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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

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INTRODUCCIÓN

La industria de la construcción, si bien es uno de los principales motores de la economía actual, sector dinamizador del país, gran fuente laboral ya que integra otras actividades complementarias (directas, indirectas o especializadas) encierra a la vez muchos riesgos, debido a los accidentes que se presentan durante la edificación o al término de la obra que les pueden producir hasta la muerte.Entre las principales causas de los accidentes durante la construcción tenemos:

- Movimientos y prácticas peligrosas (imprudencia, prisa o distracción).

- Elementos de protección inexistentes o deficientes (mal construidos o sin vestimenta apropiada.

- Condiciones desfavorables (desorden, inestabilidad, falta de señalización, etc).

En Octubre del 2003, la Encuesta Empresarial Publi Market recabo información acerca de la actividad de la seguridad en la construcción en donde se noto que:

- El 73% de los accidentes causa contusiones, cortaduras, fracturas o aplastamientos.

- El 52.7% de las condiciones peligrosas de trabajo las causa la ausencia de una adecuada protección personal.

- El 48.6% de los accidentes ocurren durante la cimentación y los trabajos de estructuras.

- El 78.2% de los trabajadores no usa casco.

- El 77.6% de los trabajadores no usa cinturón de seguridad.

- El 57.8% de los trabajadores no usa protección de manos.

- El 86.7% de los trabajadores no usa protección de pies.

- El sector construcción es una de las actividades que tiene el menor porcentaje de protección auditiva y respiratoria.

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- El 56% de los trabajadores nunca ha recibido una charla sobre seguridad durante la obra.

- El 42% afirma tener poco conocimiento de las Normas Básicas de Seguridad durante la Obra.

REGISTRO SINDICAL DE ACCIDENTES MORTALES E INCAPACITANTES EN CONSTRUCCIÓN CIVIL AÑOS 2000 – 2007

FALLECIDOS E INVALIDOS TOTAL AÑO 2000TOTAL FALLECIDOS : 17TOTAL INVALIDOS : 02

FALLECIDOS E INVALIDOS TOTAL AÑO 2001TOTAL FALLECIDOS : 24TOTAL INVALIDOS : 11

FALLECIDOS E INVALIDOS TOTAL AÑO 2002TOTAL FALLECIDOS : 20TOTAL INVALIDOS : 13

FALLECIDOS E INVALIDOS TOTAL AÑO 2003TOTAL FALLECIDOS : 15TOTAL INVALIDOS : 03

FALLECIDOS E INVALIDOS TOTAL AÑO 2004TOTAL FALLECIDOS : 16TOTAL INVALIDOS : 07

FALLECIDOS E INVALIDOS TOTAL AÑO 2005TOTAL FALLECIDOS: 26TOTAL INVALIDOS : 08

FALLECIDOS E INVALIDOS TOTAL AÑO 2006TOTAL FALLECIDOS : 30TOTAL INVALIDOS : 02

Fuente: Federación de Trabajadores de Construcción Civil en el Perú

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La Autoconstrucción en el Perú es una de las actividades con mayor demanda entre las familias.

Si bien ésta es una respuesta de la propia sociedad para resolver la falta de infraestructura, también se ha convertido en una de las actividades con mayores riesgos para la salud de las personas debido a la falta de asistencia técnica en muchas de éstas edificaciones.

CONCLUSIÓN

Gran parte de los riesgos y accidentes que surgen de las actividades en la construcción son el resultado de una falta de planificación o información de los mismos incumpliendo así las normas de seguridad preventivas.

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SEGURIDAD DURANTE LA CONSTRUCCION

CAPITULO I

GENERALIDADES

Artículo 1º.- OBJETO

La presente Norma especifica las consideraciones mínimas indispensables de seguridad a tener en cuenta en las actividades de construcción civil. Asimismo, en los trabajos de montaje y desmontaje, incluido cualquier proceso de demolición, refacción o remodelación.

Artículo 2º.- CAMPO DE APLICACIÓN

La presente Norma se aplica a todas las actividades de construcción, es decir, a los trabajos de edificación, obras de uso público, trabajos de montaje y desmontaje y cualquier proceso de operación o transporte en las obras, desde su preparación hasta la conclusión del proyecto; en general a toda actividad definida en el Gran Grupo 2, Gran Grupo 3, Gran Grupo 7, Gran Grupo 8 y Gran Grupo 9, señaladas en la CLASIFICACION INTERNACIONAL UNIFORME DE OCUPACIONES - CIUO - 1988.

Artículo 3º.- DEFINICIONES

Para los propósitos de esta Norma se aplican las siguientes definiciones:

3.1 Andamio: Estructura provisional con estabilidad, fija, suspendida o móvil, y los componentes en el que se apoye, que

sirve de soporte en el espacio a trabajadores, equipos, herramientas y materiales, con exclusión de los aparatos elevadores.

3.2. Aparato elevador: Todo aparato o montacargas, fijo o móvil, utilizado para izar o descender personas o cargas.

3.3. Accesorio de izado: Mecanismo o aparejo por medio del cual se puede sujetar una carga o un aparato elevador pero que no es parte integrante de éstos.

3.4. Construcción: Abarca las siguientes acepciones: Edificación, incluidas las excavaciones y las construcciones provisionales, las transformaciones

estructurales, la renovación, la reparación, el

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mantenimiento (incluidos los trabajos de limpieza y pintura), y la demolición de todo tipo de edificios y estructuras. Obras de uso y servicio público: movimiento de tierras, trabajos de demolición, obras viales, cunetas, terminales, intercambios viales, aeropuertos, muelles, puertos, canales, embalses, obras pluviales y marítimas (terminales, refuerzos rompeolas), carreteras y autopistas, ferrocarriles, puentes, túneles, trabajos de subsuelo, viaductos y obras relacionadas con la prestación de servicios como: comunicaciones, desagüe, alcantarillado y suministro de agua y energía. Montaje electromecánico, montaje y desmontaje de edificios y estructuras de elementos prefabricados. Procesos de preparación, habilitación y transporte de materiales.

3.5. Empleador: Abarca las siguientes acepciones: Persona natural o jurídica que emplea uno o varios trabajadores en una obra, y según el caso: el propietario, el contratista general, subcontratista y trabajadores independientes.

3.6. Entibaciones: Apuntalar con madera las excavaciones que ofrecen riesgo de hundimiento.

3.7. Estrobos: Cabo unido por sus chicotes que sirve para suspender cosas pesadas.

3.8. Eslingas: Cuerda trenzadas prevista de ganchos para levantar grandes pesos.

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3.9. Lugar de trabajo: Sitio en el que los trabajadores deban laborar, y que se halle bajo el control de un empleador.

3.10. Obra: Cualquier lugar o jurisdicción en el que se realice alguno de los trabajos u operaciones descritas en el Artículo 3 (3.4).

3.11. Persona competente: Persona en posesión de calificaciones adecuadas, tales como una formación apropiada, conocimientos y experiencia para ejecutar funciones específicas en condiciones de seguridad.

3.12. Representante de los trabajadores (o del empleador): Persona elegida por las partes y con conocimiento de la autoridad oficial de trabajo, autorizada para ejecutar acciones y adquirir compromisos establecidos por los dispositivos legales vigentes, en nombre de sus representados. Como condición indispensable debe ser un trabajador de construcción que labore en la obra.

3.13. Trabajador: persona empleada en la construcción.

Artículo 4º.- INSPECCIÓN DEL TRABAJO

Para los efectos del control de cumplimiento de la presente Norma se aplicará lo dispuesto en la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador – Decreto Legislativo N° 910, del dieciséis del marzo del dos mil uno.

La Inspección es fruto del nacimiento del Derecho del Trabajo y de la constatación de la necesidad de garantizar su cumplimiento mediante la coerción pública.

En España el servicio de la Inspección de Trabajo se crea por Real Decreto de 1 de marzo de 1906, como órgano técnico encuadrado en el Instituto de Reformas Sociales, que constituye la primera organización administrativa propiamente laboral.

Con la creación de la Organización Internacional del Trabajo en 1919, el Tratado de Versalles proclama en todo el mundo la necesidad de que cada

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Estado tenga organizado un servicio de inspección, con objeto de asegurar la aplicación de las leyes y reglamentos para la protección de los trabajadores.

El sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se regula por la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Ley 42/1997 de 14 de noviembre y el Reglamento aprobado por Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero.

La actividad inspectora se realiza por funcionarios pertenecientes al Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, cuya situación jurídica y condiciones de servicio han de garantizar la independencia técnica, objetividad e imparcialidad prevista en los convenios 81 y 129 de la O.I.T.

Las funciones de inspección de apoyo, colaboración y gestión se desarrollan por los funcionarios del cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social.

La organización del sistema se estructura sobre la base de una Autoridad central y, territorialmente, en Inspecciones Provinciales, agrupadas en cada Comunidad Autónoma, cuya organización está supeditada a los principios de concepción única e integral del sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La colaboración, coordinación y cooperación entre las distintas Administraciones se encomienda a la Conferencia Sectorial de Asuntos Laborales y las Comisiones Territoriales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El ámbito de actuación de la Inspección se extiende a las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas y a las comunidades de bienes, como sujetos obligados o responsables del cumplimiento de las normas de orden social, ámbito más amplio que el estricto referido al empleador como sujeto de la relación laboral.

Este ámbito abarca a: las empresas, centros de trabajo y lugares donde se ejecuta la relación laboral, incluidos los regidos o administrados por las Administraciones públicas o entidades de Derecho público. Los vehículos y medios de transporte e instalaciones auxiliares en los que se preste trabajo, incluidos puertos, aeropuertos, y puntos de salida, escala y destino en España, en lo relativo a viajes de emigración y migración interior. Entidades y empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social, así como las entidades públicas y privadas colaboradoras en materia de protección y promoción social. Sociedades cooperativas, en relación con su constitución, funcionamiento y cumplimiento de las normas de orden social en relación con sus socios trabajadores.

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Se exceptúan los centros de trabajo, establecimientos, locales e instalaciones cuya vigilancia esté legalmente atribuida a otros órganos de las Administraciones Públicas, que se rigen por su normativa específica.

La actuación de la Inspección se inicia de oficio, bien por propia iniciativa del inspector, orden superior o a petición de determinados órganos o instituciones o previa denuncia, cuya acción es pública, debiendo identificarse el denunciante.

Se realiza mediante visita a los centros o lugares de trabajo, sin necesidad de aviso previo, mediante requerimiento de comparecencia ante el funcionario actuante de quien resulte obligado, aportando la documentación que se señale en cada caso para efectuar las aclaraciones pertinentes, y en virtud de expediente administrativo cuando el contenido de su actuación permita iniciar y finalizar aquélla, tras cuya actuación, el funcionario actuante ha de extender diligencia en el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que debe existir en cada centro de trabajo.

Artículo 5º.- REQUISITOS DEL LUGAR DE TRABAJO

5.1. Consideraciones Generales

El lugar de trabajo debe reunir las condiciones necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores.

Se mantendrá en buen estado y convenientemente señale las vías de acceso a todos los lugares de trabajo.

El empleador programará, delimitará desde el punto de vista de la seguridad y la salud del trabajador, la zonificación del lugar de trabajo en la que se considera las siguientes áreas:

Área administrativa. Área de servicios (SSHH, comedor y vestuario). Área de operaciones de obra. Área de preparación y habilitación de materiales y elementos

prefabricados. Área de almacenamiento de materiales. Área de parqueo de equipos. Vías de circulación peatonal y de transporte de materiales. Guardianía. Área de acopio temporal de desmonte y de desperdicios.

Asimismo se deberá programar los medios de seguridad apropiados, la distribución y la disposición de cada uno de los elementos que los componen dentro de los lugares zonificados.

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Se adoptarán todas las precauciones necesarias para proteger a las personas que se encuentren en la obra y sus inmediaciones, de todos los riesgos que puedan derivarse de la misma.

El ingreso y tránsito de personas ajenas a la obra deberá ser utilizando el equipo de protección personal necesario, y será reglamentado por el responsable de Seguridad de la Obra.

Se debe prever medidas para evitar la producción de polvo en la zona de trabajo, con la aplicación de paliativos de polvos y en caso de no ser posible utilizando equipos de protección personal y protecciones colectivas.

5.2. Instalaciones Eléctricas Provisionales

Las Instalaciones eléctricas provisionales por la obra deberán ser ejecutadas y mantenidas por personal calificado.

Toda obra deberá contar con « Línea de Tierra» en todos los circuitos eléctricos provisionales, deberá descargar en un pozo de tierra según lo establecido en el Código Nacional Electricidad.

5.3. Primeros Auxilios

El empleador será responsable de garantizar en todo momento la disponibilidad de medios adecuados y de personal de rescate con formación apropiada para prestar primeros auxilios. Teniendo en consideración las características de la obra, se dispondrán las facilidades necesarias para garantizar la atención inmediata, y la evacuación a centros hospitalarios de las personas heridas o súbitamente enfermas.

MANUAL CURSO PRIMEROS AUXILIOS BÁSICOS Y RCP

Caídas.

Una de las consideraciones cuando se sospecha de un accidente por caída, son los daños a la cabeza y/o la columna. Por esta razón la víctima no se debe mover y es sumamente importante tener en cuenta que una víctima de una caída puede haber sufrido fracturas y/o heridas como resultado del accidente. La víctima debe ser supervisada por 24 horas, pues los síntomas y signos pueden aparecer varias horas después.

Signos y síntomas:• Trauma.

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• Dolor severo de cabeza/ espalda.• Vómitos.• Confusión, inhabilidad para ubicarse.• Cambios de personalidad, inconsciencia.• Dificultades del habla, respiraciones cortas y superficiales.• Convulsiones.• Sed, parálisis, frío.

PAB PARA CAIDAS.• Verifique el estado de conciencia, abra vía aérea, verifique si respira y si hay sangrado importante.• Llame para pedir Ayuda.• Mantenga a la víctima en la posición en que la encontró. (a no ser que no esté respirando)• Trate las heridas si están sangrando.• Asegure que esté respirando y mantenga la vía aérea abierta, especialmente si está vomitando o sangrando por la boca.• Cubra a la víctima y manténgala cómoda.

Si la víctima se encuentra en peligro y es necesario girarla, se debe hacer como una unidad, o sea soportando la cabeza, las piernas y la columna.

LAS HEMORRAGIAS.

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Las hemorragias pueden poner en riesgo la vida de la víctima, es importante lograr detenerlas con la mayor rapidez posible. Una pérdida rápida de sangre puede llevar a un shock y la muerte. Las hemorragias pueden ser externas e internas.

Hemorragia Externa Leve:• La hemorragia es visible• Colóquese elementos de protección.• Exponga y vea la herida.• Limpie la herida con agua y jabón.• Coloque una gasa esterilizada sobre la herida o un sustituto limpio.• Levante la herida sobre el nivel del corazón.• Inmovilice la extremidad en la cual se encuentra la herida.

Hemorragia Externa Grave:• Llame al Servicio Médico de Emergencia.• Colóquese elementos de protección.• No remueva los elementos punzo penetrantes.• Coloque una gasa esterilizada sobre la herida y haga presión.• Haga presión sobre la arteria femoral o braquial según sea el caso.• Levante la herida sobre el nivel del corazón.

Síntomas y Signos de las Hemorragias Internas• La hemorragia no es visible.• Pulso rápido.• Piel fría y húmeda.

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• Pupilas dilatadas.• Paciente refiere sed.

Posición de Shock.

PAB Para Hemorragias Internas Llame al Servicio Médico de Emergencia Verifique el nivel de conciencia, abra la vía aérea, verifique si respira. Si

la víctima pierde consciencia, puede ser necesario comenzar RCP.

QUEMADURAS.

Las quemaduras se pueden clasificar en solares, químicas, eléctricas y por fuego. Las actividades al aire libre nos exponen constantemente al sol por lo tanto las quemaduras solares son las más comunes en estas actividades.

Las quemaduras se evalúan según el grado de afección que tienen los tejidos:Las de Primer grado son las que afectan a la capa exterior de la piel.Las de Segundo grado se extienden por la capa exterior y penetran en la capa interior.Las de Tercer grado son las más graves y se extienden a través de todas las capas de la piel y en otros tejidos como son los tejidos adiposos, músculos y huesos.

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PAB - Quemaduras de Primer Grado• Aplique agua fría.• Cubra con una gasa esterilizada.

PAB - Quemaduras de 2° Grado• Mantenga el área afectada sumergida en agua.• Seque la herida con algún elemento esterilizado.• Traslade o llame al Servicio Médico de Emergencia.

PAB - Quemaduras de 3° Grado• Cubra la herida con elementos esterilizados.• Controle el nivel de conciencia, abra la vía aérea, verifique si respira. Si la víctima pierde consciencia, puede ser necesario comenzar RCP.• Traslade o llame al Servicio Médico de Emergencia.Evite las Siguientes Acciones:• Aplicar manteca, margarina, mantequilla o aceites comestibles y salsa de tomate.• Abrir las ampollas.• Remover los tejidos.• Remover la ropa quemada que esta pegada a la herida.• Aplicar hielo.

PAB - Quemaduras Químicas• Utilizar protección, si es posible facial.• Lavar con abundante agua.• Remueva la ropa, reloj y joyas.• Traslade o llame al Servicio Médico de Emergencia.

Quemaduras Eléctricas o ElectrocuciónLas Exposiciones a choques eléctricos pueden causar lesiones y daños graves, pueden perturbar el ritmo cardíaco, causar un paro cardíaco, quemaduras y otras lesiones.La Electrocución es uno de los rescates más peligrosos para el rescatador, debido a la presencia de la corriente eléctrica. Si sospecha que la víctima está recibiendo electricidad de alto voltaje no se le acerque, pues la electricidad puede hacer un arco desde la víctima hasta usted. Mantenga una distancia de 7-8 metros /20-25 pies.

PAB - Quemaduras Eléctricas

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Evalúe el accidente. Interrumpa o desconecte la corriente. No toque los cables ni la víctima. Acérquese cuando no hayan riesgos. Utilice algún elemento no conductor para tocar al accidentado. Controle el nivel de conciencia, abra la vía aérea, verifique si respira. Si

la víctima esta inconsciente, puede ser necesario comenzar RCP. Traslade o llame al Servicio Médico de Emergencia.

Síntomas y Signos de Electrocución• Quemaduras donde “entró y salió” la electricidad, olor de ropa o piel quemada.• Dolor de cabeza, músculos o extremidades, mareo.• Sentido de haber sido sacudido severamente, fatiga.• Falta de respiración.

Evite Las Siguientes Acciones:Mover a la víctima a no ser necesario para salvar su vida o protegerse.Acercarse a la víctima antes de interrumpir la fuente de energía eléctrica

FRACTURAS

Las fracturas ocurren cuando el hueso sufre una presión mayor de lo que puede soportar y se fractura. Puede suceder como resultado de un golpe o trauma.

Clasificación:• Fractura Simple– Solo se observa una deformación.

• Fractura Expuesta o Compuesta– El hueso rompe la piel.– El hueso puede ser fracturado o completamente roto y penetrar la piel.

• Dislocación.– El hueso es sacado de su lugar. Cuando esto ocurre, casi siempre los ligamentos son desgarrados.

Signos y síntomas de las Fracturas.• Dolor Concentrado en el área específica donde fue golpeada.• Hinchazón y deformación.• Hueso penetrando la piel.

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PAB Fracturas.• Llame para pedir ayuda.• Verifique el nivel de conciencia, abra la vía aérea, verifique si respira. Si es necesario comience con RCP.• Inmovilice el área en la cual se sospecha la existencia de una fractura.• Inmovilizar o entablille la fractura.

Para entablillar, recuerde que puede usar cualquier elemento que no se deforme, ajustándolo con la ropa o un pedazo de ésta.Cualquier movimiento innecesario puede aumentar la gravedad de la lesión

También se puede inmovilizar una pierna fracturada atándola a la pierna no lesionada. Cartones duros, listones de madera, son algunos de los elementos que se pueden usar para inmovilizar.

Evite Las Siguientes Acciones• Mover a la víctima antes que la herida sea inmovilizada.• Tratar de estirar el hueso o las articulaciones.• Dar de comer o de beber a la víctima.

HERIDAS OCULARES

Los ojos de por sí, son muy delicados y complejos. Las heridas a los ojos, merecen una atención especial para no causar daños mayores, los cuales pueden resultar en pérdida parcial o completa de la vista de la víctima.

Signos y síntomas de heridas oculares.• Arañazos, golpes, ojos rojizos.• Dolor en o alrededor del ojo.• Lagrimeo, dolor cuando se dirigen a la luz.• Visión limitada, dolor de cabeza.• Pupilas de distintos tamaños o no responden a la luz.• Llame para pedir ayuda.• Lave sus manos con jabón antiséptico antes de tocar el área herida o el ojo.• Si dentro del ojo hay alguna materia como polvo, enjuague el ojo con agua abundante.

Si no puede sacar el objeto al enjuagar con agua limpia, si el objeto esta penetrando el ojo o si ha experimentado una quemadura (por fuego o química) y al enjuagar no se alivia, es necesario que ambos ojos, aunque solo uno haya sufrido la herida, sean cubiertos cautelosamente con un vendaje limpio (no con algodón; este puede irritar más la herida) y trasladar a la víctima a un Médico o a un Hospital.

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El cubrir ambos ojos previene que la víctima mueva ambos ojos y cause mayores daños.

Evite Las Siguientes Acciones• Que la víctima se restriegue el ojo.• Remover objetos penetrados en el ojo.• Utilizar instrumentos metálicos cerca del ojo (la víctima puede moverse)• Usar materiales (como un trapo) para sacar partículas que estén dentro del ojo.

5.4. Servicios de Bienestar

En el área asignada para la obra, se dispondrá, en función del número de trabajadores y de las características de la obra:

Suministro de agua potable. Servicios higiénicos para hombres y para mujeres. Duchas y lavatorios para hombres y para mujeres. Vestidores para hombres y para mujeres. Comedores. Área de descanso (de acuerdo al espacio disponible de la obra).

Para obras ubicadas y fuera del radio urbano, y según sus características, el empleador establecerá las condiciones para garantizar la alimentación de los trabajadores, tanto en calidad como higiene.

5.5. Comité de Seguridad

En toda obra se formará el comité de seguridad que estará presidido por el responsable, según al siguiente detalle:

Obra de autoconstrucción: el responsable de la obra es el propietario o el maestro de obra.

Obra por contrato:o Hasta 20 trabajadores, el profesional responsable.o De 20 a 100 trabajadores el profesional responsable y el

representante de los trabajadores.o Más de 100 trabajadores: Un ingeniero especialista en seguridad,

el ingeniero responsable y representante de los trabajadores.

5.6. Información y Formación

Se facilitará a los trabajadores:

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Información sobre los riesgos de seguridad y salud por medio de vitrinas de información general, folletos, avisos gráficos, etc.

Instrucción para prevenir y controlar los riesgos de accidentes. Manuales de seguridad que ayuden a prevenir y controlar los riesgos de

accidentes.

5.7. Señalización

Se deberán señalizar los sitios indicados por el responsable de seguridad, de conformidad a las características de señalización de cada caso en particular. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, etc.) se mantendrán, modificarán y adecuarán según le evolución de los trabajos y sus riegos emergentes.

Las señales deberán cumplir lo indicado en el Código Internacional de Señales de Seguridad

DEFINICION:

Indican prohibición, reglas y/o normas que deben acatarse para evitar situaciones de riesgo

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DEFINICION:

Estas señales son utilizadas para indicar situaciones riesgosas, que tienen altas probabilidades de muerte y/o lesiones serias.

DEFINICION:

Estas señales son utilizadas para indicar situaciones riesgosas, con alguna probabilidad de muerte y/o lesiones serias.

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DEFINICION:

Estas señales son utilizadas para indicar situaciones riesgosas, que podrían en daños menores o moderados.

DEFINICION:

Estas señales son utilizadas para demarcas el lugar de elementos necesarios para ayudar a enfrentar una emergencia. También son utilizadas para indicar salidas de emergencias y rutas de evacuación.

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DEFINICION:

Estas señales son utilizadas para notificar políticas de seguridad, higiene, orden y condiciones de trabajo de la compañía. No están asociadas con situaciones riesgosas y no son remplazo de señalizaciones preventivas

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DEFINICION:

Estas señales son utilizadas para comunicar claramente la ubicación de elementos para el control de incendios, también son utilizadas para identificar instructivos para el correcto uso y manejo de los extintores.

DEFINICION:

Este tipo de señalización significa voz de mando, es decir obligatoriedad para utilizar los elementos de protección personal en la realización de determinados trabajos y/o para el ingreso a ciertas áreas.

DEFINICION:

Es un sistema estándar para la identificación de riesgos en cuanto a la salud,

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inflamabilidad, reactividad y riesgos especiales de las diferentes sustancias y/o materiales que se puedan manejar en el desarrollo de sus actividades. Este sistema fue diseñado por la NFPA (National Fire Protection Agency)

RIESGO A LA SALUD

4. EXTREMA: Extremadamente Tóxico. Puede serfatal a una corta exposición.3. SERIO: Toxico. Evite la inhalación o el contactocon la piel.2. MODERADO: Moderadamente toxico. Puede serpeligroso si es inhalado o ingerido1. LIGERO: Ligeramente toxico. Puede causar unaligera irritación. 0. MINIMO: Todos los químicos tienen algún gradotoxico.

  RIESGO DE REACTIVIDAD

4. EXTREMA: Capaces de detonar o reaccionar por si solos a temperatura y presión normales.3. SERIO: Capaces de detonar mediante golpes o calentamiento.2. MODERADO: Materiales con posibles cambios químicos (inestables), pero no son detonantes.1. LIGERO: Materiales estables que pueden ser inestables a temperatura y presión elevadas opueden reaccionar con agua.0. MINIMO: Materiales estables normalmente

  RIESGO DE INFLAMABILIDAD

4. EXTREMA: Materiales Extremadamente inflamables que rápidamente se evaporan y se inflaman a temperatura ambiente.3. SERIO: Materiales que encienden o arden a temperatura ambiente.2. MODERADO: Materiales que deben ser expuestos a temperatura más alta que la del ambiente para que puedan arder.1. LIGERO: Materiales que deben ser precalentados para arder o quemarse.0. MINIMO: Materiales que no se queman

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RIESGO ESPECIFICO .

NO APAGAR CON AGUA ACIDO, sustancia radiactiva con el aguaOXIDO, sustancia peligrosa por ser muy oxidante.

ALKALINORADIOACTIVO

DEFINICION:

Este tipo de señales es utilizado para proporcionar instrucciones e información vital para el acceso a cualquier área y/o identificación de rutas de evacuación, salidas de emergencia, Ubicación de elementos para enfrentar emergencias, entre otros.

Las señales son diseñadas de acuerdo a sus necesidades, implementando todas las normas internacionales y nacionales vigentes en su país

DEFINICION:

Este tipo de señalización identifica las tuberías de acuerdo a la Norma internacional ANSI A13.1 - 1981, por donde circulan diferentes materiales o sustancias que conviene resaltar con el fin de prevenir accidentes en procesos industriales.

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DEFINICION:

Este tipo de señales está diseñado para la identificación de áreas con limitaciones de algún tipo, en donde es necesario advertir a los vehículos o transeúntes las precauciones que deben tomar. Estas señales se arman en el sitio y son completamente portátiles, fáciles de manipular y transportar de un sitio a otro.

DEFINICION:

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Este tipo de señales esta diseñado para limitación de áreas en donde es necesario advertir a los transeúntes las condiciones con las que se pueden encontrar. Estas señales son tipo tijera, completamente portátiles, fáciles de manipular y transportar de un sitio a otro.

Las señales son diseñadas de acuerdo a sus necesidades, implementando todas las normas internacionales y nacionales vigentes en su país.

DEFINICION:

Esta señalización es necesaria para el manejo, almacenamiento y transporte seguro de productos químicos de acuerdo a las Normas NTC 1692 (para Colombia), las recomendaciones de las Naciones Unidas y el Sistema de Identificación de Riesgos de la NFPA.

DEMARCACION HORIZONTAL

Indican zonas de Protección, áreas de cuidado al pasar, Sistemas de

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prevención de incendios y zonas peatonales. Se utilizan cintas autoadhesivas y/o pintura de tráfico para pisos en concreto rígido y/o sfalto.

Para las obras en la vía pública deberá cumplirse lo indicado por la normativa vigente «Manual de dispositivos de Control de Transito Automotor para Calles y Carreteras» RM. N° 413-93-TCC-15-15 del 13 de octubre de 1993, del Ministerio de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción.

5.8. Orden y Limpieza

La obra se mantendrá constantemente limpia, para lo cual se eliminarán periódicamente los desechos y desperdicios, los que deben ser depositados en zonas específicas señaladas y/o en recipientes adecuados debidamente rotulados.

Artículo 6º.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD

Toda obra de construcción, deberá contar con un Plan de Seguridad y Salud que garantice la integridad física y salud de sus trabajadores, sean estos de contratación directa o subcontrata y toda persona que de una u otra forma tenga acceso a la obra.

El plan de seguridad y salud, deberá integrarse al proceso de construcción.

6.1. Estándares de Seguridad y Salud y Procedimientos de Trabajo

Previo a la elaboración de estándares y procedimientos de trabajo, se deberá hacer un análisis de riesgos de la obra, con el cual se identificarán los peligros asociados a cada una de las actividades y se propondrán las medidas preventivas para eliminar o controlar dichos peligros. Luego se identificarán los riegos que por su magnitud, sean considerados «Riegos Críticos» los mismos que deberán ser priorizados y atendidos en forma inmediata.

6.2. Programa de Capacitación

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El programa de capacitación deberá incluir a todos los trabajadores de la obra, profesionales, técnicos y obreros, cualquiera sea su modalidad de contratación. Dicho programa deberá garantizar la transmisión efectiva de las medidas preventivas generales y específicas que garanticen el normal desarrollo de las actividades de obra, es decir, cada trabajador deberá comprender y ser capaz de aplicar los estándares de Seguridad y Salud y procedimientos de trabajo establecidos para los trabajos que le sean asignados.

6.3. Mecanismos de Supervisión y Control

La responsabilidad de supervisar el cumplimiento de estándares de seguridad y salud y procedimientos de trabajo, quedará delegada en el jefe inmediato de cada trabajador. El responsable de la obra debe colocar en lugar visible.El Plan de Seguridad para ser presentado a los Inspectores de Seguridad del Ministerio de Trabajo.

Artículo 7º.- DECLARACION DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADESEn caso de accidentes de trabajo se seguirán las pautas siguientes:

7.1. Informe del Accidente

El Responsable de Seguridad de la obra, elevara a su inmediato superior y dentro de las 24 horas de acaecido el accidente el informe correspondiente. Informe de accidentes se remitirá al Ministerio de Trabajo y Promoción Social.

7.2. Formato para Registro de Índices de Accidentes

El registro de índices de accidentes deberá llevarse mensualmente

Aún cuando no se hayan producido en el mes accidentes con perdida de tiempo o reportables, será obligatorio llevar el referido registro, consignando las

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horas trabajadas y marcando CERO en los índices correspondientes al mes y tomando en cuenta estas horas trabajadas para el Índice Acumulativo.La empresa llevará un registro por cada obra y a su vez elaborará un reporte consolidado estadístico de seguridad.

7.3. Registro de Enfermedades Profesionales

Se llevará un registro de las enfermedades profesionales que se detecten en los trabajadores de la obra, dando el aviso correspondiente a la autoridad competente.

Artículo 8º.- CALIFICACION DE LAS EMPRESAS CONTRATISTAS

Para efectos de la adjudicación de obras públicas se deberá considerar dentro de la evaluación de los aspectos técnicos de las empresas postoras el Plan de Seguridad y Salud de la Obra, los índices de Seguridad y el historial del cumplimiento de Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa contratista. Estos aspectos técnicos deberán incidir en forma significativa dentro de la calificación técnica de la empresa contratista. (Ver Anexo 06).

Artículo 9º.- PROTECCION CONTRA INCENDIOS

9.1. Se revisará en forma periódica las instalaciones dirigidas a prever y controlar posibles incendios en la construcción.

El personal de seguridad tomará las medidas indicadas en la Norma NTP 350.043 (INDECOPI): Parte 1 y Parte 2.

9.2. El personal deberá recibir dentro de la charla de seguridad la instrucción adecuada para la prevención y extinción de los incendios consultando la NTP 833.026.1 (INDECOPI)

9.3. Los equipos de extinción se revisarán e inspeccionarán en forma periódica y estarán debidamente identificados y señalizados para su empleo a cualquier hora del día, consultando la NTP 833.034 (INDECOPI).

9.4. Todo vehículo de transporte del personal con maquinaria de movimiento de tierra, deberá contar con extintores para combate de incendios de acuerdo a la NTP 833.032 (INDECOPI).

9.5. Adyacente a los extintores figurará el número telefónico de la Central de Bomberos.

9.6. El acceso a los equipos de extinción será directo y libre de obstáculos.

9.7. El aviso de no fumar se colocará en lugares visibles de la obra.

Artículo 10º.- EQUIPO BÁSICO DE PROTECCION PERSONAL (EPP)

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Todo el personal que labore en una obra de construcción, deberá usar el siguiente equipo de protección personal:

10.1. Ropa de trabajo adecuada a la estación y a las labores por ejecutar (overol o camisa y pantalón o mameluco).

10.2. Casco de seguridad tipo jockey para identificar a la categoría y ocupación de los trabajadores, los cascos de seguridad serán de colores específicos. Cada empresa definirá los colores asignados a las diferentes categorías y especialización de los obreros.

10.3. Zapatos de seguridad y adicionalmente, botas impermeables de jebe, para trabajos en zonas húmedas.

10.4. En zonas donde el ruido alcance niveles mayores de 80dB, los trabajadores deberán usar tapones o protectores de oído. Se reconoce de manera práctica un nivel de 80 dB, cuando una persona deja de escuchar su propia voz en tono normal.

10.5. En zonas expuestas a la acción de productos químicos se proveerá al trabajador de ropa y de elementos de protección adecuados.

10.6. En zonas de gran cantidad de polvo, proveer al trabajador de anteojos y respiradores contra el polvo, o colocar en el ambiente aspersores de agua.

10.7. En zonas lluviosas se proporcionará al trabajador «ropa de agua».

10.8. Para trabajos en altura, se proveerá al trabajador de un cinturón de seguridad formado por el cinturón propiamente dicho, un cabo de manila de diámetro mínimo de 3/4" y longitud suficiente que permita libertad de movimientos al trabajador, y que termine en un gancho de acero con tope de seguro.

10.9. El trabajador, en obras de alturas, deberá contar con una línea de vida, consistente en un cable de cuero de 3/8" o su equivalente de un materia de igual o mayor resistencia.

10.10. En aquellos casos en que se esté trabajando en un nivel sobre el cual también se desarrollen otras labores, deberá instalarse una malla de protección con abertura cuadrada no mayor de 2 cm.

10.11. Los frentes de trabajo que estén sobre 1,50m del nivel del terreno natural, deberán estar rodeados de barandas y debidamente señalizados.

10.12. Los orificios tales como entradas a cajas de ascensor, escaleras o pases para futuros insertos, deberán ser debidamente cubiertos por una plataforma resistente y señalizada.

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10.13. Botiquín. En toda obra se deberá contar con un botiquín .Los elementos de primeros auxilios serán seleccionados por el responsable de la seguridad, de acuerdo a la magnitud y tipo de la obra (ver anexo 1).

10.14. Servicio de primeros auxilios. En caso de emergencia se ubicará en lugar visible un listado de teléfonos y direcciones de las Instituciones de auxilio para los casos de emergencia.

10.15. Para trabajos con equipos especiales: esmeriles, soldadoras, sierras de cinta o de disco, garlopas, taladros, chorros de arena (sandblast), etc., se exigirá que el trabajador use el siguiente equipo:

Esmeriles y taladros: Lentes o caretas de plástico. Soldadora eléctrica: Máscaras, guantes de cuero, mandil protector de

cuero, mangas de cuero, según sea el caso. Equipo de oxicorte: Lentes de soldador, guantes y mandil de cuero. Sierras y garlopas: anteojos y respiradores contra el polvo. Sandblast: máscara, mameluco, mandil protector y guantes.

10.16. Los equipos de seguridad deberán cumplir con normas específicas de calidades nacionales o internacionales.

10.17. Los trabajos de cualquier clase de soldadura se efectuarán en zonas en que la ventilación sobre el área de trabajo sea suficiente para evitar la sobre – exposición del trabajador a humos y gases.

10.18. Los soldadores deberán contar con un certificado médico expedido por un oftalmólogo que garantice que no tiene impedimento para los efectos secundarios del arco de soldadura.

10.19. En los trabajos de oxicorte, los cilindros deberán asegurarse adecuadamente empleando en lo posible cadenas de seguridad. Asimismo, se verificará antes de su uso, las condiciones de las líneas de gas.

NORMA G 050

CAPÍTULO II

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS: CONDICIONES DE SEGURIDAD EN EL DESARROLLO DE UNA OBRA DE CONSTRUCCIÓN

Artículo 11.- ACCESOS, CIRCULACIÓN Y SEÑALIZACIÓN DENTRO DE LA OBRA:

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*Toda obra de edificación contará con un cerco de protección que limite el área de trabajo. Este cerco deberá contar con una puerta con elementos adecuados de cerramiento, la puerta será controlada por un vigilante que registre el ingreso y salida de materiales y personas de la obra.

*El acceso a las oficinas de la obra, deberá preverse en la forma más directa posible desde la entrada, buscando en lo posible que la ubicación de las mismas sea perimétrica. Si para llegar a las oficinas de la obra, fuera necesario cruzar las zonas de trabajo, el acceso deberá estar cubierto para evitar accidentes por la caída de herramientas o materiales.

* El área de trabajo estará libre de todo elemento punzante (clavos, alambres, fierros, etc.) y de sustancias tales como grasas, aceites u otros, que puedan causar accidentes por deslizamiento. Asimismo se deberá eliminar los conductores con tensión, proteger las instalaciones públicas existentes: agua, desagüe, etc.

* La circulación se realizará por rutas debidamente señalizadas con un ancho mínimo de 60 cm.

* El contratista deberá señalar los sitios indicados por el responsable de seguridad, de conformidad a las características de señalización de cada caso en particular. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirena, etc.) se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riegos emergentes.

Los colores usados para la señalización son colores intensos al igual que el contraste entre ellos para una mejor percepción así lograr transmitir la información correctamente.

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SEÑALES DE PROHIBICIÓN:

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SEÑALES DE ADVERTENCIA

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SEÑALES DE OBLIGACIÓN

SEÑALES DE EVACUACIÓN Y EMERGENCIA

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* Se deberá alertar adecuadamente la presencia de obstáculos que pudieran originar accidentes.

* En las horas diurnas se utilizarán barreras, o carteles indicadores que permitan alertar debidamente el peligro.

* En horas nocturnas se utilizarán, complementariamente balizas de luz roja, en lo posible intermitentes.

BALIZA: Una baliza es un objeto señalizador, utilizado para indicar un lugar geográfico o una situación de peligro potencial. En topografía el término balizar se usa para referirse a la acción de ubicar un sitio en relación a otros, fácilmente

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ubicables, que aseguran el poder encontrarlo posteriormente. En navegación suele emplearse el término boya o boya de balizamiento.Una baliza puede ser activa si emite una señal (sea del tipo que sea) o pasiva, si no emite.Tipos de balizas activas:

Emisoras de señales de radio (Satélites GPS). Emisoras de señales ultrasonido (Sónar). Emisoras de señales luminosas (Faro).

* En horas nocturnas queda prohibido colocar balizas de las denominadas de fuego abierto.

* En forma periódica se realizarán charlas y capacitaciones acerca de la seguridad en la obra.

El programa de capacitación deberá incluir a todos los trabajadores de la obra, profesionales, técnicos y obreros, cualquiera sea su modalidad de contratación. Dicho programa deberá garantizar la transmisión efectiva de las medidas preventivas generales y específicas que garanticen el normal desarrollo de las actividades de obra, es decir, cada trabajador deberá comprender y ser capaz de aplicar los estándares de Seguridad y Salud y procedimientos de trabajo establecidos para los trabajos que le sean asignados.

Artículo 12. ALMACENAMIENTO Y MANIPULEO DE MATERIALES

* El área de almacenamiento deberá disponer de un área de maniobra.

*Ubicación del área de almacenamiento y disposición de los materiales (combustible lejos de balones de oxigeno, pinturas, etc.).

* El manipuleo de materiales será realizado por el personal especializado.

* Los materiales se apilaran hasta la altura recomendada por el fabricante.

Artículo 13.- PROTECCIÓN EN TRABAJOS CON RIESGO DE CAÍDA

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13.1. Uso de Escaleras

-Antes de usar una escalera, éstas será inspeccionada visualmente. Si tiene rajaduras en largueros o peldaños, o los últimos están flojos, no deberán ser usadas.

-La altura del contrapaso de las escaleras será uniforme e igual a 30 cm.

-Estarán apoyadas sobre el piso firme y nivelado.

-Se atará la escalera en el punto de apoyo superior.

-La altura máxima a cubrir con una escalera portátil, no excederá de 5m.

-Antes de subir por una escalera deberá verificarse la limpieza de la suela del calzado. Para el uso de este tipo de escaleras, se deberá exigir que el personal obrero se tome con ambas manos de los peldaños. Las herramientas se llevaran en bolsos especiales o serán izadas. Subirá o bajara una sola persona a la vez.

-Se deberá desplazar la escalera para alcanzar puntos distantes, no inclinarse exageradamente (no saliéndose de la vertical del larguero más de medio cuerpo).Estarán provistas de tacos antideslizantes en la base de los largueros.

-Las escaleras provisionales deberán tener como máximo 20 contrapasos, cuya altura no excederá de 20 cm; para alturas mayores se preverá descansos.

-Las escaleras provisionales deberán contar con barandas de seguridad

-El ancho útil de las escaleras provisionales será de 60 cm como mínimo.

-Las escaleras provisionales serán construidas con madera en buen estado de conservación, sin nudos que puedan alterar su resistencia.

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13.2. Uso de Andamios

La caída de personas desde una altura, así como también de materiales y objetos, representa el peligro más grave en la industria de la construcción. Las caídas causan una gran proporción de muertes. Muchas se producen desde sitios de trabajo inseguros, o desde medios de acceso inseguros a los sitios de trabajo.

Un Andamio se trata de una construcción provisional con la que se hacen puentes, pasarelas o plataformas sostenidas por madera o acero.

Actualmente se hace prefabricado y modular. Se hacen para permitir el acceso de los obreros de la construcción así como al material en todos los puntos del edificio que está en construcción o en rehabilitación de fachadas.

-Los andamios que se usarán en obra, sea cual fuere su tipo corresponderán al diseño de un profesional responsable, para garantizar a capacidad de carga, estabilidad y un coeficiente de seguridad no menor de 2.

-Los andamios que se apoyen en el terreno deberán tener un elemento de repartición de carga.

-Los andamios se fijaran a la edificación de modo tal que se garantice la verticalidad y se eviten los movimiento de oscilación.

-La plataforma de circulación y de trabajo en los andamios será de madera de un grosor no menor de 5cm (2") y de ancho mínimo de 25 cm (10"). El ancho mínimo de la plataforma será de 50 cm.

-Las plataformas de trabajo deberán tener una baranda de protección hacia el lado exterior del andamio. Asimismo

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los empalmes de los tablones se harán en el apoyo del andamio y con un traslape no menor que 30 cm.

-Los tablones que conforman la plataforma de trabajo no deberán exceder más de 30 cm del apoyo de andamio.

-En andamios móviles se deberá contar con estabilizadores que eviten su movimiento.

-No se moverá un andamio móvil con personal o material sobre él.

-Para evitar la caída de herramientas o materiales se colocaran en ambos bordes longitudinales un tablón que hará de rodapié o zócalo, de no menos de 10 cm (4") de alto.

Artículo 14.- TRABAJOS CON EQUIPO DE IZAJE

* Todo equipo de elevación y transporte será operado exclusivamente por personal que cuente con la formación adecuada para el manejo correcto del equipo.

* Los equipos de elevación y transporte deberán ser operados de acuerdo a lo establecido en el manual de operaciones correspondientes al equipo.

* El ascenso de personas sólo se realizará en equipos de elevación habilitados especialmente para tal fin.

* Las tareas de armado y desarmado de las estructuras de los equipos de izar, serán realizadas bajo la responsabilidad de Técnico competente, y por personal idóneo y con experiencia.

* Para el montaje de equipos de elevación y transporte se seguirán las instrucciones estipuladas por el fabricante.

* Se deberá suministrar todo equipo de protección personal requerido, así como prever los elementos para su correcta utilización (cinturones de seguridad y puntos de enganche efectivos).

* Los equipos de izar que se construyan o importen, tendrán indicadas en lugar visible las recomendaciones de velocidad y operación de las cargas máximas y las condiciones especiales de instalación tales como contrapesos y fijación.

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* No se deberá provocar sacudidas o aceleraciones bruscas durante las maniobras.

* El levantamiento de la carga se hará en forma vertical.

* No levantar cargas que se encuentren trabadas.

* Dejar la pluma baja al terminar la tarea.

* Al dejar la máquina, el operador bloqueará los controles y desconectará la llave principal.

* Antes del inicio de las operaciones se deberá verificar el estado de conservación de estrobos, cadenas y ganchos. Esta verificación se hará siguiendo lo establecido en las recomendaciones del fabricante.

*Cuando después de izada la carga se observe que no está correctamente asegurada, el maquinista hará sonar la señal de alarma y descenderá la carga para su arreglo.

*No se dejarán los aparatos de izar con carga suspendida.

* Cuando sea necesario guiar las cargas se utilizarán cuerdas o ganchos.

*Se prohíbe la permanencia y el pasaje de trabajadores en la «sombra de caída».

* Los sistemas de operación del equipo serán confiables y en especial los sistemas de frenos tendrán características de diseño y construcción que aseguren una respuesta segura en cualquier circunstancia de uso normal.

-Deberán someterse a mantenimiento permanente, y en caso de duda sobre su funcionamiento, serán inmediatamente puestos fuera de servicio y sometidos a las reparaciones necesarias.

* Para los casos de carga y descarga en que se utilice winche con plataforma de caída libre; las plataformas deberán estar equipadas con un dispositivo de seguridad capaz de sostenerla con su carga en esta etapa.

* Para la elevación de la carga se utilizarán recipientes adecuados. No se utilizará la carretilla de mano, pues existe peligro de desprendimiento o vuelco del material transportado si sus brazos golpean con los bordes del forjado o

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losa, salvo que la misma sea elevada dentro de una plataforma de elevación, y ésta cuente con un cerco perimetral cuya altura sea superior a la de la carretilla.

* Las operaciones de izar se suspenderán cuando se presenten vientos superiores a 80 Km/h.

* La carga de trabajo será mayor a la quinta parte de la carga de rotura.

* Por cada equipo de izaje se designará a una persona para que, mediante el código internacional de señales, indique las maniobras que el operador debe realizar paso a paso. (Anexo 5).

* El señalador indicará al operador la maniobra más segura y pasará la carga a la menor altura posible.

CODIGO INTERNACIONAL DE SEÑALES – IZAJE

SEÑALES GESTUALES

1. Características

Una señal gestual deberá ser precisa, simple, amplia, fácil de realizar y comprender y claramente distinguible de cualquier otra señal gestual.

La utilización de los dos brazos al mismo tiempo se hará de forma simétrica y para una sola señal gestual.

2. Reglas particulares de utilización

1. La persona que emite las señales, denominada «encargado de las señales», dará las instrucciones de maniobra mediante señales gestuales al destinatario de las mismas, denominado «operador».

2. El encargado de las señales deberá poder seguir visualmente el desarrollo de las maniobras sin estar amenazado por ellas.

3. El encargado de las señales deberá dedicarse exclusivamente a dirigir las maniobras y a la seguridad de los trabajadores situados en las proximidades.

4. Si no se dan las condiciones previstas se recurrirá a uno o varios encargados de las señales suplementarias.

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5. El operador deberá suspender la maniobra que esté realizando para solicitar nuevas instrucciones cuando no pueda ejecutar las órdenes recibidas con las garantías de seguridad necesarias.

6. Accesorios de señalización gestual.

El encargado de las señales deberá ser fácilmente reconocido por el operador.

El encargado de las señales llevará uno o varios elementos de identificación apropiados tales como chaqueta, manguitos, brazal o casco y, cuando sea necesario paletas señalizadas.

Los elementos de identificación indicados serán de colores vivos, a ser posible iguales para todos los elementos, y serán utilizados exclusivamente por el encargado de las señales.

3. Gestos Codificados

El conjunto de gestos codificados que se incluye no impide que puedan emplearse otros códigos, en particular en determinados sectores de actividad, aplicables a nivel comunitario e indicadores de idénticas maniobras.

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Artículo 15.- OBRAS DE CONSTRUCCION PESADA

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Se considera como obra de construcción pesada al conjunto de trabajos que, por su gran magnitud y extensión, requieren el uso de equipo pesado, por ejemplo:

Obras de aprovechamiento de recursos. Irrigaciones (diques, presas, túneles, canales, embalses), plantas de energía, explotación de minerales, obras viales (puentes, carreteras, viaductos, aeropuertos, puertos, etc.).

15.1. Obras de Movimiento de Tierras sin explosivos

-Señalización: a 150 m del frente de trabajo deben colocarse letreros suficientemente visibles, que alerten sobre la ejecución de trabajos en la zona.

-El acceso directo al frente de trabajo deberá estar cerrado con tranqueras debidamente pintadas para permitir su identificación, las que contarán además con sistemas luminosos que permitan su visibilidad en la noche.

-En las tranqueras de acceso principal deberá permanecer personal de seguridad con equipo de comunicación que permita solicitar la autorización para el pase de personas extrañas a la obra.

-En los casos que hubiera exigencia de tránsito temporal en el frente de trabajo, se deberá contar con personal debidamente instruido para dirigir el tráfico en esta zona, premunido de dos paletas con mango de 30 cm, color rojo y verde.

-Las rutas alternas que sea necesario habilitar para el tránsito temporal, deberán ser planificadas y proyectadas antes de la ejecución de las obras. Estas rutas alternas formarán parte del proyecto de las obras.

-Cada equipo contará con el espacio suficiente para las operaciones de sus maniobras. Estos espacios no deben traslaparse.

-La operación de carga de combustible y mantenimiento de los equipos será programada preferentemente fuera de las horas de trabajo

-Cada equipo será accionado exclusivamente por el operador asignado. En ningún caso deberá permanecer sobre la máquina personal alguno, aun cuando esté asignado como ayudante del operador del equipo.

-Todos los equipos contarán con instrumentos de señalización y alarmas que permitan ubicarlos rápidamente durante sus operaciones.

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-El equipo que eventualmente circule en zona urbana e interurbana, estará equipado con las luces reglamentarias para este efecto y, en los casos que sea necesario, será escoltado con vehículos auxiliares.

-Los equipos pesados deberán respetar las normas indicadas en los puentes. Si su peso sobrepasará la capacidad de carga del puente, se procederá al refuerzo de la estructura del puente o a la construcción de un badén.

-En los trabajos de excavación deberá conservarse el talud adecuado, a fin de garantizar la estabilidad de la excavación.

-Toda excavación será planificada y realizada teniendo en cuenta las estructuras existentes o en preparación, adyacentes a la zona de trabajo, las cuales deberán estar convenientemente señalizadas.

15.2. Obras de Movimiento de Tierras con explosivos

El diseño de la operación de perforación y voladura estará a cargo de un especialista responsable.

-Las voladuras se realizarán al final de la jornada y serán debidamente señalizadas.

-En toda obra de excavación que requiera del uso de explosivos, se deberá contar con un polvorín que cumpla con todas las exigencias de la entidad oficial correspondiente (DICSCAMEC).

-El personal encargado del manipuleo y operación de los explosivos deberá contar con la aprobación y certificación de la entidad oficial correspondiente.

-El acceso al polvorín deberá estar debidamente resguardado durante las 24 horas del día, por no menos de dos vigilantes.

-No habrá explosivos ni accesorios de voladura en la zona durante la operación de perforación.

-Los trabajos de perforación serán ejecutados con personal que cuente con los equipos adecuados de seguridad, tales como : guantes de cuero, máscaras contrael polvo, anteojos protectores, protectores contra el ruido, cascos de seguridad, y en los casos que se requiera, cinturón de seguridad. Esta relación es indicativa más no limitativa y la calidad de los equipos estará normalizada.

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15.3. Excavaciones subterráneas: túneles, piques, chimeneas, galerías, cruceros, etc.

-Se tendrá especial cuidado en el desprendimiento de rocas, procediéndose al inicio de la jornada al desatado previo del material suelto y al desquinchado si fuera necesario.

-Después de cada disparo el frente de la excavación deberá ventilarse hasta que se renueve el aire contaminado.

-El reingreso a la labor después de cada disparo se realizará luego de verificarse la evacuación de aire contaminado.

-En los casos necesarios se usará detectores de gas.

-Forma parte del equipo de perforación en excavaciones subterráneas, el equipo de ventilación, el cual deberá ser instalado desde el inicio de la obra. La capacidad de este equipo será siempre adecuada a la magnitud de la obra.

-Existirá en obra el equipo de emergencia con los equipos necesarios de primeros auxilios, para cubrir la posibilidad de atender accidentes y evacuar oportunamente al accidentado.

-Es responsabilidad del jefe de turno disponer la continuación de los trabajos de perforación, en el caso de que se modifiquen las condiciones de estabilidad del terreno.

-Para los trabajos de carguío, eliminación de desmonte, transporte de materiales y personal, sólo se emplearán equipos que en ningún caso sean accionados congasolina, y en aquellos que se use otro tipo de combustible, tal como petróleo u otros, éstos no deberán producir más de 500 ppm de monóxido de carbono (CO).

-Las rutas de circulación de vehículos dentro de la galería deben estar señalizadas, previéndose zonas de resguardo para el personal que transita a pie.Los equipos de transporte en general deberán estar dotados con alarmas sonoras y con la iluminación adecuada que permita distinguirlos oportunamente.

-Todo el personal que acceda al frente de trabajo debe contar con los siguientes equipos de protección personal: guantes de cuero, máscaras contra el polvo, anteojos protectores, protectores contra el ruido, cascos de seguridad,

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botas de jebe, y en los casos que se requiera, ropa adecuada para trabajo en agua: pantalón y casaca impermeable y cinturón de seguridad.

-El ámbito de los trabajos de excavación subterránea, desde la portada de la galería, hasta los frentes de trabajo, estará iluminado con la intensidad adecuada a cada actividad.

-El personal que labora dentro de la galería contará con cascos de seguridad tipo minero, con iluminación propia para la eventualidad de falta de iluminación general.

-Todo equipo susceptible de sufrir accidentes por incendio, llevará un extintor de polvo químico seco ABC, con la capacidad adecuada, de acuerdo a la NTP 833.032 (INDECOPI).

-Las instalaciones eléctricas se realizarán con conductores y accesorios a prueba de agua.

-En presencia de agua en las excavaciones subterráneas, el drenaje del agua se hará mediante cunetas laterales.

-En los casos de contrapendiente la evacuación del agua se hará por bombeo, y la bomba se ubicará en lugares señalizados.

-Los equipos para los trabajos de excavación subterránea, contarán en lugar visible con las indicaciones del fabricante, que ilustren los cuidados y riesgos durante la operación del equipo.

-En los casos en los que se requiera sujetar zonas de aparente inestabilidad, usando sistemas de pernos de anclaje, se tendrá en consideración las recomendaciones del fabricante de los equipos de perforación, del sistemade anclaje empleado, y cuando la adherencia se consiga con productos químicos (epóxicos), el obrero encargado de aplicar el producto seguirá las recomendaciones de seguridad indicadas por el fabricante del epóxico empleado.-En los casos que se requiera, para la estabilización de los paneles y bóvedas del túnel, el uso de concreto lanzado (shotcret), deberá ejecutarse con equipo especialmente diseñado para este tipo de trabajos y tomando las precauciones debidas para que el rebote del material no cause daño al operador del equipo.Cuando se requiera el empleo de marcos de seguridad, se exigirá el diseño previo del anclaje de las piernas de los marcos y del ensamble entre las diferentes piezas que lo forman.

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-Las conexiones neumáticas a los diferentes equipos accionados con este sistema, serán revisados periódicamente, reemplazando cuando sea necesario las empaquetaduras o la misma unión, cuando se detecte fugas de aire.

-Los barrenos de perforación se verificarán antes de ser usados en el frente de trabajo, retirando aquellos que muestren señales de fatiga.

Artículo 16.- Construcciones hidráulicas: enrocados, bocatomas, derivaciones, obras marítimas

-Antes de iniciar cualquier obra definitiva en el cauce de un río, deberá estudiarse las posibilidades de desviar las aguas de modo que la zona de trabajo quede en seco, sin riesgo para el personal que laborará en la obra.

-Cuando para realizar defensas en el cauce de un río, se requiera de enrocados, se tendrán en cuenta las mismas normas de seguridad consideradas para la excavación con explosivos, en la fase de extracción de la roca.

-Para el carguío, transporte y colocación de la roca, el personal encargado deberá contar con guantes de cuero, casco de seguridad, anteojos protectores y zapatos de seguridad.

-Cuando los trabajos de enrocado requieran labores bajo el agua, el personal encargado de la colocación de las rocas contará con el equipo de buceo adecuado, con las especificaciones de calidad estipuladas en normas nacionales o internacionales vigentes.

-Adicionalmente a lo indicado en el acápite anterior, el buzo u hombre rana deberá estar asegurado por medio de cuerdas, para evitar ser arrastrado por la corriente.En caso de obras marítimas, para realizar defensas que protejan de la acción del mar la zona costera, se tendrá en cuenta las mismas normas de seguridad consideradas para la excavación de roca con explosivos en la fase de extracción de la roca.

-Para el transporte y colocación de la roca, el personal encargado deberá contar con guantes de cuero, casco de seguridad, anteojo, zapatos de seguridad y equipo de flotación personal.

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Tipos de Equipos de Flotación Personal (PDF)

TIPO I (Chaleco Salvavidas para uso OFF-SHORE (mar/agua adentro)) (22lbs de flotación) Es el mejor para aguas abiertas, bravas o remotas, donde el rescate puede demorar en venir.

Ventajas: Es el mejor para flotar. Coloca con la cara hacia arriba, fuera del agua, a quienes lo estén usando y estén conscientes. Su color es sumamente visible.

Desventaja: Un tanto abultado.

TIPO II   (Chaleco de Flotación para Aguas Cerca a la Orilla) (15.5lbs de flotación) Bueno para aguas calmadas, INLANDWATER o donde existe la posibilidad de un rápido rescate.

Ventajas: Coloca a algunos usuarios que estan inconscientes con la cara hacia arriba y fuera del agua.

Menos BULKY, más cómodo que el tipo I. Barato.

Desventaja: No es recomendable para un uso prolongado en el agua. No colocará con la cara hacia arriba y fuera del agua a algunos usuarios que estén inconscientes .

TIPO III (Flotador) (15.5lbs de flotación) Bueno para aguas calmadas, INLANDWATER o donde existe la posibilidad de un rápido rescate.

Ventajas: Generalmente es considerado el más cómodo para uso prolongado. Permite libertad de movimiento para un gran número de deportes acuáticos. Disponible en varios estilos.

Desventaja: El usuario tendrá que forzar su cabeza hacia atrás para evitar quedar con la cabeza dentro del agua. En aguas bravas, la cabeza

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del usuario se verá frecuentemente cubierta por las olas. No es recomendable para uso prolongado en condiciones de sobrevivencia en

aguas bravas. 

TIPO IV (Este tipo puede ser lanzado) Para aguas calmas, INLAND WATER con alto tráfico de botes, donde la ayuda está siempre disponible en la cercanía.

Ventajas: Puede ser lanzado. Recomendado como de respaldo a los chalecos salvavidas. Algunos pueden ser

usados como asientos.

Desventaja: Personas en estado de inconsciencia están imposibilitados de usarlo. No es para los que no saben nadar o niños. No es

recomendable para usos prolongados en aguas bravas.

TIPO V (Híbrido). Su uso es requerido para cumplir con las normas de uso de chalecos salvavidas.

Ventajas: Menos abultados que todos los otros tipos. Gran flotación cuando es inflado. Bueno para uso contínuo.

Desventaja: Puede que no permita la flotación apropiada en algunos usuarios si es que no está inflado al menos parcialmente. Requiere uso activo y cuidados apropiados a la cámara de aire.

- Se mantendrá en zona adyacente a la de trabajo, un bote con operador para casos de emergencia.

-Cuando se emplee hombres rana, no equipados con balón de oxígeno, la compresora que inyecte aire, tendrá obligatoriamente los filtros y elementos de purificación adecuados.

-Se aplicarán todos los artículos precedentes que garanticen la seguridad del personal obrero.

-En general, para todo trabajo sobre superficie de agua o a proximidad inmediata de ella, se tomarán disposiciones adecuadas para:

• Impedir que los trabajadores puedan caer al agua.

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• Salvar a cualquier trabajador en peligro de ahogarse.• Proveer medios de transportes seguros y suficientes.

Artículo 17.- Obras de montaje: obras de alta tensión, plantas hidroeléctricas

-Las conexiones eléctricas serán realizadas por personal calificado.

-Las partes que giran o se hallen en movimiento (ejes, poleas, correas), se protegerán para evitar que tomen la ropa de los trabajadores.

-Todos los equipos eléctricos deben poseer puesta a tierra para evitar que el obrero sea víctima de una descarga eléctrica.

-Los equipos se inspeccionarán periódicamente.

-Las protecciones de seguridad que por razones de mantenimiento deban ser reparadas, serán repuestas en forma inmediata.

-Se evitarán que los cables o equipos se encuentren en contacto con el agua.

-No se atarán cables eléctricos a estructuras metálicas.

-No apagar un fuego eléctrico con agua, se usará polvo seco o CO2.El operario que usa un extintor no debe acercarse a menos 4 m de distancia para evitar el arco voltaico.

-No desconectar interruptores sin conocer el alcance de la interrupción.

-Las herramientas tendrán el mango de material aislante.

-Los zapatos de seguridad deben ser dieléctricos.

-Se usarán guantes dieléctricos.

-No se utilizarán busca- polos precarios armados con lamparitas.

BUSCAPOLO: El detector de tensión, conocido popularmente como buscapolos o destornillador de electricista, es una herramienta de gran utilidad para averiguar si a un conducto le llega

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corriente eléctrica, es decir, permite determinar el llamado "polo vivo" en una instalación eléctrica o en un circuito eléctrico. También permite averiguar si un cable conductor se halla o no bajo tensión eléctrica

-Las escaleras usadas por los electricistas no serán metálicas, únicamente se usarán escaleras de madera o plásticas.

Artículo 18.- Obras de Infraestructura, Excavación y Demoliciones

18.1. Excavaciones

Riesgos

La mayor parte de los trabajos de construcción comprenden algún tipo de excavación para cimientos, alcantarillas y servicios bajo el nivel del suelo. El cavado de zanjas o fosos puede ser sumamente peligroso y hasta los trabajadores más experimentados han sido sorprendidos por el derrumbe súbito e inesperado de las paredes sin apuntalar de una excavación. Una persona sepultada bajo un metro cúbico de tierra no podrá respirar debido a la presión sobre su pecho, y dejando de lado las lesiones físicas que pueda haber sufrido, pronto se sofocará y morirá, pues esa cantidad de tierra pesa más de una tonelada.

La tarea de excavación implica extraer tierra o una mezcla de tierra y roca. El agua casi siempre está presente. aunque más no sea en forma de humedad del suelo, y la lluvia copiosa es causa frecuente de suelos resbaladizos. La posibilidad de anegamiento es otro riesgo a tener siempre en cuenta. La liberación de presiones a medida que se va retirando material, y el resecamiento en tiempo caluroso, causan la aparición de grietas.

La índole de los suelos es variable (por ejemplo arena fina que se desliza fácilmente, arcilla dura que es más cohesiva), pero no puede esperarse que ningún suelo sostenga su propio peso, de modo que es preciso adoptar precauciones para impedir el derrumbamiento de los lados de cualquier zanja de más de 1,2 m de profundidad.

Causas de accidentes

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Las principales causas de accidentes en las excavaciones son las siguientes:

trabajadores atrapados y enterrados en una excavación debido al derrumbe de los costados;

trabajadores golpeados y lesionados por materiales que caen dentro de la excavación;

trabajadores que caen dentro de la excavación; medios de acceso inseguros y medios de escape insuficientes en

caso de anegamiento; vehículos llevados hasta el borde de la excavación, o muy cerca

del mismo (sobre todo en marcha atrás), que causan desprendimiento de paredes;

asfixia o intoxicación causados por gases más pesados que el aire que penetran en la excavación, por ejemplo los gases de caños de escape de motores diesel y de gasolina.

-Antes de iniciar las excavaciones se eliminarán todos los objetos que puedan desplomarse y que constituyen peligro para los trabajadores, tales como: árboles, rocas, rellenos, etc.

-Toda excavación será aislada y protegida mediante cerramientos con barandas u otros sistemas adecuados, ubicados a una distancia del borde de acuerdo a la profundidad de la excavación, y en ningún caso a menos de 1 m.

-Los taludes de las excavaciones se protegerán con apuntalamientos apropiados o recurriendo a otros medios que eviten el riesgo de desmoronamiento por pérdida de cohesión o acción de presiones originadas por colinas o edificios colindantes a los bordes o a otras causas tales como la circulación de vehículos o la acción de equipo pesado, que generen incremento de presiones y vibraciones.

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-Si la profundidad de las excavaciones va a ser mayor de 2 m, se requiere contar con el estudio de mecánica de suelos que contenga las recomendaciones del proceso constructivo y que estén refrendadas por un ingeniero civil colegiado.

-Se deberá prevenir los peligros de caída de materiales u objetos, o de irrupción de agua en la excavación; o en zonas que modifiquen el grado de humedad de los taludes de la excavación.

-Si la excavación se realiza en la vía pública, la señalización será hecha con elementos de clara visibilidad durante el día, y con luces rojas en la noche, de modo que se advierta su presencia.

-Si la excavación se efectúa al borde de una acera de vía pública, se deberá proteger la zona de excavación con barandas o defensas entabladas.

-En el caso anterior, el lado adyacente a la vía pública se apuntalará adecuadamente para evitar la posible socavación de la vía.

-Las vías públicas de circulación deben estar libres de material excavado u otro objeto que constituye un obstáculo.

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Apuntalamiento para prevenir el derrumbe de los costados de una excavación, consistente en marcos de madera o acero con entablado estrecho entre ellos.

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-Si la excavación se realiza en zona adyacente a una edificación existente, se preverá que la cimentación del edificio existente esté suficientemente garantizada.-Al excavar bajo el nivel de las cimentaciones existentes, se cumplirá con una estricta programación del proceso constructivo, el mismo que cumplirá con las exigencias del diseño estructural realizado por el ingeniero estructural responsable de las estructuras del edificio.

-El constructor o contratista de la obra, bajo su responsabilidad, propondrá, si lo considera necesario, modificaciones al proceso constructivo siempre y cuando mantenga el criterio estructural del diseño del proyecto.

-En los casos en que las zanjas se realicen en terrenos estables, se evitara que el material producto de la excavación se acumule a menos de 2 m del borde de la zanja.

-Para profundidades mayores de 2 m, el acceso a las zanjas se hará con el uso de escaleras portátiles.

-En ningún caso el personal obrero que participe en labores de excavación, podrá hacerlo sin el uso de los elementos de protección adecuados y, específicamente, el casco de seguridad.

-Cuando las zanjas se ejecuten paralelas a vías de circulación, éstas serán debidamente señalizadas de modo que se evite el pase de vehículos que ocasionen derrumbes en las zanjas.

-Cuando sea necesario instalar tuberías o equipos dentro de la zanja, estará prohibida la permanencia de personal obrero bajo la vertical del equipo o tubería a instalarse.

-Durante la operación de relleno de la zanja, se prohibirá la permanencia de personal obrera dentro de la zanja.

-En los momentos de nivelación y compactación de terreno, el equipo de colocación del material de relleno, trabajará a una distancia no menor de 20 m de la zona que se esté nivelando o compactando.

-El perímetro de la excavación será protegido por un cerco ubicado a una distancia equivalente a 2/5 de la profundidad de la excavación y nunca menor de 2 m, medidos a partir del borde de la excavación.

18.2. Demoliciones

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Antes del inicio de la demolición se elaborará un ordenamiento y planificación de la obra, la que contará con las medidas de protección de las zonas adyacentes a la demolición.

-Todas las estructuras colindantes a la zona de demolición serán debidamente protegidas y apuntaladas cuando la secuencia de la demolición elimine

zonas de sustentación de estructuras vecinas.

-La eliminación de los materiales provenientes de los niveles altos de la estructura demolida, se ejecutará a través de canaletas cerradas que descarguen directamente sobre los camiones usados en la eliminación, o en recipientes especiales de almacenaje.

-Se limitará la zona de tránsito del público, las zonas de descarga, señalizando, o si fuese necesario, cerrando los puntos de descarga y carguío de desmonte.Los equipos de carguío y de eliminación circularán en un espacio suficientemente despejado y libre de circulación de vehículos ajenos al trabajo.

-El acceso a la zona de trabajo se realizará por escaleras provisionales que cuenten con los elementos de seguridad adecuados (barandas, descansos).

-Se ejercerá una supervisión frecuente por parte del responsable de la obra, que garantice que se ha tomado las medidas de seguridad indicadas.

NORMA A.130

REQUISITOS DE SEGURIDAD

GENERALIDADES

Artículo 1.-Las edificaciones, de acuerdo con su uso y número de ocupantes, deben cumplir con los requisitos de seguridad y prevención de siniestros que tienen como objetivo salvaguardar las vidas humanas y preservar el patrimonio y la continuidad de la edificación.

CAPITULO I

SISTEMAS DE EVACUACIÓN

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Artículo 3.-Todas las edificaciones tienen una determinada cantidad de personas en función al uso, la cantidad y forma de mobiliario y/o el área de uso disponible para personas. Cualquier edificación puede tener distintos usos y por lo tanto variar la cantidad de personas y el riesgo en la misma edificación siempre y cuando estos usos estén permitidos en la zonificación establecida en el Plan Urbano.

El cálculo de ocupantes de una edificación se hará según lo establecido para cada tipo en las normas específicas A.020, A.030, A.040, A.050, A.060, A.070, A.080, A.090, A.100 y A.110.

En los tipos de locales en donde se ubique mobiliario especifico para la actividad a la cual sirve, como butacas, mesas, maquinaria (cines, teatros, estadios, restaurantes, hoteles, industrias), deberá considerarse una persona por cada unidad de mobiliario. La comprobación del cálculo del número de ocupantes (densidad), deberá estar basada en información estadística para cada uso de la edificación, por lo que los propietarios podrán demostrar aforos diferentes a los calculados según los estándares establecidos en este reglamento. El Ministerio de Vivienda en coordinación con las Municipalidades y las Instituciones interesadas efectuarán los estudios que permitan confirmar las densidades establecidas para cada uso.

Artículo 4.-Sin importar el tipo de metodología utilizado para calcular la cantidad de personas en todas las áreas de una edificación, para efectos de cálculo de cantidad de personas debe utilizarse la sumatoria de todas las personas (evacuantes). Cuando exista una misma área que tenga distintos usos deberá utilizarse para efectos de cálculo, siempre el de mayor densidad de ocupación. Ninguna edificación puede albergar mayor cantidad de gente a la establecida en el aforo calculado.

PUERTAS DE EVACUACIÓN

Artículo 5.- Las salidas de emergencia deberán contar con puertas de evacuación de apertura desde el interior accionadas por simple empuje. En los casos que por razones de protección de los bienes, las puertas de evacuación deban contar con cerraduras con llave, estas deberán tener un letrero iluminado y señalizado que indique

«Esta puerta deberá permanecer sin llave durante las horas de trabajo».

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Artículo 6.- Las puertas de evacuación pueden o no ser de tipo cortafuego, dependiendo su ubicación dentro del sistema de evacuación. El giro de las puertas debe ser siempre en dirección del flujo de los evacuantes, siempre y cuando el ambiente tenga más de 50 personas.

Artículo 8.- Dependiendo del planteamiento de evacuación, las puertas que se ubiquen dentro de una ruta o como parte de una ruta o sistema de evacuación podrán contar con los siguientes dispositivos:

a) Brazo cierra puertas: Toda puerta que forme parte de un cerramiento contrafuego incluyendo ingresos a escaleras de evacuación, deberá contar con un brazo cierra puertas aprobado para uso en puertas cortafuego

b) En caso se tengan puertas de doble hoja con cerrajería de un punto y cierra puertas independientes, deberá considerarse un dispositivo de ordenamiento de cierre de puertas.

c) Manija o tirador: Las puertas que no requieran barra antipánico deberán contar con una cerradura de manija. Las manijas para puertas de evacuación deberán ser aprobadas y certificadas para uso de personas con discapacidad.

d) Barra antipánico: Serán obligatorias, únicamente para carga de ocupantes mayor a 100 personas en cualquier caso y en locales de reunión mayores de 50 personas, locales de Salud y áreas de alto riesgo con más de 5 personas. La altura de la barra en la puerta deberá estar entre 30" a 44". Las barras antipánico requeridas en puertas con resistencia al fuego deben tener una certificación.

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Artículo 9.- Cerraduras para salida retardada: Los dispositivos de salida retardada pueden ser utilizados en cualquier lugar excepto: áreas de reunión, centros educativos y edificaciones de alto riesgo, siempre y cuando la edificación se encuentre totalmente equipada con un sistema de rociadores y un sistema de detección y alarma de incendio adicionalmente deberán cumplir con las siguientes condiciones:

a) De producirse una alarma de incendio o una perdida de energía hacia el dispositivo, debe eliminarse el retardo.

b) El dispositivo debe tener la capacidad para ser desbloqueado manualmente por medio de una señal desde un centro de control.

c) El pestillo de la barra de retardo deberá liberarse en un tiempo no mayor de quince segundos de aplicarse una fuerza máxima de 15 libras durante 1 segundo en la barra.

Luego de abrirse el dispositivo solo podrá activarse (armar) nuevamente de forma manual.

d) Debe instalarse un letrero con letras de 0.25 m de alto, a 0.30 m. sobre la barra de apertura, que indique «Presione la barra hasta que suene la alarma. La puerta se abrirá en 15 segundos.»

e) La puerta de escape debe contar con iluminación de emergencia

f) Los evacuantes de una edificación no podrán encontrar más de un dispositivo de retardo en toda la vía de evacuación.

Artículo 10.- Las Puertas Cortafuego tendrán una resistencia equivalente a ¾ de la resistencia al fuego de la pared, corredor o escalera a la que sirve y

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deberán ser a prueba de humo. Solo se aceptarán puertas aprobadas y certificadas para uso cortafuego.

Artículo 11.- En casos especiales cuando se utilicen mirillas, visores o vidrios como parte de la puerta o puertas íntegramente de vidrio deberán ser aprobados y certificados como dispositivos a prueba de fuego de acuerdo al rango necesario. Todas las puertas y marcos cortafuego deberán llevar en lugar visible el número de identificación; y rótulo de resistencia al fuego. Las puertas cortafuego deberán tener el anclaje del marco siguiendo las especificaciones del fabricante de acuerdo al material del muro.

MEDIOS DE EVACUACIÓN

Artículo 12.- Los medios de evacuación son componentes de una edificación, destinados a canalizar el flujo de ocupantes de manera segura hacia la vía pública o a áreas seguras para su salida durante un siniestro o estado de pánico colectivo.

Artículo 13.- En los pasajes de circulación, escaleras integradas, escaleras de evacuación, accesos de uso general y salidas de evacuación, no deberá existir ninguna obstrucción que dificulte el paso de las personas, debiendo permanecer libres de obstáculos.

Artículo 14.- Deberán considerarse de forma primaria las evacuaciones horizontales en, Hospitales, clínicas, albergues, cárceles, industrias y para proporcionar protección a discapacitados en cualquier tipo de edificación.

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Las evacuaciones horizontales pueden ser en el mismo nivel dentro de un edificio o aproximadamente al mismo nivel entre edificios siempre y cuando lleven a un área de refugio definidos por barreras contra fuego y humos.

El área de refugio a la cual esta referida el párrafo anterior, debe tener como mínimo una escalera cumpliendo los requerimientos para escaleras de evacuación.

Las áreas de refugio deben tener una resistencia al fuego de 1 hora para edificaciones de hasta 3 niveles y de 2 horas para edificaciones mayores de 4 niveles.

*Evacuación horizontal

Es el tipo de evacuación que se desarrolla dentro de una misma planta: de una habitación a otra o al pasillo, de una zona a otra, etc., siempre dentro de la misma planta.

Artículo 15.- Se considerará medios de evacuación, a todas aquellas partes de una edificación proyectadas para canalizar el flujo de personas ocupantes de la edificación hacia la vía pública o hacia áreas seguras, como pasajes de circulación, escaleras integradas, escaleras de evacuación, accesos de uso general y salidas de evacuación.

Artículo 16.- Las rampas serán consideradas como medios de evacuación siempre y cuando la pendiente no sea mayor a 12%. Deberán tener pisos antideslizantes y barandas de iguales características que las escaleras de evacuación.

Artículo 17.- Solo son permitidos los escapes por medios deslizantes en instalaciones de tipo industrial de alto riesgo y sean aprobadas por la Autoridad Competente.

Artículo 18.- No se consideran medios de evacuación los siguientes medios de circulación:

a) Ascensores

b) Rampas de accesos vehiculares que no tengan veredas peatonales y/o cualquier rampa con pendiente mayor de 12%.

c) Escaleras mecánicas

d) Escalera tipo caracol: (Solo son aceptadas para riesgos industriales que permitan la comunicación exclusivamente de un piso a otro y que la capacidad

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de evacuación no sea mayor de cinco personas. Para casos de vivienda unifamiliar, son permitidas como escaleras de servicio y para edificios de vivienda solo se aceptan al interior de un duplex y con una extensión no mayor de un piso a otro).

e) Escalera de gato

Artículo 19.- Los ascensores constituyen una herramienta de acceso para el personal del Cuerpo de Bomberos, por lo cual en edificaciones mayores de 10 niveles es obligatorio que todos los ascensores cuenten con:

a) Sistemas de intercomunicadores

b) Llave maestra de anulación de mando

c) Llave de bombero que permita el direccionamiento del ascensor únicamente desde el panel interno del ascensor, eliminando cualquier dispositivo de llamada del edificio.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

CALCULO DE CAPACIDAD DE MEDIOS DE

EVACUACIÓN

Artículo 20.- Para calcular el número de personas que puede estar dentro de una edificación en cada piso y área de uso, se emplearán las tablas de número de ocupantes que se encuentran en las normas A.20 a la A.110 según cada tipología.

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La carga de ocupantes permitida por piso no puede ser menor que la división del área del piso entre el coeficiente de densidad, salvo en el caso de ambientes con mobiliario fijo o sustento expreso o estadístico de acuerdo a usos similares.

NORMA A.020 ‘VIVIENDA’

Artículo 5.- Para el cálculo de la densidad habitacional, el número de habitantes de una vivienda, está en función del número de dormitorios, según lo siguiente:

Vivienda

De un dormitorio

De dos dormitorios

De tres dormitorios o más

Número de Habitantes

2

3

5

NORMA A.030 ‘HOSPEDAJE’

Artículo 17.- El número de ocupantes de la edificación para efectos del cálculo de las salidas de emergencia, pasajes de circulación de personas, ascensores y ancho y número se hará según lo siguiente:

Hoteles de 4 y 5 estrellas 18.0 m2 por personaHoteles de 2 y 3 estrellas 15.0 m2 por personaHoteles de 1 estrella 12.0 m2 por personaApart-hotel de 4 y 5 estrellas 20.0 m2 por personaApart-hotel de 2 y 3 estrellas 17.0 m2 por personaApart-hotel de 1 estrella 14.0 m2 por persona

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Hostal de 1 a 3 estrellas 12.0 m2por personaResort 20.0 m2 por persona

NORMA A.040 ‘EDUCACIÓN’

Artículo 9.- Para el cálculo de las salidas de evacuación, pasajes de circulación, ascensores y ancho y número de escaleras, el número de personas se calculará según lo siguiente:

Auditorios Según el número de asientosSalas de uso múltiple. 1.0 m2 por personaSalas de clase 1.5 m2 por personaCamarines, gimnasios 4.0 m2 por personaTalleres, Laboratorios, Bibliotecas 5.0 m2 por personaAmbientes de uso administrativo 10.0 m2 por persona

NORMA A.050 ‘SALUD’

Artículo 6.- El número de ocupantes de una edificación de salud para efectos del cálculo de las salidas de emergencia, pasajes de circulación de personas, ascensores y ancho y número de escaleras, se determinará según lo siguiente:

Áreas de servicios ambulatorios y diagnóstico 6.0 m2 por personaSector de habitaciones (superficie total) 8.0 m2 por persona

Oficinas administrativas 10.0 m2 por personaÁreas de tratamiento a pacientes internos 20.0 m2 por persona

Salas de espera 0.8 m2 por personaServicios auxiliares 8.0 m2 por personaDepósitos y almacenes 30.0 m2 por persona

NORMA A.060 ‘INDUSTRIA’

Artículo 19.- La dotación de servicios se resolverá de acuerdo con el número de personas que trabajarán en la edificación en su máxima capacidad.

Para el cálculo del número de personas en las zonas administrativas se aplicará la relación de 10 m2 por persona. El número de personas en las áreas de producción dependerá del proceso productivo.

NORMA A.070 ‘COMERCIO’

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Artículo 7.- El número de personas de una edificación comercial se determinará de acuerdo con la siguiente tabla, en base al área de exposición de productos y/o con acceso al público:

Tienda independiente 5.0 m2 por personaSalas de juegos, casinos 2.0 m2 por personaGimnasios 4.5 m2 por personaGalería comercial 2.0 m2 por personaTienda por departamentos 3.0 m2 por personaLocales con asientos fijos Número de asientosMercados Mayoristas 5.0 m2 por personaSupermercado 2.5 m2 por personaMercados Minorista 2.0 m2 por personaRestaurantes (área de mesas) 1.5 m2 por personaDiscotecas 1.0 m2 por personaPatios de comida (área de mesas) 1.5 m2 por personaBares 1,0 m2 por personaTiendas 5.0 m2 por personaÁreas de servicio (cocinas) 10.0 m2 por persona

NORMA A.080 ‘OFICINA’

Artículo 6 - El número de ocupantes de una edificación de oficinas se calculará a razón de una persona cada 9.5 m2.

Artículo 21.- Se debe calcular la máxima capacidad total de edificio sumando las cantidades obtenidas por cada piso, nivel o área.

Artículo 22.- Determinación del ancho libre de los componentes de evacuación:

Ancho libre de puertas y rampas peatonales:

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Para determinar el ancho libre de la puerta o rampa:

Se debe considerar la cantidad de personas por el área piso o nivel que sirve y multiplicarla por el factor de 0.005 m por persona. El resultado debe ser redondeado hacia arriba en módulos de 0.60 m. La puerta que entrega específicamente a una escalera de evacuación tendrá un ancho libre mínimo medido entre las paredes del vano de 1.00 m.

Ancho libre de pasajes de circulación:

Para determinar el ancho libre de los pasajes de circulación se sigue el mismo procedimiento, debiendo tener un ancho mínimo de 1.20 m. En edificaciones de uso de oficinas los pasajes que aporten hacia una ruta de escape interior y que reciban menos de 50 personas podrán tener un ancho de 0.90 m.

Ancho libre de escaleras: Debe calcularse la cantidad total de personas del piso que sirven hacia una escalera y multiplicar por el factor de 0.008 m por persona.

Artículo 23.- En todos los casos las escaleras de evacuación no podrán tener un ancho menor a 1.20 m. Cuando se requieran escaleras de mayor ancho deberá instalarse una baranda por cada dos módulos de 0,60m. El número mínimo de escalera que requiere una edificación se establece en la Norma A.010 del presente Reglamento Nacional de Edificaciones.

El tipo de escalera a proveerse depende del uso y de la altura de la edificación, de acuerdo con la siguiente tabla:

De evacuación .

Vivienda

Hospedaje

Educación

Salud

Comercio

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Oficinas

Servicios comunales

Recreación y deportes

Transportes y comunicaciones

Más de 5 niveles

Más de 3 niveles

Más de 4 niveles

Más de 3 niveles

Más de 3 niveles

Más de 4 niveles

Más de 3 niveles

Más de 3 niveles

Más de 3 niveles

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Artículo 24.- El factor de cálculo de centros de salud, asilos, que no cuenten con rociadores será de 0.015 m por persona en escaleras y de 0.013 m por persona, para puertas y rampas.

Artículo 25.- Los tiempos de evacuación solo son aceptados como una referencia y no como una base de cálculo. Esta referencia sirve como un indicador para evaluar la eficiencia de las evacuaciones en los simulacros, luego de la primera evacuación patrón.

Artículo 26.- La cantidad de puertas de evacuación, pasillos, escaleras está directamente relacionado con la necesidad de evacuar la carga total de ocupantes del edificio y teniendo adicionalmente que utilizarse el criterio de distancia de recorrido horizontal de 45.0 m para edificaciones sin rociadores y de 60.0 m para edificaciones con rociadores. Para riesgos especiales se podrán sustentar distancias de recorrido mayor basado en los requisitos adicionales que establece el Código NFPA 101.

Artículo 27.- Para calcular la distancia de recorrido del evacuante deberá ser medida desde el punto más alejado del recinto hasta el ingreso a un medio seguro de evacuación. (Puerta, pasillo, o escalera de evacuación protegidos contra fuego y humos)

Artículo 28.- Para centros comerciales o complejos comerciales, mercados techados, salas de espectáculos al interior de los mismos, deberán considerarse los siguientes criterios de evacuación:

a) Las tiendas por departamentos, Supermercados y Sala de Espectáculos, no deben aportar evacuantes al interior del centro comercial o complejo comercial cuando no consideren un pasadizo protegido contra fuego entre la tienda por departamentos y las tiendas menores, de manera que colecte la evacuación desde la puerta de salida de la tienda por departamentos al exterior del centro comercial. Caso contrario deberán ser autónomas en su capacidad de evacuación.

b) Deben tener como mínimo los siguientes requerimientos de evacuación.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

• Número de ocupantes mayores de 500 y no más de 1000 personas No menos de 3 salidas

• Número de ocupantes mayor de 1000 personas No menos de 4 salidas

c) Los centros comerciales, complejos comerciales, tiendas por departamento o similares no podrán evacuar mas del 50% del número de ocupantes por una misma salida.

d) Es permitido el uso de propagandas, mostradores, puntos de ventas en los ingresos siempre y cuando, estos no invadan el ancho requerido de evacuación, que no es equivalente al ancho disponible. Dichos elementos deberán estar convenientemente anclados con el fin de evitar que se conviertan en una obstrucción durante la evacuación.

e) En tiendas por departamentos, mercados techados, supermercados, con un área comercial mayor a 2800 m2 por planta, deberá tener por lo menos un pasadizo de evacuación con un ancho no menor a 1.50 m.

SUB-CAPITULO IV

REQUISITOS DE LOS SISTEMAS DE PRESURIZACIÓN DE ESCALERAS

La presurización, es básicamente la inyección mecánica de aire exterior a la caja de escaleras o al núcleo de circulación vertical, según corresponda, lo cual genera una presión positiva, que impide el ingreso de los productos de combustión dentro de las vías de escape, lo cual ayuda a la hora de realizar una evacuación ya que evita o disminuye la propagación vertical del incendio.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Artículo 29.- El ventilador y el punto de toma de aire deben ubicarse en un área libre de riesgo de contaminación por humos, preferentemente en el exterior o azotea de la edificación.

Artículo 30.- No es permitida la instalación del ventilador en sótanos o lugares cerrados, donde un incendio adyacente pueda poner en riesgo la extracción de aire, cargando la escalera de humo. El sistema debe contar con inyección de aire para cada piso. La diferencia de presión mínima de diseño entre el interior y el exterior de la caja de la escalera debe ser de 0.05 pulgadas de columna de agua y el máximo de 0.45 pulgadas de columna de agua para edificios protegidos al 100% con rociadores.

Artículo 31.- El cálculo para el diseño de la escalera se debe realizar teniendo en cuenta como mínimo la puerta de salida en el nivel de evacuación y puertas adicionales dependiendo del numero de pisos, cantidad de personas evacuando, u otra condición que obligue a considerar una puerta abierta por un tiempo prolongado. La máxima fuerza requerida para abrir cada una de las puertas de la caja de la escalera no deberá exceder las 30 lbf.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Artículo 32.- La succión y descarga de aire de los sopladores o ventiladores debe estar dotada de detectores de humo interconectados con el sistema de detección y alarmas del edificio de tal manera que se detenga automáticamente en caso de que ingrese humo por el rodete. El ventilador deberá ser activado automáticamente ante la activación de cualquier dispositivo del sistema de detección y alarma. Como mínimo deberá activarse por medio de detectores de humo ubicados en cada acceso a las escaleras de escape a no menos de 3.0 m de las puertas de escape.

Artículo 33.- La interconexión con el sistema de alarmas y detección (cables) debe tener una protección cortafuego para mínimo 2 horas.

Artículo 34.- La alimentación de energía para los motores del ventilador debe contar con dos fuentes independientes, de transferencia automática. Las rutas de dichos suministros deben ser independientes y protegidos contrafuego por 2 horas. La transferencia de la fuente de alimentación primaria a la secundaria se debe realizar dentro de los 30 segundos posteriores a la falla de fuente primaria. Se debe separar la llave de control de los motores de presurización de forma que el contactor general no actúe sobre esta alimentación. Todos los cables de suministro eléctrico desde el tablero de alimentación hasta la entrada a motor del ventilador deben contar con una protección cortafuego para mínimo 2 horas.

Artículo 35.- El ventilador deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a) Listado o equivalente.

b) Preferentemente del tipo centrifugo radial.

c) En el caso de que el ventilador sea impulsado por medio de fajas el número de estas debe ser cuando menos 1.5 veces el numero de fajas requeridas para el servicio de diseño.

d) Todo ventilador impulsado por medio de fajas debe tener cuando menos dos fajas

e) Los cálculos para la selección y la curva del fabricante deben formar parte de los documentos entregados.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

f) Bajo ningún motivo el motor operará por encima de la potencia de placa. La potencia de trabajo de determinará mediante una medición de campo con tres puertas abiertas.

g) El motor impulsor debe tener cuando menos un factor de servicio de 1.15

h) El ventilador debe contar con guardas protectoras para las fajas.

i) El ventilador debe contar con una base para aislar vibraciones.

Artículo 36.- Los dampers y los ductos deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Los dampers deben ser listados según.

b) Los rodamientos de los dampers deben ser auto lubricados o de bronce.

c) Las hojas deben ser galvanizadas

d) Los ductos pueden ser de hierro, acero, aluminio, cobre, concreto, baldosas o mampostería según sea el caso.

e) Cuando los ductos se encuentren expuestos dentro del edificio deberán tener un cerramiento contrafuego de 2 horas.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Sistemas de Conductos EI (RF) 120Sistemas completos de conductos de ventilacion y extraccion, Fuego Interior-Exterior, Vertical-Horizontal, para alcanzar 120 minutos de Resistencia al fuego, con placa Promatect L-500, en 52 milimetros de espesor, ensayados bajo norma UNE EN 1366-1

CAPITULO II

SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD

Artículo 37.- La cantidad de señales, los tamaños, deben tener una proporción lógica con el tipo de riesgo que protegen y la arquitectura de la misma. Las dimensiones de las señales deberán estar acordes con la NTP

399.010-1 y estar en función de la distancia de observación.

Artículo 38.- Los siguientes dispositivos de seguridad no son necesarios que cuenten con señales ni letreros, siempre y cuando no se encuentren ocultos, ya que de por si constituyen equipos de forma reconocida mundialmente, y su ubicación no requiere de señalización adicional.

Como son:

a) Extintores portátiles

b) Estaciones manuales de alarma de incendios

c) Detectores de incendio

d) Gabinetes de agua contra incendios

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

e) Válvulas de uso de Bomberos ubicadas en montantes

f) Puertas cortafuego de escaleras de evacuación

g) Dispositivos de alarma de incendios

.

Artículo 39.- Todos los locales de reunión, edificios de oficinas, hoteles, industrias, áreas comunes en edificios de vivienda deberán estar provistos obligatoriamente de señalización a lo largo del recorrido así como en cada medio de evacuación, de acuerdo con la NTP 399-010-1, para su fácil identificación; además de cumplir con las siguientes condiciones:

a) Todas las puertas a diferencia de las puertas principales y que formen parte de la ruta de evacuación deberá estar señalizadas con la palabra SALIDA, de acuerdo a

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

NTP 399-010-1

b) En cada lugar donde la continuidad de la ruta de evacuación no sea visible, se deberá colocar señales direccionales de salida.

c) Se colocará una señal de NO USAR EN CASOS DE EMERGENCIA en cada uno de los ascensores, ya que no son considerados como medios de evacuación.

d) Cada señal deberá tener una ubicación tamaño y color distintivo y diseño que sea fácilmente visible y que contraste con la decoración.

e) Las señales no deberán ser obstruidas por maquinaria, mercaderías, anuncios comerciales, etc.

f) Deberán ser instaladas a una altura que permita su fácil visualización.

g) Deberán tener un nivel de iluminación natural o artificial igual a 50 lux.

h) El sistema de señalización deberá funcionar en forma continua o en cualquier momento que se active la alarma del edificio.

Artículo 40.- Todos los medios de evacuación deberán ser provistos de iluminación de emergencia que garanticen un periodo de 1 ½ hora en el caso de un corte de fluido eléctrico y deberán cumplir con las siguientes condiciones:

a) Asegurar un nivel de iluminación mínimo de 10 lux medidos en el nivel del suelo.

b) En el caso de transferencia de energía automática el tiempo máximo de demora deberá ser de 10 segundos.

c) La iluminación de emergencia deberá ser diseñada e instalada de manera que si falla una bombilla no deje áreas en completa oscuridad.

d) Las conexiones deberán ser hechas de acuerdo al CNE Tomo V Art. 7.1.2.1

e) El sistema deberá ser alimentado por un circuito que alimente normalmente el alumbrado en el área y estar conectado antes que cualquier interruptor local, de modo que se asegure que ante la falta de energía en el área se enciendan las luces.

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Artículo 41.- Las salidas de evacuación en establecimientos con concurrencia de público deberán contar con señales luminosas colocadas sobre el dintel de del vano.

Las rutas de evacuación contarán con unidades de iluminación autónomas con sistema de baterías, con una duración de 60 minutos, ubicadas de manera que mantengan un nivel de visibilidad en todo el recorrido de la ruta de escape.

CAPITULO III

PROTECCION DE BARRERAS CONTRA EL FUEGO

Artículo 42.- Clasificación de estructuras por su resistencia al fuego.

Para clasificarse dentro del tipo «resistentes al fuego», la estructura, muros resistentes y muros perimetrales de cierre de la edificación, deberán tener una resistencia al fuego mínima de 4 horas, y la tabiquería interior no portante y los techos, una resistencia al fuego mínima de 2 horas.

Artículo 43.- Para clasificarse dentro del tipo «semiresistentes al fuego», la estructura, muros resistentes y muros perimetrales de cierre de la edificación deberán tener una resistencia al fuego mínima de 2 horas, y la tabiquería interior no portante y techos, una resistencia al fuego mínima de1 hora.

Artículo 44.- Para clasificarse dentro del tipo «incombustible con protección», los muros perimetrales de cierre de la edificación deberá tener una resistencia al fuego mínima de 2 horas, y la estructura muros resistentes, techos y tabiquería interior, una resistencia al fuego mínima de 1 hora.

Artículo 45.- La estructura de las construcciones con elementos de madera del «tipo combustible de construcción pesada» se reputara que tiene duración bajo la acción del fuego de una hora.

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Estructura aporticada

Construcciones con elementos de acero

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Artículo 46.- Estructuras clasificadas por su Resistencia al fuego

a) Construcciones de muros portantes.

b) Construcciones aporticadas de concreto.

c) Construcciones especiales de concreto.

d) Construcciones con elementos de acero,

Artículo 47.- Estructuras no clasificadas por su resistencia al fuego

a) Construcciones con elementos de madera de la clasificación combustible de la construcción ordinaria.

b) Construcciones con elementos de acero, de la clasificación sin protección.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

c) Las construcciones de adobe o suelo estabilizado con parámetros y techos ligeros.

Este espesor se protegerá contra descascaramiento con estribos con espaciamiento no mayor al peralte del elemento, debiendo estos estribos tener un recubrimiento neto de 1 pulgada.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Artículo 48.- Clasificación de los pisos o techos por su resistencia al fuego

Artículo 49.- Clasificación de las paredes y tabiques por su resistencia al fuego:

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Artículo 50.- Cuando se requieran instalar selladores cortafuego, deberá presentarse un proyecto específico para tal fin, indicando los tipos, formas y materiales que atraviesan el cerramiento cortafuego.

Artículo 51.- Solo se pueden utilizar materiales selladores, de acuerdo a la configuración que cada fabricante haya sometido a pruebas y que la composición del conjunto a proteger se encuentre descritos en el directorio de UL vigente.

Selladores acrílico intumescente para pasaje de cables/ductos de servicio.Es una sustancia elastomérica selladora diseñada para prevenir el pasaje delfuego de un recinto a otro en los orificios de pasaje donde haya cañerías de servicios tales como cables, bandejas, tuberías de material no combustible o ductos de aire acondicionado. Expuesto al calor del fuego, el material, intumescente, se expande rellenando las brechas más pequeñas a efectos de mantener la integridad del sellado e impedir la propagación del fuego de un compartimiento a otro.

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CAPITULO IV

SISTEMAS DE DETECCIÓN Y ALARMA DE INCENDIOS

Artículo 52.- La instalación de dispositivos de Detección y Alarma de incendios tiene como finalidad principal, indicar y advertir las condiciones anormales, convocar el auxilio adecuado y controlar las facilidades de los ocupantes para reforzar la protección de la vida humana. La Detección y Alarma se realiza con dispositivos que identifican la presencia de calor o humo y a través, de una señal perceptible en todo el edificio protegida por esta señal, que permite el conocimiento de la existencia de una emergencia por parte de los ocupantes.

Artículo 53.- Todas las edificaciones que deban ser protegidas con un sistema de detección y alarma de incendios, deberán cumplir con lo indicado en esta Norma y en el estándar NFPA 72 en lo referente a diseño, instalación, pruebas y mantenimiento.

La norma NFPA 72, “Código de Alarmas Contra incendios“

Artículo 54.- Los equipos que se estandarizan en esta norma no pueden ser variados, en ninguna otra regulación. Los sistemas de detección y alarma de incendios deberán contar con supervisión constante en el área a la cual protegen, con personal entrenado en el manejo del sistema. Los sistemas que reporten las señales de alarma, supervisión y avería hacia lugares fuera de la propiedad protegida, atendidos de manera continua y que brindan el servicio de monitoreo no será necesario que cuenten con supervisión constante en el área protegida.

Artículo 55.- Todo sistema de detección y alarma de incendios, deberá contar con dos fuentes de suministro de energía, de acuerdo con el CNE Tomo V, Capítulo 7.

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Page 93: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Los circuitos, cableados y equipos deberán encontrarse protegidos de daños por corrientes inducidas de acuerdo a lo establecido en el CNE.

Artículo 56.- Los sistemas de detección y alarma de incendios, deberán interconectarse de manera de controlar, monitorear o supervisar a otros sistemas de protección contra incendios o protección a la vida como son:

a) Dispositivos de detección de incendios

b) Dispositivos de alarma de incendios

c) Detectores de funcionamiento de sistemas de extinción de incendios.

d) Monitoreo de funcionamiento de sistemas de extinción de incendios.

e) Válvulas de la red de agua contra incendios.

f) Bomba de agua contra incendios.

g) Control de ascensores para uso de bomberos

h) Desactivación de ascensores

i) Sistemas de presurización de escaleras.

j) Sistemas de administración de humos

k) Liberación de puertas de evacuación

l) Activación de sistemas de extinción de incendios.

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Page 94: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Artículo 57.- Los dispositivos de alarmas acústicas deben ser audibles en la totalidad del local, y podrán ser accionados en forma automática por los detectores, puesto de control o desde los pulsadores distribuidos en la edificación. Esta instalación de alarma audible deberá complementarse con adecuadas señales ópticas, cuando así lo requieran las características de los ocupantes del mismo.

Artículo 58.- Los dispositivos de detección de incendios automáticos y manuales, deberán ser seleccionados e instalados de manera de minimizar las falsas alarmas.

Cuando los dispositivos de detección se encuentren sujetos a daños mecánicos o vandalismo, deberán contar con una protección adecuada y aprobada para el uso.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Artículo 59.- Los dispositivos de detección de incendios deberán estar instalados de forma tal que se encuentren sostenidos de forma independiente de su fijación a los conductores de los circuitos. Los dispositivos de detección de incendios deberán ser accesibles para el mantenimiento y pruebas periódicas.

Artículo 60.- Únicamente es permitida la instalación de detectores de humo de estación simple (detectores a pilas), para usos en edificaciones residenciales y al interior de las viviendas.

Artículo 61.- Para la selección y ubicación de los dispositivos de detección de incendios deberá tomarse en cuenta las siguientes condiciones:

a) Forma y superficie del techo.

b) Altura del techo.

c) Configuración y contenido del área a proteger.

d) Características de la combustión de los materiales presentes en el área protegida.

e) Ventilación y movimiento de aire.

f) Condiciones medio ambientales

Artículo 62.- Los dispositivos de detección de incendios deberán ser instalados de acuerdo a las indicaciones del fabricante y las buenas prácticas de ingeniería. Las estaciones manuales de alarma de incendios deberán ser instaladas en las paredes a no menos de 1.10 m ni a más de 1.40 m.

Artículo 63.- Las estaciones manuales de alarma de incendios deberán distribuirse en la totalidad del área protegida, libre de obstrucciones y fácilmente accesible.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Deberán instalarse estaciones manuales de alarma de incendios en el ingreso a cada una de las salidas de evacuación de cada piso. Se adicionarán estaciones manuales de alarma de incendios de forma que la máxima distancia de recorrido horizontal en el mismo piso, hasta la estación manual de alarma de incendios no supere los 60.0 m.

Artículo 64.- Únicamente será obligatoria la señalización de las estaciones manuales de alarma de incendios que no sean claramente visibles y por exigencia de la Autoridad Competente.

Artículo 65.- Cuando se instalen cobertores en las estaciones manuales de alarma de incendios, con el fin de evitar falsas alarmas o para protección del medio ambiente, estos deben ser aprobados para el uso por la Autoridad Competente.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

CAPÍTULO V

PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS EN LOS DIVERSOS USOS DE VIVIENDA

Artículo 66

Las edificaciones de vivienda Multifamiliar o Conjunto Residencial de más de 5 niveles, deberá contar con una red de agua contra incendios y extintores portátiles, así como una sistema de detección y alarma de incendios.

Una red de agua contra incendios es un sistema

compuesto por un conjunto de tuberías,

dispositivos y accesorios interconectados

entre sí desde una estación de bombeo hasta

dispositivos destinados a proteger

instalaciones y personas contra los riesgos

ocasionados por incendios. Una red de agua

contra incendios podría abastecer a diversos

tipos de dispositivos de protección incluyendo,

pero no limitándose, a los siguientes:

Gabinetes Contra Incendio

Rociadores Automáticos

Aplicadores de Espuma Contra Incendios

Sistemas de Agua Pulverizada.

Artículo 67

Las edificaciones de vivienda Multifamiliar de más de 5 niveles hasta 10 niveles, podrán tener una red de agua contra incendio de tipo Montante Seca con un diámetro no menor de 100 mm de diámetro y salidas de valvuladas de 65 mm en cada nivel al interior de la escalera de evacuación, de acuerdo a lo estipulado en la presente norma.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

a. Cuenta con una escalera de evacuación de acuerdo a lo indicado en la Norma A-010

NORMA A-010

Artículo 26

Las escaleras pueden ser:

a) Integradas: Son aquellas que no están aisladas de las circulaciones

horizontales y cuyo objetivo es satisfacer las necesidades de tránsito de

las personas entre pisos de manera fluida y visible. Estas escaleras

pueden ser consideradas para el cálculo de evacuación, si la distancia

de recorrido lo permite. No son de construcción obligatoria, ya que

dependen de la solución arquitectónica y características de la

edificación.

b) De Evacuación: Son aquellas a prueba de fuego y humos, sirven para

la evacuación de las personas y acceso del personal de respuesta a

emergencias. Estas escaleras deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Toda escalera de evacuación, deberá ser ubicada de manera tal que

permita a los usuarios en caso de emergencia, salir del edificio en

forma rápida y segura.

2. Deben ser continuas del primer al último piso incluyendo el acceso a

la azotea. A excepción de edificios residenciales, donde el acceso a

la azotea podrá ser mediante una escalera del tipo gato.

3. Deben entregar directamente a la acera, al nivel del suelo o en vía

pública amplia y segura al exterior, o en su defecto a un espacio

compartimentado cortafuego que conduzca hacia la vía pública.

4. No será continua a un nivel inferior al primer piso, a no ser que esté

equipada con una barrera de contención y direccionamiento en el

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Page 99: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

primer piso, que imposibilite a las personas que evacuan el edificio

continuar bajando accidentalmente al sótano, o a un nivel inferior al

de la salida de evacuación

5. El vestíbulo previo ventilado deberá contar con un área minima que

permita el acceso y maniobra de una camilla de evacuación o un

área mínima de 1/3 del área que ocupa el cajón de la escalera.

6. El ancho útil de las puertas a los vestíbulos ventilados y a las cajas

de las escaleras deberán ser calculadas de acuerdo con lo

especificado en la Norma A.130, artículo 22º. En ningún caso tendrán

un ancho de vano menor a 1.00 m.

7. Las puertas de acceso a las cajas de escalera deberán abrir en la

dirección del flujo de evacuación de las personas y su radio de

apertura no deberá invadir el área formada por el círculo que tiene

como radio el ancho de la escalera.

8. Tener un ancho libre mínimo del tramo de escalera de 1,20 m.

podrán incluir pasamanos

9. Tener pasamanos a ambos lados separados de la pared un máximo

de 5 cm. El ancho del pasamanos no será mayor a 5 cm. pasamanos

con separaciones de anchos mayores requieren aumentar el ancho

de la escalera.

10.Deberán ser construidas de material incombustible y mantener la

resistencia estructural al fuego que se solicita para cada caso.

11.En el interior de la caja de escalera no deberán existir obstáculos,

materiales combustibles, ductos o aperturas.

12.Los pases desde el interior de la caja hacia el exterior deberán contar

con protección cortafuego (sellador) no menor a la resistencia

cortafuego de la caja.

13.Al interior de las escaleras de evacuación, son permitidas

únicamente las instalaciones de los sistemas de protección contra

incendios.

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Page 100: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

14.Tener cerramientos de la caja de la escalera con una resistencia al

fuego de 1 hora en caso que tenga 5 niveles; de 2 horas en caso que

tengan 6 hasta 24 niveles; y de 3 horas en caso que tengan 25

niveles o más.

15.Contar con marcos, puertas y accesorios corta fuego con una

resistencia no menor a 75 % de la resistencia de la caja de escalera

a la que sirven y deberán ser a prueba de humo de acuerdo con la

Norma A.130.

16.El espacio bajo las escaleras no podrá ser empleado para uso

alguno.

17.No se permiten accesos a ductos y/o montantes a través de la

escalera de evacuación, salvo de los sistemas de seguridad contra

incendios.

18.Deberán contar con un pase para manguera contra incendio, de tipo

cuadrado de 0,20 m de lado, a no mas de 0,30 m de altura medido a

la parte superior del pase, debidamente señalizado al interior de la

escalera, manteniendo el cerramiento cortafuego con material

fácilmente frangible desde el interior de la escalera.

19.La escalera de evacuación no deberá tener otras aberturas que las

puertas de acceso.

Las escaleras de evacuación no podrán ser de tipo caracol, salvo que

comunique máximo dos niveles continuos, que sirva a no más de 5

personas, con pasamano a ambos lados y con una clasificación de riesgo

ligero.

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Page 101: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

b. Cuenta con un hidrante contra incendios de la red pública, a no más de

75.0 m de distancia, medidos de la conexión de bomberos (Siamesa).

c. La localidad donde se ubicará la edificación cuenta con una Compañía de

Bomberos.

Artículo 68º.- En caso de que la edificación cuente con áreas de estacionamiento

subterráneas cuya sumatoria de áreas techadas considerando los espacios de

estacionamiento, las circulaciones y los depósitos, sea mayor a 750 m2, se

requerirá rociadores automáticos de agua contra incendios, de acuerdo a lo

estipulado en la Norma NFPA 13 (National Fire Protection Association).

NFPA 13: Norma para la instalación de sistemas de rociadores

Solo en los casos de edificaciones de uso residencial, no es necesaria la

instalación de bombas contra incendios ni reservas de agua, pudiendo en su

reemplazo conectarse con la red pública de agua siempre y cuando ésta sea de

suministro confiable.

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 101

Page 102: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Artículo 69º.- Las edificaciones de vivienda multifamiliar de más de 10 hasta 20

niveles, deberá estar equipada con los siguientes componentes:

a. Sistema de agua contra incendios presurizada con diámetro no menor a Ø

100 mm. (4") con válvula angular de 65 mm. (2 1/2") en cada nivel para uso

del Cuerpo de Bomberos, de acuerdo a lo estipulado en la presente Norma.

b. Gabinetes de mangueras contra incendios de Ø 40 mm. (1 1/2") en todos

los niveles, ubicados de tal manera que la totalidad de cada área pueda ser

alcanzada por la manguera de acuerdo a lo estipulado en la presente

Norma.

c. Bomba contra incendios de arranque automático con un caudal no menor a

946 l/min. (250 gpm.) con una presión no menor de 4.14 bar (60 psi) en el

punto más desfavorable, de acuerdo a lo estipulado en la presente Norma. 

Cuando la edificación presente otros riesgos distintos al de vivienda como

parte de la misma, y sea obligatorio el uso de rociadores la capacidad de

bombeo y reserva de agua contra incendio, deberán ser calculados para el

máximo riesgo y máxima demanda.

d. La reserva de agua contra incendios, será dimensionada en base al

máximo riesgo, la cual no será menor a 28 metros cúbicos de volumen útil y

exclusivo

e. Estaciones manuales, sistema de detección de humos en hall de

ascensores, así como alarmas de incendios según lo estipulado en la

presente Norma.

Artículo 70º.- Las edificaciones de vivienda multifamiliar de más de 20 niveles

deberán estar equipadas con los siguientes componentes:

a. Sistema de agua contra incendios presurizada con diámetro no menor a Ø

150 mm. (4") con válvula angular de 65 mm. (21/2") en cada nivel para uso

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 102

Page 103: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

del Cuerpo de Bomberos, de acuerdo a lo estipulado en la presente Norma,

en cada escalera de evacuación

b. Gabinetes de mangueras contra incendios de Ø 40 mm. (11/2") en todos los

niveles ubicados de tal manera que la totalidad de cada área pueda ser

alcanzada por la manguera de acuerdo a lo estipulado en la presente

Norma.

c. Bomba contra incendios de arranque automático de acuerdo al estándar de

la NFPA 20 y el volumen de reserva según NFPA 13.

d. Se debe instalar en todo el edificio un sistema de rociadores automáticos,

de acuerdo a lo estipulado en el estándar de la norma NFPA 13.

e. Reserva de agua contra incendios será dimensionada según el estándar

NFPA 13

f. Estaciones manuales, Sistema de detección de humos en hall de

ascensores, así como alarmas de incendios según lo estipulado en la

presente Norma.

CAPITULO VI 

HOSPEDAJES

Artículo 71º.- Las edificaciones destinadas a hospedajes deben cumplir como

mínimo con los requisitos de seguridad que se establecen en los cuadros de los

anexos A, B, C, D, E y F, del presente capítulo.

Artículo 72º.- Los sistemas de evacuación serán diseñados y calculados en

función a los requerimientos que establecen el Código de la NFPA 101 en el

capítulo de Edificaciones de Hospedaje.

NFPA 101: Código de Seguridad Humana

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Page 104: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Artículo 73º.- Dependiendo de la clasificación y altura de la edificación de

hospedaje se establece la necesidad de sistemas de agua contra incendios.

En caso de que la edificación cuente con playas de estacionamiento subterráneas,

cuya sumatoria de áreas sean mayores a 500 m2 y/o 250 m2 de depósitos o

servicios generales (área sumada) se requerirá rociadores automáticos de agua

contra incendios de acuerdo a lo estipulado en el estándar NFPA 13.

Artículo 74º.- En donde existan cocinas y esto obligue a la necesidad de ductos

de evacuación de grasas y humos, estos deberán encontrarse dentro de un ducto

cortafuego de una hora de resistencia, evitando recorridos horizontales y

reduciendo al máximo las curvas.

SELLOS CORTAFUEGO

Son otro de los métodos pasivos

dedicados a confinar el fuego, evitando la

propagación del humo, calor, gas tóxico y

llamas a otras secciones de un edificio.

Cada sección de un edifico tiene puertas,

ventanas y servicios (ventilación,

hidráulico, eléctricos y de

comunicaciones). El confinamiento y control del fuego selogra sellando con

materiales adecuados cada uno de los accesos de servicios. Los sellos

cortafuego se fabrican con m

ateriales que se expanden con el

calor evitando el paso del humo,

calor, gas tóxico y llamas, además

se obtiene un sello acústico dada la

hermeticida de los sistemas

logrando mejores resultados en

ambientes de aire acondicionado. Independientemente de que las

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Page 105: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

edificaciones puedan contar con equipos y sistemas de extinción para

combatir de forma activa un incendio, con el empleo de materiales de

recubrimiento adecuados para proteger al acero de refuerzom como una

protección pasiva i permamente, será posible controlar la propagación del

fuego a otras áreas de la construcción y sobre todo se podrá evitar el

colapso estructural de la construcción por el calo excesivo que el incendio

libera

Artículo 75º.- Donde se requieran bombas contra incendios, estas serán

diseñadas, instaladas, probadas y mantenidas de acuerdo con la Standard NFPA

20. Cuando se decida instalar bombas alimentadas por energía eléctrica esta

deberá contar con 2 fuentes de suministro eléctrico y un panel de transferencia

automático de acuerdo con el Código Eléctrico Nacional.

Artículo 76º.- Los hoteles de 4 y 5 estrellas deberán contar con un ambiente

denominado Centro de Control desde donde se pueda administrar la evacuación

de la edificación y todos los sistemas de seguridad. El área mínima deberá ser tal

que permita albergar todo el equipamiento del Centro de Control y adicionalmente

permitir a los Bomberos administrar una emergencia. Esta área deberá estar

ubicada en el primer o segundo nivel con acceso directo, desde la vía pública y

con una puerta rotulada como «Centro de Control».

Artículo 77º.- Cuando los hoteles requieran la utilización de helipuertos estos

deberán contar con su protección contra incendios adecuado al tipo de riesgo,

para el caso de un sistema de generación espuma portátil AFFF,éste nunca será

menor a 2 descargas simultáneas de 216 lt/min. por 15 minutos de generación. El

sistema de balizaje será normado por OACI(Organización de la Aviación Civil

Internacional).

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 105

Page 106: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Extintor de Espuma AFFF a prueba de alcohol, especial

para el combate de incendios clase A y clase B. El agente

resistente a los alcoholes, es un agente de combate de

fuegos efectivo en una variedad de fuegos Clase B tales

como alcoholes, solventes polares, hidrocarburos, etc

Artículo 78º.- Cuando los hoteles tengan en su interior,

adyacente o como parte de el, casinos, coliseos, centros de

conv enciones, restaurantes, centros comerciales, lugares

de entretenimiento u otros espacios de uso público, deberán

contar como mínimo con la protección requerida para el

hotel, tal como se detalla en los anexos A, B, C, D, E y F del

presente capítulo.

Artículo 79º.- Las instalaciones de almacenamiento, abastecimiento y distribución

de gas natural, gas licuado de petróleo y líquidos combustibles deberán diseñarse

e instalarse de acuerdo con la regulación nacional vigente de acuerdo con la Ley

Orgánica de Hidrocarburos Nº 26221.

Artículo 80º.- Cuando se decida la instalación de un sistema de administración de

humos y/o sistemas de evacuación horizontal, deberá cumplirse con el Código

NFPA 101 y Estándar NFPA 92.

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 106

Page 107: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

INFRAESTRUCTURA MINIMA PARA UN ESTABLECIMIENTO 

DE HOSPEDAJE CLASIFICADO COMO HOTEL

 

(1) Los hoteles de 1, 2 y 3 estrellas de 5 hasta 8 niveles podrán tener una red de

agua contra incendio de tipo Montante Seca con un diámetro no menor de Ø 100

mm, y salidas valvuladas de 65 mm. en cada nivel al interior de la escalera de

escape, de acuerdo a lo estipulado en la Norma Requisitos de Seguridad. si

cumple los siguientes requisitos:

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 107

Page 108: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

i. Contar con escalera de evacuación de acuerdo a lo indicado en la Norma A

010

ii. Contar con un hidrante contra incendios de la red pública a no más de 75

m. de distancia medidos de la conexión de bomberos (Siamesa).

La localidad donde se ubicará la edificación deberá contar con una

Compañía de Bomberos.

(2) No serán requeridos sistemas automáticos de rociadores, cuando todos los

dormitorios para huéspedes cuenten con una puerta que abra directamente hacia

el exterior, a nivel de la vía publica o del terreno, o hacia un acceso a una salida

exterior que cumpla con que el lado largo del balcón, porche, galería o espacio

similar se encuentre abierto por lo menos en un 50%, dispuesto para impedir la

acumulación de humos y además cumplir con los requisitos establecidos en el

Código NFPA 101

(3) No serán requeridos sistemas automáticos de rociadores siempre y cuando:

La distancia de recorrido del evacuante no sea mayor a 12.0 m medidos

desde la puerta de la habitación hasta la salida de evacuación mas

cercana, o

La distancia de recorrido del evacuante no sea mayor a 30.0 m medidos

desde la puerta de la habitación hasta la salida de evacuación más

cercana, además cuente la edificación con 2 rutas de evacuación y no

existan corredores sin salida de más de 12.0 m de distancia de evacuación.

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 108

Page 109: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

INFRAESTRUCTURA MINIMA PARA UN

ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO

COMO APART-HOTEL

 

(1) No serán requeridos sistemas automáticos de rociadores cuando todos los

dormitorios para huéspedes cuenten con una puerta que abra directamente hacia

el exterior, a nivel de la vía publica o del terreno, o hacia un acceso a una salida

exterior que cumpla con que el lado largo del balcón, porche, galería o espacio

similar se encuentre abierto por lo menos en un 50%, dispuesto para impedir la

acumulación de humos y además cumplir con los requisitos establecidos en el

Código NFPA 101

(2) No serán requeridos sistemas automáticos de rociadores siempre y cuando:

La distancia de recorrido del evacuante no sea mayor a 12 m medidos

desde la puerta de la habitación hasta la salida de evacuación mas

cercana, o

La distancia de recorrido del evacuante no sea mayor a 30 m medidos

desde la puerta de la habitación hasta la salida de evacuación más

cercana, además cuente la edificación con 2 rutas de evacuación y no

existan corredores sin salida de más de 12 m de distancia de evacuación.

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Page 110: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

INFRAESTRUCTURA MINIMA PARA UN

ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO

COMO HOSTAL

 

(1) Los Hostales de 1, 2 y 3 estrellas de 5 hasta 8 niveles podrán tener una red de

agua contra incendio de tipo Montante Seca con un diámetro no menor de Ø 100

mm., y salidas valvuladas de 65 mm. en cada nivel al interior de la escalera de

escape, de acuerdo a lo estipulado en la Norma Requisitos de Seguridad si

cumple los siguientes requisitos:

a. Contar con escalera de evacuación de acuerdo a lo indicado en la Norma A

010

b. Contar con un hidrante contra incendios de la red pública a no más de 75.0

m. de distancia medidos de la conexión de bomberos (Siamesa).

c. La localidad donde se ubicará la edificación deberá contar con una

Compañía de Bomberos

(2) No serán requeridos sistemas automáticos de rociadores siempre y cuando:

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 110

Page 111: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

La distancia de recorrido del evacuante no sea mayor a 12.0 m. medidos

desde la puerta de la habitación hasta la salida de evacuación mas

cercana, o

La distancia de recorrido del evacuante no sea mayor a 30.0 m. medidos

desde la puerta de la habitación hasta la salida de evacuación más

cercana, además cuente la edificación con 2 rutas de evacuación y no

existan corredores sin salida de más de 12.0 m. de distancia de

evacuación.

INFRAESTRUCTURA MINIMA PARA UN

ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO 

COMO RESORT

 

(1) No serán requeridos sistemas automáticos de rociadores cuando todos los

dormitorios para huéspedes cuenten con una puerta que abra directamente hacia

el exterior, a nivel de la vía publica o del terreno, o hacia un acceso a una salida

exterior que cumpla con que el lado largo del balcón, porche, galería o espacio

similar se encuentre abierto por lo menos en un 50%, dispuesto para impedir la

acumulación de humos y además cumplir con los requisitos establecidos en el

Código NFPA 101.

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 111

Page 112: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

(2) No serán requeridos sistemas automáticos de rociadores siempre y cuando:

La distancia de recorrido del evacuante no sea mayor a 12.0 m medidos

desde la puerta de la habitación hasta la salida de evacuación mas

cercana, o

La distancia de recorrido del evacuante no sea mayor a 30.0 m medidos

desde la puerta de la habitación hasta la salida de evacuación más

cercana, además cuente la edificación con 2 rutas de evacuación y no

existan corredores sin salida de más de 12.0 m de distancia de evacuación.

INFRAESTRUCTURA MINIMA PARA UN

ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO

COMO ECOLODGE

REQUISITOS MINIMOS

Sistema de detección de incendios a pilas en los

dormitorios

Obligatori

o

Iluminación de emergencia en los lugares que cuenten

con red de energía eléctrica

Obligatori

o

Extintores portátilesObligatori

o

INFRAESTRUCTURA MINIMA PARA UN

ESTABLECIMIENTO DE HOSPEDAJE CLASIFICADO

COMO ALBERGUE

REQUISITOS MINIMOS

Sistema de detección y alarma de

incendios centralizado

Obligatori

o

Señalización e iluminación de

emergencia

Obligatori

o

Extintores portátiles Obligatori

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 112

Page 113: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

o

CAPITULO VII 

SALUD

Artículo 81º.- Las edificaciones de Salud deberán cumplir con los siguientes

requisitos mínimos de seguridad los cuales aplican a todas las áreas internas de la

edificación como cafetería, tienda de regalos, sala de reuniones y/o áreas

complementarias.

 

1. Obligatorio cuando la edificación tiene 3 niveles o mas

2. Obligatorio cuando la edificación tienen 2 o más niveles

Artículo 82º.- Todo local de salud tipo hospital deberá tener al menos una división

resistente al fuego por piso de hospitalización que genere áreas de refugio de

acuerdo con:

De 3 niveles o menos = mínimo 1 hora de resistencia contra fuego

De 4 niveles o mas = mínimo 2 horas de resistencia contra fuego

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 113

Page 114: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Cada área de refugio generada deberá tener como mínimo una salida o

escalera de evacuación

Para estimar el área mínima de refugio deberá considerarse:

En hospitales o lugares de reposo = 2.8 m2 por persona

En instalaciones con pacientes en silla de ruedas = 1.4 m2 por persona

En los pisos que no alberguen pacientes internados ni pacientes en camilla

= 0.5 m2 por persona

Artículo 83º.- Todo local de salud tipo hospital deberá tener cerramientos

contrafuego de 1 hora en locales de 3 pisos o menos y 2 horas en locales de 4

pisos y más para las siguientes áreas:

Salas de operación

Salas de cuidado intensivo

Salas de Diálisis

Artículo 84º.- Todo local de salud de 2 o más niveles deberá contar con teléfono

para bomberos y un sistema de evacuación por voz.

Artículo 85º.- Los laboratorios en locales de salud en donde se utilicen materiales

inflamables, combustibles o riesgosos considerados como de riesgo severo

deberán estar protegidos de acuerdo con la norma NFPA 99, Standard for Health

Care Facilities.

Artículo 86º.- Las áreas de riesgo en locales de Salud deberán ser protegidas con

cerramiento contrafuego de:

Salas de calderas y de calefactores alimentados a combustible: 1 hora

Lavanderías centrales más de 10 m2 de superficie: 1 hora

Laboratorios usando materiales inflamables o combustibles distintos a

riesgo severo: Puertas con cierre automático

Laboratorios usando materiales clasificados de riesgo severo:1 hora

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 114

Page 115: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Talleres de pintura que emplean sustancias y materiales riesgosos distintos

a riesgo severo: 1 hora

Talleres de mantenimiento de la planta física: 1 hora - Salas donde se

guarda la ropa para lavar :1 hora

Almacenes de materiales combustibles entre 4.5 m2 y 10.0 m2 : Sin

requerimiento

Salas de almacenamiento con más de 10 m2 de superficie para

almacenamiento de materiales combustibles :1 hora

Salas de recolección de residuos :1 hora

Todos los muros internos y particiones en los locales de salud de 4 pisos o

más deberán ser de materiales incombustibles o de combustión limitada.

Artículo 87º.- Las dimensiones de las puertas y escaleras de evacuación deberá

cumplir lo establecido en la norma de requisitos de Seguridad.

El ancho mínimo de un puerta de evacuación ubicado en un pasadizo será de 1.20

m. cuando conduzca en un solo sentido a un área de refugio y de 2.40 m cuando

divida el área en dos zonas de refugio. En este ultimo caso, las hojas de las

puertas deberán abrir en sentidos opuestos.

Artículo 88.- Las escaleras de evacuación deben permitir el giro de una camilla

considerando que miden 0.60 m. por 2.50 m. de largo.

CAPITULO VIII 

COMERCIO

Artículo 89º.- Las edificaciones de comercio deberán cumplir con los siguientes

requisitos mínimos de seguridad:

 

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 115

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

    

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Page 117: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

1. A partir de 250 m2 de área.

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 117

Page 118: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

2. Cuando los requerimientos de agua (caudal y presión) del sistema de

rociadores puedan ser abastecidos por el servicio de agua de la localidad,

estos podrán conectarse directamente con la red pública, siempre y cuando

exista una compañía de bomberos en la localidad.

3. Es requisito obligatorio contar con hidrantes que provean un caudal total

mínimo de 750 gpm. (caudales sumados).

4. Serán requeridos hidrantes de la red publica con un caudal suficiente para

el máximo riesgo, de acuerdo con la formula ISO.

5. Únicamente estaciones manuales y alarma de incendios

6. Cuando las rutas de evacuación así lo exijan 

7. Para construcciones de un solo nivel, para edificaciones de 2 o más niveles

se aplicaran los requerimientos de protección contra incendios de los

Conjuntos de Tiendas.

Artículo 90º.- Las Galerías Comerciales y Conjunto de Tiendas de no mas de 3

niveles, deberán contar con una separación contra fuegos no menor de 1 hora, de

manera de agrupar locales que tengan un máximo 20.0 m lineales de frente.

Las paredes posteriores colindantes con otra tienda, deberá tener separación

corta fuego con una resistencia mínima de 1 hora. No se requiere

compartimentación corta fuego en el frente de la tienda.

Artículo 91º.- Las Galerías Comerciales y Conjunto de Tiendas de 4 niveles o

mas, deberán contar con una separación contra fuegos no menor de 2 horas, de

manera de agrupar locales que tengan un máximo 20.0 m. lineal de frente.

Las paredes posteriores colindantes con otra tienda, deberá tener una separación

corta fuego con una resistencia mínima de 2 horas. No se requiere

compartimentación corta fuego en el frente de la tienda.

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 118

Page 119: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Artículo 92º.- Las edificaciones comerciales deberán contar con el número de

escaleras de evacuación y salidas de emergencia necesarias, de acuerdo con el

cálculo de evacuación establecido en la norma A.070.

Artículo 93º.- En Centros Comerciales bajo un mismo techo estructural, la

distancia máxima de recorrido es de 45.0 m a una salida de evacuación o de la

edificación cuando no se cuenta con un sistema de rociadores y de 60.0 m.

cuando la edificación cuenta con rociadores.

Artículo 94º.- En edificaciones de uso de Centro Comercial bajo un mismo techo

estructural, se podrá tener una distancia máxima de recorrido de 60.0 m.

adicionales, tomados desde la puerta de salida de la tienda hasta la salida más

cercana de la edificación, siempre y cuando se cuente con los siguientes

componentes:

a. Rociadores instalados en el 100% del Centro Comercial, incluyendo áreas

comunes de circulación techadas.

b. Sistema de administración de humos de acuerdo con la Guía NFPA 92B.

c. Compartimentación contra fuego no menor de 1 hora entre locales, para

centros comerciales de 3 pisos o menos, y de 2 horas para 4 pisos o más.

Artículo 95º.- Cuando la puerta de salida al exterior no sea claramente visible,

desde algún punto del local, deberá colocarse la señalización respectiva.

Artículo 96º.- Toda edificación comercial, que cuenta con áreas bajo nivel del

piso, con un área total mayor de 250 m2, deberá contar con un sistema automático

de rociadores. Cuando los requerimientos de agua (caudal y presión) del sistema

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 119

Page 120: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

de rociadores puedan ser abastecidos por el servicio de agua de la localidad,

estos podrán conectarse directamente con la red pública, siempre y cuando exista

una compañía de bomberos en la localidad.

Artículo 97º.- Los sistemas de detección y alarma, deberán reportar a un lugar

con personal entrenado las 24 horas, o reportar vía telefónica a un punto que

cumpla con estos requisitos.

Artículo 98º.- En caso de tiendas ubicadas al interior de centros comerciales,

complejos comerciales, galerías comerciales, estas deberán cumplir con los

requisitos de protección contra incendios con del local donde se ubican.

 

CAPITULO IX

OFICINAS

Artículo 99º.- Las edificaciones para uso de oficinas deberán cumplir con los

siguientes requisitos de seguridad:

 

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Page 121: seguridad en edificaciones

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CAPITULO XEQUIPOS Y MATERIALES PARA SISTEMAS DE AGUA CONTRA INCENDIOS

SUB-CAPITULO I GENERALIDADES

INCENDIO:

Es una ocurrencia de fuego no controlada que

puede abrasar algo que no está destinado a

quemarse. Puede afectar a estructuras y a seres

vivos. La exposición a un incendio puede producir

heridas muy graves como la muerte,

generalmente por inhalación de humo o por

desvanecimiento producido por la intoxicación y

posteriormente quemaduras graves. Para que se inicie un fuego es necesario que

se den conjuntamente estos tres factores: combustible, oxigeno y calor o energía

de activación.

Fuego

El fuego es consecuencia del calor y la luz que se producen durante las

reacciones químicas, se denomina combustión.

Si la reacción se realiza sin oxigeno suficiente, se dice que es incompleta. La

combustión incompleta de compuestos orgánicos producirá monóxido de carbono

y partículas de carbono, las que con pequeños fragmentos de material no

quemado, causan humo.

Origen del fuego

Los incendios en los edificios pueden empezar con fallos en las

instalaciones eléctricas o de combustión, como las calderas, escapes

de combustible, accidentes en la cocina, niños jugando con mecheros o cerillas, o

accidentes que implican otras fuentes de fuego, como velas y cigarrillos. El fuego

puede propagarse rápidamente a otras estructuras, especialmente aquellas en las

que no se cumplen las normas básicas de seguridad. Por ello, muchos municipios

ofrecen servicios de bomberos para extinguir los posibles incendios rápidamente.

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 121

Page 122: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

A los efectos de conocer la peligrosidad de los materiales en caso de incendio y

del agente extintor siga las instrucciones: extintor, agua, llamar a los bomberos,

mantener la calma, no respirar y no se mueva del sitio en donde se ubica.

La gama del equipo para la extinción de incendios va desde los cubos de agua o de arena hasta las instalaciones completas de rociadores. El equipo y la cantidad del equipo necesario depende del tamaño y construcción del edificio que ha de ser protegido y de los procesos que se efectúan en su interior. A veces unos extintores portátiles de incendio o aun unos baldes de arena seca o unos barriles llenos de agua son suficientes como equipos de lucha contra incendios. La mayoría de las fabricas de las zonas con agua corriente tienen bocas y contra incendios mangueras.A fin de que la elección del equipo de extinción de incendios y de las medidas de precaución a adoptar se haga de manera racional, en algunos países los incendios se clasifican en varios tipos.Incendios de clase A (de materiales sólidos en cuya composición entra el carbono, como madera, papel y desperdicios). El método usual para extinguir este tipo de incendios es mediante chorros de agua que apagan el fuego y enfrían el material por debajo de su temperatura de ignición. Es imprescindible dejar que transcurra un tiempo suficiente para que el agua penetre y enfrié la totalidad del material, pues de lo contrario el incendio puede recomenzar.Incendio de case B (de líquidos o sólidos licuables inflamables, como solventes, petróleo o pintura). Estos incendios plantean un problema menos sencillo, porque la elección del método para extinguirlos depende en cada caso de las características del equipo que se haya inflamado. Si éste es insoluble en agua y menos denso que ella, lo único que se logrará utilizando chorros de agua es propagar el incendio a lugares próximos, pues el líquido que arde flotará sobre el agua, como el petróleo que arde flota en la superficie del mar. Si el líquido se inflama a una temperatura relativamente baja, sus vapores forman con el aire una mezcla explosiva que, si al expandirse hace contacto con una fuente de ignición, da origen a una cortina de llamas que se extiende desde dicha fuente hasta el líquido del que se desprendieron los vapores. Estos incendios se suelen combatir cubriendo la superficie del líquido, con una espuma especial por ejemplo, a fin de impedir su contacto con el oxigeno.Incendios de clase C (de gases, como los que producen cuando se rompen las tuberías de gas). La mejor manera de extinguir estos incendios es cortar el escape de gas, provenga de una tubería o de un cilindro.Incendios de clase D (de metales con el magnesio y sus aleaciones y el sodio y el potasio en contacto con el agua). Para combatir estos incendios se necesita un polvo seco, de un tipo que depende del metal que este ardiendo. Unos de los problemas más difíciles de esta clase de incendios es el que plantean los humos tóxicos que se desprenden del metal.

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Page 123: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

SUB-CAPITULO1GENERALIDADES

Artículo 100.- Las edificaciones deben ser protegidas con un sistema contra incendios en función al tipo, área, altura y clasificación de riesgo, estos sistemas requieren de una serie de partes, piezas y equipamiento que es necesario estandarizar, para que puedan ser compatibles y ser utilizados por el Cuerpo de Bomberos y permitir los planes de apoyo mutuo entre empresas e instituciones.

Artículo 101.- Los equipos que se estandarizan en esta norma no pueden ser variados, en ninguna otra regulación. Se aceptaran solo piezas de fabrica, construidas como un conjunto, no se aceptaran equivalentes, piezas o partes que modifiquen, o sirvan como ampliación, conexión o cualquier otro dispositivo que se utilice con el propósito de adecuar o modificar los dispositivos regulados en el presente capitulo.

Artículo 102.- Los distintos sistemas de protección contra incendios, que se establecen en la presente Norma deben ser diseñados bajo estándares confiables de reconocido prestigio internacional, y mientras en el país no se desarrollen estándares nacionales, se utilizaran los siguientes:

a) Para el diseño, e instalación de sistemas de rociadores automáticos, de tipo cerrado y con bulbo, se utilizara la norma NFPA 13

Sistema de Rociadores automáticosLos sistemas de rociadores automáticos desempeñan simultáneamente dos funciones con idéntica eficacia: detección y extinción de incendios.

El diseño del sistema y su ejecución deben realizarse siguiendo los criterios fijados por la normativa en vigor para el riesgo a proteger

Los distintos componentes de la instalación se deben someter a los protocolos de mantenimiento indicados por los fabricantes y señalados en la normativa aplicable en cada caso.

Las personas que ocupan edificios protegidos con rociadores automáticos deben ser conscientes de ello y estar instruidas para la evacuación

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Page 124: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

ordenada en caso de incendio. Los sistemas se activarán automáticamente para controlar el fuego.

Secuencia de funcionamiento de un rociador automático

En estado de reposo

El calor generado por el fuego incipiente hace estallar la ampolla de cierre

El agua se descarga sobre el incendio

Las estadísticas revelan que con la sola activación de ocho rociadores el fuego queda controlado.

Cuando el rociador (1) se abre, el agua que fluye levanta la clapeta

de la válvula de alarma (2) y pasa a través del circuito de alarma (3) a

la cámara de retardo (4), cuando esta se llena el agua fluye hacia la alarma

hidrodinámica (5) y/o al presostato opcional (6) que activa una campana eléctrica de alarma.

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Page 125: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

b) Para el diseño e instalación de sistemas de rociadores especiales, llamados spray, sin bulbo, y utilizados para el enfriamiento de recipientes y estructuras, se utilizara la norma NFPA 15 c) Cuando los sistemas de suministro de agua se desarrollen sin la necesidad de un sistema de bombeo, a través de un tanque elevado, se utilizara la norma NFPA 24

d) Cuando el suministro de agua se desarrolle utilizando una bomba, se debe utilizara la norma NFPA 20, tanto para motores petroleros o eléctricos. Cuando la energía se base en corriente eléctrica

e) Cuando se requiere obligatoriamente una fuente alterna, el sistema de energía debe ser diseñado e instalado según NFPA 70. f) Para sistemas de bombeo menores a 500 gpm no se requieren bombas de tipo listadas UL. Pueden utilizarse sistemas de bombeo que dispongan de una certificación independiente al fabricante que garantice la capacidad de la curva de bombeo. g) Cuando el sistema de alimentación de agua provenga directamente de la red pública, sin necesidad de bomba ni reserva de agua contra incendio se instalaran sistemas de doble check con medidor de caudal según NFPA 24. h) Para el diseño e instalación de montantes y gabinetes de agua contra incendios, se utilizará el estándar NFPA 14.

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Page 126: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Artículo 103.- Las roscas que deben utilizarse en cualquier dispositivo de combate de incendios tanto para abastecimiento, descarga de agua o combate de incendios, tendrán 9 hilos por pulgada para roscas NH de 40 mm. (11/2") de diámetro y 7 ½ hilos por pulgada para roscas NH de 65 mm. (2 1/2") de diámetro.

Artículo 104.- Los casos no contemplados en la presente Norma podrán ser referidos a los códigos y estándares pertinentes de la NFPA con la autorización de la Autoridad Competente.

SUB-CAPITULO IICONEXIÓN DE BOMBEROS

Artículo 105.- El dispositivo de conexión, mediante el cual las unidades del Cuerpo de Bomberos suministran agua al interior de las tuberías de las redes de agua contra incendios, sistemas de rociadores o cualquier otro sistema de extinción de incendios en base a agua, de forma de suministrar un caudal adicional de agua para la extinción de un incendio, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

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Page 127: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

a) Todo sistema de agua contra incendios, sin importar el tamaño, debe contar con Conexión para Bomberos.

b) La Conexión para Bomberos debe ser visible, de fácil acceso e identificable y preferentemente ubicarse en la fachada más próxima a la vía pública. c) El espacio circundante de la Conexión para Bomberos, debe ser amplio en sus cuatro lados, de forma tal que permita la rápida conexión de mangueras sin obstrucción o restricción alguna. d) La distancia con relación al piso no debe ser menor de 0.30 m ni mayor de 1.20 m medidos ambos desde el nivel de piso terminado al borde inferior de los acoples. e) Las bocas de inyección deben ser orientadas de forma directa y perpendicular hacia la pista donde se ubicará la unidad del Cuerpo de Bomberos. f) Se debe instalar una Conexión para Bomberos por cada sistema que tenga la edificación. La ubicación debe preferirse cercana a los hidrantes de la vía publica.

g) No deberán existir válvulas de control entre la Conexión de Bomberos y el sistema contra incendios. Deberá instalarse una válvula check listada en cada Conexión de Bomberos.

SEGURIDAD E HIGIENE LABORAL 127

Page 128: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Válvula: Aparato mecánico con el cual se puede iniciar, detener o regular la circulación (paso) de líquidos o gases mediante una pieza movible que abre, cierra u obstruye en forma parcial uno o más orificios o conductos.Sus tamaños van desde una fracción de pulgada hasta 30 ft (9 m) o más de diámetro. Pueden trabajar con presiones que van desde el vació hasta mas de 20000 lb/in² (140 Mpa) y temperaturas desde las criogénicas hasta 1500 °F (815 °C).

Válvula de control.La válvula automática de control generalmente constituye el último elemento en un lazo de control instalado en la línea de proceso y se comporta como un orificio cuya sección de paso varia continuamente con la finalidad de controlar un caudal en una forma determinada.

Válvulas de retención (check). La válvula de retención esta destinada a impedir una inversión de la circulación. La circulación del líquido en el sentido deseado abre la válvula; al invertirse la circulación, se cierra. Hay tres tipos básicos de válvulas de retención: 1) válvulas de retención de columpio, 2) de elevación y 3) de mariposa.Válvulas de retención del columpio.Esta válvula tiene un disco embisagrado o de

charnela que se abre por completo con la presión en la tubería y se cierra cuando se interrumpe la presión y empieza la circulación inversa. Hay dos diseños: uno en "Y" que tiene una abertura de acceso en el cuerpo para el esmerilado fácil del disco sin desmontar la válvula de la tubería y un tipo de circulación en línea recta que tiene anillos de asiento reemplazables.Recomendada para Cuando se necesita resistencia mínima a la circulación.

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SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

Cuando hay cambios poco frecuentes del sentido de circulación en la tubería. Para servicio en tuberías que tienen válvulas de compuerta. Para tuberías verticales que tienen circulación ascendente.AplicacionesPara servicio con líquidos a baja velocidad.Ventajas Puede estar por completo a la vista. La turbulencia y las presiones dentro de la válvula son muy bajas.MaterialesCuerpo: bronce, hierro fundido, acero forjado, Monel, acero fundido, acero inoxidable, acero al carbono.Componentes: diversos.Instrucciones especiales para instalación y mantenimiento En las tuberías verticales, la presión siempre debe estar debajo del asiento. Si una válvula no corta el paso, examinar la superficie del asiento. Si el asiento esta dañada o escoriado, se debe esmerilar o reemplazar. Antes de volver a armar, limpiar con cuidado todas las piezas internas.

h) Las Conexiones de Bomberos deberán tener al menos 2 conexiones de 65 mm. (2 ½") de rosca continua NHS. Adicionalmente debe tener la cantidad de entradas (ingresos) que requiera el sistema de agua, el cual debe ser calculado para el máximo caudal que demande el máximo riesgo, a razón de 945 L/min (250 gpm) por cada entrada (ingreso).

i) En edificaciones de vivienda multifamiliar con área por nivel no mayor a 300 m2, y de altura no mayor a 10 niveles se podrá utilizar Conexión para Bomberos de una sola entrada.

Artículo 106.- Los sistemas de rociadores, espuma, diluvio, y/o cualquier otro sub sistema de protección contra incendios basado en agua, que no se muestre hacia la vía publica y/o se encuentren en el interior de la edificación en el primer piso, requieren contar también con Conexión para Bomberos, con una capacidad de abastecimiento para el 100% de demanda del sistema de agua que requiere el sistema especifico que alimenta. Estos caudales no son sumatorias por cada sub sistema, debiendo utilizarse solo el riesgo hidráulicamente más demandante en caudal.

Artículo 107.- Las Conexiones para Bomberos, pueden ser del tipo poste, empotradas, adosadas, de pared, en acabados de materiales diversos, no deben

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Page 130: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

ser pintadas y no es necesario que sean de color rojo. La ubicación en la fachada de la edificación, debe ser tal que permita su uso, sin dificultar maniobras de evacuación de personas, ni ingreso a la edificación tanto a pie como con unidades de bomberos.

Artículo 108.- Las Conexiones para Bomberos, deben ser compatibles con las mangueras del Cuerpo de Bomberos, en una conexión de rosca hembra, de giro permanente. Es obligatorio que cada uno de los ingresos cuente con una tapa, esta puede ser del tipo tapón macho, o de tapas fabricadas específicamente de su uso (tapas frangibles)

SUB-CAPITULO III VALVULAS

Artículo 109.- Las Válvulas de Sectorización y Control son equipos que aíslan un tramo o una red de tuberías, de manera que interrumpen el suministro de agua desde la fuente de bombeo hacia las montantes o dispositivos de extinción de incendios. Las válvulas deberán ser del tipo indicadoras y listadas para uso en sistemas de protección contra incendios y podrán ser de los siguientes tipos: Válvulas de compuerta de vástago expuesto ascendente y volante no ascendente con sentido de cierre y apertura convencional, tipo cuña y bonete empernado (OS&Y), con las siguientes características:

a) Válvulas de tipo OS&Y deben ser utilizadas en las succión y descarga de la bomba principal, así como en todos los sub sistemas que se requieran. Solo podrán utilizarse válvulas reconocidas por un Certificador para uso de redes de agua contra incendios.

b) Deben estar provistas de cadena y candado asegurando el flujo de ingresos y salidas hacia y desde el SCI y cuando se disponga de un sistema de detección y alarma, deberán ser monitoreados por el mismo. c) No son permitidas en sistemas de agua contra incendio, otras válvulas de sectorización, sobre el nivel de piso que las válvulas de vástago expuesto; salvo otro tipo de válvula aprobado por un certificador para equipos contra incendios. d) Cuando, no puedan ser instaladas válvulas indicadoras de poste se podrán utilizar válvulas de vástago expuesto, en buzones adecuados, con dimensiones suficientes, que permita el acceso, mantenimiento y reemplazo de la unidad sin dificultad para el operador.

Válvulas Indicadoras de Poste (PIV), con las siguientes condiciones:

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Page 131: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

a) Este tipo de válvula debe ser utilizada solo para sectorizar redes de agua contra incendios enterradas.

b) Se les debe proveer de candado, y ser monitoreadas por el sistema centralizado de detección y alarma de incendios.

c) Estas válvulas no deben ser utilizadas para sectorizar partes de un sistema como hidrantes, sistemas de rociadores o montantes.

Válvulas tipo Check, con las siguientes características

a) Son aquellas que permite el flujo de agua en una sola dirección.

b) En sistemas de agua contra incendio solo podrán utilizarse válvulas checks aprobadas para uso contra incendios, así mismo debe tenerse en consideración la posición y horizontalidad o verticalidad del sistema de tuberías a la que sirven. c) Cuando sea necesaria la instalación de válvulas check, estas debe ser ubicadas en lugares que permitan su mantenimiento y purga.

Válvulas Reductoras de Presión, con las siguientes condiciones:

a) Cuando se requieran válvulas reductoras de presión no serán permitidas válvulas estranguladoras de flujo.

b) Siempre deberán tener un manómetro aguas arriba y aguas abajo de la válvula

Válvulas Angulares y Rectas

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Page 132: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

a) Todas las válvulas para uso de gabinetes, casetas, uso de bomberos o brigadas contra incendios deben ser listadas para el tipo de sistema al que sirven, ya sea húmedo o seco. No es permitido el uso de válvulas de sistemas secos en redes húmedas.

b) Las válvulas permitidas son de forma angular o recta, de tipo compuerta o globo. No se permiten el uso de válvulas de apertura rápida, de media o un cuarto de vuelta, ni ninguna otra que cuya apertura o cierre requiera de menos de 5 segundos.

c) Las válvulas a ser utilizadas en sistemas de agua contra incendio, deben ser del tipo aprobadas, por UL o cualquier certificador equivalente.

d) Las válvulas no necesariamente deben ir en gabinetes, y cuando se decida su uso en un gabinete, este debe tener las dimensiones mínimas que permita la conexión y desconexión de forma rápida de mangueras, así como la manipulación de la válvula, con un espacio mínimo de 2,50 m. alrededor del manubrio.

d) Las válvulas de 65 mm. (2½") de diámetro que se instalen en las montantes de agua contra incendio en edificios no deben ir dentro de un gabinete.

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Page 133: seguridad en edificaciones

SEGURIDAD EN EDIFICACIONES Ing. Industrial

SUB-CAPITULO IVGABINETES, CASETAS Y ACCESORIOS

Artículo 110.- Los Gabinetes de Mangueras Contra Incendios son Cajas que contienes en su interior la manguera, pitón y la válvula de control, del tamaño necesario para contenerlos y utilizarlos, diseñado de forma que no interfiera con el uso de los equipos que contiene.

Artículo 111.- Los gabinetes contra incendios tendrán en su interior una manguera de 40 mm. (1 ½") de diámetro y 30.0 metros de longitud, así como un pitón de combinación. Los pitones de chorro sólido no serán permitidos al interior del gabinete. Se pueden utilizar mangueras de 15.0 metros de longitud cuando el riesgo así lo requiera y el área disponible no permita el tendido y uso de mangueras de 30.0 metros. Cuando se requieran pitones de chorro sólido. Estos pueden ser utilizados, pero no como conexión directa de uso en gabinetes, y tendrán que ser valvulados en el mismo pitón.

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Artículo 112.- Los gabinetes contra incendios pueden ser adosados, empotrados o recesados, con o sin puerta, de vidrio o sólida o cualquier combinación de estos. Los materiales de acabado pueden ser cualquiera que se requiera acorde con los materiales de arquitectura donde se ubica el gabinete. La puerta de los gabinetes no podrán tener llave, ni ningún dispositivo que impida su apertura directa.

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Artículo 113.- Donde se utilicen gabinetes del tipo romper-el-vidrio, deberá instalarse de forma segura, el dispositivo usado para poder romper el vidrio, deberá ubicarse en un lugar adyacente al gabinete y de libre disposición.

Artículo 114.- Los gabinetes se deben señalizar de acuerdo con la NTP 399.010-1 cuando no sean visibles y cuando tengan puerta sólida. Adicionalmente todos los gabinetes sin excepción deben indicar como medida de precaución lo siguiente : «Equipo contra incendio solo para ser utilizado por personal entrenado»

Artículo 115.- Los gabinetes pueden tener válvula de 40 mm. (1½") recta o angular, también pueden tener salida de 65 mm. (2 ½"), con reductor de 65 mm. a 40 mm. (21/2" a 11/2") o ambas válvulas.

Artículo 116.- Las válvulas de los gabinetes deberán ubicarse a una altura no menor de 0.90 m ni mayor a 1.50 m sobre el nivel del piso, medidos al eje de la válvula.

Artículo 117.- Cuando una edificación no es protegida por un sistema de rociadores, deben instalarse la cantidad de gabinetes necesarios para que la manguera pueda llegar a cubrir todas las áreas, con un recorrido real de 25.0 metros y un chorro adicional de 7.0 metros, luego de voltear en esquinas. No está permitida la ubicación de gabinetes en base a radio de cobertura.

Artículo 118.- La ubicación de extintores no necesariamente obedece a la ubicación de gabinetes. No es necesario instalar extintores en el interior de las cajas de gabinetes, ni equipamiento como hachas, barretas, o linternas. Al interior del gabinete solo son necesarios la válvula, la manguera y el pitón.

Artículo 119.- Cuando se decida por la instalación de gabinetes con rack porta mangueras, este debe ser del tipo que permita ser utilizado por una sola persona, contar con brazo de ajuste de manguera y ser listado.

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Artículo 120.- Es permitido en uso de mangueras colocadas sobre rack porta mangueras, directamente a la montante o ramal de abastecimiento sin el uso del gabinetes.

Artículo 121.- Dentro del gabinete, la válvula en cualquier posición (totalmente abierta o totalmente cerrada), debe tener al menos 25.4 mm, (1") de distancia con el gabinete, de manera de permitir la operación de la manija de la válvula.

Artículo 122.- Las Casetas Contra Incendios tienen como propósito almacenar, cerca al riesgo, equipo contra incendios de primera respuesta y así como complementario. Se ubicaran en función al tipo de instalación y edificación, pueden de dimensiones y formas variadas.

Artículo 123.- Cuando se utilicen mangueras pre-conectadas en este tipo de casetas, debe utilizarse hasta una distancia máxima de 90.0 metros, pudiendo ser una combinación de mangueras de 65 mm (2 ½") y 40 mm (1 ½"), los pitones serán del tipo de combinación (chorroniebla) y valvulados.

Artículo 124.- Las Mangueras Contra Incendio pueden ser de tipo chaqueta simple o doble chaqueta, extraídas. Su número y ubicación están en función al tipo y tamaño del riesgo, clasificación del riesgo de la edificación, tipos de maniobras para el combate del incendio, requerimiento del asegurador, durabilidad y confiabilidad entre otros factores. Este requerimiento será definido y especificado en cada proyecto por el proyectista. Para riesgos industriales no serán aceptadas las mangueras denominadas para uso de rack o porta manguera (Rack & Real), salvo en áreas de oficinas administrativas o riesgos clasificados como «Ligero»

Artículo 125.- En instalaciones industriales en donde predominen los derivados de hidrocarburos, solventes, alcoholes, se deben utilizar mangueras extruidas de material sintético

Artículo 126.- En gabinetes contra incendio se utilizaran solo mangueras de 40 mm. (1½") de diámetro, las mangueras de 65 mm. (2 ½") solo se permiten en

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Casetas Contra Incendios. También son permitas mangueras de 45 mm. (1 ¾") de pulgadas con acoples de 40 mm. (1 1/2").

Artículo 127.- Los acoples deben fijarse a la manguera mediante el un anillo a presión, garantizados para una presión de trabajo mínima de 10,34 bar (150 psi.)

Artículo 128.- Los Pitones Contra Incendio son equipos utilizados para el combate de incendios, el cual se instala al final de la manguera, y deben cumplir con lo siguiente:

a) Deben ser listados para el uso.

b) El galonaje que se utilice para el cálculo del caudal de los pitones debe ser medido a 6,89 bar (100 psi).

c) En edificaciones, la presión que debe calcularse en la punta del pitón descargando al máximo caudal será de 4,14 bar (100 psi) No se aceptaran cálculos hidráulicos que no tengan como presión mínima 60 psi medidos en la descarga del pitón a máximo caudal de diseño del pitón que se utiliza.

d) En instalaciones donde deban enfriarse tanques de almacenamiento de combustibles de diámetro mayor a 10 m o tanques de GLP de capacidad mayor a los 7,570 litros (2,000 galones) medidos en volumen de agua, es necesario disponer de no menos 2 pitones de chorro sólido de 1 324,75 l/min (350 gpm) cada uno y un monitor por cada pitón para efectos de enfriamiento a distancia de la zona de impacto de la llama, en adición al sistema de diluvio según el estándar NFPA 15.

Artículo 129.- Las Salidas son las salidas con válvulas de apertura y cierre de 65 mm (2 ½") de diámetro, con válvulas rectas o angulares, húmedas o secas, según sea el diseño de la red y que se ubican como parte de una red de agua contra incendios, en lugares estratégicos para uso exclusivo de bomberos.

Artículo 130.- En edificaciones donde se requiera de montantes de agua contra incendios, se ubicara una salida válvulada para uso de bomberos por cada nivel y por cada montante.

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SUBCAPITULO VHIDRANTES

Artículo 131.- Los Hidrantes de Vía Pública deben ser solamente abastecidos por el sistema de agua de servicio público. No es permitida la instalación de hidrantes abastecidos desde una red privada interna y que se encuentren conectados a la misma bomba y reserva del sistema de agua contra incendio, salvo en actividades mineras y petroleras, donde no exista Cuerpo de Bomberos y el caudal demandante por hidrantes haya sido considerado, en adición al requerimiento de agua del sistema que abastece la red de agua contra incendio.

Artículo 132.- Los hidrantes deben ser instalados preferiblemente en las esquinas de las calles, con las bocas de salida ubicadas hacia la pista, en donde se estacionará el camión contra incendios. La válvula de sectorización deberá ubicarse a una distancia no mayor de 1.00 m. No es permitido el uso de válvulas indicadoras de poste (PIV) como válvulas de sectorización.

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Artículo 133.- Los hidrantes deben ser instalados con una distancia no mayor de 100 metros entre ellos, y pueden instalarse hidrantes intermedios si el sistema así lo requiere. Solo en áreas clasificadas como residenciales con viviendas o edificios residenciales de máximo 9 pisos de altura, se podrán instalar hidrantes cada 200 metros de distancia.

Artículo 134.- El caudal de abastecimiento que requiere cada hidrante o la suma de varios en las misma manzana o adyacente, según clasifica la NTP 350.102 debe ser como mínimo el siguiente caudal:

Áreas residenciales requieren de 250 gpm. Áreas Residenciales en edificios mayores de 5 niveles requieren 500 gpm. Áreas de industria Liviana requieren 750 gpm Áreas de industria pesada requieren 1000 gpm

Áreas de industria de Alto riesgo requieren 1000 gpm por hidrante y sumando los caudales de 3 hidrantes requieren 3000 gpmÁreas comerciales con edificios de más de 5 niveles y 500 m2 de planta requieren 1000 gpmCentro comerciales de más de 5000 m2, con tiendas por departamentos de más de 3000 m2 (área total), sumándolos caudales de 3 hidrantes requieren 2000 gpm.

Artículo 135.- La tubería de alimentación para hidrantes, no podrá ser menor de : - 4" de diámetro para hidrantes menores a 1890 l/min - 6" de diámetro para hidrantes menores a 2830 l/min - 8" de diámetro para hidrantes menores a 3780 l/min

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Artículo 136.- En donde se requieran hidrantes con capacidad mayor de 2830 l/min. (750 gpm), estos deben tener una salida tipo macho de 146 mm. de acuerdo con la NTP 350.102.

Artículo 137.- Los hidrantes existentes en la vía pública, al inicio de un nuevo proyecto, son la base de cálculo mínima, los requerimientos adicionales de caudales y numero de hidrantes que se determinen por cada riesgo, deberán ser adquiridos a la empresa responsable de los suministros de agua de la localidad. Una vez instalados, solo pueden ser utilizados en caso de incendio por el Cuerpo de Bomberos del Perú Artículo 138.- Hidrantes de poste de tipo cuerpo seco, solo pueden ser utilizados en distritos y regiones en donde la temperatura descienda a 4 grados centígrados y pudiera haber congelamiento. En otras áreas geográficas no deben ser instalados.

Artículo 139.- Hidrantes de poste de tipo cuerpo húmedo, son obligatorios de instalar a partir del año 2007 en todas las ciudades en donde no exista posibilidad de congelamiento. Deben dejarse con la válvula de control siempre abierta.

Artículo 140.- Hidrantes subterráneos, solo pueden ser utilizados en riesgos especiales en donde la maquinaria y movimiento pone en riesgo al hidrante de poste, por golpe, tales como aeropuertos, puertos, patios de maniobra de contenedores, entre otros similares. Cuando se instalen estos deben se señalizados en la tapa con la palabra «Grifo Contra Incendios » o «Hidrante».

SUB-CAPITULO VITUBERÍAS ENTERRADAS

Artículo 141.- Toda tubería que esté en contacto directo con el suelo. En el caso de tuberías instaladas en túneles o trincheras estas deben referirse a la parte de tuberías aéreas.

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Artículo 142.- Las tuberías enterradas deben estar listadas para su uso en sistemas contra incendios y deben satisfacer los siguientes estándares de fabricación:

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Artículo 143.- El uso de tuberías de acero en redes enterradas no es aceptado, salvo que sea listada para ser enterrada y de uso del servicio contra incendios. Las tuberías de acero en uso externo como conexión para el departamento de bomberos son permitidas siempre y cuando se protejan internamente y externamente. Estas tuberías de acero sólo pueden usarse entre la válvula check y la siamesa de inyección.

Artículo 144.- En el caso de los recubrimientos y /o forrado de las tuberías enterradas este se debe realizar de acuerdo con las siguientes normas:

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Artículo 145.- Los accesorios para tuberías enterradas deben cumplir con los siguientes estándares:

Artículo 146.- Todas las tuberías enterradas deberán restringir el movimiento de todo codo, curva, doblez, reducción, T o tapón mediante bloques de concreto diseñados con este fin. Dichos bloques no pueden ser fabricados de una resistencia no menor a la que se obtiene mediante una mezcla de una parte de cemento , dos y media parte de arena y cinco partes de piedra.

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SUB-CAPITULO VII TUBERÍAS AÉREAS

Artículo 147.- Las tuberías usadas para sistemas contra incendios deben exceder o por lo menos igualar los requerimientos establecidos por alguno de los siguientes estándares de fabricación:

Artículo 148.- Los accesorios para tuberías aéreas deben cumplir con los siguientes estándares:

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Artículo 149.- Todo procedimiento de soldadura que se realice en redes de tuberías aéreas debe ser acorde con AWS B2.1.

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SUB-CAPITULO VIIISUMINISTRO DE AGUA CONTRA INCENDIOS

Artículo 150.- Los diferentes tipos de fuente de suministro de agua contra incendios, deberán contar con la aprobación de la Autoridad Competente.

Artículo 151.- Interconexión con la red publica de agua. Donde se cumplan los requisitos de caudal / presión, sea aprobado por la Autoridad Competente y sea permitido por el presente RNE son permitidas las conexiones de la red de agua contra incendios de las edificaciones con la red pública de agua de la localidad.

Artículo 152.- Bombas de Agua Contra Incendios. Una instalación de bomba de agua contra incendios consiste en el conjunto formado por la bomba, motor, tablero controlador y reserva de agua. Deberá ser diseñada e instalada de acuerdo al estándar NFPA 20.

Artículo 153.- En edificaciones, donde sean requeridas bombas contra incendios con caudales menores a 499 gpm, estas no necesitan ser listadas para uso contra incendios.

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Artículo 154.- Las bombas centrífugas horizontales para uso contra incendios, únicamente serán permitidas aquellas instaladas con presión positiva en la succión.

Las bombas son de gran importancia en el trasiego de fluidos, debido a su capacidad de producir vacío, con lo cual se puede empujar el fluido hacia donde se desee transportar. Existe una infinidad de bombas las cuales tienen distintas funciones, todo depende del tipo de fluido de la temperatura a la cual se va a transportar y la presión que se soportará. 

Así surgen las bombas centrífugas que

fundamentalmente son máquinas de gran velocidad en comparación con las de movimiento alternativo, rotativas o de desplazamiento.  Funciona a altas velocidades, acopladas directamente al motor de accionamiento, con lo que consigue que las pérdidas por transmisión sean mínimas.La bomba centrifuga horizontal es la más usada, cuesta menos, es fácil de instalar y es más accesible para su inspección y mantenimiento, sin embargo, requiere  mayor espacio que la bomba de tipo vertical. En la siguiente figura se muestra una bomba horizontal típica.

Artículo 155.- En sistemas de bombeo de arranque automático, deberá instalarse una bomba de mantenimiento de presión (jockey pump), la cual no necesita ser listada para uso contra incendios.

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Artículo 156.- En edificaciones que cuenten con una bomba contra incendios con motor eléctrico, la fuente de alimentación eléctrica deberá ser independiente, no controlada por el interruptor general del edificio y cumplir con lo estipulado en el Capítulo 7 del Código Nacional Eléctrico – Tomo V (CNE) En edificaciones residenciales, que cuenten con bombas de agua contra incendios con motor eléctrico, no será obligatoria la instalación de la fuente secundaria de energía solicitada en el CNE.

Artículo 157.- Tanque Elevado: Cuando se utilicen tanque elevado, como fuente de abastecimiento de los sistemas de agua contra incendios, estos deberán ser diseñados de acuerdo con el estándar NFPA 22.

Artículo 158.- Cuando el almacenamiento sea común para el agua de consumo y la reserva para el sistema contra incendios, deberá instalarse la salida del agua para consumo de manera tal que se reserve siempre el saldo de agua requerida para combatir el incendio.

Artículo 159.- Un sistema de agua contra de incendios de tipo montante húmeda se define como aquella que tiene todas sus tuberías llenas de agua la cual requiere una fuente de abastecimiento permanente capaz de satisfacer la demanda del sistema.

Artículo 160.- Un sistema de agua contra incendios de tipo montante seca se define como aquella que sus tuberías pueden o no estar llena de agua, y que no están conectadas directamente a una fuente de abastecimiento capaz de satisfacer la demanda del sistema. Esto se utilizan generalmente con el agua proveniente de las autobombas del Cuerpo de Bomberos.

Tanque Elevado: Cuando se utilicen tanque elevado, como fuente de abastecimiento de los sistemas de agua contra incendios, estos deberán ser diseñados de acuerdo con el estándar NFPA 22.

Artículo 158.- Cuando el almacenamiento sea común para el agua de consumo y la reserva para el sistema contra incendios, deberá instalarse la salida del agua para consumo de manera tal que se reserve siempre el saldo de agua requerida para combatir el incendio.

Artículo 159.- Un sistema de agua contra de incendios de tipo montante húmeda se define como aquella que tiene todas sus tuberías llenas de agua la cual requiere una fuente de abastecimiento permanente capaz de satisfacer la demanda del sistema.

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Artículo 160.- Un sistema de agua contra incendios de tipo montante seca se define como aquella que sus tuberías pueden o no estar llena de agua, y que no están conectadas directamente a una fuente de abastecimiento capaz de satisfacer la demanda del sistema. Esto se utilizan generalmente con el agua proveniente de las autobombas del Cuerpo de Bomberos.

SUB-CAPITULO IXROCIADORES

Artículo 161.- Será obligatoria la instalación de sistemas de rociadores en las edificaciones en donde sean requerido por las Normas particulares de cada tipo de edificación.

Artículo 162.- Los rociadores deberán ser diseñados, instalados y mantenidos de acuerdo a lo indicado en el estándar NFPA 13.

SUB-CAPITULO XEXTINTORES PORTÁTILES

EXTINTORES

Un extintor, extintor de fuego, o matafuego es un artefacto que sirve para

apagar fuegos. Consiste en un recipiente metálico (bombona o cilindro de acero)

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que contiene un agente extintor de incendios a presión, de modo que al abrir una

válvula el agente sale por una manguera que se debe dirigir a la base del fuego.

Generalmente tienen un dispositivo para prevención de activado accidental, el cual

debe ser deshabilitado antes de emplear el artefacto.

De forma más concreta se podría definir un extintor como un aparato autónomo,

diseñado como un cilindro, que puede ser desplazado por una sola persona y que

usando un mecanismo de impulsión bajo presión de un gas o presión mecánica,

lanza un agente extintor hacia la base del fuego, para lograr extinguirlo.

Artículo 163.- Toda edificación en general, salvo viviendas unifamiliares, debe ser protegida con extintores portátiles, de acuerdo con la NTP 350.043-1, en lo que se refiere al tipo de riesgo que protege, cantidad, distribución, tamaño, señalización y mantenimiento.

Artículo 164.- Únicamente para extintores de Polvo Químico Seco, se reconocerá como agentes extintores, los siguientes:

- Bicarbonato de sodio al 92% de porcentaje en peso - Bicarbonato de potasio al 90% de porcentaje en peso - Fosfato mono amónico al 75% de porcentaje en peso

Mecanismo de Extinción Rompimiento de Reacción en Cadena: reaccionan con combustible y

oxígeno evitando que estos se combinen Sofocamiento: por dilución de los vapores combustibles y del aire

cerca del fuego Enfriamiento: la producción de una nube opaca reduce la cantidad de

calor irradiada

Artículo 165.- En toda edificación donde se utilicen freidoras, planchas y/o cualquier otro dispositivo para fritura deberán utilizar extintores de Clasificación K.

INSPECCIÓN , MANTENIMIENTO Y RECARGA

La inspección debe ser realizada de acuerdo a :

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El mantenimiento y recarga de extintores portátiles se debe realizar únicamente a través de empresas autorizadas de acuerdo a NTP 833.026

En caso de verificarse deficiencias en cualquiera de los puntos establecidas en las acciones correctivas se tienen que encargar a empresas autorizadas de mantenimiento y recarga.

Inspección:Es el examen rápido y periódico que se realiza al extintor con el fin de determinar su estado externo, de tal forma que garantice su segura y efectiva operabilidad.

Chequear para asegurar que el extintor se encuentre en un lugar apropiado, accesible y visible.Inspeccionar la boquilla o tobera, verificando que no hayan obstrucciones.Verificar que sean legibles las instrucciones de uso, presentes en la etiqueta.Chequear que el precinto no esté roto y que el gancho de seguridad se encuentre en su sitio. Determinar si el extintor ha perdido más del 10% del peso original. Determinar si ha perdido agente o si la presión está completa. Verificar el manómetro o el peso ‘de la botella que contiene el gas impulsor.Verificar la tarjeta de inspección que indica la fecha de la última inspección, mantenimiento o recarga.Examinar la condición de la manguera.Examinar si presenta corrosión o algún otro daño producto del ambiente

Mantenimiento:Es el examen minucioso que permite establecer la funcionalidad y estado de cada una de las partes del extintor, así como la reparación, ajuste o reemplazo de las mismas, garantizando su óptimo estado de uso.

Se deben chequear:• Las partes mecánicas del extintor y su estado• La cantidad y condición del agente extinguidor• Las condiciones de los medios de expulsión

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Se debe guardar:• Fecha de mantenimiento y nombre de la compañía que lo

realizó.• Fecha de la última recarga y nombre de la compañía que la

realizó.• Fecha de la prueba de Presión Hidrostática y nombre de la

compañía que la realizó.

SELECCIÓN DE UN EXTINTOR:

Condiciones

Peso Bruto: Es recomendable considerar la aptitud física del usuario, y así ver si es conveniente considerar extintores portátiles sobre ruedas o sistemas fijos.

Corrosión: En la ubicación e instalación de algunos extintores, existe la posibilidad de exponer al extintor a atmósferas corrosivas. Cuando sea el caso, es recomendable dar una protección adecuada al extintor o seleccionar extintores adecuados.

Reacción de Agente Extintor: Se recomienda tener en cuenta para la selección de un extintor, la posibilidad de reacciones adversas durante su aplicación, contaminación u otros efectos del agente extintor en los procesos de fabricación, equipos o ambos.

Extintores portátiles sobre ruedas: Cuando son usados este tipo de extintores, es conveniente tener en cuenta la movilidad de estos dentro del área al cual van a proteger.

Viento o corrientes de aire: Si el riesgo a proteger esta sujeto a estas condiciones, para superarlas se debe considerar el uso de agente extintor y equipos que tengan suficiente alcance aprobado.

Disponibilidad del personal: Se debe tener en cuenta el número de personas disponibles para operar extintores, su grado de entrenamiento y aptitud física.

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DISTRIBUCIÓN EN EDIFICACIONESLa ubicación debidamente señalizada de los extintores puede ser mejorada si se realiza una inspección del área a ser protegida. En general, se recomienda que las ubicaciones sean seleccionadas según:

COMO USAR UN EXTINTOR

Normas Generales para utilizar un extintor portátil.1.- Sáquelo de su soporte.2.- Diríjase al lugar amagado CAMINANDO.3.- Ubíquese a favor del viento si es en el exterior o bien a favor de las corrientes de aire si es en el interior de una oficina o habitación.

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Quite el anillo de seguridad

Ubiques a una distancia de 1,50 metros.Con una mano tome la válvula de descarga y con la otra, la mangueraPresione la manilla de presión apuntando a la base del fuego.

Apriete la válvula de descarga dirigiendo el chorro del agente extintor a  la base de la llama si es fuego clase " A ", haga un barrido comenzando desde un extremo a otro si es fuego clase " B ".Utilice la carga necesaria para apagar las llamas.Una vez apagado el fuego, retírese del lugar RETROCEDIENDO, ya que el fuego

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puede reaparecerAvise a quién corresponda para enviar de inmediato a RECARGA el equipo utilizado

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