salud ambiental 27 agosto 2012

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RAUL DELGADO GUERRERO Gobernador de Nariño ELIZABETH TRUJILLO MONTALVO Directora Instituto Departamental de Salud de Nariño ¡Por un Nariño Mejor!

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Page 1: Salud ambiental 27 agosto 2012

RAUL DELGADO GUERREROGobernador de Nariño

ELIZABETH TRUJILLO MONTALVODirectora Instituto Departamental de Salud de Nariño

¡Por un Nariño Mejor!

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SALUD AMBIENTAL

La salud ambiental es un componente esencial de la salud pública que promueve la calidad de vida, donde el ser humano debe ser tomado en cuenta como un integrante más de los ecosistemas. Por lo tanto, los factores ambientales que pueden afectar la salud de nuestra población, no se reducen a los agentes físicos, químicos ó biológicos; sino también, se deben incluir aquellos otros factores que afectan los ecosistemas; dentro de los cuales pueden mencionarse el cambio climático, la pérdida de la biodiversidad y la deforestación; los cuales influyen de forma directa o indirecta en la calidad de vida individual, familiar y colectiva. Razón por la cual, la salud ambiental debe dimensionarse como un determinante de carácter estructural, intermedio y proximal, siendo parte activa en los procesos de desarrollo nacional y territorial, bajo la lógica de la equidad social, la gestión intersectorial, la integralidad, la justicia ambiental, la participación social, el enfoque diferencial, corresponsabilidad del sector público, privado, individual, colectiva; y el goce de los derechos ambientales.

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OBJETIVO

Contribuir al bienestar social mediante la intervención interinstitucional e intersectorial de los determinantes sociales, sanitarios y ambientales, con participación activa y compromiso de la comunidad, trabajando el multienfoque y haciendo énfasis en el reconocimiento diferencial.

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CAMBIO CLIMÁTICOARTICULACION INTERSECTORIAL Y PARTICIPACION COMUNITARIASISTEMA DE INFORMACION -SISA

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METAS 2012 - 2015

• Alcanzada la vigilancia del 100 % de los acueductos de municipios 4,5, y 6

• Mantenida en cero los casos de Rabia Humana.

• Sostenida en 100% la implementación de las competencias de vigilancia de la Salud Ambiental en los municipios del departamento de Nariño.

• Logrado en un 72% el cumplimiento de las condiciones sanitarias en los establecimientos

• Fortalecida la estrategia Entornos Saludables para mejorar calidad de vida

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LEY 715 DE 2001

• Art. 43 Competencias Departamentales: corresponde a los departamentos, dirigir, coordinar y vigilar el sector salud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio de su jurisdicción, atendiendo las disposiciones nacionales sobre la materia.

– 43.3 De Salud Publica

43.3.7. Vigilar y controlar, en coordinación con el Instituto Nacional para la Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, INVIMA, y el Fondo Nacional de Estupefacientes, la producción, expendio, comercialización y distribución de medicamentos, incluyendo aquellos que causen dependencia o efectos psicoactivos potencialmente dañinos para la salud y sustancias potencialmente tóxicas.

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LEY 715 DE 2001 43.3.8. Ejecutar las acciones de inspección, vigilancia y control

de los factores de riesgo del ambiente que afectan la salud humana, y de control de vectores y zoonosis de competencia del sector salud, en coordinación con las autoridades ambientales, en los corregimientos departamentales y en los municipios de categorías 4ª, 5ª y 6ª de su jurisdicción.

43.3.9. Coordinar, supervisar y controlar las acciones de salud pública que realicen en su jurisdicción las Entidades Promotoras de Salud, las demás entidades que administran el régimen subsidiado, las entidades transformadas y adaptadas y aquellas que hacen parte de los regímenes especiales, así como las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud e instituciones relacionadas

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LEY 715 DE 2001

• Art. 44 Competencias Municipales: Corresponde a los municipios dirigir y coordinar el sector salud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el ámbito de su jurisdicción.– 44.3 de Salud Publica

• 44.3.2. Establecer la situación de salud en el municipio y propender por el mejoramiento de las condiciones determinantes de dicha situación. De igual forma, promoverá la coordinación, cooperación e integración funcional de los diferentes sectores para la formulación y ejecución de los planes, programas y proyectos en salud pública en su ámbito territorial.

• 44.3.4. Formular y ejecutar las acciones de promoción, prevención, vigilancia y control de vectores y zoonosis.

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LEY 715 DE 2001

• 44.3.5. Ejercer vigilancia y control sanitario en su jurisdicción, sobre los factores de riesgo para la salud, en los establecimientos y espacios que puedan generar riesgos para la población, tales como establecimientos educativos, hospitales, cárceles, cuarteles, albergues, guarderías, ancianatos, puertos, aeropuertos y terminales terrestres, transporte público, piscinas, estadios, coliseos, gimnasios, bares, tabernas, supermercados y similares, plazas de mercado, de abasto público y plantas de sacrificio de animales, entre otros.

• 44.3.6. Cumplir y hacer cumplir en su jurisdicción las normas de orden sanitario previstas en la Ley 9ª de 1979 y su reglamentación o las que la modifiquen, adicionen o sustituyan.

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SALUD AMBIENTAL

El Instituto Departamental de Salud de Nariño en cumplimiento a lo establecido en el articulo 43 de la Ley 715 del 2001 a partir del año 2011 viene fortaleciendo la gestión de la Salud Ambiental a nivel municipal mediante la vinculación de personal de planta en los 10 municipios de la Costa Pacífica, La Unión, Túquerres, Samaniego, Imues, San Bernardo y Taminango. Además con personal profesional y técnico en puntos estratégicos: El Pedregal y Altaquer.

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INDICADORES 2011• El departamento de Nariño cuenta con una cobertura de acceso de

agua del 95% en la zona urbana y del 63% a nivel rural, de esta población el 57% de la zona urbana recibe agua potable y la zona rural el 3%. Esto implica que del total de la población del departamento, teniendo como base el dato DANE, el porcentaje de cobertura de agua potable es del 29%.

• La cobertura de vacunación antirrábica alcanzada fue del 85%.• El 60% de los establecimientos funcionaron con concepto sanitario

favorable.• 59 municipios conformaron el comité de la Estrategia de Entornos

Saludables y están implementando la estrategia en localidades piloto.

• El IDSN cuenta con el sistema de Información de Salud Ambiental - SISA y como producto se obtuvo el censo sanitario del Departamento.

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MARTHA CECILIA PAZ MARCILLOCoordinadora Salud Ambiental

[email protected]