salva guardias

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1. Salvaguardias Las medidas especiales o salvaguardias hacen referencia a los derechos adicionales y a la reglamentación de las importaciones que un país puede imponer en el momento que enfrenta un aumento repentino de las importaciones y/o una disminución excepcional de los precios de importación que causan daño o amenazan causarlo a un sector interno que compite con las importaciones. 2. Enfoques de las salvaguardias Para algunos analistas el análisis de las salvaguardias puede dividirse en dos grupos desde el punto de vista del ajuste económico y del proteccionismo. 2.1 Ajuste económico Desde este punto de vista las salvaguardias se fundamentan en disminuir el impacto producido por el costo del ajuste a más de afrontar el compromiso del libre comercio de forma que en el momento en que se presenten problemas dentro de las sociedades nacionales puedan ser atenuados.

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1. SalvaguardiasLas medidas especiales o salvaguardias hacen referencia a los derechos adicionales y a la reglamentacin de las importaciones que un pas puede imponer en el momento que enfrenta un aumento repentino de las importaciones y/o una disminucin excepcional de los precios de importacin que causan dao o amenazan causarlo a un sector interno que compite con las importaciones. 2. Enfoques de las salvaguardiasPara algunos analistas el anlisis de las salvaguardias puede dividirse en dos grupos desde el punto de vista del ajuste econmico y del proteccionismo.2.1 Ajuste econmico Desde este punto de vista las salvaguardias se fundamentan en disminuir el impacto producido por el costo del ajuste a ms de afrontar el compromiso del libre comercio de forma que en el momento en que se presenten problemas dentro de las sociedades nacionales puedan ser atenuados.2.2 ProteccionismoSegn Jhon Jackson en su libro The World Trading System la realidad de la salvaguardia tendra fundamento proteccionista dado una gran presin poltica y social de corto plazo. La presin poltica originada por el inters de aliviar apaciguar tensiones internas como por ejemplo paros, movilizaciones gremiales, etc. causada por las importaciones es por esto que se dan las restricciones temporales.3. Aplicacin de salvaguardias segn la OMCLa aplicacin de salvaguardias segn las normas de la OMC se impondrn de manera no selectiva, es decir, en rgimen de la nacin ms favorecida; por consiguiente ningn pas miembro de la OMC podr aplicar salvaguardias a las exportaciones de pases especficos por l elegidos, es decir se realizara sin hacer discriminacin sobre la procedencia de stas.4. Requisitos para la imposicin de salvaguardias1. Aumento de las importaciones.2. Dao grave o amenaza de dao grave en el sector del pas relacionado con los productos importados.3. Relacin causal entre los puntos (1) y (2).

5. Acuerdo sobre Salvaguardias de la Ronda UruguayAntes de la Ronda Uruguay las disposiciones de salvaguardia relativamente poco importantes para el comercio de productos agropecuarios, ya que dicho comercio escapaba a muchas disciplinas del GATT. Por ejemplo, la mayor parte de los aranceles agrcolas eran aranceles no consolidados y diversas excepciones facilitaban la aplicacin de restricciones cuantitativas. Aunque el ASA de la RU estableci una medida de salvaguardia especial para el comercio agrcola (pero limitaba a determinados productos y pases), esta disposicin es vlida solo durante el proceso de reforma, que todava debe definirse. Con posterioridad las salvaguardias generales tambin se aplicaran al comercio agrcola. De ah la importancia de conocer esas medidas.Cabe recordar que durante la Ronda Uruguay se: Estableci normas y procedimientos especficos para la utilizacin de las salvaguardias en el sentido del artculo XIX. Elimin las medidas de "zona gris" anteriores a la OMC (todas ellas suprimidas progresivamente antes del final de 1999). Ofreci un incentivo para utilizar el mecanismo multilateral - modulacin del derecho a una compensacin/retorsin.Hay varias disposiciones de salvaguardias del GATT que prevn la suspensin temporal de las obligaciones (algunas tambin la suspensin permanente).6. Las salvaguardias en EcuadorEstablecer una sobretasa arancelaria, de carcter temporal y no discriminatorio, con el propsito de regular el nivel general de importaciones y, de esta manera, salvaguardar el equilibrio de la balanza de pagos, conforme al porcentaje advalorem determinado para las importaciones a consumo de las subpartidas.El seguimiento y evaluacin de la aplicacin de esta salvaguardia corresponder al Ministerio de Comercio Exterior, Ministerio Coordinador de la Poltica Econmica y Ministerio Coordinador de la Produccin, Empleo y Competitividad con el fin de garantizar que dicho mandato responda, de manera proporcionada a las sociedades existentes a fin de enfrentar las situaciones referentes a la balanza de pagos, debiendo atenuarse en proporcin al mejoramiento de la misma y eliminarse cuando deje de ser necesarias.Al Ministerio de Comercio Exterior le corresponder notificar las medidas y realizar las actuaciones que corresponda, en los plazos y condiciones determinados por los acuerdos de integracin y los acuerdos comerciales internacionales vigentes delos que el ecuador forma parte.La aplicacin de esta medida ya ha sido socializada y debatida con el sector privado, ya que se ha realizado una serie de dilogos y anlisis a fin de minimizar el impacto sobre el aparato productivo nacional, la medida no afectara a mercaderas en trnsito. Los rubros que se han exceptuado de esta medida son:1. Aquellas mercancas que requieran ser nacionalizadas y que hayan sido legalmente embarcadas, con destino al Ecuador, hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente resolucin;1. Aquellas previstas en el artculo 125 del COPCI.1. Aquellas mercancas importadas a un rgimen aduanero diferente al previsto en el artculo 147 del COPCI.1. Aquellas mercancas que provengan de la cooperacin internacional en favor de una poblacin beneficiaria del Ecuador que reciba dicha ayuda, sea a travs del sector pblico, organizaciones no gubernamentales (ONG) o las entidades de cooperacin correspondientes.1. Aquellas mercancas originarias de pases de menor desarrollo relativo a miembros de la Asociacin Latinoamericana de Integracin (ALADI), conforme la Resolucin 70 del Comit de Representantes de la ALADI.Quedan excluidas de esta medida el 68% del total de las importaciones sobre el valor actual de las mercancas. La sobretasa arancelaria que rige desde el 11 de Marzo del presente ao tendr plazo de quince meses todo esto como respuesta al impacto en la economa nacional dada la reduccin del precio del petrleo y la depreciacin del dlar, se aplicar de la siguiente manera:SobretasaProducto

5%Bienes de capital y materias primas no esenciales

15%Bienes de sensibilidad media

25%Neumticos, Cermica CKD de Televisores y CKD motos.

45%Bienes de Consumo Final, televisores, motos.

Las salvaguardias son medidas tomadas para precautelar el bienestar econmico de un pas, dada la situacin actual de la economa de ciertos pases quienes an dependen frreamente del oro negro (petrleo)El hecho de que Ecuador tomara la medida de salvaguardia claro que a la larga representara un ingreso abultado dado los porcentajes impuestos a los ms de 461 productos importados, sin embargo los pases a los cuales pertenecen las empresas exportadoras ya sean de Espaa, Chile, Colombia, etc. No estarn del todo o nada conforme ya que se afectara en gran parte a sus ingresos as como el Ecuador precautela su estabilidad en la balanza importaciones vs exportaciones de la misma manera Chile, Colombia y dems precautelaran sus propios intereses tomando medida iguales u/o parecidas