sedatu conavi · 2.2. en términos del artículo 4, fracción 111, incisos a), b), o), g), h), 1) y...

120
TERCERO. - El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 29 de noviembre de 2017, en lo sucesivo el 11DOF", señala en su "ANEXO 13. EROGACIONES PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES", RAMO "15 Desarrollo Agrario, -. d __ e_l "PROGRAMA"· así como también lo anuncia en el "ANEXO 26. PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN", Ramo "15 Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano"; '\ ', \ CUARTO. - Las Reglas de Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para v Soluciones Habitacionales prevé como Objetivos, General: Contribuir a que I~.· ·""--\~. población de bajos ingresos, tenga acceso a una solución habitacional, Y\ Específico: Ampliar el acceso al Financiamiento de la población de bajos ingresos para Soluciones habitacionales en un entorno de crecimiento urbano ordenado y sustentable; mediante el desarrollo, ejecución y promoción de esquemas, mecanismos y programas de financiamiento, subsidio y ahorro previo para la vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades, priorizañdo la atención a la población en situación de pobreza, coordinando su ejecución con las instancias correspondientes, conforme el artículo 19, fr:~.~::~ :1114de la Ley ~,e,Viviendy !- SEGUNDO. - El artículo 4 7 de la Ley de Vivienda, prevé que los instrumentos y apoyos en materia de financiamiento para la realización de las acciones de vivienda serán el crédito, los subsidios que para tal efecto destinen el Gobierno Federal y los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como el ahorro de los particulares y otras aportaciones de los sectores público, social y privado; PRIMERO. - El artículo 4°, párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone como derecho humano y garantía de toda familia a tener derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa; estableciéndose en la Ley de Vivienda y demás aplicables, los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo; ANTECEDENTES CONVENIO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE ACCESO AL FINANCIAMIENTO PARA SOLUCIONES HABITACIONALES, EN LO SUCESIVO EL "PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA, EN ADELANTE LA "CONAVl"J REPRESENTADA POR EL SUBDIRECTOR GENERAL DE SUBSIDIOS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL, C. ALDO PAVÓN SEGURA; Y POR LA OTRA, El INSTITUTO DE VIVIENDA SOCIAL Y ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, COMO ENTIDAD EJECUTORA, EN ADELANTE "IVSOP", REPRESENTADO POR EL DIRECTOR GENERAL, C. GABINO ARTURO BARROS ÁVILA; A LAS CUALES SE LES DENOMINARÁ CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS. lJHA Rfü)l,1.0AGR1\~10. TE.J!.'llrl.'ORJAL Y i.í"!HIANO ··x·~-u::,10N :~A('l'.')NA1 D.SVl'rll'.NDA .~~[~ IVSOP CONAVI SEDATU

Upload: others

Post on 25-Mar-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

TERCERO. - El Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el día 29 de noviembre de 2017, en lo sucesivo el 11DOF", señala en su "ANEXO 13. EROGACIONES PARA LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES", RAMO "15 Desarrollo Agrario,

-. d __ e_l "PROGRAMA"· así como también lo anuncia en el "ANEXO 26. PROGRAMAS SUJETOS A REGLAS DE OPERACIÓN", Ramo "15 Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano"; '\

', \ CUARTO. - Las Reglas de Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para v

Soluciones Habitacionales prevé como Objetivos, General: Contribuir a que I~.· ·""--\~. población de bajos ingresos, tenga acceso a una solución habitacional, Y\ Específico: Ampliar el acceso al Financiamiento de la población de bajos ingresos para Soluciones habitacionales en un entorno de crecimiento urbano ordenado y sustentable; mediante el desarrollo, ejecución y promoción de esquemas, mecanismos y programas de financiamiento, subsidio y ahorro previo para la vivienda, en sus diferentes tipos y modalidades, priorizañdo la atención a la población en situación de pobreza, coordinando su ejecución con las instancias correspondientes,

conforme el artículo 19, fr:~.~::~ :1114de la Ley ~,e,Viviendy !-

SEGUNDO. - El artículo 4 7 de la Ley de Vivienda, prevé que los instrumentos y apoyos en materia de financiamiento para la realización de las acciones de vivienda serán el crédito, los subsidios que para tal efecto destinen el Gobierno Federal y los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios, así como el ahorro de los particulares y otras aportaciones de los sectores público, social y privado;

PRIMERO. - El artículo 4°, párrafo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone como derecho humano y garantía de toda familia a tener derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa; estableciéndose en la Ley de Vivienda y demás aplicables, los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo;

ANTECEDENTES

CONVENIO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE ACCESO AL FINANCIAMIENTO PARA SOLUCIONES HABIT ACIONALES, EN LO SUCESIVO EL "PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA, EN ADELANTE LA "CONAVl"J REPRESENTADA POR EL SUBDIRECTOR GENERAL DE SUBSIDIOS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL, C. ALDO PAVÓN SEGURA; Y POR LA OTRA, El INSTITUTO DE VIVIENDA SOCIAL Y ORDENAMIENTO DE LA PROPIEDAD DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, COMO ENTIDAD EJECUTORA, EN ADELANTE "IVSOP", REPRESENTADO POR EL DIRECTOR GENERAL, C. GABINO ARTURO BARROS ÁVILA; A LAS CUALES SE LES DENOMINARÁ CONJUNTAMENTE COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.

lJHA Rfü)l,1.0AGR1\~10. TE.J!.'llrl.'ORJAL Y i.í"!HIANO

··x·~-u::,10N :~A('l'.')NA1 D.SVl'rll'.NDA

.~~[~ IVSOP

CONAVI SEDATU

Page 2: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 2 de 14 .{

2. Declara la "ENTIDAD EJECUTORA", por conducto de su representante, que:

Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Estatal, con personalidad rídica y patrimonio propios, creado mediante la Ley del Instituto de Vivienda Social y rdenamiento de la Propiedad del Estado de Aguascalientes, contenida en el Decreto Número

.. ···/ 1.3//fara efectos de este convenio, señala como su domicilio el ubicado en avenida Presidente

///\/M,a~aryk número 214, 1er. P~so, colonia,B?sque de Chapultepec, delegación Miguel Hidalgo, .: :· códiqo postal 11580, en la Ciudad de México,

1.2 Está facultado para celebrar el presente instrumento con fundamento en los artículos 13, fracciones V, XXV, 16 del "ESTATUTO", fracción "IX. OBJETIVO Y FUNCIONES POR ÁREA", apartado de "SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SUBSIDIOS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL" del Manual de Organización de la Comisión Nacional de Vivienda, y demás aplicables conforme a su nombramiento de fecha 30 de enero de 2017, expedido mediante acuerdo número JG-E1-300117-03 de la Junta de Gobierno de la "CONAVI";

1.1 Es un organismo descentralizado, de utilidad pública e interés social, no sectorizado, agrupado al sector coordinado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, con personalidad jurídica y patrimonio propios; de conformidad con los artículos 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 18 de la Ley de Vivienda, 1 del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional de Vivienda, en lo sucesivo el "ESTATUTO,;; Transitorio Octavo del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el "DOF" el día 02 de enero de 2013; de aplicación adminiculada con el artículo Primero, fracción 1 del Acuerdo por el que se agrupan las entidades paraestatales denominadas Comisión Nacional de Vivienda, Comisión para la Regulación de la Tenencia de la Tierra y el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, al sector coordinado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, publicado en el "DOF" el día 11 de febrero de 2013; así como, el numeral 60 de la Relación de Entidades Paraestatales de la Administración Pública Federal, publicada en el "DOF" el día 15 de agosto de 2017, y demás aplicables;

1. Declara la "CONA VI", por conducto de su representante, que:

DECLARACIONES

Mediante Acuerdo número GA-05012018, tomado por el Grupo de Adhesión para Entidades Ejecutoras en su Quinta Sesión, celebrada el 9 de julio del año 2018, se aprobó la solicitud de adhesión del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del Estado de Aguascalientes (IVSOP) como Entidad Ejecutora del "PROGRAMA".

QUINTO. -

'"~l•Hrrn ~·· ~i~IO•tu ~r.l"i \""'n~!'i..,,.>L,.tnmLll'~'l<f'<LG¡I'>

DE~1~ KR(~_!...i.O AGJ.Ui.k ~O. TEH1~iTOR!At. ': i.'1;11.f~Nü

~J~i~ IVSOP

SEDATU CONAVl

Page 3: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 3 de 14

Se efinirá como "Cargas Financieras", a las obligaciones de pago, con naturaleza de pena co vencional, generadas a cargo de la ''ENTIDAD EJECUTORA" por la falta de reintegro op rtuno de los recursos recibidos al amparo de este convenio y en los términos previstos en el

Se definirá como ''Productos", a los rendimientos financieros que se obtengan de los, recursos públicos presupuestales.

Declaran "LAS PARTES", por conducto de sus representantes, que: 3.-

2.5. Para los efectos del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en calle Cristóbal Colón número 110, colonia Zona Centro, código posta! 20000, Aguascalientes, Aguascalientes.

2.4. Su representante cuenta con las facultades necesarias para la celebración de este convenio, tal y como lo dispone el artículo 24, fracción l de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del Estado de Aguascalientes; carácter que acredita con el nombramiento de fecha 5 de diciembre de 2016, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, C.P. Martín Orozco Sandoval, las cuales no le han sido revocadas, limitadas o modificadas a la fecha en forma alguna;

2.3. Tiene interés en sujetarse a los términos y condiciones previstos en este convenio para participar en la operación del "PROGRAMA", con el fin de incentivar la producción de vivienda de bajo costo y de ofrecer soluciones de vivienda que permitan a familias mejorar sus condiciones, para contar con una vivienda en función de su ingreso y darles accesibilidad a financiamiento; por lo que en ese contexto, otorgará financiamientos para la satisfacción de las necesidades de vivienda, los cuales serán complementados con el esquema de subsidios otorgados por la "CONAVI" al amparo del referido "PROGRAMA";

2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del Estado de Aguascalientes, tiene entre sus atribuciones: celebrar convenios con los municipios del estado, dependencias estatales y federales u organismos del sector privado o social, para la realización de acciones concertadas en materia de vivienda de interés social; otorgar créditos a personas de escasos recursos para que adquieran su lote o vivienda; gestionar financiamiento para la adquisición o construcción de vivienda, procurando el beneficio de la población con escasos recursos; promover y realizar la construcción, mejoramiento y rehabilitación de viviendas y fraccionamientos de interés social; propiciar la participación de la comunidad en acciones de autoconstrucción de vivienda y, en general, en la realización de obras urbanas necesarias para mejorar sus condiciones de vida; y, promover y realizar la construcción de viviendas para campesinos en zonas ejidales o comunales, así como para aquellos trabajadores no afiliados a un régimen de vivienda;

49, que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes, el 28 de febrero de 2011;

DESARROLLO AGRARJO, TERRITORIAL Y \JRUANO

COMlSlOr-1 N:\nONAI DCVTVJENDA

SECRETARJA DE ~!i. IVSOP

CONAVI

:i 1 r

SEDATU

Page 4: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

c. Página 4 de 14

Satisfacer los requisitos operativos a través de los enlaces informáticos con la "CONAVI" o con los terceros que ésta precise, para que se pueda recibir, registrar

tramitar la solicitud de los recursos del subsidio federal.

V. Respecto de las solicitudes de subsidio federal que haya validado, informar al solicitante y requerir la entrega de los recursos del subsidio federal, conforme a lo previsto en la cláusula TERCERA del presente convenio de adhesión.

IV. Validar en los sistemas electrónicos de la "CONAVI" u otros que ésta le indique, que la información correspondiente al solicitante no se encuentre registrada en el padrón contenido en la base de datos de beneficiarios de subsidios para vivienda a que se hace referencia en las "REGLAS DE OPERACIÓN".

111. Validar, verificar y confirmar que el solicitante del subsidio federal cumpla con los requisitos establecidos en las "REGLAS DE OPERACIÓN", al momento de la presentación de la solicitud correspondiente.

11. Recibir las solicitudes del subsidio federal sin discriminación alguna, siempre que el valor de la solución habitacional, conforme al avalúo o de no contar con él a lo que declare el solicitante, así como las demás características específicas de cada solicitud, cumplan con las "REGLAS DE OPERACIÓN".

l. Informar a los solicitantes, de forma clara y sencilla, que el importe del subsidio es con recursos federales y se otorga por parte de la "CONAVI", así como con detalle las condiciones del otorgamiento del subsidio federal, con base en las "REGLAS DE OPERACIÓN".

SEGUNDA. - COMPROMISOS DE LA "ENTIDAD EJECUTORA". La "ENTIDAD EJECUTORA" se compromete a:

OBJETO. El presente convenio de adhesión al "PROGRAMA" tiene por objeto establecer los compromisos y procedimientos para el otorgamiento y aplicación de los recursos de subsidio federal vinculados a los financiamientos que otorgue la i'ENTIDAD EJECUTORA", conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del "PROGRAMA", publicadas en el "DOF" el 07 de marzo de 2018 y, en su caso, sus subsecuentes modificaciones, en lo sucesivo las "REGLAS DE OPERACIÓN".

PRIMERA. -

CLÁUSULAS

De conformidad con las declaraciones que anteceden, "LAS PARTES" están de acuerdo en sujetarse al tenor de las siguientes:

IG'imRV.CICYNU:HC!ASllt~~ J<:jH~lfv.Il[lrJQg'fl-'lr~i7'1'1lg•~

IVSOP Cü~H510N NACIONAL f)F\'TVlf.NDA

SECRE.TAR!A DE DESARROLLO AGRARIO,

TfRRffORlAL Y URBANO

SEDATU CONAVI

Page 5: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 5 de 14

Difundir el "PROGRAMA" de manera individual o conjuntamente con la "CONA VI", de conformidad a las especificaciones que se encuentran en el "Manual Básico de Identidad'', mismo que se agrega al presente convenio como Anexo 2. En caso de que la "ENTIDAD EJECUTORA" realice la difusión en forma individual, deberá de informar de manera escrita, inmediata y detallada tal situación a la "CONAVI", así como las acciones que esté realizando.

11.

XI. Autorizar que, a partir de la entrada en vigor de este convenio, la "CONAVI" us~ la denominación oficial y logotipo de la "ENTIDAD EJECUTORA" para 1\\. publicidad y promoción del "PROGRAMA". \"'>

Obtener los servicios de los notarios públicos que han acordado establecer para los efectos del "PROGRAMA", por conducto del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, A.C., honorarios preferenciales y en su caso inducir y procurar que el notario público-al quese le requíera.sus.servíclos seincorpore al referidoacuerdo.

X.

En tal virtud, la "ENTIDAD EJECUTORA" se obliga a reintegrar los recursos del subsidio federal dentro de los plazos y términos establecidos en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

d) Cuando la "ENTIDAD EJECUTORA", incumpla con lo estipulado en el presente convenio, en las "REGLAS DE OPERACIÓN" o en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

e) Cuando sin consentimiento de la Instancia Normativa, la "ENTIDAD EJECUTORA" destine los recursos a una modalidad diferente a la convenida.

b) No se lleve a cabo en la fecha programada por la "ENTIDAD EJECUTORA", la firma del documento mediante el cual se formalice el otorgamiento del financiamiento y del subsidio federal.

a) El beneficiario incurra en alguna de las causas de incumplimiento establecidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN".

Reintegrar a la "CONAVI" los recursos del subsidio federal, cuando: IX.

Notificar a la "CONAVlu y enviar copia de la documentación comprobatoria de cualquier cambio de representante legal o estatus de la "ENTIDAD EJECUTORA11•

~··

VIII.

VII. Vigilar el exacto cumplimiento de la aplicación de los recursos del subsidio federal provenientes del "PROGRAMA" para los fines solicitados; sujetándose la "ENTIDAD EJECUTORA" al procedimiento establecido en el Manual de Procedimientos para la Operación del "PROGRAMA" (en adelante "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS"), que como Anexo 1 forma parte del presente convenio.

COMISJÜN n.i..CIOM.-\i. PFViVlf.N1JA

~';i IVSOP

CONAVI DESARROLLO AGRARIO,

TERRffOJtl AJ, Y URTIAND

SECRET,\IÜA Df.

SEDATU

Page 6: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

En caso de cierre de operaciones o cambio de domicilio de la "ENTIDAD EJECUTORA", notificar por escrito a la "CONAVI" en los términos convenidos en

cláusulas NOVENA y D~CIMA SEGUNDA del presente instrumento. ~

Página 6 de 14 [ C

Asumir, en su caso, las responsabilidades civiles, administrativas y/o penales que resultaren, derivadas de sus acciones u omisiones al "PROGRAMA", a las "REGLAS DE OPERACIÓW', a este convenio de adhesión y al "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

Será responsabilidad de la ~'ENTIDAD EJECUTORA" autorizar, validar y verificar que la calidad de la solución habitacional (según dicho término se define en las "REGLAS DE OPERACIÓN") cumpla con los requisitos establecidos para la misma en las "REGLAS DE OPERACIÓN" y en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

Solventar las observaciones que se deriven de las revistones que realice la "CONAVI" en los plazos que la misma establezca y se refieran a la omisión de la entrega de la documentación, conforme a lo previsto en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

Permitir que la "CONAVI" de forma directa o a través de terceros, lleve a cabo acciones de auditoría, control y seguimiento respecto del "PROGRAMA" de forma presencial en las instalaciones de la 11ENTIDAD EJECUTORA", o en el domicilio de los beneficiarios, o de forma remota a través de llamadas telefónicas o de sistemas electrónicos, en términos de lo señalado en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

Proporcionar a la "CONAVI" o al tercero que ésta designe, todo el apoyo requerido para realizar la supervisión de la correcta aplicación de los subsidios con los beneficiarios, incluyendo, entre otras: acompañamiento por parte del personal de las entidades ejecutoras para realizar visitas a los domicilios de los beneficiarios, evidencia fotográfica de la aplicación del subsidio, envío de documentación digitalizada a solicitud de la "CONAVI" del expediente del financiamiento o del subsidio y contestación de cuestionarios por parte de los beneficiarios.

Presentar a la "CONAVI" la solicitud y el certificado de recepción de cada una de las aplicaciones de subsidio federal; así como un reporte mensual de comprobación de todos y cada uno de los subsidios federales otorgados, entre otra información; documentos e información que la "ENTIDAD EJECUTORA" deberá entregar a la "CONAVI" en los plazos y términos que señala el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS", mismo que forma parte del presente convenio.

Solicitar los recursos del subsidio federal, conforme a lo previsto en la cláusula TERCERA de este instrumento.

C/J/.lic:iH)r~ NACIONAL nr VfVTINDA

fGi IVSOP

CONAVI

~X.

\ \~

·~

XVIII.

XVII.

XVI.

XV.

XIV.

XIII.

DESARROLLO AGRAlt[O, ·fER!llTORll\l .. 'i URl\1\NO

SECRETARÍA DE

SEDATU

Page 7: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 7 de 14

En general, sujetarse en estricto apego y cumplimiento a los términos y condiciones establecidas en las "REGLAS DE OPERACIÓN", en el presente convenio, en el

La obligación señalada en el párrafo que antecede subsiste por el período referi~, aun cuando la "ENTIDAD EJECUTORA" deje de operar el "PROGRAMA" po, cualquier motivo. En el supuesto de que la "ENTIDAD EJECUTORA" ceda su, cartera a terceros, deberá transmitir esta obligación al cesionario. La "ENTIDAD\ EJECUTORA" será la responsable directa de que el cesionario acepte la obligación consignada en este numeral y de que se haga constar en esos términos en el contrato de cesión respectivo; asimismo será responsable solidaria respecto del cumplimiento que al efecto realice el referido cesionario.

Conservar y custodiar los expedientes de los beneficiarios del subsidio federal para vivienda señalados en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS", de conformidad con el artículo tercero del "Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos a que se Sujetará la Guarda, Custodia y Plazo de Conservación del Archivo Contable Gubernamentaf', publicado en el "DOF'' el 25 de agosto de 1998, por un período de diez años y tenerlos siempre a disposición de la "CONAVln, y/o de los auditores o revisores que ésta última designe, para efectos de evaluación, control, seguímiento-y-auditorla,

Si por cualquier motivo los recursos del subsidio federal recibidos por la "ENTIDAD EJECUTORA" no son aplicados a la solución habitacional en términos del "PROGRAMA", independientemente de la obligación de reintegrarlos de conformidad con lo previsto en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS", la "ENTIDAD EJECUTORA" tiene la obligación de mantener los mismos en cuentas de inversión, cuyos Productos, junto con los recursos del subsidio federal no aplicados, deberán reintegrarse a la "CONAVI".

En caso de reintegro de recursos, realizar el depósito mediante transferencia electrónica a la Cuenta Virtual 1705009, sucursal 6502, Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) 002180650217050098, que maneja CITIBANAMEX, a nombre de "CONAVP', notificando a la misma dicho depósito mediante correo electrónico el mismo día en que se realice y dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas siguientes mediante oficio, o en cualquier otra cuenta o mediante cualquier otro mecanismo que la "CONAVI" notifique por escrito a la "ENTIDAD EJECUTORA" con por lo menos 5 (cinco) días hábiles bancarios de anticipación a la fecha del depósito correspondiente. En el supuesto de que la "ENTIDAD EJECUTORA;, no realice el reintegro de los recursos en la cuenta antes mencionada, se generarán las penas y/o Cargas Financieras correspondientes, hasta en tanto no se haga dicho reintegro, mismas que la "ENTIDAD EJECUTORA" también se obliga a pagar.

Hacerse responsable del uso que le den sus empleados y representantes, a las claves que la "CONAVI" le otorgue para operar el "PROGRAMA".

1"5'tlTlffilntVJY~~,...1o11eu.l 'U~DUJM1CKlb ll'tl.A r:iro?lUO

IVSOP COMISIÓN NACIONAL DE VfVlI:NDA

CONAVI

XX.

XXIV.

XXIII.

XXII.

XXI.

DESARROLLO AGRARIO, TEJUUT01UAL 'í URBANO

S~CRf.TARIA DE

SEDATU

Page 8: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

SEXTA.~ SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO. Con motivo de cualquier incumplimiento en que a juicio de la "CONAVI" incurra la "ENTIDAD EJECUTORA" con respecto

"PROGRAMA" a las "REGLAS DE OPERACIÓN" al "MANUAL DE ) . , P EDIMIENTOS" y/o a las obligaciones que a su cargo' derivan del presente

-, //¡·_...·· ~"'-..'-- Página 8 de 14 '":"··><///

.,/'·< --"'"· e '

RESPONSABILIDADES. "LAS PARTES" convienen en que las acciones y ejercicio de recursos que realicen para cumplir los compromisos que adquieren en este convenio, se harán conforme a las disposiciones jurídicas y administrativas que a cada una le son aplicables y que las responsabilidades derivadas de dichas acciones y ejercicio, serán única y exclusivamente de quien las genere.

Todo intercambio de información a que hagan referencia las "REGLAS DE OPERACIÓN" y demás anexos del presente convenio, deberá realizarse bajo los formatos y procedimientos previstos en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS" o en los que la "CONAVI" establezca de manera fehaciente.

COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN. "LAS PARTES" convienen en mantener una estrecha comunicación, otorgarse asesoría e intercambiar información oportuna respecto del desarrollo del "PROGRAMA" y específicamente en lo que concierne al cumplimiento de los compromisos que adquieren en este instrumento.

CUARTA. -

La "ENTIDAD EJECUTORA" será la única responsable de la debida aplicación de dichos subsidios y para tal efecto se sujeta a los lineamientos de operación establecidos en el citado "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

TERCERA. - PROCEDIMIENTO OPERATIVO. La "CONAVI" entregará a la "ENTIDAD EJECUTORA" los recursos correspondientes a los subsidios federales de manera directa, o a través de alguno de los intermediarios financieros con los que la "CONAVI" opere, conforme al procedimiento operativo establecido en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS", mediante transferencia electrónica a la cuenta 0110473847, Clave Bancaria Estandarizada 012010001104738475, que le maneja Banco BBVA Bancomer, S. A. En caso de que la "ENTIDAD EJECUTORA" optara por el depósito en otro número de cuenta bancaria o con otra institución de banca múltiple, siempre que esté a su nombre, se obliga a hacerlo del conocimiento de la "CONAVI", por escrito y por conducto de un representante de la "ENTIDAD EJECUTORA" con facultades para ello, por lo menos con 10 (diez) días hábiles bancarios de anticipación, junto con la confirmación de la apertura de dicha cuenta que realice la institución de banca múltiple respectiva y la suscripción del convenio modificatorio respectivo; de no ser así, la "CONAVI" continuará, sin responsabilidad alguna, efectuando los depósitos en la cuenta y en la institución de banca múltiple de la cual la ~'CONAVl'1 tenga conocimiento en forma fehaciente.

"MANUAL DE PROCEDIMIENTOS" y demás anexos que forman parte del presente acto jurídico; normatividad que se tiene por aquí reproducida.

DESARROLLO AGRARJO, TERRITORJ AL Y URBANO

IVSOP CO,\H:oi!O;.¡ i•lACltJN.'tl. ni:vrvn:NDA SHCRHARIA DE

SEDATU CONAVI

Page 9: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 9 de 14

Habiendo la "CONAVI" solicitado a la "ENTIDAD EJECUTORA", a través de medios electrónicos o mediante oficio, la aclaración de las inconslstenclas detectadas, y dando un tercer y último plazo de 20 (veinte) días naturales, contadÓ$\ a partir de la recepción de la notificación, para que dentro de ese plazo la\"' "ENTIDAD EJECUTORA" remita la información correspondiente; si al término de 1,

dicho plazo no ha solventado la observación, la "ENTIDAD EJECUTORA" quedará· .. suspendida temporal o definitivamente de la participación del ''PROGRAMA", a juicio de la "CONA VI", de conformidad con lo que al respecto establece el ~'MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

Habiendo la "CONAVI'' solicitado a la "ENTIDAD EJECUTORA", a través de medios electrónicos o mediante oficio, la aclaración de las inconsistencias detectadas, y dando un plazo adicional de 15 (quince) días naturales contados a partir de la recepción de la notificación para que la "ENTIDAD EJECUTORA" remita la información correspondiente; si al término de este plazo no ha solventado la observación, procederá la sanción a que se refiere este apartado, consistente en que se suspenderá temporalmente a la "ENTIDAD EJECUTORA" de la operación del "PROGRAMA", hasta en tanto no solvente las inconsistencias que dieron origen a la amonestación y se reclasificará a la siguiente categoría de incumplimiento ("C"), de conformidad con la tabla de penas convencionales, prevista en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

111. AMONESTACIÓN NIVEL "C"

Habiendo la "CONAVI" solicitado a la "ENTIDAD EJECUTORA", a través de medios electrónicos o mediante oficio, la aclaración de las inconsistencias detectadas, dando un plazo de 15 (quince) días naturales contados a partir del día siguiente de la recepción de la notificación para que la "ENTIDAD EJECUTORA" remita la información correspondiente; si la información no es remitida en el plazo señalado o es insuficiente para atender la aclaración, se considerará como una observación no atendida y se reclasificará a la siguiente categoría de incumplimiento ("B"), suspendiéndose temporalmente a la "ENTIDAD EJECUTORA", de conformidad con lo que al respecto establece el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

11. AMONESTACIÓN NIVEL u9"

l. AMONESTACIÓN NIVEL "A"

convenio, "LAS PARTES" convienen en que, sin necesidad de que medie declaración, requerimiento o resolución judicial, la "CONAVI" podrá sancionar a la "ENTIDAD EJECUTORA" mediante la aplicación de las siguientes medidas:

CONAVI SECRETARIA DE

D~'AKHOLLO AGRARIO, TERRITORIAi. Y U RUANO

·- ·-··· IVSOP COM¡.>;[ÜN NAC!ONA!.

or VIVJ!;j\l¡J,\

SEDATU 1~11ut11O{.1>1~1om.-::i:i.1;:1~L

YllR<l~l!¡l(IE/fnll>E.U ~~UJ'l!UHI

Page 10: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 10 de 14

ueda a juicio de la "CONAVI" otorgar periodos de gracia a la "ENTIDAD 'CUTORA" para el cumplimiento de los requerimientos que le realice.

Adicionalmente a las sanciones a las que se haga acreedora la "ENTIDAD EJECUTORA" en las situaciones descritas en esta cláusula, deberá reintegrar a la "CONAVI" el monto de los subsidios otorgados sobre los cuales exista una solicitud de aclaración no solventada, así como las Cargas Financieras correspondientes, en los plazos establecidos en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

a. Omita remitir a la "CONAVI", dentro de los plazos establecidos, la documentación original comprobatoria del otorgamiento del subsidio federal para la integración del expediente respectivo.

b. Omita dar atención a las visitas domiciliarias, las auditorías, las inspecciones, las verificaciones y los actos de supervisión, control y seguimiento, relacionados con el cumplimiento del "PROGRAMA" y a que se refiere este convenio, o presente información inconsistente para la atención de las mismas.

c. Falsee o simule alguno de los requisitos u operaciones que son necesarios para la obtención o validación de un subsidio federal.

d. Omita realizar o notificar las acciones necesarias para el reintegro de los recursos del subsidio federal, en el caso de que el beneficiario incurra en alguna de las causas de incumplimiento establecidas en la normativa del "PROGRAMA".

e. Incumpla su compromiso de recibir y tramitar las solicitudes del subsidio federal, de acuerdo a lo establecido en las "REGLAS DE OPERACIÓN", el presente convenio y el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS", o que propicie la discriminación para dichos trámites.

f. Incumpla con la verificación de requisitos o condiciones generales del solicitante para que pueda evaluarse si califica o no como beneficiario del "PROGRAMA", en términos de las "REGLAS DE OPERACIÓN".

g. Incumpla con el reintegro de los recursos de subsidio y/o Cargas Financieras en el tiempo establecido en el "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS".

h. En su caso, no efectúe el pago de las Cargas Financieras correspondientes. i. Se detecte que la difusión del "PROGRAMA" es incorrecta o engañosa. j. Resulte con hallazgos relevantes derivados de las visitas domiciliarias,

auditorías, inspecciones, verificaciones o actos de supervisión, control y seguimiento que se lleven a cabo en términos del presente convenio.

k. Omita dar respuesta a los requerimientos de información o aclaraciones que sean derivados de las visitas domiciliarias, auditorías, inspecciones, verificaciones o los actos de supervisión, control y seguimiento que se lleven a cabo en términos del presente convenio.

IV. Procederá la suspensión inmediata de la participación de la "ENTIDAD EJECUTORA" en el "PROGRAMA", sin que medie amonestación de cualquier tipo, cuando:

!l[]]mrn:J ll'E vtv'IOI¡¡/, :PlctA~ JDH{"~"l'¡ol(Tl) !lo; V, r~<n'i~~~!I

DJ.:SARH.OLLO AGRA "R [O, TE.fl.íl.!TOR.fAL Y URRANO

~i¡i IVSOP C{Jhl!~IÜN rl:l.ClUíi:;t

D[ Vf\'lf.NDA SECRETARl.-1. DE

SEDATU CONAVI

Page 11: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 11 de 14

VIGENCIA. El presente convenio entrará en vigor el día de su firma y tendrá la vigencia necesaria hasta el cumplimiento de su objeto, sujetándose el mismo a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio correspondiente. "LAS PARTES" podrán dar por terminado anticipadamente este convenio, mediante notificación

ANEXOS. Los anexos que corren agregados al presente instrumento, forman parte integrante del propio convenio.

En razón de lo anterior, la "ENTIDAD EJECUTORA" reintegrará a la "CONAVI", en términos la fracción XXII de la Cláusula Segunda de este convenio, -las cantidades depositadas por concepto de subsidios no formalizados, de acuerde'a las "REGLAS DE OPERACIÓN" y del "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS", a~l\ como los Productos y las Cargas Financieras que se generen en los términos dél\.~ esta cláusula, sin necesidad de requerimiento de por medio. ( \

Derivado de lo anterior, la "ENTIDAD EJECUTORA" se obliga al pago de dichas Cargas Financieras, mismas que para los efectos de este convenio tienen la naturaleza de pena convencional, y que se generarán en el caso de que la "ENTIDAD EJECUTORA" reintegre el recurso y sus Productos extemporáneamente. Esta pena convencional se calculará en términos de las disposiciones administrativas emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público con fundamento en el artículo 85 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en particular en los oficios circulares números 401-T-21489 del 01 de septiembre de 2008 y 401-UVFV-651 del 08 de enero de 2009, emitidos por la Tesorería de la Federación, mismos que se agregan al presente convenio como Anexo 3.

CARGAS FINANCIERAS. Se entenderá como Cargas Financieras, conforme a las "REGLAS DE OPERACIÓN" y atendiendo a las definiciones establecidas en las Declaraciones 3. 1 y 3.2, las obligaciones de pago generadas a cargo de la "ENTIDAD EJECUTORA" por el reintegro extemporáneo, en términos del "MANUAL DE PROCEDIMIENTOS", de los recursos de subsidio federal recibidos en la operación del "PROGRAMA", las cuales serán determinadas por la "CONAVI" para su reintegro a la Tesorería de la Federación, en términos de las disposiciones que emita la propia Tesorería para tal efecto.

En caso de que alguna "ENTIDAD EJECUTORA" vaya a ser fusionada, escindida o, en general, extinguida, deberá informar tal circunstancia con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la "CONAVI", la cual le indicará el proceso a seguir para entregar la documentación e información del "PROGRAMA" que tiene en su resguardo. En este acto la "ENTIDAD EJECUTORA'i, se obliga a permitir cualquier auditoría o revisión posteriores a su desincorporación, considerando que se trata de la revisión de la aplicación de recursos federales y para los efectos de lo previsto en la fracción XXIV de la cláusula SEGUNDA de este convenio.

CONAVI COMJS(()N ~1ACION,\t

ot VfVlFNDA.

: - .. -_-.:.::,_c-.=:=~.--=-.;co·~--='--=- '[~f.~

l~~:

NO ENA. -

SÉPTIMA. -

DESARROLLO AGRAR10, TERRITORIAL Y llRMNO

SECRETARÍA DE

SEDATU

Page 12: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 12 de 14

Cualquier cambio de domicilio de "LAS PARTES", deberá ser notificado con 5 (cinco) días hábiles bancarios de anticipación; en caso contrario, todas las notificaciones se tendrán como válidamente hechas en los domicilios señalados en el apartado de las Declaraciones del presente convenio.

DOMICILIOS. "LAS PARTES" señalan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones, notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente convenio, los señalados en el apartado respectivo de las Declaraciones de este instrumento.

SUSTITUCIÓN O MODIFICACIONES A LAS "REGLAS DE OPERACIÓN". "LAS PARTES" reconocen que el objeto del presente convenio está sujeto a las "REGLAS DE OPERACIÓN", por lo que se obligan a aceptar sin mayor trámite o formalidad la sustitución o modificaciones a las "REGLAS DE OPERACIÓN", desde la fecha de su entrada en vigor y, en caso de ser necesario por ese motivo, aceptan realizar las adecuaciones que al efecto requiera el presente convenio de adhesión y sus anexos.

MODIFICACIONES. "LAS PARTES" están de acuerdo en que este convenio podrá modificarse con la notificación por escrito de la "CONAVI" a la "ENTIDAD EJECUTORA" y su correspondiente formalización por escrito firmada por "LAS PARTES". Asimismo, por lo que se refiere a los anexos de este convenio, "LAS PARTES'' están de acuerdo que podrán ser modificados unilateralmente por la "CONAVI", debiendo notificarle por escrito la modificación a la "ENTIDAD EJECUTORA"; en caso de que la uENTIDAD EJECUTORA" no esté de acuerdo con los términos de la misma, bastará con que deje de ejercer recursos de subsidio federal al amparo de este convenio y de lo contrario se entenderá su conformidad.

En el caso en que la "ENTIDAD EJECUTORA" cierre sus operaciones de manera permanente, tendrá la obligación de notificarle a la "CONAVI" cuando menos con 15 (quince) días naturales de anticipación, para que ésta envíe a personal autorizado para que la "ENTIDAD EJECUTORA" haga entrega de todos y cada uno de los expedientes que se encuentren bajo su resguardo.

que se realice por escrito a la otra parte, realizada cuando menos con 30 (treinta) días naturales de anticipación contados a partir de la fecha en la que se pretenda dar por terminado el presente convenio. En el caso de la "ENTIDAD EJECUTORA", dicha terminación no surtirá sus efectos en tanto queden obligaciones pendientes de cumplir por parte de la misma, derivadas del presente instrumento.

IVSOP CtJ.~)l~JON N~CWN.·\I Pf VIVlf.NJJ,\

CONAVI INnTTVTU.!lEl'IYlllllLAS61:1ll

TGO.~Elt~HIEnTO Cl-El.11 nrp,wo.~

DÉCIMA SEPUNDA. - . I 1~~

DÉCIMA PRIMERA. -

DÉCIMA. -

DfSARROLLO AGRARIO, rJ~lllllTCllUAJ, Y URUANO

SECRETARIA DE

SEDATU

Page 13: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 13 de 14

¿ No obstante lo anterior, la "ENTIDAD EJECUTORA'' será responsable del destino final de los recursos federales destinados por la "CONAVI'' para el cumplimiento del presente convenio.

RESPONSABILIDADES. "LAS PARTES'' convienen en ejercicio de recursos que realicen para cumplir los compromisos que adquieren en este convenio, se harán conforme a lo establecido en las disposiciones jurídica~ administrativas correspondientes y que las responsabilidades derivadas de dicha~ acciones serán determinadas por las instancias competentes, en los términos de)\ las disposiciones aplicables. _ ¡

SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y ASPECTOS NO PREVISTOS. Lo no previsto en el contenido del presente convenio, así como las controversias por la interpretación o aplicación de alguna de sus cláusulas, será conciliado por "LAS

e PARTES". Para el caso de que las controversias no pudieran_resolverse de común \, '¡, at:füerd&··y·sii:i.,n;ce?idad de que cualquiera de "LAS PARTES" lo tenga que

acreditar; para la intefpretación, ejecución y cumplimiento del presente convenio, "LAS PAR<-TES'' se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes en la Ciudad de México, haciendo renuncia expresa de cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros.

"LAS PARTES" podrán, mediante notificación por escrito, designar personas de contacto distintas, siempre y cuando se trate de una sola persona de cada una de "LAS PARTES".

Por la "ENTIDAD EJECUTORA": Nombre: C. Mauricio Ruiz Morales. Cargo: Director de Fomento a la Vivienda Social. Tel.: (449) 910-2560 Ext. 5523 Correo electrónico: [email protected]

Por la "CONAVI": Nombre: C. Alberto Azamar Aguirre. Cargo: Coordinador General de Subsidios. Tel.: (55) 9138-9991 Ext. 451 Correo electrónico: [email protected]

DÉCIMA QUINTA.-

DÉCIMA CUARTA. -

DÉCIMA TERCERA. - PERSONAS DE CONTACTO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONVENIO. Las

personas de contacto para la ejecución del presente convenio son:

IVSOP CO,i.US¡¡)N N.-'iCIO;'Ml. rJÍVIVlf.NPr\

CONAVI INSlTTU"llJDCVNIC:N'!U.SllCU.l

TB•CC/f~M10«1l B~U r~""'uu DESARROLLO 1\0RAR10,

l'Ellll..lTORJ AL Y URUANO

SECRETARÍA DE

SEDATU

Page 14: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Página 14 de 14

Estas firmas corresponden al convenio de adhesión al Programa de Acceso al Financiamiento para 18oluciones Habitacionales, celebrado entre la Comisión Nacional de Vivienda y el Instituto de Vivienda Social

.: ··y Ordenamiento de la Propiedad del Estado de Aguascalientes, como Entidad Ejecutora, de fecha 15 de agosto de 2018.

/---·tf C. RICARDO DE LA BARRERA \ílTE .- / COORDINADOR GENERAL DE ASUNTOS

JURÍDICOS

REVISIÓN JURÍDICA

C. MAURICIO IZ MORALES DIRECTOR DE FOMENTO A LA VIVIENDA

SOCIAL

PERSONAS DE CONTACTO

SUBDIRECTOR GENERAL DE SUBSIDIOS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL

Previa lectura y conocimiento de su contenido y alcances, "LAS PARTE al calce de cada una de sus fojas útiles en dos tantos en la Ciudad mes de agosto de 2018, quedando un ejemplar en poder de cada una

PO~LA "CONAVI"

- \

. \\/ ~\ \\ / \ · .. :\\ \f·

C.~1Lot1 PAVÓN SEGURA

SUJECIÓN DE LAS OPERACIONES. "LAS PARTES" acuerdan que el ejercicio de recursos de subsidio al amparo del "PROGRAMA" a partir de la fecha de firma del presente convenio, se sujetará a los términos y condiciones estipulados en el mismo.

DECIMA SEXTA. -

11dl11Uf(I er VJYCl"lo!CJI SllCl.l.~ Tll•~ti!~IUUIHJ Clt.L'll ,.ll"Q'f"ILllA!I

DESARROLLO AGRAklO, TERlll'l'ORfAI. Y URBANO

IVSOP CO/.llS!Út~ NAC!ONAI DF VlVlENDA

SECRETMiA úE

SEDATU CONAVI

Page 15: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

ANEXO 1. Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para

Soluciones Habitacionales.

D f.SARROLLO AGRARJO, TERRITORJAL Y llRBANO

SEDATU IVSOP COM l~IÓN N,,ClONAl.

ni:v1vn:ND,\ SECRETARIA DE

CONAVI

[ .. · t :

,.~ ... ~••.•y~~=····===.,..,....,,............,.........,...,~~====~ .:

Page 16: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

¡

~::;¡~> . --:~:

/~t~~i -:·.,.·:,

Page 17: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

fü ~:¡ ~;·~.

~ . ¡-::· ,- i

l-~¡ r-

f ! 1

e . ' ¡-y

,/~ .21 PÁGINA1 DE 81

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL

PROGRAMA DE ACCESO AL FINANCIAMIENTO PARA ...

SOLUCIONES HABITACIONAL,ES

Versión 09

Código .. QCWAO-MOPAFSH~001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para ~oluciones Habitacionales

SliCR!lTA!ÚA DE DESARROLLO /\(JRARTO,

TliRRITORTAL Y üllilANO

CONAVI COMl.'l!ÓN NAClONAL

DEV!VllrNDA

SEDATU

i::....:......... 2;:):.··:-.'"~·.~_:::"'..::::.:.::-/:"7'';.·_, ,..,--~.,.2 .. .-·; ... _.'"'t&-,;,..,,_~·-···· !$3 ._y_,_-~·-- ........ ··.:·.,..,;-· ·,_.·-.. ·~ .. - ... ]. ~-::.:··,...,-- -:-· __ ;_..,~..,,_- ¡ - _ .. --.•.·.<;;.·~

Page 18: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

. ·~~

)

/_-· ! -

,..·· ;

' .

1J•

/

PÁGINA :2 DE 81

DE LOS PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA CAPÍTULO 1

DE LAS ENTIDADES EJECUTORAS ARTÍCULO 5.- ENTIDAD EJECUTORA ARTÍCULO 6.- OBJETO DE LA ENTIDAD EJECUTORA EN EL PROGRAMA .~IYfÍCULO 7.-CRITERIOS PARA FUNGIR COMO ENTIDAD EJECUTORA

./>J·RTÍCULO 8.- PROCESO DE ADHESIÓN PARA FUNGIR COMO ENTIDAD EJECUTORA I "'Í CAPÍTULO 11

DE LOS ORGANISMOS EJECUTORES DE OBRA (OEO) ARTICULO 9.- DEFINICIÓN DE ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA ARTÍCULO 10.- OBJETIVOS DE LOS ORGANISMOS EJECUTORES DE OBRA EN EL PROGRAMA ARTÍCULO 11.- DEL REGJSTRO COMO ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA

CULO 12.- VIGENCIA DEL REGISTRO COMO ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA ----....A cu~o 13.- DE LA SUSPENSIÓN y CANCELACIÓN DEL REGISTRO COMO ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA /\/ CAPITULO 111

DE LA ENTIDAD SUPERVISORA ARTÍCU O 14.- OBJETO DE LA ENTIDAD SUPERVISORA ARTÍCU O 15 CT!VIDADES DE LA ENTIDAD SUPERVISORA

~ .-

' / ,/Í// /

TÍTULO PRIMERO DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA

CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- OBJETO DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ARTÍCULO 2,- DEFINICIONES PARA LOS EFECTOS DEL MANU,ll.L DE PROCEDIMIENTOS ARTÍCULO 3.- DE LAS MODIFICACIONES AL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ARTÍCULO 4.- CONSULTA DtL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS TÍTULO SEGUNDO

ÍNDICE

GENÉRICO

Versión 09

Códígo QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CO.M.LSIÓN NAClONAL DF.VTVmNDA

SECRETARÍA DE DESARHOLLO AGlli\RlO,

TERRTTORIAL Y URllANO

CONAVI SEDATU

Page 19: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

' ,. ,_~ 'e

1· l ~::

i.".

1.: ,. L'. ' ~ '·· 'e ,~ , .. ' r::=·

r-, ,. ,.

1~ r-'

PÁGINA 3 DE 81

TÍTULO TERCERO DE LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA

CAPÍTULO 1 DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ARTÍCULO 16.- DE LA DIFUSIÓN DEL PROGRAMA . ARTÍCULO 17,- DE LA ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN A LOS SO U CITAN TES POR PARTE DE LA ENTIDAD EJECUTORA O EL ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA ARTÍt;:ULO 18.- DE LOS INGRESOS DEL SOLICITANTE ARTÍCULO 19.- DEL AHORRO PREVIO ARTÍCULO 20.- DE LAS APORTACIONES ARTÍCULO 21.- DEL FINANCIAMIENTO A LAVIVIENDA A OTORGAR POR LA ENTIDAD EJECUTORA ARTÍCULO 22.- TIPOS DE FINANCIAMIENTO A LA VIVIENDA A OTORGAR POR LA ENTIDAD EJECUTORA ARTÍCULO 23..· ()E LA FORMALIZACIÓN DEL FINANCIAMIENTO ARTÍCULO 24,- DE LA INSCRIPCIÓN DE LA SOLlCITUD DE SUBSIDIO FEDERAL ARTÍCULO 25.- DE LA IMPRESIÓN DEL CERTIFICADO DE RECEPCIÓN DEL SUBSIDIO FEDERAL ARTÍCULO 26.- DE LA DISPERSIÓN DE LOS RECURSOS DEL SUBSIDIO FEDERAL ARTÍCULO 27.- DE LA DEVOLUCIÓN O REINTEGRO DEL SUBSIDIO FEDERAL

CAPÍTULO 11 DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA VALIDACIÓN DEL SUBSIDIO ARTÍCULO 28.- DE LA VERIFICACIÓN DEL SUBSIDIO BAJO LA MODALIDAD DE AUTOPRODUCCIÓN ARTÍCULO 29.- D~ LA VERIFIC,A.CIÓN DEL SUBSIDIO BAJO l,A MODALIDAD DE AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE VIVl):NDA. ARTÍCULO 30.- DE LOS DOCUMENTOS REQUERfDOS EN EL EXPEDIENTE DEL SUBSIDIO, EN PODER DE LA ENTIDAD EJECUTORA, DEPENDIENDO DEL TIPO DE MODALIDAD DE SOLUCIÓN HAB1TAC10NAL. ARTÍCULO 31.·· DELA G UARDAYCUSTODIA DELEXPEDI ENTE DELSU BSI DlOPORLAENT! DADEJ ECUTORA ARTÍCULO 32.- DE LA REMISIÓN DE DOCUMENTOS COMPROBATORIOS DEL SUBSIDIO A LA CONAVI POR CADA MODALIOAD DE SOLUCIÓN HABITACIONAL A CARGO DE LA ENTIDAD EJECUTORA. ARTÍCULO 33.- DE LA COMUNICACIÓN ENTRE LA CONAVI Y LA ENTIDAD EJECUTORA ARTÍCULO 34.- DE LA PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS POR LA ENTIDAD EJECUTORA EN LAS OFICINAS DE LA CONAVI ARTÍCULO 35.- PROCEDIM0lENTO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA CON LA ENTIDAD EJECUTORA PARA LA MODALIDAD DE AUTO PRODUCCIÓN, AMPLIACIÓN O MEJORAMIENTO

CAPÍTULO ill DE LOS LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS POR MODALIDAD PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA ARTÍCULO 36.~ ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA O USADA ARTÍCULO 37." ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA ARTÍCULO 38.- ADQUISICIÓN DE VIVIENDA USADA ARTÍCULO 39,-AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE VIVIENDA

Fecha de Emislón: Abril/2018

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

Manual de Procedimientos para Ja Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SJlCRBTARÍ.A DJl iJESARRmI.ó AG)1.ARl0,

TERRITORIAL Y ÜIÜiANO

CO!,l.Ui!ÓN NACIONAL mvrYmND,I.

CONAVI SEDATU

Page 20: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

fr i

'-. /

PÁGINA 4 DE 81

L

AfyTÍCULO 51.-TIPOS DE PENAS CONVENCIONALES

/

... ARTÍCULO 52.- DE LA APLICACIÓN DE LAS PENAS CONVENCIONALES .. ¡fíTULO QUINTO

""DE LOS ANEXOS CAPÍTULO ÚNICO -~; 1~~ULO TRANSITORIO

ARTÍCULO 50.- DE LAS PENAS CONVENCIONALES

ARTÍCULO 40.- AUTOPRODUCCIÓN DE VIVIENDA ARTfCULO 41.- ADQUISICIÓN DE LOTE CON SERVICIOS ARTÍCULO 42.-ASPECTOS GENERALES TÍTULO CUARTO DE LA EVALUACIÓN DEL PROGRAMA

CAPÍTULO 1 DE LA VALIDACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PROGRAMA ARTÍCULO 43.- DE LAS REVISIONES, SUPERVISIONES Y AUDITORÍAS AL PROGRAMA ARTÍCULO 44.- DE LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN A LAS ENTIDADES EJECUTORAS ARTÍCULO 45.- DE LA SUPERVISIÓN A LA ENTIDAD EJECUTORA

CAPÍTULO 11 DE LAS SANCIONES APARTADO A DE LAS CARGAS FINANCIERAS ARTÍCULO 46.- DE LAS CARGAS FINANCIERAS ARTÍCULO 47.- PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO DE CARGAS FINANCIERAS Y/O PENAS CONVENCIONALES ART[CULO 48.- FÓRMULA PARA EL CÁLCULO DE CARGAS FINA.NCIERAS Y/O PENAS CONVENCIONALES ARTÍCULO 49.- PROCEDIMIENTO PARA EL ENTERO O CONCENTRACIÓN DE LAS CARGAS FINANCIERAS Y/O PENAS CONVENCIONALES APARTADO B DE LAS PENAS CONVENCIONALES

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financlarniento para Soluciones Habitacionales

COML'>IÓN NAClONAL D~VIVIENDA

SECRETARiA DJ! DESAllROU.O AGnAnro.

TERRITOIUAL Y UllBANO

CONAVI SEDATU

Page 21: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 5 DE 81

1. Lograr una mayor y mejor coordinación lnterinstltucional: 2. Transitar hacia un desarrollo urbano sustentable e inteligente; 3. Reducir, de manera responsable, el rezago de vivienda, y 4. Procurar una vivienda digna para todos los mexicanos,

Para el cumpllmlanto de estos objetivos, el Presidente de los Estados Unidos Me.xicanos determinó cuatro estrategias:

r'. . La poi ítlca de vivienda es a hora abordada desde.un eníoque Integralentte la vivienda y el hábitat. Se determinan como prerntsas . del nuevo modelo la contención del creclmlento desordenado de las manchas urbanas, la consolldaclón V compactadón de las ciudades, la diversificación de soluciones habltacJonales y la atención a la vivienda rural.

El 11 de febrero de 2013, el Gobierno Federal dio a conocer los grandes trazos de la Polftlca de Vivienda que emprendería esta Administración.

En función a sus responsabilidades y funciones correspondientes, las unidades administrativas de la Comisión Nacional de Vivienda son las facultadas para Interpretar el presente Manual con el visto bueno de la Coordinación General de Asuntos JúrÍdlccis y, en su caso, resolver lo no previsto; siendo la Ley Federal de Procedlmlento Administrativo, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilldad Hacendaría y su Reglamento supletorias del presente Manual en lo conducente.

El presente Manual tiene por objeto, con base en la legislación, armonizar la aplicación de las Reglas de Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habítaciotiales vigentes y demás lineamientos aplicables, las acciones y procesos operativos Internos a segulr por los participantes y la Cornlsión Nacional de Vivienda (CONAVI), para la operación del Programa, exceptuando para estos efectos, las operaciones de subsidio con crédito para la población derechohablente del INFONAVIT, para las del esquema de Mejoramiento Integral Sustentable, así como proyectos institucionales y extraordinarios, que se regirán por lineamientos espedflcos conforme a lo establecido en las Reglas de Operación del Programa.

ARTÍCULO 1.- OBJETO DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

CAPÍTULO ÚNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO PRIMERO DEL MANUAi.. DE PROCEDIMIENTOS PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA

Código QCW.40-MOPAFS H-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

Sl!CRE'1'ARfA DE D.ESÁRROLLO AGRARTO,

'I'ERR1T0R1AL Y URllANO

COMJSJÓN NAULONAL Dtvn'TlrNDA

CONAVI SEDATU

~-

Page 22: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

/

PÁGINA 6 DE 81

' ~- RTÍCULO 2.· DEFINICIONES PARA LOS EFECtos DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS \, Además de las definiciones y acrónimos previstos en el numeral 1.2 de las Reglas de Operación del Programa de ~ Acceso al Financiamiento para Soluciones Habltaciónales, para efectos del presente Manual, se entenderá y utilizará

cada uno de los siguientes términos, en singular o plural, según corresponda, con Inicial mayúscula o con minúsculas, como indlca su definición, por:

IV.

11.

~1 /'y

Soluciones habítaciona!es ubicadas en Polígonos Urbanos Estratégicos, NAMA Urbana y Polígonos PROCURHA. Vivienda que cumpla 150 puntos de la dimensión de Sustentabllidad Ambiental, cómo se define en el Anexo 2 de las Reglas de Operación "Criterios para Ja evaluación ele las soluciones habitacionales y la diferenciación del subsidio federal" Vivienda que cumpla 125 puntos de la dimensión de sustentabilidad Ambiental, cómo se define en el Anexo 2 de las Reglas de Operación "Criterios para la evaluación de las soluciones habltacionales y la diferenciación del subsidio federal" Vivienda vertical ubicada en el Perímetro de Contención Urbana Ul y U2.

l.

Adicionalmente, asignará los recursos preferentemente de acuerdo al siguiente orden de prlorlzaclón:

a. Asignación por Entidad Federativa, Organismos Nacionales de Vivienda, Organismos Estatales y Municipales de vivienda y por Entidad Ejecutora.

b. Asignación por modalidades. c. Esquema de coparticipación con gobiernos estatales y municipales. d. Priorización de los recursos del Programa para las distintas modalidades,

Para el cumplimiento de estos preceptos, la CONAVI asignará los subsidios federales de conformidad con los siguientes criterios:

Acorde con lo estipulado por la Ley de Vivienda y en sintonía con la Polítíca Urbana y de Vivienda, las Reglas de Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacibnales continúan ofreciendo a la población de bajos ingresos una alternativa para complementar su capacidad de pago a fin de acceder a una solución habltaclonal digna y sustentable, previo otorgamiento de un financiamiento a Ja vivienda y de la acreditación de una determinada cantidad de ahorro en efectivo, especie o mano de obra, según la modalidad de la solución habitacional.

La Secretaría eje Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, a través de la Comisión Nacional de vlvlenda, atiende los planteamientos del modelo urbano y, en consecuencia, los lineamientos de la política de subsidios se harán conforme a los nuevos retos.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETARiA DE DESARROLLO AGRARJO,

'l'ERTlTTORIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU COMlS!ÓN NACIONAL

ot.vrvri.rNoA

Page 23: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 7 DE 81

CDM: Coordinación de Desarrolladores y Multilaterales. CGA: Coordinación General de Administración (unidad administrativa adscrita a la GONAVI). CGAJ: Coordinación General de Asuntos Jurídicos (unidad administrativa adscrita ala CONAVI), CGS: Coordlnaclón General de Subsldlos (unidad administrativa adscrita a la CONAVI). CNBV: Comlslón Nacional Bancaria y de Valores, CONA\fl: Comisión Nacional de Vivienda CONDUSEF:ComisiónNaciona! para.ta.Protecclón.v.üetense.de losUsuaríosdeServidosflnancletos. Contrato de flnanclamlento: Acto Jurídico en virtud del cual las Entidades Ejecutoras otorgan tlnanciamiento a las beneficiarías y los beneficiarlos del Programa, para poder acceder a una solución habitaclonal. Comprobante de ingresos formal: se entiende como documento o recibe de nómina que emite el patrón al trabajador por los pagos realizados a este último por .eoncepto de remuneración de sueldos salarios y asimilados. Criterios Básicos de Habitabilidad: Para efecto de las modalidades de autoproducción, ampliación y/o mejoramiento, se refiere a las características flslcas y espaciales de 1<1 vlvienda que responden a las necesidades pe la. poblaclón en cuanto a las condiciones blocllmátlcas, resolvlendo factores como la iluminación y ventilación natural, confort térmico y acústico a sus habitantes¡ optimización de espacios, funclonalldad, respeto a los usos y costumbres, acceso a servicios dlsponlbles, gestión adecuada de los residuos generados; dotando a sus habitantes de espacios seguros, confortables y estéticos. Los cuales se encuentran publicados en la página web http://www.gob.mx/conaví/acdones-y-programas/cr\t1os- ~ baslcos-de-habltabllldad r~

~/···,) /:/ (e

xv.

v.

IV.

111.

: :-~: 11.

Acta de Aceptación: Documento emitido por la CÓNAV! mediante el cual el Organismo Ejecutor de Obra (OEO) acepta los términos de sanción en caso de incumplimiento a las Reglas de Operación del Programa. Avance de obra requerido; Progreso en la edificación solicitado en la modalidad de autoproducclón, . equivalente a la ejecución en muros hasta la hilada a nivel de vanas de ventana con 90 cm. mínimo sobre el nivel de piso terminada o bien hasta el 30% de avance de obra, hasta la adecuación en los slsternas del Registro Único de Vivienda. sujeto a ser verificado en sitio, necesario para la dispersión del subsidio. Sanca de Desarrollo: Entidades de la Adrnínlstraclón Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito, las cuales forman parte del Sistema Sanearlo Mexicano y atienden las actividades productívas que el Congreso de la Unión determine como especialidades de cada una de éstas, en sus respectivas leyes orgánicas. Banca Social: Conjunto de Entidades Financieras Comunitarias que ofrecen servicios financieros y proporcionan rnlcrocrédltos adecuados a la capacldad de sus usuarios, quienes generalmente acompañan sus servicios con organizaci6n social, educación financiera y economía solidaria. Dichas instituciones se encuentran dentro del marco regulatorlo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y la Ley de Uniones de Crédito. BANJERCITO: Banco Naclonal del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, Socíedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo. CAT: Costo Anual Total.

l.

XVI.

VI. VII.

VIII. IX. x.

XI. XII. XIII. XIV.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación .del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETARIA Dl! DESARROLLO AGRARTO,

'l'RRIUTORfAL Y URBANO

CONAVI CO.MJSlÓNNAClOI'>IAL

·Ü~YTVlllND1'

SEDATU

Page 24: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

~;)¡ j/

PÁGINA 8 DE 81

XX.

CUV: Clave Única de Vivienda.

Código QCWAO-MOPAFSH-001

DEF: Dirección de Esquemas Financieros (área adscrita a la Subdirección General de Fomento de Esquemas de Financiamiento y Sol u clones de Vivienda de la CONAVI). Diseño Participativo: Trabajo colaborativo con distintas técnicas y habilidades entre el Organismo Ejecutor de Obra y las beneficiarias y los beneficiarios para diseñar soluciones habítactonates ajustadas a sus necesidades presentes y futuras. Documento que acredita la posesión: Es aquel en virtud del cual se acredita él poder de hecho que se ejerce sobre un inmueble o una superficie territorial, siempre que la benefíciaria o el beneficiario acredite cuando menos un parentesco consanguíneo hasta el tercer grado, o directo por afinidad, con quien sea propietario. Para la modalidad de autoproducclón, el benefi'ciario deberá acreditar un parentesco consanguíneo de primer grado con el propietario. Tratándose de vivienda vertical, se entenderá el poder .que se ejerce sobre un inmueble o una superficie territorial. De manera enuncíatlva, más no llrnltatlva, podrán consistir:

1} Para la zona urbana o sernlurbana: documento que, bajo responsabilidad de los gobiernos federal, estatal o municipal o en su caso del Poder Judicial, acepten como comprobante de propiedad o posesión.

2) Para la zona rural: Título de Propiedad, Certificado o Título de Derecho Ejidal, Parcelario, Comunal, Agrario o Constancia expedida por la autoridad municipal o estatal competente.

Documento que acredita la propiedad: Es aquel en virtud del cual se acredita el poder que se ejerce sobre un inmueble o una superficie territorial con el carácter de propietario del mismo, De manera enunciativa, más no limitativa podrán consistir en: 1) Para la zona urbana o semturbana: escritura pública donde conste la adquisición del inmueble en calidad

de propietario, sentencia por medio de la cual se otorgue la propiedad del Inmueble y/o documento emítido por la autoridad competente en ejercicio de sus facultades conforme a la legislación federal o local.

2) Para la zona rural: Certificado o Título de Derecho Ejldal, Parcelario, Comunal o Agrario, o los mismos documentos que en el numeral que antecede.

DPOS: Dirección de Promoción y Operación de Subsidios (área adscrita a la Coordinación General de Subsidios de la CONAVI). DSVS: Dirección de Seguimiento y Validación de Subsidios (área adscrita a la Coordínación General de Subsidios de la CONAVI).

1/¡1 DPPE; Dirección de Planeación y Proyectos Especiales (área adscrita a la Subdirección General de Subsidios u y Desarrollo Institucional de la CONAVJ). t

Entidad supervisora: Persona física o moral, autorizada por la CONAVI, para verificar la aplicación del ¡'

subsidio federal en las soluciones habitaclonales. Fideicomisos públicas de fomento: Los fideicomisos públicos constituidos por el Gobierno Federal para el l .· fome o económico que realizan actividades financieras cuyo objeto o finalidad principal sea la realización habit al y profesional de operaciones de crédito, incluyendo la asunción de obligaciones por cuenta de "'J.

/v ! 1J

XXIV.

-;(:· xxm.

,··¡/? · -: x>cl1.

XXI.

)(JX.

XVII. XVIII.

Versión 09

Fecha de Emísíón: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

S.!lCRETAfliA DE DESARROLLO AGRARlO,

TERRITOIUAL Y URBANO

CONAVI COMlSlÓN NACIONAL

DF.VfVrnNDA

SEDATU

Page 25: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 9 DE_ 81

INSUS: Instituto Nacional del Suelo Sustentable (antes CORETI). OEO: Organismo Ejecutor de Obra, OREVI: organismo Est<itaLde Vivienda, en el.caso de que Jos gobiernos municipales cuenten ensu admlnlstraclón con un organismo de naturaleza similar o análoga, el concepto operará en los mismos términos. Organismos de fomento: Las entidades de fomento económico, la rnavoria con personalidad jurídica y patrimonio propios, sujetas a la supervlslón de la CNBV conforme a sus respectivas leyes. Organización comunitaria: Organización implementada a través de talleres o asambleas, para la toma de decisiones informadas y consensuadas con el objeto de favorecer a las beneficiarias y los beneficiarios en aspectos relacionados con la vivienda y el hábitat. Personal del organismo fiscalizador: Personal acreditado por alguno de los Organismos Fiscalíz.adores, el cual está facultado para requerir a la Entidad Ejecutora la Información que estime necesarla para verificar la correcta operación del Programa, RENAPO: Registro Nacional de Población.

terceros, también forman parte del Sistema Bancario Mexlcano y son publicados anualmente por la Procuradurla Fiscal de la Federación en el Diario Oflclal de la Federación. FONHAPO: Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares. Grupo de Adhesión de Entidades Ejecutoras: lnstancia facultada para la aceptación o no aceptaclón de las solicitudes de adhesión presentadas por la SGFEFSV, que a su vez son enviadas por las Entidades Interesadas en participar en el Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habltacionales a cargo de la comisión Nacional de Vivienda. Grupo de Operación y Seguimiento: Instancia facultada para el análisis, discusión y torna de decisiones de temas operativos y de seguimiento que no están especificados en las Reglas de Operación y/o el Manual de Procedlmlentos, con el objeto de poder determinar la procedencia de la apllcaclón de las medidas correctivas y preventivas que se consideren necesarias para mejorar la operación del Programa bajo la normatlvldad correspondlente, yen los casos que se considere necesarios, aplicar las sanciones establecidas en el Manual de Procedlmlentos, Grupo de Asignación Presupuesta! (GAP): Instancia de la CONAVI, la cual asigna el presupuesto de conformidad con la metodología de aslgnacíón presupuestal definida. Grupo de Evaluación,, Autorización, Promoción y Seguimiento de Polígonos Urbanos Estratégicos: equipo de trabajo permanente ele la Comisión lntersacretarial de Vivienda, encargado de promover, evaluar, autorizar, dar seguimiento y revocar en su caso, las autorlzaclones de manera colegiada, a los proyectos que, buscan obtener el estatus de Polígono Urbano Estratégico. \~ Inclusión soclal: La participación, corresponsabil!dad y toma de decisiones de las beneficiarias y los \ \ beneficiarios durante el proceso de construcción de su soluclón habltacíonal y/o epllcacton del subsidio '-~- · federal. ._

' .

·versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-OO 1

Fecha de Emisión; Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habítacionales

COMJSló!'í NACJONAL . . DR VTVTENDA SllCRETAIÚA Dll

DESARROLLO AGRARJO, TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

X.XXVIII.

XXXVII.

XXXVI.

XXXIII. XXXIV. XXXV.

XXXII.

XXXI.

XXX,

XXIX.

XXVII. XX.VIII.

1--· Le f--

Page 26: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 10 DE 81

XLI.

Reporte mensual de comprobación: Archivo electrónico que la CONAVI envía mensualmente a la Entidad Ejecutora con el detalle de todas las operaciones de los subsidios federales otorgados durante el mes correspondiente, para validación y aprobación por parte de ésta. SAGS: Subdirección de Análisis y Gestión de Subsidios (área adscrita a la Coordinación General de Subsidios de la CONAVI). Seguridad estructural: La seguridad estructural de la solucíón habltaclonal comprende a la cimentación, elementos verticales (columnas y/o castillos, muros) y elementos horizontales (trabes, dalas, cadenas), de tal forma que dichos elementos se presenten en buen estado: colados uniformes, sin fisuras o cuarteaduras, · sin varillas expuestas y con anclajes amarrados correctamente. Todos los materiales utilizados deberán de estar en buen estado, sin que presenten fisuras, quiebres o algún otro caso que derive en la pérdida de durabilidad o resistencia. La nivelación del piso o Josa serán uniformes y no deberán existir cuartsaduras o fisuras a causa del asentamiento de la vivienda. SGAVPS: Subdirección General de Análisis de Vivienda, Prospectiva y Sustentabilídad (unidad administrativa adscrita a la CONAVI). SGFEFSV: Subdirección General de Fomento de Esquemas de Financiamiento y Soluciones de Vivienda (unidad admlnistrativa adscrita a la CONAVI). SGSDI: Subdirección General de Subsidios y Desarrollo Institucional (u ni dad administrativa adscrita a la CONAVI~. Sistema CONAVI: Plataforma tecnológica de la CONAVI, para la operación del subsidio federal. Sistema RUV: Plataforma del RUV para el registro de la oferta habitaclonal incluyendo entre otras la ublcación y las caracterlsticas de las soluclones habitacionales, responsable de medir y validar el punta]e de las viviendas con subsidio, así como gestionar las visitas de verificación en la modalidad de autoproduccíón de vivienda. Solicitante: Persona física que pretende acceder al Subsidio Federal objeto del Programa, para aplicarte a una solución habitadonal determinada. Subsidio RIF: Subsidio que otorgará la C:ONAVI, en los términos descritos en los llneamlentos operativos del esquema RIF. Verificador de obra: Persona física o moral autorizada por la CONAVI encargada de verificar a través de visitas en sitio cada una de las soluciones habltaclonales para conocer el avance de obra o conclusión de las soluciones habitaciones. Zona de riesgo: Lugar vulnerable o propenso a sufrir afectaciones por circunstancias físicas, geográficas, territoriales, por cercanía a fuentes de riesgo, entre otras, que altera y pone en amenaza la vida o la habitabilidad de las viviendas que en dicho lugar se encuentren, entendiendo que no está bajo esa condición cuando la autoridad competente autorice o permita la ubicación de la solución habttaclcnal.

XL.

xux . .. ·· . f

//·p~J.

XLVIII.

XLVI. XLVII.

XLV.

XLIV.

XLIII.

XLII.

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

Fecha de Emisión: Abrll/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISIÓN NACIONAL DE VTVTENDA

SECRETARIA DE DESARROLLO AGHAlUO,

TERRITORIAL Y lJR]ANO

CONAVI SEDATU

Page 27: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Fideicomisos que en los términos de su acto constitutivo y autorizaciones con las que deban contar, apoyen a la obtención de una solución habltac!onal a través de Financiamiento y apliquen los recursos federales para subsldlar a [as beneñclarlas y los beneficiarios; Banca de Desarrollo, Fideicomisos Públfcos de Fomento y Organismos de Pornento (tncluvéndo a INFQNAVIT, FOVISSSTE y BANJERCITO). y Entidades Financieras Participantes en el Programa del Goblerno Federal "Crezcamos Juntos".

l. 11.

111. IV.

vr. Ji

VII.

VIII.

ISSFAM e INSUS; Intermediarios financieros privados regulados por la CNBV o sistemas de supervisión auxlliares aprobados por la CNBVí Interrnedíarlos flnancleros privados no regulados, sujetos a la inspección y vigilancia de la CNBV; lntermedlarlos flnancieros que operen con Sociedades Nacionales de Crédito¡

ARTÍCULO 5.- ENTIDAD EJECUTORA Se considerarán como Entidades Ejecutoras del Programa, de manera enunciativa más no limitativa, una vez que hayan suscrito el convenio de adhesión respectivo, a los siguientes organismos:

CAPÍTULO 1 DE LAS ENTIDADES EJECUTORAS

TÍTULó SEGUNDO DE LOS PARTICIPANTES EN EL PROGRAMA

ARTÍCULO 4.- CONSULTA DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS La versión vigente del presente Manual estará disponible en la página web oficial de la https://www.gob.mx/conavl/documentos/manual-de-procedímientos-2018

ARTÍCULO 3.- DE LAS MODIFICACIONES AL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Las modificaciones al presente Manual se notificarán a las Entidades Ejecutoras a través de correo electrónico, o por los medios que la CONAVJ considere pertinentes, para que éstas reaílcen la consulta de las modificaciones en la página de la CONAVI.

Versión 09

Código QCW_.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financíamiento para Soluciones Habitacionales

SJlCRBTAR.iA DJl DESARROLLO AGRARIO¡

TERRITOIUAL Y URllANO

COMISIÓN NAC!ONAJ, DE VIVll!NDI\

CONAVI SEDATU

...... •cc··:E·:···-...."'·,,·.~7-,:·.·:·""··.1::""'"'~""'.-;,_~""-'"·=·====="""'===~""""'=··~---"" .. --·=······-=--·-=·-··=- ====-~

Page 28: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

/r PÁGINA 12 DE 81

anverso y reverso; Catálogo de firmas de los representantes legales;

h.

g.

Para estar en posibilidad de fungir o seguir fungiendo como Entidad Ejecutora, las instituclones interesadas y aquéllas que ya operen con este carácter, deberán remitir a la subdirección General de Fomento de Esquemas de Financiamiento y Soluciones de Vivienda (SGFEFSV), en el tiempo y forma que ésta señale, la siguiente documentación:

I, Constitucíón Jurídica. a. Copia certificada y copia simple para cotejo del acta constitutiva inscrita en el Registro Público de

la Propiedad y de Comercio, o documento similar que demuestre su existencia jurídica o, en su caso, de la Ley Orgánica, Decreto o documento públlco que le dé origen. En caso de que existan modificaciones, éstas también se deberán de entregar;

b. Para e! caso de las instituciones señaladas en el artículo 51 fracción 11 del presente Manual, copia de documento expedido por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que la acredita como una Institución regulada, integrante del Sistema Financiero Mexicano o en su caso número de registro o copia de documento emitido por una Supervisora Auxiliar aprobada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;

c. Para el caso de las instituciones señaladas en el artículo 5, fracción 111 del presente Manual, o en los demás casos si a juicio de la CONAVI les resulta aplicable, deberán de presentar el número de folio o acuse de la remisión de obligaciones a la CNBV o el Sistema Auxiliar correspondiente aprobado, en materia de Prevención de Lavado de Dinero;

d. En cuanto a las instituciones a que se refiere el artículo 5, fracción IV del presente Manual, constancia expedida por la Sociedad Nacional de Crédito por la cual se manifieste que opera con la misma;

e. Para el caso de las instituciones señaladas en el artículo 5, fracciones JI, lll y IV del presente Manual o en los demás casos si a juicio de la CONAVI les resulta aplicable, reporte expedido por el Buró de Crédito o Círculo de Crédito de la solicitante donde acredite estar al corriente de sus obligaciones; de dichos documentos su fecha de expedición no debe ser mayor a 3 meses; Para las instituciones señaladas en el artículo 5, fraccíones !I y 111 del presente Manual o en los demás casos si a juicio de la CONAVI les resulta aplicable, la SGFEFSV consultará en Ja página de la CONDUSEF, que la candidata no presente situaciones que Impidan la correcta operación del Programa; Copia de nombramiento o poder ante fedatario público debidamente inscrito en el registro que corresponda, que acredite las facultades de administración y de representación legal otorgados al apoderado por la Institución interesada, mismo que deberá contar con facultades generales al menos para actos de administración en términos del segundo párrafo del artículo 2554 del Código Civil Federal y sus correlativos de los Estados de la República; Original y copia simple para cotejo de Ja identificación oficial de los representantes legales por

ARTÍCULO 7.- CRITERIOS PARA FUNGIR COMO ENTIDAD EJECUTORA

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

Fecha de Emisíón: Abril/2018

SHCRETARiA D.ll DESARROLLO AGRARIO,

TERRITORIAL Y URBANO

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CONAVI COMISIÓN NACtONAL

DEVTVTENDA

SEDATU

Page 29: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

2. Estados financieros internos de los últimos 3 ejercicios fiscales firmados por representante legal y el contador responsable de su elaboración, indicando el número de cédula profesional.

En ambos Ci;lSOS, la candidata presentará la última declaración anual de impuestos presentada ante el SAT. Para las instituciones señaladas en el artículo 5, fracciones 11y111, que no estén obligadas a! dictamen de sus estados ñnancieros de acuerdo a lo establecido en la regulación de Ja CNBV, deberán presentar Estados Financieros del eJercic!o inmediato anterior flrrnados en términos del inciso que antecede, insertando la siguiente leyenda: "Manifiesto que las cifras contenidas en el presente ,, Estado Financiero, se elaboraron de conformidad con las normas de información financiera, son (\\ veraces y contienen toda Ja información referente a lo situación financiera y a los resultados de fa V. empresa con motivo de sus operaciones, por lo que soy legalmente responsable de su autenticidad, --\ / y asuma cualquier responsobitidad derivada de una declaración en falso sobre los mismos "'f K-'I -~//¿

PÁGINA\3DE81 ,/< • / p

11. Análisis Financiero Para evidenciar las buenas prácticas de sus representantes y la solvencla financiera de la Institución;

a. Estados financieros de los últimos 12 meses con formato de la CNBV, proporcionado por la Dirección de Esquemas Financieros (DEF).

b. De acuerdo a lo establecido en la norrnatlvldad aplicable, presentarán: 1. Estados financieros auditados de los 3 últimos ejercidos fiscales. En caso de ser una

Entidad Ejecutora ya adherida, deberá presentar el últlrno estado financlero al ejercicio 'inmediato anterlor, además de estados financieros internos al cierre

[, Oríginal y copla simple para cotejo de comprobante de domicilio vigente (su fecha de expedlclón no debe ser mayor a 3 meses);

k. Orlglnal y copia simple para cotejo de la Cédula de ldentiflcac1ón Hscal de la institución interesada¡ l. l.ogotlpo de la institución en formato electrónico; m. Cédula de Registro para el Proceso de Adhesión (Anexo 2}.

La documentación señalada en el presente artículo numeral l incisos "a11 a la 111" será entregada únicamente por aquellas entidades de nueva adhesión o en el caso de aquellas entidades ya adheridas que hayan sufrido alguna modrñcacíén:

n, Para los Interesados en ser Entidad Ejecutora que pretendan ser adheridos por primera vez, deberán presentar la Carta de Solicitud de Registro para el Proceso de Adhesión como Entidad Ejecutora (Anexo 1), y La Entidad Ejecutqra deberá abrir una cuenta bancaria exclusiva para la operación del Programa y deberá remitir a la CONAVI mediante oficio firmado por el representante legal: estado de cuenta o carta de institución bancaria que acredite la apertura de dicha cuenta exclusiva que señale, entre otros: Banco, Número de cuenta, Plaza, Sucursal, CLABE de 18 dígitos.

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CÜMISIÓN NACIONAL D~VTVJRNDA SJlCRETARlA DE

DESARROLLO AGRARló, TERRITORIAL Y U RllANO

CONAVI SEDATU

Versión 09

Código QCWAO"MOPAFSH-001 -

Fecha de Ernlslón: Abrtl/2018

~~+?~·~~.:~!-~~:~=~.-=~~~f_7.{ ... : ;_:;.f~~.~r_r-=_7·--.-.:-_-,·; 1~-:-.-,_T_-~_-~{0;~~~~~~~~}~--=_;_~_:~-~~=--~~~ ,~-~;-:~~]~~;trS~~/: - ~ ~-s~~:3~~rrJ.:.~_ ... · · · {~~~~.p~~.-~:::~~}S~{r.;1~%:===-~-~~t2·:~11-f~;:r.~?if_f:;}~~~~~~=~H:~: ;:::!.~.,~~:>_:·~"~.-.,-;-::~ ":='.'..:~:=_:;-~~"·::=~ ~ ~~ .C<<~"""'·'<•--C- ,- -·--~· ,.,.c.~,,.,,' ····1:

¡1

:1

Page 30: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

. "":'.--""··¡:;. ,/

PÁGINA 14 DE 81

Número de sucursales u oficinas de atención a las beneficiarias y los beneficiarios, así como su ubicación, y la cantidad de personas que laboran en éstas. Esta documentación será entregada

a. Análisis Comercial.

111. Gobierno Corporativo. a. Antecedentes de la institución solicitante (breve descripción); b. Organigrama de la lnstltución mostrando la estructura hasta el segundo nivel; c. Currículum de los principales funcionarios, hasta primer nivel¡ d. Breve descripción de los principales órganos colegiados de la solicitante (comités), mencionando:

1. Atribuciones; 2. Mlernbros: 3, Mencionar cargo en el Comité y dentro de la institución; 4. Para el Consejo de Administración, presentar el currículum de los consejeros; S. Mecánica operativa de los Comités, y 6. Periodicidad de sesión.

ii e. Estructura accionaria, mencionando todos aquellos accionistas con participación mayor al 5%, ,~/ añadiendo una breve reseña de éstos.

/' Esta documentación será entregada únicamente por aquellas entidades de nueva adhesión o en el caso de aquellas entidades ya adheridas que hayan sufrido alguna modificación.

c. Para el caso de las lnstltucícnes señaladas en el artículo 5, fracciones 11, 111 y IV del presente Manual o en los demás casos si a juicio de la CONAVI les resulta aplicable, el capital contable, resultado operativo y resultado neto reflejado al cierre de Jos últimos estados financieros del ejercicio inmediato anterior y/o de los últimos 12 meses no podrán ser negativos.

d. Para el caso de las instituciones señaladas en el artículo 5, fracciones 11, lll y JV del presente Manual o en los demás casos si a juicio de la CDNAVI les resulta aplicable, el índice de morosidad de la cartera de crédito, reflejado en los estados financieros señalados en el párrafo anterior, no podrán ser mayor al promedio del sector al que pertenecen publicado en el informe trimestral más reciente de su categoría, emitido por la CNBV en relación al momento del análisis de la información entregada por la candidata a Entidad Ejecutora (documento que deberá ser también lncluldo), dicha candidata deberá indicar la referencia a considerar por su naturaleza (su categoría) debiendo ser algunas de las slgu lentes: Banca Múltiple, Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, Sociedades Financieras Populares u Otros Supervisado, y

e. Proyecciones de colocación de las modalidades de solución habitacional a operar con y sin subsidio federal del ejercicio vigente.

Versión 09

Códígo QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abrll/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETARIA DE DESARROLLO AGRAIUO,

TERRITORJAL Y URllANO

CONAVI SEDATU COMISIÓN NACIONAL

DEY.TVTENDA

Page 31: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 15 DE 81

i .....

t. t: l-. ~·.

Procesos. a. Manual de Proceso de Orlglnadón dé Créditos, mencionando:

l. Integración de expediente del ñnanclamtento, NJ. / . 2. Análisis de financiamiento y capacidad depago de la bensflclaria y el beneficiario; (IV/ 3. Descripción del proceso de decisión del otorgamiento del financiamiento; / : ;~~~i!~:;==:.Íoon~óglfo~r~elrefil§t,oy,egui~t~~~ 6. Mesa de Control; . \. 7. Forma dé desembolso de recursos; 8. Verlficaclón del destino del crédito; 9, Tipo de supervisión de acuerdo al destino del crédito) I 10. Plazos que requiere para efectuar las acciones descritas anteriormente, y 11. Mencionar el número de personas que intervienen en cada parte de! proceso. •.

b. Remitir un diagrama de flujo del proceso de interacción entre el ahorro previo y financíamiento r

con la solución habltaclonal, así como de la entrega de subsidio federal; 1 ~\-1

c. Será necesario que las instítucíones y/o los organismos precedentes que dieron origen a la candidata a Entidad Ejecutora de una misma naturaleza y que pretendan ser Entidad Ejecutora del Programa, tengan como mínimo un año de operación con financiamientos directos a personas .. físicas (exceptuando a las entldades contempladas en el articulo 5, fracción VII del =r. ,·

j(~ ¿ / q;

v.

únicamente por aquellas entidades de nueva adhesión o en el caso de aquellas entidades ya adheridas que hayan sufrldo alguna modificación.

b. Descripción de sus productos (por tipo o modalidad). Esta documentación será entregada únicamente por aquellas entidades de nueva adhesión o en el caso de aquellas entidades ya adheridas que hayan sufrldo alguna modificación.

1. Principales características¡ 2. Mercado Objetivo; 3. Histórico de colocación, y 4. Estrategia de comercialización.

A excepción de las entidades señaladas en el artículo S, fracción VI 1 del presente Manual, las demás presentarán el análisis de la cartera financiada por la institución en materia de Vivienda por tipo de modalidad, catalogándola porvigente y vencida (al menos los últimos 12 meses}, dlferenciando la cartera lndlvldua' de vivienda (aquella a personas físicas). Las entidades señaladas en el artículo S, fracciones 1 y VII del presente Manual, deberán presentar el anállsls de la cartera fondeada para créditos de vivienda, por tipo de modalidad diferenciando entre vigente v.vencída, al menos de los últimos 12 meses.

c.

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

Fecha de Emisión: Abríl/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMlSIÓN NACIONAL DEVIVIRNPA SllCRETARiA os

DF.Si\RROLLO AOR.AR.JO, TERR1TORfAL Y ORllANO

CONAVI SEDATU

.- .: ~=--:-- ~-:::;:;'.':=_C::- :-:_·~ ; ~. :·~,~::-:..;:-2¿-_;:~~ ··----·-

Page 32: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

VI. Atenclón a la Población Objetivo. a. Establecer de forma clara y explícita los criterios para la promoción y selección de la población que

atiende, y la forma en que difunde las condiciones requeridas para el otorgamiento del financiamiento (y cómo se incorporará el subsidio federal);

b. Indicar las condiciones de la modalidad de la solución habitacional que será susceptible al subsidio federal:

l. Tasa de interés; 2. Comisiones; 3. Plazo; 4. Costo Anual Tot;:1I (CAT); 5. Medio para la comprobación del destino del crédito¡ 6. Tipo y medíos para su supervisión, en su caso; 7. Edad e ingresos mínimos solicitados, y 8, Criterios de capacidad de pago..

e, La SGFEFSV solicitará la entrega de documentación comprobatoria que considere necesaria r·¡ r1

para evaluar y evidenciar el desempeño satisfactorio en el Grupo de Adhesión de Entidades Ejecutoras, que ha tenido la Entidad Ejecutora en la operaclón del Programa en ejercicios ,

1 • l. ,.!

1 anteriores. '' /el: Si la evaluación es considerada aprobatoria la SGFEFSV condicionara por escrito a las En.ti dad es

·e / l Ejecutoras a mejorar sus procesos de conformidad a los acuerdos del Grupo de Adhesión de Entidades Ejecutoras y en pro de la operación del Programa, con base en lo establecído en la normatlvldad vigente.

docurn ntaclón deberá contar con lúbrico del representante legal v/o sello de la entidad. ;{~... .

PÁGINA 16 DE81 ~

Esta documentación será entregada únicamente por aquellas entidades de nueva adhesión o en el caso de aquellas entidades ya adheridas que hayan sufrido alguna modificación.

Manual, cuyo financiamiento podrá ser de segundo piso), relacionados a la obtención de una solución habltacíonal. Esto se acreditará mediante la presentación de contratos de financiamiento (al menos quince), donde se establezca o demuestre que el objeto del mismo es para !a obtención de una solución habitacional; esta documentación por lo menos deberá ser igual o superior a un año anterior a la fecha de solicitud de adhesión al Programa, y

d. En caso de que las instituciones no cumplan con lo establecido en el inciso c) deberán comprobar como minimo tres años de operación con financiamientos para la instalación de Ecotecnologías para la eficiencia energética de la vivienda en cumplimiento con la norrnativldad nacional, con acciones de monitoreo y análisis de impacto final con resultados en eficiencia energética. Esto se comprobará mediante un informe de resultados de eficiencia energética y al menos quince contratos de financiamíento con beneficiarlas y beneficiarías finales.

Fecha de Emisión: Abril/2018

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habltacionales

COMISJÓN N,\.C!ON/\L Df. VfV!llNDA

SEDATU CONAVI !)¡•

J{i ~~.:,.li~~t~·§~ ~-,<,,-

SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO,

TERRITORIAL Y lmllANO

Page 33: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 17 DE 81

IV.

Una vez. qu.e la ·d .. o.e. um .. antaclón .solicitada esté completa, la SGFEFSV de la CONAVI hará llegar los ¡{jj j.·

documentos legales correspondientes a la CGAJ para su valldaclón. La CGAJ emitirá un lnforme f}//1 especlñcando si la institución solicitante cumple o no con los requisitos legales del proceso de adhe*n / : y, en caso de presentar alguna sal~e~ad, la interesada ten~1rá un plazo de hasta S días hábiles P~-"· , S,Ubsanarla1slno OCUrreeS1ºSeqarn fin alprocesQ deadhe~IQD; .. .. .. ;., __;:::~ . .. 1

socia); la CONAVI a través de la SGFEFSV directamente o por conducto de un tercero, realizará una evaluación de. ··l.·a .Pº .. s· lble Entidad .Ejec.utora c.· orno .. ··un requisito necesario para que ésta pueda ser ¡,;--' . considerada como candidata por el Grupo de Adhesión. , .

La evaluación deberá de considerar entre otros los siguientes aspectos: generales de la entidad, '"' gobierno corporativo, procesos de oríglnación, análisis comerclal, análísis financiero (rentabilidad, nivel

1 ' (;.\· .

de endeudamiento, solvencia) y entorno de mercado. cuando la evaluación la realice un tercero, el _ costo de la misma deberá ser cubierta anticipadamente por la Institución interesada en fungir como Entidad Ejecutora. Es importante señalar que dicha evaluación no podrá tener una antigüedad mayor a 40 días hábiles al momento de remitirlo para el análtsls por parte del Grupo de Adhesión, _j_.

Jk ~//--¿· IW /.> ' ~< c. //

111.

11. La SGFEFSV validará que la documentación esté completa, en caso de no ser asl, informará y solicitará a la institución la documentación necesaria para subsanar la ornlslón, misma que deberá realizarse en un plazo no mayor a 5 días hábiles a partir de la notificacíón. En caso de que la omisión no sea subsanada en dicho plazo, la solicitud se tendrá como NO presentada;

l. Enviar la documentaclón del artículo que antecede (firmada), en archivo electrónico anexo a través de la dirección de correo electrónico adheslongrconaví.gob.mx y en físico, a las oficinas de la SGFEFSV de la CONAVI, ubicadas en la avenida Presidente Masaryk No. 214, primer piso, colonia Bosque de Chapultepec, C.P. 115801 Delegación Miguel Hidalgo, Cil,ldad de México;

ARTÍCULO 8.- PROCESO DE ADHESIÓN PARA FUNGIR COMO ENTIDAO EJECUTORA La institución interesada en adherirse al Programa como Entidad Ejecutora deberá realizar el siguiente procedlmlento:

Además de los requisitos previstos en el presente artículo, deberán acredítar mediante escrito firmado por el Representante Legal: no tener o haber tenido litigio alguno en los últimos tres anos en contra de la Comisión Nacional de Vlvlenda (CONAVI), lo cual será validado por la CGAJ.

Consideraciones especiales: VII.

Fecha de Emisión: Abril/2018

COMlSlÓN NACJONAL DE VIVIENDA

SECRJ!TARiA DE DESARROLLO AGl\AlHO,

TERRITORIAL Y URBANO

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH~001

CONAVI SEDATU

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

- '•''•'····cccc' ~ .. ----· --~ .. ·-======,,.........., ....... ....,......,.......,..,..,.,,_--===== .... =. =-·-=--•=·=- -=-·-~===---'~'~[[ "''l~J7:-.""..,.,..,.-""'---~'.'C"-.--::_7_.-~;c; .. ?í":~.~~';"--;-,,,;=:,-_:;c.c=:;:~.L:'i"~-::::;;~c-L?':->_=:~s;;.~~;-o;;~,~-~::;::·:.:_2'.;·~.:;?1'".';c;:""1-~"ª""·;<!;~,·,~~5,;:-~-:--::-~:::::--~--,-;::...~--c:~'i:"=""'~':..._.:............~c-~---.,.:~-<.:::...-~.:.=--~---.::_'.".'-:.:~~-:.1~-.-:2'_c·~~--:,O-----~---·::;:d--:'2-:--=-S:--"'3.::-~::C---I:-,¡-:S:•-'~·~:S . .,,..,:;:::"''""2':...,.,,T.1 -:e::--0:-'···=-c·".:z- ••. :;:; .. , •.• z ... ~::::z··--:.1"':·:=..1~~-"l-::.§i·:r¡,--~..:.-.:?::-'-=-""·'-~~c-8""-·""·~~~·~,:~..,;¡o:_-o::-;-;;;;:;::,.._5'·-·~·'S.~....,s;;:,::.~~:;:'.~.- .. ~~:,;:;-r:;'; .. ·~:-~®i~::;";;:.=-~-:=-:~--:-~~--~,..--;:.~-:::-.-~--""·-~~---."'----~' ·~--.::;-~,~-~~-"'-..;;-~-:_7_-~~l::C,~'

Page 34: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

[J

/

PÁGINA 18 DE 81

La DEF solícita a la CGA los datos de la cuenta bancaria a la cual la Entidad Ejecutora, deberá realizar las devoluciones de subsidios y cargas financieras que pudieran llegar a presentarse durante la operación el programa para plasmarse en los convenios de adhesión y lo hará del conocimiento a la CGS para los fectos correspondientes

a. Acuerdo por el cual el Grupo de Adhesión aprueba la solicitud de adhesión como Entidad Ejecutora; b. En hoja membretada emitida por la institución aprobada como Entidad Ejecutora, lo siguiente:

i. Oficio de solic!tud de usuarios para acceso al sistema, y ll. Carta responsiva del usuario e identificación oficial de éste (Anexo 3).

c. En hoja membretada emitida por la institución aprobada como Entidad Ejecutora que contenga los siguientes datos:

l, Banco y número de cuenta; ii. Plaza y Sucursal bancaria, y

itl. La CLASE lnterbancarla de 18 dígitos. d. Copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, y e. Copla de documento que acredite la apertura de la cuenta. Para lo cual la institución aprobada como Entidad Ejecutora deberá abrir una cuenta bancaria a su nombre exclusiva para la operación del Programa.

·VII. La DPOS procederá a generar los accesos correspondientes al Sistema CONAVI a la institución aprobada como Entidad Ejecutora una vez que la SGFEFSV le entregue la siguiente documentación:

VI. Las instltudones interesadas que hayan sido aprobadas tendrán que recibir la capacitación coordinada por la SGFEFSV, e impartida por el personal responsable de cada área, necesaria para conocer el funcionamiento del programa por parte de la CONAVI;

V. El Grupo de Adhesión de Entidades Ejecutoras sesionará para evaluar si la institución Interesada está en posibilidad de fungir cómo Entidad Ejecutora del Programa, atendiendo a los elementos presentados por la SGFEFSV. La resolución será comunicada por el secretario del Grupo de Adhesión mediante un escrito a la SGFEFSV, quien a su vez notificará a la ínstitucíón el resultado;

En caso de que la evaluación acredite la capaddad de la institución para ser entidad ejecutora del Programa, la SGFEFSV, emitirá la recomendación de adhesión al Grul}o de Adhesión de Entidades Ejecutoras;

Dicha evaluación a [ulclo de la CONAVI, podrá ser aplicada a cualquier institueión ya adherida al Programa, con la finalidad de detectar deficiencias y áreas de oportunidad en sus procesos y situación financiera.

Versión 09

Código Q CW.40-MO PAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SlJCllETAR(A D)i DESARROLLO AGRARIO,

TfülRlTORIAf.. Y VRlJANO

CONAVI SEDATU COMISJÓN NACIONAL

DE V!VTENTJA

Page 35: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 19 DE 81

lo general los criterios para dar por terminado el convenio de adhesión serán las observa dones graves generadas r los Organismos Fiscallzadores del Programa, sin solventar.

a) Que no cumpla con la documentación o requisitos establecidos en el presente Manual; o b) Que la candidata tenga procedimientos legales o administrativos sin solventar ante la CONAVI.

t:s importante mencionar que la C:ONAVI, bajo criterios y análisis realizados a los posibles candidatos para ser Ejecutara, se podrá reservar el derecho de adhesión o, en su defecto, podrá dar por terminado de forma anticipada el Convenio de Adhesión. Los críterlos generales para que la CONAVI se reserve el derecho de iniciar un proceso de adhesión son los siguientes:

En caso de que se cambié la cuenta bancaria, la Entidad Ejecutora deberá notificarlo por escrito a la SGFEFSVy a la CGS y enviar el comprobante de apertura con las características antes señaladas. Este cambio deberá ser notificado a la CONAVI con al menos 30 días hábiles de anticipación. Eil caso de que los recursos se depositen a la cuenta CLABE anterior, derivado de aviso tardío por parte de la Entidad Ejec1,.1tor<l de dicho cambio, la CONAVI no tendrá responsabllldad alguna, quedando la entidad ejecutora obligada a llevar a cabo los procedimientos necesarios ante la institución bancaria correspondiente para recuperar los recursos depositados en la cuenta CLABE debiendo acreditar la recuperación a la CONAVI.

En caso de cambio de domicilio, la Entidad Ejecutora tendrá la obligación de notificarlo a la SGFEFSV y la ·cGS en un plazo máximo de 30 días hábiles y envlar un comprobante de domicilio con la nueva dirección (su fecha de expedlclón no debe ser mayor a 3 meses con respecto a la fecha de envío).

En caso de que existan cambios en la denominación o razón social de la institución, en los estatutos, en la estructura legal, del representante legal o de cualquler otro, la Entidad Ejecutora se compromete a notificar en un plazo máximo de 10 días hábiles y envlar ~ la SGFEFSV la documentación actualizada con la información pertinente en uri plazo de hasta 20 días hábiles.

La CONAVI a través de la SGFEFSV podrá solicitar a la Entidad Ejecutor¡¡, en cualquier momento, la exhibición de los documentos orlglnales que la han hecho acreedora a suscribir el Convenio de Adhesión. Asimismo, se reserva el derecho de sollcltar Información adiciona! que permita validar o aclarar la situación actual de I~ institución.

IX. La SGFEFSV coordinara con la institución aprobada como Entidad Ejecutora por el Grupo de Adhesión, la firma del convenio de Adhesión al Programa de Acceso al Flnandam1ento para Soluciones Habltacionales.

Código QCW.40-MOPAFSH"001

Fecha de Emisión: Abrill2018

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRliTAlUA Dll DESARROLLO AGRARJO,

TERRTTORlAL V URBANO

COMlSlÓN NACIONAL DEVf\lrnNDA

CONAVI SEDATU

{ (~ .

¡~

L·: L-.:. '. L- •• 1···: 1·.·

Page 36: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

,.,., PÁGINA 20 DE 81

ARTÍCULO 10.· OBJETIVOS DE LOS ORGANISMOS EJECUTORES DE OBRA EN EL PROGRAMA l. Participar en la realización de las soluciones habitacionales en apego al proceso operativo, y al proceso de

atención y de otorgamiento de la asesoría técnica presentados en su registro, tomando en cuenta las necesidades, usos y costumbres y la capacidad económica de las beneficiarias y los beneficiarios y optimizando costos en favor de las beneficiarias y los beneficiarios.

ll. Realizar convenio marco para la operación del Programa con Entidades Ejecutoras adheridas al Programa, para brindar Asesoría Técnica Integral al diseñar, construir, acompañar, verificar y supervisar el proceso constructivo y concluir las sóluclones de vivienda con seguridad estructural y habitabilídad, y preferentemente con diseño bioclimático, progreslvidad y armonía con el entorno. Por lo que deberá consultar el padrón de Entidades Ejecutoras vigentes, listado en la páglna web de fa CONAVI ~www.gob.mx/conavi/documentos/padron de·entldades-ejecutoras). Dicho convenio deberá

/)::ontener como mínimo: · ... ¡········ (/ i, Forma de pago del subsidio y del ahorro previo de la Entidad Ejecutora al Organismo

1 Ejecutor de Obra.

ií. Compromisos establecidos entre el Organismo Ejecutor de Obra y la Entidad Ejecutora. iii. Mecánica operativa para la realización de las soluciones habitacionales. lv. Responsable (s) del proyecto de ejecución. v. Plazo o período del inicio y conclusión de la solución habltaclonal,

TÍCULO 11.- DEL REGISTRO COMO ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA · --, /' instituciones interesadas en registrarse como Organismos Ejecutores de Obra ante la CONAVI, deberán cumplir

/\J n lo requisitos establecidos en las "Lineamientos para el Proceso de Registro como Organismo Ejecutor de Obra" a car de la CDM, publicada en la página web de la CONAVI, (http://www.gob.mx/conavi).

ARTÍCULO 9.- DEFINICIÓN DE ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA Persona moral o Agencia Productora de vívlenda autorizada por la SHF, registrada ante la instancia normativa conforme a sus requerimientos, responsables de otorgar Asesoría Técnica Integral y fomentar cohesión social en el proceso construetlvo de las soluciones habitacionales de autoproduccíón, mejoramiento y/b ampliación que se operen con subsidio conforme se establece en las Reglas de Operación y bajo responsabilidad de las Entidades Ejecutoras.

CAPÍTULO 11 DE LOS ORGANISMOS EJECUTORES DE OBRA (OEOI

La CONAVI podrá dar por terminada de manera anticipada la vigencia del Convenio de Adhesión suscrito con la Entidad Ejecutora, manteniendo sus efectos para las operaciones realizadas durante su vigencia y extinguiéndolos para las subsecuentes.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMJS!ÓN NAClDNAL DV.VfVTENDA

SECRETARiA DE DESArrnor.r.o AGRARJO,

TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 37: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA21 DE 81

·2 e ent'lende por daño menor acciones que no af('c~en lo seguridad estructural de lavívlenda. 3 e entiende por doña mavor.acclores que afecten a la estructura e [nstalaclones de la vivienda.

1 [ernp]o: soborno, anomal[as y/o fallas técnicas en la solución hebltaclónal, entre otros

SI la CONAVl recibe un reporte, denuncia y/o queja1 y ésta sea imputable y/o comprobable al Organismo Ejecutor de Obra, se informará a éste para que exprese lo que a su derecho convenga, antes de que se proceda conforme a los siguientes supuestos:

a). - Suspensión, cuando: ~1 / 1. Existan hallazgos reportados por la Entidad Supervisora, Entidad Ejecutora, verificador de obra, Ár~ o !f

Unidad Administrativa de la Instancia Normativa y/o algún otro organismo ñscallzador autorizado pot~ ~ CONAVI cuando: \0

a. El daño sea menor? y sea resarcido, se procederá a la activación en el Padrón. \~ b. El daño sea mavor" y sea resarcido, se procederá a la activación en el ·Padrón, ,, q c. En caso de responder parcialmente o no atender las solicitudes de aclaración y/o notificaciones ,

emitidas por la CONAVI, en el plazo establecido para ello. · 11 2. Mantener 1 año de inactividad. ·

b). - Cancelación, cuando: /\.'.\) .. 1·

1, Incumpla con la Normativldad del Programa; \.~

/: \ ~

ARTICULO 13.- DE LA SUSPENSIÓN Y CANCELACIÓN DEL REGISTRO COMO O~GANISMO EJECUTOR DE OBRA

Si durante el periodo de vlgencla del registro como Organismos Ejecutores de obra, la CONAVI recibe alguna denuncia fundada y motivada; o detecta conductas contrarias a las establecidas en su registro como Organismos Ejecutores de Obra, las Reglas de Operación y/o este Manual, sé aplicará le, establecido en el articulo 13 del presente Manual.

La CONAVI le hará llegar una carta de aceptación misma que tendrá que ser firmada por el Representante Legal y un testigo de los Organismos Ejetutórés de Obra.

ARTÍCULO 12.- VIGENCIA DEL REGISTRO COMO ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA El periodo y el tipo de vigencia del registro como Organismos Ejecutor~s de Obra, serán determinados por la CONAVL

Además de lo señalado en el presente articulo, deberá acreditar mediante escrito firmado por el Representante Legal del solicitante: no tener o haber tenido litigio alguno en los últimos tres años en contra de la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI), lo cual será valldado por la CGAJ.

l. Consideraciones especiales:

Fecha de Emisión: Abril/2018

Código QCW.40-MóPAFSH-001

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habítacionales

SECR&TARÍA DE DESARROLLO AGRATlTO,

TliRRITOR!AL Y URBANO

COMJ.llÓN NACIONAL OtVME)>IDA

CONAVI SEDATU

. ~,;..'".i~~""~~2i?:~:};;::;¡;f¡:;~!~

~': ~:

~

\' -,

;¡···

-1'r.·

Page 38: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

!l Ni' /·i v¡Y ,/

PÁGINA 22 DE 81

4 De co formid J a los plazos establecidos en las Reglas de Operación vigente.

Lp4ancelación implica la baja definitiva del padrón. La CONAVI, ante la existencia de estas conductas, podrá además ./·/ltiar las acciones administrativas o penales que determine procedentes.

b. Las soluciones habitacionales no deberán presentar rastros de goteras o filtraciones de agua en techos y en muros tanto interiores como exteriores (se deberá utilizar sellos en puertas, ventanas, curnbreras, lrnpermeablllzaclones, gárgolas y otros sistemas para evitar la acumulación de agua).

c. Las Ecotecnias o ecotecnologlas deberán estar instaladas y en funcionamiento. 13. El Organismo Ejecutor de Obra o sus representantes cobren por el subsidio o por ingresar al Programa. 14. El Organismo Ejecutor de Obra capte recurso etiquetado como parte del componente del Ahorro Previo.

o fisuras, colocados a plomo con mano de obra de calidad, aun cuando el acabado sea aparente. Los materiales deberán de estar en buen estado, rectificados cuando sea el caso, sin daños, grietas a.

11. No terminen las acciones de vivienda en tiempo y forma": 12. Se obtenga evidencia de acciones de viviendas de mala calidad, para lo cual se deberá contemplar de manera /7 enunciativa mas no limitativa, lo siguiente:

¡)

2. Existan hallazgos reportados por la Entidad Supervisora, verlflcador de obra y/o algún otro organismo fiscalizador y el daño no sea resarcido en el plazo establecido;

3. El Organismo Ejecutor de Obra haya sido notificado por la CONAVI de los hallazgos detectados en tres ocasiones, ya sea por un mismo hallazgo o por varios.

4. Se detecte que el Organismo Ejecutor de Obra falseó información, que sea imputable y comprobable¡ S. El Organismo Ejecutor de Obra actúe con fines de. proselitismo político o religioso u otro y que éstos sean

imputables y comprobables; 6, Los usuarios reporten y evidencien alguna falta tomo fraude o cobros indebidos, entre otros y que éstos

sean imputables y comprobables¡ 7. La Entidad Ejecutora reporte faltas al cumplimiento de los acuerdos establecidos y estos sean imputables y

comprobables al Organismo Ejecutor de Obra¡ 8. Se detecte que el Organismo Ejecutor de Obra actuó como testaferro para la realización de acciones de

vivienda. Entre otros supuestos, el prestar a un tercero sus claves de usuario para acceso a los sistemas relacionados con la operación del Programa¡

9. No brinden Asesoría Técnica lntegrai, ni fomenten la cohesión social¡ 10. No participen en el proceso constructivo de inicio a fin;

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISIÓN NACIONAL OF. VTVIONDA .

SEC!UiTAIÚf. D.E DESARROLLO AG(\/\RlO,

TllRR1'1'011TAL Y URllANO

CONAVI SEDATU

Page 39: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 23.DE 81

1 '

llL

Actividades enunciativas más no llrnltatlvas: l. Podrá realizar acciones de supervisión física a las soluciones habltacionales, 'Seguimiento, lnspecclón

entrevistas a los partlcipantes del Programa para verificar el cumplimiento de las Reglas de Operación, presente Manual de Protedlmientos y demás normativa aplicable: Realizar acciones de revislón a los expedientes de los beneficiarios que recibieron subsidio federal, mismos que están en poder de la Entidad Ejecutora: Verificar que el Organismo Ejecutor de Obra realice la solución habltaclonal conforme a lo establecido en el artículo 10 del presente Manual; . . \\\, Reportar a la CONAVI los hallazgos e incumplimientos a las Regla$ de Operación, al presente Manual y demás ¡· j\) :ormatividad aplicable, para que ésta proceda con las acciones correspondientes a la normativa que lo rige, ··./" '1, Verificar al cumplimiento de lo señalado en el articulo 35 del presente Manual. / \

r % ~J)

ARTÍCULO 15.-ACTIVIDADES DE LA ENTIDAD SUPERVISORA Para llevar a cabo las actividades de la Entidad Supervisora s~ tomará en cuenta lo establecido en el artículo 43 del presente Manual.

En caso necesario el Organismo Ejecutor de Obra o la Entidad Ejecutora tendrán la obligación de otorgar todas las facilidades para que el personal de la tntidad Supervisora desarrolle sus actividades.

Podrá darse el caso de que la Entidad Supervisora requiera a las Entidades Ejecutoras los expedientes de los beneficiarlos de los subsidios en poder de éstas como complemento a la validación de la correcta aplicación del subsidio.

11.

ARTÍCULO 14.- OBJETO DE LA ENTIDAD SUPERVISORA Realizar revisiones o auditorias para verificar la correcta aplicacíón del subsidio federal de vivienda en las soluciones

habitaclonales, en cumplimiento de las Reglas de Operaclón, el Manual de Procedimientos y demás normativa vigente.

Para los casos no previstos en este artículo, la CDM es la facultada para resolver los aspectos no contemplados en el. CAPÍTULO 111 .

DE LA ENTIDAD SUPERVISORA

La CDM podrá requerir información o justificación a J<Js Entidades Ejecutoras que se encuentren operando con los Organismos Ejecutores de Obra que han sido suspendidos temporalmente o dados de baja de forma definitiva del padrón, respecto a su responsabilidad de supervisar a Jos Organismos Ejecutores de obra, y en su caso, se aplicaran las sanciones establecidas en el presente Manual.

Versión 09

Código QCWAO-MOPAF$H~001

Fecha de Emisión: Abrll/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

S!lCRllJ:AfilA. DE DESARROLLO AGllARJQ,

TERRITOJltAL Y URBANO

COMISIÓN NACIONAL OE\>n'TllNDA

CONAVI SEDATU

Page 40: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

.,..

PÁGINA 24 DE 81

11.

ARTÍCULO 16.- DE LA DIFUSIÓN DEL PROGRAMA

CAPÍTULO 1 DE LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA lA OPERACIÓN DEL PROGRAMA

TÍTULO TERCERO DE LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA

Las Entidad Ejecutora podrá reportar a la CONAVI los casos en que la Entidad Supervisora emita observaciones inconsistentes con la forma de producción y alcances establecidos, con el objeto de remltir dichas observaciones a la Entidad Supervisora y ésta emita un pronunciamiento conforme a su derecho de réplica.

En caso necesa río, el Organismo Ejecutor de Obra y/o la Entidad Ejecutora tendrán la obligación de otorgar todas las facilidades para que el personal de la Entidad Supervisora desarrolle sus actividades. De igual manera, la Entidad Supervisora deberá acudir a la Entidad Ejecutora para contar con todos los elementos para desarrollar cabalmente su función, entre otros, localizar el lugar de la intervención, contar con traductor en el caso que Ja o el beneficiarlo hable una lengua materna distinta al castellano, etc.

En caso de que la Entidad Supervisora detecte irregularidades en la aplicación de los subsidios en las soluciones habitacionales, éstas deberán ser atendidas de acuerdo corí 'lo establecido en el artículo 43 del presente Manual.

La Entidad Supervisora verificara que, en las modalidades del Programa, se cumplan los siguientes requisitos: • Avance de obra requerido, y • Criterios Básicos de Habitabilidad.

Versión 09

Código QCW.40-MO PAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CUMlSJÓN NAC(ONAL DP..VíVTENDA

SECRETAniA DE DESARl\OLLO AGRARlO,

TERR!TOIUAL Y UllBANO

CON.AV! SEDATU

E.n caso de que Ja Entidad Ejecutora o ésta a través de los Organismos Ejecutores de Obra instrumenten acclorres .li:Jar.a Ja promoción y difusión del Programa mediante medios impresos, audiovisuales, alternativos, o en general

.···· 1_.¿ualquíer otro medio de comunicación, deberán: . r \ l. Observar los lineamientos de la CONAVJ en la matarla, mismos que se encuentran publicados en su página web (http://www. conaví .gob. mx/ma nua l-d e-id entidad}¡ Remitir a la SGSDI y a la Dirección de Comunicación Social, antes de que se exponga a la población, los mecanismos con los que se llevarán a cabo la promoción y/o difusión del Programa para su eventual ¡· ¡ ') aprobación¡ .. ·· fflÍU/ Abstenerse de realizar acciones de promoción y difusión de\ Programa durante Jos periodos electorales, de ~ .. i'. acuerdo a la normatlvldad electoral aplicable a nivel federal, estatal o local. En caso de incumplimiento, la 1 . Entidad Ejecutora o el Organismo Ejecutor de Obra será dado de baja del Programa y se hará responsable 1 de resarcir cualquier daño causado a la CONAVI, sus servidores públicos o beneficiarias o beneficiarios del e-/, Progr ma por la promoción y difusión indebida, independíentemente de las sanciones legales que procedan; .. / Utili r un lenguaje claro y sencillo en los materiales de difusión y promoción; <,_,/ /

/ 1J

Page 41: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 25 DE 81

x,

IX.

Vll.

Indicar que la gestión del trámite para la solicitud de subsidio federales gratulto y personal¡ Señalar que el importe del subsidio federal que se otorgará por parte de la CONAVI no es reembolsable, en tanto cumpla con los requisitos y alcances de las Reglas y del presente Manual, así como también que la CONAVI no cuenta con gestores, ni representantes y únicamente se encuentran ubicados físicamente en la 'ciudad de México; Incluir en sus materiales de difusión y promoción, de manera visible o audible según sea el caso, una de las siguientes leyendas:

a. Versión completa de la leyenda: "Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este Programa con fines polltlcos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este Programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante. la autoridad competente", o

b. En caso de no contar con espacio disponible, podrá utilizar la versión corta de la leyenda: "Este Programa es Público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social."

Proporcionar la dirección electrónica de la página web de la CONAVI (http://WWl/l/.gOb.mx/conavi), así como su dirección de correo electrónico de contacto ([email protected]), y teléfono de atención ciudadana 01-800-288-0436, para atender cualquier duda o queja relacionada con ef servicio que le otorga la Entidad Ejecutora o el Organismo Ejecutor de Obra a las beneflclarlas y los beneficiarios. Pr.opo.· rcionar los números .telefónlc. os de la Fiscalía Especlallzada para. la .Atención de Delltos Electorales r\l /, (FEPADE), 01-800-833-72~33 o bien la página web www.fepade. net.gob.mx, en caso de quejas y denuncias ~ en materia de delltos electorales federales, y r En caso de que la CONAVI reallce un plan de promoclón y difusión relativo al Programa, las Entidades EjecutorasseránJas encargadas, directa .o mediante losOrganlsmo• Ejecutores de Obra, .dedifund~ ~

~~:~~~,;,~~:, ':é~~'~. ~.se.~., ;.I ~~J~:~~r' i!~. e's,~'~:',',~:~: ~: ~:~;~:,~.~~~~:i~~a~:~P;;~1~í~~. r:d~; ~~~:n1d ~. · ··············~· .. ~ .· . se realizarán las acciones de promoción y difuslón. Para ello, las Entidades Ejecutoras deberán: ·.. \~.--

a. Realizar la impresión de los materiales de difusión; · b, Colocar los materiales de difusión rslatlvos al Programa en un lugar visible de sus oficinas; , c. Distribuir los materiales de difusión entre los habitantes de las comunidades a las que tienen \

acceso; ( d. Promover los materiales de difusión ensus cuentas de redes sociales, en caso de tenerlas, y ~

e. Prop.orci~~ar a la Di rece. ión de Com···u· nlcac.lón Socia.l, un t~stigo. fotográfico .de I~, colocación y • ; dlstrlbuclón de los materiales de difusión, el cual deberá enviarse a la dirección de correo / electrónlco comunication.,o<ial.coílovl@conO"l,gob.mx !~

/)/'( Y:J)

v. vr.

Versión 09

Código QCWAO-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abríl/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Sotuciones Habitacionales

SECRllTARlA. Dll DESARROLLO l\GTlARlO,

TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI COMJSLÓN NACIONAL

DI' VTVJl!NDll

SEDATU

'1

VIII.

":c'.::i_C

·-- .. -~!~

Page 42: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

/ ¡ /

/ -·"';-- .. ,,.;/-~

I PÁGINA 26 DE 81

ARTÍCULO 17.- DE LA ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN A LOS SOLICITANTES POR PARTE DE LA ENTIDAD EJECUTORA O EL ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA La Entidad Ejecutora por sí misma o a través de sus Organísrnos Ejecutores de Obra deberá informar por escrito a los solicitantes, la siguiente información:

l. Condiciones previas de! subsidio federal y del financiamiento (Anexo 4), especificando que: a) Para acceder al subsidio federal deberá contar con la Clave Única de Registro de Poblaclón (CURP)

y cumplir can el nivel de ingresos requerido en las Reglas; b) Es indispensable acreditar la mayoría de edad para estar en posibilidad de recibir un subsidio

federal para vivienda. Los menores de edad podrán acceder al subsidio federal solamente cuando comprueben los supuestos de ernandpación o sean padre o madre de familia;

e) No deberá ser propietario de otra vivienda diferente en la que se aplicará el subsidio federal; d) Teniendo conocimiento de las modalidades de solución habltaclonal a las que puede tener acceso,

así como sus respectivos requisitos, deberá seleccionar u na salvo en los casos previstos en las Reglas de Operación o lineamientos de los Proyectos lnstltucionales y/o Extraordinarios que se implementen;

e) El monto del subsidio federal a otorgar por parte de la CONAVl según lo establecido en las Reglas de Operación para cada modalidad de solución habltaclonal, no es reembolsable en tanto cumpla con los requisitos y alcances de las propias Reglas y del presente Manual, que no tiene ningún costo y que sólo puede ser utilizado para la solución habitaclonal pactada;

f) Deberá acreditar tener y aportar el ahorro previo que establecen las Reglas, mismo que se deberá destinar a la solución habitacional en la que se aplicará el subsidio federal y el ñnanciamíento:

g) Deberá obtener un financiarnlento, a través de alguna Entidad Ejec:utora, misma que deberá indicarle con claridad el monto y características del financiamiento que se !e puede otorgar (tasa de interés, plazo, etc.) para aplicarlo en la misma solución habitacional para la que solicita el subsidio federal; En caso de haber recibido previamente otro subsidio federal para vivienda, no podrá obtener el subsidio federal materia de! Programa, salvo en los casos previstos en las Reglas o. en algún Proyecto Institucional y/o Extraordinario que apruebe la CONAVI. Para tal efecto, la CONAVI, a través de sus sistemas operativos, revisará en su base de datos la CURP del solicitante para confirmar dicha srtuacíón, o bien el monto disponible restante para ejercer de subsidio federal;

i) La solución habitacional en la que se aplicará el subsidio federal se debe encontrar fuera de cualquier zona de riesgo;

j) Deberá destinar los recursos del subsidio federa! a la solución habitacional para la que fueron solicitados;

k) Para las modalidades de autoproducclón, mejoramiento y arnpllaclón de vivienda deberá llevar a cabo la solución habltacíonal a través de los Organismos Ejecutores de Obra registrados por la

ONAVI.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financíamiento para Soluciones Habitacionales

CUM!SlÚN NACIONAL be VlVfENDA

SliCRETARlA DE DESARROLLO AGRAino.

TERlUTORIAL Y URllANO

CONAVI SEDATU

Page 43: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 27 DE 81

SI los ingresos del solicitante se determinan a través de la Cédula de Información Socioeconómica (CIS) se deberá incorporar al expediente de la beneflclaria o beneñclarlo el original de la misma, firmada por la beneficiaria o el beneficiario y el entrevistador.

En caso de que la Entidad Ejecutora no cuente con las herramientas para hacer el cálculo del Ingreso medlante la c1s1 ~lb la comprobación de sus percepciones se realizará a través de la declaración de la beneficíaria o beneficiario, bajo r protesta de decir verdad, del monto de los ingresos netos que percibe de manera mensual, en el formato que se ~ menclcna en el artículo 17, fracción 1 de este Manual {Anexo 4), para lo cual se deberá considerar lo siguiente: '\\

l. En caso de contar con un comprobante de ingresos, podrá incluir copla del mlsmo en el expediente, en ca~~ de tener un Ingreso variable, se promediarán los últimos sels meses consecutivos para determinar el montb~ ~ de las percepciones mensuales del sollcitante¡ r'"""-

ll, El comprobante de ingresos no podrá ser de fecha mayor a tres meses previos a la fecha de solicitud de J :

subsidio; Y J : 111. Los Ingresos del sollcltante deberán ser calculados conforme a lo establecido para el ingreso individua! -, ¡·

deñnído en las Reglas de Operación; ) 7

IV. Las deducciones por préstamos personales u otros conceptos distintos a los señalados enla fracción anterior , 1 no se deducirán de los ingresos del sóllcltante, y ( \\\ !

V. , En caso. ~e que el solidtante t.e. ng·ª·· i .. ng.re. sos Iguales·.? m.enores a 1.4 vece. s !as UMAS mensuales y requiera~ \ \) la modalidad de adquls!clón de vlvlenda, se debera presentar comprobante de Ingresos formal y no sera considerada como válída la auto declaración. / »> \"

/ /~ y/{ ..«

ARTÍCULO 18.~ DE LOS INGRESOS DEL SOLICITANTE Se entenderá como ingreso del solicitante del subsidio federal lo estipulado bajo la definición de Ingreso Individual mensual en las Reglas de Operación vigentes, En el caso en que para algún Proyecto Institucional y/o Extraordinario aprobado por la CONAVI, se requiera una deflnlclón de ingreso diferente a la aquí establecida para dicho Proyecto, Imperará la adecuación en los lineamientos operativos que para tal efecto se establezcan.

1) Tendrá la obligación de otorgar todas las facilídades para que el personal autorizado de algún Organismo Fiscalizador, de la Entidad Ejecutora, de la Entidad Supervisora o de I¡¡ CONAVI realicen las acciones de supervisión que se requieran (control, seguimiento, inspecciones, visitas dorniclllarias, audltorfas, entre otras), y

rn) En caso de detectar falsedad eri las declaraciones de la beneficiaria o beneficiario, éste se obliga a reembolsar los recursos del subsídio federal.

n) El costo de la solución habltacional en la rnodalldad de autoproducclón, Incluye una verificacíón lnlclal y una verificación final a la conclusión de la obra. Cualquier verificación extraordinaria que se derive, será cublerta por la Entidad Ejecutorc1 o el organismo Ejecutor de Obra.

Fecha de Emislón; AbrH/2018

Código QCW.40-MÓPAFSH-001

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO,

TERRITOll!AL Y UilllANO

COMrnlÓN NACIONAi. D~ VlVT!lNDA

CONAVI SEDATU

' ·~' º~~"'F)' ~·. _ '. ;~1~i~;?;:c;4~· . ;'2;:f;,;=;''["'{7~'s=t;;;,~fu"é}:~ ,e~¿; "t:f?::'F±.5 e1t~

¡:

Page 44: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 28 DE 81

~

,/J /

a Entidad Ejecutora deberá incluir en el expediente del subsidio, constancia de dichas aportaciones, en la que se ndique e! monto de éstas'. la ~nti?~d o perso~a que la reali~~, fecha, en qué consiste, nombre y firma del beneficiario

.: y del re esent nte de la institución que realiza la aportación.

c.

Los subsidios distintos al federal adicionales a la vivienda; Donaciones de terceros en dinero, especie o mano de obra, o Aportación de mano de obra de la beneficiaria o benefíciario.

a, b.

Para las modalidades de autoproducción y ampliación o mejoramiento de vivienda, se podrán considerar como Aportaciones;

ARTÍCULO 20.- DE LAS APORTACIONES P~ra los efectos de! articulo 47 de la Ley de Vivienda, las Aportaciones son cualquier cantidad de dinero, distinta al

./ .Íinanciamiento, al Subsidio Federal y al Ahorro Previo, así como cualquier bien o servicio a favor de la beneficiaría o 7{ el beneficiario,. sin contraprestación y can el carácter de no reembolsable, como complemento de la solución habitaciona!.

Para el caso de las modalidades de ampliación y/o mejoramiento, así como autoprcducclón, se podrá considerar la mano de obra y/o materiales como ahorro previo. La Entidad Ejecutora y el Organismo Ejecutor de Obra, son responsables de que estos se apliquen a la solución habltadonal, pudiendo ser durante el desarrollo del proceso constructivo¡ sin embargo, el registro de! costo de éstos deberá documentarse en e! contrato de financiamiento antes de la fecha de pago del subsidio federal. La cuantíficación o estimación del costo de los materiales será responsabilidad de la Entidad Ejecutora y deberá documentarse en el expediente del subsidio.

l. Nombre de la persona y/o Institución que expide el documento comprobatorio del aliorro; 11. Fecha de la aportaclón, la cual deberá ser previa a la solicitud del subsidio;

111. Nombre de la beneficiaria o beneficiario; IV, Monto del ahorro previo; V. Forma en la que se realízó la aportación (depósito, efectivo, mano de obra, materiales, etc.), y VI. Sello o firma de recibido por parte de la Entidad Ejecutora.

ARTÍCULO 19.- DEL AHORRO PREVIO El ahorro previo del solicitante deberá comprobarse a través del Anexo 4, Indicando:

Los ingresos comprobados en los documentos señalados que deberán formar parte del expediente del subsidio, deberán coincidir con los registrados en el Sistema CONAVI, los cuales deberán estar expresados de forma mensual y en pesos mexicanos.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COM1SlÓN l'IACJONA.L DE vrvrnNDA

SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,

TERRITORIAL Y UllllANO

CONAVI SEDATU

Page 45: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Financiamientos otorgados por la Entidad Ejecutora; Coflnanclamlentos entre la Entldad Ejecutora, Institución Fihanciéra y otros organismos federales que otorguen apoyos distintos a la vivienda, para el financiamiento de obras de infraestructura social, o

t. . 11.

ARTÍCULO 22,~ TIPOS ns FINANCIAMIENTO A LA VIVIENDA.A OTORGAR POR LA ENTIDAD EJECUTORA Los financiamientos a la vivlenda podrán estar integrados por:

El contrato de financ1amlento de la solución habltaclonal en ningún caso será considerado para acreditar condiciones previas al financiamiento a la vlvlerrda, comprobante de Ingresos y el ahorro previo.

La Entidad Ejecutora deberá establecer la forma en que acreditará que los beneficiarios están efectuando el fina helamiento.

Para las modalídades de ampliación y/o melcramlento, así como autoprcducclón, la Entidad Ejecutora deberá integrar al expediente del subsidio, las constancias del pago del financiamiento, pudiendo ser copla de comprobante de depósito bancario o documento elaborado por la Entidad Ejecutora en el que conste los pagos, el cual deberá tener al menos legos de la Entidad Ejecutora, nombre del beneficiarlo, monto pagado, fecha y firma del beneficiarlo en cada uno de éstos.

~

j,-k 1 !/)

PÁGINA 29 DE 8:1

l. Nombre completó de la beneficiaria o beneficiario¡ 11. Nombre completo de la lnstituclón que otorga el financiamiento¡

111. Fecha de la celebración del contrato de financiamiento para la solución habttactonat, IV. Domicilio del lote o vivienda en el que se aplicará el financlamíento y el subsidio federal; V. Valor y modalidad de la solución habltacional en la que se aplicará el financiamiento y el subsidio federal: VI. Monto del ahorro previo, del financiamiento, del subsidio federal y/o alguna otra Aportación para la solución

habitadonal de la beneficiaría o beneficiarlo; VII. Forma en que se aportará el ahorro previo;

VIII. Vigencia del contrato deftnanclarnlento para la solución habltacional, y IX. Firmas de los participantes que celebran el contrato de financiamiento para la solución habltacíonal,

ARTÍCULO 21.~ DEL FINANCIAMIENTO A LA VIVIENDA A OTORGAR POR LA ENTIDAD EJECUTORA La Entidad Ejecutora otorgará el financlarnlento al solldtante para la solución habitacional, en apego a sus políticas y explicando las condlclones y características del mismo. Por ningún concepto deberá considerar el subsidio federal como parte del financiamiento para la solución habltaclonal, ni cobrará comisión o accesorio financiero alguno sobre su trámite, obtención o monto. El contrató de financiamiento para la solución habitaclonal que se suscriba deberá contener, al menos, la siguiente información:

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento pata Soluciones Habitacionales

QOMl~l(JN· NACIONAL . DoYTVlnNDA

SECRETA(ÚA DH DESARROLLO AGRARIO;

TERRITORIAL Y URBANO

SEDATU CONAVI

Page 46: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Wf

I ( l. ..

'

PÁGINA 30 DE 81

Para la inscripción de la solicitud de subsidio federal en el Sistema CDNAVI, la Entidad Ejecutora deberá seguir el siguiente procedimiento:

ARTÍCULO 24.~ DE LA INSCRIPCIÓN DE LA SOLICITUD DE SUBSIDIO FEDERAL Previo a la Inscripción de la solicitud de subsidio federal en el Sistema CONAVI, la Entidad Ejecutora deberá:

l. Enviar a la SGFEFSV solicitud de presupuesto anual desglosado por mes a operar, a la dirección de correo electrón leo presupuesto, conavi@conavi .gob. mx La SGFEFSV, comunicará a la Entidad Ejecutora y a la CGS, a través de medios electrónicos, el monto disponible mensual para la operación del Programa.

l. Para las modalidades de adquisición de vlvienda y lotes con servicio, se deberá contar con la escritura públíca a favor de la beneficiaría o beneficiario del subsidio federal, o

11. Para las modalidades de autoproducclón y ampliación o mejoramiento de vivienda, se deberá de contar con un contrato privado que acredite el financiamiento, el ahorro previo, así como el subsidio federal, de conformidad con lo señalado en el artículo 2.1 del presente Manual.

ARTÍCULO 23.- DE LA FORMALIZACIÓN DEL FINANCIAMIENTO La Entidad Ejecutora es responsable de vigilar y garantizar la formalización del financiamiento a la vivienda, en escritura pública o contrato privado según corresponda la modalidad de la solución habítaclonal, dentro del mismo ejercicio fiscal en el cual se otorgó el subsidlo federal. Para tal efecto, se deberá observar lo siguiente:

111. Cuando el financiamiento se otorgue a partir de procesos de Producción Social de Vivienda Asistida, aportaciones sociales adicionales por parte del beneficiario en mano de obra {mano vuelta, apoyo mutuo, taqu!o, etc.) y/o en especie, en caso de zonas rurales e indígenas, respetando usos y costumbres de las comunidades. Para lo cual, deberá integrarse constancia documental al expediente del subsidio, en poder de la Entidad Ejecutora.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/201 B

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacíonales

S.ECRETAIÜA DE DESARROl.l.O AGRARIO,

TERRITORIAL Y URBANO

COMJSJÓN NACIONAL DEVTVl~:NO¡\

CON.AV! SEDATU

Formalizar el otorgamiento del financiamiento a través de un contrato privado, firmado con fecha prevía a la sollcitud de subsidio; Llenar la "Sollcítud de Subsidio Federal" (Anexo 5), a través del Sistema CONAYI para su ínscripción; Cotejar que los datos ingresados al Sistema CONAVI coincidan con los que aparecen en los documentos que integran el expediente del subsidio; La CURP registrada en el Sistema CONAVI será validada electrónicamente en RENAPO para verificar su estructura y existencia, una vez que se confirme que es correcta, se hará una segunda validadón electrónica con FONHAPO para revisar que la beneficiaria o el beneficiario no tenga algún registró de solicitud o apoyo

n FONHAPO. En caso de que la CURP presente alguna restricción, el Sistema CONAVl enviará un mensaje ndícán o!e a la Entidad Ejecutora que la CURP ingresada en el sistema no es sujeta de subsidio federal: t/íp \

\ \

1

Page 47: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 31DE81

v. La CUV registrada en el Sistema CONAVI será validada electrónicamente en RUV para verificar su estructura y exlstenda. En caso de que la CUV presente alguna restricción, et Sistema CONAVI enviará un mensaje indicándole a la Entidad Ejecutora que la CUV Ingresada en el sistema no es sujeta de subsidio federal;

VI. SI la información registrada en sistema no presenta problemas, se deberá imprimir la "Solicitud de Subsidio Federal" (Anexo S), de la cual será responsable de la Información contenida y del uso del documento, tomando en consideración lo siguiente:

a; La solicitud deberá ser firmada de manera autógrafa por el solicitante, o b. Eh caso <le que el sollcltante no sepa escribir, deberá estampar con tinta s\l huella digital del pulgar

derecho en los espadas que requieran firma. VII. Verificar quela firma 01 ensu caso, la huella digital de la beneficiaria o beneficiario estampada en la solicitud

coincida. con la firma contenida en su credencial para votar, o de cualquier otro documento de identificación oficial que contenga su firma o huella, así como con el resto de la documentación que integrará su expediente a que se refiere el artículo 30 del presente Manual.

VIII. La Entidad Ejli!cutora tendrá a su cargo la verlflcaclón de que la Información contenida en RUV respecto de la Vivienda sea la misma que se remite a la CONAVI, y

IX. Los documentos emitidos por el Sistema CONAVI por ningún motivo podrán ser alterados o editados.

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

Fecha de Emlslón: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMl~ION NAC!<)N/\l DE Vl\'IEt~UA

SECR~'rARiA os DESARROLLO AGRARIO,

Tí:RRTTOIUAI, Y URllANO

CONAVI SEDATU

Las solicitudes de subsidio federal que se hayan registrado en el Sistema CONAVI y que se encuentren en estatus de captura, es decir, que no se haya realizado la impresión del "Certlflcado de Recepción subsldío", tendrán una vigencla de 35 días naturales para. su impresión; en el caso de la modalidad de autoproducclón tendrán 1.111a vigencia de 60 días naturales, En caso de no ser impresos dentro de los periodos antes señalados, se procederá a su cancelación, r, J '\.

~;~~:;~;:~;;;~~;';e;;;.;~~~;~;;;~~;,~;~:,:::;;,~ri~~:~u~~~::1::¡~~,~~~::•"C<e>O'Ó\º'J":t~f ¡

En los casos. d. onde la E.ntidad Ejecutora otor~ue. al solicitant~ del subsi.dio federal. u~ crédito con un. a g~. rantía. dent~. ~ / de! Esquema de Garantías de Primeras Pérdidas de Portafolio de la SHF, el subsldlo federal podrá utilizarse paracr~ ~r- pago pardal o total de Ja contraprestación (prima) de la garantía: siempre que el monto del subsidio que tenga \

dlsp. onlble la ben.e.flc. ·l·a· ria .. o e. 1 b·.·.enefíclarlo. sea sufl• relente par.a cu·.brír.lo ..• Est·e. mo. nto para el .pago de la contra prestare. ión. \. (prima) de la garantía será cubierto al frente y será descontando de la cantidad que sea otorgada como subsidio para la solución habltacional por parte del Programa. Es importante señalar que este monto para la contraprestaci6 ( rima) no forma parte del valor de la solución habltaclonal. · .

RTÍCULO 25.~ DE LA IMPRESIÓN DEL CERTIFICADO DE RECEPCIÓN DEL SUBSIDIO FEDERAL ~ ara la Impresión del JJCertlficado de Recepción de Subsldlo" (Anexo 6}1 la Entidad Ejecutora deberá: ~

Page 48: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

t. f\l \

PÁGINA 32 DE 81

' f.RTÍCULO 26.- DE LA DISPERSIÓN D~ LOS RECURSOS DEL SUBSIDIO FEDERAL

l. Llenar a través del Sistema CONAVI el formato electrónico "Certificado de Recepción de Subsidio" (Anexo 6}¡

11. Irnprirnlr el "Certlflcado de Recepción de Subsidio" y la "carta "Felicitación al Beneficíario del Programa" (Anexo 12);

111. Recabar la firma autógrafa del solicitante o huella digital de) pulgar derecho con tinta, en caso de que no pueda firmar y verificar que la firma o huella estampada en el Certificado de Recepción de Subsidio coincida con la firma o huella digital contenida e.n la identificación oficial presentada por el solicitante, misma que deberá contener su firma o huella para su cotejo; así como con el resto de la documentación que integrará su expediente a que se refiere el artículo 30 del presente Manual:

IV. Los documentos emitidos por el Sistema CONAVI por ningún motivo podrán ser alterados o editados. V. Ser responsable de la información contenida en el documento, así como del uso del mismo: VI. Para el caso de la modalidad de autoproducclón, para solicitar Ja impresión del certificado de recepción del

subsidio federal, la Entidad Ejecutora deberá asegurarse que para la CUV asociada al subsidio se encuentre capturada y valídada por un verificador de obra dentro dél sistema RUV, el avance de obra con hilada de muros a nivel de ventanas o su equivalente, así como el cumpllmlento de los Criterios Básicos de Habitabilidad al momento de la verificación inicial¡

VII. Para el caso de las modalidades de mejoramiento y/o ampliación, así como de autoproducción, el subsidio no podrá ser entregado por persona distinta al personal de la Entidad Ejecutora o al Organismo Ejecutor de Obra can el que se ejecutó la solución habítadonal¡

VIII. La Carta Felicitación al Beneficiarlo del Programa (Anexo 12), deberá ser entregada por la Entidad Ejecutora, ... solicitándole al beneficiario la conserve, y

IX~//} Para las moda!ldades de mejoramiento y/o ampliación y autoproducclón, la Entidad Ejecutora deberá / !

.. ··j· .. -, / recabar fotografla en la que aparezca el beneficiario del subsidio y el representante de ésta o bien el \./, Organismo Ejecutor de Obra o Desarrollo Social de Vivienda con el que se ejecutó la solución habitacional,

en el momento de firma del Certificado de Recepción de Subsidio y de entrega de la "Carta Felicitación a Beneficiarios del Programa" emitida por el Sistema CONAVI, dicha fotografía deberá mostrar los elementos

g; ncionados y estar integrada al expediente de cada beneficiario, / ra el ejercicio fiscal en curso, el cumplimiento de este numeral, no se llevará a cabo en las Entidades /··7' deratlvas en las que se lleven a cabo procesos electorales durante los períodos de veda electoral. Para lo

, anterior, la CONAVI hará del conocimiento de las Entidades Ejecutoras la fecha en que entrará en vigor los /

períodos electorales correspondientes. ·

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMJSJÓN N,\CIONAL DE'VIYIF!fllüJ\

SECRETARiA DE DESARROLLO AGRAlilO,

TERRJTORlAL Y URBANO

------- CONAVI SEDATU

Dentro de los 3 días hábiles bancarios posteriores a la impresión del "Certificado de Recepción de Subsidio", la CONAVI, a través de su banco dispersor, podrá realizar el depósito bancario por el monto equivalente al subsidio federal ot rgado a cada beneficiaría o beneficiario, dependiendo de la .disponlbllldad presupuestaría mensual del

I Programa en ca o de que existan solicitudes pendientes de pago, el depósito se realizará hasta que se cuente con dísponlbl idad p esupuestal, siempre y cuando se trate del mismo ejercicio fiscal. (~/, ·

, . I //) /

;»/(' ~·~.

Page 49: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 33 DE 81

El subsidio federallndebldarnente solicitado, es aquél que no cumple con los requisitos establecidos en las Reglas de

peración vigentes o con los lineamientos del presente Manual. G\''\

asta contar con los sistemas dispuestos para tales fines, para llevar a cabo las devoluciones o reintegros del subsidio , ederal iridebtdamente sottctuuio, 1" Entidad Eje<utorn deberá observar lo slgulente: / ~---.

"><·· /) 7;_JJ: ~ /f ce /1 ::)/

,.-·.

~

O.::

:t

ARTÍCULO 27 .- DE LA DEVOLUCIÓN O REINTEGRO DEL SUBSIDIO FEDERAL

l. Deberá verificar la correcta recepclón de los recursos sollcltados: 11. Dispersión irregular: En caso de ldentlflcar Irregularidades atribuibles al proceso de transferencia electrónlca

lnterbancarla -por ejemplo, recursos adicionales a los sollcltados-, gestionará Jos trámites necesarios para la devolución de los mismos e informará por escrito a la CONAVI. Se obliga a reembolsar el monto del subsidio federal bajo ~se supuesto, en un plazo no mayor a 15 días hábiles bancarios después de la dispersión;

m. Una vez transcurrido este plazo, la CONAVI, además de solícltar el reintegro del subsidio federal, sollcltará el pago de las cargas financieras generadas por el reintegro extemporáneo, de conformidad con el artículo 27 fracción 11 del presente Manual. En caso de que no se realice el pago por concepto de devolución del recurso federal dentro del término que establece la fracclón anterior, la CONAV.1 podrá suspender a la Entidad Ejecutora de Ja operación del Programa e Iniciará el procedimiento de recuperación judicial y la Entidad Ejecutora quedará obligada a pagar a la CONAVI las cargas financieras o penas convencionales correspondientes; de conformidad a lo establecido en las Reglas, Convenio de Adheslón y el presente Manual, y

IV. Si por cualquier motivo los recursos del subsidio federal recibidos por la Entidad Ejecutora no son aplicados a la solución habitacional en términos del Programa, tndependlentements de la obligaclón de la devolución en términos de lo previsto en el artículo 27 del presente Manual, la Entidad Ejecutora tiene la obligación de mantener los mismos en cuentas de inversión cuyos productos junto con el recurso de subsidio federal no

~;::~;~~;::;:,~:~~=~i~:;~~;::~~,:~~:::~:~-~~:;:~~~:;j:u':~n~;,:'~:~:::.:.~~í; La dispersión del Subsidio RJF a las Entldades Hnancleras Participantes se realizará por parte de SHF ~ajo la\ encomienda del Fondo de Operación y Hnanclamlanto Bancario a la Vivienda (FOVl) con los recursos que para tal fin remita la CONAVI.

Para efecto de la dispersión del recurso, la Entidad Ejecutora observará Jo siguiente:

En caso de que exista alguna problernátlca no atribuible a la CONAVI para realizar la transferencla electrónica de los recursos dél subsidio federal correspondientes al Programa, la CONAV! no tendrá responsabilidad alguna en el Incumplimiento del tlempo de servicio señalado en el primer párrafo de este artículo,

Fecha de Emisión: Abril/2018

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETARÍA DJi DESARROLLO AGRARIO,

TliRRITORIAL Y URBANO

COMISIÓN NACIONAL Db VIVllíNDI\

CONAVI SEDATU

Page 50: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 34 DE 81 /

A.~/

/

XI.

VIII.

VI.

v.

IV.

111.

11.

Es responsable de realizar las devoluciones del subsidio federal indebidamente solicitado por la misma, por el solicitante o cuando los actos jurídicos que fe debieron dar origen no surtieron efectos; Está obligada a efectuar la devolución dentro de los 4 días hábiles bancarios siguientes a la fecha en que recibió el subsidio federal Indebidamente solicitado. Una vez concluido el periodo anterior, se aplicarán las cargas financieras de acuerdo a lo establecido en el presente Manual, en caso de que la devolución se efectúe después de concluido este plazo, la Entidad Ejecutora se obliga a entregar a la CONAVI la solicitud y el certificado de recepción del subsidio federal; Efectuar la devolución del subsidio federal por el importe exacto, evltando efectuar depósitos pardales de un mismo subsidio. En caso de que no realice el pago por concepto de devolución del subsidio federal dentro del término que establece la fracción anterior, la CONAVI podrá suspender a la Entidad Ejecutora de la operación del Programa, y en su caso, iniciará el procedimiento de recuperación Judicial y la Entidad Ejecutora quedará obllgada a pagar a la· CONAVI las cargas financieras o penas convencionales correspondientes, de conformldad a lo establecido en el Convenio de Adhesión y en el presente Manual; Una vez que la Entidad Ejecutora haya realizado la devolución del subsidio federal, deberá dar inmedíato aviso a Ja SAGS a través de la dirección de correo electrónico [email protected] y remitir el informe correspondiente (Anexo 7) en forma física a las instalaciones de la CONAVI, así como la copia del comprobante de depósito y podrá continuar operando al amparo de! Programa en caso de haber sido suspendida; A partir de la devolución del subsidio efectuada a través de la cuenta asignada a la Entidad Ejecutora y de no notlflcar dicho reintegro (conforme (;!] numeral anterlor) en un plazo no mayor a 5 días hábiles por los

;; medíos antes descritos, ésta podrá ser acreedora a una sanción tipo "B" de acuerdo al inciso 11 del artículo /J 51 del presente Manual, suspendiéndola para operación, hasta su solvencia;

.. jl.1Í. Í En los casos en los que transcurra un año y los depósitos no sean debidamente identificados por parte de la f", / Entidad Ejecutora, es decir, se omita el envio de los oficios de devolución y comprobante de depósito a la ·· \i SGAS, la CONAVI procederá a remitir dicho recurso a fa TESOFE sln que esta acción le obligue a una futura

descontabilizacíón de un subsidio a favor de la Entidad Ejecutora. El depósito realizado deberá incluir como concepto de "referencia" el número de matrícula (ID de Entidad Ejecutora) asignado por la CONAVI; Las devoluciones que realice la Entidad Ejecutora de Jos recursos no serán reintegradas al presupuesto originalmente asignado a la misma; El presente procedimiento podrá darse por concluido una vez que la Entidad Ejecutora realice las notificaciones correspondientes a la devolución de subsidio federal; En caso de depósitos por concepto de devoluciones que se hicieran por error, en cuanto al monto (depósitos en demasía), dupllcldad de la devolución y depósitos que no correspondan a la devolución de subsidios o targas financieras, Ja Entidad Ejecutora podrá solicitar el reembolso mediante el siguiente procedimiento:

a) Snllcltar mediante oficio dirigido al Coordinador Genera! de Subsidios, el reembolso;

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMlSlÓN NACIONAL PE VIYrnNDA

SECRE'f'AR(A DE DESARROLLO AGllARTO,

'FERIÜ1'0RIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 51: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 35 DE 81

Verificación inicial: Para que la Entidad Ejecutora pueda solicitar el pago del subsidio, el Organismo Ejecutor de Obra, deberá acreditar en un plazo de 60 días naturales el avance de obra a la hllada de muros a nivel de ventanas o su equivalente; y criterios de habltábllldad deflnidos por la CONAVI, los cuales serán revisados en campo por un verificador quien a su vezreglstrará sus resultados junto a una fotografía interior y exterior de la solución habltaclonal en el sistema de RLJV,

Para el seguimiento a la comprobación del subsidio federal otorgado bajo la modalidad de autoproducclón de vivienda, los organismos Ejecutores de Obra deberán gestionar a través del sistema RUV, las verificaciones inicial y final de ras soluciones habttacíonaies, conforme se describe a contlnuadón:

ARTÍCULO 28.- DE LA VERIFICACIÓN DEL SUBSIDIO BAJO LA MODALIDAD DE AUTOPRODUCCIÓN

l.

b) Et oficio debe contener elementos esenciales, como la manifestación clara que el depósito se realizó por un error, mencionar Ja fecha y monto del depósito incorrecto, indicar los datos de la cuenta bancaría a la que se solfcíta se realice el reembolso (banco, núm. de cuenta, CLABE lnterbancarla, etc.), anexando el comprobante de depósito o transferencia;

e} El oficio se enviará al correo [email protected],mx y el oficio orlglnal deberá ingresarse en la Oficialía de Partes de la CONAVI. El trámite iniciará en forma, una vez que el afielo original sea presentado en la CONAVI, y

d) De resultar procedente la sollcltud, la CGS notificará vía correo electrónico a la Entidad Ejecutora, el reembolso de! monto a la cuenta lndlcada en el oficio de solicitud.

En caso de que la Entidad Ejecutora, acumule devoluciones por un monto superlor al 15% de la dispersión que solicitó en el mes o del ejercicio fiscal, la CONAV1 podrá requerirle en cualquier momento, la jusUflcaclón detallada de la devolución, en caso de que ésta no sea suficiente o se entregue fuera del periodo señalado en el requerimiento, se hará acreedora a una amonestación Nivel 118111 de acuerdo al Inciso 11) del Artículo 51 del presente Manual. Cuando las devoluciones derivadas de observaciones de auditoría superen el 10% del monto que se solicitó en el mes o del ejercicio fiscal, la Entidad Ejecutora y en su caso el Organismo Ejecutor de Obra, podrán ser suspendidos de la operación del Programa. En el caso específico de los subsidios otorgados a personas Inscritas en el RIF, las devoluciones que hayan debitado alguna mensualidad a favor del beneficlarlo, serán registradas por el importe que reporte el FOV!, sin que se modifique el estatus de beneflclárlo del programa a la persona a quien se había otorgado. De requerirlo, el beneficiarlo a través del FOVI, deberá reintegrar a la CONAVI el Importe que resulte ~a diferencia entre el Importe dispersado orlglnal y la cantidad que el FOVI reporto como devolución. \ '·

CAPÍTULO ll \ r DEtOS LINEAMIENTOS.GENERAlESPARAtAVAUDACIÓNDELSUBS1DIO ··································· ··············· h .....

Código QCW.40-MOPAFSH-OO 1

Versión 09

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa dé Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COl>llSIÓN NAC:iONA.L D~ Vr\'l!ITTDA SECRETARiA DE

D'ESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URl!ANO

CONAVI SEDATU

1

1 ,.

XIV;

XIII,

XII.

Page 52: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 36 DE 81

~./, ! '

I

ARTÍCULO 29.- DE LA VERIFICACIÓN DEL SUBSIDIO BAJO LA MODALIDAD DE AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE VIVIENDA. Hasta que los servicios en la Plataforma RUV se encuentren habilitados, y la CONAVI notífique la fecha de inicio de

1t.cha verificación, para la comprobación del subsidio federal otorgado bajo la modalidad de ampliación y/o . _/' ejoramíanto de. vivienda, los Organismos Ejecutores de Obra deberán gestionar a través del sistema RUV, una

·· / ~ erlficación al concluir el proyecto de solución habitacionat.

Para acreditar mediante verificación la correcta aplicación del subsidio, la Entidad Ejecutora y el Organismo Ejecutor

lle Obra tendrán un plazo de hasta 90 días naturales, posteriores a la fecha de operación del subsidio y de acuerdo a a modalidad, se verificará lo siguiente:

/ / 11 Mejoramiento de vivienda. Se deberá acreditar la ejecución del proyecto definido previamente para la

· solución habitacional, conforme a los Criterios Básicos de Habitabilidad para mejoramiento de vivienda. Dicho proyecto deberá integrarse como parte del expediente del subsidio y deberá estar disponible al momento de la verlflcacién de obra.

11) Ampliación de vivienda. Se considerara el subsidio aplicado en su totalidad, cuando la solución

1 habitacional se encuentra concluida conforme al proyecto definido bajo los Criterios Básicos de

· Habita ílidad para ampliación de vivienda. Dicho proyecto deberá integrarse como parte del expediente del su sidio y deberá estar disponible al momento de la verificación de obra.

En el supuesto de que el verificador incurra en prácticas que no permitan el adecuado seguimiento a la ejecución de la solución habitacional, o bien que falsee información reportada a través de la plataforma RUV, la Conavi lo podrá suspender de las actividades de verificación de subsidios otorgados por el Programa.

En caso de que se omita solicitar la verificación final o no se cumplan el avance y/o Criterios Básicos de Habitabilidad mencionados, la CONAVI aplicará las sanciones establecidas en los artículos 50, 51 y 52 del presente Manual de Procedimientos.

11. Verificación ffnal: Se tendrá como plazo 155 dlas naturales posteriores a la fecha de operación, para que la Entidad Ejecutora y el Organismo Ejecutor de Obra comprueben la concluslón de fa solución habltaclonai, mediante la verificación final, en la que se acredita el cumplimiento de los Criterios Básicos de Habitabilidad a la conclusión de obra, mismos que serán revisados en campo por un verificador quien a su vez registrará sus resultados junto a una fotografía interior y exterior de la solución habltaclonal,

Con un mínimo de 5 días naturales antes del vencimiento de los períodos para comprobar la conclusión de la solución habitac!onal citado en la fracción 11 del presente artículo, la Entidad Ejecutora podrá solicitar prórroga, para acreditar Ja conclusión de la solución habltaclonal, a través de escrito dirigido a la CGS, describiendo ampliamente los motivos de atraso y los días requeridos para concluir la solución habltacional, para ser valorados y en su caso autorizados con un máximo de hasta 30 días naturales, dependiendo las circunstancias de cada caso,

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

S.ECRllTARÍA ns DESARllóLLO AGRATUO,

TllRRITOIUAL Y URllANO

CONAVI SEDATU C<)Ml~lÓN NACIONAL

OEVTVJP.NDA

Page 53: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

l.~:

./ ) (e PÁGINA 37 DE 81

ARTÍCULO 30.- DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL EXPEDIENTE DEL SUBSIDIO, EN PODER DE LA ENTIDAD EJECUTÓRA; DEPENDIENDO DEL TIPO DE MODALIDAD DE SOLUCIÓN HABITACIONAL. . Independientemente del .axpediente que la Entidad Ejecutora tntegre para efectos del otorgamiento del financiamiento, deberá integrar un "expediente del subsldío" por cada beneficiarla o beneficiarlo del Programa. Dependiendo de la naturaleza del documento que lo conforma, algunos podrán integrarse al expediente desde el inició del otorgamiento .del subsidio federal y otros a la concluslón de los plazos establecidos para cada una de las modalidades.

En caso de que se omita sollcitar la verificación final o no se cumpla el avance y/o Crlterios Básicos de Habitabllldad mencionados, la CONAVI aplicará las sanciones establecidas en los artlculos so, 51 y 52 del presente Manual de Procedimientos.

Con un mfhimo de's días naturales antes del vencimiento de los períodos para comprobar la conclusión ele la soluclón habltactonal, la Entldad Ejecutora podrá solicitar prórroga, para acreditar la conclusión de la solución habltaclonal, a través de escrito dirigido a ta CGS, describiendo arnpllamente los motivos de atraso y los días requeridos para concluir la solución habltaclonal, para ser valorados y en su caso autorizados con un máximo de hasta 10 días naturales, dependiendo las circunstancias de cada caso,

Fecha de Emisión: Abrli/2018

Códígo QCW.4D~MOPAFSH-001

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECJ\l\TARÍA DE DESARROLLO AGRARlO,

TERRITORIAL Y URBANO

coMmóN NACIONAi. DtVIVU!NDA

CONAVI SEDATU

La Entidad Ejecutora conservara y resguardará el "expediente del subsidió" de cada beneficiaria o beneficiarlo al que se refiere el presente Artículo, no deberá ser enviado a la CONAVI, pero podrá ser requerido para su revisión por alguno de los Organismos Fiscalizadores o por la CONAVI para efectos de auditoría de expedientes para la valídaclón

.

d.e la. c.·.º. rre. e.ta aplic. adó·n· d. el = o c.u<llquie.r otra sltuactóri que lo amerite, por lo. q. ue la. Entíd. ad Ejecutora deb¡ .. · . proporcionar las facilldades necesarias para tales efectos. .

pependlendo-del-ttpo demodalldad de-soluelén habltaelona], el!'expedlente del-subsldlo" se compondrá por 1 s documentos siguientes: ~

l. Ad(jüiskión de vivienda . . X'> a. Copia del documento "Solicitud de Subsidio Federal'' (generado por el Sistema CONAVI) (Anexo 5); · b. Copia del "Certificado de Recepción de Subsidio" (generado por ei Sistema CÓNAVI (Anexo 6}; c. Copia dé la Clave Única de Registro de Población de 'Ia beneficiaria o beneficiario (CURP}, en caso·

de que la Clave aparezca en la identificación oficial presentada por la beneficiaria o el beneflclarlo no será necesario Incluir copia de ésta.

d. Copia de anverso y reverso de la identificación oficial con fotografía de la beneficiaria o el beneficiario, pudiendo ser algunas de las sigulentes: t

l. Credencial para. vota.r v. lgent. e expedida .por el .·lns.tltuto Federal E.lectora! (IFE) o por. el Instituto Nacional Electoral (INE);

il, Cédula profeslonal expedida por la Secretarla de Educación Pdblli:::a (SEP), d . P- ~' 2J

Page 54: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 38 DE 81

)' ..... r .. ?' ~

;

Ampliación y/o mejoramiento de vivienda a. Copia del documento "Solicitud de Subsidio Federal" (generado por el Sistema CONAVI} (Anexo 5); b. Copia del "Certificado de Recepción de Subsidio" (generado por el Slsterna CONAVI) (Anexo 6); c. Copia de la Clave Única de Registro de Población de la beneficiarla o beneficiario (CURP). En caso

de que la CURP aparezca en la identificación oficial presentada por el beneficiario no será necesario incluir copia de ésta;

d. Copia de anverso y reverso de la ldsntlftcaclón oficial con fotografía dela beneficiaria o beneficiario, pudiendo ser algunas de las siguientes:

i. Credencial para votar vigente expedida por el Instituto Federal Electoral (IFE) o por el Instituto Nacional Electoral (IN E);

ll, Cédula profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública (SEP), o iii. Pasaporte vigente al momento de recibir el subsidio.

e. Copia de documento que acredite la propiedad o posesión del inmueble donde se pretende aplicar el subsidio federal; Copia del documento señalado en el artículo 17 del presente Manual, relativo a la atención y crlentación de la Entidad Ejecutora, informando a! solicitante las condiciones previas del subsidio federal y del financiamiento (Anexo 4), en el que se hace del conocimiento del beneficiario sobre sus derechos y obligaciones al recibir el subsidio, así como los requisitos que debe cumplir para ello, Original de la CIS, de ser el caso; Copla del contrato en donde conste e! otorgamiento del financiamiento a la vivienda, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del presente Manual;

i. Documento original que acredite el pago del financiamiento por parte del beneficiario en términos de lo establecido en el artículo 21 del presente Manual;

j. ~Fotografía del b. e. neñctarto y el re. presentante de la Entidad Ejecutora o el Org. anismo Ejecutor de J Obra en términos de lo establecido en el articulo 25, fracción IX del presente Manual¡

•... /

.: .> ("

JI.

iii. Pasaporte vigente al momento de recibir el subsidio. e, Copia del documento señalado en el artículo 17 del presente Manual, relativo a la atención y

orientación de la Entidad Ejecutora, informando al solícitante las condiciones previas del subsidio federal y del financiamiento (Anexo 4), en el que se hace del conocimiento del beneficiario sobre sus derechos y obllgaciones al recibir el subsidio, así como los requisitos que debe cumplir para ello;

f. Original de la CIS, de ser el caso; g. Copia de la escritura pública expedida a favor de la beneficiaria o beneficiarlo, y h. Para el caso de beneficlarlos(as) inscritos en el RIF se deberá incluir la copia de la constancia de

Inscripción al mismo. i. Original del Informe de Contra lo ría Social entregado por la Entidad Ejecutora (Anexo 13).

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habltacionales

COMl~IÓN NACIONAi. or VIV!rnDA

SECRETARiA DE DESAfU\OLLO AGRARIO,

TllRRITORli\L Y UHRANO

CONAVI SEDATU

Page 55: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 39 DE 81

k. Acuse de recibo del beneficiario de la "Carta Felicitaclón al Beneficiario del Programa" (Anexo 12) emitida por el Sistema CONAVI;

l. Copla del expediente técnico del proyecto de solución habitaclonal que deberá estar conformado al menos por: Planos y/o croquis, cuantíñcaclón de materiales y explosión de Insumos, presupuesto de obra y descripción del proyecto de la solución habltaclonal, documentos que deberán ser elaborados por un Organismo Ejecutor de Obra. Para el caso de los mejoramientos para ta regularización jurídica de la propiedad no aplicará este numeral;

m. Copia del acta entrega recepción de la obra expedida por el Organismo Ejecutor de obra y debidamente firmada por la beneficiaría o el beneficiario y el responsable del Organismo Ejecutor de Obra; en el cual se incluya una imagen del proyecto de la solución habítaclonal concluida, con excepción de los mejoramientos que se apliquen para la regularízadón jurídica de la propiedad.

n. Copla de contrato o documento de prestación de servlclos entre el orgal11smo Ejecutor de Obra y la beneficiaria o el beneficiarlo.

o. En los casos de ragularlzaclén jurfdlca de la propiedad; copia del inicio del trámite de inscripción de las escrituras, ante tas Institución Registra! correspondiente.

p. Original del Informe de Contraloría Social (entregado por la Eht1dad Ejecutora) (Anexo 13),

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

Fecha de Emisión: Abril/2018

•iiii!••

m. Adquisición de lote con servicios a. Copia del documento ;'SolldtUd (je Subsidio Federal" (generado por el Sistema CONAVI Anexo 5); b. Copla del "Certiflcado ele Recepción de Subsidio" (generado por el Sistema CQNAVI) (Anexo 6); c. Copia de la Clave única de Regl~tro de Población de la beneficiaria o el beneficiarlo {CURP). En caso

de que la Clave aparezca en la identificación oficlal presentada por el beneficiario o ta beneflcl no será necesario incluir copia de ésta;

d. COpia dé la ideritlfü:adohofitialcofffótograffa de la beneficiaría o el beneficiarlo; pudiendo algunas de las siguientes:

L Credencial para votar vigente expedida por el Instituto Federal Electoral (!FE) o por Instituto Nacional Electoral (INE);

ll, Cédula profesional expedida por la secretarla di;¡ Educación Pública (SEP), o iii. Pasaporte Vigente¡ al momento de reclblr el subsidio.

e. Copla del documento señalado en el artículo 17 del presente Manual, relativo a la atenclón y orientación de la Entidad Ejecutora al solicitante (Anexo 4), eh el que se hace del conocimiento del

b. e .. neficlari·o. sobre sus·. el. erech.os y obltga.cion.es .al recibir el subs.1d1o···i así como los requi.sitosrque debe cumplir para ello; · f. Copla de la Escritura pública expedida a favor de la beneficiarla o el beneficiario (de form

lndívldual): g. Copla de croquis de ublcaclón donde se aplicará el subsidio federal, y · h. Orlglnal de la CIS, de ser el caso. p

2?J

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETARIA DP. DRSARROLLO AGRARIO,

TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI CtlMISlÓN NACIONAJ.

DE vrvmNDA

SEDATU

Page 56: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

/ PÁGINA 40 DE 81

Autoproducción de Vivienda a. Copla del documento "Solicitud de Subsidio Federal" (generado por el Sistema CONAV!) (Anexo 5); b. Copia del "Certificado de Recepción de Subsidio" (generado por el Sistema CONAVI) (Anexo 6); c. Copia de la Clave Única de Registro de Población de la beneficiaria o el beneficiario (CURP); en caso

de que la Clave aparezca en la identificación oficíal presentada por la beneflciaria o el beneflclarlo no será necesario incluir copia de ésta;

d. Copia de la ldentlflcaclén oficial con fotografía de la beneficiaria o el beneficiario, pudiendo ser algunas de las siguientes;

i. Credencial para votar vigente expedida por el Instituto Federal Electoral (IFE) o por el Instituto Nacional Electoral (INE);

ii. Cédula profesional expedida por la Secretarla de Educación Pública (SEP), o ili. Pasaporte vigente, al momento de recibir el subsidio.

e. Copia del documento señalado en el artículo 17 del presente Manual, relativo a la atención y orientací6n de la Entidad Ejecutora al solicitante (Anexo 4), en el que se hace del conocimiento del beneficiario sobre sus derechos y obligaciones al recibir el subsidio, así como los requisitos que debe cumplir para ello;

f, Orlglnal de la CIS, de ser el caso; g. Copla de documento que acredite la propiedad o posesión del Inmueble donde se pretende aplicar

el subsidio federal; h. Copia del contrato en donde conste el otorgamiento del financiamiento para la solución

habitaclonal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del presente Manual; i. Documento original que acredite el pago del financiamiento por parte del beneficiario en términos

de lo establecido en el artículo 21 del presente Manual; Fotografü del beneficiario y el representante de la Entidad Ejecutora u Organismo Ejecutor de Obra, en términos de lo establecido en el artículo 25, fracción IX del presente Manual; Acuse de recibo del beneficiario de la "Carta Feltcltaclón al Beneftclarlo del Programa" (Anexo 12) emitida por el Sistema CONAVI; Copia de acta entrega recepción de la solución habltaclonal expedido por el Organismo Ejecutor de Obra o acta de finiquito en procesos de Producción Social de Vivienda Asistida, en ambos casos firmada por la beneflcíarla o el beneflclario y el responsable del Organismo Ejecutor de Obra o en su caso, en la cual se incluya una fotografía de la solución habitaclonal donde se aplicó el subsidio;

m. Copia del expediente técnico del proyecto de vivienda que deberá estar conformado al menos por: Planos y/o croquis, cuantificación de materiales y explosión de insumos, presupuesto de obra y d cripci6n del proyecto de la solución habltaclonal, documentos que deberán ser elaborados por

Organismo Ejecutor de Obra.

IV.

i. Orlglnal del Informe de Contralorfa Social (entregado por la Entidad Ejecutora) {Anexo 13).

SEDATU c. ,,t~UlO:\' ,fr¡: ~:~tJ CONAVI SJ1CRETi\R[A DE CO.MlSltJN N,\CJóN¡\L

DF.S1\ R ROLLO t\G Rt\ RlO, DF VlVlrNOA

T!iRIUTORIAL Y URBANO

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

Fecha de Emisión: Código Versión Abril/2018 QCW.40-MOPAFSH-001 09

Page 57: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 41 DE 81

l, La Entidad Ejecutora deberá entregar la documentación original comprobatoria del otorgamiento del

s. u·b··· sldlo fe.deral (original de la sollcltud y certificado de rece. pció.n del subsidio federal) a la DSV .. s (Anexo,. S. y 6), en función del volumen mensual de subsidios federales y conforme a los plazos señalados en 1 siguiente tabla:

ARTÍCULO 32.M oi; LA REMISIÓN DE DOCUMENTOS COMPROBATORIOS bEL SUBSIDIO/!. LA CONAVJ POR e~ MODALIDAD DE SOLUCIÓN HABITACIONALA CARGO.DE LA ENTIDAO EJECUTORA. . . ::~:;~:~~=~i~r~:~;~~1,~ri~ff r~~~~:::;~:~~;:~~=~;~:~x~~:;~:·~~:~~~~:~::f :i ~·~

~ artículo, .. . .. . . . · \\\ .

Para efectuar la remisión de los documentos comprobatorios del subsidio federal, se deberán seguir los siguientes· .. pasos:

Para el casó de benéflclariosfas] mscrjtos en el RIF, el FOVI vigilará que las EntJdades Financieras Participantes, conserven y custodien los expedientes de los beneficiarios del subsidio federal para vivienda

Esta obligación a cargo de la Entidad Ejecutora se mantiene por el plazo previsto en este artículo aun cuando ésta deje de operar el Prógrama por cualquier motivo y en caso de que ceda su cartera a terceros, esta obligación deberá transmitirse al cesionario, siendo la Entidad Ejecutora responsable directa de que el ceslonarlo la acepte corno se estipula en este artículo vsea responsable solidario de que así lo cumpla el referido cesionario.

El tiempo de guarda de los documentos que integran el Archivo Contable Gubernamental será de dlaz años y deberán estar a disposición de la CONAVl, así como de los Organismos Fiscalizadores referidos en el presente Manual, para efectos de evaluación, control, seguirnlento y auditoría.

i-! 1-_;-

n. Copta de contrato o documento de prestación de servicios entre el Organismo Ejecutor de Obra y la benañclar!a o el beneficiarlo.

o. Original del Informe de Contralorfa Soclal (entregado por la Entidad Ejecutora (Anexo 13) ARTÍCUl.O 31.- DE LA GUARDA V CUSTODIA DEL EXPEDIENTE DEL SUBSIDIO POR LA ENTIDAD EJECUTORA La E ntld ad Ejecutora conservará y custo dí ará e 1 "expediente del su bsldio" de las ben eflci arias y 1 os be neflcí arl os del subsidio federal (especificados en el artículo 30 del presente Manual), de conformidad con el artículo tercero del "Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos a que se sujetará la Guarda, Custodia y Plazo de Conservaclón del Archivo Contable Gubernamental", publicado en el Diario Oficia! de la Federación el martes 25 de agosto de 1998, así como lo estatuido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares.

Versión 09

Oódiqo QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISIÓN NAPdNllL btVll'll!Nllll

SECllE1'ARÍA Oíl DESARROLLO AGRARIO,

TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 58: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 42 DE; 81

~/ . \

v.

IV.

111.

11. Dentro de los primeros 10 días hábiles de cada mes la CONAVI enviará, por el medio electrónico que establezca, a las Entidades Ejecutoras el reporte mensual de comprobación¡ El Reporte Mensual de comprobación tendrá que ser revisado por la Entidad Ejecutora y, una vez validado, deberá enviarlo por el medio electrónico que se establezca a la CONAVI dentro del plazo señalado en la tabla de plazos de entrega de documentación comprobatoria, señalado en la fracción 1 del presente artículo. En caso de no remitirlo en el plazo, la CONAVI asumirá que es correcto y la Entidad Ejecutora deberá comprobar todas las operaciones señaladas en el Reporte Mensual de Comprobación, de no hacerlo se hará acreedora a una amonestación; Todos los documentos deberán contener la misma información que se registre en el Sistema CONAVI, así como en el "expediente del subsidio" que resguarda la Entidad Ejecutora, y Los plazos de entrega serán los establecidos en la "Tabla de Plazos de Entrega de documentación cornprobatorla" (fracción l de este artículo). Para el caso de beneficiarios bajo el esquema de Proyectos Institucionales o Extraordinarios, previstos en el numeral 8.2.4 de las Reglas de Operación, los plazos para la entrega de documentación serán los previstos en este artículo, salvo aquellos que por su propia naturaleza se establezca en los lineamientos de operación de cada Proyecto. En caso de no entregar la documentación original comprobatoria del otorgamiento del subsidio federal (original de la solicitud y certificado de recepción del subsidio federal), en los plazos establecidos en el párrafo que antecede, podrá sollcltar prórroga para la entrega de los documentos faltantes, siempre y cuando sea justificada plenamente, en cuyo caso deberá sollcitarla antes de que se venza el plazo de entrega, ya que de no realizarla se procederá a las sanciones establecidas eh el artículo 45, fracción t, inciso a del presente Manual.

Ira el caso de beneficiarios(as) inscritos en el RIF, el FOVI vlgilará que la.s Entidades Financieras participantes tr guen 1 documentación original comprobatoria del otorgamiento del subsidio federal.

/

1/ Contados a partir del prlrner día del mes posterior al que recibió el depósito del subsidio federal. 20 + 60 1601

40 1600 1001 5 30 1000 401

400 DE COMPROBACIÓN

ENTREGA DE ANEXOS 5 Y 6 VERIFICACIÓN DE REPORTE MENSUAL

20 1

Subs1dlos federales otorgados en el mes (expedientes)

PLAZOS EN DÍAS HÁBILES 11

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

~IJMISIÓN NM)l<.INAL DE \'t\'ff:NDi\

SECJrnTAJtiA DJl DESAllROLLO AGRARIO,

TElUUTORlAL Y URIJANO

CONAVI SEDATU

Page 59: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

1 •

111.

Al momento de-entregar-las-doeumentos-Sollcltud de Subsldlo.Pederal v.el Certificado de.Recepclón de.Subsldin, se

deberá observar lo sigulente: } l. La Entidad Ejecvtora deberá integrar la Solicitud y e! Certificado de Recepción de Subsidio =,

emitido por el Sistema CONAVI, los cuales deberán estar engrapados y organizados en orden alfabético, e -, acuerdo con el primer apellido de la beneficiaria o el beneficiario; _::_~ t

11. La Entidad Ejecutora adjuntará un listado Impreso en el cual se deberá especificar el número de documentos que entrega y la fecha de operación del subsidio federal de cada uno de ellos; ' los servidores públicos de la CONAVI designados para recibir la lnformaci6n mencionada o persona asignada por la misma en la fracción anterior deberán revisar que el listado corresponda con el número de / documentos que indica la Entidad Ejecutora. En caso de que no corresponda la información, en ese 1' ~'': momento indicarán a la Entidad Ejecutora cuales son los documentos faltantes y, en su caso, sollcltarán la · / aclaración. /' En el caso en que no se entregue personalmente a algún servidor público de la CONAVI designado para recibir la Información mencionada (se entregue en Oficialía de Partes u otro), se considerará 'º7

PÁGINA43D'81 ,)>/ e: ~ '35

,,,, VIII.

r) ~.- ..

ARTÍCULO 34.· DE LA PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS POR LA ENTIDAD EJECUTORA EN LAS OFICINAS DE LA CQNAVI La Entidad Ejecutbra deberá presentar físicamente en las oficinas de la CONAVI, en días hábiles y en el horario comprendido de las 9:00 a las 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas, para la entrega, segun sea el caso, la siguiente documentación:

l. Documentación para su Adhesión, a la SGFEFSV; 11. Oficio de Cambio de CLABE bancaria, a la SGFEFSV con copia a DPOS;

111. Oficios de solicitud de presupuesto y calendario de ejercicio, a la SGFEFSV¡ IV~ Oficios de aclaración de la Entidad Ejecutora a la CONAVI, a la CGS; V. Oficios de notlficaclón de devolución de subsidios federal, a la CGS con copia para la DPPE; VI. Oficios de notificación de paga de cargas financieras, a la CGS con copla para la DPPE¡

VII. original de la "Solicitud de Subsidio Federal" Anexo 5 y "Certificado de Recepción de Subsidio" Anexo 6, a la DSVS, o blen donde lo señale la CONAVI, y Cualquier otro documento, a la CGS con copia a la SGSDI y a la $GFEFSV.

En caso de que la Entidad Ejecutora requiera que la documentación sea remitida a un domicilio distinto al señalado en el párrafo anterior (incluyendo actualización de los mismos), deberá solicitarlo mediante escrito dirigido a la CGS con copla a la SGFEFSVy a la CGAJ, con la respectiva fírrna autógrafa del Representante Legal.

ARTÍCULO 33.~ DE LA COMUNICACIÓN ENTRE LA t:ONAVI V LA ENTIDAD EJECUTORA Toda comunícación que la CONAVI remita a la Entidad Ejecutora será enviada a la persona que firma el Convenio de Adhesión y/o al enlace que designe la Entidad Ejecutora y se hara en el dornlclllo, teléfonos y/o correo electrónico indicados en el mismo.

Fecha de Emisión: Abrll/2018

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETARiA DE DESARROGl<O AGRARTO,

TERRITORIAL Y URBANO

COMISIÓN NACIONAL DE VIVTF.NOA .

CONAVI SEDATU

f,.

~

Page 60: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 44 DE 81

c. b.

Realice un diagnóstico pata proponer y desarrollar la(s) mejor(es) opción(es) técnlcats) para la construcción de la(s) soluclón(es) habitacional(es), acompañar, verificar y supervisar los procesos constructivos; " Verificar con las autoridades competentes que la vivienda no se encuentre en zona de riesgo; Concluya las soluclones habltaclonales cumpliendo los siguientes criterios: ¿

l. Sean acordes con entorno y condicíones bloclímátlcas; / ii, Atiendan las necesidades del usuario y su capacidad económica: ,/1.

iiL Se apeguen al Catálogo de Condiciones de Precariedad de ]9 Vivienda contenido en las Reglas de Operación, y

a.

De requerirlo, la Instancia Normativa podrá solicitar copia del mencionado convenio y expediente técnico de la Solución Habitacional. La Entidad Ejecutora es responsable de verificar que el Organismo Ejecutor de Obra con quien .. /_f pere el programa, cumpla con lo siguiente:

/>«

l. Fecha y forma de pago del subsidio y del ahorro previo de la Entidad Ejecutora al Organismo Ejecutor de Obra.

11. Compromisos establecldqs entre el Organismo· Ejecutor de Obra y la Entidad Ejecutora.

111. Mecánica operativa para Ja reallzaclón de las soluciones habltaclonales, LV Responsable (s) del proyecto de ejecución. V. Plazo o período del Inicio y conclusión de la solución habitacional.

ARTÍCULO 35.- PROCEDIMIENTO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ORGANISMO EJECUTOR DE OBRA CON LA ENTIDAD EJECUTORA PARA LA MODl\LIDA.D DE AUTOPRODUCCIÓN, AMPLIACIÓN 0 MEJORAMIENTO La Entidad Ejecutora firmará con el Organismo Ejecutor de Obra, un convenio marco donde se establecerán las condiciones para la operación del Programa, con la finalidad de dar certidumbre al desarrollo, acompañamiento, verificación, y supervisión de los procesos constructivos para las soluciones habítaclonales sujetas de subsidio federal, así como garantizar la calidad y seguridad estructural de las viviendas ejecutadas a través de una garantía de cumpllmiento emitida por el Organismo dicho convenio deberá contener como mínimo:

hasta que se haya revisado el listado y corresponda con el número de documentos que se indica, considerando que en caso de que la CONAVI detecte la falta total o pardal de los documentos de referencia, se le informará por los medios que se considere pertinentes y por una sola vez, a la Entidad Ejecutora para que subsane dicha omlslón en un plazo de S días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación, apercibiéndole que en caso de no ser atendido e! requerimiento se le tendrá como no presentado.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMlSlÓN NAClDNAL DE V!VIP.NDA

SECRETARIA DE DESARROl.l.ó AGRARTO,

TERRITORiAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

·---; }" r.:

1·p1

Page 61: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Código QCWAO-MOPAFSH-001

iv. Cuenten con seguridad estructural, llurnlnación, habitabilidad, ventilación y opciones de progreslvldad,

d. Atender a las observaciones de la CONAVI respecto a la informadón solicitada en el numeral anterior¡

e. De cu mpllmlento al proceso operativo registrado ante la CONAVI, Reglas. de Operación y Manual de Procedimientos;

f. Realice directamente las acciones de Asesoría Técnica Integral¡ g. Realice directamente o a través de terceros calificados, las acciones de cohesión social por las que

la solución habltaclonal obtenga puntaje, siendo el Organismo Ejecutor de Obra responsable de su aplicación y resultado;

h. Presente evidencia tanto documental como del resultado obtenido sl realiza procesos de inclusión social, Diseño Participativo y Organización Comunitaria;

i. Colabore y faclllte los actos de supervlslóri, visitas domiciliarias, auditorias, inspecclones, verífícaclones o actos de control y seguimlénto que lleve a cabo la CONAVI de forma directa o a través de terceros;

j. Partícipe en las capacitaciones y reuniones a las que la CONAV! lo convoque¡ k, Rec;lblr del organismo Ejecutor de Obra del proyecto técnico de la solución habitaclonal y los

términos de garantía del mismo; l. Previó a la solicitud del subsidio por parte de la Entidad Ejecutoí'a, asegurarse de que cuente con

las Claves Únicqs de Vivienda (CUV) registradas por el Organismo Ejecutor de Obra; m. Para la modalidad de autoproducdón, previo a la solicitud del subsidio por parte de la Entidad

Ejecutora deberá obtener el puntaje respectivo en la plataforma que la CONAVl designe. El Organismo Ejecutor de Obra deberá cumplir con todos los atributos que auto declare;

n, Celebre contrato o documento de prestación de servicios entre el Organismo Ejecutor de Obra y la beneflelarla-o-el beneffclarío.

o. Para autoproducclón de vivlenda, 1<! Entidad Ejecutora deberá Informar al Organismo Ejecutt>l\<!e ~ Obra, la fecha de operación del subsidio y comience el periodo de 155 días naturales P\~, comprobar fa conclusión de la solución habltaclonal, · ~·-~ . .

p. Verificar qu. e. el Organismo Ejecutor de Obra propor. e.Ion. e. la As .. esoría Técnica Integral de acuerdo' \. , r·· con lo señalado en e! glosarlo de térrnjnos del presente Manual, y \ V .

q. ~n Producción Social de Vivienda Aslstlda, Indicar eh los proyectos, los alcances reales acordados · ....-, con la beneflclarla o beneficiario en relación al costo de la Solución Habltaclonal que garanticen la ,

habitabilídad de la vivienda y contemplen Ja progreslvldad, V\-\ n los casos en que el Organismo Ejecutor de Obra y la Entidad Ejecutora sean la misma Institución, la firma del· / nvenlo marco no será necesario y esto no lo exlrne de cumplir con las condiciones anteriormente menctonadas.: e

' eser sanclonado conforme consta en los arttculos 50, 51y5Zdel presente Manual. _Y.' PÁGINA45DE81 ;?</¿ .r

Versión 09

Fechade Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMlSJóN NACIONAL ORVJ'ITTP.NDo\ SBCIUl'fAiúADE

DESA!\ROLLO AGRARJO, TERRl'l'OlU.AL Y UI\l>ANO

CONAVI SEDATU

Page 62: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 46 DE 81

'J I

! } 1, •

111.

l. La Entidad Ejecutora deberá verificar que: a. La vivienda deberá contar con la Clave Única de Vivienda (CUV) emitida por el RUV; b. La formalización del instrumento jurídico, en donde conste la adquisición de la vivienda, cumpla

con lo establecido en la ley aplicable, por ejemplo, que se eleve a escritura pública; c. En la escritura pública conste la manifestación de la beneficiaria o el beneficiario de que ha recibido

un subsidio federal, estipulando el monto del mismo; d. Bajo responsabilidad de quien oferta la vivienda cumpla con lo dispuesto en las normas o leyes

aplicables, en materia de licencias y permisos, así como las demás disposiciones de orden federal, estatal y municipal;

e, Que la vivienda no se encuentre ubicada en zona de riesgo; f. El solicitante obtenga un ingreso individual de hasta cinco veces la UMA mensual, salvo los

derechohabientes de FOVISSSTE cuyo ingreso individual será de hasta 2.8 veces la UMA; g, El solicitante cumpla con el perfil previsto en las Reglas para ser benefíclario{a} de! subsidio federal,

y h. El ahorro previo no podráser menor al monto equivalente a cinco veces la UMA mensual, ni mayor

al 20 por ciento del valor total de la solución habltaclonal a excepción de las operaciones con /J INFONAVIT.

11./1. j Se considerará.n las viviendas ubicadas dentro. ~e un Po~ígo~? Urbano Estratégic~ c~ando és.te ha~a sído .1 ... ······ ·, aprobado previamente por el Grupo de Evaluac10.· n, Autonzac1on,.Promoclón y Segulmlento de los Polfgoríos y Urbanos Estratégicos (GEAPS), considerando para estos efectos a las viviendas que se encuentran en áreas integralmente planeadas que buscan contribuir al ordenamiento territorial y urbano, y armonizar las interrelaciones de los procesos urbanos, económicos, sociales, amblentales y territoriales en las distintas localidades, ciudades, metrópolis y reglones del país; Los montos de otorgamiento de subsidio federal por modalidad serán conforme a las Reglas de Operación, y El subsidio federal se otorgará para viviendas que estén ubicadas en Perímetros de Contención Urbana y cuenten con: servicios de luz, agua, drenaje o equivalente, alumbrado público, calles y/o andadores peatonales terminados, Inscripción en el Registro Público de la Propiedad o clave catastral. Para el caso de los miembros de las Fuerzas Armadas no se requerirá Puntaje de Ubicación y Sustentabilidad del E torno, por lo que podrán adquirir una vivienda nueva o usada dentro o fuera de los Perímetros de

ARTÍCULO 36.- ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA O USADA Los lineamientos aplicables para la modalidad de adquisición de vivienda, sin Importar que sea nueva o usada, serán los siguientes:

CAPÍTULO lll DE LOS LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS POR MODALIDAD PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA

Versión 09

Código QCW.40-MOP AF S H-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISIÓN NA<JIONAL DE VIVIENDA

SECRF.TARÍA DE DESARROLLO AGRARIO,

TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 63: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA47 DE 81

La Entidad Ejecutora verificará que: a. La vivienda cuente con la Clave única de Vivienda, emitida por el RUV; b. El monto del subsidio federal será el que establezcan las Reglas de Operación segün la rnodalida

y c. Los parámetros de ubicación que indicados en el Manual de Operación o "Guía de Aplicaclón del

Anexo de Puntaje de las Reglas de Opera~íqn para desarrolladores y verificadores" quese publicará en la página: http://cotiaVi.gob,mX/subsidioscconavl, a cargo de la SGAVPS.

d. La vivienda usada no se encuentre en perímetros de contención urbana U3 o fuera de los pertmetros de contención urbana.

A TÍCULO 39." AMPLIACIÓN V/O MEJORAMIENTO DE VIVIENDA .A .P. l. Los lineamientos aplicables para la modalidad de ampliación y/o mejoramlento de vivienda serán los ~1 '

siguientes: ~

a) La Entidad Ejecutora deberá verificar que: p-

»: !

1.

Los parámetros de las fichas de punta]e indicados en el Anexo 2 de las Reglas de Operación están explicados en la Guía de Aplicación del Anexo de Puntaje de las Reglas en !a página web: http://www.gob.mx/conavi, a cargo de la

SGAVPS.

ARTÍCULO 38.- ADQUISICIÓN DE. VIVIENDA USADA Los lineamientos aplícables para la modalidad de adquisición de vivienda usada, además de los estabiecldos en el artículo 36 del presente Manual, serán los siguientes:

l. La vivienda cuente con la Clave Única de Vivienda, emitida por el RUV; ii. Que [a medición de puntaje .de la vivienda se otorgue de acuerdo a lo establecido en las Reglas de

Operación¡ salvo para los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas. íll, Que el puntaje otorgado a la vivienda por el RUV cumpla con los lineamientos, criterios y parámetros

señalados en las Reglas, salvo para los miembros de las Fuerzas Armadas Mexicanas.

ARTÍCULO 37.- ADQUISICIÓN DE VIVIENDA NUEVA Los lineamientos aplicables para la modalidad de adquisición de vivienda nueva que deberá verificar la Entidad Ejecutora, además de los establecidos en el .artfculo anterior, serán los siguientes:

Para el caso de los derechohablentes IN FONAVIT, los subsidios serán otorgados conforme a manual de procedimientos específfco.

Contención Urbana. Sin embargo, ta Información de la vivienda se Inscribirá en el RUV según lo determine la CONAVI y se utilizará con fines estadísticos.

Versión 09

Código QCW.40~MOPAFSH-OO 1

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CbMiSIOI'! ~l/,.CIONAL D ~ Vf.';'IRNDA

CONAVI SEDATU Sl\CRF:l'AlÜA DI!

DESARROLl.O A.GRARlO, TllRRTTORlAL.'[URBANO

Page 64: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 48 DE 81

VP= Valor del Proyecto AH= Ahorro Previo F = Financiamiento S= Subsidio X= Aportaciones

Ejemplo: VP (100%} = AH(5%) + F(55%-X%) + S{40%)

l. La acción de vivienda quede registrada en el sistema RUV con una Clave Única de Vivienda (CUV); ll. La ejecución del proyecto deberá de concluirse en un plazo máximo de 90 días naturales contados

a partir de la fecha de operación del subsidio federal; · lii, Las soluciones habitacionafes de ampliación y/o mejoramiento de vivienda deberán contar con

asistencia técnica integral de un Organismo Ejecutor de Obra y necesariamente deberá destinarse a la consolldaclón y/o renovación de una vivienda ya existente;

iv. La solución habitacional de ampliación y/o mejoramiento de vívlenda que se ubique dentro de los perímetros de contención urbana, cuente con los servicios de luz, agua, drenaje o equivalente, y de preferencia con alumbrado público, calles, guarniciones y/o andadores peatonales terminados. Cuando se ubiquen fuera de los perímetros de contención urbana preferentemente con sistemas de disposición de residuos sólidos o saneamientos asequibles en el sltlo y servicios de luz y agua. El contrato donde conste el financiamiento otorgado, se especifique el monto del subsidio federal, el ahorro previo de la beneficiaria o el beneficiario y la descripción del proyecto de la ampliación y/o mejoramiento de vivienda:

v. El proyecto de ampllaclón y/o mejoramiento de vívrenda cumpla con lo dispuesto en los Criterios Básicos de Habitabilidad aplicables a la modalidad y las normas o legislación aplicable en materia de uso de suelo para fin habitacional; '

vi. El proyecto de mejoramiento y/o ampliación no se encuentre en zona de riesgo; vil, El solicitante cumpla con el perfil previsto en las Reglas para ser beneficlario(a) del subsidio federal,

y )liii. Verificar el avance y conclusión de la solución habitacional en el plazo establecido.

,/Jix. Hasta contar con Jos sistemas habilitados en RUV, que el proyecto lleve verificación de obra de ..¡/ / conformidad al artículo 29 del presente manual. ¡ -~ b) Las beneficiarias o los beneficiarios podrán acceder a uh monto máximo de subsidio federal de acuerdo

a lo siguiente: i. El valor de! proyecto debe ser equivalente a fa suma del ahorro previo aportado, el financiamiento

otorgado por la Entidad Ejecutora, las aportaciones en caso de existir y el monto del subsidio federal.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

C().M!5lÜN N¡\<.:10.NAL nt vtvu:~DA S.llt:llliTAll(A P.E

Dl!S/\ RllOl.J,Q. AGJl.J\.RIO, TilRRiTOllIAL'Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 65: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 49 DE 81

ARTICULO 40.-AUTOPRODUCCIÓN DE VIVIENDA ~ ~ Los lineamientos a.plicab.les pa.ra la m. odalidad de autoproduccíón de vivlenda serán los slgulentes: \: , ..

l. La Entidad Ejecutora deberá verificar que: ~- a. El proyecto de autoproducc1ón de vivienda quede registrado en el sistema RUV con una clave únic~ """"

de vivienda (cuv) y deberá ser desarrollado, construido o asesorado por un Organismo Ejecutor de'. ..

b. ~~1vª_1~mente al In. lelo de obra- del proyecto de vivienda, se c. ue. nte con una sollcltud de subsidio-¡\)\\ Inscrita en el sistema de CONAVI. · .' . \)

c. Los proyectos desarrollados por el Organismo Ejecutor de Obra cumplan Con los lineamientos, . / · parámetros, puntaje y Criterios Básicos de Habitabilidad publlcados por la CONAVI; $ -

-'><_--- ;_,./·¿· -- -1 J_ if>_ . ¿;::<·/ ~ ·7

»:

,. t, ,. ,. [ i

Para el caso de las.beneflclarías v.los.beneflclaríos bajo el esquema de. Mejoramiento JntegraLSustentahle,Jos subsídios serán otorgados conforme al Manual de Procedimientos específico.

,-_-, 1-". , __ L---

~ ¡_: ~

t:·

íL Ef ahorro previo no podrá ser mayor al 30 por ciento del valor total de la arnpllaclén o mejoramiento, en caso de que se otorgue en mano de obra, el costo no podrá ser mayor del 10% de la solución habltaclonal y el 20% restante deberá entregarse en efectivo o en especie.

11. Dentro del valor del Proyecto, el esquema de ahorro previo puede ser en especie y/o mano de obra, y deberá ser aplicado en et desarrollo del proyecto; excepto cuando el mejoramiento sea para la regularización jurídica de la propiedad;

111. El costo de la mano de obra para la ejecución de la solución habltaclonal no podrá exceder el 15% del valor total del proyecto,

IV. El subsidio federal otorgado para mejoramiento y/o ampliación puede ser utllizado para la regularización de la propiedad ante el Registro Público de la Ptopiedad y/o Catastro, así como ante el Registro Agrario Nacional, cuando se trate de una propiedad éjidal comunal, y

V. La CONAVI verificará que: L El subsidio federal para la modaJidad de mejoramiento de vivienda se otorgue en un máximo de 3

exhibiciones; ii. El plazo transcurrido entre cada exhibición otorgada al beneflclarlola] no sea menor a 90 dlas

naturales entre las fechas de dispersión de cada operación y exista la evidencia conclusión a través de fotografía de la solución habltaclónaí, misma que deberá integrarse en el expedlente del subsidio mencionado en E!! artículo 30 del presente manual, y

lii. El Organismo Ejecutor- de Obra deberá entregar a la Entidad Ejecutora én el plazo señalado en el párrafo anterior, el acta entrega recepción de la solución habltaclcnal (finiquito de obra), debidamente firmada por e! representante del Organismo Ejecutor de Obra y la beneficiaria o el beneficiarlo y deberá estar integrada en el expediente señalado ~n e! artículo 30 del presente Manual.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-OO 1

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CüMlSJÓN NáCJONAl, DB VTVTllNDA SECRETARIA DI!

DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 66: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

/ /

' '~._J. l'

/

~~,-

/ PÁGINA 50 DE 81

Los montos de subsidio federal serán otorgados conforme a las Reglas de Operación vigentes; Para el otorgamiento del subsidio federal a la modalidad de autoproducción, se debe comprobar propiedad o posesión, del lote o terreno donde se realizará la solución habitacional; De tro del valor del proyecto, el esquema de ahorro previo puede ser en especie y/o mano de obra debidamente do ument do en el expediente del subsidio y este sea aplicado en el desarrollo del proyecto;

d. El Organismo Ejecutor de Obra gestione el pago de la verificación conforme a las políticas establecidas por el RUV;

e. Para solicitar el pago del subsidio, que el Organismo Ejecutor de Obra acredite el Avance de obra requerido hasta la hílada a nlvel de ventanas o su equivalente;

f. Se acredite la conclusión del proyecto dentro del plazo máximo de 155 días naturales contados a partir de la fecha de operación de subsidio de cada operación.

g, El Organismo Ejecutor de Obra deberá entregar a la Entidad Ejecutora en el plazo señalado en el inciso anterior, el acta entrega recepcíón de la solución habltaclonal (finiquito de obra), debidamente firmada por el representante del Organismo Ejecutor de Obra y la beneficiaria o el beneficiario y deberá estar Integrada en el expediente señalado en el artículo 30 del presente Manual;

h. La acción de autoproducclón cumpla con los lineamientos, parámetros de ubicación y sustentabllldad del entorno señalado en las Reglas, así como los Criterios Básicos de Habitabilidad aplicables;

l. Las acciones de autoproducclón de vivienda no deberán presentar condiciones de precariedad conforme a lo señalado en el Anexo 2, inciso B de las Reglas de Operación;

j, La acción de autoproducción que se ubique en zonas urbanas, cuente con: servicio de luz, agua, drenaje o equivalente y, preferentemente, cuenten con alumbrado público, calles, guarniciones y/o andadores peatonales terminados. Cuando se ubiquen en zonas rurales o en transición, cuente con sistema de disposición de residuos sólidos asequibles en el sitio y de preferencia, con servicio de luz y agua o sus equivalentes;

k. En el contrato donde conste el financiamiento otorgado, especifique el monto del financiamiento, del subsidio federal, del ahorro previo y de ser el caso las aportaciones, así como una descripción del proyecto de autoproduccíón de vivienda. De igual forma, garantizará que cumpla con las formalidades establecidas por la ley aplicable; El proyecto de autoproducclón cumpla con lo dispuesto en las normas, o legislación aplicable, en materia de uso de suelo para fin habltacional y vivienda¡

m, El proyecto de autoproducción no se encuentre en zona de riesgo; n. El solicitante cumpla con el perfil previsto en las Reglas para ser beneficiai"io{a) del subsidio federal,

V o. Verificar y documentar la conclusión de la solución habltaclonal en el plazo establecido. Para lo

anterior, la Entidad Ejecutora deberá asegurar que la solución se encuentra capturada y validada por un verificador dentro de la plataforma del RUV con un avance de obra igual al 100%, asl como cumplir con criterios de habitabilidad.

Versión 09

Código QCW.40~MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la--Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISJÓN NAClQNA!, Dl'VIVIP.NDA

SECRETARiA DE DESARROLLO AGRAfllO,

TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 67: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA si DE $1

La Entidad Ejecutora deberá verificar que: a. El lote o terreno en donde se ejecutará la acción de vivienda cuente con la CUV, expedida por el i ~

RUV; I ' b. El lote se ubique dentro de los perímetros de contención urbana establecidos por la CONAV1'1i ( ,1

través del sistema RUV), en cuyo caso la beneficiaría o el beneficiario podrá acceder a un mont~ _,., máximo de subsidio federal, de conformidad con lo que se establece en Reglas de Operadón; J?\\.:::::s.

c. La medlclón de puntaje de la vivienda se otorgará de acuerdo a lo establecido en las Reglas de, Operación; ,

d. Se acredite la propiedad y el terreno cuente con infraestructura básica: agua potable, drenaje, alumbrado p~l:iHco y energía eléctrica y se cumpla con los prerrequisítos establecidos en el Anexo 2 de las Reglas de Operación:

l.

ARTÍCULO 41.• ADQUISICIÓN DE LOTE CON SERVICIOS

Versión 09

Códlgo QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

SECRETARÍA l)ll DESARROLLO AGRATIIO,

TERIUTORJAL Y URBANO

COMISJÓN NACIONAL o~vrvrnNot\

CONAVI

1 1

¡:.

1 ¡ t

SEDATU

v. Los parámetros de las fichas de puntaje indicados en el Anexo 2 de las Reglas están explicados en la Guía de Apllcacíón del Anexo de Puntaje de las Reglas en la página web: http://www.gob.mx/conavi, a cargo de la SGAVPS,y

VI. Las Entidades Ejecutoras que operan a través de un Organismo ejecutor de Obra bajo proceso de Producción Social de Vivienda Asistida, se sujetarán a los siguientes lineamientos;

1, Los proyectos tendrán un plazo máximo de 160 días naturales para comprobar la concluslón de la soluclón habttacional mediante la verificación final, contados a partir de la fecha de operación del subsidio federal;

2. La verificación de obra se regulará por los siguientes lineamientos: a. Primera verificación, cuando se cuente con una hilera o más de mampostería o material

equivalente de los vanos de las recámaras, la altura puede ser variable entre 90 y ¡20 cm, según la región bíoclimátlca. Es lmportante que se· muestre el inicio de vanos en las ventanas. Para los proyectos que sean registrados en el sistema RUV como individuales, se tomará en cuenta el catálogo de conceptos y los alcances del presupuesto para constatar el equivalente al 30% dé avance físico-financiero, y

b. Al final de la obra, el supervisor verificará el 100% de la construcción, conforme a los criterios mlnlmos de habrtabllldad para la modalidad de Autoproducción bajo procesos de Producción Social de Vivienda Asístida.

3. El Organismo Ejecutor de Obra, vlgllará que la famllla desarrolle el proyecto bajo los criterios de habitabilidad descritos en los criterios específicos para la modalidad bajo procesos de producción social de vivienda.

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

Page 68: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

/ ----./7 j/ ¡

/1-- iH }1 (_ ) ll/

'7'

PÁGINA 52 DE 81

Sobre aclaraciones de registros contables o dispersión de subsidíos

CGA (siendo enlace la CGS)

Sobre el cálculo de las Cargas Financieras

SGFEi=SV CGS/DPOS CGS/DPPE CGS/DSVS RUV

Proceso de Sobre la inscripción Sobre la devoludón Sobre la validación de Sobre el . 1 Adhesión de la solicitud de o reintegro del subsldlos sistema de

.// para fungir subsidio subsidio y pago de RUV

1{' como cargas financieras Entidad Ejecutora Sobre los Sobre la impresión Sobre la veríficacíón Organismos de la solicitud V de obra Ejecutores de certificado de

·Obra subsidio Sobre altas y bajas Sobre la entrega de la de usuarios en el documentación sistema de CONAVI comprobatoria del

subsidio

ARTÍCULO 42.- ASPECTOS GENERALES

11. Los parámetros de las fichas de puntaje indicados en el Anexo 2 de las Reglas están explicados en la Gula de Aplicación del Anexo de Puntaje de las Reglas de Operación en la página web: http://www.gob.mx/conavi, a cargo de la SGAVPS.

e. La formalización del instrumento jurídico, eh el cual se dé constancia de la adquisición del lote con servicios, cumpla con las formalidades establecidas por la Ley aplicable, elevarse a escritura pública;

f. En la escritura pública del lote ton servicios conste la manifestación de la beneficiarla o el beneficiario de que ha recibido un subsidio federal, en la cual se deberá especificar el monto del mismo:

g. El lote con servicios cumpla con lo dispuesto en las normas o leyes aplicables en materia de llcenclas y permisos, así como con las demás disposiciones aplicables del orden federal, estatal y municipal. Verificar que la adquisición de lote con servidos quede registrada en el sistema RUV;

h. El lote o terreno no se encuentre en zona de riesgo, y i. El solicitante cumpla con el perfil previsto en las Reglas de Operación para ser la beneficiaria o el

beneficiario del subsidio federal.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-OO 1

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISIÓN N.AClONAL . DE VTVTF.NOt\ :iECRliTARÍA DE

DESAIÚlOlLO AGRARJO, TEIÜUTO.RIAL Y URUANO

CONAVI SEDATU

Page 69: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

~//

P_/ . ,.

PÁGINA 53 DE 81

A TÍCULO 43.· DE LAS REVISIONES, SUPERVISIONES YAUDITORÍAS AL PROGRAMA P ra llevar a cabo las revísiones del Programa, se deberá de tomar en cuenta lo siguiente:

CAPÍTULO 1 DE LA VALIDACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL PROGRAMA

TÍTULO CUARTO DE LA EVALUACIÓN DEL PROGRAMA

S! la Entidad Ejecutora requiriere de alguna asesoría o apoyo sobre algún aspecto del proceso del Programa, deberá de comunicarse al área responsable de dicho proceso, a continuación, se lndlcan los responsables de los prlncl~ procesos involucrados en la operación: \ -,

' '(

En caso de que algún organlsrnoo lnstrtuolón deje de operar como Entidad Ejecutora, éste deberá de Informar con antlclpaclén de 30 días naturales a la SGSDI, a la SGFEFSV y CDM, para definir las acciones a seguir respecto de la documentación que está a guardar y custodiar.

Fecha de Emislón: Abrll/2018

Código QCW.40-MOPAFSH~001

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISION NAClONAL DEVIVIENDI\ S.llCRETAIÜA os

DESARROLLO AGRARlO, TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI

Sobre la Sobre la captura de Sobre la integración asignación información en el del expediente del presupuesta! sistema subsidio Sobre la Sobre el estatus de Sobre las revisiones difusión del las operaciones documentales a las Programa Entidades Ejecutoras

o las verlflcaclenes de la aplicación de los subsidios.

Sobre la Sobre la integración capadtadón del expediente del a Entidades subsidio en poder de Ejecutoras las Entidades

Ejecutoras y el Reporte Mensual de Comprobación

Sobre las supervlslones realizadas a los OEO

SEDATU

li ~~.-~:· ·~"·-~,-:=·-::·.,: .. ·: ~. ~--:~~:;;,~"(~f'Sj:::

,- . - ; - -.!·.;...;. ... !o . ."i...;.....;._- __

Page 70: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

_...,-· PÁGINA 54 DE 81

v.

La CONAVI identifique algún posible incumplimiento a las Reglas de Operación, al Convenio de Adhesión o al presente Manual y/o se presenten inconsistencias en la información entre lo reportado y lo registrado en los sistemas o en la documentación entregada física o digitalmente; La Entidad Ejecutora omita remitir a la CONAVI la documentación señalada en el artículo 32 del presente Manual, relativo a la remisión de documentos comprobatorios del subsidio federal: Se detecten observaciones y/o hallazgos por parte de la CONAVI o de los órganos Fiscalizadores, derivados de las revisiones que se lleven a cabo a la Entidad Ejecutora y/o a las acciones de vivienda; La Información enviada por la Entidad Ejecutora para solventar la observación y/o hallazgos no sea satisfactoria o suficiente, o La Entidad Ejecutora no remita la información y/o documentación solicitadas en tiempo y forma.

11.

La CONAVI solicitará a la Entidad Ejecutora la información necesaria para solventar eventuales observaciones, en los plaz,6s que ella establezca en la solicitud, cuando:

./} / I \f 1.

ARTÍCULO 44.- DE LAS SOLICITUDES DE ACLARACIÓN A LAS ENTIDADES EJECUTORAS

J. La CONAVI llevará a cabo, de forma directa o a través de terceros, acciones de control, seguimiento, inspecciones, visitas domiciliarias y auditorías para verificar el cumplimiento del Programa y de la normativa que lo rige, así como la correcta aplicación y entrega de los subsidios federales por parte de las Entidades Ejecutoras por sí mismas. Para tal efecto, podrá requerir a éstos cualquier informe y/o documentación relativa a la operación del Programa y la Entidad Ejecutora tendrá la obligación de entregarla en los plazos que determine la C:ONAVI;

11. La Entidad Ejecutora tendrá la obligación de otorgar todas las faclíldades (incluyendo recursos materiales y humanos) para que el personal que realice las acciones de control, segulrnlento, inspecciones, visitas domiciliarias y auditorías desarrolle sus tareas dentro de los 10 años contados a partir del otorgamiento del subsidio federal, con independencia de las facultades que en el ejercicio de sus funciones ejerza el Órgano Interno de Control en la CONAVI o el personal de algún Organismo Fiscalizador;

111. En caso de que la Entidad Ejecutora resulte con observaciones derivadas de las revisiones efectuadas, se le informará por escrito, pudiendo ser a través de la CONAVI o de un tercero (auditor externo), Entidad Supervisora u Organismo Fiscalizador, a efecto de que reaflce las acciones necesarias para su atención y remita la información necesaria para ello;

IV. En caso de que se trate de hallazgos relevantes y que incumplan con lo establecido en las Reglas de Operación o el presente Manual, la Entidad Ejecutora será suspendida del Programa hasta que la observación se declare corno solventada por el Órgano Interno de Control en la CONAVI, el personal del Organismo Fiscalizador, Enlace Regional o el auditor que la identificó, y

V. En caso de que la Entidad Ejecutora sea reincidente en dos ocasiones, de hallazgos relevantes, o no solvente las observaciones señaladas, será dada de baja del Programa de la CONAVI.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH~oo1

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CüMlSlÓN NACJONAL DF. VfVTr.NúA

SflCilllTARÍA DE DESARROLLO AGRARIO,

TERR1TORIAL Y URllANO

CONAVI SEDATU

Page 71: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

l.:

, ',

' 1

r· r: r',

l.

ARTÍCULO 45.- DE LA SUPERVISIÓN A LA ENTIDAD EJECUTORA Para efectos de llevar a cabo la supervisión, se deberán observar las siguientes reglas:

En caso de que se determinen observaciones relevantes y la Entidad Ejecutora deba reembolsar los subsidios otorgados por la CONAVI y estos asciendan a más del 10% de los recursos que se re asignen en el ejercicio fiscal, además de las cargas flnancleras debérá pagar penas convencionales de conformidad con lo que determine la CONAVI.

Podrá proceder a la suspensión Inmediata de la participación de la Entidad Ejecutora en el Programa, sin que medle amonestación, cuando:

a. Omita remitir a la. CON,l\Vl, dentro de los plazos establecidos, la documentación original comprobatoria del otorgamiento del subsidio federal (Anexos 5 y 6);

b. Omfta dar atención a las visitas domlclllartas, las auditorías, las inspecciones, las varlñcacíones y los actos de supervisión, control y segulrnlento, relacionados con el cumpllmlento del Programa, o presente Información inconsistente para la atención de las mismas; ü J

:·. ~l~~~::~::::~~~~i.~:~:;;~::i::•::~:::.~::::~:~,::v:~:,,:~::•:::,,:::~o:::::":::: ef federal, en el caso de que la beneñctaria o el beneficiario Incurra eh alguna de las causas ~ lncumpllrnlento establecidas en la normativa del Programa, derivado de la nula o la lnadecuad f supervisión de la Entlc;lad Ejecutora¡ \ t

e, lncurnpl~.· .. s·u e .. ºm.· ·. p.r· º .. mlso d. e. recibir,~ tr·a. mítar la~.soBcltudes. ~el subsidio federa.!, de acuerdo ~ ··~·· ~.. , . establecido en las Reglas de Operación, el Convenio de Adhesión y el presente Manual, o que exlst · -- · .· , discriminación comprobada en dichos trámites; \Y(

f. In. cu .. m .. pla con la verlflcación de requls.itos º. condlcio. n. es g· .. enerales. de.l sollcltante qu. ·e ... '.º califiquen1\\ (\ como beneficiario(a) del Programa, en términos de las Reglas de Operación; / ~

g. En su caso, no realtce las devoluciones de los recursos solicitados en el tiempo establecido en e~ _

presente Manual: . ¿ ft 1

~ PÁGINA55DE81 e I ~

La reposrcion de los documentos derivados por inconsistencias, atribuibles a las tntldades Ejecutoras, invariablemente deberán ser sustituidos en original y firmados por la beneficiaria o el beneñclarlo, En caso de incumplimiento de las obligaciones, condlclones y requisitos establecidos en las Reglas de Operación y el presente Manual, que afecten tanto a las beneficiarías o los beneficiarlos como a la modalidad de soluclón habltacional, o no se pueda demostrar su cumplimiento a la CONAVI o cualquier órgano de fiscalización, la i;nt\dad Ejecutora quedará obligada a reembolsar el monto del subsldlo federal con los rendimlentos financieros que determine la CONAVI, en caso de que no reembolsé los recursos, la Entidad Ejecutora será dada de baja del Programa y Sé lnlclará procedimiento de recuperación judldal por la vía legal idónea.

Versión 09

Código QCW.40~MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abríl/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso ai Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETAJliA Dll DF.SARROLLQ AGRAR10,

T]RRITOIUAL Y URBANO

¡·-·

l5 CONAVI

¡-_-._

¡_·~- ¡_ - .

COMlS!ÓN NAOJONAL 00.VIVI HND¡\

SEDATU

Page 72: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

~

(.11 ~ 'l /

1 /

I /; / _.

/' /

PÁGINA 56 DE 81

¡4 ~ / TÍCULO 46.- DE LAS CARGAS FINANCIERAS

~

.. '~ •.. ' ,/ -, .n caso de que la Entí~ad Ejecutora no realíce la d. evolución dentro del plazo establecido, se aplicarán las cargas

f , frnan eras correspondientes con base a lo siguiente: t.i \A . I. -~{ '

I \

APARTADO A DE LAS CARGAS FINANCIERAS

DE LAS SANCIONES CAPÍTULO 11

h. Eh su caso, no efectué el pago de las cargas financieras correspondientes en el tiempo establecido en el oficio de notificación;

l. Se detecte que la difusión del Programa es incorrecta o engañosa; j. Resulte con hallazgos relevantes derivadas de las visitas dornlctliarlas, auditorías, inspecciones,

verificaciones o actos de supervisión, control y seguimiento que se lleven a cabo, y k. Omita dar respuesta a los requerimientos de información o aclaraciones que sean derivados de las

visitas domiciliarias, auditorías, inspecciones, verificaciones o los actos de supervisión, control y seguimiento que se lleven a cabo.

11. Además de la suspensión de la Entidad Ejecutora, en caso de que no remita en un plazo de 15 días naturales la documentación correspondiente para atender las situaciones descritas anteriormente, ésta se obliga a reembolsar a la CONAVI, dentro del período señalado en el requerimiento, el monto de los subsidios otorgados sobre los cuales exista una solicitud de aclaración no solventada, así como las cargas financieras correspondientes, conforme al artículo 46 y 47 del presente Manual, en caso contrario, se iniciará procedimiento de recuperación judicial por la vía legal Idónea;

111. Las penas convencionales aceptadas por las partes en el Convenio de Adhesión y el presente Manual surtirán efecto a partir del día siguiente a la notificación que para tal efecto realice la CONAVI;

IV. La CONAVI podrá otorgar prórrogas a las Entidades Ejecutoras, atendiendo las características específicas de cada circunstancia, para lo cual deberá remitir la documentación necesaria que justifique dicha solicltud, describiendo ampliamente los motivos de atraso y los días requeridos para su solventación, para ser valorados y en su caso autorizados.

V. En caso de que algún organismo o Institución deje de operar como Entidad Ejecutora, deberá informar eón anticipación de 30 días naturales a la SGSDI y a la CGS, para que ésta le indique el proceso a seguir para entregar a la CONAVI toda la documentación e información del Programa que tiene en su resguardo. Queda oblígada a cumplir con los términos del Convenio de Adhesión y la normativa aplicable por el plazo necesario

1Í~ara permitir cualquier auditoría o revisión posteriores, considerando 'que se trata de la aplicación de .. /~._J_ecursos federales.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISIÓN NACJONAL DE vrvrnNú,1.

SECRETARIA DE DESAllHOLLO AGRARlO,

TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 73: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 57 DE 81

IV,

111.

ARTÍCULO 47 .- PROCEDIMIENTO PAfl.A El CÁLCULO DE CARGAS FINANCIERAS V/O PENAS CONVENCIONALES Con base en ei Oficio Circular No, 401+21489 de fecha 1 de septiembre de 20081 emitido por la Tesorería de~ Federación: K~

l. La carga financiera y/o penas convencionales se calculará a partir de la fecha en que debió efectuarse ~\ ~ reintegro correspondiente, hasta la fecha en que se depositan los recursos en la cuenta bancaria a nombre . / de la CONAVI.

JI. La tasa aplicable a dichas cargas ñnanclaras y/o penas convencionales será 1,5 veces 1a que resulte del ; promedio aritmético de las tasas de rendimiento de los Certificados de la Tesorería de la Federación (CETES) 1 (',\J a 28 días, en colocación primaria, que de a conocer el Banto de México dentro del periodo que dure el / incumplimiento. ,_,_ En el caso de que por cualquier motivo sé dejen de colocar los CETES, se utilizará la tasa de interés que el f Banco de México dé a conocer en sustitución de la tasa de rendimiento de los mismos. /

El presente procedimiento podrá darse por concluido una vez que la Entidad Ejecutora realice las notificaciones correspondientes al depóslto de cargas financieras.

l. A partir de los siguientes 4 días hábiles bancarios de haber recibido el subsidio federal, se oblíga a pagar adicionalmente las cargas financieras y/o penas convendonales que se generen hasta el momento, del relntegro de los recursos del subsidio federal;

11. Con fundamento en el artículo 85 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabllldad Hacenda ria, así como en lo establecido en los ·oficios circulares No. 401~T~214B9 del 1 deseptlembre de :l008 y 401-UVFV-651del8 de enero de 2009, emitidos por la Tesorería de la Federación (Anexos al Convenio de Adhesión), el cálculo del importe de las cargas financieras y/o penas convencionales se efectuará en los términos de las disposiciones adrnlnlstratlvas emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Pµblico;

111. La CONAVf requerirá mediante oflelo a la Entidad Ejecutora el pago de las cargas financieras y/o penas convencionales, indicando un plato de hasta 30 días naturales para atender el requerimiento;

IV. En caso de que no realice ~I depósito por concepto de cargas financieras dentro del término que establece en la fracción anterior, la CONAVI podrá suspender a la Entidad Ejecutora de la operación del Programa e Iniciará el procedimiento de recuperación extrajudicial y/o Judicial y la Entidad Ejecutora quedará obligada a. cubrir las cargas financieras o penas convencionales correspondientes, de conformidad a lo establecido eh el Convenio de Adhesión y el presente Manual, y

v. Una vez que la Entidad Ejecutora haya realizado et depósito de la carga financiera, deberá dar aviso a la CONAVI remitiendo en un plazo no mayor a tres días hábiles, a la dirección dé correo electrónico devoluclonessubsldtostpconavt.gcb.rnx y a ras Instalaciones de CONAVI, el oficio correspondiente al anexo 7 bis y la copla del comprobante de dicho de depósito.

Códlgo QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,

'rilRRITOlUAL Y URBANO

COMISIÓN NACIONAL DR l'ÍVIENt>A

' ,, CONAVI SEDATU

f L

L 1·

,,. ... ,.,.~. : "):::::::;·~·~·::::-~ ~· - : : -: ~;~':2 - ':-;

Page 74: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

En caso de que la Entidad Ejecutora incumpla lo estipulado en el Convenio de Adhesión, en las Reglas de Operación, i ~este Manual o presente inconsistencias en la revisión de la documentación comprobatoria del otorgamiento del .1 A bsidio federal, así como en las supervisiones a las soluciones habitacionales para las que fue solicitado, se le

)

_r· __ ,,/'7f = las penas convencionales correspondientes, sin detrimento de las responsabiüdades administrativas, civiles / 1 o penales a que haya lugar.

, . ~\ ARli CULO 1.- TIPOS DE PE{llAS CONVENCIONALES \~l\\ Par1 los ef ctos del artículo anterior, se observarán los siguientes tipos de sanciones:

/ \.~-' -..

ARTÍCULO 50.- DE LAS PENAS CONVENCIONALES

APARTADO B DE LAS PENAS CONVENCIONALES

)>'/) /~-- (e PÁGINA 58 DE 81 .{,J/.i ---··¡

J

ARTÍCULO 49.- PROCEDIMIENTO PARA EL ENTERO O CONCENTRACIÓN DE LAS CARGAS FINANCIERAS Y/O PENAS CONVENCIONALES Las cargas financieras y/o penas convencionales podrán ser enteradas directamente a la Tesorería dé Federación mediante línea de captura de la Tesorería de Federación o, en su defecto, a la misma cuenta bancaria proporcionada a la Entidad ~jecutora para el depósito o reintegro de subsldlos cancelados con el concepto de PAGO CARGAS FINANCIERAS, en ambos casos, la Entidad Ejecutora se obliga a notificar a la CONAVI de forma inmediata por escrito,

:

xando el recibo oficial del entero o depósito, a la CGS, con copia a la SGSDI y a la CGA, además de enviar de forma _ el ctr.ónica a la dirección de correo electrónico [email protected]>< copia de la documentación

7,· nterior. /' \¡¡ . 1

En donde; ICF =Importe Cargas Financieras. Ti= Tasa de interés aplicable (promedio aritmético CETES a 28 días dentro del periodo de incumplimiento, considerando dos decimales, por 1.5, considerando hasta seis decimales). O :::i Días de desfase. R = Importe del reintegro enterado.

ICF= ((Ti)(D)]*R 360

ARTÍCULO 48.- FÓRMULA PARA EL CÁLCULO DE CARGAS FINANCIERAS V/O PENAS CONVENCIONALES Para calcular la carga financiera y/o las penas convencionales, se deberá atender lo siguiente:

v. El producto obtenido del punto anterior se rnultlpllca por los días de desfase y el factor obtenido se multiplica por el monto del reintegro enterado, el producto obtenido corresponde al importe de las cargas financieras.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

1----------------------------------------·-- Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al

Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISIÓN NACIONAL DE VfVlENDA

SEDATU CONAVI SECllln'ARiA DE

DF.SARROLLO AGRATOO, TER!llTOR!AL Y URllANO

Page 75: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 59 DE 81

111. AMONESTACIÓN NIVE~ "C" (Anexo 11) Una vez trascurrido el plazo pata la solvencia descrita en la amonestación anterior 118111 se continuará con la suspensión temporal a la Entidad Ejecutora, la CONAVI solicitará la aclaración de las Inconsistencias detectadas, dando un plazo de 20 díes naturales contados a partir del día de notificación, en el que se deberá remitir la información correspondiente, si al térmlno de este plazo no ha solventado la observació~ .. ee solicitará la devolución de acuerdo a lo siguiente: \"-

~;oªgr~e~a:º~~;tnat~:~~~e~:rs~~v::~:~d~~~n~:::~a~~er:~:~.rapermanecerá suspendida de la operación dt~ 1 Transcurrido el plazo señalado en las amonestaciones por lnconslstenclas no atendidas, se solicitará la~\ /¡> devolución del importe del.os subsldlos no comprobados, ¡¡sí ~om. o las cargas financieras co. rrespondientes. --{ Así mismo la Entidad Ejecutora continuará suspendlda para la operación del Programa, hasta en tanto solvente las lnconslstenelas que dieron origen a la amonestación o .. realice !a devolución del subsidio con las cargas fin anderas correspondientes. / ( r~>-

En caso de que. no .reí;ll.lc.e la devolución de los subsidios, el caso se turnará al área jurídica para los procesos/ ~ 1 legales correspondientes. · - .'

/ :!~~,~~~::~:i:,';.~:~:~:~:o~~i~~~¡,~~!a~l~=~~:~~~~;~:on la claslflcaclón siguiente ;}: k

éx/~( / JJ

AMONESTACIÓN NIVEL "B" (Anexo 10) Una vez trascurrído el plazo para la solvencia descrita en la amonestación anterior "A", se suspenderá temporalmente a la Entidad Ejecutora, la CONAVI solicitará la aclaraclón de las Inconsistencias detectadas, dando un plazo de 15 días naturales contados a partlr del día de notíñeaclén, en el que se deberá remitir la informaclón correspondiente. Si al término de este plazo no ha solventado la observación, se reclasificará a la siguiente. categoría de incumplimiento (C) aplicándose Ja sanción correspondiente. Así mismo la Entidad Ejecutora quedará suspendida temporalmente para la operación del Programa, hasta en tanto solvente las lnconslstendas que dieron origen a la amonsstaclón, ·

11.

Si la información no es remitida en el plazo señalado o es insuficiente para atender la aclaración, se considerará como una observación no atendida y se reclasificará a la siguiente categoría de Incumplimiento (B) aplicándose la sanción correspondiente.

AMONESTACIÓN NIVEL "N' (Anexo 9) La COl\IAVI sollcltará a través de medios electrónicos o mediante oficio la aclaración de las inconsistencias detectadas, dando un plazo de 15 dlas naturales contados a partir del día siguiente de la recepción de la notificación, para que la Entidad Ejecutora remita la Información correspondiente.

1.

Códígo QCW.40-MOPAFSH-001

Verslón 09

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiarníento para Soluciones Habitacionales

SfCRilTARIA DE DESARROLLO AGRAlllO,

'l'llRRJTORIAL Y URBANO

COMJS!ÓN Nll.C!Of>!AL . DEl'!V!l!NDA

CONAVI SEDATU

,,c;_·c·:f ""' ·"·'.; " : : :·-~,~~;;•-,;e.f . __ K_:::;;:,O:~'::~'[C' "- ,z,~~~·e-f.':,-,:=·~":",;:''c'.t-'1'

¡; 1

Page 76: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

a) Suspensión inmediata y temporal, y

Reembolsar el recurso otorgado con las respectivas cargas financíeras.

PÁGINA 60 DE 81

b) De no efectuarse el reembolso, suspensión inmediata, más el

Suspensión Temporal

Amonestaciones "Bu

Solicitar la devolución del subsidio,

a) De efectuar el reembolso, se continúa cerrada la operación hasta completar un total de 45 días naturales sln operación.

Se incorporará la amonestación al expediente y se suspende a la Entidad Ejecutora hasta completar un total de 45 días naturales sin operación a partir de la notífícación de la Amonestación 11C11, aún si se solventó la observación.

Se incorporará la observación al expediente y se suspende temporalmente a la Entidad Ejecutora de la operación.

Se incorporará la amonestación al expediente de la Entidad Ejecutora.

Amonestaciones nAn

la

Sbllcltar nuevamente la información necesaria para la solvencia y notificación de suspensión temporal.

información necesaria para la solvencia.

b) Solución habitacional lriconclusa o de mala calidad,

,/fc:mprobación de Á., la aplicación del

// t1' '~ subsidio.

Observación no solventada.

Si la información no es rernlttda en el plazo señalado o es insuficiente para atender la aclaración.

Si la información Solicitar nuevamente no es remitida en Se considerará la lnforrnación Amonestaciones el plazo señalado como una necesaria para la -c: o es insuficiente observación no solvencia y notificación Suspensión para atender la atendida, del incremento de la Temporal. aclaración. suspensión temporal

como una observación.

inconsistencias detectadas.

.. ··· ·········•·.···.• IIVJ¡:>qC:Atlór1.c.· ....•..•..... Solicitar

Se dan a conocer Se considerará las

Se considerará como u ria observación no atendida.

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

COMISlÓN NACIONAL D~VIVIRNDA

SECRETARÍA DE DESAHROLLO AGRARIO,

TERRITOJUAI. Y URllANO

1--~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~--·~~~~~~~~~~~~~~~---i Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al

Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CONAVI SEDATU

Page 77: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 61 DE 81

Carta de Solicitud de Registro al Proceso de Adhesión como Entidad Ejecutora.

Qescripcipn

1

Anexo

~ ~-,

í J)

CAPÍTU~O ÚNICO

TÍTULQ QUINTO DE LÓS ANEXOS

electoral, se observará lo que establece la fracción 111 de! artículo Cuando se trate de infracciones en

En caso de no contar con el reembolso de los subsldios otorgados en los plazos sena lados, el expediente será turnado a la CGAJ para su cobro por la via judicial.

la tabla descrita anteriormente se empleará Independientemente de otro tipo de sanciones que puedan resultar aplicables a las conductas realizadas o a las omlslones por parte de las Eíltldades Ejecutoras.

Solicitar la devolución del subsidió según sea el caso.

a} Suspensión lnmedlata temporal, y

b) De no efectuarse el reembolso, suspensión Inmediata, más el pago de cargas ñnancieras que se hayan generado,

a) De efectuar el reembolso, la CONAVI evaluará si la Entidad Ejecutora continuará suspendida de la operación.

pago de cargas financieras que se hayan generado.

b) Reembol$ar el recurso otorgado y con las respectivas cargas financieras.

No comprobación de que el beneflclario(a) sea población objetivo.

poste río r a 1

vencimiento del plazo de edificación establecido en el presente Manual ..

Evidencia que compruebe que el beneñclarloía] no es población objetivo.

Versión 09

COMISIÓN Nll.ClONAL DP.VTVTENQ/\

Código . QCW.40-MOPAFSH-001

SllCRETARiA DE DESARROLLO AGRARIO,

TERRITORIAL Y URBANO

'·· L·.:: ' ¡_·;·

'

CONAVI

1J"IEs~~,~~fu~~ ~ '· r f

SEDATU

Fecha de Emisión: Abríl/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

1:. 1~~

Page 78: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

/ I

f f

4 / I

ü !

J PÁGINA 62 DE 81

2 Cédula de Registro para el Proceso de Adhesión para Operar el Programa de Esquemas de Financiamiento y Subsidio Federal para Vivienda.

·-

3 Carta responsiva del usuario.

4 Condiclones previas del subsidio federa! y del financiamiento.

5 Solícitud de Subsidio Federal.

6 Certificado de Recepción de Subsidio correspondiente al "Programa de Acceso al Financlamlentó para Soluciones Habltaclonales",

7 Devolución del Subsidio Federal.

7 bis Notificación de pago de Cargas Financieras.

8 Catálogo de Condiciones de Precariedad de la Vivienda

9 Amonestación Nivel "A".

10 Amonestación Nivel "811•

··-·-

11 Amonestación Nivel "C".

12 Carta Felicitación a Beneficiarios de! Programa.

13 Informe de Contralorfa Soda l. /'

/

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COM!.SJÓN NACIONAL m· vrvtnNDA

SEC!lETARiA D.E DES/\T(~OLLO AGRAll.10,

TERRITORIAL Y UlnlANO

CONAVI SEDATU

J ·.-V /

(\, \. \

\ \

Page 79: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA63 DE 81

Nombre del Director General Nombre del Representante Legal

Atentamente

Firma del Director General Firma del Representante Legal

Asimismo, acepto expresamente que las notificaciones, cltatorios, emplazamientos, requerimientos, sollcltud •. de informes o documentos y las resoluctones administrativas definitivas sean realizadas a la dirección de corr~ electrónico: ®--.- comprometiéndome a confirmar correcta recepción Imprtrnléndolo, sellándolo ~~ redbldo; dig1taltzándofoyenvl(Índolo a.1.acuentade correo electrónico remitente de la CONAVli ·············· ·· ··· · · ·· ·············· ( .,

\ El med.lo a tr·a· v•é· s del cual la Institución tuvo conocimiento del Programa de Acceso al Financiamiento para Solucione}. Habítaclonales fue: .

De antemano agradecemos su atencíén y quedamos atentos a su conflrmaclón. ·

r. a ~---:··-

. Por medio del presente tengo a bien solicitar el registro a la tnstltuclón: (nombre completo de la Institución que desea adherirse) con domicilio para recibir notificaclohes e! Sito en (calle, número exterior¡ número interior, colonia, dernarcaclón territorial o municipio, estado, código postal] para iniciar el Proceso de Adhesión como Entidad Ejecutora del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales, de la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI).

(INCLUIR MEMBRETE DE LA CANDIDATA A ENTIDAD EJECUTOBA]

Lugar y Fecha:---~ dd/mm/aaaa

Anexo 1 Carta de Solicitud de Registro al Proceso de Adhesión como Entidad Ejecutora

Versión 09

Cé)digo QCWAO-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

C:OMJSlóN NACIONAL DE vrvrv.ND/\. SECRETAiliA DE

DESAJntOLLO AGT\AiUO, TERRITORIAL Y UR1'ANO

CONAVI SEDATU

Haciendo constar que la Institución (nombre completo de.la institución que desea adherirse) conoce los criterios de elegtbilldad con los que tiene que cumplir, así como el Proceso de Adhesión completo. Por otro lado, la Institución (nombre completo de la Institución que desea adherirse) ha Integrado la documentación requerida de manera completa para enviarla en tiempo y forma de acuerdo a lo establecido en Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habltacionales. Cerciorándose del buen estado y legibilidad de ta documentación.

Page 80: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

J- I

/ PÁGINA 64 DE 81

-~~----·-------------------·-~-~~------~~~ OJkO IUl)IGE;~I/\

U!:.O (IE. ,,\r..rt.RIALF-iS Rl::CIOtAALE.:S

¡<: S:TIHA Al!OIH?1\UD1li\

ül::_STORi.!lJ y Tr.tÁt.nrl::'.S c::=::::i M~\JiO rri;: O.D~AVGl.LUHTAAIA

A.!iF..SOl'liA ... UJniul(:A c::::J h.i=aucc:1(1n EU C'CJ;."'T~5 P::' ~-~,.

~o;i u6 ttpo?

1"~11A,11CIF'µ',-:tit:11 f\:;> C=::)

PAOl)F.Tl' M.A"f, ~

L'";c(ltl "'-i R\J<;-;r:;1<1:qJ c:::J i=:::::i

TOTAL TI!:- AC.CCOUE':'J

S·•t1·•+1mwru1•/smw1¡n1q11.h.n"'v1m11wsi .. ¡:;., .. ¡¡ .. ~~nn

\ l

'·······~. ji\''··, ,· \ \ \ 1 \ J)

r."'it::JOR_<>.r.o;;FJIT0-5" V•Vl(tJtlfl\ u ue v», fil.[]OLÚSl<.IÓll OE: LOTE

c:J ll,it:...1óftAf.'il.EllTO:< C::] Vl"1C:rt0.I\ UUEV.i\..

C:::J ,rot.•u.CJ,~1r::160 DE l.,O r s

c::::J [º:':':":::'=====:::1

••c::::::J

11or.~~ti.:: Dl::L COMT,.l.CTO V'P'UE.5'T&'.:r

J. 0,A'rO!i GEt-...1 te~ALE5

"ª''"•nnr;. ue U'\ lrl:s.·r,TLH:o.!111

·cé.bULA DE REGISTRO CEDULA DE REGisTRO PAR.A EL PROCESO os;: AO ... ESIÓN PARA OPt;i:RAR.EL

PROGRAMA DE ACCESO AL FINANCIAMIE;NTO PARA SOLUCIONES HAl31TACtÓN.ALE:.S

Cédula de Registro para el Proceso de Adhesión para Operar el Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionafes

Anexo 2

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedímientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMJ~H)N NACIONAL DE VTVíl\'!'TDA

SECRETARÍA UE DES/\Tl.ROU.O i\GR/\1110,

TEHRlTORIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 81: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 65 DE 81

Cl\UTIOAD.

zsorrro. r-rJo

i!i!·•:::~:!iltMMri1i'i•l•Míti'Y&";[t:rz: .. J:~1:11t::1,:5:u:11:;:::E~::::·':,::1:t•:ill:t?t=rl:l•·:*'11:':•i:::":"ii=~:•::11:M:1:t3:1:.,::·.1:~~:':~·:::º:L:'°:":":':º=====' =:·JI . C'~ ií!! !l!fí\•U'H•l~Jd l!l§Wfi1lh)M W!!ilt§C:)lif eU .. J;Jrt)jiiíl.i

t-.'llK1""A

OTH9S AOEÜDOS ~ o rno

CAPACIDAD oe PAG<:! C:::J R'l!ri.:FU.:t11:::~A~ cne.omc1As VoLUlfrAD DI:; P.A_Gce:::J i::·:;;n.1010 SoCIOt:CÓUCif',-'11(;.0 t:::J

s uestnro

01ROS P_né_S'T.A111D DOUAOÓll c=Jl.

FEO.ERl\L

OTRO

ORGAUCSMOS HlTERUACIOUAL'ES

cns orro DAHCARW

RECllflSO PROPIO c:::J J•'HX?fl''§llitlt¡jltMté.liU@jiFfi+i¡•t;u;a1

UlrlGUHA D SOflPOD 50.fOL O flo'foM0

4a;¡1¡11¡¡sew1a••ttLJ"'f.'Mª'••J·'"·'i.,••ft+i"ª'ittA HI. ESQUEMA DE FINANCIAMtEM TO

OTR;O:S

OTROS

AU,-OEMPLEO EMPLEADO

!HASTA 1 c:::J ,, HASTA , L=:;:J•'- HAS'TA • C::l'·' l1A$'TA 2 c:::J" HASTA 4 c::;::::J " MAS DE " c::::J;< OT"O c=i {l!l!llJt!.:i.incn!):

EVEllTUAL PERMAUf.:frH:'

-lfM!lf'i•i•iMf+jijil;tp.«HUt+fWWsljJ!tli@mfii.¡.um.¡¡.¡m¡,¡,lbMM E lfiWl·l•U•·11t!!l11JUIMp:.1!1m[a.JllA]ilblliiii[

1G A!IO UO ES MtEMllRO UE LA lfl!lTITUG:JÓU ttJ Y r~1AS

PUEDE. O UO SE~ MIEMBRO i 1f·!•'EJQrJ:i¿.1¡,11;p¡¡ipijR•li~Jbll l!iitl.liifill ill•I

HOMBRf!S ES r.,IEr.mno be LA ms-n-rucrón llllllllllllllllllllP~1l~HGR~lll'iDIHEl99~1im4~·~u1•DH!illºiE·~¡.~·~!2~14U!~t4~a~+~·nun~111111111111111111111111111 llllllllllllllllllllllll!&~·~u~ .. ~·a1•~*1CSJ:"~'ª''~·~hlG!it~í!·~·l!SIOCl~«!illlllllllllllillllilllillllilll

541f,i=+jUfi''iM·'''f'Q#1'!49,9'M'!'I~'"* PHODUICTt\lAS OTRAS

&AWO AGfÚCOLAS c:::J c:::J

c::J EOUCA'HVAS c:::J c::J tJlllGUr'A OTRA c==J

DE-S.AAROS...LD cor-.'tl.HllíA.1710 c=i 11i l¡Uf.jil:!li11!f14W'1!Jlt4JjU#j(.@VJlitUi·

ESTA.TAL uAaciUAL ~EGIOUAL MllUIC:IPAL

llM@S1llriel1I ij;ii 11:Jf11~hf:·!f i1!EQf¬ JJ

Fecha de Emisión: Abrll/2018

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

SECMTARiA DE DllSARROLl.O llQRARIO,

TERR1TORIAL Y URBANO

COMISIÓN N4CldNAL bF.VTV!F.NOA

CONAVI SEDATU

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitac1onales

re· t? 1. ~ 1· ¡, .• ·

Page 82: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

- . l .. /7!l f·y \°"'y·/···¿.··.· e /.-~ ... > /•

PÁGINA 66 DE 81

1¡ W1 ! . I ,, •·

, / ' ,/

/· /

llOM8HE

C=:J OHGAHIZACmfl.ES SOCJALE'S UJ s rrrucrouas PRIVADAS SI c.:::::J HI STITl.tCIUUES PUUUCAS ~

110

2 [] 11 1

COIJAVI c:J FOUAES c:J SF,_Df!:SOt c:J O'íl:f.VIS. c::J l'OUHAPO c:J ume soi, c:J CIJI c:::i i!.·llJrnCIPIOS e=] OTHOS

1 {egpocHflriue) 1

iQtii!'iJ~ (16 :(\i¡:Í~~fli!áiiW<U'lfra con 'fiÍ 'l'Wiftoljjji¡ dr.\ $!uÍ)o(i!raá"li;f~' . · , ... Yu·\,,.,... lm•trru&<<:m l(fl'1Mlg\JC'~rn;>,p¡¡e!l!dltJY!!<>:ni>' . ... , • · •• ; aepi~eae,,l¡ir¡.'l!lt> qué rognqi[@tt"~í !!•:mt'llt!'to .y,·/ · ',

P-RDF.10TORE5 MESES '----~~_,y----- 1 (e~ectnquc) EUTRE

OTí-10

1-\SAi',fülf=A COMUtlfTARlA OflCUlAS t,;:E SES FIJO

QflW•l1Uifd{iiii39•l·l3(tifji'lffjilJMll3tJl.1l§j1#.-

CAT COMf:ilOHE-S f<upo y c.o"Stnt

OTRO UIOIRE.CíOSl FlllAllCIAMIEllTO

,_ __.,. ASES<iíliA TÉCJllCA JtnE Rf: S.tf l"AUCfAP..~EUT

OTRO

OUIJICEIJAL P.1Etl SUAL D ACO~ÓÉ coi1 ACTI V!OIUJ ECOllÓMlCA D SEr,lAUAL D

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CO.M!SlON NACIONAL DEVIYIENDA

SEC'RB'fARlA DE DESARROLLO AGTl.ARTO,

TERRJTOlUAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 83: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

[ r I·

I:·. '.·-.·

I' L i'

PÁGINA 67 DE 81

[Nombre y Firma]

~-

Me comprometo a hacer uso adecuado y correcto del Usuario y Coritraseña que me asigne la Comisíón Naclorial Vivienda (CONAVI) a través de esta Entidad Ejecutora, y asumo responsabilidad total por el mal uso que se lé

Que por medio de la presente declaro que. laboro en - la Entidad Ejecutora __________________ y desempeño el cargo de V que cuento con el permiso de dicha Entidad para ingresar al Sistema de Análisis y Desarrollo de Programas (SAP) para la operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales del ejercicio 201_, bajo el perfil _SUPERVISOR O CAPTURISTA__. cuyos accesos me permiten realizar las siguientes actividades:

Yo el que suscribe la presente, corno se demuestra con la copla del anverso y reverso de la ldentiflcación oficial que adjunto a este documento, manifiesto lo siguiente:

Ciudad de Méxfco, __ de de~-

[INCLUIR MEMBRETE DE LA ENTIDAD EJECUTORA]

Carta responslva del usuario

Anexo 3

F ~Qh~ ge_E;__mlsión: Ábril/2.018

_Cód_i_gq __ QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECllETARiA DE [)ESARROLLO AGRAlUO,

TERRITORIAL Y URBANO

COMlS!ÓN NAOIONAL D~VTV!ENDA

CONAVI SEDATU

~ -·- .. ~ --~ .. ·:.~-:; ;-::---~

·····-·······--·------ r

Page 84: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 68 DE 81

como e riesgo.

a.Para acceder al subsidio deberá contar con Ja Clave Única de Registro de Población (CURP) y cumplírcon el nivel de Ingresos requerido.

b.Es indispensable acreditar la mayoría de edad para estar en poslbllldad de recibir un subsidio federal para la vivienda. Los menores de edad podrán acceder al subsidio federal solamente cuando comprueben los supuestos de emancipación o sean padre o madre de familia.

c. No deberá ser propietario de otra vivienda diferente en la que se aplicará el subsidio federal,

1:enlendo conocimiento de las modalidades de solución. habítaclonal a las que puede tener acceso, así como sus respectivos squtsttos, deberá seleccionar una y renunciar al resto de las modalidades, de acuerdo a lo establecido en las

.· spedficaclones de cada una de ellas. • e.Que el subsidio federal a otorgar por parte de la CONAVI, no es reembolsable en tanto cumpla con los requisitos y alcances

de sus Reglas de Operación, que no tiene ningún costo y que sólo puede ser utilizado para la solución habitacional pactada. f. Deberá contar y aportar el ahorro previo, mismo que se deberá destinar a la solución habttaclonal en la que se aplicará el

subsidio federal y el finandamiento. g. Deberá obtener un financiamiento, a través de alguna Entidad Ejecutora, para aplicarlo en la misma solución habitaclonal

ara la que solicita el subsidio federal. / n caso de. haber recibido previamente otro subsidio federal para vivienda, no podrá obtener el subsíd.io federal excepto en

" os casos que sus Reglas de Operación permite, para tal efecto, la CONAVI revisará en su base de datos la CURP del solicitante para confirmar dicha situación. La solu lón habltaclonal en la que se aplicará el subsidio federal se debe encontrar fuera de cualquier zona que sea considera

"' ~i· I

Que por medio de la presente, declaro que he sido informado por parte de la Entidad Ejecutora que para ser benefíciario(a) del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones de Habitaclonales de la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI) deberé de cumplir con los siguientes requisitos y obligaciones:

Yo el que suscribe la presente, como se demuestra con la copla de anverso y reverso de identificación oficial que adjunto a este documento y con Clave Única de Registro de Población (CURP) , manifiesto:

de de __ .

DISTI NTIVO/LOGO DE LA ENTIDAD

EJECUTORA

Ciudad de México a

Condiciones previas del subsidio federal y del financiamiento

Anexo 4

Versión 09

Código QCW.40.MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMISIÓN NACIONAL . Dl' VlV 1 HIDA SECRETARIA D.E

OESAllfl.OLW AGllARlO, TERRITORIAL Y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 85: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

'ft;,,~;·t~2?.i'3i\ "c~/'f'.Lr r ;

PÁGINA69 DE 81

Nombre, Firma y Sello de la Entidad Ejecutora

Nombre y Firma de Et/La beneflclarlc/a

Aslrnlsrno, bajo protesta de decir verdad, manlfiesto que la información que he proporcionado es verdadera.

• Que conozco las características del crédito o del financiamiento que me otorgaron.

• Qlie recibí un crédito o un ñnanciamíento de plazo:

• Que el monto del crédito o financiamiento fue de:

• Que los ingresos declarados corresponden ¡:¡I periodo del:

• Que aporté un ahorro previo de:

o Fecha de la aportación del ahorro previo: o Forma en que se realizó la aportación;

• Monto del subsidio que recibí:

• Que mis ingresos posteriores. a las deducciones de impuestos, descuentos judiciales o cuotas sindicales ascienden a:

Consídetando lo anterior, manifiesto bajo protesta de decir verdad lo siguiente:

j, Deberá destinar !os recursos del subsidio federal a la soluclón habltacional que fue sollcltada, k, Para la modalidad de autoproducclón de vivienda, deberá llevar a cabo la acción habttacíonal a través de los Organismos

Ejecutores de Obra (OEO) registrados ante la CONAVI. L Para la modalidad de Arnpilaclón y/o Mejoramiento se deberá tener una Asesoría Técnica Integral por una OEO. m. Tendrá la obligación de otorgar todas las facilidades para que el personal autorlzado de algún Organismo Fiscalizador, de

la Entidad Ejecutora, de una Entidad supervisora o de la CONAVI realicen las acciones de supervisión que se requieran (control, seguimiento, inspecciones, visitas dornlclllarlas, auditarlas, entre otras).

n.En caso de detectar falsedad en sus declaraciones, se obliga a reembolsar los recursos de) subsidio federal.

Versión 09

Código .. ··ocW.40-MOP.AFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMJSJÓN NAOJONAL ... Dt VIVIENDA SECRETARIA DE

m:sARROLLO AGRARJO, TERRI'roR!AL y URBANO

CONAVI SEDATU

Page 86: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 70 DE 81

/ 1. 1 1m1t1111rn mrn11;m1111111111i11mu11Mm11um11111rnm1111w1m1m111111

""&t.:: Pn:o.;;:t..:i1113e.,¡,de .::;aroicbr·.pÜt:Jllc.;:i, nc ee p::itr .. :u:::1ri::..d:::i rf! P.t~i"til>-'~idt:> p:irr.~dti F-allH:.ci ::i.\.;ur.i:a ~· ;:ii..::J ·~c..1r=.t:ii.:: Fi't.::n•i:li!:tlt:fl d.,, la~ lmpu::i"::D.s 4uc ~n t::i:d:i!;' k11.::: i:.:ir.trjbi.:r.roe:nt~- E,.-t:l._pn:i-h.lbldc el uee de eeee Pl">:llf'iT.ilrm1 ccn-ñnee p-:::1lf~lt:<'.:!:oo; '='Je~i;md:~, rl~iu::ra ·~· c:.1;rui:dl~tint'!:l:o:1 la!! ~:1bl~l119'- ClJ5~t1 hll~ ix;-,.,. lndl:b'dg. .i~ fQ~ ~ur-1'-"'-' do: -=tEt i:i'n::13T::im:i dll!.bl!r.:!. ~!!lr tl~nu.ritibtlo 1'' ~.lllt\~on"'.,:~ de ;n:-u~c. ci:¡n b l:i• :1¡:;l{c:::ibk: 7·:::on't"e L-.;. :u_n:aricl:..;f e:::imp:i!l!!.nt:::~~-

&ta dacumo:nv.i :;;: .C!::trnfl-t::rn. .. n-.:. cm:i f¡¡ ~¡¡lic"it:.u.d de. cri:.diiJJ 9W-:. pre-:;u:~·TI !:a Entj.~;.¡d lii~.-;l.6~!11 t:l-:nQmhi~dil•'- ------------- C.Cn I~ fi1,1i~ltt~~ d~ -o::int::i:r ce .... un::i soluc~.-, dr ... rulttnclll.

Atiu\/Cit.:!lcq:ttD-qu~n,..~h.~<) r:ri el padrM. lle bi:nt:fit:M=riD-:::i cumo_!'lcilir'it:i:at1/tr Jft:: :11..A'IY.iidiivl yti.ag-u-CDñ::..bl.T q,.u:: IC!:!I d~m.i CO'l"JC11d:roi"C~ qu~ un~ u~ írm:ñta!lz-.dc ~.~bi:ridlD~ mr C.LJ.;flp qu.~:o:far.ljj ~lr:tu:Ío ~ ~ l'"'tli'én de b-El.nrilt::iaf"l~ <:i:rtnO ~uurlidulu d.,,, :otdi~l""I "/que-en. Cilli!IO di!!: frn:umpUT dk:ihB!:' ~. rn."l! ,abliau ..-,.--i::mbili:rcir iruncdMitam~nte dJTI<:in.t-l::t d:i! :l.'l.l~llilci ot~q,

~\' ricin:.i::i:u:o l:J'}~C...rin~t>"::el tfdlltD di! hi.1.i~l!ld if.!! ~e~h1.i-adcrn~, .iq-.il.,I1 ~" ¡1rr1~~ d¡:: .tl~dr i,rc:rd"n-d an~ 1111-Llt"91"~r!!bd p~ll .... liioltinb1 d~ fo:i.fudh:inl ~ ~e:n::ldf:J doe:~:ifmu:dlH'i:l!!:oR·(lPJ1 m~&:! cita:;, t.·i::lt~.al"é1:1l11 Vtt'd~ d'!!!:•11n:i•~letdbc<m fu ~i.Jt:i dnd'i~Wo 247Ji-ni:iián.11J l!-e:!IG.f~ Pllln111I F111:l.,,raL

B;;i};i pr>;Jte...-ta d.c di:dr fa. Vt!H''d::;id. rn:::11,me..=tu qut:" 1:. iF-ff.;rrn:i;ir;"icin ;:¡..uC: ba pri:;pi::;-dcn=od:::i ee vo:.-dt._tl., 1!:>, 9'-'"""' dU:pllr>t;.:.. '¡I '""''"'Y d:ic:pu:rtc- al ap_grtJl di!!!. IClll ~~:;:.,;:;l 0:11:l&d~ .. """'lnP "llhorrD .'1!°.:.'.lo i:::n ~::i~ 't·Orrrii~os in1Hc::i&li:. ~ti ¡,.) R~I.¡¡:¡ eíe O~nd~n dd Pn:E;-í"ilm:;¡ di!.=~ ::1 fin~rl1i:i";am¡11:l"ltl::I p;ira ~tl!u:::tonel Mal::lit;iclcna1:1!!::,.'f q~ m::i he n11.:lbk:lo ~rt lot i.hrnil'f"''"" d"= dil'1h~ R~ti::i, ::il.,._!.11 c!:n::I .JUl:¡~~¡,...,.,;,¿~r;11I F~ ..,;..,¡~d ...

~~~~~: d~~~Rcl:~~!.1~~';li;1i:n~~"~~~%e~ ~1 ~:~:.:!~d:P~~~~.;l~~n~f~~I~~~~~ : ::r~';!r~c~~1iitc~cnQZt:a y en ~n~e,.~!!r-~:1 ~=11rn ..i

D

l\okj1;n-;;olricn~D ·d.a =impÍí~~C.n ~ V'Ao"i:.nd¡:¡. lnlci;ioll~Ub:!:·~P.Jl!:l">I;~

:t. SOf.JCITAr.lTE

Pre!ie:ntz::.. ¡¡ ~t:::i c.::unbhjn r-a~ori::il ~ Vf.'"=:!1Tda =:~:.::ilii:ot.u:c:l .:ll! ir-ub.:!h::lta fe.du=J, th,i :;;«LJ'l'-rdo <;TJn le :::1~'.f"1=il..,,d"o .::11 I= R..::,¡IOi..1' e.o: 0¡;:1t!.r.u::jQ,·~·'"'i¡s.cm~ ,Jd Pro:iGr;;1rn:oi c .. :.i~g ;¡j f'ht.an.cl;i,rrle:ntD p.;i;:i -s"01uch:i"°'I!!:: h;::ibi't:,-d~n>tf~.

c. DircCh:u· G::inc::r11I. Cciomis:idn. Nllcio~"l de Vr.ñcndzi Pr~n:te.

fOUCITUD DE suasmro FEDERAL

·: r¡

Anexo 5 Solicitud de Subsidio Federal

Código QCW.40·MOPAFSH-001

Versión 09

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRBTAJliA DE DESARllOU.O AGRARlO,

TERRITO!UAL Y URllANO

CONAVI COMl.'llóN N,ACIONAl,

DE VIVTl!NDA

SEDATU

¡(¡\ 1 \ ', \ \) '·\ .•. ~. \ '

\ \

--~~~l. ~:.~

Page 87: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA71DE81

·ic.~t.. f"JJ.!i,s~a.rri.i --.Jr.. th -...r!.:.11"t 11L1hjj.c .. ¡ r\.JJ In ~;,,-..,qcoi;'ti.lJu ..U. ~td:rn:.ui..'du ¡.iur 11"0l"'1iJu. f101litju1 i.1la.u""'"·"' .,.;,. anUf•t.,;. :F'"""'-'lwrtu't _..J. ,.,.. lm"'LHaLv~."~1.11.1 pl,lu~" ~orltn. Ju" i..u1111iL"'-,.:t-fnl~~. f;i.LI f'IP1"11bldn cJ oh.u t!u M•lr P.l'<lll~'"m..l ..,.,,. ~ .... ~ p.)\úJ~Vl\t 1<1h.;.:h., .. L.i~, "°'"" L>o.:oq.-. 1"lFu• dli'l<'ltnhu. .- hr~ ri.1 .. bj..,,.h:hr~. ""uhm li.1i._. l.'~.,.. ltn{<>J¡oi•h• ,J., 1 ..... r~o;un.1-1.., üu ... ~t.-·rt"":Jl';.,111"" ,.f.¡,.,rJ uu· ~~·~1uuLl~.it"'- y ;,..,11 ... hu1~Jlp..idr ..+r..o..o+.~~dm i'."."~~ i;. '. ,..,.~ • .:.!"IE.Ü~hi )t...,... h• ·u o.<.1.~.u~•lr.!.11J .1.1U·o~,¡:..,.1N,.fllM~ .•

PS:()JESTO LO-NECESARIO

lfoo

EJ.Bj6 pt-ll"t.e~t:i;I: de- i:;l-!!cir le. la':E!!f"d:e dt rnanlrtestq. quE!. la lnfurrr"lacló.n coneentca en ~.rt~ e:::.crl'W es d~rt3~ .. 11gl..!r.:'ll .que la

que f..irº~ordtln~ p-ara la ab.r::am;:i6~ del sub:;idip~d~r:eil a q_ué se- ro:R!i!.r~···~-(iOCU·m·enio:~:-~1mh~·rno~ man1fiert0···no· c:orrtar'" ~Qn .atra vh.ñen<la d~reritE! ~la que sa:aplfccar~ el .!1tLih~5d:kL

s _ s _ $ _ $ _ $ _

Mi:ir11tx) ne.tq. d<Qf fi naru:iarn~ento ~u~ me of:c:-~ Mc;nt:a del .ahorro pl'!ii!!llk)

To-tal daJ ,!¡¡Yl:Js.~d1o Feder,a;~ d·~ •;;i, ctJN.A.~11:1 {~)

a·. l\llct:nta dG".subsldllo"fedieral

b. .$Ub!:ldto p~rq pago de. gai"l::!ln1:fas/.!!ii~gtJr~

El dlcmldílo.. donde~ a¡plkÓ el .!iiUbsi-dic es la c-aJi~ ------------- eem e:! nómer.g exte-ñc.-- con el ni'.'.il"T'l"er-a

hnt.:~ñor - art Ja cotemta ~ctíl ~ C.P, --- sn l=i: loc¡¡¡¡¡Jldoa.d. da ~------.J ubl...::.ada ~n el Mu·nt!:f Pf.ll' de .......

--- que~ ~nc:uer:.t:~ e.o el éseecc , LCJñ un val.ort:-atal de l;;;;i: aeluetén naerrectena! :5------

Yo ....----------- c.ntl CURP _ _.. __ _,,~ que en ~~.-i;~ aLto me íd~n'l:ifica c.on 11:if·d,.;i.;;:iJin'le=oto qu~ eert

copte ,,;;.:~ a neKB a la dt:X!Umenttar:ió-n deJ flnanciamlent.P t:.ci~p.pniilia~ti!) 111.an!fíe..LO y h:ago coruster- que re:c:;lbí- !i!IPªJ't;i

CERTIHCAIX> OE RECEPCIÓlll DE SUBsl OJO CORRESPONDIENTE AL ~PROGRAMA ÓE ACCESo AL FINANCIAMIElllTO'PAAA SOLUCIONES HABlTAClONAL!O.sn

_G9_dig_o QCW.40-MOPAFSH-001

Versión 09

FecJJacle Emisión: Abríl/2018

SF.CRETARiA D.!l DESARROLLO AGRARJO,

TllRRlTORIAL Y U!WANO

cdMLSlóN NACtONAL Df. VTVJl!NDA

Anexo 6 Certificado de Recepción del Subsidio correspondiente al "Programa de Acceso al Financiamiento para

Soluciones Habltacionales"

. !

CONAVI

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

. t .. ~ ........

SEDATU

,.,,.,._~@&:&. . .,,.., .. ,...,

Page 88: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

//

t i s / ¡ ... ..

'

'/ .//NO. MOTIVO

t 1 Por no formalizar el acto jurídico 2 Por no entregar el recurso federal en tiempo 3 Por reauerimlento de la CONAVI. (Incluir no, De Oficio)

~ Por cancelación de la beneficiaria o el beneficiario al crédito y subsidio. 5 Por incumplimiento de la beneficiarla o el beneficiario.

Otro (Esoecificar)

1 PÁGINA 72 DE 81 ¿! \~

____.,.

Subdirector General de Subsidios y Desarrollo Institucional. CONAVI. Presente. Coordinador General de Adminlstracl6n, CONAVI. Presente, Dirección de Planeaclón de Proyectos Especlales. CONAVI. Presente.

Lic. Lic, lng.

e.e.e

NOMBRE COMPLETO, FIRMA Y PUESTO ENTIDAD EJECUTORA

El monto de la devolución es por $XXX,XXX,XXXi ( pesos _}100 M.N.) que corresponde a la cantidad recibida por los subsidios que se enlístan, El depósito se realizó el (día) de (mes) del presente año, a favor de la ~9misión Nacional de Vivienda a la Cuenta (número de cuenta de CONAVI), que maneja BANAMEX en el Distrito

•Fftderal, con CLABE (número lnterbancarlc de CONAVI) y con referencia (número de asignado por CONAVI a la ,( f NTIDAD EJECUTORA). SE ANEXA COPIA DEL COMPROBANTE DE PAGO FICHA DE DEPOSITO.

\{ ATENTAMENTE

NO. NOMBRE CURP FECHA DE MONTO MODALIDAD NO. MOTNODELA CONSECUTIVO BENEFICIARlO(A) OPERACIÓN SUBSIDIO FOLIO CANCELACIÓN

(primer apellldo, DEVUELTO SUBSlDIO (NO. REFERENCIA segundo apellido~ TABtA INFERIOR)

Nombre)

Importe Total Subsidios Devueltos $xxx,xxx.xx

Coordinación General de Subsidios. Comisión Nacional de Vivienda Presente. De conformidad con la normativa del Programa de Acceso al Financíamiento para Soluciones Habltaclonales, hago de su conocimiento que de un total de (número) subsidios ejercidos en (Indicar el mes respectivo) de 20XX, fueron cancelados {número), los cuales se detallan individualizados por beneficiario a continuación:

Ciudad Entidad, a DO de MES de (AÑO}

Anexo 7 Devolución del Subsidio Federal.

(Usar papel oficial de la lnstítución)

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

DESARROLl.O AGRARIO, 'J'ERRTTOR[AL Y URBANO

SECl\ETARiA DE CONAVI SEDATU

COMJ~IÓN NACJONAL D~ Vf\ll~NPA

Page 89: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 73 DE 81

Nombre completo Cargo Nombre de la entidad ejecutora c. p, Subdirector General de Subsidios y Desarrollo lnstltuclonal de la CONAVI. - Presente.

Coordinador General de Administración de Ja CONAVI. - Presente, Coordinador General de Asuntos Jurldlcos de ja CONAVI," Presente, Director de Planeación de l'\oyecto~ Especia les. - Presente.

Atentamente

Sin otro particular, le envío un cordial saludo.

~--.·_.\"">- 4 .. - .... · .... I ---- ,_ ¡'\,. ·-·-

o/ . 11··1

.. •' é'

Por lo anterior, anexo al presente el comprobante del depósito referido.

OFICIO IMPORTE QCW.3.1/XXX/2016 $XX,XXX.XX

TOTAL $XX,XXX.XX

Por este medio, me permito informar a usted que con base en el Oficio No. QCWAO,l/XXX/2016 de fecha XX de XXXXXXXX de 201X remitido a (nombre de Entidad Ejecutora), se ha cubierto el importe total por $XX, XXX.XX (cantidad con letra _}100 M.N.), correspondiente a las cargas financieras derivadas del reintegro extemporáneo de los subsidios otorgados, de acuerdo a los siguientes oficios:

Coordinador General de Subsidios de la Comisión Nadonal de Vivienda Presente

(Usar papel oficial de la Institución) Ciudad Entidad, a XX de XXXXX de 20XX

Anexo 7 BIS Notificación de pago de cargas financieras

Código -ocw:40~MOPAFSH-Oü1

Fecha da Emisión: ~Abrll7201 B

Versión -- 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionaíes

SECRETARÍA PE DF,Sl\RROLLO AGRARIO,

TER!UTORIAL Y URBANO

COML'llÓN NACIONAL Pt VTV!ITNDA

CONAVI SEDATU

-~~ ' - - :·.~.:":"":::.·~~-t:.:·;:. ~-; ~ . ;.,.- .. 2:;~'.~;;·~~=}:'. '-.--.: ~~j2:f:~ --- ----¡ ~ •'

Page 90: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

W¡ 1./.) .. 1 1,. /

1

17JJ PÁGINA 74 DE 81

B.-CATÁLOGO OE CONDICIONES OE PRECARIEDAD.DE LA VIVIENDA. (Preferentemente. las acciones de mejoramiento y/o ampliación buscarán abatir estas condlcicnes¡ Se dice que una vivienda es precaria si:

• El piso es de tierra. • El techo de la vivienda está construido con materíal de desecho, de lámina de cartón, l.:imina metálica o de

asbesto. • Los muros de la vivienda están elaborados con material de desecho, lóníina de cartón, lamina metalica o de

asbesto, o embarro o bajereque, carrizo, bambú, palma o madera. • Et baño es compartido. • No hay conexión de agua dentro de la vivienda, pero si hay dentro del terreno. • No exisle conexión de drnnaje que va a dar a la red públira.

No cuenta con energía eléctrica. • Se cocina con leña o carbón sin contar con chimenea.

No existe excusado en la vivienda o, sí existe, no se lé puede echar agua • Tiene problemas de hacinamiento, esto es, más de 2.5 personas por donnitorio

Anexo 8 Catálogo de Condiciones Previas de Precariedad de la Vivie.nda

Fecha de Emisión: Abril/2018

COJ\llSION NACIONAL DEVTYITIND1\

----- SECRETARÍA nn [)F.SAR'noLLO AGRA mo,

TERlll'l'ORfAL Y URilANO

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

CONAVI SEDATU

~~~~~~~~~~~~~~--·~~~~~----~~~~--~~~-___, Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al

Financiamiento para Soluciones Habitacionales

Page 91: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 75 DE 81

c.c.p.

xxxx [Nombre de la persona que firma el eflclo XXXX (Cargo de la persona que firma el oficio

Xxx {Nombre y cargo de las personas a quleries deba turnarse coplas)

Por otra parte le informo que a efecto de dar pronta atención, el presente oficio será enviado vía correo electrónico y posteriormente por mensajería, por lo que le solicito, que al día hábil siguiente a su recepción electrónica, en~~

p ... ºr·······l···ª······m·····l·s···m······ª·. ·v···f·a·,·· ·e···I···ª· c···u··· s··e··· .d .. e recibí.do·,.· el cual consiste en Imprimirlo, sellarlo o firmado de recibido, dlgltalizarlo ·~-... . .... envlarlo a la dlrecclón: xxxxx (dirección electrónica de la persona que atenderá el asuntó) perteneciente a xxxxx \ ~ (nombre de lapersona que atenderáetasunto): ······················································································ ················ ·· · ··········································· , ~···

La respuesta a e. s. t. e oficio debe. ser env.iada por mensajería al siguiente dom .. i.dllo, .. Preslden. te Masaryk .. N. º .. 21. 4, Prlm. e. r ·. . / "r 1 J· ·

Plso, Col, Bosque de Chapu!tepec, C.P. 11580, nelegaclón Miguel Hidalgo, México, D.F., y la documentaci~' WVJ comprobatoría requerl.da en a;c:hi)lo··ele. ctrónlco a la dirección de cor~e.o xxxxx (dirección electrónica. de la pe_rso · que atenderá el asunto), así mismo en caso de tener alguna duda o solicitar alguna aclaración, favor de comunica. rs. ~· al teléfono 91.38;99.91extensión67 xxx (número de la extensión de la persona que atenderá el asunto} Sin más por el momento, reciba saludos: / .

ATENTAMENTE j % ;~I ,¡·JJ

Derivado de la (s) inconsistencias referente a xxxxxxxxx (Indicar en qué consisten las inconsistencias determinadas) y con fundamento en lo establecido en el numeral 9 Auditoría, Control y Seguimiento, segundo párrafo incisos a) b) V e) fracción l,ll y 111 de las Reglas, Convenio de Adhesión formalizado entre esta Instancia Normativa y xxxxxxxx (Nombre completo de la Entidad Ejecutora) así como el Título Cuarto Capítulo 11, apartado B De las Penas Convencionales del Manual de Procedlmlentos para la Operación del Prógrama se le comunica que se ha hecho acreedor a una Amonestación Nlvel "A", por lo que se le solícita que en un plazo máximo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la recepción de la notificación, explique y adjunte la documentación soporte, que evidencie la solvencia de la (s] inconsistencia (s) determinada (s)

Nombre del Representante de la Entidad Ejecutora (Podrá ser la persona que firrnó el Convenio de Adhesión o el Titular de la EE) Cargo de la persona a quien se dirige el oficio Nombre completo de la ~ntidad Ejecutor"' PFli;:SENTE

Ciudad de México a xx de xxxxx de 201x

ANEXO 9 Amonestación Nivel "A11•

Oflcío No

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

CO.MlSJÓN NMJIONAL nrVTVlllNDA Sl!CRETARiA DJl

DESARROLLO AGRARlO, TERRITORIAL Y URBANO

Versión 09

Código -··---QCW.40-MOPAFSH-001 -·

Fecha de Emisión: Abfíl72ü18

CONAVI SEDATU ' . 1.·. ~ -_. 1.-.-_ ,. ¡~;~: !:"

Page 92: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 76 DE 81

XXXX {Nombre dela persona que firma el oficio XXXX (Cargo de la persona que firma el oficio

x (Nombre V cargo de tas personas a quienes deba turnarse copias)

La respuesta a este oficio debe ser enviada por mensajería al siguiente dornlcillo, Presidente Masaryk No, 214, Primer Piso, Col, Bosque de Chapultepec, CP. 11580, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., y la documentación comprobatoria requerida en archivo electrónico a la dirección de correo xxxxx (direcc!ón electrónica de la persona que atenderá el asunto). así mismo en caso de tener alguna duda o solicitar alguna aclaracíón, favor de comunicarse al teléfono 91.38.99.91 extensión 67 xxx (número de la ~ 1s/ xtanslón de la persona que atenderá el asunto)

: /" Sln más por el momento, reciba saludos, i A'tENTAMENTE l/rr ,.. ¡

Por otra parte, le Informo que, a efecto de dar pronta atención, el presente oficio será enviado vía correo electrónlco y posteriormente por mensajería, por lo que le solicito, que al día hábil siguiente a su recepcíén electrónica, envíe por la misma vía, el acuse de recibido, el cual consiste en irnprlrnlrlo, sellarlo o firmarlo de recibido, a la dirección: xxxxx (dirección electrónica de la persona que atenderá el asunto) perteneciente a xxxxx (nombre de la persona que atenderá el asunto).

No omita mencionar que en caso de no atender este requerimiento se le suspenderá del Programa, de acuerdo a la tabla de penas convencí o na les

Ciudad de México, a X>< de xxxxx de 201x

Derivado de (supuesto 1) que no atendió el requerimiento de información solicitada mediante oficio número (hacer referencía a la solicitud de información), (supuesto 2) la insuficíente documentación referente a xxxxxxxxx (indicar porqué se considera insuficiente] y con fundamento en Jo establecido en el numeral 9 Audltoría, Control y Seguimiento, segundo párrafo incisos a) b) y e) fracción l,ll y 111 de las Reglas, Convenio de Adhesión formalizado entre esta CONAVI y xxxxxxxx (Nombre completo de la Entidad Ejecutora) así como el Título Cuarto Capítulo 11 apartado B De las Penas Convencionales de! Manual de Procedimientos para la Operación del Programa se le comunica que se ha hecho acreedor a una Amonestación N1vel 118111 y se le solicita que en un plazo máximo de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la recepción de la notificación, explique y adjunte Ja documentación soporte, que evidencie la solvencia de la (s) inconsistencia (s) determinada (s).

Nombre del Representante de la Entidad Ejecutora (Podrá ser la persona que firmó el Convenio de Adhesión o el Titular de l;i EE) Cargo de la persona a quien se dirige el oficio Nombre completo de la Entidad Ejecutora PRESENTE

Oficio No

Anexo 10 Amonestación Nivel "B".

Versión 09

Código QCW40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SllCRETARlA DE DF.SAllllOLLO A(JRÁRJO,

TERRlTORlAL Y URBANO

CONAVI SEDATU COMl~JÓN NACJONAL

DE VIVTENDA

Page 93: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

X.XX (Nombre y cargo óé las personas a quienes deba turnarse coplas) Cio.p,

XXXX (Nombre dela persona que firma el oficio XXXX {Cargo de la persona que firma el oficio

PÁGINA 77 DE 81

Por otra parte, le Informo que, a efecto de dar pronta atención, el presente oficio será enviado vía correo electrónico y posteriormente por mensejerla, por lo que le solicito, que, ~I día hábil slgulente a su recepción electrónica, envfe por la m~ vía, el acuse de recibido; el cual consiste en Imprimirlo; sellarlo o firmarlo de recibido, a fa dirección: xxxxx (dírecclón electró~00 de la-persona que atenderá el asunto) perteneclenteaxxxxx(nombre de-la-persona que atenderá el-asunto). ································· K La respuesta a este oftcío debe ser enviada por mensajería al siguiente dornlcllío, Presidente Masaryk No. 214, Primer Piso, Col'. Bosque de Chapultepec, C.P. 11580¡ Delegación Migue! Hidalgo, México, D.F,1 y la documentaclón comprobatoria requerida en archivo electrónico a la dirección de correo xxxxx (dirección electrónlca de la persona que atenderá el asunto), asf mismo en ca~ de tener alguna duda ó solicitar alguna aclaración, favor de comunicarse al teléfono 91,38.99.91 extensión 67 xxx (número de extensión de la persona que atenderá el asunto) Sin más por el momento, reciba saludos.

ATENTAMElFE

No omito mencíonar que en caso de no atender este requerimiento se le mantendrá suspendida de la participación del Programa, de acuerdo a la tabla de penas convencionales,

Ciudad de México, a xx de xxxxx de 201x

Derivado de (supuesto l) que no atendió el requerimiento de información solicitada mediante oficio número (hacer referencia a la solicitud de Información), (supuesto 2) la lhsuflclente documentación referente a xxxxxxxxx (Indicar porqué se considera Insuficiente) y con fundamento en lo establecido en el numeral 9 Auditoría, control y Seguimiento, segundo párrafo incisos a) b) y e) fracclón 1,11 y 111 de las Reglas, convento de Adhesión formalizado entre esta CONAVI y xxxxxxxx (Nombre completo de la Entidad Eíecutora) así como el Título Cuarto Capítulo 11 apartado B De las Penas Convencionales del Manual de Procedimientos para la Operación del Programa se le comunica que se ha hecho acreedora una Arnonestaclón Nivel "C11, y se le solicita que en un plazo máximo c!e 20 días naturales contados a partir del siguiente a la recepción de la notificación, explique y adjunte la documentaclón soporte, que evidencié !a solvencla de la (s) inconsistencia (s) determinada (s),

Nombre del Representante de la Entidad Ejecutora (Podrá ser la persona que firmó el Convenio de Adheslón o el Tltlllar de la EE) cargo de la persona a quien se dirige el oficio Nombre completo de la Entidad Ejecutora PRESENTE

Anexo 11 Amonestación Nivel "C''.

Oficio No

Versión ----- mr Códiqo -QCW.40•MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitaclonales

COMISJÓN NAClONAL DEVTVTENUA SllCRETARiA os

DESARROLLO AGRARIO, TERRlTORfAL Y URBANO

SEDATU CONAVI

L [ r

Page 94: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 78 DE 81

1.V.1~ Prng .. r~mn es de carácter p¡\bHco. ajeno a c1111ltl•~i~.1· ~<irtlda político. Qni!dn prchlhhjo e l uso ¡mm ruics dhtWtoi;.,., les 12.st:1l:ile.,.idos e~1 el rru~JW•"'

VIVIENDA PARA PROSPERAR

Gobierno de In República

Snttemcs lo 'iruportnnte que es l)i1fll 1i y p11n1 tll'lo seres qneridcs contar cou mm vivicndn cttgun. Nuevnmente.aunclms fe l icidndea.

Pnm el Gobicruo ele In Rcpúblicn, 0!:! un gU:o;;lo npoynrte Col! un subsidio de ~----------- pi!Sl.lS pam cumpfirccu 111 sueño.

Querernos tellcítarte por hacer renlidud el nnhe!o ele tener unn cusn. Huu valido Ju penu !\l~ wuos de esfuerzo. ahorro y sncrtflcio. Ahom tienes un hognr que IC! duni tranquilidad. contlouza y seguridad n 11.1 fiunHi n,

Estimado _

CURP:

Sf.DATU MFXICO

Anexo 12 Carta Felicitación a Beneficiarios del Programa

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abri!/2018

Manual de Procedimientos para Ja Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMl51ÓN NACJONJ\L DEVIVTF.NDJ\

SECRETARÍA DJJ DESARllOLLO ACRAllJO,

TliRR!TORTAL Y URllANO

SEDATU CONAVI

Page 95: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 79 DE 81

9. r(;Lie in dlcarcn en d6nd!:!i podía techi_ntar en _00_50 do .n.otP.l' alguna itTe~ulat-idnd o por no recibir un bue.n t'.k°'Ato o ssnido ao_n rnlad6n al apo}•o?

S, .::X..c han informado qUli'.! los ajaoy os que t!nttéZ.fi d~i Prograipa, 'no _.,;:@ ~ai:ribiti:1 po.t:' '\'Otos, d'inero , ni r~_g~lo:s-~

7• ¿.-\lgui'9n le ru.nénazQ bon quirarlie et apo yo para. su oas-a s'i rro votaba a fu,·-or de algU.u partidt> político?

6, ¿_-\Jguitm le _c'O.tl.di_don6 Ia entr@:gn d~l ~po)•o para su. casa a c;unbio d<t qwe votar¡¡ a favo r- de a]gUp pn.rthlo pollticO'?

Regalos pe rae ne.lee

r:avores· Otra

Siº ;)$·.

' ... .r

J\l~~al ldades del ~u b~id:io (adqu[rlr-, metc rar e cori.su'uít) De rcc~os ~-obligaciones de ~~s 'beneñctartos, DOcµbl_.eritOS que 'debe p res enta.r- el solinita:D.tE!. l\l:f;ldidsp<\.rapresentar qua.ja.s )' dentinch _ s De.p.enden9ia que oW.-rga el apq>rº Otrn:

3. lQt:te infornu1.:c-i~n le dleron s Obj~tlvoa del Programa· APo·S;O!J qQ~ otocga el Pro gxanaa Cómo trt.ilmtr el a.Po y P

Raq.uisjtos p~~se.:r.benaficfai.lo :Monta-· ~ib Ic s .BlJOYQS

Cari:tqtet<~tlcas del .rnont<;i ~.ú.XL:n.o 4e.l sala~~ pa~a· redbk ie1 i"llpoyo

2~ e.Le dieron infotltlE!.lllón sobra e'l Programa?

-u No Drra_pregID-..ta.4

Pregu.n"t:a.s

1. ~e ;indicaron qU.e el substcí¡c del Programa,~ un npp:,.·o que le otorga el"Gabierno Fede:r~ }• fl'=:> Oe'Q~P.a&ilrlo o reh).tegra·rlo?

.E:.ie.rcli:do ~b:C;iJ _de receJ)eión del _sub.s1dlj -~---------- ;J;oUo de. C:o:ntt.alorl:;iSoctal: _

Entidad·Eje.cu-t:o.ra:. Localidad: _

Follo daSu.b.sldio:, ?..I.odalidad:, Fechn. 1Gon~~ta.;. ~V.i&1bt.~-------

Be.n.eficiario~,-------------------------c{nu>~,-------~----------- Ent"re·vist:adet::: Entidad &-id1Hrat:i,1a_~------------- IdientH:lcra.c,i6n oficial del entre,".ist:a,d,o: ' l\Ionici1>io.: _

.Prograniil. de Acce$o al Fina.danrlerito para. is'oluciones H:abitaclónál~

r.u:1trT,\HIA rff nr sonnruz.o .\GnA1-c1n,

·n •Hnrc1t'..l,'al. Y u1t11,\.NfJ .1 ContraloríaSodal

CONAVI r·••"\•,11·~·;¡.i"i_·~·;:7••.~1

SEDA TU

Anexo ía Informe de Contraloría Social

Código QCW.40-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETAlliA DE bllSAll.ROtLO AOll.ARIQ,

'l'EllRtTOJUAL Y URBANO

CONAVI SEDATU COM!SJÓN NACIONAL

mVTVIToNTJA

Yersiób 09

Page 96: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PÁGINA 80 DE 81

Nombre y firma del Entrevistado

CpU.t:ac:to: La CON"A Yl real Iza acciones de Con traloria social cortfcrm e e lo es tablc ídc en su s documentos xcrmattvcs, que pueden consuttarse en 11ttp;/ /1.L•nnt•,go b,nr.x/ ~u1Úrt.•'i/ do ~1ll'n iel'lt.o s/ es.quema- de-contr.aloria~soctir r-de !-pro gra uia-de-acceso-a C-fi.ncurclurnie,itq-pura~ .soJH~idJh~s-Ju1bito:efonal~s:-t>jerctcio1'15cal~2oi8. y u 110 de, los rnecantsmos para crterrtacíón sobre el progre tria, as:i cerno reclb it• quejas r de nuncias es a rrevés de Aten etón Clnd adan a en los teléfonos (01 55) Qi-38-99~91 r al 01~800 ca ao .¡36, o al cor-reo electrón kv [email protected]ób.m..~r o acud lendo a las ofü:inas de A ven lda r restdente ~Ia.saryk ~U mero 214~ eer-, Piso, ccten!e Bosque de cnaputtepec, códrgc Postal 11.s801 Dalegaclón::HiguelHldalgo, Cf udad de ~té-:\1~0~

15 ¿Recibió respuesta a su qu eja o denuncia ante e sa o tra í nstanota?

14.:'..f!a p resentado al guna queja. o denuncla ante alguna otra Instan eta en re lació n

Con el apoyo par-a '5U casa?

13. ¿Rscibi6 respuesta a su q ue]a a denuncia ante la CON.~VI?

12. iHa presentado alguna queja o denuncia ante Ja CONA'-;'] en r-elaci6n con el ªPº:'-'º par a su casa?

i1. GRecibió respuesta a s u queja o denune ia ante Je Entidad .E;;Goutora'? Siº -r Ter-n-iin.e -r Noº s1D -t: -r -r -r -r Siº -r

s.o, lHapresentado alguna queja o denune la ante su Entidad Ejecutora e n re lacló n con el apoyo para su casa?

e , ~ ~·'' I> 1>; ·, ,\l L• 1 •; 'l 11; 'I~ ''•¡p.\

'iln11t "itn,\111 Pl: '>."\IUl..tll t l {.,UT\ \~:,1n

1rmu1-0¡~1A1 ~· nh~\.\f'IU

• Contraloría Social CONAVI SEDATU

Código QCWAO-MOPAFSH-001

Fecha de Emisión: Abril/2018

Versión 09

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

SECRETARÍA LJH DF.SARROLLO AGllARTO,

T]RRITORIAL Y URBANO

COMISIÓN NACIQNAL f)f. VIVIENDA

CONAVI SEDATU

Page 97: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

1

l-·. r~~

r-, ' l.:

PÁGINA 81 DE 81

María del e. Coordinador

Jurídic

Guadalupe Adr" Directora de

v-, \ <, \~

\r .. - .. ·.' . '\~

Armando Sergio Bustamante Fuentes Director de Promoción y Opera ¡ón de

Subsldlo

e Fomento de Esquemas de Financiamiento y Soluciones

de Vivienda

AR~ANSITORIO ÚNICO, - El presente Manual de Procedimi Lito<;entrará Jlr(vigor la rnlsrna fecha de firma del Convenio de Adhesión del que es Anexo, o bien a la pub n de éste en la,página web de la CO AVI, previa notificación (como la CONAV! considere pertinE:mte) a las Entídaúes ecutoras,cofÍ Convenio de Adhesló v'gent ~~'-----'-~~~~ll-~~~~~~~~

Versión 09

Código QCW.40-MOPAFSH~001

Fecha de Emisión: Abíil/2018~ ~

Manual de Procedimientos para la Operación del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales

COMiSlÓN NACIONAL PJ; VlVlF.NDA

SECRETARiA D.8 DESARROLLÓ ACRARTO,

TERRl'l'OR!AI. Y URnANO

CONAVI SEDATU

Page 98: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

¡

Page 99: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

IVSOP

ANEXO 2. Manual Básico de Identidad .

CO~U.SiÓN NArlOi"-11\l. IJ~ v1vn:NP.·I.

CONAVI

. -··

SECRETARIA DE D[SARROLLO AGRARIO,

T.ERJUTOJUAJ, Y URBANO

SEDATU

Page 100: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

./

Page 101: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PROGRAMA DE ACCESOALFINANCIAMIENTó PARA.··

SOLUCIONES HABITACIONALES .

1

Df$1\RROl.!.O 1\Gll1\R!O, 'lTRl\lTOnlÁL Y URBANO

tÓ~1 f~!llN N.\CH"l!'Ú L llEVll'HNO.\

~[CRETARiA PE

SEDATU CONAVI

• :,IC .' ... / ... · . strtuci 1

Page 102: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

2

Cl)Ml~ION NACIONhl, Uí\'l\'IENO.\

CONAVI

COM15fc...1N NACtUN:s\l- I:>I Yi\'ll-ND.\

CONAVI

I

.srcnETAR[A ot DESARROLLO ,\Gl\,\l\!O,

lTRRITORIAI, r URDANO

SEDATU

SECRETAR t A DE ll[SAl\l\Oll,O AG1tAR10,

; 0 nrt.RITOR!AL Y URl<ANO m ...........•. SEDATU

Estos logotipos funcionan como identidad gr.Hita, no pueden ser usados por separado ~1 modificados. Sólo para el caso de material informtivo interno y/o papelería podrá usarse el imagotípo de la CONAVJ.

Ésta se compone por seis elementos: Las síglns de fo Sccrctarta dc Desarrol!o Agrnrio Territorrlal y Urbano soportada por una picea tricolor, el crédito de la Secretada, un degradado, el Escudo Nacional, y el lmugoüpo de la Cornisión Nacional de Vivienda (CONA\'1).

La lmilgcn gr:ífica que se uriliznrápara el Programa Je Acceso al Fínaclarniento parn Soluciones Habltncionalcs, está alineado con.la imagen del Gobierno de l.1 República.

IHil illll" IDENTIDAD GRÁFICA

Es importante que se consideren estos liuenmleutos como una !:,'lJÍ:l para que el mensaje que qltC!'ClllOS transmitir tenga el impacto que deseamos, )' asl construyendo unn plataforma creativa y uniforme: de acuerdo a los Ilncaruicntos

Este manual brinda una explicación rlum y coucisu de. los elementos visuales que constituyen el Programa de Acceso al Jli11aciamic11tn ¡mm Soluciones Hahitactonalcs, para que el mensaje que queremos transmitir sea Jo más claro y eficaz parn logrnrun mayor impacto en cada una de las piezus de comunicnción qne realicemos.

N 1111 [NTRODUCClÓN

Page 103: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

¡¡-.-_:.

~··

8 Pantone 356 C

e Pnutone Cool Gray 10 C

Pantone 877 C'(plata)

Colores

11 !Hl!F TAMAÑOS MÍNIMOS Y USÚS INCORRECTOS Y COLORES

COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA

e COMISIÓN NACIONAL

DE.VIVIENDA

AVI CO.

nrn 11 lll Uso VERTICAL lMAGOTIPO CONAVl

Page 104: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

4

SEDATU ·--mm"~

l~;...:iL4..IJoA 'tUJJll>l.l.l,l~l•LCA.~

Wi11i lllV APLICACIONES

No utilizar la firma sobre fondos de color no indicados

No alterar las dimensiones -~~::~~ - !-l • '•"•'-~

No cambiar posición de tos elementos SEDATU '\."'t:rU •·~~t't

l"lU.'!'!.•.-!2~.~-~.!i.~ \'\ r;un,·""='~ r.·1~~~~·,

No modificar el color de los elementos CONAVI ~..,~· ... ,,..,,-;: ...

Sfi_QAT~J_ , !1"ql'r~~H~i"

L.··'-·-·~-~J'jr/:t.!U' HH•~l\l ~') f ~~· ~'<•

No aplastar ni estirar la marca

COllAVI

/~ L.\::J COIJAYl

CONAVJ ----- H·~·~·''' :..l>~;,_•S1 t !:!Y.i-lf'.'.I'\

SEDATU ~~~ Pf·~1 :ll>1;,,11'."~.1.,s;;:1. t~O 1r1 ·l.'-~-'\ ~-J_•_•,':i"i

Page 105: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

•• • - - MOYER MEXICO

¡¡ . . . . .\t. ·~ MOVER. \t MEXICO • (1

MOVERA MÉXICO

SECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO,

T~RR[TORJAJ, nrnllAN:o

SEDATU

CONAVI

SECRETAR[A DE DESARROLLO AGRAl\10,

T~RRlTORJALY URBANO

SEDATU

SEDATU

ll!l!lll!JI" LOGOTIPOS 1 TLN'fA

Esre pro¡,'1'~11ml es piil1lko. ¡tjcno a cunlquíer partido politice. Q\te<l~ prohlbMll el uso para fine~ di~tintM alos csrnbkddos en d pr<>grm~

'11 .@co1favi_mx

(55)91389991fat.67081 [email protected]

www.conavl.goh.rnx

!,..: f-:•;

Sf.CJUTA.HL\ DI: i:)[SARnbJ.l O AGRARIO,

TrnRIJCJR!.\L Y URUANO

CONAVI r:mu~~t'.1:~ r.:>.qq:i.q ..

rii; Yi\U~"'"~O~\

SEDATU

JI nrn Uso EN CINTILLOS

Page 106: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

6

• - MOYER MEXICO

COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA

CONAVI

S<CP.ITAl\lA DF. llESARRúlto !\GMl\10,

HRR!YOll!Al YlffiMNO

SEDATU

;

MEXICO

MOVER A MÉXICO

SECRllTA.R[A on OESARROLLO AGRAlllO,

TERRITORIAL Y URBANO

SEDATU

SEDATU~CONAVI

l)F.CRETARIA DE Ui'SAJÜ\OLLO AGHARIO,

'tliRRlTORIAL Y URIJANO

SEDATU

SEDATU

/} ····-/ _1 ' 1

--\~ 1

11 ! !tf] 11" LOGOTIPOS EN PLASTA (SÓLIDOS)

Page 107: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

r- ,. ¡:·

7

•• ~ • - MOYER

MEXICO

COMfSIÓNNAClONAL . DE VlVlENDA .

CONAVI

>ICHTAlfü r>r !lti,\tJ\OLW AG!!.ARl\}, 1!JlRUmIAl. Y U_RMNO

SEDATU

~ MEXICO

COMISIÓN NACIONAL D.EVlVH¡NDA

CONAVI

COY.füON" w.c:IVNAt P!\1'\:1L ... Th~

CONAVI

•• MOVER - MOVER A MÉXICO

S[C~n'AMA Pf J)ISAltROUO AO!Wl.10~

TiltltlTO!\lAL V: \IRlWIO

-----~· SEDATU

.CONAVI

SEC!l.ETARÍA OE DESARROLLO AGRARIO,

TERlUTORfAL Y URBANO

SEDATU

SEDATU

~··

14 1 Ji 11'" Lo. GO. TI.POS CON FIDELIDAD . . .

Page 108: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

PLACAACOlOCAR EN VMENDA NUEVA O DE AUTOPROOÜCCIÓN

PUEDES OBTENER UN SUBSIDIO DEL GOBIERNO Dt LA REPÚBLICA A TRAVÉS DE LA CONAVI PARA:

PUEDES OBTENER

UN SUBSIDIO OEl GOBIERNO DE tA REPÚ BUCA A TRAVÉS DE LA GONAVI PARA:

CARTEL BANNER

l i MATERIALES DE DIFUSIÓN DEL PROGRAMA DE SUBSIDIOS

Page 109: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

>/¿ Elabor9: Lic. Claudia Ákantilr<1 Martínez.-Directora de Comunicación Social,

Autorización: las presentes Normas fueron autorizadas por el Comité de Mejora Regulatorla Interna (COMER!), mediante Acuerdo número 004-30RD-131020I6; de fecha 1.3 de Octubre 2016 eri la Tercera Sesión celebrada en esa misma fecha y por la Junta de Gobierna mediante Acuerdo JG-41-091116-61 S en su 41'. Sesión Ordinaria, celebrada el 09 de noviembre de 2016. Las firmas de autorización quedarán plasmadas en el acta de la sesión, en donde se dictamine procedente el acuerdo en comento. · 9

erna!l:[email protected] W\WJ.conavi.gob.rnx

El trámite para la sollcltud del subsidio es gratuito y personal, El importe del subsidio que otorga fa Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI) no es rembolseble. la CONAVt no cuenta con gestores, ni representantes.

"Este Programa es de carácter público, ajeno a cualquier partido polítlco, Queda prohibldo el. uso para fines distintos a los esta· bladdos enel Programa."

•su¡eto" reglas· d e .o p e r a c l é n 01 800 2880 436

¡:¡

!:1 :·¡

!i ;¡ :! d ¡1

t.:ó?.!H~.;. ... :~ N'\Clry~.\!.: . r;¡: \T•lt·~~tl,~

Pregunta por el SUBSIDIO del Gobierno de la República para tu soluclón devivienda"

.CONAVI

TEXTO A INSERTAR EN TODA LA PUBUCIDAO IMPRI:SA O EN WEB

PORTATRÍPTICOS QUE CONTENDRÁ INFORMACIÓN ACERCA DE LAS SOLUCIONES OE VIVIENDA

"r~r-r ro-•e-'~rr~ !"".<.Pl.1~-~-f'r.i -'*.fl~ ¡ú0\¡i ~'( (!iil-o.$..)r.{XtJ?~· ~ • .ú1.fa fl!f.htr'·'li ~lüvt r~. t-n~d-~thtt..13 a ki,.~ ~~\!U!~i:bs c;ui l'(:C>&f.!m_l.\

MAS Y MEJORES SOLUCIONES DE VIVIENDA

GOBIERNO DE LA.REPÚBLICA

llllllr CALCOMANfA A COLOCAR EN VIVIEND.A S::ON MEJORAMIENTO Y/O AMPUACION

· .. ·---···-··.··-···-'••·•u ········-=·""'•'"··• .. · .. ·•-~ce·.···•" ==~=="777==="""""""-~·-""--'"'---""···""-'"'--"'--"'····"'·----"'-·""·--'""··-...,.·-...,.-·,..,.· __,~~~~~~=~=~~=~~~

Page 110: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

y/ .·/

/

Page 111: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

ANEXO 3. Oficios circulares números 401-T-21489 del 01 de septiembre de 2008 y 401-UVFV~651 del 08 de enero de

2009, emitidos por la Tesorería de la Federación.

DESARROLLO AGRARIO, 'HJUUTORlAL Y URUANO

SEDATU C:OMISiÓI'/ NM~l0i'BL

pi' VIVl'ENLi,-\ SBCRF.TAU!A Df,

CONAVI

Page 112: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del
Page 113: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Av, Constitwyentes 1001, ~dilicío A, 4• Piso, CoL BeMn d~ las Flore."S, Oel. ÁlvM<> Obre,l\Órl, CP. o n io, México D.F. Tel. jÓ 88 5~ 98, www.shcp.gob.mx.

Que el artículo 85 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad HacendarJa,a partirdelareforma desusegundo párrafo, publloadael 5 de-septiembre det~ ~~~.n~:n~~s ~~~~id~~Z~ª~~ ~: ~~mro~!~:~~~~"Pú~~~~~;~.,~~~cub~~ c~~~~:~!~~nc1:~ª!\~- 1a Tesorena de la Federacton por el lncurnpllrniento en el reintegro oportuno de recurso{-'\..

~ , presupuestarios. . \

Que de conformldad con las fracciones 1 y XXXVI del artículo 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Tesorería de la Federación es competente para resolver los asuntos relacionados con la aplicación de los ordenamientos legales y administrativos que rigen las actividades de tesorería y de vigilancia de fondos y valores de la Federación; así como para aplicar las disposiciones de la Ley del Servicio de Tesorería de la

Que de conformidad con el artículo 85 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Tesorería de la Federación mediante disposiciones que expida al efecto, determinará las cargas financieras a cargo de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal por el reintegro extemporáneo de recursos presupuestarios.

Que la Ley del Servicio de Tesorería de ta federación y su Reglamento establecen que los servicios de tesorería y la vigilancia de fondos y valores estarán a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Tesorería de la Federación.

CONSIDERANDO

La Tesorera de la Federación, con fundamento en los artículos 2Q. 15, 30, 93 y 94 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación: 109, 187, 190 y 191. del Reglamento de la .Ley del Servicio de Tesorería de la Federaclón; 85 del Reglamento de la L,ey Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, y 11, fracciones 1 y XXXVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CC. Oficiales Mayores de las Dependencias del Ejecutivo Federal, Directores Generales dé Órganos Administrativos Desooncentrados y Entidades Paraestatal~s apoyadas presupuestalmelite o equivalentes de la Administración Pública Federal Presentes.

México D.F., a, 01 de sep~!~_m_br_e_<;ff?_.2008.

SHCP

TESORERfA oe LA FEDERACIÓN

Oficio Circular No. 401-T- 21489

"2008, Ano de la Educación Flsic:a. y el Deporte".

Page 114: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Av, Constituyentes 1001, Edificio A, 4• Piso, Col. Belén de las Flores, Det. Alvaro Obre~6n, C.P. <;nuo, México D.F. Tel. 36 88 51 98, www.shcp.gcb.rnx,

2

JCF == Rx ~~

FÓRMULA PARA EL CÁLCULO

3. La tasa de interés anual apllcable, obtenida conforme al punto anterior, se dividirá entre 360 y el resultado se multiplicará por los días de desfase.

~ 4. El importe de ta carga financiera será igual al resultado de multiplicar el producto obtenido Y./: conforme al . punto anterior por el importe del reintegro enterado o concentrado ~ · extemporáneamente,

2. La tasa anual aplicable a dichas cargas financieras será 1.5 veces la que resulte del promedio aritmético de las tasas de rendimiento equivalentes a las de descuento de los Certificados de la Tesorería de la Federación a 28 días, en colocación primaria, que de a conocer el Banco de México dentro del periodo que dure el incumplimiento. En el caso de que por cualquier motivo se dejen de colocar los mencionados Certificados de la Tesorería dela Federación, se utilizará la tasa de interés que el Banco de México dé a conocer en sustitución de fa tasa de rendimiento de los mismos.

1. La carga financiera se calculará a partir de la fecha en que debió efectuarse el reintegro correspondiente y hasta la fecha en que sean reintegrados los recursos a la Tesorería de la Federación (días de desfase).

PROCEDIMIENTO PARA EL CÁLCULO DE CARGAS FINANCIERAS

Por lo tanto, los procedimientos que se deben observar para el cálculo de las cargas financieras por los reintegros extemporáneos de recursos presupuestarios que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como los correspondientes a su aplicación y entero o concentración a la Tesorería de la Federación son los siguientes:

Federación y de su reglamento y ejercer las demás atribuciones que señalen en el ámbito de su competencia otros ordenamientos.

SHCP

TESORERfA DE LA FEDERACIÓN

Ofioio Circular No. 401-T..21489

".2008, Año de la Educación Ffslca y el Deporte~.

. . - . - _:.. . - - ... - - . . .. . . . -

- ' 1 ~ • 1

• - 1 ' -

.···. . . .: ... ·.· ' ....•..... · ':. / / .. : .· .. ·.··•··. ·.··.· ·. · ..•...

Page 115: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

'

l_ ! 1 1·

¡.--, ,_ 1.-.- , .. ~ ~-. r.'. ¡·.··

l(:

/.,,._,..--·

Av. Constituyentes 1001, Edificio A, 4º Piso, Col. Bel~n de las Flores, DeL Álv~ro Obre¡:ón, C.P. orrie, Méxko D,F. Tel. 36 88 51 98, www.shcp.gob.mx,

3

PROCEDIMIENTO PAFIA EL ENTERO O CONCENTRACIÓN DE' LA CARGA FlNANCIERÁ~

La carga financiera determinada deberá ser enterada a la Tesorería de la Federación mediant~"- el formato denominado "Declaración General de Pago de Productos y Aprovecharntentos" (SAT 16) con fa clave de aprovechamientos: 700023; concepto indemnizaciones: Otros; anotando en el cuadro de observaciones que se refiere al pago de indemnización al erario federal por et reintegro extemporáneo de recursos presupuestarios del ejercicio correspondiente,

Las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades apoyadas presupuestalmente de la Administración Pública Federal podrán solicitar a la Tesorería de la Federación, por conducto de la Unidad de Vigilancia de Fondos y Valores, la determinación de las cargas financieras por el incumplimiento en el reintegro oportuno de recursos presupuestarios, o proceder conforme. al párrafo siguiente.

Las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades apoyadas presupuestalrnente de la Administración Pública Federal podrán autoaplicarse el procedimiento para et cálculo señalado en el presente Oficio Circular, y una vez que determinen la carga financiera correspondtente, procederán a su entero de conformidad con er procedimiento que se señala en el rubro correspondiente, reservándose en todo momento la Tesorería de la Federación a través de la Unidad de Vigilancia de Fondos y Valores la revisión de la correcta determinación de la carga financiera.

APLICACIÓN

= t R

::::: ip

= = Importe de la Carga Financiera.

Tasa de interés anual aplicable {1.5 veces el lp, considerando hasta seis decimales). Tasa de interés anual correspondiente ar promedio aritmético de las tasas anuales de rendimiento equivalentes a fas de descuento de los CETES A 28 días en colocación primaria dentro del periodo que dure el incumplimiento, considerando dos decimales. Días de desfase. Importe del reintegro enterado o concentrado extemporáneamente.

ICF

En donde:

TESORERÍA DE LA FEDERACIQN

Oficio Circular No. 401·T~21489

"2008, Año de la Educación Pfsíca y el Deporte".

. - . . . -, " . . : .: ·. ·.. ~·:- .. - . ~ .· ·.' .... · ~. . . ~·: ·_ : :: - .. > .. -. . : ·- .. ~ ·~ .·. ·. · • - . : . -. . :

- - : . ~ -.: .: - _-. · .. : . ·.· ·. .' ~.- --.--: ··. ~;.·,: ; ·:.· . : - ... : · __ .. _ ,: ·. - - .. - .. -. : - .· :· ·._ ·_ - . : ' . .. ·.:::

Page 116: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

«'

¿ Av. Cor'l<tltuyente~ accr, Edificio A, 4" Piso, Col. Sel~n de las Flores, Del. Álvaro Ob(eMn, C.P. 01110, M~~1co D. F.

Tel. 36 88 51 98, www.shcp.gob.mx.

4

Dr. Agustín Guillermo Carstens Carstens.- Secretario de Hacienda y Crédito Público. Presente. Lic. Irene Espin-0sa Cantellano.- Sub~esorera de Operación.- Presente. Rosaura Velarde.-1ltular de la Unidad de Vigilancia de Fondos y Valores.- Presente.

d 'P

María Eugenia Casar Pérez,

Atentamente, La Tesorera de la Federación

ÚNICO.- Los procedimientos materia del presente oficio circular deberán ser observados para los supuestos a los que resulte aplicable el artículo 85 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría reformado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 2007.

TRANSITORIO

TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN

Oficio Circular No. 401-T- 21489

u2p08, Año de la Educación Física y el oeporte".

' - . ' ' ' ' ·.' ' '' . .' ~· ' ' .' .· ' -. - .- : '' - . " ' '

. . ·- ' . "

. '

. . ' . ' ' ' .. . . ' ' i: ' . -: .... ': ·._._: '.' . - .. ::· .· ., < <· ' .:' - ' ' ,' '. . -~.

Page 117: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

Av. r.>1r1::1.: 1. tl'._'r-.r.r •'t:~ \ 1)0_\,

Los Poderes Legislativo y Judicial, los entes autónomos, las dependencias, así como las entidades respecto de los subsidios o transferencias que reciban, que por cualquier motivo al 31 de diciembre conserven recursos incluyendo los rendi.'Tlíentos obtenidos, deberán reinteprar el importe disponible a la Tesorería de la Federación dentro de los 15 días naturales siguientes al cierre de! ejercicio .... u

1 as erogaciones previstas· en el Presupuesto de Egresos que no se encuentren devengadas al 31 de diciembre, no podrán ejercerse.

"Artículo 54.~ Una vez concluida la vigencia de un Presupuesto de Egresos sólo procederé hacer pagos, con _base en él por los conceptos efectivamente devengados en el año que corresponda, siempre que se hubieren contabilizado debida y oportunamente las operaciones correspondientes, hayan estado contempladas en el Presupuesto de Egresos, y se hubiere presentado el informe a que se refiere el artículo anterior, así como los correspondientes al costo financiero de la deuda pública. .

Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

' i Conforme a los artículos z•, i5, · 30, 93 y 94 de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, i09, 187, i90 y 191 del Reglamento de la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, los servicios de tesorería y la vigilancia de fondos y valores estarán a 'cargo de la Secretciría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Tesorería de la Federación.'

Por· lo anterior y con el propósito de facilitar el cumplimiento de diversos preceptos en materia presupuestaria federal y de manera preventiva, a continuación me permito transcribir algunas disposiciones que se vinculan con el cierre del ejercicio presupuesta! 2008:

CC Oficiales Mayores de las Dependencias del Ejecutivo Federal, Directores Generales de Órganos Administrativos Desconcentrados y Entidades Paraestatales apoyadas presupuestalrnsnte o equlvalentes de la Adrninlstraclón Pública Federal P res en te s.

México, D. F. a 8 de enero de 2009

Oficío Circular 40"1-UVFV- 651 -. o ¡JS - .o : !.., o 1 •

TESORERÍA DE LJI. FEDEF~ACIÓN UNIDAD DE VIGILANCl.i'\ DE FONDOS Y VJ',LORES

Page 118: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

1¿! ' .· .~/

/;>--'' y·

2 r.v , C··1n·sr j r.1.1v-::r1t'-1:> 1(t01, Ed.i ( cc Io A, .t • pj Sil, C·:.l llro>H~n d•;,i Le s l--101:.·:s, Del . Al v.11·,·, úl11"•':•1"•í1, C. P. O~tllO M!l.:d.C·) D. E',, 'fr,:l. )6 RB 51 9t) ~.~:.:~ .. :~t;_~F·.:·:i;J:_::.r~:·:

Para el supuesto del incumplimiento en el reintegro oportuno de los recursos presupuestarios, la Tesorería de la Federación emitió el oficio circular no. 401-T-21489 del Oi de septiembre de 200$, mediante la cual fue difundido, para su aplicación, el procedimiento para el cálcuio de cargas financieras y su entero o concentración, mismo que se adjunta para pronta referencia.

Lo dispuesto el') los párrafos anteriores, sin perjuicio de las sanciones a que se hagán acreedores Jos servidores públicos obligados al reintegro, por su realización extemporánea, en términos de las disposiciones aplicables."

Para el registro y restitución de los recursos al Presupuesto de Egresos, la d~pendencia emitirá un aviso de reintegro."

! ' "Artículo 85. El reintegro de recursos por parte de !as dependencias y entidades,

éstas últimas respecto de los subsidios y transferencias que reciban, deberá realizarse en conjunto con los rendimientos que se hubieren obtenido. Para efectos de ro: anterior, no se considerará que se causa daño a la hacienda pública por el reintegro extemporáneo de recursos a la Tesorería, siempre y cuando los fondos hayan estado depositados en lodo momento en cuentas bancarias o de inversión de la dependencia o bntidad correspondiente.

\ El incumplimiento en el reintegro oportuno generará, sin exceder los presupuestos autorizados correspondientes, la obligación de las dependencias y entidades de cubrir cargas financieras a 'la Tesorerla, las cuales serán determinadas por ésta en términos d~ las disposiciones que emita para tal efecto.

"Articulo 84. Los reintegros se deberán realizar dentro de los 3 días hábiles siguientes a que se hayan recibido los recursos como devolución a realizado el pago de las nóminas para las cuales fueron entregados. En el caso de excedentes de servicios personales enviados al interior de la República o fuera del país, el reintsqro deberá efectuarse en un plazo que no exceda de 1 O días hábiles después de realizado el pago respectivo.

Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacénclaria

Oficio Circular 40i-lJVFV- 651

TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE VIGILANCIA DE FONDOS Y VALORES

' ! l.:...\::<~'(.:ul"P-NC"•"l- ....... .-.:..!::..~TI'"'--u"'"!:fr•~.='l'~ll.i: ... ••l"'·;' ·~i't~··=···•1'iltf."l.~~~'.!;lt"rt'~'- ... ~\Y1:·:.~.r~··11"'N''""'••'\:.""4~~·.z~~~~~ill~~.:.:.·L\i.2_::_¡•.J,1·tl; .,•::.·~·~; ··\

Page 119: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del

tvv , Cc-n c r l r.c ycnLc s ~IJ{Jl, f;difjL~iQ A~ •j-i p ts o , Col Be í én ele Le s vt o res , D<Ü, n l vu ro ()brr.;:9r'..1r1J C.P. 01110 btóx i co LJ.b~,, 1.'el, Jf; 813 5.1 r:rn ~1~· .. ·_._s_h~::I!.:.;11/b.tn.]~

- \

~

.c.p. Lic. María Eugenia Casar Pérez.- Tesorer·a.· de la Federación.- Presente. Lle, Irene Espinosa Castellano.- Sublesorera de Operación- Presente.

, Archivo consecutivo de la UVFV

GMS

'Anexo: 1

R~

Atentamente. La Titular de la Unidad.

En razón de lo anterior, se le solicita girar sus apreciables instrucciones a quien corresponda, para que se difunda el contenido de los ordenamientos transcritos, con el propósito de que se tome en considHacioílque, en caso de e)xistir remañ·é-ñtes presÜpuéstaTesal cierre del ejercicio 2008, eslo-s-Oeberanser concentrados en tiempo y forma a la Tesorería-de la Federadon·:a· fin de no incurrir en lossupuestos que prevé la normatividad invocada en el cuerpo del presente.

Oficio Circular 40'1-UVFV- 651

TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN UNIDAD DE VIGILANCIA DE FONDOS Y VALORES

Page 120: SEDATU CONAVI · 2.2. En términos del artículo 4, fracción 111, incisos A), B), O), G), H), 1) y M) de la Ley del Instituto de Vivienda Social y Ordenamiento de la Propiedad del