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Dr. Facundo Marquesini Director Escuela de Gobierno y Administración

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Dr. Facundo MarquesiniDirector Escuela de Gobierno y Administración

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MALLEUS MALEFICARUM: Religión

MERCANTILISMO: Confiscación conflicto

INDUSTRIALISMO: Confiscación trabajo

POSTINDUSTRIALISMO: Exclusión

( Siempre funcional al poder):

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Artículo 18.- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior (LEGALIDAD- IRRETROACTIVIDAD) al hecho (D.PENAL DE ACTO) del proceso (DEBIDO PROCESO), ni juzgado por comisiones especiales (JUEZ NATURAL), o sacado de los jueces designados por la ley antes del hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos (DEFENSA PROCESA) . El domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice.

Artículo 19.- Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados (PRINCIPIO DE RESERVA). Ningún Habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.

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AcciónAcción: Conducta humana voluntaria

No hay conducta: Fuerza física irresistible, de un tercero o de la naturaleza

Involuntabilidad: incapacidad de dirigir las acciones, estado de inconciencia.

Tipicidad:Tipicidad: Adecuación de la conducta al tipo (descripción de la conducta

penada)

AntijuridicidadAntijuridicidad: Ausencia de una causa de Justificación

Culpabilidad:Culpabilidad: Juicio de reprochabilidad por no motivarse en la norma,

pudiendo hacerlo.

Inculpabilidad: AAlteraciones morbosas, insuficiencia de las facultades, error de

prohibición, puede originar incapacidad de comprender la antijuridicidad o la

incapacidad de autodeterminarse conforme a esa comprensión.

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PROCESO PENAL

Art. 2º: Deben interpretarse restrictivamente las disposiciones que coarten la libertad de las personasArt. 5º Solución del conflicto, restaurar armonía socialArt. 6º Las medidas cautelares sólo tendrán carácter excepcional

Art.10º Querellante Particular (cualquier persona en tema derechos humanos o intereses difusos) Facultades para acredita

Acción Penal: La ejerce el Ministerio Público (salvo acciones privadas)

Art. 26º Criterio de Oportunidad . Insignificancia, solución del conflicto, suspensión del juicio a prueba. Art. 29º Actuación Encubierta Inquisición. viola derecho de defensa y debido proceso Art.30º SUSPENSIÓ DEL JUCIO A PRUEBA - CONDENA CONDICIONAL

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SUPREMA CORTE: Recursos de Casación, Constitucionalidad y Revisión.

Cámaras del Crimen: Juzga delitos que no correspondan a otro tribunal.

Juez de Garantías: Contralor de los derechos del imputado.

Juez Correccional: Delitos no mayores a tres años, culposos o de acción privada.

Competencia

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Imputado : es a quien se le atribuye provisoriamente un hecho

Imputación y Coerción personal

IMPUTACIÓN DEL HECHO Art. 271º cuando hubiere motivos bastantes

MEDIOS DE PRUEBA Art. 205 Todos los hechos pueden probarse por medio de la sana crítica racional y por cualquier medio de prueba, salvo que viole derecho de defensa o debido proceso.

COERCIÓN PERSONAL Art. 280º: Regla General: Permanecerá en libertad

Art. 281º Restricción de la Libertad: cuando sea absolutamente indispensable para

asegurar descubrimiento de la verdad o temor de

Art. 284º Detención a fin de asegurar su comparecencia a declarar

Art. 286º Arresto Pluralidad de personas, hasta 24hs.

Art. 287º Aprehensión en Flagrancia - Art. 291º Aprehensión Privada

Art. 293º Prisión Preventiva. Indicios de que tratará de fugarse o no proceda

condenación condicional. Elementos de convicción suficiente.

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TEORIAS POSITIVAS: TEORIAS POSITIVAS:

A) Absoluta: Kant, Hegel. Venganza ,caso contrario se volvería al estado de

naturaleza

B) Relativas : (tiene alguna función práctica):

1) Prevención General: La sociedad como destinataria

Negativa: Atemorizar a la población vulnerable . Lógica de mercado. Se dirige a

quienes no delinquieron para que no lo hagan. Gravedad de hecho Lógica de

mercado

Positiva: Mantener fidelidad al derecho. Se reconoce que no retribuye ni repara,

solo ocasiona un daño

2) Prevención Especial: Se dirige a quien delinquió para que reincida. Efecto

criminógeno y deteriorante . Fracaso de las ideologías.

Son verdaderas?TEORIA NEGATIVATEORIA NEGATIVA: : Acto Político Irracional de poder

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Estadísticas AÑO 2008

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Fuente: Dirección Nacional de Política Criminal – Ministerio de Justicia de la Nación - 2009

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Fuente: Dirección Nacional de Política Criminal – Ministerio de Justicia de la Nación - AÑO 2009

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Fuente: Dirección Nacional de Política Criminarl – Ministerio de Justicia de la Nación - AÑO 2009

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Fuente: Dirección Nacional de Política Criminal – Ministerio de Justicia de la Nación- AÑO 2009

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Estadísticas Año 2008

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Estadísticas Año 2008

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TOTAL PAIS BS AIRES% S/ tot

paisCHACO

% S/ tot pais MENDOZA

% S/ tot pais

SAN JUAN % S/ tot pais SANTA FE % S/ tot pais

DELITOS CONTRA LAS PERSONAS

Homicidios dolosos 2.071 884 42,68 59 2,85 96 4,64 16 0,77 290 14,00Homicidios dolosos en grado de tentativa 779 229 29,40 40 5,13 12 1,54 12 1,54 119 15,28Homicidios culposos en accidentes de tránsito 3.783 1.093 28,89 148 3,91 170 4,49 125 3,30 446 11,79Homicidios culposos por otros hechos 679 164 24,15 43 6,33 56 8,25 2 0,29 95 13,99Lesiones dolosas 137.181 33.704 24,57 2.026 1,48 11.328 8,26 1.788 1,30 13.999 10,20Lesiones culposas en accidentes de tránsito 97.029 26.310 27,12 742 0,76 8.557 8,82 507 0,52 18.972 19,55Lesiones culposas por otros hechos 10.342 1.626 15,72 14 0,14 1.597 15,44 131 1,27 747 7,22Otros delitos contra las personas 22.596 3.551 15,72 251 1,11 1.381 6,11 805 3,56 1.001 4,43Total de delitos contra las personas 274.460 67.561 24,62 3.323 1,21 23.197 8,45 3.386 1,23 35.669 13,00

DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL Y EL HONOR

Delitos contra el honor 624 128 20,51 0 0,00 0 0,00 55 8,81 4 0,64Violaciones 3.276 523 15,96 54 1,65 40 1,22 65 1,98 275 8,39Otros delitos contra la integridad sexual 7.281 879 12,07 229 3,15 646 8,87 124 1,70 561 7,70

Total de delitos c/ la integridad sexual y el honor 11.181 1.530 13,68 283 2,53 686 6,14 244 2,18 840 7,51

DELITOS CONTRA LA LIBERTAD

Amenazas 113.628 33.330 29,33 2.478 2,18 2 0,00 1.574 1,39 14.249 12,54Otros delitos contra la libertad 25.395 1.327 5,23 63 0,25 5.311 20,91 32 0,13 779 3,07Total de delitos c/ la libertad 139.023 34.657 24,93 2.541 1,83 5.313 3,82 1.606 1,16 15.027 10,81

DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD

Robos y tentativas de robo 367.681 59.560 16,20 7.113 1,93 35.519 9,66 7.215 1,96 38.215 10,39Hurtos y tentativa de hurto 264.797 40.642 15,35 10.794 4,08 25.771 9,73 10.929 4,13 18.469 6,97Otros delitos contra la propiedad 79.509 11.909 14,98 2.108 2,65 8.927 11,23 1.128 1,42 7.974 10,03Total de delitos contra la propiedad 711.987 112.111 15,75 20.015 2,81 70.217 9,86 19.272 2,71 64.658 9,08

DELITO CONTRA EL ESTADO Y LA COMUNIDAD

Contra la seguridad pública 5.421 767 14,15 343 6,33 1.116 20,59 83 1,53 772 14,24Contra el orden público 1.815 702 38,68 1 0,06 72 3,97 427 23,53 81 4,46Contra la seguridad de la nación 112 5 4,46 1 0,89 16 14,29 38 33,93 0 0,00Contra poderes públicos y el orden constituc 767 26 3,39 14 1,83 28 3,65 36 4,69 1 0,13Contra la administración pública 13.258 3.033 22,88 254 1,92 1.239 9,35 39 0,29 1.583 11,94Contra la fe pública 4.249 1.093 25,72 126 2,97 192 4,52 53 1,25 106 2,49Total de delitos c/ el estado y la comunidad 25.622 5.626 21,96 739 2,88 2.663 10,39 676 2,64 2.543 9,93

DELITOS CONTRA EL ESTADO CIVIL 9266 50 0,54 1 0,01 8 0,09 3 0,03 0 0,00ESTUPEFACIENTES (LEY 23.737) 23.638 9.372 39,65 361 1,53 287 1,21 57 0,24 1.079 4,56OTROS DELITOS PREVISTOS EN LEYES ESP 23.066 9.920 43,01 376 1,63 255 1,11 487 2,11 119 0,52

TOTAL HECHOS DELICTUOSOS 1.218.243 240.827 19,77 27.639 2,27 102.626 8,42 25.731 2,11 119.935 9,84

Fuente: Dirección Nacional de Política Criminal – Ministerio de Justicia de la Nación

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Población detenida por Sexo

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Población detenida por Nacionalidad

Estadísticas AÑO: 2008

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Población detenida por SexoPoblación detenida por Estado Civil

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Población detenida por Nivel de Instrucción

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Población detenida por Situación Laboral

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Población detenida. Capacitación Laboral al ingresar

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Población detenida. Último lugar de residencia

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Estadísticas AÑO 2008

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Primera condena a prisión que no exceda de 3 años.

Perpetua 35 años, Más de 3 años: 2/3, Menos de 3 años: 8 meses . No a reincidentes (non bis in idem?), violación seguida de muerte, homicidio criminis causa.

Por imputación de delito cuyo máximo no exceda de 3 años

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Ley de Facto 22.278, acento inquisitivo

No se aplican penas sino “medidas tutelares educativas y formadoras”

No son penalmente responsables hasta los 16 años (pueden o no ser imputables opera causa exclusión de la pena)

El juez puede “disponer” del menor hasta los 21años

Entre 16 y 18 años sometidos a la ley penal por delitos leves (condena después de los 18 años)

Convención Internacional de los Derechos del Niño, Garantías Mínimas

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- CONSEJOS DEPARTAMENTALES

- FOROS VECINALES

- CONSEJO ASESOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

- INSPECCION GENERAL DE SEGURIDAD

- COORDINADOR DE SEGURIDAD

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MinistroMinistro: conducción orgánica y funcional

Director de PolicíaDirector de Policía: conducción operativa y táctica

Ocho policías: Ocho policías: seis policías distritales, una policía vial y una policía en función judicial

INSTITUCIÓN CIVILINSTITUCIÓN CIVIL

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Defensa Nacional: Ley 23554 Responde a agresiones externas .

Protege soberanía, integridad territorial: FFAA, Gendarmería, Prefectura Naval. No puede intervenir en Seguridad Interior . Doctrina Seguridad Nacional Enemigo Interno

Seguridad Interior: Ley 24059 Protección vida, libertad y propiedad de los habitantes. Policías Provinciales, Policía Federal, Prefectura Naval, Gendarmería.

ARTICULO 23°: El empleo de las fuerzas de seguridad y policiales nacionalesfuera del ámbito de las normas que reglan la jurisdicción federal estará estrictamente sujeto al cumplimiento de alguno de los siguientes supuestos:a) Cuando estén en peligro colectivo la vida, la libertad y el patrimonio de los habitantes de una región determinada;b) Cuando se encuentran gravemente amenazados en todo el país o en una región determinada del mismo, los derechos y garantías constitucionales o la plena vigencia de las instituciones del sistema representativo, republicano y federal; c) En situación de desastre según los términos que norman la defensa civil. ARTICULO 24°: Producidos los supuestos contemplados en el artículo precedente, el gobernador de la provincia donde los hechos tuvieren lugar podrá requerir al Ministerio del Interior el concurso de los cuerpos policiales y fuerzas de seguridad del Estado nacional,

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ASISTIMATICIDAD, DESPROPORCION, BANALIZACION, HIPERTROFIA, en definitiva:

RECURSO POLITICO INCONSTITUCIONAL

NO RESUELVE CONFLICTO SOCIALES ej.: BRUJERIA, ALCOHOL, VAGANCIA, DROGAS, TERRORISMO, POBREZA

- Robo calificado con arma, menor, sin lesiones: más pena que homicidio simple.

- Si un reincidente lleva o tiene un arma: más grave que usarla y lesionar

- Tres abigeatos por parte del cuidador acompañado de un menor: más pena que asesinar al dueño del campo

- Prescripción: Perpetua a los 20 años, 8 robos a los 48 años

- Hurto con escalonamiento acompañado por un menor, rompiendo cerradura, de 4 a 13 años. Estafa millonaria, de 1 a 6 años

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RADBRUCH: “no más Derecho Penal sino algo mejor que el Derecho Penal”

SINCERAMIENTO DISCURSO

EDUCACION, TRABAJO, INCLUSIÓN

GESTIÓN PUBLICA (recursos humanos y materiales)

INFRAESTRUCTURA

PENAS ALTERNATIVAS

MODELO REPARADOR

SERVICIO CIVIL

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Muchas GraciasMuchas Gracias

Mendoza, junio 2.010