salud ocupacional
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SALUD OCUPACIONALHECTOR MANUEL HERRERA AGUDELO
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Pago de las prestaciones sociales. Cumplimiento de los pagos de la ARL Y
efectiva respuesta de la ARL a los trabajadores.
Lugar optimo con las mejores condiciones para evitar cualquier riesgo laboral.
Programar, ejecutar y controlar y generar financiamiento de la seguridad en el trabajo.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Notificar a la EPS y ALP: accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Informar y registrar: Ministerio de la Protección o vigía ocupacional
Capacitación de los trabajadores Informar a la ARL: Aseguradora Afiliada, las
novedades laborales de sus trabajadores. Reubicación si es necesario para mejorar las
condiciones del empleado
El incumplimiento de la afiliación al Sistema General de Riesgos Profesionales:
El incumplimientos de cualquiera de cualquiera de las obligaciones del empleador genera una sanciones, que le acarreará multas, sucesivas mensuales de hasta quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
OBLIGACIONES DEL EMPLEADO
Procurar cuidado integral de su salud. Suministrar información de su estado de
salud. Cumplir las normas, reglamentos e
instrucciones. Participar en los comités de salud
ocupacional de la empresa
SANCIONES EMPLEADO
Todo empleado que incumpla con las normas, reglamento e instrucciones se le notificara la terminación del vínculo o relación laboral por justa causa, tanto para los trabajadores privados como para los servidores públicos, previa autorización del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
BIBLIOGRAFIAS
http://sgrp.blogspot.com/ http://virtual.funsanmateo.edu.co/aulas
/course/view.php?id=2964 http://es.slideshare.net/javier851030/bl
og-salud-ocupacional-javier-vargas