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Secretaría de Ciencia y Técnica BASES Y CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN “Amílcar Herrera 2018” 1 ANEXO I 1. Presentación. La convocatoria a presentación de proyectos “Amílcar Herrera 2018” está dirigida a equipos de investigación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANÚS y tiene como objetivo principal fomentar las prácticas de investigación de los docentes-investigadores, impulsando la constitución de nuevos equipos de investigación, la consolidación de los existentes y la formación de nuevos recursos humanos. A los fines de la presente convocatoria podrán presentarse dos tipos de proyectos, a saber: - Proyectos de investigación y desarrollo (en adelante I+D) - Proyectos de investigación y desarrollo de impulso a la formación de nuevos equipos, (en adelante: I+D “formación de nuevos equipos”) Los proyectos Tipo I+D deberán tener una duración de dos (2) años y podrán contar con un presupuesto asignado de hasta PESOS DOCE MIL ($12.000,00.-) por año de ejecución. Esta modalidad se inscribe en los objetivos de la convocatoria priorizando la presentación de propuestas de docentes investigadores que cuenten con trayectoria en ejecución de proyectos de investigación y que están en vías de consolidación de campos de estudio. En el caso de que las presentaciones involucren la participación de actores sociales (organizaciones y actores del sector productivo; organizaciones de la sociedad civil y/o agencias públicas entre otros) es requisito que cuenten con la presentación de una carta aval que valide el interés de participar en el proyecto. Los proyectos Tipo I+D “formación de nuevos equipos” deberán tener una duración de dos (2) años y podrán contar con un presupuesto asignado de hasta PESOS SEIS MIL ($6.000,00.-) por año de ejecución. Por su parte, esta modalidad tiene como objetivo principal fomentar la conformación de nuevos equipos de investigación a partir de la participación de docentes investigadores que se encuentran en formación de actividades de investigación y desarrollo. 2. Mecanismos de presentación de proyectos. La presentación de proyectos de ambas modalidades (I+D / I+D “formación de nuevos equipos”) deberá inscribirse en el siguiente procedimiento:

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Secretaría de Ciencia y Técnica

BASES Y CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

“Amílcar Herrera 2018”

1

ANEXO I

1. Presentación.

La convocatoria a presentación de proyectos “Amílcar Herrera 2018” está dirigida a equipos de

investigación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANÚS y tiene como objetivo principal

fomentar las prácticas de investigación de los docentes-investigadores, impulsando la

constitución de nuevos equipos de investigación, la consolidación de los existentes y la

formación de nuevos recursos humanos.

A los fines de la presente convocatoria podrán presentarse dos tipos de proyectos, a saber:

- Proyectos de investigación y desarrollo (en adelante I+D)

- Proyectos de investigación y desarrollo de impulso a la formación de nuevos equipos,

(en adelante: I+D “formación de nuevos equipos”)

Los proyectos Tipo I+D deberán tener una duración de dos (2) años y podrán contar con un

presupuesto asignado de hasta PESOS DOCE MIL ($12.000,00.-) por año de ejecución. Esta

modalidad se inscribe en los objetivos de la convocatoria priorizando la presentación de

propuestas de docentes investigadores que cuenten con trayectoria en ejecución de proyectos

de investigación y que están en vías de consolidación de campos de estudio.

En el caso de que las presentaciones involucren la participación de actores sociales

(organizaciones y actores del sector productivo; organizaciones de la sociedad civil y/o

agencias públicas entre otros) es requisito que cuenten con la presentación de una carta aval

que valide el interés de participar en el proyecto.

Los proyectos Tipo I+D “formación de nuevos equipos” deberán tener una duración de dos (2)

años y podrán contar con un presupuesto asignado de hasta PESOS SEIS MIL ($6.000,00.-) por

año de ejecución. Por su parte, esta modalidad tiene como objetivo principal fomentar la

conformación de nuevos equipos de investigación a partir de la participación de docentes

investigadores que se encuentran en formación de actividades de investigación y desarrollo.

2. Mecanismos de presentación de proyectos.

La presentación de proyectos de ambas modalidades (I+D / I+D “formación de nuevos

equipos”) deberá inscribirse en el siguiente procedimiento:

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“Amílcar Herrera 2018”

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2.1 Presentación de Idea Proyecto.

La presentación de Ideas Proyecto se hará a través del formulario adjunto y deberá ser

ingresado entre el 12 de junio y el 06 de julio de 2018 en el DEPARTAMENTO ACADÉMICO

donde se encuentra radicada la designación del DIRECTOR del proyecto.

Atendiendo la radicación propuesta en el formulario de Idea Proyecto, cada Director de

DEPARTAMENTO ACADÉMICO convocará al Director del INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN

involucrado para realizar una evaluación conjunta a partir de una grilla confeccionada para tal

fin.

En ese marco, el DEPARTAMENTO ACADÉMICO deberá acreditar, al menos, dos (2) aspectos

centrales, como ser:

- Que el proyecto de referencia esté relacionado con los campos epistemológicos de interés,

resaltando su grado de vinculación con los problemas sociales, nacionales y latinoamericanos,

así como la capacidad de transferencia de sus resultados al medio social, productivo y/o

cultural.

- Conformidad sobre la disposición de cargos y horas a asignar al proyecto de cada integrante

del equipo. En el caso de que un proyecto cuente con docentes-investigadores de más de un

DEPARTAMENTO, deberá presentar la Nota de conformidad donde el/la integrante del equipo

de investigación tenga radicada su designación.

El INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN, por su parte, deberá considerar especialmente:

- El grado de adecuación y relevancia de la temática propuesta en la Idea Proyecto respecto de

las líneas de investigación pertinentes al mismo.

- El cumplimiento de los requisitos que establece el presente llamado para los miembros del

equipo de investigación, incluyendo el “Plan de trabajo” para Becarios y/o las “Tareas

requeridas” para Adscriptos a actividades de investigación y desarrollo.

Culminada esta etapa, los INSTITUTOS enviarán en formato papel a la DIRECCION DE

INVESTIGACIÓN, las Ideas Proyecto recibidas con su respectiva grilla de evaluación para que

ésta realice la revisión técnica de las presentaciones e informe a los Directores de proyecto los

resultados de la evaluación conjunta.

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2.2 Formulación en plataforma SIGEVA-UNLa.

Las propuestas que cuenten con una evaluación favorable tendrán con un plazo de

presentación del proyecto en la plataforma SIGEVA-UNLa desde el 06 de agosto hasta el 07

de septiembre de 2018 y en formato papel entre el 10 de septiembre y el 14 de septiembre

del corriente año en la SECRETARÍA DE CIENCIA Y TÉCNICA.

3. Sobre el Equipo de Investigación 3.1 Proyectos Tipo I+D

El proyecto deberá tener un (1) Director/a y podrá contar además con un (1) Co-director/a. El

equipo de investigación estará conformado por al menos tres (3) Docentes-investigadores de

la UNLa, sin incluir al Director/a. Adicionalmente podrá contar con un (1) Becario de Iniciación,

hasta tres (3) Adscriptos a actividades de investigación y desarrollo y un (1) Personal no

docente en carácter de asistente técnico.

El Director/a del proyecto deberá fundamentar la integración de cada miembro del equipo

describiendo su participación específica dentro del plan de trabajo del proyecto, dejando en

claro la relación entre las tareas delegadas y el perfil emergente del CVar del docente-

investigador (A completar en el punto 11. Equipo de trabajo del Formulario IP).

Todos los integrantes de proyectos, con excepción de los trabajadores no docentes que

participen en el equipo de investigación, deberán tener un usuario SIGEVA UNLa dado de alta y

sincronizado con SIGEVA CONICET y CVar, para realizar la carga de los mismos.

Requerimientos para miembros del equipo de investigación UNLa:

Ser docente investigador de la UNLa.

No participar en más de dos (2) proyectos de investigación en forma simultánea de

cualquier modalidad vigente en la UNLa, sean llamados internos o externos en

condición de organismo cofinanciador. Atendiendo situaciones excepcionales

previamente solicitadas y debidamente fundamentadas por los/as interesados/as con

el aval del o los Directores de INSTITUTOS involucrados, la DIRECCIÓN DE

INVESTIGACIÓN podrá autorizar la participación en más proyectos.

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Aceptar y autorizar expresamente la publicación de los resultados de investigación

derivados del proyecto en cualquiera de los formatos que determine la SECRETARÍA DE

CIENCIA Y TÉCNICA, salvo razones fundadas del Director/a que justifiquen la no

realización de la misma.

Entregar los informes de actividad que les sean solicitados como obligación

administrativa de su participación.

Cumplir con las obligaciones, modalidades y plazos particulares de esta convocatoria.

3.2 Proyectos Tipo I+D “formación de nuevos equipos”

El proyecto deberá tener un (1) Director/a y podrá contar además con un (1) Co-director/a. El

equipo de investigación estará conformado por al menos tres (3) Docentes-investigadores de

la UNLa, sin incluir al Director/a. Adicionalmente hasta tres (3) Adscriptos a actividades de

investigación y desarrollo y un (1) Personal no docente en carácter de asistente técnico.

Todos los integrantes de proyectos, con excepción de los trabajadores no docentes que

participen el equipo de investigación, deberán tener un usuario SIGEVA UNLa dado de alta y

sincronizado con SIGEVA CONICET y CVar, para realizar la carga de los mismos.

Requerimientos para miembros del equipo de investigación UNLa:

Ser docente investigador de la UNIVERSIDAD, o haberse desempeñado como Becario

(Graduado) de alguno de los proyectos de investigación radicado en la UNLa.

No participar en más de dos (2) proyectos de investigación en forma simultánea de

cualquier modalidad vigente en la UNLa, sean llamados internos o externos en

condición de organismo cofinanciador.

Aceptar y autorizar expresamente la publicación de los resultados de investigación

derivados del proyecto en cualquiera de los formatos que determine la SECRETARÍA DE

CIENCIA Y TÉCNICA, salvo razones fundadas del Director/a que justifiquen la no

realización de la misma.

Entregar los informes de actividad que les sean solicitados como obligación

administrativa de su participación.

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Cumplir con las obligaciones, modalidades y plazos particulares de esta convocatoria.

4. Sobre el Director/a y Co-director/a

4.1 Proyectos Tipo I+D

Las condiciones necesarias para ser Director/a de proyecto son:

Tener cargo docente (ordinario o interino) de Profesor Titular, Asociado o Adjunto con

dedicación exclusiva, semi-exclusiva o una dedicación simple adicional a las

responsabilidades de gestión en la UNIVERSIDAD.

Los docentes de grado o posgrado contratados podrán presentarse como Director/a de

proyecto si poseen una continuidad contractual en la UNLa superior a dos (2) años. A

su vez, deberán comprometerse por escrito a concluir las tareas que demande el

proyecto, independientemente de su situación contractual.

Acreditar antecedentes profesionales, académicos y de investigación en el área

temática del proyecto.

Cumplimentar al menos una de las siguientes condiciones:

- Poseer grado de Maestría, Doctorado, Especialización o mérito equivalente.

- Tener responsabilidades de Director de Departamento, de Instituto, o de Carrera de

Grado o Posgrado.

- Tener responsabilidades de gestión a nivel de Rectorado, Vicerrectorado y Secretarías.

- Tener categoría 3 o superior en el Programa de Incentivos a Docentes Investigadores

de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS (SPU), MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DE LA NACIÓN.

Se admitirá la posibilidad de que existan Directores/as externos habilitados, con cargos de

investigación en el CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS

(CONICET), la COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS (CIC) del MINISTERIO DE CIENCIA,

TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN de la Provincia de Buenos Aires, u otras Instituciones vinculadas a

la investigación científica, siempre y cuando designen a la UNLa como lugar de trabajo.

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Aquellos Directores/as de proyectos que cumplan con las condiciones particulares exigidas por

el PROGRAMA DE INCENTIVOS A DOCENTES INVESTIGADORES (SPU) serán incluidos en el

mismo, debiendo agregar a la presentación de informes solicitados por la DIRECCIÓN DE

INVESTIGACIÓN, los que requiera el mencionado PROGRAMA.

Las responsabilidades del Director/a de Proyecto son:

a) Dirigir la ejecución del proyecto aplicando todos los recursos humanos, técnicos y

financieros puestos a disposición de ese objeto. La ejecución deberá ajustarse al plan

de trabajo aprobado y desarrollarse de acuerdo a lo establecido en estas Bases y

Condiciones y en las normas administrativas que rigen el uso de los fondos. Cualquier

alteración en el plan de gastos o modificación sustancial en el desarrollo de las

actividades deberá ser solicitada en tiempo y forma mediante Nota de readecuación

del gasto y/o de las actividades, ser avalada por el Director de INSTITUTO de radicación

del proyecto, y dirigida a la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN para su consideración.

b) Presentar en tiempo y forma los Informes de Avance y Final, así como cualquier otra

documentación requerida para la evaluación del proyecto.

c) Completar dentro del plazo establecido de ejecución del proyecto el desarrollo de los

productos propuestos y hacer entrega de los mismos a la DIRECCIÓN DE

INVESTIGACIÓN, de modo que la UNIVERSIDAD pueda disponer de los resultados de

investigación en las formas en que lo estime necesario, sean textos completos,

diseños, obras de arte, bases de datos, prototipos o cualquier otro resultado

alcanzado.

d) Presentar en tiempo y forma la rendición parcial o final de gastos o la devolución de los

montos no utilizados. Los fondos remanentes no estarán disponibles una vez finalizado

el proyecto o vencido el plazo de ejecución del mismo.

e) Poner a disposición de la UNLa los bienes inventariables que hayan sido adquiridos

para la ejecución del proyecto, e informar a la Biblioteca de la UNLa los textos que

hayan sido comprados con el subsidio (Ver punto 8).

f) Cumplir con las obligaciones, modalidades y plazos particulares de esta convocatoria.

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En caso de que el Director/a sea externo, los aspectos referidos a los recursos financieros y la

rendición parcial y final de gastos o devolución de los montos no utilizados será exclusiva

responsabilidad del Co-director/a, quién deberá ser docente-investigador de la UNLa.

Son condiciones necesarias para ser Co-director/a de proyecto:

Tener un cargo docente equivalente a Titular, Asociado o Adjunto.

Acreditar antecedentes profesionales, académicos y de investigación.

Cumplimentar al menos una de las siguientes condiciones:

- Poseer grado de Maestría o Doctorado, Especialización o mérito equivalente.

- Tener responsabilidades de Director de Departamento, de Instituto o de Carrera.

- Tener responsabilidades de gestión a nivel de Rectorado, Vicerrectorado y Secretarías.

- Tener categoría 5 o superior en el PROGRAMA DE INCENTIVOS A DOCENTES

INVESTIGADORES (SPU)

- Tanto el Director/a como el Co-director/a de un nuevo proyecto deberán haber

cumplido con las entregas de todos los informes y rendiciones en tiempo y forma

referidos a proyectos precedentes, para aspirar a presentar un nuevo proyecto en el

marco de la actual convocatoria. Los Directores/as o Co-directores/as de proyectos

con informes desaprobados no podrán participar de la nueva convocatoria.

4.2 Proyectos Tipo I+D “formación de nuevos equipos”

Las condiciones necesarias para ser Director/a de proyecto son:

Tener cargo docente (ordinario o interino) de Profesor Titular, Asociado o Adjunto con

dedicación exclusiva, semi-exclusiva o una dedicación simple adicional a las

responsabilidades de gestión en la UNIVERSIDAD.

Los docentes contratados podrán presentarse como Director/a de proyecto si poseen

una continuidad contractual en la UNLa superior a dos (2) años. A su vez, deberán

comprometerse por escrito a concluir las tareas que demande el proyecto,

independientemente de su situación contractual.

Acreditar antecedentes profesionales, académicos y de investigación.

Las responsabilidades del Director/a de Proyecto son las mismas que las establecidas para los

proyectos Tipo I+D señaladas anteriormente.

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Las condiciones para ser Co-director/a de proyecto son:

Tener cargo docente (ordinario o interino) de Profesor Titular, Asociado o Adjunto con

dedicación exclusiva, semi-exclusiva o una dedicación simple.

Los docentes contratados podrán presentarse como Co-director/a de proyecto si

poseen una continuidad contractual en la UNLa superior a dos (2) años. A su vez,

deberán comprometerse por escrito a concluir las tareas que demande el proyecto,

independientemente de su situación contractual.

5. Becas y Adscriptos a actividades de Investigación y Desarrollo.

Dependiendo del tipo de proyecto (I+D o I+D “formación de nuevos equipos”), al momento de

la presentación del proyecto definitiva, el Director/a podrá postular un (1) Becario de

Iniciación y hasta tres (3) estudiantes en carácter de Adscriptos, adecuándose a las categorías

que establece el Reglamento de Becas y Adscriptos a actividades de Investigación y Desarrollo.

Para tal fin, el Becario tendrá que presentar un “Plan de Trabajo” concordante con la

planificación del proyecto y con su cronograma de ejecución. Para el/los postulante(s)

Adscripto(s) deberán presentar las “Tareas requeridas” en el marco del Proyecto.

La dirección del Becario o Adscripto podrá ser asumida por el Director/a o Co-director/a del

proyecto, y tendrá que tener asignado lugar de trabajo en el INSTITUTO donde esté radicado el

proyecto.

Los mismos deberán ser seleccionados por el Director/a del proyecto del “BANCO

PERMANENTE DE BECARIOS Y ADSCRIPTOS A ACTIVIADADES DE INVESTIGACIÓN Y

DESARROLLO de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANÚS” teniendo en cuenta los perfiles de los

egresados.

Esta herramienta virtual funcionará como una plataforma en la cual estudiantes y graduados

podrán postularse a las vacantes que establecen los proyectos en las funciones de becarios o

adscriptos a actividades de investigación y desarrollo. La plataforma se actualizará con la

información surgida de las ideas proyectos ingresados a las convocatorias y los postulantes

podrán ponerse en contacto con los INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN para manifestar su

voluntad de participar, atendiendo las vacantes y perfiles requeridos de los proyectos que

están en etapa de formulación.

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Los INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN pondrán en conocimiento a los Directores de proyectos de

las postulaciones y perfiles para cada proyecto y éstos se encargarán de seleccionar a los

postulantes.

La presentación de los becarios será analizada en el marco de la evaluación del proyecto,

determinando la necesidad de incorporar un becario y la vinculación del plan de trabajo con

los objetivos del proyecto. En caso de resultar no admitidas, los Directores/as no podrán

reformular la solicitud, ni el plan de trabajo propuesto originalmente.

El monto del estipendio de la Beca de Iniciación asciende a PESOS DOS MIL QUINIENTOS

($2.500) por mes durante el plazo de doce (12) meses, en la medida que las disponibilidades

presupuestarias lo permitan.

En el caso de requerir la renovación de la beca para un segundo año de ejecución, el Director/a

del proyecto deberá presentar una Nota dirigida al Director de INSTITUTO, fundamentando la

necesidad de continuidad de la beca por un plazo equivalente, quien evaluará la pertinencia de

la solicitud.

6. Sobre los miembros externos a la UNLa

Para ambas modalidades de proyectos (I+D o I+D “formación de nuevos equipos”), la

participación de los investigadores externos quedará sujeta a aceptación por parte del

INSTITUTO donde vaya a radicarse el proyecto, debiendo justificarse adecuadamente la

necesidad de su inclusión y los potenciales beneficios que otorga al proyecto. Dicha

participación podrá ser a título personal o institucional, en ambos casos para la UNLa la

participación será ad-honorem.

En caso de que sea a título institucional se deberán suscribir acuerdos interinstitucionales que

regulen entre otros aspectos, los derechos y obligaciones de las partes, la propiedad

intelectual sobre los resultados de investigación, la participación en eventuales beneficios

económicos producto de la explotación de los resultados, y los mecanismos de difusión de los

mismos.

Los investigadores externos no podrán recibir subsidios para pasajes o viáticos para

representar a la UNLa en Congresos o eventos académicos, excepto que se establezca en el

acuerdo específico que avale su participación institucional en el proyecto.

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A su vez, los investigadores externos deberán comprometerse a:

Aceptar que en la publicación, presentación y/o difusión de los resultados de

investigación se mencione a la UNLa, como institución de radicación de la actividad.

Abstenerse de presentar los productos y resultados alcanzados en el proyecto en otra

institución, excepto que medie autorización escrita por parte de la DIRECCIÓN DE

INVESTIGACIÓN, SECRETARÍA DE CIENCIA Y TÉCNICA, para su difusión.

Entregar los informes de actividad que les sean solicitados como obligación

administrativa de su participación.

Cumplir con las obligaciones, modalidades y plazos particulares de esta convocatoria.

7. Duración de los proyectos

La duración de los proyectos será de veinticuatro (24) meses. El comienzo se fijará a partir de

la Resolución Rectoral de aprobación, donde se consignará la fecha de inicio del proyecto.

8. Financiamiento

La modalidad del financiamiento será por subsidio otorgado a cada Director/a de proyecto o

Co-director/a si correspondiese, debiéndose destinar exclusivamente a financiar las

actividades directamente relacionadas con el desarrollo del mismo.

El monto anual asignado a financiar cada proyecto, según su modalidad (I+D o I+D “formación

de nuevos equipos”), dependerá del presupuesto total disponible para el ejercicio económico

anual y de la cantidad y el orden de mérito de los proyectos presentados y aprobados.

El monto del subsidio deberá destinarse exclusivamente a solventar los gastos derivados de las

actividades que hayan sido previstas en el proyecto en relación con los siguientes ítems, de

acuerdo al instructivo de gastos de la presente convocatoria:

a) Bienes de consumo.

b) Bienes de uso.

c) Viajes y viáticos de los integrantes del equipo de investigación.

d) Bibliografía.

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e) Servicios técnicos especializados.

Los gastos de fotocopias cuyas facturas superen los PESOS TRESCIENTOS ($300) deberán

justificarse detalladamente indicando el tipo de original que se copia, la cantidad, su relación

con las actividades a desarrollar y la cantidad de copias solicitadas por cada original.

Los gastos que no hayan sido explícitamente incluidos y justificados en el presupuesto inicial

no podrán ser aceptados en las rendiciones, excepto que dispongan de una autorización

escrita por parte de los Directores de INSTITUTO con fecha anterior a la realización del gasto y

autorizado por la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN, la que deberá ser incluida en la rendición

correspondiente.

La contratación de servicios no personales cuyos montos superen los PESOS DOS MIL ($2.000)

requerirá una nota de autorización previa explícita por parte del Director de INSTITUTO. La

misma deberá regirse por las pautas establecidas por la SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN

para la contratación de servicios.

Todos los bienes de uso adquiridos en el marco del proyecto deberán ser inventariados y

transferidos a la UNIVERSIDAD al momento de realizar la compra.

La información completa sobre libros adquiridos como parte de la investigación deberá ser

presentada por nota del Director/a del proyecto ante las autoridades de la Biblioteca de la

UNLa para su catalogación. Una vez realizada la misma, los libros deberán estar disponibles en

las bibliotecas de los Institutos, dependiendo del lugar de radicación del proyecto.

Los fondos asignados no podrán emplearse para:

a) Financiar sueldos y salarios.

b) Solventar gastos derivados del desenvolvimiento de las actividades que normalmente

puedan ser realizadas en dependencias de la UNIVERSIDAD tales como uso del

teléfono o Internet, etc.

c) Adquirir equipamiento informático, tales como: computadora, notebook, netbook,

monitor de PC, cañón, pantalla, impresora, escáner, grabadores de audio, cámaras de

fotografía o de video. Salvo autorización expresa de la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN,

SECRETARÍA DE CIENCIA Y TÉCNICA, a solicitud fundada del Director/a del proyecto.

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9. Evaluación de Calidad

9.1 Proyectos Tipo I+D

El proceso de evaluación de los proyectos ingresados en esta modalidad se inicia con la

ponderación conjunta que realizarán los DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS e INSTITUTOS DE

INVESTIGACIÓN, según se detalla en el punto 2 de la presente y continúa con una Evaluación

de Calidad que se llevará a cabo a través de la modalidad de Pares Evaluadores Externos,

identificados y convocados mediante el Banco Nacional de Evaluadores del PROGRAMA

NACIONAL DE INCENTIVOS A LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN, de acuerdo a la temática del

proyecto.

El orden de mérito definitivo surgirá de la ponderación de ambos procesos de evaluación,

siendo el resultado de la evaluación realizada en la UNIVERSIDAD el que desempate en caso de

paridad entre dos (2) proyectos.

En ningún caso podrán financiarse proyectos que en su evaluación de calidad, obtengan una

calificación menor a Bueno.

9.2 Proyectos Tipo I+D “formación de nuevos equipos”

El proceso de evaluación de los proyectos ingresados en esta modalidad se inicia con la

ponderación conjunta que realizarán los DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS e INSTITUTOS DE

INVESTIGACIÓN, según se detalla en el punto 2 de la presente y continúa con una Evaluación

de Calidad que se llevará a cabo en los INSTITUTOS correspondientes o en quien estos

deleguen la tarea, de acuerdo a la temática del proyecto.

El orden de mérito definitivo surgirá de la ponderación de ambos procesos de evaluación,

siendo el resultado de la evaluación de Calidad la que desempate en caso de paridad entre dos

(2) proyectos.

En ningún caso podrán financiarse proyectos que en su evaluación de calidad, obtengan una

calificación menor a Bueno.

10. Asignación del subsidio

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Una vez que el proyecto disponga de un dictamen favorable para ser financiado en relación

con su orden de mérito, la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN girará las actuaciones para el

otorgamiento de los subsidios correspondientes al ejercicio presupuestario que corresponda.

El monto aprobado del subsidio correspondiente al primer año será otorgado al Director/a o

Co-director/a del proyecto (según corresponda), debiendo rendir los gastos de dicho período

antes del 30 de noviembre del correspondiente año de ejecución.

El Director/a o Co-director/a del proyecto, deberá devolver a la UNLa el dinero que no haya

sido utilizado en el período. Una vez aprobada la rendición se procederá, si corresponde, a

gestionar el subsidio aprobado para el segundo año, que deberá rendirse antes del 30 de

noviembre correspondiente al año de ejecución.

Los montos del subsidio no utilizados durante el primer año no podrán ser asignados al

segundo año. Las situaciones excepcionales que podrían justificar esta utilización deberán ser

presentadas por Nota a través del Instituto de radicación del proyecto, con una antelación de

treinta (30) días a la fecha límite de rendición correspondiente, recayendo en la DIRECCIÓN DE

INVESTIGACIÓN, SECRETARÍA DE CIENCIA Y TÉCNICA, la aprobación o no de la excepción. La

misma resolverá los casos de solicitudes de excepción por fondos no utilizados en el período

previsto.

11. Altas y bajas de integrantes del equipo

Las solicitudes de altas y bajas de los integrantes del proyecto serán presentadas por el

Director/a ante el INSTITUTO correspondiente con las justificaciones que permitan realizar una

evaluación del pedido en acuerdo con el Director del DEPARTAMENTO ACADÉMICO. En caso

de ser aceptadas, se informará a la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN, que resolverá según

corresponda. Las altas solicitadas requerirán que el integrante a incorporar tenga un alta de

usuario en SIGEVA-UNLa y su CVar sincronizado.

En caso de renuncia, licencia prolongada debidamente fundamentada (otorgadas en el marco

de la normativa vigente), jubilación o fallecimiento del Director/a, sus funciones serán

transitoriamente ejercidas por el Co-director/a. Este/a deberá informar por Nota sobre la

situación y el estado del proyecto al Director del INSTITUTO quién emitirá opinión sobre la

posibilidad que el Co-director/a asuma las funciones del Director/a o sobre la necesidad de

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incorporar a un nuevo Director/a. De no cumplir con los requerimientos para dicha función, el

proyecto se interrumpirá. Para que un proyecto aprobado pueda considerarse en estado de

ejecución, deberá mantener a lo largo de su desarrollo el número mínimo de integrantes

requeridos en el marco de la convocatoria.

Cualquiera de estas situaciones será informada a la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN,

SECRETARÍA DE CIENCIA Y TÉCNICA, quien resolverá según corresponda. Los proyectos

acreditados ante el Programa de Incentivos no podrán continuar en dicha situación si el Co-

director/a no cumple con las condiciones especificadas en el mismo.

Un proyecto que pierda su Director/a y Co-director/a no podrá continuar su desarrollo.

12. Seguimiento del Proyecto

Toda investigación que sea puesta en marcha se hallará sujeta a distintas etapas de evaluación

de su desarrollo. Los Informes de Avance y Final deberán ser entregados en las fechas y con las

características que establezca la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN, SECRETARÍA DE CIENCIA Y

TÉCNICA.

La UNIVERSIDAD podrá instrumentar auditorías de control del gasto de los fondos asignados

cuando lo considere conveniente.

La falta de presentación en término de los Informes de Avance o Informes Finales por parte de

los responsables del proyecto, o la obtención de una calificación de informe desaprobado

implicará que la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN resuelva según corresponda, pudiendo

promover sanciones para el Director/a y Co-director/a con una inhabilitación de hasta dos

años para la presentación de nuevos proyectos de investigación.

Las rendiciones de gastos se efectuarán según la normativa vigente de la UNIVERSIDAD para

estos casos y de acuerdo con el Instructivo de ejecución de fondos para esta convocatoria.

En caso de que los responsables de un proyecto no presenten todos los comprobantes

correspondientes a la rendición del subsidio dentro de los dos meses de la finalización del

mismo, podrán obtener la misma sanción que si el Proyecto fuese calificado con

DESAPROBADO y deberán proceder a la devolución de los fondos sin rendir, en el tiempo y

forma que estipule la DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN, SECRETARÍA DE CIENCIA Y TÉCNICA.

Page 15: Secretaría de Ciencia y Técnica BASES Y … · El Director/a del proyecto deberá fundamentar la integración de cada miembro del equipo ... del proyecto, y dirigida a la DIRECCIÓN

Secretaría de Ciencia y Técnica

BASES Y CONDICIONES GENERALES DE LA CONVOCATORIA A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN

“Amílcar Herrera 2018”

15

Además, el incumplimiento de la presentación de rendiciones de fondos dará origen al rechazo

de nuevas solicitudes de subsidios por parte del Director/a y a la promoción de las acciones

legales que establezca la Secretaría de Asuntos Jurídicos de la UNIVERSIDAD.

Las publicaciones derivadas de los proyectos deberán contener la mención explícita de la

pertenencia institucional a la UNLa. La ausencia de esta mención podrá dar lugar a sanciones

para el Director/a y el equipo, procediéndose en consecuencia a dar de baja el proyecto. La

baja de un proyecto será causal de suspensión del financiamiento y de las actividades de

investigación del mismo.

13. Consideraciones Éticas y Bio-ambientales

Quedarán excluidos los proyectos que, durante su desarrollo o a través de los resultados,

generen impactos ambientales desfavorables, no respeten las normas de bioética vigentes o

sean discriminatorios respecto de raza, religión o género, así como los que se orienten a

generar tecnologías o productos bélicos. De ser necesario, al momento de la evaluación de

calidad y por recomendación de los Directores de INSTITUTO involucrados se solicitará un

informe a la Comisión de ética de la investigación de la UNLa.

14. Gestión de la convocatoria

La DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN, SECRETARÍA DE CIENCIA Y TÉCNICA, en conjunto con los

INSTITUTOS DE INVESTIGACIÓN, será el organismo de la UNLa responsable de la gestión de la

presente Convocatoria a través de la plataforma SIGEVA UNLa.

La sola presentación de propuestas en el marco de esta Convocatoria implica el conocimiento

y la aceptación de sus Bases y Condiciones por parte de los participantes.

Toda información vinculada a esta Convocatoria podrá ser requerida a:

[email protected]

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