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SEDATU -- CONAVI -- IICPETAXUDE EQlSlONN&00YU DDAR~WOAC~IO, DIYMrnD* TTPILITOnuL YVIWINO CONVENIO DE COORDINAGI~N QUE CELEBRAN, LA COMISI~N NACIONAL DE VIVIENDA, EN LO SUCESIVO LA "CONAVY, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, EL DR. JOROE LE~N WOLPERT KURI, YPOR LA O T W PARE, LA COMISI~N ESTATAL DE DESARROLLO DE SUELO Y YIVIENDA DE CAMPECHE, EN LO SUCESlWO LA "COUESVI", POR CONDUCTO DEL ING. OSWALDO SIERRA VILLAJUANA, A QUIENES ACNANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINAM COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS SlGUlENTES DECLARACIONES Y CL~JSULAS ANTEGEDENTES 1.- La Constitucion Politica de 10s Estados Unidos Mexicanos, en el articulo 4O, parrafo septimo, confiere a toda familia el derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, como elemento indispensable para lograr su pleno desarrollo y bienestar. 2.- La Ley de Vivienda seAala en su el articulo 47 que 10s instrumentos y apoyos en materia de financiamiento para la realizacibn de las acciones de vivienda seran el credito, 10s subsidios que para tal efecto destinen el Gobierno Federal y 10s gobiernos de las entidades federativas y de 10s municipios, asi como el ahorro de 10s particulares y otras aportaciones de 10s sectores publico, social y privado. 3.- Ley de Vivienda establece en 10s articulos: 5, 19 fracciones XIV y XXII, y 86, que 10s programas publicos de vivienda, asi como 10s instrumentos y apoyos a la vivienda deberan considerar 10s distintos tipos y modalidades de produccidn habitacional, las diversas rlecesidades habitacionales, asi como la capacitacion, asistencia integral e investigacion de vivienda y suelo, promover la calidad de la vivienda, la formation, actualizacibn y capacitacidn integral para profesionistas. 4. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en su Meta V1.2. Mexico Incluyente, Objetivo 2.5. Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna, - Estrategia 2.5.3 Lograr una mayor y mejor coordination interinstitutional que garantice la concurrencia y corresponsabilidad de 10s tres ordenes de gobierno, para el ordenamiento sustentable del territorio, dispone como Linea de Accion la de "Promover la adecuacion de la legislacion en la materia para que responda a 10s objetivos de la Nueva Politica de Vivienda".

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Page 1: SEDATU - conavi.gob.mx · 1.- La Constitucion Politica de 10s Estados Unidos Mexicanos, en el articulo 4O, parrafo septimo, confiere a toda familia el derecho a disfrutar de una vivienda

SEDATU -- CONAVI -- IICPETAXUDE EQlSlONN&00YU

D D A R ~ W O A C ~ I O , DIYMrnD*

TTPILITOnuL YVIWINO

CONVENIO DE COORDINAGI~N QUE CELEBRAN, LA COMISI~N NACIONAL DE VIVIENDA, EN LO SUCESIVO LA "CONAVY, POR CONDUCTO DE SU DIRECTOR GENERAL, EL DR. JOROE L E ~ N WOLPERT KURI, YPOR LA O T W PARE, LA COMISI~N ESTATAL DE DESARROLLO DE SUELO Y YIVIENDA DE CAMPECHE, EN LO SUCESlWO LA "COUESVI", POR CONDUCTO DEL ING. OSWALDO SIERRA VILLAJUANA, A QUIENES ACNANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINAM COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LAS SlGUlENTES DECLARACIONES Y CL~JSULAS

A N T E G E D E N T E S

1.- La Constitucion Politica de 10s Estados Unidos Mexicanos, en el articulo 4 O , parrafo septimo, confiere a toda familia el derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa, como elemento indispensable para lograr su pleno desarrollo y bienestar.

2.- La Ley de Vivienda seAala en su el articulo 47 que 10s instrumentos y apoyos en materia de financiamiento para la realizacibn de las acciones de vivienda seran el credito, 10s subsidios que para tal efecto destinen el Gobierno Federal y 10s gobiernos de las entidades federativas y de 10s municipios, asi como el ahorro de 10s particulares y otras aportaciones de 10s sectores publico, social y privado.

3.- Ley de Vivienda establece en 10s articulos: 5, 19 fracciones XIV y XXII, y 86, que 10s programas publicos de vivienda, asi como 10s instrumentos y apoyos a la vivienda deberan considerar 10s distintos tipos y modalidades de produccidn habitacional, las diversas rlecesidades habitacionales, asi como la capacitacion, asistencia integral e investigacion de vivienda y suelo, promover la calidad de la vivienda, la formation, actualizacibn y capacitacidn integral para profesionistas.

4. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, en su Meta V1.2. Mexico Incluyente, Objetivo 2.5. Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna, - Estrategia 2.5.3 Lograr una mayor y mejor coordination interinstitutional que garantice la concurrencia y corresponsabilidad de 10s tres ordenes de gobierno, para el ordenamiento sustentable del territorio, dispone como Linea de Accion la de "Promover la adecuacion de la legislacion en la materia para que responda a 10s objetivos de la Nueva Politica de Vivienda".

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D E C L A R A C I O N E S

1. Declara la "CONAVI", por conducto de su representante, que:

1.1 Es un Organismo Descentralizado de utilidad pljblica e interes social con personalidad juridica y patrimonio propio, agrupado al sector que coordina la Secretaria de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, tal y como se setiala en el Acuerdo por el que se agrupan las entidades paraestatales denominadas Comision Nacional de Vivienda, Comisibn para la Regularizaci6n de la Tenencia de la Tierra y el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, publicado en el Diario Oficial de la FederaciBn de fecha 11 de febrero de 2013.

1.2 Esta representada por el Dr. Jorge Leon Wolpert Kuri, en su carhcter de Director General de la Comisi6n Nacional de Vivienda, de conformidad con su nombramiento que con tal carhcter le fue expedido por el Presidente de 10s Estados Unidos Mexicanos, Enrique Petia Nieto, el primer0 de diciembre de 2016, raz6n por la cual cuenta con las facultades suficientes y necesarias para suscribir el presente convenio, acorde a lo indicado en el articulo 25 de la Ley de Vivienda, asi como el articulo 10 del Estatuto Organico de la Comision Nacional de Vivienda.

1.3 De conformidad con el articulo 19 de la Ley de Vivienda, tiene a su cargo promover y concertar con 10s sectores pljblico, social y privado, programas y acciones relacionados con la vivienda y suelo, asi como desarrollar, ejecutar y promover esquemas, mecanismos y programas de financiamiento, subsidio y ahorro previo para la vivienda.

1.4 Para efectos de este Convenio setiala como su domicilio el ubicado en Avenida Presidente Masaryk Nljmero 214, ler piso, Colonia Bosque de Chapultepec, Delegacidn Miguel Hidalgo, C6digo Postal 11580, Ciudad de Mexico.

2. Declara la "CODESVI", por conducto de su representante, que:

2.1 La Comision Estatal de Desarrollo de Suelo y Vivienda "CODESVI" es un Organismo Publico Descentralizado de la Adminrstracion Pljblica Estatal con personalidad juridica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaria de Desarrollo Social y Humano de ' la Administracicin Pljblica Estatal cuya creacion se encuentra contemplada en el Titulo Segundo de la Ley de Vivienda del Estado de Campeche.

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SEDATU , CONAVI -- ~ E C R ~ A B ~ D L C W ~ O N ~ m o w

DLINLR(lnOAOURI0. --

D V Y ~ Y ~ M

TERSnOilIAL I URBAN0

2.2 Tiene como objetivo del despacho de 10s asuntos que expresamente le encomienda la Ley de Vivienda para el Estado de Campeche en su articulo 10 y las demas leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y brdenes del C. Gobernador del Estado de Campeche que se deterrninen sobre la materia.

2.3 El Arq. Oswaldo Sierra Villajuana, en su calidad de Director General de la "CODESVI", cuenta con las facultades necesarias para celebrar el presente Convenio como lo establece el articulo 22, fracciones I y II, de la Ley de la Administracibn Plrblica Paraestatal del Estado de Campeche; 16 fracciones I, II y V de la Ley de Vivienda para el Estado de Campeche; y articulo 78, fracciones I, 11, Ill y VII del Reglamento Interior de la Comisibn Estatal de Desarrollo de Suelo y Vivienda del Estado de Campeche; asi corno nombramiento expedido por el C. Gobernador Constitutional del Estado de Campeche Lic. Alejandro Moreno Cardenas, de fecha 16 de septiembre del2015.

2.4 Que para 10s efectos del presente instrumento, sefiala como domicilio el ubicado en Avenida Resurgimiento nlrmero 87, por Lazareto, Edificio "B", Colonia Prado, C.P. 24035; ciudad de San Francisco de Campeche, Municipio y Estado de Campeche, mismo que seiiala para 10s fines y efectos legales de este instrumento.

3. Declaran "LAS PARTES":

UNICA. Que se reconocen la personalidad y capacidad juridica con la que comparecen para celebrar el presente Convenio de Coordinacibn, comprometiendose a cumplir lo que establecen las siguientes:

PRIMERA.- OBJETO. El objeto de este Convenio es establecer las bases de coordinacibn y 10s compromisos de "LAS PARTES", para llevar a cabo actividades conjuntas dentro del ambito de competencia y atribuciones, para la operacibn del Programa de Acceso al Financiamiento para Soluciones Habitacionales del ejercicio fiscal 2017, que permita resolver la problematica habitacional de 10s potenciales beneficiarios y/o beneficiarias, de esa Entidad Federativa.

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SEDATU , -- CONAVI -- s € ~ ~ A DB -nn met-

DB*BPOLLO A O ~ I O , m w c m m n m o m I mm

SEGUNDA- COMPROMiSQS DE "LAS PARTES". Para el adecuado cumplimiento del objeto del presente Convenio "LAS PARTES", se comprometen a:

a) .lntercambiar experiencias, estrategias, conocimientos, metodologias e iniciativasen Areas de inter& wmirn para pdencialkar las acoiorieg que surjan de la implementaci6n de este Convenio de Coordinacion.

b) Promover una esYrecha comunicacidn e intercambiar informaci6n oportuna, respecto del objeto del presente instrumento y especificamente en lo que concierne al cumpliiiento de 10s wmpromisos que adquieren par virtud del mismo.

o) Celebrar bas reunion- de evaluation y seguhniento de 10s trabajos que se acuerden en el marw de este Convenio de Coordinacion.

TERCERA- COMPROMISOS DE LA "CONAVI".

a) Consolidar la informacion que se derive del cumplimiento de las acciones del presente instrumento.

b) Entregar 10s recursos que provienen del Programa de Acceso para Soluciones Habitacionales, conforme al ANEXO I.

a) Incluir y utilizar 10s Criterios Generales de Ordenacion para simplificar, actualizar y homologar 10s tramites involucrados en el proceso de produccibn de vivienda. (publicados en el Diario Oficial de la Federacion el 18 de octubre de 2016 por parte de la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano).

b) Conforme a sus atribuciones promover cambios a la legislacion local en materia de vivienda, conforme a las recomendaciones que en su oportunidad "CONAVI" les proporcione. . .

c) Entregar la informacion relativa a la planeacion, ejecucion y distribucion de recursos que solicite la "CONAVI" en un termino no mayor a cinco dias habiles.

QUINTA.- DE LOS RECURSOS. Los recursos economicos consignados en el presente instrumento se encuentran sujetos a la disposicion presupuestal.

Los recursos totales consideran tambien 10s destinados a atender acciones de autoproduccion de las Entidades Ejecutoras autorizadas, asi como 10s que seran canalizados a travbs de 10s organismos naciollales de vivienda, cuando sea el caso.

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SEDATU , -- CONAVI -- [email protected]*DE M I I W S NIF-

OTSAILROLLO m o otnnmm

r n n o r n A L I( URBAN0

SEXTA.- ESPACIOS URBANOS SUSTENTABLES. La "GONAVI" prornovera la genemcidn de mecanismos e instrumentas para la transformacidn de las ciudades en espacios urbanos sustentables que garanticen en cantidad y calidad 10s satisfactores de agua, suelo, aire y energia en el co~to, rnediano y largo plazo.

Tambien participara en la Red de Ciudades Sustentables rnediante la aportaci6n de experiencias locales, intercambio de inforrnacibn y retroalimentacibn en la aplicaci6n de estrategias nacionalss e internacionales.

SEPTIMA.-VIGENCIA: El presente Convenio de Coordinacion entrara en vigor a partir de la fecha de su firma y estara vigente hasta el 31 de diciembre de 2017, pudiendose dar por terrninado a solicitud de cualquiera de "LAS PARTES", mediante aviso por escrito que, con 30 dias naturales de anticipacion, se de a las otras oartes. En este caso. "LAS PARTES" tomaran coniuntamente las medidas .. .-

nece&rias para evitar 10s danos y perjuicios que se pudieran llegar a causar con dicha terrninacion.

0CTAVA.- ALCANCE I CONVENIOS ESPEC~FICOS. "LAS PARTES" convienen en suscribir por medio de sus representantes legales, conforme lo deterrninen de comljn acuerdo, Convenios Especlficos del presente Convenio de Coordinacion, particularmente para el fortalecimiento de acciones que potencialicen el objeto del presente rnstrurnento, de conformidad con lo que al respecto establezca las normas correspondientes.

NOVENA.- MODIFICACIONES. El presente Convenio de Coordinacion podra ser modificado o adicionado de comlrn acuerdo entre "LAS PARTES", en el entendido de que dichas modificaciones solo seran validas cuando hayan sido hechas por escrito y firmadas por "LAS PARTES". Lo anterior, con independencia de que cada una de "LAS PARTES" con las disposiciones nonnativas que le sean aplicables para llevar a cab0 las modificaciones que correspondan.

De igual forma, 10s asuntos relacionados con el objeto del presente Convenio de Coordinacion que no se encuentren expresamente previstos en estas clausulas, ni en 10s convenios especificos que al efecto suscriban, seran resueltos de comlin acuerdo por "LAS PARTES" y las decisiones que se tomen, deberan hacerse por escrito, las cuales formaran parte integrante del presente Convenio de Coordinacion.

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DECIMA- RESPONSABILIDAD LABORAL. Cada una de "LAS PARTES" convienen que el personal que seleccionen para el cumplimiento del presente Convenio, se entendera relacionado exclusivamente con la dependencia o entidad de que se trate y en ningljn caso las demas partes seran consideradas patrones subsidiarios o sustitutos.

DECIMA PRIMERA.- DOMlClLlOS Y PERSONAS RESPONSABLES. "LAS PARTES" sefialan como sus domicilios convencionales para toda clase de avisos, comunicaciones, notificaciones y en general para todo lo relacionado con el presente Convenio de Coordinacibn, 10s sefialados en las declaraciones de este instrumento.

De igual forma "LAS PARTES" sefialan como responsables para la supervision y ejecucibn de este Convenio de Coordinacibn a:

Por la "CONAVI":

NOMBRE: I ALDO PAVON SEGURA CARGO: 1 SUBDIRECTOR GENERAL DE

Por la "CODESVI":

SUBSlDlOS Y DESARROLLO INSTITUCIONAL

TELEFONO: , CORREO ELECTR~NICO:

I DESARROLLO DE SUELO Y I

91389991 EXT. 278 [email protected] -

NOMBRE: CARGO:

OSWALDO SIERRA VILLAJUANA DIRECTOR GENERAL DE LA COMISION ESTATAL DE

Cualquier cambio de domicilio y/o responsables "LAS PARTES" deberan de notificarlos con 30 dias de anticipacibn, en caso contrario, todas las notificaciones se tendran como validamente hechas en 10s domicilios setialados en las declaraciones correspondientes.

TEL~FONO: CORREO ELECTR~NICO:

VlVlENDA DE CAMPECHE (981) 1273320 [email protected]

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SEDATU , CONAW -- -- -DI

-&*are ~~T~

D ~ c I M ~ SEOUNDA,. T~TULL~S QE U S cL&lsULAS. Los titulos de las clAusuhs que aparecen en este Convenb se han pu& con el mclusivo prop&itD de f$ciRar su lectura, porlo tanto no defnren ni timitan el contenido de las mismas. Para &&os de imterpretauibn de cada ClAusula, *LAS PARTES" &be&n =tar a su contenido.

D~CIPJ~A TERCERA.- IE~~TERPT~,ETAC~~N Y SOLUOI~U DE CO.N7ROVERSIA6. "LAS PARTES" Eonvlenen qua el presente Conwnio de Coordinaci6n es product0 de la buena fl;, por IQ qua procurar&n que toda oontroversia que Se suscite con mokivo cle la in%erpretacf6n, c~mpl im~nto y operacibn del mismo sea resuelh annigablwnenk y dde oorn&n wuerdo.

En caso confrario, para la interpretad6n y cumplimiento del presenk G'onvenio de Coordinad6n, "LA6 PARTES" acuerdan que ee m&erAn a las leyas fedemle8 aplicabtes y a los Tribunal- Fedeyales oon sede en la eiudad de M$xioo, por lo que expmmenke ~nunci;m a walquier otro fuero que pudtera comsponderles en mz6n de sus domicilias presentes o futuras,

D~cIMA CUARTA-fWSPARENG13r,. ta %ODESVIW se mmpromete a publiwr en su (6gano de difusibn local el presente mvenio.

Leldo el p fwnte Canvenio de CocYrdinacibn y enteratfas "LAS PAFaTE9" de su comterrido yalcance lo fiman en 3 taptos para su constancia y validezen la Ciudad de M&co el 02 del m s de agosto del a910 2017.

POR LA "CONAVI"

JY' // DR. JORGE LEON WOLPERT KURl

NACIONAL DE VlVlENDA

POR LA "CODESVI"

ING. OSWALDO S I E R ~ VILLAJUANA

DIRECTOR GENERAL DE LA COMISION ESTATAL DE

DESARROLLO DE SUELO Y VIVIENDA DE CAMPECHE

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Anexo I

PROGRAMA DE ACCESO AL FINANCIAMIENTO PARA SOLUCIONES HABITACIONALES, PARA EL EJERClClO FISCAL 2017.

Cornision Estatal de Desarrollo d e Suelo y Vivienda del Estado de 11,546,311.35

Carnpeche (CODESVI)

Otras Entidades Ejecutoras 865,175.79

INFONAVIT 21,000,000.00

TOTAL 33,411,487.1 4

Los recursos se encuentran sujetos a la disponibilidad presupuestal y conforme a la programaci6n establecida por CONAVI.

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L:6WkFI -- '2017, Aiio del Centenorio cfe la Promulgacidn de la

Constituci6n Politics de 10s Estsdos Unidos Mexiconos"

SUBDIRECCION GENERAL DE SUBSIDIOS Y DESARROLLO INSTlTUClONAL

10 d e agosto d e 2017.

N O T A I N F O R M A T I V A - 68

ASUNTO: Conoc imiento Convenio con Campeche

Lic. Luis Ro lando Gonz i lez Sosa

SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, LEGISLATIVOS Y SECRETARIADO TECNICO.

P i e s e n t e .

Por este conducto, me permito rernitirle a usted un ejernplar en original del Convenio con el Estado de

Carnpeche para llevar acciones dentro del prograrna de acceso al financiamiento para soluciones habitacionales del ejercicio 2017, rnismo que fue suscrito el pasado 02 de agosto de 2017.

Lo anterior para 10s efectos correspondientes.

.. . . . . -A". Presidente ~Iasa'rykNo. 214, Primer Piso, Col. Basques de'&apultepec. Ciudad de Mbxlco, C.P. 11580, 1 . . ' . >

?el.: is51 913899 il yyvwwa~m~iCona~ . . . , .~ . . . , . . . . .

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