

    su beneficio personal.- - - -

    Por tal motivo y debido a que sufrió un demérito en su patrimonio mi

    representada por la cantidad de $4,241,891.01 (Cuatro millones

    doscientos cuarenta y un mil ochocientos noventa y un pesos 01/100

    m.n. ) tomé la decisión de presentar formal denuncia y/o querella en contra

    de ********** Y/O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, por

    considerarlos probables responsables del delito de FRAUDE DE CUANTÍA

    MAYOR EN SU MODALIDAD AGRAVANTE DE ESTAFA,

    ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA Y/O EL QUE LE RESULTE.”- - - - - - -

    - - - -

    Anexa a la misma los siguientes documentos:- - - - - - - -

    1.- DOCUMENTAL PÚBLICA consistente en Escritura

    Pública número 209 de fecha trece (13) de diciembre de dos mil

    dos, pasada ante la fe del Notario Público número 17 Licenciado

    Alberto Fabián Villarreal Flores, en la cual se contiene el Acta

    Constitutiva de la empresa ********** S.A de C.V.- - - - - - -

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    Medio de prueba que merece pleno valor demostrativo

    de lo que en él se contiene, de conformidad con lo dispuesto por

    los artículos 435, 436 y demás relativos del Código de

    Procedimientos Penales del Estado y 241 y 244 de la Ley de

    Procuración de Justicia del Estado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

  • - 14 -

    Sentencia No. 09/2016

    2.- DOCUMENTAL PRIVADA consistente en auditoría

    financiera a cargo del Contador Público **********,

    correspondientes a las nóminas, recibos de los trabajadores, caja

    chica, relación de los trabajadores y gasolina de los periodos

    2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y parte 2013.- - -

    Medio de prueba que merece pleno valor demostrativo

    de lo que en ella se contiene, de conformidad con lo dispuesto

    por los artículos 241 y 244 de la Ley de Procuración de Justicia

    del Estado y 416, 418, 437 y demás relativos del Código de

    Procedimientos Penales del Estado.- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    COMPARECENCIA de **********, de fecha diez (10) de

    abril de dos mil catorce (2014), quien en esencia manifestó que

    comparece de manera libre y voluntaria a fin de manifestar que

    cuando se tuvo conocimiento del desvío de recursos de la

    empresa ofendida y que además aparecía como trabajadora una

    persona de nombre ********** quien no tenía relación

    laboral con la empresa, se solicitaron los servicios de un

    investigador privado quien llevo a cabo una investigación sobre

    dicha persona obteniendo que la misma sostenía una relación

    amorosa con **********, además de ubicar el domicilio de la

    misma, anexando en ese momento el informe de investigación

    emitido por el investigador privado ********** el cual consta

    de dos hojas y un cd, siendo todo lo que manifiesta”. - - - - - - -

    COMPARECENCIA de **********, de fecha veintisiete

    (27) de octubre de dos mil catorce (2014), quien en esencia

    manifestó que comparece de manera libre y voluntaria a fin de

    manifestar que tiene conocimiento que se recibió y ratificó el

    dictamen pericial emitido por el perito designado por dicha

    autoridad, Contador Público ********** en el cual se precisa el

    quebranto patrimonial que sufrió la empresa moral ofendida, el

    cual solicita sea exigido a **********.- - - - - - - - - - - - - - - -

    - - - - - - - - - - -

  • - 15 -

    Sentencia No. 09/2016

    COMPARECENCIA de **********, de fecha veinticuatro

    (24) de noviembre de dos mil catorce (2014), quien en esencia

    manifestó que comparece a fin de proporcionar las generales y

    circunstancias personales de **********.- - - - - - - - - - - - -

    - - - - - - - - - - - - -

    Denuncia y comparecencias que al tenor de lo dispuesto

    por los artículos 56, 58, 59, 208, 209 y demás relativos de la Ley

    de Procuración de Justicia del Estado, se les concede eficacia

    demostrativa, en atención en que para su recepción se

    observaron los requisitos legales establecidos para tal efecto, por

    lo que dichas diligencias habrán de apreciarse con las reglas de

    valoración del testimonio según lo disponen los artículos 441 y

    442 del Código de Procedimientos Penales del Estado, aportando

    dichos medios de prueba datos conducentes a la comprobación

    del cuerpo del delito en estudio, mismos que se obtienen de la

    narración clara y objetiva del denunciante quien expone los

    hechos que le constan, máxime que los mismos se encuentran

    corroborados por el resto del caudal probatorio que integra la

    causa. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    b).- PARTE INFORMATIVO de fecha dieciocho (18) de

    febrero de dos mil catorce (2014), suscrito por elemento de la

    Policía Investigadora del Estado, quien señala que se constituyó

    en el domicilio ubicado en calle ********** de esta ciudad

    capital, lugar donde se entrevistó con el Licenciado Miguel Ángel

    Campos Cortés quien manifestó ser coadyuvante del ofendido

    Ingeniero **********, quien manifestó que los hechos

    sucedieron tal y como se señala en la denuncia, señalando que

    quienes se percataron de los hechos lo eran, **********.- - - -

    - - - - - - - -

    Medio de prueba que merece valor demostrativo, al

    reunir los requisitos que la ley exige para su validez, además de

    encontrar apoyo en el resto del caudal probatorio, esto de

    conformidad con lo dispuesto por los artículos 60 y 205 de la Ley

  • - 16 -

    Sentencia No. 09/2016

    de Procuración de Justicia del Estado, sin embargo, por lo que

    hace a los testimonios contenidos en el mismo, deberá atenderse

    únicamente a aquellos que obren en autos, por ende, el citado

    medio convictivo solo constituye un INDICIO LEVE insuficiente

    para fundar una decisión respecto de la comisión del ilícito en

    estudio y la responsabilidad del inculpado en el mismo.- - - - - - -

    c).- DECLARACIÓN TESTIMONIAL DE **********, de

    fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil catorce (2014), quien

    manifestó: “Que junto a **********, soy socio de la empresa

    ********** SALTILLO, S.A DE C.V., la cual inició su actividad

    empresarial en diciembre del dos mil dos para atender las necesidades de

    empaque de la industria regional, y se dedica entre otras cosas a la fabricación

    de toda clase de cajas de cartón corrugado, caple, papel y plástico; la

    fabricación de divisiones, tapas, separadores de cartón corrugado y tarimas de

    cartón y madera; compra, venta, importación y exportación de cartón

    corrugado; compra, venta, importación y exportación de maquinaria,

    herramienta e instrumentos para la fabricación de cajas de cartón corrugado o

    caple; transportación de productos o maquinaria que se requiera para el

    cumplimiento del fin social; contratación y subcontratación de personal para

    realizar el objeto social, en forma directa o indirecta; establecer oficinas y

    sucursales, fábricas, talleres, almacenes, depósitos o bodegas; entre otros

    fines y objetos, y para cumplir dicho objeto se acondicionó un inmueble

    ubicado en la calle ********** de esta ciudad capital, donde se

    producirían aproximadamente quince mil cajas y cuatrocientas mil divisiones

    por turno para lo cual se requería la labor de aproximadamente treinta y cinco

    operarios y cinco empleados por turno, además de camiones de 3.5 toneladas,

    1.5 toneladas, 1 tonelada, un remolque de 3.5 toneladas de carga, vehículos

    los cuales se les abastecía de gasolina mediante el uso de vales los cuales

    debían utilizarse al objeto social de la empresa, es el caso que desde el mes

    de enero del año dos mil cinco se contrató al C. **********, como

    administrador de la empresa ********** SALTILLO, S.A DE C.V.,

    teniendo a su cargo la administración y el empleo adecuado de los valores

    para realizar los objetivos y fines de la sociedad y quien era el UNICO

    encargado de pagar las nóminas tanto a los socios como a los empleados,

    esto mediante el depósito de la nómina mediante el servicio bancario por

    internet, transfiriendo electrónicamente de la cuenta empresarial número

    ********** de la institución Bancaria BANCOMER, donde es titular

    ********** SALTILLO, S.A DE C.V., a las cuentas de socios y

    empleados utilizando un “Token” que el banco expide para realizar dichas

  • - 17 -

    Sentencia No. 09/2016

    operaciones y que solamente lo utilizaba **********, quien era el único

    autorizado para realizar las transferencias electrónicas de la cuenta de origen

    hacia la de los trabajadores incluyendo la de los socios como la suya que era

    la ********** de la misma institución bancaria.- - - - - - - - - - - - - - - -

    - - - - - - - - - - - - -

    Quiero señalar que la paga tanto a socios como a trabajadores era semanal y

    se realizaba los días sábados en el transcurso del día, pero se daba el caso de

    que los empleados necesitaban dinero en efectivo al momento de terminar su

    labor el día sábado y como no se cuenta con cajero en el negocio tenían que

    pedir un anticipo de su sueldo para pagar deudas que tenían como por

    ejemplo a la señora de la comida, de los abonos, tenderos y que no podían

    esperar hasta el lunes porque perdían el crédito, por lo que se les daba una

    cantidad que ellos solicitaban que se le nombraba ANTICIPO DE SUELDO, y

    era **********, como administrador quien les entregaba a los

    empleados las cantidades que le pedían como anticipo y esta variaba según la

    necesidad del trabajador pero oscilaba entre cien o doscientos pesos y este

    dinero se les debía de rebajar por parte de **********, del salario de

    cada uno de ellos.- - - - - - - - -

    También como administrador ********** debía vigilar y supervisar el

    cumplimiento de la jornada laboral por parte de los empleados y que se

    llevaran a cabo las actividades de trabajo dentro de la empresa y verificar que

    personas rebajaban físicamente y asistían realmente a laborar en el puesto

    que les correspondía, y evitar así que existieran personas dadas de alta en la

    nómina, cobrando sin guardar alguna relación laboral con la empresa. De igual

    forma como administrador de la empresa ********** debía vigilar y

    supervisar que los recursos de la empresa se utilizaran de forma eficiente y al

    objeto de la misma, por lo que al ser responsable de la entrega y el buen

    manejo de los vales de gasolina, debía percatarse que los mismos se utilizaran

    en los vehículos de la empresa para entregar los pedidos, traslado de

    personal, para lo cual dichos vales debían deberían de contar con su firma la

    cual era la autorizada para que se pudieran hacer validos los citados vales de

    gasolina. Cuando se inició con la empresa se vio productividad que se

    reflejaba en la buena marcha del negocio sin embargo, de cinco años a la

    fecha, más o menos desde el 2008, empecé a advertir junto con mi papá y

    socio ********** que se seguía produciendo producto y el movimiento

    era el habitual de compra y venta de mercancía conforme a la temporada,

    pero se empezó a bajar en las ganancias ya que se elaboraba mucho producto

    y no se estaba sacando el costo de producción por lo que se batallo para pagar

    a los proveedores y completar la nómina por lo que como socio se empezaron

    hacer aportaciones a la empresa y poder sostenerla a pesar de que se estaba

    perdiendo la costeabilidad, sin saber a qué se debía si desde el inicio de la

    empresa no se había presentado problema alguno, por lo que se pensó que de

  • - 18 -

    Sentencia No. 09/2016

    alguna parte se estaba fugando dinero y se decidió hacer reuniones con los

    demás socios y el personal administrativo, entre ellos ********** como

    administrador de la empresa, por lo que se decidió revisar inventarios así

    como los recursos existentes en la caja chica y anticipos, revisión de costos de

    producción de cada uno de los productos, se puso más atención a los

    movimientos de los choferes para ver si no sacaban material sin remisión y

    también a los almacenistas, se decidió instalar circuitos cerrados de televisión,

    pero no se vio algo fuera de lo normal pero es el caso que a principios del mes

    de febrero del año 2013, me encontraba en la oficina del INGENIERO

    **********, revisando costos por la problemática ya señalada y en esos

    momentos el recepcionista le dijo al Ingeniero que había llegado una factura

    de gasolina de la empresa, preguntándole si se la entregaba o se la dejaba a

    ********** sobre su escritorio, diciéndole que se la entregara y al

    momento de revisarla me comento que la factura y las notas de gasolina que

    la avalaban contaban con una firma tanto del contador ********** como

    una firma que desconocía, por lo cual me mostró dicha factura la cual incluía

    montos por 200 y 430 pesos en gasolina, y que tampoco reconocí una de las

    firmas que aparecía por lo que empezamos a revisar todas las facturas de

    gasolina que ********** tenía, por lo que hicimos una relación con la

    fecha, número consecutivo, hora y cantidad de dinero que el tenia, sin que el

    supiera y nos dimos cuenta que existía un block de vales que no se tenía en la

    empresa y que él lo tenía haciendo uso de el por tener la firma autorizada, al

    advertir eso decidimos pedirle a nuestro contador externo **********

    que llevara a cabo una auditoría financiera, a fin de que revisara todos los

    rubros en cuanto a la administración de ********** y para ello le dimos

    tanto nóminas, como recibos de los trabajadores que abarcaban los años del

    dos mil ocho, dos mil nueve, dos mil diez, dos mil once, dos mil doce, y lo que

    se llevaba del dos mil trece, así como la caja chica de los mismos años. Al

    realizar la Auditoria el contador ********** advirtió que

    ********** había realizado varias conductas y movimientos para poder

    obtener dinero de la empresa, una de ellas fue la de manejar tres nóminas

    distintas en las cuales se reflejaban movimientos que él hacía para ocultar sus

    movimientos y no ser descubierto, ya que una la mostraba a los socios la cual

    estaba alterada, otra que le presentaba al contador externo **********

    también alterada y otra que archivaba él, en la cual se señalaban sueldos o

    vacaciones alteradas tanto a los trabajadores como a los socios, ya que

    existen diferencias entre lo señalado en la nómina que **********

    presentaba con los recibos que firmaba el trabajador con el dinero que

    realmente recibía, como se advierte en el pago de varios trabajadores incluso

    en las nóminas aparecían cantidades depositadas supuestamente a mi nómina

    por una cantidad mayor a la que aparecían en los recibos que firmábamos y

  • - 19 -

    Sentencia No. 09/2016

    también al ingeniero ********** le paso lo mismo ya que aparecen

    depósitos mayores a los que señalan los recibos que firmaba con la cantidad

    que se le depositaba en realidad y la diferencia en estas nóminas se las

    depositaba ********** a su cuenta de nómina. Lo anterior lo hacía

    mediante el uso del TOKEN del banco, ya que él hacia los movimientos de

    depósito a las referidas nóminas, y depositaba a cada quién lo que establecía

    en la nómina real, sin embargo la diferencia de dinero se la depositaba a su

    cuenta, y esto lo advertimos al ver la gran diferencia que existía entre lo que

    él percibía de sueldo semanal con los depósitos que aparecieron en su cuenta,

    toda vez que el ganaba en el dos mil ocho un sueldo de $1,100.00 pesos en el

    dos mil nueve $ 1,455.00 pesos en el dos mil diez $1,600.00 pesos en el dos

    mil once un sueldo de $1,800.00 pesos en el dos mil doce un sueldo de

    $2,100.00 pesos en el dos mil trece con un sueldo de $ 2,200.00 pesos todos

    ellos por semana.

    También se nos precisó por parte del Contador que en cuanto a la caja chica,

    el procedimiento de ********** era el alterar los anticipos en efectivos

    que se cargaban a dicha caja ya que también duplicaba las cantidades

    solicitadas por los trabajadores y al momento de robarla solo lo hacía con la

    cantidad pedida por el trabajador quedándose el con la diferencia en perjuicio

    de la empresa toda vez que dicha cantidad era sacada de la cuenta de la

    negociación la que a final de cuentas recibía el menoscabo. Por otra parte

    dentro de su auditoria se encontró que en la nómina de empleados aparecía

    una persona de nombre **********, misma que se le reviso su jornada

    laboral en cuanto a las entradas y salidas, además de su firma en los recibos

    de nómina de los trabajadores, encontrando que nunca se había presentado a

    laborar en las instalaciones de la empresa y sin embargo recibía un sueldo

    normal el cual se le depositaba a la cuenta ********** transacción que

    realizaba **********, además se contrató a una persona para que

    investigara si existía dicha seudo empleada y de ser así sus generales,

    informándonos el investigador que si existía dicha persona e incluso que ella

    mantenía una relación sentimental con **********, perjudicando el

    patrimonio de la empresa representada toda vez que en el año 2011 el activo

    de mérito dio de alta como trabajadora a ********** con un sueldo de

    $1,600.00 pesos en el 2012 lo aumento a $4,000.00 pesos misma cantidad

    que fue pagada en el 2013 por semana .Por lo que al presentarnos sus

    conclusiones el contador ********** nos señaló el quebranto en los

    rubros señalados siendo estos en relación a las nóminas una diferencia de

    $3,681,809.62 (Tres millones seiscientos ochenta y un mil ochocientos nueve

    pesos 62/100 m.n). En cuanto a los ANTICIPOS DE SUELDO, la diferencia

    que existe en el rubro de anticipos de sueldo asciende a la cantidad de

    $453,442.50 (Cuatrocientos cincuenta y tres mil cuatrocientos cuarenta y dos

    pesos 50/100 m.n.). En cuanto a la situación laboral de la señora

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    Sentencia No. 09/2016

    **********, que dicho sea de paso nunca la vi trabajando para la

    empresa, se informó que dicha persona solamente se encontraba dada de alta

    sin que en ningún momento acudiera a laborar a la empresa, es decir cobraba

    un sueldo de manera ilegal, lo anterior en complicidad con el contador

    **********, lo anterior se acredita con la investigación que se realizó y

    donde se menciona que ambos tienen una relación sentimental, estando este

    último casado. Además de que se encontraron vales de gasolina con la firma

    de esta persona. Y por último en relación a los vales de gasolina se encontró

    una diferencia por la cantidad de $35,642.95 pesos, al ventilarse vales sin

    firma autorizada o en su caso por montos mayores a los que se asignaban. Lo

    que en sus totalidad provoco un detrimento en el patrimonio de la empresa

    por $4,241,891.01 (Cuatro millones doscientos cuarenta y un mil

    ochocientos noventa y un pesos 01/100 m.n.) cantidad que fue obtenida

    por ********** al tener a su cargo la administración de bienes ajenos,

    con ánimo de lucro para así, en el periodo comprendido entre el mes de Enero

    del 2008 al 17 de Febrero del año 2013, utilizando tanto el servicio bancario

    por internet para hacer traspasos de la cuenta empresarial número

    ********** de la institución Bancaria BBVA de la que es titular la

    empresa ********** SALTILLO, S.A. DE C.V. a la cuenta

    ********** de la misma institución bancaria y de la cual es titular

    **********, acreditándose que la suma de dinero transferida fue

    empleada en forma indebida al traspasarla de dicha cuenta a su cuenta

    particular, en los términos en que se han establecido y sin que se justificara el

    traspaso de dichos valores, empleando así de forma indebida los recursos

    señalados por la empresa ofendida la cual le había encomendado la sana

    administración y el empleo adecuado de los mismos sin que en ningún caso se

    haya acreditado la utilización de los valores con algún objetivo en relación a la

    sociedad y su finalidad como estaba obligado según su puesto dentro de la

    empresa, teniendo a su cargo la administración de bienes ajenos y con ánimo

    de lucro para sí, perjudicó al titular de estos que lo es la empresa que

    represento********** SALTILLO, S.A. DE C.V. al emplearlos

    indebidamente como lo fue ingresarlos a su patrimonio y disponer de ellos en

    su beneficio personal.- - - - - - - - - - - - - - -

    d).- DECLARACIÓN TESTIMONIAL DE **********, de

    fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil catorce (2014), quien

    manifestó: “Que soy encargado de ventas de la empresa **********

    Saltillo, S.A. de C.V, desde el mes de febrero del año 2008 y mi función es

    visitar clientes para ofrecerles los productos de la empresa y por cuestiones

    laborales tengo contacto con el personal que labora en la negociación ya sea

    con el que factura, con el de cobranza, con producción para revisar los pedidos

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    Sentencia No. 09/2016

    y cuando ingrese ya estaba como administrador de la empresa el contador

    ********** quien era el administrador y encargado de hacer las

    nóminas, llevar el control de los préstamos, anticipos de nómina, control de

    vales de gasolina y de gas así como del personal de la empresa la caja chica,

    pago a proveedores, cobranza a clientes y él era el que controlaba las cuentas

    bancarias y los pagos tanto de nómina como acreedores y la administración

    de los dineros, quiero señalar que a partir de ese año dos mil ocho, se

    empezaron a realizar reuniones de trabajo donde salía a colación que se

    necesitaban más clientes porque estábamos en la línea de producir para

    mantenernos pero sin que hubiesen ganancias, y el ingeniero **********

    insistía en ello debido de que la empresa estaba batallando para completar

    pagos a proveedores e incluso de nóminas, incluso hubo semanas en que el

    pago no lo diferían para poder liquidar antes a los acreedores, y poder pagar

    al personal operario y después a los de confianza, esta situación era más

    crítica en los meses de diciembre y enero porque se juntaban aguinaldos y

    vacaciones, por lo que se empezó a investigar a donde se iba el dinero porque

    si había producción y venta de producto sin embargo se seguía batallando

    para los pagos, este problema se presentó en los años del dos mil ocho, dos

    mil nueve, dos mil diez, dos mil once, dos mil doce y fue en el mes de febrero

    del 2013 se descubrió por parte del ingeniero ********** que había una

    discrepancia en cuanto a los vales de gasolina que expedía el contador

    **********, además de que aparecían pagos que supuestamente se

    realizaban a los trabajadores como vacaciones tiempos extras y anticipo de

    sueldo los cuales no eran recibidos por los empleados ya que se firmaba la

    nómina por la cantidad que efectivamente recibía, incluso al revisar mis

    nóminas y recibos me di cuenta de que aparecían supuestos depósitos a mi

    cuenta de débito por cantidades mayores a las que yo firmaba en mis recibos,

    y esa diferencia me informaron se las depositaba ********** su cuenta

    de nómina, además de que estaba dada de alta una persona que nunca había

    trabajado en la empresa desde que yo llegue de nombre **********, ni

    siquiera que fuera mencionada dentro de la empresa e incluso en las

    temporadas de diciembre que se hacían las entregas de regalos para los

    trabajadores no aparecía en las listas así como tampoco en las listas de

    adelantos de sueldo o anticipos de sueldo aparecía el nombre de esta persona,

    en fin que desde que empecé mi relación d trabajo con la empresa hasta

    ahora nunca le he visto, y por ello se llevó a cabo una auditoria donde me

    dijeron que había cantidades que supuestamente se me habían pagado a mí y

    a otros empleados como vacaciones y tiempos extras sin embargo nunca se

    me depositaron esas cantidades reconociendo solo lo que firme en el recibo

    correspondiente de nómina y quien se encargaba de efectuar los depósitos era

    **********, siendo todo lo que deseo manifestar- - - - - - - -

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    Sentencia No. 09/2016

    e).- DECLARACIÓN TESTIMONIAL de **********, de

    fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil catorce (2014), quien

    manifestó: Que trabajo como Supervisor y encargado de la asistencia de

    operarios de la empresa ********** Saltillo, S.A. de C.V, desde el año

    2002 y mi labor consiste en supervisar el producto terminado, órdenes de

    trabajo y supervisar envíos de producto terminado, y soy el que en la mañana

    checo que lleguen temprano a su hora de entrada y a la hora de comida se

    retira la parte que come ahí y la otra se queda ahí y checar que regresen a

    trabajar a la hora indicada, por eso me relaciono con los empleados de

    producción, operarios de almacén y administrativos en esos tiempos que se

    cambió a comercializador a la empresa iba creciendo en cuanto lo que se

    realizaba de producto y lo que se vendía si había venta y pedidos por lo que si

    había recursos y el ingeniero pagaba a tiempo a sus proveedores ya que no

    había problema para pagar tanto salarios, como proveedores y había utilidad

    de la empresas y es el caso que aproximadamente en el año dos mil cinco se

    incorpora a la empresa del contador ********** quien tenía el encargo

    de administrador de la empresa y era el encargado de hacer las nóminas,

    llevar el control de los préstamos, anticipos de nómina, control de vales de

    gasolina y de gas así como del personal de la empresa la caja chica, pago a

    proveedores, cobranza a clientes y él era el que controlaba las cuentas

    bancarias y los pagos por seguridad se hacían mediante depósito bancario de

    nómina y también pagaba como acreedores y la administración de los dineros,

    y la empresa siguió bien durante cierto lapso de tiempo hasta más o menos el

    años dos mil ocho, de donde se empezaron a presentarse situaciones que

    antes se pagaba a los proveedores a destiempo y veía al Ingeniero que

    buscaba la forma de pagar a tiempo los adeudos tanto a proveedores como la

    nómina incluso se nos pedía por parte del INGENIERO ********** que

    recibiéramos el pago semanal en fecha posterior a la que se debía depositar

    para poder pagarles primero a los operarios, sin embargo yo veía que había

    más producción, más pedidos más clientes y sin embargo había el problema

    de falta de liquidez, esta situación era más crítica en los meses de diciembre y

    enero porque se juntaban aguinaldos y vacaciones, por lo que supe que se

    empezó a investigar porque la falta de dinero si todavía en aumento tanto

    producción como compra sin embargo se seguía batallando para los pagos, en

    algunas ocasiones me hablo el ingeniero porque había faltantes y yo manejo

    materia prima y me di cuenta de que no coincidían los inventario porque había

    perdidas, y esto se presentó en los años del dos mil ocho al dos mil doce y en

    febrero del 2013 se hizo una auditoria para ver qué pasaba con el dinero y se

    descubrió por parte del ingeniero que había una discrepancia en cuanto a los

    vales de gasolina que expedía el contador ********** en cuanto a las

    firmas de autorización y las cantidades de los vales, además de que aparecían

    pagos que tiempos extras y anticipo de sueldo los cuales no eran recibidos por

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    Sentencia No. 09/2016

    los empleados ya que se firmaba la nómina por la cantidad que efectivamente

    recibía, cuando hicieron la auditoria me di cuenta que me aparecían

    cantidades mayores en las nóminas que ********** les mostraba a los

    Ingenieros ********** y **********, pero solo recibí lo que firme

    de recibo de nómina y el resto me dijeron que se lo depositaba

    ********** en su cuenta de nómina y por ello se llevó a cabo una

    auditoria donde me dijeron que había cantidades que supuestamente se me

    habían pagado a mí y a otros empleados como vacaciones y tiempos extras sin

    embargo nunca se me depositaron esas cantidades reconociendo solo lo que

    firme en el recibo correspondiente de nómina, además de que en ocasiones no

    me entregaba recibo de vacaciones ya que cuando se lo pedía decía que

    después me lo daba y no era cierto y quien se encargaba de efectuar los

    depósitos era **********, además supe que se había dado de alta a una

    mujer de nombre **********, la cual nunca vi laborar en la empresa en

    todos mis años que he trabajado en ninguna de la áreas, nunca escuche de

    ella, ni la vi en ninguna de las fechas en que se reunían los trabajadores como

    lo era diciembre.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

    f).- DECLARACIÓN TESTIMONIAL de ********** de

    fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil catorce (2014), en la

    que manifiesta: “Que soy empleado de confianza de la empresa

    ********** Saltillo, S.A. de C.V, desde el mes de abril del dos mil tres a

    la fecha y en los primeros meses labore en el área de producción y

    posteriormente entre agosto y septiembre del dos mil tres cambie al área de

    oficina dedicándome tanto al área de compras como de ventas y mi función

    era de facturación compra de material de trabajo y material de empaque,

    atención a clientes ventas a clientes y cotizaciones, control de órdenes de

    compra y en base a ello tengo contacto con empleados de producción y jefes

    de las aéreas y ene esos tiempos la empresa iba creciendo en cuanto a

    producción venta y maquinara, ampliación de almacén es decir se encontraba

    en gran auge y financieramente estaba sana la empresa ya que no había

    problema para pagar tanto salarios, como proveedores y había utilidad de la

    empresas y es el caso que aproximadamente en el año dos mil cinco se

    incorpora a la empresa del contador ********** quien sería el

    encargado de la administración de la empresa y tenía como funciones hacer

    las nóminas de pago, llevar el control de los préstamos, anticipos de nómina,

    control de vales de gasolina y de gas así como del personal de la empresa la

    caja chica, pago a proveedores, cobranza a clientes y él era el que controlaba

    las cuentas bancarias y los pagos tanto de nómina como acreedores y la

    administración de los dineros, y la empresa siguió bien durante cierto lapso de

    tiempo hasta más o menos el años dos mil ocho, donde se empezaron a

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    Sentencia No. 09/2016

    presentar situaciones que antes no sucedían, por ejemplo ya no se pagaba a

    los proveedores a tiempo e incluso me toco recibir llamadas cobrando facturas

    atrasadas y las cuales yo le pasaba el recado al ingeniero, de igual forma se

    empezó a batallar para el pago incluso se nos pedía por parte del ingeniero

    ********** que recibiéramos el pago semanal en fecha posterior a la

    que se debía depositar para poder pagarles primero a los operarios, sin

    embargo yo veía que había más producción, más pedidos más clientes y sin

    embrago había el problema de falta de liquidez, esta situación era más crítica

    en los meses de diciembre y enero porque se juntaban aguinaldos y

    vacaciones, por lo que supe que se empezó a investigar porque la falta de

    dinero si todavía en aumento tanto producción como compra sin embargo se

    seguía batallando para los pagos desde el dos mil ocho hasta el dos mil doce y

    en el mes de febrero del 2013 se descubrió por parte del INGENIERO

    ********** que había una discrepancia en cuanto a los vales de gasolina

    que expedía el contador ********** ya que el tenia los blocks de

    gasolina y disponía de ellos en la forma que el quería ya que era el autorizado

    en ese entonces y el los llenaba por la cantidad que quería, lo común era de

    130 pesos y era como otra prestación, pero aparecían firmas que no eran de

    **********, además de que aparecían pagos que supuestamente se

    realizaban a los trabajadores como vacaciones tiempos extras y anticipo de

    sueldo los cuales no eran recibidos por los empleados ya que se firmaba la

    nómina por la cantidad que efectivamente recibía, y me di cuenta de que en

    las nóminas que les presentaban a los ingenieros para el pago se me señalaba

    una cantidad mayor que la que efectivamente recibía y firmaba en los recibos

    de nómina, incluso las cantidades que aparecen en la nómina de más son

    iguales pero yo solo reconozco lo que firme y la diferencia me decían los

    Ingenieros que se la depositaba a su cuenta el señor ********** además

    supe que descubrieron a una persona de nombre ********** la cual

    estaba dada de alta como trabajadora sin embargo nunca trabajo en la

    empresa desde el tiempo que yo ingrese a laborar hasta la actualidad, y por

    ello se llevó a cabo una auditoria donde me dijeron que había cantidades que

    supuestamente se me habían pagado a mí y a otros empleados como

    vacaciones y tiempos extras sin embargo nunca se me depositaron esas

    cantidades reconociendo solo lo que firme en el recibo correspondiente de

    nómina y quien se encargaba de efectuar los depósitos era **********.-

    - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - ---

    g).- DECLARACIÓN TESTIMONIAL de **********de

    fecha veintiocho (28) de febrero de dos mil catorce (2014), en la

    que señaló: Que desde el mes de junio del dos mil doce trabajo en la

    empresa ********** Saltillo, S.A. de C.V, y soy el Encargado de recibo

    e inventarios de material, y mi trabajo en un principio era recibir la materia

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    Sentencia No. 09/2016

    prima y controlar los almacenes de producto terminado y de materia prima,

    pero ahora me estoy encargando de la caja chica, entregar los vales de

    gasolina al personal que me dice el Ingeniero quien actualmente tiene el

    control de los referidos vales de gasolina, y también me encargo de los

    anticipos de sueldo los cuales meto el dinero en los sobres que previamente

    me entrega el dinero el ING. ********** se lo anexo a su nómina y el

    sábado, que es el día en que se firma la nómina, me firmaban y les entrego su

    sobre junto con su copia de la nómina que me reciben, la nómina se sigue

    entregando vía transferencia bancarias mediante el uso del Token a donde se

    manda una clave se ingresa a la cuenta para hacer la transferencia y eso

    ahora lo hace el Ingeniero ********** pero antes lo hacía el señor

    ********** cuando llegue a la empresa me comentaron que había

    problemas con los almacenes y las existencia de producto hasta que se hizo

    un inventario en junio del 2012 y se empezaron a controlar las entradas de

    materia prima y el producto terminado y a fin de mes se hace inventario pero

    no descubrimos nada en relación a faltantes y sin embargo advertía que

    cuando ********** entregaba la nómina el lunes había mucha gente que

    le reclamaba a ********** por su depósito del sueldo por lo regular 2 o 3

    gentes por semana que se inconformaba por recibir menos sueldo, y me di

    cuenta de que todavía se batallaba para el pago de la nómina y más aún en

    diciembre y el ingeniero me pedía de favor que lo aguantara con el pago, que

    lo hacía ya entre semana para poder pagar proveedores y sueldos de

    operarios, y supe que llego una persona que maneja el gas y entrego unos

    recibos al ingeniero y de ahí me pidió el ingeniero que tomara un listado de las

    personas que faltaban de firmar nómina de años anteriores y empecé a revisar

    las nóminas a partir del 2008 y a separarlas semana por semana de cada año,

    de menor a mayor en relación a su antigüedad en la empresa y de las

    personas que aun laboraba se recabo las firmas en los recibos de pago, pero

    en las señalados recibos nunca encontré a una persona de nombre

    ********** quien si aparecía en una lista que me entrego el contador,

    pero nunca encontré los recibos de nómina y yo nunca la vi en el tiempo que

    llevo laborando en la empresa, y duplicaba los anticipos de sueldo porque en

    los recibos de nómina aparecían pagos por 100 pesos pero él le señalaba 200.-

    - -

    h) DECLARACIÓN TESTIMONIAL de ********** de

    fecha siete (07) de marzo de dos mil catorce (2014), en la que

    señaló: Que el de la voz me desempeño como asesor contable fiscal externo

    de la compañía ********** Saltillo, S.A de C.V, desde hace

    aproximadamente ocho años, y cada mes efectuamos los pagos provisionales

    de impuestos y las obligaciones fiscales que correspondan, para ello me

  • - 26 -

    Sentencia No. 09/2016

    pongo de acuerdo para que me tengan la información dentro de los primeros

    diez días del mes siguiente a revisar, acudo a la empresa, tomó la información

    contable la valido y la checo y si tengo cualquier duda o pregunta se las hago

    saber para las aclaraciones y eso lo llevaba con ********** y con el

    INGENIERO **********, posteriormente me la llevo a la oficina y ahí

    trabajo y efectuó los cálculos para determinar el impuesto, terminando esto

    citó a una reunión a los accionistas para informarles del resultado fiscal y de

    los impuestos que se determinaron, y es el caso que a partir del dos mil ocho

    (2008), se empezaron a hacer factores de liquidez y solvencia y se empezaron

    a notar puntos bajos, es decir faltaba liquidez y solvencia y esta situación se

    fue acrecentando en los años 2009, 2010, 2011, 2012 ya que había

    problemas para pagos de proveedores y de nóminas las cuales se desfasaban

    ya que se pagaban a los empleados unos o dos días posteriores a la fecha

    correspondiente, esto se lo hice notar al Ingeniero ********** ya que

    recuerdo que los aguinaldos de los años señalados se pagaron con dificultades

    económicas y en febrero de 2013 se detectó que había situación irregular en

    relación a vales de gasolina que se entregaban pero con firmas que no eran

    las autorizadas o por cantidades mayores a las autorizadas y quien era el

    responsable de entregar los vales y las cantidades en los vales era el señor

    **********, por ello se me encomendó hacer una auditoria interna

    referente a las nóminas, anticipos de sueldos, caja chica, pasivos y pagos a

    proveedores y a acreedores, vales de gasolina, es importante señalar que

    cuando se chocaron los vales de gasolina había firmas no autorizadas entre

    ellas la de una persona de nombre ********** por lo que al revisar en

    las nóminas quien era ella, no estaban los recibos de pago de nómina de ella,

    sin embargo estaba dada de alta en el IMSS como empleada de la empresa,

    por lo que también se hizo una revisión de sus pagos en cuanto a fechas y

    cantidades, y ahí fue cuando ********** nos empezó a entregar a mí y

    a los socios reportes de información distintos notando que estaban alterados

    dichos reportes de nómina, por lo que se procedió a cotejar los recibos

    originales de nóminas con los reportes que nos presentaba **********

    y lo que se había depositado en su totalidad a los trabajadores en sus

    nóminas, cabe aclarar que la auditoria se realizó tomando en cuenta los

    periodos del ejercicio 2008 al 2012 y los primeros dos meses del 2013, siendo

    realizada de tal manera que permitió obtener una seguridad razonable de los

    resultados de los rubros y conceptos analizados de conformidad con las

    normas y procedimientos de auditoría y normas para atestiguar aplicables, así

    como las normas de información financiera que son de aplicación obligatoria

    en ejercicio de la Contaduría Pública y la información que le fue requerida al

    encargado de llevar la administración de la empresa como lo es

    ********** contador de la empresa quien tenía como obligación entre

    otras la de realizar, calcular y pagar o realizar las transferencias bancarias de

  • - 27 -

    Sentencia No. 09/2016

    las nóminas semanales, por lo que tenía el TOKEN del banco, así que al

    aplicar exhaustivamente y minuciosamente los procedimientos de revisión de

    cada recibo de nómina de los trabajadores cotejada con los reportes de

    nómina se encontraron anomalías y alteraciones evidentes de referencias de

    cantidades, así mismo al cotejarse con el estado de cuenta bancario BBVA

    BANCOMER titular de la empresa ********** SALTILLO S.A DE C.V con

    número de cuenta ********** en el gran total de cada semana se

    encontraron diferencias entre lo efectivamente pagado a los trabajadores,

    reporte de nómina y los recibos de nómina ya que se advirtió que se llevaban

    tres reportes de nómina alteradas y diferentes entre si, en el primer reporte

    de nóminas no aparecía la señora ********** y el gran total lo alteraba

    para la presentación a una cantidad mayor que no era real, en el segundo

    reporte estaban alterados los sueldos y otorgaban vacaciones que no

    procedías y de esta forma se aumentaba la cantidad real a pagar en la tercera

    nómina aparecía la señora ********** quien era reportada físicamente

    además que se depositaban las diferencias de las cantidades de las nóminas a

    la cuenta de débito del señor **********, así generalmente alteraba el

    concepto de sueldos o de vacaciones de los trabajadores dando como

    resultado una diferencia que depositaba en la cuenta de nómina del señor

    ********** de la institución Bancaria Bancomer número de cuenta

    ********** teniendo el resultado que se describe en mi auditoría dando

    una diferencia en el rubro de nómina por la cantidad de $3,681,809.62, se

    hizo la aclaración en mi auditoría que en este rubro de contemplaron los

    salarios que ********** le depositó a la cuenta de nómina de

    ********** en el tiempo que supuestamente laboró en la empresa y en

    total se le pagó la cantidad de $176,017.00 pesos, esta cantidad solo es en

    relación al salario sin incluir las prestaciones ni los impuestos que se tuvieron

    que pagar por parte de la empresa como obligaciones fiscales y que

    propiamente no existía dicha obligación porque ********** nunca

    laboró en la empresa sin embargo se tenían que hacer en su momento y estos

    pagos los maneje en un rubro aparte. Así mismo al revisar el rubro de

    anticipo de sueldo se solicitaron los recibos por este concepto efectivamente

    entregados a los trabajadores cotejándose con los reportes de descuentos vía

    nómina y en el cual se advirtió que las cantidades en los reportes era mayor

    que la cantidad mencionada en los recibos de anticipos de sueldo entregados

    efectivamente a los trabajadores, tal y como lo describo en mi auditoria y que

    presenta una diferencia de $453,442.50 pesos, por otra parte en el rubro de

    combustible y gasolina se cotejaron todos los vales de gasolina por personas

    autorizadas con las respectivas facturas, dando como resultado que existen

    algunas firmas no autorizadas para realizar el consumo de la misma además

    el señor ********** solamente tenía la autorización de firmar los vales

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    Sentencia No. 09/2016

    de gasolina por la cantidad de $130.00 pesos por semana, y se encontraron

    vales de mayores cantidades; y así mismo vales de gasolina firmadas por la

    señora **********, existiendo una diferencia de $35,642.95 pesos; al

    revisar el rubro de personas dadas de alta sin relación laboral, la señora

    ********** aparece en la nómina a partir de la semana 34 del 2011 de

    fecha inicial quince (15) de agosto de 2011 con baja en febrero de 2013,

    otorgándole todas las prestaciones de ley y seguridad social, además de los

    impuestos correspondientes sin que aparezca dato alguno que esta persona

    físicamente haya desempeñado un puesto dentro de la empresa, dando un

    monto de $70,995.94 cantidades que fueron pagadas por la empresa en

    cuanto al impuesto sobre la renta, impuesto sobre nómina y aportaciones de

    seguridad social, lo que también ocasionó un detrimento en el patrimonio de

    la empresa ya que esta persona nunca laboró ahí, sin embargo los pagos se

    tenían que hacer forzosamente por todo ello concluí mi auditoría que de

    acuerdo con la revisión interna efectuada a los rubros mencionados, el

    resultado y suma del gran total por la diferencia de nómina, anticipos de

    sueldo, vales de combustible y gasolina y otras erogaciones es por la cantidad

    de $4,241,891.01, monto total el cual es un quebranto en perjuicio de la

    empresa siendo responsable de dicha situación el administrador

    ********** al ser el responsable directo de los pagos de nómina, las

    transferencias bancarias, la entrega de vales de gasolina y el de haber

    colocado en la nómina a ********** quien también tiene

    responsabilidad al expedir vales de gasolina sin autorización y percibir un

    sueldo sin realizar ninguna actividad laboral dentro de la empresa afectada.

    Medios de prueba que merecen valo