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SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION GENERAL DE HIDRAULICA Y SANEAMIENTO LICITACION PUBLICA OBRA: Desagües Pluviales - CALLES GAMBARTES Y GUIDO Y SPANO MONTO DE OBRA: $ 987.239,00 PLAZO DE OBRA: 150 días corridos CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN: $2.369.373,00 CAPACIDAD EN ESPECIALIDAD OBRAS DE SANEAMIENTO: GARANTIA DE LA PROPUESTA: $ 2.369.373,00 $9.872,00 SELLADO MUNICIPAL: $300,00 SELLADO PARA IMPUGNACIÓN : $1974,00 VALOR DEL PLIEGO : $300,00 FECHA DE APERTURA : LUGAR: Secretaría de Obras Públicas HORA: 9.00 Horas

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SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION GENERAL DE HIDRAULICA Y SANEAMIENTO

LICITACION PUBLICA OBRA:

Desagües Pluviales - CALLES GAMBARTES Y GUIDO Y S PANO

MONTO DE OBRA: $ 987.239,00

PLAZO DE OBRA: 150 días corridos

CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN: $2.369.373,00

CAPACIDAD EN ESPECIALIDAD OBRAS DE

SANEAMIENTO:

GARANTIA DE LA PROPUESTA:

$ 2.369.373,00

$9.872,00

SELLADO MUNICIPAL: $300,00

SELLADO PARA IMPUGNACIÓN : $1974,00

VALOR DEL PLIEGO : $300,00

FECHA DE APERTURA :

LUGAR: Secretaría de Obras Públicas

HORA: 9.00 Horas

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INDICE GENERAL MEMORIA DESCRIPTIVA. PLIEGO DE CONDICIONES COMPLEMENTARIAS ANEXOS:

I PRESUPUESTO II CARTEL DE OBRA III ORDENANZAS Y DECRETOS IV REDETERMINACIÓN DE PRECIOS PLIEGO DE ESPESIFICACIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS PLIEGO DE ESPESIFICACIONES TÉCNICAS PARTICULARES PLANOS

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ANEXO I

PRESUPUESTO OFICIAL MODELO DE PLANILLA PARA COTIZAR

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MEMORIA DESCRIPTIVA

1- OBJETIVOS Evitar anegamientos de las calles Gambartes y Guido y Spano desde Bardas hasta Kennedy mejorando el escurrimiento superficial de las mismas y ejecutando obras de captación.

2- DESCRIPCION

Situación actual: El sector posee pavimento a nivel definitivo sin cordón cuneta. El agua de lluvia circula superficialmente por el pavimento o por las veredas teniendo un recorrido de mas de 450 metros para ser captada por los sumideros existentes en la intersección de calle Gambartes y Baigorria. Esto provoca el deterioro del pavimento y las veredas ya que el agua no tiene un lugar predeterminado para escurrir, y con lluvias copiosas circula mucho caudal y también produce el anegamiento de algunos vecinos. Proyecto: Debido a la problemática del sector, se ejecuta un proyecto integral de badenes para mejorar el escurrimiento superficial y de un conducto con sumideros horizontales que van captando dicho escurrimiento. Se proyecta un conducto por calle Bardas desde Guido y Spano hasta Gambartes de Ø0.60m y otro por calle Gambartes en el tramo donde se desvía Bardas también de Ø0.60m. Ambos conductos acometen a una cámara en la intersección de calle Gambartes y Bardas donde inicia un conducto de Ø0.80m que va por Gambartes hasta la intelección con Baigorria y acomete a una cámara existente del Emisario 11 . Los badenes que se proyectan serán de un ancho de 1.20m y una flecha de 10cm. Los mismos acompañaran la pendiente de la calzada y descargaran en los sumideros horizontales proyectados. En la intersección de las calles Guido y Spano y Bardas vereda sur, se ejecutará una captación para desaguar una posible zanja proveniente del este. Todo lo mencionado se encuentra volcado en los planos 2410 y 2410/1 de la Dirección de Hidráulica y Emisarios.

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CONDICIONES COMPLEMENTARIAS

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CALLE GAMBARTES Y GUIDO Y SPANO

DESAGÜES PLUVIALES

PLIEGO DE CONDICIONES COMPLEMENTARIAS

ÍNDICE

Art. 1º : Adquisición de las bases de licitación - Documentación.

Art. 2º : Legajo de Obra.

Art. 3º : Capacidad y Habilitación.

Art. 4º : Padrón Municipal de Proveedores y Registro de Sancionados.

Art. 5º : Garantía de la Propuesta. Presupuesto Oficial.

Art. 6º : Sellado Municipal.

Art. 7º : Documentación de la Licitación.

Art. 8º : Plan de Trabajo e Inversiones.

Art. 9º : Formularios para la Propuesta.

Art. 10º : Validez de las Propuestas.

Art. 11º : Apertura de los Sobres Nº 1.

Art. 12º : Apertura de los Sobres Nº 2.

Art. 13º : Forma de cotizar.

Art. 14º : Sistema de Contratación.

Art. 15º : Plazo para la ejecución de las obras.

Art. 16º : Instalaciones afectadas por las obras.

Art. 17º : Movilidades y otras provisiones a cargo del Contratista.

Art. 18º : Plazos de Garantía.

Art. 19º : De las Licitaciones.

Art. 20º : Contrato.

Art. 21º : Modelo de Contrato.

Art. 22º : Forma de Pago - Opción de Pago.

Art. 23º : Representante Técnico.

Art. 24º : Ordenes de Servicio y Notas de Pedido.

Art. 25º : Movilización de Obra - Disponibilidad de Equipos - Instrumental - Obrador y

Comodidades para la Inspección.

Art. 26º : Análisis detallado de los Precios Unitarios Cotizados por los Proponentes.

Art. 27º : Unión Transitoria de Empresas.

Art. 28º : Marcha de los Trabajos.

Art. 29º : Control de marcha de los trabajos.

Art. 30º : Inspección de Obra (Seguro del Personal de Inspección).

Art. 31º : Orden de Prelación.

Art. 32º : Adjudicación.

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Art. 33º : Finalización de los trabajos.

Art. 34º : Redeterminación de Precios

Art. 35º : Equipo Mínimo.

Art. 36º : Dirección Técnica e Inspección de las Obras.

Art. 37º : Solución de Divergencias de carácter Técnico.

Art. 38º : Fondo de Garantía.

Art. 39º : Condición Complementaria del Anexo II - Análisis de los Precios Unitarios

Cotizados por los Proponentes.

Art. 40º : Antecedentes de la Empresa.

Art. 41º : Memoria Técnica y Nuevos Análisis de Precios.

Art. 42º : Extensión de la Jornada Normal De Trabajo.

Art. 43º : Recepción Provisional.

Art. 44º : Aclaración.

Anexo I

1.1. Presupuesto Oficial./ Modelo de Planillas para cotizar.

Anexo II

2.1. Modificación Anexo VI del Pliego de Condiciones Generales.

2.2. Cartel de Obra.

Anexo III

Art. 55 - Ordenanza de Contabilidad.

Decreto Nº 2962

Memorandum Nº 002/99

Resolución nº 032 de la Secretaría de Obras Públicas

Decreto Nº 1962/04

Decreto Nº 0736/01

Ordenanza Nº 7602/03

Circular 002/01 y 003/01

Ley Nº 22.250

Decreto Reglamentario Nº 772/96

Decreto Nº 2141

Anexo IV

Redeterminación de Precios

Ordenanza nº 7449 y su Decreto Reglamentario nº 2457

Anexo V

Formulario de Empadronamiento de Proveedores.

Modelo de Contrato

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Art. 1º: ADQUISICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN - D OCUMENTACIÓN

El capítulo 1º - Punto 4 del Pliego de Condiciones Generales queda completado en lo siguiente: Los Pliegos de Condiciones Generales, Especificaciones Técnicas y Planos Tipo, que forman parte del legajo de obra, podrán dejarse de adquirir si el proponente acredita mediante fotocopia del recibo de compra, que los mismos son de su conocimiento, obrando en su poder de otras oportunidades en que ha licitado por otras razones. Para estos casos es responsabilidad exclusiva del interesado y proponente, confrontar con lo indicado en el legajo de la obra si el ejemplar de Pliegos Generales que tienen en su poder es contemporáneo con el de edición en vigencia a los efectos de la licitación que se llama. De presentar fotocopia del recibo de la compra del pliego general, esta deberá ser certificada por autoridad competente.

Para el caso que el interesado adquiera el legajo de obra completo, se le extenderán dos (2) recibos, uno (1) por la documentación específica de la obra y otro por los Pliegos Generales.

El precio de la primera documentación será el fijado en el aviso y el de la segunda, el vigente en la Municipalidad en el momento de la compra del mismo. Los pliegos para esta obra podrán adquirirse hasta 48 (cuarenta y ocho) horas antes de la fecha y hora fijada en el Art. 11 del presente pliego (apertura del sobre Nº 1), en la oficina ventanilla única de la Secretaría de Obras Públicas, Av. Belgrano Nº 328 - 2º Piso. Horario: 8 a 12 hs, siendo el valor del pliego de Pesos: Trescientos ($ 300.-) Art. 2º: LEGAJO DE OBRA El legajo de obra a que se hace referencia en el Cap. 1º, Punto 4 del "Pliego General de Condiciones, Especificaciones Técnicas y Planos Tipo", está compuesto por: 2.1 PLANOS Serán de aplicación la totalidad de los planos consignados en la Memoria Descriptiva de la obra: "Desagües Pluviales calles Gambartes y Guido y Span o”. 2.2 MEMORIA DESCRIPTIVA 2.3 PLIEGOS * De Condiciones Complementarias. * De Condiciones Generales. * De Especificaciones Técnicas Particulares. * De Especificaciones Técnicas Complementarias. * De Especificaciones Técnicas Generales.

2.4 OTROS * Presupuesto Oficial. * Planillas para formular la Oferta. Art. 3º: CAPACIDAD Y HABILITACIÓN (Cap. 1 - Art. 5) A la fecha de la licitación, la Capacidad de Contratación Anual mínima otorgada por el Registro de Licitadores de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe, será de Pesos Dos millones trescientos sesenta y nueve mil tresciento s setenta y tres ($ 2.369.373) y en la especialidad Hidráulica y Obras Básicas o Saneamiento igual monto.

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Queda expresamente aclarado que el Certificado Habilitante para Licitar - otorgado por el registro antes mencionado - que el Oferente debe incluir en el Sobre Nº 1, deberá ser presentado en "original" o en su defecto una "fotocopia legalizada". Con anterioridad a la adjudicación, la Municipalidad de Rosario requerirá la actualización de la Capacidad de Contratación. Art. 4º: PADRÓN MUNICIPAL DE PROVEEDORES Y REGISTRO DE SANCIONADOS Los oferentes deberán estar empadronados en el “Padrón Municipal de Proveedores y Registro de Sancionados”. (Ver Anexo 5 y formulario correspondiente). Art. 5º: GARANTÍA DE LA PROPUESTA. PRESUPUESTO OFIC IAL A los efectos de la constitución de la Garantía de la Propuesta, se fija la suma de Pesos Nueve mil ochocientos setenta y dos ($ 9.872) que cubre el uno por ciento (1%) del Presupuesto oficial (Ver Anexo 1), siendo este último de Pesos novecientos ochenta y siete mil doscientos treinta y nueve ($987.239) . En caso de presentar Póliza de Seguro, la misma deberá ser certificada por Escribano Público o autoridad competente. Art. 6º: SELLADO MUNICIPAL El Sellado Municipal que deberá incluirse en el Sobre Nº 1, será de Pesos Trescientos pesos ($ 300.-) Art. 7º: DOCUMENTACIÓN DE LA LICITACIÓN El Cap. 2 - Punto 4, Párrafo 1.3 del Pliego General de Condiciones queda anulado y es reemplazado por el siguiente: Los legajos de planos, las condiciones y especificaciones técnicas complementarias y particulares si fuese del caso, recibo que acredita la compra de la documentación mencionada y fotocopia del recibo de adquisición del Pliego de Condiciones Generales, Especificaciones Técnicas y Planos Tipo, visado por el Proponente y el Director Técnico de la Empresa. Se modifica el Cap. 2 - Punto 4 del Pliego General de Condiciones con lo siguiente: a) SOBRE Nº 1: La totalidad de la documentación correspondiente al Sobre Nº. 1 se presentará por Duplicado, exceptuando el Legajo Licitatorio. b) SOBRE Nº 2:

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Se exigirá la presentación de los Análisis de Precios mencionados en el apartado 4.2.3 junto con la Oferta Económica, en la fecha de apertura de la Licitación, quedando sin efecto la opción de 48 horas adicionales. En el Cap. 2 - Punto 4 del Pliego General de Condi ciones donde dice: La omisión de los requisitos exigidos en los Puntos4.1.1; 4.1.2.; 4.1.4 para el Sobre Nº 1 y 4.2.1 para el Sobre Nº 2, será causa de rechazo de la oferta en el mismo Acto de la Apertura, por las autoridades que lo dirijan. La omisión de los requisitos exigidos por los restantes párrafos podrá ser suplida dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas, transcurrido el cual sin que la omisión haya sido subsanada será rechazada la propuesta. No obstante, si las omisiones o falencias fueran de importancia a solo juicio de la Municipalidad, podrá desestimar cualquier sobre en el momento que se crea oportuno, sin derecho a reclamo por parte del proponente.- Se reemplaza con el siguiente texto: La omisión de los requisitos exigidos en los puntos 4.1.1, 4.1.2 y 4.1.4 del apartado 4.1 para el Sobre Nº 1 y el punto 4.2.2 y 4.2.3 del apartado 4.2 para los Sobres Nº 2 serán causa de rechazo de la oferta en el respectivo acto de apertura, por las autoridades que lo dirijan. La omisión de los requisitos exigidos por los restantes párrafos, como los duplicados de cualquier documentación, podrá ser suplida dentro de 2 (dos) días hábiles administrativos, contados a partir de la intimación de entrega de la documentación faltante, ya sea que el oferente fuera intimado en el mismo acto de apertura o a posteriori mediante el cursado de la correspondiente notificación intimatoria, transcurrido el plazo otorgado sin que el oferente haya subsanado la omisión observada, será rechazada la propuesta. Art. 8º: PLAN DE TRABAJOS E INVERSIONES El Cap. 2º - Punto 4, Párrafo 2-4 del Pliego General de Condiciones, queda complementado con lo siguiente: En la elaboración del Plan de Trabajos, el Oferente deberá tener en cuenta la incidencia de los factores climáticos de los Pliegos Generales. El oferente podrá, a través del Anexo IV - Observaciones Climatológicas, tomar conocimiento de los valores considerados normales en la ciudad de Rosario. El Plan de Trabajo deberá expresar en su diagramación, tareas ejecutadas y en condiciones de ser medidas y certificadas. En todos los casos se deberá entender que el comienzo de las barras no constituye el inicio de tareas, sino que las obras iniciadas oportunamente han comenzado a quedar en condiciones de ser aprobadas, medidas y certificadas. Se debe entender que las barras llenas en el Plan de Trabajo, constituyen un Plan de Certificación, no obstante ello se pueden indicar con grafismos discontinuos los inicios de tareas, cumplimentando lo especificado en el Anexo III del Pliego de Condiciones Generales. No obstante lo expresado en el párrafo anterior, la Municipalidad de Rosario se reserva el derecho de requerir a la Contratista, modificaciones, ampliaciones o aclaraciones del "Plan de Trabajo e Inversiones", ya sea antes o después de la adjudicación.

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Se indican a continuación, los porcentajes de avance de obra sugeridos para la elaboración del Plan de Trabajos y Curva de Inversiones, pudiendo los oferentes variar los porcentajes de las certificaciones acumuladas en un +/- 10 % (más / menos diez por ciento).

Porcentaje Plazo de Obra Acumulado

Porcentaje Certificación Acumulada

0 0 20 15 40 39 50 50 60 62 80 85

100 100 Art. 9º: FORMULARIOS PARA LA PROPUESTA Las Planillas Modelos en que el Oferente debe formular su oferta, se agregan a la documentación, en el Anexo 1. El modelo de Presentación de Propuestas, se agrega también en el Anexo 1 del presente Pliego. Art. 10º: VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS El Oferente queda obligado a mantener la validez de su propuesta durante noventa (90) días, contados a partir de la fecha de apertura de la Licitación. Transcurridos los mismos, sin haberse dispuesto la adjudicación definitiva, se considerará prorrogada la oferta, salvo manifestación en contrario del Oferente antes del vencimiento, por otros noventa (90) días. Art. 11º: APERTURA DE LOS SOBRES Nº 1 En un todo de acuerdo a lo indicado en el Cap. 2º - Punto 8 del Pliego de Condiciones Generales, la apertura de sobres Nº 1 se efectuará el día ............ a las ........... horas. Art. 12º: APERTURA DE LOS SOBRES Nº 2 El Cap. 2º - Punto 9 del Pliego General de Condiciones, queda complementado con lo siguiente: Los sobres Nº 2 serán abiertos el día de la licitación y una vez terminada la apertura de los sobres Nº 1.

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Art. 13º: FORMA DE COTIZAR La obra se cotizará por el sistema de "Unidad de Medida y Precios Unitarios", de tal manera que el Contratista se comprometa a ejecutar la obra completa, a los precios unitarios ofertados aplicados a todos y cada uno de los ítem y sub-ítem correspondientes, en que han sido divididas las obras a ejecutar. Las cantidades de obras que figuran en cada ítem, servirán de base para determinar el monto del contrato, pero las mismas podrán variar al ejecutarse los trabajos. Art. 14º: SISTEMA DE CONTRATACIÓN El adjudicatario firmará el Contrato con la Municipalidad de Rosario, por el precio global total correspondiente a la suma de la adjudicación y se contratará por unidad de medida y precios unitarios. Art. 15º: PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS De acuerdo a lo estipulado en el Cap. 5º - Punto 1 del Pliego General de Condiciones, se fija un plazo de Ciento cincuenta (150) días corridos. Este plazo contempla la acción de los agentes climáticos sobre las distintas etapas constructivas, evaluadas a través de las estadísticas normales de acuerdo al Anexo IV del Pliego General de Condiciones "Observaciones Climatológicas". Art. 16º: INSTALACIONES AFECTADAS POR LAS OBRAS Se modifica y contempla el Punto 25 del Capítulo 5 del Pliego General de Condiciones como sigue: En caso de ser necesario modificar o remover alguna instalación, de carácter privado, el Contratista procederá a realizar el trabajo que corresponda, con la autorización previa de la Inspección y siguiendo las instrucciones de la misma. Si tales instalaciones fueran de carácter público el Contratista preparará la documentación pertinente y previo visado de la Inspección realizará todas las gestiones que correspondan ante la Empresa respectiva en nombre de la Municipalidad. La reparación de instalaciones - de carácter privado - dañadas por el Contratista, será inmediata. La reparación, modificación, remoción y restauración de instalaciones de carácter público, serán ejecutadas por las Reparticiones o Empresas afectadas, excepto que las mismas acepten que dichos trabajos sean realizados por el Contratista, en cuyo caso este último acatará las directivas y exigencias de aquellas en el desarrollo de los trabajos del caso. Queda expresamente aclarado que el Contratista será el único responsable, de los daños, accidentes, o averías que sufran las instalaciones aéreas o subterráneas existentes, y que estarán a su cargo los costos de las reparaciones y/o reclamos de otros orígenes que se le pudieran hacer a la Municipalidad. Queda también expresamente aclarado que los gastos originados en concepto de sondeos, preparación de documentación, gestiones, trámites, aranceles, reparación, remoción y restauración de instalaciones existentes, sean de carácter privado o público (realice o no los trabajos respectivos el Contratista en este último caso) etc., correrán por cuenta y cargo

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del Oferente y del Contratista según corresponda, considerándose incluidos en los precios unitarios contractuales de los ítem respectivos, excepto que el Presupuesto Oficial prevea la cotización mediante ítem específico. Art. 17º: MOVILIDADES Y OTRAS PROVISIONES A CARGO D EL CONTRATISTA De acuerdo al Cap. 5º - Punto 31 del Pliego General de Condiciones, el Contratista deberá suministrar, a partir de la firma del Acta de Iniciación y hasta la Recepción Definitiva, dada la magnitud de la obra y en las condiciones y oportunidad consignada en la cláusula mencionada, dos vehículos automóvil tipo sedan, afectados a la Dirección de Inspección de Obras Hidráulicas, de 1600 cm³ de cilindrada o mayor, con radio, calefacción, aire acondicionado, herramientas, accesorios indispensables y año de fabricación no inferior a 2005. El consumo a cargo del Contratista será de 50 Lts. de nafta especial semanales ó, 45 Lts. de gas-oil ó, 50 m3 de GNC, hasta efectivizarse la Recepción Provisoria de la Obra, oportunidad en que la movilidad será devuelta a la Contratista en el estado en que se encuentre. Será también por cuenta del Contratista el mantenimiento de una cochera para el vehículo afectado a la Inspección, en lugar que ésta indique, por el mismo período antes mencionado. Cuando por causas imputables al Contratista, ésta no proveyera las movilidades a que está obligado, o cuando no las reemplazare en el caso de su retiro por reparaciones, la Inspección procederá a la aplicación de una multa en pesos equivalente a 200 lts de nafta especial, por cada día que los vehículos estén fuera de servicio. El costo que le demande al Contratista, la provisión de lo solicitado en el presente Artículo, no recibirá pago directo, considerándose incluido en los Gastos Generales de la Obra. Si el Contratista no proveyera lo solicitado en los plazos previstos, se hará pasible de una multa, en los términos del Artículo 4 del Capítulo 11 del Pliego General de Condiciones. Art. 18º: PLAZOS DE GARANTÍA : El Capítulo 7º Artículo 15 del Pliego General de Condiciones se complementa de la siguiente forma: el plazo de garantía de las obras se fija en Ciento ochenta (180) días. Art. 19º: DE LAS LICITACIONES : El Cap. 2º - Punto 15 - Impugnaciones del Pliego General de Condiciones se complementa con lo siguiente: El importe del papel sellado que deberá abonarse para cada impugnación sera de Pesos Mil novecientos setenta y cuatro ($ 1974). Art. 20º:CONTRATO

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Capítulo 4º - CONTRATO DEL PLIEGO DE CONDICIONES GE NERALES (a la Edición II - 1981) - Art. 6º I ) El título - Contrato se complementa con lo siguiente: La obra se contratará por el sistema de "Unidad de Medida y Precios Unitarios", de tal manera que el Contratista se comprometa a ejecutar la obra completa a los precios unitarios ofertados aplicados a todos y cada uno de los ítem y sub-ítem correspondientes en que se han dividido las obras a ejecutar. Las cantidades de obras que figuran en cada ítem servirán de base para determinar el monto del Contrato, pero las mismas podrán variar al ejecutarse los trabajos. II) El título 4 - Documentos del Contrato se complementa con lo siguiente: a) Donde dice "el Pliego de Condiciones Complementarias"; deberá agregarse "y / o particulares". b) Donde dice "el Pliego de Especificaciones Técnicas, Complementarias y / o Particulares" debe decir: "el Pliego de Especificaciones Técnicas, Complementarias y / o Particulares y Especiales si fuera del caso. III) El título 5 - Documentos accesorios del Contrato se complementa con lo siguiente: a) Donde dice: "el Plan de Trabajo Aprobado" debe decir "el Plan de Trabajos e Inversiones Aprobado". IV) El título 7 - Documentación para el Contratista queda anulado y reemplazado por lo siguiente, de igual numeración y denominación: "Una vez firmado el Contrato se entregará al Contratista sin cargo alguno una (1) copia del mismo y dos (2) Si el Contratista solicitara más ejemplares, se le entregarán con cargo". Art. 21º: MODELO DE CONTRATO: (Anexo V - Pliego d e Condiciones Generales - a la Edición II - 1981): I) El Artículo 5º queda anulado y reemplazado por el siguiente de igual numeración y denominación: Toda cuestión que se suscitara con motivo de la interpretación de este Contrato y documentación incorporada del mismo, como asimismo con la ejecución de la obra pública, será competencia originaria exclusiva de la Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe,

II) Se crean los Artículos siguientes: a) Artículo 6º: Se consideran parte integrante de este Contrato, las siguientes normas legales: "Art. 18 Ley Orgánica de las Municipalidades Nº 2756 texto ordenado por Decreto Nº 0067/85 (Sup. Gob. Pcia.). b) Artículo 7º: La Municipalidad de Rosario deja constituido domicilio legal en calle Buenos

Aires Nº 711 de esta ciudad y la Empresa en .................................................... domicilio real y legal en ................................................................ también de esta ciudad.

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Art. 22º: FORMA DE PAGO - OPCIÓN DE PAGO : Capítulo 7: DE LA MEDICIÓN, PAGO Y RECEPCIÓN DE LAS OBRAS, Condición Complementaria a la edición II de 1981.- I - El Título 1 MEDICIÓN DE LAS OBRAS queda modificado y complementado con lo siguiente: a- Para poder certificar mensualmente, la Inspección procederá a preparar el Acta de

Medición que será elevada por ORIGINAL y CINCO (5) copias en forma mensual y será suscripta por la Contratista. A posteriori la Dirección de Inspección de Obras Hidráulicas - previa revisión del Departamento de Cómputos y Presupuestos - girará este Acta de Medición a la Dirección General, dentro de los TRES (3) primeros días hábiles del mes siguiente al correspondiente a los trabajos medidos. Esta dirección la envía a la Dirección de Certificaciones, Costos y Repetición, esta luego de su visación, autorizará a la Contratista a la presentación del Certificado en ORIGINAL y CINCO (5) copias para su correspondiente aprobación. Todas estas tareas se realizarán dentro de los CINCO (5) días hábiles tomados a partir de la fecha que se recibió el Acta de Medición en dicho Departamento.

En caso de ser observado el Certificado, la Contratista deberá rehacerlo. Los días que excedan los tiempos previstos, por causa imputable al Contratista, serán adicionados al plazo de pago. El Contratista deberá formular su conformidad a la liquidación practicada por la Municipalidad en base a dicho certificado. En caso de disconformidad por cualquier causa, el Contratista deberá formularla por escrito, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos de notificado, acompañando los elementos de juicios necesarios y formulando además, la liquidación que estime corresponder.

b- Cuando hubiere divergencia en la manera de computar los trabajos realizados,

respecto a unidades de evaluación, serán aplicadas las que determine el cómputo oficial.

II - El Título 2 PAGO DE LAS OBRAS: queda modificado y complementado con lo

siguiente: Los certificados mensuales se pagarán dentro de los treinta (30) días corridos contados a partir de la aprobación de los mismos.

Los intereses moratorios que correspondan por los pagos que se realicen fuera de término, se calcularán conforme al promedio de tasas de interés pasivas mensuales para operaciones en pesos que publica el Banco Central de la República Argentina de acuerdo a su comunicado Nº 14.290 de fecha 5-8-91.-

Si los Certificados fueran negativos, la Municipalidad se reserva el derecho de

deducirlo de la liquidación que creyera conveniente cualquiera fuera su origen. Art. 23º: REPRESENTANTE TÉCNICO El Representante Técnico deberá estar permanentemente en obra y firmará las notificaciones de las Ordenes de Servicio y Notas de Pedido. El profesional a designar deberá tener título Ingeniero Civil con incumbencia específica en la especialidad de las obras que se licitan, estar inscripto y con la matrícula al día en el Colegio Profesional de Ingenieros Civiles de la Provincia de Santa Fe, tener fijado domicilio en la Ciudad de Rosario y su designación deberá ser aprobada por la Municipalidad de Rosario.

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En caso de ausencia del Representante Técnico, justificada por la Inspección, podrá ser reemplazado por un profesional que reúna las condiciones más arriba citadas, cuya designación también deberá ser aprobada por la Municipalidad. Art. 24º: NOTAS DE PEDIDO Y ÓRDENES DE SERVICIO La Contratista proveerá las hojas membretadas y foliadas con destino a las Ordenes de Servicio y Notas de Pedido según formato detallado en planilla C. Las mismas deberán ser confeccionadas por imprenta, en hojas tamaño IRAM A-4 de 80 grs. El original en papel color blanco, el duplicado en papel amarillo y el triplicado en papel verde. La Contratista comunicará por Nota a la Dirección de Inspección de Obras Hidráulicas el Nombre y Dirección de la imprenta que realiza los trabajos , y entregará con esta nota una copia de la Factura donde se debe detallar explícitamente : *Formulario para Ordenes de Servicio - Obra:(Nombre de la obra licitada) - Por Triplicado -Numeración de 0000 a 0100. *Formulario para Notas de Pedido - Obra:(Nombre de la Obra Licitada) - Por Triplicado -Numeración de 0000 a 0100. Así mismo es indispensable que en todas las hojas tanto de Ordenes de Servicio como de Notas de Pedido figure el nombre, dirección y número de CUIT de la Imprenta. El llenado de las mismas durante el transcurso de la obra se deberá hacer con máquina de escribir no aceptándose bajo ningún concepto notas manuscritas. Art. 25º: MOVILIZACIÓN DE OBRA – DISPONIBILIDAD DE EQUIPOS - INSTRUMENTAL - OBRADOR - COMODIDADES PARA LA INSPECCIÓN El oferente deberá presentar el análisis de precio del ítem movilización de obra en forma análoga a los demás ítem que integran su propuesta. Queda entonces expresamente aclarado que dicho ítem es de libre cotización. Si el Contratista no cumpliese satisfactoriamente con los requerimientos del presente artículo y restante documentación contractual en relación al ítem del presupuesto denominado "Movilización de Obra", se hará pasible de aplicación de multa de acuerdo al Artículo 4 del Capítulo 11 del Pliego de Condiciones Generales. -OBRADOR: Modifica el Art.7 Cap. 5 del Pliego Gener al de Condiciones. El Contratista proporcionará seguridad en el Obrador, incluyendo: * cerca de perímetro, altura y tipo previamente aprobado por la Inspección de Obra. * guardia (vigilancia) 24 horas por día. * puertas de entrada y salida controladas por vigilancia. -COMODIDADES PARA LA INSPECCIÓN:

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Complementando lo establecido en los Arts. 30 y 32 Cap. 5º del Pliego de Condiciones Generales, el Contratista deberá proveer desde el momento de la Primer acta de replanteo hasta la recepción provisoria de las obras salvo que hubiesen ampliaciones de plazo acordadas que justifiquen el mantenimiento de los mismos, los locales necesarios para el funcionamiento de la Inspección, que reunirán las condiciones de higiene y habitabilidad pertinentes.

Si lo requiriese la Inspección - instalará las casillas transportables necesarias de 3 m

x 3 m de madera con piso del mismo material en el lugar de las obras, para el personal de sobrestantes que inspeccione los trabajos.

Estarán provistas de mobiliario y útiles de trabajo incluyendo mesas, sillas y armarios.

Se podrán instalar en la vía pública en los lugares que indique la Inspección. La aceptación por parte de la Repartición de las instalaciones citadas precedentemente, no exime al contratista de la obligación de ampliarlas o modificarlas de acuerdo con las necesidades reales de la obra durante su proceso de ejecución. Para el funcionamiento de la oficina de Inspección deberán proveerse los siguientes elementos, reemplazándose los deteriorados o consumidos, los cuales luego de la recepción provisoria de la obra - salvo que hubiesen ampliaciones de plazo acordadas que justifiquen las provisiones de los mismos durante un período mayor - serán devueltos al Contratista en el estado en que se encuentren: a) Una computadora con procesador Pentium core 2 duo, 2 gigayte de Memoria RAM, 2

Puertos paralelos, 2 Puertos en serie, Puertos USB, Disco Rígido de 160 GB, AGP, Lectograbadorara de DVD, Disquetera 3 ½ , Drive ZIP Interno 100 Mb, monitor LCD 19", Mouse Pad Easy Genius, teclado español, impresora del tipo Epson Stylus 1520 o similar y una mesa y silla para todo el conjunto, UPS con bateria interna de minutos, capacidad acorde para todo el equipo. Deberá tener instalado los siguientes programas : AutoCAD 2008 o superior, Windows XP original y Microsoft Office 2003.

b) Un escritorio metálico con seis cajones o similar. c) Una estufa. d) Un ventilador de pie. e) Una calculadora electrónica científica. f) Cuatro sillas. g) Una heladera 2 puertas 14 pies cúbicos. h) Artículos de dibujo: según requerimientos de la Inspección. i) Artículos de librería: Bolígrafos, resmas de papel de 80 gr papel vegetal de 90 gr, papel

heliográfico, según requerimiento de la Inspección de Obra. j) Artículos de computación: disquetes, papel y recarga para impresora según

requerimientos de la Inspección de Obra. k) Nivel óptico con estuche y trípode y 2 miras de 5 metros. l) Máquina fotográfica digital de 10.1mp como mínimo y visor de 2,7 pulgadas como mínimo

con tarjeta de memoria interna expandible de 2 GB, Ranura SD, SHCD zoom óptico de 18x y estabilizador de imagen.

Art. 26º: ANÁLISIS DETALLADO DE LOS PRECIOS UNITA RIOS COTIZADOS POR LOS PROPONENTES: (del Anexo II - Pliego de Condiciones Generales - Edición I - 1980). En los análisis de precios serán tenidos en cuenta los siguientes rubros: a) Rubro Inspección: 7,828337 % b) Rubro Laboratorio: No corresponde

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c) Insumo Área Salud - Ord. 4130: No corresponde El Oferente deberá presentar los Análisis de Precio de la Totalidad de los Item que integran el Presupuesto Oficial. Art. 27º: UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS: Conforme al Dictamen Nº. 1854/96 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad de Rosario, se admitirá la presentación de empresas que se constituyan en U.T.E., con provisión de los requisitos a reunir en la faz tanto jurídica como técnica, en lo que deberá incluirse necesariamente que se pacte la solidaridad, que no se presume en las U.T.E., pero sí en los contratos "De las agrupaciones de colaboración". En caso de U.T.E. (Unión Transitoria de Empresas) deberán cumplir con la Ley 22.903 y pactar la cláusula de solidaridad entre las empresas frente al comitente y las mismas deberán individualmente cumplir con los requisitos establecidos (con excepción de la garantía de la oferta, que deberá estar a nombre de la U.T.E. y el sellado de presentación) debiendo adjuntar contrato constitutivo, con firmas certificadas, que podrá inscribirse con posterioridad a la adjudicación. La capacidad de contratación de la U.T.E. resultará de la suma de las empresas integrantes. Art. 28º: MARCHA DE LOS TRABAJOS : El Cap. 5º - Punto 5 del Pliego General de Condiciones queda completado con lo siguiente: Si durante el desarrollo de los trabajos las obras ejecutadas por el Contratista se adelantaran respecto al Plan de Trabajo e Inversiones y éste solicitara por escrito a la Inspección su deseo de certificar el adelanto, la Municipalidad determinará si se accede, o si se mantienen los volúmenes de certificación previstos. En caso que la Municipalidad disponga la certificación de los adelantos, el Contratista deberá efectuar el correspondiente corrimiento de las barras del Plan de Trabajo e Inversiones, no pudiendo en caso de atraso, invocar en el futuro los adelantos tenidos en otro período. La determinación de la marcha de los trabajos e inversiones se realizará a través de las barras del "Plan de Trabajo e Inversiones" previsto. Art. 29º: CONTROL DE LA MARCHA DE LOS TRABAJOS : I) El Contratista estará obligado a presentar dentro de los diez (10) días corridos de terminado cada bimestre calendario, una memoria de la marcha de los trabajos. Esta obligación la deberá cumplir en todos los casos, aún cuando la obra no hubiera abarcado todo el bimestre. Si existiera atraso con respecto al Plan de Trabajos en vigencia, deberá indicar claramente las causas, señalando aquellas que estime justificadas, a los efectos de su aprobación. La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar o desestimar las causales aducidas. En todos los casos el Contratista deberá hacer el correspondiente reclamo dentro de los dos (2) días hábiles de producido el rechazo por parte de la Inspección. La memoria deberá constar de dos diagramas:

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a) Un plan de trabajo actualizado, similar al Plan de Trabajo vigente pero modificado por las influencias de las causas de atraso justificables. En este nuevo plan sólo podrán diferir aquellos ítem cuya ejecución hubiera sido afectada directa o indirectamente, por las causales invocadas. b) Un diagrama de ejecución real de la obra, confeccionado en forma semejante al Plan de Trabajo vigente, pero en el cual se indiquen las partes de la obra realmente ejecutadas con el ritmo real que hayan tenido y además indique el plan de realización efectiva para la parte de la obra que reste ejecutar con indicación de la fecha probable de terminación de la obra. El plan de trabajo actualizado en el primer apartado deberá ser expresamente aprobado o rechazado por la Repartición, debiendo el Contratista, en este último caso, introducir las modificaciones que se indiquen, en el plazo que a tal efecto se fije. Una vez aprobado por la Municipalidad el Plan de Trabajo Actualizado servirá para justificar organizadamente los pedidos de prórroga del plazo contractual de ejecución de la obra. II)La Contratista entregará por duplicado en coincidencia con cada Acta de Medición un gráfico con el avance de obra acumulado y comparativo el plan de inversiones contractual. El mismo deberá ser procesado por computadora e impreso en hoja IRAM A-4. Art. 30º: INSPECCIÓN DE OBRA : En la presente obra la Inspección estará constituida por Dos (2) Inspectores a cargo de la Municipalidad y dos Ayudantes de Inspección designados por la Municipalidad pero a cargo de la Contratista desde el replanteo de la obra hasta la Recepción Definitiva de los trabajos con categoría de medio oficial. La Municipalidad, en caso de accidentes de trabajo al personal que integra la Inspección, tendrá derecho a repetir al Contratista, el valor de las prestaciones que hubiere abonado o prestado al empleado municipal, tal como lo dispone el Artículo 39, inciso 5 de la Ley 24.557. En consecuencia, la Municipalidad retendrá de los certificados de obra, el valor de las prestaciones que hubiera abonado u otorgado a sus empleados con motivo o en ocasión de producirse alguna de las contingencias previstas por el Artículo 6 de la Ley de Riesgos de Trabajo. Art. 31º: ORDEN DE PRELACIÓN El Capítulo 1º - Punto 6 del Pliego de Condiciones Generales se modifica de la siguiente forma: En caso de discrepancias entre los distintos documentos integrantes del Contrato, se establece el siguiente Orden de Prelación: a) Planos de la obra licitada: - De detalle. - De conjunto. b) Pliegos: - De Especificaciones Técnicas Particulares. - Condiciones Complementarias. - Especificaciones Técnicas Complementarias. - Condiciones Generales. - Especificaciones Técnicas Generales.

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c) Presupuesto: - Cómputo métrico. - Análisis de precios unitarios. - Presupuesto. d) Texto de los ítem de las planillas para la propuesta. e) La Memoria Descriptiva. f) Las Ordenanzas Municipales. Si la discrepancia apareciera en un mismo plano entre la dimensión apreciada a escala y la expresada en cifras, primará esta última salvo que el error fuera evidente. Art. 32º: ADJUDICACIÓN : Reiterando lo expresado en el Cap. 3 - Punto 1 - del Pliego de Condiciones Generales - la Municipalidad se reserva el derecho de declarar desierta la licitación sin que ello otorgue a reclamo de ninguna naturaleza a los interesados. Art. 33º: FINALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS : La obra deberá finalizar dentro del plazo establecido en el Art.15º del presente Pliego , para lo cual la Empresa Contratista en caso que la Municipalidad lo considere necesario, deberá incrementar la jornada de trabajo en dos y/o tres turnos de ocho horas cada uno. Pasada esa fecha correrán las multas que establece el Pliego General de Condiciones. Art. 34º: REDETERMINACION DE PRECIOS Será de aplicación lo establecido en la Ordenanza Municipal Nº7449 y sus reglamentaciones. Art. 35º: EQUIPO MÍNIMO : Complementando el Cap. C.2 - Art. 4.1.6 del Pliego de Condiciones Generales de la Municipalidad, los proponentes deberán presentar además de la nómina de equipos que se solicitara y que son necesarios para llevar adelante la obra, un listado de equipos mínimos que deben encontrarse siempre disponibles en la obra y en condiciones de funcionar correctamente. El Equipo Mínimo se presentará en una planilla igual a la del Anexo I pero por separado del listado completo de equipos, siendo ambas planillas complementarias, o sea que el equipo que aparece en una no figura en la otra. La falta del equipo mínimo durante el período de ejecución de la obra dará lugar a la aplicación de multas según el Art. 4º del Cap. 11 del Pliego de Condiciones Generales, exigiéndose además el equipo necesario para ejecutar en tiempo y forma los trabajos.

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Art. 36º: DIRECCIÓN TÉCNICA E INSPECCIÓN DE LAS OBR AS: La Municipalidad se reserva para sí la superintendecia de los trabajos, tomando a su cargo por ello la Dirección de los trabajos y la vigilancia y contralor de los mismos, por intermedio del personal permanente o eventual que designe al efecto y que dentro de la jerarquía que se establezca constituirán la Dirección Técnica y la Inspección. La Dirección Técnica estará a cargo de la Dirección General de Hidráulica y Saneamiento. La misma resolverá todas las cuestiones concernientes al proyecto e indicará a la Inspección - si fuese del caso - la marcha que deben seguir los trabajos para ajustarse a las especificaciones. La Inspección ejercerá la función de contralor y vigilancia de los trabajos en obra, así como la de elaboración de Actas de Medición asumiendo la representación de la Municipalidad en la misma. Tanto la Dirección Técnica como la Inspección, tendrán en todo momento libre acceso a los obradores, depósitos y oficinas del contratista, a los fines de revisar la documentación pertinente, materiales acopiados, trabajos realizados o en ejecución, o cualquier otra actividad destinada al correcto cumplimiento de las funciones respectivas. Dado que la Municipalidad ejecutará la Dirección Técnica de los trabajos, la misma no estará a cargo del Contratista, por lo que la responsabilidad técnica por parte de éste deberá desempeñarla su representante, que cumplirá la función de conductor técnico. Art. 37º: SOLUCIÓN DE DIVERGENCIAS DE CARÁCTER TÉCN ICO: Si en la interpretación del Contrato bajo su faz técnica entre el Contratista y la Inspección surgieran divergencias, éstas serán resueltas por la Dirección Técnica, cuyas decisiones serán definitivas al respecto. El Contratista no podrá suspender los trabajos ni aún parcialmente argumentando que existen divergencias de carácter técnico. Toda cuestión que se produzca en relación a una Orden de Servicio, se resolverá de acuerdo a lo establecido en el Art. 13, Punto 6º del Pliego de Condiciones Generales. Art. 38º: FONDO DE GARANTÍA : Se deja expresamente establecido que el Fondo de Garantía de la propuesta igual al uno por ciento (1%) del Presupuesto Oficial, será tomado en caso de incumplimiento del Oferente o de retiro indebido de las ofertas, como pago parcial y a cuenta de los daños y perjuicios definitivos que sufra la Municipalidad de Rosario. Art. 39º: CONDICIÓN COMPLEMENTARIA DEL ANEXO II - A NÁLISIS DE LOS PRECIOS UNITARIOS COTIZADOS POR LOS PROPONENTES : El Proponente confeccionará su oferta empleando en el análisis de precio de cada ítem, sus propios precios de materiales, equipos e índices de cargas sociales, beneficios, gastos generales e indirectos y costos financieros.

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En la siguiente hoja se detalla un "Ejemplo genérico" de análisis de precio. Queda expresamente aclarado que los análisis de precios deben incluir o acompañarse en cada caso del análisis primario de mano de obra, materiales y equipos, incluyendo el costo horario de estos últimos. Por lo tanto es imprescindible cumplimentar el ejemplo genérico antes citado, con el análisis primario de materiales, mano de obra y equipos, que estipula el Pliego General de Condiciones. DIRECCIÓN GENERAL DE HIDRÁULICA Y SANEAMIENTO

E J E M P L O G E N E R I C O Análisis de Precio Unitario de un ítem cualquiera: a) Materiales $ b) Mano de Obra $ c) Equipos $ ---------------- Sub-Total $ A Costo Financiero % s/A $ ---------------- Sub-Total X Gastos Generales y Otros indirectos % s/X $ Beneficio s/X $ ---------------- Sub-Total $ P (1) Rubro Inspección 7,828337 % $ (1) Rubro Laboratorio s/P $ No corresponde (2) Insumo Area Salud - Ord. 4130/86 Art. 2º s/P $ No corresponde ---------------- Sub-Total $ Q IVA 21% s/Q $ ---------------- Precio del Item $ (1) Corresponde a la aplicación de Ordenanza General Impositiva Municipal (Cap. 15 - Art. 96). (2) Corresponde a la aplicación de Ordenanza General Impositiva Municipal (Cap. 10 - Art. 58).

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Art. 40º: ANTECEDENTES DE LA EMPRESA La presentación de antecedentes de la Empresa sobre obras del tipo a licitar, a que hace referencia el Capítulo 2, Punto 4.1.7 del Pliego General de Condiciones; se cumplimentará de la siguiente manera: * Las obras ejecutadas se presentarán con el contenido requerido a la Planilla A adjunta. * Las obras en ejecución y /o adjudicadas, se presentarán con el contenido requerido en la Planilla B adjunta. Se recomienda al Oferente el llenado preciso de las Planillas A y B, dado que tales antecedentes se considerará que se consignan con carácter de declaración jurada y serán cuidadosamente evaluados - entre otras condiciones - a los fines de la adjudicación de la obra. Art. 41º: MEMORIA TÉCNICA Y NUEVOS ANÁLISIS DE PREC IOS: La Memoria Técnica, a que hace referencia el Capítulo 8 del Pliego de Especificaciones Técnicas Complementarias, podrá ser presentada dentro de las 48 hs. posteriores al día y hora de la apertura, en caso de no haber sido incluida en la Oferta. Transcurrido dicho plazo sin que la omisión haya sido subsanada, podrá ser rechazada la Propuesta. En caso que el Oferente establezca en su Propuesta un descuento expresado en porcentaje, o en monto fijo, sobre el monto total emergente de las Planillas de Cotización, tendrá un plazo máximo de 48 hs. posteriores al día y hora de la apertura, para presentar los nuevos Análisis de Precios, Plan de Trabajo, Cronograma de Inversiones y Planillas de Cotización; que resulten de la aplicación del descuento citado. Queda por lo tanto modificado - en el sentido descrito - el Artículo 4, Apartado 4.2.5. del Capítulo 2 del Pliego de General de Condiciones. Art. 42º: EXTENSIÓN DE LA JORNADA NORMAL DE TRABAJO De acuerdo a lo indicado en el Art. 10º del Capítulo VI del Pliego de Condiciones Generales, será por cuenta del Contratista la mayor erogación en jornales correspondientes a su personal, en razón de la extensión de la jornada normal de trabajo, en tanto que los jornales correspondientes por este mismo motivo al personal de la Inspección de Obras será por cuenta de la Municipalidad de Rosario. Art. 43º: RECEPCIÓN PROVISIONAL El Capítulo 7 - Punto 14 del Pliego de Condiciones Generales se complementa de la siguiente manera: El Acta de Recepción Provisional será firmada por parte de la Municipalidad en forma conjunta con la Contratista por la Inspección y la Dirección Técnica de la Obra. Art. 44º: ACLARACIÓN En el Pliego titulado como Especificaciones Técnicas Complementarias, donde diga Especificaciones Técnicas Generales, debe leerse Especificaciones Técnicas Complementarias.

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PLANILLA A: DE OBRAS EJECUTADAS

IMPORTE ($) FECHA DE TERMINACION UBICACIÓN DESCRIPCION COMITENTE

BASICO FINAL CONTRACTUAL REAL OBSERVACIONES

NOTA: Clasificarlas en: a) Similares y de magnitud técnica equivalente a la obra licitada. b) Otras obras

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PLANILLA B: DE OBRAS EN EJECUCIÓN O ADJUDICADAS

IMPORTE ($) FECHA DE TERMINACION UBICACIÓN DESCRIPCION COMITENTE

BASICO FINAL CONTRACTUAL REAL OBSERVACIONES

NOTA: Clasificarlas en: a) Similares y de magnitud técnica equivalente a la obra licitada. b) Otras obras

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OBRA: DESAGÜES PLUVIALES Gambartes y Guido y Spanoentre Baigorria y Kennedy PLANO Nº

DIR.GRAL.DE HIDRAULICA Y SANEAMIENTO PRESUPUESTO OFICIAL: $987.239,00 2410 - /1 DEPTO.COMPUTOS Y PRESUPUESTOS

ITEM DESIGNACION UNID CANTIDAD PRECIO UNITARIO IMPORTEPARCIAL TOTAL

1 Excavación a cielo abierto p/ conductos (incluye relleno) m³ 502,20

2 Cañería de HºAº clase III Ø 0,800m m 126,00

3 Cañería de HºAº clase III Ø 0,600m m 95,00

4 Caño de PVC Ø 0,400m x 6m IRAM esp= 7,9mm m 56,00

5 Rotura y reposición de carpeta de concreto asfáltico m² 235,60

6 Rotura y reparacion de badenes y veredas existentes m² 650,00

7 Sumidero horizontal según PT 202 de 2 Rejas u 8,00

8 Captacion de zanja simple según PT 109 M2 u 1,00

9 Hormigón armado para badenes H-21 m³ 191,00

10 Hormigón armado para cámaras m³ 10,50

11 Provisión y colocación de marco y tapa s/PT-148 u 6,00

TOTAL =

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OBRA: DESAGÜES PLUVIALES Gambartes y Guido y Spanoentre Baigorria y Kennedy PLANO Nº

DIR.GRAL.DE HIDRAULICA Y SANEAMIENTO 2410 - /1 DEPTO.COMPUTOS Y PRESUPUESTOS

ITEM DESIGNACION UNID CANTIDAD PRECIO UNITARIO IMPORTEPARCIAL TOTAL

1 Excavación a cielo abierto p/ conductos (incluye relleno) m³ 502,202 Cañería de HºAº clase III Ø 0,800m m 126,003 Cañería de HºAº clase III Ø 0,600m m 95,004 Caño de PVC Ø 0,400m x 6m IRAM esp= 7,9mm m 56,005 Rotura y reposición de carpeta de concreto asfáltico m² 235,606 Rotura y reparacion de badenes y veredas existentes m² 650,007 Sumidero horizontal según PT 202 de 2 Rejas u 8,008 Captacion de zanja simple según PT 109 M2 u 1,009 Hormigón armado para badenes H-21 m³ 191,0010 Hormigón armado para cámaras m³ 10,5011 Provisión y colocación de marco y tapa s/PT-148 u 6,00

TOTAL =

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ANEXO II

CARTELERÍA DE OBRA Cartel de Obra:

El Anexo VI del Pliego de Condiciones Generales, queda anulado en su totalidad y es reemplazado por lo indicado en este Anexo. El Contratista queda obligado a colocar en la Obra dos (2) carteles, según modelo adjunto, y a cumplimentar lo requerido por el presente Pliego en lo referente a cartelería de obra, siendo válido todo lo especificado en el Cap. 5 - 28 del Pliego de Condiciones Generales. Disposición: Horizontal Material utilizado: Chapa de acero pintado con esmalte sintético, sobre bastidor de madera Colores: Naranja Pantone 165, Blanco y Negro Textos: Rotulados en vinilo autoadhesivo color blanco Tipografía título: Univers condensed bold 67 Tipografía texto descriptivo: Univers condensed regular 57 Tipografía títulos de presupuesto, plazos, etc.: Univers condensed bold 67 Tipografía información de presupuesto, plazos, etc. : Univers condensed regular 57 Cierre: Logotipo rotulado de la Municipalidad de Rosario

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MODELO DE CARTEL DE OBRA (Textos según instrucciones de la Inspección de Obra)

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ANEXO III

ORDENANZAS Y DECRETOS

ORDENANZA DE CONTABILIDAD - ARTICULO 55º

Queda incorporado al presente Pliego licitatorio el siguiente Artículo de la Ordenanza de Contabilidad: Artículo 55º: No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, en casos excepcionales podrán contraerse obligaciones susceptibles de traducirse en compromisos sobre presupuestos a dictarse para años financieros futuros, en los casos siguientes:

a) Empréstitos y operaciones de crédito por el monto de los servicios de interés y amortización, comisiones y otros gastos a devengar relativos a los mismos.

b) Obras, trabajos y otros gastos extraordinarios o de capital repartidos por las ordenanzas que lo dispongan en dos o más períodos financieros, siempre que resultare imposible o antieconómico contratar exclusivamente la parte a cubrir con el crédito fijado para el período en vigencia. Los contratos pertinentes deberán regular los pagos según la distribución por períodos que serán indicados por la ordenanza correspondiente.

c) Locaciones de inmuebles y de servicios y contratos de suministros u otros gastos de operación, cuando procuren ventajas económicas, aseguren la continuidad de los servicios, permitan lograr colaboraciones intelectuales o técnicas o lo indiquen las costumbres administrativas. El Departamento Ejecutivo cuidará de incluir en el proyecto de Presupuesto para cada año financiero, las provisiones necesarias para imputar los gastos comprometidos en virtud de lo autorizado por el presente artículo e incluirá en los contratos pertinentes la cláusula rescisoria a favor de la Municipalidad, sin indemnización, si no se votan en los períodos siguientes los créditos que permitan atender las erogaciones.

CIRCULAR Nº 002/01 S.O.P.

Atento el informe de la Contaduría General, comunicado por la Secretaría de Hacienda y Economía, manifestando que el Banco Central de la República Argentina no liquida más la tasa de interés a ser aplicada en descuentos de certificados de obra, es indispensable sustituir en los Pliegos Particulares, con relación al Capítulo 7 punto 2 del Pliego General dicha tasa por la Tasa Activa del Banco Nación (descuento de documentos a 30 días)

CIRCULAR Nº 003/01 S.O.P.

Toda persona que acredite interés, podrá en cualquier momento tomar vista de las actuaciones referidas a la Licitación, exceptuando la etapa de evaluación de las ofertas, entendiéndose como tal, el período comprendido entre el vencimiento del plazo establecido para la toma de vista en el Art. 15 del Capítulo 2 del Pliego General de Obras Públicas (Ordenanza Nº 2650/80), y la notificación de la adjudicación. LEY 22.250

Art. 32: Quien contrate o subcontrate los servicios de Contratistas o Subcontratistas de la construcción, deberá requerir de estos la constancia de inscripción en el Registro nacional de la Industria de la Construcción y comunicar a este la iniciación de la obra y su ubicación.

DECRETO REGLAMENTARIO 772/96

Art. 5: Para acceder a una licitación pública nacional o integrar el listado de proveedores del estado, los empleadores deberán acreditar que no poseen sanciones laborales pendientes conforme se determine en la reglamentación.

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DECRETO Nº 2962 Rosario, “Cuna de la Bandera”, 1º de diciembre de 1997. Visto los proyectos de decretos elaborados por la Contaduría General, adjuntos a las

presentes actuaciones Nº 38.404-C-97; teniendo en cuenta la conveniencia de reglamentar el capítulo 7, punto 5 de la Ordenanza 2841/81 (pliego de condiciones generales) y,

Considerando que es necesario obrar sobre el particular a fin de lograr una más eficiente administración y seguridad de procedimientos, en uso de sus atribuciones,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

Artículo 1º: Toda notificación de cesión de derechos y acciones sobre certificado de obra pública deberá realizarse por escritura pública y se entenderá sometido al procedimiento que se establece en el presente Decreto. Artículo 2º: El acto de notificación de la cesión deberá realizarse por ante el Contador o Subcontador General, dejándose constancia en el acta notarial levantada al efecto, de la reserva para verificar, previa consulta con las oficinas técnicas que correspondan, sobre la existencia de cesiones precedentes, medidas precautorias, causas de oposición a la cesión o derecho sobre el crédito emergente del certificado. Artículo 3º: La Contaduría General remitirá las actuaciones a Mesa General de Entradas para la confección del expediente, quien lo derivará sin dilación, a la Dirección de Liquidaciones. Esta, dentro de las 48 horas hábiles siguientes a su recepción, como máximo, procederá a verificar la existencia de cesiones anteriores, medidas precautorias, causas de oposición o derecho sobre el crédito emergente del certificado. De estimarlo necesario, podrá requerir dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en cuyo caso el plazo indicado se contará a partir de la recepción del dictamen. Si el certificado obrase ya en Tesorería General, el plazo de 48 horas se duplicará a efecto de permitir la recuperación de las actuaciones. Artículo 4º: El presente Decreto formará parte de todos los Pliegos de Condiciones Particulares de los llamados a Licitación Pública que efectúe la Municipalidad de Rosario. Artículo 5º: Insértese, comuníquese, publíquese y dése a la Dirección General de Gobierno.

DECRETO Nº 2141 Rosario, Cuna de la Bandera, 17 de setiembre de 1998 VISTO: El Decreto- Ordenanza Nro 34.318/67 y la Ordenanza modificatoria Nro

34.983/67 por las cuales se aprueba el Plan Regulador para la ciudad de Rosario y su posterior aprobación mediante decreto Nro. 4.188/68 por parte del Poder Ejecutivo de la Provincia de Santa Fe,

Y CONSIDERANDO: Que las mencionadas disposiciones tienen por objeto reglamentar el desarrollo de la ciudad de Rosario, específicamente en lo que concierne al reordenamiento de la estructura urbana, incluidas las instalaciones portuarias y sistematización de la circulación ferroviaria y vial.

Que asimismo, el plan Regulador establece las funciones y tareas de localización de diferentes centros urbanos. Que al denominado “Centro Bernandino Rivadavia”, dentro de cuyos límites se hallan los terrenos correspondientes al delimitado Puerto Norte, se la han asignado los usos de espacios verde con viviendas colectivas, centros de abastecimiento minorista y actividades educacionales, culturales y de esparcimiento.

Que es necesario aportar herramientas que contribuyan a solucionar el problema que se suscitarías con motivo de la desocupación de operarios, habida cuenta de la relocalización de las empresas ubicadas en el denominado Puerto Norte.

Es por lo expuesto y en uso de sus facultades; EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA

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Articulo 1º Créase en el ámbito de la Secretaria de la Producción, un registro de operarios que hubieran estado en relación de dependencia, contratados por tiempo indeterminado por S.A. Genaro García Ltda. a setiembre de 1998, el cuál contendrá nombre completo de los operarios, nro de documento, domicilio, tareas que desempeñaban, composición familiar y demás datos que la mencionada Secretaría estime conveniente. Artículo 2º ENCOMIENDASE, a la Secretaría de Obras Públicas la incorporación en Pliegos Particulares que en adelante se confeccionen con motivo de llamados a licitaciones de obras Públicas que realice la Municipalidad de Rosario la inclusión de una cláusula que prevea la obligación del adjudicatario de contratar como mínimo a un cinco por ciento de los operarios que empleare en la obra que le hubiere sido adjudicada del registro mencionado en el Art 1º del presente. Dicho registro deberá ponerse a disposición de los adjudicatarios de licitaciones de obras públicas a fin de que los mismos den cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 1 º del presente decreto. Artículo 3º INSERTESE, comuníquese, publíquese y dése a la Dirección General de Gobierno.

DECRETO Nº 0736

Rosario, “CUNA DE LA BANDERA” 30 de abril de 2001.- Visto: Las disposiciones emanadas por el Código Tributario Municipal en su artículo

37; el Decreto Nº 2688 del 14 de diciembre de 2000 y la Resolución Nº 461 del 12 de Diciembre de 2000 Y

Considerando: La necesidad de mantener bajo control el cumplimiento de los contribuyentes con relación a distintas obligaciones fiscales ante el Municipio; considerando pertinente propiciar con tal objeto oportunidades en que se produzcan determinadas relaciones directas con los mismos y atento a estimar la procedencia de implementar, en este caso, oportunas pautas para control y normalización de deudas por quienes a su vez se conviertan en acreedores de la Municipalidad por resultar adjudicatarios de procesos licitatorios.

La necesidad de implementar una política fiscal acorde con la observancia de cumplimientos de distintas obligaciones tributarias, en consonancia con el ejercicio de facultades reglamentarias inherentes al poder de policía que este detenta, adoptando los procedimientos que fueren menester para ello; a fin de proceder sobre el particular.

En uso de sus atribuciones, EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA Artículo 1º: En los Pliegos de Condiciones Generales para llamados a Licitaciones Públicas que efectúe la Municipalidad de Rosario deberá incluirse una cláusula que establezca la obligación de los adjudicatarios de mantener regularizadas sus obligaciones fiscales ante el Municipio en concepto de Derecho de Registro e Inspección y, de ser propietarios del inmueble correspondiente al domicilio declarado como sede central en la ciudad, también aquellas referidas a la Tasa General de inmuebles y/o contribución de Mejoras, correspondientes a períodos fiscales, ajustes y sanciones tributarias firmes, anticipos y/o cuotas de planes de pago, anteriores al último vencimiento nominal operado. Artículo 2: Ante el incumplimiento a lo establecido en el artículo anterior, la Tesorería General no efectuará pagos a favor de dichos adjudicatarios procediendo a informarles para que regularicen su situación ante las Direcciones pertinentes de la Dirección General de Finanzas. A tales fines, la regularización de eventuales obligaciones fiscales adeudadas podrá ser efectuada mediante las modalidades vigentes, conforme a la normativa existente. Artículo 3: Cumplimentadas las pertinentes obligaciones fiscales y acreditadas por el interesado ante la Tesorería General, ésta procederá a su pago. La demora entre el vencimiento de la obligación a cargo de la Municipalidad y el momento de la citada regularización tributaria, no generará interés ni resarcimiento alguno a favor del adjudicatario.

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Artículo 4: A los fines establecidos en el Artículo 2º, la situación fiscal de los adjudicatarios será comprobada por la Tesorería General, previo a cada pago, mediante consulta a los estados de cuentas respectivos generados por las Direcciones específicas de la Dirección General de Finanzas, pudiendo con tal objeto, de ser necesario, requerir a dichos contribuyentes la exhibición de comprobantes de pago como complemento a la información obtenida. El mencionado trámite, por sus características, servirá solamente para viabilizar el pago a los adjudicatarios, pero no significará reconocimiento y extensión de libre deuda por parte de la Municipalidad. Artículo 5: En los citados actos licitatorios todos los oferentes deberán incluir en sus propuestas declaración sobre su conocimiento a las disposiciones del presente decreto. Artículo 6: Para los casos de Licitaciones Públicas en trámite se atenderán a las disposiciones de las mismas, no obstante, la Tesorería General deberá verificar en cada pago si el mismo se encuentra al día con sus obligaciones fiscales, derivando de corresponder, en forma inmediata a la oficina pertinente de la Dirección General de Finanzas para proceder a la regularización de las deudas existentes. Artículo 7: La Secretaría de Hacienda y Economía estará facultada para resolver la oportunidad y forma de hacer extensivas las disposiciones precedentes a procesos que, según normativas vigentes, se instrumenten mediante licitaciones privadas y/o Concursos de Precio, como así mismo, para los pagos que efectúen las Secretarías de Salud Pública, Promoción Social y de Cultura y Educación. Artículo 8: Insértese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése a la Dirección General de Gobierno.

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ORDENANZA Nº 7602

LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIE NTE O R D E N A N Z A

( Nº 7.602)

Art. 1º.- Objeto . Se implementa el REGIMEN DE COMPRE LOCAL, mediante el cual se establece el derecho de prioridad a favor de las empresas MIP y MEs del Departamento Rosario de capital local y empresas o emprendimientos productivos bajo la figura de cooperativas de trabajo del Departamento Rosario de capital local.

Art. 2º.- Se crea un registro de empresas o emprendimientos productivos bajo la figura de Cooperativa de trabajo a partir de las quiebras producidas en empresas previamente constituidas y que fueran cedidas a sus trabajadores con el objeto de preservar sus fuentes de trabajo.

Art. 3º.- Ámbito de aplicación . La presente Ordenanza se aplica a todas las contrataciones de bienes o servicios que realicen:

a) La Administración pública municipal, sus dependencias, reparticiones, entidades autárquicas o descentralizadas.

b) Los órganos de control. c) Las empresas y sociedades del Estado Municipal. d) Las empresas concesionarias, licenciatarias o permisionarias de servicios públicos, en

tanto la contratación esté relacionada con la prestación del correspondiente servicio. Art. 4º.- Adjudicación . Orden de preferencia en las contrataciones regidas por la presente Ordenanza (para los órganos del art. 3º inc. a;b;c). A igualdad de calidad ofertada, rige el siguiente orden de preferencia:

a) Empresas MIP y MEs del Departamento Rosario de capital local que hubiera presentado la oferta más baja.

b) Cooperativas de trabajo del Departamento Rosario de capital local que hubiera presentado la oferta más baja.

c) Empresa MIP y MEs del Departamento Rosario de capital local: Cuando una o más empresas MIP y MEs del Departamento Rosario de capital local hubieran cotizado y ofrecido precios con una diferencia que no supere en más de un cuatro por ciento (4%) la mejor oferta que hubiere efectuado una empresa, sea o no del Departamento Rosario, sea o no de capital local, dicho porcentaje será incrementado al 5% para aquellas empresas MIP y MEs que cuenten con certificación de calidad acorde a normas nacionales e internacionales; el organismo contratante procederá, una vez vencido el plazo previsto para impugnaciones establecido por la Ordenanza 2650/80 a invitar exclusivamente a los proponentes comprendidos en tal supuesto a mejorar o igualar el precio de la mejor oferta por escrito, indicando día y hora dentro de un término que no exceda los cinco días. Procederá la adjudicación al proponente que realice la mejor oferta.

d) Empresa del Departamento Rosario de capital local: Cuando una o más empresas del Departamento Rosario de capital local hubieren cotizado y ofrecido precios con una diferencia que no supere en más de un cuatro por ciento (4%) la mejor oferta efectuada por una empresa que no sea del Departamento Rosario o no sea de capital local, dicho porcentaje será incrementado al 5% para aquellas empresas que cuenten con certificación de calidad acorde a normas nacionales e internacionales; el organismo

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contratante procederá, una vez vencido el plazo previsto para impugnaciones establecido por la Ordenanza 2650/80, a invitar exclusivamente a los proponentes comprendidos en tal supuesto a mejorar o igualar el precio de la mejor oferta por escrito, indicando día y hora dentro de un término que no exceda los cinco días. Procederá la adjudicación al proponente que realice la mejor oferta.

e) Empresa local de Capital Nacional según definición de la Ley de inversiones extranjeras Nº 21382. Cuando una empresa local de capital nacional (según definición de la ley de inversiones extranjeras directas) hubiere sido la segunda mejor oferta, cotizando y ofreciendo precios con una diferencia que no supere en más de un (4%) la mejor oferta (siendo esta de empresa local de capital extranjero según definición de la Ley de inversiones extranjeras Nº 21382) , dicho porcentaje será incrementado al 5% para aquellas empresas que cuenten con certificación de calidad acorde a normas nacionales se internacionales; el organismo contratante procederá, una vez vencido el plazo previsto para impugnaciones establecido por la Ordenanza 2650/80, a invitar exclusivamente a los proponentes comprendidos en tal supuesto, a mejorar o igualar el precio de la mejor oferta por escrito, indicando día y hora dentro de un término que no excede los 5 días. Procederá la adjudicación al proponente que realice la mejor oferta.

f) Las demás empresas de capital extranjero o empresas extranjeras sin domicilio en el país, de acuerdo a la definición de la Ley de inversiones extranjeras Nº 21382. En el caso de presentación de UTES o agrupaciones de colaboración empresarias, para ser considerada una empresa MIT y MEs del Departamento rosario de capital local o una empresa del Departamento Rosario de capital local, todos sus integrantes a nivel individual, deberán cumplir la definición y categorización dispuesta en la presente Ordenanza.

Art. 5º.- Adjudicación . Orden de preferencia en las contrataciones regidas por la presente

Ordenanza ( para los órganos del Art. 3º Inc. d) A igualdad de calidad y precio ofertado rige el siguiente orden de preferencia:

a) MIT y MEs, con domicilio fiscal y producción de bienes o servicios objeto de la contratación en el Departamento Rosario.

b) Las demás empresas nacionales s con domicilio fiscal y producción de bienes o servicios objeto de la contratación en el Departamento Rosario.

c) Cooperativas de trabajo con domicilio fiscal y producción de bienes o servicios objeto de la contrataciones en el Departamento Rosario.

d) Las demás micros y pequeñas empresas de origen nacional. e) Las demás empresas nacionales. Art. 6º.- Fraccionamiento de Compras . En todas las Licitaciones o Concursos para la provisión de bienes o servicios debe favorecerse cuando resulte factible técnica y económicamente la participación de las MIT y las MEs y de las Cooperativas de Trabajo a través del fraccionamiento de la contratación.

Art. 7º.- Proyectos. Elaboración . Las bases o condiciones de contratación deben elaborarse adoptando las alternativas técnicamente viables que permita respetar la preferencia establecida a favor de las empresas MIT y MEs del Departamento Rosario de capital local o empresas del Departamento Rosario de capital local, o las Cooperativas de Trabajos de capital local. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias de calidad y precio.

Art. 8º.- El Ente licitante deberá, como criterio general en la elaboración de los pliegos licitatorios, priorisar la producción o fabricación local, siempre y cuando no implique afectar los intereses de la municipalidad en materia de oportunidad, conveniencia y economía.

Art. 9º.- Para la contratación de Servicios Profesionales y/o consultoría se mantendrá el criterio de la presente Ordenanza en cuanto a dar prioridad a lo local, tanto sean Entes u

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Organismos Públicos y/o Privados. Cuando se trate de objetos, artículos o servicios cuya calidad o valor cultural, artístico o científico, invalide los parámetros comparativos se podrá optar por una prelación de adjudicación diferente a la prevista en la presente ordenanza. Esta decisión de carácter excepcional deberá estar debidamente fundada con un informe técnico jurídico.

Art. 10º.- Normas supletorias. La normativa de la Provincia de Santa Fe o nacional vigente en la materia es de aplicación supletoria en todo lo no previsto por esta ordenanza.

Art. 11º.- Para la implementación de la presente Ordenanza se tendrá en cuenta el alcance de las siguientes definiciones:

DEFINICIONES DE EMPRESAS A CONSIDERAR

a) Empresa MIP y MEs del Departamento Rosario de capital local

Se define de esta forma a todas las empresas que cumplan los siguientes requisitos, sin excepción:

� Sea una Micro, pequeña y mediana empresa cuando factura menos de $ 60.000/año; y tiene menos de 5 empleados. Sea una Pequeña y mediana empresa, si tiene entre 5 y 200 empleados; o con menos de 5 empleados factura más de $ 60.000/año.

� Que hayan realizado producción de Bienes y Servicios objeto de la contratación en el Departamento Rosario en los últimos dos años.

� Que se trate de una empresa domiciliada en el Departamento Rosario de la Provincia de Santa Fe. El domicilio se determinará de acuerdo a lo establecido en los artículos 89 y 90 del Código Civil.

� Que las personas físicas o jurídicas también domiciliadas en el Departamento Rosario sean propietarias directa o indirectamente de no menos del 51% del capital de la empresa y que cuenten directa o indirectamente con la cantidad de votos necesarios para prevalecer en las asambleas de accionistas o reuniones de socios. Las empresas que cumplan este requisito serán consideradas de “Capital Local”.

a) Empresas del Departamento Rosario de capital local

Se define de esta forma a todas las empresas que cumplan los siguientes requisitos, sin excepción:

� Que se trate de una empresa domiciliada en el Departamento Rosario de la Provincia de Santa Fe. El domicilio se determinará de acuerdo a lo establecido en los artículos 89 y 90 del Código Civil.

� Que hayan realizado producción de Bienes y Servicios objeto de la contratación en el Departamento Rosario en los últimos dos años.

� Que personas físicas o jurídicas también domiciliadas en el Departamento Rosario sean propietarias directa o indirectamente de no menos del 51% del capital de la empresa y cuenten directa o indirectamente con la cantidad de votos necesarios para prevalecer en las asambleas de accionistas o reuniones de socios. Las empresas que cumplan este requisito serán consideradas de “ Capital Local “.

a) Cooperativas de trabajo de capital local. Se define de esta forma a todas las empresas que cumplan los siguientes requisitos, sin excepción:

� Que se trate de empresas surgidas de la iniciativa de los trabajadores que tras la quiebra de las mismas y con autorización del juez o síndico interviniente, se constituyen en cooperativas de trabajo.

� Que se trate de una empresa domiciliada en el Departamento Rosario de la Provincia de Santa Fe. El domicilio se determinará de acuerdo a lo establecido en los artículos 89º y 90º del Código Civil.

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b) Empresa local de capital nacional según definición de la ley de inversiones extranjeras directas Nº 21382.

Toda empresa domiciliada en el territorio de la república, en el cual personas físicas o jurídicas también domiciliadas en él sean propietarias directa o indirectamente de no menos del 51% del capital y cuenten directa o indirectamente con la cantidad de votos necesarios para prevalecer en las asambleas de accionistas o reuniones de socios. El domicilio será el definido en los artículos 89 y 90 del Código Civil.

c) Empresa local de capital extranjero según definición de la ley de inversiones extranjeras directas Nº 21382.

Toda empresa domiciliada en el territorio de la república, en el cual personal físicas o jurídicas también domiciliadas fuera de él sean propietarias directa o indirectamente de no menos del 51% de capital y cuenten directa o indirectamente con la cantidad de votos necesarios para prevalecer en las asambleas de accionistas o reuniones de socios. El domicilio será el definido en los artículos 89 y 90 del Código Civil.

Art. 12º.- Se derogan las Ordenanzas 7307 y 7434.

Art. 13º.- Comuníquese a la Intendencia, publíquese y agréguese al D.M.

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DECRETO Nº 1962 Rosario, “Cuna de la Bandera”, ............ VISTO: La Ordenanza Nº 7602/03 que establece la implementación del Régimen de Compre Local. CONSIDERANDO: Que resulta necesario establecer los requisitos para que las empresas puedan acreditar su condición y encuadrarlas en las en las diferentes categorías; Que resulta asimismo necesario establecer los procedimientos a aplicar en las licitaciones; Siendo necesario proveer sobre el particular, en uso de sus atribuciones.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA:

ARTICULO 1º.- ESTABLECENSE las condiciones que deberán acreditar los oferentes a una Licitación Pública o Privada y cualquier otra Contratación que realice la Municipalidad de Rosario, para hacer uso de la prioridad que se establece a favor de las Empresas Micro, Pequeñas y Medianas del Departamento Rosario de Capital local y las Empresas del Departamento Rosario de Capital local. a) Para acreditar el monto de facturación anual establecido en el art. 11 inciso a) para ser

considerada MPYME o PYME, se solicitará conjuntamente con la documentación para presentar la oferta, fotocopia autenticada de los anticipos mensuales de Ingresos Brutos correspondientes a los últimos doce meses anteriores a la presentación de la oferta. El monto de facturación anual se determinará sumando la facturación de los anticipos mensuales citados.

b) Para acreditar la cantidad de empleados establecido en el art. 11 inciso a) para ser considerada MPYME o PYME, se solicitará conjuntamente con la Documentación para presentar la oferta, fotocopia autenticada de las Declaraciones Juradas del Sistema Único de Seguridad Social (S.U.S.S.) de los últimos seis meses anteriores a la presentación de la oferta. La cantidad de empleados se determinará en función del promedio de los últimos seis meses.

c) Para acreditar la conformación del capital según lo establecido en el art. 11 incisos a),b),c),d) y e) se solicitarán, conjuntamente con la documentación para presentar la oferta, fotocopias autenticadas de los Estatutos Sociales o Contrato Social, según corresponda. En caso de Sociedades de Hecho o Unipersonales se acreditará con la constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos.

d) Para acreditar la conformación del domicilio según lo establecido en el art. 11 incisos a),b),c),d) y e) se solicitarán, conjuntamente con la documentación para presentar la oferta, fotocopias autenticadas de los Estatutos Sociales o Contrato Social, según corresponda.

En el caso de Sociedades de Hecho o Unipersonales se acreditará con el domicilio comercial fijado en la constancia de Inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos.

e) Los oferentes deberán presentar, en carácter de Declaración Jurada, el formulario Anexo al presente Decreto. La Municipalidad podrá, en caso de considerarlo necesario, requerir la documentación respaldatoria que considere necesaria a efectos de constatar los datos consignados en la Declaración mencionada.

ARTICULO 2º En el caso que los Oferente no acrediten oportunamente, con la documentación que establece la presente Reglamentación, su calidad de MPYME, PYME o empresa del Departamento Rosario de Capital local, podrán participar del proceso de contratación sin gozar del derecho de prioridad que se establece a favor de estas Empresas en la Ordenanza 7602/03, siendo su calidad la de oferente común.

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ARTICULO 3º La Ordenanza 7602/03 y el presente Decreto deberán ser incluidos en los Pliegos de Licitaciones Públicas y Privadas cuyo llamado realice la Municipalidad de Rosario a partir de la fecha. ARTICULO 4º La Ordenanza 7602/03 y el presente Decreto deberán ser incluidos en los Pliegos de Licitaciones de Concesiones de Servicios Públicos y en las contrataciones de concesionarios, licenciatarios o permisionarios de Servicios Públicos que realice la Municipalidad de Rosario a partir de la fecha. ARTICULO 5º Insértese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dése a la Dirección General de Gobierno.

FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA 1 -CATEGORIA:

Empresa MIP y ME del Departamento Rosario de Capital local Empresa del Departamento Rosario de Capital local Empresa local de Capital Nacional Empresa local de Capital Extranjero 2 -DOMINACIÓN DE LA EMPRESA: 3 -DOMICILIO DECLARADO: 4 -TITULARES DEL CAPITAL DE LA EMPRESA: (datos para cada uno)

a) Apellido y Nombres: b) Domicilio: c) % de Participación en el Capital: d) Votos que cuenta para las Asambleas:

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NORMAS DE HIGIENE, SEGURIDAD Y PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE

Artículo 1: OBJETO Artículo 2: ALCANCE Artículo 3: RESPONSABILIDADES Artículo 4: POLÍTICA DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Artículo 5: EVALUACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE Artículo 6: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Artículo 7: COMITE DE HIGIENE y SEGURIDAD Artículo 8: AUDITORIAS DE HIGIENE y SEGURIDAD Artículo 9: NORMAS GENERALES A CUMPLIR POR LOS CONTRATISTAS Y/O SUBCONTRATISTAS. Artículo 10: PROTECCION Y CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Artículo 11: SERVICIO DE MEDICINA LABORAL Artículo 12: INCUMPLIMIENTOS Artículo 13: PAGO

Artículo 1: OBJETO

El propósito de esta NORMA es establecer las pautas, condiciones básicas, documentación y requisitos, que se deben observar en la ejecución de obras a realizar, aplicando programas de prevención de riesgos laborales durante el desarrollo de las tareas encomendadas.

Las disposiciones aquí contenidas, se entenderán incorporadas a todo documento destinado a instrumentar la licitación, adjudicación y ejecución de una obra, revistiendo la categoría de cláusulas contractualmente exigibles.

Los aspectos particulares de cada tipo de obra, en las distintas fases de trabajo, se regirán de acuerdo a las reglas de HIGIENE y SEGURIDAD, en un todo de acuerdo a la Ley 19587, Decreto 351/79, Resolución 911/96, y demás normas complementarias, dictadas y a dictarse.

El objetivo es transmitir AL CONTRATISTA las normativas básicas, a fin lograr el cumplimiento de la legislación vigente, la reducción de accidentes, la preservación del Medio Ambiente, el cuidado de las instalaciones y el ahorro económico.

Así mismo, tiene por objeto establecer obligaciones, responsabilidades y lineamientos generales en materia de prevención, que deben observar y cumplimentar los CONTRATISTAS de las obras, sus empresas controladas, subcontratistas, y todo el personal que desarrolle su actividad por cuenta y orden de los mismos.

Artículo 2: ALCANCE La presente norma es de aplicación a todas las empresas CONTRATISTAS y SUB

CONTRATISTAS, que intervengan en la obra a ejecutar.

Artículo 3: RESPONSABILIDADES La CONTRATISTA es responsable en cuanto al conocimiento y cumplimiento, por parte de

todo su personal y de sus subcontratistas, de lo dispuesto en la presente NORMA, en las Normas y Procedimientos de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente de aplicación, y de la Legislación vigente en la materia, y en particular de la Ley 19587, Decreto 351/79 y Resolución 911/96.

Artículo 4: POLÍTICA DE SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE 4.1. La CONTRATISTA debe asumir el compromiso y responsabilidad para el logro de las

siguientes metas:

Todos los accidentes pueden y deben ser evitados. La prevención de riesgos en el trabajo es un compromiso de toda persona física y/o jurídica que se encuentre, aunque sea temporalmente en las obras, constituyendo además una condición de empleo.

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La prevención de riesgos es tan importante como la calidad, la productividad y los costos.

Integrar a toda práctica laboral, la preservación de vidas y bienes. Intervenir activamente en los programas y metas de prevención. Asumir la prevención mediante actitudes seguras.

4.2. LEGISLACIÓN APLICABLE

Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo - Decreto 351/79 Resolución 911/96 Reglamento de Higiene y Seguridad para la industria de la construcción. Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo. Resoluciones S.R.T 231/96; 51/97; 35/98; 319/99; 320/99 y concordantes. Ley 11717 de Medio Ambiente y desarrollo sustentable de la Provincia de Santa Fe. Leyes, Decretos y/o Reglamentos Provinciales y/o Municipales aplicables en la jurisdicción. Ley 23.879 Obras Hidráulicas (Consecuencias Ambientales). Ley 24.051 (Ley de Residuos Peligrosos) y sus Normas concordantes y Resolución 184/95. Ley 20.429, Decreto Nº 302/83, (uso de Explosivos). Ley 24.449, Decreto Nº 779 del 20/11/95, (de tránsito).

Artículo 5: EVALUACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD Y MEDI O AMBIENTE

5.1. La Municipalidad tendrá el derecho de auditar el Sistema y/o Programa de Gestión de

Seguridad, Calidad del Ambiente y otros aspectos que involucren a la política de Seguridad e Higiene del ADJUDICATARIO. La Empresa facilitará todas las posibilidades para concretar ese control al personal de la Municipalidad, reservándose ésta el derecho de solicitar entrevistas evaluativas.

5.2. A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO

Junto con el Acta de Replanteo, y constituyendo un ANEXO de la misma, la empresa presentará la documentación que acredite su sistema de gestión en HIGIENE, SEGURIDAD y MEDIO AMBIENTE en vigencia y compuesto como mínimo de:

Manual de Gestión con una política acorde con los servicios. Normas y Procedimientos que atienden el tema seguridad en todas las tareas que desarrolle en

los ámbitos de las obras. Programa de Prevención de accidentes. Programa de Capacitación del personal. Procedimientos específicos para la evaluación de accidentes y acciones correctivas adoptadas. Registros y estadística de capacitación y evaluación de accidentes. Planes de contingencias.

Artículo 6: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

Al ser ADJUDICADA la OBRA, la EMPRESA, a través de su RESPONSABLE DE HIGIENE Y SEGURIDAD deberá mantener una reunión con los responsables de INSPECCION DE OBRA para que la empresa evalué cuales serán las exigencias particulares que tendrá durante la realización de sus tareas, y coordinación de las acciones a llevar a cabo.

El CONTRATISTA debe garantizar que el nivel de capacitación del personal de Gerenciamiento, Jefes de Obras y Supervisores, es el adecuado con acreditada experiencia en tareas similares y está comprometido con la Seguridad y el Cuidado Ambiental.

Dentro de los 10 (diez) días corridos contados a partir de la firma del Contrato y previo a todo inicio de tareas, la CONTRATISTA estará obligada a la presentación de la siguiente documentación:

Programa de Higiene y Seguridad según lo exige la Resolución 911/96, y las Resoluciones 51/97, 35/98, 319/99, y complementarias, APROBADO POR LA ART.

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Presentación de matricula, y contrato del Responsable de Higiene y Seguridad, con presencia en obra de acuerdo a la Resolución 231/96.

Comunicación del INICIO DE OBRA, según Resoluciones 51/97 y 552/01. Constancias de capacitación al personal, de acuerdo a PROGRAMA DE CAPACITACION, en

prevención de accidentes en general y en particular en las tareas específicas que desarrollarán, así como también en enfermedades laborales.

Servicio de emergencia y establecimientos médicos para la derivación de accidentados (ART). Listado de personal afectado a la obra, con las altas avaladas por la ART respectiva. Constancia de entrega de Elementos de Protección Personal de acuerdo a análisis de riesgos y

programa de Higiene y Seguridad. Control y auditorias de máquinas, equipos y herramientas, para la presente obra. Cumplir con los requerimientos y plazos fijados en el PROGRAMA DE SEGURIDAD - Los presentes requisitos deben ser cumplidos por toda empresa SUBCONTRATISTA que

intervenga en la ejecución de trabajos en obra.

Artículo 7: COMITE DE HIGIENE y SEGURIDAD El Comité de HIGIENE y SEGURIDAD, estará constituido por los responsables de HIGIENE y

SEGURIDAD del CONTRATISTA PRINCIPAL y de los SUB CONTRATISTAS que intervienen en cada OBRA, el representante de la INSPECCION DE OBRA, y la AUDITORIA DE H y S que designe la Municipalidad.

Es obligatoria la participación en el mismo, por parte de los representantes de H y S de CONTRATISTAS y SUBCONTRATISTAS.

Sus acciones de coordinación, se ajustaran a lo requerido en la Resolución 319/99, y el ANEXO I de la misma.

La frecuencia, fecha y lugar de reunión será fijado por la INSPECCION DE OBRA.-

Será coordinado por la INSPECCION DE OBRA.

Artículo 8: AUDITORIAS DE HIGIENE y SEGURIDAD

La Municipalidad estará facultada para llevar a cabo, las AUDITORIAS de HIGIENE y SEGURIDAD que estime necesarias, mediante la INSPECCION DE OBRA y/o PROFESIONALES DESIGNADOS, a los fines de verificar el adecuado cumpliendo por parte de la CONTRATISTA y/o SUCONTRATISTA de todas las obligaciones fijadas en la presente norma.

En el caso de incumplimiento o irregularidades detectadas, la Municipalidad podrá solicitar la suspensión de los trabajos, total o parcialmente, la separación del personal expuesto a riesgos y en su caso, si a criterio de la INSPECCION DE OBRA corresponde, retener la certificación y/o pagos, hasta que se subsane lo apuntado.

8.1. SUSPENSION DE TRABAJOS

El Contratista estará obligado a paralizar las tareas inmediatamente, cuando por razones de seguridad, lo dictamine la INSPECCION DE OBRA y en la medida que ésta indique. También podrá separar del lugar de trabajo, al personal que no cumpla con los requisitos de uso de EPP y /o expuesto a riesgos específicos.

La Inspección procederá cuando así corresponda, a labrar las órdenes de servicios por el incumplimiento de las obligaciones de Higiene y Seguridad y/o durante el desarrollo de la prestación. (Ejemplos falta de puesta o aislamiento a tierra de equipos, falta de EPP, peligro de derrumbes, etc.)

Artículo 9: NORMAS GENERALES A CUMPLIR POR LOS CONT RATISTAS Y/O

SUBCONTRATISTAS.

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Como base de la presente NORMA, se debe cumplir en un todo con lo normado por Ley 19.587, Decreto 351/79 y Resolución 911/96, y demás normas complementarias dictadas y a dictarse.

Los enunciados de esta norma, en los siguientes ítems, son de carácter básico y general, y será responsabilidad de la CONTRATISTA cumplir con todos requisitos para las situaciones no cubiertas en ésta y comprendidos en la legislación enunciada en el ítem 4.2, LEGISLACIÓN APLICABLE.

Para las determinadas situaciones que pudieran exceder su posibilidad de neutralizar los riesgos, deberá plantearse esta circunstancia a la INSPECCION DE OBRA; asimismo el contratista podrá recibir indicaciones de la INSPECCION DE OBRA, en forma verbal, las que deberán ser acatadas cada vez que sean impartidas.

9.1 . OBLIGACIONES BÁSICAS.

Sin perjuicio del cumplimiento de la LEY 19587, Decreto 351/79 y de la Resolución 911/96, y demás normas complementarias dictadas y a dictarse, la CONTRATISTA deberá cumplir con las siguientes obligaciones básicas:

Previo al inicio de todo tipo de tarea en obra, se deberá solicitar a la INSPECCION DE OBRAS la autorización correspondiente, luego de haber acreditado el cumpliendo de todos los requisitos de la presente norma.

El REPRESENTANTE DE HIGIENE y SEGURIDAD de la CONTRATISTA, debe ser el responsable, coordinador y persona de contacto con la INSPECCION DE OBRA, en todo lo relativo a HIGIENE y SEGURIDAD.

La contratista deberá comunicar inmediatamente a INSPECCION DE OBRA, cualquier condición que pueda poner en riesgo la seguridad de su personal y del entorno, que exceda su posibilidad de solución inmediata.

Deberá comunicar inmediatamente a INSPECCION DE OBRA, todo accidente o incidente en la realización de sus tareas, mediante la elaboración del informe de investigación correspondiente, en tiempo y forma, según lo establecido en la normativa vigente.-

Cumplir con todos los requerimientos y los plazos fijados para ello, en las AUDITORIAS de CONDICIONES DE HIGIENE y SEGURIDAD realizados por la INSPECCION DE OBRA.-

Instalar toda la señalización necesaria para informar sobre los riesgos y medidas de protección, comunicación con la ART, servicios de emergencias.

Instruir a todo el personal sobre temas de Seguridad, Higiene y Medioambiente, mediante cursos de capacitación. El contenido de los cursos, la lista de asistentes y la cantidad de horas impartidas, deberá archivarse en el LEGAJO DE HIGIENE Y SEGURIDAD de OBRA.

Proveer y mantener en condiciones operativas los extintores de incendio del tipo y cantidad evaluados como necesarios al tipo de tarea.

Disponer de un PLAN DE EMERGENCIAS y un PROCEDIMIENTO para el caso de ACCIDENTES de personal, colocando en lugar visible los NUMEROS TELEFONICOS y de asistencia MÉDICA.

Presentar la estadística mensual de accidentes, en el tiempo y forma que se establece en la normativa respectiva.

La Contratista proveerá, a su personal, de una credencial propia de la ART.- Asimismo, uniformará a su personal o colocará distintivos en la indumentaria de sus operarios

para lograr una rápida identificación. Asistir a las REUNIONES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD, cumpliendo con los tratados que se

efectúen en el mismo.

9.2. PROHIBICIONES Queda estrictamente prohibido:

Ingresar a la obra con bebidas alcohólicas, drogas o estupefacientes, como así también en estado de ebriedad, bajo efecto de drogas o estupefacientes.

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Realizar tareas con el torso desnudo. Utilizar líquidos inflamables para limpieza de herramientas o ropas, salvo autorización expresa. Almacenar materiales combustibles o explosivos sin la correspondiente autorización. Conducir vehículos dentro del predio de la obra a velocidades superiores a la de paso de hombre

o la máxima indicada visiblemente en equipos especiales. Transportar personal en cajas de vehículos no acondicionados para tal fin. Dejar materiales, vehículos o cualquier otro elemento obstruyendo pasos y circulaciones. La permanencia injustificada del personal de la contratista en áreas ajenas a los lugares de

trabajo, sus obradores e instalaciones sanitarias, vestuarios, etc., La utilización de máquinas en general y rotativas en particular, sin las protecciones

correspondientes (Ej.: amoladoras, sierras circulares, hormigoneras, etc.) Excepto el caso específico de contratación de personal de Servicios Especiales de Seguridad y de

acuerdo a condiciones establecidas en leyes y/o reglamentos, está prohibida la portación de armas blancas o de fuego. Esta prohibición también tiene alcance para todas las personas que viajen en los vehículos del Comitente, o los Transportes Contratados.

9.3. OBRADOR

La Contratista deberá solicitar a la INSPECCION DE OBRA, que le indique el lugar para la instalación del obrador, en caso que el mismo sea expresamente autorizado dentro de los predios de la obra, como así también la determinación del espacio necesario para el desplazamiento de materiales, herramientas, máquinas y estacionamiento de vehículos.

La Empresa Contratista, deberá colocar un alambrado perimetral en su obrador, observando en el mismo Normas de Orden y Limpieza para lo cual deberá adiestrar a su personal en forma permanente.

Las conexiones de luz, agua, cloacas, etc., deberán contar con la autorización de la Dirección de la Obra, siguiendo las reglas del buen arte y sin que afecte la seguridad en todos sus aspectos.

9.4. EQUIPOS Y ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

El contratista dará cumplimiento a lo establecido en la ley 19587 de Seguridad e Higiene en el Trabajo, los Artículos 98 al 115 del Decreto 911/96 y la Resolución 231/96, proveyendo a todo su personal de los equipos y elementos de protección personal.

Los elementos de protección personal que se consideran básicos y obligatorios para ingresar a cualquier obra son los siguientes: Casco de seguridad, Calzado de seguridad, Ropa de trabajo, Guantes de trabajo, Chalecos reflectantes para todo trabajo en la vía pública.

Éstos, así como el resto de los elementos de protección personal que deban proveerse de ACUERDO AL ANÁLISIS DE RIESGO DE LAS TAREAS, deberán conservarse en buen estado de uso y cambiarse ante el primer signo de envejecimiento o deterioro. No podrá reparase ningún elemento de protección personal. Debe ser cambiado por otro nuevo.

Su tipo y calidad darán cumplimiento con las normas IRAM vigentes para cada uno de ellos.

La Contratista deberá disponer en el obrador, de un “stock” permanente de los Elementos de Protección a proveer y de las correspondientes Fichas de Entrega de tales elementos.

El personal de La Contratista que no cumpla con el uso de los elementos de Protección Personal provistos, será separado inmediatamente de la zona de trabajo. Se responsabilizará a La Contratista, por las demoras e interrupciones que tales hechos demanden.

Todos los cascos, sin excepción deberán llevar en su parte frontal el logotipo de la empresa.

9.5. ORDEN Y LIMPIEZA

Los sectores de trabajo deberán mantenerse permanentemente en condiciones de prolijidad y limpieza lo que permitirá desarrollar las tareas en un ambiente apto y seguro.

Para obradores, talleres y sectores de obra se tendrá especial atención en:

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No dejar herramientas o materiales sobre escaleras, plataformas, andamios, circulaciones, cañerías o equipos elevados.

No se dejarán maderas con clavos salientes. Los derrames de aceites, grasas, combustibles o productos químicos serán limpiados de

inmediato para prevenir cualquier tipo de riesgo. Deberá disponerse de CONTENEDORES para "RESIDUOS VARIOS" y para RESIDUOS

PELIGROSOS, en el caso de existir estos . No deberán obstaculizarse los lugares donde se encuentren colocados los matafuegos y camillas.

9.6. RIESGOS ELÉCTRICOS Los tableros de alimentación tanto de obradores como de las distintas instalaciones de talleres,

almacenes y frentes de obra, deberán ser de materiales aptos para la intemperie y no combustibles, los que estarán provistos de protección diferencial y térmica (disyuntores y llave térmica) y la puesta a tierra respectiva.

Todos los equipos eléctricos deberán contar con las llaves interruptoras al alcance de los operadores además de la correspondiente puesta a tierra.

Todos los cables utilizados serán del tipo envainados para intemperie y poseerán sección adecuada a la intensidad de corriente a utilizar.

Los cables que deban cruzar vías transitadas o zonas de circulación, se protegerán adecuadamente a fin de evitar roturas y lastimaduras de los mismos, así como riesgos para terceros. Se procurará que toda instalación eléctrica se ejecute en forma aérea, con todo el sistema de prevenciones que sean necesarias.

9.7. UTILIZACIÓN DE EQUIPOS DE OXICORTE Y/O SOLDADU RA ELÉCTRICA Siempre deberá tenerse en cuenta:

Evitar la acción de las radiaciones provenientes de las tareas de corte y soldadura sobre las personas ajenas al trabajo referido, mediante el uso pantallas de protección.

La puesta a tierra de los equipos de soldar deberá conectarse en forma directa con el tablero de distribución y no con estructuras de la obra o cañerías.

La pinza de masa deberá conectarse únicamente con el elemento a soldar, lo más cerca posible al arco.

Los tubos de oxigeno y acetileno u otros gases deberán montarse sobre carros portatubos, sujetos con cadenas metálicas tanto para su uso como para el transporte.

En caso de tener que utilizar tubos sueltos estos deberán amarrarse en forma vertical mediante cadenas o abrazaderas a estructuras o columnas para evitar su caída accidental.

Los equipos tendrán todos sus accesorios en perfecto estado de conservación. Los equipos constarán de reguladores de presión, válvulas de bloqueo de flujo y los

correspondientes arrestallamas (uno en cada extremo de manguera). Las uniones de los accesorios con las mangueras serán realizados únicamente con abrazaderas. Se diferenciará el color de la manguera de oxigeno con la del acetileno.

9.8. MAQUINARIAS Y SUS PROTECCIONES Toda la maquinaria que se utilice en obra deberá contar con protección mecánica, como ser:

cubre correas, rodamientos y acoples, protección de piedras de amolar visera antichispas, etc. La maquinaria que presente alguna condición de riesgo durante su operación será retirada de la

obra para evitar cualquier intento de utilización.

9.9. MAQUINARIA AUTOMOTRIZ EQUIPOS Y VEHÍCULOS Los vehículos estarán en perfecto estado de conservación y mantenimiento, cumpliendo con la

legislación y normas vigentes de la jurisdicción donde se opere. Deben contar con los sistemas de seguridad y protección adecuados y sean manejados u

operados por personal experto, instruido y habilitado a tal efecto. Los vehículos que se desplacen dentro del predio de la obra o sus accesos, deberán respetar los

límites de velocidad que se fijen y las señales indicadoras en general.

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En ningún caso se deberá transportar personal sobre máquinas operativas. Solo se permiten tres ocupantes en las cabinas simples de camionetas o camiones.

9.10. TRABAJOS Y OPERACIONES EN ALTURA

Toda tarea que se desarrolle a una altura superior a 2 metros del nivel de piso será considerada tarea en altura y para ello se deberá tener en cuenta lo siguiente:

Se utilizarán arnés de seguridad, de marca y calidad reconocida y garantizada. El amarre de los arneses de seguridad se hará a una parte fija de la estructura, o a un cable de

vida de acero independiente de la superficie de apoyo de la persona. Toda tarea en altura deberá ser señalizada y vallada al nivel de piso. Solo serán admitidos andamios de cuerpos metálicos de marca, calidad reconocida y garantizada,

sin admitirse en su armado cuerpos de distintas marcas y/o procedencias, así como NO se aceptarán estructuras metálicas construidas con elementos improvisados en la obra cuya única garantía sea la constructora.

Las estructuras de los andamios así como sus nudos y tablones, antes de su ingreso a obra, serán sometidos a las normas de auditorias de equipos.

El personal que sea asignado para el armado de andamios, deberá ser capacitado en tal sentido por el Responsable de Hig. y Seg. de la CONTRATISTA

Se podrán utilizar tablones de madera, para andamios y plataformas, de dos pulgadas de espesor y un pie de ancho, sin pintar y sin nudos que los debiliten. También podrán emplearse tablones metálicos desarrollados para ese fin, con piso antideslizante y grampas de encastre en los extremos que impidan su deslizamiento. No se admitirá la combinación de ambos tipos de tablones sobre el mismo paso.

Los tablones serán atados firmemente al andamio o a la estructura de las plataformas. Las estructuras de los andamios serán atadas o arriostradas eficazmente para evitar la caída o

vuelco de los mismos. En caso de realizarse tareas en silletas o guindolas los trabajadores deberán amarrarse a un

dispositivo independiente al de izado.

9.11. AGUA POTABLE, SERVICIOS SANITARIOS Y COMEDORE S Será responsabilidad de la CONTRATISTA, proveer a sus dependientes de la mencionada

infraestructura en un todo, de acuerdo con la legislación vigente .

9.12. SEÑALIZACIÓN y BALIZAMIENTO a) Letreros de Señalización

Cuando sea necesario interrumpir el tránsito de las calles que afecten a las obras, y previa autorización de las autoridades correspondientes, el Contratista colocará letreros indicadores, en los que se inscribirá bajo el título Municipalidad de Rosario, el nombre y domicilio de la Contratista y la designación de la obra.

Los letreros identificatorios de obra serán de 90 x 60 centímetros adheridos a una base fabricada de chapa de acero de un espesor mínimo de tres milímetros con estructura soporte y pie.

Los letreros contendrán los siguientes datos: Municipalidad de Rosario, identificación de la obra, nombre, dirección y teléfono del Contratista.

Se colocará un letrero por frente de trabajo. Además de los letreros de señalización, en cada obra se colocarán carteles en los lugares indicados por la Inspección, según el modelo que oportunamente entregue la Inspección de Obra.

Se deberán señalizar con toda claridad los desvíos para canalizar el recorrido vehicular con señales diurnas y nocturnas, y con carteles de orientación que indiquen en forma inequívoca el camino a seguir.

Las señales visuales deberán ser fácilmente visibles a distancia, y en las condiciones y ubicación en que se pretendan sean observadas. Llevarán una leyenda en letras contrastantes

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con el fondo. Junto con éstas es necesario que la idea se trasmita a través de pictogramas o ideogramas. Es sumamente importante que las señales indiquen claramente el riesgo del que se pretende advertir, sin dar lugar a confusiones. Se utilizarán colores de seguridad para identificar personas, lugares y objetos físicos y asignarles un significado relativo a la seguridad. Los colores a utilizar serán los establecidos por las Normas I.R.A.M. 10.005 y 2.507.

En aquellos locales a construir, que sirvan para la construcción de la obra, obrador, campamentos, etc., se indicarán según convengan con líneas amarillas y flechas bien visibles, los caminos de evacuación en caso de peligro, así como todas las salidas normales de emergencia.

b) Balizamiento Nocturno

En los lugares de peligro y en los que indique la Inspección se colocarán durante el día banderolas rojas y por la noche faroles rojos en número suficiente, dispuestos en forma de evitar cualquier posible accidente. Se colocarán balizas para señalamiento nocturno ubicadas en todos los puntos de riesgo, y en todos los obstáculos e interrupciones en la zona de tránsito vehicular o de personas. Se recomienda las balizas del tipo destellante con batería propia. No se podrán utilizar balizas de combustible.

En caso de utilizar faroles rojos, éstos deben ser alimentados por energía eléctrica con una tensión máxima de 24 Voltios, es decir resultarán indispensables los transformadores correspondientes. No se aceptará el uso directo de tensión de 220 voltios.

Se deberá alertar adecuadamente, sobre la presencia de obstáculos, excavaciones, caminos no consolidados, desvíos, etc., que pudieran originar accidentes. Para ello La Contratista proveerá, montará y posteriormente retirará las señalizaciones provisorias para advertir tal situación.

Para las horas diurnas se utilizarán barreras o carteles indicadores que permitan alertar debidamente del peligro, siendo conveniente estudiar su ubicación para evitar el retroceso de los vehículos por falta adecuada de señalamiento.

En horas nocturnas se utilizarán, complementando con las barreras, balizas de luz roja intermitente.

9.13 EXCAVACIONES

Cuando fuera necesario ejecutar excavaciones de 1,20 metros de profundidad o mayores, se procederá a entibar toda la excavación. Para seleccionar el método de entibamiento, se tendrá preferente cuidado en considerar el tipo de terreno, su compactación, la proximidad de equipos, etc., adoptando en consecuencia las prevenciones correspondientes, de acuerdo a las reglamentaciones y normativas vigentes.

En todo momento, se mantendrá libre el espacio para la circulación del personal en casos de emergencia.

De efectuarse sobre caminos o rutas, de paso obligatorio de vehículos para emergencias, deberá disponerse el cubrimiento transitorio durante el horario inhábil.

9.14. PROTECCION Y CONSERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Es obligación de la empresa contratista, cumplir con todas las leyes / decretos y/o reglamentos

provinciales y/o municipales referidos a Protección y Conservación del Medio Ambiente. Toda contaminación ambiental en proyectos, producida por derrames de hidrocarburos, agua

salada, sustancias peligrosas, etc., debe ser evitada. En caso de producirse derrames, u otro tipo de contaminación, se debe remediar el área y restituir

las condiciones originales.-

9.15. BOTIQUINES DE PRIMEROS AUXILIOS.

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Se dispondrá de uno o más botiquines o gabinetes de Primeros Auxilios en lugares accesibles para el tratamiento temporal inmediato en caso de accidente, conteniendo suficiente cantidad de vendajes y demás elementos de curaciones de emergencia (Artículo 10 - Ley N° 19.587).

9.16. ACTUACION EN EMERGENCIAS

Ante cualquier emergencia declarada en el área donde desarrolla su actividad La Contratista deberá actuar de acuerdo al PLAN DE EMERGENCIA.-

Todo el personal deberá estar instruido para combatir cualquier principio de incendio y estar familiarizado con los equipos con que se cuenta.

9.17. DISPOSICIONES PARA EL TRANSITO DE VEHICULOS DE CARGA Y PASAJEROS. Todos los vehículos deberán cumplir con las Reglamentaciones Nacionales, Provinciales y/o

Municipales que correspondan.- Con respecto a pesos y dimensiones de la carga, debe cumplimentar lo dispuesto en la

reglamentación legal vigente. En caso de movimientos de grúas o vehículos de gran porte, La Contratista deberá realizar el

análisis de riesgos a efectos de arbitrar los recaudos pertinentes. En caso de tránsito fuera de los límites de la obra, La Contratista se ajustará a la normativa

municipal vigente.- Se deberá tener en cuenta, en especial cuando se trasladen equipos de gran magnitud, las alturas

de cruces de puentes, líneas eléctricas, etc. No se podrá transportar personal en máquinas pesadas, tractores, grúas, moto niveladoras,

guinches, etc.

9.18 ILUMINACIÓN La iluminación de los lugares de trabajo debe cumplir las siguientes condiciones:

La composición espectral de la luz debe ser adecuada a la tarea a realizar, teniendo en cuenta el mínimo tamaño a percibir, la reflexión de los elementos, el contraste, sombras y movimientos así como la uniformidad de la iluminación.

Donde no se reciba luz natural o se realicen tareas nocturnas, debe instalarse un sistema de iluminación de emergencia en todos sus medios y vías de escape.

El sistema debe garantizar una evacuación rápida y segura de los trabajadores, utilizando las áreas de circulación y medios de escape, de modo de facilitar las maniobras o intervenciones de auxilio ante una falla del alumbrado normal o siniestro.

Las luminarias se colocarán: cerca de cada salida, en cada salida de emergencia, en todo lugar donde sea necesario enfatizar la posición de un peligro potencial, tales como: cambio en el nivel de piso, intersecciones de pasillos y corredores, cerca de cada caja de escaleras, elementos de extinción de incendios, en ascensores o montacargas donde se movilicen personas, local sanitario y/o vestuario.

Las salidas de emergencias, dirección y sentido de las rutas de escape, serán identificadas mediante señales que incluyan leyendas y pictografías. Su iluminación puede ser natural, con suministro autónomo o de emergencia, propio o próximo a ellas.

Artículo 10: PROTECCION Y CONSERVACIÓN DEL MEDIO AM BIENTE Es obligación de la empresa contratista, cumplir con todas las leyes / decretos y/o reglamentos

provinciales y/o municipales, referidos a Protección y Conservación del Medio Ambiente.

La Contratista deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar todo tipo de daños a personas o bienes de cualquier naturaleza, incluidas las propiedades frentistas y linderas, siendo único y exclusivo responsable del resarcimiento de los daños y perjuicios que la obra y/o sus dependientes ocasionen a aquellas mismas.

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La Contratista dispondrá de un PLAN DE GESTION AMBIENTAL, y -en caso de ser necesario- la intervención de expertos, a su costa, de modo que durante la ejecución y la terminación de las obras, se corrijan posibles efectos adversos al medio ambiente, y que permita :

* Tomar todas las medidas necesarias para proteger el ambiente, dentro y fuera de la obra, para evitar daños a las personas y/o propiedades públicas, como consecuencia de la contaminación del ruido u otras causas derivadas de sus métodos de trabajo.

* La empresa contratista debe capacitar y motivar a su personal respecto al cuidado del medio ambiente.

* Reducir los impactos ambientales al medio, ya sea aire, suelo y agua, realizando las medidas de mitigación necesaria de modo de evitar los efectos adversos .

* Evitar toda contaminación ambiental, producida por ruidos, polvos, derrames de hidrocarburos, agua, sustancias peligrosas, etc.,

* Los derrames de aceites, grasas, combustibles o productos químicos serán limpiados de inmediato para prevenir cualquier tipo de riesgo.

* Los Residuos menores tales como trapos, cartones, papeles, alambres, etc. deberán ser colocados en tambores metálicos para facilitar su recolección, identificados como "RESIDUOS VARIOS".

* Los residuos que pudieran contener sustancias inflamables tales como: latas de pintura, estopas embebidas en aceite o hidrocarburos, etc., serán colocadas en tambores metálicos, separados de los otros no inflamables e identificados como "RESIDUOS DE INFLAMABLES".

* Los residuos de sustancias orgánicas tales como restos de comida, serán colocados en tambores identificados como RESIDUOS ORGÁNICOS y serán revestidos interiormente con bolsas de polietileno, a fin de permitir su retiro.

* Para el caso de RESIDUOS PELIGROSOS, se solicitarán las certificaciones de disposición final, que avalen la disposición o tratamiento de los mismos.

Artículo 11: SERVICIO DE MEDICINA LABORAL

La Contratista, en cumplimiento de los requerimientos establecidos por la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo y su Decreto Reglamentario (Ley 19.587 - Decreto 351/79) o por el Decreto 911/96 y la de Riesgos del Trabajo N° 24.55 7, deberá contar con un servicio encargado del traslado y atención médica para accidentes laborales y urgencias médicas de su personal.

La empresa contratista tendrá la obligación de presentar los centros asistenciales correspondientes a la ART que la empresa tenga contratada, como así también un listado con los teléfonos de emergencia a los cuales contactar en caso de un accidente grave.

La Contratista deberá presentar, previo a la iniciación de las tareas propias del Contrato, una certificación médico laboral, por cada uno de sus empleados, que determine la aptitud psicofísica del mismo para la tarea propuesta, tal como lo establece la legislación vigente en la materia.

Artículo 12: INCUMPLIMIENTOS

Aquellas contratistas que incurran en incumplimientos de la presente norma, DEBERAN SUSPENDER LA OBRA a requerimiento de la INSPECCION DE OBRA y serán pasibles de la aplicación de multas o sanciones según el respectivo contrato, pudiendo incluir la cancelación del mismo, sin perjuicio de retener la certificación y/o pagos.-

Artículo 13: PAGO

El total de las tareas que realice la Contratista para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente capítulo, no recibirá pago directo alguno, considerándose su compensación total incluida en los gastos generales de la obra.-

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Asimismo el tiempo que le demande el cumplimento de la normativa y/o las suspensiones de obra por incumplimiento de las NORMAS DE HIGIENE y SEGURIDAD, no será considerado como causal de prórroga del plazo de obra contractual.-

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MUNICIPALIDAD DE ROSARIO-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS-DGH y S DEPARTAMENTO DE COMPUTO Y PRESUPUESTO

ANEXO IV

REDETERMINACION DE PRECIOS

De acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 7449, y su Decreto Reglamentario Nº 2457 del 27/12/02, para la redeterminación de precios en los contratos de Obras Públicas, se tendrá en cuenta la siguiente metodología que se encuadra dentro de las disposiciones vigentes.

GRUPO 1

Válido para el item nº 1

GRUPO 2

Válido para los item nº 2 nº 3

GRUPO 3 Válido para los item nº 4

GRUPO 4 Válido para el item nº 5

GRUPO 5 Válido para los item nº 6

GRUPO 6 Válido para el item nº 7

GRUPO 7 Válido para los item nº 8

GRUPO 8 Válido para los item nº 9 y nº 10

GRUPO 9 Válido para el item nº 11

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FACTORES DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

EXCAVACIÓN A CIELO ABIERTO

Fr 1 = 0,000 0,636 0,364

(mano de obra)1 Se determinará por el INDEC, cuadro 1.4 ICC(mano de obra)0

(equipo)1 = 0,266 0,018 (reparaciones y repuestos)1 0,716 (combustibles y lubricantes)1(equipo)0 (reparaciones y repuestos)0 (combustibles y lubricantes)0

Se determinará por el INDEC,CUADRO 3.2 N.G. PRODUCTOS NACIONALES, código 29 máquinas y equipos

0,700 0,300

0,700 0,300 ( Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)1( Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)0

(materiales)1 #¡DIV/0! ( )1 #¡DIV/0! ( )1 #¡DIV/0! ( )1(materiales)0 ( )0 ( )0 ( )0

GRUPO 1

00,000 $ 0,00 00,000

+0

+

(combustibles y lubricantes)1 = (gas-oil)1+

(combustibles y lubricantes)0 (gas-oil)0

+(mano de obra)1

(reparaciones y repuestos)0 (amortización e interés)0 (mano de obra)0

(amortización e interés)1(amortización e interés)0

(reparaciones y repuestos)1 = (amortización e interés)1

(amortización e interés)1+ +

(amortización e interés)0

(mano de obra)1(materiales)0 (equipos)0 (mano de obra)0(materiales)1

+(equipos)1

+

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FACTORES DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

Caño prefabricado HºAº clase III diam 0,800 m

Fr 2 = 0,802 0,114 0,084

(mano de obra)1 Se determinará por el INDEC, cuadro 1.4 ICC

(mano de obra)0

(equipo)1 = 0,201 0,013 (reparaciones y repuestos)1 0,785 (combustibles y lubricantes)1(equipo)0 (reparaciones y repuestos)0 (combustibles y lubricantes)0

Se determinará por el INDEC,CUADRO 3.2 N.G. PRODUCTOS NACIONALES, código 29 máquinas y equipos

0,700 0,300

0,700 0,300 ( Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)1( Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)0

(materiales)1 0,968 ( Caño prefabricado H°A° clase III diám.0,700 m)1 0,032 ( )1(materiales)0 ( Caño prefabricado H°A° clase III diám.0,700 m)0 ( )0

+Madera saligna esp. 2,5cm para encofrado x 4"Madera saligna esp. 2,5cm para encofrado x 4"

(combustibles y lubricantes)1 = (gas-oil)1+

(combustibles y lubricantes)0 (gas-oil)0

+(mano de obra)1

(reparaciones y repuestos)0 (amortización e interés)0 (mano de obra)0

(amortización e interés)1(amortización e interés)0

(reparaciones y repuestos)1 = (amortización e interés)1

(mano de obra)0

(amortización e interés)1+ +

(amortización e interés)0

(materiales)1+

(equipos)1+

(mano de obra)1(materiales)0 (equipos)0

GRUPO 2

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FACTORES DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

Caño de PVC diámetro 0,400 m x 6 IRAM esp= 7,9 mm

Fr 3 = 0,806 0,032 0,162

(mano de obra)1 Se determinará por el INDEC, cuadro 1.4 ICC(mano de obra)0

(equipo)1 = 0,165 0,011 (reparaciones y repuestos)1 0,824 (combustibles y lubricantes)1(equipo)0 (reparaciones y repuestos)0 (combustibles y lubricantes)0

Se determinará por el INDEC,CUADRO 3.2 N.G. PRODUCTOS NACIONALES, código 29 máquinas y equipos

0,700 0,300

0,700 0,300 Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)

(materiales)1 = 0,941 Caño de PVC diámetro 0,400 m x 6 IRAM esp= 7,9 mm0,040 0,019 Arena fina Río Paraná(materiales)0 Caño de PVC diámetro 0,400 m x 6 IRAM esp= 7,9 mm Arena fina Río Paraná

(reparaciones y repuestos)0 (amortización e interés)0 (mano de obra)0

(combustibles y lubricantes)1 = (gas-oil)1+

(combustibles y lubricantes)0 (gas-oil)0

(amortización e interés)1(amortización e interés)0

(reparaciones y repuestos)1 = (amortización e interés)1

(amortización e interés)1+ +

(amortización e interés)0

(materiales)1+

(equipos)1+

(mano de obra)1(materiales)0 (equipos)0

GRUPO 3

+Madera saligna esp. 2,5cm para encofrado x 4"

+Madera saligna esp. 2,5cm para encofrado x 4"

(mano de obra)0

+(mano de obra)1

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FACTORES DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

ROTURA Y REP0SICIÓN DE CARPETA DE CONCRETO ASFÁLTICO incluye base suelo-escoria-cal de 5 cm de espesor

Fr 4 = 0,346 0,488 0,166

(mano de obra)1 Se determinará por el INDEC, cuadro 1.4 ICC

(mano de obra)0

(equipo)1 = 0,439 0,029 (reparaciones y repuestos)1 0,593 (combustibles y lubricantes)1(equipo)0 (reparaciones y repuestos)0 (combustibles y lubricantes)0

Se determinará por el INDEC,CUADRO 3.2 N.G. PRODUCTOS NACIONALES, código 29 máquinas y equipos

0,700 0,300

0,700 0,300 (Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.))1(Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.))0

(materiales)1 = 0,022 ( )1 0,111 ( )1 0,096 ( Arena fina Río Paraná )1(materiales)0 ( )0 ( )0 ( Arena fina Río Paraná )0

0,669 ( )1 0,102 ( )1( )0 ( )0

+

Suelo SeleccionadoSuelo Seleccionado

+

(mano de obra)1(materiales)0 (equipos)0 (mano de obra)0(materiales)1

+(equipos)1

+

(amortización e interés)1+ +

(amortización e interés)0

(amortización e interés)1(amortización e interés)0

(reparaciones y repuestos)1 = (amortización e interés)1+

(mano de obra)1(reparaciones y repuestos)0 (amortización e interés)0 (mano de obra)0

(combustibles y lubricantes)1 = (gas-oil)1+

(combustibles y lubricantes)0 (gas-oil)0

Cal hidráulica hidratada (bolsa de 25 Kg.)Cal hidráulica hidratada (bolsa de 25 Kg.)

Asfalto sólido A - F (en tambores)Asfalto sólido A - F (en tambores)

Escoria de acería s/camión planta+ +

Escoria de acería s/camión planta

GRUPO 4

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FACTORES DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

DEMOLICIÓN DE VEREDAS / BADENES D

Fr 5 = 0,000 0,699 0,301

(mano de obra)1 Se determinará por el INDEC, cuadro 1.4 ICC

(mano de obra)0

(equipo)1 = 0,206 0,014 (reparaciones y repuestos)1 0,781 (combustibles y lubricantes)1(equipo)0 (reparaciones y repuestos)0 (combustibles y lubricantes)0

Se determinará por el INDEC,CUADRO 3.2 N.G. PRODUCTOS NACIONALES, código 29 máquinas y equipos

0,700 0,300

0,700 0,300 Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)

(materiales)1 = #¡DIV/0! Mosaico vereda gris (4 panes) 15cm x 15cm#¡DIV/0! #¡DIV/0! Cemento portland envase de papel (bolsa de 50 Kg.)#¡DIV/0! Arena fina Río Paraná(materiales)0 Mosaico vereda gris (4 panes) 15cm x 15cm Cemento portland envase de papel (bolsa de 50 Kg.)Arena fina Río Paraná

+Cal hidráulica hidratada (bolsa de 25 Kg.)

+ +Cal hidráulica hidratada (bolsa de 25 Kg.)

(combustibles y lubricantes)1 = (gas-oil)1+

(combustibles y lubricantes)0 (gas-oil)0

+(mano de obra)1

(reparaciones y repuestos)0 (amortización e interés)0 (mano de obra)0

(amortización e interés)1(amortización e interés)0

(reparaciones y repuestos)1 = (amortización e interés)1

(amortización e interés)1+ +

(amortización e interés)0

+(mano de obra)1

(materiales)0 (equipos)0 (mano de obra)0

GRUPO 5

(materiales)1+

(equipos)1

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FACTORES DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

SUMIDERO HORIZONTAL S/ PT 202 de DOS REJAS

Fr 6 = 0,857 0,019 0,124

(mano de obra)1 Se determinará por el INDEC, cuadro 1.4 ICC

(mano de obra)0

(equipo)1 = 0,247 0,017 (reparaciones y repuestos)1 0,737 (combustibles y lubricantes)1(equipo)0 (reparaciones y repuestos)0 (combustibles y lubricantes)0

Se determinará por el INDEC,CUADRO 3.2 N.G. PRODUCTOS NACIONALES, código 29 máquinas y equipos

0,700 0,300

0,700 0,300 Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)

(materiales)1 = 0,160 ( )1 0,840 ( )1 0,000 ( )1(materiales)0 ( )0 ( )0 ( )0

(mano de obra)1(materiales)0 (equipos)0 (mano de obra)0(materiales)1

+(equipos)1

+

(amortización e interés)1+ +

(amortización e interés)0

(amortización e interés)1(amortización e interés)0

(reparaciones y repuestos)1 = (amortización e interés)1+

(mano de obra)1(reparaciones y repuestos)0 (amortización e interés)0 (mano de obra)0

(combustibles y lubricantes)1 = (gas-oil)1+

(combustibles y lubricantes)0 (gas-oil)0

GRUPO 6

0Hormigon H17 puesto en obra Acero alto límite de fluyen. 2400 Kg/cm2 diam. 10 mm (e/b) 0Hormigon H17 puesto en obra

+Acero alto límite de fluyen. 2400 Kg/cm2 diam. 10 mm (e/b)

+

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FACTORES DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

CAPTACIÓN DE ZANJA SIMPLE S/ PT 109M2

Fr 7 = 0,474 0,292 0,298

(mano de obra)1 Se determinará por el INDEC, cuadro 1.4 ICC

(mano de obra)0

(equipo)1 = 0,057 0,004 (reparaciones y repuestos)1 0,939 (combustibles y lubricantes)1(equipo)0 (reparaciones y repuestos)0 (combustibles y lubricantes)0

Se determinará por el INDEC,CUADRO 3.2 N.G. PRODUCTOS NACIONALES, código 29 máquinas y equipos

0,700 0,300

0,700 0,300 ( Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)1( Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)0

(materiales)1 = 0,040 ( )1 0,590 ( )1 0,369 ( )1(materiales)0 ( )0 ( )0 ( )0

(mano de obra)1(materiales)0 (equipos)0 (mano de obra)0(materiales)1

+(equipos)1

+

(amortización e interés)1+ +

(amortización e interés)0

(amortización e interés)1(amortización e interés)0

(reparaciones y repuestos)1 = (amortización e interés)1+

(mano de obra)1(reparaciones y repuestos)0 (amortización e interés)0 (mano de obra)0

(combustibles y lubricantes)1 = (gas-oil)1+

(combustibles y lubricantes)0 (gas-oil)0

Acero alto límite de fluyen. 2400 Kg/cm2 diam. 10 mm (e/b)Hormigon H8 puesto en obra Hormigon H17 puesto en obra Acero alto límite de fluyen. 2400 Kg/cm2 diam. 10 mm (e/b)Hormigon H8 puesto en obra

+Hormigon H17 puesto en obra

+

GRUPO 7

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FACTORES DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

HORMIGÓN H21 ARMADO

Fr 8 = 0,513 0,217 0,270

(mano de obra)1 Se determinará por el INDEC, cuadro 1.4 ICC(mano de obra)0

(equipo)1 = 0,127 0,008 (reparaciones y repuestos)1 0,865 (combustibles y lubricantes)1(equipo)0 (reparaciones y repuestos)0 (combustibles y lubricantes)0

Se determinará por el INDEC,CUADRO 3.2 N.G. PRODUCTOS NACIONALES, código 29 máquinas y equipos

0,700 0,300

0,700 0,300 Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)

(materiales)1 = 0,519 ( )1 0,461 ( )1 0,020 ( )1(materiales)0 ( )0 ( )0 ( )0Hormigon H21 puesto en obra Acero alto límite de fluyen. 2400 Kg/cm2 diam. 10 mm (e/b)Madera saligna esp. 2,5cm para encofrado x 4"

Hormigon H21 puesto en obra+ +

Madera saligna esp. 2,5cm para encofrado x 4"Acero alto límite de fluyen. 2400 Kg/cm2 diam. 10 mm (e/b)

(mano de obra)1(materiales)0 (equipos)0 (mano de obra)0(materiales)1 (equipos)1

+ +

(amortización e interés)1+ +

(amortización e interés)0

(amortización e interés)1(amortización e interés)0

(reparaciones y repuestos)1 = (amortización e interés)1+

(mano de obra)1(reparaciones y repuestos)0 (amortización e interés)0 (mano de obra)0

(combustibles y lubricantes)1 = (gas-oil)1+

(combustibles y lubricantes)0 (gas-oil)0

GRUPO 8

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FACTORES DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE MARCO Y TAPA S/PT 148

Fr 9 = 0,627 0,247 0,126

(mano de obra)1 Se determinará por el INDEC, cuadro 1.4 ICC(mano de obra)0

(equipo)1 = 0,037 0,002 (reparaciones y repuestos)1 0,960 (combustibles y lubricantes)1(equipo)0 (reparaciones y repuestos)0 (combustibles y lubricantes)0

Se determinará por el INDEC,CUADRO 3.2 N.G. PRODUCTOS NACIONALES, código 29 máquinas y equipos

0,700 0,300

0,700 0,300 ( Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)1( Aceite Super YPF Normal SAE 20/30/40/50 (lata.20l.)0

(materiales)1 1,000 ( )1 0,000 ( )1 0,000 ( )1(materiales)0 ( )0 ( )0 ( )0

(mano de obra)1(materiales)0 (equipos)0 (mano de obra)0(materiales)1

+(equipos)1

+

(amortización e interés)1+ +

(amortización e interés)0

(amortización e interés)1(amortización e interés)0

(reparaciones y repuestos)1 = (amortización e interés)1+

(mano de obra)1(reparaciones y repuestos)0 (amortización e interés)0 (mano de obra)0

(combustibles y lubricantes)1 = (gas-oil)1+

(combustibles y lubricantes)0 (gas-oil)0

GRUPO 9

0Acero alto límite de fluyen. 2400 Kg/cm2 diam. 10 mm (e/b) $ 0,00 0Acero alto límite de fluyen. 2400 Kg/cm2 diam. 10 mm (e/b)

+0

+

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CALLES GAMBARTES Y GUIDO Y SPANO ESPECIFICACIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS PARA DESAGÜES PLUVIALES

MUNICIPALIDAD DE ROSARIO- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION DE HIDRAULICA Y EMISARIOS

ESPECIFICACIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS PARA DESAGÜES PLUVIALES

Capítulo 1: CONSTRUCCION DE LAS OBRAS................................................................. 5 Artículo 1: Condiciones Locales ............................................................................ 5 Artículo 2: Limpieza del Terreno............................................................................ 5 Artículo 3: Material Proveniente de la Limpieza..................................................... 5 Artículo 4: Replanteo............................................................................................. 5 Artículo 5: Materiales removidos ........................................................................... 6 Artículo 6: Agua para las Obras ............................................................................ 6 Artículo 7: Energía Eléctrica.................................................................................. 6 Artículo 8: Cuidados de las Especies Arbóreas..................................................... 6 Artículo 9: Pago .................................................................................................... 7

Capítulo 2: CONTROL AMBIENTAL.................................................................................. 8 Artículo 1: Objetivos .............................................................................................. 8 Artículo 2: Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo ......................................... 8 Artículo 3: Polvo y humo ....................................................................................... 9 Artículo 4: Explosivos............................................................................................ 9 Artículo 5: Control de residuos .............................................................................. 9 Artículo 6: Productos químicos.............................................................................. 10 Artículo 7: Olores .................................................................................................. 10 Artículo 8: Impactos Ambientales.......................................................................... 10 Artículo 9: Servicios de Medicina e Higiene y Seguridad....................................... 11 Artículo 10: Legajo Técnico de Obra ....................................................................... 12 Artículo 11: Medición y Pago................................................................................... 12

Capítulo 3: HIGIENE Y SEGURIDAD ................................................................................ 14 Artículo 1: Organización........................................................................................ 14 Artículo 2: Obrador................................................................................................ 14 Artículo 3: Instalaciones Sanitarias ....................................................................... 14 Artículo 4: Equipos y Elementos de Protección Personal ...................................... 15 Artículo 5: Disposiciones Básicas en el uso de Vehículos y Maquinarias .............. 17 Artículo 6: Orden y Limpieza del Área de Trabajo ................................................. 18 Artículo 7: Prevención y Protección Contra Incendios ........................................... 19 Artículo 8: Prescripciones Generales a Seguir Ante un Accidente......................... 21 Artículo 9: Señalización y Balizamiento................................................................. 21 Artículo 10: Precauciones en la utilización de la Energía Eléctrica.......................... 23 Artículo 11: Pago .................................................................................................... 24

Capítulo 4: MORTEROS, HORMIGONES POBRES Y MAMPOSTERIA ........................... 25 Artículo 1: Descripción .......................................................................................... 25 Artículo 2: Definiciones ......................................................................................... 25 Artículo 3: Materiales ............................................................................................ 25 Artículo 4: Composición de Morteros y Hormigones Pobres.................................. 27 Artículo 5: Método Constructivo ............................................................................ 27 Artículo 6: Equipos................................................................................................ 29

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CALLES GAMBARTES Y GUIDO Y SPANO ESPECIFICACIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS PARA DESAGÜES PLUVIALES

MUNICIPALIDAD DE ROSARIO- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION DE HIDRAULICA Y EMISARIOS

Artículo 7: Condiciones para la Recepción............................................................ 29 Artículo 8: Conservación ....................................................................................... 29 Artículo 9: Medición y Pago................................................................................... 30

Capítulo 5: MATERIALES METALICOS ............................................................................ 31 Artículo 1: Descripción .......................................................................................... 31 Artículo 2: Acero en Barras para Estructuras de Hormigón Armado...................... 31 Artículo 3: Marcos, Tapas y Rejas......................................................................... 31 Artículo 4: Grapas para Escalones........................................................................ 33 Artículo 5: Bulones de Anclaje .............................................................................. 33 Artículo 6: Bulones y tuercas................................................................................. 33 Artículo 7: Medición y Pago................................................................................... 34

Capítulo 6: ESTRUCTURAS DE HORMIGON ................................................................... 36 Artículo 1: Descripción .......................................................................................... 36 Artículo 2: Materiales para Hormigones ................................................................ 36 Artículo 3: Estructura de Hormigón Simple y Armado............................................ 36 Artículo 4: Moldes y Encofrados. Métodos de Hormigonado ................................ 37 Artículo 5: Juntas de Construcción........................................................................ 42 Artículo 6: Plazos para el desencofrado................................................................ 42 Artículo 7: Dobladura de las barras ....................................................................... 43 Artículo 8: Colocación de armaduras .................................................................... 43 Artículo 9: Conexiones directas............................................................................. 44 Artículo 10: Empalmes de barras ............................................................................ 44 Artículo 11: Protección de las estructuras hormigonadas........................................ 45 Artículo 12: Desperdicios de barras de acero.......................................................... 46 Artículo 13: Ensayos a realizar y penalidades......................................................... 46 Artículo 14: Medición y pago................................................................................... 50

Capítulo 7: MOVIMIENTO DE SUELOS ............................................................................ 54 Artículo 1: Descripción .......................................................................................... 54 Artículo 2: Métodos Constructivos......................................................................... 54 Artículo 3: Excavaciones para Fundaciones.......................................................... 56 Artículo 4: Excavaciones a Cielo Abierto para Cañerías ....................................... 56 Artículo 5: Excavaciones en Túnel para Conductos .............................................. 57 Artículo 6: Excavaciones para Zanjas de Desagüe y Canales............................... 58 Artículo 7: Medidas de Seguridad ......................................................................... 58 Artículo 8: Desagües............................................................................................. 64 Artículo 9: Restricciones en la Ejecución de Excavaciones en Zanjas................... 64 Artículo 10: Rellenos y Compactación..................................................................... 65 Artículo 11: Equipos................................................................................................ 69 Artículo 12: Actas de Comprobación ....................................................................... 70 Artículo 13: Transporte del Material Sobrante ......................................................... 70 Artículo 14: Drenajes............................................................................................... 71 Artículo 15: Medición............................................................................................... 71 Artículo 16: Pago .................................................................................................... 74

Capítulo 8: CAÑERIAS PREFABRICADAS ....................................................................... 77

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CALLES GAMBARTES Y GUIDO Y SPANO ESPECIFICACIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS PARA DESAGÜES PLUVIALES

MUNICIPALIDAD DE ROSARIO- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS DIRECCION DE HIDRAULICA Y EMISARIOS

Artículo 1: Descripción .......................................................................................... 77 Artículo 2: Materiales a emplear............................................................................ 77 Artículo 3: Deficiencias de las cañerías................................................................. 89 Artículo 4: Pruebas hidráulicas de las cañerías..................................................... 90 Artículo 5: Colocación de cañerías........................................................................ 91 Artículo 6: Asiento de cañerías ............................................................................. 91 Artículo 7: Ejecución de las juntas......................................................................... 91 Artículo 8: Tapones en cañerías existentes y/o, a construir................................... 92 Artículo 9: Diseño Estructural................................................................................ 92 Artículo 10: Medición y Pago................................................................................... 96

Capítulo 9: CAMARAS, BOCAS, SUMIDEROS Y CAPTACIONES.................................... 98 Artículo 1: Descripción .......................................................................................... 98 Artículo 2: Cámaras y Bocas................................................................................. 98 Artículo 3: Sumideros y Captaciones .................................................................... 98 Artículo 4: Medición y pago................................................................................... 99

Capítulo 10: REFECCIONES DE AFIRMADOS Y VEREDAS.............................................. 101 Artículo 1: Descripción .......................................................................................... 101 Artículo 2: Disposiciones Vigentes ........................................................................ 101 Artículo 3: Rotura de Pavimentos y Veredas......................................................... 101 Artículo 4: Refección de Pavimentos..................................................................... 101 Artículo 5: Refección de Veredas. ......................................................................... 103 Artículo 6: Ritmo, Deficiencias de las Refecciones................................................ 104 Artículo 7: Medición y Pago................................................................................... 104

Capítulo 11: ESTUDIOS DE SUELOS Y AGRESIVIDAD..................................................... 107 Artículo 1: Artículo 1: Descripción ......................................................................... 107 Artículo 2: Objetivos .............................................................................................. 107 Artículo 3: Localización de las perforaciones ........................................................ 108 Artículo 4: Desarrollo de los trabajos y estudios.................................................... 108 Artículo 5: Representaciones y Memorias ............................................................. 111 Artículo 6: Conclusiones y Recomendaciones....................................................... 112 Artículo 7: Pago .................................................................................................... 112

Capítulo 12: DOCUMENTACIÓN CONFORME A OBRA..................................................... 114 Artículo 1: Objetivos .............................................................................................. 114 Artículo 2: Instalaciones en Ejecución................................................................... 114 Artículo 3: Instalaciones Existentes....................................................................... 118 Artículo 4: Norma para la Confección de Planos ................................................... 118 Artículo 5: Aprobación........................................................................................... 130 Artículo 6: Medición y Pago................................................................................... 131

Capítulo 13: SISTEMAS PLUVIALES EXISTENTES ........................................................... 132 Artículo 1: Descripción .......................................................................................... 132 Artículo 2: Limpieza a Cero ................................................................................... 132 Artículo 3: Inspección Interna................................................................................ 133

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Artículo 4: Relevamientos ..................................................................................... 133 Artículo 5: Recuperación de Accesos.................................................................... 134 Artículo 6: Nueva Cota .......................................................................................... 135 Artículo 7: Sumideros a Refeccionar ..................................................................... 135 Artículo 8: Medición y Pago................................................................................... 135

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ESPECIFICACIONES TECNICAS COMPLEMENTARIAS PARA DESA GÜES PLUVIALES Capítulo 1: CONSTRUCCION DE LAS OBRAS

Artículo 1: Condiciones Locales El Contratista declara conocer la zona, el clima, época de lluvias, frecuencia de inundaciones y desagües existentes, así como las demás condiciones de trabajo y otras circunstancias que puedan afectar la marcha y terminación de la obra, es decir tendrá en cuenta tales factores al formular su oferta. Si al efectuar la obra se hallase cualquier objeto de valor material, científico, artístico o arqueológico, el Contratista o su representante lo entregará documentadamente, sin prejuicio de lo dispuesto por el Código Civil y la Ley Nacional Nº 9080.

Artículo 2: Limpieza del Terreno Este artículo comprende los trabajos de limpieza inicial de las superficies afectadas por las obras a ejecutarse. Se ejecutará en dicha área la remoción de hierbas, arbustos, postes, estructuras, restos de elementos enterrados y, en general, todo elemento que dificulte la normal ejecución de las tareas. Toda extracción de árboles deberá ajustarse a las disposiciones vigentes - en tal sentido - de la Municipalidad de Rosario, y/o Legislación Provincial. Todo material resultante de estas tareas será transportado hasta el sitio donde indique la Municipalidad local. El equipo usado para estos trabajos, deberá ser previamente aprobado por la Inspección, la que podrá exigir el retiro de los elementos que no resulten aceptables.

Artículo 3: Material Proveniente de la Limpieza El Contratista podrá disponer de los materiales provenientes de la limpieza inicial a efectuar según el artículo anterior, solamente si mediare un convenio con la Municipalidad de Rosario.

Artículo 4: Replanteo

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Previo al replanteo de las obras a ejecutarse, el Contratista deberá realizar las averiguaciones pertinentes en las distintas Empresas que prestan Servicios Públicos, y efectuar todos los sondeos necesarios a los fines de ratificar la existencia y ubicación de las instalaciones subterráneas existentes, destacadas en los planos de proyecto, dado que será responsable de cualquier daño o perjuicio ulterior que pudiera ocasionar una información errónea de las mismas. Sin desmedro de ello, la Inspección podrá ordenar la ejecución de sondeos adicionales, para determinar definitivamente, la existencia de instalaciones existentes indicadas o no en los planos de proyecto, así como precisar su posición planialtimétrica. Tantos los sondeos como la rotura y refacción de veredas y/o afirmados que los mismos pudieran ocasionar, correrán por cuenta del Contratista, considerándoselos incluidos en los precios unitarios de la excavación respectiva. Con la información del proyecto, mas la relativa a las instalaciones existentes, ajustadas con los resultados de los sondeos - si fuera del caso - se confeccionarán planialtimetrías para el replanteo, acotando y/o balizando todos los elementos. Tales planos de replanteo deberán ser aprobados por la Inspección. El Contratista podrá dar comienzo efectivo a los trabajos, en los lugares correspondientes a cada plano aprobado, con ajuste al Plan de Trabajos Contractual.

Artículo 5: Materiales removidos

De aquellos materiales removidos y no utilizados en obra, la Inspección podrá ordenar la separación de parte de ellos o del total y su envío al Depósito Municipal o a otro Depósito.

Artículo 6: Agua para las Obras Quedará a cargo del Contratista, la obtención de todos los volúmenes de agua necesarios para la ejecución de la totalidad de las obras.

Artículo 7: Energía Eléctrica Será provista por el Contratista, quedando a su cargo los trámites necesarios para su obtención ante la Empresa respectiva. El Contratista será responsable también por la provisión de equipos necesarios para asegurar la continuidad y calidad de la provisión de energía eléctrica, siendo de su absoluta responsabilidad toda eventualidad que incida en la ejecución de las obras, no pudiendo aducirse como casual de interrupción de las tareas o prórroga del plazo de obra contractual, la interrupción del servicio eléctrico, bajas de tensión, etc.

Artículo 8: Cuidados de las Especies Arbóreas

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La Dirección Técnica definirá en obra la posición planimétrica de aquellas cañerías, u otras instalaciones cuya localización no se aclara en el proyecto, tratando de evitar la extracción de árboles. Si ello no fuera posible el Contratista deberá reemplazar cada extracción por 3 (tres) especies arbóreas del tipo y edad que indique la Dirección Técnica.

Artículo 9: Pago La totalidad de las tareas que realice el Contratista para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Capítulo, no recibirá pago directo alguno, considerándose su compensación total, incluida en los gastos generales de la obra. Asimismo, el tiempo que le demande, no podrá aducirse como causal de prórroga del plazo de obra contractual.

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Capítulo 2: CONTROL AMBIENTAL

Artículo 1: Objetivos El presente Artículo comprende básicamente el control y protección del medio ambiente que deberá observar el Contratista, en un todo de acuerdo a las Leyes, Decretos, Resoluciones y Disposiciones (nacionales, provinciales y municipales) y requerimientos de la restante documentación contractual, con el objeto de velar por la seguridad de las personas con derecho a estar en las obras, conservando las mismas en un estado de orden que evite cualquier peligro, proporcionando y manteniendo – en tiempo y forma – todos los elementos necesarios para la seguridad, tomando todas las medidas necesarias para proteger el ambiente dentro y fuera de la Obra, suprimiendo o reduciendo los impactos ambientales negativos durante la ejecución de las obras (entre otras razones por acumulación de materiales en la vía pública, interferencias en el tránsito peatonal y vehicular, ruidos, generación de polvos, gases y/o emanaciones tóxicas, desbordes de pozos absorbentes, riesgos para la población y construcciones aledañas debido a excavaciones profundas, desforestación, anegamiento, etc.). Serán de aplicación los cuerpos legales que se detallan en el presente Capítulo, las condiciones y especificaciones incorporadas en la totalidad de la documentación contractual, así como las instrucciones y órdenes que imparta la Inspección.

Artículo 2: Condiciones y Medio Ambiente del Trabaj o El Contratista deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar todo tipo de daño a personas o bienes de cualquier naturaleza, incluidas las propiedades frentistas de la traza de la obra, siendo único y exclusivo responsable del resarcimiento de los daños y perjuicios que la obra y/o sus dependientes ocasionen a aquellas. El Contratista será responsable – cuando correspondiere del cumplimiento de la Ley de creación del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción 22550/80, los Decretos 1342/81 y 1309/96 que reglamentan la misma, e inclusive el Decreto 660/98, que privatiza el Instituto; así como todas otras Leyes, Decretos, Disposiciones, Ordenanzas y reglamentos de Autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales, vigentes en el lugar de ejecución de las obras, así como el pago de las multas que pudieran aplicarse por infracciones a las mismas. El Contratista dispondrá - en caso de ser necesario - la intervención de expertos, a su costa, que durante la ejecución y la terminación de las obras corrijan posibles defectos de las mismas, de manera de:

� Velar por la seguridad de todas las personas con derecho a estar en las obras y conservar las mismas en un estado de orden que evite cualquier peligro a tales personas.

� Proporcionar y mantener a su cargo todas las luces, guardas, vallas, señales de peligro y

vigilancia cuando y donde sea necesario y/o requerido por la Inspección o por cualquier Autoridad debidamente constituida, para la protección de las obras o para la seguridad y conveniencia de toda persona.

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Tomar todas las medidas necesarias para proteger el ambiente, dentro y fuera de la obra, para evitar daños a las personas y/o propiedades públicas, como consecuencia de la contaminación del ruido u otras causas derivadas de sus métodos de trabajo.

� Reducir los efectos ambientales de conformidad con las Especificaciones Técnicas

Contractuales. Artículo 3: Polvo y humo

El Contratista implementará las medidas pertinentes con la frecuencia necesaria para evitar que las operaciones que desarrolla produzcan polvo o humo en cantidades que causen perjuicios a terceros o bienes públicos y privados, sembrados, cultivos, vegetación o animales domésticos, u ocasionen molestias, según las defina la Inspección. El Contratista será responsable por cualquier daño producido por polvo o humo originado en cualquiera de sus operaciones. Las medidas que implemente para reducir los efectos del polvo o humo serán aplicadas hasta tanto la Inspección lo libere de cualquier responsabilidad ulterior. El Contratista no podrá emitir a la atmósfera, polvo, humo u otros elementos contaminantes en cantidades o concentraciones que configuren una infracción a las reglamentaciones establecidas al efecto.

Artículo 4: Explosivos No se permitirá el uso ni el almacenamiento de explosivos en la obra.

Artículo 5: Control de residuos Durante todas las etapas de la construcción, incluso las suspensiones de tareas hasta la Recepción Definitiva de la Obra, el Contratista mantendrá el lugar de la obra y demás áreas que utilicen, en forma limpia y ordenada, libre de cualquier acumulación de residuos o escombros. El Contratista eliminará todos los residuos y desechos producidos en la Obra, de cualquier clase que sean, y dispondrá la recolección y eliminación de dichos materiales y residuos a intervalos regulares determinados por la Inspección. El tratamiento de los residuos sólidos hasta su disposición final deberá respetar lo siguiente:

� El almacenamiento en el lugar donde se produjo el residuo.

� La recolección y transporte.

� La eliminación y disposición final. El Contratista dispondrá de recipientes adecuados, con tapa, resistentes a la corrosión, fáciles de llenar, vaciar y limpiar. El lugar donde se ubiquen los recipientes debe ser accesible, despejado y de fácil limpieza. La recolección se debe realizar por lo menos una vez al día y en horario regular. El Contratista también mantendrá sus rutas de transporte de cargas libres de suciedad, residuos y obstrucciones innecesarias que resulten de sus operaciones. Se adoptarán los cuidados debidos para evitar derrames sobre las rutas de transporte. Todo derrame será inmediatamente eliminado, limpiándose el área. La eliminación de residuos y

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materiales excedentes deberá realizarse fuera de la obra de construcción, en un todo de acuerdo con las ordenanzas locales que rijan los lugares y métodos de eliminación, y con todas las normas vigentes que rijan tales aspectos.

Artículo 6: Productos químicos Todos los productos químicos empleados durante la construcción del proyecto o suministrados para la operación del mismo, ya sean desfoliadores, esterilizadores de suelos, herbicidas, pesticidas, desinfectantes, polímeros, reactivos, o de cualquier otra clase, deberán verificar las disposiciones de la Ley 19.587 Decreto 351/79 Capitulo 9 Anexo III – Resolución 444 MTSS y el Decreto Nº 911/96 que actualiza el mismo. El uso de todos dichos productos químicos, y la eliminación de sus residuos, deberá efectuarse estrictamente de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Cuando se realizan trabajos con sustancias tóxicas, irritantes o infectantes, los trabajadores expuestos a la misma serán provistos de vestimenta, equipo y elementos de protección personal adecuado al riesgo a perseguir.

Artículo 7: Olores El Contratista implementará las medidas necesarias en los lugares adecuados y con las frecuencias necesarias para evitar la descarga a la atmósfera de olores molestos originados por su operación. Si durante la construcción de las obras el Contratista previera el desarrollo de operaciones que pudiesen generar olores molestos, notificará a la Inspección, con una antelación mínima de 72 (setenta y dos) horas el inicio de tales operaciones.

Artículo 8: Impactos Ambientales En todas las áreas donde el Contratista desarrolle operaciones que puedan producir la contaminación del ambiente, con gases, vapores, humos, polvos, fibras, niebla, etc. y emanaciones líquidas o sólidas; dispondrá medidas de precaución y control destinadas a evitar o reducir los efectos ambientales adversos. En cualquier caso, el Contratista será el único responsable frente a las violaciones de medidas o condiciones de autorización establecidas con el fin de reducir tales efectos. Sin desmedro de otras condiciones que puede establecer la Inspección, el Contratista dispondrá como mínimo, las siguientes medidas:

8-1: Protección de hábitats y especies protegidas por medio de cercas. Prohibición al personal de la construcción al acceso a áreas adyacentes a la obra que constituyen un hábitat.

8-2: Cumplimiento de las medidas sobre control de emisiones dispuestas por

la autoridad competente para minimizar las emisiones producidas por las tareas de construcción, por ejemplo:

• Reducir las emisiones de los equipos de construcción, apagando todo equipo que

no esté siendo efectivamente utilizado. • Mantener adecuadamente los equipos de construcción.

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• Emplear combustibles con bajo contenido de azufre y nitrógeno para los equipos de construcción, si hubiera disponibles.

• Prever lugares de estacionamiento para la construcción, a fin de minimizar interferencias con el tránsito.

• Minimizar la obstrucción de carriles para tránsito de paso. • Disponer una persona para dirigir el tránsito, a fin de facilitar el paso del tránsito y

evitar los congestionamientos. • Programar las operaciones que deban realizarse en lugares de tránsito vehicular si

fuera conveniente.

8-3: Cumplimiento de los requisitos más estrictos que dispongan las Ordenanzas vigentes para prevenir la contaminación sonora:

• Utilización de equipos de construcción de baja generación de ruido. • Empleo de silenciadores y equipos auxiliares para amortiguar el ruido. • Hincado de pilotes por vibración, y otras técnicas que produzcan menos ruido que el

hincado de pilotes por impacto. • Programación de las actividades que producen más ruido para los períodos menos

sensibles.

Con una antelación de 7 (siete) días al inicio de una nueva actividad, el contratista presentará a la Inspección, para su aprobación, las medidas previstas para reducir el impacto ambiental, incorporando al plan respectivo, como mínimo, los equipos y métodos de construcción que empleará, los efectos esperables y los métodos que propone para reducir dichos efectos.

Artículo 9: Servicios de Medicina e Higiene y Segur idad

El objetivo primero del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo está dirigido a detectar, evaluar, neutralizar, corregir y/o eliminar todo tipo de riesgo que interfiera con el mantenimiento de adecuadas condiciones en todo lugar de trabajo, observando en todo momento el mas alto nivel de Seguridad.

A los fines de brindar una cobertura en términos legales y operativos durante la ejecución de los proyectos, el Contratista procederá como mínimo a:

� Cumplir con las exigencias de la Ley Nº 19.587/72 que establece las Normas Generales básicas sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo, aprobada y Reglamentada por Decreto Nº 351/79, el cual en sus anexos dicta Normas concretas y específicas que deben ser respetadas en todo ambiente de trabajo; y el Decreto Nº 911 /96 que actualiza el Decreto anterior.

� Observar durante el desarrollo de los trabajos la “Normativa sobre Salud y Seguridad en la Construcción“ según Resolución Nº 1.069/91 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que normaliza la actividad de la construcción en las distintas etapas y características propias, desde la preparación de las obras hasta la conclusión del proyecto incluyendo los equipos, medios y elementos de que se sirve.

� Respetar la Ley Nº 24.557/96 de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y

su Decreto Reglamentario Nº 170/96.

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� Observar las Resoluciones SRT 231/96, 51/97 y 35/98 relativos a Programas de Seguridad, Coordinación de los mismos; y Mecanismos de Adopción y Verificación de Programas de Seguridad para la Actividad de la Construcción.

� Verificar el cumplimiento de las disposiciones Municipales vigentes para la ejecución de

trabajos en la vía pública.

Artículo 10: Legajo Técnico de Obra Conforme al Título II - Capítulo 4 - Artículo 39 del Decreto Nº 351/79 reglamentario de la Ley Nº 19.587, y las modificaciones introducidas por el decreto Nº 911/96, el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo, confeccionará y mantendrá actualizado un Legajo Técnico, que contendrá como mínimo y según lo especificado en la Resolución Nº 1.069/91 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, lo siguiente:

a. Memoria Descriptiva de la obra, con análisis de los riesgos potenciales emergentes por etapa de obra. Se complementará con planos, esquemas y diagramas explicativos.

b. Un programa de prevención de riesgos laborales por etapa de obra, que identifique:

✳ Medidas de prevención de accidentes y enfermedades del trabajo.

✳ Memoria técnico - explicativa que incluya las Normas a ser aplicadas para cada riesgo.

✳ Programa de capacitación del personal, a todos los niveles, indicando tiempo de

duración y sistema a emplear.

✳ Elementos y equipos de protección previstos en función de los riesgos emergentes.

✳ Evaluaciones periódicas de los riesgos físicos y químicos ambientales.

✳ Plano o esquema del obrador, y servicios del mismo. ✳ Infraestructura de los servicios de obra, agua para consumo, evacuación de líquidos

cloacales, iluminación, accesos, protección contra incendios, etc.

c. Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo.

d. Organigrama del Servicio de Medicina del trabajo.

Artículo 11: Medición y Pago La modalidad de la medición y pago de la totalidad de las tareas y servicios que realice el Contratista, para dar cumplimiento estricto a lo dispuesto en el presente Capítulo, serán establecidos en las Especificaciones Técnicas Particulares. Además, el tiempo que le demande, no podrá aducirse causal de prórroga del plazo de obra contractual.

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Capítulo 3: HIGIENE Y SEGURIDAD

Artículo 1: Organización

Dentro de los 10 (diez) días corridos contados a partir de la firma del Contrato, deberá la Contratista presentar a la Inspección los siguientes planes y programas, desarrollados de conformidad a las Especificaciones Técnicas Contractuales, Normas y Disposiciones vigentes en la materia.

✳ Programa de Control Ambiental.

✳ Programa de Reducción de los Efectos Ambientales.

✳ Programa para la Higiene, Seguridad, Señalización y Control del Tránsito.

✳ Plan para las Instalaciones - Servicios Provisorios para la Construcción.

✳ Organización de los Servicios de Medicina e Higiene y Seguridad en el trabajo conforme al artículo 5 de la Ley Nº 19.587, Decreto Reglamentario 351/79 y actualización según Decreto 911/96, indicando en cada caso los datos de los responsables.

Artículo 2: Obrador

El Contratista deberá proveer a partir de la fecha de comienzo hasta la

Recepción Provisoria, un Obrador que contará con un área e instalaciones adecuadas y suficientes para desarrollar todas las necesidades de la administración, depósito de materiales y todos los sucesos que ocurran acorde al tamaño y complejidad de las obras a realizar. Su localización geográfica será previamente aprobada por la Inspección.

El Contratista pagará, obtendrá y mantendrá a su costo la renta y todos los

permisos y autorizaciones que requiera el obrador. Los requerimientos que se exigirán con respecto al mismo estarán en un todo de

acuerdo a las Condiciones Contractuales .

Artículo 3: Instalaciones Sanitarias

Toda obra y su campamento dispondrá de servicios sanitarios adecuados e independientes para cada sexo en cantidad suficiente y proporcionales al número de personas que trabajan en ella.

Los sanitarios deben tener las siguientes características:

✳ Pisos lisos, antideslizantes y con desagües adecuados.

✳ Paredes, techos y pisos de material de fácil limpieza y desinfección.

✳ Puertas con herrajes que permitan el cierre interior y que asegure el cierre

del vano en el 75% de su altura.

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✳ Iluminación y ventilación adecuada.

✳ Agua potable.

✳ Limpieza diaria y desinfección periódica.

El grupo sanitario mínimo deberá contar con la siguiente proporción de artefactos:

✳ Hasta 10 trabajadores 1 Inodoro

1 Mingitorio 1 Lavabo 1 Ducha

✳ De 11 a 20 trabajadores: 1 Inodoro 1 Mingitorio 2 Duchas 2 Lavabos

Se aumentará un inodoro y una ducha cada veinte trabajadores, un lavabo y un mingitorio cada diez trabajadores o fracción.

Se debe garantizar el caudal de agua necesaria acorde a la cantidad de

artefactos y trabajadores.

Cuando los frentes de obra no resultaran fijos (Obra Lineal) deberá proveerse obligatoriamente de la cantidad suficiente de servicios sanitarios de tipo desplazable provisto de desinfectantes (Baños Químicos), en función de la cantidad del personal afectado en cada frente.

El Contratista establecerá un programa regular de recolección de todos los

residuos sanitarios y orgánicos, cuya disposición se hará fuera de la obra a satisfacción de la Inspección y de acuerdo con las Normas que regulan tales trabajos.

Los costos que demanden la recolección y disposición de la totalidad de los

residuos extraídos, correrán por cuenta del Contratista. De contarse en el área de trabajo, con instalaciones existentes apropiadas, la

evacuación de los líquidos cloacales se realizará recolectando los mismos mediante cañerías colectoras con descarga a dichas instalaciones existentes, en un todo de acuerdo a las instrucciones que imparta la Inspección.

Artículo 4: Equipos y Elementos de Protección Perso nal

Los equipos y elementos de protección personal serán entregados a los trabajadores y utilizados obligatoriamente por éstos, mientras se agoten todas instancias técnicas tendientes al aislamiento o eliminación de los riesgos que originaron su utilización.

Los trabajadores deberán utilizar los equipos y elementos de protección

personal, de acuerdo al tipo de tarea que deban realizar, y a los riesgos emergentes de la misma.

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La determinación de la necesidad de uso de equipos y elementos de protección personal, condiciones de utilización y vida útil, estará a cargo del responsable del Servicio de Higiene y Seguridad, con la participación del Servicio de Medicina del Trabajo en lo que se refiere a su área de competencia.

Se consideran elementos básicos los siguientes: ✳ Ropa de trabajo. ✳ Casco de protección. ✳ Botines de seguridad, con puntera reforzada. ✳ Botas de goma con puntera reforzada, para trabajos en presencia de agua. ✳ Capa de lluvia. ✳ Chaleco reflectantes cuando se trabaja en calles con mucho tránsito. ✳ Guantes. ✳ Protectores auditivos, por ejemplo para el caso de rompepavimentos,

martillo neumático. ✳ Anteojos de seguridad, para aquellos trabajos en lo que exista riesgo de

protección de partículas.

Tal listado no es taxativo sino que se deberá adecuar a los riesgos de las distintas tareas de obra.

Cada obrero contará con los elementos de protección personal necesarios,

siendo los mismos de uso exclusivamente personal. Todas las prendas o elementos de protección tendrán fijado un período de vida

útil, desechándose a su término. Cuando por las circunstancias del trabajo se produzca un deterioro más rápido se repondrá el mismo, sin necesidad del transcurso del tiempo.

Asimismo será responsabilidad del operario controlar el estado de conservación

de los elementos de protección personal y solicitar su reemplazo cuando las condiciones así lo aconsejen. El capataz constatará periódicamente estas circunstancias.

Queda terminantemente prohibido introducir modificaciones en los elementos de

protección. Será obligación de los empleados, la conservación y el cuidado de dicho

material. Todos los elementos de protección personal se ajustarán a las Normas I.R.A.M.

que regulan la fabricación de los mismos. La Inspección podrá requerir el certificado I.R.A.M. correspondiente.

Las siguientes son algunas consideraciones básicas sobre los elementos de

protección: Cascos de Seguridad Riesgo a cubrir:

✳ Caídas de objetos ( Impacto y/o penetración). ✳ Golpes en la cabeza. ✳ Contactos eléctricos.

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Anteojos Panorámicos de Seguridad Riesgo a cubrir:

✳ Proyección de partículas y/o elementos (Impacto y/o penetración) Calzado de Seguridad Riesgo a cubrir:

✳ Caída de objetos pesados ✳ Penetración de elementos punzantes y/o cortantes. ✳ Golpes contra objetos fijos.

Botas de Goma con Puntera Reforzada Riesgo a cubrir:

✳ Trabajos en lugares con presencia de agua o elevada humedad. Protector Auditivo Riesgo a cubrir:

✳ Deterioro auditivo por exposición a elevados niveles sonoros. Guantes Riesgo a cubrir:

✳ Corte, abrasión y/o penetración. Guantes Dieléctricos Riesgo a cubrir:

✳ Contactos eléctricos

Artículo 5: Disposiciones Básicas en el uso de Vehí culos y Maquinarias

✳ Todas las maquinarias y camiones deberán llevar un rótulo visible con indicación de la carga máxima que soportan.

✳ La carga no deberá sobrepasar su capacidad, ni el peso estipulado. ✳ Queda prohibido transportar personas conjuntamente con las cargas, a menos que

sean o estén adaptados a tal fin. ✳ Deberán tener en perfecto funcionamiento todos los mecanismos y dispositivos de

seguridad, así como señales fono-luminosas que adviertan de los desplazamientos.

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✳ Únicamente serán conducidos por trabajadores seleccionados para tal fin, que reúnan las condiciones de aptitud, y a los cuales se les proveerá de una credencial de identificación.

✳ Todas las maquinarias y camiones deberán esta provistos de extinguidores de incendio,

de acuerdo a la carga de fuego a la que estén expuestos.

✳ Las cargas que sobresalen de la parte trasera de un vehículo deberán ser señalizadas y estarán aseguradas de tal manera que no tengan movimiento alguno.

✳ Antes de abandonar un vehículo y cuando se proceda a su carga o descarga se

deberán poner en punto muerto los instrumentos movidos por motor, bloquear las ruedas y aplicar el freno de mano.

✳ Todos los vehículos y maquinarias llevarán obligatoriamente cinturón de seguridad

combinado inercial (Bandolera y Cinturón), y éstos serán usados en forma permanente por sus usuarios.

✳ Las máquinas que posean cabina deben estar provistas de un espejo retrovisor de

cada lado y señales de dirección.

✳ Cuando vehículos y máquinas de obra deban trabajar avanzando o retrocediendo ocupando parcial o totalmente la vía pública se deben designar señaleros para advertir al tránsito.

El Contratista cumplimentará estrictamente la Resolución Nº 1.069/91 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así como la Ley Nacional Nº 19.587.

Artículo 6: Orden y Limpieza del Área de Trabajo

El Contratista deberá mantener permanentemente el control del orden y la limpieza en toda la obra.

No se acumularán escombros ni material de desecho de ningún tipo en los

lugares de trabajo, mas que los producidos durante la jornada y que serán retirados por lo menos una vez por día.

De igual modo no deben quedar dispersos por la obra los elementos de trabajo

para los cuales se asignará un lugar apropiado para su acopio, disponiéndolos de tal modo que no obstruyan los lugares de trabajo y de paso.

Deberán eliminarse o protegerse todos aquellos elementos punzo-cortantes

como hierros, clavos, etc. , a fin de evitar lesiones y heridas. El material sobrante de las excavaciones deberá ser retirado al mismo ritmo que

el de la ejecución de las obras. En todo momento debe evitarse la acumulación de tierra en los cordones, que

impidan el normal escurrimiento del agua a lo largo de los mismos. Durante la ejecución de los trabajos, el Contratista mantendrá el sitio de las

obras libre de toda obstrucción innecesaria y almacenará o se deshará de las maquinarias y

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materiales sobrantes, retirando los escombros, basuras u obras provisionales que no hayan de utilizarse.

En todo momento deberá mantener libres, seguros y en buenas condiciones los

accesos a las propiedades frentistas, tomando además las medidas necesarias para el libre acceso de los vehículos a los garages existentes en dichas propiedades.

Cuando el lugar de la obra no se mantuviera en las condiciones indicadas, la

Inspección impondrá términos para efectuarla. Si el Contratista no diera cumplimiento a las órdenes recibidas, se hará pasible de la aplicación de multas, según lo establecido en los Pliegos de Condiciones Contractuales; sin perjuicio del derecho de la Municipalidad de Rosario, de disponer la realización por terceros de los trabajos que correspondiesen, con cargo al Contratista.

Al finalizar la obra, el Contratista hará limpiar y reacondicionar por su cuenta los

lugares donde se ejecutaron los trabajos y sus alrededores, retirando las construcciones auxiliares y estructura del obrador, la maquinaria, restos de materiales, piedras, escombros, tierra, maderas y cualquier otro elemento resultante de dicho trabajo, debiendo cumplir las órdenes que en tal sentido le imparta la Inspección. Sin este requisito no se considerará terminada la obra y no se procederá a la Recepción Provisoria. Igual criterio se seguirá respecto de la Recepción Definitiva si, durante el período de garantía, se hubiesen desarrollado trabajos.

No obstante el Contratista tendrá derecho a mantener en las obras, los

materiales, maquinarias y obras provisionales que sean necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones durante el período de garantía.

Artículo 7: Prevención y Protección Contra Incendio s

La prevención y protección contra incendios en la obra, comprende el conjunto de condiciones que se deben observar en los lugares de trabajo y todo otro lugar, vehículo o maquinaria donde exista peligro de fuego.

Los objetivos que se persiguen son los siguientes:

a. Que el incendio no se produzca.

b. Si se produce que quede asegurada la evacuación de las personas.

c. Que se evite la propagación del fuego y los efectos de los gases tóxicos.

d. Que se faciliten las tareas de ataque al fuego y su extinción.

e. Que como consecuencia del siniestro no se originen daños irreparables.

La protección contra incendios puede dividirse en tres conceptos:

� Protección preventiva o prevención:

Comprende el estudio de los riesgos de incendio resultantes de las distintas

actividades o actitudes humanas y de las características de los ambientes donde dichas

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actividades se realicen. estos análisis dan lugar a la formulación de Normas sobre instalaciones eléctricas, utilización de la electricidad, almacenamiento, transporte y uso de sustancias inflamables, estudio de materiales atacables por el fuego y toda cuestión que pueda vincularse al origen del incendio.

� Protección pasiva o estructural:

Prevé la adopción de las medidas necesarias para que, en caso de producirse el incendio quede asegurada la evacuación de las personas, limitado el desarrollo de fuego, impedidos los efectos de los gases tóxicos y garantizada la seguridad estructural.

� Protección Activa o Extinción:

Destinada a facilitar la tarea de ataque al fuego y su extinción. Aquí se contempla todo lo relacionado con las labores operativas de los Cuerpos de Bomberos y sus materiales, y la disponibilidad de elementos e instalaciones para atacar inicialmente el fuego y procurar su extinción.

Para lograr estos objetivos se procederá a:

✳ Establecer un organigrama funcional de responsabilidades en la emergencia, con la designación y capacitación de los responsables en cada función específica y del operativo en general.

✳ Implementar el funcionamiento de los grupos de primera intervención en distintos roles.

✳ Colaborar con los Organismos Oficiales especializados, tales como Bomberos, Policía,

etc.

✳ Se capacitará a parte del personal que constituya la brigada contra incendio, y serán instruidos en el manejo correcto de los equipos contra incendios.

✳ Se planificarán las medidas necesarias para el control de emergencias y evacuaciones.

✳ Se instalarán matafuegos en cantidad y tipo adecuado en:

� Los obradores.

� Todos los lugares donde se almacenen materiales combustibles e inflamables.

� Los lugares donde se efectúen trabajos de soldadura o de oxicorte u otros que

generen o puedan generar riesgos de incendios.

� En cada frente de obra donde exista riesgo potencial de incendio.

� En todo vehículo o maquinaria afectada a la obra.

Los equipos e instalaciones de extinción de incendio deben mantenerse libres de obstáculos y ser accesibles en todo momento. Deben estar señalizados y su ubicación será tal que resulten fácilmente visibles.

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La cantidad de matafuegos necesarios se determinará según las características y superficie del área a proteger, importancia de riesgos, carga de fuego, clases de fuegos involucrados y distancia a recorrer para alcanzarlos.

Artículo 8: Prescripciones Generales a Seguir Ante un Accidente

Las siguientes son algunas recomendaciones que permiten actuar con rapidez y eficacia para el caso de que ocurra alguna emergencia en la obra:

a. Todo el personal de la Contratista deberá ser informado, del nombre, domicilio y teléfono de los servicios médicos de la misma, y de los Centros Asistenciales próximos a los lugares de trabajo donde se trasladarán los posibles accidentados.

b. En el obrador, en lugar bien visible, se colocará una lista con dichas direcciones y

teléfonos.

c. El Jefe de Obra y cada uno de los capataces tendrá un idéntico listado en una tarjeta plastificada, que portarán en su bolsillo durante toda la jornada de trabajo.

d. Ante un accidente se deberá actuar rápidamente pero con serenidad.

e. Cuando hay varios heridos es necesario identificar los que necesitan ayuda en primer

término. Debe ser tratada ante todo la asfixia y la hemorragia.

f. Si persisten las causas que han determinado el accidente se deben tomar de inmediato las medidas correspondientes para evitar la propagación del siniestro.

g. En caso de ser posible es preferible que el personal médico se desplace al lugar del

accidente, debiendo esperar su llegada antes de emprender el transporte del herido

h. Se dará aviso de inmediato al Servicio de Higiene y Seguridad y al Servicio Médico.

Artículo 9: Señalización y Balizamiento a- Letreros de Señalización

Cuando sea necesario interrumpir el tránsito de las calles que afecten a las obras, y previa autorización de las autoridades correspondientes, el Contratista colocará letreros indicadores en los que se inscribirá bajo el título Municipalidad de Rosario, el nombre y domicilio del Contratista y la designación de la obra.

Los letreros identificatorios de obra serán de 90 x 60 centímetros adheridos a

una base fabricada de chapa de acero de un espesor mínimo de tres milímetros. Dicha base tendrá el pié y estructura del mismo material que la chapa y deberán ser soldados a esta. Los letreros deberán ser autoportantes y tener suficiente estabilidad como para no caer ante la presión de un viento de 60 Km/h.

Los letreros que se adhieren a estas bases podrán ser de calcomanía de tipo

vinilo o calidad similar.

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Los letreros contendrán los siguientes datos: Municipalidad de Rosario, identificación de la obra, nombre, dirección y teléfono del Contratista.

El diseño del conjunto del letrero y base deberá presentarse a la Inspección para

recibir la autorización antes de su fabricación. Se colocará un letrero por frente de trabajo y cada cien metros a lo largo de las

zanjas abiertas. Además de los letreros de señalización, en cada obra se colocarán carteles en

los lugares indicados por la Inspección, según el modelo del Anexo VI del Pliego de Condiciones Generales, en la cantidad y con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares.

Se deberán señalizar con toda claridad los desvíos para canalizar el recorrido

vehicular con señales diurnas y nocturnas, y con carteles de orientación que indiquen en forma inequívoca el camino a seguir .

Las señales visuales deberán ser fácilmente visibles a distancia, y en las

condiciones y ubicación que determine la Dirección Gral. de Tránsito y la Inspección. Es sumamente importante que las señales indiquen claramente el riesgo del que

se pretende advertir, sin dar lugar a confusiones. Se utilizarán colores de seguridad para identificar personas, lugares y objetos

físicos y asignarles un significado relativo a la seguridad. Los colores a utilizar serán los establecidos por las Normas I.R.A.M. 10.005 y 2.507 ó las que las reemplacen.

Con una antelación de 10 (diez) días corridos al inicio de los trabajos respectivos; la Contratista deberá contar con las señales y elementos de seguridad en general, dispuestos por la Dirección Gral. de Tránsito y la Inspección.

En aquellos locales a construir, que sirvan para la construcción de la obra,

obrador, campamentos, etc., se indicarán según convengan con líneas amarillas y flechas bien visibles los caminos de evacuación en caso de peligro, así como todas las salidas normales de emergencia. b- Balizamiento Nocturno

En los lugares de peligro y en los que indique la Inspección se colocarán durante el día banderolas rojas y por la noche faroles rojos en número suficiente, dispuestos en forma de evitar cualquier posible accidente.

Se colocarán balizas para señalamiento nocturno ubicadas en todos los puntos

de riesgo y en todos los obstáculos e interrupciones en la zona de tránsito vehicular o de personas.

Se recomienda las balizas del tipo destellante con batería propia, pero se

aceptarán los típicos faroles rojos. No se podrán utilizar balizas de combustible.

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En caso de utilizar faroles rojos, éstos deben ser alimentados por energía eléctrica con una tensión máxima de 24 Voltios, es decir resultarán indispensables los transformadores correspondientes. No se aceptará el uso directo de tensión de 220 Voltios.

Artículo 10: Precauciones en la utilización de la E nergía Eléctrica

Todas las conexiones provisorias de electricidad estarán sujetas a la aprobación de la Inspección y de la Empresa que presta el servicio respectivo. Serán retiradas por el Contratista, a su cargo, antes de la Recepción Definitiva de la obra.

Si bien el riesgo eléctrico está presente tanto para el personal de la obra coma

para terceros, estos últimos solo lo están básicamente por contactos accidentales con algún elemento bajo tensión por defectos de aislación o deterioros en los elementos de señalización nocturna.

A fin de evitar tales situaciones se extremarán las precauciones al respecto

inspeccionando a diario el estado de las mismas. Todo el sistema de balizamiento nocturno que implique el uso de la energía

eléctrica, estará alimentado con una tensión de 24 voltios, es decir tensión de seguridad. Queda terminantemente prohibido el uso directo de la energía eléctrica

tomándola directamente de las líneas de distribución, sin interposición de los correspondientes tableros.

El personal que efectúe el mantenimiento de la instalación eléctrica será

capacitado por la Empresa para el buen desempeño de su función, informándosele sobre los riesgos a que estará expuesto, y sobre la manera segura de trabajar.

La ejecución de tareas bajo tensión se deberán efectuar:

✳ Con métodos de trabajo específicos, siguiendo las Normas Técnicas que se

establecen en las instrucciones para estos tipos de trabajo.

✳ Con material de seguridad, equipo de trabajo y herramientas adecuadas.

✳ Con autorización especial del responsable de la obra, quien detallará expresamente el procedimiento a seguir en el trabajo.

✳ Queda prohibida esta clase de trabajos a personal que no este capacitado para tal fin.

Los Contratistas deberán contar con tableros que posean todas las protecciones

necesarias y suficientes contra contactos eléctricos directos e indirectos. Estos tableros se irán desplazando conjuntamente con el avance de las obras. El tablero deberá estar construido en material no higroscópico, es decir que no

absorba humedad. Se deberán utilizar preferentemente gabinetes metálicos. Como interruptor general se utilizará un interruptor automático por corriente

diferencial de fuga (disyuntor diferencial).

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Por cada una de las líneas derivadas se instalará un interruptor automático con apertura por sobrecarga y cortocircuito (llave termomagnética).

Todo tablero deberá construirse con descarga a tierra en su borne

correspondiente, de estos se derivarán las tierras a todos los lugares de consumo a través de un conductor de protección.

Los cables aéreos que atraviesen pasos peatonales tendrán una altura mínima

de tres metros respecto del terreno en el punto mas alto del cruce, y cinco metros como mínimo si atraviesan zonas de tránsito vehicular.

Los equipos y herramientas eléctricas portátiles deberán tener las partes

metálicas accesibles a la mano unidas a un conductor de puesta a tierra. Los cables de alimentación serán del tipo doble aislación, suficientemente

resistentes para evitar deterioros por roce o esfuerzos mecánicos normales de uso, y se limitará su extensión empleando tomacorrientes cercanos. Todos los trabajos que impliquen riesgos eléctricos serán ejecutados solamente por personal autorizado.

Artículo 11: Pago El total de las tareas que realice el Contratista, para dar cumplimiento estricto a

lo dispuesto en el presente capítulo, no recibirá pago directo alguno, considerándose su compensación total incluida en los gastos generales de la obra. Asimismo, el tiempo que le demande no será considerado como causal de prórroga del plazo de obra contractual.

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Capítulo 4: MORTEROS, HORMIGONES POBRES Y MAMPOSTER IA

Artículo 1: Descripción

La presente Especificación comprende las características que deberán reunir los morteros, hormigones pobres y mampostería, su preparación y técnica constructiva a observar.

Artículo 2: Definiciones

A los efectos de esta especificación se define como mortero a la mezcla íntima de cemento portland normal, cal, agregado fino y agua en determinadas proporciones.

Se define como hormigón pobre a la mezcla íntima de cemento portland normal,

cal, agregado pétreo fino natural y/o artificial y agregado grueso natural y/o artificial, en determinadas proporciones

Artículo 3: Materiales a) Agua Cumplirá con la Norma IRAM 1601/1986 y con las modificaciones establecidas en

la Normas CIRSOC 201 y Anexos del Sistema Reglamentario Argentino para Obras Civiles (SIREA).

b) Cemento de Albañilería Cumplirá con los requisitos establecidos en las Normas IRAM 1679/1970 y

1685/1978. c) Cemento Portland

Cumplirá con los requisitos establecidos en las Normas IRAM 1504/86, siendo además cuando corresponda, las Normas IRAM de Vocabulario 91.100.10-10 “Cementos”, Catálogo IRAM 2001.

d) Cales Cumplirán con las especificaciones de las Normas que para cada caso se detallan

a continuación:

� Cal hidratada: Norma IRAM 1508 /1985 o Norma IRAM 1629 /1971 � Cal aérea : Norma IRAM 1626/1982 � Cal viva aérea: Norma IRAM 1628/1970 � Cal hidráulica compuesta de escorias, hidratada: Norma IRAM1629/1971

Y en general las Normas 1516/1964, 1606/1982, 1613/1978 y 1695/1984. e) Agregados

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Cumplirán con las especificaciones establecidas en las siguientes Normas:

� Finos: Norma IRAM 1512/1994 � Gruesos: Norma IRAM 1531/1994 y Artículo 6.3 de la Norma CIRSOC

201.

Siendo además de aplicación las Normas IRAM de Vocabulario 91.100.30-20 “Agregados”, en lo que correspondiese del Catálogo IRAM 2001.

f) Ladrillos f.1) Tipos de Ladrillos Serán cerámicos macizos comunes, vulgarmente denominados “de

cal” ó “de mesa”, moldeados a mano o ladrillos reprensados, ambos obtenidos por cocción de tierras arcillosas de características apropiadas, previamente sometidas a procesos de humedecimiento, amasado, moldeado y secado.

f.2) Características Los ladrillos deberán cumplir con las siguientes características:

a. Estructura: deberá ser fibrosa. b. Color: rojizo uniforme. c. Huecos: deberá estar exento de huecos. d. Superficie: deberá ser sensiblemente plana. e. Aristas: deberán ser vivas. f. Vitrificaciones: deberá estar exenta de las mismas. g. Sonido: deberá ser campanil al golpearlo con un objeto duro.

f.3) Dimensiones Ladrillos comunes: Longitud : 27 cm. Tolerancia + 1 cm. Ancho: 13 cm. Tolerancia + 1 cm. Espesor: 5,5 cm. Tolerancia + 0,5 cm. Ladrillos reprensados: Longitud : 22 cm. Tolerancia + 0,3 cm. Ancho: 10,5 cm. Tolerancia + 0,3 cm. Espesor: 6 cm. Tolerancia + 0,2 cm. f.4) Extracción y remisión de muestras Cuando la Inspección lo estime oportuno disponer la realización

de los ensayos necesarios para verificar las características del material provisto y para lo cual como mínimo extraerá:

Remesa 20000 ladrillos: Muestra 15 piezas. Remesa 20000 a 100000 ladrillos: Muestra 30 piezas. Remesa 100000 a 500000 ladrillos: Muestra 45 piezas.

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f.5) Resistencia y absorción Las muestras representativas sometidas a ensayos según normas

IRAM12586-1980; 12587-1982 y 12588-1980, deberán cumplir con las exigencias siguientes:

VALORES DE LADRILLOS

EXIGENCIAS COMUNES REPRENSADOS

Resistencia compresión promedio en kg/cm2 (mín) 90 120

Módulo rotura flexión promedio en kg/cm2 (mín) 20 25

En frio 22 20

Absorción en agua, referida a peso seco (Máximo) en %

En Caliente 30 28

Será de aplicación además, en lo que corresponda, las Normas

IRAM del Vocabulario 91.100.20-10: “Ladrillos” del Catálogo IRAM 2001.

Artículo 4: Composición de Morteros y Hormigones Po bres En las planillas anexas al presente Capítulo se indican distintos dosajes de morteros y hormigones pobres, en partes de volumen de material suelto y seco. Tales dosajes tienen carácter indicativo. No obstante, el empleo de otras proporciones deberá ser debidamente justificada por el Contratista y previamente aceptadas por la Inspección El empleo de cemento de albañilería en reemplazo de cemento portland normal, podrá efectuarse en determinados trabajos con autorización previa de la Inspección.

Artículo 5: Método Constructivo

5-1: Morteros y Hormigones Pobres

La preparación de las mezclas, tanto en morteros como de hormigones pobres, se efectuarán mecánicamente mediante equipos adecuados y de un rendimiento que asegure en todo momento el abastecimiento de mezclas, de acuerdo a las necesidades de la obra. La Inspección podrá autorizar por excepción, la mezcla de materiales por amasado manual, cuando se trate de obras de poca importancia. El amasado mecánico deberá prolongarse el tiempo necesario para obtener una mezcla íntima y homogénea de todos los materiales componentes. La cantidad de agua a incorporar en las mezclas, deberá limitarse a lo necesario para obtener la consistencia adecuada, de acuerdo al tipo de construcción a la que estará destinado. El amasado manual se efectuará sobre pisos resistentes e impermeables.

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Primeramente se mezclaran los materiales secos, por lo menos tres veces para obtener una mezcla de color uniforme; luego se le incorporará el agua en forma regular amasando el conjunto hasta conseguir una masa de aspecto y consistencia uniforme. Los morteros y hormigones se prepararán en cantidades necesarias para su utilización inmediata en las obras; las mezclas que hubieran endurecido o que haya comenzado a fraguar, serán desechadas no permitiéndose añadir cantidades suplementarias de agua. No se permitirá el empleo de morteros y hormigones pobres fabricados fuera de la obra, con la sola excepción de los elaborados en plantas centrales que hayan sido previamente autorizadas por la Inspección. Cuando el dosaje de los materiales se efectúe en volumen, el Contratista deberá disponer de recipientes apropiados a juicio de la Inspección. Si las mezclas se hicieran con sus proporciones en peso, el Contratista deberá proporcionar el número de balanzas que se requiera para efectuar el pesaje de los materiales. En ambos casos, los elementos de medición estarán sujetos a la aprobación de la Inspección.

5-2: Mampostería

✳ Los trabajos serán ejecutados por obreros de acreditada idoneidad y de acuerdo con las mejores reglas del arte.

✳ Inmediatamente antes de ser colocados en obra y hasta su momento de colocación, los

ladrillos deberán ser mojados hasta la saturación, ya sea por inmersión o mediante abundante riego para evitar la rápida desecación del mortero.

✳ Extendida una capa de mortero se asentarán los ladrillos haciéndolos resbalar y

apretándolos de modo que el mortero suba en las juntas verticales contiguas; esta operación deberá realizarse de modo que evite la rotura de los ladrillos y en caso de que ello ocurra deberán reemplazarse los mismos. El espesor de la capa de mortero no deberá ser superior a 15 mm.

✳ La mampostería deberá ejecutarse en hiladas horizontales, debiendo quedar los

ladrillos perfectamente trabados en todas las direcciones y con recubrimientos no menores que la mitad de su ancho y sin dejar juntas contiguas en planos verticales, normales o paralelos al paramento visto.

✳ La mampostería se elevará simultáneamente al mismo nivel en todos los puntos

trabados, o destinados a serlo, para regularizar el asiento y enlace en la misma. Los paramentos se erigirán respetando las indicaciones del proyecto y se elegirán los ladrillos de forma más regular y color uniforme para ser empleados en las caras vistas.

✳ Queda absolutamente prohibido el uso de cascotes en la mampostería y en cuanto al

empleo de medios y tres cuartos de ladrillos, deberá limitarse a lo estrictamente necesario para asegurar una correcta trabazón.

✳ Cuando en los planos o especificaciones se indique la ejecución de mampostería de

“ladrillos visto”, los trabajos de toma de juntas se iniciarán retirando el mortero existente

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en las mismas antes de que haya fraguado y hasta una profundidad de 2,5 cm como mínimo. Luego las juntas se limpiarán abundantemente con agua.

✳ En las juntas así preparadas se aplicará de inmediato y fuertemente el mortero,

comprimiéndolo dentro de las mismas hasta llenarlas completamente sin que quede ninguna rebarba, y cuando haya adquirido resistencia se lo alisará con un palastrillo.

✳ Las juntas serán bien regulares en lo posible de espesor uniforme y serán entrantes o

enrasadas según lo indiquen los planos o en su defecto lo disponga la Inspección.

Artículo 6: Equipos Todo el equipo y las herramientas necesarias para la ejecución, transporte y colocación de morteros, hormigones pobres y ladrillos deberán ser previamente aprobados por la Inspección, quien podrá exigir las modificaciones o agregados que estimare conveniente para la realización de la obra dentro de los plazos contractuales. Es obligación del Contratista mantener en condiciones satisfactorias de trabajo los equipos y herramientas aprobados por la Inspección.

Artículo 7: Condiciones para la Recepción Se rechazará todo mortero u hormigón pobre que no presente un aspecto homogéneo, libre de segregación de sus componentes y cuya consistencia a juicio de la Inspección, no resulte adecuada para su empleo. Salvo indicación expresa de la Inspección en ningún caso se tolerará la adición posterior de agua con el objeto de disminuir la consistencia de las mezclas. La Inspección verificará si las obras de mampostería han sido ejecutadas de conformidad con las piezas del proyecto, sus propias órdenes y con las mejores reglas del arte.

Artículo 8: Conservación El Contratista está obligado a conservar las construcciones efectuadas con morteros y hormigones pobres hasta la prosecución de una nueva etapa constructiva que la deje oculta. Esta disposición no invalida la conservación que el mismo debe efectuar durante el transcurso de la obra y el período de garantía. Asimismo está obligado al mantenimiento de las obras de mampostería en perfectas condiciones, y, a la reparación o reconstrucción inmediata de cualquier falla que se produjese en ellas o en obras aledañas. El Contratista efectuará la reconstrucción de esa parte, sin derecho a pago de ninguna naturaleza, cuando la misma haya sido realizada como parte integrante del contrato; en caso contrario el pago de las reparaciones o reconstrucciones necesarias se efectuará dentro de los ítems respectivos, o conviniendo nuevos precios si no existiere para ese tipo de trabajo.

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Artículo 9: Medición y Pago

9-1: Morteros y Hormigones Pobres Los volúmenes de morteros y hormigones pobres, necesarios para ejecutar totalmente la obra, de acuerdo con los planos y demás documentos del contrato y órdenes de la Inspección no serán objeto de medición y pago directo alguno; salvo que las Especificaciones Técnicas Particulares dispongan lo contrario. En el primer caso, el costo de todos los materiales, el de los equipos para realizar todas las operaciones necesarias y el de la totalidad de la mano de obra empleada para su preparación y aplicación; se considerará incluido en los precios unitarios y/o globales contractuales de los diversos ítems en los que se encuentren incorporados. De recibir pago directo las Especificaciones Técnicas Particulares, establecerán la modalidad de la medición y el pago.

9-2: Mampostería Se medirá y pagará por metro cúbico el precio unitario de contrato para el ítem “Mampostería de ladrillo”. Este será compensación total por la provisión de todos los materiales, la preparación de los morteros, colocación de los mismos y de los ladrillos, la ejecución de toma de juntas – si fuese del caso – la provisión de mano de obra, equipos y herramientas necesarias como asimismo por todo otro trabajo necesario para la correcta ejecución de la mampostería.

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Capítulo 5: MATERIALES METALICOS

Artículo 1: Descripción Esta especificación detalla las condiciones generales que deben reunir los materiales metálicos a emplear en la construcción.

Artículo 2: Acero en Barras para Estructuras de Hor migón Armado. Son de aplicación las especificaciones establecidas en la Norma CIRSOC 201 y Anexos del Sistema Reglamentario Argentino para Obras Civiles (SIREA), tanto para la resistencia, métodos de ensayos, condiciones de aceptación o como para cualquier otra característica o condición, siempre que no se opongan a requerimientos de la documentación contractual. en tal caso prevalecerá ésta última. Salvo que la documentación de proyecto, o las especificaciones técnicas particulares indiquen pautas diferentes, en todas las estructuras de hormigón armado, se empleará acero ADN-420 o ADM-420 adoptándose una cuantía mínima de 0.25 % de la sección de hormigón.

Artículo 3: Marcos, Tapas y Rejas Los marcos, tapas y rejas para cámaras, bocas y sumideros, así como materiales metálicos suplementarios, podrán ser de hierro fundido gris o hierro fundido dúctil, con las condiciones que para uno de ellos se establecen seguidamente:

3-1: Elementos de Hierro Fundido Gris (Grafito Laminar) Deberán estar libres de rebarbas y perfectamente limpias. Se verificarán a fin de verificar que no presenten grietas, fisuras, desigualdades, incrustaciones o escorias, sopladuras, porosidades o cualquier otro defecto. La fundición a emplear será de calidad no inferior a la figura 16 de la Norma IRAM 556/1951 NIO y complementarias. Los ensayos deberán realizarse de acuerdo a las Normas IRAM 510/1982 e IRAM-IAS 500-20/1976 y 500-102-1/1987, sin desmedro de la aplicación – cuando corresponda – de las Normas IRAM del Vocabulario 77.0.40-99:”Otros Métodos de Ensayos de Metales”, del Catálogo IRAM 2001. Llevarán un recubrimiento asfáltico que responderá a las siguientes especificaciones:

� Pintura de imprimación: La pintura será de base asfáltica, estará diluida con solventes apropiados para producir un líquido que pueda aplicarse en frío a pincel o soplete, poseerá buenas propiedades de nivelación, no producirá burbujas durante su aplicación, será homogénea y libre de

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cualquier producto que altere las características del agua potable. Responderá a las siguientes exigencias: Punto de inflamación (Norma IRAM-IAP A 6551/1974) ºC Mín. 40 Agua (Norma IRAM 6551-IAP A 6551/1976) g%g Máx. 0.5 % Cenizas g%g Máx. 0.5 % Tiempo de secado (Norma IRAM 1228/1991) hs Máx. 3 Asentamiento (relación de volátil en la mitad superior, a volátil en la mitad inferior, después de dejar en reposo 5 hs.) Máx. 1.5 : 1

� Esmalte a aplicar en caliente a base de asfalto: No contendrá productos derivados de la hulla y estará mezclado con material inerte. será homogéneo, no formará espuma al ser aplicado y cumplirá con los siguientes requisitos: Máx. Mín. Punto de ablandamiento (IRAM 115/1959 NIO) ºC 95 120 Material inerte (cenizas) g% g 20 35 Peso específico a 25 ºC t/m3 1.15 1.25 Punto de inflamación Cleveland (IRAM-IAP A 6555/1974) ºC 230 ------ Penetración (IRAM 6576) % 5 10 A 45 ºC - 50 g - 5 seg. 15 35 Absorción de agua - 35 semanas g%g ------- 1.50

� Ejecución del revestimiento: La pintura de imprimación podrá ser aplicada a pincel o a soplete sobre superficie limpia y seca. Entre la aplicación de la imprimación y la del esmalte, no deberá transcurrir un lapso mayor que el indicado por el fabricante de los productos. Este deberá indicar además, temperatura de calentamiento del esmalte y aplicación del mismo, rango de temperaturas dentro del cual puede calentarse el producto sin que sufra alteración y tiempo durante el cual puede permanecer a esas temperaturas. La tolerancia en el peso que se admitirá con respecto a un peso específico de la fundición de 7800 Kg/m3 será del 7% (siete por ciento) en más o en menos. Antes de su instalación los marcos, tapas y rejas deberán ser aprobadas por la Inspección. Previamente, la misma podrá exigir se verifiquen las condiciones especificadas en un laboratorio a designar por la Municipalidad de Rosario. Los gastos que ello origine, correrán por cuenta del Contratista y se considerarán incluidos en los precios de los ítems respectivos.

� Diseño de las tapas

✳ Sección neta mínima - para acceso del hombre - de 600 milímetros de diámetro. ✳ Orificios de ventilación con una superficie mínima de 85 centímetros cuadrados.

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✳ Altura mínima del marco = 100 milímetros. ✳ Apertura articulada.

3-2: Elemento de Hierro Fundido Dúctil (Grafito Esferoidal) Se ajustarán a la Norma Europea EN 124-1994 aprobada por el Comité Europeo de Normalización. Responderán en un todo a la clasificación D-400. El diseño de las tapas cumplirá las condiciones establecidas para las tapas de hierro fundido gris, en el Apartado anterior. Antes de su instalación, los marcos, tapas, rejas y demás accesorios deberán ser aprobados por la Inspección.

Artículo 4: Grapas para Escalones Las grapas para escalones se construirán con barras de acero de alto límite de fluencia de 25 mm. de diámetro, dobladas en forma tal que presenten un ancho mínimo de 0.30 m. y sobresalgan por lo menos 0.10 m. con respecto al paramento. Las ramas que penetren en los muros tendrán 0.30 m. de longitud total mínima. Una vez preparadas, se las someterá a un proceso de zincado por inmersión en un baño de zinc fundido. La densidad del zincado no será menor de 600 gramos / metro cuadrado y deberá estar uniformemente distribuido en la superficie de las grapas. La Inspección podrá requerir al Contratista, la verificación del zincado en un Laboratorio a designar por la Municipalidad de Rosario. Los gastos que ello originen no recibirán pago directo alguno y se considerarán incluidos en los precios unitarios del ítem respectivo.

Artículo 5: Bulones de Anclaje Serán fabricados y cumplirán con SSPWC y subsecciones 206-1.4.1. y 209-2.2. Asimismo los bulones cumplirán con ASTM A307 grado A, su fabricación con ASTM A36 y los elementos de acero inoxidable con ASTM A320, tipo 301, 316. Los bulones de anclaje para equipos serán de acero inoxidable según norma AISI 316 con tuercas planas. Donde se indiquen anclajes tipo expandido serán de acero inoxidable según norma AISI 316. Los anclajes no empotrados o sumergidos serán de acero inoxidable 316.

Artículo 6: Bulones y tuercas Cuando no estén enterrados ni sumergidos y salvo que se indique lo contrario, los bulones y las tuercas serán de acero galvanizado.

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El acero, salvo indicación en contrario, responderá a ASTM A307 grado A ó B y las partes roscadas a ASTM A36. A menos que se indique lo contrario, los bulones, bulones de anclaje, tuercas y arandelas que queden sumergidas o enterrados o incluidos en estructuras hidráulicas, serán de Acero Inoxidable según Norma AISI 316.

Artículo 7: Medición y Pago a) Acero en Barras para Estructuras de Hormigón Armado No recibirán pago directo excepto que tal modalidad de liquidación se establezca en las Especificaciones Técnicas Particulares, si así fuere el acero en barras para estructuras de hormigón armado se medirán en kilogramos o toneladas según se indique en los cómputos métricos del proyecto. El peso a certificar será el que resulte de la siguiente tabla de valores:

Diámetro Nominal (mm)

Peso Nominal (Kg/m)

Superficie de la Sección Nominal

(cm2)

Perímetro Nominal

(cm)

6 0.22 0.28 1.89 8 0.40 0.50 2.51 10 0.62 0.79 3.14 12 0.89 1.13 3.77 14 1.21 1.54 4.40 16 1.58 2.01 5.03 20 2.47 3.14 6.28 25 3.85 4.91 7.85 32 6.31 8.04 10.05 40 9.87 12.57 12.57

Los valores de peso están calculados en base a un peso específico del acero de 7.85 Kgr./dm3 Se pagará al precio unitario de contrato para el ítem “Acero en barras”, el que podrá encontrarse subdividido en distintos subítems en función del tipo de armadura. De recibir pago directo, dicho precio será compensación total por: la provisión del material metálico, su transporte y manipuleo hasta la obra; colocación de las armaduras, por la provisión de mano de obra, equipos y herramientas, por las tareas de preparación de las armaduras y por todo otro insumo necesario para la colocación de las armaduras en su posición definitiva, por la conservación de las mismas hasta el hormigonado y por toda otra tarea requerida y no pagada en otro ítem del contrato. b) Marcos, Tapas y Rejas

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Se medirán y pagarán en las condiciones que establezcan las Especificaciones Técnicas Particulares.

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Capítulo 6: ESTRUCTURAS DE HORMIGON

Artículo 1: Descripción En el presente Capítulo se establecen las especificaciones técnicas que rigen para las estructuras de hormigón simple y armado. A los fines de la presente obra todas las características relativas al cálculo y la ejecución de dichas estructuras no incluidas en este capítulo, se regirán por los Reglamentos, Recomendaciones y disposiciones del Sistema Reglamentario Argentino para Obras Civiles (SIREA) aprobados por Resoluciones Nº 55/87 y Nº 69/87 de la S.O.P.; ex Centro de Investigación de los Reglamentos Nacionales de Seguridad para las Obras Civiles (CIRSOC).

Artículo 2: Materiales para Hormigones Las cámaras, bocas, conductos hormigonados “in situ” y cajas de sumideros y toda otra estructura resistente en contacto con el suelo y/o con líquidos, se construirá con hormigón H-21, con 5% de aire incorporado y vibrado, salvo, que en el proyecto o en las Especificaciones Técnicas Particulares se indique una calidad distinta; en cuyo caso se ejecutarán con dicha calidad. Cuando se indique en el proyecto, o cuando durante la ejecución de las obras se detecte que el suelo o agua resulten agresivos, se empleará cemento altamente resistente a los sulfatos. Las restantes características de los materiales a utilizar en la preparación de los hormigones simples y armados, serán las que establece la Norma CIRSOC 201 y Anexos, de la SIREA.

Artículo 3: Estructura de Hormigón Simple y Armado Las estructuras de hormigón simple y armado se ejecutarán en un todo de acuerdo con las dimensiones y detalles indicados en los planos de proyecto. El Contratista deberá presentar a aprobación de la Inspección todas las planillas de doblado de hierros manteniendo los tipos de barras y conservando las secciones de material proyectadas. La presentación de dichas planillas con relación a una parte cualquiera de la obra deberá realizarse con diez (10) días corridos de antelación al inicio de la parte de obra respectiva. Todo proyecto, diseño, o cálculo de estructuras de hormigón simple o armado que eventualmente deba ser efectuado por el Contratista deberá ser aprobado por la Inspección antes que se dé comienzo a la construcción de las mismas. Con siete (7) días corridos de antelación al comienzo de los trabajos, el Contratista deberá presentar a aprobación de la Inspección, el método constructivo para su realización. La aprobación del sistema propuesto, no libera al Contratista de su responsabilidad y el mismo deberá ser modificado si durante la construcción se observaran deficiencias.

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En conductos de hormigón simple, a construirse “in situ” en túnel se ejecutarán cortos tramos del mismo conducto en hormigón armado a cielo abierto, cuando aquel deba empalmarse con cámaras, obras de descarga, etc. o reciba bocas, como sigue:

✳ Se mantendrá el espesor previsto para el conducto de ejecución en túnel. ✳ El conducto de ejecución en túnel, se transformará en armado incorporándole las

armaduras, que prevé el proyecto para el mismo diámetro de ejecución “in situ” a cielo abierto, cuando se trate de empalmar el primero con cámaras, obras de descarga, etc.

✳ Si el conducto de ejecución en túnel, recibiera una boca; además de la armadura

recién indicada, se le incorporará la armadura de refuerzo que prevé el proyecto.

✳ Los refuerzos señalados se colocarán a cada lado del paramento exterior de bocas y cámaras (y sólo aguas arriba de dicho paramento si se tratase de una obra de descarga) en la longitud que indique el proyecto. En caso de silencio del mismo, se ejecutarán los refuerzos 1 (un) metro a cada lado.

✳ Si el proyecto no incorporase conductos a ejecutar “in situ” a cielo abierto del mismo

diámetro de aquel a construir “in situ” en túnel, o no indicase las armaduras de refuerzo; la Dirección Técnica determinará las armaduras a colocar.

Los paramentos internos de hormigón deberán quedar lisos, sin huecos, protuberancias o fallas. Las deficiencias observadas deberán subsanarlas el Contratista por su cuenta a satisfacción de la Inspección, la que podrá exigir entre otra medida la ejecución de un enlucido de mortero de cemento y arena o de cemento puro, que se considerará incluido dentro de los precios contractuales. En caso de duda, la Inspección podrá exigir al Contratista, la ejecución de cortes en el hormigón moldeado a fin de comprobar los espesores y resistencia del hormigón, sin que ello de derecho al Contratista a indemnización alguna. Se comprobará también la resistencia del hormigón “in situ” mediante el empleo de esclerómetros digitales u otro instrumental que requiera la Inspección. Los gastos, que ello le demande al Contratista, se consideran incluidos en los precios unitarios contractuales respectivos.

Artículo 4: Moldes y Encofrados. Métodos de Hormig onado Los moldes y encofrados se ejecutarán con las dimensiones exactas indicadas en los planos para las estructuras y deberán tener la resistencia y la rigidez suficiente para soportar, con seguridad las cargas estáticas que actúen sobre las mismas y las dinámicas durante la ejecución y terminación de hormigonado, así como a lo largo de toda su vida útil. El Contratista deberá someter a la aprobación de la Inspección el sistema que adopte para la formación de los encofrados, pero esta aprobación no lo exime de la responsabilidad que le cabe por la correcta ejecución y terminación de los trabajos ni por los accidentes que pudieren ocurrir.

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4-1: Moldes y encofrados para conductos Los moldes internos para conductos - sean a hormigonar a cielo abierto, o en túnel -, deberán ser metálicos, construidos con chapas de hierro planchadas, de espesor suficiente para asegurar indeformabilidad de los moldes. En partes especiales como ser: curvas, identificaciones de conductos, cambios de dirección, etc., podrán emplearse moldes y encofrados de madera, pero será imprescindible el recorte de rebabas y el alisado de los paramentos mediante la aplicación de un enlucido de cemento y arena o cemento puro. Para el empleo de Encofrados Neumáticos Tubulares, la Dirección Técnica requerirá al Contratista la ejecución en obra de una prueba piloto destinada a observar la indeformabilidad de los mismos, resistencia a la temperatura, comportamiento ante la incorporación de aditivos - que fuesen de interés - a la masa de hormigón y toda otra característica que pueda incidir en las formas, resistencia del hormigón, su compacidad, etc. Si tales pruebas fuesen satisfactorias, a juicio exclusivo de la Dirección Técnica, y después de requerirle al Contratista la documentación que avale su uso, tales como Normas que los han incorporado, controles de calidad realizados por el Fabricante o por Organismos Independientes, y concluir que la evaluación integral es positiva, procederá a su aprobación. Las caras de los moldes y encofrados que deban quedar en contacto con el hormigón, para cuya superficie no se haya previsto revoque deberán ser lisas, libres de astilladuras y remiendos que puedan introducirse en la masa de hormigón. Los moldes deberán tener dispositivos que permitan el fácil montaje y desarme, y que permitan transportarse a través de los que aún queden armados, a fin de garantizar la ejecución del trabajo en forma continua. Asimismo los moldes tendrán ventanas ubicadas en forma alternada, que servirán como acceso para permitir la Inspección del hormigón. Se colocarán en todos los casos, los puntales, arriostramientos y demás elementos resistentes, necesarios para evitar la deformación o curvado de las estructuras hormigonadas. Cuando por las condiciones en que se hallen los moldes o encofrados metálicos o de madera, sea necesario arreglarlos, plancharlos, cepillarlos, reforzarlos o cambiarlos, la Inspección impartirá las órdenes respectivas, que el Contratista acatará inmediatamente, retirándolos de la obra, y no podrá utilizarlos nuevamente hasta que, una vez efectuadas las reparaciones necesarias, así lo autorice la Inspección.

4-2: Precauciones anteriores al moldeo Antes de hormigonar las estructuras, la Inspección controlará los moldes y encofrados de la parte a moldear, constatando el cierre de todas sus piezas, debiendo estar aquellos limpios y mojados. Queda expresamente indicado que no se permitirá realizar operaciones de hormigonado sin haber aplicado un líquido desencofrante, que deberá tener la aprobación de la Inspección.

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4-3: Colocación del hormigón en obra El hormigón al verterse en los moldes deberá tener todos sus componentes íntimamente ligados tal como han salido de la hormigonera. Si como consecuencia del transporte se hubiese separado en partes de diferente plasticidad, se lo volcará en bateas, antes de usarlo, donde se procederá a un nuevo amasado, sin agregarle nueva cantidad de agua.

4-4: Vertido del hormigón en los moldes El hormigón podrá verterse directamente desde las carretillas o vehículos transportadores, con la ayuda de palas, embudos o canaletas de manera que no se disgreguen los componentes. Cuando se guíe la vena del hormigón a través de perforaciones en el terreno, estas se encamisarán con cañería de PVC - fácilmente removibles - de modo de evitar todo contacto de la misma con el suelo. Los caños camisa serán colocados, antes de desplazar el molde al lugar de hormigonado. En este caso cuando la altura de caída sea menor a 1.50 metros se permitirá caída libre con chimenea encamisada. Para alturas mayores a 1.50 metros el Contratista queda obligado a la utilización de equipos de bombeo. El empleo de tales equipos no recibirá pago directo alguno, debiendo considerarse todas las erogaciones que ello implique en los precios unitarios contractuales de los Items respectivos. El vibrado del hormigón se realizará con los siguientes equipos: a) En solera: vibrador de inmersión. b) En bóveda: vibrador de contacto adosado al molde, o de inmersión previendo ventanas en el mismo. c) En obras de arte: vibrador de inmersión. El vibrado se ejecutará con vibradores neumáticos, eléctricos o magnéticos, cuya frecuencia sea regulable entre 5.000 y 9.000 oscilaciones completas por minuto. El tipo, la marca y el número de aparatos vibradores a utilizar y su forma de aplicación, así como su espaciamiento, se someterán a la aprobación de la Inspección, la cual podrá ordenar las experiencias previas que juzgue necesarias. El Contratista deberá tener en cuenta, al ejecutar los encofrados, el aumento de presión que origina el vibrado y deberá tomar todas las precauciones para evitar que, durante el vibrado escape la lechada a través de las juntas del encofrado. Independientemente de la metodología que adopte el Contratista para el vibrado de la bóveda, deberá contar obligatoriamente con 2 (dos) equipos vibradores de inmersión completos – como mínimo – en cada frente de trabajo donde se realicen operaciones de hormigonado. La Inspección aprobará – previamente a su empleo – el perfecto estado de funcionamiento de los vibradores.

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Cuando el hormigón deba ser conducido por medio de canales o canaletas de gravitación, la inclinación máxima de éstas será de 30º respecto a la horizontal, debiendo tener además al final una tolva para descargar el material.

Si durante el hormigonado o después de éste, los encofrados o apuntalamientos tuvieran deformaciones que hicieran defectuosas las estructuras, la Inspección podrá ordenar que sea removida o rehecha, por cuenta exclusiva del Contratista, la sección de estructura defectuosa.

En la ejecución de obras de hormigón debe evitarse la interrupción del colado, mientras la parte prevista a hormigonar, no esté terminada, excepto que a juicio de la Inspección fuera eso admisible. En tal caso se efectuará de acuerdo con las instrucciones que ella imparta.

Para reiniciar los trabajos, antes de empezar la colocación del hormigón la

superficie, en contacto con él, se picará y limpiará con abundante agua. Luego será obligatorio la colocación de una capa de mortero (dosaje 1:2) sobre la superficie citada. El mortero de liga tendrá la misma relación agua-cemento que el hormigón. La Inspección podrá exigir, en el caso de ser necesario, la utilización de un adhesivo epoxídico de marca aprobada, para conseguir una buena adherencia entre los hormigones. No se permitirá reiniciar un hormigonado sobre una capa de hormigón con principio de endurecimiento.

4-5: Proyecto y Ejecución de Encofrados y Apuntalamientos de otras Estructuras

La Inspección podrá exigir al Contratista, antes de iniciar la ejecución de toda la

obra de hormigón armado o simple, someter a su aprobación la memoria de cálculo y los planos de detalles de puentes de servicio, encofrados y apuntalamientos. El mismo estará obligado a rectificarlos introduciendo las modificaciones que la Inspección exija y a ejecutarlos posteriormente en obra, de acuerdo con los planos que en definitiva estén aprobados por la misma.

La intervención de la Inspección en esta emergencia no exime al Contratista de la

responsabilidad que como tal le incumbe.

Cuando se proyecten puentes de servicios, con apuntalamientos, en cursos de agua deban soportar períodos de crecientes, será indispensable diseñar aquellos en forma tal que la sección neta de escurrimiento, no sea inferior al 70 % de la sección neta que se previó en la obra de arte proyectada.

El diseño de los puentes de servicio, como asimismo su tipo de fundación, será

optativo del Contratista. No obstante ello, la Inspección podrá requerirle la justificación de los mismos.

Si se fundase el puente de servicio o el apuntalamiento sobre pilotes, éstos se considerarán satisfactoriamente hincados cuando se obtengan un rechazo tal, que aplicada la fórmula de Brix, el pilote sea capaz de soportar la máxima carga de cálculo que incidirá sobre él, con un coeficiente de seguridad igual a dos.

En la sección de acero laminado para tensores y anclajes, las tensiones de

tracción y compresión no excederán de los 1400 kg/cm². Cuando se trate de bulones, dichas tensiones no excederán de los 1200 kg/cm².

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Si se proyectaran puentes de servicio, encofrados o apuntalamientos metálicos, las fatigas máximas admisibles de los diversos elementos de las mismas, serán las fijadas para las construcciones metálicas comunes.

4-6: Hormigonado bajo agua Sólo será permitido el hormigonado bajo el agua con la expresa autorización de la Inspección. No será autorizada la colocación del hormigón bajo agua si ésta tiene velocidad o si los encofrados no son lo suficientemente estancos como para evitar corrientes de agua donde deba depositarse hormigón. Tampoco será permitida ninguna operación de bombeo dentro del encofrado mientras se esté colocando el hormigón y posteriormente hasta que haya iniciado su fragüe. En la distribución del hormigón se evitará que éste sea lavado por el agua, quedando librado al criterio del Contratista la elección del método, pero su aplicación sólo será autorizada por la Inspección después que ésta haya verificado su eficiencia.

4-7: Hormigonado con fríos intensos Salvo autorización escrita de la Inspección, no se permitirá la colocación de hormigón cuando la temperatura ambiente no sea como mínimo +2ºC y vaya en ascenso. Si el Contratista quisiera preparar algún tipo de hormigón con temperaturas inferiores al límite citado, previamente deberá calentar el agua y los agregados hasta una temperatura que oscilará según las necesidades entre los +15ºC y 55ºC, y de forma tal de obtener un hormigón que, en el momento de colocarse tenga como mínimo +10ºC. Queda librado al criterio del Contratista la elección de los sistemas tendientes a obtener los límites de temperaturas especificadas, pero su aplicación en obra será autorizada por la Inspección después que ésta haya verificado su eficiencia. No será permitido el recalentamiento del hormigón que haya descendido a temperatura menor que las antes citadas, aún cuando hubiese sido preparado con materiales calentados. Si la autorización escrita fuera otorgada por la Inspección, el Contratista deberá adoptar las medidas necesarias con cobertizos, aparatos o equipos calentadores especiales para asegurar que en el ambiente que circunda a la estructura hormigonada, la temperatura no descienda de +4ºC durante el colado y los cinco días siguientes al mismo. La autorización otorgada por la Inspección para colocar el hormigón con fríos intensos, no releva al Contratista de su responsabilidad en la obtención de una obra con resultado satisfactorio, quedando éste obligado a reconstruir a su exclusiva cuenta aquellas estructuras que adolecieran defectos por tal causa. Todos los gastos adicionales que el Contratista deba efectuar para preparar y colocar el hormigón durante fríos intensos serán de su exclusiva cuenta, no recibiendo pago en ítem especial por tal causa.

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Cuando se hubieran verificado heladas o temperaturas inferiores a + 2ºC en los días posteriores al colado del hormigón, serán prolongados en un período igual de tiempo, los plazos mínimos de desencofrado establecidos en el Artículo 6 siguiente.

4-8: Hormigón ciclópeo

Estará constituido por un 30 % de piedras del tipo especificado en la sección respectiva y un 70% de hormigón en volumen, de la clase indicada en los planos y demás elementos del Proyecto, ordenado por la Inspección.

Siendo las cantidades indicadas en el párrafo anterior de este capítulo aproximadas, se deja establecido que el mayor volumen de hormigón necesario para llenar totalmente los espacios vacíos de las piedras, no será medido ni pagado, ni dará lugar a reconocimiento de indemnización o mejora alguna de precio.

Artículo 5: Juntas de Construcción Cuando se deba superponer una capa de hormigón fresco sobre un hormigón ya fraguado, se deberá previamente raspar la superficie de este último, luego se efectuará un lavado a presión (mínimo 20 kg/cm2) y se la cubrirá con una lechada de cemento puro y sobre esta se proseguirá el hormigonado nuevo. Cuando esta condición no se cumpla en el hormigonado de conductos “in situ”, la Inspección podrá ordenar – sin más – la demolición del hormigón colocado en última instancia. Las juntas de construcción que se dejen de un día para otro, deberán ser previamente autorizadas por la Inspección.

Artículo 6: Plazos para el desencofrado No se permitirá retirar el encofrado hasta tanto el hormigón moldeado presente un endurecimiento suficiente como para no deformarse o agrietarse. En tiempo favorable (temperatura superior a los 5º C) podrá efectuarse el desencofrado de acuerdo a los siguientes plazos para estructuras a la intemperie:

Costeros de vigas, pilares 5 días Conductos construidos en sitios definitivos y en buen terreno 4 días Columnas y vigas 8 días Paredes, losas y fondos 15 días Vigas y losas hasta 7 metros de luz 15 días

En los conductos hormigonados “in situ”, el retiro de los moldes podrá realizarse después de transcurridas 24 horas desde su llenado (para cementos normales sin la utilización de aditivos).Este plazo será llevado a 72 horas en los tramos donde puedan presentarse empujes activos del terreno). La Inspección podrá ordenar la ampliación de los plazos citados en casos fundamentados. En las obras de arte queda totalmente prohibido permitir la acción de sobrecargas hasta transcurridos como mínimo 30 días de terminado su hormigonado. En tiempo frío (temperatura inferior a 5º C) se practicará una inspección previa del estado de fraguado del hormigón, por si fuera necesario aumentar el plazo de

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desencofrado. Las partes de hormigón dañadas por las heladas deberán ser demolidas y reconstruidas por cuenta del Contratista. Si sobreviniese una helada durante el fraguado, los pasos indicados para las estructuras al aire libre, se aumentarán por lo menos, el número de días que dure la helada. Al efectuar el desarme de moldes y encofrados se procederá con precaución evitando choques, vibraciones o sacudidas. Las especificaciones que preceden se aplicarán en los casos que se emplee cemento portland artificial normal. Si se emplearan cementos de alta resistencia inicial, a solicitud del Contratista, la Inspección podrá modificar los plazos de desarme de encofrados.

Artículo 7: Dobladura de las barras Las formas y distribución de las barras de las armaduras, que se consignan en los planos respectivos, corresponden a las mínimas secciones de material que se requieren en las distintas partes de cada pieza. Si el proyecto no consignara detalladamente las dimensiones de cada parte de las barras, la Inspección podrá ordenar al Contratista, que determine las mismas; sometiéndolas a aprobación de la Dirección Técnica. Se procurará disminuir al mínimo el número de empalmes, a cuyo fin el Contratista deberá disponer de barras de las longitudes convenientes. Si por la forma en que el Contratista confeccione el doblado de hierros, dentro de las formas fundamentales de los diseños respectivos, resultare necesario emplear mayor cantidad de hierro que la indicada en los proyectos, el Contratista no tendrá derecho a reclamar indemnización alguna, ya que tal circunstancia, debe preverse al cotizar los precios unitarios. Las barras de diámetro reducido podrán ser dobladas a mano, empleando plantillas, grinfas y demás útiles necesarios y herramientas, pero las primeras deberán ser previamente controladas y aprobadas por la Inspección. Cuando la dimensión de los diámetros lo exijan, se emplearán dobladoras mecánicas; y en tal caso el Contratista someterá a aprobación de la Inspección el procedimiento a emplear, previendo conservar estrictamente las dimensiones establecidas para las diferentes partes de las barras. Las dobladuras se harán siempre en frío, salvo casos especiales que autorice la Inspección, que podrán someterse a un caldeo previo. Las curvas, entre tramos rectos de las barras, que deban doblarse, se identificarán con un radio variable entre 10 y 15 veces el diámetro de la barra respectiva.

Artículo 8: Colocación de armaduras La confección de las armaduras deberá realizarse en el sitio de las obras, bien sea en obradores especiales o en las mismas obras. Sin embargo, a pedido del Contratista, la Inspección podrá autorizar que dichos trabajos se hagan fuera de aquella, mediante la fiscalización correspondiente.

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El Inspector que se destaque a ese efecto, deberá tener la facilidad de acceso y de trabajo requerible para su desempeño y será obligación del Contratista asegurárselo y garantizarlo. Algunas armaduras podrán ejecutarse fuera de los sitios en que deban colocarse y luego transportarse y colocarse en obra, previa comprobación por la Inspección que los elementos que la constituyan respondan a los detalles aprobados, que no haya barras torcidas y que las armaduras sean perfectamente rígidas. En todos los casos se adoptarán los procedimientos apropiados para garantizar un recubrimiento de las barras de hormigón que responda a los siguientes valores mínimos:

Conductos ejecutados “in situ”: 3,5 cm Obras de arte en general: 3,0 cm

Condición esencial a observarse, será también la de que las armaduras una vez colocadas, formen un conjunto rígido y que los hierros no puedan moverse ni deformarse al verter el hormigón y al apisonarlo y punzonarlo dentro de los encofrados. Se adoptarán igualmente las medidas necesarias para evitar deformaciones motivadas por el tránsito de operarios sobre las armaduras. El Contratista no podrá disponer el hormigón en estructuras cuyas armaduras no hayan sido previamente aprobadas por la Inspección, a cuyo efecto deberá recabar dicha aprobación con la debida anticipación, y acatará de inmediato cualquier orden que le imparta la Inspección en el sentido de modificar, arreglar, limpiar, perfeccionar o rehacer las armaduras que no respondan a las especificaciones y a los planos de detalles.

Artículo 9: Conexiones directas En aquellos casos en que de acuerdo al Proyecto se han previsto conexiones directas de tuberías prefabricadas a tuberías ejecutadas “in situ”, sin cámara intermedia, el Contratista deberá prever para cada conexión una armadura de refuerzo local en correspondencia con el orificio destinado a recibir la tubería prefabricada según detalles previstos en el proyecto. Si este no incluyera dicha previsión el Contratista desarrollará los detalles del caso y los someterá a la aprobación de la Inspección. El costo de dichos refuerzos se considerarán incluidos en el precio unitario de las tuberías prefabricadas respectivas.

Artículo 10: Empalmes de barras Cuando sea necesario efectuar empalmes de barras se admitirán los empalmes hechos por superposición de tramos rectos, de longitud igual a 40 veces el diámetro de la mayor, ya sea, en el conducto troncal, secundarios , terciarios, etc. y obras de arte.

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El procedimiento a adoptar será resuelto por la Inspección de acuerdo con el diámetro de las barras a empalmar. No se permitirá el empleo de barras demasiado cortas que obliguen a efectuar empalmes numerosos. Para evitarlo, el Contratista deberá emplear barras de longitud conveniente, de las corrientes en el comercio. Cuando se trate de unir barras que corran en un sentido, con otras que corran en sentido inverso, se podrán efectuar esas uniones por puntos de soldaduras , o bien con ataduras de alambre recocido de 1.5 mm de diámetro, con no menos de tres vueltas, cualquiera que sea el diámetro de las barras a unir.

Artículo 11: Protección de las estructuras hormigon adas Terminado el hormigonado de una estructura, expuesta a la intemperie, se le deberá proteger contra la acción directa de los agentes atmosféricos, especialmente de las heladas y del sol. El curado se deberá realizar por alguno de los métodos siguientes :

✳ Mantener el hormigón húmedo sumergiendo en agua o revistiéndolo de una cubierta estanca al vapor.

� Regar con agua periódicamente en forma uniforme.

✳ Dejar el encofrado, envolviendo la estructura endurecida o reemplazarlo por una

envuelta más ligera. Método conveniente para muros o estructura verticales. ✳ Recubrir con láminas de plástico, mientras la influencia de la temperatura sea

secundaria. ✳ Colocar capas húmedas (trama de yute o de tejidos, lonas o arpilleras),

rehumedeciendo regularmente. ✳ Pulverización de una película (compuesto de curado), sobre toda la superficie (IRAM

1675/1975). Se utiliza principalmente para pavimentos, pisos, etc.

� Las medidas descritas pueden ser aplicadas aisladamente o combinadas.

Durante cinco ( 5 ) días siguientes al de terminada la colocación del hormigón deberá tenerse constantemente humedecidas las superficies del hormigón y moldes colocados.

Las precauciones a adoptar deberán extremarse en épocas calurosas y durante las primeras 48 horas de hormigonada la estructura.

No se computarán en estos plazos aquellos días en que la temperatura ambiente hubiera descendido de + 2°C.

El desencofrado de toda estructura se deberá realizar con todo cuidado para evitar que la misma sufra choque, esfuerzos violentos, golpes, etc.

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Artículo 12: Desperdicios de barras de acero El Contratista en el cálculo de su propuesta deberá tener en cuenta los desperdicios de barras de acero, e incorporar los costos resultantes a los ítems correspondientes del presupuesto, dado que no se efectuará liquidación por separado de ninguna naturaleza.

Artículo 13: Ensayos a realizar y penalidades

13-1: Ensayos La evaluación se hará de la forma especificada en el Reglamento CIRSOC 201 y Anexos. Todos los ensayos correspondientes al control de producción y aceptación del hormigón en obra, serán realizados por personal de probada idoneidad a juicio de la Inspección, y serán responsables de realizar y facilitar los registros correspondientes a la Inspección cada vez que esta los solicite. El Contratista queda obligado a tener permanentemente en obra las cribas, tamices, y demás elementos necesarios para que la Inspección pueda determinar en cualquier momento la composición granulométrica de los agregados áridos y verificar el dosaje de los hormigones previstos en la documentación del proyecto e instrucciones de la Inspección. Queda a cargo del Contratista la provisión de todos los instrumentos y materiales necesarios para la instalación de un laboratorio completo, que permita realizar todos los ensayos conducentes a determinar la calidad del hormigón y sus componentes. En los casos que sea necesario, las probetas de hormigón confeccionadas en obra, se podrán ensayar en los laboratorios oficiales que designe la Municipalidad, estando a cargo del Contratista su embalaje, transporte y costo de los mismos.

a) Sobre el hormigón fresco.

- Asentamiento

* El control de la consistencia del hormigón se hará mediante el ensayo de asentamiento según la Norma IRAM 1536/1978.

- Contenido de aire

* En general, salvo que el Inspector de Obra establezca otras condiciones, este ensayo será exigido cuando el hormigón contenga aditivos o se haya utilizado incorporador intencional de aire.

* Este ensayo será realizado según las Normas IRAM 1602-1/1988 y/o 1602-

2/1988 e IRAM 1562/1978. - Temperatura del hormigón fresco

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* En general, se controlará la temperatura del hormigón fresco, cuando se registren temperaturas ambientes extremas, o bien cuando a su exclusivo juicio, la Inspección lo juzgue necesario.

* La frecuencia con que se realizará el ensayo será fijada por la Inspección.

* En temperaturas ambiente normales, el hormigón no debe superar los 25°C por ningún motivo, debiendo rechazarse los pastones que superen dicha temperatura.

b) Moldeo de probetas cilíndricas para ensayo a compresión.

* La calidad del hormigón será determinada mediante el ensayo a rotura, según Norma IRAM 1546/1992, de probetas cilíndrica de diámetro 0,15 m y altura 0,30 m moldeadas, utilizando hormigón extraído del pastón a utilizar en la estructura y curadas según Norma IRAM 1524/1982.

* Los valores de rotura del hormigón a la edad de 28 días, deberán tener una tensión característica de rotura σ'bk igual ó superior a la especificada en los planos ó en el CIRSOC 201 para la estructura que se trate.

* La extracción, moldeo, ensayo y evaluación de los resultados, estarán en un todo de acuerdo con lo expresado en el CIRSOC 201.

c) Ensayos mínimos para la aceptación del hormigón.

* Para aceptar un hormigón, este debe tener como mínimo la Resistencia Característica σ'bk Especificada y la Resistencia Media σ'bm = σ'bk + 50 Kg/cm2.

* Para determinar la fecha de desencofrado, y/o tesado, y/o aplicación de cargas, el curado deberá hacerse en las mismas condiciones que la estructura a la que pertenecen, y la Resistencia será evaluada de manera individual ó como promedio de estos resultados y no con métodos estadísticos.

* En principio, y para los casos corrientes generales, las Resistencias Características y Medias, serán determinadas mediante el juzgamiento de la Resistencia potencial a rotura, realizada en base a por lo menos 6 (seis) resultados de ensayo.

* Cuando el hormigón sea elaborado en plantas dosificadoras y/o elaboradoras, y transportado en camiones tipo Mixer, se considerarán los siguientes casos:

c1) Si la estructura a hormigonar tiene volumen suficiente, y a juicio de la Inspección la importancia necesaria, el Nº de probetas a extraer y el tratamiento para juzgar su resistencia potencial a rotura, será realizado en un todo de acuerdo a lo estipulado por el CIRSOC 201, empleándose por lo menos 6 (seis) resultados de ensayo. c2) Cuando no sea posible la determinación según lo descrito en a), se extraerán un mínimo de 2 (dos) muestras de cada pastón, considerándose como pastón a cada viaje que salga de la planta hormigonera.

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* Cuando el hormigón sea elaborado mediante mezcladoras de hasta 0,300 m3, se considerarán los siguientes casos:

c3) En los casos que el volumen a hormigonar sea como mínimo de 2(dos) m3, se extraerán 2(dos) probetas por cada 1(uno) m3, obtenida de pastones elegidos al azar por la Inspección. c4) Si el volumen a hormigonar es menor que 2(dos) m3, se extraerán 2(dos) probetas cada 3(tres) pastones, que serán elegidos por la Inspección.

* Todos los gastos necesarios para la realización de los ensayos antes descritos, incluyendo extracción de muestras, cajones para el traslado de las mismas, materiales, envasado, rotulación y envío hasta él o los laboratorios donde se realizarán los ensayos, serán por exclusiva cuenta del Contratista.

* Previa certificación y pago de la parte de la estructura que haya sido hormigonada, la Inspección podrá exigir el resultado del ensayo a rotura de probetas cilíndrica de diámetro 0,15m. y altura 0,30m. a la edad mínima de 7 (días).

* Si los resultados de ensayos realizados en probetas a la edad de 7 (siete) días , para una estructura o parte de ella, indican que el hormigón no alcanza la resistencia especificada para la edad de 28 (veintiocho) días, será de aplicación lo dispuesto en el Apartado siguiente 13.2 Penalidades.

d) Ensayos Complementarios.

* La Inspección podrá exigir los ensayos correspondientes cuando a su juicio existan dudas con respecto a la calidad del hormigón, tanto en lo referido a resistencia como a durabilidad, o cuando sea necesario determinar una o varias de las siguientes circunstancias:

� Condiciones de protección y curado del hormigón. � Fecha de desencofrado de las estructuras. � Resistencia del hormigón necesaria para la aplicación de tensiones ó

cargas. � Resistencia del hormigón para iniciar el movimiento y/o traslado de

elementos premoldeados.

* Cuando los resultados de laboratorio sean desfavorables o existan dudas, el Contratista como responsable de la ejecución de los trabajos e independientemente de los motivos expuestos en el Reglamento CIRSOC 201, para la realización de los ensayos de aceptación, agotará los medios con el fin de llegar a la convicción que tanto el hormigón fresco como el endurecido posean las características y calidad especificada.

* Los ensayos que deban realizarse, estarán en un todo de acuerdo con los artículos correspondientes del CIRSOC 201.

* La evaluación de los resultados estará regida por el articulado correspondiente del CIRSOC 201, y la aceptación o no del hormigón ó la estructura de que se trate, será exclusiva decisión de la Municipalidad.

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* Todos los gastos ocasionados por la toma de muestras, envasado, rotulación, envío a laboratorios correspondientes y ensayo, estarán a cargo de la Empresa Contratista.

* Toda vez que por el carácter particular de la estructura o parte de la misma, resulte necesario realizar pruebas de cargas directa, tanto el ensayo como la interpretación de los mismos, estarán en un todo de acuerdo con el artículo 7.9 del CIRSOC 201.

e) Equipo para extracción de muestras, preparación de probetas y realización de ensayos de obra ( Regido por el CIRSOC 201-Capítulo 5).

*El equipo mínimo que el Contratista debe suministrar es el siguiente:

-Un (1) balde cilíndrico de chapa de 1,2 mm de espesor, indeformable y estanco de 20 lts. y 30 cm de diámetro. -Una (1) bandeja de chapa negra de 75 x 120 x 25 mm, espesor 1,2 mm. -Treinta (30) moldes metálicos rígidos para confección de probetas cilíndrica de 15 cm de diámetro y 30 cm de altura. -Un (1) juego completo de herramientas menores: cuchara de albañil, pala, pipeta graduada de 1 lts., etc. -Un (1) juego de cribas (abertura cuadrada) y tamices de 2"; 1 3/4"; 1 1/2"; 3/4"; 1/2"; 3/8" y tamices números: 4;8;16; 30; 50 y 100, que reunirán las condiciones exigidas en las normas A.A.S.H.T. 27 - 38. -Un (1) equipo completo para realizar el ensayo de asentamiento según lo especificado por la norma N.I.O. 1536. -Seis (6) bandejas de chapa negra de 45 x 60 x 10 cm, espesor 1,2 mm. -Un (1) aparato de Whashington para medición de aire incorporado en el hormigón, si en la especificación se exige el uso del hormigón con aire incorporado. Equipo para la realización del ensayo de asentamiento -Un (1) molde de hierro de forma de tronco de cono de 0,30 m de altura y con bases paralelas con diámetro de 0,20 y 0,10 m. -Una (1) chapa metálica plana, lisa y resistente de 0,30 x 0,30 m y 1/8 pulgada de espesor, como mínimo para apoyar la base mayor del tronco de cono. -Una (1) barra metálica de 1,6 cm de diámetro y 0,60 m de largo con los extremos redondeados. -Una (1) llana o cuchara de albañil. -Una (1) regla dividida en centímetros o metros, de madera o metálica.

En los casos que el hormigón utilizado no cumpla con las condiciones fijadas en dicho reglamento se procederá a realizar los ensayos especificados en el mismo para verificar la resistencia a la compresión del hormigón de la estructura mediante la extracción y ensayo de testigos, pudiéndose presentarse dos alternativas.

13-2: Penalidades a) Que el hormigón de la estructura cumpla con las condiciones fijadas en el reglamento para considerar satisfactoria la resistencia de la misma. En este caso la estructura será aceptada aplicando la siguiente multa calculada sobre el valor índice hasta un máximo del 50 % del mismo:

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Y= 0.2 X² siendo Y: descuento en porcentaje X= (R’bm - R’bm prob) x 100 R’bm para el caso que no cumpla la condición de resistencia media para la serie de ensayos, donde: R’bm: resistencia media mínima que debe cumplir cada serie de ensayos establecida por reglamento. R’bm prob: resistencia media de la serie de ensayos X= (0.85 R’bk - R’b ensayo) x 100 0.85 R’bk para el caso en que no se cumpla la condición de resistencia mínima individual donde: R’bk:resistencia característica específica. R’b ensayo:resistencia mínima individual de la serie.

De no cumplirse las DOS (2) condiciones, se efectuará el descuento mayor. El descuento se aplicará al volumen de hormigón correspondiente a los elementos estructurales en que se haya empleado el hormigón representado por las muestras fallidas. b) Que el hormigón de la estructura no cumpla con las condiciones fijadas en el reglamento para considerar satisfactoria la resistencia de la misma. En este caso la estructura será demolida en la zona que no cumpla las condiciones especificadas. El tiempo que insuma la ejecución de los ensayos complementarios, así como su tramitación y/o eventual tarea de demolición, no será causal para solicitar prórroga del plazo contractual.

Artículo 14: Medición y pago a) Carácter de los Precios Unitarios Dichos precios será compensación total por la provisión de todos los materiales necesarios para llevar a cabo la obra, (con excepción de aquellos que se liquiden por separado); por los materiales y mano de obra necesarios para la ejecución de los encofrados, apuntalamiento y puentes de servicios; por la colocación en obra de los diversos materiales solos o mezclados; por los materiales y mano de obra necesarios para realizar el curado de las estructura de acuerdo a lo especificado; por los gastos (directos o indirectos) que demandaren la concreción de pruebas y ensayos especificados (y aquellos que a juicio de la Inspección fuera necesario y no contemplada en las presentes especificaciones); por la provisión y mantenimiento del equipo, herramientas y accesorios indispensables para ejecutar los trabajos

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de conformidad con la presente especificación y por la conservación de las obras hasta la recepción provisoria. b) Medición b.1) Cámaras y Bocas Cualquier clase de hormigón simple y/o armado para estructuras, preparado y colocado de acuerdo con esta especificación y restante documentación contractual, será medido por metro cúbico, computándose en este caso las estructuras aceptadas por la Inspección - con las dimensiones indicadas en los planos del proyecto y las modificaciones autorizadas por la misma. En el caso de bocas, el computo se realizará desde el paramento exterior del conducto hormigonado “in situ” hacia arriba. b.2) Tuberías ejecutadas en el lugar Se realizará por metro lineal ejecutado y aprobado por la Inspección. La medición se realizará en todos los casos, siguiendo el eje de la tubería construida. La longitud efectiva a computar será la comprendida entre los paramentos externos de dos cámaras consecutivas. Cuando se trate de empalmes directos de tuberías hormigonadas “in situ”, entre sí, se considerará como sigue: b.2.1) Para la tubería de menor diámetro, se medirá hasta la intersección de su eje con el paramento externo del conducto de mayor diámetro. b.2.2) Para el conducto de mayor diámetro no se considerarán descuentos de longitud. No se descontará longitud alguna en correspondencia con cada boca. b.2.3) En casos de conductos de ejecución “in situ”, en túnel; los tramos en los que se coloquen armaduras, se medirán como si se hubiesen construido en túnel. b.3) Obras de Descarga Se computará por metro cúbico de hormigón armado colocado y aprobado por la Inspección. El volumen máximo de hormigón armado a reconocer, será el que surja de las dimensiones de los planos de proyecto, excepto que la Inspección hubiere autorizado modificaciones. c) Pago c.1) Cámaras y bocas Los volúmenes de hormigón simple y armado medidos en acuerdo con lo especificado en el Apartado a.1) anterior, serán liquidados al precio unitario contractual establecido para cada clase de hormigón. c.2) Tuberías ejecutadas en el lugar

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La liquidación se realizará por metro lineal ejecutado y aprobado por la Inspección. La liquidación se hará al precio unitario contractual establecido para cada diámetro. Considerando que no se descontará la longitud de los tramos reforzados con armaduras, en el caso de conductos de ejecución “in situ” en túnel; como así tampoco en el caso de conductos a construirse “in situ” a cielo abierto que reciban una boca, los costos que demanden - por todo concepto - los trabajos necesarios para materializar tales refuerzos. se considerarán incluidos en el precio unitario contractual del metro lineal del conducto respectivo para el diámetro que corresponda. Idéntico criterio se aplicará para las tareas de proyecto de doblado de hierros que ordene la Inspección y apruebe la Dirección Técnica. c.3) Obras de Descarga Los volúmenes de hormigón armado, medidos según lo previsto en el apartado b.3) anterior, se liquidarán como sigue: c.3.1) Hasta el 80 % (ochenta por ciento) una vez completadas las tareas de hormigonado, aprobadas por la Inspección. c.3.2) El porcentual restante una vez ejecutadas la totalidad de las tareas faltantes previstas en el proyecto, tales como barandas de protección, rellenos, protección rocosa, etc. El costo - que por todo concepto - demanden las obras complementarias, previstas en el proyecto, no recibirán pago directo alguno; considerándose el mismo incluido en el precio unitario contractual del hormigón armado. Queda expresamente aclarado, que los gastos que demanden al Contratista la protección del hormigón durante fríos intensos o períodos de elevada temperatura, no recibirán pago directo alguno, considerándose incluidos en los precios unitarios respectivos.

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Capítulo 7: MOVIMIENTO DE SUELOS

Artículo 1: Descripción En esta especificación se establecen las normas para la ejecución de movimientos de suelos. Previa limpieza del terreno, el trabajo consiste en la extracción de todos los materiales en volumen que abarca la fundación o emplazamiento del elemento y su distribución en los lugares indicados por la Inspección dentro de la distancia común de transporte fijada para el proyecto. Comprende asimismo la ejecución de ataguias, drenajes, bombeos, apuntalamientos, tablestacados provisorios, la provisión de todos los elementos necesarios para estos trabajos y el rellenamiento de los excesos de excavación hasta el nivel de la superficie libre después de haber construido el elemento estructural correspondiente. Incluirá asimismo la conformación, el perfilado y la conservación de taludes, banquinas, calzadas, subrasantes, cunetas, préstamos y demás superficies originadas o dejadas al descubierto por la excavación. Para el caso especial de excavaciones dentro de cilindros o cajones, las mismas serán ejecutadas en la forma y con los medios que en cada caso el Contratista estime más conveniente. Debe entenderse por cota de la superficie libre la del terreno natural, cuando los planos no especifiquen alguna otra particular, a aquellas tales como:

✳ Fondos de desagües, canales, préstamos, etc.

✳ Fondos o taludes definitivos de cauces (casos de rectificaciones o limpieza de los mismos cuando la excavación ejecutada se superponga con estos trabajos).

✳ Caja para badenes.

✳ Cota para terraplenes existentes cuando la excavación deba ejecutarse en

coincidencia con alguno de ellos.

✳ Caja abierta para defensa, rápidos, saltos, etc. Se regirá también por esta especificación toda excavación necesaria para la ejecución de dientes, revestimientos y elementos de defensa, por debajo de la cota de la superficie libre antes definida. Asimismo, se regirá por esta especificación, el relleno de excavaciones para cañerías, incluyendo el proceso de tapada y compactación, los terraplenamientos necesarios, el transporte del material sobrante, y otras tareas de presentación frecuente en Sistemas Pluviales.

Artículo 2: Métodos Constructivos

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No podrá iniciarse excavación alguna sin la autorización previa de la Inspección. El Contratista notificará a la Inspección con antelación suficiente, el comienzo de todo trabajo de excavación autorizado, con el objeto de que el personal de la Inspección realice las mediciones previas necesarias de manera de que sea posible determinar posteriormente el volumen excavado. No se impondrán restricciones al Contratista en lo que respecta a los medios y sistemas de trabajo a emplear para ejecutar las excavaciones, pero ellos deberán ajustarse a las características del terreno en el lugar, a las demás circunstancias locales y a las Especificaciones Técnicas. No obstante la Inspección podrá ordenar al Contratista las modificaciones que estime convenientes. El Contratista será el único responsable de cualquier daño, desperfecto, o perjuicio directo o indirecto, sea ocasionado a personas, a las obras de las mismas o a edificaciones e instalaciones próximas, derivado del empleo de sistemas de trabajo inadecuados y de falta de previsión de su parte. El Contratista evaluará e interpretará los resultados de los Estudios de Suelos para determinar la necesidad de entibamientos o tablestacados, apuntalamientos, drenes, desagotes, riesgo que implica la proximidad a los pozos y zanjas de los equipos de trabajo y toda otra medida necesaria para la protección de los trabajadores, estructuras adyacentes, instalaciones próximas, etc. de los peligros de desprendimientos y/o hundimientos del suelo durante las excavaciones y colocación de cañerías o ejecución de las mismas en el sitio. La Inspección podrá exigir al Contratista, cuando así lo estime conveniente la justificación del empleo del sistema o medios determinados de trabajo o la presentación de los cálculos de resistencia de los enmaderamientos, entibaciones y tablestacados, a fin de tomar la intervención correspondiente, sin que ello exima al contratista de su responsabilidad. Todos los materiales aptos producto de las excavaciones serán utilizados en la formación de terraplenes, banquinas, rellenos y todo otro lugar de la obra indicado en los planos o por la Inspección. Los productos de la excavación que no sean utilizados serán dispuestos en forma conveniente en lugares aprobados por la misma. Los depósitos de materiales deberán tener apariencia ordenada y no dar lugar a perjuicios en propiedades vecinas. El suelo o material extraído de las excavaciones que deba emplearse en ulteriores rellenos, se depositará provisoriamente en los sitios más próximos a ellas, en que sea posible hacerlo y siempre que no se ocasionen entorpecimientos innecesarios al tránsito, cuando no sea imprescindible suspenderlo; como así tampoco al libre escurrimiento de las aguas superficiales, ni producirán cualquier otra clase de inconvenientes que a juicio de la Inspección pudiera evitarse. Si el Contratista tuviera que realizar depósitos provisorios y no pudiera o no le conviniera efectuarlos en la vía publica; y en consecuencia debiera recurrir a la ocupación de terrenos y zonas de propiedad fiscal o particular, deberá gestionar previamente la autorización del propietario respectivo, por escrito; aún cuando la ocupación fuera a título gratuito; remitiendo copia de lo actuado a la Inspección. Una vez desocupado el terreno respectivo remitirá igualmente a la Inspección testimonio de que no existen reclamaciones ni deudas pendientes derivadas de la ocupación.

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Tal formalidad no implica responsabilidad alguna para la Municipalidad de Rosario y tan sólo se exige como recaudo para evitar ulteriores reclamaciones en su carácter de Comitente de los trabajos. Durante la ejecución se protegerá la obra de los efectos de la erosión, socavaciones, etc., por medio de cunetas o zanjas provisorias u otras obras apropiadas. Los productos de los deslizamientos deberán removerse y acondicionarse convenientemente en la forma indicada por la Inspección. Se conducirán los trabajos de excavación en forma de obtener una sección transversal terminada de acuerdo con el proyecto. No se deberá salvo orden expresa de la Inspección efectuar excavaciones por debajo de las cotas de proyecto indicadas en los planos. La Inspección podrá exigir la reposición de los materiales indebidamente excavados estando el contratista obligado a efectuar este trabajo por su exclusiva cuenta de acuerdo con las especificaciones del Artículo 4 siguiente y órdenes que al efecto imparta la misma. El Contratista deberá adoptar las medidas necesarias para evitar deterioros de canalizaciones e instalaciones que afecten el trazado de las obras; siendo por su cuenta los apuntalamientos y sostenes que sean necesarios realizar a ese fin y los deterioros que pudieran producirse en aquellas. En el caso de emplearse enmaderamientos completos, tablestacados metálicos o estructuras semejantes, deberán ser de sistema y dimensiones adecuadas a la naturaleza del terreno de que se trate, en forma de asegurar la perfecta ejecución de la parte de obra respectiva. En el caso de excavaciones, en las que se presenten instalaciones subterráneas existentes que deban quedar transitoriamente descubiertas, serán rigurosamente protegidas – por el Contratista – contra actos vandálicos o cualquier otra acción que pudiera poner en riesgo las mismas. Al finalizar los trabajos las instalaciones existentes, deberán quedar en idénticas condiciones de seguridad a las que fueron encontradas.

Artículo 3: Excavaciones para Fundaciones La profundidad de las excavaciones para cimientos, bases de hormigón armado, zapatas, paredes, etc. será la que se indica en los planos de proyecto. Si no se indicasen, serán determinadas en cada caso por la Inspección. El fondo de las excavaciones será previamente nivelado y apisonado. Si preparados los pozos y zanjas para las fundaciones, de plateas, zapatas, tabiques, etc. se produjeran lluvias que ablandaran el fondo de las mismas, el Contratista estará obligado a excavarlas a mayor profundidad hasta encontrar terreno seco y firme, apto para cimentar, si lo autoriza la Inspección. En caso contrario, alcanzará los niveles de proyecto mediante relleno con Hormigón N.

Artículo 4: Excavaciones a Cielo Abierto para Cañer ías

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El fondo de la excavación tendrá la pendiente que indiquen los planos respectivos, o la que oportunamente fije la Inspección. Se ejecutarán las excavaciones para la colocación de caños de acuerdo con los trazados y dimensiones señalados en los planos y/o planillas respectivas. Si la consistencia del terreno y restantes requerimientos técnicos lo permitiesen se admitirá la ejecución en forma alternada, de túneles y zanjas, en lugar de zanjas corridas, debiendo dejarse los túneles, rellenados con suelo - cemento o arena o cemento-arena, de conformidad a lo previsto en el Artículo 10 del presente capítulo. El Contratista deberá rellenar por su cuenta con hormigón pobre reforzado mixto tipo Q1, indicado en la Especificación “Morteros y Hormigones Pobres”, toda excavación hecha a mayor profundidad que la indicada, donde el terreno hubiera sido disgregado por la acción atmosférica o por cualquier otra causa imputable o no a imprevisión del Contratista. Este relleno de hormigón deberá alcanzar el nivel de asiento de la obra de que se trate. La Inspección controlará la profundidad y el ancho de las zanjas cada quince metros, no admitiendo desviaciones superiores al 10% en relación a las previsiones del proyecto. No se alcanzará nunca de primera intención, la cota definitiva del fondo de las excavaciones, sino que se dejará siempre una capa de 0.10 metros de espesor que sólo se recortará en el momento de asentar las obras correspondientes o instalar cañerías. Durante las excavaciones, se cuidará que el fondo de las mismas no se esponje o experimente hundimientos. Si ello no fuere posible, se compactará - con medios adecuados - hasta lograr la densidad original o la que indique la Inspección. Si la capacidad portante del fondo de las excavaciones fuera inferior a 0.5 Kg/cm2, el Contratista deberá mejorar el terreno mediante sustitución o modificación de su estructura. La sustitución consistirá en el retiro del material indeseable y la colocación de arena o grava. La modificación se realizará mediante la adición de suelo seleccionado mejorado con arena y/o cal y/o cemento y posterior compactación. Las obras se construirán con las excavaciones en seco. Si no existiesen previsiones en el proyecto o las mismas fueran insuficientes el Contratista adoptará el método de eliminación de aguas subterráneas, drenaje o depresión de napa que resulte suficientemente efectivo. Para la defensa contra avenidas de aguas superficiales el Contratista construirá, ataguías, tajamares o terraplenes según sea conveniente, previa aprobación de la Inspección.

Artículo 5: Excavaciones en Túnel para Conductos El número de pozos de trabajo para la ejecución del túnel queda limitado en forma tal que la distancia entre los mismos no supere los 50 (cincuenta) metros, salvo autorización de la Inspección a pedido expreso del Contratista y en casos que justifiquen la excepción. La excavación terminada podrá aventajar al conducto ejecutado solamente hasta un máximo de 50 (cincuenta) metros, siempre que las condiciones del terreno ofrezcan

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suficiente seguridad. Esta distancia podrá modificarse a juicio de la Inspección cuando razones de orden técnico así lo justifiquen, fijándose de ser necesario tiempos máximos. El Contratista deberá entibar totalmente los pozos de trabajo y colocará en los mismos y fuera de la zona de movimiento de materiales, una escalera con descansos intermedios a fin de permitir un seguro y cómodo descenso al fondo de la excavación, admitiéndose la colocación de escaleras marineras provistas con “guardahombre” correspondiente. Los pozos de trabajo se deberán cerrar perimetral y totalmente con un cerco permanente, cuyas características, serán las que se indican en el Apartado f) del Artículo 7, siguiente. La falta de cumplimiento de esas medidas de seguridad serán sancionadas con la aplicación de las multas establecidas en los Pliegos de Condiciones Contractuales. Para el relleno de los pozos de trabajo se procederá según lo establecido en el Artículo 10 del presente Capítulo.

Artículo 6: Excavaciones para Zanjas de Desagüe y C anales

Los trabajos se conducirán de forma de obtener una sección transversal terminada de acuerdo a proyecto, con los taludes conformados y perfilados con la pendiente prevista en el mismo y la solera en la posición altimétrica y planimétrica incorporados a aquel.

No se admitirá efectuar excavaciones por debajo de las cotas de proyecto indicadas en los planos. En tal caso, la Inspección ordenará al Contratista, el inmediato relleno y compactación, en un todo de acuerdo al apartado a.5) del Artículo 10 del presente Capítulo, en un espesor no menor de 0.25 metros y que abarque todo el ancho de la solera, cubriendo el largo del sector excavado con más 1,00 m a cada lado del mismo. Los costos de tales trabajos de relleno y compactación correrán por cuenta del Contratista.

Artículo 7: Medidas de Seguridad a) Protección Deben vallarse o cercarse las áreas de trabajo para evitar que se vea afectada tanto la seguridad de los trabajadores como el tránsito de peatones y vehículos. Las vallas pueden ser de madera o metálicas, de una altura aproximada de un metro, compuestas por travesaños horizontales y rodapié. Deberán pintarse a rayas inclinadas de color rojo y blanco. Los pozos que permanezcan abiertos en veredas tales como los de sumideros, deberán cubrirse en forma completa con rejas de madera, de forma preferentemente cuadrada y de dimensiones suficientes para protegerlo en su totalidad. El apoyo sobre el piso debe ser franco. El citado elemento debe tener una resistencia capaz de soportar el peso de un hombre. Las excavaciones practicadas en veredas se cubrirán en forma completa con tablones, en todo momento en que no se estén realizando tareas en el sitio.

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Las zanjas deben quedar valladas en toda su longitud y balizadas durante la noche. Los pozos de trabajo para excavaciones en túneles deben permanecer sólidamente vallados en todo su perímetro con una estructura marco metálica o de madera dura, con alambre tejido galvanizado a satisfacción de la Inspección, idéntico tratamiento se otorgará a los pozos destinados a la ejecución bocas y cámaras. Entre la valla y el borde de la excavación deberá dejarse una distancia mínima de 1.00 metro. Si el Contratista no cumpliera con estos requisitos, la Inspección de obras podrá ordenar la suspensión de las obras en su totalidad o parcialmente hasta que el Contratista haya realizado el trabajo requerido. El Contratista será responsable por cualquier daño a la propiedad y/o muerte o perjuicio originado por la falta de suficiente protección y/o soporte a las excavaciones. En zanjas sin apuntalar, el material excavado se colocará a una distancia no menor a la mitad de la profundidad de la zanja medida desde el borde de la misma, a fin de evitar deslizamientos del terreno por sobrecarga. La entibación se revisará diariamente antes de comenzar la jornada laboral. Cuando los trabajadores deban cruzar por encima de una zanja se dispondrá de los correspondientes elementos de paso. b) Señalización: Toda zanja o pozo debe quedar perfectamente señalizado durante todo el día como durante la noche. En la obra se señalizarán con los letreros adecuados todos los obstáculos e interrupciones que existan en la zona de tránsito tanto de vehículos como de personas. Durante la noche se balizará con luces, y durante el día se colocarán banderas rojas o señales refractarias. Las zanjas deben demarcarse mediante cintas plásticas de seguridad, de color rojo y blanco. Se debe tener en cuenta que la cinta de seguridad es solamente un elemento de señalización y no de protección, por lo cual no puede sustituir de manera alguna el uso de los efectivos elementos de protección. Asimismo se colocarán carteles de señalización que adviertan el peligro de zanja abierta, o la presencia de hombres o máquinas trabajando. Los carteles deben ser fácilmente visibles y ubicados de frente al sentido de circulación de manera que puedan ser rápidamente advertidos por los peatones o conductores. Cuando los trabajos afecten parcialmente la calzada se deberá encauzar el tránsito mediante conos de goma y se señalizará con carteles que indiquen el desvío desde los 100 metros anteriores. c) Contención de tierra

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En el caso que la Inspección lo permita, y mientras se ejecutan los trabajos, el material proveniente del levantamiento de veredas y el suelo excavado se depositará provisoriamente en la vía pública. Los permisos, depósitos de garantía y derechos municipales para realizar depósitos en la vía pública serán gestionados por el Contratista y correrán por cuenta del mismo. Toda la tierra resultante de la excavación debe quedar contenida por algún método eficaz. Para zanjas practicadas en veredas resulta conveniente que la tierra sea también vertida sobre la vereda, de manera de no obstaculizar el libre escurrimiento a lo largo de los cordones ni de las zanjas, ni interrumpir el normal tránsito vehicular por la calzada. Una alternativa posible es colocar maderas de contención compuesta por dos tablones como mínimo y ubicadas entre bretes metálicos. Las maderas de contención deberán quedar perfectamente alineadas. Otra alternativa posible, es proceder a encajonar la tierra resultante, en cajones de madera perfectamente estancos. Queda expresamente aclarado que, si por causas debidamente fundadas, la Dirección Técnica, fijara otros criterios para la contención de tierra y disposición final de la misma, tales criterios deberán ser estrictamente respetados por el Contratista. En caso de zanjas en calzada, generalmente de mayor profundidad, la tierra resultante debe colocarse por lo menos a una distancia de 1.00 metro del borde de la excavación, de manera de evitar caídas accidentales de material al fondo de la misma y evitando además la sobrecarga de los taludes. Para impedir la caída de escombros, de materiales, de útiles o de objetos de cualquier naturaleza en el interior de las excavaciones de más de 1.50 metros de profundidad, es conveniente que éstas estén rodeadas de zócalos cuya altura sea por lo menos de 0.15 metros. d) Pasos Peatonales y Accesos Domiciliarios La construcción de las obras por parte del Contratista no deberá causar inconvenientes innecesarios al público. El Contratista deberá tener siempre presente, durante la planificación de las obras, el derecho de acceso del público. A menos que la Dirección Técnica indique lo contrario, el tránsito de vehículos no será permitido durante la ejecución de las obras. Cuando lo requiera la Dirección General de Tránsito el Contratista tendrá que proveer desvíos o rutas alternativas previamente aprobada por dicha Dirección General. El Contratista deberá proveer y mantener acceso seguro y adecuado para peatones y vehículos cuando con las obras pase por delante de colegios, iglesias, puertas cocheras de garajes públicos o particulares, galpones, depósitos, fábricas, talleres y establecimientos de naturaleza similar. Para tal efecto el Contratista colocará puentes o

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planchadas provisorios. El acceso deberá ser continuo y sin obstrucciones, a menos que la Inspección apruebe lo contrario. Cuando la Inspección lo requiera para excavaciones a cielo abierto cuyo ancho sea menor o igual a 1 m (un metro), el Contratista colocará tarimas protectoras que cubran en su totalidad la misma. Para anchos de excavación mayor a 1 m (un metro) se deberán emplear barandas rígidas continuas en la totalidad de su perímetro. Cada paño de las mismas será como se describe a continuación:

- Longitud: 3 m - Alto: 1,25 m - Material del bastidor: caño de acero de 38 mm de diámetro. - Color: blanco y rojo.

Los marcos se deben cubrir con alambre tejido soldado al bastidor de malla 40 x 40 mm. Los paños deberán disponer de un dispositivo de encastre entre ellos a fin de garantizar la continuidad de la cerca.

Cada dos paños se deben colocar carteles de 1 m x 0,60 m con la siguiente

inscripción:

Colores: fondo blanco con letras y guarda perimetral en rojo. En caso de disponerlo, la Inspección no autorizará el inicio ni continuación de las excavaciones hasta que se encuentre al pie de obra la totalidad del cerco perimetral necesario para la apertura a realizar en la jornada y no se permitirá el retiro del mismo hasta concluir la tapada. El Contratista deberá cooperar con las diferentes entidades encargadas en el reparto del correo, recolección de residuos sólidos y demás servicios de tal forma que se puedan mantener los horarios existentes para su prestación. En las zanjas cuya apertura se realice sobre veredas, se dejará un ancho mínimo del orden de 0,80 metros desde la línea de edificación de manera de ofrecer un paso para los peatones, debiendo quedar en todo momento libre de obstáculos y correctamente señalizado y balizado. e) Uso de Escaleras en General Siempre que la profundidad de la zanja o pozo sea superior a 1,50 metros se accederá por medio de escaleras. El apoyo inferior ha de ser siempre firme.

“PELIGRO EXCAVACION PROFUNDA” “PROHIBIDO EL INGRESO” “CONTRATISTA ..............................” “Al servicio de la Municipalidad de Rosario” “Teléfono para emergencias ........................”

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Si el terreno sobre el que se ha de trabajar no tiene suficiente firmeza y el peso del operario determinase que los apoyos vencieran el plano sobre el que descansa la escalera, es necesario formar un asentamiento mediante una plancha rígida y resistente. Se considerará una inclinación adecuada de la escalera aquella en que la distancia entre el apoyo inferior y la vertical del superior es ¼ de la longitud de la escalera. Si la escalera se utiliza para acceder a plataformas, su extremo superior debe sobresalir al menos un metro sobre el punto donde se apoya. Se mantendrá perfectamente despejados los accesos a las escaleras. Tanto la subida como la bajada se hará con, al menos, una mano libre y sujetándose a los peldaños. No se permitirá que dos o más operarios permanezcan, simultáneamente en la misma escalera. Las escaleras de madera estarán constituidas por largeros de un solo tramo, con peldaños ensamblados. Deben ser retiradas del uso todas aquellas escaleras que presenten defectos. Para poder detectar y visualizar las imperfecciones éstas escaleras nunca deben pintarse. Las escaleras metálicas deben protegerse contra la corrosión, resultando recomendable el uso de escaleras de aluminio. f) Trabajos en Túnel La ventilación de los pozos de trabajo y de túneles deberá ser lo suficientemente eficaz para lograr una atmósfera con no más de 0,10 % de anhídrido carbónico. Si se emplearan chimeneas deberán contar con tapas que aseguren hermeticidad mientras no sean utilizadas, siendo de exclusiva responsabilidad de la Contratista los daños y perjuicios que pudiesen producirse por estar descubiertas sin la protección correspondiente. La atmósfera de los túneles y pozos de trabajo, se verificará permanentemente por medio de un método aceptado y contrastado por la Inspección. Obligatoriamente se empleará corriente eléctrica de baja tensión de 24 voltios, a fin de evitar riesgos al personal pero se admitirá el accionamiento de motores y equipos con energía eléctrica a mayor tensión que la indicada debiendo en este caso poseer un tablero con un disyuntor diferencial y adoptarse las correlativas precauciones de aislación y protección mecánica de los conductores, tableros y aparatos eléctricos, a satisfacción de la Inspección. En la Oferta deberá indicarse claramente la tensión que se prevé utilizar y las aislaciones y protecciones mecánicas que se usarán. Todas las cañerías, cables y alambres serán debidamente fijados a lo largo del túnel para evitar accidentes y para que ofrezcan la seguridad de su funcionamiento. El Contratista hará revisar frecuentemente las instalaciones y tomará todas las precauciones necesarias para evitar fugas de aire, de agua, gas o energía eléctrica, en las respectivas canalizaciones.

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Los pozos de trabajo deberán ser rodeados de un cerco perimetral perfectamente tenso, el mismo será construido según las siguientes disposiciones: f.1) El cerco será de alambre tejido de malla 40x40 mm, de 2,30m de altura. Los postes serán de madera de 4”x4” u otro material equivalente separados entre sí no más de 3 m. Los mismos deberán empotrarse en el terreno no menos de 0.80 m. Una vez retirados los mismos la Contratista deberá reponer el material original del terreno. f.2) Contará con dos portones de dos hojas en coincidencia con la tolva para permitir el ingreso de camiones a la misma. Los mismos deberán permanecer cerrados hasta el momento de efectuar la descarga. Durante la noche se deberán cerrar con candado. f.3) La distancia del cerco al pozo de trabajo y a la tolva será fijada por la Inspección en función de la disponibilidad del lugar. f.4) En los cuatros laterales del cerco se deben colocar carteles de 1m x 0,60 m con la siguiente inscripción:

Colores: fondo blanco con letras y guarda perimetral en rojo. La Inspección no autorizará el inicio de la excavación hasta que se encuentre totalmente realizado el cerco perimetral y no permitirá el retiro del mismo hasta concluir la tapada del pozo de trabajo. Tanto el cerco perimetral de los pozos de trabajos, como en las barandas continuas de excavación a cielo abierto, en los desvíos de tránsito y en todo lugar que indique la Inspección, el Contratista deberá colocar por la noche faroles rojos en número suficiente, dispuestos en forma de evitar cualquier posible accidente. Los faroles serán alimentados por energía eléctrica con una tensión máxima de 24 voltios. El costo de las medidas de seguridad descriptas, la instalación de alumbrado y fuerza motriz, de renovación de aire, de los entibamientos necesarios, el de los materiales que no puedan ser retirados y el de todo otro trabajo accesorio o eventualidad que incida en la ejecución de las excavaciones en túnel se considerarán incluido en el precio unitario contractual de la excavación correspondiente. Las medidas de seguridad enunciadas para Trabajos en Túnel, se consideran las mínimas imprescindibles, debiendo el Contratista tomar todas las medidas necesarias para asegurar que no se produzcan accidentes, debiendo cumplimentar estrictamente las Leyes y disposiciones que rigen la ejecución de trabajos en lugares insalubres, en acuerdo con la Ley Nº11544, sus complementarias y modificatorias; y disposiciones restantes. La falta de

“PELIGRO EXCAVACION PROFUNDA” “PROHIBIDO EL INGRESO” “CONTRATISTA ..............................” “Al servicio de la Municipalidad de Rosario” “Teléfono para emergencias ............................”

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cumplimiento serán sancionadas con la aplicación de las multas previstas en los Pliegos de Condiciones Contractuales. Los gastos que por todo concepto le demanden al Contratista las Medidas de Seguridad dispuestas en el presente Artículo o que dispongan la Dirección Técnica y/o la Inspección no recibirán pago directo alguno, considerándose incluidos en los precios unitarios del ítem de excavación respectivo, o bien en el precio unitario del ítem al cual se asocia la medida de seguridad.

Artículo 8: Desagües El Contratista proveerá los materiales, equipos y mano de obra necesarios para mantener y proteger los desagües públicos y domiciliarios de conformidad con la documentación contractual. Toda vez que con motivo de las obras se modifique o impida el desagüe a los albañales u otras canalizaciones, el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar perjuicios al vecindario. Inmediatamente determinadas las partes de las obras que afectaban dichos desagües, el Contratista deberá restablecerlos en la forma primitiva. El Contratista ejercitará todas las precauciones razonables para proteger las cunetas, drenajes y acumulaciones de agua contra la contaminación y deberá programar sus operaciones de forma tal que pueda minimizar la creación de barro y sedimentos en dichas instalaciones. El control de la contaminación de agua deberá consistir en la construcción de aquellas instalaciones que puedan ser requeridas para prevenir, controlar y suprimir la contaminación de la misma. El Contratista deberá mantener un sistema de drenaje dentro, y, a través del sitio o lugar de trabajo. No se permitirán embalsamientos hechos con tierra en áreas pavimentadas. Se admitirán embalsamientos temporales hechos con bolsas de arena u otro material autorizado por la Inspección para proteger el área de trabajo cuando sea necesario, siempre que su uso no cree una situación peligrosa o fastidio al público. Dichos embalsamientos se removerán del sitio una vez que no sean necesarios. No deberá interrumpirse el transporte y eliminación de aguas servidas. En el caso de que el Contratista interrumpa las instalaciones cloacales existentes deberá transportarse el flujo cloacal en conductos cerrados y eliminarse mediante un sistema de cloacas en condiciones sanitarias adecuadas. No se permitirá la conducción de residuo cloacal hacia el interior de zanjas ni su cobertura posterior con relleno.

Artículo 9: Restricciones en la Ejecución de Excava ciones en Zanjas. La excavación no podrá aventajar en mas de cien (100) metros a la cañería colocada y tapada, con la zanja totalmente rellena en cada tramo en que se trabaja, pudiendo ser modificada esa distancia a juicio exclusivo de la Inspección (fundamentando tal decisión), si las circunstancias lo aconsejaren. Si el Contratista no cumpliera lo establecido precedentemente, la Inspección le fijará un plazo para colocarse dentro de las condiciones establecidas y en caso de incumplimiento se hará pasible de multas de acuerdo a lo establecido en los Pliegos de Condiciones Contractuales, por cada día de atraso y por cada

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frente de trabajo sin perjuicio del derecho de la Municipalidad de Rosario de disponer la ejecución de los trabajos por cuenta del Contratista. En caso que el Contratista interrumpiese temporariamente las tareas en un frente de trabajo, deberá dejar la zanja con la cañería colocada perfectamente rellenada y compactada. Si la interrupción de los trabajos se debiera a causas justificadas y debidamente comprobadas por la Inspección y la zanja con la cañería colocada o sin ella quedase abierta, el contratista tomará todas las precauciones necesarias para evitar accidentes, colocando las protecciones adecuadas, de conformidad a lo expuesto en el Artículo 7 anterior. El Contratista será el único responsable de los accidentes que se produzcan y se comprueben hayan ocurrido por causa de señalamiento o protección deficiente.

Artículo 10: Rellenos y Compactación El Contratista efectuará rellenos y terraplenamientos completos, de conformidad con la documentación contractual. El relleno no será volcado directamente sobre los caños o estructuras. No se colocará relleno hasta haber drenado totalmente el agua existente en la excavación, excepto cuando se trate de materiales para drenaje colocados en sectores sobre-excavados. El material de relleno se colocará en capas. El espesor de cada capa será compatible con el sistema y equipo de compactación empleado. En cualquier caso el espesor de cada capa luego de compactada no excederá de 20 centímetros. La operación será continua hasta la finalización del relleno. El Contratista procederá tan pronto como sea posible a rellenar las excavaciones que deban quedar en tal condición. Cuando sea necesario excavar más allá de los límites normales para retirar obstáculos, los vacíos remanentes serán rellenados con material apropiado. Los vacíos dejados por tablestacados, entibamientos y soportes serán rellenados en forma inmediata con arena, de manera tal que se garantice el llenado completo de los mismos. a) Materiales para relleno a.1) Tierra Se empleará tierra para relleno, en los siguientes casos; salvo que el proyecto

indique el empleo de otros materiales:

✳ Llenado de zanjas para instalación de cañerías. ✳ Conformación de terraplenes. ✳ Llenado de excavaciones alrededor de estructuras. ✳ Pozos de trabajo

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La tierra para relleno estará libre de pastos, raíces, matas y otra vegetación. El límite líquido no será superior a 50. No se admitirá el uso de tierra para relleno que contenga elementos agresivos al hormigón en mayor cantidad que el suelo propio del lugar. No se admitirá el empleo de tierra para relleno que tenga humedad excesiva, considerando como tal un contenido de humedad que supere al determinado como óptimo para compactación en mas de un 5% en peso. Donde se haya especificado el uso de tierra para relleno se admitirá que el Contratista emplee material granular que pueda clasificarse como arena, incluyendo suelos Tipo SM y SC, de acuerdo con la Norma IRAM 10509/1982. “Clasificación de Suelos con Propósitos Ingenieriles”. a.2) Arena Se utilizará arena para relleno en los lugares donde indiquen la documentación contractual.

Se considera arena para relleno todo material que pueda clasificarse como arena limpia (SW, SP) de acuerdo con la Norma IRAM 10509/1982 “Clasificación de Suelos con Propósitos Ingenieriles”. La arena para relleno estará libre de pastos, raíces, matas y otra vegetación. No contendrá mezclas con suelos orgánicos. No se admitirá el uso de arena para relleno que contenga elementos agresivos al hormigón en mayor cantidad que el suelo propio del lugar. a.3) Grava Se utilizará grava para relleno en los lugares donde indique la documentación contractual, pudiendo emplearse para los siguientes fines:

✳ Relleno de zanjas para la instalación de cañerías. ✳ Conformación de bases de grava para soporte de cañerías o estructuras. ✳ Relleno de excavaciones alrededor de estructuras.

Se considera grava para relleno a todo material que pueda clasificarse como grava limpia (GW, GP) de acuerdo con la Norma IRAM 10509/1982 “Clasificación de Suelos con Propósitos Ingenieriles”. El 100% debe pasar por el tamiz de 25 mm de apertura. La grava para relleno estará libre de pastos, raíces, matas u otra vegetación. No contendrá mezclas con suelos orgánicos. No se admitirá el uso de grava para relleno que contenga elementos agresivos al hormigón en mayor cantidad que el suelo propio del lugar. a.4) Cemento - Arena

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Se empleará como material de relleno una mezcla de cemento y arena en los lugares donde indique la Documentación Contractual, pudiendo emplearse para los siguientes fines:

✳ Relleno de cavidades entre estructuras y suelo excavado. ✳ Cañerías abandonadas. ✳ Relleno de zanjas en correspondencia con la conducción instalada. ✳ Relleno donde se requiere obtener rápidamente resistencia portante para

permitir el tránsito La mezcla cemento-arena será fluida con alto nivel de asentamiento, con una consistencia no disgregable que fluya con facilidad, llenando los vacíos y lugares de difícil acceso. En caso de ser necesario la obtención rápida de capacidad portante se empleará aceleradores de fragüe. En la construcción de terraplenes se utilizará cemento plástico con bajo nivel de asentamiento. La dosificación de las mezclas, así como la características de los materiales y aditivos que se empleen serán propuestos por el Contratista, y aprobados por la Inspección. a.5) Suelo - Cemento El Suelo-Cemento consistirá en una mezcla de suelo, cemento portland y agua, en una mezcla homogenea compactada y curada. Formará una masa dura y uniforme. Se empleará para idénticos fines a los indicados para la mezcla cemento-arena. El suelo a emplear se integrará por material que no exceda los 1,5 mm. de diámetro efectivo, y por lo menos el 80 % deberá pasar por el tamiz Nº 4 (4,8 mm.). El material no deberá producir efectos nocivos al reaccionar con el cemento. El cemento a emplear se ajustará a la Norma IRAM 50.001/2000, y su contenido será determinado por la Norma IRAM 10523/1971. Asimismo el método de ensayo a emplear será el que establece la Norma IRAM 10522/1972. Después de finalizada la colocación y compactación del suelo-cemento, se lo protegerá del tránsito durante 7 (siete) días como mínimo. El curado deberá efectuarse en condiciones húmedas (niebla de agua) u otro método que apruebe la Inspección. En el primer caso, las superficies expuestas del suelo-cemento deberán mantenerse continuamente húmedas con rociado de niebla durante 7 (siete) días. b) Sectores de Relleno de Zanjas La documentación de proyecto podrá distinguir los siguientes casos de relleno de zanjas; con referencia a un perfil transversal de las mismas:

✳ Sector de apoyo de la conducción: área comprendida entre el fondo de zanja y

el extradós inferior de la tubería.

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✳ Sector en correspondencia con la conducción: área comprendida entre el extradós inferior de la tubería y un plano horizontal localizado 0.15 m. por encima del extradós superior de la cañería.

✳ Relleno de zanjas: área comprendida entre un plano horizontal localizado 0.15

m. por encima del extradós superior de la tubería y un plano horizontal ubicado a 0.45 m. por debajo de la superficie terminada, o de la rasante del pavimento si fuese del caso.

✳ Relleno final: área comprendida por encima del plano horizontal localizado 0.45

m. por debajo de la superficie terminada. c) Ejecución de Rellenos c.1) Tuberías Rígidas Si el fondo de zanja no se hubiese removido, quedase recortado de manera uniforme y tuviese suficiente capacidad portante, se admitirá el asiento de la tubería directamente sobre el mismo. El sector en correspondencia con la conducción se rellenará con tierra y compactará cuidando no dañar las tuberías, de modo tal de otorgar soporte lateral a la misma. El relleno de zanja y el relleno final se realizará por capas de no más de 0.20 m. de espesor. En cada una de ellas se deberá alcanzar el grado de compactación previsto. Todos los rellenos se realizarán sin presencia de agua. c.2) Tuberías Flexibles y Semirígidas En todos los casos el sector de apoyo de la conducción y el sector en correspondencia con la misma se rellenarán con arena u otro material que admita la Inspección, y se compactará de manera tal de proveer un asiento uniforme y soporte lateral a la tubería, de manera de asegurar una distribución uniforme de las presiones que deba trasmitir la misma con motivo de las cargas superiores fijas y móviles que recibirá. Si se excediera la ovalización permitida para la tubería, el Contratista deberá retirar el relleno por encima del sector de apoyo; redondear la tubería o reemplazar la misma y proceder nuevamente al relleno, sin costo alguno para la Municipalidad de Rosario. El relleno de zanja y relleno final se realizará en las condiciones previstas para la tubería rígida. Todos los rellenos se realizarán sin la presencia de agua. c.3) Relleno de Excavaciones Alrededor de Estructuras El relleno alrededor de obras de mampostería u hormigón se efectuará luego de que las estructuras hayan adquirido suficiente resistencia como para no sufrir daños. Tampoco se realizará el relleno hasta que la estructura haya sido inspeccionada y aprobada por la Inspección.

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Cuando la estructura deba trasmitir esfuerzos laterales al suelo el relleno se realizará con suelo-cemento o arena-cemento. En estructuras que trasmitan esfuerzos al suelo por rozamiento de su parte inferior, se ejecutará una sobre-excavación de 20 centímetros de profundidad que será rellenada con grava y compactada a una densidad no inferior al 95% de la determinada mediante el ensayo Proctor Normal. c.4) Terraplenamientos Los terraplenes se construirán con los materiales indicados en la documentación de proyecto y en las condiciones que indique la misma. El material de terraplén se colocará en capas. El espesor de cada capa será compatible con el sistema y equipo de compactación empleado. En cualquier caso, el espesor de cada capa luego de compactada no excederá de 20 centímetros. d) Pruebas de Compactación Los métodos de Compactación serán:

✳ Compactación Mecánica empleando equipos estáticos o dinámicos. ✳ Compactación manual empleando pisones de tamaño y peso adecuados.

Se admitirá el empleo de pisones manuales solo para la compactación del sector en correspondencia con la conducción. Salvo que las Especificaciones Técnicas Particulares indiquen otro, el grado de compactación referido al ensayo Proctor Normal requerido será:

✳ Sector de apoyo de la tubería 95% ✳ Sector en correspondencia con la tubería 90% ✳ Relleno de zanjas 90% ✳ Relleno final 90% ✳ Relleno alrededor de estructuras 95%

La Inspección podrá verificar en el terreno el cumplimiento del grado de compactación requerido, empleando cualquier método apto para tal fin.

Artículo 11: Equipos Los equipos usados para estos trabajos, deberán ser previamente aprobados por la Inspección, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables. Todos los equipos y elementos deben ser provistos en número suficiente para completar los trabajos en el plazo contractual, no pudiendo el Contratista proceder al retiro parcial o total de los mismos, mientras los trabajos se encuentren en ejecución, salvo que la Inspección extienda autorización por escrito. Deben ser conservados en buenas condiciones. Si se observaren deficiencias o mal funcionamiento de algunos equipos durante la ejecución de

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los trabajos, la Inspección podrá ordenar su retiro y su reemplazo por otro de igual capacidad y en buenas condiciones de uso.

Artículo 12: Actas de Comprobación Previo a la iniciación de las obras, si la Inspección lo dispusiera, el Contratista deberá efectuar a su costa en forma conjunta con la misma la verificación del estado y particularidades de las fincas frentistas a dichas obras, debiéndose labrar las correspondientes actas de comprobación. De verificarse que las mismas no presentan fisuras alguna, al labrarse el acta respectiva, se podrá agrupar en una sola acta la totalidad de las fincas que se hallen en esta condición y que correspondan a cada cuadra.

Si por el contrario, se notaren deficiencias en los frentes o interiores, deberá labrarse acta singular por cada finca que se hallase en este caso, haciendo constar en forma precisa las irregularidades observadas, debiendo el Contratista proceder a tomar fotografías de las anomalías observadas, las que deberán ser, como mínimo de 18x24 cm. Una copia de aquellas se agregará al acta que se reserva en la Inspección y otra copia, conjuntamente con el negativo será conservada por el Contratista. En todos los casos, las actas labradas deberán ser firmadas por el Contratista, la Inspección y el propietario de la finca. Si este se opusiera ello, no será óbice para labrar el acta respectiva, debiendo, en dicho caso, dejarse expresa constancia de dicha circunstancia avalada en carácter de testigos por dos personas legalmente habilitadas al efecto. De no localizarse o no concurrir el propietario, se procederá como en el caso anterior, agregándose comprobantes de dos (2) citaciones como mínimo. A fin de constatar si las fisuras no han variado en el transcurso de la obra, el Contratista deberá colocar el/los testigos que estimara necesario la Inspección. Antes de la recepción definitiva, se procederá a una nueva inspección, siguiéndose el mismo procedimiento indicado para la realización del acta de constatación. De no verificarse anomalías, se labrará el acta de conformidad suscripta por el Contratista, la Inspección y el Propietario. En el caso de que este se negara a firmar el acta, se procederá en la misma forma que para las actas de comprobación. Caso contrario, el Contratista estará obligado a proceder a la reparación, por su exclusiva cuenta, de la finca afectada, debiéndose una vez finalizado dicho trabajo, proceder a labrar el acta de conformidad en las condiciones antedichas. Se reitera que el Contratista se compromete a ejecutar por su exclusiva cuenta la totalidad de los trabajos que fueren necesarios a fin de subsanar las anomalías observadas en las fincas frentistas, que fuesen imputables a la realización de la obra motivo del presente pliego.

Artículo 13: Transporte del Material Sobrante El material sobrante de las excavaciones luego de efectuados los rellenos y terraplenamientos será transportado por el Contratista a los lugares que indiquen las Especificaciones Técnicas Particulares o que autorice la Municipalidad. La clasificación, carga,

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transporte, descarga y distribución del material, serán ejecutados por el Contratista hasta una distancia máxima de 10 (diez) kilómetros, contados a partir del centro de gravedad de la obra. El Contratista deberá alejar dicho material del lugar de las obras a un ritmo acorde con el de las excavaciones y rellenos. Deberá además disponer el material en los lugares que le indique secuencialmente la Inspección, dentro del predio elegido, de manera de no entorpecer el movimiento de camiones; y simultaneamente distribuir el material por capas y efectuar una compactación ligera si así lo ordenase la Inspección.

Si en el lugar de los trabajos se produjeran acumulaciones injustificadas del material proveniente de las excavaciones, la Inspección fijará plazos para su alejamiento. En caso de incumplimiento, el Contratista se hará pasible de la aplicación de multas de acuerdo a lo establecido en los Pliegos de Condiciones, sin perjuicio del derecho de la Municipalidad de Rosario de disponer el retiro de dicho material por cuenta de aquel. El costo total de los trabajos, se considerarán incluidos en los precios unitarios de las excavaciones respectivas, excepto que las especificaciones técnicas particulares dispongan su reconocimiento mediante ítem específico.

Artículo 14: Drenajes En correspondencia con los conductos a construir “in situ”, sea a cielo abierto ó en túnel; y en correspondencia con los conductos prefabricados de diámetro igual o mayor a 0,90 m de diámetro, se construirán filtros subterráneos, si la posición de la napa freática lo exigiera. El conjunto del dren estará constituido como sigue:

✳ Filtro de material drenante de sección transversal cuadrada, de 0,40 m de lado.

✳ Dren constituido por caños – de cualquiera de los materiales admitidos en el Capítulo 8 siguiente – de 0,20 m de diámetro, colocados a junta abierta, con perforaciones de un (1) centímetro de diámetro, ejecutados en tresbolillo con una separación entre los mismos de 0,10 m

Entre el conducto y el filtro se colocará una membrana impermeable de

polietileno, de 200 micrones de espesor mínimo. Dicha membrana se extenderá de modo de asegurar que el agua freática llegue al filtro, de manera de garantizar que los trabajos – en particular el hormigonado del conducto – se realizarán en seco.

Si fuese conveniente la Inspección podrá ordenar al Contratista la reducción del

nivel freático, mediante la depresión de la napa respectiva, sea mediante bombeo, o por cualquier otro procedimiento que adopte este último, pero que garantiza – en cualquier caso – que las obras se construyan en seco.

Artículo 15: Medición

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a) Excavaciones en General a.1) Zanjas de Desagüe y Canales El volumen de excavación se obtendrá como el producto de la sección neta de excavación de estricto acuerdo a las dimensiones y requerimientos de la documentación contractual, por la longitud de la zanja o canal. Esta última dimensión se establecerá por medio de una línea que una los puntos medios de la base de fondo de las distintas secciones transversales. Si la excavación resultare de altura no uniforme, se adoptará la profundidad promedio para cada sección transversal.

En cualquier caso la distancia máxima entre secciones transversales, - a medir para el cómputo del volumen de excavación, será de 20 (veinte) metros. El Contratista solicitará a la Inspección - si lo creyese conveniente - la reducción de distancia. Tal distancia deberá indefectiblemente reducirse, en caso de verificarse - según las previsiones del proyecto - un cambio de las dimensiones de la sección transversal (base de fondo y/o pendiente de los taludes) de la zanja de desagüe y/o canal, de modo de efectuar el cálculo del volumen excavado, siempre para tramos con la misma sección transversal. a.2) Fundaciones Toda excavación para fundaciones en cualquier clase de terreno se medirá en metros cúbicos, siendo su volumen el resultado de multiplicar el área del plano de asiento de la estructura si este es horizontal o su proyección horizontal en caso de presentar uno o varios planos inclinados, por la altura de la excavación hasta la superficie libre que indiquen los planos. Se tomará la altura hasta el terreno natural, cuando los planos no indiquen alguna otra cota de la superficie libre en el lugar de la ubicación de la estructura a fundar. Se adoptará la profundidad promedio cuando la excavación no fuese de altura uniforme. Los excesos de excavación que el Contratista ejecute para llevar a cabo los trabajos tales como taludes, sobreanchos, etc., no se miden ni se pagan. a.3) Cámaras y Bocas La excavación de Cámaras y Bocas, y su relleno y compactación no se reconocerán al Contratista mediante ítem específico, sino conjuntamente con la excavación, relleno y compactación de los conductos en los que se emplazen.

Si las Especificaciones Técnicas Particulares dispusieran el reconocimiento mediante ítem específico la medición de excavaciones que deban alojar obras de mampostería, hormigón simple o armado, etc., se considerará la sección de mayor proyección en planta horizontal, de acuerdo a los planos respectivos y a la profundidad que resulte de la medición directa desde el plano de fundación, hasta el nivel del terreno natural, no reconociéndose sobre-anchos de ninguna especie en razón de la ejecución de enmaderamientos, apuntalamientos o tablestacados, como asimismo por la necesidad de ejecutar encofrados

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exteriores para las obras de hormigón. En el caso de Bocas, se considerará el paramento externo del conducto que recibe la boca, como plano de fundación. b) Excavaciones para Conducciones y Obras de Descarga b. 1) Conducciones construidas a cielo abierto Los anchos de excavaciones en zanja para cañerías prefabricadas que - como máximo - se reconocerán al Contratista serán las siguientes: Diámetro Ancho de zanjas 0.300 0.70 0.350 0.75 0.400 0.80 0.450 0.85 0.500 0.90 0.550 0.95 0.600 1.00 0.700 1.15 0.800 1.25 0.900 1.35 1.000 1.45 1.100 1.55 1.200 1.65 1.300 1.80 Queda perfectamente aclarado que no se reconocerá al Contratista volumen alguno de excavaciones por nichos para ejecución de juntas. Los anchos de zanjas consignados se considerarán como luz libre entre paramentos de la excavación, no reconociéndose al Contratista sobre-anchos de ninguna naturaleza en razón de la ejecución de enmaderamientos, apuntalamientos o tablestacados. La longitud excavada se medirá en todos los casos siguiendo el eje de la cañería. La profundidad que se adoptará para el cómputo en todos los casos, será el que resulte de la medición directa con respecto al nivel del terreno natural. En el caso de conducciones que se construyan directamente en el lugar, la sección transversal de excavación a reconocer al Contratista será la siguiente:

� Desde el eje horizontal del conducto hasta el terreno natural se considerará un ancho de la excavación igual al diámetro interno del conducto más dos veces el espesor del mismo y más de 0,30 m.

� Desde el eje horizontal del conducto hasta el asiento del mismo sobre el

suelo, se considerará la superficie de medio círculo calculado con el diámetro exterior del conducto.

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Considerando que la excavación de Cámaras y Bocas, y su relleno y compactación, se reconocerá al Contratista conjuntamente con las excavaciones de los Conductos respectivos, estas últimas se medirán como “zanjas corridas” – es decir sin descuento de longitud por presencia de la cámara o boca – no admitiéndose volúmenes adicionales, en razón de sobreanchos, encofrados, etc. b.2) Conducciones Construidas en Túnel La excavación y compactación de los pozos de trabajo no se medirá, puesto que el costo de la misma y del relleno y compactación respectivo, se considerará incluida en los precios unitarios contractuales de la excavación en túnel. Si las Especificaciones Técnicas, dispusieran que el reconocimiento de la excavación de cámaras y bocas, y su relleno y compactación, se llevará a cabo mediante ítem específico, se incluirá en el mismo el volumen total excavado para el pozo de trabajo, descontándose de la longitud de túnel excavado la dimensión de aquel siguiendo el eje de este último. Para la medición de la excavación en túnel se considerará la sección transversal coincidente con el diámetro exterior del conducto a construir. b.3) Obras de Descarga de Desagües Se computará el volumen neto excavado, de estricto acuerdo con las dimensiones consignadas en los planos de proyecto. No se reconocerán mayores dimensiones en razón de la ejecución de enmaderamientos, entibaciones, etc. c) Transporte del Material Sobrante El costo total de las tareas a realizar según lo establecido en el Artículo 13 del presente Capítulo no recibirá pago directo alguno, motivo por el cual no se medirán, pero si las Especificaciones Técnicas Particulares dispusieran su reconocimiento al Contratista mediante ítem específico, la unidad de medición será el m3 x Hm (metro cúbico por hectómetro), es decir se considerará cada metro cúbico – medido en su posición original – transportado una distancia de un hectómetro. d) Drenajes Se computará por metro lineal de filtro instalado, incluyendo todos los servicios, materiales, insumos y trabajos necesarios para asegurar que las obras se construirán en seco.

Artículo 16: Pago a) Carácter de los Precios Unitarios

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Dichos precios serán compensación por todo trabajo de excavación no pagado en otro ítem del Contrato, por la carga y descarga del producto de las excavaciones que deba transportarse en el lugar de las obras; por la carga, transporte, descarga y distribución de los materiales excavados conforme a los requerimientos de la Inspección, por la conformación y perfilado de fondo y taludes de las excavaciones, por el relleno de zonas indicadas por la Inspección, por la totalidad de los rellenos y compactación; por las tareas necesarias, cuando deba extraerse suelo fuera de la zona de obra, por todo trabajo de apuntalamiento, tablestacado provisorio, drenajes, bombeos, que reclame la correcta ejecución de la excavación, por las medidas de seguridad, por el costo de provisión hinca y retiro de tablestacas, de los apuntalamientos necesarios, de los materiales perdidos por no poder ser retirados y de las demás eventualidades inherentes, por la conservación de los desagües y restantes instalaciones existentes, sean públicas o privadas, por el costo de renovación de aire, señalización y demás trabajos accesorios. b) Excavaciones en General El volumen de excavación medido en la forma indicada en el apartado a) del Artículo 14 relativo a “Medición” se pagará por metro cúbico (m3) a los precios unitarios de contrato establecido para el ítem “Excavación”. El ítem “Excavación” puede hallarse dividido en los sub-ítem que se mencionan a continuación o los que indiquen las Especificaciones Técnicas Particulares. b.1) Zanjas de Desagües y Canales: el precio unitario de contrato fijado para este sub-ítem se aplicará a la excavación de zanjas y canales de desagües construidos de acuerdo con las disposiciones pertinentes consignadas en los pliegos y las órdenes específicas que en cada caso dicte la Inspección y medidas según el Apartado a.1) de Artículo anterior. b.2) Fundaciones: el precio unitario de contrato fijado para este ítem o sub-ítem se aplicará a la excavación practicada para fundar obras de arte u otras estructuras, medida según el Apartado a.2) del Artículo anterior. b.3) Cámaras y Bocas: no recibirán pago directo alguno, excepto que las Especificaciones Técnicas Particulares dispusieran lo contrario, en cuyo caso el precio unitario contractual, se aplicará al volumen excavado, determinado de acuerdo a lo previsto en el Apartado a.3) del Artículo anterior. c) Excavaciones para Tuberías c.1) A cielo abierto: las certificaciones de las partidas de excavaciones

correspondientes a la ejecución de zanjas para la colocación de tuberías y/o ejecución de tuberías “in situ” se realizará de la siguiente manera:

c.1.1) Liquidación del 60% (Sesenta por ciento) del volumen excavado

cuando la zanja se encuentre en condiciones de recibir la cañería a colocar. c.1.2) Liquidación del 40% (cuarenta por ciento) del volumen excavado

una vez efectuados los rellenos y realizada la compactación y cumplimentadas - si lo hubiese dispuesto la Inspección - en todos los casos las exigencias relativas a las actas de comprobación, según lo establecido en el artículo 12 del presente Capítulo.

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c.2) En túnel: las certificaciones de las partidas de excavaciones se realizará de la siguiente manera: c.2.1) Liquidación del 60 % (Sesenta por ciento) del volumen excavado,

cuando el túnel esté en condiciones para comenzar las tareas de hormigonado del conducto.

c.2.2) Liquidación del 40 % (Cuarenta por ciento), cuando se haya

excavado el total de las secciones transversales de un tramo, y se encuentren perfiladas.

d) Obras de Descarga de Desagües:

la excavación correspondiente a obras de descarga de desagües se abonará al Contratista el 80% una vez ejecutada totalmente la misma y el 20% restante, al concluir la tareas de hormigonado, y demás trabajos complementarios. e) Transporte del Material sobrante Las tareas necesarias para la clasificación, carga, transporte, descarga, distribución y compactación ligera - si así lo exigiese la Municipalidad - del material sobrante de las excavaciones luego de efectuados los rellenos y terraplenamientos, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 13 del presente Capítulo, no recibirán pago directo alguno. El costo total de tales tareas, se considerará incluido en los precios unitarios contractuales de las excavaciones respectivas. Si las Especificaciones Técnicas particulares dispusieran el pago directo, es decir mediante ítem específico, la liquidación se llevará a cabo multiplicando el precio contractual de la unidad de medición, expresado en $/m3x Hm; por el volumen medido en su posición original (expresado en m3) y por la distancia de transporte (expresada en Hm).

f) Drenajes La liquidación se realizará al precio unitario contractual respectivo.

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Capítulo 8: CAÑERIAS PREFABRICADAS

Artículo 1: Descripción Esta especificación establece las condiciones que serán de aplicación para la aceptación de cañerías prefabricadas, de los diámetros previstos en el proyecto, así como su instalación.

Artículo 2: Materiales a emplear Las cañerías a emplear, serán cotizadas por el Oferente, en cualquiera de los siguientes materiales: a) Hormigón Armado b) Asbesto Cemento c) Poliéster Reforzado con Fibras de Vidrio d) Policloruro de Vinilo no Plastificado e) Polietileno de Alta Densidad En cualquier caso, las juntas serán del tipo deslizantes, con aros de caucho. Otros tipos de juntas serán evaluadas por la Municipalidad de Rosario, quien decidirá su aceptación o no. Se deja expresamente aclarado que solo se permitirá el uso de cañerías de 2 (dos) materiales diferentes como máximo.

a) HORMIGON ARMADO (HA)

a1) Normas El Contratista proveerá la cañeria de Hormigón Armado para conducciones sin presión interna, completa, de conformidad con la Norma Iram 11503-86/Clase III, “Caños de hormigón armado sin pre-compresión para desagües”, y restante documentación contractual. a2) Certificación El Contratista deberá presentar una Declaración certificando que los caños y juntas suministrados cumplen con los estándares de calidad requeridos. a3) Inspección Todos los caños podrán ser inspeccionados en Fábrica de acuerdo con las disposiciones de las normas de aplicación y requisitos establecidos en la presente especificación. El contratista notificará a la Inspección por escrito la fecha de comienzo de su fabricación, por lo menos 15 (quince) días antes del comienzo de cualquier etapa de fabricación del caño, excepto que suministre este último con sello de conformidad IRAM y que el comienzo de la fabricación sea anterior a la fecha del Contrato.

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Durante la fabricación de los caños, la Inspección tendrá acceso a todas las áreas donde se realice dicha fabricación, y se le permitirá realizar todas las inspecciones que sean necesarias para verificar el cumplimiento de las Especificaciones. a4) Ensayos Salvo las modificaciones indicadas en el presente Capítulo, todo material empleado para fabricar el caño será ensayado de acuerdo con los requisitos de las normas de aplicación según corresponda. Los caños de hormigón armado podrán ser ensayados por la Inspección por medio de un Laboratorio que la Municipalidad designará a tal efecto. Todas las pruebas serán realizadas conforme a la Norma IRAM 11503/1986.

� Prueba de Absorción La prueba de absorción podrá ser realizada para determinar la cantidad de humedad absorbida por el hormigón.

� Prueba de resistencia de Tres Aristas La prueba de resistencia de tres aristas podrá ser realizada para

determinar la resistencia del caño y la carga que podrá ser soportada por la misma.

a5) Caños

� Marcas Todos los caños serán marcados en fábrica según se especifica en la

Norma IRAM 11503/1986. los caños de 600 mm de diámetro y mayores llevarán indicada su longitud útil. Además en cada caño se indicará:

✳ Letra “T” a (15.24 cm) o más del extremo del caño para indicar la

parte superior del mismo a los efectos de una correcta instalación cuando se utiliza refuerzo elíptico.

✳ Las marcas estarán grabadas en los caños o pintadas sobre los mismos con pintura a prueba de agua.

� Manipuleo y Almacenamiento

Los caños serán manipulados empleando dispositivos diseños y construidos para evitar que se dañen. No se permitirá el uso de equipos que puedan dañar la parte externa del caño. Los caños almacenados en pilas deberán contar con elementos de apoyo adecuados y se fijarán para evitar que rueden en forma accidental. � Terminaciones

Los caños deberán tener una superficie suave y densa y deberán

estar libre de fracturas, agrietamiento e irregularidades en la superficie.

� Cargas de Prueba

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Deberán responder a la Norma IRAM 11503/1986 y tendrán como

cargas externas de prueba y de rotura mínimas las correspondientes a la clase III de dicha norma.

� Cemento

El cemento Portland deberá estar de acuerdo con los requisitos

de la Norma IRAM 50001/2000 (alta resistencia a los sulfatos).

a6) Juntas

� Tipos de Juntas Las uniones serán de espiga y enchufe con aro de caucho según

Norma IRAM 11503/1986.

� Requisitos

✳ Las juntas deberán ser herméticas y a prueba de raíces de acuerdo con los requisitos de ASTM C-443.

✳ La juntas tendrán centraje propio y cuando la junta fuese hecha adecuadamente, el aro de caucho deberá quedar uniformemente aprisionado entre la espiga y el enchufe.

a7) Colocación

� La instalación se ajustará a los requisitos aplicables del Capítulo 7, a las instrucciones suministradas por el fabricante de caños, y a los requisitos complementarios o modificaciones contenidas en el presente Pliego y restante documentación contractual.

� Aros de Caucho

Los aros de caucho responderán a la Norma IRAM 113047/1974. Sin desmedro de las Normas citadas, serán de aplicación en lo que

corresponda las Normas IRAM del Vocabulario 91.100.30-30: “Caños” y del Vocabulario 91.100.30-10: “Hormigón” del Catálogo IRAM 2001, como asimismo toda otra Norma- sea nacional o internacional – que dispongan la Dirección Técnica y /o la Inspección.

b) ASBESTO CEMENTO (AC)

b1) Normas El Contratista proveerá la cañería de Abesto Cemento para conducciones sin presión interna, completa, de conformidad con la Norma IRAM 11517-1986 y 11534/1995 “Asbesto cemento, caños y juntas para usar en conducciones de fluidos sin presión” y la restante documentación contractual. b2) Certificación

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El Contratista deberá presentar una Declaración certificando que los caños y juntas suministrados cumplen con los estándares de calidades requeridos.

b3) Inspección

Todos los caños podrán ser inspecionados en Fábrica de acuerdo con las

disposiciones de las normas de aplicación y restantes requisitos establecidos en la presente especificación. El Contratista notificará a la Inspección por escrito la fecha de comienzo de su fabricación, por lo menos 15 (quince) días antes del comienzo de cualquier etapa de fabricación del caño, excepto que suministre este último con Sello de Conformidad IRAM y que el comienzo de la fabricación sea anterior a la fecha del Contrato.

Durante la fabricación de los caños la Inspección tendrá acceso a todas

las áreas donde se realice dicha fabricación, y se le permitirá realizar todas las inspecciones que sean necesarias para verificar el cumplimiento del las Especificaciones. b4) Ensayos Salvo las modificaciones indicadas en el presente Capítulo, todo material empleado para fabricar el caño será ensayado de acuerdo con los requisitos de las normas de aplicación según corresponda. Los caños de asbesto cemento podrán ser ensayados por la Inspección por medio de un Laboratorio que la Municipalidad designará a tal efecto. Todas las pruebas serán ensayadas conforme a la Norma 11522-1990.

b5) Caños

� Marcas

Todos los caños suministrados en virtud de esta Especificación se

marcarán en la forma exigida en la Norma IRAM 11534-1992.

� Manipuleo y Almacenamiento

Los caños serán manipulados empleando dispositivos diseñados y construidos para evitar que se dañe el caño. No se permitirá el uso de equipos que puedan dañar la parte externa del mismo. Los caños almacenados en pilas deberán contar con elementos de apoyo adecuados y se fijarán para evitar que rueden en forma accidental.

� Terminaciones

Los caños deberán tener una superficie suave y densa; y deberá estar libre de fracturas, agrietamiento e irregularidades en la superficie.

� Materiales Los caños deben ser fabricados con una mezcla compacta y homogénea esencialmente consistente de un cemento pórtland adecuado, fibras de asbesto cemento y agua, excluyendo cualquier material capaz de producir deterioros ulteriores en la calidad del caño.

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✳ Los caños rectos estarán en conformidad con la Norma IRAM 11534-1992.

✳ La presión mínima de rotura según la Norma IRAM 11534/1992, será

de 90 kh/m2 (serie 3). ✳ Para los diámetros nominales mayores se 0.40 m, los espesores deben

ser calculados por el Contratista en cada caso de acuerdo con la Norma IRAM 11536-1992 teniendo en cuenta las condiciones de instalación con las siguientes salvedades:

✳ En el cálculo de la presión vertical de relleno el factor de concentración

de presiones no podrá considerarse menor que 1 (uno). ✳ No se considerará la presión del suelo lateral para tapadas H ≤ 1.5 D,

donde D es el diámetro de la cañería a instalar. ✳ En el cálculo de la presión lateral del terreno no podrá considerarse un

valor del factor de concentración de presión n mayor que 1 (uno). ✳ En el cálculo de la presión lateral del terreno no podrá considerarse un

coeficiente de presión de tierra lateral K2 mayor que 0.2, salvo que el Contratista realice ensayos de suelo que justifiquen los valores adoptados. Deberá realizarse como mínimo un ensayo cada 150 m en correspondencia con la traza de la cañería.

✳ Se considerarán como módulos de compresión del suelo los

correspondientes a una compactación igual al 90% Proctor en la zona de relleno y del 90% en la zona superior de la zanja o los que se indiquen en los planos.

✳ Podrá utilizarse para el cálculo de las cargas de tránsito cualquiera de

las siguientes metodologías:

� La propuesta por la Norma 11536/92.

� Aplicando la teoría de Boussinessq, considerando como estado de carga el caso de dos camiones apareados con una carga de 6 toneladas por rueda.

✳ Para verificación se emplearán las siguientes expresiones:

−=

2

2

m

z

2w M

M1

v

pp

2

1

2

w

d

2m p

p1

v

MM

−=

pw = Esfuerzo circunferencial debido a la presión máxima.

Mm =Momento ovalizante debido a carga externa y tránsito. p2 =Esfuerzo normal de rotura por tracción. (Deberá

considerarse σNr=240kg/cm2).

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M2=Momento flector de rotura (Deberá considerarse σMr=420kg/cm2

γz y γd = Coef. de seguridad, según Norma IRAM 11536/92.

Los espesores mínimos que se aceptarán, serán los siguientes:

Clase sin presión interna (serie 3)

DN (m) C (mm) 0.400 16 0.500 20 0.600 23 0.700 27 0.800 31 0.900 35 1.000 39 1.100 42 1.200 46 1.300 51 1.400 56 1.500 61 1.600 66 1.700 72 1.800 76 1.900 80 2.000 85

b6) Juntas Se empleará la junta tipo manguito. Los aros de caucho responderán a la Norma IRAM Nº 113047/1974. b7) Colocación La instalación se ajustará a los requisitos de la Norma IRAM 11538/1994, a los requisitos aplicables del Capítulo 7, a las instrucciones suministradas por el fabricante de caños, y a los requisitos complementarios o modificaciones en el presente Pliego, y restante documentación contractual. Sin desmedro de las Normas citadas serán de aplicación en lo que corresponda las Normas IRAM del Vocabulario 91.100.40-40 “Caños, Juntas y Accesorios para Cañerías” del Catálogo IRAM 2001, como asimismo toda otra Norma – sea nacional o internacional – que dispongan la Dirección Técnica y/o la Inspección.

c) POLIESTER REFORZADO CON FIBRA DE VIDRIO (PRFV)

c1) Normas El Contratista proveerá la cañería de PRFV para conducciones sin presión interna, completa, de conformidad con la Norma ASTM D 3262/87 y restante documentación contractual.

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c2) Certificación El Contratista deberá presentar una Declaración certificando que los caños y juntas suministrados cumplen con los estándares de calidad requeridos. c3) Inspección

� Los caños podrán ser inspeccionados en Fábrica de acuerdo con las disposiciones de las normas de aplicación y requisitos establecidos en la presente especificación. El Contratista notificará la Inspección por escrito la fecha de comienzo de su fabricación, por lo menos 15 (quince) días antes del comienzo de cualquier etapa de fabricación del caño, excepto que suministre este último con Sello de Conformidad IRAM y que el comienzo de su fabricación sea anterior a la feha del contrato.

� Durante la fabricación de los caños, la Inspección tendrá acceso a todas las

áreas donde se realice dicha fabricación, y se le permitirá realizar todas las inspecciones que sean necesarias para verificar el cumplimiento de las Especificaciones.

c4) Ensayos

� Salvo las modificaciones indicadas en el presente Capítulo, todo material empleado para fabricar el caño será ensayado de acuerdo con los requisitos de las normas de aplicación según corresponda.

� La Inspección podrá requerir al Contratista pruebas para determinar sus

dimensiones del caño, constante de rigidéz de los aros, aplastamiento y estanqueidad de las juntas de acuerdo a lo requerido por la Norma ASTMD D 3262/1987. Los ensayos del caso, se llevarán a cabo en un Laboratorio que designará la Municipalidad.

c5) Caños

✳ Marcas

Todos los caños suministrados en virtud de esta Especificación se marcarán en la forma exigida por la Norma ASTM D 3262/1987.

✳ Manipuleo y Almacenamiento

Los caños serán manipulados empleando dispositivos diseñados y construidos para evitar que se dañe el caño. No se permitirá el uso de equipos que puedan dañar la parte externa del caño. Los caños almacenados en pilas deberán contar con elementos de apoyo adecuados y se fijarán para evitar que rueden en forma accidental.

✳ Terminaciones

Los caños deberán tener una superficie suave y densa y deberán

estar libre de fracturas, agrietamiento e irregularidades en la superficie.

✳ Empleo

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La cañería de PRFV sin presión interna se emplearán para

diámetros de 0.40 m y mayores.

✳ Clasificación celular Los caños responderán a la Norma ASTM D 3262/1987 Tipo 1 ó 2,

acabado 1,2 ó 3, grado 1 ó 2.

✳ Los caños deberán ser del diámetro indicado en los planos de proyecto. El diámetro nominal será el diámetro interno.

✳ La rigidez mínima de los caños, determinada mediante los ensayos

previstos en la Norma ASTM D 2412/1981, será de 1.27 kg/cm2. El fabricante tendrá a su cargo el diseño del espesor real de la pared de acuerdo con la Norma AWWA C 950 en lo que sea aplicable.

✳ La presión mínima de los caños será de 2.5 bar.

c6) Juntas

Se utilizará la junta tipo espiga – enchufe o tipo manguito. Los aros de caucho responderán a la Norma IRAM Nº113047-1974. c7) Colocación

✳ La instalación se ajustará a los requisitos de la Norma IRAM 13480/1998, a los requisitos aplicables del Capítulo 7, a las instrucciones suministradas por el fabricante de caños, y a los requisitos complementarios o modificaciones contenidas en el presente Pliego y restante documentación contractual

✳ No se permitirá la instalación de caños de PRFV para tapadas menores

de 1.50 m salvo que se efectúe un revestimiento estructural de hormigón armado que tome las cargas externas, manteniendo los espesores y demás características del caño. El hormigón a emplear será H-13 y el acero A-420.

✳ Una vez que el aro esté debidamente colocado en la ranura de la

espiga, se aflojará la tensión del aro poniendo un destornillador debajo del aro y pasándolo alrededor de la circunferencia de dicha unión.

✳ Se limpiarán los extremos del caño y se aplicará una capa fina de

lubricante a la superficie externa de la espiga, con el aro ubicado en posición, y a la superficie interna del enchufe. No se usará otro lubricante que no sea el suministrado con el caño. Se entrará a presión el extremo del caño dentro de la hembra del caño adyacente. Podrá emplearse la pala de una retroexcavadora o un aparejo de cable, pero la fuerza deberá ser pareja, no una fuerza de impacto, y se distribuirá de manera uniforme para no dañar el extremo del caño. Deberá ponerse un taco de madera sobre la cara para absorber la presión.

✳ Sin desmedro de las normas citadas, serán de aplicación, en lo que

correspondan las Normas IRAM del Vocabulario 83.14.30 “Tuberías de

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Plástico, Accesorios y Válvulas” del Catálogo 2001, como asimismo toda otra Norma –se nacional o internacional- que dispongan la Dirección Técnica y/o la Inspección.

d) POLICLORURO DE VINILO NO PLASTIFICADO (PVC)

d1) Normas

El Contratista proveerá la cañería de Policloruro de Vinilo no Plastificado (PVC) para conducciones sin presión interna completa, de conformidad con las Normas IRAM 13325/1991 “Tubos de PVC no plastificado para ventilación, desagües cloacales y pluviales, Medidas”, IRAM 13326/1992 “Tubos de PVC no plastificado para ventilación, desagües pluviales y cloacales” y la restante documentación contractual.

d2) Certificación

El Contratista deberá presentar una Declaración certificando que los caños suministrados cumplen con los estándares de calidad requeridos.

d3) Inspección

✳ Los caños podrán ser inspeccionados en Fábrica de acuerdo con las disposiciones de las normas de aplicación, requisitos adicionales establecidos en la presente especificación. El Contratista notificará a la Inspección por escrito la fecha de comienzo de su fabricación, por lo menos 15 (quince) días antes del comienzo de cualquier etapa de fabricación del caño, excepto que suministre este último con Sello de Conformidad IRAM y que el comienzo de su fabricación sea anterior a la fecha del Contrato.

✳ Durante la fabricación de los caños la Inspección tendrá acceso a todas

las áreas donde se realice dicha fabricación, y se le permitirá realizar todas las inspecciones que sean necesarias para verificar el cumplimiento de las Especificaciones.

d4) Ensayos

✳ Salvo las modificaciones indicadas en el presente Capítulo, todo material empleado para fabricar el caño será ensayado de acuerdo con los requisitos de las normas de aplicación según corresponda.

✳ Los caños de policloruro de vinilo no plastificado podrán ser ensayados

por la Inspección, por medio de un Laboratorio que la Municipalidad designará a tal efecto. Las pruebas serán realizadas conforme a la Normas de Aplicación.

d5) Caños

✳ Marcas

Todos los caños suministrados en virtud de esta Especificación se marcarán conforme a la Norma IRAM 13326/1992.

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✳ Manipuleo y Almacenamiento

Los caños serán manipulados empleando dispositivos diseñados y construidos para evitar que se dañe el caño. No se permitirá el uso de equipos que puedan dañar la parte externa del caño. Los caños almacenados en pilas deberán contar con elementos de apoyo adecuados y se fijarán para evitar que rueden en forma accidental.

Los caños no serán almacenados expuestos a la luz del sol. El

manipuleo y almacenamiento, se realizará de conformidad a la Norma 13445/1979.

✳ Empleo Las cañerías de policloruro de vinilo, sin presión interna, se

emplearán para diámetros de 0.40 m y mayores. Todos los caños serán marcados en fábrica, según se especifica

en las Normas IRAM13326/1992. La instalación de cañerías de policloruro de vinilo, se realizará de

conformidad a las Normas IRAM 13446-1/1980, 13446-2/1980, 13446-3/1979

✳ Criterios de Diseño Los caños de PVC no plastificado, deberán responder a las

Normas IRAM Nº13325/1991 y 13326/1992. Los caños tendrán el diámetro indicado en los planos de proyecto,

serán provistos en forma completa con los aros de caucho.

d6) Juntas

Todas las juntas de los caños PVC enterrados serán de espiga y enchufe con aros de caucho. La desviación de las juntas no excederá los 1.5 grados o la máxima desviación recomendada por el fabricante.

Los aros de caucho responderán a las Normas IRAM 113047/1974. Sin desmedro de las Normas citadas, serán de aplicación las Normas

IRAM del Vocabulario 83.140.30: “Tuberías de Plástico, accesorios y válvulas” del Catálogo IRAM 2001, como asimismo toda otra norma – sea nacional o internacional – que dispongan la Dirección Técnica y/o la Inspección.

e) POLIETILENO DE ALTA DENSIDAD (PEAD)

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e1) Normas

El Contratista proveerá la cañería de Polietileno de Alta Densidad (PEAD) para conducciones sin presión interna, completa, de conformidad con las Normas ASTM F714-1988 P3408, ASTM F-1248-84-1985 “Especificación para moldeo de polietileno y materiales de extrusión” ISO 8772-91 Serie S12.5 y la documentación contractual.

e2) Certificación

El Contratista deberá presentar una Declaración certificando que los caños suministrados cumplen con los estándares de calidad requeridos.

e3) Inspección

✳ Todos los caños podrán ser inspeccionados en Fábrica de acuerdo con las disposiciones de las normas de aplicación y requisitos establecidos en la presente especificación. El Contratista notificará a la Inspección por escrito la fecha de comienzo de su fabricación, por lo menos 15 (quince) días antes del comienzo de cualquier etapa de fabricación del caño, excepto que suministre este último con Sello de Conformidad IRAM y que el comienzo de su fabricación sea anterior a la fecha del Contrato.

✳ Mientras dure la fabricación del caño la Inspección tendrá acceso a

todas las áreas donde se realice dicha fabricación, y se le permitirá realizar todas las inspecciones que sean necesarias para verificar el cumplimiento de las Especificaciones.

e4) Ensayos

✳ Salvo las modificaciones indicadas en el presente Capítulo, todo material empleado para fabricar el caño será ensayado de acuerdo con los requisitos de las normas de aplicación según corresponda.

✳ Los caños de polietileno de alta densidad, podrán ser ensayados por la

Inspección, por medio de un Laboratorio que la Municipalidad designará a tal efecto.

✳ Se probará el caño para determinar sus dimensiones, aplastamiento, y

estanqueidad de las juntas, de acuerdo a lo requerido por la Norma ASTM F 894.

✳ El ensayo para verificar el factor de rigidéz se efectuará seleccionando

al azar 1 caño de 50 caños o fracción menor. La determinación se efectuará de acuerdo con la Norma ASTM D-2412/1987 “Método de ensayo para la determinación de las características de caja externa de caños plásticos”.

e5) Caños

✳ Marcas

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Todos los caños suministrados en virtud de esta Especificación se marcarán en la forma exigida por la Norma ASTM F894.

✳ Manipuleo y Almacenamiento

Los caños serán manipulados empleando dispositivos diseñados y construidos para evitar que se dañe el caño. No se permitirá el uso de equipos que puedan dañar la parte externa del caño. Los caños almacenados en pilas deberán contar con elementos de apoyo adecuados y se fijarán para evitar que rueden en forma accidental. Los caños no serán almacenados expuestos a la luz del sol.

✳ Terminaciones

Los caños y piezas especiales deberán tener una superficie suave y densa. Y deberá estar libre de fracturas, agrietamiento e irregularidades en la superficie.

✳ Empleo

La cañería de Polietileno de Alta Densidad para cañerías sin presión interna se empleará para diámetros de 0.40 m y mayores.

✳ Materiales Los caños y accesorios estarán hechos de polietileno de alta

densidad y con alto peso molecular, según Normas ASTM F-714, F-1248 e ISO 8772/91. El diámetro nominal será el diámetro externo. Se utilizará como material polietileno de alta densidad y el material base deberá responder a la siguiente clasificación:

* PE 3408, clasificación celular 345434C ó 346534C según Norma ASTM

D-3350-1984.

✳ Los caños deberán ser del diámetro indicado en los planos de proyecto. e6) Juntas Se empleará la junta tipo espiga y enchufe. Los aros de caucho responderán a la Norma IRAM Nº113047/1990. En las juntas, la formación del enchufe se hará mediante calibrado interior. e7) Colocación

✳ La instalación se ajustará a los requisitos de la Norma ASTM D 2321, a los requisitos del Capítulo 7, a las instrucciones suministradas por el

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fabricante de los caños, y a los requisitos complementarios o modificaciones contenidas en el presente.

✳ No se permitirá colocar caños de este material para tapadas menores

de 1.50 m salvo que se efectúe un recubrimiento estructural de hormigón armado que tome las cargas externas manteniendo los espesores y demás características del caño. El hormigón a emplear será H 13 y el acero A 420.

✳ Los caños se tenderán con el extremo hembra orientado hacia delante,

en la dirección del tendido. La inclinación del caño se dará en lineas rectas, cuidando que no se formen hendiduras o puntos bajos.

✳ Una vez que el aro esté debidamente colocado en la ranura de la unión

enchufe, se aflojará la tensión del aro poniendo un destornillador debajo del aro y pasándolo alrededor de la circunferencia de dicha unión.

✳ Se limpiarán los extremos del caño y se aplicará una capa fina de

lubricante a la superficie externa de la espiga, con el aro ubicado en posición, y a la superficie interna del enchufe. No se usará otro lubricante que no sea el suministrado con el caño. Se entrará a presión el extremo del caño dentro del enchufe del caño adyacente. Podrá emplearse la pala de una retroexcavadora o un aparejo de cable, pero la fuerza deberá ser pareja, no una fuerza de impacto, y se distribuirá de manera uniforme para no dañar el extremo del caño. Deberá ponerse un taco de madera sobre la cara para absorber la presión.

Sin desmedro de las Normas citadas, seran de aplicación las Normas IRAM del Vocabulario 83.080: “Plásticos” del Catálogo IRAM 2001, como asimismo toda otra Norma – sea nacional o internacional – que dispongan la Dirección Técnica y/o la Inspección.

Artículo 3: Deficiencias de las cañerías

Todas las cañerías - cualquiera fuera el material constitutivo de las mismas – cumplirán con lo siguiente:

3-1: Llevarán el sello IRAM, de conformidad con Normas IRAM.

3-2: Si, no contasen con el sello IRAM, se admitirá la Certificación IRAM del Lote del cual proceden. La Inspección adjuntará a cada Certificado de Obra, el correspondiente Certificado del Lote, validado por IRAM.

3-3: Si la cañería propuesta por el Oferente, no tuviere control de calidad

IRAM, la Municipalidad podrá:

a. Requerir los resultados del Control de Calidad realizado por el Fabricante y/o de las Inspecciones realizadas por un Organismo Independiente de Certificación, siguiendo las prescripciones de la Norma EN 29002, a los fines de decidir su aceptación o su rechazo.

b. Requerir al Contratista – en caso de aceptar la cañería – la realización de la

totalidad de los ensayos previstos en las Normas bajo las cuales fue fabricada, y

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con las condiciones allí establecidas a su costo, en un Laboratorio que designará la Municipalidad. En tal caso, la clase de ensayo y frecuencia respectiva, será definida por la Inspección.

La aprobación de los caños por parte de la Municipalidad de Rosario no exime al Contratista de la obligación de efectuar las reparaciones o cambio de los caños y piezas especiales que acusaran fallas o pérdidas al efectuar las pruebas de las cañerías colocadas, corriendo los gastos que ello demandare por exclusiva cuenta de este último. Todas las cañerías deberán ser aprobadas por la Inspección antes de ser instaladas.

Artículo 4: Pruebas hidráulicas de las cañerías

a) Pruebas Hidráulicas

No se realizarán pruebas hidráulicas de las cañerías pero la Inspección

podrá exigir la ejecución de tales pruebas en una longitud máxima igual al 20 % de la longitud total de tuberías cuya instalación y/o ejecución "in situ" se ha contratado para diámetros de 1.20 m o menores y una longitud máxima del 10 % para diámetros de 1.30 m o mayores respectivamente.

Tales pruebas hidráulicas, permitirán a la Inspección, verificar - si fuese

del caso - el correcto comportamiento de las tuberías una vez colocadas o construidas, y efectuados el relleno y la compactación.

Para efectuar las pruebas hidráulicas, se mantendrá el tramo a ensayar

con una presión máxima de 5 (cinco) metros de columna de agua durante 1 (una) hora – como mínimo - después de satisfacer la absorción si fuese del caso.

Las pruebas se considerarán satisfactorias cuando las pérdidas

medidas sean inferiores a 0.05 litros por metro lineal de cañería, por centímetro de diámetro de la misma y por hora.

Las pérdidas se medirán en función de la cantidad de agua que sea

necesario agregar para mantener la presión de ensayo durante el tiempo que dure el mismo.

De obtenerse pérdidas superiores a las admisibles, la Inspección ordenará

las reparaciones del caso, o el reemplazo de las cañerías afectadas, si fuese necesario.

b) Pruebas de Eficiencia

La Inspección podrá requerir al Contratista para cada tramo de cañería colocada, y antes o después de realizado el relleno de la zanja, la ejecución de una prueba de eficiencia.

La prueba de eficiencia consistirá en el paso manual – de un extremo al

otro del tramo de cañería – de un mandril cilíndrico rígido de diámetro igual omayor al 90% (noventa por ciento) del diámetro de la cañería a probar; y longitud igual al diámetro de ésta última.

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Si el mandril se atascara dentro de la cañería, deberá retirarse y reemplazarse el ó los caños donde se produjo el atascamiento.

Artículo 5: Colocación de cañerías Antes de transportar los caños y piezas al lugar de su colocación, se examinarán prolijamente separándose aquellos que presenten rajaduras o fallas, puesto que no serán colocados. Luego se ubicarán al costado y a lo largo de las zanjas. Antes de bajarlos a las zanjas, los caños y piezas se limpiarán esmeradamente, sacándoles el moho, tierra, pintura, grasa, etc., adheridos en su interior, dedicándose especial atención a la limpieza de los enchufes y/o espigas. Luego se asentarán firmemente sobre el fondo de la excavación, cuidando de que apoyen en toda la longitud del fuste y se ejecutarán las juntas. Las cañerías de espiga y enchufe, se colocarán con el enchufe en dirección opuesta a la pendiente descendente de la cañería. Si el fondo de la zanja hubiese sido excavado a mayor profundidad que las previstas en el proyecto, o el terreno se hubiese disgregado por cualquier causa, el Contratista procederá como se indica en el Capítulo 7 - Artículo 4 (Movimiento de suelos - Excavaciones a cielo abierto para cañerías). Cuando por cualquier causa se interrumpa la colocación de cañerías, la extremidad del último caño colocado deberá ser obturada para evitar la introducción de cuerpos extraños. Las cañerías una vez instaladas deberán estar alineadas sobre una recta, salvo en los puntos expresamente previstos en el proyecto o en los que indique la Inspección. La pendiente prevista en el proyecto deberá ser rigurosamente uniforme dentro de cada tramo.

Artículo 6: Asiento de cañerías

El Contratista ejecutará las capas de asiento de cañerías para emparejamiento del terreno excavado, o donde el terreno ofreciese insuficiente resistencia a juicio de la Inspección, ajustándose en todos estos trabajos a las instrucciones que esta impartiera, en cada caso, de acuerdo con las siguientes prescripciones :

� En terrenos inconsistentes el asiento se ejecutará de hormigón pobre HP-I

con un espesor mínimo de 0,05 m. y sobre este un colchón de tierra apisonada con un espesor mínimo de 0,05 m., ambos en todo el ancho de la zanja.

� En terrenos pétreos donde no pueda lograrse un asiento uniforme y satisfactorio a juicio de la Inspección, se ejecutará un colchón de tierra apisonada con un espesor mínimo de 0,05 m. en todo el ancho de la zanja.

El precio de estos trabajos, se considerará incluido, en el precio unitario

correspondiente de la excavación.

Artículo 7: Ejecución de las juntas

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Según se ha dispuesto en el Artículo 2 precedente, la juntas serán del tipo deslizantes, con aros de caucho, excepto que la Municipalidad de Rosario haya aceptado otro tipo de juntas. La ejecución de las juntas se hará siguiendo estrictamente las recomendaciones del fabricante. Se permitirá el empleo de sustancias no grasas que faciliten el desplazamiento o rodamiento de los aros de caucho, siempre que sea la que provee el fabricante conjuntamente con los caños. Una vez ejecutadas las juntas los aros de caucho no deberán quedar distorsionados lo que se comprobará si fuese del caso mediante el empleo de sondas que se introducirán en distintos lugares de la junta. Si no se cumplieran las condiciones antedichas las juntas deberán ser rehechas correctamente. Para otros tipos de juntas - previamente aceptadas - la Inspección indicará con antelación al inicio de los trabajos respectivos, las condiciones exigibles para su ejecución, así como las precauciones a tomar y comprobaciones a realizar.

Artículo 8: Tapones en cañerías existentes y/o, a c onstruir Si el proyecto previera la obstrucción de cañerías de hormigón existentes y/o a construir, en correspondencia con cámaras a construir, se procederá a ejecutar tapones que cumplan tal objetivo, como sigue:

✳ Se construirá una pared de mampostería de ladrillos asentados con mortero A3, de 0.30 m de espesor; dentro del caño y, a 0.40 m de distancia de la embocadura.

✳ Se procederá luego a picar la superficie interna del caño para lograr una buena

adherencia de éste con el hormigón de relleno, que será tipo Q2

✳ Se picará una corona circular de 0.10 m sobre la pared de la cámara alrededor de la embocadura del caño y se realizará un alisado con mortero tipo A3, para el total sellado del caño.

Para diámetros mayores a 0.60 m, el relleno de Hormigón tendrá una longitud igual a un diámetro y previo al alisado se colocará en toda la superficie a sellar una malla de metal desplegado. Si las cañerías a obstruir fuesen de otros materiales, o la obstrucción prevista en el proyecto, no se realizare en correspondencia con cámaras a construir, la Dirección Técnica indicará el procedimiento a seguir.

Artículo 9: Diseño Estructural

9-1: Criterios para la valorización de las cargas actuantes en conductos de sección circular

Se deberán establecer los criterios que posibiliten considerar a un caño instalado

como flexible o como rígido.

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Se tendrán en cuenta la incidencia de los rellenos de materiales granulares

sobre el conducto y las deflexiones que se originen en relación a la rigidéz de los mismos.

Considerando al conducto como un cilindro de material homogéneo se puede

definir un módulo de compresión transversal para establecer la proporcionalidad lineal entre solicitaciones y deformaciones. válida hasta un valor máximo de deformación.

Conocida la deflexión del caño (δc), el asentamiento del terreno (∆s′) y los

módulos de compresibilidad transversal admisible del caño (Ec adm) y de compresibilidad del terreno (Et), se definirán las siguientes posibilidades.

9-2: Rigidez de la cañería

✳ Caño menos deformable que el terreno

En este caso el caño es más rígido que el terreno de apoyo y resulta:

δc < ∆s′ y Ec adm > Et

✳ Caño y terreno igualmente deformables

En este caso, caño y terreno presentan una rigidez similar:

δc = ∆s′ y Ec adm = Et

✳ Caño más deformable que el terreno

En este caso el caño es más flexible que el terreno de apoyo y resulta

δc > ∆s′ y Ec adm < Et

9-3: Condiciones de Instalación

Se deberán tener en cuenta los siguientes casos según corresponda:

✳ Instalación en zanja angosta

El ancho (B) de la zanja es relativamente pequeño frente al diámetro externo del caño (De).

✳ Instalación en terraplén

Se admiten dos variantes: proyección positiva y proyección negativa. En el 1º variante la generatriz superior del caño está situada por encima del

terreno natural y comprende el caso de instalación en “zanja ancha”. En la 2º variante el caño se instala sobre el terreno natural con su extradós, por debajo del nivel del mismo y posteriormente recibirá un relleno.

En todos los casos será necesario definir, previo al diseño estructural del

conducto, la rigidéz del caño referida al tipo de suelo de apoyo, sus condiciones de

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instalación y las características de relleno a emplear como así también sus condiciones de colocación.

En resumen, la resistencia intrínseca del caño, la resistencia y distribución de las

cargas alrededor del mismo y el aporte del suelo circundante, definirán la capacidad de soportar cargas por parte del conducto.

El proponente justificará clara y detalladamente en todos sus pasos, el cálculo

estructural. Incluirá copia de la teoría que emplea para el dimensionamiento según se trate de cañerías rígidas, flexibles o semirígidas acorde a su comportamiento a las cargas exteriores, y a la Norma que avala tal aplicación. Adjuntará además copia de dicha Norma.

En el caso de emplear programas de computación, se indicará su fuente, se

describirán sus características generales, sustento teórico, ecuaciones básicas empleadas con el significado de cada parámetro, incluyendo antecedentes de uso.

El cálculo deberá contener citas de los artículos de las normas que se involucren

en cada caso, como así también las referencias bibliográficas cuando se utilicen procedimientos de cálculos especiales. Si esta documentación está en idioma extranjero, deberá traducirse al español.

✳ Resistencia del Caño

El proponente evaluará las combinaciones de carga más desfavorables,

proponiendo las condiciones de instalación y toda otra condición necesaria a lo largo de su vida útil.

La ovalización de la cañería a partir de la combinación de cargas más

desfavorable, será inferior a la mínima admitida por la Norma respectiva. La resistencia del caño se calculará a partir de la tensión mínima de rotura por

aplastamiento, como sigue: � La relación entre la carga de rotura por aplastamiento y la carga total de

cálculo será siempre igual o mayor a 1.8.

� La relación entre la tensión mínima de rotura por tracción originada por la presión hidráulica interna y la tensión admisible de tracción respectiva, será siempre igual o mayor a 3.0.

� La relación entre la tensión mínima de rotura de tracción por flexión debida a la combinación de cargas mas desfavorables, y la tensión admisible de tracción respectiva, será siempre igual o mayor a 2.5.

9-4: Cálculo Estructural Considerando que los proyectos se desarrollan con cañerías de Hormigón Armado (Clase III) prefabricadas, y tuberías de Hormigón armado a ejecutar “in situ”, no será necesario justificar los espesores y armaduras de las mismas. En cambio la totalidad de las cañerías fabricadas con cualquiera de los materiales restantes, requerirá tal justificación.

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Por lo tanto, si el Proponente cotizara cañerías de Asbesto Cemento, Policloruro de Vinilo no Plastificado, Políester Reforzado con Fibras de vidrio o Polietileno de Alta Densidad, presentará en su oferta una Memoria Técnica, justificando los espesores y refuerzos – si fuese el caso – que propone, en base a condiciones establecidas en el presente Pliego, en las Normas de aplicación y restante documentación contractual.

a. Cargas Exteriores e Interiores En función de las consideraciones precedentes se determinará la carga vertical resultante dependientes de la naturaleza y condiciones de relleno sobre el caño y de la influencia del terreno circundante. Posteriormente se evaluarán las sobrecargas Externas y de Tránsito, clasificadas en cargas estáticas y dinámicas sobre el caño.

✳ Sobrecargas estáticas distribuidas uniformemente, como sigue:

� Pila de ladrillos, de 1.00 m de ancho, 4.00 m de largo y 2.80 m de altura. � Peso del agua contenida (a sección llena).

✳ Se adoptará como criterio de verificación del caño frente a las cargas de tránsito, la evaluación de la acción resultante del pasaje de dos camiones, considerando el peso transitado por las ruedas traseras, y en el instante preciso del cruce de los ejes traseros, todo dispuesto simétricamente con respecto al caño. Se tomarán como mínimo los siguientes valores:

� Separación entre ruedas de un mismo camión: 1.80 m. � Separación entre las ruedas más cercanas de los camiones apareados: 0.90

m.

� Carga de cada rueda: 6 toneladas.

Para tener en cuenta los impactos producidos por el desplazamiento de las cargas de tránsito, que generan solicitaciones superiores a las que se reducen de considerar la carga estática pura, se deberán incrementar estas, multiplicandolas por un coeficiente ϕ, llamado de impacto. El valor del mismo queda establecido por la relación:

H3.01 +=ϕ

Se considerará además una presión interna de 0.5 kg/cm2 para tener en cuenta la posibilidad de que el conducto entre en carga con un valor equivalente a 5.00 m de columna de agua.

b. Documentación mínima exigible en todos los casos para la verificación del diseño estructural:

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Para caracterizar el suelo en que se alojarán las cañerías, se empleará el Informe Geotécnico incorporado a la Documentación Licitatoria, pudiendo además acudir a las Empresas Prestatarias de Servicios Públicos y otras Empresas e Instituciones que pudiesen aportar información adicional. Si la documentación licitatoria no incluye Estudios de suelos, los mismos serán realizados por el Oferente. Si las condiciones y requisitos establecidos en el presente Pliego fuesen distintos a los requerimientos de las Normas de aplicación, prevalecerán los primeros. En tal caso, las nomas se emplearán en aquellos aspectos no cubiertos en este Pliego. La Municipalidad de Rosario, se reserva el derecho de solicitar al Oferente Información adicional, aclaraciones, etc., e incluso copia de las Normas – sean Nacionales y/o Internacionales – y en este último caso, si no estuviesen disponibles en idioma español, traducidas al mismo, por traductor autorizado.

Artículo 10: Medición y Pago

a) Carácter de los Precios Unitarios Dichos precios, seran compensación por todo trabajo, carga, transporte y descarga de las cañerías desde la fábrica hasta el lugar de las obras, por la provisión, manipuleo y colocación de las mismas; extracción y reemplazo si fuese del caso, por la ejecución de juntas, cualquiera sea su naturaleza, por la totalidad de ensayos a a que fuesen sometidas en fábrica las cañerías y los componentes para la unión de las mismas, por la totalidad de ensayos y comprobaciones que ordene la Inspección para su desarrollo en un Laboratorio que designe la Municipalidad; por la totalidad de las pruebas hidráulicas y de eficiencia que se realicen, por todos los cálculos y verificaciones estructutales que requiriesen las Normas de aplicación, la Dirección Técnica y la Inspección, y por todo trabajo o provisión necesarios para alcanzar los objetivos perseguidos en el proyecto, las especificaciones técnicas y restante documentación contractual.

b) Medición Las cañerías prefabricadas se medirán por metro lineal instalado y

aprobado por la Inspección.

La medición se realizará siguiendo el eje de la cañería instalada.

La longitud efectiva a liquidar será la comprendida entre los paramentos externos de las cámaras consecutivas donde se produce el empalme o bien del paramento externo de donde sale la misma si fuese un sumidero, y del paramento externo a donde llega la misma si fuese una cámara, boca o conducto construído en el lugar.

c) Pago

La liquidación se realizará al precio unitario contractual para el ítem

correspondiente. Los tapones a ejecutar en cañerías existentes no recibirán pago directo

alguno, debiendo el Oferente incluir su costo prorrateado en el precio unitario del ítem de cañerías de igual diámetro a instalar, o de otro diámetro si este no existiese, efectuando en cualquier caso, la aclaración pertinente.

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Capítulo 9: CAMARAS, BOCAS, SUMIDEROS Y CAPTACIONES

Artículo 1: Descripción La presente especificación establece el diseño de las Cámaras, Bocas y Sumideros, así como las condiciones para su aceptación.

Artículo 2: Cámaras y Bocas Las Cámaras y Bocas a ejecutar, responderán en su diseño, a los Planos Tipos respectivos, según las previsiones del proyecto: En todos los casos los paramentos internos deberán quedar lisos, sin huecos, protuberancias o fallas. Las deficiencias que se notaren deberán ser subsanadas por el Contratista a satisfacción de la Inspección. Los marcos y grapas para escalones serán colocados por personal especializado, de modo de asegurar su completa inmovilidad. Los marcos y tapas para las Cámaras y Bocas fabricados en base a hierro fundido gris, responderán a las Especificaciones del Apartado 3-1, del Artículo 3, del Capítulo 5 anterior; y/o a las Especificaciones Técnicas Particulares. Los marcos y tapas para Cámaras y Bocas, fabricados en base a hierro fundido dúctil, responderán en su diseño a la Norma Europea EN 124-1994, en las condiciones que se describen en el Capítulo 5 - Artículo 3 - Apartado 3-2 (Materiales Metálicos - Marcos, Tapas y Rejas - Elementos de Hierro Fundido Dúctil); y/o a las Especificaciones Técnicas Particulares.

Artículo 3: Sumideros y Captaciones Se construirán en un todo de acuerdo a los Planos respectivos. El proyecto detallará la ubicación precisa de cada sumidero y de cada captación de zanja, así como la posición planialtimétrica de los conductos de descarga respectivos. De resultar insuficiente la información consignada en el Proyecto y restante documentación contractual, para una correcta ejecución de las obras contratadas, la Inspección impartirá las instrucciones del caso al Contratista. En cualquier caso los paramentos internos deberán quedar lisos, sin huecos, protuberancias o fallas. Las deficiencias que se apreciaren deberá subsanarlas el Contratista a satisfacción de la Inspección. Los marcos y grapas para escalones - si fuese del caso - serán colocados por personal especializado, de modo de asegurar su completa inmovilidad. Los marcos, tapas, rejas y restantes elementos metálicos, previstos en el proyecto en base a hierro fundido gris, responderán a las especificaciones del Apartado 3-1 del Artículo 3 del Capítulo 5 anterior; y/o a las Especificaciones Técnicas Particulares.

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Los marcos, tapas, rejas y restantes elementos metálicos propuestos - y aceptados - en base a hierro fundido dúctil, responderán en su diseño a la Norma EN 124-1994 en las condiciones que se describen en el Capítulo 5 - Artículo 3 -Apartado 3-2 (Materiales Metálicos - Marcos, Tapas y Rejas - Elementos de Fundición Dúctil); y/o a las Especificaciones Técnicas Particulares.

Artículo 4: Medición y pago a) Medición a.1) Cámaras y Bocas

Se realizará en un todo de acuerdo a lo establecido en el Apartado a.1) del Artículo 14 del Capítulo 6 del presente Pliego.

Los marcos y tapas se medirán por unidad colocada, entendiendo que una unidad se integra con un marco y tapa respectiva.

a.2) Sumideros y captaciones Se medirán por unidad ejecutada en forma completa, en función del número de rejas verticales en el caso de sumideros; y según sean simples o dobles - y sifonados o no - en el caso de captaciones de zanja. b) Pago b.1) Cámaras y Bocas Se liquidarán según lo establecido en el Apartado b.1) del Artículo 14 del Capítulo 6 del presente Pliego, y de conformidad además a las dimensiones estipuladas en los Planos respectivos, restante documentación contractual e instrucciones de la Inspección. En todos los casos los precios unitarios contractuales, serán la compensación total por la provisión, transporte y colocación en obra de todos los materiales previstos en el proyecto, a excepción de los marcos y tapas, el empleo de equipos y herramientas que los mismos demanden, transporte del material sobrante y la totalidad del personal e insumos necesarios para la realización correcta y completa de la obra contratada. Los marcos y tapas se liquidarán por unidad colocada y aprobada por la Inspección. b.2) Sumideros y Captaciones Se liquidarán por unidad ejecutada y aprobada por la Inspección. Los precios unitarios contractuales serán la compensación total por la conformación y perfilado de fondo y taludes de las excavaciones, por la provisión, transporte y colocación en obra de todos los materiales metálicos y del hormigón, previstos en el diseño, empalmes de cañerías, transporte del material sobrante, drenajes, la rotura y refección de pavimentos y veredas, la totalidad del personal e insumos necesarios para la realización correcta y completa de la obra contratada.

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Capítulo 10: REFECCIONES DE AFIRMADOS Y VEREDAS

Artículo 1: Descripción Esta especificación establece las condiciones generales que serán de aplicación para la rotura y refección de afirmados y veredas, con motivo del emplazamiento de tuberías, cámaras, bocas, sumideros y captaciones.

Artículo 2: Disposiciones Vigentes El Contratista cumplirá estrictamente todas las disposiciones vigentes de la Municipalidad de Rosario para efectuar la rotura y refección de afirmados y veredas. Cuando se trate de afirmados y veredas en los que pueda utilizarse para reconstruirlos, materiales provenientes de su levantamiento - si así lo permitiese la Municipalidad - tales como adoquines de granito, de granitullo, grava, etc. el Contratista adoptará las medidas necesarias para evitar pérdidas, deterioros o cualquier otra causa de inutilización, pues correrán por su cuenta la reposición de los materiales que faltaran.

Artículo 3: Rotura de Pavimentos y Veredas Cuando la excavación a realizar se localice en sectores con pavimentos de hormigón o asfálticos, para la apertura de los mismos se deberá utilizar equipos aserradores, con el objeto que cuando se proceda a la reposición del pavimento, se logre una terminación prolija. Cuando la excavación a realizar, se localice en sectores con adoquinados, para la apertura de los mismos, se procederá a la extracción de los adoquines de modo de no dañar los mismos . Una vez extraídos los adoquines, se limpiarán y depositarán en lugar seguro para su preservación. Cuando la excavación a realizar, se corresponda con veredas existentes, el corte se realizará con herramientas manuales o mecánicas, cuidando minimizar la rotura del solado por encima del ancho de la excavación previsto en el Capítulo 7, Artículo 14 (Movimiento de suelos - Medición)

Artículo 4: Refección de Pavimentos a) Estructura soporte La estructura soporte de los pavimentos existentes se repondrá con las mismas características condiciones que la encontrada al realizar las excavaciones. Si el Contratista creyese conveniente modificar dichas características y condiciones, para evitar asentamientos posteriores, deberá contar con la aprobación de la Inspección. Si la apertura de las excavaciones se hubiere realizado en adoquinados con carpeta asfáltica, se considerará que los adoquines forman parte de la estructura soporte, debiendo por lo tanto ser repuestos.

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b) Calzadas de pavimentos de hormigón (de cemento portland) Se reconstruirán de la siguiente manera:

✳ Espesor:20 cm. Hormigón H-21 de la Norma CIRSOS 201 y Anexos

✳ Control de calidad: a los efectos de evaluar la resistencia del hormigón, se extraerán muestras de hormigón fresco cada 40 metros cúbicos o fracción menor por día de trabajo y por frente de trabajo.

Las probetas se moldearán y curarán en las condiciones establecidas en la Norma IRAM 1524/67. El ensayo a la compresión se realizará siguiendo la Norma IRAM 1546, en un laboratorio que será propuesto por el Contratista y aprobado por la Municipalidad de Rosario. El costo de los ensayos, serán por cuenta de la Contratista y no recibirán pago directo alguno, considerándose incluidos en los precios contractuales de los ítems respectivos. Los ensayos de resistencia a la compresión, se harán a los 28 días de edad de las probetas. La exigencia de resistencia se considerará cumplida cuando la media de la resistencia a la compresión simple de cada una de las muestras de tres (3) probetas, arroje un valor igual o superior al característico más cincuenta (50) kg/cm2, determinado por la curva edad-resistencia, presentada por el Contratista. conjuntamente con la fórmula de dosificación del hormigón. En los casos en que el hormigón empleado no cumpla con las condiciones fijadas, se procederá a la extracción de una muestra calada cada 25 metros de zanja hormigonada en las condiciones que indique la Inspección, procediéndose a verificar la resistencia del hormigón colocado. En este caso serán de aplicación las condiciones y penalidades que se establecen en el Capítulo 6 - Artículo 13 (Estructuras de Hormigón - Ensayos a realizar y penalidades) Apartados a) y b). c) Calzadas de pavimentos asfálticos Se reconstruirán de la siguiente manera:

� Asfalto a utilizar: será un cemento asfáltico 70-100 que cumplirá con las Normas IRAM 6608, 6544, 6595, 6576, 6579, 6585, 6594 e IRAM-IAP A 6507.

� Previa a la ejecución de la carpeta de concreto asfáltica se efectuará un riego de liga con

ER.1 a razón de 0.8 litros/metro cuadrado.

� Las carpetas de concreto asfáltico a ejecutar en caliente serán del espesor encontrado en el lugar.

� La Contratista, previo a la iniciación de los trabajos deberá presentar la fórmula para la

mezcla a utilizar que deberá cumplir en el ENSAYO MARSHALL de 75 golpes por capa, con los siguientes valores de las determinaciones que se describen a continuación:

Fluencia: 2.0 a 4.5 mm Vacíos: 3.0 a 5.0 % Relación betún-vacíos: 70 a 80 %

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Estabilidad mínima: 600 kg Relación estabilidad-fluencia mínima: 2100 kg/cm2 Porcentaje de compactación en obra: 98% como mínimo de la densidad

MARSHALL correspondiente. Para los ensayos se deberá calar una probeta por cada 30 metros lineales de zanja asfaltada, realizándose el promedio aritmético de las densidades MARSHALL obtenidas . En los cruces se calarán dos probetas promediando de la misma manera. Las probetas serán caladas por el Contratista, en presencia de la Inspección, y ensayadas en un laboratorio propuesto por el mismo y aprobado por la Municipalidad de Rosario. Ensayadas las muestras extraídas, y de no alcanzar estas los valores enunciados anteriormente, se procederá a demoler la parte afectada por las mismas. d) Calzadas Adoquinadas: Todo afirmado compuesto por adoquines - cualquiera sea el material constitutivo de los mismos - serán repuestos con las mismas características del adoquinado original. Cualquiera sea la estructura soporte que se ejecute y cualquiera sea el tipo de calzada que se reponga, no se admitirán asentamientos, fisuras ni desgarramientos. Cuando la superficie del suelo, en la que se hubieran practicado las excavaciones, estuviera desprovista de pavimento, correrá por cuenta del Contratista la compactación de acuerdo a lo descripto en el Capítulo 7 Artículo 8 (Movimiento de suelos - Rellenos y Compactación).

Artículo 5: Refección de Veredas. La reconstrucción de veredas, se realizará empleando el mismo tipo de material que el de la vereda primitiva. Los mosaicos calcáreos o de cemento comprimido estarán constituidos por dos capas de morteros diferentes, superpuestas y prensadas, de preferencia con prensa hidráulica. La capa de mortero aparente o pastina, estará constituida por cementos y arena, coloreados con polvo de mármol y ocres, a fin de conseguir piezas similares en tonalidad y resistencia a las muestras que la Inspección apruebe en cada caso. El espesor mínimo de la capa aparente será de 3 mm., y el espesor total del mosaico de 20 (veinte) milímetros. No se permitirá la colocación de mosaicos que no tengan 20 días de estacionamiento por lo menos. Las veredas de mosaicos se construirán sobre un contrapiso de 0.10m de espesor de hormigón pobre Q2 los mosaicos se asentaran con mortero I5, espolvoreado con cemento puro, si la vereda fuese de alisado de cemento, sobre el contrapiso se ejecutará una capa de 0.02 m. de espesor de mortero A3 alisado.

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Si la vereda no tuviese solados (pisos) correrá por cuenta del Contratista el compactado y abovedado hasta dejar el terreno en la forma primitiva y la reposición del césped, (si lo hubiere) mediante tepes o siembra, no recibiendo por estos trabajos pago adicional alguno. Los tipos especiales de vereda, se reconstruirán estrictamente en la forma primitiva.

Artículo 6: Ritmo, Deficiencias de las Refecciones La refección de pavimentos y veredas para tramos de zanja, se efectuará al mismo ritmo con que se realice la colocación de cañerías, en forma tal que dicha refección no podrá atrasarse en mas de 200 m., en cada frente de trabajo, al relleno de la excavación correspondiente. Tal brecha podrá ser ampliada si a juicio de la Inspección la misma no resultara suficiente par garantizar una correcta compactación. Tal circunstancia no eximirá al Contratista de su obligación de mantener los sectores afectados por la obra en perfecto estado de limpieza, prolijidad y seguridad (sin la presencia de material remanente). En caso de incumplimiento, la Inspección fijará un plazo para regularizar su ejecución, bajo apercibimiento de aplicar multas, según los Artículos 8.5 y 8.8 f) del Pliego de Bases y Condiciones Generales. Cualquier hundimiento de los pavimentos y/o veredas reconstruidos sea que provenga de la mala ejecución y del relleno de las excavaciones, deberán ser reparado por el Contratista por su cuenta en el plazo que le fije la Inspección. En caso de incumplimiento se hará pasible de una multa, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 8.5 y 8.8 f) del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Artículo 7: Medición y Pago a) Medición a.1) Afirmados: Cualquiera sea el tipo de afirmado, el ancho de la rotura y refección a reconocer

será idéntico al ancho de la zanja establecido en al Capítulo 7 Artículo 14 (Movimiento de Suelos - Medición).

No se medirán sobreanchos o superficies adicionales en correspondencia con

cámaras, bocas y sumideros, computándose como zanja corrida. a.2) Veredas

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Cualquiera sea el tipo de vereda se reconocerá al Contratista un sobreancho de hasta 0.20 m. a cada lado de la excavación correspondiente, según los anchos de la misma establecidos en el Capítulo 7 Artículo 14 (Movimiento de suelos - Medición).

No se medirán sobreanchos o superficies en correspondencia con cámaras,

bocas y sumideros. b) Pago b.1) Afirmados Se liquidarán al precio unitario contractual acordado para cada tipo de

pavimento. No se reconocerá incremento alguno por superficies adicionales, por lo que el Contratista deberá considerar la incidencia de la rotura y refección correspondiente en los costos de las cámaras, bocas y sumideros que originaron tales superficies adicionales.

b.2) Veredas Se liquidarán al precio unitario contractual acordado para cada tipo de vereda.

Con idéntico criterio al expuesto en el apartado b.1) anterior no se reconocerá incremento alguno por superficies adicionales a romper y refaccionar en correspondencia con cámaras, bocas y sumideros.

Los precios unitarios que se contraten para la refección de afirmados y veredas

incluirán la provisión de cordones que se hubiesen dañado durante la ejecución de las obras, o la colocación de los que se hubiesen retirado durante el curso de los trabajos.

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Capítulo 11: ESTUDIOS DE SUELOS Y AGRESIVIDAD

Artículo 1: Artículo 1: Descripción En este Capítulo, se establecen los objetivos que - con mayor frecuencia - perseguirán los estudios de suelos y agresividad que deban realizarse, las normas de aplicación, los requerimientos para la elaboración de los Informes respectivos y las recomendaciones del caso.

Artículo 2: Objetivos

Los objetivos a alcanzar, serán - en general - los siguientes:

✳ Proponer el tipo de fundación más aconsejable para las estructuras, cualquiera sea su diseño, es decir cañerías – se hayan previsto ejecutar a cielo abierto o en túnel – cámaras, bocas, etc., así como el relleno y compactación adecuados en el caso de las excavaciones para cañerías y/o en el caso de terraplenamientos.

✳ Conocer la pendiente adecuada a otorgar a los taludes de las excavaciones a cielo

abierto, para garantizar su estabilidad, diseñando las entibaciones necesarias.

✳ Proponer el sistema de abatimiento de napas si fuera necesario.

✳ Conocer las posibilidades reales que metales y hormigón resulten afectados por la agresividad de agua y suelos, diseñando – si fuese el caso - protecciones adecuadas de las estructuras.

Sin desmedro de tales objetivos, la Dirección Técnica podrá establecer otros

objetivos a alcanzar.

Consecuentemente con los objetivos recién expuestos, se realizarán –según corresponda- los siguientes trabajos y estudios:

✳ Reconocimiento de estratos y determinación del nivel freático. Identificación, incluyendo granulometrías, densidad seca y húmeda, humedad natural, límites líquidos y plásticos y clasificación según el sistema unificado de clasificación de suelos.

✳ Ensayos de penetración

✳ Ensayo triaxiales

✳ Ensayos de permeabilidad

✳ Ensayos de consolidación

✳ Ensayos proctor normal y/o modificado y/o CBR

✳ Ensayos de carga

✳ Ensayos de agresividad

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✳ Perfilaje Eléctrico

Si la Dirección Técnica estableciera otros objetivos, definirá – consecuentemente - los trabajos y estudios que el Contratista realizará, para alcanzar tales objetivos. Asimismo la Dirección Técnica establecerá el plazo de ejecución de los estudios e investigaciones.

Artículo 3: Localización de las perforaciones La ubicación de las perforaciones se hará en lo posible en zonas de tiera; ya sea de calzada o vereda, de manera de evitar la rotura de pavimentos y de veredas

Artículo 4: Desarrollo de los trabajos y estudios

4-1: Mecánica de suelos El desarrollo de los trabajos y estudios, se llevará a cabo en un todo de conformidad a las normas siguientes:

� IRAM 10500/1968: Muestreo.

� IRAM 10501/1968: Métodos de determinación del índice líquido e índice de fluidez. � IRAM 10502/1968: Métodos de determinación del límite plástico e índice de plasticidad. � IRAM 10503/1958: Método de determinación del peso específico relativo (modificado por

ACT 75/06). � IRAM 10504/1959: Método de ensayo de contracción. � IRAM 10505/1972: Método de ensayo de consolidación unidimensional.

� IRAM 10506/1983: Método de determinación de la humedad de absorción y de la

densidad aparente de suelos granulados.

� IRAM 10507/1987: Método de determinación de la granulometría mediante tamizado por vía húmeda.

� IRAM 10508/1984: Método de ensayo de la permeabilidad de suelos granulares.

� IRAM 10509/1982: Clasificación de suelos con propósitos ingenieriles. � IRAM 10510/1971: Definiciones. � IRAM 10511/1972: Método de ensayo de compactación en laboratorio (Modificada por

MOD 77/10). � IRAM 10512/1977: Métodos de Análisis Granulométrico.

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� IRAM. 10513/1958: Suelos disturbados. método manual para la determinación del límite

de líquido.

� IRAM 10514/1977: Método de determinación de la durabilidad de mezclas de suelo – cemento por congelamiento y deshielo.

� IRAM 10515-1968: Preparación de muestras para análisis sedimentométricos para

determinacion de las constantes físicas. � IRAM 10516/1968: Reconocimiento y muestreo de suelos mediante barrenos o sondas. � IRAM: 10517/1970: Método de determinación de la resistencia a la penetración y de

obtención de muestras, mediante sacatestigos abiertos longitudinalmente. � IRAM10518/1970: Método de determinación de la resistencia a la compresión no

confinada en suelos cohesivos. � IRAM 10519/1970: Método de laboratorio para la determinación de humedad. � IRAM 10520/1971: Método de determinación del valor de soporte relativo e hinchamiento

de los suelos.

� IRAM 10521/1977: Clasificación por el Sistema de Indice de Grupo.

� IRAM 10522/1972: Método de ensayo de compactación en mezclas suelo – cemento.

� IRAM 10523/1971: Método de determinación previa del contenido de cemento portland para la dosificación de mezclas de suelo cemento.

� IRAM 10524/1972: Método de ensayo de durabilidad por humedecimiento y secado en

mezclas de suelo – cemento. � IRAM 10525/1982: Suelos granulares. Método de determinación de la densidad relativa. � IRAM 10526/1975: Métodos del volumenómetro para la determinación de la Densidad in

situ. � IRAM 10527/1975: Métodos de determinación de la relación carga-asentamiento de

pilotes verticales. � IRAM 10528/1984: Método de la determinación de la capacidad portante, mediante

cargas estáticas. � IRAM 10529/1985: Método de ensayo de compresión triaxial en suelos cohesivos no

consolidados, ni drenados. � IRAM 10530/1988: Métodos de ensayo de la permeabilidad a carga variable en suelos

cohesivos.

� IRAM 10531/1988: Método de determinación de la permeabilidad in situ por la técnica Lefranc.

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� IRAM 10532/1983: Método de determinación de la absorción de agua en el terreno por la técnica de Lugeon.

� IRAM 10533/1983:.Método de la determinación de la penetrabilidad mediante el ensayo

de bombeo.

� IRAM 10534/1986:.Método de ensayo de corte de suelos tipo consolidado, drenado.

� IRAM10535/1991: Descripción de suelos mediante análisis tacto – visual.

� IRAM 10536/1993: Determinación en campaña de la densidad a granel (comunmente conocida como “peso unitario” ó “densidad aparente”) mediante arena seleccionada.

� IRAM 10539/1932: Método para la determinación de la densidad “in situ” de los suelos

mediante la hinca estática de un cilindro de muestreo.

� IRAM 10605/1988:.Método para la determinación de la deformación lineal por hinchamiento.

� IRAM 10608/1985: Método de determinación del índice de resistencia a la carga puntual.

� ASTM 0-1557 91:.Método de ensayo para determinar las características de

compactación del suelo (Proctor modificado).

� ASTM 0-1586 58 T:.Ensayo de penetración.

En todos los casos, se determinará la cota de la boca de pozo respectiva, referida al cero del IGM.

4-2: Agresividad.

Se extraerán de la perforación, muestras de agua - si se hubiese localizado la napa- y muestras de suelo, para determinar la agresividad del agua y suelo a los materiales y, al hormigón; y si dicha agresividad fuera mayor de la tolerable, proponer el tratamiento necesario para evitar el deterioro de las estructuras implantadas.

Se efectuarán como mínimo, las siguientes determinaciones:

1.2.1. Muestras de agua (napa freática)

� PH � Indice de saturación � Residuos a 105 ºC � Alcalinidad total. � Cloruros (en Cl-) � Sulfatos (en S04-) � Magnesio (en MgO) � Anhídrido carbónico agresivo (en CO2) � Materia orgánica

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1.2.2. Muestras de suelos:

� PH (relación suelo/agua 1:2,5) � Yeso � Piritas � Extracto Acuoso � Sales solubles totales (extracto a 105 ºC) � Cloruros (en Cl-) � Extracto ácido (en solución de HCL al 10%) � Sulfato (en SO4-) � Magnesio (en OMg-)

Se realizará un Perfilaje Electrico, en correspondencia con cada perforación, determinando a cada metro de profundidad la verdadera resistividad, reduciendo la concentración de los diversos iones a las cantidades equivalentes de cloruro de sodio. Las resistividades medidas en el terreno, inferiores a 2500 ohm x cm, serán obligatoriamente confirmadas en laboratorio, con una muestra tomada a la profundidad de colocación de la cañería en el lugar.

Los valores límites para determinar la no agresividad de aguas y suelos, a los metales y hormigón, serán definidos por el Contratista. Tales valores serán expresamente aprobados o rechazados en forma fundamentada por la Dirección Técnica. En cualquier caso la Dirección Técnica decidirá la o las Normas de aplicación en cada caso. Asimismo si los trabajos o estudios a realizar, requiriesen el empleo de otras Normas, o bien requiriesen la aplicación de procedimientos/metodologías no comprendidas en Normas; la Dirección Técnica establecerá cuál de ellas será aplicable, o el procedimiento / metodología a seguir, según corresponda.

Artículo 5: Representaciones y Memorias Los resultados de los ensayos se volcarán en planillas que se presentarán a la Dirección Técnica. Asimismo se representarán por cada perforación los distintos estratos de suelos, con su potencia aproximada. Para ello se permitirá tratar las superficies de separación, como superficies medias de zonas de variación de características del terreno. En esta representación se acotarán los niveles a que fuere hallada la napa freática y se incorporarán las descripciones de la muestra. Los resultados de los análisis de aguas y suelos se volcarán también en planillas. Las dimensiones de las planillas serán del tipo A-4 de la Norma IRAM. 4504-1990 o módulos de la misma. El Contratista presentará conjuntamente con las representaciones anteriores una memoria con la descripción de los trabajos de campaña, de laboratorio y de gabinete realizado.

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Artículo 6: Conclusiones y Recomendaciones En la memoria citada en el apartado anterior el Contratista incorporará todas las conclusiones de los estudios realizados y efectuará las recomendaciones que crea pertinente, en particular en relación a:

✳ Tipo de fundación más aconsejable para las cañerías, sea que su ejecución se haya previsto a cielo abierto ó en túnel.

✳ Pendiente aconsejable de los taludes de las excavaciones a cielo abierto para evitar

desprendimientos de suelos, o en su defecto tipo de entibaciones aconsejables, etc.

✳ Posibilidades reales que el hormigón o hierro resulten afectados por la agresividad de aguas y suelos. Los valores límites para determinar la no agresividad, serán los siguientes:

PH (aguas: entre 5,5 y 8) Sulfatos (SO4): menor de 600 mg/l Bicarbonatos (CO3 H): menor 1mg/l Dureza: media Cloruros: (CL-): menor de 1gr/l Residuos secos: menor de 5 gr/l PH (suelos: menor de 8) El Contratista definirá la potencial agresividad de las sustancias obtenidas de los análisis químicos, cuyos valores límites no han sido fijados. Tales valores serán expresamente aprobados o rechazados, en forma fundamentada , por la Dirección Técnica. Una vez aprobados los estudios por la Dirección Técnica, el Contratista le presentará 3 (tres) juegos completos impresos y una copia en soporte magnético (disquette de 3.5” ó CD-Rom). En los diez (10) días corridos contados a partir del momento de la recepción de los estudios, la Dirección Técnica determinará si se modificará o no el proyecto. Si resolviese introducir modificaciones entregará al Contratista - en dicho plazo - el proyecto de las modificaciones correspondientes. El tiempo que demande la ejecución de los estudios se suelos y agresividad, se considerará incluido en el plazo contractual establecido para las obras. La no presentación de dichos estudios en término hará pasible al Contratista de la multa establecida en los Pliegos de Condiciones Contracturales.

Artículo 7: Pago Los estudios de suelos y agresividad no recibirán pago directo alguno, excepto que las Especificaciones Técnicas Particulares dispongan lo contrario. En el primer caso los gastos, que por todo concepto le demanden al Contratista dichos estudios, se considerarán incluidos en los gastos generales de la obra. En el segundo caso las Especificaciones citadas establecerán la modalidad de la medición y del pago.

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Capítulo 12: DOCUMENTACIÓN CONFORME A OBRA

Artículo 1: Objetivos El presente Capítulo incorpora las especificaciones de aplicación obligatoria para la preparación de la documentación conforme a obra, tanto de Instalaciones en Ejecución como de Instalaciones Existentes, cuyo relevamiento se realiza conjuntamente con la obra en ejecución.

Artículo 2: Instalaciones en Ejecución

2-1: Planos Conforme a Obra Las medidas de los planos se ajustarán de las Normas IRAM de Dibujo Tecnológico/2001. En cuanto a la cantidad y contenido de los mismos, queda obligado el Contratista a la presentación de lo siguiente:

✳ Carátula: Se dibujará la ciudad de Rosario y mostrará la ubicación puntual de la obra dentro del éjido urbano, destacándose los principales accesos. En la parte superior se inscribirá: MUNICIPALIDAD DE ROSARIO, y en la parte inferior, los títulos identificatorios del proyecto, el año, o los años de ejecución; y el nombre de la Empresa Contratista.

✳ Índice de Planos: se organizará colocando en la parte superior, el título identificatorio del

proyecto, y, a continuación los planos integrantes de la obra ejecutada, mediante un listado de dos columnas: a la izquierda el número del plano, y, a la derecha el título específico del mismo.

✳ Planimetría general: Incluirá la traza de los conductos construidos, diámetros, y cámaras y tramos construidos a cielo abierto y en túnel. Se indicará asimismo el límite perimetral de la Cuenca de Aporte.

✳ Planimetrías parciales: Se dibujarán a escala 1:2000 ó 1:2500, pudiéndose adoptar una escala de mayor amplitud para los anchos de calles. Estos planos deberán cubrir la totalidad de la obra ejecutada, pero el área de cada uno no podrá superar el tamaño A1 de la Norma IRAM 4504/1990. En cada plano se incorporará la siguiente información mínima:

� Conductos y cámaras existentes anteriores a la obra, incluyendo pavimentos,

indicándose diámetros y distancias a cada una de las líneas de edificación ó a ambas si fuere necesario. Se indicará además el tipo de cámara y material de los conductos; y cota de intradós en cada tramo.

� Conductos construidos prefabricados, y cámaras en correspondencia con

indicación de diámetros, distancia desde el eje del conducto a una o ambas líneas de edificación, materiales y cota de intradós de los conductos a la entrada y salida de cada cámara.

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� Conductos construidos “In situ”, cámaras y bocas en correspondencia, con

indicación de diámetro, distancia desde el eje del conducto a una o ambas líneas de edificación, materiales y cotas de intradós de los conductos a la entrada y salida de cada cámara.

� En todos los casos, se indicará esquemáticamente la ubicación de sumideros y/o captaciones de zanjas, detallando con cada uno de ellos el tipo de sumidero, número de rejas, cota de cuneta de pavimento en correspondencia o de fondo de zanja si se tratase de una captación. También se indicará en forma esquemática la conexión de cada sumidero o captación con la cámara respectiva.

� Se indicará en todos los casos los puntos fijos empleados , la posición y cota

de los mismos.

✳ Perfiles Longitudinales: Se dibujarán para todos los conductos. Sean primarios (troncales), secundarios, terciarios o cuaternarios.

� El tamaño máximo de los planos será el mismo que el dispuesto para las

planimetrías. Cada plano se constituirá mediante una planta a escala 1:300 ó 1:400 y un perfil longitudinal (por el eje del conducto) en correspondencia, con escala vertical: 1:50, 1:75 ó 1:100.

� En la planta se indicarán todas las instalaciones existentes con anterioridad a

la obra, sean conductos, cámaras, canalizaciones, etc., y todos los conductos y cámaras ejecutados durante la obra.

� En todos los conductos se indicarán las cotas de intradós necesarias para

tener perfectamente identificado cada tramo, distancia a una o ambas líneas de edificación a partir del eje del conducto respectivo, diámetros y materiales correspondientes de los mismos. Se indicará claramente los sumideros y/o captaciones de zanjas y cámaras de cualquier naturaleza.

� En el perfil longitudinal se dibujarán los conductos y cámaras construidas

durante la ejecución de las obras y las instalaciones existentes que intercepten al plano vertical que contenga a los mismos.

� Se indicarán además en forma separada, las cotas de intradós y pendientes

de cada tramo, progresivas y distancias parciales y cotas de calzadas de pavimento, vereda o terreno natural en correspondencia con cada cámara. Se distinguirán asimismo los tramos construidos a cielo abierto y en túnel.

✳ Detalles: En todos los casos las escalas a emplear serán 1:20 ó 1:25 ó 1:30. Otras escalas serán fijadas por la Dirección Técnica. Los planos a presentar por el Contratista serán como mínimo los siguientes:

� Conductos construídos “in situ”, se dibujará un corte en cada caso dónde se

verifique cambio de diámetro o cambio de armadura o ambas cosas. Se indicarán diámetros, espesor, disposición de la armadura señalando cantidad, diámetro y separación de los hierros, recubrimientos de los mismos y drenajes.

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� Conductos construidos en túnel: se dibujará un corte en cada caso donde se

verifique cambio de diámetro. Se indicarán diámetros y espesores y drenajes.

� Cámaras: a excepción de las cámaras y bocas tipos, se dibujarán las restantes cámaras y/o bocas con todos sus detalles constructivos, es decir medidas internas, espesores de paredes, disposición de la armadura si fuese del caso, señalando cantidad, diámetro y separación de los hierros, tipo de tapa empleada, tipos de hormigones, etc.

� Enlaces de sumideros y/o captaciones: se dibujarán los empalmes de los sumideros y/o captaciones con las cámaras respectivas. Los conductos de empalme recibirán el mismo tratamiento que los conductos principales, en relación a las cotas de intradós, diámetros y materiales. Se indicarán el tipo de sumidero y número de rejas, además de la cota de cuneta de pavimento, de vereda o de terreno natural en correspondencia con cada tapa de cámara.

Se balizarán los sumideros, captaciones de zanja y cámaras respecto de las líneas de edificaciones.

� Sumideros y Captaciones de zanja: si no se hubiesen producidos variantes

con relación a los sumideros y/o captaciones de zanja de proyecto, su presentación no será obligatoria. Si en cambio se ejecutaren modificaciones el Contratista deberá presentar un plano por cada tipo de sumidero y/o captación de zanja, con todos los detalles que indique la Dirección Técnica.

� Acometidas y curvas: se dibujarán todas las acometidas entre conductos con diámetro mayor o igual a 1.30 m cuya ejecución deba realizarse “in situ”, lo mismo con las curvas con igual rango de diámetros. En todos los casos deberán quedar perfectamente ubicados los puntos característicos, como ser intersección de ejes, de generatrices en el mismo plano, radios, principios y fines de curva, etc.

En el caso de las acometidas, se dibujarán además la distribución

de la armadura, tanto en la zona de los conductos adyacentes a la intersección como en los anillos de refuerzo. Se indicarán diámetros, espesores, separación de los hierros, cantidad de los mismos y otros datos de interés. Tanto curvas como acometidas deberán quedar perfectamente balizadas.

Se dibujarán también la acometida de conductos de diámetro

menor o igual a 1.20 m con otros de mayor diámetro, de acuerdo a las instrucciones que imparta la Dirección Técnica.

� Obras de Descarga: Se dibujarán como mínimo, los planos relativos a la

geometría y estructura, en un todo de acuerdo a las instrucciones que impartirá la Dirección Técnica, quien también indicará en todos los casos, el tipo y las medidas del rótulo a emplear, así como los títulos y subtítulos de cada uno de los planos.

Las cotas se referirán siempre al CERO del I.G.M.

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En los planos correspondientes a las Planimetrías Generales y Parciales, Perfiles Longitudinales y Detalles, el módulo correspondiente a la Carátula, se detinará al rótulo, y, a las notas y/o aclaraciones que no se hubieren efectuado en otro lugar del Plano. El área del módulo, que se destinará a las notas y/o aclaraciones; y rótulo no será mayor a 17.5 cm x 27.0 cm. La geometría del rótulo a emplear, sus características y contenido incluyendo tamaño de letras y números serán los que se indican a continuación:

2-2: Fotografías Durante la ejecución de las obras el Contraista deberá obtener una serie de

fotografías que documenten los distintos aspectos de la marcha de las mismas. La Inspección determinará el tema y la oportunidad de obtención de cada fotografía.

El Contratista deberá obtener un promedio de 10 (diez) fotografías mensuales, con una película color de sensiblidad ISO 400. Por cada tema, obtendrá dos copias con identificación del lugar, fecha y nombre de la obra. Cada juego de copias, convenientemente compilado, según las etapas de obra, se integrarán en un “dossier” que será aprobado por la Inspección antes de la Recepción Provisoria.

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2-3: Filmaciones

Además de las fotografías, durante la ejecución de las obras, el Contratista

deberá documentar las mismas, mediante dos (2) Videos Cassettes color, formato VHS, norma PAL-N. Uno de los cassettes almacenará 60 (sesenta) minutos de filmación; mientras que el otro resumirá el primero, en no más de 10 (diez) minutos de duración.

Las tomas y la oportunidad de cada una de ellas, serán determinadas por la

Inspección, y repartidas a lo largo de cada mes de ejecución de las obras. La filmación será llevada a cabo por un profesional de video. La Inspección

validará el profesional propuesto dentro de los 15 (quince) días corridos, contados a partir de la fecha del Acta de Iniciación.

El video contará con la titulación del caso, con una descripción simultánea de las

distintas tomas, además – claro está – de la información específica de la obra, que determine la Inspección.

Los videos, una vez aprobados por la Inspección, serán propiedad de la

Municipalidad. Si el Contratista no contara – en el período de tiempo establecido – con un

profesional de video, validado por la Inspección, será pasible de las multas que para tales casos establece el Pliego de Condiciones Generales.

La Municipalidad no suscribirá el Acta de Recepción Provisoria, si el Contratista

no entregase ambos videos, aprobados por la Inspección.

Artículo 3: Instalaciones Existentes El relevamiento de las Instalaciones Pluviales y Pluviodomiciliarias Municipales de las Instalaciones Existentes se llevará a cabo, en un todo de acuerdo a la especificación respectiva establecida en el Capítulo 13 de presente Pliego. Los planos que se confeccionen, a partir de la información obtenida del relevamiento, serán rotulados como Planos Conforme a Obra, titulándose según su especificidad.

Artículo 4: Norma para la Confección de Planos

4-1: Normas Generales

Serán de aplicación obligatoria a todos los planos descriptos en el presente Capítulo.

Configuración del Sistema Autocad

La creación de los planos se efectuará en forma electrónica, en sistema de dibujo asistido por computadora “AutoCad” en su versión 2000 o superior.

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Archivo Final

El archivo final antes de ser entregado deberá ser guardado luego de aplicar

los siguientes comandos: � Purgar el archivo de bloques, estilos de texto, estilos de

dimensionamiento, layers y toda información innecesaria para la base de datos del plano.

� Realizar un “zoom extents” en model space y paper space, para

confirmar que no hay entidades fuera del límite del dibujo.

� Setear la variable “tilemode” a “0” y activar “pspace”.

� Chequear que todas las entidades se encuentren en sus respectivas layers de acuerdo a cada tipo de plano.

Nomenclatura de los Archivos

Los archivos electrónicos serán nombrados de acuerdo al siguiente formato:

AA-XX- 00

AA Indica las iniciales del proyecto XX Indica el tipo de plano: CU Croquis de Ubicación PG Planimetría General PP Planimetria Parcial GE Geometría Estructuras GD Geometría Descargas DE Detalle de Esquinas DC Detalles Estructuras Conductos DD Detalles Estructuras Descargas PT Perfiles transversales PB Perfiles batimétricos PO Perfiles Longitudinales Otros tipos serán definidos por la Dirección Técnica 00 Indica el número de plano de ese tipo

Carátula Se expone seguidamente la geometría, dimensiones y contenido

del rótulo a emplear en las Planimetrías Generales y Parciales, Perfiles

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Longitudinales y Detalles. Con impresión normal se destaca el contenido que se empleará con carácter obligatorio. Con impresión atenuada, se inscribe el contenido que puede merecer cambios y aquél específico de cada obra.

Número de Plano Los planos serán nombrados de acuerdo al siguiente formato:

AA-CO-XX- 00

AA Indica las iniciales del proyecto CO Indica que se trata de un plano conforme a obra XX Indica el tipo de plano, en forma idéntica a lo dispuesto en el Apartado

4.1.3, anterior. 00 Indica el número de plano de ese tipo

Entrega de archivos Los archivos electrónicos de los planos de proyecto – que

pudieren corresponder – y/o conforme a obra serán copiados y entregados en:

� Un juego de disquettes de 3.25” � Un juego en discos Iomega – Zip de 100 Mb ó CD de 750 Mb

Cada disquette deberá incluir un listado impreso donde se detalle:

nombre , día, hora, y tamaño en bytes de cada archivo almacenado.

Entrega de planos Los planos serán presentados por el Contratista, según

corresponda, de la siguiente forma:

� 1 ploteo monocromático en poliester con una resolución mínima de 300 DPI.

� 2 Copias heliográficas en papel.

4-2: Simbología Todo plano conforme a obra, sea que corresponda a instalaciones recientemente ejecutadas, o a instalaciones existentes, se desarrollará en base a la siguiente simbología:

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Si algún componente de las instalaciones representadas, no tuviere un símbolo asignado en el listado anterior, la Dirección Técnica definirá el símbolo a asignarle.

4-3: Carátula e Índice de Planos

Descripción La Carátula, se integrará según lo dispuesto en el Artículo 2 anterior y el presente. El Indice de Planos describirá la totalidad de las láminas que integran el proyecto, con la numeración respectiva según se dispone en el Artículo 2 anterior.

Formato

La Carátula y el Indice de Planos serán confeccionado conforme a la norma Iram Nº4504/1990. El único formato a ser utilizado para la creación de los mismos será:

Escala

A4- 210 mm x 297 mm

La escala a ser utilizada para la Carátula será 1:200000 ó

1:250000. La escala a ser utilizada se eligirá entre estas opciones, usando

aquella que permita incluir en un formato A4 la totalidad del Disrtito Rosario (si la obra estuviera al norte o al oeste de la Av. de Circunvalación) o bien el área urbana comprendida entre dicha Avenida y el río Paraná (si la obra se localizara en ese sector).

Texto

El estilo de texto utilizado en estos planos será el “Roman Simple”

debiendo adecuarse la altura de los mismos a la escala utilizada para el dibujo de los croquis, debiendo responder a parámetros adecuados para su presentación final en papel y film poliester.

Layers

La normalización de layers para la creación de los croquis de ubicación es de acuerdo a la siguiente tabla:

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Ploteo Las carátulas y los índices de planos respectivos deben ser

entregados ploteados monocromáticos en papel y film poliester debidamente firmados. A los fines de la normalización de los planos se establecen los siguientes seteos de espesor por color de layer:

Nº COLOR

PUNTA (mm)

1 Red 0.7 2 Yellow 0.2 3 Green 0.3 4 Cyan 0.4 5 Blue 0.5 6 Magenta 0.6 7 White 0.1

8 8 0.15 9 a 255 9 a 255 0.1

4-4: Planimetrías General y Parciales

Contenido Serán los indicados en el Artículo 2, Apartado 2.1, del presente capítulo.

Formato Las planimetrías serán confeccionados conforme a la Norma IRAM Nº

4504/1990. El único formato a ser utilizado para la creación de estos planos será:

A1- 594 mm x 841 mm

Escala La escala a ser utilizada en las planimetrías se define como:

LAYER COLOR LINETYPE ENTIDADES

O 7 Continuous Vacía AREA 4 Continuous Ubicación General FORMATO HOJA 2 Continuous Carátula, hoja ROTULO Continuous Rótulo MANZANAS 2 Continuous Planimetría PROYECTO PLUVIAL 1 Continuous Colector y cámaras TEXTO 7 Continuous Textos Generales TRAMAS 8 Continuous Todo tipo de Tramas VENTANA 104 Continuous Ventana-vport (No se imprime)

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1:3000

1:4000

1:5000

Planimetría General

1:2000

1:2500

Planimetrías Parciales

Para el trabajo en model Space se usará la siguiente correspondencia:

1 unidad Autocad = 1 metro terreno

Texto El estilo de texto utilizado en estos planos será el “Romans

Simple”. La altura del mismo deberá responder a los siguientes parámetros en Space Papel:

Estilo de Líneas

Los estilos de líneas para la representación de colectores

pluviales y cañerías en general se definen de acuerdo al siguiente cuadro:

Servicio Linetype Color COLECTORES PLUVIALES Continuous 1 HECHOS ARBOLES Continuous 7 HECHOS AGUA EXISTENTE En Archivo ACAD.LIN 10 HECHOS AGUA PROYECTADA En Archivo ACAD.LIN 21 HECHOS CLOACA EXISTENTE En Archivo ACAD.LIN 30 HECHOS CLOACA PROYECTADA En Archivo ACAD.LIN 40 HECHOS EPE En Archivo ACAD.LIN 50 HECHOS GAS En Archivo ACAD.LIN 60 HECHOS TELEFONO En Archivo ACAD.LIN 151 HECHOS TELEVISIÓN En Archivo ACAD.LIN 80 HECHOS VARIOS Consultar Hechos No Contemplados PLUVIAL EXISTENTE Dashed 2 5

Estos estilos de líneas se encuentran definidos en el archivo

ACAD.LIN.

Layers

5.0 mm Títulos 4.5 mm Sub – Títulos 3.0 mm Nombres de Calles 2.0 mm Referencias en general

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La normalización de layers para la creación de las planimetrías es de acuerdo a la siguiente tabla:

PLANOS DE DETALLES 0 7 Continuous Vacía ACOTACIONES ARMADURAS 7 Continuous Acotaciones Armaduras ACOTACIONES 7 Continuous Acotaciones ARMADURAS 3 Continuous Armadura de Fe CAMARA-CORTE 6 Continuous Cortes CAMARA LINEAS OCULTAS 7 Dashed Lineas Ocultas de Cámaras CAMARA VISTA 7 Continuous Lineas en Vista EJES 7 Dashdot Ejes TRAMAS 8 Hatch Todo tipo de trama TEXTOS GENERALES 3 Continuous Textos Generales

LAYER COLOR LINETYPE ENTIDADES

PLANIMETRIAS 0 7 Continuous Vacía ACOTACIONES 7 Continuous Acotaciones EJES 8 Dashdot Todos los ejes FORMATO HOJA 7 Continuous Carátula, hoja ROTULO Rótulo HECHOS AGUA EXISTENTE 10 Agua Existente Archivo ACAD.LIN HECHOS AGUA PROYECTADA 21 Agua Proyectada Archivo ACAD.LIN HECHOS ARBOLES 7 Continuous Archivo ACAD.LIN HECHOS CLOACAL EXISTENTE 30 Cloaca Existente Archivo ACAD.LIN HECHOS CLOACAL PROYECTADO

40 Cloacal Proyectado Archivo ACAD.LIN

HECHOS EPE 50 EPE Archivo ACAD.LIN HECHOS GAS 60 Gas Archivo ACAD.LIN HECHOS TELEFONOS 151 Telefonos Archivo ACAD.LIN HECHOS TV 80 TV Archivo ACAD.LIN HECHOS VARIOS 120 Continuous Hechos no Contemplados MANZANAS 4 Continuous Planimetría NOMBRES CALLES General, nombres de calles PAVIMENTO EXISTENTE 8 Continuous Pavimento Existente PAVIMENTO PROYECTADO 8 Continuous Pavimento Proyectado

PLUVIAL EXISTENTE 5 Dashed 2 Colector y cámaras Pluvial Existente

PROYECTO PLUVIAL 1 Continuous Colector y cámaras Proyecto Pluvial

PROYECTO PLUVIAL FUTURO 6 Colector y cámaras Pluvial Futuro

PUNTOS FIJOS 252 Puntos Fijos SECCION 1 Sección en planos detalles TEXTOS GENERALES 7 Continuous Textos Generales TRAMAS 8 Continuous Todo Tipo de Tramas VENTANA 104 Continuous Ventana - Vport

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VENTANA 104 Continuous Ventana-Vport

Ploteo Las planimetrías deben ser entregadas ploteadas monocromáticos en

papel y film poliester debidamente firmados. A los fines de la normalización de los planos se establecen los seteos de espesor por color de layer, idénticos a los dispuestos en el Apartado 4.3.6. anterior.

4-5: Planimetrías, Plantas y Perfiles Longitudinale s

Descripción La altimetría o perfil longitudinal consiste en el dibujo del recorrido de la cañería en dos dimensiones, una horizontal y una vertical, a efectos de marcar las interferencias y mostrar las cotas de terreno y cañería en cada punto. Los perfiles son acompañados por planimetrías que muestran una vista en planta de la cañería y su recorrido, y por secciones transversales, mostrando en corte la calle e interferencias. La información incluida en las planimetrías se obtiene de datos obtenidos de planos catastrales y su verificación mediante el relevamiento de hechos existentes, medición y replanteo de la traza. Las plantas y cortes mostrarán la disposición planialtimétrica de todos los elementos constitutivos de la parte de obra que se diseña. Las altimetrías deberán incluir la siguiente información (mínima): Planimetrías

���� Límites de zona de avenidas y calles, incluyendo líneas municipales. ���� Denominación de avenidas, calles y vías férreas. ���� Ejes de calles. ���� Cañerías y tendidos existentes. ���� Colectores proyectados y diámetros respectivos. ���� Sumideros y/o captaciones de zanja. ���� Cámaras y Bocas. ���� Tipo de Calzada. ���� Interferencias. ���� Etc.

Perfil Longitudinal

���� Cotas de terreno, y/o pavimento, y cotas de intradós de los Colectores Pluviales.

���� Distancias parciales y progresivas.

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���� Alineamiento en planta. ���� Diámetros. ���� Tipo de Calzada. ���� Interferencias. ���� Etc.

Secciones

���� Corte de vereda y calzada. ���� Nivel de terreno. ���� Cota de Intradós. ���� Colectores Proyectados. ���� Interferencias. ���� Etc.

Formato

Las altimetrías serán confeccionadas conforme a la Norma IRAM Nº 4504/1990. El único formato a ser utilizado para la creación de estos planos será:

A1- 594 mm x 841 mm

Escalas

Las escalas a ser utilizadas en las altimetrías se define como:

Planimetría Escala 1:2000; 1:2500; 1:1000

Altimetría Escala Longitudinal Escala Vertical

1:2500,1:2000, 1:1000 1:100; 1:50

Secciones Escala 1:200; 1:100

Para el trabajo en model Space se usará la siguiente correspondencia:

1 unidad Autocad = 1 metro terreno

Texto

El estilo de texto utilizado en estos planos será el “Roman Simple”. La altura del mismo deberá responder a los parámetros en Space Papel, idénticos a los formulados en el Apartado 4.4.4. anterior.

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Estilos de Líneas

Serán idénticos a los definidos en el Apartado 4.4.5. anterior.

Layers

Rige en este caso la normalización de layers para la creación de planimetrías dispuesta en la tabla desarrollada en el Apartado 4.4.6 anterior.

Ploteo

Los planos de planimetrías, plantas y cortes deben ser entregadas

ploteadas monocromáticos en papel y film poliester debidamente firmados. A los fines de la normalización de los planos se establecen los siguientes seteos de espesor por color de layer, dispuestos en el Apartado 4.3.6. anterior.

4-6: Planos de detalle

Descripción

Los planos de detalle – que se incluirán en los planos conforme a obra, y de proyecto si fuese del caso describen enlace de sumideros con colectores, y de colectores entre sí y estructuras particulares mediante plantas, vistas, cortes y todo elemento necesario para la correcta ejecución de los elementos descriptos en las obras. Dentro de estos planos de detalle se incluyen:

���� Planos de acometidas ���� Planos de estructuras ���� Planos de detalle de esquinas ���� Planos de obras de descarga

Formato

Los planos de detalle serán confeccionados conforme a la Norma IRAM Nº 4504/1990. El único formato a ser utilizado para la creación de estos planos será:

A1- 594 mm x 841 mm

Escalas

Las escalas a ser utilizadas en estos planos serán las adecuadas a los elementos a ser representados, debiéndose escoger la más adecuada dentro de las siguientes posibilidades:

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1:5; 1:10; 1:25; 1:50; 1:75; 1:100; 1:200; 1 :250

Para el trabajo en model Space se usará la siguiente

correspondencia:

1 unidad Autocad = 1 metro terreno

Texto El estilo de texto utilizado en estos planos será el “Romans

Simple”. La altura del mismo deberá responder a los parámetros en Space Papel, previstos en el Apartado 4.4.4. anterior.

Layers

La normalización de layers para la creación de los planos de detalle será de acuerdo a la siguiente tabla:

LAYER COLOR LINETYPE ENTIDADES

0 7 Continuous Vacía ACOTACIONES ARMADURAS 7 Continuous Acotaciones Armaduras ACOTACIONES 7 Continuous Acotaciones ARMADURAS 3 Continuous Armadura de Fe CAMARA-CORTE 6 Continuous Cortes CAMARA LINEAS OCULTAS 7 Dashed Lineas Ocultas de Cámaras CAMARA VISTA 7 Continuous Lineas en Vista EJES 7 Dashdot Ejes TRAMAS 8 Hatch Todo tipo de trama TEXTOS GENERALES 3 Continuous Textos Generales VENTANA 104 Continuous Ventana-Vport

Ploteo

Los detalles deben ser entregados ploteados monocromáticos en papel y film

poliester debidamente firmados. A los fines de la normalización de los planos serán aplicables los seteos de espesor por color de layer, dispuestos en el Apartado 4.3.6. anterior.

Artículo 5: Aprobación El Contratista deberá contar con la documentación conforme de obra aprobada, como requisito indispensable – entre otros – para solicitar la Recepción Provisoria de las Obras.

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Los planos Conforme a Obra, Fotografías y Filmaciones de Instalaciones en Ejecución, y los Planos Conforme a Obra de las Instalaciones Existentes, serán aprobados por la Dirección de Inspección de Obras Hidráulicas.

Artículo 6: Medición y Pago La totalidad de la mano de obra que requiera la preparación y aprobación de la documentación conforme a obra, y los materiales, insumos, equipos, etc. necesarios para ello, no recibirán pago directo alguno, considerándose su costo incluido en los gastos generales de la obra. La Inspección podrá requerir al Contratista planos o planchetas “Conforme a Obra Parciales” como condición para emitir Actas de Medición.

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Capítulo 13: SISTEMAS PLUVIALES EXISTENTES

Artículo 1: Descripción Esta especificación establece las condiciones que son de aplicación para el conocimiento, limpieza, reparación y optimización de las redes de colectores pluviales y pluviodomiciliarios municipales existentes.

Artículo 2: Limpieza a Cero Los trabajos de limpieza a cero consistirán en desobstrucción, limpieza propiamente dicha, desincrustación, rastreo, retiro, carga y transporte hasta una distancia máxima de 100 Hm de todo material de desecho, y/o todo obstáculo que impida el correcto funcionamiento de todas las cañerías, cámara de inspección, bocas de registro, sumideros, captaciones de zanja, etc. que integran el sistema pluviodomiciliario; mediante el empleo de sistemas hidrocinéticos, de succión continua u otros. En cualquier caso, el método a aplicar deberá garantizar el cumplimiento de los objetivos perseguidos, sin producir daño de ninguna naturaleza a las instalaciones a limpiar a cero. Se establece como principio básico que no se deberá limpiar el tramo de cañería de aguas abajo sin que se hayan concluido los trabajos del tramo o de los tramos de aguas arriba que aportan al primero, entendiéndose que un tramo se integra con las cañerías, cámaras de inspección, sumideros, bocas de registro, etc. que le son propias. Si el Contratista no cumpliera dicho principio, la Inspección ordenará – sin alternativas – se ejecute nuevamente la limpieza a cero hasta cumplir con el mismo. No se admitirá la presencia de residuos en la vía pública una vez finalizados los trabajos, debiendo el Contratista proceder inmediatamente al barrido y recolección de los mismos. Una vez efectuada la limpieza a cero, el Contratista procederá a realizar la prueba de eficiencia consistente – en los conductos de sección circular – en el paso de una esfera o émbolo de diámetro 80% (ochenta por ciento) del diámetro de la cañería como mínimo. Si no se lograra el paso de la esfera o émbolo indicados desde un extremo hasta el otro de la cañería, el Contratista procederá a ejecutar nuevamente la limpieza hasta lograr dicho paso. Recién entonces la Inspección procederá a aprobar la prueba de eficiencia. El Oferente describirá claramente en su Oferta la metodología de trabajo que propone emplear, como así mismo incluirá los equipos y herramientas del caso en la nómina que debe presentar. Las Especificaciones Técnicas Particulares establecerán el plazo de ejecución de los trabajos, así como el área en la que se limpiarán a cero, los colectores pluviodomiciliarios y la totalidad de las instalaciones complementarias (cámaras, bocas, sumideros, captación de zanja, etc.) en correspondencia. Salvo que tales Especificaciones dispusieran otra modalidad, la medición y pago se realizará conjuntamente con las tareas de relevamiento, con las características y condiciones que se describen el Artículo 8 del presente Capítulo.

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Artículo 3: Inspección Interna Si antes o durante las operaciones de limpieza se detectaran situaciones irregulares en el interior de los conductos, la Dirección Técnica podrá decidir la inspección interna de aquellos que no resulten accesibles al hombre. La inspección interna se llevará a cabo con la ayuda de equipos de televisión de circuito cerrado, montando por ejemplo sobre un patín una minifilmadora y equipo de iluminación, y arrastrándolos a lo largo del tramo a inspeccionar. Las imágenes captadas se transmiten por cable a una estación de recepción cercana, en la que se monitorea la información recibida, se almacena y se fotografían las imágenes de interés en el monitor. Las especificaciones técnicas particulares establecerán la modalidad de medición y pago.

Artículo 4: Relevamientos Simultaneamente con la limpieza a cero de los conductos, o en la oportunidad dispuesta a las Especificaciones Técnicas Particulares, el Contratista ejecutará el relevamiento planialtimétrico de todas las instalaciones que componen la red de colectores pluviodomiciliarios a limpiar. Inmediatamente después de concluida la limpieza en un tramo, el Contratista realizará el relevamiento citado, a los fines de obtener:

✳ El balizamiento de todas las cámaras de inspección y bocas de registro, debiendo referenciarse el centro de cada una de las mismas a dos líneas de edificación perfectamente definidas.

✳ Las dimensiones en planta de todas las cámaras y bocas de sección no circular y en su

defecto el diámetro.

✳ Las cotas de invertido y diámetros de todas las cañerías que llegan o salen de las cámaras o bocas y las cotas de la tapa de estas últimas. Cuando las cañerias no fueran de sección circular se tomarán las medidas necesarias para que dicha sección sea perfectamente identificable.

✳ Los distintos tipos de sumideros, a identificarse de la siguiente manera: horizontal de una

reja (SH–1R) o de dos rejas (SH–2R), etc.; idem sumideros verticales de una reja (SV–1R), etc.

✳ Las cotas de invertido de las cañerias que llegan (sumideros, cámaras) y/o salen de los

sumideros, y diámetros respectivos. En el caso de sumideros cámaras se identificarán SVC o SHC, según sean verticales u horizontales respectivamente, y, a continuación el número de rejas.

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✳ La posición planimétrica de los sumideros. Se indicará en cada caso si se encuentran en un extremo del radio de curva del pavimento o en el centro del mismo. Si su posición fuera otra, se balizará respecto a dos líneas de edificación.

✳ Las trazas de las cañerias entre cámaras y/o bocas o entre sumideros y cámaras o bocas

de registro.

✳ Anchos de veredas y calzadas, sean de pavimento o de tierra. En todos los casos, las cotas se referirán al CERO del IGM. Toda la información obtenida será volcada en una planimetría a escala 1:1000, siguiendo las instrucciones que imparta la Dirección Técnica. La representación gráfica se ajustará a lo dispuesto en el Artículo 4 del Capítulo 12. .Además el Contratista redactará una breve memoria explicativa de los trabajos realizados, destacando los aspectos de mayor interés. Una vez obtenida la visación de la Inspección, el Contratista presentará toda la documentación, para su aprobación a la Dirección General de Hidráulica y Saneamiento. Si dentro de los 10 (diez) días corridos, no se le formularan observaciones se considerará que la documentación ha sido aprobada. Una vez lograda tal condición, presentará una copia en film poliester y dos copias heliográficas de cada plano; y dos fotocopias de la Memoria Descriptiva, además de una copia en soporte magnético (CD, ZIP ó disquette) con los archivos en AUTOCAD 2000 o superior de los Planos y WORD 2000 o superior de los textos.

Artículo 5: Recuperación de Accesos En los casos en que tapas de acceso, a Bocas y Cámaras hayan quedado ocultas bajo carpetas asfálticas o bajo tierra, se procederá a su recuperación. Para ello, el Contratista operará como sigue:

✳ Recopilará la información antecedente – si existiese – en la Dirección General de Hidráulica y Saneamiento.

✳ Delimitará las áreas en las que se presume pueden estar localizadas las tapas

buscadas.

✳ Mediante un detector de metales, se precisará la posición planimétrica de las tapas.

✳ Procederá a excavar – si la tapada fuese de tierra – hasta descubrir la tapa, en toda su superficie; o a roturar la carpeta en todo su contorno y levantar el material descubriéndola.

Una vez descubiertas las tapas, se procederá a darle nueva cota, de conformidad a lo especificado en el artículo 6, siguiente. El Oferente podrá proponer, otras metodologías para la recuperación de las tapas de acceso ocultas, de bocas y cámaras. La Municipalidad, se reserva el derecho el derecho de la aceptación, o no, y en este último caso, de exigir la aplicación del procedimiento aquí descripto.

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Artículo 6: Nueva Cota Una vez descubierta las tapas, se procederá como sigue:

✳ Se demolerá el anillo perimetral de hormigón donde apoya la tapa, descubriéndose las armaduras verticales.

✳ Se recuperará el marco de hierro fundido para su reinstalación a nueva cota.

✳ Se ejecutará el “nuevo cuello” de la cámara – o se prolongará el fuste de la boca – con

hormigón H –21, recolocando el marco de hierro fundido a una cota tal que su borde superior enrase con el nivel de la carpeta asfáltica adyacente, o con el nivel de la calzada de tierra circundante.

✳ Se colocará la tapa extraída.

✳ Se procederá al relleno y compactación de la calzada – si fuese de tierra – alrededor del

marco, siguiendo las instrucciones de la Inspección, y además, si fuese del caso:

✳ Se procederá a la refección de la carpeta asfáltica, de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo 10 del presente Pliego.

Artículo 7: Sumideros a Refeccionar La reconstrucción de sumideros deteriorados, y/o adaptación de los mismos, se llevará a cabo como sigue: La reconstrucción, se llevará a cabo respetando las dimensiones y características originales. Si fuese posible, se recuperarán las rejas y marcos de hierro fundidos respectivos, para su recolocación, como así también las de hormigón armado, u otros accesorios, que a criterio de la Inspección, se encuentran en buenas condiciones. Si el proyecto previese, la adaptación del sumidero, el Contratista solicitará a la Dirección Técnica, los detalles del caso, ejecutando las tareas necesarias conforme a los mismos.

Artículo 8: Medición y Pago

a) Carácter de los Precios Unitarios El precio por metro lineal de cañeria que cotice el Oferente para la limpieza a cero y relevamiento de colectores pluviodomiciliarios, y que será empleado para la liquidación, comprenderá la totalidad de mano de obra, equipos y materiales que emplee el Contratista para la limpieza, desobstrucción y desincrustación de cañerias, cámaras, bocas, sumideros y captaciones de zanjas, rastreo, retiro, carga y transporte hasta una distancia de 100 Hm de

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todo material de deshecho y/o obstáculo que impida el correcto funcionamiento de todas las cañerias, cámaras, bocas de registro y obras de captación; la mano de obra , herramientas, equipos y materiales que sean necesarios para la aprobación de las pruebas de eficiencia, a satisfacción de la Inspección y requerimientos de la Dirección Técnica; la mano de obra, instrumental, equipos y materiales que emplee para el relevamiento del sistema pluviodomiciliario, incluyendo los gastos que le demanden la confección de planos y memorias. En general, los precios serán compensación por todo trabajo de excavación, por la carga, transporte y descarga de los materiales sobrantes, por la provisión de todos los materiales necesarios, la reparación de elementos existentes y/o ejecución de nuevos, por la totalidad de la mano de obra que requieran todas las tareas; y por todo insumo y/o trabajo necesario para alcanzar los objetivos en cada caso.

b) Medición b1) Limpieza a cero y Relevamientos

La medición se llevará a a cabo en base a las longitudes de cañerias de distinto diámetro o sección de escurrimiento no circular, según sea el cambio de dimensiones, en las que se ha efectuado la limpieza a cero, con prueba de eficiencia por la Inspección. Tal medición se realizará entre los paramentos internos de las cámaras, siguiendo el eje de las cañerías; sea que aquellos correspondan a bocas de registro, cámaras de inspección, sumideros o sumideros cámaras.

b2) Inspección Interna Se realizará una detallada evaluación del conjunto de trabajos y provisiones a

llevar a cabo para la totalidad de los tramos que sean necesarios inspeccionar (conforme a las instrucciones que imparta la Dirección Técnica), a los fines de desarrollar una cotización global. La Inspección gestionará la ejecución de los trabajos, a través de la partida de Imprevistos, o bien como Trabajos Adicionales.

b3) Recuperación de Accesos y Nueva Cota La medición se realizará por unidad, es decir por cada acceso recuperado,

comprendiendo todas las tareas necesarias para acceder a la tapa oculta, otorgarle nueva cota y ejecutar la refección de la calzada.

b4) Refección de Sumideros Se realizará una evaluación detallada de la totalidad de los trabajos a llevar a

cabo, y provisiones necesarias, conforme al proyecto; a los fines de formular una cotización global.

c) Pago

c1) Limpieza a Cero y Relevamientos La liquidación se realizará al precio unitario contractual previsto, de la siguiente

manera:

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✳ Liquidación del 60% (sesenta por ciento) de los precios unitarios que

correspondan, al aprobar la Inspección cada tramo de la limpieza a cero. ✳ Liquidación del 40% (cuarenta por ciento) restante de los precios unitarios,

cuando el Contratista cuenta con la aprobación de la totalidad de la documentación,(requerida en el Artículo 4 anterior) por parte de la Dirección Gral. de Hidráulica y Saneamiento.

c2) Inspección Interna

La liquidación del precio global se realizará una vez que la Inspección haya

aprobado la totalidad de los trabajos de inspección encomenados.

c3) Recuperación de Accesos y Nueva Cota

La liquidación se realizará al precio unitario contractual respectivo.

c4) Refección de Sumideros

La liquidación del precio global, se realizará una vez que la Inspección haya

aprobado los trabajos de refección encomendados.

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PLANOS QUE INTEGRAN EL LEGAJO:

2410 Relevamiento general y badenes a demoler

2410/1 Proyecto de desagües pluviales y badenes

Planos tipo:

PT-109-M2 Captación de zanja simple

PT-135-M1 Cámara para limpieza

PT-148 Detalle de marco y tapa

PT-202 Sumidero horizontal de 2 rejas

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