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Grupo Funcional Desarrollo Económico 1 Secretaría de Energía Liquidación de Luz y Fuerza del Centro Auditoría Especial: 11-0-18100-06-0159 DE-122 Criterios de Selección Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017. Objetivo Fiscalizar que las acciones realizadas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones con los ex trabajadores y jubilados de Luz y Fuerza del Centro en el proceso de la liquidación se ajustaron al Decreto de extinción y sus Bases. Alcance Comprendió la revisión de la documentación relativa a las actualizaciones, modificaciones y adiciones al Plan Estratégico de la Liquidación y su envío a la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación (CIGFD); la recepción de los informes mensuales sobre el proceso de liquidación; la emisión de los informes trimestrales sobre el proceso de liquidación y su envío a la CIGFD; y la identificación de los bienes no necesarios para la prestación del servicio y su devolución al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE). Antecedentes El 11 de octubre de 2009, el Ejecutivo Federal emitió el Decreto por el cual se ordenó la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LyFC), y se abrogó el Decreto del 9 de febrero de 1994 por el que fue creada, conservando su personalidad jurídica exclusivamente para los efectos del proceso de liquidación, a fin de cumplir con las obligaciones adquiridas ante terceros. En los considerandos del Decreto de extinción del organismo LyFC se señala que desde su creación recibió cuantiosas transferencias presupuestarias, las cuales se incrementaron del 2001 al 2008 en más de 200.0%; que los costos de LyFC casi duplicaron a sus ingresos por ventas; de 2003 a 2008 registró ingresos por ventas de 235,738,000.0 miles de pesos, mientras que sus costos fueron de 433,290.000.0 miles de pesos (incluyendo energía comprada a la Comisión Federal de Electricidad); que LyFC registró un pasivo laboral de 240 mil millones de pesos, de los cuales solamente 80 mil millones correspondieron a trabajadores en activo y 160 mil millones al personal jubilado; y que los resultados que reportó LyFC fueron notablemente inferiores respecto de empresas u organismos que prestan el mismo servicio a nivel internacional.

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

1

Secretaría de Energía

Liquidación de Luz y Fuerza del Centro

Auditoría Especial: 11-0-18100-06-0159

DE-122

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017.

Objetivo

Fiscalizar que las acciones realizadas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones con los ex trabajadores y jubilados de Luz y Fuerza del Centro en el proceso de la liquidación se ajustaron al Decreto de extinción y sus Bases.

Alcance

Comprendió la revisión de la documentación relativa a las actualizaciones, modificaciones y adiciones al Plan Estratégico de la Liquidación y su envío a la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación (CIGFD); la recepción de los informes mensuales sobre el proceso de liquidación; la emisión de los informes trimestrales sobre el proceso de liquidación y su envío a la CIGFD; y la identificación de los bienes no necesarios para la prestación del servicio y su devolución al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE).

Antecedentes

El 11 de octubre de 2009, el Ejecutivo Federal emitió el Decreto por el cual se ordenó la extinción de Luz y Fuerza del Centro (LyFC), y se abrogó el Decreto del 9 de febrero de 1994 por el que fue creada, conservando su personalidad jurídica exclusivamente para los efectos del proceso de liquidación, a fin de cumplir con las obligaciones adquiridas ante terceros.

En los considerandos del Decreto de extinción del organismo LyFC se señala que desde su creación recibió cuantiosas transferencias presupuestarias, las cuales se incrementaron del 2001 al 2008 en más de 200.0%; que los costos de LyFC casi duplicaron a sus ingresos por ventas; de 2003 a 2008 registró ingresos por ventas de 235,738,000.0 miles de pesos, mientras que sus costos fueron de 433,290.000.0 miles de pesos (incluyendo energía comprada a la Comisión Federal de Electricidad); que LyFC registró un pasivo laboral de 240 mil millones de pesos, de los cuales solamente 80 mil millones correspondieron a trabajadores en activo y 160 mil millones al personal jubilado; y que los resultados que reportó LyFC fueron notablemente inferiores respecto de empresas u organismos que prestan el mismo servicio a nivel internacional.

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Para cumplir con el decreto de extinción de LyFC, y con base en la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, a partir de 2009, por Decreto se le confirió al SAE la atribución de liquidador, por lo que se le otorgaron las más amplias facultades para realizar cualquier acción que coadyuve a un expedito y eficiente proceso de liquidación.

Además, se encomendaron a otras dependencias y entidades involucradas en el proceso de liquidación, entre ellas a la SENER, las actividades siguientes:

• La formulación de las bases para llevar a cabo el proceso de liquidación; la aprobación del Plan Estratégico de la Liquidación, del Esquema de Indemnización Laboral, y del Plan de Jubilaciones. Además, fungirá como coordinadora de sector responsable del proceso de liquidación.

La Auditoría Superior de la Federación (ASF), con motivo de la fiscalización de la Cuenta Pública 2009 y 2010, realizó una auditoría de desempeño al SAE, a las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Energía, del Trabajo y Previsión Social, de la Función Pública, de Gobernación y a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), en la que se consideró que, en términos generales, el desempeño de las dependencias y entidades cumplió con las disposiciones normativas aplicables en el proceso de liquidación de LyFC, excepto por las deficiencias encontradas en el SAE para determinar el avance real del proceso de la liquidación, y la no actualización del registro de los juicios en los que LyFC en liquidación es parte, las cuales, fueron solventadas por el SAE.

Resultados

1. Evaluación del diseño del sistema de control interno

Con la revisión del Informe Anual del Estado que guarda el Sistema de Control Interno Institucional, el cual incluye el reporte al 30 de abril de 2012, y la Evaluación del Órgano Interno de Control en la SENER sobre el Informe Anual del Estado que guarda el Control Interno Institucional, ambos documentos entregados a la SFP con los oficios núms. 400.-260 y 18/OIC/224/2012 del 30 de mayo y 29 de junio de 2012, se comprobó que, en lo que respecta al proceso de liquidación de LyFC, la SENER no implementó un diseño de control interno, en términos del artículo tercero, numeral 1, párrafo cuarto, del Acuerdo, toda vez que quedan exceptuadas de la aplicación de las disposiciones en materia de control interno las entidades paraestatales en proceso de desincorporación.

Sin embargo, con los informes trimestrales sobre el avance en el proceso de desincorporación por extinción de LyFC, se comprobó que la SENER cumplió con el envío de los mismos a la CIGFD. Además, realizó las gestiones ante el SAE para que éste proceda al retiro de los bienes no necesarios para la prestación del servicio público de energía eléctrica que la CFE le comunicó. Respecto del Plan Estratégico de la Liquidación de LyFC, la SENER autorizó las actualizaciones y las envió a la CIGFD.

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2. Aprobación de las actualizaciones al Plan Estratégico de la Liquidación

Con los oficios núms. DELE/181/2011; DELE/184/2011; DG/DCPE/006/2011; DG/193/2011, y DCEAF/DELE/073/2011 del 17 y 18 de marzo, del 4 de abril, y del 8 y 30 de noviembre del 2011, se constató que el SAE solicitó a la SSE la aprobación de las actualizaciones al Plan Estratégico correspondiente a la liquidación de LyFC, que se refirieron al tratamiento de las cuentas por cobrar, al suministro de energía eléctrica del segmento de usuarios formado por entidades federativas y municipios y del segmento de usuarios con adeudos menores, entre otras.

Con los oficios núms. 300.71/2011; 300.75/2011; 300.084/2011; 300.170/2011 y 300.176/2011 del 17 y 18 de marzo, 4 de abril, 9 de noviembre y 1 de diciembre del 2011, se constató que la SSE autorizó las actualizaciones del Plan Estratégico correspondiente a la liquidación de LyFC.

Con los 10 oficios emitidos por el SAE y la SSE, se constató que la SSE cumplió con la aprobación de las actualizaciones al Plan Estratégico correspondiente a la liquidación de LyFC que el SAE le solicitó en el ejercicio fiscal de 2011.

3. Envío de las actualizaciones al Plan Estratégico a la CIGFD

Con los oficios núms. 300.072/2011; 300.076/2011; 300.086/2011; 300.171/2011 y 300.177/2011 del 17 y 18 de marzo, del 4 de abril, del 9 de noviembre y del 1 de diciembre del 2011, se constató que la SSE sometió a la consideración de la CIGFD las actualizaciones del Plan Estratégico correspondiente a la liquidación de LyFC.

4. Informes mensuales sobre el avance y el estado que guardó el proceso de liquidación

Con los informes sobre el avance y el estado del proceso de liquidación de LyFC y los acuses de los oficios, correspondientes al ejercicio fiscal de 2011, se constató que la SENER recibió del SAE los informes de manera mensual.

Con los oficios núms. 300.0.1.080/2011; 300.0.1.150/2011; 300.0.1.166/2011; 300.0.1.231/2011; 300.0.1.299/2011; 300.0.1.407/2011; 300.0.1.012/2012, y 300.0.1.024/2012 del 24 de marzo, 25 de mayo, 16 de junio, 22 de julio, 22 de septiembre, 29 de diciembre del 2011, y 16 y 19 de enero de 2012, se constató que la SSE envió al SAE las consideraciones a los informes en los que se incluyó los indicadores de avance de la liquidación; la información del pago de pensiones a jubilados; la disposición de bienes por la CFE y los montos de los adeudos por sector; el pasivo laboral; la cartera hipotecaria; el seguro sindical; el número de ex trabajadores que a la fecha no habían cobrado su indemnización; los bienes muebles, la cifra de los vehículos enajenados al público en general mediante subasta electrónica; el número de operativos de extracción de información; el seguro de salud para la familia; las obligaciones fiscales, y la situación fiscal del organismo.

Con los 12 informes sobre el avance y estado que guardó el proceso de liquidación de LyFC y los respectivos acuses de envío y recepción, y los 8 oficios enviados por la SSE al SAE

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mediante los cuales remitió sus consideraciones, se constató que la SSE recibió del SAE los informes mensuales correspondientes al ejercicio fiscal de 2011, y que la SSE emitió su opinión al respecto.

5. Informes trimestrales sobre el avance en el proceso de desincorporación por extinción de LyFC

Con los oficios núms. 300.0.1.113/2011; 300.0.1.226/2011; 300.0.1.324/2011 y 300.0.1.025/2012 del 20 de abril, 21 de julio, 20 de octubre del 2011, y 19 de enero de 2012, se comprobó que la SENER remitió a la CIGFD los informes sobre el avance en el proceso de desincorporación por extinción de LyFC de manera trimestral en el ejercicio fiscal de 2011.

Con el análisis de los informes trimestrales sobre el avance en el proceso de desincorporación por extinción de LyFC, se constató que la SENER cumplió con los conceptos establecidos en el formato, en el apartado I. Avances de la liquidación de acuerdo al Plan Estratégico, porcentaje de contratos finiquitados, pero no reportó cifra alguna debido a que el SAE no proporcionó dicho indicador, ni en el numeral III. Recursos necesarios para la liquidación de LFC, ya que el SAE no reportó información adicional relacionada con los recursos necesarios para la liquidación de LyFC.

Con los acuerdos núms. 11-VI-1; 11-X-1; 11-XIII-1, y 12-I-1 del 12 de mayo, 13 de septiembre, 7 de diciembre de 2011 y del 22 de marzo del 2012 adoptados en la sexta, décima y décima tercera sesiones ordinarias y en la primera sesión ordinaria de 2012, de la CIGFD, se constató que la Comisión tomó conocimiento de los cuatro informes trimestrales del ejercicio fiscal de 2011, sobre el avance en el proceso de desincorporación por extinción de LyFC, presentados por la SENER en su carácter de coordinadora de sector.

6. Bienes no necesarios para la prestación del servicio público de energía eléctrica

Con 14 oficios enviados por CFE a la SSE, se constató que se identificaron los bienes no necesarios para la prestación del servicio público de energía eléctrica y que la información se envió para la actualización del universo de bienes afectos de la extinta LyFC. Con igual número de oficios que la SSE turnó al SAE, se comprobó que se pusieron a disposición del SAE dichos bienes con el fin de que se procediera con su retiro.

Dictamen: limpio

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, y se aplicaron los procedimientos de auditoría que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales, la Secretaría de Energía cumplió con el Decreto de extinción, sus bases y demás disposiciones normativas aplicables al proceso de liquidación de Luz y Fuerza del Centro.

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Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Evaluar el diseño del sistema de control interno de las áreas administrativas de la SENER involucradas en el proceso de liquidación de LyFC, en el ejercicio fiscal de 2011.

2. Comprobar que la SENER aprobó las actualizaciones al Plan Estratégico de la Liquidación de LyFC, en el ejercicio fiscal de 2011.

3. Comprobar que las actualizaciones al Plan Estratégico de la Liquidación de LyFC fueron enviadas por la SENER a la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación (CIGFD).

4. Constatar que la Subsecretaría de Electricidad (SSE) en el ejercicio fiscal de 2011, recibió del SAE, los informes sobre el avance y el estado que guarda el proceso de liquidación de manera mensual.

5. Comprobar que la SENER elaboró los informes trimestrales sobre el avance en el proceso de desincorporación por extinción de LyFC y los presentó a la CIGFD.

6. Comprobar que la SENER, en el ejercicio fiscal de 2011, devolvió al SAE los bienes de LyFC, que la CFE determinó como no afectos a la prestación del servicio público de energía eléctrica.

Áreas Revisadas

La Subsecretaría de Electricidad de la Secretaría de Energía (SENER).

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.