s.a organizacion contable

11
SOCIEDAD ANONIMA CARLOS CAICEDO MARCELA CAICEDO NATHALIA OLAVE KATERINE PACHECO F2AN 2. DEFINICIO N La sociedad anónima es una de las figuras mas utilizadas en la constitución de empresas y está conformada por un numero plural de socios que no puede ser menor a cinco (5) socios y un máximo ilimitado. La razón social debe estar seguida por la sigla S.A. 3. CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD ANONIMA La constitución de una sociedad anónima debe hacerse mediante escritura publica con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art 110 del código de comercio. 1) el nombre y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes 2) la clase o tipo de sociedad que se constituye y el nombre de la misma 3) el domicilio de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan en el mismo acto de constitución 4) el objeto social, esto es, la empresa o negocio de la sociedad, haciendo una enunciación clara y completa de las actividades principales 5) el capital social, la parte del mismo que suscribe y la que se haga por cada asociado en el acto de la constitución 6) la duración precisa de la sociedad y las causales de disolución anticipada de la misma. 7) requiere también la inscripción en el registro mercantil. 4. CAPITAL EN LAS SOCIEDADES ANONIMAS El capital de las sociedades anónimas se divide en acciones de igual valor y se representan por un titulo negociable. El capital de la sociedad anónima comprende el capital autorizado, suscrito y pagado Al momento de constituir la empresa, se debe suscribir como mínimo el 50% del capital autorizado. pagarse como mínimo la tercera parte del capital suscrito

Upload: dalyishpilco

Post on 09-Nov-2015

5 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

dfghhhjjmn

TRANSCRIPT

SOCIEDAD ANONIMA CARLOS CAICEDO MARCELA CAICEDO NATHALIA OLAVE KATERINE PACHECO F2AN 2.DEFINICIO N La sociedad annima es una de las figuras mas utilizadas en la constitucin de empresas y est conformada por un numero plural de socios que no puede ser menor a cinco (5) socios y un mximo ilimitado. La razn social debe estar seguida por la sigla S.A. 3.CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD ANONIMA La constitucin de una sociedad annima debe hacerse mediante escritura publica con el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art 110 del cdigo de comercio. 1) el nombre y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes 2) la clase o tipo de sociedad que se constituye y el nombre de la misma 3) el domicilio de la sociedad y el de las distintas sucursales que se establezcan en el mismo acto de constitucin 4) el objeto social, esto es, la empresa o negocio de la sociedad, haciendo una enunciacin clara y completa de las actividades principales 5) el capital social, la parte del mismo que suscribe y la que se haga por cada asociado en el acto de la constitucin 6) la duracin precisa de la sociedad y las causales de disolucin anticipada de la misma. 7) requiere tambin la inscripcin en el registro mercantil. 4.CAPITAL EN LAS SOCIEDADES ANONIMAS El capital de las sociedades annimas se divide en acciones de igual valor y se representan por un titulo negociable. El capital de la sociedad annima comprende el capital autorizado, suscrito y pagado Al momento de constituir la empresa, se debe suscribir como mnimo el 50% del capital autorizado. pagarse como mnimo la tercera parte del capital suscrito 5.ACCIONES Las acciones deben ser nominativas, esto quiere decir, en ellas debe figurar el nombre del titular de la respectiva accin Las acciones son indivisibles, es decir, que en la eventualidad que una accin llegare a pertenecer a mas de una persona, esta no se puede dividir, y por consiguiente, los diferentes titulares de la accin, debern elegir un representante para que en su nombre ejerza los derechos que les otorga la posesin de la accin 6.DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS El de participar en las deliberaciones de la asamblea general de accionistas y votar por ella. El de recibir un parte proporcional de los beneficios sociales establecidos por los balances de fin de ejercicio, con sujecin a lo dispuesto en la ley o en los estatutos. El de inspeccionar, libremente, los libros y papeles sociales dentro de los quince das hbiles anteriores a las reuniones de la asamblea general en que se examinen los balances de fin de ejercicio. El de recibir una parte proporcional de los activos sociales al tiempo de la liquidacin y una vez pasado del pasivo externo de la sociedad. 7.DIRECCION Y ADMINISTRACION ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS La asamblea de los socios es el mximo rgano administrativo de la sociedad y esta constituida por los accionista reunidos en quorum en las condiciones previstas en los respectivos estatutos quienes designaran la junta directiva. JUNTA DIRECTIVA La junta directiva esta integrada con un mnimo de miembros con sus respectivos suplentes. Los miembros de la junta directiva ser elegida por la asamblea general de los socios. REPRESENTANTE LEGAL El representante legal ser designado por la junta directiva o por la asamblea de socios si as lo establece los estatutos. El representante legal puede ser removido en cualquier momento o ser reelegido indefinidamente. La designacin del representante legal debe ser inscrita en el registro mercantil. 8.PAGO DE DIVIDENDOS Cada accionista tiene derecho a la proporcin de las utilidades segn su participacin en la sociedad. Los dividendos deben ser aprobados por la asamblea de los socios y deben de estar fundamentados en los estados financieros fidedignos. Dividendos pueden ser pagados en efectivo o mediante nuevas acciones, pero en este ultimo caso se requiere de la aprobacin de por lo menos el 80% de la representacin las acciones. La distribucin de utilidades, debe ser aprobada por el 78% o mas de las acciones. Si no se consigue esta mayora, se debe distribuir por lo menos el 50% de las utilidades, previa aplicacin de las utilidades para enjugar perdidas si las hubiere. 9.EMPRESAS SOCIEDAD ANONIMA ACTIVIDAD O FIN COMERCIAL ANONIMA POSTOBON S.A Compaa colombiana dedicada a la fabricacin y comercializacin de bebidas refrescantes no alcohlica. Mnimo 5 accionistas. ECOPETROL S.A Es una sociedad de economa mixta de carcter comercial, organizada bajo la forma de sociedad annima, del orden nacional, vinculada al ministerio de minas y energa. Conformada por la reunin de un fondo social suministrado por accionistas responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. PUBLICAR S.A Es una empresa multinacional que contribuye a la productividad de sus clientes y al desarrollo de las personas, ofreciendo productos y servicios innovadores, competitivos y rentables para garantizar su crecimiento sostenible. Capital social se divide en acciones de igual valor. INCAUCA S.A Es una empresa agroindustrial dedicada al cultivo y procesamiento de la caa de azcar para la obtencin de azucares y produccin de alcohol carburante. Capital autorizado, capital suscrito, capital apagado. 10.TIPO SOCIEDAD ANONIMA SOCIOS se denomina accionistas Se requiere un mnimo de cinco accionistas RESPONSABILIDADES Los accionistas responden hasta el limite de sus aportes RAZON SOCIAL Tendr una denominacin S.A CAPITAL El capital de la sociedad se divide en acciones de igual valor Se debe suscribir por lo menos el 50% del capital autorizado y pagarse como mnimo la tercera parte del valor de cada accin del capital suscrito ORGANOS DE DIRECCION Y CONTROL Asamblea general Junta directiva Representante legal DISOLUCION Y LIQUIDACION Cuando ocurran perdidas por debajo del 50% del capital suscrito Cuando el 95% o mas de las acciones lleguen a pertenecer a un solo socio. CUADRO DE RESUMEN

I CARRERA PROFESIONAL : Adm. Negocios Internacionales. INTEGRANTES: Llacchua Lpez, Luis Alcides. Miraval Gmez, David. Tang Chaname, Jorge Luis. Vsquez Mechn, Joan. DOCENTE: Jony Huachaca Reyes. 2.En sentido tcnico jurdico, es el ente creado por un acto voluntario colectivo de los interesados, en aras de un inters comn y con el propsito de obtener ganancias o un fin lucrativo. 3.La sociedad annima puede adoptar cualquier denominacin, pero debe figurar necesariamente la indicacin Sociedad Annima o las siglas S.A. cuando se trate de sociedades cuyas actividades solo puedan desarrollarse de acuerdo con la ley por sociedades annimas. 4.La sociedad annima abierta se identifica con la gran sociedad annima que es promovida por unos pocos pero que necesita del capital de muchos y, por tanto, recurre al ahorro pblico. Este tipo de sociedad ha de apelar, para su financiacin, al mercado de capitales y busca inscribir sus acciones en el Registro Pblico de Valores a fin de cotizar en bolsa las acciones. 5.La caracterstica de este tipo de sociedad es la de la heterogeneidad de la composicin de su accionario, que influye en el funcionamiento de estas sociedades As encontramos un grupo o grupos de accionistas que controlan la sociedad. Frente a otro grupo que se desentiende de la marcha de la misma, renunciando a ejercitar se derecho de voto. 6.Ha hecho oferta pblica primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones. Mas del 35% de su capital pertenece a 175 o mas accionistas Tiene ms de 750 accionistas. Se constituya como tal Todos los accionistas con derecho a voto aprueban por unanimidad la adaptacin a dicho rgimen. 7.LAS CARACTERSTICAS PRINCIPALES DE LA SOCIEDAD ANNIMA ABIERTA se describen a continuacin: 8.SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA 1.1.- DENOMINACIN Tratndose de las modalidades especiales de sociedades annimas en atencin a su estructura societaria, capital social y nmero de accionistas, necesariamente deber consignarse las siglas "S.A.C." para la Sociedad Annima Cerrada "S.A.A." para la Sociedad Annima Abierta. 9.SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA 1.2.- CAPITAL El capital social est representado por acciones nominativas y se integra por aportes de los socios, quienes no responden personalmente por las deudas sociales. Para que Se constituya la sociedad es necesario que tenga su capital suscrito totalmente, y cada accin suscrita est pagada, por lo menos, en un 25%. No se exige un monto mnimo de capital social, a efectos de constituir la sociedad. 10.SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA 1.3.- ACCIONISTAS El nmero de accionistas no puede ser menor a 2 personas naturales o jurdicas, residentes o no residentes, mientras que el nmero mximo es ilimitado. 11.SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA 1.4.- CONSTITUCIN Existen dos formas de constituir una Sociedad Annima Abierta Constitucin Simultnea Constitucin por Oferta a Terceros 12.SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA 1.4.1.- Constitucin Simultnea El aporte de capital social debe ser depositado en una cuenta abierta en una entidad bancaria que opere en el Per. Los fundadores suscribirn una Minuta de Constitucin, la cual deber estar debidamente refrendada por un abogado colegiado, y deber ser elevada a Escritura Pblica ante Notario, con la finalidad de que se inscriba en el Registro de Personas Jurdicas de la Zona Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Pblicos -SUNARP-, correspondiente al lugar donde se constituya. 13.SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA 1.4.2.- Constitucin por Oferta a Terceros Los fundadores debern redactar un programa de constitucin que llevarn al Notario para efectos de legalizar sus firmas. Una vez legalizadas las mismas, se depositar en el Registro de Personas Jurdicas de la Zona Registral de la SUNARP, correspondiente al lugar donde se constituya a efectos de proceder a su publicacin posterior, con la finalidad de encontrar potenciales suscriptores. La asamblea de suscriptores deber realizarse en el lugar y hora establecida en el programa, o en su defecto, en los que seale la convocatoria que hagan los fundadores. 14.SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA 1.5.- REQUISITOS CONTABLES Las empresas se encuentran obligadas a llevar libros de contabilidad considerados como principales. Debern estar en castellano y expresados en moneda nacional Salvo que Se trate de sociedades que hayan suscrito contratos especiales con el Estado y por tal motivo puedan llevar su contabilidad en moneda extranjera. 15.SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA LOS PRINCIPALES LIBROS CONTABLES Previo a su utilizacin, los libros contables debern legalizarse ante Notario Pblico, Excepto el de Planillas, el cual se legalizar ante el Ministerio de Trabajo y Promocin Social, pagando la tasa correspondiente en el Banco de la Nacin 16.SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA 1.6.- DIVIDENDOS Slo podrn pagarse dividendos sobre las acciones en razn de utilidades obtenidas o de reservas de libre disposicin, siempre que el patrimonio no sea inferior al capital social. La distribucin de dividendos a los accionistas se realizar en proporcin a las sumas que hayan desembolsado y al tiempo de integracin al capital social. 17.OBJETO SOCIAL NOMBRE DENOMINACIN CAPITAL SOCIAL SOCIOS 18.ETAPAS DEL PROCESO DE CONSTITUCION DE UNA EMPRESA Bsqueda mercantil y razn social en RR.PP 2 NOTARIA 1 MINUTA 6 ELABORACION DE LA MINUTA MUNICIPALIDAD LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO 3 ELABORACION DE LA ESCRITURA PUBLICA ANTE UN NOTARIO 5 4 REGISTROS PUBLICOS SUNAT INSCRIPCION EN RRPP MINISTERIO DE TRABAJO Y PROM. DEL EMP. REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES MYPEs RENAMYPE TRAMITAR SU N RUC 19.MINUTA La minuta, es un documento elaborado y firmado por un abogado en el cual se define la creacin, caractersticas que va a tener . LA MINUTA: ESTA COMPUESTA POR ESTATUTOS y PACTO SOCIAL. Escritura pblica: Requiere de los siguientes documentos: Minuta de constitucin de la empresa. (Incluyendo una copia simple.) Pago de los derechos notarial. 20.Inscripcin en los REGISTROS PBLICOS : La inscripcin de la empresa en la Oficina Registral competente en el Registro de Personas Jurdicas de SUNARP. Para inscribirse en el REGISTRO DE SOCIEDADES se debe contar con los siguientes documentos: Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenado y suscrito. Copia del documento de identidad del representante. Escritura Pblica que contenga el Pacto Social y el Estatuto. Comprobante de depsito por el pago de Derechos Regstrales. Otros documentos: Segn calificacin registral y disposiciones vigente. 21.El RUC Registro nico de Contribuyentes. Es un registro que contiene informacin del contribuyente. Por ejemplo: Datos de identificacin, las actividades econmicas, el domicilio fiscal, As como los tributos a los que se encuentro afecto, entre otros datos. 22.Permisos especiales Legalizacin del libro de planillas, lo cual debe presentar: 1.- Solicitud debidamente llenado 2.- El mismo Libro u Hojas Sueltas 3.- Copia del RUC 4.- Pago del derecho de trmite: El costo es de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por cada 100 hojas. UIT = S/. 3,550.00 Estos trmites corresponde a aquellas empresas cuyas actividades requieran solicitar autorizacin previa del sector competente como: Las MYPES gozan del 70 % de descuento. Se cancela en el Banco de la Nacin Tiempo de duracin cinco (5) das. Ministerio de Agricultura. Ministerio de Energa y Minas. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR Ministerio del Interior. Ministerio de Salud,entre otras. 23.Licencia de Funcionamiento (municipalidad) La Licencia Municipal de Funcionamiento se requiere para que la sociedad pueda funcionar en un determinado local.Puede ser: Licencia Provisional(12 meses). Licencia Indefinida o definitiva(No tiene plazo de vigencia). 24.La Sucursal Que es la sucursal? Por este trmino se describe a instalaciones que operan en un lugar separado de la Oficina Principal u Oficina Central de la empresa, como consecuencia del desarrollo de cadenas de almacenes, nacionales y regionales, y de zonas comerciales suburbanas, que mantienen y venden su propia mercadera, ya sea que provengan de la Oficina Central o de terceros en menor cantidad. 25. Las sucursales son entidades que no conllevan la creacin de una persona jurdica distinta, son la consecuencia de la dispersin de establecimientos de una misma sociedad que mantiene su unidad jurdica con la sociedad que la gener, an cuando, desempean la mayor parte de las funciones de una empresa independiente, estando slo bajo inspeccin y control de la casa central respecto a los recursos y obligaciones de cada perodo. 26.La importancia de las sucursales el las SAA Las empresas, domiciliadas o no en el pas, pueden libremente establecer sucursales en el Per, debiendo inscribirlas en el Registro de Personas Jurdicas de la Zona Registral de la SUNARP (Registros Pblicos) del lugar de su funcionamiento. 27. La sucursal carece de personera jurdica independiente de su principal. Est dotada de representacin legal permanente y goza de autonoma de gestin en el mbito de las actividades que la sociedad principal le asigna, conforme a los poderes que otorga a sus representantes. 28. La Escritura Pblica de Establecimiento de Sucursal deber contener cuando menos: El certificado de vigencia de la sociedad principal. Y si se trata de sociedades constituidas en el extranjero, debern presentar, adems del certificado de vigencia, con la constancia de que su pacto social ni su estatuto le impide establecer sucursales en el extranjero. 29. Copia del documento en el que conste el pacto social y el estatuto. 30. El lugar del domicilio de la sucursal y la designacin de por lo menos un representante legal permanente en la sucursal y los poderes que le confiere; y su sometimiento a las leyes del Per para responder por las obligaciones que contraiga la sucursal en el pas. 31. El representante legal de la sucursal, deber tener poderes suficientes para resolver cualquier cuestin relacionada con las actividades de la empresa, para obligar a la sociedad por las operaciones que realicen la sucursal y las generales de representacin procesal que exige la ley.