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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO LOS FESTIVOS Número 104 Página 1 Lunes, 8 de mayo de 2006 TASAS DE SUSCRIPCIÓN/VENTA Suscripción anual ..................60,00Ejemplar del día ........................0,60Ejemplar atrasado ....................1,20EDITA Diputación Provincial de Valladolid DEPÓSITO LEGAL: VA. N.º 1.-1958 (FRANQUEO CONCERTADO 47/3) INFORMACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y VENTA Administración del B.O.P. C/ Angustias. 44 (Valladolid) B.O.P. consultas en: www.diputaciondevalladolid.es II.- ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. Delegación Territorial de Valladolid. Oficina Territorial de Trabajo. Convenios Colectivos. Anuncio relativo al pacto sobre condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Tudela de Duero. Página 2. (Ref. 3314/2006) III.- ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID. Área de Acción Social. Anuncio relativo al Documento Marco Teórico de la Red de Servicios para personas con dis- capacidad del ámbito rural de Valladolid. Página 12. (Ref. 3233/2006) AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo, Vivienda, e Infraestructuras. Sección de Gestión Ur- banística. Aprobación inicial del proyecto de actuación del A.P.E. 47 Enertec. Página 34. (Ref. 3338/2006) AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo, Vivienda, e Infraestructuras. Sección de Gestión Ur- banística. Aprobación inicial del proyecto de actuación de la U.A. 133 de la Calle Alonso Pesquera, 9, 11, 13 y 15. Página 35. (Ref. 3336/2006) AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo, Vivienda, e Infraestructuras. Sección de Gestión Ur- banística. Edicto de notificación de la aprobación inicial del proyecto de actuación del sector 47 Los Doctrinos, a Víctor Martín Criado y otros. Página 36. (Ref. 3337/2006) AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Consejo Económico Administrativo. Notificación del fallo del Consejo de fe- cha 21/2/2006, a Javier García Jiménez, relativo al exp- te. 262/2006. Página 37. (Ref. 3409/2006) AYUNTAMIENTO DE BAHABÓN DE VALCORBA. Aproba- ción y exposición pública de expte. de proyecto técnico de urbanización de la Calle Plaza II. Página 37. (Ref. 3425/2006) AYUNTAMIENTO DE MUCIENTES. Exposición pública de la cuenta general del ejercicio 2005. Página 37. (Ref. 3369/2006) AYUNTAMIENTO DE PALAZUELO DE VEDIJA. Aprobación y exposición pública de padrones de tasas de agua, ba- sura y alcantarillado, primer semestre 2006. Página 38. (Ref. 3368/2006) AYUNTAMIENTO DE PIÑA DE ESGUEVA. Contratación mediante subasta de la explotación de la piscina muni- cipal y bar instalado en su recinto. Página 38. (Ref. 3372/2006) AYUNTAMIENTO DE RENEDO DE ESGUEVA. Aprobación definitiva de Ordenanzas Fiscales. Página 38. (Ref. 3359/2006) AYUNTAMIENTO DE RENEDO DE ESGUEVA. Aprobación inicial para la desagrupación para el sostenimiento en común del puesto de Secretaria-Intervención de Renedo de Esgueva, Olmos de Esgueva y Villanueva de los Infantes. Página 40. (Ref. 3360/2006) AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALVENÍ. Convo- catoria a interesados de vacante de cargo de Juez de Paz sustituto. Página 40. (Ref. 3424/2006) AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS. Aprobación de pa- drones fiscales de tasas por el servicio de agua, recogi- da de basuras y alcantarillado correspondientes al cuar- to trimestre de 2005. Página 41. (Ref. 3431/2006) SUMARIO

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SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO LOS FESTIVOS

Número 104 Página 1Lunes, 8 de mayo de 2006

TASAS DE SUSCRIPCIÓN/VENTASuscripción anual ..................60,00€

Ejemplar del día ........................0,60€

Ejemplar atrasado ....................1,20€

EDITADiputación Provincial de Valladolid

DEPÓSITO LEGAL: VA. N.º 1.-1958(FRANQUEO CONCERTADO 47/3)

INFORMACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y VENTA

Administración del B.O.P. C/ Angustias. 44 (Valladolid)B.O.P. consultas en: www.diputaciondevalladolid.es

II.- ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEÓN. Delegación Territorial de

Valladolid. Oficina Territorial de Trabajo. ConveniosColectivos. Anuncio relativo al pacto sobre condicionesde trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento deTudela de Duero.

Página 2. (Ref. 3314/2006)

III.- ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID. Área de

Acción Social. Anuncio relativo al Documento MarcoTeórico de la Red de Servicios para personas con dis-capacidad del ámbito rural de Valladolid.

Página 12. (Ref. 3233/2006)

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo,Vivienda, e Infraestructuras. Sección de Gestión Ur-banística. Aprobación inicial del proyecto de actuacióndel A.P.E. 47 Enertec.

Página 34. (Ref. 3338/2006)

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo,Vivienda, e Infraestructuras. Sección de Gestión Ur-banística. Aprobación inicial del proyecto de actuaciónde la U.A. 133 de la Calle Alonso Pesquera, 9, 11, 13 y15.

Página 35. (Ref. 3336/2006)

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Área de Urbanismo,Vivienda, e Infraestructuras. Sección de Gestión Ur-banística. Edicto de notificación de la aprobación inicialdel proyecto de actuación del sector 47 Los Doctrinos,a Víctor Martín Criado y otros.

Página 36. (Ref. 3337/2006)

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID. Consejo EconómicoAdministrativo. Notificación del fallo del Consejo de fe-cha 21/2/2006, a Javier García Jiménez, relativo al exp-te. 262/2006.

Página 37. (Ref. 3409/2006)

AYUNTAMIENTO DE BAHABÓN DE VALCORBA. Aproba-ción y exposición pública de expte. de proyecto técnicode urbanización de la Calle Plaza II.

Página 37. (Ref. 3425/2006)

AYUNTAMIENTO DE MUCIENTES. Exposición pública dela cuenta general del ejercicio 2005.

Página 37. (Ref. 3369/2006)

AYUNTAMIENTO DE PALAZUELO DE VEDIJA. Aprobacióny exposición pública de padrones de tasas de agua, ba-sura y alcantarillado, primer semestre 2006.

Página 38. (Ref. 3368/2006)

AYUNTAMIENTO DE PIÑA DE ESGUEVA. Contrataciónmediante subasta de la explotación de la piscina muni-cipal y bar instalado en su recinto.

Página 38. (Ref. 3372/2006)

AYUNTAMIENTO DE RENEDO DE ESGUEVA. Aprobacióndefinitiva de Ordenanzas Fiscales.

Página 38. (Ref. 3359/2006)

AYUNTAMIENTO DE RENEDO DE ESGUEVA. Aprobacióninicial para la desagrupación para el sostenimiento encomún del puesto de Secretaria-Intervención deRenedo de Esgueva, Olmos de Esgueva y Villanueva delos Infantes.

Página 40. (Ref. 3360/2006)

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE VALVENÍ. Convo-catoria a interesados de vacante de cargo de Juez dePaz sustituto.

Página 40. (Ref. 3424/2006)

AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS. Aprobación de pa-drones fiscales de tasas por el servicio de agua, recogi-da de basuras y alcantarillado correspondientes al cuar-to trimestre de 2005.

Página 41. (Ref. 3431/2006)

SUMARIO

AYUNTAMIENTO DE URUEÑA. Solicitud de licencia deobras a instancia de la Excma. Diputación de Valladolid,para construcción de siete librerías.

Página 40. (Ref. 3348/2006)

AYUNTAMIENTO DE VILLABÁÑEZ. Aprobación inicial delpresupuesto general para 2006.

Página 41. (Ref. 3433/2006)

AYUNTAMIENTO DE VILLABÁÑEZ. Exposición pública dela cuenta general del ejercicio 2005.

Página 41. (Ref. 3423/2006)

AYUNTAMIENTO DE VILLAFRECHÓS. Bases de la convo-catoria para la provisión con carácter interino del pues-to de Secretaria-Intervención de la agrupación de muni-cipios de Villafrechós y Aguilar de Campos.

Página 41. (Ref. 3494/2006)

AYUNTAMIENTO DE VILLALÁN DE CAMPOS. Acuerdo yexposición del proyecto técnico de obra de sustituciónde fosa aséptica por estación depuradora de aguas re-siduales.

Página 42. (Ref. 3367/2006)

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE DUERO. Solicitudde licencia urbanística para instalación y puesta en mar-cha de una planta de clasificación y machaqueo en laGravera La Visitación, a instancia de Hormigones ÁngelTorio, S.L.

Página 42. (Ref. 3358/2006)

AYUNTAMIENTO DE ZARATÁN. Adjudicación del contratode consultoría y asistencia para redacción del proyecto

multidisciplinar y redacción del proyecto técnico de eje-cución del colector.

Página 42. (Ref. 3426/2006)

MANCOMUNIDAD DE TOROZOS. Arroyo de la Enco-mienda. Exposición del presupuesto definitivo de 2006.

Página 43. (Ref. 3413/2006)

IV.- ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 4.

Notificación de sentencia a Luis Miguel Escribano Sán-chez juicio de faltas 482/2005.

Página 43. (Ref. 3323/2006)

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 4.Notificación de sentencia a Abdouh Belhouchat, juiciode faltas 640/2005.

Página 43. (Ref. 3322/2006)

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 4.Notificación de sentencia a Trinidad Arteaga Orejón jui-cio de faltas 116/2006.

Página 44. (Ref. 3326/2006)

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 5.Notificación de sentencia a Emilio Lozano Gabarre juiciode faltas 178/2002.

Página 44. (Ref. 3324/2006)

JUZGADO DE LO SOCIAL. SORIA NÚMERO 1. Citación aAgrupación Castellano-Leonesa de Empresas deEconomía Social y Distrimental, S.A., demanda141/2006.

Página 44. (Ref. 3327/2006)

II.- ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICAJUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE VALLADOLID

Oficina Territorial de Trabajo

Convenios Colectivos

Pacto Funcionarios

Expte.: 1738

RESOLUCIÓN DE 5 DE ABRIL DE 2006 DE LA OFICINATERRITORIAL DE TRABAJO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIALDE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN EN VALLADOLID, POR LAQUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL PACTO SOBRE LASCONDICIONES DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO

DEL “AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO”

Visto el texto del Acuerdo sobre condiciones de trabajo del per-sonal funcionario que presta sus servicios en el “AYUNTAMIENTODE TUDELA DE DUERO”, suscrito el día 23 de diciembre de 2005,de una parte, por los representantes de la Corporación Municipal y,de otra, por el Delegado de Personal de la misma, con la aproba-ción del Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 29 de di-ciembre de 2005, con fecha de entrada en este Organismo el día 10de marzo de 2006, de conformidad con lo dispuesto en el artículo36 de la Ley 7/1990 de 19 de julio (B.O.E. de 19 y 20 de julio), deNegociación Colectiva y Participación en la determinación de lascondiciones de trabajo de los funcionarios públicos, Real Decreto831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y serviciosde la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León

en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y Orden de21 de noviembre de 1996 de las Consejerías de Presidencia yAdministración Territorial y de Industria, Comercio y Turismo por laque se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo,en relación a lo dispuesto en los arts. 3 y 5 del Decreto 2/2003, de3 de julio (BOCYL del 4), de Reestructuración de Consejerías, estaOficina Territorial.

Acuerda

Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

Valladolid, 5 de abril de 2006.-La Jefe de la Oficina Territorial deTrabajo, Agustina Arias Gallego.

ACUERDO DEL PERSONAL FUNCIONARIO 2006-2009

Preámbulo:

La Mesa de Negociación está integrada por la Concejala dePersonal Doña Raquel Jiménez García y Doña Gloria DomingoGómez como 1º Tte. de Alcalde del Ayuntamiento, y Don Oscar SotoPalencia, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento en representacióndel Ayuntamiento.

En representación de los trabajadores, por el delegado de per-sonal, elegido en las elecciones sindicales D. Manuel Anastasio Her-nández Ramos.

Toda vez que el anterior acuerdo de funcionarios de esteAyuntamiento finaliza su vigencia el próximo 31 de Diciembre de2005, se justifica la negociación del presente acuerdo para los pró-ximos 4 años es decir a partir del 1 de Enero de 2006 y hasta el 31de diciembre de 2009.

2 8 de mayo de 2006

CAPITULO I - ÁMBITO DE APLICACIÓN

Art. 1 Ámbito funcional y territorial

El presente Acuerdo establece y regula las normas de trabajo delpersonal funcionario que preste sus servicios en los distintos cen-tros dependientes del Ayuntamiento de Tudela de Duero. Así comoen aquellos que puedan crearse en el futuro.

Art. 2 Ámbito personal.

Se regirán por las normas del presente Acuerdo todos los fun-cionarios/as de carrera e interinos que presten servicios en elAyuntamiento de Tudela de Duero. Así como los funcionarios/as per-tenecientes al cuerpo de habilitación nacional, sin perjuicio de lanormativa específica de los mismos.

Art. 3 Ámbito de aplicación

Este Acuerdo tendrá efectos desde el día 1 de enero de 2006hasta el 31 de diciembre de 2009 pudiendo ser prorrogable por su-cesivos períodos anuales.

Para la denuncia del presente Acuerdo se efectuará por escrito,y la parte denunciante presentará una plataforma de negociación enel mes de noviembre. Si no hay denuncia, se considerará automáti-camente prorrogado. Seguirá aplicándose este Acuerdo hasta quese pacte un nuevo Acuerdo o se modifique el ya existente.

Se atenderán, además, a los siguientes criterios:

a) Anualmente se revisarán y se adaptarán las retribuciones delpersonal conforme a la Ley de Presupuestos del año correspon-diente y se negociarán las cantidades retributivas más favorablespara los funcionarios y las mejoras del servicio.

b) Para el resto de años comprendidos en el periodo de vigenciade este Acuerdo se fija una subida salarial en todos los conceptoseconómicos, equivalente al IPC real.

Inicialmente se abonará la subida salarial fijada en losPresupuestos Generales del Estado, una vez conocido el IPC realde cada año, se efectuará liquidación consolidada conforme al mis-mo.

Art. 4 Responsabilidad de la aplicación.

El Ayuntamiento de Tudela de Duero a todos los efectos de apli-cación del presente acuerdo será la Entidad responsable.

Los funcionarios antes de acudir en reclamación a la jurisdiccióncompetente deberán dirigirse al Ayuntamiento mediante un escritodirigido al Sr. Alcalde, estando en cuanto a su tramitación y poste-riores recursos, a lo dispuesto en la normativa de régimen local, laLey del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y deProcedimiento Administrativo Común y la Ley Reguladora de laJurisdicción Contencioso Administrativa vigentes.

Art. 5 Indivisibilidad del Acuerdo.

Las condiciones aquí pactadas forman un todo orgánico e indi-visible y los efectos de su aplicación práctica serán consideradosglobalmente, no pudiéndose tomar aisladamente alguna o algunasde las materias acordadas y las modificaciones que pudieran esta-blecerse por disposiciones legales futuras solo serán consideradassi en su conjunto fuesen superiores a las que este Acuerdo se es-tablecen.

CAPITULO II COMISIÓN DE INTERPRETACIÓN, VIGILANCIA,CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

Art. 6 Comisión paritaria.

Se constituirá una comisión paritaria que realizará la interpreta-ción, mediación y arbitraje, compuesta de un máximo de dos miem-bros del equipo Gobierno del Ayuntamiento, y un máximo de dosmiembros de representación de los funcionarios del Ayuntamientolegalmente establecidos.

Podrán asistir, por cada parte negociante un máximo de dos ase-sores y tendrán voz pero no voto pudiendo ser personal ajeno alAyuntamiento.

La Comisión será constituida entre los quince y treinta días si-guientes a la entrada en vigor del presente Acuerdo y elegirá entresus miembros un Presidente y un Secretario.

Las reuniones se convocarán a instancia de una de las partes, fi-jándose la reunión con un máximo de diez días naturales posterio-res a la convocatoria.

Los Acuerdos que se adopten quedarán reflejados en el Acta co-rrespondiente a cada reunión y tendrán la consideración de infor-

mes preceptivos, sin perjuicio de los Acuerdos de los Órganos deGobierno.

Son funciones de la Comisión paritaria las que a continuación sedetallan:

-Interpretación, estudio y vigilancia de la aplicación y grado decumplimiento del Acuerdo.

-Estudiar todas aquellas quejas y reclamaciones que sobre in-terpretación de este Acuerdo pudieran formularse por escrito a lamisma, comunicando al Ayuntamiento las conclusiones y acuerdosadoptados.

-Las que se atribuyan expresamente en este Acuerdo.

Las cuestiones y conflictos podrán ser planteados a la Comisiónparitaria por escrito por los funcionarios, a través de los represen-tantes del Personal del Ayuntamiento.

Cuando se hayan de estudiar o formular propuestas que afectenal conjunto del personal del Ayuntamiento (laboral y funcionario), seestudiaran en conjunto con representación tanto del personal labo-ral como funcionario.

CAPITULO III ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

Art. 7 Dirección y control del Ayuntamiento.

La organización del trabajo es facultad exclusiva delAyuntamiento. Cualquier modificación sustancial de las condicionesdel trabajo deberá ser informada, previamente, a los representanteslegales del personal afectado pudiendo estos hacer las alegacionesoportunas.

Art. 8 Propuesta de estudio para reestructuración de áreasdel Ayuntamiento.

Atendiendo a las necesidades que se van generando debido alcrecimiento poblacional del municipio, se hace necesario una nue-va reestructuración de las distintas áreas del Ayuntamiento ajusta-do a la nueva realidad funcional, todo ello buscando facilitar un ma-yor y mejor servicio a los ciudadanos. A tal fin se elaborara un es-tudio en el que se marquen las distintas necesidades materiales ypersonal de cada área que se incorporara como anexo a este acuer-do. A tal fin el Ayuntamiento se compromete a iniciar un estudio devaloración y catalogación de puestos de trabajo en el 1º trimestrede 2006.

CAPITULO IV CLASIFICACIÓN DEL PERSONAL

Art. 9 Clasificación del personal.

Las plantillas, que deberán comprender todos los puestos de tra-bajo debidamente clasificados reservados a funcionarios, se apro-baran anualmente junto con el Presupuesto y habrán de respondera los principios de racionalidad, economía y eficiencia.

Todos los funcionarios serán clasificados individualmente deacuerdo con las funciones efectivamente desarrolladas en el pues-to de trabajo al que sean asignados y con el cumplimiento de los re-quisitos exigidos para el otorgamiento de los distintos grupos pro-fesionales. Cuando el funcionario, a través del delegado de perso-nal, considere que se han variado las funciones del puesto de tra-bajo que viene desarrollando podrá solicitar que se proceda a su re-clasificación profesional, petición que será estudiada en la comisiónparitaria y resuelta por el Pleno.

Las categorías profesionales así como las definiciones de lasmismas y su clasificación por niveles serán las que se determinanreglamentariamente.

CAPITULO V PROVISIÓN DE VACANTES Y PUESTOS DETRABAJO

Art. 10 Relación de puestos de trabajo.

Será objeto de negociación anual la preparación y diseño de losPlanes de Oferta de Empleo Público. La negociación tendrá comoprincipal misión la planificación y gestión de los recursos humanosde este Ayuntamiento.

Las vacantes y ampliaciones de la plantilla de personal funcio-nario que se produzcan se cubrirán por los procedimientos estable-cidos en este capítulo y conforme a lo dispuesto en el R.D. 364/95,de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General deIngreso del Personal al Servicio de la Administración General delEstado.

Con periodicidad anual y siempre a través de los Presupuestosdel Ayuntamiento se publicará la relación de puestos de trabajo, in-cluidas las vacantes, de la plantilla del Ayuntamiento relacionándo-

8 de mayo de 2006 3

lo por centros de trabajo, con expresión de denominación, catego-ría profesional y nivel de destino. Al representante de los funciona-rios se le proporcionará información detallada sobre dicha plantilla.

Art. 11.1 Provisión de puestos.

La selección, nombramiento y promoción del personal funciona-rio afectado por el presente Acuerdo, se realizará bajo los principiosde publicidad, igualdad, mérito y capacidad ajustándose, en todocaso, a la Ley 30/84, de Reforma de la Función Pública modificadapor Ley 23/88, a la Ley de Bases del Régimen Local 7/85 y a lo es-tablecido en este Acuerdo.

Las vacantes de personal funcionario que existan en la actuali-dad y las que se produzcan en el futuro, incluidas las de ampliaciónde plantilla, se proveerán con arreglo a los siguientes turnos, rela-cionados en orden a su prelación.

a) Promoción interna: Con el fin de facilitar la promoción internade los funcionarios mediante el acceso a una escala diferente, se re-servarán de las plazas vacantes que se convoquen en la Oferta deempleo, el máximo permitido por el Ordenamiento para este tipo depromoción. Las vacantes no cubiertas en este turno serán acumu-ladas al turno libre.

Para concurrir a esta promoción interna el funcionario, en situa-ción de activo, ha de tener la antigüedad mínima de dos años en elcuerpo o escala a que pertenezcan dentro de la plantilla de perso-nal del Ayuntamiento.

b) Convocatoria pública para el ingreso del nuevo personal a tra-vés de oposición, concurso-oposición o concurso, previa convo-catoria pública, por los procedimientos que se determinen y con res-peto, en todo caso, de los principios de mérito, capacidad e igual-dad.

La selección y promoción de los miembros de la Policía Local serealizarán atendiendo a los criterios establecidos en su normativaespecífica que resulte de aplicación.

Las bases de las convocatorias serán remitidas antes de su apro-bación a la Junta de Personal para su conocimiento y formulaciónde alegaciones, si procede, en el plazo de siete días.

Para la provisión de las plazas vacantes, se constituirá un tribu-nal de selección compuesto por un Presidente, un Secretario y losVocales que determine la convocatoria. Su composición será pre-dominantemente técnica y los Vocales deberán de poseer la titula-ción igual o superior a la exigida para el acceso de las plazas con-vocadas.

Previa convocatoria pública, por los procedimientos que se de-terminen y con respeto, en todo caso, a los principios de igualdad,mérito y capacidad, podrán efectuarse nombramientos de personalfuncionario interino para plazas vacantes siempre que no sea posi-ble que las mismas sean cubiertas por funcionarios de carrera, y to-do ello por motivos de urgencia debidamente acreditadas en el ex-pediente. Tales plazas habrán de estar dotadas presupuestariamen-te e incluidas en la oferta de empleo público, salvo cuando se tratede vacantes realmente producidas con posterioridad a la aproba-ción de ésta.

Art. 11.2 Promoción del grupo D al C.

A lo largo del ejercicio 2006, el Ayuntamiento, previa negociacióncon la representación de los funcionarios/as, elaborara un estudioen el que previo análisis de las tareas concretas que se realizan porcada uno de los funcionarios pertenecientes al grupo D, se planteeel paso de determinados funcionarios al grupo C previo el cumpli-miento de los requisitos legales establecidos. En cualquier caso elpaso no implicara automáticamente una equiparación salarial, sinoque la diferencia económica entre el grupo D y el C se podrá dedu-cir del complemento especifico. Las retribuciones de dichas plazasserán asimismo motivo de estudio y pactadas entre las partes parala acomodación salarial pertinente.

Art. 12 Trabajos de superior categoría o distinta categoría.

Por razones de urgencia y necesidades en el servicio, se podráencomendar a un funcionario la realización de trabajos de superioro distinta categoría.

Durante el tiempo de desempeño de trabajos de superior o dis-tinta categoría, los funcionarios devengaran las retribuciones com-plementarias correspondientes a la categoría circunstancialmenteejercida, es decir, recibirán un complemento a mayores hasta laequiparación de las retribuciones complementarias con las que es-tuviera dotado dicho puesto, debiéndoles ser abonadas en nóminacomo trabajos de superior categoría. La duración del tiempo des-

empeñando trabajos de superior categoría se ajustará a lo previstoen la legislación correspondiente. El tiempo que se ejerza un pues-to superior será computable a efectos de méritos para la promocióndel funcionario expidiéndose un certificado que lo acredite.

En el caso, de que sea un trabajador laboral el que por las razo-nes arriba indicadas realice los trabajos de superior o distinta cate-goría, sustituyendo al funcionario, se le abonará al mismo la dife-rencia existente entre el salario del funcionario sustituido y el sala-rio del trabajador que realiza la sustitución, excepto la antigüedad.

Art. 13 Funcionarios con capacidad disminuida.

El funcionario cuya capacidad este disminuida por edad y/u otrascircunstancias que no permita el desempeño normal de sus funcio-nes, y siempre y cuando no halle causado baja definitiva por elOrganismo de la Seguridad Social, podrá ser destinado a un traba-jo adecuado a sus condiciones, sin experimentar merma salarial.Esta disminución física será informada por los servicios médicosque se determinen.

Para la Policía Local, el pase a la situación de Segunda Actividadse regirá por su normativa específica.

La funcionaria gestante tendrá derecho a ocupar, durante su em-barazo, un puesto de trabajo y/o turno distinto al suyo, si la pres-cripción del especialista que atiende su embarazo así lo aconseja-ra, sin que esto suponga modificación de categoría ni merma en susderechos económicos. Finalizada la causa que motivo el cambio seprocederá a la reincorporación a su destino original.

CAPITULO VI PERFECCIONAMIENTO Y FORMACIÓN

Art. 14 Perfeccionamiento y formación.

La formación y perfeccionamiento se considera como una nece-sidad y obligación profesional que sirve como estrategia de cambiode la Administración Pública, además de un factor básico para in-crementar la motivación y la integración de los funcionarios, y unmecanismo eficaz e indispensable para adaptar el funcionamientode la Administración a los cambios.

Para la realización de cualquier curso será necesario e impres-cindible la autorización del Sr. Alcalde, para lo cual se tendrán encuenta los siguientes criterios:

- Informe del responsable del área donde presta sus servicios elsolicitante.

- Necesidades del servicio.

- Duración y horario del curso.

En todo caso para que se autorizara la realización de un curso,será necesario e imprescindible que la materia y el programa del cur-so tenga relación directa con el puesto de trabajo que se desempe-ña dentro del Ayuntamiento.

La formación permanente de los miembros de la Policía Local serealizará a través de lo previsto en sus normativas específicas vi-gentes respecto a la materia citada. Tanto en la realización de laAcademia Básica, como en los cursos de aptitud de ascenso, dadala formación peculiar de los mismos, serán computables como tiem-po de trabajo.

Los derechos de los funcionarios, respecto a la realización decursos de formación y perfeccionamiento serán los siguientes:

A) Todo funcionario tiene derecho a la formación y a perfeccio-narse para su promoción.

B) En el caso de cursos realizados fuera de la jornada habitualde trabajo:

- Derecho a ausentarse una hora antes del puesto de trabajo obien incorporarse una hora después.

- Derecho a que por parte del Ayuntamiento se abonen los gas-tos de desplazamientos siempre que los mismos no sean abonadospor el organizador del curso

C) En el caso de cursos realizados dentro de la jornada habitualde trabajo:

- El tiempo de realización del curso se computará como tiempode trabajo.

- Derecho a que por parte del Ayuntamiento se abonen los gas-tos por desplazamientos siempre que los mismos no sean abona-dos por el Organizador del curso.

D) En el caso de que la realización del curso tenga lugar en unalocalidad que se encuentre a una distancia superior a 125 Km. de

4 8 de mayo de 2006

distancia del Ayuntamiento y siempre que sea necesario pernoctar,se abonará por cada día de duración del curso dieta entera descri-ta en el artículo 41 del presente Acuerdo.

- En el caso de que la realización del curso tenga lugar en unalocalidad que se encuentre a una distancia inferior a 125 Km. de dis-tancia del Ayuntamiento, y sea necesario realizar la comida, se abo-nará por cada día de duración del curso conforme a lo descrito enel articulo 41 del presente Acuerdo, con el fin de garantizar el gas-to de manutención.

- En los casos de que el desplazamiento, forzosamente tengaque realizarse en un medio de transporte público, y se dependa desus horarios, se podrá flexibilizar hacia alguna de las tendencias arri-ba indicadas.

E) En los casos que sea el Alcalde, a través del responsable delárea, quien solicite la asistencia de un funcionario determinado a uncurso, los gastos que originen dicho curso, serán soportados por elAyuntamiento.

F) Respecto a las matrículas de los cursos, por regla general elAyuntamiento no abonará matrículas de cursos. No obstante previapetición razonada del funcionario y siempre que se trate de cursosorganizados por organismos públicos, y siempre en función de lasdisponibilidades presupuestarias, se podrá abonar por parte delAyuntamiento los derechos de matrícula de los cursos.

G) El funcionario que curse estudios podrá pactar con su jefe deárea, la preferencia del horario de trabajo más adecuado, sin perjui-cio del servicio. En cualquier caso será condición indispensable queel funcionario acredite debidamente que con regularidad cursa di-chos estudios.

H) El Ayuntamiento, previo acuerdo con los representantes de losfuncionarios, y con el fin de mejorar los servicios que se prestan alciudadano, organizara un calendario de cursos en régimen interno.Los cursos con carácter general serán impartidos por personal delAyuntamiento con el fin de ampliar los conocimientos sobre el fun-cionamiento de todas las áreas al resto de funcionarios. También sepodrá solicitar la impartición de estos cursos a personal ajeno alAyuntamiento. Este tipo de cursillos serán intensivos, de corta du-ración y en todo caso impartidos en horario de trabajo.

CAPITULO VII JORNADA DE TRABAJO Y SU ORGANIZACIÓN

Art. 15 Jornada laboral y días festivos laborales.

La jornada de trabajo de los funcionarios de la AdministraciónMunicipal será la establecida legalmente (desde las 8 horas hastalas 15 horas). No obstante, se mantendrá el sistema de jornadas quevienen realizándose en los distintos servicios y unidades.

El horario de trabajo, como norma general, será de mañana con-templándose jornadas especiales para los casos que se considerennecesarios. El descanso semanal será de 48 horas generalmente in-interrumpidas recayendo en sábado y domingo. Los horarios espe-ciales son los realizados por:

- Policía Local (realiza horario de turnicidad)

- Técnico de Biblioteca. (que realiza horario a turno partido)

- Encargado de Oficinas y protocolo. (realiza un horario flexible,incluyéndose asistencia a los Plenos y demás actos protocolarios)

-Técnico sociocultural (realiza horario flexible)

El personal de los departamentos administrativos de esteAyuntamiento trabajarán, los sábados de 10 a 13 horas siendo unasola persona a efectos de apertura del Registro Municipal, con tur-nos rotativos.

Se disfrutará una pausa en la jornada de trabajo de 20 minutos,computándose como trabajo efectivo.

Anualmente se pactara el calendario laboral anual en el mes deNoviembre, una vez conocidos los días festivos laborales aprobadospor la Comunidad Autónoma de Castilla y León y el Ayuntamiento deTudela de Duero, por el que se establecerá horas laborales anuales,días de fiesta laboral y sus compensaciones cuando corresponda.

Tendrá consideración de jornada laboral, a efectos de su com-pensación económica o descanso, aquellas gestiones y obligacio-nes derivadas de la relación laboral y que se tengan que realizar in-eludiblemente fuera del lugar del puesto de trabajo.

Las posibles modificaciones de los distintos horarios y turnos detrabajo del personal funcionario serán acordadas por los represen-tantes del grupo de gobierno y delegado de personal teniendo encuenta las disponibilidades de personal.

Art. 16 Dispensa del horario de trabajo.

El Alcalde podrá dispensar a determinado personal de la rigidezdel horario de la jornada laboral cuando las funciones que realice re-quieran una libertad de movimientos incompatible con la perma-nencia constante en su puesto de trabajo.

CAPITULO VIII VACACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS

Art. 17 Vacaciones.

A.) Todo el personal comprendido en el presente Acuerdo tendráderecho a disfrutar cada año de servicio activo unas vacaciones re-tribuidas de veintidós días hábiles (entendiéndose a los efectos deeste artículo que los días hábiles coinciden con los laborales) o laparte proporcional al tiempo transcurrido desde el ingreso del fun-cionario en plantilla, si este fuera menor de un año. Las vacacionesno podrán ser sustituidas por compensación económica.

Aparte de lo más arriba indicado, por años de servicio se disfru-tara de los siguientes días adicionales de vacaciones:

AÑOS DE SERVICIO DIAS ADICCIONALES

15 años 1 día hábil

20 años 2 días hábiles.

25 años 3 días hábiles

30 o mas años 4 días hábiles.

El disfrute de estos días adicionales de vacaciones se hará efec-tivo a partir del año natural siguiente al del cumplimiento de los añosde servicio mas arriba indicados.

B.) Para lograr un más efecto y práctico cumplimiento de esteartículo, el día 1 de marzo de cada año, las distintas áreas adminis-trativas, en colaboración con los representantes de los funcionarios,tendrá confeccionado un calendario de vacaciones. Dicho calenda-rio tendrá carácter rotativo para sucesivos años.

Las vacaciones se concentrarán, con carácter general en el pe-riodo normal de verano (de junio a septiembre). No obstante, enaquellos colectivos que por necesidades de trabajo y/o personalesno pudiesen disfrutarlas en este periodo, se podrán partir en dos tur-nos de once días consecutivos cada uno, disfrutándose uno en elperiodo normal y otro en época anterior o posterior, teniendo encuenta los deseos de los funcionarios.

La distribución en otros periodos desiguales o en mayor núme-ro de periodos podrá ser excepcionalmente concedida, previa soli-citud razonada del interesado y comunicación al delegado de per-sonal.

El día de comienzo de las vacaciones coincidirá, en todo caso,con un día laborable.

La enfermedad sobrevenida antes de comenzar las vacaciones,será motivo para solicitar un cambio en la determinación del perio-do vacacional. Procederá la interrupción del periodo de vacacionesregladas, cuando se produzca una hospitalización justificada, rea-nudándose el disfrute de las mismas con posterioridad, una vez pro-ducida el alta del empleado y en los periodos en que la necesidaddel servicio lo permita dentro siempre del año natural correspon-diente. Si por causas justificadas, no pudieran disfrutarse las vaca-ciones dentro del año natural podrá ser pactado otro periodo.

Art. 18 Permisos y licencias.

El empleado público, previo aviso y justificación, podrá ausen-tarse del trabajo, con derecho a remuneración por algunos de losmotivos y por el tiempo siguiente:

18.1 Permisos y licencias retribuidas.

a-Matrimonio, o inscripción en el registro de parejas de hecho,quince días naturales, iniciándose el computo el primer día hábil si-guiente a la fecha de celebración del matrimonio o la practica de lainscripción, pudiéndose acumular a las vacaciones anuales.

En el caso de separación, divorcio, se disfrutara de cuatro díashábiles, previa acreditación de la separación o divorcio.

b-Maternidad. La mujer trabajadora tendrá derecho a un per-miso de una duración dieciocho semanas ininterrumpidas, am-pliables en el caso de parto múltiple en dos semanas más por ca-da hijo a partir del segundo. El permiso se disfrutara a opción de latrabajadora siempre que 6 semanas sean inmediatamente poste-riores al parto. En el caso de fallecimiento de la madre, el padre po-drá hacer uso de la totalidad o en su caso de la parte que reste delpermiso.

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Igual derecho asistirá a la mujer trabajadora en el caso de adop-ción o acogimiento tanto preadoptivo como permanente de meno-res de 6 años.

En todo lo no previsto en este apartado se estará a lo dispuestoen el art. 60 de la ley 7/2005 de 24 de mayo de la función publicade Castilla y León.

c-Nacimiento, acogimiento, adopción , fallecimiento, accidente,o enfermedad grave de un familiar que suponga ingreso hospitala-rio dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, 3 días há-biles si el suceso ocurre en la provincia, y 5 días cuando sea en dis-tinta provincia.

En el supuesto de que se trate del segundo grado de consan-guinidad o afinidad el permiso será de 2 días hábiles si el sucesoocurre en la provincia, y 4 días cuando sea en distinta provincia.

En el supuesto de que se trate del tercer grado de consanguini-dad o afinidad el permiso será de 1 día hábil si el suceso ocurre enla provincia, y 2 días cuando sea en distinta provincia.

d-Traslado de domicilio. Si el traslado de domicilio no implica elcambio de localidad 2 días naturales, y si implica el cambio de lo-calidad, 3 días naturales.

e- Exámenes. Para concurrir a exámenes finales y otras pruebasdefinitivas de aptitud en centros oficiales, el día completo en que serealicen.

f-Deber de carácter publico. Por el tiempo indispensable de undeber inexcusable de carácter publico entendiendo por tal la asis-tencia a tribunales, la asistencia a reuniones de organizaciones decarácter cívico y actos para los cuales hayan sido previamente cita-dos por órganos de la administración publica, los derivados de unaconsulta electoral, formar parte de un jurado popular.

g-Razones particulares. Se dispondrán de 7 días hábiles subor-dinado su disfrute en todo caso a las necesidades del servicio. Sepodrán disfrutar esos días a su conveniencia previa solicitud reali-zada con dos días de antelación. Cuando por razones de serviciono sea posible disfrutar de los citados días antes de finalizar el mesde Diciembre, podrán concederse en el mes de Enero siguiente.Tales días no podrán acumularse en ningún caso a los periodos va-cacionales anuales.

- Días 24 y 31 de Diciembre. En el supuesto de que estos díascoincidan en sábado o domingo, el número de días por asuntos par-ticulares se incrementara en dos más.

-El día 14 de agosto, la jornada laboral terminara a las 12 horas.

-El día de Santa Rita, la jornada laboral terminara a las 11 horas.En el supuesto de que el día de Santa Rita coincida en sábado o do-mingo, la reducción de jornada se disfrutara el día anterior o poste-rior hábil.

-Los días 17 y 18 de Agosto, con motivo de las fiestas patrona-les, se establecerán unos servicios mínimos, que garanticen al me-nos el registro, y la atención de los asuntos urgentes. Los funciona-rios que presten sus servicios el día 17y 18 se les compensara conun solo día a mayores de asuntos propios por los servicios presta-dos los días 17 y 18.

h-Lactancia. Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor dedieciséis meses tendrán derecho a una hora diaria de ausencia deltrabajo que podrán dividir en dos fracciones. La madre por su pro-pia voluntad podrá sustituir este derecho por una reducción de lajornada normal en media hora al inicio y al final de la jornada o unahora al inicio o al final de la jornada con la misma finalidad. En lossupuestos de parto múltiple este derecho se incrementara en mediahora por cada hijo a partir del segundo. Este derecho podrá ser ejer-cido indistintamente por el padre o la madre en el supuesto de queambos trabajen.

i.-Ingreso hospitalario.- Cuando el ingreso sea de carácter ur-gente o sea necesaria la atención al paciente por parte del emplea-do publico, hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad dos días

hábiles. Estos días podrán ser disfrutados alternativamente, ya queel otorgamiento de estos días corresponde a la necesidad de aten-der al paciente en el centro hospitalario.

j-Guarda legal. El trabajador que por razón de guarda legal ten-ga a su cuidado directo algún menor de ocho años, anciano que re-quiera especial dedicación, o una persona con un grado de minus-valía psíquica, física o sensorial igual o superior al 33% que no des-arrolle actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de jor-nada, a su elección, de entre un mínimo de la décima parte y un má-ximo de la mitad de su duración, con la reducción proporcional desus retribuciones. La concesión de la reducción de jornada por ra-zón de guarda legal, será incompatible con la realización de cual-quier otra actividad sea o no remunerada, durante el horario objetode reducción.

k.- Por matrimonio de un familiar hasta segundo grado de con-sanguinidad o afinidad, siempre que tenga lugar el día laboral, seconcederá el día para la asistencia al matrimonio.

l.-Consulta medica. En el supuesto de que sea necesario asistira una consulta mecida en horario de trabajo, se dispondrá del tiem-po indispensable, debiéndose acreditar la necesidad de la consul-ta, y la realización efectiva de la consulta.

Todos los derechos arriba indicados, serán de aplicación asi-mismo a las situaciones de pareja de hecho debidamente inscrita.

La cantidad de los días señalados generalmente marca el máxi-mo otorgable. En los casos de dudas o discrepancias con respectoa las formas que han de realizarse los distintos permisos, laComisión Paritaria consultará y aclarará el punto determinado.

Con motivo de fiestas patronales, con el plazo de un mes de an-telación, se pactara la jornada laboral especial para dichas fiestaslocales.

Así mismo, los miembros de la Policía Local, dada a su especialjornada de trabajo se darán las siguientes circunstancias:

a) Las sustituciones o refuerzos que se tengan que realizar pormotivos del servicio y recaigan en domingo o día festivo, se otorga-rán dos días de descanso en compensación, o retribución de grati-ficación extraordinaria. (En este caso, cuando se otorguen los dosdías de descanso, se abonaran las horas complementarias que co-rrespondan).

b) En caso de sustitución o refuerzos que se tengan que realizarpor motivos del servicio en día laboral, se concederá de igual ma-nera que en el apartado anterior.

c.- Los miembros de la Policía Local de este Ayuntamiento, go-zarán de quince (15) días naturales a mayores de sus vacaciones encompensación de los días festivos laborales. Se podrán pactar otrasformas de compensación por mutuo acuerdo del funcionario con elAlcalde.

18.2. Licencias sin retribución.

El funcionario que haya cumplido al menos un año de servicioefectivo, podrá solicitar licencia en un plazo no superior a tres me-ses. Dichas licencias deberán ser concedidas o denegadas dentrode un plazo de diez días siguientes a la solicitud. Si dicha resoluciónfuese negativa se podrá realizar un pliego de alegaciones en un pla-zo de diez días, resolviendo el Alcalde lo que proceda. La duraciónacumulada de estas licencias no podrá exceder de cuatro meses ca-da dos años. Agotadas este tipo de licencias se podrá solicitar am-pliación de las mismas a la Presidencia.

Igualmente y por razones muy justificadas, podrá solicitarse unareducción de la jornada de trabajo y su correspondiente reducciónproporcional del salario bruto. Estas solicitudes serán concedidas odenegadas discrecionalmente por el Alcalde en el plazo máximo dequince días.

A continuación se detallan la relación de parentescos familiaresconforme a la consanguinidad o afinidad correspondiente, siendo:

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CONSANGUINIDAD DE PRIMER GRADOPadres del empleado Hijos del empleado Cónyuge del empleado

En caso de parejas de hecho se aplicara como si fueran cónyuges.AFINIDAD DE PRIMER GRADO

Padres del cónyuge Hijos del cónyugeCONSANGUINIDAD DE SEGUNDO GRADO

Abuelos maternos y Hermanos del paternos del empleado empleado y sus cónyuges Nietos del empleado y sus cónyuges.

CAPITULO IX RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Art. 19. Principios generales del régimen disciplinario.

1.-El incumplimiento de los deberes de los funcionarios consti-tuirá falta disciplinaria que dará lugar a la imposición de la sancióncorrespondiente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o pe-nales en que se pudiera haber incurrido.

La facultad de sancionar al personal comprendido en el ámbitode este Acuerdo, corresponde al Alcalde de este Ayuntamiento.

2.-las faltas podrán ser muy graves, graves o leves.

Art. 20. Faltas muy graves.

Se consideran faltas muy graves:

a).-El incumplimiento del deber de fidelidad a la constitución enel ejercicio de la función publica.

b).-Toda actuación que suponga discriminación por razón de ori-gen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad, uorientación sexual, sexo, legua, opinión, lugar de nacimiento o ve-cindad, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social,así como el acoso por razón de origen racial o étnico, religión o con-vicciones, discapacidad, edad, u orientación sexual y el acoso se-xual.

c).-El abandono de servicio.

d).-La adopción de acuerdos manifiestamente ilegales que cau-sen perjuicio grave al Ayuntamiento o a los ciudadanos.

e).-La notoria falta de rendimiento que comporte inhibición en elcumplimiento de las tareas encomendadas.

f).-La violación de la neutralidad o independencia política, utili-zando las facultades atribuidas para influir en procesos electorales.

g).-El incumplimiento de las normas sobre incompatibilidades.

h).-La obstaculización en el ejercicio de las libertades publicas ylos derechos sindicales.

i).-La realización de actos encaminados a coartar el libre ejerci-cio del derecho de huelga.

j).-La participación en huelgas, a los que lo tengan expresamen-te prohibido por ley.

k).-El incumplimiento de la obligación de atender los serviciosesenciales en caso de huelga.

l).-Los actos limitativos de la libre expresión de pensamientos,ideas o expresiones.

m).-Haber sido sancionado por la comisión de tres faltas gravesen un periodo de un año.

Art. 21. Faltas graves.

Se consideran faltas graves:

a).-El incumplimiento de las ordenes o instrucciones profesiona-les recibidas por vía jerárquica que afecte gravemente al funciona-miento de los servicios.

b).-El abuso de autoridad en el ejercicio del cargo.

c).-La tolerancia de los superiores respecto a la comisión de fal-tas muy graves o graves de sus subordinados.

d).-La obstaculización o impedimento del ejercicio de funcionesde sus compañeros o subordinados, así como así como los actos,omisiones o conductas de cualquier naturaleza dirigidas a conse-guir el desprestigio de aquellos tanto en el ámbito personal como enel laboral.

e).-Las conductas constitutivas de delito doloso relacionadascon el servicio o que causen daño al Ayuntamiento, a los ciudada-nos o a los compañeros.

f).-El incumplimiento del deber de reserva profesional en lo quese refiere a asuntos que conozca por razón de su cargo si causaperjuicio al Ayuntamiento o se utiliza en beneficio propio.

g).-La grave desconsideración con los superiores, compañeroso subordinados.

h).-La grave falta de consideración con el ciudadano dentro delservicio encomendado.

i).-La intervención en un procedimiento administrativo existiendomotivos de abstención establecidos legalmente.

j).-La emisión de informes, la adopción de acuerdos, o la reali-zación de actuaciones manifiestamente ilegales, si causa perjuiciosal Ayuntamiento o a los ciudadanos y no constituye falta muy gra-ve.

k).-El atentado grave contra la dignidad de de los empleados pú-blicos o del Ayuntamiento.

l)..-El causar daños graves en los locales, los materiales o los do-cumentos del Ayuntamiento.

m).-La realización de actividades incompatibles cuya compatibi-lidad hubiera podido reconocerse, previamente a la oportuna auto-rización.

n)- la falta de rendimiento que afecte al funcionamiento normalde los servicios, si no constituye falta muy grave.

ñ)- El incumplimiento injustificado de la normativa reguladora dela jornada y del horario de trabajo, que acumulado, suponga un mí-nimo de 15 horas por mes natural de ausencia del trabajo.

o)- La tercera falta injustificada de asistencia al trabajo en un pe-riodo de tres meses, si las dos anteriores han sido sancionadas co-mo faltas leves.

p)- La acciones u omisiones reiteradas dirigidas a evadir los sis-temas de control de horarios o a impedir que se detecten los in-cumplimientos injustificados de la jornada y el horario de trabajo.

q)- La realización de actos y el mantenimiento de comporta-mientos frecuentes que de forma reiterada y sistemática busquenpremeditadamente socavar la dignidad de la persona y perjudicarlamoralmente, sometiéndola a un entorno de trabajo discriminatorio,hostil, degradante, humillante u ofensivo.

Art. 22. Faltas leves.

Se consideran faltas leves:

a)- El retraso, negligencia o descuido en el cumplimiento de lasfunciones.

b)- La leve incorrección hacia el público, o hacia superiores,compañeros o subordinados.

c)- La falta de asistencia al trabajo injustificada de un día.

d)- El incumplimiento de la jornada y el horario sin causa justifi-cada, si no constituye falta grave.

e)- El incumplimiento de los deberes y obligaciones del funcio-nario, siempre que no constituya falta grave o muy grave.

Art. 23. Personas responsables.

Incurrirán en idéntica responsabilidad los funcionarios autores dela falta, los superiores que la consintieren, y quienes indujeren o en-cubrieren las faltas graves o muy graves, cuando de dichos actosse deriven graves daños para el Ayuntamiento o los ciudadanos.

Art. 24. Sanciones disciplinarias.

1.- Las sanciones que podrán imponerse son:

a)- Separación del servicio.

b)- Suspensión de funciones

c)- Apercibimiento.

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AFINIDAD DE SEGUNDO GRADO

Abuelos maternos y paternos del cónyuge Hermanos del conyuge y sus esposos/as Nietos del conyuge y sus esposos/as

CONSANGUINIDAD DE TERCER GRADO

Bisabuelos del Tíos del empleado y Sobrinos del Bisnietos

empleado sus cónyuges empleado y cónyuge del empleado

AFINIDAD DE TERCER GRADO

Bisabuelos del Tíos del cónyuge y sus Sobrinos del Bisnietos del

conyuge esposos/as conyuge y sus esposos/as conyuge y sus esposos/as

2- La sanción de separación del servicio, sólo podrá imponersepor faltas muy graves. La sanción de suspensión de funciones po-drá imponerse por la comisión de faltas graves o muy graves.

3- Las faltas leves solamente podrán ser corregidas con la san-ción de apercibimiento.

Art. 25 Procedimiento disciplinario.

1- El procedimiento disciplinario se basará en los principios de le-galidad, irretroactividad, celeridad y economía procesal, tipicidad,contradicción, audiencia, presunción de inocencia y proporcionalidad.

2- Para la graduación de las faltas y sanciones se tendrán encuenta los siguientes criterios:

a)-Intencionalidad.

b)- Perturbación en el servicio.

c)-Reiteración o reincidencia.

d)-Grado de participación.

3- El plazo máximo para la resolución y notificación del procedi-miento, será de doce meses.

Art. 26 Prescripción de faltas y sanciones.

Las faltas muy graves prescribirán a los seis años, las graves alos dos años y las leves a los dos meses desde que la falta se hu-biera cometido o desde el cese de su comisión cuando se trate defaltas continuadas.

Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a losseis años, las graves a los dos años y las leves a los dos meses,desde la firmeza de la resolución sancionadora.

Las faltas y sanciones se inscribirán en el registro general delpersonal.

CAPITULO X SEGURIDAD, HIGIENEY SALUD EN EL TRABAJO

Art. 27 Seguridad e higiene.

El funcionario público tiene derecho a una protección eficaz enmateria de seguridad y salud en el trabajo, así como el correlativodeber de observar y poner en práctica las medidas de prevenciónde riesgos que se adopten legal y reglamentariamente.

De conformidad con lo dispuesto en la ley 31/95 de 8 de no-viembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el Ayuntamiento es-tá obligado respecto del personal a su servicio, a promover, formu-lar y poner en aplicación una adecuada política de salud laboral, asícomo a facilitar la información y participación de los funcionarios pú-blicos en la misma.

Se realizará una evaluación de riesgos laborales conforme dictala normativa vigente.

Art. 28 Revisión médica.

Los funcionarios tienen derecho a que se efectúe anualmente unreconocimiento médico. El funcionario que utilice en su trabajo pan-tallas de ordenador o análogos deberá pasar revisión oftalmológicauna vez cada año. (Entiéndase que el examen médico será análisisde sangre, orina, físico, y psíquico).

No obstante, el Alcalde podrá ordenar a un funcionario determi-nado que se someta a un reconocimiento médico cuando se tengala sospecha fundada de que por causas sobrevenidas pudiera pa-decer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de susfunciones.

Los funcionarios en situación de baja por incapacidad temporalpercibirán el 100 por ciento de su salario habitual desde el primermes con cargo al organismo que proceda durante el tiempo en quelegalmente se establezca.

En todas las dependencias habrá un botiquín de primeros auxi-lios, debidamente provisto.

Los miembros de la Policía Local, dado el alto riesgo que com-porta su misión, tendrán derecho a las vacunaciones que se creannecesarias, estando entre ellas la anti-hepatitis B, todo ello costea-do por el Ayuntamiento.

CAPITULO XI DERECHO ASISTENCIAL Y SOCIAL

Art. 29 Ayuda escolar y otras.

El Ayuntamiento entregará a quien lo solicite de la forma que sedetermine, por cada hijo y funcionario las siguientes cantidades eco-nómicas:

ESTUDIOS IMPORTE

Por cada hijo matriculado en guardería, preescolar o educaciónprimaria ....................................................................................55,00

Por cada hijo, trabajador o cónyuge matriculado en educaciónsecundaria o equivalente ........................................................70,00

Por cada hijo, trabajador o conyuge que curse estudios univer-sitarios ..................................................................................180,00

Por cada hijo, trabajador o conyuge que curse estudios de gra-do superior, distintos de los universitarios, pero declarados oficiales..............................Importe de la matricula con un limite de 180,00

Las cantidades económicas de ayuda escolar serán revisadasanualmente en el mes de enero a través del Indice de Precios alConsumo inter-anual del año correspondiente.

Esta ayuda se hará extensible al cónyuge cuando dependa eco-nómicamente del funcionario, en el caso del conyuge o hijos mayo-res de 25 años, que deberán presentar además la condición de des-empleado en el momento de la solicitud de la ayuda. No obstanteprevalecerá en caso cubrirse todo el presupuesto los empleados pú-blicos a los familiares.

Las solicitudes, para la obtención de dichas ayuda, se presenta-ran en el Registro del Ayuntamiento durante el mes de noviembre.Quien no lo solicite dentro de plazo se presume que renuncia a laayuda. Las ayudas se concederán en el mes de diciembre. La soli-citud irá acompañada del justificante de estar efectuando los estu-dios, por las personas que lo solicitan. El abono de dichas ayudasse realizará antes de finalizar el mes de enero. La ayuda podrá serretirada si se comprobara la inasistencia a las clases. Cuando setenga sospecha fundada, el Alcalde podrá requerir al funcionarioque acredite documentalmente que verdaderamente se están reali-zando dichos estudios.

En vistas que para la Policía Local se exige en todo momento es-tar en posesión del permiso de conducir B.T.P. destinado para con-ducir vehículos prioritarios. Y en vistas de que forma un comple-mento más a los medios con los que se cuenta, el Ayuntamiento de-berá correr con los gastos producidos con las futuras renovacionesde dicho permiso de conducir.

Art. 30 Ayuda especial por hijo disminuido.

El funcionario que tenga algún hijo/a disminuido físico o psíqui-co y tenga reconocida dicha disminución por la Seguridad Social ola Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento le abonará una cuantíade 60 euros/mes en concepto de complemento familiar. La pérdidadel reconocimiento conllevará la retirada de dicha ayuda por partedel Ayuntamiento. Esta ayuda es compatible con cualquier otra.Para percibir esta ayuda será necesario acreditar las siguientes cir-cunstancias:

-Que la minusvalía sea igual o superior al 33%.

-Que la persona minusválida no tenga ingresos superiores al sa-lario mínimo interprofesional y dependa económicamente del fun-cionario.

Esta ayuda se hará extensible al cónyuge cuando dependa eco-nómicamente del funcionario, en el caso del conyuge o hijos mayo-res de 25 años, que deberán presentar además la condición de des-empleado en el momento de la solicitud de la ayuda. No obstanteprevalecerá en caso cubrirse todo el presupuesto los empleados pú-blicos a los familiares.

Art. 31 Ayudas asistenciales.

El Ayuntamiento concertará la póliza de accidentes laborales conla Mutua que mejores prestaciones ofrezca.

Para cada año pactado dentro de este Acuerdo se creará un fon-do social de forma conjunta entre funcionarios y personal laboral deeste Ayuntamiento, con el fin de que los empleados públicos pue-dan optar a una serie de ayudas económicas para situaciones so-ciales y asistenciales.

El funcionario/a público tendrá derecho a percibir ayuda econó-mica, teniendo en cuenta las siguientes condiciones:

- Las prestaciones que cobre, no tendrán cobertura por laSeguridad Social.

- Se justificará con la correspondiente prescripción facultativa ysu factura.

- Se aumentara la cobertura a la unidad familiar, es decir, paralas personas que dependan económicamente del funcionario. En el

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caso del cónyuge o hijos mayores de 25 años, deberán presentarademás, la condición de desempleado en el momento que se origi-ne el gasto, no obstante, prevalecerá, en caso de cubrir todo el pre-supuesto, los empleados públicos a los familiares.

- Esta prestación será incompatible con la percepción de otrasayudas públicas de igual naturaleza, por importes igual o superior.

Odontología-estomatología límite anual de 300,00 euros.

Dentadura completa superior 35% del valor

Dentadura completa inferior 35% del valor

Por pieza, hasta un máximo de 10 25% del valor

Ortodoncia 30% del valor

Obturación simple, hasta 10 piezas 25% del valor

Coronas o fundas, hasta 10 piezas 25% del valor

Desvitalización, hasta 10 piezas 25% del valor

Oftalmología límite anual de 180,00 euros.

Gafas–graduadas y montura 30% del valor

Montura 25% del valor

Cristales 25% del valor

Lentillas 25% del valor

Renovación de una lentilla 25% del valor

Ortopedia limite anual de 180,00 euros.

Ortopedia 30% del valor

Prótesis podólogas 30% del valor

Prótesis dorsales 30% del valor

Art. 32 Premios.

El Alcalde, a propuesta del Jefe del Area de trabajo respectiva,independientemente de la remuneración de productividades, felici-tara por escrito al funcionario o funcionarios que hayan realizado ta-reas o actuaciones que se llevado a cabo con dedicación y esmeroy sean dignas de ser resaltadas. Tal felicitación será incluida dentrodel historial del funcionario a efectos de meritos.

Todos los funcionarios tendrán derecho:

Por veinte (20) años de servicios, 240,00 euros.

Por treinta (30) años de servicios, 450,00 euros.

Quienes se jubilen a los 65 años de edad percibirán 600,00 eu-ros y placa.

Aquellos funcionarios que de forma voluntaria se jubilen al cum-plir los 64 años, percibirán un premio de 2.700,00 euros.

Art. 33 Anticipos.

Todo funcionario con más de un año de antigüedad (bien hayasido prestando servicios anteriormente como trabajador laboral fijoo bien haya sido funcionario interino o con habilitación de carácternacional,), podrá solicitar, para casos de necesidad justificada unanticipo sin intereses de hasta un máximo de dos mensualidades deun haber líquido, que será deducidas de la nómina en las 6 ó 12mensualidades siguientes respectivamente, y en partes proporcio-nales a la misma.

Art. 34 Actividades de esparcimiento.

La Corporación facilitará a todos sus funcionarios (y familia encaso de piscinas) el acceso, uso y disfrute de todas sus instalacio-nes gratuitamente con fines deportivos o de esparcimiento. Siendode obligada necesidad las actividades deportivas para el manteni-miento físico de los miembros de la Policía.

CAPITULO XII SEGUROS Y ASISTENCIA DE LETRADO

Art. 35 Responsabilidad civil.

Las indemnizaciones que sean exigibles por razón de daños alas personas, animales o cosas, originadas por el uso y circulaciónde vehículos de este Ayuntamiento, siempre que sean conducidospor personas habilitadas para ello y en prestación de servicios au-torizados, serán abonadas por el Ayuntamiento cuando excedan ono estén cubiertas por el seguro obligatorio de responsabilidad ci-vil, derivada del uso y circulación de vehículos a motor, ya sean enconsecuencia de resoluciones judiciales o extrajudiciales aceptadaspor dicho Ayuntamiento.

Las cantidades económicas, que por resolución judicial, admi-nistrativa o gubernativa, se deban abonar por los conductores enconcepto de sanción pecuniaria impuesta por delito, falta o infrac-ción reglamentaria, se abonaran o se denegarán el pago por partedel Ayuntamiento según el grado de responsabilidad en que hayaincurrido el conductor. En caso de ser denegadas las sanciones pe-cuniarias serán abonadas por el conductor responsable. Pudiendopresentar en el registro del Ayuntamiento las alegaciones que esti-me oportunas.

El Ayuntamiento responderá de los daños causados por los fun-cionarios en el ejercicio de sus funciones además de los costes ygastos originados por las actuaciones judiciales.

Por el Ayuntamiento se designará, a su cargo la defensa del fun-cionario que como consecuencia del ejercicio de su cargo, salvo enlos casos que exista culpa, dolo, negligencia o mala fe, y asimismo,salvo renuncia expresa del funcionario o ser el Ayuntamiento el de-mandante.

El tiempo que emplee en las actuaciones judiciales en el aparta-do anterior, será considerado como tiempo de trabajo efectivo, sal-vo que concurran en algunas de las excepciones en él contenidas.

Art. 36 Póliza del seguro.

El Ayuntamiento concertara una póliza de seguros conjunta pa-ra el personal laboral y funcionario que cubra a todo el personal fi-jo de este Ayuntamiento o aquel personal que lleve mas de un añode forma ininterrumpida prestando servicios en el Ayuntamiento,que tenga una cobertura de las 24 horas del día, con independen-cia de que se encuentre en el ejercicio de sus funciones o no. El se-guro tendrá una cobertura al menos por fallecimiento y por invalidezpermanente. Copia de la póliza se entregara todos los años a los re-presentantes de los trabajadores.

Art. 37. Fondo de pensiones.

Con el fin de proporcionar un complemento a la jubilación delpersonal al servicio de este Ayuntamiento, el Ayuntamiento aporta-ra las siguientes cantidades al fondo de pensiones que se establez-ca.

AÑO 2006 2007 2008 2009

IMPORTE 8.000,00 10.000,00 12.000,00 14.000,00

Las cantidades más arriba señaladas son las totales que aportael Ayuntamiento para el conjunto de todo el personal laboral y fun-cionario.

CAPITULO XIII RETRIBUCIONES

Art. 38 Conceptos retributivos

Las retribuciones del personal comprendido en este Acuerdo es-tarán compuestas por las retribuciones básicas y las complementa-rias, establecidas por la Ley 30/84, 2 de agosto, de la Reforma dela Función Pública y serán satisfechas por periodos mensuales. Elfuncionario que trabaje en el horario inferior al establecido en esteAcuerdo, experimentará una reducción proporcional de todas y ca-da una de sus retribuciones, incluida la antigüedad. Asimismo se leproveerá al funcionario del recibo individual justificativo del pago delas retribuciones.

Art. 39 Sueldo base

La cuantía de las retribuciones básicas de los funcionarios de es-te Ayuntamiento será la que se fije para cada uno de los grupos A,B, C, D y E a que se refiere el artículo 25 de la Ley 30/84, de 2 deagosto, en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el añocorrespondiente y deberán reflejarse anualmente en el Presupuestode la Corporación Local.

Art. 40 Trienios

Todos los funcionarios percibirán la totalidad de los trienios, ensu valor actualizado en la correspondiente Ley de Presupuestos delEstado, conforme al grupo de pertenencia. Los funcionarios quehayan ascendido a un grupo superior de forma permanente, se lesabonarán todos los trienios que tengan concedidos en la mismacantidad económica a la escala en que se encuentren actualmen-te.

El personal funcionario interino que pase a ser nombrado fun-cionario de carrera se le computará, a efectos del reconocimientode trienios, el tiempo que ha permanecido como interino, siendo deigual manera si pasaran de trabajador laboral a funcionario de ca-rrera.

8 de mayo de 2006 9

Art. 41 Pagas extraordinarias

Las Pagas extraordinarias, que serán dos al año por un importemínimo cada una de ellas de una mensualidad del sueldo base y trie-nios y se devengarán los meses de junio y diciembre especificandola cantidad líquida de las pagas extraordinarias. Excepto en los ca-sos:

Cuando el tiempo de servicios prestados fuera inferior a la tota-lidad del periodo correspondiente a una paga, esta se abonará enla parte proporcional que resulte según los meses y días de servicioefectivamente prestado.

Los funcionarios en servicio activo, con permiso sin derecho aretribución, devengaran pagas extraordinarias en las fechas indica-das, pero su cuantía experimentara la correspondiente reducciónproporcional.

En caso de cese del servicio activo, la última paga extraordina-ria se devengará el día del cese y con referencia a la situación y de-rechos del funcionario en dicha fecha, pero en cuantía proporcionalal tiempo de servicios efectivamente prestados, salvo que el cesesea por jubilación, fallecimiento o retiro de los funcionarios, en cu-yo caso los días del mes en que se produzca dicho cese se com-putará como un mes completo.

A los efectos previstos en el apartado anterior, el tiempo de du-ración de permisos sin derecho a retribución no tendrá la conside-ración de servicios efectivamente prestados.

Art. 42 Complemento de destino

El Pleno de la Corporación, en la relación de puestos de traba-jo, determinará el nivel correspondiente a cada uno de ellos dentrode los límites mínimos y máximos fijados en la normativa vigente.

La cuantía del complemento de destino es la que se encuentrareflejada anualmente en la Ley de Presupuestos Generales delEstado y a su vez, reflejadas en los Presupuestos del Ayuntamiento.

La asignación de niveles de puestos de trabajo no incluidos enla realización de puestos tipo se efectuará por la Corporación sobrela base de la responsabilidad que se derive de las funciones a ellosencomendadas y/o por analogía o similitud con los puestos de la es-tructura establecida.

Los puestos que por nueva creación o por reajustes no tengancomplemento asignado, serán asimilados a alguno de los niveles es-tablecidos informándose a los representantes de los funcionarios.

Art. 43 Complemento específico

El complemento específico esta destinado a retribuir las condi-ciones particulares de algunos puestos de trabajo en atención a suespecial dificultad técnica, dedicación, incompatibilidad, responsa-bilidad, peligrosidad o penosidad.

En ningún caso podrá asignarse más de un complemento espe-cífico a cada puesto de trabajo. Aunque al fijarlo podrá tomarse enconsideración conjuntamente dos o más de las condiciones parti-culares mencionadas que puedan concurrir en un puesto de traba-jo.

El establecimiento o modificación del complemento específicoexigirá, con carácter previo, que por el Ayuntamiento se efectúe unavaloración del puesto de trabajo atendiendo a las circunstancias ex-presadas en el apartado anterior y bajo los criterios de especial di-ficultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidad, penosi-dad, etc.

La valoración y catalogación de los distintos puestos de trabajoserán negociadas por la Corporación y representantes legales de lostrabajadores.

En los casos de realización de jornada partida se abonara uncomplemento de 55,00 euros/mes

Art. 44 Complemento de productividad

El complemento de productividad esta destinado a retribuir el es-pecial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés e iniciati-va con que el funcionario desempeña su trabajo.

La apreciación de la productividad deberá realizarse en funciónde las circunstancias objetivas relacionadas directamente con eldesempeño del puesto de trabajo y objetivos asignados al mismo.Las cantidades a abonar se decidirán tras ser oídos los represen-tantes de los funcionarios.

En ningún caso las cuantías asignadas por complemento de pro-ductividad durante un periodo de tiempo originaran ningún tipo de

derecho individual respecto a las valoraciones o apreciaciones co-rrespondientes a periodos sucesivos.

Las cantidades que perciba cada funcionario por este conceptoserán de conocimiento público, tanto de los demás empleados dela Corporación como de los representantes de los funcionarios. ElAlcalde es la autoridad competente para otorgar dicho complemen-to.

A todos los funcionarios, se les abonara un complemento de pro-ductividad semestral que comprenderá el 100 % de la suma de loscomplementos de Destino y Específico. Se devengarán en los me-ses de junio y diciembre.

Art. 45.1 Servicios extraordinarios

Los servicios extraordinarios son aquellos que por necesidadesdel servicio o trabajo se tengan que realizar fuera de la jornada nor-mal de trabajo o que superan dicha jornada. Las horas extraordina-rias que se realizan serán compensadas conforme al siguiente cua-dro:

CONCEPTO Importes

Grupos A y B Grupos C y D

Horas extras normales 25 euros 16’50 euros

Horas extras sábados,

domingos y festivos 30 euros 20’00 euros

Horas extras nocturnas 35 euros 25’00 euros

También se podrá disfrutar tales horas extraordinarias por perio-dos de descanso iguales al doble de las horas extraordinarias quese disfrutarán de común acuerdo entre Ayuntamiento y el funciona-rio interesado.

En las fechas de fiestas patronales de Tudela de Duero y Herrerade Duero, los funcionarios que por motivos del servicio estén obli-gados a la realización de servicios extraordinarios, percibirán lasmismas económicamente o a petición expresa del funcionario laspodrá disfrutar. Para estos casos, se pactaran las cantidades eco-nómicas más adecuadas entre los funcionarios afectados y laCorporación.

Este tipo de gratificación extraordinaria ira incrementando lacuantía de la hora conforme al Indice de Precios al Consumo del añoen cuestión.

Para la aplicación del cuadro mas arriba indicado se tendrán encuenta lo siguiente:

- Se considera horario nocturno desde las 22 horas hasta las 6horas.

- Se considera horario festivo las 24 horas del citado día. Y enlos fines de semana, se considera festivo a partir de las 15 horas dela tarde del sábado hasta las 0’00 horas de la noche del domingo allunes.

- Se considera horario festivo-nocturno cuando se dé la cir-cunstancia de que coincidan los apartados anteriores.

Art. 45.2. Nocturnidad y festividad

Todos los funcionarios que por necesidades del servicio tenganque realizar horas nocturnas, festivas, o festivas y nocturnas perci-birán un plus de a mayores por cada hora realizada en horario noc-turno, festivo, o festivo nocturno que se sumara a la hora normal detrabajo conforme se indica:

AÑO 2006 2007 2008 2009

IMPORTE 3,50 euros 4,00 euros 4,50 euros 5,00 euros

Estas cantidades no se actualizaran durante los cuatro años devigencia del convenio.

Art. 46 Desplazamientos y dietas

Los funcionarios que por necesidades del servicio tengan queefectuar viajes o desplazamientos que les obliguen a efectuar gas-tos de manutención, pernoctar fuera del domicilio y/o costearse eldesplazamiento, tendrán derecho a percibir una compensación enconcepto de gastos.

37,00 euros por manutención 96,00 euros dieta entera

La cuantía de la indemnización a percibir como gastos de des-plazamientos por los funcionarios por el uso del vehículo particular,cuando él voluntariamente lo utilice y el Ayuntamiento lo autorice se-rá de 0’25 euros el kilómetro recorrido.

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Art. 47 Jubilaciones

La jubilación forzosa se declarará de oficio al cumplir los 65 añosde edad excepto en lo dispuesto en la Ley 66/97, de 31 de diciem-bre de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social y en laResolución 31 de diciembre de 1996 de Secretaria de Estado parala Administración Pública, percibiendo el funcionario la mensualidaddel mes en que aquella se produzca, independientemente del díaque cause baja por jubilación.

El Ayuntamiento intentara no amortizar las plazas vacantes quese produzcan por esta causa, incluyendo si ello es oportuno con la

mayor brevedad posible en sus Ofertas de Empleo Públicas plazasde idéntica categoría profesional y otras de distinta categoría que sehayan creado por transformación de las mencionadas vacantes,siempre que concurran las condiciones en cuanto a necesidadesque existan en el momento.

En el supuesto de jubilación anticipada deberá solicitarse concuatro meses de antelación.

En caso de jubilaciones voluntarias antes de cumplir los 65 añosde edad, el empleado publico tendrá derecho al abono de una delas cantidades que se describen en la siguiente tabla:

8 de mayo de 2006 11

CAPITULO XIV DERECHOS DE REPRESENTACIÓN COLECTIVA

Art. 48 Participación

De conformidad con la Ley Orgánica 11/85, del dos de agosto,de Libertad sindical, en la Ley 9/87, del doce de junio, de Órganosde Representación; determinación de las condiciones de trabajo yparticipación del personal al servicio de las AdministracionesPúblicas y la Ley 7/90, del diecinueve de julio, sobre NegociaciónColectiva y Participación en la determinación de las condiciones detrabajo de los funcionarios Públicos y sin perjuicio de otras formasde participación, los funcionarios tienen derecho a participar en elAyuntamiento, a través de los Órganos de representación reguladosen este Acuerdo.

Art. 49 Celebración de reuniones y asambleas

Están legitimados para convocar una reunión:

- Las organizaciones sindicales, directamente o a través de losdelegados sindicales.

- La Junta de Personal.

- Cualquier colectivo de funcionarios del Ayuntamiento, siempreque su número no sea inferior al 40 % del total de los funcionarios.

Serán requisitos para convocar una reunión los siguientes:

- Comunicar por escrito su celebración a la Corporación y a losfuncionarios con una antelación de dos días hábiles.

- Señalar día, hora y lugar de celebración.

- Indicar el orden del día.

- Acreditar la legitimación de los firmantes de la convocatoria, deconformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo.

Si antes de las 24 horas anteriores a la fecha de la celebraciónde la asamblea general, el órgano competente de la Corporación noformúlase objeciones a la misma mediante resolución motivada, po-drá celebrarse sin otro requisito posterior.

Los convocantes de la reunión serán los responsables del nor-mal desarrollo de la misma.

Las reuniones transcurrirán generalmente en horario de trabajocon una duración máxima de dos horas por cada dos meses.

Art. 50. Derechos de Participación y representación delPersonal. Comités de Seguridad y Salud.

1. El personal tiene derecho a participar en todos aquellos asun-tos y cuestiones relacionados con la prevención de riesgos, seguri-dad e higiene y salud laboral, a través de sus representantes en lostérminos previstos en la Ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevenciónde Riesgos Laborales, normativa de desarrollo y lo pactado expre-samente en este Convenio.

2. El derecho de participación se ejercerá en el ámbito delAyuntamiento a través del respectivo Comité de Seguridad y Salud,que estará integrado por los Delegados de Prevención, de una par-te y por la Administración Municipal y sus representantes respecti-vos.

Los Comités de Seguridad y Salud celebrarán sesión ordinariacon una periodicidad trimestral y velarán porque en los centros detrabajo y dependencias municipales se adopten las medidas deSeguridad y Salud que establece la Ley de Prevención de RiesgosLaborales y demás normativa aplicable.

A efectos de este Convenio, los acuerdos tomados por losComités de Seguridad y Salud, dentro de su ámbito competencial

propio, se darán traslado a la comisión pertinente para su aproba-ción si procede.

El tiempo utilizado por los Delegados de Prevención para el des-empeño de la funciones que les son propias será considerado co-mo de ejercicio de funciones de representación a efectos de la uti-lización del crédito de horas mensuales retribuidas previsto en la le-tra e) del artículo 68 del texto refundido del Estatuto de losTrabajadores.

El personal tendrá derecho a participar, a través de sus repre-sentantes, en el control y seguimiento de la gestión desarrollada porlas Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionalesde la Seguridad Social con las que el Ayuntamiento concierte laprestación correspondiente, de conformidad con lo previsto en el ar-tículo 32 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

La política de salud y seguridad laboral se realizará anualmentea través de un programa de servicios de prevención que, en todocaso, deberá comprender los estudios y proyectos necesarios paradefinir los riesgos más significativos por su gravedad o frecuencia yla adaptación de los locales y de los puestos de trabajo. Incluirá, asi-mismo, los programas de ejecución de medidas preventivas y los de

control e inspección de los mismos, así como los planes de forma-ción y adiestramiento del personal que sean necesarios.

CAPITULO XV VESTUARIO

Art. 51 Vestuario

Cuando una prenda del vestuario se haya deteriorado por des-gaste o por circunstancias del servicio, el Ayuntamiento proveerá deuna prenda nueva. No obstante, cada año se proporcionara, a tra-vés de propuesta del jefe del área y el visto bueno del alcalde o con-cejal delegado, del vestuario que haya solicitado el funcionario.

Disposición final

Este Acuerdo sustituye a cuantos Acuerdos, pactos, o conveniospudiesen existir y afectasen al personal funcionario delAyuntamiento de Tudela de Duero, y en prueba de conformidad conel articulado que lo compone, la comisión negociadora del mismofirma y acuerda elevarlo al Pleno de la Corporación, para su ratifi-cación si procede.

Tudela de Duero, día 23 de diciembre de 2005.- Grupo deGobierno, (ilegible). Representantes de los funcionarios, (ilegible).

12 8 de mayo de 2006

ANEXO I

CATALOGOS PUESTOS DE TRABAJO PERIODO 2006-2009

PUESTO GRUPO NIVEL C.D. C. ESPECIFICO PRODUC. OTROS Nº EFECTIVOS

Secretario general A 30 1.598,21 1

Interventor A 30 1.598,21 1

Técnico Admón. General A 26 1.043,54 1

Administrativo C 22 355,76 2

Técnico Servicios Socioculturales C 22 355,76 1

Técnico Aux. Biblioteca y Archivos C 22 355,76 55,00 (3) 1

Aux. admón.. Gral. Jefe unidad D 18 500,69 1

Aux. Admón. Gral. D 18 366,63 5

Oficial jefe policía local C 22 543,00 1

170,00 (1)

50,00 (2)

Oficial Policía Local C 22 543,00 1

Policía Local C 20 437,74 5

Encarg. Protocolo y notificaciones D 18 366,63 2

(1) Este complemento únicamente se percibirá hasta tanto se cu-bra la plaza de subinspector.

(2) Vinculado al desempeño efectivo de la jefatura del grupo deProtección Civil. En el ejercicio 2006 no se actualizara, y si en el res-to de ejercicios.

(3) Complemento a jornada partida. En el ejercicio 2006 no se ac-tualizara, y si en el resto de ejercicios.

Para la aplicación de los presentes catálogos de puestos de tra-bajo, se aplicarán las siguientes normas:

- Respecto a las retribuciones básicas, serán las señaladas en laLey de Presupuestos del Estado para cada ejercicio y en función delgrupo.

- Respecto al nivel de complemento de destino, será el importeseñalado en la Ley de Presupuestos del Estado para cada ejercicioy en función del nivel.

- Para el ejercicio 2006, la presente tabla se actualizará en fun-ción del IPC real más un 1%.

- Para el resto de los ejercicios de vigencia del convenio, se ac-tualizará de la misma manera que para el ejercicio 2006.

3314/2006

III.- ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

ÁREA DE ACCIÓN SOCIAL

DOCUMENTO MARCO

Red de Servicio para personas con discapacidad delámbito rural de Valladolid

Ayuntamientos: Cigales, Iscar, Medina de R. Mojados, Nava delRey, Peñafiel, Tordesillas, Tudela de D. y Villalón de C.

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

Capítulo 1. PRESENTACIÓN DE LA RED DE SERVICIOS

1.1. BREVE HISTORIA

1.2. DESCRIPCIÓN DE LA RED

Capítulo 2. FUNDAMENTOS TEÓRICOS.

2.1. LA CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DEL FUNCIONA-MIENTO, DE LA DISCAPACIDAD Y DE LA SALUD (CIF).

2.2. EL CONCEPTO DE RETRASO MENTAL DE LA AAMR (1992,2002)

2.3. EL MODELO DE CALIDAD DE VIDA

2.4. EL MODELO ECOLÓGICO.

2.5. LA POLÍTICA EUROPEA. EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DEOPORTUNIDADES

2.6. EL VALOR DEL TRABAJO PARA LA VIDA DE LAS PERSO-NAS

Capítulo 3. IDENTIDAD DE LA RED

3.1. MISIÓN

3.2. VISIÓN

3.3. VALORES

3.4. PROCESOS

Capítulo 4. MODELO ORGANIZATIVO

4.1. ORGANIZACIÓN EN RED.

4.2. AGENTES IMPLICADOS EN EL FUNCIONAMIENTO.

4.2. AGENTES IMPLICADOS EN EL FUNCIONAMIENTO.

4.2.1. Personas con discapacidad

4.2.2. Familias/Tutores

4.2.3. Representantes de Diputación y Ayuntamientos

4.2.4. Profesionales del apoyo directo

4.2.5. Profesionales de los Centros de Acción Social (CEAS).

4.2.6. Equipo de Apoyo Técnico.

4.2.7. Otros Profesionales: Gerencia, Diputación, Ayuntamientos.

4.2.8. Agentes Sociales de la zona.

4.2.9. Otras personas.

4.3. ÓRGANOS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN.

4.3.1.- Para la provincia: Comisión de Seguimiento de la Red.

4.3.2.- Para cada municipio

Capítulo 5. CRITERIOS DE FUNCIONAMIENTO

5.1. RELATIVOS A LA INSERCIÓN LABORAL.

5.2. RELATIVOS AL DESARROLLO PERSONAL.

5.3. RELATIVOS AL APOYO A/DE LAS FAMILIAS.

5.4. RELATIVOS A LA INTEGRACIÓN COMUNITARIA.

5.5. RELATIVOS AL DESARROLLO ORGANIZATIVO

5.6. RELATIVOS A LA GESTIÓN DE PERSONAL.

5.7. RELATIVOS A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ECONÓ-MICA.

5.8. RELATIVOS a PROVISIÓN de EQUIPAMIENTOS e INFRA-ESTRUCTURAS.

5.9. RELATIVOS A LA GESTIÓN DE SERVICIOS COMPLEMEN-TARIOS.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

NORMATIVA DE REFERENCIA

ANEXO I. DIRECCIONES Y TELÉFONOS.

INTRODUCCIÓN

La red de servicios para personas con discapacidad del ámbitorural, está formada en la actualidad, por nueve TalleresOcupacionales en Cigales, Iscar, Medina de Rioseco, Mojados,Nava del Rey, Peñafiel, Tordesillas, Tudela de Duero, Villalón deCampos y por un Centro de Día en este último municipio.

Desde que se inició el funcionamiento como red, en el año 1999,se ha ido avanzando, teniendo como referencia el “Marco Teóricode las Iniciativas Locales de Empleo para Personas conDiscapacidad” (documento aprobado por la Diputación Provincialen el año 2000) y el “Manual de Funcionamiento” (documento ela-borado por los profesionales en el año 2001). Hoy se han revisadoy fusionado ambos documentos, adaptándolos a los nuevos plan-teamientos teóricos, nuevos servicios en la Red y nuevas formas defuncionar que se han ido asentando en el transcurso de estos años.

La importancia de este documento está en el proceso de deba-te y discusión que se ha abierto sobre su contenido entre todos losagentes y en haber conseguido establecer un marco común de prin-cipios y criterios que pueda aplicarse a cualquiera de los serviciosy que sirva para regular su funcionamiento y la participación de losdistintos agentes, aunque cada Taller Ocupacional y Centro de Díatengan su propia identidad dentro de la Red.

Asimismo este documento debe servir para crear sinergias, ajus-tar compromisos y formar a todos los agentes implicados, que en elpresente y en el futuro se integren en la Red.

El proceso que se ha seguido para la elaboración de este docu-mento ha sido, partiendo de los documentos ya mencionados, sehizo una propuesta por un grupo-guía de profesionales que se dis-cutió posteriormente por todos en una jornada de trabajo y se en-vío después a los Ayuntamientos. También se dio a conocer a las fa-milias y a las personas con discapacidad, a través de los Talleres yde las Comisiones Municipales, recogiendo las distintas aportacio-nes. Finalmente se presentó a la Comisión de SeguimientoProvincial, donde se dio el visto bueno y siguió los trámites para suaprobación por el Pleno de la Diputación.

Este documento se organiza en torno a cinco capítulos: en el pri-mero, se presenta la Red y se hace una breve historia, en el segun-do, se exponen los conceptos teóricos más importantes que han

elaborado las organizaciones internacionales en relación al apoyo alas personas con discapacidad. El tercer capítulo, da cuenta de laidentidad de la Red (misión, visión, valores, procesos), en el cuartose expone el modelo organizativo, con los compromisos de los prin-cipales agentes implicados y los órganos de participación y gestión.Por último en el capítulo 5, se recogen los criterios de funciona-miento en cada uno de los procesos y subprocesos establecidos.Para finalizar, se hace una relación de la bibliografía, de la normati-va de referencia y en un Anexo, de los documentos más importan-tes elaborados en la Red.

En el Capítulo 2, se han introducido algunos textos con el Logode Lectura Fácil que ayudan a la comprensión de los contenidos. Lainformación que se da en dichos recuadros es la misma que en eltexto original, pero con frases más cortas que expresan una sola ideacada una y utilizando palabras más sencillas.

Capítulo 1. PRESENTACIÓN DE LA RED DE SERVICIOS

La Red de servicios que apoya a las personas con discapacidaden la provincia de Valladolid, se inserta en un contexto rural con unapoblación de más de 130.000 habitantes que viven en 222 munici-pios, de menos de diez mil personas.

Algunas de las características que más identifican a este con-texto rural son: la dispersión de la población en pequeños munici-pios (hay 186 municipios que tienen menos de mil habitantes); unbuen conocimiento de los vecinos entre si, que genera entre otrascosas, un importante apoyo mutuo y seguridad para la persona y sufamilia y también un gran control, que interfiere a veces, en tenermás intimidad personal. También hay que hablar de un progresivoenvejecimiento, escasez de tejido social y asociativo, carencia deservicios especializados, e incluso básicos, dificultades de trans-porte y un tejido industrial poco desarrollado.

En este contexto la percepción y el apoyo que se ha dado a laspersonas con discapacidad ha ido evolucionando con el tiempo,desde una visión negativa que consideraba a éstas como enfermos,objeto de burla, sin ocupación alguna,... a la idea de considerarlespersonas con derechos y por tanto, merecedoras de apoyos y ser-vicios.

1.1. BREVE HISTORIA

En los años 1988 y 1989, nacen cuatro Centros Ocupacionales,uno en cada uno de los siguientes municipios: Medina de Rioseco,Nava del Rey, Mojados y Peñafiel, a través de convenios firmadospor estos Ayuntamientos y el entonces, Instituto Nacional deServicios Sociales (INSERSO). Inician su funcionamiento con perso-nal contratado por las propias corporaciones locales aunque finan-ciado, al igual que el transporte y el servicio de comedor, por el an-tiguo INSERSO, aportando los ayuntamientos las infraestructuras ysu mantenimiento.

Los Centros de Acción Social (CEAS) correspondientes a las di-ferentes zonas, realizaron el estudio de necesidades, la captaciónde usuarios, el seguimiento de cada centro y el apoyo, en su caso,al funcionamiento de las asociaciones de padres.

Se trataba de centros con una orientación ocupacional y asis-tencial, que realizaban actividades de cultivo bajo abrigo, marroqui-nería, desarrollo personal, ocio, etc. Cumplían una función que enaquel momento fue esencial: que las personas con discapacidadcontaran con un lugar de encuentro donde realizasen una actividady saliesen de su entorno familiar.

Estos talleres funcionaron de manera independiente y autónomadurante aproximadamente 9 ó 10 años, sin establecer prácticamen-te ningún tipo de conexión entre ellos.

A partir del año 97, aparecieron progresivamente, las Iniciativasde Villalón (1997), Cigales (1998), Iscar (1998), impulsadas por losservicios sociales básicos de cada zona, como cursos destinados ala orientación e inserción sociolaboral del colectivo, pero con voca-ción de continuidad. Estas iniciativas fueron apoyadas por losAyuntamientos respectivos, la Diputación Provincial y la Gerencia deServicios Sociales de la Junta de Castilla y León, a través de la fi-nanciación del Fondo Social Europeo.

Con este nuevo escenario y con las trasferencias del INSERSOa la Comunidad Autónoma ya realizadas; la Diputación Provincial deValladolid comienza, en el año 99, a liderar un proceso de coordi-nación institucional y creación de un único proyecto, para lo cual de-cidió contar con la colaboración técnica de Asprona como entidadespecializada en el tema.

Este nuevo impulso institucional se hace en colaboración con laGerencia de Servicios Sociales, a través del Acuerdo Marco, con los

8 de mayo de 2006 13

Ayuntamientos, que son los titulares de los servicios, y con AS-PRONA, a través de Convenios de Colaboración. El respaldo insti-tucional a este proyecto queda reflejado en la aprobación por elPleno de la Diputación Provincial, en febrero de 2000, del “MarcoTeórico de las Iniciativas Locales de Empleo para Personas conDiscapacidad”.

Posteriormente, se han incorporado a este proyecto los TalleresOcupacionales de Tordesillas (2002) y de Tudela de Duero (2004), asícomo un Centro de Día en Villalón de Campos (2004).

Así, se ha pasado de unos centros que funcionaban de formaaislada a configurar una auténtica red de servicios para las perso-nas con discapacidad en el ámbito rural, donde se comparte unaidentidad y unos valores comunes, respetando las característicaspropias de cada Taller Ocupacional y Centro de Día.

En todo este proceso de desarrollo, la Red ha aunado el esfuer-zo de las personas con discapacidad, sus familias, los profesiona-les del apoyo directo de los servicios, profesionales de CEAS, deASPRONA y representantes de Ayuntamientos, Diputación yGerencia de Servicios Sociales.

1.2. DESCRIPCIÓN DE LA RED

En el momento actual la Red está formada por nueve TalleresOcupacionales y un Centro de Día, ubicados en los municipios se-ñalados en el Mapa y cuyas direcciones y teléfonos se pueden con-sultar en el Anexo I y en la página WEB, (http://www.diputacionde-valladolid.es/accion_social/redtalleres/index.htm).

Cada uno de los Talleres Ocupacionales prestan servicio tanto alas personas con discapacidad del propio municipio en el que se en-cuentra ubicado, como a las personas con discapacidad de aque-llos otros municipios que forman parte de la zona CEAS o que aúnno estando incluidos en ésta, están próximos o influidos por el mu-nicipio que ostenta la titularidad del taller.

En cada Taller Ocupacional el número de plazas disponible es de15 a 20, según los servicios. Y en el Centro de Día es de 10 perso-nas.

Los profesionales que en la actualidad están vinculados total-mente a la Red de servicios, son los siguientes:

PROFESIONALES NÚMERO TIPO de JORNADA

Profesionales del Apoyo Directo 19 8 jorn. completa

(2 por cada T.O. + 1. C. Día) 11 jorn. parcial

Equipo Técnico de la Red 2 2 jorn. completa

TOTAL 21 10 jorn. completa

11 jorn. parcial

Aparte de estos 21 profesionales, hay 2 profesionales de AcciónSocial y 18 trabajadores sociales de CEAS, dependientes de laDiputación Provincial, que dedican parte de su jornada laboral aapoyar el funcionamiento de la red.

Cada servicio funciona con un horario de 35 horas semanales,dependiendo de las características de la actividad que realizan y dela zona donde están ubicados. Los servicios permanecen cerradosun mes en verano, una semana en Navidad y otra en Semana Santa.

Capítulo 2. FUNDAMENTOS TEÓRICOS.

“Nada hay más práctico que una buena teoría”

(Ortega y Gasset)

Hoy día la forma de concebir la discapacidad ha variado de formaradical, se ha pasado de considerar que era un problema de la per-sona, que tenía que “ser curada” por profesionales y tenía que adap-tarse a las condiciones de vida de los demás, a considerar que la dis-capacidad es más un problema social, ya que es la sociedad la quecrea las causas de la marginación, y es una responsabilidad colecti-va de la misma, poner las condiciones para la plena participación delas personas con discapacidad en todos los ámbitos de la vida social.

Los hitos más importantes de esta nueva forma de pensar, quedeben inspirar las políticas de los gobiernos y de las administracio-nes publicas, también se han hecho propios desde la Red de servi-cios y son los que se exponen a continuación:

2.1. LA CLASIFICACIÓN INTERNACIONAL DEL FUNCIONA-MIENTO, DE LA DISCAPACIDAD Y DE LA SALUD (CIF).

La CIF es una superación de la Clasificación Internacional deDeficiencias, Discapacidades y Minusvalías (CIDDM) que la OMSaprobó en el año 1980 y que hoy todavía tiene cierta vigencia, enella se definían los conceptos de deficiencia, discapacidad y mi-nusvalía, tal y como se expone en el siguiente cuadro:

DEFICIENCIA:

Dentro de la experiencia de la salud una deficiencia es toda pér-dida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisioló-gica o anatómica.

CARACTERÍSTICAS:

- Puede ser pérdida o anormalidad.

- Puede ser temporal o permanente.

- Consiste en la existencia o aparición de una anomalía, defectoo pérdida en un miembro, órgano, tejido u otra estructura del cuer-po, incluidos los sistemas propios de la función mental.

- Tener una deficiencia, no indica necesariamente que se tengauna enfermedad, o que un individuo está enfermo.

DISCAPACIDAD:

Es toda restricción o ausencia (debida a una deficiencia) de lacapacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margenque se considera normal para un ser humano.

CARACTERÍSTICAS:

- Puede ser temporal o permanente.

- Puede ser reversible o irreversible.

- Puede ser progresiva o regresiva.

- Puede ser un exceso o una insuficiencia en el desempeño ocomportamiento de un individuo respecto de una normal actividadrutinaria.

- Existe una limitación funcional que se manifiesta como una re-alidad en la vida diaria, al interferir las actividades corporales.

- Puede ser o consecuencia directa de la deficiencia o respues-ta del propio individuo a la deficiencia.

MINUSVALÍA:

Es una situación desventajosa para un individuo, a consecuen-cia de una deficiencia o de una discapacidad que limita o impide eldesempeño de un rol, que es normal en su caso (en función de laedad, sexo, factores sociales y culturales).

CARACTERÍSTICAS:

- Refleja la interacción y adaptación del individuo al entorno.

- Se refiere a los roles sociales básicos: orientación, indepen-dencia física, movilidad, ocupación, integración social, auto-sufi-ciencia económica.

- Es por tanto un fenómeno social que representa las conse-cuencias sociales y ambientales que se derivan para el individuo,por el hecho de tener deficiencias y discapacidades. De aquí, la granimportancia que tienen los valores sociales existentes.

En el esquema siguiente se expresa como una deficiencia pue-de producir una discapacidad y la minusvalía puede ser causada porcualquiera de las dos anteriores. A continuación se representa estarelación entre los tres conceptos:

14 8 de mayo de 2006

ENFERMEDAD DEFICIENCIA DISCAPACIDAD MINUSVALÍA

(situación (exteriorizada) (objetivizada) (socializada)

intrínseca)

Dicha causalidad y linealidad en este planteamiento ha sido su-perado por la nueva clasificación, la CIF. La Organización Mundialde la Salud (OMS) editó en 2001 la denominada ClasificaciónInternacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud (CIF)en la cual introduce nuevos elementos que enfatizan la relación en-tre la persona y la sociedad (igualdad de oportunidades, interde-pendencia), como el derecho a ser miembro activo de la comunidad(participación, interacción) y el derecho a ser adultos y a gobernarla propia vida (autodeterminación).

Esta clasificación ya no enuncia tres niveles de consecuencia dela enfermedad, sino que habla de:

- Funcionamiento, como término genérico para designar todaslas funciones y estructuras corporales, la capacidad de desarrollaractividades y la posibilidad de participación social del ser humano.

- Discapacidad, también como término genérico que recoge lasdeficiencias en las funciones y estructuras corporales, las limitacio-nes en la capacidad de llevar a cabo actividades y las restriccionesen la participación social del ser humano.

- Salud, como el elemento clave que relaciona a los dos anterio-res.

El nuevo esquema que plantea la CIF representa las múltiplesinteracciones entre los tres componentes del funcionamiento no so-lo de las personas con discapacidad sino de cualquier persona.

De este nuevo esquema se pueden hacer las siguientes lecturas:

- Los estados de salud tienen consecuencias en todos los com-ponentes del funcionamiento (corporal, actividad y participación).A su vez, los componentes del funcionamiento tienen directa re-percusión sobre los estados de salud, en tanto que condicionan laposible aparición de nuevas alteraciones (trastornos o enfermeda-des).

- Los componentes del funcionamiento se relacionan, por pares,todos entre sí (cuerpo y actividad; cuerpo y participación; actividady participación) y en ambos sentidos.

- Los componentes del funcionamiento (todos y cada uno deellos) se ven influidos por los factores contextuales, tanto ambien-tales como personales. Al mismo tiempo, los factores contextualespueden ser determinados por las circunstancias que acontezcan enlos tres componentes del funcionamiento.

En este cuadro se recogen las definiciones que plantea la CIF delos componentes expuestos en este nuevo esquema.

- Funciones corporales son las funciones fisiológicas de los sis-temas corporales (incluyendo las funciones psicológicas).

- Estructuras corporales son las partes anatómicas del cuerpo,tales como los órganos, las extremidades y sus componentes.

- Deficiencias son los problemas en las funciones o estructurascorporales, tales como una desviación o una pérdida.

- Actividad es el desempeño/realización de una tarea o acciónpor parte de un individuo.

- Limitaciones en la Actividad son dificultades que un individuopuede tener en el desempeño/realización de actividades.

- Participación es el acto de involucrarse en una situación vital.

- Restricciones en la Participación son problemas que el indivi-duo puede experimentar al involucrarse en situaciones vitales.

- Factores Ambientales constituyen el ambiente físico, social yactitudinal en el que una persona vive y conduce su vida.

Actualmente la forma de concebir la discapacidad ha cambiado.La Organización Mundial de la Salud (OMS) aprobó en el año 1980la Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades yMinusvalías (CIDDM). Clasificaba las consecuencias de una enfer-medad, según el siguientes esquema:

ENFERMEDAD DEFICIENCIA DISCAPACIDAD MINUSVALIA

(Pérdida o anormalidad (limitación funcional (desventaja

física y/o psicológica) para realizar una actividad) social)

En el año 2001 la OMS aprobó la Clasificación Internacional delFuncionamiento, la Discapacidad y la Salud (CIF). Se caracterizapor:

• Tener en cuenta la relación entre la persona y la sociedad.

• Derecho a participar en tu comunidad.

• Derecho a ser adultos y a dedicir sobre tu propia vida.

Esta nueva clasificación es una importante herramienta que ha-brá que considerar de aquí en adelante y de la que se derivan algu-nas implicaciones

ALGUNAS IMPLICACIONES:

- Reconocer la complejidad que entraña la prestación de apoyosa las personas con discapacidad. Así, mejorar las funciones y es-tructuras corporales, aún siendo necesario, no será suficiente paramejorar el funcionamiento de una persona en su contexto social.

- La existencia de este marco aceptado internacionalmente, vaa permitir que se compartan y mejoren las investigaciones y los cri-terios de intervención, que favorezcan el desarrollo de servicios y laprestación de apoyos a las personas con discapacidad.

- El adoptar un concepto más ambiguo: discapacidad, como tér-mino para recoger todas las condiciones negativas de salud, va acontribuir a que desaparezcan términos que connotaban negativa-mente a las personas con discapacidad como eran: minusválido,deficiente,...

2.2. EL CONCEPTO DE RETRASO MENTAL DE LA AAMR (1992,2002)

La concepción del retraso mental (1) adoptada por la AsociaciónAmericana del Retraso Mental (AAMR) en el año 1992, destaca porel énfasis dado al ambiente frente al individuo. El retraso mental nose considera un rasgo absoluto del individuo, sino una expresión dela interacción entre la persona con un funcionamiento intelectual li-mitado y el entorno. La tarea esencial no va a ser diagnosticar y cla-sificar a los individuos con retraso mental y con esa información de-terminar los tratamientos y servicios que necesitan, sino evaluarlosmultidimensionalmente en base a su interacción con los contextosen los que se desenvuelven y basándose en esa evaluación del in-dividuo y el ambiente, determinar los tratamientos y servicios nece-sitados. Por ello, no se clasificará a los sujetos en virtud de su C.I.,sino que se clasificará el tipo e intensidad de apoyos que necesitan.De esta manera, en lugar de establecer un sistema de clasificaciónbasado en los niveles de inteligencia del sujeto (ligero, medio, se-vero y profundo), se propone un sistema de clasificación basado enla intensidad de los apoyos que requieren las personas con retrasomental (limitado, intermitente, extenso y generalizado).

1 Aunque la AAMR utiliza el término de retraso mental, en Españase ha revisado, por considerarlo peyorativo, y se ha sustituido por elde discapacidad intelectual.

Existen tres elementos clave en la definición propuesta en el 92de retraso mental: capacidades (o competencias), entornos y fun-cionamiento. Un esquema adaptado de representación es el si-guiente:

ESQUEMA ADAPTADO DEL CONCEPTO DE RETRASOMENTAL (AAMR, 1992)

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- Por capacidades se entienden aquellos atributos que hacen po-sible un funcionamiento adecuado en la sociedad. Incluye, tanto lascapacidades inherentes de un individuo como su habilidad para fun-cionar en un contexto social o “competencia social”.

- El entorno se concibe como “aquellos lugares donde la perso-na vive, aprende, juega, trabaja, se socializa e interactúa. Este mo-delo supone una consideración más equilibrada de la relación entrelas capacidades individuales y las demandas y restricciones de de-terminados entornos.

- Funcionamiento: El retraso mental implica limitaciones intelec-tuales específicas que afectan a la capacidad de la persona paraafrontar los desafíos de la vida diaria en la comunidad. Si, aún exis-tiendo limitaciones, éstas no afectaran a su funcionamiento, enton-ces no se podría hablar de retraso mental. Esta afectación ha de dar-se, tal y como establece la nueva definición, en dos o más áreas dehabilidades adaptativas.

En el año 2002, la AAMR, hizo una revisión del anterior sistema,cuya principal novedad se centró en ampliar una dimensión más“participación, interacción y desenvolvimiento social”, además des-arrollaba más en profundidad la planificación de apoyos y mejorabala medición de la inteligencia y de la conducta adaptativa. Este nue-vo sistema se relaciona además con otros sistemas clasificatorioscomo por ejemplo la CIF.

La nueva definición propuesta por la AAMR, en el 2002, planteaque el: “Retraso mental es una discapacidad caracterizada por limi-taciones significativas en el funcionamiento intelectual y la conduc-ta adaptativa tal como se ha manifestado en habilidades prácticas,sociales y conceptuales. Esta discapacidad comienza antes de los18 años” (Luckasson y cols., 2002,).

Esta definición parte de cinco premisas para su aplicación:

Las limitaciones en el funcionamiento presente deben conside-rarse en el contexto de ambientes comunitarios típicos de los igua-les en edad y cultura.

Una evaluación válida ha de tener en cuenta la diversidad cultu-ral y lingüística, así como las diferencias en comunicación y en as-pectos sensoriales, motores y comportamentales.

En un individuo las limitaciones a menudo coexisten con capa-cidades.

Un propósito importante de describir limitaciones es el desarro-llar un perfil de los apoyos necesarios.

Si se ofrecen los apoyos personalizados apropiados durante unperiodo prolongado, el funcionamiento en la vida de la persona conretraso mental generalmente mejorará.

Las aportaciones de la revisión del 2002 se pueden apreciar enel siguiente esquema:

En este esquema, el funcionamiento individual es el resultado dela interacción de los apoyos con las dimensiones de capacidadesintelectuales, conducta adaptativa, participación interacción y rolessociales, salud y contexto social.

LOS APOYOS

Los apoyos son recursos y estrategias que persiguen promoverel desarrollo, educación, intereses y bienestar personal de alguien yque favorecen el funcionamiento individual. Los servicios son un ti-po de apoyo proporcionado por profesionales y entidades.

Las fuentes de los apoyos son:

a) Naturales: dados por personas o equipamientos disponiblesen el propio ambiente y culturalmente apropiados y soportados porrecursos del propio entorno

b) Basados en servicios: proporcionados por personas o equi-pamientos que no forman parte del ambiente natural

Las funciones de estos apoyos pueden ser: enseñanza, amistad,planificación económica, ayuda al empleado, apoyo conductual,ayuda en el hogar, acceso y uso de la comunidad, atención sanita-ria.

En 1992, la AAMR define el Retraso Mental, destacando la rela-ción entre la persona con un funcionamiento intelectual limitado y elmedio en el que vive. Fija cuatro tipos de apoyo, según su intensi-dad: limitado, intermitente, extenso y generalizado.

En 2002, añaden otras dimensiones dando importancia a la par-ticipación de la persona en su entorno y a los apoyos naturales (fa-milia, vecinos, amigos,....).

ALGUNAS IMPLICACIONES:

- Creencia en las posibilidades del individuo. Con los apoyosadecuados cualquier persona con retraso mental, aunque tenga dis-capacidades significativas, puede llegar a realizar una actividad queproduzca beneficios para él y para la sociedad.

- La gran importancia que tiene trabajar el entorno para favore-cer la integración sociolaboral. Por ejemplo: si empresarios, políti-cos, vecinos... no piensan que las personas con discapacidad tie-nen capacidades, es muy difícil obtener empleo.

- Que el rol de los profesionales que prestan el apoyo debe serflexible, no sólo centrado en el desarrollo de capacidades, sino tam-bién en la gestión de oportunidades en el entorno y sobre todo enfavorecer la interacción entre ambos (persona-entorno).

- Que cada servicio debe ofrecer a la persona con discapacidadintelectual su propio programa individual, en función de sus capaci-dades, sus elecciones y sus preferencias.

- Que las personas con discapacidad intelectual, aunque tenganlimitaciones en algunas habilidades adaptativas, también tienen ca-pacidades.

2.3. EL MODELO DE CALIDAD DE VIDA

La Calidad de Vida es el concepto más importante en la décadade los 90, para los servicios humanos y ha reemplazado a otros con-ceptos como la desinstitucionalización, la normalización, los ajustescomunitarios, (R. L. Schalock, K. Hoffman) y ha ayudado sobre to-do, a los proveedores de servicios a centrar sus esfuerzos en bus-car resultados de calidad en las personas.

Según Schalock, “Calidad de Vida es un concepto que reflejalas condiciones de vida deseadas por una persona en relación conocho necesidades fundamentales que representan el núcleo de lasdimensiones de la vida de cada uno: bienestar emocional, relacio-nes interpersonales, bienestar material, desarrollo personal, bienes-tar físico, autodeterminación, inclusión social y derechos”.

El concepto de calidad de vida se puede concretar en estasocho dimensiones (R.L. Schalock, 1994 ):

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En la actualidad todas las investigaciones realizadas han llega-do a un consenso sobre cinco principios conceptuales relacionadoscon la utilidad del concepto de calidad de vida en relación al mun-do de la discapacidad:

- La calidad de vida para las personas con discapacidad inte-lectual se compone de los mismos factores y relaciones que son im-portantes para las personas sin discapacidad.

- Se experimenta cuando las necesidades de una persona estánsatisfechas, y cuando se tiene la oportunidad de perseguir una vidaenriquecida en los contextos principales de la vida.

- Tiene componentes objetivos y subjetivos; pero es primordial-mente la percepción del individuo la que refleja la calidad de vidaque él experimenta.

- Esta basada en las necesidades individuales, en las eleccionesy en el control.

- Es un constructo multidimensional influenciado por factoresambientales y personales como las relaciones íntimas, la vida fami-liar, amistades, trabajo, vecindario, ciudad de residencia, casa, edu-cación, salud, estándar de vida y el estado de la nación de cada uno.

Actualmente se considera la Calidad de Vida como una combi-nación de las condiciones de vida y la satisfacción personal, pon-derada por una escala de importancia que refleja los valores perso-nales, las aspiraciones y las expectativas de la persona. Este mo-delo otorga al individuo la capacidad para sopesar cómo se combi-nan las evaluaciones objetivas y subjetivas en los diferentes domi-nios de vida, con lo que es él mismo el que determina la importan-cia de los diferentes aspectos. En él, la dimensión autodetermina-ción aparece en un nivel jerárquico diferente desde el cual la perso-na define sus condiciones de vida. Un esquema que entendemosque representa la interpretación de calidad de vida en este modelopodría ser el siguiente:

AUTODETERMINACIÓN:

• Bienestar físico y emocional.

• Bienestar material.

• Relaciones interpersonales.

• Desarrollo personal.

DERECHOS

Este esquema pretende transmitir la idea de que son los dere-chos, como atribución colectiva a todos los seres humanos, el “cin-turón de seguridad” desde el que se garantiza el ejercicio de laAutodeterminación. Y es desde ésta, (de carácter individual), desdedonde las personas deciden y controlan cómo quieren que sea suvida.

Calidad de Vida, tiene que ver, entre otras cosas, con conseguir:

- Sentirse bien con uno mismo.

- Tener amigos.

- Tener dinero y propiedades.

- Crecer como persona.

- Tener salud.

- Poder elegir.

- Participar en mi comunidad.

- El respeto de los derechos.

Cada persona elige lo que es más importante para ella.

ALGUNAS IMPLICACIONES:

- Las personas con discapacidad deben, con los apoyos nece-sarios, participar en las decisiones que afecten a su vida.

- En este sentido, la metodología que mejor respeta este princi-pio es la de Planificación Centrada en la Persona, en la que la pro-pia persona con discapacidad es la que formula sus planes y metasde futuro y cuenta con el apoyo de un grupo para ayudarla.

- Las actividades que realicen las personas en los servicios queles apoyan, deben mejorar su calidad de vida.

- Es difícil que tengan calidad de vida las personas con disca-pacidad intelectual, si no tienen calidad de vida las personas que lesapoyan.

2.4. EL MODELO ECOLÓGICO.

Según (Robert T. Ammerman, 1997), el modelo ecológico plan-tea que la persona se ve influenciada por cuatro sistemas, incluidosunos dentro de otros. El desarrollo, que incluye las capacidades ylimitaciones que la persona puede manifestar en diferentes mo-mentos de su vida, está determinado e influenciado por fuerzas pro-venientes de esos niveles o sistemas. Esas fuerzas se combinan e

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interactúan de modo complejo, originando resultados únicos en to-das las personas.

A continuación se expone el esquema del modelo ecológico, se-gún R.T. Ammerman:

- El primer nivel, denominado “ontogenético” refleja las caracte-rísticas del individuo. Estas incluyen variables como el CI, la disca-pacidad, apariencia física, temperamento y personalidad.

- El nivel ontogenético está dentro del segundo nivel, que es el“microsistema”. La familia del individuo constituye el microsistemaque también puede mostrar diferentes características que influyendirectamente y se ven influenciadas por factores provenientes delnivel ontogenético. Las familias pueden comunicarse adecuada-mente o ser disfuncionales; algunas familias tienen sistemas de apo-yo familiar extensos y otras no...

- El tercer nivel es el “ecosistema” y refleja la comunidad dondeviven la persona y su familia. También en este caso, algunas comu-nidades son fuente de apoyo para las personas con discapacidad ylas familias y otras no.

- Por último, estos tres sistemas anteriores están dentro del cuar-to nivel, el “macrosistema” que refleja las fuerzas sociales y cultu-rales más amplias, como por ejemplo: la educación, los derechoshumanos, la tecnología, las políticas sociales, los valores cultura-les,.... Se considera que el amplio estigma social de la discapacidadse perpetúa a nivel de macrosistema.

La naturaleza transaccional del modelo ecológico demuestra en-tonces que las personas se encuentran en un estado de cambioconstante, influyendo y siendo influidos por los diferentes contextosy sistemas en los que viven y trabajan.

Una de las aportaciones importantes de este modelo, es queconcreta el término “entorno” que se recoge en la Definición delConcepto de Retraso Mental de la AAMR y ayuda a entender lasmúltiples y complejas relaciones que se dan entre los diferentes sis-temas en los que vive la persona.

El Modelo Ecológico plantea que las personas no estamos ais-ladas. Estamos influidos por cómo somos y nuestra familia. Tambiénpor el pueblo donde vivimos y la sociedad en la que estamos.

ALGUNAS IMPLICACIONES:

- Tener en cuenta que una intervención que se realice en cual-quier sistema, es también una intervención que está incidiendo y portanto se está realizando a la vez, en los otros tres sistemas.

- Que en el ámbito rural la interrelación entre todos los sistemasse hace más evidente y es más estrecha, debido a la cercanía y alconocimiento que existe entre las personas.

- Que en la medida de lo posible, el apoyo de los servicios debeproporcionarse en el entorno natural de la persona, dándole la po-sibilidad de que no pierda su identidad, las relaciones con su fami-lia, sus amigos y en definitiva sus raíces.

- Que la prestación de apoyos a la persona con discapacidad in-telectual no sólo proviene del profesional de atención directa, sino

que también de forma indirecta proviene de otras personas y profe-sionales (familia, responsable político, empresario, trabajador social,vecino,...) que trabajan en otros sistemas. Lo que justifica y hace ne-cesario el trabajo en red y la flexibilización de los roles profesiona-les.

- Que aunque de alguna manera, todos influimos en el ecosiste-ma, las fuerzas de éste suelen estar bastante lejos de nuestro con-trol.

2.5. LA POLÍTICA EUROPEA. EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DEOPORTUNIDADES.

La estrategia comunitaria en materia de discapacidad, está re-cogida en una Comunicación de la Comisión Europea sobre “Laigualdad de oportunidades de las personas con minusvalía” que fueelaborada en 1996 y que tiene como principal objetivo, orientar laspolíticas de los estados miembros y de la Comunidad, hacia un plan-teamiento basado en el reconocimiento del derecho a la igualdad deoportunidades de las personas con discapacidad.

En base a dicha Comunicación, los Estados miembros adoptanla Resolución por la cual refrendan los principios y valores que ins-piran las normas estándar de la ONU sobre igualdad de oportuni-dades de las personas con minusvalía, lo que supone:

- Garantizar el principio de la igualdad de oportunidades en eldesarrollo de políticas globales en materia de minusvalía.

- Evitar o suprimir cualquier forma de discriminación por causade minusvalía.

En el ámbito de la presente Resolución, por “igualdad de opor-tunidades” se entiende el proceso por el cual las diversas presta-ciones sociales del entorno, tales como servicios, actividades, in-formación y documentación, se ponen a disposición de todos losciudadanos en términos de igualdad y eficacia equitativa.

El principio de la igualdad efectiva de derechos, supone que lasnecesidades de todas y cada una de las personas son de igual im-portancia, que el respeto a la diversidad humana debe inspirar laconstrucción de las sociedades y que deben emplearse todos losrecursos disponibles para garantizar que todos los ciudadanos dis-pongan de oportunidades iguales a la hora de participar en la vidasocial.

Las Directrices Marco que propone la Unión Europea para la re-alización del principio de igualdad de oportunidades de las perso-nas con minusvalía, son:

1. Refuerzo de la participación de las personas con discapaci-dad en la sociedad, a través de:

-Respeto de la autonomía y la independencia.

-Reajuste en los sistemas de educación y formación.

-Reajuste de las prestaciones sociales y otras medidas.

-Adopción de un enfoque orientado hacia la persona.

-Integración.

-Garantía de una prestación ininterrumpida.

-Garantía del principio de participación.

2. Supresión de barreras que impiden la participación.

3. Apertura de las diversas esferas de la sociedad.

-Garantía de la igualdad de derechos civiles de las personas conminusvalía:

-Promoción de empleo de las personas con minusvalía

4. Sensibilización de la opinión pública a favor de estrategias pa-ra la igualdad de oportunidades.

En el año 2003, la Comisión Europea realiza una nuevaComunicación que presenta un plan de acción plurianual, con vo-cación de continuidad hasta 2010, encaminado a consolidar conperspectiva de futuro, la integración de las personas con discapa-cidad en la economía y en todos los aspectos de la vida social dela Unión Europea ampliada. El enfoque se articula entorno a tres ob-jetivos operativos:

- Lograr la plena aplicación de la directiva relativa a la igualdadde trato en el empleo y la ocupación y abrir el debate sobre la futu-ra estrategia de lucha contra la discriminación.

- Integrar adecuadamente las cuestiones de discapacidad en laspolíticas comunitarias pertinentes.

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- Mejorar la accesibilidad para todos

Dado que el empleo es el factor más decisivo según la UniónEuropea, para la inclusión social, se articulan cuatro acciones prio-ritaria relacionadas con éste:

- El acceso al empleo y el mantenimiento en la vida activa.

- El aprendizaje permanente, como medio para apoyar y reforzarla capacidad de inserción profesional, la adaptabilidad, el desarro-llo personal y la ciudadanía activa.

- Las nuevas tecnologías, como instrumento para potenciar elpapel de las personas con discapacidad y, por tanto, para facilitarsu acceso al empleo,

- La accesibilidad del entorno público construido, como mediopara mejorar la participación en el trabajo y la integración en la eco-nomía y la sociedad.

Un hito importante dentro del desarrollo del principio de igual-dad de oportunidades, lo constituye la Declaración de Madrid, ela-borada y aprobada por más de 400 participantes en el CongresoEuropeo sobre Discapacidad de marzo de 2002 y cuyas principalesaportaciones son las siguientes:

- La discapacidad es una cuestión de derechos humanos.

- Las personas con discapacidad desean la igualdad de oportu-nidades y no la caridad.

- Las barreras sociales llevan a la discriminación y a la exclusiónsocial.

- La discriminación produce la no participación activa en la so-ciedad y que las personas con discapacidad sean ciudadanos invi-sibles.

- Las personas con discapacidad forman un grupo diverso.

- La no discriminación más la acción positiva genera inclusiónsocial.

La política europea defiende la igualdad de oportunidades de to-das las personas con y sin discapacidad. Eso se puede hacer a tra-vés de:

-Participar en la vida social

-Eliminación de barreras.

-Tener los mismos derechos

-Sensibilizar a la opinión pública

ALGUNAS IMPLICACIONES

- Desarrollo de buenas prácticas que garanticen que se respetael derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con dis-capacidad.

- Disponer de medios y condiciones adecuadas para la partici-pación efectiva de las personas con discapacidad, en el funciona-miento de los servicios que les apoyan.

- Apoyar la participación y el protagonismo de las personas condiscapacidad en su entorno, aprovechando las oportunidades queeste ofrece.

- Centrar la atención en la persona y no en la discapacidad, alobjeto de sensibilizar a la opinión pública acerca de las capacida-des positivas de las personas con minusvalía, así como de sus as-piraciones y su derecho a participar.

2.6. EL VALOR DEL TRABAJO PARA LA VIDA DE LAS PERSO-NAS

El trabajo es un derecho básico de todo ser humano, tal y comoproclama la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU,1948, art. 23) y la Constitución Española (1978, art. 35). Y es un de-recho, ya que el acceso al trabajo pone a la persona en situación deescoger la vida que quiere vivir; siempre que el trabajo no supongauna explotación y se realice en condiciones dignas.

Desde una aproximación teórica el trabajo se define o bien co-mo una actividad que no tiene un fin en sí misma, sino que se rea-liza para obtener algo a cambio, se resalta así su aspecto instru-mental o extrínseco. O bien se resalta la identidad o contactos so-ciales que puede proporcionar el trabajo y la satisfacción intrínsecaderivada de su ejecución. Algunos autores han tratado de ofreceruna definición del trabajo que englobe las diferentes dimensionesdel mismo, así Peiró (1996), define el trabajo como “aquel conjuntode actividades humanas, retribuidas o no, de carácter productivo ycreativo, que mediante el uso de técnicas, instrumentos, materiales

o informaciones disponibles, permite obtener, producir o prestarciertos bienes, productos o servicios. En dicha actividad, la perso-na aporta energías, habilidades, conocimientos, y otros diversos re-cursos, y obtiene algún tipo de compensación material, psicológicay/o social”.

La integración social y el desarrollo personal se logran funda-mentalmente, en nuestro sistema social, a través de la integraciónlaboral. El disponer de un empleo viene a ser el instrumento idóneopara una existencia personal digna, premisa para una autonomíapersonal, económica y familiar y eje sobre el que giran diversidad deaspectos socioculturales en nuestra vida. (Rodríguez Castedo, A. enGafo, J., 1996)

Además, la actividad laboral es un pilar básico en la vida perso-nal y social de cualquier individuo, porque mejora la autoestima,contribuye a incrementar la relación con los demás, favorece la in-dependencia económica, desarrolla las capacidades personales... yevita la pérdida de confianza en uno mismo y el deterioro psicológi-co que se produce tras largos períodos de desempleo.

En el caso de las personas con discapacidad, el trabajo contri-buye a corregir en parte la desigualdad y la marginación que sufrena causa de su minusvalía; es la incorporación a la vida laboral la con-dición más importante para lograr la estabilidad y equilibrio necesa-rios que permiten participar en cualquier otro ámbito y ejercer de serindividual y social más allá de su minusvalía.

Tener un puesto de trabajo significa ser agente activo en la so-ciedad lo que nos hace sentirnos útiles, competentes, con capaci-dad para contribuir de algún modo, por insignificante que sea, alprogreso humano. En este sentido, hay que considerar que a la per-sona con discapacidad intelectual se le ha catalogado histórica-mente con el cartel de “no productivo” ya que en términos genera-les se ha valorado que no puede aportar riqueza al sistema y portanto socialmente no se le ha considerado “valioso”. Incluso las so-ciedades que han alcanzado mayor nivel de renta social y bienestarhan podido protegerlo, asignando pensiones a “los que nunca pro-ducirán”, así han consolidado el estatus del “deficiente” al producirun efecto paradójico por desligar a la persona con discapacidad delvalor social que el trabajo posee. Así, se le cataloga como receptordel beneficio social y no como productor del mismo.

Además, desde la perspectiva europea del Estado de Bienestar,tal y como la expone Amartya Sen, que se basa en ofrecer protec-ción a las personas que sin la ayuda del Estado puede que no seancapaces de tener una vida mínimamente aceptable y que impide quealguien llegue a un estado de existencia que se podría calificar devergonzoso, según los criterios de la sociedad moderna; es nece-sario que la mayor parte posible de las personas sean productivasy contribuyan al sostenimiento de ese Estado de Bienestar; de ma-nera que la sociedad reciba algo a cambio de la protección que ofre-ce. En resumen, el Estado de Bienestar se fundamenta por tanto, enla interdependencia y la responsabilidad ampliamente compartida.

El significado que el trabajo tiene para las personas ha evolucio-nado con el tiempo, pasando de una concepción del trabajo comoobligación hacia otra que lo considera como derecho. También hahabido un cambio de los valores tradicionales de la sociedad in-dustrializada, entre los que predominaban los económicos y los deseguridad, hacia otros planteamientos post-materialistas o post-in-dustriales que tienen una mayor preocupación por la calidad de vi-da.

Aunque las funciones del trabajo están fuertemente relacionadascon el significado que tiene el mismo para las personas y los gru-pos sociales, entre los principales estudiosos, se señalan las si-guientes:

- Función integrativa o significativa. Se refiere al trabajo comouna fuente que puede dar sentido a la vida en la medida en que per-mite a las personas realizarse personalmente a través del mismo.

- Fuente de estatus y prestigio social. El estatus social de unapersona está determinado, en parte, por el trabajo que desempeña.Este establece categorías y subdivisiones en cuanto al “rango” so-cial que ocupa una persona en la sociedad.

- Fuente de identidad personal. Las experiencias laborales, nues-tros éxitos y fracasos en el trabajo contribuyen en cierta medida aldesarrollo de nuestra propia identidad.

- Función económica. La persona realiza el trabajo a cambio deun dinero que le puede permitir su independencia económica y elcontrol de su vida, así como la elección de actividades de tiempo li-bre.

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- Fuente de oportunidades para la interacción y los contactos so-ciales. Supone una oportunidad de interactuar con otros fuera delnúcleo familiar y además si esas relaciones son enriquecedoras,pueden mejorar la vida extra-laboral.

- Función de estructurar el tiempo. El trabajo estructura el día, lasemana, el mes, el año e incluso el ciclo vital de las personas. Ayudatambién a estructurar otros ámbitos de la vida, que acoplan su tiem-po al tiempo de trabajo, tales como las vacaciones y el ocio.

- Marco de referencia útil de actividad regular, obligatoria y conpropósito. El trabajo mantiene al individuo bajo una actividad más omenos obligatoria. Se puede entender como un “deber” de los indi-viduos hacia la sociedad, entonces cumple la función de servir a és-ta.

- Fuente de oportunidades para desarrollar habilidades y destre-zas. Los individuos en su trabajo ponen en marcha una serie de ha-bilidades y destrezas para su ejecución. Estas habilidades podíanestar ya en el sujeto y la práctica diaria puede mejorarlas, o inclusoes posible que se adquieran para o en la ejecución del trabajo.

- Función de trasmitir normas, creencias y expectativas sociales.El trabajo tiene un papel socializador muy importante. En el trabajo,las personas se comunican entre sí, y fruto de esta comunicaciónaparece la trasmisión de expectativas, creencias, valores, e infor-maciones no sólo relacionadas con el trabajo sino con otros ámbi-tos de la vida, como la familia, el tiempo libre, la política, la econo-mía, etc.

- Función de proporcionar poder y control. Mediante el trabajose puede desarrollar y adquirir algún grado de poder y control so-bre otras personas, y sobre cosas, datos y procesos.

La mayoría de las funciones del trabajo que se han revisado coin-ciden en su carácter o valoración positiva. Sin embargo, el trabajopuede ser también negativo para el individuo en función de las ca-racterísticas que presente. Cuando el trabajo es repetitivo, deshu-manizante, humillante, monótono, y no potencia la autonomía, pue-de ser disfuncional para la persona y conllevar consecuencias ne-gativas para la misma.

Como resumen, decir que parte de la importancia del trabajopara la persona depende de las funciones que cumpla para ella.Pero, a pesar de que el trabajo normalmente cumple toda una se-rie de funciones positivas, también en ciertas ocasiones puede serdisfuncional. La naturaleza del trabajo, es decir, las característicasdel mismo y las condiciones en que se da, van a determinar en par-te las consecuencias o los efectos que éste va a tener para las per-sonas.

• El trabajo es un derecho de todas las personas.

• El trabajo es una actividad que se realiza para obtener algo acambio:

_ Dinero

_ Elegir lo que queremos

_ Sentirnos útiles e importantes

_ Ser valorados por los demás.

• El trabajo nos ayuda a organizar nuestra vida.

• Un trabajo que se realiza en malas condiciones, no se obtienenada a cambio o no me respetan,... no es un buen trabajo.

IMPLICACIONES:

- Ninguna sociedad puede permitirse prescindir de ciudadanoscapaces de aportar bienes. Se debe pasar de una concepción de lapersona con discapacidad como persona a cuidar y entretener, a lade ciudadano preparado para trabajar.

- El empleo debe proporcionarse en el entorno natural de la per-sona. Dicho entorno debe ofrecer la posibilidad de integrarse conpersonas sin discapacidad.

- El trabajo que ofrezcamos a la persona, debe proporcionarle laoportunidad para desarrollarse profesionalmente. Adquirir más ha-bilidades y competencias, progresar hacia trabajos de mayor res-ponsabilidad, obtener un mejor salario, tener mejores condicionesde trabajo, acceder a un empleo ordinario,...

- La actividad productiva que realice la persona, debe mejorar sucalidad de vida: le debe permitir acceder a productos y servicios alos que antes nos tenía acceso, mejorar sus propiedades, tener másoportunidades para disfrutar su tiempo libre, participar e integrarseen la comunidad, sentirse más útil,...

- Mejora de la calidad de vida laboral. Algunos indicadores a te-ner en cuenta para mejorar la calidad de vida laboral de las perso-nas, son:

- Compensación económica adecuada y justa, en relación al es-fuerzo realizado.

- Horarios normales de trabajo.

- Posibilidad de realizar variedad de tareas.

- Normativa en la organización del trabajo que asegure la libreexpresión, la privacidad, los procedimientos justos,...

- Oportunidades para la seguridad y el crecimiento continuo.

- Seguridad y condiciones saludables de trabajo.

- Actuaciones que favorecen el tránsito a un empleo más nor-malizado.

- Una persona con deficiencia y discapacidad, puede no serminusválida si conseguimos que desempeñe un trabajo producti-vo.

- Tener una deficiencia y discapacidad en un momento dado, pa-ra el desempeño de una actividad productiva que se considera nor-mal para un ser humano, no significa que esa persona no pueda re-alizar en el futuro esa actividad.

Capítulo 3. IDENTIDAD DE LA RED

3.1. MISIÓN

La misión es el compromiso adquirido por la organización con suentorno. Es la razón de ser de la organización, lo que le da sentido.Es el porqué y para qué de su acción cotidiana.

La misión de la organización debe servir para orientar con clari-dad todas las acciones del momento presente, para lo cual deberesponder a las siguientes preguntas:

- para quién trabajamos

- qué hacemos y

- qué queremos lograr

En este documento se ha formulado una misión genérica que sir-ve para todos los servicios y una misión específica para cada tipode servicio:

MISIÓN GENERAL:

Ser una Red flexible de apoyos naturales y profesionales para laspersonas adultas con discapacidad del ámbito rural de Valladolid;que mejoren su calidad de vida e indirectamente la de sus familias.

MISIÓN DE LOS TALLERES OCUPACIONALES:

Ser una Red flexible de apoyos naturales y profesionales para laspersonas con discapacidad en edad laboral del ámbito rural deValladolid; que mejoren su calidad de vida e indirectamente la de susfamilias, proporcionando oportunidades para la realización de untrabajo socialmente útil, la inserción socio-laboral y su desarrollopersonal.

MISIÓN DEL CENTRO DE DÍA:

Ser una Red flexible de apoyos naturales y profesionales para laspersonas adultas con discapacidad y necesidades generalizadas deapoyo del ámbito rural de Valladolid; que mejoren su calidad de vi-da e indirectamente la de sus familias.

3.2. VISIÓN

La declaración de visión pretende expresar una idea de futurocompartida hacia la que se quiere caminar y que orienta la accióndel presente

Visión.

Queremos ser una red integral y complementaria de apoyos ac-cesibles, constituida jurídicamente como Fundación, basada en va-lores de orientación a la persona, calidad, apertura, participación ytrabajo en equipos interdisciplinares.

3.3. VALORES

Los valores son convicciones profundas de que determinadosmodos de conducta, acciones o finalidades son preferibles a suscontrarios. Son el fundamento último de los comportamientos hu-manos. Crean identidad y marca cultural en los grupos y las organi-zaciones. Expresan lo que consideramos valioso, estimable y dignode ser honrado.

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- Orientación a la Persona, ya que toda vida humana es de igualvalor, cada persona es diferente y todas las personas tienen el de-recho a ejercer el control sobre sus vidas, la Red debe dar algo dis-tinto a cada persona en función de sus preferencias, elecciones per-sonales, intereses, sueños, capacidades,... y tener en cuenta a lapersona como sujeto activo y que decide. Así este es el valor cen-tral de la Red de servicios, que a su vez está relacionado con los si-guientes valores: Respeto, Dignidad, Libertad-Autodeterminación,Individualidad y Empatía.

- Participación, es el acto de involucrarse en situaciones signifi-cativas para la persona e implica “formar parte de algo”, sentirseidentificado con ello y reconocido como miembro valioso. La parti-cipación facilita la transparencia, democracia, compromiso, y el sen-tido de pertenencia, a la vez que contribuye a la mejora y al des-arrollo de la Red.

- Trabajo en equipo, implica la existencia de un grupo de perso-nas trabajando de manera coordinada hacia un mismo fin. Se basaen reconocer que nos necesitamos mutuamente para trabajar yaceptar que éste, es mucho más que la suma de aportaciones indi-viduales. Es una estrategia que se fundamente en la confianza, lahonestidad y el compañerismo. “No se trata de que sólo hagas bienlo tuyo, sino que contribuyas a que todo salga bien”.

- Apertura, en el sentido de descubrir nuevas ideas y formas dehacer y de mostrar lo que se hace a los demás. También y dadoslos cambios que constantemente se producen en la sociedad, esesencial tener una visión y una actitud tolerante, creativa, entusias-ta y flexible. Además el valor de apertura contribuye a generar cre-dibilidad en las personas e instituciones con las que se relaciona laRed de servicios.

- Calidad, que tiene que ver con hacer las cosas bien, con sa-tisfacer las necesidades del cliente y con adoptar una actitud deaprendizaje permanente y de mejora continua. Para lograr esto, esnecesaria la implicación de todos los miembros, una adecuadagestión de los procesos y realizar una evaluación y autocrítica, quenos hagan reflexionar sobre los aspectos que se pueden mejorar

para ser más eficaces y cumplir la misión que tenemos encomen-dada.

3.4. PROCESOS

Gestionar la complejidad que entraña la prestación de un servi-cio abierto y flexible, en el que están en permanente interacción lasexpectativas de las personas con discapacidad y sus familias, el tra-bajo de los profesionales, los cambios en el entorno..., sólo se pue-de hacer, si queremos obtener buenos resultados, gobernando losdiferentes procesos que se dan en la prestación del servicio.

Para mejorar la calidad en la Red de servicios, no sólo es im-portante mejorar qué se hace (que tiene que ver fundamentalmentecon la misión y la visión), sino también cómo se hace. La gestión porprocesos es una metodología que nos ayuda a tener una visión glo-bal del servicio que se presta, nos permite identificar las actividadesque generan valor añadido y se orienta a satisfacer las necesidadesde los clientes.

Entendemos por, “proceso” una acción de ir hacia delante, tam-bién un conjunto de actividades o fases sucesivas, que van aña-diendo valor al resultado o producto final que se quiere conseguir.

Siguiendo las aportaciones que realiza el Club Gestión de laCalidad se puede hablar de tres tipos de procesos: operativos, es-tratégicos y de apoyo. Los primeros (operativos) son los que com-ponen el saber hacer y el objeto de cada servicio, en definitiva sucadena de valor; los segundos (los estratégicos) englobarían los pro-cesos de planificación, toma de decisiones, gestión de personal, re-lación con el entorno y política de la organización, y finalmente, los(de apoyo) son los que proporcionan recursos y dan soporte a losotros.

En la Red de Talleres se han identificado y definido nueve ma-croprocesos, en función de las principales áreas de actividad; cadauno de ellos se ha dividido en otros subprocesos de segundo nivel,tal y como se puede ver en el inventario siguiente. El inventario pa-ra el Centro de Día no contemplaría el proceso de Inserción Laboral.

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Con este inventario se ha elaborado un Mapa de Procesos quees una representación esquemática, donde se pueden observar lasinterrelaciones entre los diferentes procesos entre sí y obtener portanto, una visión de la globalidad de la actividad esencial de toda laRed y de cada servicio. Hay que tener en cuenta que en los Talleres

Ocupacionales los dos procesos operativos son: Inserción Laboral

y Desarrollo Personal, pero en el Centro de Día el proceso operati-

vo más importante es el de Desarrollo Personal. A continuación se

presenta el Mapa de Procesos:

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Capítulo 4. MODELO ORGANIZATIVO

4.1. ORGANIZACIÓN EN RED.

“ las fronteras del individuo no están limitadas por su piel sino queincluyen a todo aquello con lo que la persona interactúa – familia, en-torno físico, etc.,...”

Gregory Bateson

Existen distintas formas de organización de la actividad humana:en tribus o clanes, de forma piramidal o jerárquica,... una de las máshabituales es la organización en Red, la más vinculada con los va-lores democráticos y que además con la llegada de internet, ha re-cibido un gran impulso. Cuando hablamos de organizarnos en red,estamos hablando también de una mayor distribución del poder yde un incremento de las posibilidades de participación de los dis-tintos agentes que la forman.

Una red puede ser algo físico (las que todos conocemos de lospescadores, las porterías de fútbol,...) o puede ser un concepto decarácter virtual o ideológico, se puede estar en red sin tener unaaproximación física, y además el mundo de la tecnología, nos per-mite hacerlo.

La Red física o ENTRAMADO se puede entender como una me-táfora para explicar las redes sociales, porque una red tiene un teji-do muy especial, donde cualquier movimiento en uno de sus pun-tos repercute en el resto (es decir, un comportamiento individualafecta al conjunto) y se adapta a las distintas realidades (elasticidad).También tiene solidez (no rigidez) – por ejemplo para sujetar al tra-pecista - y transparencia (al contrario que otro tipo de tejidos). Para

que exista una red por tanto, tiene que haber nudos que aten (densolidez) y huecos que permitan la circulación de energía y den flexi-bilidad.

Una definición más formal de redes sociales es la que haceAruguete, G. (2004), “las redes son formas de interacción social, de-finidas como un intercambio dinámico entre personas, grupos e ins-tituciones en contextos de complejidad. Un sistema abierto y enconstrucción permanente que involucra a conjuntos que se identifi-can en las mismas necesidades y problemáticas y que se organizanpara potenciar sus recursos”.

El trabajo en red es una forma de coordinación y cooperación en-tre personas, asociaciones, organizaciones, movimientos, entida-des, etc., que se basa en la plena comunicación, la participación ac-tiva, la organización horizontal y el trabajo en equipo.

Una organización en red es básicamente la forma que se ha des-arrollado en los servicios que apoyan a las personas con discapa-cidad en la provincia de Valladolid. Esta organización en Red es po-sible ya que los servicios, comparten una identidad y unos valorescomunes y una misma orientación, impulsada por la Diputación, ala vez que tienen en cada municipio autonomía en su funciona-miento. A su vez, cada Taller y Centro de Día también se concibecomo una estructura en red, formada por los distintos agentes: re-presentantes de entidades, profesionales, familias y otros apoyosnaturales del entorno que participan en el apoyo a las personas condiscapacidad.

Una representación de esta configuración se puede ver en el es-quema siguiente.

4.2. AGENTES IMPLICADOS EN EL FUNCIONAMIENTO.

Como vemos en el esquema anterior, las personas e institucio-nes implicadas en el funcionamiento de los servicios de apoyo a laspersonas con discapacidad, son muchas y diversas y su grado departicipación también es distinto en función de los momentos, elgrado de compromiso personal, la naturaleza de su trabajo, etc., pe-ro todos, según se señala en el modelo ecológico, influyen y estánsiendo influidos por el resto.

La gestión de la complejidad que entraña la participación de tan-tos agentes es más fácil desde la perspectiva del trabajo en red,donde se tienen en cuenta sus intereses, aportaciones, situaciónparticular,...

A continuación se describe el papel que juegan los distintosagentes en el apoyo a las personas con discapacidad.

4.2.1. Personas con discapacidad

Son aquellas personas que reciben apoyo y participan en el ser-vicio. Dicho apoyo está orientado a favorecer su integración socialy laboral, y en definitiva, a mejorar su calidad de vida.

A.- DERECHOS Y DEBERES.

Las personas con discapacidad que reciben apoyo en la Red deservicios tienen derecho a:

1. Ser respetados como personas en los mismos derechos fun-damentales que el resto de los ciudadanos, tal y como están reco-gidos en la Constitución Española.

2. Recibir todos los apoyos disponibles en el Taller, que contri-buyan al desarrollo social y laboral de la persona y a mejorar su ca-lidad de vida, e indirectamente la de su familia.

3. La confidencialidad y el secreto profesional en el uso de su in-formación personal, así como a la protección de la propia imagen.

4. Participar por si mismo y/o a través de sus representantes enlos órganos que contribuyen a la planificación de los objetivos y lasactividades del taller (Comisiones, encuentros, reuniones, etc.).

5. Participar en su proceso de Planificación y EvaluaciónIndividual, donde se evalúan sus puntos fuertes y débiles y se esta-blecen sus metas personales, siguiendo la metodología de Plani-ficación Centrada en la Persona.

6. Percibir la compensación económica adecuada y justa enfunción de su esfuerzo y del resultado de las actividades labora-les.

7. Disponer de instalaciones y equipamientos que apoyen sudesarrollo como personas y usuarios del Taller Ocupacional, ga-rantizando las condiciones adecuadas de seguridad y confortabi-lidad.

8. Que sean tenidas en cuenta sus quejas y sugerencias en re-lación al funcionamiento del Taller Ocupacional.

9. Estar acogidos en una póliza de seguros que cubra su res-ponsabilidad civil y eventuales accidentes.

Asimismo, los deberes que tienen las personas con discapaci-dad son:

1. Asistir en el horario establecido y participar en las actividadesprogramadas en el servicio.

2. Cumplir las normas de convivencia y respeto mutuo en el cen-tro y en cualquier otro lugar relacionado con sus actividades.

3. Acudir al Taller o Centro de Día en condiciones de salud e hi-giene adecuada.

4. Contribuir a la conservación y cuidado de las instalaciones yequipamientos utilizados.

5. Aceptar que los profesionales del apoyo directo son los res-ponsables de coordinar las actividades planificadas.

6. Contribuir al sostenimiento económico del servicio aportandola tasa municipal correspondiente.

7. Conocer, cumplir y asumir el Reglamento de Régimen Interno,que regula las relaciones entre los distintos agentes y el funciona-miento del servicio.

8. Aportar por si mismo, o a través de sus representantes lega-les, todos los datos necesarios para recibir un apoyo adecuado des-de el centro.

4.2.2. Familias/Tutores.

Son las personas que tienen una relación de parentesco con laspersonas con discapacidad, que ejerciendo o no la tutela legal delas mismas, se preocupan por que el servicio que se presta, mejo-re la calidad de vida de sus familiares. Por ello se vinculan al servi-cio, para velar por sus intereses y ayudarles a ejercer sus derechosy obligaciones, bien participando directamente en las reuniones quea tal efecto se organizan, o bien a través de sus representantes enlos órganos de participación y gestión existentes (ComisiónMunicipal y Provincial), que se explicarán posteriormente en estedocumento.

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En el caso de que las familias estén organizadas en una asocia-ción sin ánimo de lucro, se favorecerá su participación en los órga-nos anteriormente citados.

Las familias tienen los siguientes derechos y deberes:

Derecho a:

1. Participar por si mismo y/o a través de sus representantes enlos órganos que contribuyen a la planificación de los objetivos y lasactividades del servicio (Comisiones Municipales, Provinciales, en-cuentros, reuniones...etc.).

2. Ser informados periódicamente y cuando lo soliciten, tanto dela situación y evolución de su familiar a través de cita previa, comode las actividades y del funcionamiento del servicio.

3. Formular las quejas y/o proponer las sugerencias que creanoportunas, a través de los cauces establecidos a tal efecto.

Deber de:

1. Conocer, cumplir y asumir el Reglamento de Régimen Interno.

2. Aportar todos los datos necesarios para que su familiar reci-ba un apoyo adecuado desde el Taller Ocupacional o Centro de Día.

3. Participar en la elaboración y seguimiento del plan personali-zado de apoyo de su familiar y/o tutelado, siempre que este así lodesee.

4. Colaborar con el cumplimiento de los objetivos del plan per-sonalizado de apoyo.

5. Colaborar en el cumplimiento de las normas establecidas pa-ra el buen funcionamiento del servicio.

6. Informar y/o justificar a los profesionales sobre las posibles fal-tas de asistencia de su hijo o familiar y a la entidad titular del servi-cio de la renuncia a la plaza.

7. Responsabilizarse de que su hijo o familiar acuda al centro encondiciones de salud e higiene adecuadas.

4.2.3. Representantes de Diputación y Ayuntamientos

Son aquellas personas que elegidas democráticamente, osten-tan la representación y el liderazgo institucional de la Red(Diputación) y la titularidad de cada uno de los servicios(Ayuntamientos). Tienen la responsabilidad última de su funciona-miento y participan de forma activa en todos los órganos implica-dos en la gestión de los servicios.

Las principales competencias que los representantes políticos ylos profesionales en quien deleguen dichas instituciones tienen, son:

- Desde la Excma. Diputación Provincial:

- Asumir el liderazgo y la representación institucional de la red deservicios del ámbito rural de Valladolid.

- Ejercer la presidencia de la Comisión de Seguimiento Provincialde la Red.

- Solicitar y gestionar ante otras administraciones públicas, y enparticular la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla yLeón, la concesión de cuantas ayudas o subvenciones puedan con-tribuir al desarrollo de éste proyecto.

- Proporcionar el apoyo y asesoramiento técnico que el centrorequiera a través del personal adscrito al CEAS correspondiente, ymediante la colaboración de otro personal especializado de AS-PRONA, suscribiendo para ello los acuerdos de colaboración opor-tunos con ésta asociación.

- Aportar la cantidad que para cada ejercicio se determine, quese destinará a la financiación de los costes de personal, de los ser-vicios de transporte y comedor, en su caso, y la mejora de los equi-pamientos e infraestructuras que el funcionamiento ordinario delservicio implique, quedando condicionada dicha aportación a laexistencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente.

- Establecer los criterios de funcionamiento, requisitos mínimosde calidad y propuestas de normativa interna que considere ade-cuados para homologar y articular el funcionamiento de la red deservicios para personas con discapacidad de la provincia.

- Difundir los resultados del conjunto de la red de servicios parapersonas con discapacidad de la provincia de Valladolid.

- Impulsar, en colaboración con otras instituciones, la creaciónde nuevos servicios.

- Desde cada uno de los Ayuntamientos:

- Asumir el liderazgo y la representación institucional del serviciocuya titularidad ostentan.

- Solicitar las ayudas y/o subvenciones pertinentes, ante las dis-tintas entidades públicas y privadas, para financiar los costes de losservicios.

- Asumir los gastos que implique la gestión de personal que des-arrolle su trabajo en los servicios cuya titularidad sea delAyuntamiento. Dichos gastos variarán para cada ejercicio presu-puestario, teniendo en cuenta la legislación aplicable y/o la amplia-ción de las jornadas laborales cuando hayan sido pactadas previa-mente con la Diputación.

- Asumir los costes que implique el uso de locales, mobiliario,medios materiales, equipos e instalaciones necesarias para el des-arrollo y buen funcionamiento de los servicios que apoyen a las per-sonas con discapacidad.

- Recaudar la tasa por la prestación de los distintos servicios queel propio Ayuntamiento estipule en coordinación con otrosAyuntamientos de la Red.

- Suscribir una póliza de seguro de accidentes y responsabilidadcivil, para las personas atendidas en los diferentes centros y servi-cios

- Ejercer la presidencia de la Comisión Técnica y Municipal, asícomo participar en la Comisión de Seguimiento Provincial de la Red.

- Comprometerse en el seguimiento, la evaluación y la difusiónde los resultados que se obtengan en los diferentes servicios.

- Facilitar la coordinación con los profesionales de los Centrosde Acción Social (CEAS) y con otros profesionales de los servicioscomunitarios.

- Avalar y apoyar las intervenciones de los profesionales impli-cados, siempre y cuando no incumplan la normativa aplicable, se-an coherentes con este documento, con la misión del servicio y conlas directrices establecidas en la Comisión Técnica y Municipal delmismo.

- Gestionar ante la Junta de Castilla y León la autorización, acre-ditación y el registro de los diferentes centros y servicios de titulari-dad municipal para personas con discapacidad.

- Apoyar la participación de las personas con discapacidad enlas actividades comunitarias que organice el municipio y dar opor-tunidades para su inserción laboral.

- Impulsar, en colaboración con otras instituciones, la creaciónde nuevos servicios.

- Y cuantas otras se deriven de ostentar la titularidad de los ser-vicios.

4.2.4. Profesionales del apoyo directo

Son aquellos profesionales que con capacidad y funciones poli-valentes, prestan apoyos generales de forma permanente y directa alas personas con discapacidad de los servicios. Por tanto, son losagentes más importantes en el proceso de prestación de apoyos.

Dicha prestación supone un compromiso con la misión, la mejo-ra continua del servicio y de toda la red. Su función es compleja ysu actuación está dirigida a ser un medio y un mediador para laspersonas con discapacidad.

Ello implica, entre otras actuaciones:

- Hacer por las personas con discapacidad lo que no puedan ha-cer por sí solas e intentar que adquieran nuevas capacidades per-sonales, laborales y sociales.

- Participar en el funcionamiento general de los servicios a tra-vés de todos los órganos de gestión y participación (Comisiones,reuniones, equipos de trabajo,...).

- Atender a las familias que acuden al servicio, con cita previa,bien prestándolas apoyo directamente o bien derivándolas al CEASy participar en las reuniones que se organizan con éstas.

- Elaborar Informes de seguimiento y memorias de las actuacio-nes realizadas en cada servicio para presentar ante las Comisionesy reuniones de familias.

- Impulsar y documentar la realización y el seguimiento de lasPlanificaciones y Evaluaciones Individuales de cada persona condiscapacidad.

- Asumir la representación del Taller Ocupacional o Centro deDía, en ausencia del Ayuntamiento, ante visitas, inspecciones, se-

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guimientos,... de otras entidades públicas (Gerencia, partidos polí-ticos,...) y privadas (asociaciones, empresas,...).

- En los Talleres Ocupacionales y en relación al proceso deInserción Laboral:

- gestión y control de la realización de actividades productivas(llevar al día la contabilidad, comprar los materiales, buscar clien-tes,...),

- visitar empresas y realizar contactos con ellas contribuyendo aconseguir y mantener relaciones de colaboración.

- apoyo en el puesto de trabajo (fuera del Taller) en los casos decontrataciones temporales en empresas y

- participar en la Evaluación de las Contrataciones Temporalesen Empleo Ordinario

La realización de su trabajo supone una relación contractual conla entidad que gestiona el servicio. Y los derechos y deberes de es-tos profesionales son los regulados en el Estatuto de losTrabajadores y en los respectivos Convenios Colectivos.

4.2.5. Profesionales de los Centros de Acción Social (CEAS).

Son los profesionales de los Servicios Sociales Básicos de cadazona de Acción Social que destinan parte de su jornada laboral aapoyar a las personas con discapacidad y a sus familias para me-jorar su calidad de vida.

Ello implica, entre otras actuaciones:

- Participar en el funcionamiento general de los servicios a tra-vés de todos los órganos de gestión y participación (Comisiones,reuniones, equipos de trabajo,...).

- Ser un nexo de unión y comunicación entre la Diputación, elAyuntamiento, el Taller y el entorno.

- Apoyar el proceso de integración socio-laboral.

- Gestionar prestaciones sociales para las personas con disca-pacidad y sus familias.

- Colaborar con el Ayuntamiento en la organización de los servi-cios complementarios.

- Prestar los apoyos necesarios a las familias en la consecu-ción de un servicio que mejore la calidad de vida de sus hijos ofamiliares y participar en las reuniones que se organizan con és-tas.

- Informar y derivar a las familias hacia el uso de otros recursossociales.

- Contribuir a que las personas con discapacidad de cada zona,conozcan el servicio para que puedan beneficiarse de él.

- Colaborar en la elaboración de los Informes de seguimiento ymemorias de cada servicio.

- Participar en la realización y el seguimiento de lasPlanificaciones y Evaluaciones Individuales de cada persona condiscapacidad.

Estos profesionales mantienen una relación contractual con laDiputación Provincial de Valladolid.

4.2.6. Equipo de Apoyo Técnico.

Son los profesionales que, apoyan, asesoran e impulsan, el fun-cionamiento de cada uno de los servicios y de la Red en su con-junto.

Ello implica, entre otras actuaciones:

- Participar en el funcionamiento general de los servicios a tra-vés de todos los órganos de gestión y participación (Comisiones,reuniones, equipos de trabajo,...).

- Apoyar a los profesionales de atención directa y al resto deagentes implicados en la red, en todas aquellas demandas relacio-nadas con los objetivos de los servicios.

- Proponer proyectos y actuaciones a desarrollar en favor de laspersonas con discapacidad en la provincia.

- Impulsar el desarrollo y la ejecución de buenas prácticas queayuden a mejorar la calidad de los servicios prestados por cadaTaller Ocupacional y Centro de Día.

- Promover el intercambio de experiencias y la transferencia deconocimientos.

- Participar en las reuniones que se organizan con las fami-lias.

- Colaborar en la realización de los informes de seguimiento ymemorias de cada servicio y de la Red en general.

- Ejercer la dirección del personal que depende de Asprona.

- En el caso de los Talleres Ocupacionales, favorecer el accesoal empleo de las personas con discapacidad.

Estos profesionales mantienen una relación contractual conAsprona-Valladolid.

4.2.7. Otros Profesionales: Gerencia, Diputación, Ayuntamien-tos...

Son aquellas personas, que sin tener una vinculación directa conlos servicios, prestan apoyos a la consecución de los objetivos ge-nerales de los mismos (ej: haciendo el seguimiento del funciona-miento y de la gestión de los fondos públicos, gestionando nómi-nas, convenios, realizando el mantenimiento de las instalaciones,....)

Estos profesionales dependen de las siguientes instituciones:Gerencia de Servicios Sociales, Diputación Provincial, Ayuntamien-tos, Asprona,...

4.2.8. Agentes Sociales de la zona.

Son todos aquellos que forman la red social que dinamiza la co-munidad y contribuye al desarrollo y progreso de la zona. Les po-demos concretar en tres tipos:

- Los profesionales que prestan distintos servicios en la zona, yasea desde entidades públicas o privadas (colegio, instituto, centrode salud, parroquia...).

- Las personas que dinamizan y participan en las diversas aso-ciaciones existentes y que constituyen por tanto, el tejido asociati-vo.

- Los empresarios son las personas que, mediante la aportaciónde capital y trabajo, se dedican a la producción especializada debienes y servicios. Las empresas son las que contribuyen especial-mente a la movilización económica y social de una zona, ya que ge-neran riqueza y proporcionan empleo.

4.2.9. Otras personas.

También pueden existir, y de hecho existen, otras personas im-plicadas de forma puntual y/o indirecta en el funcionamiento de losTalleres, como son:

- Profesionales de los medios de comunicación que se acercanal Taller para dar a conocer a la opinión pública algún aspecto noti-ciable de los mismos, etc.

- Personas voluntarias que prestan apoyo en tareas diversas se-gún sus preferencias personales y disponibilidad de tiempo, veci-nos, amigos,...

- Alumnos en prácticas que, como parte de su formación, parti-cipan directamente durante un tiempo en los Talleres, bajo la su-pervisión de los profesionales del apoyo directo.

4.3. ÓRGANOS DE GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN.

La responsabilidad y el liderazgo en el desarrollo de toda la Redde servicios del ámbito provincial corresponde a la Diputación, encoordinación con la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta deCastilla y León. En el ámbito municipal la responsabilidad última enla gestión de cada servicio corresponde a los Ayuntamientos titula-res de los mismos.

La Diputación Provincial al haber elegido un modelo de traba-jo en Red para la organización de los servicios, ha impulsado lacreación de una serie de órganos de gestión y participación parala Red en su conjunto y para cada servicio en particular, que con-tribuyen a mejorar el funcionamiento de los mismos, ya que posi-bilitan la participación de todos los agentes e instituciones impli-cadas.

En la página siguiente se hace una representación gráfica de losórganos y foros de participación, así como de la interelación queexiste entre los mismos, distinguiendo el ámbito provincial y muni-cipal y teniendo en cuenta que en la parte superior de esta repre-sentación están las personas con discapacidad y la relación con losprofesionales del apoyo directo, que es la relación más importan-te.

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A continuación se describen de forma más detallada la compo-sición y el funcionamiento de cada una de las Comisiones. Los cri-terios de funcionamiento de los distintos foros de participación y en-cuentros tanto de familias, como de personas con discapacidad yde profesionales que aparecen en el esquema anterior, se planteanen el capítulo 5 de este documento.

4.3.1.- Para la provincia: Comisión de Seguimiento de la Red.

A. Definición

Es el órgano cuya misión específica es velar por el cumplimien-to de la misión, visión y valores comunes de la red de servicios dela provincia. Asimismo elevará las propuestas de mejora ampliacióny/o cambios de la red a los órganos de gobierno de la Diputación.

B. Funciones

- Acordar y elevar para su aprobación, cuantas iniciativas de des-arrollo de los servicios se estimen necesarias.

- Conocer y evaluar el funcionamiento global de la red y propo-ner las medidas oportunas.

- Consensuar y proponer los planes de actuación del conjuntode la red de servicios.

- Planificar las acciones de formación permanente e intercambioentre servicios.

- Recabar cuantos recursos públicos y privados puedan contri-buir a la articulación y desarrollo de la red provincial de servicios pa-ra personas con discapacidad.

- Garantizar que la información y comunicación entre los servi-cios circule con fluidez.

- Velar por la ejecución de los acuerdos tomados y elevar pro-puestas al Pleno de la Diputación Provincial para que tome las me-didas oportunas.

C. Composición y funcionamiento:

La Comisión Provincial es convocada por la DiputaciónProvincial, que ostenta la presidencia de la misma.

Se reunirá con carácter ordinario una vez al año y con carácterextraordinario a petición del cincuenta por ciento al menos, de laspartes que la constituyen.

Formarán parte de la Comisión:

- El Diputado de Acción Social, quien convocará y presidirá lasreuniones y elevará las propuestas que requieran adopción deacuerdos de los órganos de gobierno de la Diputación.

- Dos profesionales de la Diputación, nombrados a propuesta delDiputado de Acción Social.

- Un representante de la Gerencia de Servicios Sociales, desig-nado por el Gerente Territorial.

- Representantes de los Ayuntamientos titulares de los servicios.

- Dos representantes de los profesionales del apoyo directo, concarácter rotatorio (2).

- Dos representantes de las personas con discapacidad, elegi-das por el conjunto de las mismas, con carácter rotatorio.

- Dos representantes de las familias, elegidas por el conjunto delas mismas, con carácter rotatorio.

- Dos representantes de la entidad encargada del apoyo técnicode los talleres.

(2) El carácter rotatorio se establece en un mínimo de 2 años yen un máximo de 4 años.

A las reuniones de la Comisión podrán ser invitadas personasy/o entidades, a propuesta de cualquiera de los integrantes, cuan-do su participación sea útil para el desarrollo de programas especí-ficos.

4.3.2.- Para cada municipio

- COMISIÓN MUNICIPAL.

A. Definición

Es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de la misiónde cada servicio, en coherencia con en este documento marco y conlas directrices que se establecen para toda la Red por los órganoscompetentes. Asimismo elevará las propuestas de mejora, ampliacióny/o cambios del servicio a los órganos de gobierno del municipio.

B. Funciones

- Aprobar y elevar la propuesta y presupuesto de Plan Anual deActuación del servicio a los órganos de gobierno del Ayuntamientoy/o de la Diputación.

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- Supervisar y evaluar la ejecución de los programas e introducirlas modificaciones necesarias para asegurar la calidad.

- Informar y sensibilizar al tejido social y empresarial sobre laigualdad de oportunidades de las personas con discapacidad.

- Conocer y evaluar las propuestas e incidencias resueltas por laComisión Técnica.

- Fomentar acciones facilitadoras del desarrollo personal y de laintegración social y laboral de las personas con discapacidad.

C. Composición y funcionamiento

La Comisión Municipal es convocada por escrito por elAyuntamiento titular del servicio, que ostenta la presidencia de laComisión.

Se reunirá con carácter ordinario 2 veces al año y, con carácterextraordinario, cuantas veces se requiera, a petición de dos o másde las partes que la integran.

Se levantará un Acta de cada Comisión que será leída y apro-bada, si procede, al inicio de la Comisión siguiente.

Formarán parte de la Comisión:

- Dos representantes del Ayuntamiento, uno de ellos Alcalde oConcejal delegado, quien convocará y presidirá las reuniones y ele-vará las propuestas que requieran resolución formal delAyuntamiento.

- Dos representantes de las personas con discapacidad, elegi-dos por ellas, con carácter rotatorio.

- Dos representantes de las familias, uno de los cuales será ele-gido por el conjunto de las familias de los usuarios del servicio, pu-diendo ser designado el otro por la Asociación de Familias de per-sonas con discapacidad de la zona, si la hubiera. También con ca-rácter rotatorio.

- Un profesional del apoyo directo.

- Un profesional del equipo de apoyo técnico de la entidad pres-tadora del servicio.

- Dos profesionales de la Diputación, uno de ellos del CEAS dela zona.

A las reuniones de la Comisión podrán ser invitadas entidades opersonas con las que se mantengan actividades de colaboraciónpara el desarrollo de acciones de inclusión social y laboral, a pro-puesta de cualquiera de los participantes. Se cursará invitación es-pecialmente a los Ayuntamientos de la Zona de Acción Social en laque esté ubicado el servicio.

- COMISIÓN TÉCNICA

A. Definición

Es el órgano cuya misión se centra en realizar el seguimiento ytomar las decisiones necesarias para el cumplimiento de las líneasy los planes de actuación en cada uno de los procesos del servicio.Para ello se orientará por los criterios de funcionamiento estableci-dos en el capítulo 5 de este documento.

B. Funciones

Con carácter general este órgano se responsabilizará de realizary/o apoyar:

- El funcionamiento y la gestión administrativa y económica or-dinaria del servicio.

- La resolución de las incidencias puntuales que surjan en el díaa día.

- Facilitar la información necesaria para la adopción de acuerdosy decisiones por parte del Ayuntamiento y de la Comisión Municipal.

- Conectar con el tejido empresarial, las organizaciones sociales,los servicios y los medios de comunicación de la zona, para buscaroportunidades que contribuyan al cumplimiento de la misión.

- Resolver en primera instancia y/o derivar las quejas y sugeren-cias realizadas sobre el servicio.

- En el caso de los Talleres Ocupacionales, controlar la gestiónde las actividades productivas y establecer los criterios para el re-parto de la Compensación Económica.

C. Composición y Funcionamiento

La Comisión Técnica se crea por la Comisión Municipal y se re-úne con carácter ordinario una vez al trimestre y, dada la flexibilidad

que es necesaria para la gestión de la actividad cotidiana, con ca-rácter extraordinario siempre que se considere necesario por, al me-nos, dos de sus integrantes, o se produzcan situaciones críticas ode carácter excepcional.

Formarán parte de la Comisión Técnica:

- Un representante del Ayuntamiento.

- Un profesional del apoyo directo.

- Un profesional del CEAS.

- Un profesional del Equipo de apoyo técnico.

El carácter de equipo integrado por profesionales con ámbitosdiferenciados de responsabilidad y cuyas decisiones son legitima-das por el representante del Ayuntamiento, exige que se trabaje enequipo y que las decisiones se adopten consensuadamente, de for-ma que su ejecución se encomiende en cada caso a la persona quepuede realizarlas con mayor eficacia y calidad, contando con la con-tribución y apoyo que precise por parte de los otros integrantes delgrupo.

Capítulo 5. CRITERIOS DE FUNCIONAMIENTO

Los criterios que se detallan en este capítulo son orientacionesy prescripciones para guiar a cada Taller Ocupacional y Centro deDía, hacia el cumplimiento de la misión que tienen encomendada,por tanto estos criterios sirven de referencia para el funcionamientode los servicios y también son útiles para realizar una evaluación ysaber cuáles son los puntos fuertes y débiles de cada uno y de laRed en su conjunto.

Para elaborar estos criterios se ha tenido en cuenta, entre otrasreferencias, la normativa vigente, el Manual de Buenas Prácticas quese trabajó por la mayoría de los agentes, la experiencia acumuladadurante cinco años, las directrices del modelo europeo para la ges-tión de la calidad total (EFQM) y también los conocimientos de di-versas entidades.

Los criterios de funcionamiento y gestión se articulan en funciónde los nueve procesos y sus subprocesos correspondientes, que sepresentaron en el capítulo 3.

5.1. RELATIVOS A LA INSERCIÓN LABORAL.

Todo lo relativo a este proceso, se refiere a los usuarios de losTalleres Ocupacionales, a los que se denomina “trabajadores condiscapacidad”, como una consideración al reconocimiento de suscapacidades. Esta consideración es simbólica y no tiene carácter le-gal, por tanto no implica la existencia de una relación contractualentre las personas con discapacidad y las entidades titulares de losTalleres Ocupacionales.

La razón de ser de este proceso es favorecer la adquisición dehabilidades laborales, el desarrollo de las capacidades productivasde las personas con discapacidad y/o facilitarles el acceso a un em-pleo digno. Para ello, será necesario desarrollar líneas de actuaciónen los siguientes subprocesos:

- Desarrollar programas formativos que apoyen de forma indivi-dualizada la adquisición de habilidades laborales generales y apren-dizajes específicos para la realización de actividades productivas(productos y/o servicios) de cada zona.

- Elaborar productos de artesanía propios que se pueden reali-zar por encargo y/o distribuir y comercializar a través de tiendas, dela participación en mercadillos y en ferias de artesanía de la zona.El tipo de productos a elaborar dependerá de las características lo-cales, las demandas existentes y las habilidades de los agentes im-plicados. Cada taller podrá especializarse en cierto tipo de produc-tos y establecer una red de intercambio entre todos los talleres pa-ra la comercialización de los mismos.

- Prestar servicios y realizar trabajos a entidades y empresas (pú-blicas o privadas) que sean demandados: arreglo de mobiliario ur-bano y jardines, reparto de publicidad, limpieza, jardinería, montajede cajas, clasificación de piezas, lijado y barnizados de molduras,estuchados, envasados, etc.. Estos servicios se podrán realizar enlugares facilitados por la entidad/empresa o en los espacios propiosde que disponga cada Taller.

- Apoyar la transición al empleo protegido y ordinario, buscandooportunidades para que los “trabajadores” del Taller puedan acce-der al trabajo, mediante relación contractual o temporalmente como“alumnos en prácticas” (3), en las diversas entidades o empresas dela zona, realizando un seguimiento y evaluación del mismo.

- Establecer relaciones con entidades y empresas que permitandesarrollar los criterios y las líneas de actuación anteriores.

28 8 de mayo de 2006

- Llevar la gestión y contabilidad de las actividades productivasdel Taller, con un sistema de registro adecuado (libro de pedidos yventas, libro de gastos, libro de caja y de bancos, albaranes...). Laresponsabilidad de esta gestión será de los profesionales de apoyodirecto, con la colaboración de los trabajadores con discapacidaddel Taller y deberá ser revisada por las Comisiones Técnica yMunicipal.

- Valorar el esfuerzo y el trabajo realizado por cada trabajador delTaller, invirtiendo los beneficios obtenidos en mejorar las condicio-nes de trabajo y estableciendo una compensación económica men-sual en función del rendimiento individual y del grupo.

(3) Para optar por esta fórmula de “alumnos en prácticas”, se de-berá haber acordado previamente en la Comisión Técnica, comuni-carlo a la familia y realizar una notificación a la Inspección de Trabajo.

La compensación económica no supone la existencia de una re-lación contractual sino que es una forma de reconocimiento al es-fuerzo de cada trabajador y se obtiene por la prestación de servi-cios y/o trabajos realizados en el Taller Ocupacional.

La cuantía de esta compensación podría tener como meta el50% del salario mínimo interprofesional, a partir de esta cantidad laentidad titular del Taller podría pasar a constituir un Centro Especialde Empleo. Para calcular la cuantía de esta compensación, habráque tener en cuenta la situación económica del Taller, y se distribui-rá en los siguientes conceptos:

- Compensación base: se otorga a la persona por asistir y parti-cipar al menos en el 80 % del horario de funcionamiento del taller.

- Laboriosidad: se valora la motivación, aplicación y constanciaen el trabajo.

- Responsabilidad: se valora la capacidad para cumplir con lastareas sin necesidad de supervisión y la iniciativa para tomar deci-siones acertadas.

- Colaboración: se tiene en cuenta la actitud positiva hacia la ac-tuación conjunta en beneficio del grupo.

- Puntualidad: se tiene en cuenta la asistencia al trabajo en el ho-rario establecido.

- Pluses especiales: se establecerá para aquellas personas querealicen tareas específicas y diferenciales del resto y/o que tenganuna productividad destacada sobre los demás.

Existirá por tanto, una compensación económica mínima paratodos los que asistan y participen al menos ese 80 % mencionadoy, una aportación diferencial para cada trabajador, en función de losconceptos anteriormente reseñados.

5.2. RELATIVOS AL DESARROLLO PERSONAL.

La razón de ser de este proceso es diseñar apoyos que facilitenel crecimiento y la madurez personal de cada uno de los usuariosde los servicios, respetando el derecho que tienen a dirigir su pro-pia vida. Esto se realizará a través del trabajo en los siguientes sub-procesos:

- Planificación y Evaluación Individual.

El desarrollo de este subproceso se basa en la defensa de unode los valores de la Red, la orientación a la persona y es desde él,desde donde se guía y se informa el desarrollo de la InserciónLaboral y Desarrollo Personal.

La razón de ser de este subproceso es proporcionar y obtenerinformación que permita ofrecer mejores y más eficaces apoyos in-dividuales a cada persona, para mejorar su Calidad de Vida.

En el desarrollo de este subproceso se utilizará la metodologíade la Planificación Centrada en la Persona, en la que es fundamen-tal la participación de la propia persona con discapacidad, su fami-lia e incluso sus amigos, y los profesionales que le apoyan. Se se-guirán los siguientes criterios e indicaciones:

1. Que en todo este proceso se debe respetar el derecho que laspersonas tienen a participar en la toma de decisiones que afectan asu vida (autodeterminación).

2. Que el establecimiento de un plan personalizado de apoyo, vaa exigir una negociación entre todas las partes implicadas que tie-nen intereses legítimos.

3. Que el equipo base de Evaluación y Planificación individual es-té formado al menos por: la persona con discapacidad, un miembrode su familia, un profesional del Apoyo Directo y un profesional delCEAS. Podrán colaborar cuando sea necesario: profesionales del

Equipo de Apoyo de ASPRONA, personas de la red natural de apo-yo y otros profesionales.

4. En el equipo base, uno de los profesionales coordinará el gru-po y otro anotará por escrito la evaluación y el plan acordado.

5. Que además, cada trabajador con discapacidad tenga un tu-tor responsable (uno de los profesionales del Apoyo Directo) de te-ner actualizado la Planificación y Evaluación Individual.

6. Que este proceso se documente en un Expediente Individual.La documentación se guardará, garantizando la confidencialidad delos datos que obren en poder de los profesionales.

NOTA: Dada la importancia de este subproceso, existirá unManual de Planificación y Evaluación Individual, debidamente ac-tualizado y que guiará su desarrollo en cada uno de los servicios.

- Apoyo al crecimiento y la adquisición de habilidades persona-les.

La guía y referencia para desarrollar unas u otras habilidades sonlos Planes Individuales formulados con cada persona. Como crite-rio general se trabajarán las siguientes: Habilidades Sociales y deComunicación, Cuidado Personal, Autodeterminación, Salud ySeguridad y Habilidades Académicas-Funcionales.

Estas habilidades serán desarrolladas bien, de forma específicaa través de programas de trabajo sobre las mismas o bien, trans-versalmente en la realización de otras actividades: productivas, deintegración comunitaria, participativas,....

El Centro de Día centrará su actividad principalmente en estesubproceso, mientras que el Taller Ocupacional dedicará estimati-vamente un 20 % de su horario semanal.

Se organizará un encuentro cada dos años con todas las perso-nas con discapacidad de la red que quieran participar, en el que sepromueva el intercambio de experiencias, la reflexión y discusión so-bre temas de su interés y donde puedan elegir a sus representan-tes. La preparación de cada encuentro se realizará por un equipo detrabajo en el que estarán las personas con discapacidad. Cada en-cuentro será evaluado por sus participantes y posteriormente se re-alizará un Informe Resumen del mismo que será remitido a todos losimplicados.

Se apoyará e impulsará la creación, funcionamiento y participa-ción de las personas que quieran, en grupos de Autogestores, con-cebidos como espacios especialmente dedicados a que las perso-nas con discapacidad puedan expresar y manifestar sus necesida-des y deseos, contando con los apoyos necesarios.

5.3. RELATIVOS AL APOYO A/DE LAS FAMILIAS.

La misión de este proceso es favorecer la participación y aten-der las demandas de las familias fomentando relaciones de apoyomutuo entre las mismas y cada uno de los servicios, a través de lassiguientes acciones y criterios:

- Se establecerán cauces para su participación de forma directay/o, a través de representantes elegidos por ellos mismos, en todoslos órganos de participación y gestión del servicio.

- Se organizarán reuniones anuales donde se expongan las líne-as de actuación del servicio, los resultados obtenidos, y se tenganen cuenta las sugerencias y quejas que planteen las familias.

- Se favorecerá que todas las familias de la red, cada dos años,tengan un encuentro de intercambio de experiencias, reflexión ydiscusión, donde puedan elegir a sus representantes. Para pre-parar cada encuentro se creará un equipo de trabajo en el que es-tarán integrados los representantes de familias. Cada encuentroserá evaluado por sus participantes y posteriormente se realizaráun Informe Resumen del mismo que será remitido a todos los im-plicados.

- Se facilitará su acceso a la información relevante de su fami-liar/tutelado, del servicio y de la Red (Memorias, Informes,Documentos Técnicos,...)

- Se deberá apoyar la formación en aquellos temas que las fa-milias demanden.

- Se divulgará periódicamente entre las familias los cauces esta-blecidos por cada Ayuntamiento, como titular del servicio, paraplantear quejas y/o sugerencias.

- Las Asociaciones de familias de personas con discapacidadque existan en cada zona, deberán ser tenidas en cuenta e invita-das a participar en las reuniones de familias, aunque no tengan hi-jos o hermanos en ese momento incorporados en el servicio.

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5.4. RELATIVOS A LA INTEGRACIÓN COMUNITARIA.

La razón de ser de este proceso es favorecer que las personascon discapacidad tengan las mismas oportunidades que el resto desus ciudadanos y participen en su comunidad. Por ello se procura-rá desarrollar servicios abiertos y en interacción constante con elmedio en el que se ubican, a través fundamentalmente de dos sub-procesos:

- Establecer una adecuada comunicación con el exterior, quepermita a los ciudadanos tomar conciencia de las capacidades y losderechos que tienen las personas con discapacidad y conocer elfuncionamiento de los servicios.

- Información a los medios de comunicación existentes en la zo-na de aspectos noticiables de cada servicio, para su posible publi-cación.

- Utilizar y difundir el uso de una terminología adecuada para re-ferirse a las personas con discapacidad intelectual.

- Organización de jornadas de puertas abiertas.

- Preparación de documentos y actividades de difusión y/o for-mativas (charlas, jornadas, video-forum,...).

- Participación en foros y jornadas organizadas por otros colec-tivos e instituciones para dar a conocer el funcionamiento de los ser-vicios y la Red y para conocer otras experiencias.

- Elaboración y distribución de materiales divulgativos sobre losservicios y la Red (folletos, vídeos, fotomontajes, página Web,...)

- Atender adecuadamente a las personas y grupos que quieranconocer o visitar algún servicio y/o la Red en su conjunto.

- Apoyar la participación activa, tanto de las personas con dis-capacidad en su comunidad, como de otras personas de la comu-nidad en cada servicio.

- Participar en diferentes actos culturales de la zona.

- Apoyar la participación individual de las personas con disca-pacidad en las actividades que les interesen.

- Estar presentes en Ferias y Mercados de cada zona con la ex-posición y venta de productos.

- Establecer relaciones de colaboración con otras instituciones,entidades, servicios y empresas de la zona.

- Promover intercambios de experiencias con otros colectivos.

- Utilizar espacios y servicios públicos para la realización de al-gunas actividades del Taller (bares, transporte, polideportivo,...)

- Desarrollar actuaciones que incidan de forma positiva en el en-torno (eliminación de barreras, de riesgos para la salud, preserva-ción de recursos naturales,...).

- Ser receptivos a la participación de otras personas en los ser-vicios (voluntarios, personas en prácticas, etc.).

5.5. RELATIVOS AL DESARROLLO ORGANIZATIVO

La razón de ser de este proceso es la formulación, aplicación,revisión y mejora continua de la política y estrategia de cada servi-cio y de la Red en su conjunto. Todo ello se desarrolla a través delos siguientes subprocesos:

• Dirección, Coordinación y Participación, para mantener a losdistintos agentes y entidades que participan en la gestión y en elfuncionamiento de la Red cohesionados y comprometidos con elcumplimiento de la misión. Para ello se establecen los siguientes cri-terios:

_ Revisar la misión, visión y valores de la Red con la participa-ción de los distintos agentes cuando se vea necesario.

_ Aprobar y revisar este Documento Marco por los órganos com-petentes, como guía y orientación para el funcionamiento de la Red.Se publicará y difundirá este documento entre todos los agentes im-plicados.

_ Gestionar y revisar los procesos y subprocesos establecidos.

_ Impulsar la elaboración y aprobación de un Reglamento deRégimen Interior consensuado y conocido por todos los agentes encada servicio.

_ Constituir y asegurar el funcionamiento, tal y como se especi-fica en el capítulo 4 de este documento, de las Comisiones Técnicasy Municipales en cada servicio y de la Comisión de seguimiento deámbito provincial.

_ Realizar estudios de necesidades y planificar la creación denuevos servicios y/o nuevas fórmulas jurídicas que mejoren el fun-cionamiento de la Red.

_ Que todos los encuentros bianuales tanto de personas con dis-capacidad como de familias sirvan para elegir a sus representantesy para debatir aspectos organizativos de la Red.

_ Establecer cauces de coordinación y comunicación interna, es-tables y fluidos a través de reuniones, correo electrónico, soportesdocumentales y encuentros entre los distintos agentes.

• Planificación y evaluación, con este subproceso se trata de ela-borar planes en coherencia con la visión, misión y valores de la Redy establecer y aplicar sistemas de valoración que permitan la mejo-ra continua. Los criterios son:

_ Elaborar un Plan de Actuación Cuatrienal para la Red en suconjunto, donde se contemplen las particularidades de cada servi-cio.

_ Establecer líneas de actuación anuales para cada servicio y laRed.

_ Establecer y aplicar un sistema de evaluación para valorar loque cada servicio, la red en su conjunto y cada agente han alcan-zado y están alcanzado, utilizando medidas cuantitativas y cualita-tivas. En algunos casos, se deberá contar y/o estar abiertos a eva-luaciones externas. Se deberá elaborar y revisar de forma periódicaun Manual de Evaluación General de la Red.

_ Elaboración de Memorias Anuales de cada servicio y de la Reden su conjunto, que den cuenta del cumplimiento de las líneas deactuación planteadas y de los resultados más significativos obteni-dos en cada proceso.

• Gestión de la Calidad, como subproceso dirigido a hacer lascosas bien, satisfacer las necesidades de las personas con disca-pacidad, e indirectamente de sus familias, y adoptar una estrategiade mejora continua.

_ Elaborar, implantar, revisar y publicar un documento de BuenasPrácticas de cada uno de los agentes de la Red, que tenga comoreferencia la ética y los valores definidos en este documento.

_ Presentar el funcionamiento de la Red a convocatorias y pre-mios que supongan un reconocimiento y una evaluación de la laborrealizada.

_ Recoger, analizar y orientar en su caso, la resolución de lasQuejas y Sugerencias relativas al funcionamiento de cada servicio,en las Comisiones Técnicas.

_ Realizar evaluaciones de la satisfacción de todos los agentesimplicados de forma periódica.

_ Elaborar, publicar y difundir una Carta de Servicios de la Red,donde se especifiquen claramente los compromisos con los clien-tes.

_ Estudiar la conveniencia de acreditarse por algún sistema decalidad.

5.6. RELATIVOS A LA GESTIÓN DE PERSONAL.

Este proceso está orientado a cubrir las necesidades de perso-nal y conseguir que todos los profesionales relacionados con la Red(aquellos que están vinculados laboralmente con alguna de las en-tidades implicadas, independientemente de su tiempo de dedica-ción) se comprometan con la misión de la misma, poniendo a dis-posición sus conocimientos, capacidades y energía a la vez que laorganización satisfaga sus necesidades y expectativas. Para ello sedesarrollarán los siguientes subprocesos, sin perjuicio de lo dis-puesto en el Estatuto de los Trabajadores y en los respectivosConvenios Colectivos:

- Selección y Contratación: estará vinculada a las necesidadesde personal que existan, atendiendo a:

_ Mantener las ratios que exige la normativa tanto para losTalleres Ocupacionales como para el Centro de Día.

_ En los Talleres Ocupacionales dada su especificidad (rurali-dad, aislamiento y multiplicidad de tareas de los profesionales deapoyo directo) además será recomendable la existencia de al me-nos dos profesionales de apoyo directo en cada uno, con titula-ción mínima de bachillerato o equivalente, (un profesional a jorna-da completa y otro a tiempo parcial) dependiendo del número depersonas que utilizan el servicio y de la intensidad de apoyos querequieren:

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- La existencia de un Equipo de Apoyo Técnico para toda la Red,con al menos dos profesionales con titulación superior a jornadacompleta.

- En todos los servicios de la Red participarán y colaborarán losprofesionales dependientes de Diputación y de los CEAS de cadazona.

- La posibilidad de contratar otros profesionales a jornada par-cial y de forma puntual para apoyos específicos a la InserciónLaboral y/o otros programas que pudieran necesitarse.

La responsabilidad de la contratación corresponderá a la entidadtitular de cada servicio, que deberá realizar un proceso de selecciónpúblico y abierto, que respete los principios de igualdad, transpa-rencia, mérito y capacidad, y que pueda contar con el apoyo de unequipo de selección.

Sin perjuicio de la normativa de referencia que regula los proce-sos de selección en las entidades públicas, se valorará: el curricu-lum vitae, los conocimientos técnicos y prácticos para el puesto adesempeñar, a través de una prueba escrita, y el perfil humano yprofesional del aspirante, mediante entrevista personal.

Las cualidades personales y competencias básicas que debe-rán tener los profesionales que trabajen en la red y especialmentelos de apoyo directo son:

_ Capacidad de establecer un trato humano y de calidad con laspersonas con discapacidad.

_ Defender que las personas con discapacidad tienen los mis-mos derechos que los demás ciudadanos.

_ Capacidad para apoyar el desarrollo y progreso de las perso-nas con discapacidad en todas las dimensiones de calidad de vida.

_ Capacidad para trabajar en equipo.

_ Compromiso personal con la misión del servicio

_ Capacidad de organizar y gestionar la realización de activida-des productivas y/o servicios prestados por el Taller Ocupacional yde apoyar a los trabajadores con discapacidad en la transición alempleo.

Los profesionales que por diversos motivos dejen de prestar susservicios en la Red (baja laboral, excedencia,....), deberán ser susti-tuidos por la entidad contratante en el menor tiempo posible.

• Formación: para facilitar que todos los profesionales de la Redtengan una formación adecuada para el desarrollo y la mejora con-tinua en el desempeño de su trabajo, se seguirán los siguientes cri-terios:

_ Organizar dos jornadas de formación interna al año, con los te-mas y en las fechas que se propongan entre todos los profesiona-les.

_ Realizar dos reuniones anuales de intercambio de experienciasentre profesionales de apoyo directo y equipo técnico.

_ Realizar una visita, cada tres/cuatro años, para conocer yaprender de otros servicios similares de otras zonas.

_ Constituir equipos de trabajo de profesionales de diversos ám-bitos para desarrollar distintas propuestas y documentos técnicos.

_ Favorecer la participación individual en cursos específicos, jor-nadas y encuentros relacionados con el desempeño profesional, or-ganizados por otras entidades.

• Atención al Personal, para facilitar el intercambio de informa-ción y el reconocimiento de esfuerzos, se considerarán estos crite-rios:

_ Los profesionales deberán conocer su jornada laboral, su con-venio y condiciones de trabajo al inicio de cada año y de cada nue-vo contrato laboral.

_ Se deberá ofrecer una remuneración equitativa en el desem-peño de roles profesionales similares.

_ Se facilitarán desde cada entidad contratante, oportunidadesde promoción y movilidad para todos los profesionales.

_ Se realizarán encuestas de la satisfacción del personal de for-ma periódica y se utilizarán los datos obtenidos para mejorar la ges-tión del mismo.

_ Revisar y evaluar los cauces de comunicación interna existen-tes (reuniones de coordinación, comisiones, comunicaciones porcorreo electrónico y teléfono, difusión de informes y resúmenes dereuniones,...) y establecer otros nuevos si fuese necesario.

5.7. RELATIVOS A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA Y ECO-NÓMICA.

La razón de ser de este proceso es gestionar un conjunto deprocedimientos y acciones destinados a realizar una gestión efi-caz de la información, del acceso a los servicios y de los recur-sos económicos. Para ello se desarrollan los siguientes subpro-cesos:

• Acceso a los servicios y disponibilidad de plazas:

La disponibilidad de plazas estará condicionada por la ocupa-ción existente, respecto al número de plazas que la Gerencia deServicios Sociales autorizó en el momento de la inscripción en el re-gistro de centros.

Los requisitos básicos de acceso a los servicios serán:

_ Disponer del certificado oficial de minusvalía (superior al 33%),y que transitoria y/o definitivamente le impida el acceso al empleoordinario.

_ Estar en edad laboral (mayor de 16 y menor de 65 años)

_ No padecer enfermedad que implique riesgo para los demásy/o que impida la convivencia necesaria para el desarrollo de las ac-tividades.

_ Vivir en un municipio de la provincia de Valladolid, con una po-blación inferior a 20.000 habitantes.

Además, para los Talleres Ocupacionales serán requisitos:

_ Tener un grado de autonomía personal básica, que le permitaparticipar y beneficiarse de las actividades propias del TallerOcupacional

_ No necesitar apoyos generalizados para todas las actividadesde la vida diaria (vestirse, desplazarse, comer, asearse....).

En el caso de los Centros de Día será requisito:

_ Necesitar apoyos generalizados para la mayoría de las activi-dades de la vida diaria (vestirse, desplazarse, comer, asearse....).

En el caso de las personas con discapacidad que soliciten pla-za en un servicio y no reúnan alguno de los requisitos anteriores, elAyuntamiento resolverá la solicitud de ingreso, teniendo en cuentael Informe del Equipo de Valoración.

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REFERENCIA DE RATIOS DE PERSONAL EN T.O.

Nº TOTAL de personas Nº de personas que necesitan Nº profesionales Porcentaje de jornada del

con discapacidad en el Taller (*) más apoyos, según resultados a jornada completa otro profesional a tiempo parcial (***)

I.C.A.P.(**), niveles de 1 a 4/5

Menos de 12 personas Máximo, 2 ó 3 personas 1 50 %

De 12 a 14 personas Al menos, 2 ó 3 personas 1 65 %

De 15 a 16 personas Al menos, 3 ó 4 personas 1 75 %

De 17/18 a 20/21 pers. Al menos, 3 ó 4 personas 1 100 %

(*) Para ampliar los apoyos de personal, se considerará el número de personas con discapacidad que hayan asistido de forma continua al Taller,al menos durante un año o el número de personas que se encuentren en la lista de espera.

(**) Los Inventarios para la Planificación de Servicios y Programación Individual (I.C.A.P.) se revisarán al menos, cada 5 años.

(***) En algunos casos se podrá repartir las jornadas de trabajo necesarias de forma equitativa entre los dos profesionales.

El procedimiento de acceso es el siguiente: la persona interesa-da y/o su familia/tutor solicitará el acceso al servicio mediante unmodelo establecido a tal fin que presentará en el registro delAyuntamiento. Posteriormente un equipo realizará una entrevista yun informe técnico que enviará al Ayuntamiento, para que éste emi-ta una resolución favorable o desfavorable a dicha solicitud, en unplazo máximo de dos meses desde la presentación de la misma enel registro. En caso de resolución favorable, la persona deberá in-corporarse al servicio en el plazo de quince días. Existirá un perio-do de adaptación de tres meses, tras el cual se valorará la conti-nuidad de la persona en el servicio, si dicha valoración fuese favo-rable, la persona tendrá la plaza de forma definitiva.

Aquellas personas que teniendo un informe técnico favorable, nopuedan acceder a la plaza solicitada, por no existir vacantes; pasa-rán a formar parte de la lista de espera. Un equipo de valoración,compuesto por un profesional de CEAS y otro del Equipo de Apoyo,establecerá un orden en la lista de espera teniendo en cuenta lascircunstancias personales y familiares de cada solicitante y la fechade solicitud.

El procedimiento para causar baja en un servicio se producirá através de renuncia expresa de la persona y/o su familia/tutor o porincumplimiento de:

_ los requisitos que motivaron el acceso.

_ las normas establecidas en el Reglamento de Régimen Interior.

En estos casos, el Ayuntamiento, previo conocimiento deInforme Técnico emitido por los profesionales de CEAS y Equipo deApoyo, resolverá en su caso, la pérdida de la condición de usuariode la plaza otorgada en su momento.

• Recursos Económicos:

Los criterios que se establecen para asegurar el buen funciona-miento a corto y largo plazo de cada servicio y del conjunto de laRed son los siguientes:

_ Pactar, articular y respetar un sistema de financiación que im-plique la participación y la corresponsabilidad de las institucionespúblicas, (Junta de Castilla y León, Diputación Provincial deValladolid y Ayuntamientos respectivos), en virtud de los diversosacuerdos de cofinanciación y convenios de colaboración estableci-dos entre ellas, la de los propios usuarios/familias de cada servicioy otras entidades. Derivado de ello, las variaciones en el coste delos servicios debe repercutir directa y proporcionalmente en todoslos que contribuyen a la financiación de los mismos. Orienta-tivamente el sistema de financiación se podría articular tal y comoqueda representado en el siguiente esquema gráfico:

_ Prever la posibilidad de incrementar algunas partidas presu-puestarias con recursos adicionales para no dejar necesidades sincubrir.

_ Gestionar la aportación de otras fuentes de financiación pro-cedentes de fondos europeos, estatales, autonómicos o locales(Ayuntamientos de la zona) así como de entidades privadas, comoCajas de Ahorro, Fundaciones, etc.

_ Dar participación a todos los agentes implicados en la elabo-ración de los presupuestos de cada año y en el control de su eje-cución.

_ Realizar una utilización apropiada y un control eficaz de los re-cursos, informando a todos los agentes a través de informes perió-

dicos donde se refleje entre otros, los siguientes parámetros: ingre-sos, gastos, inversiones, capital disponible,...

_ Homogeneizar la tasa que desde los Ayuntamientos se recau-da por la prestación de los servicios, para evitar desigualdades en-tre los usuarios de toda la Red.

• Información y Documentación:

Para elaborar, archivar y tener disponible toda la Información yDocumentación necesaria se fijan los siguientes criterios:

_ Relacionado con cada servicio y con la Red en su conjunto,podrán existir distintos tipo de documentos:

a) Marco: relacionados con el buen funcionamiento y el desarro-llo organizativo y con el compromiso con los clientes. Ejemplo:Documento Marco, Reglamento de Régimen Interior, Carta deServicios, Contrato de prestación de servicios,...

b) Técnicos: referidos a los compromisos y las buenas prácticasde los profesionales y el resto de agentes. Ejemplo: Manuales dePlanificación y Evaluación Individual, de Evaluación General, deBuenas Prácticas, Planes Cuatrienales,..

c) Soporte: de apoyo a la gestión de subprocesos y actuacionesconcretas. Ejemplo: Memorias anuales, Informes de Satisfacción yevaluaciones, actas y resúmenes de encuentros,...

d) Divulgativos: los que tienen que ver con la relación del pro-yecto con el entorno y la difusión del mismo. Ejemplo: Trípticos decada servicio, catálogos de productos,...

Esta documentación se guardara ordenadamente en cada servi-cio, se revisará y actualizará de forma periódica, y estará accesiblepara cualquier miembro de la Comisión Municipal, que lo solicite.

_ Relacionado con cada persona con discapacidad, existirán dostipos distintos de documentos, que son:

a) Administrativos: fotocopia del D.N.I., del Certificado de reco-nocimiento de Minusvalía, de la cartilla de la Seguridad Social,...

b) Técnicos: informes médicos, soportes para la planificación yevaluación individual,...

Esta documentación es de carácter confidencial y por ello de-berá estar guardada de forma segura, garantizando el derecho delas personas a proteger su imagen y sus datos personales (4).Asimismo, se revisará y actualizará de forma periódica.

• Legislación:

Para conocer y actualizar la legislación relacionada con la ges-tión de los servicios, se seguirán los siguientes criterios:

_ Identificar la legislación obligatoria y asegurar su cumplimiento

_ Acceder a otras referencias normativas y convocatorias desubvenciones que puedan contribuir a la mejora de los servicios.

(4) “Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil delderecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia ima-gen” (especial referencia art. 3).

5.8. RELATIVOS a PROVISIÓN de EQUIPAMIENTOS e INFRAES-TRUCTURAS.

Es básico llevar a cabo un proceso de adaptación a la legisla-ción vigente reguladora de los centros para discapacitados, impli-cando a las Instituciones competentes en el incremento de nuevasinversiones, con el objeto de dignificar los espacios y equipamien-tos y así lograr una mayor calidad en el servicio hacia las personascon discapacidad.

Los criterios de actuación están encaminados a cumplir la legis-lación vigente y a asegurar la misión del proceso y son:

- Las instalaciones de nueva creación deberán ubicarse prefe-rentemente en lugares que permitan un fácil acceso al resto de losrecursos del municipio.

- Los espacios no deberán tener barreras que impidan cualquieracceso a la libre movilidad en el interior del servicio tanto horizontalcomo vertical.

- Disponer en las instalaciones de agua caliente, teléfono y co-nexión a internet y en todas las dependencias de calefacción y deventanas al exterior con luz suficiente.

- Contar al menos con las siguientes dependencias:

- Espacio físico adecuado para la realización de actividades pro-ductivas.

32 8 de mayo de 2006

- Espacios para formación y despachos de profesionales.

- Vestuarios y Taquillas.

- Servicios y aseos adaptados.

- Contar con mobiliario y con el equipamiento necesario para lasactividades que se vayan a desarrollar.

- Garantizar en todo momento condiciones higiénicas y de se-guridad para las personas que están en el servicio.

- Realizar y actualizar cada año un registro con el material in-ventariable que se presentará a la Comisión Municipal de final deaño.

- En caso necesario, solicitar al Ayuntamiento u otras entidades,la utilización de equipamientos o infraestructuras adicionales nece-sarias, para la realización de las actividades (productivas o de otrotipo) programadas. Ejem: Invernadero, Pabellones Deportivos, bi-bliotecas,...

- Solicitar subvenciones y/o realizar inversiones para mejorar lascondiciones de las infraestructuras o para adquirir nuevos equipa-mientos

5.9. RELATIVOS A LA GESTIÓN DE SERVICIOS COMPLEMEN-TARIOS.

La razón de ser de este proceso es proveer servicios de apoyoque, ajustándose a las necesidades de las personas con discapaci-dad, contribuyan al desarrollo de la misión. Esto se hace a través delos siguientes subprocesos:

• Planificar la Prevención de Riesgos basada en la evaluación delos que puedan existir y en la adopción de medidas adecuadas pa-ra evitarlos. Los criterios que se fijan son:

- Todas las personas con discapacidad y profesionales de apo-yo directo, deberán estar incluidos en una póliza de seguros que cu-bra su responsabilidad civil y eventuales accidentes.

- Que un profesional experto en el tema, en convenio con las mu-tuas aseguradoras, realice una evaluación periódica (como mínimo ca-da dos años) sobre los posibles riesgos existentes en cada servicio.

- Adoptar las medidas necesarias para evitar los riesgos identi-ficados a través de: formación, elaboración de planes de emergen-cias, simulacros de evacuación, adecuada colocación y revisión deextintores, apertura de las puertas hacia el exterior,...

• Gestionar servicios de Transporte y Comedor para las perso-nas con discapacidad que los necesiten y deseen utilizarlos, con lossiguientes criterios:

- Garantizar que cualquier persona del ámbito rural de Valladolidque haya solicitado plaza en un servicio, no quede excluida por pro-blemas de transporte.

- Potenciar la utilización del transporte público para las personascon discapacidad que necesiten desplazarse.

- En aquellos casos que sea necesario buscar otras alternativas:transporte escolar, taxis, microbuses, furgonetas propias,...

- Cuando el transporte se gestione con vehículo propio, esté de-berá estar adaptado, cumplir las condiciones de seguridad que exi-ja la normativa y disponer de los seguros preceptivos.

- Cuando el transporte se gestione a través de taxis o microbús,se deberá ofrecer a concurso público el servicio y se firmará un con-trato entre el Ayuntamiento y la empresa/empresario que lo vaya arealizar, en el que se establezcan las condiciones de prestación delservicio.

- El servicio de comedor será para aquellos que no puedan tras-ladarse a su domicilio y/o para aquellos otros que deseen utilizar es-te servicio, siempre y cuando abonen el importe del mismo.

- Los horarios y zonas de comedor deberán plantearse aprove-chando servicios apropiados para un trato rápido y de calidad.

- En caso de realizar el servicio de comedor en los Centros, ha-cerlo con las debidas garantías sanitarias estipuladas en la legisla-ción vigente.

• Facilitar la Conexión con otros Servicios mas especializados(de vivienda, de ocio, de salud mental, de tutela,...) para prestar unapoyo más integral a las personas con discapacidad. Los criteriosson:

- Disponer de información sobre otros recursos que puedan exis-tir o se vayan a crear en cada zona y que puedan ser utilizados porlas personas con discapacidad.

- Informar a los usuarios y a sus familias/tutores de los distintosservicios existentes en cada zona.

- Apoyar la realización de estudios de necesidades que justifi-quen la creación de nuevos servicios.

- Coordinarse con otras entidades que gestionen servicios en losque participen o puedan participar personas de la Red de Talleres.Y especialmente con aquellas entidades que estén gestionando ser-vicios de Ocio.

Este documento que ha sido presentado y debatido por todoslos agentes e instituciones implicadas en el funcionamiento de laRed de servicios, y aprobado por el Pleno de la Diputación de fecha31 de marzo de 2006 deberá ser revisado al menos, cada diez años,a propuesta de la Diputación y contando con la participación de to-dos los agentes e instituciones implicados.

Lo que se hace público para general conocimiento,

Valladolid, 18 de abril de 2006.- El Presidente, Ramiro Ruiz Me-drano.

BIBLIOGRAFÍA BÁSICA

Aruguete, Gustavo: Redes Sociales. Una propuesta organizacio-nal alternativa (Internet, 2004).

Asociación Americana sobre Retraso Mental. AAMR. RetrasoMental. Definición, clasificación y sistemas de apoyo, Madrid, 2004.Alianza Editorial.

European Foundation for Quality Management (EFQM). Auto-evaluación. Directrices para Empresas. Bruselas.

Gestión de los procesos. Club Gestión de la Calidad, VS.: 12-1999.

Organización Mundial de la Salud (OMS), ClasificaciónInternacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud(CIF), Madrid 2001 Publicaciones Imserso.

Peiró, J.M y Prieto, F. (1996). Tratado de Psicología del Trabajo.Vol. II. Aspectos psicosociales del trabajo. Editorial Síntesis.Madrid.

Schalock, R.L y Verdugo M.A. Calidad de vida. Manual para pro-fesionales de la educación, salud y servicios sociales. Madrid. 2003.Alianza Editorial.

NORMATIVA DE REFERENCIA

Ley 18/1988, de 28 de diciembre, de Acción Social y ServiciosSociales.

Ley 3/ 1998, de 24 de Junio de Accesibilidad y Supresión deBarreras.

Orden de 21 de junio de 1993, de la Consejería de Sanidad yBienestar Social, por la que se regulan los requisitos mínimos y es-pecíficos de autorización de los Centros de Minusválidos para suapertura y funcionamiento.

8 de mayo de 2006 33

ANEXO I. DIRECCIONES Y TELÉFONOS

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

Sección de Gestión Urbanística

APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN DELA.P.E. 47 “ENERTEC”

La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión ordinariacelebrada el día 7 de abril de 2006, ha adoptado acuerdo del si-guiente tenor literal:

“Visto el expediente número 77270/05, relativo al Proyecto deActuación a desarrollar por sistema de Concierto de la Unidad deActuación única del Área de Planeamiento específico 47 “Enertec”,del Plan General de Ordenación Urbana, Paseo Arco de Ladrillo nº62, promovido por D. Pedro Luis Roldán Fernández en representa-ción de DISEÑOS URBANOS, S.A.U., y atendido que:

1º.- El objeto del presente pronunciamiento está constituido porel Proyecto de Actuación con el de reparcelación en él contenido,que se incorpora al expediente como Anexo I, redactado por el equi-po formado por el abogado D. Raúl Gutiérrez Vallecillo y el arqui-tecto D. Víctor Posadas López-Guerrero, y visado por el Colegio ofi-cial de arquitectos de Castilla y León Este, Demarcación deValladolid, el 15 de diciembre de 2005.

2º.- Con fecha 8 de abril de 1999 se aprobó por las Cortes deCastilla y León, la Ley 5/99 de Urbanismo de Castilla y León, esta-bleciendo en sus artículos 17 y 18 el régimen de derechos y debe-res establecido para el suelo urbano no consolidado. En el mismosentido se pronuncian los art. 42 y 43 del Decreto 22/04, de 29 deenero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo deCastilla y León. Asimismo se establece en el artículo 74 de la Ley5/99 que el Sistema de Actuación se entenderá elegido mediantela aprobación del Proyecto de Actuación; y en el art. 78 de la Ley5/99 y art. 255 a 258 del RUCyL se establecen las especialidadesde los Proyectos de Actuación a desarrollar por el sistema deConcierto.

3º.- El artículo 17.2. b) 2º de la Ley 5/99 establece en cuanto alaprovechamiento materializable por los propietarios en suelo urba-no no consolidado, será el que resulte de aplicar a los terrenos el90% del aprovechamiento medio del sector.

4º.- El Proyecto de Actuación presentado por el propietario delos terrenos incluidos en la Unidad de Actuación única del APE 47“Enertec”, del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid, seinforma favorablemente desde el punto de vista jurídico, por cuan-to cumple con las determinaciones contenidas en el art. 75 de la Leyde Urbanismo de Castilla y León, proponiéndose como Sistema deActuación el de Concierto y encontrándose habilitado para elloDIURSA, al ser la propietaria única de todos los terrenos de laUnidad, de conformidad con lo dispuesto en el art. 78 de la mismaLey y art. 255 del RUCyL. Asimismo, el Proyecto de Reparcelacióncontenido en el Proyecto de Actuación cumple con las determina-ciones exigidas en los artículos 78 y 79 de la Ley de Urbanismo deCastilla y León, y art. 244 y sig. del Reglamento de Urbanismo deCastilla y León.

No obstante, se realizan las siguientes observaciones:

- En la página 20 del Proyecto de Actuación se indica que la ga-rantía exigible será de un 4% de los gastos de Urbanización, sin em-bargo dicha garantía ha de ser de un 6%, de conformidad con lodispuesto en el art. 22 de la Normativa del Plan General deOrdenación Urbana de Valladolid.

- De conformidad con lo dispuesto en el art. 75 de la Ley 5/99,de Urbanismo de Castilla y León, deberán señalarse los plazos pa-ra la ejecución de la actuación urbanística, plazos que no podrán ex-ceder de los señalados en el planeamiento para el cumplimiento delos deberes urbanísticos exigibles.

5º.- Con fecha de 19 de septiembre de 2005, se ha emitido in-forme técnico por el arquitecto del Servicio de Planeamiento yGestión Urbanística sobre el Proyecto de Actuación de la U.A. úni-ca del APE 47 “Enertec”, en el que se indica que “analizado el do-cumento y el correspondiente Estudio de Detalle se indica lo si-guiente:

PROYECTO DE ACTUACIÓN

1. La parcela inicial se describe con todas sus edificaciones, (dosviviendas, oficinas, diferentes naves industriales). Por el contrario endeterminados apartados del Proyecto de Actuación (página 13),cuando se refiere a la parcela inicial, se pone expresamente “EDIFI-CACIONES: No constan”. Deberán evitarse estas contradicciones,más aun cuando parte de las Naves existentes en la parcela inicial

34 8 de mayo de 2006

3233/2006

deberán mantenerse, ya que están protegidas por el Catálogo deBienes del PGOU.

2. Las parcelas Resultantes del Proyecto de Reparcelación pro-puesto deberán incluir la condición “plazo máximo 4 años para laejecución de la actuación”.

3. En el APARTADO 5 - “Garantías para Asegurar la ejecución dela Actuación” (pág 20), hace referencia a lo previsto en el art. 75.3.eLUCYL y en concreto a un aval del 4% de los gastos deUrbanización. ... y a lo previsto en el art. 241.f y 202 RUCYL. Cabeadvertir que el PGOU establece en el art.22.4 que se exigirá la pres-tación de garantía que no será inferior al 6% del total de los gastosde Urbanización de la Unidad de Actuación.

4. APARTADO B - Determinaciones sobre urbanización.

B1), se establece un plazo máximo para que el urbanizador ela-bore y presente a tramitación un Proyecto de Urbanización, de unaño. El Proyecto de Urbanización que se ha presentado, consiste enla urbanización de la Parcela 7 (Viario).

En el apartado B3) desglosa los Costes de Ejecución deUrbanización del viario y de Parque Público (Parcela 5), en el que síse incluye la Rehabilitación de las Naves. Quizás por error no se ha-ce referencia a la Urbanización de la parcela 6 también de Cesiónde Espacio Libre Público.

“Estimación del Importe de los Gastos de Urbanización”.

- Se entiende que los Gastos de Honorarios del ProyectoIncluyen los Proyectos de Rehabilitación y la dirección de las obras.

- En el apartado “INDEMNIZACIONES por derribos, demoli-ciones, etc” no se produce una valoración de las Indemni-zaciones, (en las páginas 11y19 del Proy de reparcelación expli-ca que por tratarse de un propietario único no se procede a su va-loración).

- En el apartado “DEMOLICIONES” la valoración es muy genéri-ca y se desconoce de la existencia de los correspondientesProyectos de demolición, así como los honorarios facultativos paraello. Se comprueba que existe un expediente sancionador por de-rribo de estas naves sin la correspondiente licencia municipal,(Decreto nº 794 de fecha 28-1-2004).

PROYECTO DE REPARCELACIÓN

Parcela Resultante 1, adjudicada a DIURSA SAU, la relación edi-ficabilidad / sup. de parcela = 18.914 m2.e./7.322 m2=2’58317m2/m2

La relación edificabilidad / nº máx viviendas = 18.914 m2.e./198viv = 95’52 m2/viv.

Parcela Resultante 2, adjudicada al Ayuntamiento, edificabilidad/ superficie de parcela = 3.014’8 m2.e./877’18 m2= 3’4369 m2/m2

En el Estudio de Detalle, art.19 condiciones del uso residencialP2 (Ponderado) se establece la obligatoriedad de disponer en estaparcela de al menos 833’25 m2 de uso no residencial. (aproxima-damente el 28% de la edificabilidad total).

Teniendo en cuenta que 833’25 m2 de uso no residencial la re-lación edificabilidad / nº máximo viviendas queda 2.181 m2.e./ 21viv = 103’88 m2/vivienda.

En el Estudio de Detalle establece que el 10% de cesión delAyuntamiento se materializará en esta parcela; y si bien elInstrumento de Planeamiento no es vinculante en este sentido, sí escierto que de otro modo el 10% de cesión se tendría que materiali-zar en proindiviso en otra parcela.

Parcela Resultante 3, adjudicada a DIURSA, SAU. Uso Comercioy Oficinas.

VALORACIÓN DE LAS PARCELAS RESULTANTES:

Resultante 1= 18.914 m2.e residencial x 928 euros/m2=17.552.192 euros .

El Proyecto de Actuación en la parcela Resultante 2 (multiplicatoda la edificabilidad como si fuera residencial). Si embargo si seconsidera sólo 2.181 m2.e residencial x 928 euros/m2= 2.014.368euros y el resto comercial x 500 euros/m2= 122.805’20 euros , la va-loración de la parcela Municipal es inferior al 10%.

Según el Estudio de Detalle, el uso Residencial 2 Ponderada tie-ne un coeficiente de ponderación de 0’917. Comprobado por el téc-nico que informa sería (28% x 0’7) + (72% x1) = 0’916. Se conside-ra correcto el coeficiente de ponderación.

Sin embargo para la valoración de las parcelas resultantes (cua-dro pág. 42, no se tiene en cuenta el 28% que debe destinarse aotro uso que pudiera ser el comercial valorado en 500 euros/m2.

- La documentación gráfica presentada no se encuentra en co-ordenadas UTM”.

6º.- El Proyecto de Actuación que se aprueba inicialmente cons-ta de dos Documentos, que a su vez constan de DeterminacionesGenerales, Determinaciones básicas sobre urbanización,Determinaciones completas sobre reparcelación, incluyéndose den-tro de ellas la Memoria, relación de propietarios e interesados y fin-cas afectadas, Tasación de derechos, construcciones, y actividadesque deban extinguirse o derruirse para la ejecución del planea-miento, relación y adjudicación de fincas resultantes, Valoración delas parcelas resultantes, Cuenta de Liquidación provisional, Planos,Certificación registral y catastral, así como autorización de la enti-dad financiera para la distribución de la garantía hipotecaria.

7º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 127.1.d) de la Ley7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, ensu redacción dada por Ley 57/03, de 16 de diciembre, de Medidaspara la Modernización del Gobierno Local, corresponde a la Juntade Gobierno Local la aprobación de los instrumentos de gestión ur-banística.

En su virtud esta JUNTA DE GOBIERNO ACUERDA:

I.-Aprobar inicialmente el Proyecto de Actuación con el deReparcelación en él incluido, por Sistema de Concierto, de la Unidadde Actuación única del Área de Planeamiento específico 47”Enertec”, del Plan General de Ordenación Urbana de Valladolid,Paseo Arco de Ladrillo 62, promovido por D. Pedro Luis RoldánFernández en representación de DISEÑOS URBANOS, S.A.U., deconformidad con la documentación a la que se refiere el fundamen-to 1º, que se ha incorporado al expediente como Anexo I, condicio-nando la aprobación definitiva al cumplimiento de las observacionescontenidas en los fundamentos 4º y 5º, las cuales deberán ser co-rregidas con carácter previo a dicha aprobación definitiva del mis-mo, presentando la Documentación necesaria para proceder a lasubsanación.

II.- Practicar el preceptivo trámite de información pública en laforma y plazos legales.

III.- Solicitar del Registro de la Propiedad certificación de domi-nio y cargas así como la práctica de los asientos correspondientes,de las fincas incluidas en el APE 47.

Lo que se anuncia a efectos de información pública, por plazode un mes, computado a partir del siguiente día hábil al de la publi-cación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y enla prensa local -última inserción-, pudiendo ser examinado el expe-diente en la Sección de Gestión Urbanística (Edificio San Benito, 2ªplanta, puerta 30, en horario de 9’00 a 14’00 horas), y en su caso,formularse alegaciones por escrito, que deberán presentarse en elRegistro General de este Ayuntamiento en el mismo plazo antesmencionado.

Valladolid, 17 de abril de 2006.-El Alcalde P.D., El ConcejalDelegado (Dto. nº 794 de 28-01-04), José Antonio García de Coca.

3338/2006

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

Sección de Gestión Urbanística

APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN DE LAU.A. 133- CALLE ALONSO PESQUERA, 9-11-13 Y 15

La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión ordinariacelebrada el día 7 de abril de 2006, ha adoptado acuerdo del si-guiente tenor literal:

Visto el expediente número 67059/05 relativo al Proyecto deActuación con la reparcelación en él contenida de la Unidad deActuación 133, calle Alonso Pesquera 9, 11, 13 y 15, del vigentePGOU de Valladolid, promovido por D. Jesús Gómez Escolar en re-presentación de la Junta de Compensación de la UA 133, y atendi-do que:

1º.- Por Decreto de 16 de diciembre de 2005 se requirió a laJunta de Compensación de la U.A. 133, calle Alonso Pesquera, pa-ra que subsanase las deficiencias existentes en el Proyecto deActuación inicialmente presentado, que se había incorporado al ex-pediente como Anexo I.

8 de mayo de 2006 35

1º.- Con fecha 15 de marzo de 2006 se presentó el Proyecto deactuación con el de reparcelación en él incluido, redactado por el ar-quitecto D. Jose Mª Capellán Muñoz, que se incorpora como AnexoII del expediente, siendo objeto del presente pronunciamiento.

2º.- Con fecha 8 de abril de 1999 se aprobó por las Cortes deCastilla y León, la Ley 5/99 de Urbanismo de Castilla y León, esta-bleciendo en sus artículos 17 y 18 el régimen de derechos y debe-res establecido para el suelo urbano no consolidado. En el mismosentido se pronuncian los art. 44 y 45 del Decreto 22/04, de 29 deenero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo deCastilla y León. Asimismo se establece en el artículo 74 de la Ley5/99 que el Sistema de Actuación se entenderá elegido mediante laaprobación del Proyecto de Actuación; y en el art. 82 de la Ley 5/99y art. 259 a 263 del RUCyL se establecen las especialidades de losProyectos de Actuación a desarrollar por el sistema deCompensación.

3º.-El artículo 17.2.b)2º de la Ley 5/99 y el art. 42.1.b)1º delReglamento de Urbanismo de Castilla y León establecen en cuantoal aprovechamiento materializable por los propietarios en suelo ur-bano no consolidado, será el que resulte de aplicar a los terrenos el90% del aprovechamiento medio del sector.

4º.-El Proyecto de actuación presentado por la Junta deCompensación del referido Sector, se informa favorablemente des-de el punto de vista jurídico, por cuanto cumple con las determina-ciones contenidas en el art. 75 de la Ley de Urbanismo de Castillay León, en relación con el artículo 80 y siguientes de la misma Ley,para el cual se encuentra habilitada la mencionada Junta deCompensación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.2de la referida Ley. Asimismo el Proyecto de Reparcelación, conteni-do en el Proyecto de Actuación, cumple las determinaciones exigi-das en la Ley de Urbanismo de Castilla y León.

5º.- Se ha emitido informe técnico sobre el Proyecto deActuación presentado en el que se indica que se han subsanado lasdeficiencias reflejadas en su anterior informe, si bien se indican dosobservaciones que deberán ser solventadas con carácter previo ala aprobación definitiva, y que son las que a continuación se trans-criben:

- “Se ha cambiado la valoración del 10% del aprovechamientomunicipal en la oferta de monetización ofrecida por la Junta deCompensación, que, sin embargo, contrasta con la valoración deparcelas resultantes de la página 12 del proyecto. Partiendo que enla página 13, en sus dos líneas inferiores, se incluye “para orienta-ción de valor; en el caso de monetización los valores al momento dela propuesta”, tal comentario sobre valores orientativos debería seruna llamada de la 7ª línea: “En el siguiente cuadro se detalla la va-loración de las parcelas resultantes”.

- El punto 4.3 en su final dice: “se define en el siguiente cuadrola propuesta de adjudicaciones que queda reflejada gráficamente enlos planos y fichas”. Tal cuadro no figura y por ello, debería hacerlo(o referirse a cuadros de los planos).

6º.- En cuanto a la adjudicación de parcela resultante relativa alexceso de aprovechamiento correspondiente a la AdministraciónMunicipal, o la enajenación de dicho aprovechamiento al promotor,se difiere la decisión sobre la misma, al momento de la aprobacióndefinitiva del proyecto de actuación.

7º.-El Proyecto de Actuación que se aprueba inicialmente cons-ta de Memoria, Documentación gráfica, Escritura de constitución dela Junta de Compensación, Certificaciones catastrales y registralesy Propuesta de monetización del 10% de cesión al Ayuntamiento.

8º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 127.1.d) de la Ley7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, ensu redacción dada por Ley 57/03, de 16 de diciembre, de Medidaspara la Modernización del Gobierno Local, corresponde a la Juntade Gobierno Local la aprobación de los instrumentos de gestión ur-banística.

En su virtud esta JUNTA DE GOBIERNO ACUERDA:

I.-Aprobar inicialmente el Proyecto de Actuación con la reparce-lación en él incluido de la Unidad de Actuación 133, calle AlonsoPesquera nº 9, 11, 13 y 15, del vigente PGOU de Valladolid, incor-porado al expediente como Anexo I, condicionado los efectos jurí-dicos del presente acuerdo, así como la aprobación definitiva, alcumplimiento de las determinaciones contenidas en los fundamen-tos 4º y 5º de la misma, debiendo presentar Proyecto Refundido querecoja toda la documentación y subsane las deficiencias detecta-das.

II.- Practicar el preceptivo trámite de información pública por pla-zo de un mes, mediante la publicación en el Boletín Oficial de laProvincia, Diario “El Mundo de Valladolid” y notificación personal alos titulares registrales y catastrales.

III.-Solicitar del Registro de la Propiedad, certificación de domi-nio y cargas de las fincas incluidas en la Unidad de Actuación, asícomo la práctica de los asientos correspondientes.

IV.- Diferir la decisión sobre la enajenación o no del exceso deaprovechamiento correspondiente a la Administración Municipal, almomento de la aprobación definitiva del proyecto de actuación.

Lo que se anuncia a efectos de información pública, por plazode un mes, computado a partir del siguiente día hábil al de la publi-cación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y enla prensa local -última inserción-, pudiendo ser examinado el expe-diente en la Sección de Gestión Urbanística (Edificio San Benito, 2ªplanta, puerta 30, en horario de 9’00 a 14’00 horas), y en su caso,formularse alegaciones por escrito, que deberán presentarse en elRegistro General de este Ayuntamiento en el mismo plazo antesmencionado.

Valladolid, 17 de abril de 2006.-El Alcalde P.D., El ConcejalDelegado (Dto. nº 794 de 28-01-04), José Antonio García de Coca.

3336/2006

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

ÁREA DE URBANISMO, VIVIENDA E INFRAESTRUCTURAS

Sección de Gestión Urbanística

APROBACIÓN INICIAL DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN DELSECTOR 47 “LOS DOCTRINOS”

La Junta de Gobierno local, en sesión ordinaria celebrada el día 10de febrero de 2006, ha adoptado acuerdo del siguiente tenor literal:

Visto el expediente número 49564/05 relativo al Proyecto deActuación con la reparcelación en él contenida de la Unidad deActuación Única del Sector 47, “Los Doctrinos”, del vigente PGOU deValladolid, promovido por D. Jose Luis de Pablo Plaza, en representa-ción de la Junta de Compensación del referido Sector, y atendido que:

1º.- Con fecha 26 de julio de 2005 se presentó el Proyecto deActuación con el de reparcelación en él incluido, redactado por losarquitectos D. Juan Francisco Higelmo Benavides y D. David dePablos Herrero, visado por el Colegio Oficial de arquitectos deCastilla y León con fecha 20 de julio de 2005 y que se incorpora co-mo Anexo I del expediente.

Dicho Proyecto fue objeto de informe técnico por la arquitectomunicipal en el que detectó una serie de deficiencias, de las que sedio traslado al promotor para su subsanación, habiéndose presen-tado con fecha 2 de diciembre de 2005 Documento de resoluciónde incidencias, en el que da cumplimiento a lo prescrito en el infor-me técnico del que se le dio traslado; dicho Documento se ha in-corporado al expediente como Anexo II.

2º.- Por Decretos de Alcaldía de 12 y 16 de diciembre de 2006se dio traslado a la Junta de Compensación del Sector 47 “LosDoctrinos”, de las alegaciones-sugerencias presentadas por variospropietarios, a fin de que manifestaran lo que considerasen oportu-no; con fecha 3 de enero de 2006 la Junta de Compensación pre-senta escrito en el que solicita se desestimen dichas alegaciones-sugerencias por considerar que las mismas no se han presentadoen el momento procedimental oportuno.

En cualquier caso, dichas alegaciones-sugerencias serán estu-diadas y resueltas con carácter previo a la aprobación definitiva delProyecto de Actuación, pues tal y como indica el art. 76.3.a de laLey 5/99 de Urbanismo de Castilla y León, tras la aprobación inicialde los Proyectos de Actuación se abre un periodo de informaciónpública de cómo mínimo un mes, en el que los interesados podráninterponer las alegaciones que estimen oportunas, y si bien dichasalegaciones se han presentado con carácter previo a esta aproba-ción inicial, y por tanto antes de la apertura del periodo de exposi-ción pública, en lugar de inadmitirlas se opta por su estudio con-juntamente con el resto de alegaciones que, en su caso, se presen-ten tras la aprobación inicial y con carácter previo a la definitiva.

3º.- Con fecha 8 de abril de 1999 se aprobó por las Cortes deCastilla y León, la Ley 5/99 de Urbanismo de Castilla y León, esta-bleciendo en sus artículos 19 y 20 el régimen de derechos y debe-res establecido para el suelo urbanizable delimitado. En el mismosentido se pronuncian los art. 44 y 45 del Decreto 22/04, de 29 deenero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de

36 8 de mayo de 2006

Castilla y León. Asimismo se establece en el artículo 74 de la Ley5/99 que el Sistema de Actuación se entenderá elegido mediante laaprobación del Proyecto de Actuación; y en el art. 82 de la Ley 5/99y art. 259 a 263 del RUCyL se establecen las especialidades de losProyectos de Actuación a desarrollar por el sistema deCompensación.

4º.-El artículo 19.2 de la Ley 5/99, de Urbanismo de Castilla yLeón, y el art. 44.1.b)1º del RUCyL, establece en cuanto al aprove-chamiento materializable por los propietarios en suelo urbanizabledelimitado, será el que resulte de aplicar a los terrenos el 90% delaprovechamiento medio del sector.

5º.-El Proyecto de actuación presentado por la Junta deCompensación del referido Sector, se informa favorablemente des-de el punto de vista jurídico, por cuanto cumple con las determina-ciones contenidas en el art. 75 de la Ley de Urbanismo de Castillay León, en relación con el artículo 80 y siguientes de la misma Ley,para el cual se encuentra habilitada la mencionada Junta deCompensación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74.2de la referida Ley. Asimismo el Proyecto de Reparcelación, conteni-do en el Proyecto de Actuación, cumple las determinaciones exigi-das en la Ley de Urbanismo de Castilla y León, así como en elDecreto 22/04, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamentode Urbanismo de Castilla y León, si bien se indica lo siguiente:

-En la página 11 se habla de la conservación de la Urbanización,si bien habrá de decidirse cómo se materializa ésta, siendo lo másapropiado la creación de una entidad urbanística de conservación,en los términos del art. 208 del Reglamento de Urbanismo deCastilla y León.

-Las parcelas de resultado 55 y 56 figuran como adjudicadas ala “Urbanización Los Doctrinos”, si bien habrán de ser adjudicadasa una persona física o jurídica, por lo que si se quiere que perte-nezcan a todos los propietarios lo más lógico es que se adjudicarana la Junta de Compensación.

6º.- Se ha emitido informe técnico sobre el Proyecto inicialmen-te presentado y sobre la Documentación complementaria posterior,(Anexos I y II) del que se deduce que no existe inconveniente paraproceder a la aprobación inicial.

7º.- En cuanto a la adjudicación de parcela resultante relativa alexceso de aprovechamiento correspondiente a la AdministraciónMunicipal, o la enajenación de dicho aprovechamiento a la Junta deCompensación “Los Doctrinos”, se difiere la decisión sobre la mismaal momento de la aprobación definitiva del Proyecto de Actuación.

8º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 127.1.d) de la Ley7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, ensu redacción dada por Ley 57/03, de 16 de diciembre, de Medidaspara la Modernización del Gobierno Local, corresponde a la Juntade Gobierno Local la aprobación de los instrumentos de gestión ur-banística.

En su virtud esta JUNTA DE GOBIERNO ACUERDA:

I.-Aprobar inicialmente el Proyecto de Actuación con la reparce-lación en él incluido del Sector 47, “Los Doctrinos”, del vigentePGOU de Valladolid, así como la Documentación complementariaposteriormente presentada, incorporados al expediente comoAnexos I y II, condicionado los efectos jurídicos del presente acuer-do, así como la aprobación definitiva, al cumplimiento de las obser-vaciones contenidas en el fundamento 5º de la misma, debiendopresentar Proyecto Refundido que recoja toda la Documentación.

II.- Practicar el preceptivo trámite de información pública en laforma y plazos legales.

III.-Solicitar del Registro de la Propiedad, certificación de domi-nio y cargas de las fincas incluidas en el Sector, así como la prácti-ca de los asientos correspondientes. IV.- Diferir la decisión sobre laenajenación o no del exceso de aprovechamiento correspondientea la Administración Municipal, al momento de la aprobación defini-tiva del Proyecto de Actuación.

Lo que se hace público a efectos de notificación a D. VíctorMartín Criado, D. Félix Carrera Villarpriego, D. Félix FernandoSánchez Sánchez y Dña. Encarnación de la Puente Herrero, al nohaberse podido practicar la misma por estar ausente o desconoci-do en su domicilio actual, manifestándole que en el plazo de un mes,computado a partir del día siguiente de la publicación del presenteedicto en el Boletín Oficial de Provincia, podrá examinar el expe-diente y formular las alegaciones que estime oportunas.

Valladolid, 17 de abril de 2006.-El Secretario General P.D., ElDirector del Servicio, José Luis Cerezo Bada.

3337/2006

AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID

CONSEJO ECONÓMICO ADMINISTRATIVO DE VALLADOLID

Anuncio de citación para notificación mediante entrega odepósito de los interesados en las reclamaciones Económico-

Administrativas que se relacionan en el Anexo

En virtud de lo dispuesto en los artículos 112, 214 y 234 de laLey 58/2003 General Tributaria, de 17 de diciembre (B.O.E. de18/12/03), no siendo posible practicar la notificación por causas noimputables a la Administración y habiéndose realizado, al menos, losintentos de notificación exigidos por el artículo 112 de la citada ley,por el presente anuncio se cita a los interesados ó a sus represen-tantes que se relacionan en el anexo, para ser notificados median-te entrega o depósito de los actos administrativos derivados de lasreclamaciones económico-administrativas que en el mismo se in-cluyen.

Los interesados o sus representantes deberán comparecer en elplazo máximo de 15 días naturales, contados desde el día siguien-te al de la publicación del presente anuncio, en horario de 12 a 14horas, de lunes a viernes, en la sede de este ConsejoEconómicoAdministrativo de Valladolid, sito en la Plaza de SantaAna n° 6, planta 4 (47001 Valladolid), al efecto de practicar las noti-ficaciones pendientes.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer para proceder a la en-trega del acto administrativo indicado más abajo, la notificación seentenderá producida a todos los efectos legales al día siguiente alvencimiento del plazo señalado, quedando una copia del acto for-malmente depositada en el expediente.

Se advierte que, en aplicación de lo dispuesto en el punto 3 delartículo 112 del citado texto legal, cuando el inicio de un procedi-miento o cualquiera de sus trámites se entiendan notificados por nohaber comparecido el interesado ó su representante, se le tendrápor notificado de las sucesivas actuaciones y diligencias de dichoprocedimiento, y se mantendrá el derecho que le asiste a compare-cer en cualquier momento del mismo.

Anexo

Acto Administrativo: Notificación de fallo del Consejo de fecha:21/02/2006 Fecha: 21/02/2006 N° Fallo: 257

Recurrente: D. Javier García Jiménez

N° Reclamación: 262/2006

Representante:

Fecha reclamación: 05/12/2005

Domicilio: C/ San Martín n° 29, 1° F

Población: 47003 ( )

Ciudad: Valladolid

Concepto: Providencia de Apremio

Valladolid, 18 de abril de 2006.- El Secretario del Consejo Econó-mico Administrativo, Roberto Fernández de la Reguera.

3409/2006

BAHABÓN DE VALCORBA

El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 20 de abrilde 2006, aprobó el Proyecto técnico de Urbanización de la CallePlaza II, correspondiente a las obras incluidas en los PlanesProvinciales 2006, redactado por la Arquitecto Doña Ana Iñigo Iñigo,por un importe total de 20.000 euros.

Durante el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del si-guiente al de la publicación de este anuncio, permanecerá expues-to en las oficinas del Ayuntamiento, al objeto de que lo interesadospuedan examinarlo y presentar en su caso las alegaciones oportu-nas.

Bahabón de Valcorba, 20 de abril de 2006.-La Alcaldesa, RosarioGarcía.

3425/2006

MUCIENTES

Rendida por el Presidente, y dictaminada por la ComisiónEspecial de Cuentas la Cuenta General de esta Entidad correspon-diente al ejercicio económico del año 2005, de conformidad con loprevisto en el artículo 212.3 del R.D.L. 2/2004 de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundo de la 193.3 de la Ley Reguladorade las Haciendas Locales, se expone el expediente junto con los jus-

8 de mayo de 2006 37

tificantes y demás documentación al público por espacio de quincedías, durante los cuales y ocho más, podrán los interesados exami-narlo y presentar las reclamaciones, reparos u observaciones queconsideren oportunas.

Lugar de exposición: Secretaría del Ayuntamiento en horario ha-bitual de oficina.

Mucientes, 18 de abril de 2006.-El Alcalde, Alfonso PanedasTuvilla.

3369/2006

PALAZUELO DE VEDIJA

Por Resolución de Alcaldía n° 47/2006 de 19 de abril se ha apro-bado el Padrón de Contribuyentes de las Tasas por Suministro deAgua, Basuras y Alcantarillado correspondiente al primer trimestrede 2006, el cual se encuentra expuesto al público en las OficinasMunicipales durante el plazo de un mes, a contar desde el día si-guiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia, a efectos de que los interesados puedan examinarlos, ysi lo desean, interponer recurso de reposición.

En todo caso cabe interponer recurso contencioso-administrati-vo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Valladolidcon los requisitos y plazos que se indican en la Ley de la JurisdicciónContenciosa. Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedaninterponer los recursos que consideren convenientes para la defen-sa de sus derechos.

El presente anuncio servirá de notificación colectiva a los efec-tos de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Simultáneamente se hace saber que la cobranza en periodo vo-luntario de los recibos correspondientes se realizará en las oficinasmunicipales los días hábiles comprendidos durante dos meses apartir de la publicación de este anuncio.

Transcurrido el periodo voluntario se iniciará el procedimientoejecutivo de apremio, de conformidad con el Reglamento Generalde Recaudación.

Palazuelo de Vedija, 19 de abril de 2006.-El Alcalde, SalvadorFernández Martín.

3368/2006

PIÑA DE ESGUEVA

El Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 17 deabril de 2006 aprobó el Pliego de Cláusulas AdministrativasParticulares que ha de regir la adjudicación mediante subasta la ex-plotación de la Piscina Municipal y Bar instalado en su recinto.

Objeto de la subasta: Explotación de la Piscina Municipal y Barinstalado en su recinto.

Duración del contrato: Temporada 2006 (1 de junio al 3 de sep-tiembre).

Tipo de licitación: 300,00 euros al alza, además los recibos deenergía eléctrica y teléfono de las instalaciones y facturas de los pro-ductos necesarios del mantenimiento de la Piscina.

Garantía provisional: 6,00 euros.

Garantía definitiva: 4% del precio de adjudicación.

Presentación de proposiciones: En la Secretaría de este Ayun-tamiento durante el plazo de quince días naturales contados a par-tir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia.

Apertura de proposiciones: En la Casa Consistorial a las 14,00horas del día siguiente hábil a aquél en que termine el plazo de pre-sentación de proposiciones, excepto lunes, jueves y sábados.

Publicidad del expediente: El Pliego de Cláusulas Adminis-trativas Particulares y el modelo de proposición están de manifies-to en la Secretaría del Ayuntamiento en horas de oficina y en Internet(www.pinaesgueva.com).

Piña de Esgueva, 17 de abril de 2006.-El Alcalde, Miguel ÁngelPérez Duque.

3372/2006

RENEDO DE ESGUEVA

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo delAyuntamiento de fecha 30 de diciembre de 2005 referido a la apro-bación provisional de las Ordenanzas Fiscales relativa a la aproba-ción de las siguientes Ordenanzas: Tasa reguladora por la presta-

ción de servicios en las instalaciones de la piscina y polideportivo,Ordenanza Fiscal Reguladora del precio público por prestación dela Guardería Municipal (Programa Crecemos), Ordenanza FiscalReguladora de los precios públicos por actividades deportivas, cul-turales, lúdicas y talleres que organice el Ayuntamiento de Renedode Esgueva, y resueltas las alegaciones presentadas en sesión depleno de fecha 17 de Marzo de 2006, se aprueban definitivamentede conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 de la Ley 39/1988,de 28 de diciembre, publicándose el texto íntegro de las Ordenanzastal y como figura en el anexo de este anuncio.

Contra este acuerdo, y sus respectivas ordenanzas podrán losinteresados interponer recurso Contencioso Administrativo ante elTribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede enValladolid, en el plazo de dos meses contados a partir del día si-guiente al de la publicación de estos acuerdos y del texto íntegro delas Ordenanzas en el Boletín Oficial de la Provincia.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LAPRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DE LA

PISCINA Y POLIDEPORTIVO MUNICIPALES

Artículo 1º. Fundamento y naturaleza

En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley7/85 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y deconformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 del RealDecreto Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento deRenedo de Esgueva establece la tasa por prestación de servicios enlas instalaciones de la piscina y polideportivo municipales.

Artículo 2º. Hecho Imponible

Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación de losservicios a que se refiere el artículo 5º de esta ordenanza en las ins-talaciones de la piscina y polideportivo municipales.

Artículo 3º. Sujetos Pasivos

Son sujetos pasivos en concepto de contribuyentes de esta tasalas siguientes personas físicas y jurídicas así como las entidades a quese refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria. Quienes utiliceno reserven para su utilización las instalaciones de la piscina y polide-portivo municipales a que se refiere la definición del hecho imponible.

Artículo 4º. Responsables

1.-Responderán solidariamente de las obligaciones tributariasdel sujeto pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refiere elartículo 42 de la Ley General Tributaria.

2.- Serán responsables subsidiarios los administradores de lassociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras,concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos ycon alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Artículo 5º. Cuota Tributaria

1.- La cuantía de la tasa reguladora en esta Ordenanza será la fi-jada en las Tarifas contenidas en los apartados siguientes por cadauno de los distintos servicios o actividades.

2.- Las tarifas de esta tasa serán las siguientes:

I PISCINAS:

• Para no empadronados

ABONOS:

MATRIMONIO:.............................................................. 62 euros

SUPLEMENTO INFANTIL: ......28 euros (Niños de 5 a 14 años,

a partir del tercer hijo 50% de descuento)

ADULTOS: ....................................................................47 euros

INFANTIL ......................................................................31 euros

• Para empadronados

ABONOS:

MATRIMONIO:.............................................................. 40 euros

SUPLEMENTO INFANTIL: ...... 18 euros (Niños de 5 a 14 años,

a partir del tercer hijo 50% de descuento)

ADULTOS: ....................................................................30 euros

INFANTIL ......................................................................20 euros

VIUDAS/OS, MADRES SOLTERAS se les descontará un 30% deltotal del precio de la tabla anterior a ellas/os y a sus hijos.

38 8 de mayo de 2006

- ABONOS DE 5 BAÑOS (personales e intransferibles)

ADULTOS ......................................................................20 euros

INFANTIL ......................................................................10 euros

- ENTRADAS

ADULTOS ........................................................................5 euros

INFANTIL ........................................................................3 euros

Las personas con abono podrán comprar hasta un máximo de 3entradas por temporada de baño y que deberán retirar en elAyuntamiento al precio especial de 2 euros cada una.

- INFANTIL ..........................................................de 5 a 14 años

- ADULTOS ............................................a partir de los 15 años.

II POLIDEPORTIVO:

El Polideportivo se alquilará por horas completas siendo el pre-cio el siguiente:

EMPADRONADOS ........................................................10 euros

NO EMPADRONADOS ..................................................20 euros

COMPETICIONES ........................................................30 euros

Los menores de 14 años, empadronados, podrán alquilar el po-lideportivo, utilizando únicamente la pista de juego, gestionándolo através de la Concejalía de Deportes y su precio será de 2,00 euros. Los jóvenes con edades comprendidas entra 14 y 18 años podránhacer lo mismo a un precio de 5,00 euros .

Artículo 6º. Devengo.

1.- La tasa se devengará en el momento que se solicite la pres-tación del servicio o se adquieran los abonos, para realizar las acti-vidades. Los responsables de las instalaciones cuidarán de no per-mitir la prestación de ningún servicio sin que se haya cumplido pre-viamente el requisito del pago.

Artículo 7. Exenciones y bonificaciones.

Estarán exentos de satisfacer el pago de la cuota los centros es-colares y asociaciones juveniles cuando promuevan actividades de-portivas, si son locales.

Artículo 8. Infracciones y Sanciones.

En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, asícomo de las sanciones que a las mismas correspondan en cada ca-so, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

Disposición Final:- La presente Ordenanza Fiscal aprobada ensesión de pleno entrará en vigor el día siguiente a su publicación enel Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta sumodificación o derogación expresas.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PUBLICOPOR PRESTACIÓN DE ESTANCIA EN GUARDERÍA MUNICIPAL

(PROGRAMA CRECEMOS)

Artículo 1.- De conformidad con lo previsto en el artículo 127,en relación con Artículo 41, ambos de la Ley 2/2004, de 5 de Marzo,Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Renedode Esgueva establece la presente Ordenanza fiscal, cuyas normasatienden a lo previsto en el artículo 58 de la citada Ley 2/2004.

Artículo 2.- Hecho Imponible:

El hecho imponible está constituido por la prestación de la es-tancia en guardería que comprende los siguientes servicios: cuida-do y atención por personal especializado de los menores de entrelas 16 semanas y los 3 años.

Artículo 3.- La obligación del pago del precio público nace des-de que se inicia la prestación de los servicios señalados en el artí-culo anterior.

Artículo 4.- Sujeto Pasivo:

Son sujetos pasivos del precio público las personas físicas (pa-dres de los menores o tutores) o jurídicas, así como las entidades aque se refiere el artículo 36 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembreGeneral Tributaria, que soliciten o resulten beneficiadas o afectadaspor la prestación de los diferentes servicios o actividades que seofrecen por la estancia en la guardería municipal.

Artículo 5.- Responsables:

1.- Responderán solidariamente de las obligaciones tributariasdel sujeto pasivo, las personas físicas y jurídicas a que se refierenlos artículos 41 y 42 de la Ley General Tributaria.

2.- Serán responsables subsidiarios los administradores de lassociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras,concursos, sociedades y entidades en general, en los supuestos ycon el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tributaria.

Artículo 6.- Cuota Tributaria

La cuota tributaria del precio público será la siguiente:

Tarifa mensual ......50,00 Euros (horario de 9:00 a 14:00 horas).

Incremento de hora o fracción........................10,00 Euros/hora.

Los recibos por la prestación del servicio se presentarán al co-bro por domiciliación bancaria o mediante el cobro efectivo en laSecretaría del Ayuntamiento.

Artículo 7.-

1.- Cuando por causa no imputable al interesado o solicitante,se incorpore a la Escuela en cualquier día hábil posterior al 15 delmes que corresponda, se abonará, en ese mes, el 50 % de la cuo-ta establecida a excepción de los derechos de instancia de matrí-cula, en su caso, que lo serán, en toda circunstancia, por el impor-te íntegro establecido.

2.- En caso de enfermedad grave, ingreso en hospital u opera-ción quirúrgica, que conlleven falta en la asistencia durante un mescontinuado, se bonificará el 50 % de la cuota debiendo acreditarselas circunstancias anteriores.

Artículo 8.-

1.- La percepción del precio público regulado en esta Ordenanzase efectuará mediante recibo extendido por el Ayuntamiento deRenedo de Esgueva.

2.- Las tarifas mensuales se devengarán el día primero de cadames y serán satisfechas dentro de los cinco primeros días del messiguiente.

3.- Las bajas en la prestación del servicio de los usuarios inscri-tos deberán ser notificadas al responsable de la Guardería al menoscon quince días de antelación.

4.- Los débitos por cuotas devengadas no satisfechas que laAdministración no haya percibido en los términos señalados se re-caudarán con arreglo a los procedimientos generales delReglamento de Recaudación y disposiciones concordantes.

5.- Se considerarán partidas fallidas o créditos incobrables aque-llas cuotas que no hayan podido hacerse efectivas por el procedi-miento de apremio, para cuya declaración se formalizará el oportu-no expediente, de acuerdo con lo prevenido en el vigenteReglamento General de Recaudación.

Artículo 9.- Infracciones y sanciones:

En todo lo relativo a infracciones tributarias y sus distintas cali-ficaciones, así como las sanciones que a las mismas correspondan,se aplicará lo dispuesto en la vigente Ley General Tributaria.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza Fiscal que consta de nueve artículos, en-trará en vigor el mismo día de su publicación íntegra en el BoletínOficial de la Provincia y continuará en vigor hasta que se acuerde suderogación o modificación expresa.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efec-tos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del referido Real DecretoLegislativo 2/2004.

Contra el mencionado acuerdo y ordenanza podrán los interesa-dos interponer recurso contencioso-administrativo, en la forma yplazos que preceptúan los artículos 45 y siguientes de la Ley29/1998 reguladora de dicha jurisdicción.

ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOSPÚBLICOS POR ACTIVIDADES DEPORTIVAS, CULTURALES,LÚDICAS Y TALLERES QUE ORGANICE EL AYUNTAMIENTO

DE RENEDO DE ESGUEVA

De conformidad con el art. 127, en relación con el 41 y siguien-tes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el quese aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, este Ayuntamiento establece el Precio Públicopor actividades deportivas, culturales, lúdicas y talleres que organi-ce el Ayuntamiento de Renedo de Esgueva o a través de terceros.

Artículo 1.- CONCEPTO. Los precios públicos regulados en es-ta Ordenanza se exigirá por la prestación de las actividades depor-tivas, culturales, lúdicas y talleres que organice el Ayuntamiento de

8 de mayo de 2006 39

Renedo de Esgueva o a través de terceros, que se refieran, afecteno beneficien de modo particular a los sujetos pasivos, siempre queconcurran las 2 circunstancias siguientes:

a) Que sean de solicitud o recepción voluntaria para los admi-nistrados, A estos efectos no se considerará voluntaria la solicitudo recepción por parte de los administrados:

- Cuando venga impuesta por disposiciones legales o regla-mentarias

- Cuando los bienes, servicios o actividades sean imprescindi-bles para la vida privada o social del solicitante

b) Que se presten o realicen por el sector privado, esté o no es-tablecida su reserva a favor del sector público conforme a la nor-mativa vigente.

Artículo 2.- OBLIGADOS AL PAGO. Vienen obligados al pagodel precio público las personas que participen o asistan a las acti-vidades reguladas por esta Ordenanza.

Artículo 3.- CUANTÍA. La cuantía del precio público se fijará demodo tal que cubra, como mínimo, el coste total del servicio o ac-tividad realizada, a cuyo objeto se adjuntará al expediente un estu-dio económico que cuantifique los gastos y el probable rendimien-to, según los precios propuestos.

No obstante, cuando existan razones sociales, benéficas, cultu-rales o de interés público que así lo aconsejen, discrecionalmenteapreciadas por el Pleno del Ayuntamiento, podrán fijarse precios pú-blicos inferiores al coste total del servicio o actividad realizada.

Podrán establecerse diferentes tarifas en los precios públicos enfunción del lugar de empadronamiento del peticionario.

Artículo 4.- DEVENGO DE LOS PRECIOS PÚBLICOS. Con ca-rácter general, la obligación de pago de los precios públicos, regu-lados en la presente Ordenanza, nace desde que se inicia la pres-tación del servicio o realización de la actividad.

Artículo 5.- NORMAS DE GESTIÓN Y COBRO DE CUOTAS.

1.-El cobro se efectuará en el lugar donde se realice la actividad,o en el propio Ayuntamiento. El responsable de la actividad deberáefectuar el ingreso de lo recaudado en la Tesorería Municipal.

2.- las actividades continuadas de Octubre a Junio, se cobraráncon una periodicidad trimestral o anual, por adelantado. Las activi-dades puntuales el precio público se cobrará en el momento del ini-cio de la actividad.

3.- La no asistencia o el abandono de la actividad, no da dere-cho a la devolución del precio público

4.- Si la actividad no fuese directamente organizada por elAyuntamiento, la persona o Entidad que tenga atribuida la organi-zación de la misma podrá únicamente percibir los precios públicosaprobados por el Ayuntamiento.

ACTIVIDADES DEPORTIVAS: Escuela Municipal de Fútbol 7 ....................................30 euros/anual

Escuela Municipal de Fútbol Sala ................................30 euros/anual

Escuela Municipal Baloncesto ....................................30 euros/anual

Escuela Municipal Minibasket ......................................30 euros/anual

Escuela Municipal Atletismo ..................................36 euros/trimestre

Gimnasia Rítmica/Aeróbic infantil ..........................27 euros/trimestre

Tonificación ............................................................27 euros/trimestre

Aeróbic ....................................................................27 euros/trimestre

Gimnasia Mantenimiento ........................................27 euros/trimestre

ACTIVIDADES CULTURALESPintura para niños..................................................27 euros /trimestre

Escuela infantil danzas castellanas ......................18 euros /trimestre

Escuela de música, banda municipal:

- Clases de lenguaje musical y de Instrumento ....60 euros /trimestre

- Clases de instrumento individual ........................45 euros /trimestre

- Clases de lenguaje musical en grupo ................27 euros /trimestre

Pintura para adultos ..............................................36 euros /trimestre

Inglés, curso de iniciación ....................................45 euros /trimestre

Inglés, clases de refuerzo ......................................66 euros /trimestre

TALLERESTaller de Teatro ......................................................27 euros /trimestre

Talleres Infantiles....................................................27 euros /trimestre

Talleres Puntualesse establecerá el precio público en función delcoste del taller a realizar.

Todos los precios públicos anteriores se incrementarán en 6 eu-ros mensuales cuando las personas que participen en la actividadno estén empadronadas en Renedo de Esgueva.

Renedo de Esgueva, 10 de abril de 2006.-El Alcalde, JoséAntonio Sinova Tejedo.

3359/2006

RENEDO DE ESGUEVA

La Corporación Municipal de Renedo de Esgueva en sesión depleno de fecha 17 de marzo de 2006 ha aprobado inicialmente el ex-pediente de desagrupación para el sostenimiento en común delpuesto de secretaria-Intervención formada por los municipios deRenedo de Esgueva, Olmos de Esgueva y Villanueva de los Infantes,todos ellos de la provincia de Valladolid.

Durante el plazo de quince días hábiles a contar del siguiente ala publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provinciaestá expuesto al público en la Secretaría de Renedo de Esgueva elexpediente completo a efectos de que pueda ser examinado, en-tendiendo que si durante este plazo no se presentan reclamacionesel expediente se entenderá aprobado definitivamente y ello sin per-juicio de la resolución que al efecto adopte la Diputación Provincialde Valladolid.

Renedo de Esgueva, 10 de abril de 2006.-El Alcalde, JoséAntonio Sinova Tejedo.

3360/2006

SAN MARTÍN DE VALVENÍ

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 101 y 102 dela Ley Orgánica del Poder Judicial, se pone en conocimiento de to-dos los interesados que, dentro del plazo allí establecido, se proce-derá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Salade Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León elnombramiento del cargo de Juez de Paz sustituto de este municipio.

Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar enla Secretaría de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, porescrito, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente ala publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las con-diciones precisas para poder ostentar dicho cargo, y de las causasde incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar el mis-mo.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

San Martín de Valvení, 18 de abril de 2006.-El Alcalde, CelestinoMartín Vizcaíno.

3424/2006

TORDESILLAS

Por Resolución de la Alcaldía numero 207 de 18 de abril de 2006,se han aprobado los padrones fiscales de contribuyentes sujetos alpago de la tasa por el servicio de aguas, recogida de basuras y al-cantarillado correspondientes al 4°. Trimestre de 2005.

Lo que se hace público para general conocimiento, a fin de quelos interesados puedan interponer por espacio de 20 días hábiles lasalegaciones que estimen oportunas. Esta publicación sustituye a lanotificación individual dada la naturaleza y clase de acto y la plura-lidad de destinatarios.

Simultáneamente, se abre periodo voluntario de cobranza de losrecibos de los referidos padrones, que se llevará a cabo en elServicio de Recaudación del Ayuntamiento, durante el horario de8’30 a 13’30 horas, de lunes a viernes, en el periodo comprendidodesde el 20 de abril al 20 junio de 2006. El vencimiento del plazo deingreso en periodo voluntario sin haber satisfecho la deuda, deter-minará el inicio del periodo ejecutivo, el devengo del recargo co-rrespondiente y los intereses de demora, de acuerdo con lo dis-puesto en los artículos 91 y siguientes del Reglamento General deRecaudación (R.D. 1684/1990, de 20 de diciembre).

Contra el acuerdo referido que agota la vía administrativa, cabeinterponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado apartir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia, o bien el recurso Contencioso-Administrativo directo en el plazo de dos meses, contados desde eldía siguiente al de la publicación del presente anuncio en el B.O.P.

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El recurso Contencioso-Administrativo se interpondrá ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo conforme lo dispuestoen los artículos 10.1, 25.1 y 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, re-guladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en su nue-va redacción dada por la D.A. 14ª de la Ley Orgánica 19/2003, de23 de diciembre de modificación de la Ley Orgánica 6/85, de 1 dejulio del Poder Judicial.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otrorecurso que estime oportuno en derecho.

Tordesillas, 18 de abril de 2006.- El Alcalde, Emilio Álvarez Villa-zán.

3431/2006

URUEÑA

La Excma. Diputación Provincial de Valladolid, ha solicitado deesta Alcaldía licencia de obras, y en su caso cuantas otras licenciaso autorizaciones correspondan según la legislación vigente, para laconstrucción de 7 edificios con destino a librerías para la Villa delLibro de Urueña (Valladolid).

La ubicación de dichas obras es la siguiente:

1) Edificio destinado a Librería incluida dentro del proyecto cul-tural “Villa del Libro” en C/ Costanilla n° 1 de Urueña (Valladolid).

2) Edificio destinado a Librería incluida dentro del proyecto cul-tural “Villa del Libro” en C/ Lagares n° 11 de Urueña (Valladolid).

3) Edificio destinado a Librería incluida dentro del proyecto cul-tural “Villa del Libro” en C/ Costanilla n° 8 de Urueña (Valladolid).

4) Edificio destinado a Librería incluida dentro del proyecto cul-tural “Villa del Libro” en C/ Nueva n° 19 de Urueña (Valladolid).

5) Edificio destinado a Librería incluida dentro del proyecto cul-tural “Villa del Libro” en C/ Costanilla n° 10 de Urueña (Valladolid).

6) Edificio destinado a Librería incluida dentro del proyecto cul-tural “Villa del Libro” en C/ Corro de Santo Domingo n°11, de Urueña(Valladolid), si bien indicando que la numeración en este proyectocorresponde al n° 15.

7) Edificio destinado a Librería incluida dentro del proyecto cul-tural “Villa del Libro” en C/ Lagares n° 13 de Urueña (Valladolid).

En cumplimiento del art. 27.1 de la Ley 11/2003, de 8 de abril,de Prevención Ambiental, se abre un período de información públi-ca de 20 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicacióndel presente edicto en el B.O.P para que todo el que se considereafectado por la actividad que se pretende ejercer pueda hacer lasobservaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse duran-te las horas de oficina en la Secretaría de este Ayuntamiento.

Urueña, 10 de abril de 2006.- El Alcalde, Manuel Pérez-MinayoReguera.

3348/2006

VILLABÁÑEZ

Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebra-da el día 17 de abril de 2006 se aprobó el presupuesto general pa-ra el ejercicio de 2006.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.1 de delReal Decreto Leg. 2/2004 de 5 de marzo se expone al público du-rante el plazo de quince días, en la Secretaría General y durante lashoras de oficina, el expediente completo a efectos de que los inte-resados que se señalan en el artículo 170 de la Ley antes citada pue-dan examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno del ayunta-miento por los motivos que se señalan en el apartado 2° del men-tado artículo 170.

Se indica expresamente que en el presupuesto aparecen pro-yectadas operaciones de crédito con detalle de sus característicasy con destino a la financiación de inversiones a ejecutar en el ejer-cicio a que el presupuesto se refiere, a efectos de que puedan exa-minarse si se estima conveniente.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no sepresenten reclamaciones, el presupuesto se entenderá definitiva-mente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Villabáñez, 18 de abril de 2006.- El Alcalde, Juan Avila Repiso.

3433/2006

VILLABÁÑEZ

Informada por la Comisión Especial de Cuentas la cuenta gene-ral de este Ayuntamiento correspondiente al ejercicio 2005, la cualse encuentra integrada por los estados, cuentas y documentacióncomplementaria regulados en los capítulos 1º y 2° del Título IV de laInstrucción de Contabilidad, aprobada por Orden de 17 de julio de1990, de conformidad con lo establecido en el artículo 212 delR.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se ex-pone al público por plazo de quince días a partir del siguiente a lainserción de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia. Durantedicho plazo, y ocho días más, los interesados podrán presentar re-clamaciones, reparos u observaciones, por escrito, ante el Pleno dela Corporación.

Villabáñez, 18 de abril de 2006.-El Alcalde, Juan Avila Repiso.

3423/2006

VILLAFRECHÓS

Bases por las que habrá de regirse la convocatoria públicapara la provisión con carácter interino del puesto de Secretaria-

Intervención de la agrupación de municipios Villafrechósy Aguilar de Campos (Valladolid)

De acuerdo con lo establecido en el artículo 64.1 de la Ley42/1994, de 30 de diciembre, de Medias Fiscales y de Orden Socialy en el Decreto 32/2005, de 28 de abril, por el que se regulan los pro-cedimientos de selección de funcionarios interinos y se crea la bolsade trabajo para la provisión temporal de puestos de trabajo reserva-dos a funcionarios de Administración Local con habilitación de ca-rácter nacional, por Decreto de Alcaldía de fecha 2 de mayo de 2006,se acordó aprobar las bases que a continuación se reproducen:

Primera.-Características del puesto:

Se convoca concurso de méritos para cubrir por personal interi-no el puesto de Secretaria-Intervención de esta Agrupación, reser-vado a funcionarios con habilitación de carácter nacional de laSubescala de Secretaría-

Intervención, Grupo A.

Segunda.-Lugar y plazo de presentación de solicitudes:

Los aspirantes a desempeñar dicha plaza, deberán dirigir sus so-licitudes, según modelo que figura en el Decreto 32/2005, de 28 deabril, al Presidente de esta Agrupación, presentándolas en el regis-tro del Ayuntamiento de Villafrechós o por cualquier otro de los pre-vistos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, enel plazo de 5 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la pu-blicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia,así como la documentación acreditativa de los méritos que aleguen.De conformidad con el artículo 7.3 del Decreto 32/2005, de 28 deabril, se hace constar que el plazo de presentación de solicitudes loes también para que los funcionarios de habilitación nacional inte-resados en el desempeño de dicho puesto manifiesten por escritoal Presidente de la Agrupación su interés por el desempeño del mis-mo. Si hubiera funcionario con habilitación de carácter nacional in-teresado el procedimiento se suspenderá hasta el efectivo nombra-miento de éste, momento en que se dejará sin efecto. Si finalmen-te no recayera nombramiento en el funcionario interesado, conti-nuará el procedimiento de selección del interino.

Tercera.-Requisitos para participar en la selección:

Los candidatos deberán reunir en el momento en que termine elplazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b)Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión de alguna de las siguientes titulacionesLicenciado en Derecho, Licenciado en Ciencias Políticas y de laAdministración, Licenciado en Sociología, Licenciado en Adminis-tración y Dirección de Empresas, Licenciado en Economía, Licen-ciado en Ciencias Actuariales.

d) No estar separado mediante expediente disciplinario de cual-quiera de las Administraciones Publicas, ni hallarse inhabilitado pa-ra el ejercicio de funciones públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le im-pida el ejercicio de las funciones correspondientes.

f) No estar incurso en causas de incompatibilidad, conforme a loestablecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibi-lidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

8 de mayo de 2006 41

Cuarta.-Baremo de Méritos

1. El procedimiento de selección será el concurso de méritos enel que se valorará:

1.1. Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios delas pruebas selectivas convocadas para el acceso:

a) A la misma subescala y categoría: 1,5 puntos por cada ejerci-cio hasta un máximo de 3 puntos.

b) A distinta subescala y categoría: 1 punto por cada ejercicio,hasta un máximo de 2 puntos.

1.2. Por experiencia profesional desarrollada en la Adminis-tración:

a) En puestos reservados a la misma subescala y categoría: 0,04puntos por mes completo hasta un máximo de 4 puntos.

b) En puestos reservados a distinta subescala y categoría. 0,03puntos por mes completo hasta un máximo de 2,25 puntos.

c) En puestos de trabajo de la administración local no reserva-dos a funcionarios con habilitación nacional clasificados en losGrupos A y B, o grupo equivalente para el personal laboral, y quetengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,02puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos.

d) En puestos de trabajo de la administración local no reserva-dos a funcionarios con habilitación nacional clasificados en los gru-pos C y D, o grupo equivalente para el personal laboral, y que ten-gan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,01 pun-tos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.

e) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes dela local, clasificados en los grupos A y B o grupo equivalente para elpersonal laboral, con funciones propias de la actividad administrati-va: 0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos.

f) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes dela local, clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente labo-ral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,005 pun-tos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.

1.3. Por la realización de cursos impartidos por centros oficialesde formación en los siguientes sectores: urbanismo, informática,gestión económica financiera, tesorería y recaudación, contabilidad,legislación general y sectorial relacionada con la Administración lo-cal, hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con el siguiente ba-remo:

a) Por cursos entre 25 y 50 horas lectivas: 0,10 puntos.

b) Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,20 puntos.

c) Superior a 100 horas lectivas: 0,30 puntos.

2. Los méritos se acreditarán por los aspirantes mediante certi-ficados y títulos originales emitidos por los órganos competentes ofotocopias debidamente compulsadas.

Quinta.-Composición del Órgano de Selección:

La comisión de selección estará integrada por los siguientesmiembros:

Presidente: El Alcalde-Presidente de Rábano o Concejal en quiendelegue.

Vocales:

-Un Funcionario de la Administración de la ComunidadAutónoma de Castilla y León designado por la Delegación Territorialde la Junta de Castilla y León.

-Secretario / Vocal: Funcionario con Habilitación Nacional de lamisma categoría del puesto convocado.

Sexta.-El aspirante que resulte seleccionado deberá presen-tar ante la Corporación la siguiente documentación:

Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, fotocopia delos documentos acreditativos de poseer la titulación exigida comorequisito para el acceso, declaración de no haber sido separado me-diante expediente disciplinario del servicio de cualquier administra-ción pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de lasfunciones correspondientes, Declaración de no padecer enferme-dad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones y de-claración de no estar dentro de las causas de incompatibilidad delpersonal al servicio de las Administraciones Públicas, conforme a loestablecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibi-lidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

Séptima.- La comisión de selección propondrá a la Corporaciónel candidato seleccionado y, hasta un máximo de tres suplentes or-denados según la puntuación obtenida y, de acuerdo con dicha pro-puesta, el Presidente de la misma remitirá la propuesta de nombra-miento y el expediente completo a la Dirección General deAdministración Territorial, que resolverá definitivamente. ElPresidente de la Corporación/Agrupación hará público en el tablónde anuncios del Ayuntamiento el nombramiento efectuado.

Octava.- El candidato nombrado deberá tomar posesión en elplazo de tres días hábiles desde el siguiente al de la recepción en laCorporación de la resolución por la que se efectúa el nombramien-to.

Novena.- La Corporación convocante podrá proponer motiva-damente que la dirección General competente declare desierto elproceso de selección.

Décima.- El funcionario interino cesará en el desempeño delpuesto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto32/2005, de 28 de abril de 2005.

Villafrechós, 2 de mayo de 2006.-El Presidente de la Agrupación,Miguel Ángel Gómez Vaquero.

3494/2006

VILLALÁN DE CAMPOS

Por la Asamblea Vecinal, en sesión ordinaria celebrada en fecha15 de abril de 2006, se acordó la aprobación del Proyecto Técnicode la Obra de “Sustitución de Fosa Séptica por Estación Depuradorade Aguas Residuales (E.D.A.R.)”, obra incluida en los PlanesProvinciales de 2006, y redactado por 1A Ingenieros, por un impor-te de 51.333,56 euros.

Los interesados podrán examinarlo en las oficinas municipalesdurante el plazo de veinte días hábiles, durante los cuales podránformularse las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Villalán de Campos, 18 de abril de 2006.-El Alcalde, José FélixAnibarro Merino.

3367/2006

VILLANUEVA DE DUERO

D. Germán Tono Sánchez en representación de Hormigones Án-gel Torio, S.L., ha solicitado de esta Alcaldía Licencia urbanística pa-ra la instalación y puesta en marcha de una Planta de Clasificacióny Machaqueo en la Gravera “La Visitación” en las parcelas n° 94 y95 del polígono 11 del término municipal de Villanueva de Duero(Valladolid).

Se hace público para general conocimiento que, de acuerdo conlo prevenido en el artículo 25.2.b) de la Ley 5/1999, de 8 de abril, deUrbanismo de Castilla y León, en el artículo 27.1 de la Ley 11/2003,de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, se abreun periodo de información pública por plazo de veinte días hábilesa contar desde el siguiente a la publicación de este Anuncio paraque todo el que se considere afectado por la actividad que se pre-tende ejercer pueda hacer las observaciones pertinentes.

El expediente de referencia se encuentra expuesto al publico du-rante las horas de oficina, en la Secretaria Municipal, donde podráexaminarse por quienes lo deseen y formularse las alegaciones quese estimen oportunas durante el expresado plazo.

Villanueva de Duero, 6 de abril de 2006.-El Alcalde Presidente,Edilberto Ruiz Frontela.

3358/2006

ZARATÁN

Por Resolución del Sr. Concejal Delegado de Contratación, delAyuntamiento de Zaratán, (Valladolid), se adjudicó por procedimien-to negociado sin publicidad, por imperiosa urgencia, y sistema deconcurso:

-Número 178/06, de fecha 30 de marzo de 2006, el Contrato deConsultoría y Asistencia para la redacción del proyecto del pabellónmultidisciplinar, de Zaratán, a TAG-21 Arquitectos, S.L., por impor-te de 98.050,00 euros, IVA incluido (Noventa y ocho mil cincuentaeuros).

-N° 724/05, de 13 de diciembre de 2005, el Contrato deConsultoría y Asistencia para la redacción del proyecto técnico deejecución del colector municipal, de Zaratán, a la empresaConsulting de Ingeniería Civil, S.L., por importe de 79.500 euros, IVAincluido, (Setenta y nueve mil quinientos euros).

42 8 de mayo de 2006

Lo que se hace público en cumplimiento y a los efectos de lo dis-puesto en el artículo 93 del Real Decreto Legislativo 2/2000 por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de lasAdministraciones Públicas.

Zaratán, 11 de abril de 2006.-El Concejal Delegado deContratación, (P.Dto. de la Alcaldía N° 398/06, de 7 de julio), JoseLuis Ortiz Cocinero.

3426/2006

MANCOMUNIDAD DE “TOROZOS”

ARROYO DE LA ENCOMIENDA

En cumplimiento de lo establecido en el art. 150.3 de la ley39/1998, de 28 de diciembre, se hace público el presupuesto defi-nitivo de esta Mancomunidad para el ejercicio de 2006, resumidopor capítulos, tal y como a continuación se detalla:

INGRESOS:

A) Operaciones Corrientes

3 Tasas y otros ingresos ................................................1 Euros

4 Trasferencias corrientes....................................893.887 Euros

5 Ingresos patrimoniales............................................1,00 Euros

Total ....................................................................893.889 Euros

B) Operaciones de Capital:

7 Transferencias de Capital ................................300.000 Euros

Total ....................................................................300.000 Euros

Total Ingresos ..................................................1.193.889 Euros

GASTOS

A) Operaciones Corrientes:

1 Gastos de personal ........................................612.100 Euros

2 Gastos en Bienes corrientes y servicios ..........281.789 Euros

3 Gastos financieros................................................................—

Total ....................................................................893.889 Euros

B) Operaciones de Capital

6 Inversiones Reales ..........................................300.000 Euros

9 Pasivos Financieros..............................................................—

Total ....................................................................300.000 Euros

Total Gastos ....................................................1.193.889 Euros

Asimismo y conforme dispone el art. 127 del RD legislativo781/86, de 18 de abril, se publica la plantilla de esta Mancomunidad,que es la que a continuación se detalla.

A) Personal Funcionario:

N° de plazas: 1

Puesto de Trabajo: secretario-interventor (eximido)

Grupo: B

Nivel C. Destino: 26

B) Personal Laboral:

N° de Plazas Puesto de Trabajo Categoría Profesional

6 Chófer-operario Chófer-Operario

1 Ayudante Peón

1 Auxiliar Admón. (jornada Auxiliar

administrativo parcial)

1 Servicio de Limpieza Peón.

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto puede interpo-nerse recurso contenciosoadministrativo ante el tribunal Superior deJusticia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, a contar des-de el día siguiente a la publicación de este edicto, sin perjuicio deque puedan interponerse otros recursos.

Arroyo de la Encomienda, 16 de abril de 2006.-La Presidenta,Lourdes Lozano Alonso.

3413/2006

IV.- ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJUZGADO DE INSTRUCCIÓN

VALLADOLID.- NÚMERO 4

Juicio de Faltas: 482/2005

Número de Identificación único: 47186 2 0406024/2005

Procurador/a: Sin Profesional Asignado

Abogado: Sin Profesional Asignado

Representado: Roberto Rancho Díez

D./Dña. Miguel Ángel Domínguez Rodríguez Secretario del Juz-gado de Instrucción número 4 de Valladolid:

Doy Fe y Testimonio:

Que en el Juicio de Faltas n° 482 /2005 se ha dictado la presen-te sentencia de fecha 14.3.2006, que en su encabezamiento y par-te dispositiva dice:

Encabezamiento:

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Javier de Blas García, Magistrado-Juezde este Juzgado de Instrucción número 4, en juicio Oral y Público,los presentes autos número 482/2005, seguidos por una falta deHurto en la que son parte el Ministerio Fiscal; en calidad de denun-ciante/es, Luis Miguel Escribano Sánchez; y en calidad de denun-ciado/os, Roberto Rancho Díez.

Parte dispositiva:

Que debo absolver y absuelvo libremente de toda responsabili-dad penal a Roberto Rancho Díez de la falta por la que venia de-nunciado, con declaración de oficio de las costas causadas en es-te proceso.

Contra esta resolución, cabe interponer Recurso de Apelaciónpara ante la Audiencia Provincial de esta ciudad, en el plazo de cin-co días, a contar desde su notificación.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a LuisMiguel Escribano Sánchez, actualmente en paradero desconocido,y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid,expido la presente en Valladolid a diecisiete de abril de dos mil seis.-El/La Secretario, Miguel Ángel Domínguez Rodríguez.

3323/2006

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

VALLADOLID.- NÚMERO 4

Juicio de Faltas: 640/2005

Número de Identificación único: 47186 2 0404703/2005

Procurador/a:

Abogado:

Representado:

D./Dña. Miguel Ángel Domínguez Rodríguez Secretario del Juz-gado de Instrucción número 4 de Valladolid:

Doy Fe y Testimonio:

Que en el Juicio de Faltas n° 640 /2005 se ha dictado la presen-te sentencia de fecha 21.3.2006, que en su encabezamiento y par-te dispositiva dice:

Encabezamiento:

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Javier de Blas García, Magistrado-Juezde este Juzgado de Instrucción número 4, en juicio Oral y Público,los presentes autos número 640/2005, seguidos por una falta deapropiación indebida, en la que son parte el Ministerio Fiscal; en ca-lidad de denunciante/es, Esther Bermejo Blanco; y en calidad de de-nunciado/os, Abdouh Belhouchat

Parte dispositiva:

Que debe condenar y condeno a Abdouh Belhouchat, como au-tor criminalmente responsable de la falta apropiación indebida, yadefinida, sin que concurran circunstancias modificativas de la res-ponsabilidad criminal, a la pena de multa de treinta días, a razón deuna cuota diaria de 3 euros, lo que hace un total de 90 euros, conresponsabilidad personal subsidiaria en caso de no satisfacer lamulta, voluntariamente o por vía de apremio, de un día de privaciónde libertad por cada dos cuotas impagadas, a indemnizar a EstherBermejo Blanco, en concepto de responsabilidad civil, en la canti-dad 125 euros, y al pago de las costas procesales.

8 de mayo de 2006 43

Contra esta resolución, cabe interponer Recurso de Apelaciónpara ante la Audiencia Provincial de esta ciudad, en el plazo de cin-co días, a contar desde su notificación.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a AbdouhBelhouchat, actualmente paradero desconocido, y su publicaciónen el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, expido la presen-te en Valladolid a diecisiete de abril de dos mil seis.- El/La Secretario,Miguel Ángel Domínguez Rodríguez.

3322/2006

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

VALLADOLID.- NÚMERO 4

Juicio de Faltas: 116/2006

Número de Identificación Único: 47186 2 0410156/2005

Procurador/a: Sin Profesional Asignado

Abogado: Sin Profesional Asignado Representado: Trinidad Ar-teaga Orejón

Edicto

D./Dña. Miguel Ángel Domínguez Rodríguez, Secretario delJuzgado de Instrucción Número 4 de Valladolid.

Doy Fe y Testimonio:

Que en el Juicio de Faltas n° 116/2006 se ha dictado la presen-te sentencia de fecha 29.3.2006, que en su encabezamiento y par-te dispositiva dice:

Encabezamiento:

Vistos por el Ilmo. Sr. D. Javier de Blas García, Magistrado-Juezde este Juzgado de Instrucción número 4, en juicio Oral y Público,los presentes autos número 116/2006, seguidos por una falta dehurto, en la que son parte el Ministerio Fiscal; en calidad de denun-ciante/es, Laura Alonso Grañeda; y en calidad de denunciado/os,Trinidad Arteaga Orejón.

Parte dispositiva:

Que debo condenar y condeno a Trinidad Arteaga Orejón, comoautora criminalmente responsable de las falta de hurto y estafa, es-ta última en grado de tentativa, ya definidas, sin que concurran cir-cunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena,por cada una de ellas, de multa de treinta días euros, a razón de unacuota diaria de 10 euros, lo que hace un total de 600 euros, con res-ponsabilidad personal subsidiaria en caso de no satisfacer la multa,voluntariamente o por vía de apremio, de un día de privación de li-bertad por cada dos cuotas impagadas, a indemnizar a Laura AlonsoGrañeda, en concepto de responsabilidad civil, en la cantidad 22,50euros, y al pago de las costas procesales.

Contra esta resolución, cabe interponer Recurso de Apelaciónpara ante la Audiencia Provincial de esta ciudad, en el plazo de cin-co días, a contar desde su notificación.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a TrinidadArteaga Orejón, actualmente paradero desconocido, y su publica-ción en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, expido la pre-sente en Valladolid a diecisiete de abril de dos mil seis, El/LaSecretario, Miguel Ángel Domínguez Rodríguez.

3326/2006

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

VALLADOLID.- NÚMERO 5

Juicio de Faltas: 178/2002

Numero de Identificación único: 47186 2 0504239/2001

Procedimiento y Negociado: JF. 178/02 -T

Edicto

D. Carlos Gutiérrez Lucas, Secretario del Juzgado de Instrucciónnúmero cinco de Valladolid.

Doy Fe y Testimonio:

Que en el Juicio de Faltas n° 178/02 se ha dictado la presentesentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

“ En Valladolid a veintidós de marzo de dos mil seis.

Habiendo visto en juicio oral y público la causa seguida en esteJuzgado como Juicio de Faltas 178/02 seguido por Falta de Lesio-nes, en el que son partes como denunciante Ana María GarcielaCrespo y como denunciado Emilio Lozano Gabarre, así como elMinisterio Fiscal.

Fallo: Que Declaro Extinguida por Prescripción la responsabili-dad penal surgida de los presentes hechos, absolviendo a EmilioLozano Gabarre de los hechos que se le imputan, declarando de ofi-cio las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndolesque contra la misma podrán interponer en este Juzgado Recurso deApelación en ambos efectos para ante la Audiencia Provincial deValladolid, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación,debiendo formalizar el recurso conforme a los artículos 795 y 796de la L.E. Crim.”

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a estacausa, la pronuncia, manda y firma Dª. Nuria Alonso Molpeceres,Magistrado-Juez del Jdo. Instrucción n. 5 de Valladolid y su parti-do.-Doy fe.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a EmilioLozano Gabarre, actualmente paradero desconocido, y su publica-ción en el Boletín Oficial de Valladolid, expido la presente enValladolid a diecinueve de abril de dos mil seis.-El/La Secretario,Carlos Gutiérrez Lucas.

3324/2006

JUZGADO DE LO SOCIAL

SORIA.- NÚMERO 1

N.I.G.: 42173 4 0100142/2006

N° Autos: Demanda 141/2006

Materia: Seguridad Social

Demandado/s: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Teso-rería General de la Seguridad Social, Agrupación Castellano-Leone-sa de Empresas de Economía Social Distrimetal, S.A.

Edicto

Dª. Carmen Fernández Corredera, Secretario en Régimen desustitución Legal del Juzgado de lo Social Número 1 de Soria.

Hago Saber: Que acordado en Proveído del día de la fecha, di-manante de autos de referencia a instancia de D. Manuel HernándezUtrilla contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, TesoreríaGeneral de la Seguridad Social, Agrupación Castellano-Leonesa deEmpresas de Economía Social Distrimetal, S.A., en reclamación porSeguridad Social registrado con el núm. 141/2006 se ha acordadocitar a Agrupación Castellano-Leonesa de Empresas de EconomíaSocial así como a Distrimetal, S.A., ambos en ignorado paradero, afin de que comparezcan el día quince de mayo de 2006 a las docetreinta horas horas de su mañana, para la celebración de los actosde conciliación y en su caso Juicio.

Tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Socialnúmero 1 sito en C/Aguirre 3-5 debiendo comparecer personal-mente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos losmedios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que esúnica convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por faltainjustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones seharán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban reves-tir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a Agrupación Castellano-Leonesade Empresas de Economía Social y Distrimetal, S.A., se expide lapresente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de lasProvincias de Soria y Valladolid y colocación en el tablón de anun-cios.

En Soria a diecisiete de abril de dos mil seis.- La SecretarioJudicial, Carmen Fernández Corredera.

3327/2006

44 8 de mayo de 2006

IMPRIME: Gráficas Ceyde impreso en papel reciclado