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ANDRES RICARDO CORTES LLANOS TECNOLOGIA EN GESTION LOGISTA (898979) SENA ESTACION 3: “MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA” CASO 1: PLANTEAMIENTO Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma. Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita como aprendiz SENA. Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial. SOLUCION. De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos: 1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría? R/= Basado en el Capítulo 2 “Derechos del Aprendiz” punto 4 citado a continuación “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA” Le explicaría a Federico que efectivamente todo estudiante independientemente de la modalidad en la que estudie, debe portar un Carné que lo acredite como aprendiz Sena. También le explicaría, que la expedición de carnés lleva un respectivo procedimiento y que debemos tener un poco de paciencia, ya que son muchos los estudiantes que ingresan en cada convocatoria. Sin embargo, haría las respectiva averiguación para ver en que va el proceso y poderle dar una fecha estimada en la que se entregaran los carnés. 2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué. R/= Pienso que la respuesta de la funcionaria fue equivocada y demostró falta de conocimiento en el Reglamento del Aprendiz.

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ANDRES RICARDO CORTES LLANOS

TECNOLOGIA EN GESTION LOGISTA (898979)

SENA

ESTACION 3:

“MIS DEBERES Y DERECHOS COMO APRENDIZ SENA”

CASO 1: PLANTEAMIENTO

Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en

modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación

y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el espacio

donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le

hace a la misma. Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el

jefe de mantenimiento le solicita que presente el carné personal que lo acredita

como aprendiz SENA. Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en

dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado

que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.

SOLUCION.

De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos,

proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:

1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se

basaría?

R/= Basado en el Capítulo 2 “Derechos del Aprendiz” punto 4 citado a

continuación “Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que

lo acredite como Aprendiz del SENA”

Le explicaría a Federico que efectivamente todo estudiante independientemente

de la modalidad en la que estudie, debe portar un Carné que lo acredite como

aprendiz Sena. También le explicaría, que la expedición de carnés lleva un

respectivo procedimiento y que debemos tener un poco de paciencia, ya que son

muchos los estudiantes que ingresan en cada convocatoria. Sin embargo, haría

las respectiva averiguación para ver en que va el proceso y poderle dar una fecha

estimada en la que se entregaran los carnés.

2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le

dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.

R/= Pienso que la respuesta de la funcionaria fue equivocada y demostró falta de

conocimiento en el Reglamento del Aprendiz.

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CASO 2: PLANTEAMIENTO

Nicolás es un aprendiz del programa de Tecnología en Multimedia, desde el inicio

de su formación hace tres meses y medio, ha sido muy dedicado y cuidadoso en

realizar las actividades de formación que le han planteado sus tutores en la guías

de aprendizaje. Nicolás desea recibir la retroalimentación correspondiente de los

trabajos presentados para conocer cómo le ha ido a lo largo de su proceso.

Sin embargo, cuando le solicita a su tutor dicha retroalimentación, este le

responde: “Usted debe saber cómo va, para eso hizo las actividades”. Nicolás está

muy preocupado porque teme encontrar algunas sorpresas, además su tutor le ha

comentado que solo estará en el SENA por dos meses más, porque debe irse

para otra región a encontrarse con su familia. Nicolás decide de manera

respetuosa solicitar por escrito los juicios de evaluación de sus evidencias y quiere

hacerlo cumpliendo con la normatividad del SENA.

SOLUCION.

De acuerdo con la intención de Nicolás de hacer una solicitud oficial para recibir

los juicios de evaluación de las evidencias presentadas:

1. ¿En qué capítulo, artículo e ítems del Reglamento de Aprendices, se debe

amparar Nicolás para hacer dicha solicitud de manera respetuosa y formal?

R/= A continuación cito unos capítulos, artículos e ítems en los que pienso Nicolás

podrá ampararse para tramitar su solicitud.

CAPÍTULO 2 “DERECHOS DEL APRENDIZ”

Punto 8 “Ser escuchado y atendido en sus peticiones respetuosas, por parte de

los directivos, Instructores y personal administrativo, ante las dificultades que se

puedan presentar en su proceso de formación.”

Punto 11 “Ser evaluado objetiva e integralmente, con base en los criterios de

evaluación y la ruta de aprendizaje y a conocer, dentro de los ocho (8) días hábiles

siguientes, los resultados de las evaluaciones, así como las diferentes novedades

académicas, cuando estas ocurrieren, tales como amonestación, sanción,

suspensión o cancelación del registro de matrícula.”

CAPÍTULO 6 “GESTIÓN ACADÉMICO ADMINISTRATIVA”

ARTÍCULO 15. Los Centros de Formación Profesional responderán y liderarán los

trámites académicos y administrativos para atender las diferentes solicitudes

elevadas por los aprendices dentro de su proceso de formación, solicitudes que

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SENA

deben ser presentadas por escrito radicado en el respectivo centro y registradas

en el sistema de gestión académica; el centro dentro de los diez (10) días hábiles

siguientes a su radicación deberá dar la respuesta respectiva.

CAPÍTULO 7 “PROCESO DE FORMACIÓN, INCUMPLIMIENTO; DESERCIÓN”

Punto 3_Revisión de los Resultados de Evaluación: “El instructor debe analizar el

avance del proceso de formación, identificando con el aprendiz sus logros y

dificultades, retroalimentando de manera permanente y ajustando las estrategias

desarrolladas, en los casos que se requiera. En caso de que el aprendiz no logre

el resultado de aprendizaje, el instructor programa y realiza actividades

pedagógicas complementarias. El Aprendiz que esté en desacuerdo con la

evaluación de su formación emitida por el Instructor, podrá ejercer el derecho a

que se le revisen los resultados, siguiendo el procedimiento:

Presentar solicitud de forma escrita A través del sistema de gestión de la

formación, para la revisión por el instructor, orientador del proceso de

aprendizaje que emitió la evaluación, dentro de los (2) días hábiles

siguientes a la publicación o entrega de la misma, argumentando los

fundamentos del acuerdo.

Esta solicitud debe ser contestada por el instructor, dentro de los dos (2)

días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del Aprendiz.

Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el

desacuerdo con la respuesta recibida, el aprendiz podrá solicitar mediante

escrito dirigido al Coordinador Académico o rol correspondiente a la

modalidad del programa de formación, dentro de los dos (2) días Hábiles

siguientes a la asignación de un segundo evaluador que revise la

evaluación realizada inicialmente; la decisión del segundo evaluador es

definitiva para la evaluación del aprendiz y debe ser emitida a más tardar

dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha presentada por el

aprendiz