s u m a r i o - asturias · premio asturias jov en de poesía,nar rativa y te xtos teatrales 1999...

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Direc.:C/Julián Clavería,11 Depósito Legal:O/2532-82 Martes, 18 de enero de 2000 Núm. 13 S U M A R I O I. Principado de Asturias • OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA: Resolución de 14 de diciembre de 1999, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se dispone ejecución de la sentencia recaída en el recurso contencioso-administrativo número 840/97, interpuesto ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias por la entidad “Monitores y Guías de Montaña del Principado de Asturias, S.L.” contra desestimación por el Consejo de Gobierno del Principado de recurso de súplica contra denega - ción de prórroga de la explotación de la Cafetería “Cueto Negro”, sita en la Estación Invernal y de Montaña de Pajares................................................. 370 Resolución de 3 de diciembre de 1999, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se proclama a los ganadores del Premio Asturias Joven de Poesía Narrativa y Textos Teatrales 1999 370 CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICA TERRITORIAL: Resolución de 15 de diciembre de 1999, de la Consejería de Infraestructuras y Política Territorial,por la que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Ordenación para la ubicación de Escuela de Inglés en Pruvia-Llanera (Expediente CUOTA: 1448/99).................................................... 371 •A NUNCIOS CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES: Notificación de resolución de cese de pago de las pensiones del Fondo Asistencial Social que se citan 371 Notificación de recursos de súplica que se citan.... 373 Notificación de resoluciones de Ingreso Mínimo de Inserción que se citan.............................................. 374 CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS: Información pública de la adjudicación del contra - to de las obras de construcción de un Centro de Salud en Pola de Laviana........................................ 374 CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICA TERRITORIAL: Información pública de acreditación de laborato- rios de ensayos para el control de la calidad......... 375 Acuerdo adoptado por la Comisión Ejecutiva de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA), en su sesión de fecha 20 de diciembre de 1999, sobre modificación de Suelo No Urbanizable Genérico. SAPU VIII. (Expediente CUOTA: 817/99). Corvera .................. 375 JUNTA ARBITRAL DEL TRANSPORTE: Notificación de Laudos que se citan........................ 375 CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE: Notificación del procedimiento sancionador en materia de residuos peligrosos que se cita.............. 376 CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA: Información publica de solicitudes de aprovecha- miento maderable en las fincas que se citan........... 376 Información pública del expediente sancionador en materia de incendios forestales que se cita............. 376 Información pública de las comunicaciones de remisión de la carta de pago M-1 de los expedien- tes que se citan......................................................... 377 Notificación de resolución de aprobación del des - linde parcial en monte de U.P. número 101 denomi - nado “Cea y Cetín” en el término municipal de Parres....................................................................... 377 Págs. Págs.

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Page 1: S U M A R I O - Asturias · Premio Asturias Jov en de Poesía,Nar rativa y Te xtos Teatrales 1999 en la modalidad de Poesía a don Miguel Angel López Cuer vo D.N.I. 09402311, domiciliado

Direc.:C/Julián Clavería,11Depósito Legal:O/2532-82 Martes, 18 de enero de 2000 Núm. 13

S U M A R I O

I. Principado de Asturias

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA:

Resolución de 14 de diciembre de 1999, de laConsejería de Educación y Cultura, por la que sedispone ejecución de la sentencia recaída en elrecurso contencioso-administrativo número 840/97,i n t e rpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deAsturias por la entidad “Monitores y Guías deMontaña del Principado de Asturias, S.L.” contradesestimación por el Consejo de Gobierno delPrincipado de recurso de súplica contra denega -ción de prórroga de la explotación de la Cafetería“Cueto Negro”, sita en la Estación Invernal y de Montaña de Pajares................................................. 370

Resolución de 3 de diciembre de 1999, de laConsejería de Educación y Cultura, por la que seproclama a los ganadores del Premio Asturias Joven de Poesía Narrativa y Textos Teatrales 1999 370

CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICATERRITORIAL:

Resolución de 15 de diciembre de 1999, de laConsejería de Infra e s t ru c t u ras y Po l í t i c aTerritorial,por la que se aprueba definitivamente elPlan Especial de Ordenación para la ubicación deEscuela de Inglés en Pruvia-Llanera (Expediente CUOTA: 1448/99).................................................... 371

•A NUNCIOS

CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES:

Notificación de resolución de cese de pago de las pensiones del Fondo Asistencial Social que se citan 371

Notificación de recursos de súplica que se citan.... 373

Notificación de resoluciones de Ingreso Mínimo de Inserción que se citan.............................................. 374

CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS:

Información pública de la adjudicación del contra -to de las obras de construcción de un Centro de Salud en Pola de Laviana........................................ 374

CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICATERRITORIAL:

Información pública de acreditación de laborato-rios de ensayos para el control de la calidad......... 375

Acuerdo adoptado por la Comisión Ejecutiva de laComisión de Urbanismo y Ordenación delTerritorio de Asturias (CUOTA), en su sesión defecha 20 de diciembre de 1999, sobre modificaciónde Suelo No Urbanizable Genérico. SAPU VIII. (Expediente CUOTA: 817/99). Corvera .................. 375

JUNTA ARBITRAL DEL TRANSPORTE:

Notificación de Laudos que se citan........................ 375

CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE:

N o t i ficación del procedimiento sancionador en materia de residuos peligrosos que se cita.............. 376

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

Información publica de solicitudes de aprovecha-miento maderable en las fincas que se citan........... 376

Información pública del expediente sancionador en materia de incendios forestales que se cita............. 376

I n fo rmación pública de las comunicaciones deremisión de la carta de pago M-1 de los expedien-tes que se citan......................................................... 377

Notificación de resolución de aprobación del des -linde parcial en monte de U.P. número 101 denomi -nado “Cea y Cetín” en el término municipal de Parres....................................................................... 377

Págs. Págs.

Page 2: S U M A R I O - Asturias · Premio Asturias Jov en de Poesía,Nar rativa y Te xtos Teatrales 1999 en la modalidad de Poesía a don Miguel Angel López Cuer vo D.N.I. 09402311, domiciliado

CONSEJERIA DE INDUSTRIA,COMERCIO Y TURISMO:

Información pública de la solicitud de Demasía de la concesión “Mina Cortés”................................... 379

Notificación de resolución recaída en el expedientesancionador S/RA-51/98, instruido a la empresa Juan Carlos García Santirso “Revi-Gas”............... 379

Notificación de los procedimientos sancionadores en materia de turismo que se citan ......................... 379

III. Administración del Estado....................... 380

IV. Administración Local.................................. 421

V. Administración de Justicia ......................... 448

VI. Otros Anuncios .............................................. 463

• OTRAS DISPOSICIONES

CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA:

R E S O L U C I O N de 14 de diciembre de 1999, de laConsejería de Educación y Cultura, por la que se dispo -ne ejecución de la sentencia recaída en el recurso con -tencioso-administrativo número 840/97, interpuesto antela Sala de lo Contencioso-Administrativo del TribunalS u p e rior de Justicia de A s t u rias por la entidad“Monitores y Guías de Montaña del Principado deAsturias, S.L.” contra desestimación por el Consejo deGobierno del Principado de recurso de súplica contradenegación de prórroga de la explotación de la Cafetería“Cueto Negro ” , sita en la Estación Inve rnal y deMontaña de Pajares.

En recurso contencioso-administrativo número 840/97, inter-puesto ante la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo por la entidad Monitores y Guías de Montaña delPrincipado de Asturias,S.L.,contra la desestimación presunta porsilencio administrativo del recurso de súplica presentado ante elConsejo de Gobierno del Principado de A s t u rias contra laResolución de la Consejería de Cultura, de fecha 9 de septiembrede 1996, por la que se denegaba la prorroga de la concesión de laexplotación de la cafetería “Cueto Negro” en la estación Invernalde Valgrande-Pajares, ha adquirido firmeza, habiendo por ello deobservarse en orden a su ejecución los trámites previstos en elartículo 26 del Decreto 20/1997, de 20 de marzo, por el que seregula la organización y funcionamiento del Servicio Jurídico delPrincipado de Asturias; en consecuencia,

RESUELVO

Primero.— Ejecutar en sus propios términos el fallo de la sen-tencia de referencia,cuyo tenor literal es el siguiente:“Que deses-timando la demanda pro m ovida por doña María Vi c t o ri aArgüelles-Landeta Fernández, Procuradora de los Tribunales, ennombre y representación de la Mercantil Monitores y Guías deMontaña del Principado de Asturias, S.L.,contra la desestimaciónpresunta por silencio administrativo del recurso de súplica pre-sentado ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturiascontra la resolución de la Consejería de Cultura, de fecha 9 deseptiembre de 1996, que le deniega la prórroga de la concesión dela explotación de la Cafetería “Cueto Negro”, de la EstaciónInvernal de Valgrande-Pajares, dando por finalizado el contrato,

h abiendo sido parte el Letrado del Servicio Jurídico delPrincipado de Asturias, debemos declarar y declaramos conformea derecho el acto administrativo impugnado, que por tal razónconfirmamos. Sin hacer especial declaración de las costas deven-gadas en la instancia.

Segundo.— Ordenar la publicación de la presente resoluciónen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 14 de diciembre de 1999.—El Consejero deEducación y Cultura.—74.

— • —

R E S O L U C I O N de 3 de diciembre de 1999, de laConsejería de Educación y Cultura, por la que se procla -ma a los ganadores del Premio Asturias Joven de PoesíaNarrativa y Textos Teatrales 1999.

Convocada por Resolución de 26 de enero de 1999 (BOLE-TIN OFICIAL del Principado de Asturias de 12 de febrero de1999) la Campaña “Culturaquí ’99”, compuesta por una MuestraRegional de Artes Plásticas, un Concurso Regional de Maquetasp a ra Grupos Po p - R o ck , un Concurso Regional de Vi d e o sMusicales y un Premio Asturias Joven de Poesía, Narrativa yTextos Teatrales, de acuerdo con la Base Cuarta del Anexo IV ycorrespondiendo la política juvenil a la Comunidad Autónoma,envirtud de las competencias asumidas en el artículo 10.1 p) delEstatuto de Autonomía, cuyo traspaso de funciones y serviciosdel Estado al Principado de Asturias se operó por Real Decreto2.542/1982 de 12 de agosto; considerando las atribuciones queme otorga el artículo 21 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, deR é gimen Jurídico de la A d m i n i s t ración del Principado deAsturias, el Decreto 10/1999, de 22 de julio, de reestructuraciónde las Consejerías que integran la A d m i n i s t ración de laComunidad Autónoma, y el artículo 38 de la Ley 6/1984, delPresidente y del Consejo de Gobierno.

RESUELVO

Primero.— A propuesta del jurado declarar ganador delPremio Asturias Joven de Poesía, Narrativa y Textos Teatrales1999 en la modalidad de Poesía a don Miguel Angel LópezCuervo D.N.I. 09402311, domiciliado en calle González Besadanº 53, 9º, 33007 Oviedo; por la obra titulada “Héroes del bar deabajo”; quién recibirá un premio en metálico de 250.000 (dos-cientas cincuenta mil) pesetas y 50 ejemplares de su obra.

370 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

I. Principado de Asturias

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Page 3: S U M A R I O - Asturias · Premio Asturias Jov en de Poesía,Nar rativa y Te xtos Teatrales 1999 en la modalidad de Poesía a don Miguel Angel López Cuer vo D.N.I. 09402311, domiciliado

Segundo.— A propuesta del jurado, declarar ganador delPremio Asturias Joven de Poesía, Narrativa y Textos Teatrales1999, en la modalidad de Narrativa a don Miguel Angel LópezCuervo D.N.I. 09402311, domiciliado en calle González Besadanº 53,9º 33007 Oviedo; por la obra titulada “La Olla”,quien reci-birá un premio en metálico de 250.000 (doscientas cincuenta mil)pesetas y 50 ejemplares de su obra.

Tercero.— A propuesta del jurado, declarar ganador delPremio Asturias Joven de Poesía, Narrativa y Textos Teatrales1999 en la modalidad de Textos Te at rales a don Ricard oMenéndez Salmón con D.N.I. 10874200 domiciliado en la calleFeijoo nº 64, 3º izda., 33204 Gijón; por la obra titulada “Las apo-logías de Sócrates”, quien recibirá un premio en metálico de250.000 (doscientas cincuenta mil) pesetas y 50 ejemplares de suobra.

Cuarto.— El Instituto Asturiano de la Juventud adoptará lasmedidas necesarias para la realización de la presente resolución,relativas al pago de los citados premios, que se realizarán conc a rgo al Concepto Pre s u p u e s t a rio 1505-323A.227.06 de losPresupuestos Generales del Principado de Asturias de 2000.

Quinto.— Publicar la presente resolución en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias.

Sexta.— Contra la presente resolución podrá interponerserecurso de súplica, en el plazo de un mes a partir de la publica-ción de la misma en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, ante el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias,sin perjuicio de que, de entenderlo oportuno, se interponga cual-quier otro recurso que a juicio del interesado resulte más conve-niente para la defensa de sus intereses.

En Oviedo, a 3 de diciembre de 1999.—El Consejero deEducación y Cultura.—75.

CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICATERRITORIAL:

R E S O L U C I O N de 15 de diciembre de 1999, de laConsejería de Infraestructuras y Política Territorial, porla que se aprueba definitivamente el Plan Especial deOrdenación para la ubicación de Escuela de Inglés enPruvia-Llanera (Expediente CUOTA: 1448/99).

Visto el informe favorable emitido por la Permanente de laComisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias(CUOTA) en su reunión de fecha 29 de noviembre de 1999, y deconformidad con lo prevenido en los artículos 143 y siguientes asícomo 148 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico Estatal,Ley del Suelo de 1976, Real Decreto Ley 16/1981,de adaptaciónde Planes Generales de Ordenación Urbana, y Norm a sSubsidiarias de Planeamiento Urbanístico del concejo de Llanera,esta Consejería ha resuelto ap robar defi n i t ivamente el PlanEspecial de Ordenación para la ubicación de Escuela de Ingléscon el contenido y alcance establecidos en los Acuerdos munici-pales de Aprobación Inicial y Provisional, con señalamiento delas siguientes condiciones a acreditar ante y por el Ayuntamiento,dando posteriormente cuenta a esta Comisión:

• Conforme al acuerdo de aprobación provisional municipal“el Promotor deberá obtener autorización de la propietariadel colector que figura en el Proyecto del Plan Especial, obien presentar una depuración integral que se realice dentrode la finca de su propiedad”. “La cesión prevista alAyuntamiento será para una instalación pública de carácterpolivalente”.

• Se eliminará la condición de edificabilidad de 0,20 m2/m2 altratarse de suelo no urbaniza ble.

• Se fija una capacidad máxima de edificación de 10.000 m2

construidos y una ocupación máxima de parcela del 25%.

• La anchura del vial ampliado se considera escaso para el tipode tráfico que primará, autobuses, siendo aconsejable unaanchura superior, no inferior a 6 m. debiendo precisarse en el

Plan Especial el procedimiento para la obtención de los terre-nos precisos y el órgano o entidad que correrá con la ejecu-ción de esta infraestructura.

• Se considera que pueda resultar escaso el espacio de aparca-miento exterior previsto por lo que se planteará la salvaguar-da por el Ayuntamiento de cesión de espacios adicionales ysu urbanización por el promotor, mediante un franja de reser-va de viales.

• Se incorporarán como documento del Plan Especial lascesiones aprobadas.

Contra la presente resolución se puede interponer, en el plazode 1 mes a partir del siguiente al de su publicación o, en su caso,notificación, recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno delPrincipado de Asturias con arreglo a lo previsto en el artículo 28de la Ley 2/1995, de 24 de mayo, sobre el Régimen Jurídico de laAdministración del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 15 de diciembre de 1999.—El Consejero deInfraestructuras y Política Territorial.—131.

• ANUNCIOS

CONSEJERIA DE ASUNTOS SOCIALES:

NOTIFICACION de resolución de cese de pago de laspensiones del Fondo Asistencial Social que se citan.

Intentada la notificación al pensionista arriba indicado y nohabiéndose podido practicarse , se procede a la notificación de lapropuesta de cese de la pensión mediante la presente publicaciónen cumplimiento de los artículos 58, 59 y 61 de la Ley 30/1992,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, indicando de forma some-ra el contenido del acto dictado el 3 de diciembre 1999.

“Acordar el cese del pago, con efectos de 31 de diciembre1999, de la pensión asistencial a nombre de doña Victoria EstherMontoya Vargas D.N.I. 09392464, al no haber presentado la“declaración sobre circunstancias relativas al Fondo de AsistenciaSocial” como medida cautelar ante la presunción de que la perso-na interesada ha perdido el derecho a la misma.”

Para el conocimiento del contenido íntegro de este acto puedecomparecer en el Servicio de Prestaciones de esta Consejería deAsuntos Sociales, calle General Elorza, 35 de Oviedo de 9 a 14horas.

Lo que se le notifica mediante la presente publicación, indi-cando que contra esta resolución podrá interponer recursos desúplica ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes con-tado a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, según establece el artículo28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico dela Administración del Principado de Asturias, en conexión con laLey 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su última redacción dad por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Transcurrido el plazo de 3 meses contados a partir del díasiguiente de esta publicación sin presentar declaración anual, sedictará resolución de extinción de la pensión del Fondo deAsistencia Social.

En Oviedo, a 30 de diciembre 1999.—La Jefa del Servicio dePrestaciones.—286 (1).

— • —

Intentada la notificación al pensionista arriba indicado y nohabiéndose podido practicarse, se procede a la notificación de lapropuesta de cese de la pensión mediante la presente publicaciónen cumplimiento de los artículos 58, 59 y 61 de la Ley 30/1992,

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 371

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de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, indicando de forma some-ra el contenido del acto dictado el 3 de diciembre 1999.

“Acordar el cese del pago, con efectos de 31 de diciembre1999, de la pensión asistencial a nombre de Antonio BarreiroCastiñeira D.N.I. 10.486.688, al no haber presentado la “declara-ción sobre circunstancias relativas al Fondo de Asistencia Social”como medida cautelar ante la presunción de que la persona inte-resada ha perdido el derecho a la misma.”

Para el conocimiento del contenido íntegro de este acto puedecomparecer en el Servicio de Prestaciones de esta Consejería deAsuntos Sociales, calle General Elorza, 35 de Oviedo de 9 a 14horas.

Lo que se le notifica mediante la presente publicación, indi-cando que contra esta resolución podrá interponer recursos desúplica ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes con-tado a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, según establece el artículo28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico dela Administración del Principado de Asturias, en conexión con laLey 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su última redacción dad por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Transcurrido el plazo de 3 meses contados a partir del díasiguiente de esta publicación sin presentar declaración anual, sedictará resolución de extinción de la pensión del Fondo deAsistencia Social.

En Oviedo, a 30 de diciembre 1999.—La Jefa del Servicio dePrestaciones.—286 (2).

— • —

Intentada la notificación al pensionista arriba indicado y nohabiéndose podido practicarse, se procede a la notificación de lapropuesta de cese de la pensión mediante la presente publicaciónen cumplimiento de los artículos 58, 59 y 61 de la Ley 30/1992,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común,indicando de forma some-ra el contenido del acto dictado el 3 de diciembre 1999.

“Acordar el cese del pago, con efectos de 31 de diciembre1999, de la pensión asistencial a nombre de doña María EstherManases Arnau D.N.I. 10.512.779, al no haber presentado la“declaración sobre circunstancias relativas al Fondo de AsistenciaSocial” como medida cautelar ante la presunción de que la perso-na interesada ha perdido el derecho a la misma.”

Para el conocimiento del contenido íntegro de este acto puedecomparecer en el Servicio de Prestaciones de esta Consejería deAsuntos Sociales, calle General Elorza, 35 de Oviedo de 9 a 14horas.

Lo que se le notifica mediante la presente publicación, indi-cando que contra esta resolución podrá interponer recursos desúplica ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes con-tado a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, según establece el artículo28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico dela Administración del Principado de Asturias, en conexión con laLey 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su última redacción dad por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Transcurrido el plazo de 3 meses contados a partir del díasiguiente de esta publicación sin presentar declaración anual, sedictará resolución de extinción de la pensión del Fondo deAsistencia Social.

En Oviedo, a 30 de diciembre 1999.—La Jefa del Servicio dePrestaciones.—286 (3).

Intentada la notificación al pensionista arriba indicado y nohabiéndose podido practicarse, se procede a la notificación de lapropuesta de cese de la pensión mediante la presente publicaciónen cumplimiento de los artículos 58, 59 y 61 de la Ley 30/1992,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, indicando de forma some-ra el contenido del acto dictado el 3 de diciembre 1999.

“Acordar el cese del pago, con efectos de 31 de diciembre1999,de la pensión asistencial a nombre de doña Narcisa JiménezGabarri D.N.I. 10.549.537,al no haber presentado la “declaraciónsobre circunstancias relativas al Fondo de Asistencia Social”como medida cautelar ante la presunción de que la persona inte-resada ha perdido el derecho a la misma.”

Para el conocimiento del contenido íntegro de este acto puedecomparecer en el Servicio de Prestaciones de esta Consejería deAsuntos Sociales, calle General Elorza, 35 de Oviedo de 9 a 14horas.

Lo que se le notifica mediante la presente publicación, indi-cando que contra esta resolución podrá interponer recursos desúplica ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes con-tado a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, según establece el artículo28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico dela Administración del Principado de Asturias, en conexión con laLey 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su última redacción dad por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Transcurrido el plazo de 3 meses contados a partir del díasiguiente de esta publicación sin presentar declaración anual, sedictará resolución de extinción de la pensión del Fondo deAsistencia Social.

En Oviedo, a 30 de diciembre 1999.—La Jefa del Servicio dePrestaciones.—286 (4).

— • —

Intentada la notificación al pensionista arriba indicado y nohabiéndose podido practicarse, se procede a la notificación de lapropuesta de cese de la pensión mediante la presente publicaciónen cumplimiento de los artículos 58, 59 y 61 de la Ley 30/1992,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, indicando de forma some-ra el contenido del acto dictado el 3 de diciembre 1999.

“Acordar el cese del pago, con efectos de 31 de diciembre1999, de la pensión asistencial a nombre de doña Oliva LópezRiesgo D.N.I. 10.829.711,al no haber presentado la “declaraciónsobre circunstancias relativas al Fondo de Asistencia Social”como medida cautelar ante la presunción de que la persona inte-resada ha perdido el derecho a la misma.”

Para el conocimiento del contenido íntegro de este acto puedecomparecer en el Servicio de Prestaciones de esta Consejería deAsuntos Sociales, calle General Elorza, 35 de Oviedo de 9 a 14horas.

Lo que se le notifica mediante la presente publicación, indi-cando que contra esta resolución podrá interponer recursos desúplica ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes con-tado a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, según establece el artículo28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico dela Administración del Principado de Asturias, en conexión con laLey 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su última redacción dad por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Transcurrido el plazo de 3 meses contados a partir del díasiguiente de esta publicación sin presentar declaración anual, sedictará resolución de extinción de la pensión del Fondo deAsistencia Social.

372 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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En Oviedo, a 30 de diciembre 1999.—La Jefa del Servicio dePrestaciones.—286 (5).

— • —

Intentada la notificación al pensionista arriba indicado y nohabiéndose podido practicarse, se procede a la notificación de lapropuesta de cese de la pensión mediante la presente publicaciónen cumplimiento de los artículos 58, 59 y 61 de la Ley 30/1992,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común,indicando de forma some-ra el contenido del acto dictado el 3 de diciembre 1999.

“Acordar el cese del pago, con efectos de 31 de diciembre1999, de la pensión asistencial a nombre de doña María NievesMiranda Pisa D.N.I. 12.710.637,al no haber presentado la “decla-ración sobre circunstancias relativas al Fondo de AsistenciaSocial” como medida cautelar ante la presunción de que la perso-na interesada ha perdido el derecho a la misma.”

Para el conocimiento del contenido íntegro de este acto puedecomparecer en el Servicio de Prestaciones de esta Consejería deAsuntos Sociales, calle General Elorza, 35 de Oviedo de 9 a 14horas.

Lo que se le notifica mediante la presente publicación, indi-cando que contra esta resolución podrá interponer recursos desúplica ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes con-tado a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, según establece el artículo28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico dela Administración del Principado de Asturias, en conexión con laLey 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su última redacción dad por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Transcurrido el plazo de 3 meses contados a partir del díasiguiente de esta publicación sin presentar declaración anual, sedictará resolución de extinción de la pensión del Fondo deAsistencia Social.

En Oviedo, a 30 de diciembre 1999.—La Jefa del Servicio dePrestaciones.—286 (6).

— • —

Intentada la notificación al pensionista arriba indicado y nohabiéndose podido practicarse, se procede a la notificación de lapropuesta de cese de la pensión mediante la presente publicaciónen cumplimiento de los artículos 58, 59 y 61 de la Ley 30/1992,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común,indicando de forma some-ra el contenido del acto dictado el 3 de diciembre 1999.

“Acordar el cese del pago, con efectos de 31 de diciembre1999, de la pensión asistencial a nombre de doña María SoledadBustelo Rodríguez D.N.I. 71.861.377, al no haber presentado la“declaración sobre circunstancias relativas al Fondo de AsistenciaSocial” como medida cautelar ante la presunción de que la perso-na interesada ha perdido el derecho a la misma.”

Para el conocimiento del contenido íntegro de este acto puedecomparecer en el Servicio de Prestaciones de esta Consejería deAsuntos Sociales, calle General Elorza, 35 de Oviedo de 9 a 14horas.

Lo que se le notifica mediante la presente publicación, indi-cando que contra esta resolución podrá interponer recursos desúplica ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes con-tado a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, según establece el artículo28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico dela Administración del Principado de Asturias, en conexión con laLey 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su última redacción dad por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Transcurrido el plazo de 3 meses contados a partir del díasiguiente de esta publicación sin presentar declaración anual, sedictará resolución de extinción de la pensión del Fondo deAsistencia Social.

En Oviedo, a 30 de diciembre 1999.—La Jefa del Servicio dePrestaciones.—286 (7).

— • —

Intentada la notificación al pensionista arriba indicado y nohabiéndose podido practicarse, se procede a la notificación de lapropuesta de cese de la pensión mediante la presente publicaciónen cumplimiento de los artículos 58, 59 y 61 de la Ley 30/1992,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, indicando de forma some-ra el contenido del acto dictado el 3 de diciembre 1999.

“Acordar el cese del pago, con efectos de 31 de diciembre1999, de la pensión asistencial a nombre de doña Ariadna VilaCornelias D.N.I. X-1380078, al no haber presentado la “declara-ción sobre circunstancias relativas al Fondo de Asistencia Social”como medida cautelar ante la presunción de que la persona inte-resada ha perdido el derecho a la misma.”

Para el conocimiento del contenido íntegro de este acto puedecomparecer en el Servicio de Prestaciones de esta Consejería deAsuntos Sociales, calle General Elorza, 35 de Oviedo de 9 a 14horas.

Lo que se le notifica mediante la presente publicación, indi-cando que contra esta resolución podrá interponer recursos desúplica ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes con-tado a partir del día siguiente de su publicación en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, según establece el artículo28 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico dela Administración del Principado de Asturias, en conexión con laLey 30/1992, de 26 noviembre, de régimen jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en su última redacción dad por la Ley 4/1999, de 13 deenero.

Transcurrido el plazo de 3 meses contados a partir del díasiguiente de esta publicación sin presentar declaración anual, sedictará resolución de extinción de la pensión del Fondo deAsistencia Social.

En Oviedo, a 30 de diciembre 1999.—La Jefa del Servicio dePrestaciones.—286 (8).

— • —

NOTIFICACION de recursos de súplica que se citan.

H abiendo sido devuelta por el servicio de correos la comu-nicación del A c u e rdo del Consejo de Gobiern o , re l at iva a re c u r-so de súplica interpuesto por don José Luis Fe rnández Flóre z ,con D. N. I . : 1 0 . 5 2 5 . 4 6 2 - H , c u yo último domicilio fue LaB e rvo l a , 81 de Lugo de Llanera , por medio de la presente sec o mu n i c a :

1. Que por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28 deoctubre de 1999, se acuerda desestimar el recurso de súpli-ca interpuesto por don José Luis Fernández Flórez.

2. Para el conocimiento del contenido íntegro de este Acuerdoel interesado puede comparecer en el Servicio dePrestaciones de la Consejería de Asuntos Sociales (calleGeneral Elorza, 35, 33001 Oviedo), en horario de 9 a 14 ydías laborables, en el plazo de 15 días a contar desde elsiguiente a esta publicación.

Todo ello se comunica al interesado y a sus posibles herede-ros en caso de fallecimiento del mismo.

En Oviedo, a 29 de diciembre de 1999.—La Jefa del Serviciode Prestaciones.—287 (1).

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 373

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Habiendo sido devuelta por el servicio de correos la comuni-cación del Acuerdo del Consejo de Gobierno, relativa a recurso desúplica interpuesto por doña Anselma Barredo Pando,con D.N.I.:10.673.290-W, cuyo último domicilio fue calle Zoila, nº 24, 3º Dde Gijón, por medio de la presente se comunica:

1. Que por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28 deoctubre de 1999, se acuerda desestimar el recurso de súpli-ca interpuesto por doña Anselma Barreda Pando.

2. Para el conocimiento del contenido íntegro de este Acuerdoel interesado puede comparecer en el Servicio dePrestaciones de la Consejería de Asuntos Sociales (calleGeneral Elorza, 35, 33001 Oviedo), en horario de 9 a 14 ydías laborables, en el plazo de 15 días a contar desde elsiguiente a esta publicación.

Todo ello se comunica al interesado y a sus posibles herede-ros en caso de fallecimiento del mismo.

En Oviedo, a 29 de diciembre de 1999.—La Jefa del Serviciode Prestaciones.—287 (2).

— • —

NOTIFICACION de resoluciones de Ingreso Mínimo deInserción que se citan.

De acuerdo con lo preceptuado por los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se publica la notificación de la resolución recaída en elexpediente de solicitud de la prestación del Ingreso Mínimo deInserción (IMI) que se relaciona, con indicación somera de sucontenido, ante la imposibilidad de efectuar comunicación direc-ta una vez intentada ésta.

El solicitante podrá comparecer en el Centro de ServiciosSociales del concejo desde el que haya tramitado su solicitud,para conocer el contenido íntegro del acto notificado. Contra élpodrá interponer recurso de súplica ante el Consejo de Gobiernodel Principado de Asturias en el plazo de un mes, contado desdeel día siguiente a la publicación de la presente comunicación,con-forme con el artículo 48.4 de la precitada Ley.

• Don Jesús Jiménez Gabarre.

Expediente número: 066/04/012/03/000032.

Domicilio: Las Margaritas nº 3, bajo.

Concejo: Siero.

“Denegar a don Jesús Jiménez Gabarre la renovación de suprestación de Ingreso Mínimo de Inserción, por incumplimientode los compromisos asumidos con la firma del correspondientePlan Individual de Inserción.”

En Oviedo, a 23 de diciembre de 1999.—La Jefa del Serviciode Prestaciones.—288 (1).

— • —

De acuerdo con lo preceptuado por los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se publica la notificación de la resolución recaída en elexpediente de solicitud de la prestación del Ingreso Mínimo deInserción (IMI) que se relaciona, con indicación somera de sucontenido, ante la imposibilidad de efectuar comunicación direc-ta una vez intentada ésta.

El solicitante podrá comparecer en el Centro de ServiciosSociales del concejo desde el que haya tramitado su solicitud,para conocer el contenido íntegro del acto notificado. Contra élpodrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Consejero deAsuntos Sociales en el plazo de un mes, contado desde el díasiguiente a la publicación de la presente comunicación, conformecon el artículo 48.4 de la precitada Ley.

• Doña Trinidad Santoveña Fernández.

Expediente número: 024/05/022/05/002160.

Domicilio: Calle Covadonga nº 11, 3º D.

Concejo: Gijón.

“Denegar a doña Trinidad Santoveña Fernández la renovaciónde la prestación de Ingreso Mínimo de Inserción solicitada, porinoperancia de la misma ante su situación de necesidad, a la vistade los preceptivos informes evaluativos.”

En Oviedo, a 23 de diciembre de 1999.—La Jefa del Serviciode Prestaciones.—288 (2).

— • —

De acuerdo con lo pr e c eptuado por los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de nov i e m b re, de Régimen Jurídico de lasA d m i n i s t raciones Públicas y del Procedimiento A d m i n i s t rat ivoC o m ú n , se publica la notificación de la resolución recaída en elexpediente de solicitud de la prestación del Ingreso Mínimo deI n s e rción (IMI) que se re l a c i o n a , con indicación somera de suc o n t e n i d o , por ser desconocido el domicilio actual del intere s a-d o .

El solicitante podrá comparecer en el Centro de ServiciosSociales del concejo desde el que haya tramitado su solicitud,para conocer el contenido íntegro del acto notificado. Contra élpodrá interponer recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Consejero deAsuntos Sociales en el plazo de un mes, contado desde el díasiguiente a la publicación de la presente comunicación, conformecon el artículo 48.4 de la precitada Ley.

• Don Francisco Canha Jiménez.

Expediente número: 014/05/019/01/000602.

Domicilio: Desconocido.

Concejo: Carreño.

“Declarar extinguida,por incumplimiento de compromisos,laprestación de Ingreso Mínimo de Inserción de don FranciscoCanha Jiménez con efectos de 17 de noviembre de 1999.”

En Oviedo, a 23 de diciembre de 1999.—La Jefa del Serviciode Prestaciones.—288 (3).

CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS:

INFORMACION pública de la adjudicación del contratode las obras de construcción de un Centro de Salud enPola de Laviana.

1.— Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.

b) Dependencia que tramita el ex p e d i e n t e : Sección deContratación.

c) Número de expediente: OB47/99.

2.— Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Obras.

b) Descripción del objeto:Construcción de un Centro de Saluden Pola de Laviana.

c) Boletín o Diario Oficial y fecha de publicación del anunciode licitación: BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias de 26 de noviembre de 1999.

3.— Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

Urgente, abierto y subasta.

4.— Presupuesto base de licitación:

Importe: 276.678.561 pesetas.

374 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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5.— Adjudicación:

a) Fecha: 10 de diciembre de 1999.

b) Contratista: Sadesa, Sociedad Asturiana de Edificaciones,S.A.

c) Nacionalidad: Española

d) Importe de adjudicación: 217.958.800 pesetas.

En Oviedo, a 30 de diciembre de 1999.—El SecretarioGeneral Técnico.—283.

CONSEJERIA DE INFRAESTRUCTURAS Y POLITICATERRITORIAL:

INFORMACION pública de acreditación de laboratoriosde ensayos para el control de la calidad.

El lab o rat o rio Inge n i e ros A s e s o re s , S. A . , ubicado en el polí-gono de Silvo t a , Plaza del Sueve, p a rcela 7980, ( 3 3 1 9 2 )L l a n e ra , a c reditado en las áreas Fi rmes Flex i bles y Bituminososy sus Mat e riales Constituyentes (PF), E n s ayos de Lab o rat o ri ode Mecánica de Suelos (SE) y en el área de Control deH o rmigón en Masa o A rmado y Mat e riales Constituye n t e s ,C e m e n t o , A ri d o s , A g u a , A c e ro para A rm a d u ra s , Adiciones yA d i t ivo s , ha comunicado la escisión parcial de la sociedadI n ge n i e ros A s e s o re s , S. A . , que ha traído como consecuencia elnacimiento de la mercantil Inge n i e ros A s e s o res de laC o n s t ru c c i ó n , S. A . , a la que se han ap o rtado en bloque todos losa c t ivos y pasivos de la parte segregada. A su vez solicita modi-ficar la titularidad fo rmal de sus acreditaciones así como de lac a l i ficación de Organización Colab o ra d o ra para el Control de laCalidad de la Edifi c a c i ó n .

H abiéndose emitido info rme favo rable por parte delLaboratorio Asturiano para la Calidad de la Edificación en el sen-tido de no haber sido modificadas las condiciones del capítulo IIdel Decreto 43/1990 y Real Decreto 1.230/1989, esta DirecciónGeneral de Arquitectura y Vivienda, en uso de las atribucionesconferidas por el Decreto 43/1990, de 3 mayo, procede a recono-cer a la sociedad Ingenieros Asesores de la Construcción, S.A.,ubicada en el polígono de Silvota, plaza del Sueve, parcela 79-80(33192) Llanera, las acreditaciones anteriormente mencionadas,así mismo se la reconoce también, como Orga n i z a c i ó nColaboradora para el Control de la Calidad en la Edificación,cali-ficación otorgada al Laboratorio Ingenieros Asesores, S.A., confecha 15 de noviembre de 1996, según Decreto 86/1995.

En Oviedo, a 23 de diciembre de 1999.—El Director Generalde Arquitectura y Vivienda.—290.

— • —

ACUERDO adoptado por la Comisión Ejecutiva de laComisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio deAsturias (CUOTA), en su sesión de fecha 20 de diciembrede 1999, sobre modificación de Suelo No UrbanizableGenérico. SAPU VIII. (Expediente CUOTA: 817/99).Corvera.

Se aprueba definitivamente por unanimidad y de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento dePlaneamiento y en Decreto 169/1999, de 9 de diciembre por elque se r egula la composición competencias y funcionamiento dela CUOTA, la modificación puntual de las Normas Subsidiariasde Planeamiento, consistente básicamente en el cambio de clasi-ficación de una bolsa de suelo actualmente clasificado como SNUsituado debajo del sector SAPU-VI y entorno al barrio de LaEstrada, con una edificabilidad de 0.50 m2/m2, una superficie de60.880 m 2, una cesión de 12.800 m2 el y una cesión de aprove-chamiento del 15%.

Contra este acuerdo se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses, a partir del siguiente al desu notificación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias,de conformidad con lo previsto en artículo 46 de la Ley 29/1998,de 13 de julio, reg u l a d o ra de la Ju risdicción Contencioso-

Administrativa, y el 26 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobreel Régimen Jurídico de la Administración del Principado deAsturias. No obstante, en el plazo de 1 mes podrá interponerse elpotestativo de reposición ante este mismo órgano, de conformi-dad con lo establecido en el artículo 107 y siguientes de la Ley30/1992, modificada por el Ley 4/1999, de 13 de enero.

En Oviedo, a 22 de diciembre de 1999.—El Secretario de laComisión de Urbanismo y Ordenación del Te rri t o rio deAsturias.—331.

JUNTA ARBITRAL DEL TRANSPORTE:

NOTIFICACION de Laudos que se citan.

Doña Cristina Fernández García, Secretaria de la Junta Arbitraldel Transporte del Principado de Asturias,

Doy fe y testimonio: Que en la reclamación 31/99 tramitadaante esta junta, se ha dictado Laudo cuyo encabezamiento y partedispositiva dicen literalmente lo siguiente:

“En Oviedo, a trece de julio de mil novecientos noventa ynueve, constituida la junta Arbitral del Transporte integrada porsu presidente don Luis Pérez-Herrerín García, por los Vocalesdoña Carmen Turiel de Paz y don José Ramón Alonso Alvarez, ypor su Secretaria, doña Cristina Fernández García, ha dictado elsiguiente Laudo en reclamación 31/99 promovida por doñaSeverina Montes Iglesias, contra don Iván Posada Bravo, queopera en el tráfico mercantil bajo el nombre comercial de TourPola de Siero, por retraso en entrega de mercancía, evaluada eco-nómicamente en cuarenta y cuatro mil quinientas cincuenta y dos(44.552) pesetas.

Fallo

En atención a lo expuesto esta Junta Arbitral, por unanimidad,acuerda estimar parcialmente la reclamación planteada por doñaSeverina Montes Iglesias debiendo indemnizarla don Iván PosadaBravo,que opera en el tráfico mercantil bajo el nombre comercialde Tour Pola de Siero, en la cantidad de dos mil ciento noventa yocho (2.198) pesetas.

Contra el presente Laudo puede ser interpuesto recurso deanulación ante la Audiencia Provincial de Oviedo, de conformi-dad con lo establecido en el artículo 9.8 del Real Decreto1.211/1990, de 28 de septiembre, en relación con el artículo 45 dela Ley 36/1988,de 5 de diciembre, de Arbitraje, dentro de los diezdías siguientes a su notificación.”

Y para que sirva de notificación a don Iván Posada Bravo,actualmente en paradero desconocido, expido la presente para supublicación en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturiasy fijación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pola deSiero y de esta Junta.

En Oviedo, a 20 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—82.

— • —

Doña Cristina Fernández García, Secretaria de la Junta Arbitraldel Transporte del Principado de Asturias,

Doy fe y testimonio: Que en la reclamación 47/99 tramitadaante esta Junta,se ha dictado Laudo cuyo encabezamiento y partedispositiva dicen literalmente lo siguiente:

“En Oviedo, a dos de septiembre de mil novecientos noventa ynueve, constituida la junta Arbitral del Transporte integrada por supresidente don Luis Pérez-Herrerín García, por los Vocales donJavier Fernández Torres y don Eduardo Piñeiro Poncet, y por suSecretaria, doña Cristina Fernández García, ha dictado el siguienteLaudo en reclamación 47/99 promovida por don Rubén RodríguezAlvarez,en nombre y representación de la entidad mercantil F.A.T.Diana R. Transportes, S.A., contra la entidad Wenceslao CalvoGarro, S.L., por impago de portes, evaluada económicamente ensesenta y una mil cuatrocientas ochenta (61.480) pesetas.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 375

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Fallo

En atención a lo expuesto esta junta Arbitral, por unanimidad,acuerda tener por desistido a don Rubén Rodríguez Alvarez de lareclamación planteada, en nombre y representación de la entidadmercantil F.A.T. Diana R. Transportes, S.A., contra la entidadWenceslao Calvo Garro, S.L., ordenando el archivo de las actua-ciones practicadas.

Contra el presente Laudo puede ser interpuesto recurso deanulación ante la Audiencia Provincial de Oviedo, de conformi-dad con lo establecido en el artículo 9.8 del Real Decreto1.211/1990,de 28 de septiembre, en relación con el artículo 45 dela Ley 36/1988,de 5 de diciembre, de Arbitraje, dentro de los diezdías siguientes a su notificación.”

Y para que sirva de notificación a Wenceslao Calvo Garro,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido la presentepara su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y fijación en el tablón de edictos del Ayuntamiento deLalín y de esta Junta.

En Oviedo, a 20 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—83.

— • —

Doña Cristina Fernández García, Secretaria de la Junta Arbitraldel Transporte del Principado de Asturias,

Doy fe y testimonio: Que en la reclamación 48/99 tramitadaante esta junta, se ha dictado Laudo cuyo encabezamiento y partedispositiva dicen literalmente lo siguiente:

“En Oviedo, a dos de septiembre de mil novecientos noventa ynueve, constituida la Junta Arbitral del Transporte integrada por supresidente don Luis Pérez-Herrerín García, por los Vocales donJavier Fernández Torres y don Eduardo Piñeiro Poncet, y por suSecretaria, doña Cristina Fernández García, ha dictado el siguienteLaudo en reclamación 48/99 promovida por don Rubén RodríguezAlvarez, en nombre y representación de la entidad mercantil F.A.T.Diana R. Transportes, S.A., contra la entidad Wenceslao CalvoGarro, S.L., por impago de portes, evaluada económicamente ensesenta y una mil cuatrocientas ochenta (61.480) pesetas.

Fallo

En atención a lo expuesto esta junta Arbitral, por unanimidad,acuerda tener por desistido a don Rubén Rodríguez Alvarez de lareclamación planteada, en nombre y representación de la entidadmercantil F.A.T. Diana R. Transportes, S.A., contra la entidadWenceslao Calvo Garro, S.L., ordenando el archivo de las actua-ciones practicadas.

Contra el presente Laudo puede ser interpuesto recurso deanulación ante la Audiencia Provincial de Oviedo, de conformi-dad con lo establecido en el artículo 9.8 del Real Decreto1.211/1990,de 28 de septiembre, en relación con el artículo 45 dela Ley 36/1988,de 5 de diciembre, de Arbitraje, dentro de los diezdías siguientes a su notificación.”

Y para que sirva de notificación a Wenceslao Calvo Garro,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido la presentepara su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y fijación en el tablón de edictos del Ayuntamiento deLalín y de esta Junta.

En Oviedo, a 20 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—84.

CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE:

N OT I F I C AC I O N del procedimiento sancionador enmateria de residuos peligrosos que se cita.

Intentada la notificación al establecimiento fotográfico BazarJapón, de la resolución del expediente sancionador número AJ-86/98, tramitado en esta Consejería de Medio Ambiente en mate-ria de residuos peligrosos, en concreto por gestión irregular deresiduos peligrosos, no se ha podido practicar al ser devuelto porel servicio de correos “por ausente”.

En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artícu-lo 61 en relación el artículo 59 de la Ley 4/1999, de 13 de febre-ro, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deR é gimen Jurídico para las A d m i n i s t raciones Públicas yProcedimiento Administrativo Común, por medio del presenteanuncio, se comunica a los interesados que en el plazo de 10 díashábiles, podrán comparecer en el Servicio de Gestión Ambientalde la Dirección General de Medio Ambiente en la calle CoronelAranda 2, planta 1ª sector central izquierdo, en Oviedo, paraconocimiento del contenido íntegro del acto notificado y constan-cia de tal conocimiento.

En Oviedo, a 28 de diciembre de 1999.—El Jefe del Serviciode Gestión Ambiental.—91.

CONSEJERIA DE MEDIO RURAL Y PESCA:

INFORMACION publica de solicitudes de aprovecha -miento maderable en las fincas que se citan.

En el servicio de montes se están tramitando los expedientesde aprovechamiento maderable de las fincas denominadas “LaA bl a n o s a ” , sitas en Bezanes (Caso). Expedientes 50.088 y50.089.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 38/1994,de 19de mayo, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de losRecursos Naturales del Principado de Asturias, se somete a infor-mación pública el expediente, que podrá ser examinado duranteun periodo de quince días naturales en horario de oficina (lunes aviernes, de 9:00 a 14:00 horas), en la Dirección General deMontes (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, calleCoronel Aranda,s/n,3ª planta, Oviedo) y presentar por escrito,enla forma prevista en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 den ov i e m b re, de Régimen Jurídico de las A d m i n i s t ra c i o n e sPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, las alega-ciones que estime oportunas.

En Oviedo, a 29 de diciembre de 1999.—El SecretarioGeneral Técnico.—76.

— • —

INFORMACION pública del expediente sancionador enmateria de incendios forestales que se cita.

Información pública en el expediente sancionador I-40/98 ins-truido en la Consejería de Medio Rural y Pesca a doña TeresitaPis Victorero, vecina de Gijón como consecuencia de denunciapor supuesta infracción administrativa a la legislación vigente enmateria de incendios y al haber sido devuelto por el servicio decorreos por “caducado” la comunicación de resolución, se proce-de a su publicación con el siguiente contenido:

“Declarar la caducidad del expediente incoado a doña TeresitaPis Victorero,con D.N.I.:10.767.273,y proceder al archivo de lasactuaciones practicadas.”

Lo que se notifica a ud. conforme al artículo 6.2 del Decreto21/1994, de 24 de febrero por el que se aprueba el ProcedimientoSancionador General de la Administración del Principado deAsturias, pudiendo examinar el contenido íntegro del acto objetode publicación en la Sección de Régimen Jurídico (Consejería deMedio Rural y Pesca) calle Coronel Aranda 2, 3ª planta, Oviedoy presentar en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publi-cación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principadode Asturias, recurso de súplica ante el Consejo de Gobierno delPrincipado de Asturias.

Lo que se publica a los efectos del artículo 59.4 y 61 de la Ley3 0 / 1 9 9 2 , de 26 de nov i e m b re de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, modificada por la 4/1999, de 13 de enero.

En Oviedo, a 28 de diciembre de 1999.—El Consejero.—77.

376 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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INFORMACION pública de las comunicaciones de remi -sión de la carta de pago M-1 de los expedientes que secitan.

Al haber sido devuelta por el servicio de correos, la notifica-ción dirigida a don Florentino González Riestra,con domicilio enEl Vallín-Paxio-Mieres; y provisto del D.N.I. número 11.061.111,conteniendo la comunicación de remisión de la carta de pago M-1 del expediente E-114/98, se hace público un extracto del conte-nido de la misma:

“En relación al expediente E-114/98 instruido a donF l o rentino González Riestra con D. N.I. número 11.061.111habiéndose enviado la carta de pago el 8 de noviembre de 1999 y,al ser devuelto por el servicio de correos, se procede a su publi-cación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y enel tablón de edictos del Ayuntamiento.”

Deberán tenerse en cuenta las siguientes prevenciones:

Plazos para efectuar el ingreso:

Se concede al interesado un plazo de un mes contado a partirdel día siguiente al de la notificación de la resolución para el pagode la sanción.

Las deudas no satisfechas en el plazo señalado se exigirán envía ejecutiva, incrementadas con el recargo de apremio y, en sucaso, los correspondientes intereses de demora.

Formas para realizar el ingreso:

• Mediante abonaré adjunto a la presente comunicación.

• En cualquier Banco o Caja de A h o rros autor i z a d o s(Entidades Colaboradoras).

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de4 de abril.

Devoluciones de ingresos:

El interesado podrá solicitar la devolución del ingreso efec-tuado en las condiciones señaladas en el Título Cuarto delDecreto 38/1991, de 4 de abril, por el que se regula la gestión,liquidación y recaudación de los tributos propios y otros ingresosde derecho público del Principado de Asturias.

Todo lo cual se le comunica a los efectos oportunos.

En Oviedo, a 27 de diciembre de 1999.—El SecretarioGeneral Técnico.—80.

— • —

Al haber sido devuelta por el servicio de correos, la notifica-ción dirigida a don Jesús Menéndez García, con domicilio encalle Ramón Pérez de Ayala, 2, 4º C, Pola de Lena; y provisto delD.N.I. número 11.059.165-C, conteniendo la comunicación deremisión de la carta de pago M-1 del expediente E-36/98, se hacepúblico un extracto del contenido de la misma:

“En relación al expediente E-36/98 instruido a don JesúsMenéndez García con D.N.I. número 11.059.165-C habiéndoseenviado la carta de pago el 8 de noviembre de 1999 y, al serdevuelto por el servicio de correos,se procede a su publicación enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y en el tablónde edictos del Ayuntamiento.”

Deberán tenerse en cuenta las siguientes prevenciones:

Plazos para efectuar el ingreso:

Se concede al interesado un plazo de un mes contado a partirdel día siguiente al de la notificación de la resolución para el pagode la sanción.

Las deudas no satisfechas en el plazo señalado se exigirán envía ejecutiva, incrementadas con el recargo de apremio y, en sucaso, los correspondientes intereses de demora.

Formas para realizar el ingreso:

• Mediante abonaré adjunto a la presente comunicación.

• En cualquier Banco o Caja de A h o rros autor i z a d o s(Entidades Colaboradoras).

• En metálico o cheque conformado que habrá de reunir losrequisitos exigidos por el artículo 15 del Decreto 38/1991,de4 de abril.

Devoluciones de ingresos:

El interesado podrá solicitar la devolución del ingreso efec-tuado en las condiciones señaladas en el Título Cuarto delDecreto 38/1991, de 4 de abril, por el que se regula la gestión,liquidación y recaudación de los tributos propios y otros ingresosde derecho público del Principado de Asturias.

Todo lo cual se le comunica a los efectos oportunos.

En Oviedo, a 27 de diciembre de 1999.—El SecretarioGeneral Técnico.—81.

— • —

NOTIFICACION de resolución de aprobación del deslin -de parcial en monte de U.P. número 101 denominado“Cea y Cetín” en el término municipal de Parres.

Con fecha 20 de diciembre de 1999 el Ilmo. Sr. Consejero deMedio Rural y Pesca ha dictado la siguiente Resolución:

“Examinado el expediente de deslinde parcial del monte deUtilidad Pública número 101 de los del Cat á l ogo de estaProvincia, denominado “Cea y Cetín”, situado en el concejo deParres.

Antecedentes:

Primero.– Que en fecha 2 de abril de 1991 el Jefe de laSección de Montes con el Vº.Bº. del Jefe del Servicio, envía unescrito al Jefe del Servicio de Mejora Rural, en el que le comuni-ca que, teniendo en cuenta el lugar donde se proyecta realizar laconcentración parcelaria, es necesario proceder al deslinde totaldel monte “Cea y Cetín” y del Monte Vecinal en Mano Común“Cuesta de Parres”, estimando el coste de ambos deslindes en4.100.000 pesetas.

Segundo.— Que el 4 de abril de 1991 el Jefe del Servicio deM e j o ra Rural comunica al Je fe del Servicio de Montes yProducción Forestal que viéndose condicionado el procedimientode concentración a lo señalado en el artículo 20 de la Ley 4/1989de 21 de junio, solicita con carácter de urgencia el deslinde de lazona de concentración parc e l a ria con los re fe ridos montes,pudiendo hacer frente al costo de los 4.100.000 pesetas con cargoal concepto presupuestario 18.02.531A.618.

Tercero.— Que el 11 de abril de 1991 el Jefe del Servicio deMontes y Producción Forestal con el Vº.Bº. del Director Regionalde Agricultura solicita al Ilmo. Sr. Consejero de Agricultura yPesca, autorización para proceder a la redacción de las corres-pondientes Memoria y Presupuesto que servirán de base para larealización de los trabajos de deslinde.

Cuarto.— Que en la misma fecha del anterior el Ilmo. Sr.Consejero dicta una Resolución en la que ordena al Servicio deMontes y Producción Forestal la redacción de la Memoria y elPresupuesto del deslinde total del monte “Cea y Cetín” número101 de los de Utilidad Pública de la Provincia.

El 2 de mayo de 1991 se redacta la Memoria y el Presupuestoascendiendo éste a la cantidad de 1.923.337 pesetas.

Quinto.— Que en fecha 6 de mayo de 1991 el Ilmo. Sr.C o n s e j e ro re s u e l ve ap robar el crédito correspondiente por1.923.337 pesetas con cargo al concepto pre s u p u e s t a ri o18.02.531A.618 (Concentración Parcelaria), y adjudicar a laempresa Tragsa, la Asistencia Técnica para el deslinde total delmonte de U.P. número 101, con la zona de concentración parce-laria de San Juan de Parres (Parres).

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La Resolución se comunica a la empresa adjudicataria en lamisma fecha.

Sexto.— Que el 12 de junio de 1991 se comunica al Sr.Registrador de la Propiedad de Cangas de Onís, el estado de des-linde del monte para que proceda a la anotación marginal a quehace referencia el artículo 80 punto 2 del vigente Reglamento deMontes.

Séptimo.— Que en fecha 10 de junio de 1991 se envía alBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias el anuncio deldeslinde para su publicación, apareciendo en el nº 158 de fecha 1de julio de 1991.

Todas las actuaciones fueron comunicadas por correo certifi-cado a los colindantes conocidos y posibles interesados, acusan-do todos ellos recibo del mismo.

Octavo.— Que toda la documentación presentada fue remiti-da a la Sección de Régimen Jurídico y a la vista de su informe serealizó por el Ingeniero Operador el reconocimiento de la zona adeslindar previo al apeo, emitiendo el “Informe sobre reconoci-miento y clasificación de fincas o derechos”, que es aprobado porel Jefe del Servicio en fecha 16 de octubre de 1991.

Noveno.— Que la empresa adjudicataria de los trabajos dedeslinde solicita varios cambios de Ingeniero Operador debidos acuestiones propias de su organización interna, que son aceptadospor el Jefe del Servicio con el Vº.Bº. del Director Regional yresueltos mediante Resoluciones del Ilmo. Sr. Consejero y susre s p e c t ivas publicaciones en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

Décimo.— Que según estaba previsto el día 15 de octubre de1991 a las 10 de la mañana se reunieron en el monte para darcomienzo a las operaciones de apeo. No obstante y por causa defuerza mayor tuvo que ser suspendido hasta el día 23 de octubre alas 9 de la mañana. De nuevo tiene que ser aplazado como conse-cuencia de la huelga general, reanudándose el 28 de octubre y seinicia colocando el Piquete nº 1 en la esquina del molino del puen-te Barqueres y continuando correlativamente hasta que en fecha 3de julio de 1992 el Jefe del Servicio de Montes y ProducciónForestal, emite un informe proponiendo que el deslinde total delmonte se convierta en dos deslindes parciales, ya que la línea decolindancia con la zona de concentración parcelaria ha sido des-lindada y urge terminar el expediente de la concentración.

Undécimo.— Que en fecha 8 de julio de 1992 el Ilmo. Sr.Consejero dicta una Resolución en la que resuelve ordenar la con-versión del deslinde total acordado por Resolución de 11 de abrilde 1991, en dos deslindes parciales que son:

a) Deslinde parcial del monte de U.P. número 101 “Cea yCetín”,correspondiente al perímetro comprendido entre loslugares conocidos como Puente Barqueres y Porro de laCogolla, que se corresponde con la línea de colindanciaentre la zona de concentración parcelaria de San Juan deParres, y el monte a deslindar, y,

b) Deslinde parcial del monte de U.P. número 101 referido alresto del monte, una vez excluida la zona objeto de deslin-de parcial primeramente citado.

El primer deslinde parcial comprende la línea definida por lospiquetes 1 al 140.

El segundo deslinde parcial que es el que corresponde a esteexpediente, se inició el día 11 de noviembre de 1991 y se termi-nó el 5 de marzo de 1992, colocando los piquetes 141 al 1.

Continuó el apeo de los enclavados hasta el 24 de septiembrede 1992 día en que se dio por finalizado el apeo.

Duodécimo.— Que el día 8 de noviembre de 1994 se envía alBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias el anuncio delperiodo de vista para su publicación, apareciendo en el número274 de fecha 26 de noviembre de 1994.

En dicho periodo no se presentó ninguna reclamación.

Fundamentación jurídica:

Primero.— Que la Consejería de Medio Rural y Pesca es com-petente para conocer y resolver acerca del contenido y objeto delpresente expediente de deslinde parcial del monte de U.P. número101 “Cea y Cetín”, en su perímetro comprendido desde el “Porrode la Cogolla” al “Puente Barqueres”, en virtud de las competen-cias que le han sido conferidas por el Ordenamiento Jurídico.

Segundo.— Que el expediente ha sido realizado de acuerdocon lo establecido en la legislación vigente sobre deslindes demontes de Utilidad Pública, habiéndose publicado los anunciosreglamentarios en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias y tramitado las debidas comunicaciones para conoci-miento de los interesados.

Tercero.— Que durante el periodo de vista no se han reciboninguna reclamación.

Cuarto.— Que el emplazamiento de cada uno de los piquetesque determinan las colindancias del monte público se describecon precisión en las Actas de Apeo, RegistroTopográfico y Planoque figuran en el expediente.

Quinto.— Consta en el expediente el Informe Propuesta delJefe del Servicio de fecha 14 de diciembre de 1999.

Sexto.— Contra la presente resolución que no pone fin a la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de súplica,en el plazode un mes computado desde el día de la recepción de la presentenotificación, ante el Consejo de Gobierno del Principado deAsturias; todo ello sin perjuicio de cualquier otro que estime con-veniente interponer en defensa de sus intereses.

Para cuestiones relativas al dominio o a la posesión quedaexpedita la Vía Judicial Civil.

Vistos:La Ley 2/1995 de 13 de marzo de Régimen Jurídico dela Administración del Principado de Asturias, la Ley 6/1984 de 5de julio, la Ley y Reglamento de Montes y la Ley deProcedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958, parcial-mente derogada por la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, modificada por la Ley 4/1999 de fecha 13 de enero.

RESUELVO

Primero.— Que se apruebe el deslinde parcial del monte deU.P. número 101 “Cea y Cetín”, en su perímetro comprendidodesde el “Porro de la Cogolla” al “Puente Barqueres” y todos losenclavados reconocidos como de propiedad particular, de acuerdocon las Actas, Registro Topográfico y Plano que figuran en elexpediente, quedando el monte con la descripción siguiente:

• Nombre: “Cea y Cetín”.

Concejo: Parres.

Partido Judicial: Cangas de Onís.

Parroquia: San Juan de Parres.

Pertenencia: Pueblos de San Juan de Par res y Viabaño.

Límites:- Norte: Terrenos de propiedad particular de los pueblos de

Carrio y Tospe.- Este: Propiedades particulares sujetas a concentración par-

celaria, zona de San Juan de Parres, pueblos de Vallobil yLago.Monte Vecinal en Mano Común 38/1 “Cuesta de Parres”,del mismo término municipal.

- Sur: Monte de U.P. número 88 “Riomelón” del términomunicipal de Amieva.Monte de U.P. número 127 “Torno y Guariza” del términomunicipal de Ponga.Monte de U. P. número 168 “Montes de Seva res yCandanín” del término municipal de Piloña.

- Oeste: Terrenos de propiedad particular pertenecientes a lospueblos de El Pico y Llerandi.

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Cabidas:Cabida del monte, eligiendo en elPiquete nº 314 la línea alternativaA . . . . 14.009.862,93 m2

Cabida de exclavados del monte:

Exclavado I (1ª fase) . . . . . . . . . . . . . . . 5.158,65 m2

Exclavado II (2ª fase) . . . . . . . . . . . . . . . 2.957,88 m2

Total de exclavados . . . . . . . . . . . . . . . . 8.116,53 m2

Cabida total del monte . . . . . . . . . . . . . . 14.017.979,46 m2

Cabida de enclavados . . . . . . . . . . . . . . . 2.092.080,26 m2

Cabida pública . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11.925.899,20 m2

Segundo.— Que se acuerde gestionar la cancelación total oparcial de cualquier inscripción registral, en cuanto resultase con-tradictoria con la descripción del monte.

Tercero.— Que una vez aprobado y firme este deslinde parcialse practique la inscripción del mismo en el Registro de laPropiedad.

Cuarto.— Que se proceda en su día al amojonamiento delmonte.”

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 29 de diciembre de 1999.—El SecretarioGeneral Técnico.—89.

CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO:

INFORMACIONpública de la solicitud de Demasía de laconcesión “Mina Cortés”.

Habiendo solicitado con fecha 16 de noviembre de 1999 laempresa Caolines de Merilles, S.L.,como titular del 75% de la con -cesión denominada “Mina Cortés” número 28.349, el otorgamientocomo Demasía de los espacios francos existentes al Norte, Sur, Estey Oeste de dicha concesión de explotación y siendo próximas lasconcesiones “San Marcos” nº 29.519, “Ana Rosa” nº 29.462,“Sierra Manteca” nº 29.518, “Asociada” nº 29.475, “Selviella” nº29.935, “María de la Gloria” nº 28.958, “Nelida” nº 29.289, y“Nervión” nº 28.978 sitas en el concejo de Belmonte de Miranda,de esta provincia; se hace saber la petición formulada a los efectosprevistos en el artículo 57 del Reglamento General para el Régimende la Minería, de 25 de agosto de 1978, para que los titulares deConcesiones limítrofes o próximas, puedan presentar en el plazo dediez días, a partir del siguiente al de esta publicación y ante laDirección General de Minería, de la Consejería de Industria,Comercio y Turismo, cuantas alegaciones consideren pertinentes endefensa de sus intereses; aportando para ello la documentación exi-gida en el apartado a) del citado artículo 57 del Reglamento.

En Oviedo, a 20 de diciembre de 1999.—El Director Generalde Minería.—78.

— • —

NOTIFICACION de resolución recaída en el expedientesancionador S/RA-51/98, instruido a la empresa JuanCarlos García Santirso “Revi-Gas”.

Habiendo sido imposible la notificación personal a la empre-sa “Juan Carlos García Santirso, Revi-Gas”, por venir devuelta lacorrespondencia que se le remite a su domicilio de la calleCampoamor, nº 28, 1º P-7, de Oviedo, se hace público que, confecha 11 de agosto, se dictó Resolución de la Consejería deIndustria, Comercio y Turismo, por lo que se sanciona a la citadaempresa.

Lo que, en ejecución de lo dispuesto en el artículo 59.4, de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasA d m i n i s t raciones Públicas y Procedimiento A d m i n i s t rat ivoComún, en su redacción dada por la Ley 4/1999, se hace públicoa los efectos de su notificación mediante publicación del presen-te anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias,así como de la inserción en el tablón de anuncios delAyuntamiento de su último domicilio conocido, significando que

en el plazo de 1 mes, a contar desde el siguiente a esta publica-ción, podrá interponer recurso de súplica ante el Consejo deGobierno del Principado de Asturias.

Asimismo para conocimiento del contenido íntegro del acto,podrá comparecer en la Dirección General de Industria y Energía,Servicio de Fluidos y Metrología, Edificio Administrativo deServicio Múltiple, 4ª planta, Plaza de España, nº 5, en Oviedo.

En Oviedo, a 27 de diciembre de 1999.—El SecretarioGeneral Técnico.—277.

— • —

NOTIFICACION de los procedimientos sancionadores enmateria de turismo que se citan.

Intentada la notificación a don Pablo Rodríguez Cosío de pro-puesta de resolución, recaída en el expediente sancionador núme-ro 106/99 tramitado en esta Consejería de Industria, Comercio yTurismo, en materia de turismo, no se ha podido practicar. Enconsecuencia,de conformidad con lo previsto en el artículo 61,enrelación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, por medio del presente anuncio se comu-nica al interesado que podrá comparecer en la Dirección Generalde Comercio y Turismo, Plaza de España, nº 1 bajo, de Oviedo,para conocimiento del contenido íntegro del acto notificado yconstancia de tal conocimiento, significándole que dispone de unplazo de diez días a contar desde el siguiente a esta publicación,para alegar cuanto considere conveniente a su defensa.

En Oviedo, a 3 de enero de 2000.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—289 (1).

— • —

Intentada la notificación a Free Land Tours, S.L., de providen-cia y pliego de cargos, recaída en el expediente sancionador núme-ro 129/99 tramitado en esta Consejería de Industria, Comercio yTurismo, en materia de turismo, no se ha podido practicar. En con-secuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 61, enrelación con el artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, por medio del presente anuncio se comu-nica al interesado que podrá comparecer en la Dirección Generalde Comercio y Turismo, Plaza de España, nº 1 bajo, de Oviedo,para conocimiento del contenido íntegro del acto notificado y cons-tancia de tal conocimiento, significándole que dispone de un plazode diez días a contar desde el siguiente a esta publicación, para ale-gar cuanto considere conveniente a su defensa.

En Oviedo, a 3 de enero de 2000.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—289 (2).

— • —

Intentada la notificación a doña María Carmen Manzano ydoña María Luz Melcón de resolución y carta de pago, recaída enel expediente sancionador número 86/99 tramitado en estaConsejería de Industria, Comercio y Turismo, en materia deturismo, no se ha podido practicar. En consecuencia, de confor-midad con lo previsto en el artículo 61, en relación con el artícu-lo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 deenero, por medio del presente anuncio se comunica al interesadoque podrá comparecer en la Dirección General de Comercio yTurismo, Plaza de España, nº 1 bajo, de Oviedo, para conoci-miento del contenido íntegro del acto notificado y constancia detal conocimiento, significándole que dispone de un plazo de diezdías a contar desde el siguiente a esta publicación, para alegarcuanto considere conveniente a su defensa.

En Oviedo, a 3 de enero de 2000.—La Jefa del Servicio deEmpresas y Actividades Turísticas.—289 (3).

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 379

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DELEGACION DEL GOBIERNO EN ASTURIAS

Resolución declarando la necesidad de ocupación por expro -piación forzosa de bienes y derechos con motivo de la ejecuciónde las obras de “Tinglado 2 en la Figar”.

El Proyecto para la ejecución de las obras de “Tinglado 2 enla Figar” fue aprobado técnicamente por el Director del puertocon fecha 14 de mayo de 1999 y, posteriormente por el Consejode Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón en su reu-nión de 24 de mayo de 1999.

Por resolución de esta Delegación del Gobierno de fecha 9 deagosto de 1999, de acuerdo con los artículos 18 y 19 de la Ley deExpropiación Forzosa, se aprobó la relación de los bienes y dere-chos afectados por la expropiación y se abrió un periodo de infor-mación por plazo de quince (15) días, al objeto de que cualquierpersona pudiera aportar por escrito los datos oportunos para rec-tificar posibles errores de la relación de los bienes o derechosafectados por la expropiación, u oponerse por razones de fondo oforma a la necesidad de ocupación. Dicha resolución fue publica-da en el Boletín Oficial del Estado, BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y un periódico de la localidad y en eltablón de anuncios del Ayuntamiento de Gijón, notificándosetambién a los interesados.

En el periodo de información pública se presentó únicamenteun escrito firmado por don Jesús Riesgo Milla, al que adjuntapoder que le ha sido otorgado a su favor por don José MaríaGarcía-Moreno Bengoechea para intervenir en su nombre en elexpediente y solicitando que se entiendan con él las actuaciones.

El Abogado del Estado ha informado favorablemente sobre lanecesidad de ocupación.

Esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo previs-to en el artículo 20 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 dediciembre de 1954, ha resuelto declarar la necesidad de ocupa-ción de los siguientes bienes o derechos.

Anexo con la relación definitiva de bienes y derechos afecta-dos por la expropiación.

Finca Propietario Naturaleza del derecho Superf.o bien afectado m2

Nº 4 Herederos de don José Bengoechea Suelo urbano-Titular catastral doña Angeles PRI,Sistema General 1.810Bengoechea Alvarez

Nº 5 Herederos de don José Fdez. Montes Suelo urbano-Titular catastral doña Marcelina PRI,Sistema General 2.970Carolina Fernández Cocaño

Nº 6 Herederos de don José Bengoechea Suelo urbano-Titular catastral don José Bengoechea PRI, Sistema General 539

Contra esta resolución se podrá interponer Recurso de Alzadaante el Ministerio de Fomento, en el plazo de un (1) mes, conta-do a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

En Oviedo, a 13 de diciembre de 1999.—El Delegado delGobierno.—20.989.

— • —

Jurado Provincial de Expropiación

Notificación

H abiéndose dictado por el Ju rado Provincial deE x p ropiación resolución en el que se fija el justiprecio de la

finca que más adelante se menciona, y no habiéndose podidon o t i ficar fo rmalmente al interesado dicha re s o l u c i ó n , en cum-plimiento de lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de nov i e m-b re, de Régimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Públicas y delP rocedimiento A d m i n i s t rat ivo Común, se hace público dich oj u s t i p re c i o :

• Finca número: 24.

Propietario: Proni, S.A.

Obra: Línea Eléctrica Aérea a 20 kv de Unión entre “CatroSan Miguel y Corredoria-San Miguel”.

Expropiante: Consejería de Economía del Principado deAsturias.

Justiprecio: 1.673.240 ptas. (un millón seiscientas setenta ytres mil doscientas cuarenta pesetas), más el premio de afec-ción indicado, e intereses correspondientes.

Contra el referido acuerdo, que agota la vía administrativa,podrá el interesado interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente al de la publicación de este anuncio, ante la Sala de loContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deAsturias.

En Oviedo, a 30 de noviembre de 1999.—El Presidente delJurado.—20.484.

SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN CADIZ

Notificaciones

En la Unidad de Infracciones A d m i n i s t rat ivas de laSubdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de laConstitución, nº 2 (11071 Cádiz) se encuentra el siguiente docu-mento:

• Resolución:

Expediente: 1999/4062.

A nombre de: González Sastre, Manuel (11.441.343).

Las Vegas, 13, 1º A, 33400 Corvera.

Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el artículo59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Pro c e d i m i e n t oAdministrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuantono ha sido posible la notificación al interesado en el citado comoúltimo domicilio conocido.

En Cádiz, a 13 de diciembre de 1999.—El Secre t a ri oGeneral.—20.867.

— • —

En la Unidad de Infracciones A d m i n i s t rat ivas de laSubdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de laConstitución, nº 2 (11071 Cádiz) se encuentra el siguiente docu-mento:

• Resolución:

Expediente: 1999/3707.

A nombre de: Fe rnández González, Juan Manu e l(11.434.920).

Calle Juan de Austria, 13, 6º B, 33400 Avilés.

380 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

III. Administración del Estado

Page 13: S U M A R I O - Asturias · Premio Asturias Jov en de Poesía,Nar rativa y Te xtos Teatrales 1999 en la modalidad de Poesía a don Miguel Angel López Cuer vo D.N.I. 09402311, domiciliado

Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el artículo59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Pro c e d i m i e n t oAdministrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuantono ha sido posible la notificación al interesado en el citado comoúltimo domicilio conocido.

En Cádiz, a 13 de diciembre de 1999.—El Secre t a ri oGeneral.—20.868.

— • —

En la Unidad de Infracciones A d m i n i s t rat ivas de laSubdelegación del Gobierno en Cádiz, sita en la Plaza de laConstitución, nº 2 (11071 Cádiz) se encuentra el siguiente docu-mento:

• Resolución:

Expediente: 1999/3708.

A nombre de: Fe rnández González, Juan Manu e l(11.434.920).

Calle Juan de Austria, 13, 6º B, 33400 Avilés.

Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el artículo59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y del Pro c e d i m i e n t oAdministrativo Común de 26 de noviembre de 1992 por cuantono ha sido posible la notificación al interesado en el citado comoúltimo domicilio conocido.

En Cádiz, a 13 de diciembre de 1999.—El Secre t a ri oGeneral.—20.875.

JEFATURA PROVINCIALDE TRAFICO DE ASTURIAS

Notificaciones

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre de 1992) sehace pública notificación de las resoluciones dictadas por el JefeProvincial de Tráfico de Asturias recaídas en los expedientes decambio de titularidad de los vehículos indicados, a las personas oentidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndoseintentado notificación en el último domicilio conocido, ésta no seha podido practicar.

Matrícula: O-9364-V.

Nombre y apellidos: José Angel Lague García.

D.N.I.: 11049420.

Localidad: Moreda-Aller.

Fecha acuerdo: 28 de enero de 1998.

El acuerdo adoptado se fundamenta,en lo dispuesto en el artí-culo 247 del vigente Código de la Circulación, aprobado porDecreto de 25 de septiembre de 1934.

Estas resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendointerponer, en virtud de lo establecido en el artículo 114 de la Ley30/1992 antes citada, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de13 de enero (B.O.E. número 12 de 14 de enero), Recurso deAlzada ante el Director General de Tráfico, en el plazo de un mesa contar desde el día siguiente al de la publicación de las presen-tes resoluciones.

Independientemente de la interposición o no del recurso men-cionado, las resoluciones que se notifican serán inmediatamenteejecutivas.

Los correspondientes expedientes se encuentran en la Secciónde Vehículos y Conductores de la Jefatura Provincial de Tráficode Asturias.

En Oviedo, a 14 de octubre de 1999.—El Jefe Provincial deTráfico.—20.796.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. número 285, de 27 de noviembre de 1992) sehace pública notificación de las resoluciones dictadas por el JefeProvincial de Tráfico de Asturias, recaídas en los expedientes decambio de titularidad de los vehículos indicados, a las personas oentidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndoseintentado notificación en el último domicilio conocido,ésta no seha podido practicar.

Matrícula: O-0120-BP.

Nombre y apellidos: José R. García Corrales.

D.N.I.: 11402454.

Localidad: Peñaullán-Pravia.

Fecha acuerdo: 8 de julio de 1999.

El acuerdo adoptado se fundamenta en lo dispuesto en el artí-culo 247 del vigente Código de la Circulación, aprobado porDecreto de 25 de septiembre de 1934.

Estas resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendointerponer, en virtud de lo establecido en el artículo 114 de la Ley30/1992 antes citada, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de13 de enero (B.O. E. número 12 de 14 de enero), Recurso deAlzada ante el Director General de Tráfico, en el plazo de un mesa contar desde el día siguiente al de la publicación de las presen-tes resoluciones.

Independientemente de la interposición o no del recurso men-cionado, las resoluciones que se notifican serán inmediatamenteejecutivas.

Los correspondientes expedientes se encuentran en la Secciónde Vehículos y Conductores de la Jefatura Provincial de Tráficode Asturias.

En Oviedo,a 17 de diciembre de 1999.—El Jefe Provincial deTráfico.—21.035.

— • —

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), modificadapor la Ley 4/1999,de 13 de enero,se hace pública notificación delas resoluciones recaídas en los recursos de alzada que se indican,dictados por el Director General de Tráfico, a las personas o enti-dades sancionadas que a continuación se relacionan, ya quehabiéndose intentado notificación en el último domicilio conoci-do, ésta no se ha podido practicar.

Estas resoluciones agotan la vía administrativa, pudiendointerponer, Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgadode lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tengasu domicilio, o se halle la sede del órgano autor del acto origi-nario impugnado, a elección del propio recurrente, con arreglo alo dispuesto en el artículo 8, número 3, en relación con el artícu-lo 14, número 1, Segunda, ambos de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de lanotificación de la presente resolución,de conformidad con lo pre-visto en el artículo 46, número 1,de la Ley citada en último lugar.

Independientemente de la interposición o no del recurso men-cionada, las resoluciones que se notifican ponen fin a la vía admi-nistrativa, siendo inmediatamente ejecutivas.

A estos efectos, el importe de la multa impuesta deberá hacer-se efectiva en cualquier Jefatura de Tráfico, en metálico o por giropostal, dentro de los quince días hábiles, contados a partir delsiguiente al de publicación de la presente. Transcurrido dichoplazo sin haber satisfecho la deuda en periodo voluntario, se exi-girá en vía ejecutiva, incrementada con el recargo de apremio del

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20% de su importe y, en su caso,los correspondientes intereses dedemora (artículo 84 de la Ley sobre Tráfico, Circulación ySeguridad Vial).

Las sanciones que lleven aparejada la suspensión de la licen-cia o permiso de conducción, obligarán a su entrega dentro de loscinco días hábiles, contados a partir del siguiente al de esta publi-cación. Transcurrido este plazo sin haberse efectuado se ordenará

su recogida por los Agentes de la Autoridad (artículos 273 y289.III del Código de la Circulación, según redacción dada por elReal Decreto 1.178/1987 de 11 de septiembre).

Los correspondientes expedientes obran en la Unidad deSanciones de la Jefatura Provincial de Tráfico.

En Oviedo,a 14 de diciembre de 1999.—El Jefe Provincial deTráfico.—20.655.

382 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

Anexo

Artº-Artículo; RDL-Real Decreto Legislativo; RD-Real Decreto; SUSP-Meses de Suspensión

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHA CUANTIA SUSP. PRECEPTO ARTº

330044757097 M A CUETOS 09426453 LLANERA 050299 015000 RD 13/92 143.1330402225635 M FUENTE 09705030 LLANERA 270199 040000 RD 13/92 052.330044850024 MA B M FERNANDEZ 10580512 LLANERA 150399 135000 D 301995330402229045 FAGUIRRE 37613084 LLANERA 291298 040000 RD 13/92 052.330044195563 R BUERES 09428156 LLANES 060199 015000 RD 13/92 094.1C330402211727 MA B MENENDEZ 10839019 LUARCA 141298 020000 RD 13/92 052.330044587600 N GAYO 11360905 LUARCA 011198 015000 RD 13/92 117.1330044677144 MA A PEREZ 11385941 LUARCA 010299 016000 RD 13/92 094.1D330044458380 J ALVAREZ 45428776 LUARCA 261298 035000 RD 13/92 102.1330402188298 M MIRANDA 45428702 LUARCA 311098 020000 RD 13/92 048.330044654740 J M FERNANDEZ 71849932 LUARCA 050299 075000 3 RD 13/92 020.1330402234624 J M FERNANDEZ 71874168 LUARCA 080299 030000 RD 13/92 052.330044531381 ABELMARA SL B33397985 MIERES 140898 046001 D 121190 198.H330044801104 C DE LA IGLESIA 05246526 MIERES 310399 020000 RDL 339/90 061.3330044400500 S LOIS 10915874 MIERES 291298 010000 RD 13/92 092.1330044490780 L HERRERO 11026672 MIERES 020199 010000 D 301995330402181206 J J GARCIA 11039188 MIERES 040998 020000 RD 13/92 052.330044823914 J F SANCHEZ 11040615 MIERES 070399 015000 RD 13/92 117.1330044769397 R A HUERGO 11045969 MIERES 160299 010000 D 301995330044658605 J R MARIN 11047951 MIERES 051298 050000 2 RD 13/92 020.1330402212677 R A JIMENEZ 11053779 MIERES 021298 020000 RD 13/92 052.330044618188 J M FERNANDEZ 11053856 MIERES 091298 075000 3 RD 13/92 020.1330044699218 MA A MAGDALENA 11055707 MIERES 120299 010000 D 301995330044400365 L TABLADO 11058379 MIERES 291098 050000 6 RDL 339/90 067.5330044689195 JVARGAS 11060160 MIERES 100299 025000 RDL 339/90 060.1330044829138 A LOPEZ 11060345 MIERES 200399 010000 D 301995330402206460 JTOIMIL 11062530 MIERES 191198 020000 RD 13/92 052.330044566528 C ALVAREZ-HEVIA 11064260 MIERES 021198 050000 2 RD 13/92 003.1330044578853 A A ZAPICO 11065794 MIERES 011198 050000 2 RD 13/92 020.1330044788446 C LLANEZA 11066381 MIERES 100399 020000 RL 339/90 061.3330044549762 C SUAREZ 11067414 MIERES 210898 025000 RD 13/92 003.1330402248362 J L LLANEZA 11067976 MIERES 190299 040000 RD 13/92 052.330402241409 J R LOPEZ 11068136 MIERES 240299 020000 RD 13/92 048.330402268907 J R LOPEZ 11068136 MIERES 080499 020000 RD 13/92 048.330044656049 B GUTIERREZ 11068295 MIERES 151198 075000 3 RD 13/92 020.1330044666894 M RODRIGUEZ 11068690 MIERES 240199 010000 D 301995330044688737 J A DIAZ 11068738 MIERES 310199 016000 RD 13/92 101.1330044532403 J FERNANDEZ 11071974 MIERES 211198 010000 D 301995330044962124 J A OTERO 11072705 MIERES 240499 075000 1 RD 13/92 020.1330044666985 J V SANCHEZ 11072840 MIERES 270199 005000 RDL 339/90 059.3330044666523 A DE LA FUENTE 11074166 MIERES 241298 075000 3 RD 13/92 020.1330044680994 L A GARCIA 11075010 MIERES 210299 050000 6 RDL 339/90 067.5330044655707 V FERNANDEZ 11075078 MIERES 061298 050000 2 RD 13/92 020.1330044769520 A FERNANDEZ 11078120 MIERES 280299 075000 3 RD 13/92 020.1330402261445 S BORJA 11078958 MIERES 180399 040000 RD 13/92 052.330044583964 J J DOMINGUEZ 11079167 MIERES 130198 050000 1 RD 13/92 003.1330402209897 D MARTIN 11081784 MIERES 220199 020000 RD 13/92 052.330044542007 B ESTRADA 11083045 MIERES 201298 050000 1 RD 13/92 003.1330044672810 V FLAMBO 11085104 MIERES 240199 050000 2 RD 13/92 020.1330402213347 M ROMERO 45003362 MIERES 111298 030000 RD 13/92 052.330044673278 MTOME 76834821 MIERES 070199 050000 2 RD 13/92 020.1330044682656 J A FERNANDEZ 11388481 MUROS NALON 180199 050000 RDL 339/90 060.1330044699036 J MA ALVAREZ 10354300 NAVA 250299 025000 RDL 339/90 061.3330045029040 T M MARTINEZ SA A33022419 NAVIA 210499 010000 D 301995330044810476 M RODRIGUEZ 34213152 NAVIA 190399 010000 D 301995330402210267 MA E ALONSO 71850775 NAVIA 021298 020000 RD 13/92 052.330044461421 J M LOPEZ 71863215 NAVIA 121098 010000 RD 13/92 110.1

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330402250332 A A FERNANDEZ 71869961 NAVIA 120299 020000 RD 13/92 052.330102015611 R GARCIA 71872673 NAVIA 021095 050000 RD 13/92 084.1330044970650 J L ZORITA 10752839 NOREÑA 060599 015000 RD 13/92 004.330043936373 J A MENENDEZ 10764858 NOREÑA 140897 015000 RD 13/92 117.1330402266200 M A CRESPO 71619232 NOREÑA 240399 030000 RD 13/92 052.330044670332 FCO J PELAEZ 71630452 NOREÑA 150199 016000 RD 13/92 091.1D330044030811 VIÑUELA R SL B33380395 OVIEDO 300399 010000 D 301995330044673400 C BASILIO C L SL B33456070 OVIEDO 080299 050000 RDL 339/90 062.2330045026384 I NIASS X1340706J OVIEDO 250499 050000 RDL 339/90 060.1330101989518 A LOPES X1588236V OVIEDO 230798 015000 RD 13/92 094.1C330402157654 B PIERA 00812910 OVIEDO 071198 020000 RD 13/92 052.330402209551 C FERNANDEZ 09309242 OVIEDO 150199 020000 RD 13/92 052.330044525459 M RODRIGUEZ 09351080 OVIEDO 070998 015000 RD 13/92 117.1330402254660 P L RODRIGUEZ 09352181 OVIEDO 130399 020000 RD 13/92 052.330044545689 A A MENENDEZ 09352540 OVIEDO 170998 015000 RD 13/92 117.1330044316779 O LANZA 09352692 OVIEDO 270998 015000 RD 13/92 167.330402203032 M L MENDEZ 09354495 OVIEDO 161198 020000 RD 13/92 048.330044622490 I RUBIO 09354749 OVIEDO 011298 025000 RDL 339/90 060.1330402249020 MA T ALONSO 09357809 OVIEDO 230299 020000 RD 13/92 052.330402275936 P P GONZALEZ 09359616 OVIEDO 100499 020000 RD 13/92 052.330402226640 M CASTRO 09364105 OVIEDO 080299 020000 RD 13/92 048330044548502 E ALVAREZ 09365456 OVIEDO 121098 PAGADO 2 RD 13/92 020.1330044540436 C PAREDES 09368461 OVIEDO 021098 075000 3 RD 13/92 020.1330044772086 J A GALLARDO 09371917 OVIEDO 150299 010000 D 301995330044565834 G DIAZ 09371930 OVIEDO 161198 015000 RD 13/92 154.330044755064 F MONTOYA 09373535 OVIEDO 240199 010000 D 301995330402219880 G PALACIOS 09374289 OVIEDO 060199 020000 RD 13/92 052.330044514243 J M SUAREZ 09374358 OVIEDO 300798 100000 3 RD 13/92 020.1330042870627 A A GONZALEZ 09376859 OVIEDO 230995 050000 RD 13/92 020.1330402226032 R FERNANDEZ 09377859 OVIEDO 290199 020000 RD 13/92 048.330402177987 A E GRAÑA 09379276 OVIEDO 131298 020000 RD 13/92 052.330044577101 L M MENDEZ 09379357 OVIEDO 111098 016000 RD 13/92 054.1330044329117 M A SANCHEZ 09380228 OVIEDO 030299 010000 D 301995330402241161 FCO J MARTINEZ 09381111 OVIEDO 220299 020000 RD 13/92 048.330402177252 J C LLAMEDO 09381344 OVIEDO 230199 020000 RD 13/92 052.330044558362 J M RODRIGUEZ 09383633 OVIEDO 281198 020000 RDL 339/90 061.3330402248568 J MALLADA 09383690 OVIEDO 200299 020000 RD 13/92 052.330044521818 J A FERNANDEZ 09384286 OVIEDO 080898 010000 RD 13/92 171.330402237390 D ALVAREZ 09384347 OVIEDO 060299 020000 RD 13/92 052.330044399557 J A PALACIOS 09384599 OVIEDO 091198 015000 RD 13/92 151.2330044941704 MA J SUAREZ 09384643 OVIEDO 150599 010000 D 301995330044791410 L GONZALEZ 09384659 OVIEDO 200399 075000 3 RD 13/92 020.1330044801890 A DEL ARCO 09384912 OVIEDO 010499 020000 RDL 339/90 061.3330402189916 C F FERNANDEZ 09385397 OVIEDO 151298 030000 RD 13/92 052.330402252250 C FERNANDEZ 09385410 OVIEDO 270299 030000 RD 13/92 052.330402224813 MA ALVAREZ 09385435 OVIEDO 250199 020000 RD 13/92 052.330044750236 R GUTIERREZ 09385767 OVIEDO 270199 015000 RD 13/92 146.1330044629605 MVALLE 09386812 OVIEDO 271198 015000 RD 13/92 109.1330402193889 R DEL RIEGO 09386877 OVIEDO 041198 040000 RD 13/92 052.330044635605 J LACASA 09389313 OVIEDO 211098 002000 RDL 339/90 059.3330044678896 J J GONZALEZ 09390065 OVIEDO 110199 010000 RD 13/92 018.1330044687125 M ALVAREZ 09390177 OVIEDO 270199 015000 RD 13/92 004.330402173805 C M DIAZ 09390460 OVIEDO 051198 020000 RD 13/92 052.330044784659 FCO J RODRIGUEZ 09390735 OVIEDO 070399 050000 2 RD 13/92 020.1330402235872 J J LOPEZ 09391090 OVIEDO 230199 030000 RD 13/92 052.330044560265 F CIMADEVILLA 09391124 OVIEDO 201198 016000 RD 13/92 029.1330044326220 MA CANO 09391395 OVIEDO 250199 016000 RD 13/92 101.2A330044323220 A FUENTE 09393475 OVIEDO 221298 015500 RDL 339/90 061.1330044604475 J GUTIERREZ 09395743 OVIEDO 261298 050000 2 RD 13/92 020.1330402671908 P MENEZO 09395749 OVIEDO 280499 030000 RD 13/92 052.330044557989 J C IGLESIAS 09397917 OVIEDO 051298 075000 3 RD 13/92 020.1330044306488 R MARTINEZ 09398061 OVIEDO 041098 025000 RD 13/92 037.1330044627270 R FERNANDEZ 09398815 OVIEDO 181098 015000 RD 13/92 167.330402248271 J L GARCIA 09399102 OVIEDO 180299 020000 RD 13/92 052.330044666389 MA E GONZALEZ 09399224 OVIEDO 200199 016000 RD 13/92 102.2330044576777 MA B MARTINEZ 09400183 OVIEDO 270998 035000 RD 13/92 105.1330044109932 I ALVAREZ 09401214 OVIEDO 210399 010000 RD 13/92 094.1B330402260714 M A ESTRADA 09401342 OVIEDO 110399 030000 RD 13/92 052.330044566693 J SANTANO 09401973 OVIEDO 271198 015000 RD 13/92 106.2330402262383 P ALVAREZ 09403180 OVIEDO 270399 020000 RD 13/92 048.330044805237 MA RUIZ 09403367 OVIEDO 120499 015000 RD 13/92 117.1

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 383

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHA CUANTIA SUSP. PRECEPTO ARTº

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330402208091 I MERINO 09403514 OVIEDO 151298 020000 RD 13/92 052.330044577356 FCO J GONZALEZ 09405389 OVIEDO 231198 015000 RD 13/92 109.1330044532105 J M GOMES 09406679 OVIEDO 150898 020000 RDL 339/90 061.3330044590142 P CILLEROS 09408541 OVIEDO 090998 016000 RD 13/92 077.330044777291 J G APAOLAZA 09409489 OVIEDO 200299 050000 2 RD 13/92 020.1330402251373 I GUTIERREZ 09414934 OVIEDO 180299 040000 RD 13/92 052.330402672690 J C RIVERA 09416642 OVIEDO 180499 050000 1 RD 13/92 052.330402192228 CVALLAURE 09417037 OVIEDO 250898 030000 RD 13/92 048.330044752208 A J DIAZ 09419105 OVIEDO 250299 050000 RDL 339/90 060.1330044454982 S SAN EMETERIO 09421184 OVIEDO 140898 010000 RD 13/92 171.330402241690 A MA RODRIGUEZ 09421751 OVIEDO 260299 020000 RD 13/92 052.330402179480 J M PELAEZ 09421890 OVIEDO 190199 020000 RD 13/92 052.330044310510 R CUARTAS 09422435 OVIEDO 150898 075000 3 RD 13/92 020.1330044565913 FCO J DIAZ 09425226 OVIEDO 271198 025000 RD 13/92 084.1330402241719 C I BARBON 09428344 OVIEDO 260299 020000 RD 13/92 052.330044686960 J A MENENDEZ 09429019 OVIEDO 170299 016000 RD 13/92 075.1B330402263510 J GUTIERREZ 09429380 OVIEDO 110399 020000 RD 13/92 052.330044009378 J GUTIERREZ 09429380 OVIEDO 110399 015000 RD 13/92 143.1330044698901 D GARCIA 09430060 OVIEDO 090299 010000 D 301995330402216385 S GUERRERO 09431512 OVIEDO 210199 020000 RD 13/92 048.330044672626 M CARRAL 09432224 OVIEDO 181298 015000 RD 13/92 151.2330402233991 A ALONSO 09432239 OVIEDO 060299 030000 RD 13/92 052330044415630 O MENENDEZ 09436849 OVIEDO 300598 016000 RD 13/92 046.1330044469316 J PUJADES 09438842 OVIEDO 131198 015000 RD 13/92 100.2330044708906 J A MIRANDA 09439031 OVIEDO 050599 010000 D 301995330044657029 M GIGANTO 09701259 OVIEDO 211198 050000 2 RD 13/92 084.1330402248349 A ROBLES 09724178 OVIEDO 190299 020000 RD 13/92 048.330044308229 J L VARELA 09754613 OVIEDO 160898 025000 RDL 339/90 060.1330044098582 A FERNANDEZ 10036909 OVIEDO 291298 015500 RDL 339/90 061.1330402215915 J ALVARADO 10041009 OVIEDO 150199 020000 RD 13/92 048.330042782570 M SANTOS 10188718 OVIEDO 180795 115000 D 121190 198.H339044395651 L GONZALEZ 10274138 OVIEDO 261098 050000 RDL 339/90 072.3330402677900 J J DELGADO 10283278 OVIEDO 060599 020000 RD 13/92 052.330402223031 M GARCIA-CARREÑO 10294722 OVIEDO 140199 030000 RD 13/92 052.330402170038 J RIESCO 10360467 OVIEDO 141098 020000 RD 13/92 052.330402166011 J J GONZALEZ-QUIROS 10442290 OVIEDO 140998 020000 RD 13/92 052.330044562171 J J GONZALEZ-QUIROS 10442290 OVIEDO 070299 015000 RD 13/92 117.1330402202210 J GONZALEZ 10448328 OVIEDO 291098 020000 RD 13/92 052.330402235823 M L SUAREZ 10451224 OVIEDO 230199 030000 RD 13/92 052.330044768009 J L MENDEZ 10452744 OVIEDO 260299 025000 RD 13/92 080.3330044684306 R ESTRADA 10453540 OVIEDO 050299 005000 RD 13/92 090.1330044699589 L GONZALEZ 10466373 OVIEDO 010399 030000 RDL 339/90 061.3330402179509 J A PEREZ 10467704 OVIEDO 190199 020000 RD 13/92 052.330044315672 E LOZANA 10467752 OVIEDO 101098 050000 2 RD 13/92 020.1330044403585 FCO GONZALEZ 10467802 OVIEDO 060199 020000 RDL 339/90 061.3330045108558 R NORNIELLA 10472753 OVIEDO 260499 010000 D 301995330044756147 J A MENENDEZ 10474391 OVIEDO 140299 050000 2 RD 13/92 020.1330044756123 J A MENENDEZ 10474391 OVIEDO 140299 015000 RD 13/92 155.330044518583 D J FERNANDEZ 10474492 OVIEDO 020199 016000 RD 13/92 094.1D330402179583 J L CARAVIA 10476240 OVIEDO 240199 020000 RD 13/92 052.330044686650 FCO MARTINEZ 10486774 OVIEDO 250199 015000 RD 13/92 151.2330044513743 MA T FERNANDEZ 10489823 OVIEDO 150798 010000 D 301995330044606010 F BERNABEU 10493600 OVIEDO 221198 015000 RD 13/92 154.330402257879 F M GARCIA 10498164 OVIEDO 060499 030000 RD 13/92 052.330044588135 J M FERNANDEZ 10498332 OVIEDO 131198 015000 RD 13/92 100.2330044691815 R MENENDEZ 10499969 OVIEDO 181298 100000 3 RD 13/92 020.1330402159110 R GIL 10500245 OVIEDO 251198 020000 RD 13/92 052.330042904418 J L SUAREZ 10500303 OVIEDO 101195 015000 RD 13/92 117.1330402236062 A G ROCHA 10505431 OVIEDO 260199 020000 RD 13/92 052.330402263600 J FERNANDEZ 10510165 OVIEDO 110399 020000 RD 13/92 052.330402246079 J B URIA 10517462 OVIEDO 090399 020000 RD 13/92 052.330402235665 J A BAYON 10519205 OVIEDO 220199 030000 RD 13/92 052.330402207980 A FERNANDEZ 10519385 OVIEDO 151298 020000 RD 13/92 052.330044562328 J J FERNANDEZ 10520411 OVIEDO 041298 015000 RD 13/92 106.2330402229951 LA ALVAREZ 10526253 OVIEDO 070199 030000 RD 13/92 052.330044941558 J J BOLADO 10531186 OVIEDO 210499 015000 RD 13/92 155.330044576649 V F ALVAREZ 10531499 OVIEDO 200998 050000 1 RD 13/92 087.1A330044037416 J R FERNANDEZ 10532464 OVIEDO 181198 020000 RD 13/92 088.1330402216658 B GARCIA 10537600 OVIEDO 250199 020000 RD 13/92 052.330402230564 A REIGADA 10540553 OVIEDO 030299 020000 RD 13/92 052.330402175371 F R FERNANDEZ 10542055 OVIEDO 041298 020000 RD 13/92 052.

384 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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330402207918 J A GUTIERREZ 10545593 OVIEDO 121298 040000 RD 13/92 052.330044316615 A MARTINEZ 10545907 OVIEDO 021098 015000 RD 13/92 004.330044785937 J L ZAPICO 10548188 OVIEDO 220399 010000 D 301995330043911790 I S MARTINEZ 10550305 OVIEDO 220897 015000 RD 13/92 143.1330402207724 P L FERNANDEZ 10551279 OVIEDO 121298 040000 RD 13/92 052.330044769490 A RODRIGUEZ 10551658 OVIEDO 200299 015000 RD 13/92 154.330402221988 J M BLANCO 10552340 OVIEDO 070199 030000 RD 13/92 052.330402248283 J R SANCHEZ 10558492 OVIEDO 180299 020000 RD 13/92 052.330044589012 C J A LOZA 10560713 OVIEDO 091198 010000 RD 13/92 109.1330044769269 M SUAREZ 10562958 OVIEDO 310199 015000 RD 13/92 143.1330044485231 R ANIA 10565522 OVIEDO 310898 015500 RDL 339/90 062.2330402679798 A CAUDEVILLA 10566374 OVIEDO 200599 020000 RD 13/92 048.330044771264 MA R FERNANDEZ 10566777 OVIEDO 040399 015000 RD 13/92 117.1330402249860 P L FERNANDEZ 10567117 OVIEDO 020399 020000 RD 13/92 052.330402679506 F CACHERO 10568872 OVIEDO 190599 020000 RD 13/92 052.330402255366 C CIMA 10569195 OVIEDO 230399 020000 RD 13/92 052.330402221253 F J GARCIA 10572152 OVIEDO 030199 020000 RD 13/92 052.330044688130 J RODRIGUEZ 10575204 OVIEDO 080299 010000 RD 13/92 018.2330044764624 J S SUAREZ 10575928 OVIEDO 290199 020000 RDL 339/90 061.3330402254003 C L GRAÑA 10577507 OVIEDO 110399 020000 RD 13/92 052.330044962940 A ALVAREZ 10578740 OVIEDO 040599 PAGADO 2 RD 13/92 020.1330044162934 J A SUCO 10580503 OVIEDO 031098 050000 2 RD 13/92 056.5330044559767 F J ALONSO 10580719 OVIEDO 181198 015000 RD 13/92 117.1330044458343 J C B GONZALEZ 10580806 OVIEDO 281098 010000 RD 13/92 018.1330044614717 J C CARREÑO 10580913 OVIEDO 060299 075000 3 RD 13/92 020.1330402249135 M A NORNIELLA 10581823 OVIEDO 230299 020000 RD 13/92 048.330044598426 MA ALARMA 10582029 OVIEDO 081198 016000 RD 13/92 094.1D330402241872 MA E SIMON 10582293 OVIEDO 020399 020000 RD 13/92 052.330044400146 M A SANCHEZ 10583038 OVIEDO 021298 015000 RD 13/92 106.2330044674866 R MA ALVAREZ 10583085 OVIEDO 291298 020000 RDL 339/90 061.3330044329105 J ZAPICO 10583182 OVIEDO 030299 010000 RD 13/92 018.1330044755891 J M GOY 10583242 OVIEDO 280299 050000 2 RD 13/92 020.1330402158075 A GONZALEZ 10583320 OVIEDO 161198 020000 RD 13/92 052.330044621151 A M C PASCUAL 10583680 OVIEDO 271098 015000 RD 13/92 117.1330044550170 M R GRANDA 10584131 OVIEDO 091098 015500 RDL 339/90 061.1330402248593 J ALONSO 10584186 OVIEDO 200299 040000 RD 13/92 052.330402247722 B MARIBLANCA 10588266 OVIEDO 150299 020000 RD 13/92 052.330044556493 J GRANA 10589665 OVIEDO 241198 050000 2 RD 13/92 084.1330044518443 F ALONSO 10589855 OVIEDO 011298 015000 RD 13/92 094.1C330044568434 J R LOMBA 10598617 OVIEDO 161098 015000 RD 13/92 167.330044554757 J FUEYO 10600006 OVIEDO 311098 050000 2 RD 13/92 020.1330402660716 R FERNANDEZ 10602772 OVIEDO 170499 030000 RD 13/92 052.330044327054 G DEL BUSTIO 10744400 OVIEDO 210199 020000 RDL 339/90 061.3330402225507 R SANCHEZ 10748727 OVIEDO 270199 030000 RD 13/92 052.330402236165 J A MARTINEZ 10790406 OVIEDO 270199 020000 RD 13/92 052.330402222117 MA P A RILLA 10793891 OVIEDO 120199 020000 RD 13/92 052.330402169048 J M MARTINEZ 10800277 OVIEDO 071098 020000 RD 13/92 052.330402206513 G V FERNANDEZ 10802949 OVIEDO 191198 020000 RD 13/92 052.330402208170 A ALONSO 10808871 OVIEDO 151298 020000 RD 13/92 052.330044577198 M R GONZALEZ 10812391 OVIEDO 181098 100000 3 RD 13/92 020.1330044558313 F JAIME 10818905 OVIEDO 221198 015000 RD 13/92 167.330044709054 P J ALVAREZ 10843771 OVIEDO 070599 010000 D 301995330402227220 MA C PAREDES 10846930 OVIEDO 120299 020000 RD 13/92 052330402183010 MA I PEREZ-ESPINOSA 10851643 OVIEDO 170898 030000 RD 13/92 052.330044761404 A GONZALEZ 10864207 OVIEDO 170299 010000 RD 13/92 029.1330044625168 J A GUTIERREZ 10916540 OVIEDO 161098 015000 RD 13/92 117.1330402159341 J A GUTIERREZ 10916540 OVIEDO 261198 020000 RD 13/92 052.330402232251 G GARCIA 10941831 OVIEDO 110299 030000 RD 13/92 052.330402155712 J CAMPORRO 11011096 OVIEDO 221098 020000 RD 13/92 052.330044127594 J M FERNANDEZ 11027849 OVIEDO 171297 015000 RD 13/92 117.1330044392216 J A DIAZ 11033424 OVIEDO 211098 050000 1 RD 13/92 003.1330402213980 C GARCIA 11040075 OVIEDO 151298 030000 RD 13/92 052.330044626628 J A GARCIA 11042820 OVIEDO 041198 015000 RD 13/92 117.1330044791263 R RIESTRA 11048290 OVIEDO 060399 050000 2 RD 13/92 020.1330044602478 MA A ALONSO 11051149 OVIEDO 111198 005000 RDL 339/90 059.3330402182170 I ALVAREZ-HEVIA 11055071 OVIEDO 120998 020000 RD 13/92 052.330402264343 J L GARCIA 11062323 OVIEDO 170399 030000 RD 13/92 052.330402224199 E GARCIA 11072175 OVIEDO 210199 030000 RD 13/92 052.330402232263 R FERNANDEZ 11229063 OVIEDO 110299 020000 RD 13/92 052.330402159432 R FERNANDEZ 11291229 OVIEDO 261198 020000 RD 13/92 052.330402254180 R FERNANDEZ 11291229 OVIEDO 110399 020000 RD 13/92 052.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 385

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DELEGACION ESPECIAL DE ECONOMIA YHACIENDA EN ASTURIAS

Intervención Territorial-Unidad de Contabilidad

Servicio de notificaciones

Notificación

A los contribuyentes que se detallan a continuación no se lesha podido notificar sus débitos por ignorarse su actual domicilio,o bien por no haber quedado justificado que llegara a su poder lacédula de notificación correspondiente.

En consecuencia y en cumplimiento de lo dispuesto en el artí-culo 103 del Reglamento General de Recaudación, aprobado porReal Decreto 1.684/1990 de 20 de diciembre (B.O.E. de 3 deenero de 1991), se procede a insertar en este periódico a cada unode dichos contribuyentes y se les previene que deberán en su caso,proceder al ingreso de sus débitos dentro de los plazos marcadosen el artículo del citado Reglamento,contando a partir de la publi-cación de este requerimiento en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, siendo lugar y medios de pago los fijadosen los artículos 23 y siguientes del mismo.

Los recursos y reclamaciones serán los siguientes: Recursoprevio de Reposición ante el órgano que lo ha practicado, en elplazo de quince días,contados desde el siguiente a la notificacióndel acto administrativo o reclamación ante el Tribunal EconómicoAdministrativo Regional, en el mismo plazo, sin que puedansimultanearse ambos recursos.

La interposición de una reclamación no suspende por si solala obligación del pago de la deuda tributaria.

De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y de Procedimiento Administrativo Común,se envía esta

relación a los Ayuntamientos correspondientes para que sea publi-cada en su tablón de anuncios.

Nº liquidación Nombre y apellidos/Domicilio y municipio Deuda (ptas)

00033 1994 0 014029 7 Herederos de Josefa Pérez Alonso 53.533N.I.F.:10.469.041-Q

Sucesor: Fernández Pérez PurificaciónN.I.F.:10.508.161 J

C/ Bermúdez de Castro,19,2B-Oviedo00033 1997 0 001790 8 Herederos de Rodríguez Alonso Manuela 112.050

N.I.F.:10.463.111-CVillapérez-Quintana-Oviedo

00033 1998 0 000030 3 Herederos de Noriega Carballeda Lucía 57.694N.I.F.:10.458.863-G

C/ Máximo y Fromestano,1,3º A-Oviedo00033 1998 0 000738 9 Herederos de Hevia García Juan José 415.728

N.I.F.:10.530.056-NSucesor: Poladura García Rosa Mª

N.I.F.:9.361.199-SC/ Fuertes Acevedo,56,1º B-Oviedo

00033 1998 0 001402 7 Piantón Industrial S.A. 3.955.441C.I.F.:A33024050

Av. De Galicia,10, Vegadeo00033 1998 0 001403 8 Coop. Saregana de Carpintería Mecánica 3.300.000

C.I.F.:F33023458Santianes-Sariego

00033 1998 0 001604 2 Salvador Herrero Carmen 98.550N.I.F.:9.524.417-W

C/ Vázquez de Mella,22,3º iz-Oviedo

00033 1998 0 001606 4 Parra Doncel Natalia 74.805N.I.F.:10.495.558-Z

La Joecara,23,1º-Langreo

00033 1998 0 001611 9 García Avila Carmen 41.000N.I.F.:25.838.840-L

C/ Navarra,26,bajo iz-La Carriona-Avilés

00033 1998 0 001615 4 Ferrera Estrada Catalina 48.750N.I.F.:10.373.817-N

Los Cuarteles-Huería de CarroceraSan Martín del ReyAurelio

00033 1998 0 001616 5 Alonso Reguillon Angel C. 339.213N.I.F.:10.542.243-D

Av. del Mar, 74,5º A-Oviedo

386 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

330044672535 J DIAZ 11352195 OVIEDO 121298 016000 RD 13/92 101.1330044773893 A VIVAS 11389197 OVIEDO 250299 010000 RD 13/92 029.1330044674830 J MA GOMEZ 11390775 OVIEDO 271298 PAGADO 3 RD 13/92 020.1330044556365 A B VILLA 11398410 OVIEDO 021198 016000 RD 13/92 080.1330402260349 J A RODRIGUEZ 11431747 OVIEDO 090399 020000 RD 13/92 052.330402204401 M A DE LA CERA 11435446 OVIEDO 241198 030000 RD 13/92 052.330044111203 J SEISDEDOS 11681194 OVIEDO 251098 016000 RD 13/92 058.1330402661848 C MERINO 12749467 OVIEDO 230499 020000 RD 13/92 052.330402207736 R LANZA 13700484 OVIEDO 121298 020000 RD 13/92 052.330402208546 J J BENEDICTO 13707101 OVIEDO 231298 020000 RD 13/92 052.330402266303 I E LOPEZ 27255111 OVIEDO 260399 020000 RD 13/92 052.330402179534 P DIEGO 30651907 OVIEDO 240199 040000 RD 13/92 052.330402219118 J PENELO 33774006 OVIEDO 301298 020000 RD 13/92 052.330402224138 M FERNANDEZ 36038921 OVIEDO 210199 040000 RD 13/92 052.330402231684 B ALCOL 51338772 OVIEDO 020299 020000 RD 13/92 052.330402664369 O ALVAREZ 52615351 OVIEDO 170499 020000 RD 13/92 O52.330044556651 M VILLA 52617170 OVIEDO 071198 050000 2 RD 13/92 020.1330044766281 R FERNANDEZ 71419880 OVIEDO 060299 025000 RD 13/92 076.1330402671593 J MA FERNANDEZ 71584047 OVIEDO 260499 020000 RD 13/92 052.330044947779 F RODRIGUEZ 71593542 OVIEDO 230599 010000 RD 13/92 090.1330044533675 E J GARCIA 71604727 OVIEDO 210998 046001 D 121190 198.H330402126785 V H FERNANDEZ 71618154 OVIEDO 120798 020000 RD 13/92 048.330402235963 L MA BARRIOS 71619327 OVIEDO 210199 020000 RD 13/92 052.330044706480 F J NARANJO 71631665 OVIEDO 240399 075000 3 RD 13/92 020.1330044322690 M MENDEZ 71637766 OVIEDO 020199 025000 RDL 339/90 061.3330044755076 I GONZALEZ 71646568 OVIEDO 240199 015000 RD 13/92 106.2330402226603 S RODRIGUEZ 71841192 OVIEDO 080299 030000 RD 13/92 048.330402212033 M PRIETO 71854616 OVIEDO 151298 020000 RD 13/92 052.330044564210 J A RODRIGUEZ 71857984 OVIEDO 150199 025000 RD 13/92 003.1330402202209 MA I FERNANDEZ 71863298 OVIEDO 291098 020000 RD 13/92 052.330402252535 R PEREZ 71864667 OVIEDO 020399 020000 RD 13/92 052.330044007795 C M ROVES 71867155 OVIEDO 151098 100000 3 RD 13/92 020.1330402664540 A BERCIANOS 76328774 OVIEDO 200499 020000 RD 13/92 052.

EXPEDIENTE DENUNCIADO/A IDENTIF. LOCALIDAD FECHA CUANTIA SUSP. PRECEPTO ARTº

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00033 1998 0 001620 9 Herederos de Rascón González Purificación 318.165N.I.F.:10.925.008-P

C/ Cuart. S. Francisco,32,Eº B-Mieres

00033 1998 0 001622 2 Díaz Pérez Carmen 141.125N.I.F.:11.282.174-F

C/ San Melchor, 62,1º D-Oviedo

00033 1998 0 001648 1 Herederos de Hinojosa Córdoba Sacramento 46.125N.I.F.:74.999.548-K

Sucesor:Reyes Hinojosa FranciscoN.I.F.:71.589.035-V

Piñera,48,Carrocera-San Martín R. Aurelio

00033 1999 0 000030 3 Ruiz Fernández Celestino 316.960N.I.F.:11.348.937-R

C/ San Bernardo,1,7º C-Avilés

00033 1999 0 000033 6 Suero Zulueta Enriqueta 867.240N.I.F.:9.422.364-T

C/ Río Pigüeña,7,2º B-Oviedo

00033 1999 0 000317 2 Alvarez Ramos José 224.379N.I.F.:10.420.464-S

C/ Nueve de Mayo,26,3º-Oviedo

00033 1999 0 000541 1 Rodríguez Maseda Vicente 124.675N.I.F.:71.871.255-G

C/ Noel Llopis,1-Oviedo

00033 1999 0 000542 2 Naveiras Rodríguez José Manuel 35.415N.I.F.:10.484.804-R

Av. Prudencio González,37 B-Llanera

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Delegado deEconomía y Hacienda.—20.459.

AGENCIA ESTATAL DEADMINISTRACION TRIBUTARIA

Delegación Especial de Asturias

Notificación

Por la Inspección de la Delegación de la Agencia Estatal de laAdministración Tributaria de Oviedo se ha intentado la notifica-ción de los actos administrativos que se relacionan a continua-ción, notificación que no ha podido realizarse por no haberselocalizado a nadie relacionado con el sujeto pasivo.

En consecuencia, y en cumplimiento de lo dispuesto en ela rtículo 105, ap a rtados 6 y 7 de la Ley 230/1963 de 28 ded i c i e m b re (Ley General Tr i bu t a ria) según redacción dada por ela rtículo 28 de la Ley 66/1997 de 30 de diciembre (B. O.E. núme-ro 313 de 31 de diciembre) de Medidas Fi s c a l e s ,A d m i n i s t rat ivas y de Orden Social, se procede a citar al intere-sado para ser notificado por comparecencia en relación con lossiguientes pro c e d i m i e n t o s :

Sujeto pasivo: Prebeco, S.L.

N.I.F.: B-33.429564.

Procedimiento:

• Acta de disconformidad A 02, número 70226546 (I.VA.1995).

• Informe ampliatorio al Acta.

• Expediente sancionador por infracción tributaria grave, tra-mitación abreviada, número 70815605.

O rgano competente para la tramitación del ex p e d i e n t e :Dependencia de Inspección, Delegación de la Agencia Estatal deAdministración Tributaria de Asturias.

Plazo y lugar para comparecer:En los diez días siguientes a lapublicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, estando a su disposición los documentosreseñados en la Secretaría Administrativa de la Dependencia deInspección de la Delegación de la A gencia Estatal deAdministración Tributaria de Asturias, calle 19 de Julio, nº 1,Oviedo.

Del mismo modo, se le comunica que deberá comparecer per-sonalmente o por medio de representante debidamente autoriza-do. El presente anuncio se publicará en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias, y en las Oficinas de esta Delegación

de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, haciéndoleconstar que, transcurrido el plazo señalado sin haber compareci-do, la notificación se entenderá producida a todos los efectoslegales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señala-do para comparecer.

En Oviedo, a 29 de diciembre de 1999.—El InspectorRegional.—324.

— • —

Delegación de Oviedo

Dependencia de Gestión Tributaria

Censos

Notificación

A los contribuyentes que se detallan en la relación adjunta seles ha intentado la notificación por dos veces del requerimientop a ra la presentación de las decl a raciones del Impuesto deSociedades correspondiente a los ejercicios 1994, 1995 y 1996,significándoles que de no hacerlo así se procedería a su baja pro-visional en el Indice de Entidades conforme a lo dispuesto en elartículo 137 de la Ley 43/1995, de 27 de diciembre, del Impuestode Sociedades, notificación que no ha podido realizarse despuésde haberse intentado por dos veces.

En consecuencia y de acuerdo con el artículo 105, apartados 6y 7 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ley GeneralTributaria), según redacción dada por el artículo 28 de la Ley6 6 / 1 9 9 7 , de 30 de diciembre, de Medidas Fi s c a l e s ,Administrativas y de Orden Social, se procede a citar a los inte-resados o a sus representantes legales para que comparezcan, enel plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicaciónde este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, y al objeto de ser notificados, en la Delegación de laAgencia Estatal de Administración Tributaria de Oviedo, calle 19de Julio, 1.

El horario es de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.

O rgano competente para la tramitación del ex p e d i e n t e :Dependencia de Gestión Tributaria (Censos), Delegación de laAgencia Estatal de Administración Tributaria de Oviedo.

Transcurrido el plazo señalado sin haber comparecido,la noti-ficación se entenderá producida, a todos los efectos legales,desdeel día siguiente al vencimiento del mismo.

El presente anuncio se publicará en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias y en tablón de notificaciones de laDelegación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria,correspondiente al último domicilio conocido.

En Oviedo, a 7 de diciembre de 1999.—El Jefe de laDependencia de Gestión Tributaria.—20.396.

Anexo

B33444282 CARBONES ALEN,S .L.VAZQUEZ DE MELLA 59 BJ, 33012 OVIEDO

A33205527 CENTRAL DE LIMPIEZAS VETUSTA, S.A.MAXIMILIANO ARBOLEYA 12,33012 OVIEDO

B33374885 CLAVE EXCLUSIVAS, S .L.PEDRO MASAVEU 7 BJ, 33007 OVIEDO

B33236209 CONSTRUCCIONES ARROJO,S .L.NARANJO DE BULNES 12,33012 OVIEDO

A33124033 DAPO TRADING COMPANY, S .A.MARQUES DE TEVERGA 4,6 IZ,33004 OVIEDO

B33361585 EL OBRADOR DE LA VILLA, S.L.MAXIMINO MIYAR 12,VILLAVICIOSA

A33206285 EXCAVACIONES Y CONTRATAS ASTURICA, S.A.URIA 30, 5 A,33003 OVIEDO

B33240805 FANJUL Y POLLEDO, S.L.JOSE ANTONIO 18,33510 SIERO

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 387

Nº liquidación Nombre y apellidos/Domicilio y municipio Deuda (ptas)

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A33109539 INGENIERIA AGROFORESTALMEDIO AMBIENTAL, S.A.OSCURA 1,2 DR,33009 OVIEDO

A33050568 INYECTO ASTUR, S.A.VIELLA,S/N, 33510 SIERO

B3323310 LIMPIATES, S.L.FONCALADA 1 B, 33002 OVIEDO

B33640350 MINERA GIJONESA, S.L.BURRIANA 1,33006 OVIEDO

B33101627 RECTIFICADOS OVIEDO, S.L.POLIGONO NUEVO GRANDA,0,33199 SIERO

B33431677 SAGISO, S .L.PEÑAFLOR 91,33820 GRADO

B33369844 SOCAMPO, S .L.JARDIN DEL PRINCIPADO, 2,4,33011 OVIEDO

— • —

Dependencia de Recaudación

Unidad Provincial de Recaudación

Edicto

Don José María Menéndez Quintana, Je fe del Servicio deRecaudación de la Delegación de Oviedo de la AgenciaEstatal de Administración Tributaria,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de laLey 230/1963, de 28 de diciembre, Ley General Tributaria, según

la redacción dada por el artículo 28.Uno de la Ley 66/1997,de 30de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesadoo su representante por dos veces, sin que haya sido posible prac-ticarla por causas no imputables a la Administración Tributaria,sepone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuen-tran pendientes de notificar los actos cuyo interesado y procedi-miento se especifican en el anexo que se acompaña.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos,obligados tributarios indicados en el citado anexo, o sus repre-sentantes debidamente acreditados, deberán comparecer en elplazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publica-ción de la presente resolución en el Boletín Oficial que corres-ponda, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, en el lugarque se señala,al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no compareceren el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todoslos efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento delplazo señalado para comparecer.

Organo responsable de la tramitación: Unidad Provincial deRecaudación.

Lugar: Delegación de la Agencia Estatal de AdministraciónTributaria en Oviedo, calle 19 de Julio, 1, planta 1ª, Oviedo.

En Oviedo, a 21 de diciembre de 1999.—El Delegado de laAgencia Estatal de Administración Tributaria.—21.182.

388 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

NOMBRE Y APELLIDOSN.I.F. O RAZON SOCIAL CONCEPTO PROCEDIMIENTO

71850008D GARCIA CUESTA JOSE LUIS PROVIDENCIA DE APREMIO I.V.A. ACTAS DE INSPEC. 91-92 RECAUDACION EJECUTIVA

B33305186 IPROGAS,S .L. PROVIDENCIA DE APREMIO I.R.P.F.-PTP 195 RECAUDACION EJECUTIVAF33063116 SAT VEGABAL N 5816 DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES

Nº 339923002140Z RECAUDACION EJECUTIVA

10524518V JOSE ANTONIO LEON MARQUES VALORACION DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIALES RECAUDACION EJECUTIVA10566412M Mª DEL CARMEN CARBAJO GONZALEZ VALORACION DE ACCIONES Y PARTICIPACIONES SOCIALES RECAUDACION EJECUTIVA

B33404666 SERVICIOS INMOBILIARIOS NOVO 5 PROVIDENCIAS DE APREMIO DE LIQUIDACIONES DE ACTASY CABO,S .L. DE I.V.A.,RET. TRABA. 1995-1998; SANCIONES TRIBUTARIAS RECAUDACION EJECUTIVA

9362367X SUAREZ ALVAREZ JOAQUIN DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLESNUMERO 339723002510N RECAUDACION EJECUTIVA

11385429S ALEJO GONZALEZ GOMEZ TRAMITE DE AUDIENCIA EXPTE:URBASTURIANA, S.L. RECAUDACION EJECUTIVA11064651H JESUS DONATO FERNANDEZ LANZA PROVIDENCIAS DE APREMIO ACTAS I.V.A. 95-96

Y EXPEDIENTE SANCIONADOR RECAUDACION EJECUTIVA

A33105412 TRANSPORTES G. INDUSTRIAL, S.A. PROVIDENCIAS DE APREMIO ACTAS I.V.A. 93-94-95-96Y EXPEDIENTE SANCIONADOR RECAUDACION EJECUTIVA

13955405V SAHAGUN BLANCO CELESTINO PROVIDENCIA DE APREMIO:I.R.P.F. RET. TRAB. EJERCICIOS1993,1994,1995 Y 1996 RECAUDACION EJECUTIVA

71858360N ROSAL RGUEZ. ADOLFO DILIGENCIA DE EMBARGO INMUEBLES Nº 339923003985Z RECAUDACION EJECUTIVA676902N GUTIERREZ ALONSO FELIPE PROVIDENCIA DE APREMIO RECAUDACION EJECUTIVA

B33360553 GERPEDA, S.L. PROVIDENCIA DE APREMIO I.V.A. ACTAS DE INSPECCION 93-95CUOTA E INTERESES RECAUDACION EJECUTIVA

B33360553 GERPEDA, S.L. PROVIDENCIA DE APREMIO I.V.A. ACTAS DE INSPECCION 93-95SANCION RECAUDACION EJECUTIVA

10516670N ALFREDO GARCIA ARECES TRAMITE DE AUDIENCIA Y PUESTA DE MANIFIESTO DELEXPEDIENTE DE GARCIA ARECES, S.A. CON C.I.F. A33060450 RECAUDACION EJECUTIVA

A33058975 EDIFICACIONES LANCIA, S.A. DILIGENCIA DE EMBARGO Nº 339923005133V RECAUDACION EJECUTIVAA33058975 EDIFICACIONES LANCIA, S.A. DILIGENCIA DE EMBARGO Nº 339923005140R RECAUDACION EJECUTIVAA33058975 EDIFICACIONES LANCIA, S.A. NOMBRAMIENTO DE NOTARIO PARA ESCRITURA DE VENTA

DE BIENES INMUEBLES RECAUDACION EJECUTIVA10181890Q REINERIO FERNANDEZ MARIÑO DILIGENCIAS Nº 339923005217D Y 339921000989R RECAUDACION EJECUTIVA10515669T Mª ESTHER FERNANDEZ CADAVIECO DILIGENCIA Nº 339923005217D RECAUDACION EJECUTIVA

B33069857 AUTOCARES BIBIANO, S .L. PROVIDENCIAS DE APREMIO,ACUERDOS DE COMPENSACION RECAUDACION EJECUTIVAB33448291 EXCIVASA, S.L. PROVIDENCIA DE APREMIO I.V.A. ACTA DE INSPECCION 95-97 RECAUDACION EJECUTIVA

B33240276 LUMINA ASTUR, S.L. DILIGENCIA DE EMBARGO DE VEHICULO 339723001639S RECAUDACION EJECUTIVA11053348P LUIS ANTONIO NUÑEZ DELGADO TRAMITE DE AUDIENCIA Y PUESTA DE MANIFIESTO DEL

EXPEDIENTE DE RESPONSABIDAD POR LAS DEUDAS DECID-CONSTRUCCION INTER. Y DISEÑO,S .L. RECAUDACION EJECUTIVA

9382797Q JOSE MANUEL GARCIA MENENDEZ TRAMITE DE AUDIENCIA Y PUESTA DE MANIFIESTO DELEXPEDIENTE DE RESPONSABIDAD POR LAS DEUDAS DECID-CONSTRUCCION INTER. Y DISEÑO,S .L. RECAUDACION EJECUTIVA

9382797Q JOSE MANUEL GARCIA MENENDEZ REQUERIMIENTO EXISTENCIA DE BIENES ART. 133 L.G.T. RECAUDACION EJECUTIVAB33456997 CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS

SOTRAM, S.L. PROVIDENCIA DE APREMIO DE ACTAS I.V.A. 95/96 RECAUDACION EJECUTIVA

Anexo

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Oficina Técnica de Inspección

Notificación

Por la Inspección de la Delegación de la Agencia Estatal deAdministración Tributaria de Oviedo se ha intentado la notifica-ción de los actos administrativos que se relacionan a continua-ción, notificación que no ha podido realizarse por no haberselocalizado a nadie relacionado con el sujeto pasivo.

En consecuencia,y en cumplimiento de lo dispuesto en el artí-culo 105, apartados 6 y 7, de la Ley 230/1963, de 28 de diciem-bre, General Tributaria (Boletín Oficial del Estado de 31 dediciembre), según redacción dada por el artículo 28 de la Ley6 6 / 1 9 9 7 , de 30 de diciembre, de Medidas Fi s c a l e s ,Administrativas y de Orden Social (B.O.E. de 31 de diciembre),se procede a citar al interesado para ser notificado por compare-cencia en relación con los siguientes procedimientos:

Sujeto pasivo: Sogesco, S.L.

N.I.F. número: B-33-47602.9.

P ro c e d i m i e n t o : N o t i ficación de acuerdos de la Ofi c i n aTécnica, en relación con las siguientes Actas de Inspección:

• A51 número 70450880,junto con la correspondiente carta depago, con justificante número 339901018774T.

• A07 número 70051021,junto con la correspondiente carta depago, con justificante número 339901019816B.

O rgano competente para la tramitación del ex p e d i e n t e :Dependencia de Inspección, Delegación de la Agencia Estatal deAdministración Tributaria de Asturias.

Plazo y lugar para comparecer:En los diez días siguientes a lapublicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, estando a su disposición los documentosreseñados en la Secretaría Administrativa de la Dependencia deInspección de la Delegación de la A gencia Estatal deAdministración Tributaria de Asturias, calle 19 de Julio, nº 1, deOviedo.

Del mismo modo, se le comunica que deberá comparecer per-sonalmente o por medio de representante debidamente autoriza-do. El presente anuncio se publicará en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias y en las Oficinas de esta Delegación dela Agencia Estatal de Administración Tributaria,haciéndole cons-

tar que, transcurrido el plazo señalado sin haber comparecido, lanotificación se entenderá producida a todos los efectos legalesdesde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado paracomparecer.

En Oviedo, a 20 de diciembre de 1999.—El Inspector JefeAdjunto.—21.183.

— • —

Delegación de Gijón

Dependencia de Recaudación

Anuncio

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de laLey 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, según laredacción dada por el artículo 28.1 de la Ley 66/1997, de 30 dediciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesado osu representante por dos veces, sin que haya sido posible practi-carla por causas no imputables a la Administración Tributaria, sepone de manifiesto, mediante el presente anuncio, que se encuen-tran pendientes de notificar las liquidaciones de intereses dedemora cuyo deudor, concepto, clave de liquidación e importefiguran en el anexo que se acompaña.

En virtud de lo anterior, se procede a citar a los obligados tri-butarios que se indican,o a sus representantes, debidamente acre-ditados, para que comparezcan ante el órgano responsable de sutramitación (Dependencia de Recaudación de la Agencia Estatalde Administración Tributaria de Gijón, calle Anselmo Cifuentes,13, planta baja) en el plazo de diez días, contados desde elsiguiente al de la publicación del presente anuncio en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, que tambiénserá publicado en el tablón de anuncios de la Delegación oA d m i n i s t ración de la A gencia Estatal de A d m i n i s t ra c i ó nTributaria correspondiente al último domicilio conocido, a efec-tos de practicarles la notificación del citado acto.

Caso de no comparecer en el plazo mencionado, la notifica-ción se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde eldía siguiente al del vencimiento del plazo señalado para compa-recer.

En Gijón, a 23 de diciembre de 1999.—El Jefe de la Unidadde Recaudación.—21.213.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 389

B33456997 CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS PROVIDENCIA DE APREMIO DE ACTAS I.V.A. 95/96 EXPTE.SOTRAM, S.L. SANCIONADOR RECAUDACION EJECUTIVA

B33456997 CONSTRUCCIONES Y CONTRATASSOTRAM, S.L. PROVIDENCIA DE APREMIO DE ACTAS SOCIEDADES 1995 RECAUDACION EJECUTIVA

B33456997 CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS PROVIDENCIA DE APREMIO DE ACTAS SOCIEDADES 1995SOTRAM, S.L. EXPTE. SANCIONADOR RECAUDACION EJECUTIVA

1006093N SALVI GARCIA Mª ISABEL DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Nº:339923005332S, 339923005333X Y 339823000270M RECAUDACION EJECUTIVA

9996600H TRINCADO NIETO RAIMUNDO DILIGENCIAS DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES Nº:339923005332D, 339923005333X Y 339823000270M RECAUDACION EJECUTIVA

B33435496 CONSTRUCCIONES LUGONES, S .L. PROVIDENCIA DE APREMIO DE ACTAS I.V.A. 94/97 RECAUDACION EJECUTIVA

B33435496 CONSTRUCCIONES LUGONES, S .L. PROVIDENCIA DE APREMIO DE ACTAS SOCIEDADES 1997 RECAUDACION EJECUTIVAB33435496 CONSTRUCCIONES LUGONES, S .L. PROVIDENCIA DE APREMIO DE ACTAS SOCIEDADES 1996 RECAUDACION EJECUTIVAB33400144 CONSTRUCCIONES Y PROMOCIONES PROVIDENCIA DE APREMIO DE SANCION SEGURIDAD

LORCA-2, S.L. E HIGIENE 1994 RECAUDACION EJECUTIVAB33537564 CONSTRUCCIONES FRUELA OVIEDO, S .L. PROVIDENCIA DE APREMIO DE SANCION TRABAJO 1999 RECAUDACION EJECUTIVAB33685264 CANECON,S . L. PROVIDENCIAS DE APREMIO A3360099020001779

Y A3360099020001746 RECAUDACION EJECUTIVA10579338M PRADO CARBALLO MARIA LAURINA PROVIDENCIA DE APREMIO A3360099020003253 RECAUDACION EJECUTIVAB33126095 PINTURAS NACHO, S .L. PROV. DE APREMIO A3360099020001812 Y A3360099020001801 RECAUDACION EJECUTIVA

B33377581 CONTRATAS TRUBIA, S.L. PROV. DE APREMIO A3360099530014975 RECAUDACION EJECUTIVA10563002E GONZALEZ DIAZ JOSE LUIS TRAMITE DE AUDIENCIA Y PUESTA DE MANIFIESTO DEL

EXPEDIENTE BOLFRUT, S.L. CON N.I.F.:B33362591 RECAUDACION EJECUTIVA

51872734Y RODRIGUEZ MORILLA Mª VALLE TRAMITE DE AUDIENCIA Y PUESTA DE MANIFIESTO DELEXPEDIENTE BOLFRUT, S.L. CON N.I.F.:B33362591 RECAUDACION EJECUTIVA

9389438X LOPEZ ALONSO JOSE Mª RECURSO DE REPOSICION RECAUDACION EJECUTIVA

NOMBRE Y APELLIDOSN.I.F. O RAZON SOCIAL CONCEPTO PROCEDIMIENTO

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Anexo

UNIDAD DE ADSCRIPCION 52600

SUJETO PASIVO N.I.F. CONCEPTO/OBJETO TRIBUTARIO PERIODO PTAS.AINGRESAR CLAVE LIQUIDACION

ALONSO GONZALEZ JUAN A. 71604020Y 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 9.861 A5260097700002871

ALONSO GONZALEZ JUAN A. 71604020Y 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 65.873 A5260097700004268

ALONSO GONZALEZ JUAN A. 71604020Y 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 17.260 A5260098700001398

AMADO DE MORAN JUAN 10720863B 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 76.501 A5260099700000101

CAMPAL MONTES JOSE VICENTE 10819883Q 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 39.334 A5260098700000298

CASTIELLO BARREDO JOSE MANUEL 10873274R 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 32.087 A5260099700000200

CONFECCIONES DESIT, S .A.L. A33786047 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 54.042 A5260099700000750

CONFECCIONES DESIT, S .A.L. A33786047 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 46.905 A5260099700000772

DOMINGUEZ CIDON JOSE MANUEL 10189157L 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 17.260 A5260098700001398

DOMINGUEZ CIDON JOSE MANUEL 10189157L 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 49.682 A5260098700001046

FELGUEROSO VILLAR ANDRES M. EU. 10799170A 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 7.166 A5260098700001794

GANCEDO LUCIANO SOFIA JUANA 10789172X 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 49.098 A5260099700000761

GARCIA GARCIA M. TERESA 10594810K 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 12.969 A5260098700001520

GARCIA MARTINEZ JORGE 10874322Z 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 5.061 A5260098700002025

GARCIA MARTINEZ JORGE 10874322Z 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 7.112 A5260098700000595

GARCIA MARTINEZ JORGE 10874322Z 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 7.125 A5260098700000584

GARCIA MARTINEZ JORGE 10874322Z 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 6.506 A5260098700000617

GANCEDO LUCIANO SOFIA JUANA 10789172X 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 49.098 A5260099700000761

GIARRIZZO GIOVANNI X0231503P 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 10.868 A5260097700004125

LUARCA BLANCO MARIA DEL CARMEN 10765952C 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 40.331 A5260099700000805

MALAGA ANDRES ENRIQUE 10880380T 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 6.179 A5260097700002255

MARTINEZ FERNANDEZ M. DE LOS AN. 10780572N 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 6.414 A5260097700004500

MEANA MENENDEZ M. DOLORES E. 10803410B 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 5.459 A5260097700005236

MENENDEZ ALVAREZ BLANCA NIEVES 10770021H 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 441.365 A5260099700000079

OMEGA COMPUTERS,S .L. B33781410 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 20.353 A5260097700003223

OVEJERO GONZALEZ JUAN JOSE 10815539L 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 92.510 A5260098700000232

OVEJERO GONZALEZ JUAN JOSE 10815539L 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 84.229 A5260098700000243

PLASTICOS MUNDIALES, S .A. A33639667 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 97.697 A5260098700000980

PLASTICOS MUNDIALES, S .A. A33639667 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 23.125 A5260098700001288

PRONUGAR, S.L. B33779604 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 14.155 A5260097700003542

RODRIGUEZ FERNANDEZ JOSE LUIS 10779693F 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 10.113 A5260098700000518

SUAREZ FERNANDEZ OLEGARIO 11398223K 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 8.929 A5260098700001728

TALLERES SOLARES, S.L. B33645615 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 6.760 A5260098700001850

TECSA SERVICIOS, S.A. A33643552 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 6.723 A5260098700001893

TRANCHO GARCIA FRANCISCO JOSE 10873361L 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 11.281 A5260097700004202

TRANCHO GARCIA FRANCISCO JOSE 10873361L 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 31.530 A5260097700006215

390 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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VAZCU SA A33623471 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 307.107 A5260098700000925

VAZCU SA A33623471 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA(ART.LIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 90.117 A5260098700001002

VAZCU SA A33623471 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 15.444 A5260098700001442

VAZCU SA A33623471 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 453.563 A5260099700000684

VAZCU SA A33623471 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 175.689 A5260099700000706

VAZCU SA A33623471 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 13.512 A5260099700000981

VILLAR RUIBAL RAUL 10846357V 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 6.231 A5260097700005247

VILLAR RUIBAL RAUL 10846357V 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 6.167 A5260098700001948

XARRACUETO S.L. B33807603 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 7.810 A5260098700001740

UNIDAD DE ADSCRIPCION 52732

SUJETO PASIVO N.I.F. CONCEPTO/OBJETO TRIBUTARIO PERIODO PTAS.AINGRESAR CLAVE LIQUIDACION

GRENCI DE LA CRUZ VICENTE JUAN 10893919S 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 14.299 A5273298700000364

MORENO VALLE GUADALUPE 15351957D 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 398.132 A5273299700000013

RODRIGUEZ GARCIA VALENTIN 10799686J 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 21.594 A5273298700000188

SERVICIOS DE LIMPIEZA Y TRATAM F33798208 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 152.572 A5273299700000057

UNIDAD DE ADSCRIPCION 52782

SUJETO PASIVO N.I.F. CONCEPTO/OBJETO TRIBUTARIO PERIODO PTAS.AINGRESAR CLAVE LIQUIDACION

ALONSO ORVIZ MARCELINO 10545202R 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 9.340 A5278299700000129

AUTO CINE GIJON S.L. B33799487 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 7.342 A5278298700000106

DE LA FUENTE ABRAIRA PABLO ANG 51631364K 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 49.269 A5278299700000041

DE LA FUENTE ABRAIRA PABLO ANG 51631364K 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 18.725 A5278299700000305

FERNANDEZ ALVAREZ FRANCISCO JA 45427252K 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 8.952 A5278297700001095

FERNANDEZ ALVAREZ FRANCISCO JA 45427252K 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 7.132 A5278297700001469

FERNANDEZ GARCIA LUIS 10861455G 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 5.854 A5278297700001667

FERNANDEZ MENENDEZ M NIEVES 11364844S 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 42.188 A5278297700001601

GINOLO S.L. B33783226 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 50.856 A5278298700000304

GONZALEZ CASCONE SERGIO GABRIE X0325270G 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 1.152 A5278298700000030

GONZALEZ ORDOÑEZ M JESUS 09706935S 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 5.712 A5278299700000360

GONZALEZ ORDOÑEZ M JESUS 09706935S 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 5.660 A5278299700000382

LASTRA FERNANDEZ LUIS RICARDO 10789743Y 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 10.550 A5278299700000085

MANUEL ANGEL MARTINEZ SOLARES E33685942 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 8.482 A5278298700000095

MANUEL ANGEL MARTINEZ SOLARES E33685942 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 5.094 A5278298700000205

MONTES SANCHO IGNACIO LICERIO 10856471B 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 6.444 A5278298700000139

RAMOS GAGO M ANGELES 10794137F 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 6.088 A5278298700000436

RIESTA FERNANDEZ MIGUEL A 10587152E 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 7.093 A5278298700000128

RODRIGUEZ RODRIGUEZ JOSE LUIS 10845592B 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1999 5.032 A5278299700000261

RODRIGUEZ-MARIBONA CAMINO,JOSE 10842110W 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1997 5.618 A5278297700001777

TUYA MEDINA BELARMINO 10671045G 100394 INTERESES DE DEMORA-AELIQUID. INTERESES DEMORA (ART. 1998 6.397 A5278298700000414

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 391

SUJETO PASIVO N.I.F. CONCEPTO/OBJETO TRIBUTARIO PERIODO PTAS.AINGRESAR CLAVE LIQUIDACION

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Administración de Avilés

Servicio de Recaudación

Unidad de Recaudación Ejecutiva

Edicto

Don F. Oscar Vélez Roldán, Jefe de la Sección de Recaudación dela Agencia Estatal de Administración Tributaria de Avilés,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.6 de laLey 230/1963, de 28 de diciembre, Ley General Tributaria, segúnla redacción dada por el artículo 28.Uno de la Ley 66/1997,de 30de diciembre, y habiéndose intentado la notificación al interesadoo a su representante con el resultado de desconocido o por dosveces, sin que haya sido posible practicarla por causas no impu-tables a la Administración Tributaria, se pone de manifiesto,mediante el presente anuncio, que se encuentran pendientes denotificar los actos cuyo interesado y procedimiento se especificanen el anexo que se acompaña.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos,obli-gados tributarios indicados en el citado anexo, o sus representan-tes debidamente acreditados, deberán comparecer en el plazo dediez días, contados desde el siguiente al de la publicación de lapresente resolución en el Boletín Oficial que corresponda, delunes a viernes,en horario de 9 a 14 horas,en el lugar que se seña-la, al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no compareceren el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todoslos efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento delplazo señalado para comparecer.

O rgano re s p o n s able de la tra m i t a c i ó n : Unidad deRecaudación Ejecutiva.

L u ga r : A d m i n i s t ración de la A gencia Estatal deAdministración Tributaria de Avilés, calle La Cámara, 73, Avilés.

En Avilés, a 30 de noviembre de 1999.—El Jefe de la Secciónde Recaudación.—20.651.

Anexo

N.I.F. Nombre y apellidos Procedimiento Nº Justificanteo razón social

11423252A Alvarez López, Notif.Valoración Antonio Inmuebles

A33020553 Ayalga de Notif. Liquidac. 339910035005VEdiciones, S.A. A3300498300000792

B33459512 Contratas Embargo cuenta 339920005349PMaysen, S.L. bancaria

10308962V Larrambebere Embargo pensión 339921000872EAlonso,Carlos

B33457359 Lubricantes Embargo vehículo 339923000266AAsturias Jet

11369132W Martínez Embargo sueldo 339921000797QGonzález,Emilio

11407448T Menéndez Embargo suelo 339921000660VFernández,Emilio

11207499J Muñiz Quirós, Embargo devolución 339924002970ERemedios

11372752B Rodríguez García, Cancelación 339921000287NJuan embargo sueldo

11383947M Rodríguez Delgado, Embargo cuenta 3396200086884Roberto Jesús bancaria

11383947M Rodríguez Delgado, Embargo devolución 339624002583CRoberto Jesús I.R.P.F.

11403326H Rodríguez Delgado, Embargo vehículo 213/97Juan Carlos

11403326H Rodríguez Delgado, Embargo vehículo 46/98Juan Carlos

— • —

Sección de notificaciones

Notificación

A los contribuyentes que se detallan se les ha intentado lanotificación de los actos administrativos que se relacionan a con-tinuación, notificación que no ha podido realizarse después dehaberse intentado por dos veces.

En consecuencia y de acuerdo con el artículo 105, apartados 6y 7 de la Ley 230/1963 de 28 de diciembre (Ley GeneralTributaria) según redacción dada por el artículo 28 de la Ley6 6 / 1 9 9 7 , de 30 de diciembre, de Medidas Fi s c a l e s ,Administrativas y del Orden Social, se procede a citar a los inte-resados o a sus representantes legales para que comparezcan, enel plazo de diez días contados desde el siguiente a la publicaciónde este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, al objeto de poderse realizar la notificación.

Transcurrido el plazo señalado sin haber comparecido,la noti-ficación se entenderá producida,a todos los efectos legales,desdeel día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para com-parecer.

El presente anuncio se publicará en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias y en el tablón de notificaciones de laD e l egación o A d m i n i s t ración de la A gencia Estatal deAdministración Tributaria que a continuación se indica, lugardonde pueden comparecer para ser notificados.

Administración de la Agencia Estatal de AdministraciónTributaria de Avilés, calle Cámara, 73, 33400 Avilés.

En Avilés, a 13 de diciembre de 1999.—El Administrador dela Agencia Estatal de Administración Tributaria.—20.864.

392 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

Anexo

Relación que se cita:

11387166 ALVAREZ ALVAREZ INDALECIO CL SAN BERNARDO, 17 AVILES DEV. TR. M. 103/9811416749 ALVAREZ ALVAREZ MANUEL A. CL SAN JOSE ARTESANO, 3 AVILES TRAM. AUD. M. I.V.A./9811286877 ARECES ALONSO JUAN CL RIO NARCEA, 2 AVILES PR. SANCION-100/96B3349613 AVILESINA DE REVOCOS, S .L. CL RAMON Y CAJAL, 2 AVILES TRAM. AUD. M. I.V.A./9811389057 BAÑO SUAREZ ANTONIO CL CONDE REAL AGRADO, 5 AVILES PR. SANCION-100/968100937 BLAZQUEZ SUAREZ JESUS CL RECONQUISTA,12 AVILES PR. SANCION-100/9711420426 BUSTO ISORNA MIGUEL ANGEL PZ HISPANIDAD, 3 AVILES DEV. TR. M. 103/98X1517365 CARVALHO MOCA JOSE TORCATO CASA DEL MAR AVILES PR. SANCION-100/97B3336882 CASPACO, S .L. CL ESTACION, 51 AVILES PR. SANCION-110/95/3TB3336882 CASPACO, S .L. CL ESTACION, 51 AVILES PR. SANCION-110/95/2T11429414 CASTRO FERNANDEZ JOSE LUIS CL STA. APOLONIA,49 AVILES PR. SANCION-100/9611354599 CASTRO HERRERO JAIME CL RAICES, 89 CASTRILLON PR. SANCION-100/9611354599 CASTRO HERRERO JAIME CL RAICES, 89 CASTRILLON PR. SANCION-100/97E3349324 CONSTRUCCIONES FERCA,C.B. PZ SAN RAMON,2 CORVERA PROP. LIQ. M. 190/98A3321121 CONTRATAS AVILES,S .A. AV GIJON, 50 AVILES PR. SANCION-845/97

N.I.F. Nombre y apellidos Procedimiento Nº Justificanteo razón social

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B3310573 CONTRT.Y ASESORAMIENTOS TR VIDRIERA, 2 AVILES RECURSO-99/572B3310573 CONTRT.Y ASESORAMIENTOS TR VIDRIERA, 2 AVILES RECURSO-99/573B3350588 CHAPISTERIA VAZQUEZ, S.L. CL ALEIXANDRE, 7 CORVERA PR. SANCION-180/98X2055146 DA SILVA MARTINS MARIO CASA DEL MAR AVILES PR. SANCION-100/9713673081 FERNANDEZ ANDRADE CANDIDO AV SAN AGUSTIN, 12 AVILES PR. SANCION-100/9611444189 FERNANDEZ CUERVO MIGUEL A. AV GIJON, 18 AVILES DEV. TR. M. 103/9811323326 FERNANDEZ FAEDO MANUEL AV JOSE ANTONIO, 23 SOTO PR. SANCION-100/9611323326 FERNANDEZ FAEDO MANUEL AV JOSE ANTONIO, 23 SOTO PR. SANCION-100/9711414808 FERNANDEZ GARCIA JOSE LUIS LA TORRE,116 CORUÑA R. FALTA LIQ. 100/9771858450 FERNANDEZ GONZALEZ LUIS A. CL CONCEPCION ARENAL, 5 AVILES PR. SANCION-100/9611413934 FOLGUEIRAS SANCHEZ CL CAMOCHA, 5 GIJON PR. SANCION-100/9611264045 FRAILE DE BLAS M. DOLORES CL RUIZ GOMEZ, 1 AVILES PR. SANCION-100/9611264045 FRAILE DE BLAS M. DOLORES CL RUIZ GOMEZ, 1 AVILES PR. SANCION-100/9710635059 GARCIA GARCIA FERMIN CL AVILES,4 AVILES PR. SANCION-100/9611317026 GARCIA GARCIA JERONIMO LG STA. EULALIA NEMBRO GOZON PR. SANCION-100/9611317026 GARCIA GARCIA JERONIMO LG STA. EULALIA NEMBRO GOZON PR. SANCION-100/9711204961 GARCIA PEREZ VICTOR G. LG MIRANDA,23 AVILES PR. SANCION-100/9611204961 GARCIA PEREZ VICTOR G. LG MIRANDA,23 AVILES PR. SANCION-100/9711362886 GARCIA SOUSA JULIO CL B-ENTREVIAS, 2 CORVERA PR. SANCION-100/9611391782 GONZALEZ ALVAREZ PERFECTO TR JULIA DE LA RIVA, 7 AVILES PROP. LIQ. M. 100/9710957703 GONZALEZ FERNANDEZ ENRIQUE CL RAMON Y CAJAL,29 AVILES PR. SANCION-100/9611410943 GONZALEZ LAGO JOSE MANUEL CL RIO PILES, 11 AVILES PR. SANCION-100/9711410943 GONZALEZ LAGO JOSE MANUEL CL RIO PILES, 11 AVILES PR. SANCION-845/9835220525 LAMAS ALMEDA JOSEFA AV SAN AGUSTIN, 7 AVILES PROP. LIQ. M. 10010308962 LARRAMBEBERE ALONSO CARLOS CL DR. GRAIÑO, 35 AVILES PR. SANCION-100/9610308962 LARRAMBEBERE ALONSO CARLOS CL DR. GRAIÑO, 35 AVILES PR. SANCION-100/97B3346021 MADERAS GEAL, S.L. CL HUERTAS-VILLA CORVERA PR. SANCION-98/4TB3346021 MADERAS GEAL, S.L. CL HUERTAS-VILLA CORVERA PR. SANCION-70-663B3346021 MADERAS GEAL, S.L. CL HUERTAS-VILLA CORVERA REQ. M. 200/98B3340653 MANTEN. INTEGRAL CL RECONQUISTA, 9 AVILES TRAM. AUD. M. I.V.A./9873764750 MARRAHI SOLER FRANCISCO CL RIO DEVA,16 AVILES PR. SANCION-100/9711358921 MARTINEZ FERNANDEZ JUAN CL JOVELLANOS, 5 AVILES R. FALTA LIQ. 100/9711372279 MARTINEZ GUARDADO VICTOR R. PZ GUITARRA, 1 AVILES PR. SANCION-100-9771869152 MARTINEZ MARTINEZ EMILIO R. CL RAMON Y CAJAL, 6 AVILES PR. SANCION-845/9711622053 MARTINEZ MIELGO JOSE CL SEVERO OCHOA,21 AVILES RECURSO 99/74611346864 MENDEZ FERNANDEZ JUAN PG SILVOTA, 8 LLANERA PROP. LIQ. M. 190/9811415421 MENENDEZ FERNANDEZ SANTIAGO CL RIO SAN MARTIN, 12 AVILES PR. SANCION-845/9811344270 MENENDEZ GARCIA JOSE CL CORBETA, 1 AVILES PR. SANCION-100/9611376375 MENENDEZ GUERRA AURELIO CL ALVAREZ GALAN, 74 CASTRILLON PR. SANCION-100/9730880595 MONTES GONZALEZ FRANCISCO CL COVADONGA, 4 AVILES PR. SANCION-100/9711392536 MORAN QUIROS JOSE LUIS CL FRUELA,18 AVILES PR. SANCION-100/9771618862 MORENO MIGUEL GABRIEL LG ENTREVIAS C-B, 5 CORVERA, PR. SANCION-100/96B3351978 MUPOSA 44, S.L. AV SAN AGUSTIN, 5 AVILES REQ. M. 200/97B3351978 MUPOSA 44, S.L. AV SAN AGUSTIN, 5 AVILES REQ. M. 200/98B3351978 MUPOSA 44, S.L. AV SAN AGUSTIN, 5 AVILES TRAM. AUD. M. I.V.A./98X1983334 NUNES RAJAO MANUEL AV CONDE GUADALHORCE AVILES PR. SANCION-100/9711386308 PENSADO SUAREZ JESUS CL CAMINO VIEJO, 50 AVILES DEV. TR. M. 100/9811363403 PEREZ FERNANDEZ PEDRO LUIS AV CERVANTES, 40, I AVILES DEV. TR. M. 103/9811375361 PEREZ MARTIN JOSE MIGUEL ACERO-HOSTAL VILLA, 4 AVILES PR. SANCION-100/9671884811 PLAZA RODRIGUEZ ISAAC PZ ZALDUA, 8 AVILES DEV. TR. M. 103/9811235074 REGUEIRA PEREZ ABEL CR. GRAL. CANCIENES, 20 CORVERA PR. SANCION-100/9611345462 RODRIGUEZ MENENDEZ MANUEL PZ CARBAYEDO, 12 AVILES PROP. LIQ. M. 103/9811353754 RODRIGUEZ RIVAS HECTOR CL GALIANA,41 AVILES R. FALTA LIQ. 10011394208 SEVILLA DE SANDE FRANCISCO CL LLANO PONTE,40 AVILES PR. SANCION-100/97B3310216 TEC. MANTENIM. CONST.Y AV TELARES, 52 AVILES PR. SANCION-98/300-2TB3348212 TRANSPORTES CAMPORRIUNDO LG CAMPORRIUNDO-VERDI GOZON TRAM. AUD. M. 390/98B3348212 TRANSPORTES CAMPORRIUNDO LG CAMPORRIUNDO-VERDI GOZON PR. SANCION-98/4TX2269461 TROCADO NUNES CESAR GASPAR CASA DEL MAR AVILES PR. SANCION-100/9711415447 VAZQUEZ REGUERA JULIO CL ESTEBANINA,20 CORVERA PR. SANCION-100/9710781459 VIEJO PAÑEDA ENRIQUE LG STA. EULALIA NEMBRO, 20 GOZON PR. SANCION-100/97

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 393

Administración de Cangas de Onís

Sección de Notificaciones

Notificación

A los contribuyentes que se detallan se les ha intentado lanotificación de los actos administrativos que se relacionan a con-tinuación, notificación que no ha podido realizarse después dehaberse intentado por dos veces.

En consecuencia y de acuerdo con el artículo 105, apartados6 y 7 de la Ley 230/1963 de 28 de diciembre (Ley General

Tributaria), según redacción dada por el artículo 28 de la Ley6 6 / 1 9 9 7 , de 30 de diciembre, de Medidas Fi s c a l e s ,Administrativas y del Orden Social, se procede a citar a los inte-resados o a sus representantes legales para que comparezcan, enel plazo de diez días contados desde el siguiente a la publicaciónde este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, al objeto de poderse realizar la notificación.

Transcurrido el plazo señalado sin haber comparecido, lanotificación se entenderá producida, a todos los efectos legales,desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado paracomparecer.

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El presente anuncio de publicará en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias y en el tablón de notificaciones de laD e l egación o A d m i n i s t ración de la A gencia Estatal deAdministración Tributaria que a continuación se indica, lugardonde pueden comparecer para ser notificados, en horario de 9 a14 horas, de lunes a viernes.

Administración de la Agencia Estatal de AdministraciónTributaria de Cangas de Onís, calle Mercado, nº 22, 33550Cangas de Onís.

En Cangas de Onís, a 23 de diciembre de 1999.—ElA d m i n i s t rador de la A gencia Estatal de A d m i n i s t ra c i ó nTributaria.—21.214.

Anexo

N.I.F. Apellidos y nombre Procedimiento Organoo razón social responsable

9394908 V Pérez Sánchez,Marta Neida Justificante Gestióndeducción Tributariavivienda I.R.P.F.1997

71690500 Y Blanco Gelot, José Ramón I.R.P.F. 1998 GestiónPropuesta de Tributarialiquidación

9771705 V Coviella Bastián, José Carlos I.R.P.F. 1998 GestiónPropuesta de Tributarialiquidación

Noriega Niembro, José María Requerimiento GestiónI.E.M.T. Tributaria

Díaz Inguanzo,Alfonso Requerimiento GestiónI.E.M.T. Tributaria

71690500 Y Blanco Gelot, José Ramón I.V.A. 1998 GestiónPropuesta de Tributarialiquidación

B33429507 Construcciones Purón, S.L. Requerimiento Gestiónfalta liquidación Tributariamodelo 190/98

B33473075 Construcciones Carrocedo, S.L. Requerimiento Gestiónfalta liquidación Tributariamodelo 190/98

9445408 K CoyaValdés,Argentina Requerimiento Gestiónmodelo 347 Tributaria

X1677444P Wolf, Christian Frie Baja Oficio GestiónI.AA.EE. Tributaria

E33209404 C.B. Pien,Pint, Villaverde Baja Oficio GestiónI.AA.EE. Tributaria

B33355462 Peña Tu, S.L. Sanciones GestiónTrámite de Tributariaaudiencia

B33515636 Servicios Inmobiliarios Sanciones GestiónEnol 2000 Trámite de Tributaria

audiencia31337599 F Sanz González, Mª Angeles Sanciones Gestión

Trámite de Tributariaaudiencia

9366169 V Diego Fernández,Mª Begoña Sanciones GestiónTrámite de Tributariaaudiencia

X1394666S Kamel,Abdelmoula Sanciones GestiónTrámite de Tributariaaudiencia

DEMARCACION DE COSTAS EN ASTURIAS

Notificaciones

Al haber sido devueltas por el servicio de correos las notifica-ciones de incoación de los expedientes sancionadores que a con-tinuación se relacionan por infracciones a la Ley de Costas de 28de julio de 1988, consideradas como graves en el Reglamento,para desarrollo y ejecución de dicha Ley.

Los expedientados podrán alegar cuanto consideren conve-niente en el plazo de diez (10) días, contados a partir del siguien-te a la presente publicación.

Lo que se publica a los efectos del artículo 59.4 de la Ley deR é gimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

En Oviedo, a 25 de noviembre de 1999.—El Jefe de laDemarcación.—20.652 (1).

Anexo

• Nombre: Cañas Elena, Jesús.

D.N.I.: 9.402.639.

Dirección: Marqués de la Vega de Anzo.

Municipio: Grado (Asturias).

Infracción:Acampada.

Lugar: Playa de San Antolín.

Expediente: EXS-33/201/99.

Sanción: 20.000.

— • —

Al haber sido devueltas por el servicio de correos, las notifi-caciones de propuesta de resolución de los expedientes sanciona-dores que a continuación se relacionan por infracciones a la Leyde Costas de 28 de julio de 1988, consideradas como graves en elReglamento para desarrollo y ejecución de dicha Ley.

Los expedientados podrán alegar cuanto consideren conve-niente en el plazo de quince (15) días, contados a partir delsiguiente a la presente publicación.

Lo que se publica a los efectos del artículo 59.4 de la Ley deR é gimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

En Oviedo, a 25 de noviembre de 1999.—El Jefe de laDemarcación.—20.652 (2).

Anexo

• Nombre: Mata Díaz José Bernardino.

D.N.I.: 11.050.510.

Dirección: Manso, 14, 1º.

Municipio: Gijón (Asturias).

Infracción:Acampada.

Lugar: Playa de Otur.

Expediente: EXS-33/135/99.

Sanción: 60.000.

— • —

Al haber sido devueltas por el servicio de correos las notifica-ciones de resolución de los expedientes sancionadores que a con-tinuación se relacionan por infracciones a la Ley de Costas de 28de julio de 1988, consideradas como graves en el Reglamentopara desarrollo y ejecución de dicha Ley.

Los expedientados deberán efectuar el abono de la multaimpuesta en el Tesoro Público en el plazo de veinte (20) días,desde que sea firme la resolución. Del incumplimiento de dichao bl i gación económica se dará traslado a la Delegación deHacienda para su cobro por vía de apremio, en aplicación delReglamento General de Recaudación y de conformidad con loque previene el artículo 107.1 de la Ley de Costas.

Contra las presentes resoluciones podrán, asimismo los inte-resados, interponer Recurso de Alzada ante el Ilmo. DirectorGeneral de Costas del Ministerio de Medio Ambiente en el plazode un (1) mes, contado a partir de la presente publicación.

Lo que se publica a los efectos del artículo 59.4 de la Ley deR é gimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

En Oviedo, a 25 de noviembre de 1999.—El Jefe de laDemarcación.—20.652 (3).

394 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL NORTE

Comisaría de Aguas

Informaciones públicas

• E-A/33/15204.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don Rafael Tronco Garrido y Hnos.

N.I.F. número: 10970273D.

Domicilio: Mieldes, Cangas del Narcea (Asturias).

Nombre del río o cor riente:Arroxadoiro de Arriba.

Caudal solicitado: 0,025 l/seg.

Punto de emplazamiento: Mieldes.

T é rmino municipal y prov i n c i a : C a n gas del Narc e a(Asturias).

Destino: Riego de la parcela 198.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación y distribución de las aguas con un canal excavadoen el terreno.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Cangas delNarcea, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaríade Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo),donde estará demanifiesto el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.464.

— • —

• E-A/33/15198.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don José Manuel Barrera Arias.

N.I.F. número: 10543080H.

Domicilio: Mieldes, Cangas del Narcea (Asturias).

Nombre del río o corriente:Arroxadoiro de Arriba.

Caudal solicitado: 0,075 l/seg.

Punto de emplazamiento: Mieldes.

T é rmino municipal y prov i n c i a : C a n gas del Narc e a(Asturias).

Destino: Riego de la finca 207.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación y distribución de las aguas mediante canales exca-vados en el terreno.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Cangas delNarcea, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaríade Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará demanifiesto el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.466.

— •—

• E-A/33/14941.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don Francisco Argüelles Pérez y dos más.

N.I.F. número: 45430326J.

Domicilio: Tablado de Riviella, Tineo (Asturias).

Nombre del río o corriente: Fuentes “El Prado de Guardia”(3).

Caudal solicitado: 17.280 l/día.

Punto de emplazamiento: Finca “Prado de Guardia” enRiviella.

Término municipal y provincia: Tineo (Asturias).

Destino: Usos ganaderos.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Arqueta de captación y conducción por tubería hasta depósitoregulador del que partirá la red de distribución.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Tineo, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.467.

— • —

• E-A/33/14984.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don Vicente Rey Antón.

N.I.F. número: 10984950N.

Domicilio: Las Estacas, Belmonte de Miranda (Asturias).

Nombre del río o cor riente: Fuente El Capellán.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 395

Anexo

Nombre D.N.I. Dirección Municipio Infracción Lugar Expediente Sanción

Pedroche Martínez,Rosa Mª 51.914.065 Covachuelas,14 Madrid Estacionamiento Playa de San Pedrode Bocamar EXS-33/090/99 10.000

Díaz Artime, Laura 53.532.345 Portuarios-Jove Gijón (Asturias) Acampada Playa de Xivares EXS-33/109/99 20.000

Mensajeros de Gijón, S.L. Marqués de San Esteban,46 Gijón (Asturias) Estacionamiento Playa de San Pedrode Bocamar EXS-33/112/99 10.000

Fernández Yáñez,Mª Soledad 47.350.046 Polígono,10-2º dcha. Cambre (La Coruña) Acampada Playa de Rodiles EXS-33/117/99 10.000

Santurtum Velasco,Imanol 16.056.855 Cristóbal Colón, 8,1º A Guetxo (Vizcaya) Acampada Playa de Frejulfe EXS-33/141/99 20.000

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Caudal solicitado: 2.480 l/día.

Punto de emplazamiento: Finca “Pradera Torón” en Vigaña.

T é rmino municipal y prov i n c i a : Belmonte de Mira n d a(Asturias).

Destino: Uso ganadero.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación, conducción por tubería hasta un depósito y de éstea un abrevadero.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Belmonte deM i ra n d a , o en la Confe d e ración Hidrogr á fica del Nort e(Comisaría de Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo),donde estará de manifiesto el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.469.

— • —

• E-A/33/14877.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don José Luis Espina Espina.

N.I.F. número: 71594131F.

Domicilio: Casa Pascual Argandenes, Piloña (Asturias).

Nombre del río o corriente: Manantial “El Cierru”.

Caudal solicitado: 4.200 l/día.

Punto de emplazamiento: Finca “El Cierru” en el monteCayón, entre Biedes y Argandenes.

Término municipal y provincia: Piloña (Asturias).

Destino:Abastecimiento de agua a Casa Pascual.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación y conducción hasta depósito regulador.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Piloña, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.470.

— • —

• E-A/33/15003.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Comunidad de Usuarios de Noceda y SanMartín.

Representante: Doña Ana Alonso Flórez.

N.I.F. número: 9353848R.

Domicilio: San Martín de Ondes, Belmonte de Miranda(Asturias).

Nombre del río o corriente: Llamarga de La Cervienza.

Caudal solicitado: 36.000 l/día.

Punto de emplazamiento: La Cervienza (San Martín deOndes).

Término municipal y provincia: Belmonte de Miranda yGrado (Asturias).

Destino: Uso ganadero.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación y conducción por tubería hasta dos bebederos.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en los Ayuntamientos de Belmonte deMiranda y Grado, o en la Confederación Hidrográfica del Norte(Comisaría de Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo),donde estará de manifiesto el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.473.

— • —

• E-A/33/14988.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Comunidad de Usuarios Pueblo de Cezana.

Representante: Don Alfredo Cachero Alvarez.

N.I.F. número: 9352368Q.

Domicilio: Cezana, Belmonte de Miranda (Asturias).

Nombre del río o corriente: Manantial de “La Cueva”.

Caudal solicitado: 0,45 l/seg.

Punto de emplazamiento: Cezana.

T é rmino municipal y prov i n c i a : Belmonte de Mira n d a(Asturias).

Destino:Abastecimiento de agua a Cezana.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Arqueta de captación y conducción por tubería hasta depósitoregulador del que partirá la red de distribución.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Belmonte deM i ra n d a , o en la Confe d e ración Hidrogr á fica del Nort e(Comisaría de Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo),donde estará de manifiesto el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.474.

— • —

• E-A/33/14810.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don Fernando Gutiérrez Gutiérrez.

N.I.F. número: 71598427W.

Representante: Doña Margarita Cantora Canto.

D.N.I. número: 71600343D.

Domicilio: La Granja Biedes, Piloña (Asturias).

396 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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Nombre del río o corriente: Manantial “Requexón”.

Caudal solicitado: 5.805 l/día.

Punto de emplazamiento: El Requexón (Biedes).

Término municipal y provincia: Piloña (Asturias).

Destino:Abastecimiento de agua a La Granja y uso ganade-ro.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Arqueta de captación y conducción a depósito desde el que seabastecen la casa, cuadras y parcelas.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Piloña, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.476.

— • —

• E-A/33/15069.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Comunidad de Usuarios de San Marcelo.

Representante: Don Angel Alvarez López.

N.I.F. número: 71618340C.

Domicilio: San Marcelo, Salas (Asturias).

Nombre del río o corriente: Dos manantiales en terrenocomún.

Caudal solicitado: 1.080 l/día.

Punto de emplazamiento: Corueza.

Término municipal y provincia: Salas (Asturias).

Destino: Uso ganadero.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Dos arquetas de captación y conducción por tubería hasta dosabrevaderos.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Salas, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.477.

— • —

• E-A/33/14927.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Comunidad de Regantes Combarro I.

Representante: Don Vicente Barrero Marcos.

N.I.F. número: 71588496F.

Domicilio: Combarro, Cangas del Narcea (Asturias).

Nombre del río o corriente: Manantial “Cutapello”.

Caudal solicitado: 1 l/seg.

Punto de emplazamiento: Cutapello (Combarro).

T é rmino municipal y prov i n c i a : C a n gas del Narc e a(Asturias).

Destino: Riego y uso ganadero.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Arqueta de captación en el talud del camino y conducción portuberías y canales.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Cangas delNarcea, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaríade Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará demanifiesto el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.478.

— • —

• E-A/33/15063.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Comunidad de Usuarios El Reguerín.

Representante: Don Joaquín Alvarez Alvarez.

N.I.F. número: 10533938F.

Domicilio: Balbona, Belmonte de Miranda (Asturias).

Nombre del río o corriente: Manantial “El Reguerín”.

Caudal solicitado: 0,3 l/seg.

Punto de emplazamiento: Balbona.

T é rmino municipal y prov i n c i a : Belmonte de Mira n d a(Asturias).

Destino:Abastecimiento de agua a viviendas y establos.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Arqueta de captación y conducción por tubería hasta depósitodel que partirá la red de distribución.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Belmonte deM i ra n d a , o en la Confe d e ración Hidrogr á fica del Nort e(Comisaría de Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo),donde estará de manifiesto el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.479.

— • —

• E-A/33/14585.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Coop. de Abastecimiento de Agua de Valle-Castiello.

N.I.F. número: F33010190.

Representante: Don Gilberto Forcelledo García.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 397

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D.N.I. número: 10592637X.

Domicilio: Valle, s/n, Piloña (Asturias).

Nombre del río o corriente: Manantiales “Fuente Caliente”(3) y “Trabanco”.

Caudal solicitado: 1,566 l/seg.

Punto de emplazamiento: Monte de Valle.

Término municipal y provincia: Piloña (Asturias).

Destino:Abastecimiento de agua a Valle y Castiello.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Arquetas de captación y arqueta de reunión y conducción portubería hasta depósito regulador del que partirá la red de distribu-ción.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Piloña, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—20.482.

— • —

• Expediente: V-33-1531.

Autorización de vertido de aguas residuales

Titular: Don Iñigo Calles Oyarbide.

Vertido:

Localidad: Rales.

Término municipal: Llanes.

Provincia:Asturias.

Río cuenca: Río Bedón.

El vertido cuya autorización se solicita corresponde a lasaguas residuales urbanas de don Iñigo Calles Oyarbide, con unvolumen máximo anual de 365 m3.

Las obras e instalaciones de depuración constan básicamentede los siguientes elementos:

• Fosa séptica.

Lo que se hace público para general conocimiento, por unplazo de treinta (30) días,contados a partir del siguiente a la fechade publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias,a fin de que, los que se consideren per-judicados por la autorización de vertido solicitada, puedan pre-sentar sus re clamaciones durante el plazo indicado, en elAyuntamiento de Llanes o en la Confederación Hidrográfica delNorte.

El expediente de vertido estará de manifiesto en la Comisaríade Aguas de Confederación Hidrográfica del Norte, calle Plaza deEspaña, nº 2, Oviedo.

En Oviedo, a 15 de diciembre de 1999.—El Je fe deVertidos.—21.036.

— • —

• Expediente: V-33-1534.

Plan de regularización del vertido de aguas residuales.

Titular: S.A. Chupa-Chups.

Vertido:

Localidad: El Llerón-Villamayor.

Término municipal: Piloña.

Provincia:Asturias.

Río/cuenca: Piloña/Sella.

El vertido cuya autorización se solicita corresponde a lasaguas residuales de S.A. Chupa-Chups, con un volumen máximoanual de 43.000 m3.

Las obras e instalaciones de depuración constan basicamentede los siguientes elementos:

• Balsa de homogeneización y neutralización.

Las aguas de proceso y domésticas (aseos) de S.A. Chupa-Chups se conectarán al Sistema General de Saneamiento dela cuenca del río Piloña cuando exista viabilidad de cone-xión.

Lo que se hace público para general conocimiento, por unplazo de treinta (30) días,contados a partir del siguiente a la fechade publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias,a fin de que, los que se consideren per-judicados por el Plan de Regularización del vertido cuya aproba-ción se solicita, puedan presentar sus reclamaciones durante elplazo indicado en la Confederación Hidrográfica del Norte.

El expediente de vertido estará de manifiesto en la Comisaríade Aguas de Confederación Hidrográfica del Norte, Plaza deEspaña, nº 2, Oviedo.

En Oviedo, a 21 de diciembre de 1999.—El Je fe deVertidos.—21.102.

— • —

• E-A/33/15210.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don Manuel González Rodríguez.

N.I.F. número: 11022749-E.

Domicilio: Castrosín, Cangas del Narcea (Asturias).

Nombre del río o corriente: Manantial “La Barrera”.

Caudal solicitado: 0,6 l/seg.

Punto de emplazamiento: Finca “La Huerta” (Castrosín).

T é rmino municipal y prov i n c i a : C a n gas del Narc e a(Asturias).

Destino: Riego de la finca “Prado de Casa”.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Estanque excavado en el terreno y conducción por canal hastala finca.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Cangas delNarcea, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaríade Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará demanifiesto el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.045.

— • —

• E-A/33/15207.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

398 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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Peticionario: Don Manuel García Rodríguez.

N.I.F. número: 10547787-X.

Domicilio: Mieldes, Cangas del Narcea (Asturias).

Nombre del río o cor riente: Manantial “Finca 80”.

Caudal solicitado: 0,28 l/seg.

Punto de emplazamiento: Mieldes.

T é rmino municipal y prov i n c i a : C a n gas del Narc e a(Asturias).

Destino: Riego en la finca número 80.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación y distribución de las aguas con un canal excavadoen el terreno.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Cangas delNarcea, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaríade Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo),donde estará demanifiesto el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.047.

— • —

• E-A/33/15201.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don Eduardo Rodríguez Garrido.

N.I.F. número: 10013241F.

Domicilio: Mieldes, Cangas del Narcea (Asturias).

Nombre del río o corriente: Pascón de Arriba.

Caudal solicitado: 1,8 l/seg.

Punto de emplazamiento: Mieldes.

T é rmino municipal y prov i n c i a : C a n gas del Narc e a(Asturias).

Destino: Riego de la finca número 46.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación y distribución de las aguas con canales excavadosen el terreno.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Cangas delNarcea, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaríade Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo),donde estará demanifiesto el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.048.

— • —

• E-A/33/15202.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don José Manuel Barrera Arias.

N.I.F. número: 10543080-H.

Domicilio: Mieldes, Cangas del Narcea (Asturias).

Nombre del río o corriente: Pascón de Arriba.

Caudal solicitado: 0,23 l/seg.

Punto de emplazamiento: Mieldes.

T é rmino municipal y prov i n c i a : C a n gas del Narc e a(Asturias).

Destino: Riego en la parcela número 54.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación y distribución de las aguas con canales excavadosen el terreno.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Cangas delNarcea, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaríade Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará demanifiesto el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.049.

— • —

• E-A/33/15227.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don Francisco Colado Parrondo.

N.I.F. número: 11307247-X.

Domicilio: El Pedregal, Tineo (Asturias).

Nombre del río o cor riente: Fuente “Los Portillos”.

Caudal solicitado: 0,5 l/seg.

Punto de emplazamiento: Finca “Los Po rt i l l o s ” ( E lPedregal).

Término municipal y provincia: Tineo (Asturias).

Destino: Riego de la finca “Los Portillos”.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación y distribución de las aguas mediante canales exca-vados en el terreno.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Tineo, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.050.

— • —

• E-A/33/15197.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don Armando Alvarez Sánchez.

N.I.F. número: 10612951-S.

Domicilio: Avda. de la Costa, 53-4º B, Gijón (Asturias).

Nombre del río o cor riente: Fuente La Ñavera.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 399

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Caudal solicitado: 300 l/día.

Punto de emplazamiento: Castiello de La Marina.

Término municipal y provincia: Villaviciosa (Asturias).

Destino: Abastecimiento a vivienda de fin de semana, sinconsumo humano.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Arqueta de captación y conducción por tubería hasta depósitodel que se abastecerá la vivienda.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Villaviciosa, oen la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.051.

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• E-A/33/15230.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Sílices la Cuesta, S.L.

N.I.F. número: B33021890.

D o m i c i l i o : Príncipe de A s t u ri a s , 5 , S a l i n a s , C a s t ri l l ó n(Asturias).

Nombre del río o corriente: Río Nonaya.

Caudal solicitado: 1,5 l/seg.

Punto de emplazamiento: Llamas (Villazón).

Término municipal y provincia: Salas (Asturias).

Destino: Uso industrial para lavado de áridos.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Canal de captación a la altura de un antiguo azud desde el quese bombean las aguas al circuito de lavado.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Salas, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.052.

— • —

• E-A/33/07891A.

Asunto:Solicitud de modificación de las características de laconcesión de 0,035 l/seg. de agua del manantial Villartemi(San Román), otorgada el 29 de diciembre de 1994 a donFélix Díaz García, para abastecimiento a vivienda y establo.

Peticionario: Don Félix Díaz García.

N.I.F. número: 10711406-F.

D o m i c i l i o : Vi l l a rt e m i - A rgandenes San Román-Infi e s t o ,Piloña (Asturias).

Caudal solicitado: Se ampliará en 0,0116 l/seg.

Destino:Abastecimiento a vivienda.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Se utilizarán las mismas instalaciones.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Piloña, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.053.

— • —

• E-A/33/15194.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Montes de Mieldes y Entramborrios, S.L.

Representante: Don Marcelino Barrera Arias.

N.I.F. número: 71601366-C.

Domicilio: Mieldes, Cangas del Narcea (Asturias).

Nombre del río o corriente: Fuente “El Ganzo” y seis fuen-tes en la finca 82.

Caudal solicitado: 4.000 l/día.

Punto de emplazamiento: Fincas 84 y 82 (Mieldes).

T é rmino municipal y prov i n c i a : C a n gas del Narc e a(Asturias).

Destino: Uso ganadero en la finca 82.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Excavación en el punto de surgencia que permita abrevar elganado para los manantiales de la finca 82 y captación y conduc-ción por tubería a un abrevadero para “El Ganzo”.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Cangas delNarcea, o en la Confederación Hidrográfica del Norte (Comisaríade Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará demanifiesto el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.054.

— • —

• E-A/33/11545A.

Asunto: Modificación de características, en cuanto al caudalde la concesión de 0,3 l/seg. de agua del manantial El Meón,en Ardisana,término municipal de Llanes (Asturias), otorga-da el 4 de abril de 1997 a la Comunidad de Usuarios dePalacio, para abastecimiento de agua a Palacio.

Peticionario: Comunidad de Usuarios de Palacio.

Representante: Doña María del Carmen Rozada Tames.

N.I.F. número: 71698053-S.

Domicilio: Palacio, Llanes (Asturias).

Caudal solicitado: Se ampliará en 0,456 l/seg.

Destino:Abastecimiento a nuevos partícipes.

400 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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Breve descripción de las obras y finalidad:

Se utilizarán las instalaciones ya existentes.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Llanes, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.055.

— • —

• E-A/33/15004.

Asunto: Solicitud de concesión de un aprovechamiento deaguas.

Peticionario: Don Bernabé Fernández Menéndez.

N.I.F. número: 10530654-N.

Domicilio: San Martín de Ondes, Belmonte de Miranda(Asturias).

Nombre del río o corriente: Llamarga de La Cervienza.

Caudal solicitado: 1.600 l/día.

Punto de emplazamiento: La Cervienza (San Martín deOndes).

T é rmino municipal y prov i n c i a : G rado y Belmonte deMiranda (Asturias).

Destino: Uso ganadero en la finca Urtigueiro.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Captación y conducción por tubería hasta un abrevadero.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en los Ayuntamientos de Belmonte deMiranda y Grado, o en la Confederación Hidrográfica del Norte(Comisaría de Aguas, Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo),donde estará de manifiesto el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.056.

— • —

• E-A/33/14737.

Asunto: Solicitud de autorización para obras.

Peticionario: Don José María Hernández García.

N.I.F. número: 8097846-X.

Domicilio: Camino de Rubín, 7-3º C, Gijón (Asturias).

Nombre del río o cor riente: Río del Valle.

Punto de emplazamiento: Barrio Torre-El Valle.

Término municipal y provincia: Carreño (Asturias).

Destino: Construcción de vivienda.

Breve descripción de las obras y finalidad:

Se proyecta la construcción de una edificación con destino avivienda unifamiliar de 168 m2 de superficie en una finca situadaentre la margen derecha del río del Valle o Verún y la carretera

CE-6 entre Ambás y El Empalme, siendo 9,37 m. la distanciamínima del edificio al cauce.

Para el tratamiento de las aguas residuales que se generen, seplantea la instalación de un sistema de depuración que constabásicamente de los siguientes elementos:

• Cámara de grasas.

• Fosa séptica.

• Arqueta de control.

• Pozos filtrantes.

Lo que se hace público para general conocimiento por unplazo de treinta días, contado a partir del siguiente a la fecha depublicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, a fin de que los que se consideren perju-dicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones,durante el indicado plazo, en el Ayuntamiento de Carreño, o en laConfederación Hidrográfica del Norte (Comisaría de Aguas,Plaza de España, nº 2, 33071 Oviedo), donde estará de manifies-to el expediente.

En Oviedo, a 17 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—P.O. El Jefe de Area.—21.057.

— •—

Publicación de concesiones

Expediente:A/33/13806.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adon Avelino Antón García, la oportuna concesión para aprove-chamiento de agua de los manantiales Cutapelo, Campón, LaChamera y Soleiro, en Combarro, término municipal de Cangasdel Narcea (Asturias), con destino a riego de las fincas La Mata yEl Meiriego y un huerto.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.462.

— • —

Expediente:A/33/13878.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adon Balbino García García, la oportuna concesión para aprove-chamiento de aguas del manantial La Nevera sito en el monte deVallinas, término municipal de Cangas del Narcea (Asturias),condestino a abastecimiento a una cabaña y riego en la finca Hermode la Sillar.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.465.

— • —

Expediente:A/33/13994.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada aComunidad de Usuarios La Calzada, la oportuna concesión para

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ap rove chamiento de 2.080 l/día de agua del manantial LaCalzada, sito en el monte del pueblo de Vallinas, término munici-pal de Cangas del Narcea (Asturias), con destino a abastecimien-to de agua a viviendas y establos.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.468.

— • —

Expediente:A/33/14512.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30), se hace público, parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adoña Emilia Pérez Alvarez, la oportuna concesión para aprove-chamiento de 0,025 l/seg. de agua del arroyo Reg u e ro deMouriella, La Linera, término municipal de Villayón (Asturias),con destino a usos ganaderos en un establo.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.471.

— • —

Expediente:A/33/14434.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30), se hace público, parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adon Jesús Luis Pérez Fernández,la oportuna concesión para apro-vechamiento de agua del cauce procedente de la fuente deCalleras, término municipal de Tineo (Asturias), con destino ariego.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.472.

— • —

Expediente:A/33/14559.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30), se hace público, parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adon Secundino Rodríguez Menéndez, la oportuna concesión paraaprovechamiento de 400 l/día de agua del manantial Fuente Rubiaen Posada de Rengos, término municipal de Cangas del Narcea(Asturias), con destino a uso ganadero.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.475.

— • —

Expediente:A/33/14450.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30), se hace público, parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada aPlacer Alvarez Coque, la oportuna concesión para aprovecha-miento de agua del manantial Vallina Mala sito en La Pescal, tér-mino municipal de Cangas del Narcea (Asturias), con destino aabastecimiento de agua a dos viviendas, con bar y hospedaje.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.480.

— • —

Expediente:A/33/14315.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público, parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adon Enrique Martínez Rodríguez, la oportuna concesión paraaprovechamiento de aguas captadas con un sondeo en La Prohida,término municipal de Tineo (Asturias), con destino a abasteci-miento de agua a vivienda y establo.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.481.

— • —

Expediente:A/33/14362.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30), se hace público, parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada aComunidad de Usuarios de Agua Corao-Castillo,la oportuna con-cesión para aprovechamiento de 0,35 l/seg. de agua del manantialSupiedra, sito en Supiedra, (Corao-Castillo), término municipalde Cangas de Onís (Asturias), con destino a abastecimiento deagua a Corao-Castillo y La Rotella.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.483.

— • —

Expediente:A/33/14046.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30), se hace público, parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 26 noviembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adon Angel García Fernández, la oportuna concesión para aprove-chamiento de 0,03 l/seg. de agua del manantial Los Caballos oRego Seco, situado en el monte comunal de Loredo, términomunicipal de Villayón (Asturias),con destino a abastecimiento deagua a vivienda y establos en Mezana,en el término municipal deBoal (Asturias).

En Oviedo, a 3 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.569.

— • —

Expediente:A/33/14398.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30), se hace público, parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 26 noviembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adoña Manuela García Rodríguez, la oportuna concesión paraaprovechamiento de 2.240 l/día de aguas captadas con un sondeoen la Pereda, término municipal de Tineo (Asturias), con destinoa uso ganadero.

En Oviedo, a 3 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—20.570.

402 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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Expediente:A/33/13805.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamento deDominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/1986de 11 de abril (B.O.E. del día 30), se hace público, para generalconocimiento, que por resolución de la Confederación Hidrográficadel Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y como resultado del expe-diente incoado al efecto, le ha sido otorgada a don Avelino AntónGarcía,la oportuna concesión para aprovechamiento 0,054 l/seg. deagua del manantial El Pladanón, sito en la finca El Pladanón enCombarro, término municipal de Cangas del Narcea (Asturias), condestino a abastecimiento a vivienda y usos ganaderos.

En Oviedo, a 14 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.037.

— • —

Expediente:A/33/14480.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adoña María del Carmen Cuervo González, la oportuna concesiónpara aprovechamiento de agua del arroyo Asprón en Ridotes(Sirviella), término municipal de Onís (Asturias), con destino aabastecimiento de agua a una cabaña restaurada a vivienda.

En Oviedo, a 14 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.038.

— • —

Expediente:A/33/13102.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adon Manuel Cabero Coto, la oportuna concesión para aprovecha-miento de 10 l/seg. de agua del arroyo Pico del Fueyo, sito enSoto de Agues, Ladines, término municipal de Sobrescobio(Asturias),con destino a complemento a la concesión del río Albacon destino a piscifactoría.

En Oviedo, a 14 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.039.

— • —

Expediente:A/33/13468.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada aComunidad de Usuarios de Aguas Fonte de la Llama, la oportunaconcesión para aprovechamiento de 0,058 l/seg. de agua delmanantial Fonte de la Llama,sito en Monte de La Llama (Mirallode Abajo) parroquia de Pozón, término municipal de Tineo(Asturias), con destino a usos domésticos y ganaderos.

En Oviedo, a 14 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.040.

— • —

Expediente:A/33/14302.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto

849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada adon Alonso Caballero Martínez,la oportuna concesión para apro-vechamiento de agua del cauce procedente de la Fuente Arbás,enArbás, término municipal de Cangas del Narcea (Asturias), condestino a riego de las fincas La Fuente y La Veiga.

En Oviedo, a 14 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.041.

— •—

Expediente:A/33/13965.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada aComunidad de Usuarios de Fios,la oportuna concesión para apro-vechamiento de aguas del manantial Las Lavanderas sito en elMonte de Sueve, término municipal de Piloña, con destino a usosdomésticos y ganaderos en Fios, término municipal de Parres(Asturias).

En Oviedo, a 14 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.042.

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Expediente:A/33/14397.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada aComunidad de Usuarios de Colinas de Arriba, la oportuna conce-sión para aprovechamiento de agua del manantial La Reguera,sito en Colinas, término municipal de Tineo (Asturias), con desti-no a usos ganaderos.

En Oviedo, a 14 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.043.

— • —

Expediente:A/33/13979.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Reglamentode Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto849/1986 de 11 de abril (B.O.E. del día 30),se hace público,parageneral conocimiento, que por resolución de la ConfederaciónHidrográfica del Norte, de fecha 1 diciembre de 1999 y comoresultado del expediente incoado al efecto, le ha sido otorgada aComunidad de Usuarios de Piedratoba, la oportuna concesiónpara aprovechamiento de agua del manantial Piedratoba sito enOzanes, término municipal de Parres (Asturias), con destino aviviendas y establos.

En Oviedo, a 14 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.044.

— •—

Secretaría General

Pliego de cargos

Acordada por la Confederación Hidrográfica del Norte, confecha 27 de octubre de 1999 la incoación de expediente sancio-nador contra don Genaro Fernández Fernández,se formula el pre-sente Pliego de Cargos por los siguientes fundamentos:

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Hechos:Realización de obras consistentes en la colocación devallas metálicas en el cauce del río Trubia, sin contar con la pre-ceptiva autorización administrativa de este Organismo de cuenca,en la finca La Barzaniella, a 400 m. de Caranga de Arriba, en eltérmino municipal de Proaza (Asturias).

Preceptos infringidos:Artículo 69 de la Ley 29/1985 de 2 deagosto, de Aguas.

Daños causados:

Valoración:

“Los daños al D.P.H., se estiman en base al coste de retiradade las vallas del cauce, para lo que se precisaría el trabajo de unpeón durante una hora. Aplicando el coste horario de un peón,obtenido a partir de la tabla salarial del Convenio Colectivo deTrabajo para la Construcción y Obras Públicas del Principado deAsturias,donde se recogen las retribuciones básicas, la cotizacióna la Seguridad Social, así como las dietas y los gastos que se deri-van del desplazamiento del peón, se obtiene una valoración de1.900 ptas.”

Tipo de infracción: Artículo 108 d) de la Ley de Aguas.Infracción leve: Artículo 315 c) del Reglamento del DominioPúblico Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 deabril (B.O.E. de 30 de abril).

Sanción aplicable:Hasta 1.000.000 pesetas:Artículo 109 de laLey de Aguas, modificado por la Ley 42/1994, de MedidasFiscales,Administrativas y de Orden Social.

Teniendo en cuenta la calificación de la infracción cometida,y según lo establecido en el artículo 109, apartado 2, de la Ley deAguas, corresponde al Organismo de Cuenca,dictar la resoluciónmediante la que se imponga, en su caso, la sanción correspon-diente. De acuerdo con lo establecido en el artículo 330 delR.D.P.H.,modificado por Real Decreto 1.771/1994, de 5 de agos-to (B.O.E. de 19 de agosto), de adaptación a la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, se notificaeste Pliego de Cargos a fin de que en el plazo de diez días, conta-dos a partir de la presente notificación, pueda formular alegacio-nes y proponer las pruebas que estime oportunas, manifestándoleque transcurrido el referido plazo sin hacer uso de su derecho,podrá dictarse, sin más trámite, la resolución que proceda.

En relación con el presente Procedimiento Sancionador, quese tramita bajo la referencia arriba indicada, se pone en su cono-cimiento,de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 de la Ley4/1999 de 13 de enero, que debe notificarse la resolución delmismo en el periodo de seis meses desde la notificación del acuer-do de incoación, sin perjuicio de las suspensiones de plazo a quehubiera lugar en virtud de las causas que se indican en la misma(artículo 42.5).

Para obtener información sobre el estado de tramitación delprocedimiento puede solicitarla al Servicio de Infracciones yDenuncias,cuya dirección y teléfono figuran en el presente oficio(Fax número 985 23 65 46).

En Oviedo, a 11 de noviembre de 1999.—La Instructora-Jefedel Servicio de Infracciones y Denuncias.—21.179.

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Resoluciones

Expediente sancionador incoado contra Desarrollo de ObrasPúblicas y Servicios, S.L. (DOPYSE) por formación de escom -brera en la margen derecha del río Velasco, en Santa Marina delSil, sin contar con la preceptiva autorización administrativa deeste organismo de cuenca, en el término municipal de Toreno,provincia de León.

Con fecha 9 de septiembre de 1999, esta ConfederaciónHidrográfica a propuesta de la Comisaría de Aguas ha resuelto:

I. Antecedentes de hecho:

Por Resolución de fecha 4 de septiembre de 1997, estaConfederación Hidrográfica acordó imponer a Desarrollo deObras Públicas y Servicios, S.L. (DOPYSE), la cantidad de1.000.000 pesetas, como sujeto responsable de una infracciónmenos grave, de las previstas en el artículo 108 de la Ley 29/1985de 2 de agosto, de Aguas, y 316 e) del Reglamento del DominioPúblico Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 deabril (B.O.E. de 30 de abril), sancionable con multa de hasta5.000.000 pesetas (artículo 318 del Reglamento del DominoPúblico Hidráulico).

Asimismo, en los apartados B) y C) de la parte dispositiva dela referida resolución, se estableció lo siguiente:

“B) Requerir al infractor a fin de que en el plazo de quince díascontado a partir de la notificación de la resolución, repon-ga las cosas a su primitivo estado, retirando, a su costa, eldepósito realizado.

C) Advertir al infractor que de no cumplir lo ordenado,se pro-cederá a la imposición de las multas coercitivas previstas enel artículo 99.1, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, 111 de la Ley deAguas y 324 del Reglamento del Dominio Públ i c oHidráulico,y/o a la ejecución subsidiaria establecida en losreferidos preceptos legales y reglamentarios.”

II. Fundamentos de derecho:

Como quiera que Desarrollo de Obras Públicas y Servicios,S.L. (DOPYSE) no ha realizado, hasta la fecha, la obligación “dehacer” establecida por este Organismo, es decir, no ha procedidoa retirar el depósito realizado,de conformidad con lo dispuesto enel artículo 99, apartado 1, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común,y artículos 111 y 324 de laLey de Aguas y del Reglamento del Dominio Público Hidráulico,respectivamente, es por lo que, esta Confederación Hidrográfica apropuesta de la Comisaría de Aguas, ha resuelto,

Acordar:

1. La imposición a Desarrollo de Obras Públicas y Servicios,S.L. (DOPYSE), de la obligación de satisfacer, en concepto demulta coercitiva, la cantidad de 100.000 pesetas. Dicha cantidaddeberá ingresarse en el plazo de un mes, contado a partir de lapresente notificación, en la siguiente cuenta que al efecto disponeesta Confederación Hidrográfica en Oviedo:

• Banco de España: 9000

• Sucursal: 0046

• Dígito de control: 40

• C/C: 0200000780

Se advierte que de no realizar el ingreso en el referido plazo,podrá procederse a su exacción por la vía de apremio prevista enla Ley General Tributaria 230/1963, de 28 de diciembre, yReglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto1.684 de 20 de diciembre (B.O.E. de 3 de enero de 1991).

2. El requerimiento de nuevo a Desarrollo de Obras Públicasy Servicios, S.L. (DOPYSE) a fin de que en el plazo de un mescontado a partir de la notificación de la presente resolución, reti-re el depósito ilegalmente realizado. De no cumplir lo ordenadoen el referido plazo, se procederá a la imposición de nuevas mul-tas coercitivas, conforme a lo previsto en el artículo 99.1, de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, y artículos 111 y 324 de la Ley de Aguas y delReglamento del Dominio Público Hidráulico, respectivamente,y/o a la ejecución subsidiaria establecida en los referidos precep-tos legales y reglamentarios.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa,podrá interponerse Recurso potestativo de Reposición ante el

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Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte o RecursoContencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justiciade Asturias o el correspondiente a la circunscripción del domici-lio del denunciado. Los plazos de interposición de ambos recur-sos serán, respectivamente, de un mes y dos meses a contar desdeel día siguiente al de la notificación de la resolución.

Lo que se traslada para conocimiento y efectos.

En Oviedo, a 20 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.180.

— • —

Expediente sancionador incoado contra Constru c c i o n e sAdolfo Sobrino, S.A., y Gestión del Suelo de Oviedo, S.A., porrealización de obras consistentes en la construcción de un pasosobre el cauce del arroyo Piñera, de 22 m. de longitud, medianteconducciones de hormigón paralelas de 1.200 mm. de diámetro,bajo el camino de acceso a un Campo de Golf, sin contar con lapreceptiva autorización administrativa de este organismo decuenca, en las Caldas, en el término municipal de Oviedo,Provincia de Asturias.

Con fe cha 30 de julio de 1999, esta Confe d e ra c i ó nHidrográfica ha resuelto:

I. Antecedentes de hecho:

Primero.— Con fecha 5 de marzo de 1999, la Comisaría deAguas de esta Confederación Hidrográfica del Norte acordó laincoación de expediente sancionador, así como la designación deInstructor, contra Construcciones Adolfo Sobrino, S.A.,y Gestióndel Suelo de Oviedo,S.A.,como consecuencia de la denuncia for-mulada por el Servicio de Guardería Fluvial de estaConfederación Hidrográfica de fecha 11 de febrero de 1999.

Segundo.— Con fecha 10 de marzo de 1999, el Instructor delProcedimiento Sancionador formuló el correspondiente Pliego deCargos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 330 delReglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por RealDecreto 849/1986 de 11 de abril (B.O.E. de 30 de abril), modifi-cado por Real Decreto 1.771/1994 de 5 de agosto,por los siguien-tes hechos:

“Realización de obras consistentes en la construcción de unpaso sobre el cauce del arroyo Piñera, de 22 m. de longitud,mediante conducciones de hormigón paralelas de 1.200 mm. dediámetro, bajo el camino de acceso a un Campo de Golf, sin con-tar con la pre c ep t iva autorización administrat iva de esteOrganismo de cuenca, en Las Caldas, término municipal deOviedo (Asturias)”.

Tercero.— Dentro del plazo concedido al efecto, Gestión delSuelo de Oviedo, S.A. (Gesuosa) presentó escrito de alegacionesargumentando, en síntesis, lo siguiente:

• Que Gesuosa tiene contratadas las obras de construcción delCampo de Golf de Las Caldas a la empresa ConstruccionesAdolfo Sobrino, S.A., responsabilizándose ésta de su buenaejecución.

• Que le consta que la Constructora ha tramitado la correspon-diente autorización.

Asimismo, Construcciones Adolfo Sobrino, S.A., presentóescrito, de alegaciones que, en síntesis,fueron las siguientes:

• Que los hechos notificados fueron efectuados para la ejecu-ción de las obras “Campo de Golf de Las Caldas, accesos,Casa Club e instalaciones complementarias”, adjudicadas aConstrucciones Adolfo Sobrino, S.A., por Gesuosa.

• Que el 16 de febrero de 1999 se solicitó a la Comisaría deAguas permiso para llevar a cabo el vado con carácter provi-sional.

• Que no hubo malicia ni beneficio alguno derivado de los tra-bajos realizados.

A la vista de las alegaciones fo rmu l a d a s , los Serv i c i o sTécnicos emitieron informe en el que se manifiesta lo siguiente:

“Consultados los archivos de este Organismo, se compruebaque ciertamente Construcciones Adolfo Sobrino, S.A., solicitó laautorización para la ejecución del paso denunciado, habiéndoseresuelto a su favor el 24 de marzo de 1999, si bien con carácterprovisional, por un plazo de seis meses, pues su sección no per-mite la evacuación de las avenidas de la cuenca vertiente. La con-dición particular 3ª de dicha autorización obliga a su demoliciónuna vez finalizado el plazo referido (E-A-33/14260). Por otraparte, Gesuosa solicitó con posterioridad la ejecución de las obrasde los accesos al Campo de Golf, entre las que se incluye el nuevopaso que sustituirá al provisional, una vez anulado, encontrándo-se en tramitación (E-A-33/14326).

En visita de inspección practicada el 13 de mayo de 1999 porel guarda fluvial de la zona y el técnico que suscribe el presenteinforme se comprueba que el antiguo paso ha sido anulado, y yase ejecutó la obra definitiva, cuyo expediente todavía está en tra-mitación (E-A-33/14326), dicho paso tiene una sección rectangu-lar de 2 x 3 m.”

Cuarto.— De conformidad con lo dispuesto en el artículo 332del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, con fecha 26 demayo de 1999 se practicó el trámite de Audiencia en la forma pre-vista en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deR é gimen Jurídico de las A d m i n i s t raciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, no resultando del mismoningún otro hecho, alegación o prueba susceptible de ser tenidoen cuenta.

Quinto.— Concluida la fase de instrucción y formulada lacorrespondiente Propuesta de Resolución por el Instructor delProcedimiento, de la misma se desprende:

II. Fundamentos de derecho:

Resulta probada la comisión de la infracción en los términosnotificados en el Pliego de Cargos de fecha 10 de marzo de 1999,toda vez que de la documentación que obra unida al expediente,se desprende la responsabilidad solidaria de los denunciados, encalidad de ejecutor de la obra y titular de la misma, respectiva-mente.

No obstante lo anterior, de conformidad con el informe emiti-do por los Servicios Técnicos del Organismo de fecha 14 de mayode 1999, se considera oportuno estimar, como circunstancia ate-nuante de la responsabilidad, la inexistencia de daños al dominiopúblico hidráulico toda vez que el paso ya anulado fue autoriza-do temporalmente, y el nuevo es posible que resulte autorizable,si bien ello no empece el que, en el momento de la denuncia, loshechos notificados en el referido pliego de cargos hayan consti-tuido una infracción administrativa tipificada en la legislación deAguas vigente y, por tanto, objeto de sanción.

En consecuencia, Construcciones Adolfo Sobrino, S.A., yGestión del Suelo de Oviedo, S.A., son sujetos, responsables,solidariamente, de la acción consistente en la realización de obrasconsistentes en la construcción de un paso sobre el cauce del arro-yo Piñera, de 22 m. de longitud, mediante conducciones de hor-migón paralelas de 1.200 mm. de diámetro, bajo el camino deacceso a un Campo de Golf, sin contar con la preceptiva autori-zación administrativa de este Organismo de cuenca, en LasCaldas, constituyendo dicha acción una infracción administrativatipificada en el artículo 108 d) de la Ley 29/1985 de 2 de agosto,de Aguas, y calificada como infracción leve en el artículo 315 c)del R.D.P.H.

A tenor de lo dispuesto en los artículos 109.2 y 110.1 de laLey de Aguas, es competente para sancionar la citada infracciónesta Confederación Hidrográfica.

Por todo lo anteriormente expuesto, en virtud de las compe-tencias que tiene conferidas por el artículo 33.2 g) del RealDecreto 927/1988, de 29 de julio (B.O.E. de 31 de agosto), y984/1989 de 28 de julio (B.O.E. de 2 de agosto).

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El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte haresuelto:

A) Imponer, solidariamente, a Construcciones Adolfo Sobrino,S.A., y Gestión del Suelo de Oviedo, S.A., la cuantía de40.000 pesetas en concepto de multa, de conformidad conlo dispuesto en el artículo 109 de la Ley de Aguas, modifi-cado por la Ley 42/1994, de Medidas Fi s c a l e s ,Administrativas y de Orden Social, la cual deberá ingresar-se en papel de pagos al Estado en esta ConfederaciónHidrográfica, dentro del plazo de un mes, contado a partirde la notificación de la resolución.

B) Advertir a Gestión del Suelo de Oviedo, S.A., que la lega-lización de las obras se supeditará a la resolución del expe-diente de autorización iniciado (E-A-33/14326), con laadvertencia de que de no resultar legalizables, deberá repo-ner las cosas a su primitivo estado en el plazo de un mes,contado a partir de la notificación de la resolución denega-toria.

Señalar, igualmente, que caso de ser las obras legalizables,deberá demoler aquellas que no sean compatibles con lascondiciones que se impongan en la autorización.

C) Advertir al infractor que de no cumplir lo ordenado,se pro-cederá a la imposición de las multas coercitivas previstas enel artículo 99.1, de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, 111 de la Ley deA g u a s , y 324 del Reglamento del Dominio Públ i c oHidráulico y/o a la ejecución subsidiaria establecida en losreferidos preceptos legales y reglamentarios.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa,podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante elPresidente de la Confederación Hidrográfica del Norte o RecursoContencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justiciade Asturias o el cor respondiente a la circunscripción del domici-lio del denunciado. Los plazos de interposición de ambos recur-sos serán, respectivamente, de un mes y dos meses,a contar desdeel día siguiente al de la notificación de la resolución.

Lo que se traslada para conocimiento y efectos.

En Oviedo, a 20 de diciembre de 1999.—El Comisario deAguas.—21.181.

INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO

Comunicación de Propuesta de Suspensióno Extinción de Prestaciones

Don Gabriel Gutiérrez Canga.

Calle Tirso de Molina, 6, 1 izda., 33204 Gijón.

D.N.I.: 10.890.243.

De acuerdo con la información obrante en este Instituto, sehalla ud. en una presunta situación irregular respecto la prestaciónpor desempleo que viene percibiendo.

En virtud de ello, se le comunica que se inicia un proceso san-cionador por este Instituto con la siguiente propuesta:

Tipo de propuesta: Suspensión de un mes de la prestacióncontributiva.

Fecha inicial: 13 de septiembre de 1999.

Hecho/motivo: No renovación de la demanda trimestral.

Fundamentos de derecho: Artículos 30.1.1 y 46.1.1 de la Ley8/1988 de 7 de abril, sobre Infracciones y Sanciones en el OrdenSocial.

Según lo dispuesto en el número 4 del artículo 37 delReglamento General sobre procedimiento para la imposición desanciones por infracciones en el Orden Social y para los expe-dientes liquidatorios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado

por Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (B.O.E. número 132de 3 de junio),dispone de 15 días a partir de la fecha de recepciónde la presente comunicación para formular, por escrito, ante laDirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo las alega-ciones que estime oport u n a s , documentalmente acre d i t a d a s .Transcurrido dicho plazo,se dictará la Resolución correspondien-te.

Al mismo tiempo se le comunica que en aplicación de lo dis-puesto en el número 3, del artículo 46 de la Ley 8/1988, de 7 deabril (B.O.E. número 91, de 15 de abril), se ha procedido a cursarla baja cautelar en su prestación, con fecha 28 de septiembre de1999, en tanto se dicte la mencionada Resolución.

Por otro lado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo42.4 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las A d m i n i s t raciones Públicas y del Pro c e d i m i e n t oAdministrativo Común, con la redacción dada por la Ley 4/1999,de 13 de enero y en la Orden de 14 de abril de 1999, de desarro-llo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número del expediente que se inicia con esta Comunicaciónes el de su D.N.I., Pasaporte o N.I.E.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo20.3 del ya citado Reglamento General, dispone de un plazo deseis meses,desde la fecha del presente acuerdo,para notificarle laresolución pertinente.Transcurrido dicho plazo, según lo estable-cido en el artículo 44.2 de la mencionada Ley 30/1992, se produ-cirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo delas actuaciones, sin perjuicio de que el Instituto Nacional deEmpleo pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si laacción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expedien-te podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

En Gijón,a 26 de octubre de 1999.—El Director Provincial.—P.D. El Director de la O. del Instituto Nacional de Empleo.—20.654.

INSTITUTO NACIONALDE LA SEGURIDAD SOCIAL

Notificación

No habiendo sido posible la notificación a la empre s a“Suministros Angarsúa, S.L.” con domicilio en Avenida Ppal., nº28, bajo, Castrillón, al ser devuelta por el servicio de correos, encumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley30/1992 de 26 de nov i e m b re, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica por medio de este edicto que:

Por resolución de la Dirección Provincial del InstitutoNacional de la Seguridad Social de Asturias, de fecha 13 de octu-bre de 1999, se acordó:

• Reconocer a don José María San José Macías, extrabajadorde la empresa “Suministros Angarsúa, S.L.” el derecho a unapensión de jubilación,con efectos económicos de 3 de mayode 1999.

• Imputar a la empresa “Suministros Angarsúa, S.L.” la res-ponsabilidad total derivada de la falta de cotización.

C o n t ra esta Resolución podrá interponer re clamación prev i aa la vía jurisdiccional ante esta Entidad, en el plazo de 30 díascontados a partir del siguiente a la fe cha de su publ i c a c i ó n , d ec o n fo rmidad con lo establecido en el artículo 71 del Tex t oRefundido de la Ley de Procedimiento Lab o ra l , ap robado porReal Decreto Legi s l at ivo 2/1995, de 7 de ab ril (B. O.E. del 11 deab ri l ) .

En Oviedo, a 16 de diciembre de 1999.—El Dire c t o rP rovincial del Instituto Nacional de la Seg u ridad Social.—20.858.

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TESORERIA GENERALDE LA SEGURIDAD SOCIAL

Notificación de embargo de bienes inmueblesa través de anuncio (TVA-502)

Número expediente: 33 06 96 00052579.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 06, deAsturias,

En el expediente administrativo de apremio que se instruye enesta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor SalgadoCorte Adelmo, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo últimodomicilio conocido fue en Peña Mayor, 8,5º B, 33960 San Martíndel ReyAurelio, se procedió con fecha 24 de septiembre de 1999al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia es la siguiente:

“Diligencia de Embargo de Bienes Inmuebles (TVA-501),

Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de RecaudaciónEjecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo deapremio contra el deudor de referencia, con D.N.I./N.I.F./C.I.F.número 071629738X, por deudas a la Seguridad Social que res-ponden al siguiente detalle:

Nº de P.Apremio Periodo Régimen

33 95 013867562 10 1994 / 10 1994 0521

33 96 012407992 12 1995 / 12 1995 0521

33 97 015340102 06 1997 / 06 1997 0521

33 96 015187650 01 1996 / 05 1996 0521

33 97 014217629 01 1997 / 03 1997 0521

33 98 011869501 10 1997 / 12 1997 0521

33 98 014033005 03 1998 / 03 1998 0521

Importe de principal: . . . . . . . . . . . . . . . .409.167 pesetas.

Recargos de apremio: . . . . . . . . . . . . . . . .86.287 pesetas.

Costas devengadas: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .0 pesetas.

Costas presupuestas: . . . . . . . . . . . . . . . . .14.800 pesetas.

Total débitos: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .510.254 pesetas.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada ensu día, al amparo del artículo 114 del Reglamento General deRecaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social(aprobado por Real Decreto 1.637/1995 del 6 de octubre) declaroembargados los inmuebles pertenecientes al deudor que se des-criben en la relación adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en elartículo 129 de dicho Reglamento.

Descripción de las fincas embargadas:

Deudor: Salgado Corte Adelmo.

Finca número: 01.

Datos finca urbana:

Descripción finca: Finca urbana.

Tipo vía: Calle.

Nombre vía: Peña Mayor.

Número vía: 8.

Piso: 5.

Puerta: B.

Código postal: 33960.

Datos Registro:

Número libro: 261; número folio: 156; número finca: 25.729.

Descripción ampliada:

Urbana número doce.Vivienda tipo B sita en la planta alta deun edificio en Blimea, se compone de vestíbulo, pasillo de acce-so, cocina-comedor, tres dormitorios, cuarto de baño y lavadero.

Linda, según se entra a la vivienda: Frente, patio de lucescomún; huecos de escaleras y ascensor y vivienda tipo C odúplex; derecha entrando, huecos de escaleras y de ascensor yvuelo de calles en proyecto y don Onésimo Redondo; izquierda,huecos de escaleras y ascensor y doña Florinda Iglesias; fondo,vuelo de calle en proyecto. Lleva como anejo una carbonera sitaen la planta baja y señalada con la misma denominación. Cuota:Ocho enteros cuarenta centésimas.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargoa las responsabilidades del deudor en el presente expediente, queal día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su casoal cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipoteca-rios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad deRecaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que seindican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de laposible venta en pública subasta de los mismos, en caso de noatender al pago de su deuda,y que servirá para fijar el tipo de sali-da, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoración quese efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienesque le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desdeel día siguiente al de la notificación de la valoración inicial reali-zada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicaránlas siguientes reglas:

• Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de lamenor, se estimará como valor de los bienes el de la tasaciónmás alta.

• Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20% se convo-cará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuer-do, hacer una sola.

• Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad deRecaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración porperito adecuado y su valoración de los bienes embargados,que deberá estar entre las efectuadas anteriormente será ladefinitivamente aplicable y servirá como tipo para la ventapública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 delReglamento General de Recaudación citado y 116 de su Orden deDesarrollo (aprobada por Orden de 22 de febrero de 1996, B.O.E.del día 29).

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro dela Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación pre-ventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General dela Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figurensobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes yla remisión, en su momento, de este expediente a la DirecciónProvincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 140 delrepetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos depropiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término detres días en el supuesto de residencia en la propia localidad dondetiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en elcaso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán supli-dos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa,podrá formularse Recurso Ordinario ante la Dirección Provincialde la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de unmes, contado a partir de su recepción por el interesado, conformea lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la SeguridadSocial, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 dejunio (B.O.E. del día 29), según la redacción dada al mismo porla Ley 42/1994, de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), deMedidas Fiscales,Administrativas y de Orden Social, significán-dose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la pre-via aportación de garantías para el pago de la deuda.

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Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición dedicho Recurso Ordinario sin que recaiga resolución expresa, elmismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo183.1.a) del Reglamento General de Recaudación de los Recursosdel Sistema de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectosde lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 den ov i e m b re, de Régimen Jurídico de las A d m i n i s t ra c i o n e sPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Oviedo, a 24 de septiembre de 1999. El RecaudadorEjecutivo.”

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazode ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante enel expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a lapráctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevenciónde que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá pornotificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice lasustanciación del procedimiento, de conformidad con lo precep-tuado en los artículos 109 y 120.1.a) del repetido ReglamentoGeneral de Recaudación de los Recursos del Sistema de laSeguridad Social.

En Oviedo, a 10 de diciembre de 1999.—El RecaudadorEjecutivo.—21.103.

— • —

Edicto de embargo de bienes

El Recaudador Ejecutivo de la Unidad de Recaudación Ejecutiva33/04 de la Tesorería General de la Seguridad Social de Gijón,

Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio,que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contrael deudor: Cerchastur, S.L. (C.I.F.: B33805565), por deudas a laSeguridad Social: Régimen General, periodo: 10/95 a 12/95;8/97, 10/97 a 12/97 y 3 y 4 de 1998 por importe de: 1.749.060pesetas, toda vez que han resultado negativas las notificacionesintentadas en los últimos domicilios conocidos, por medio delpresente edicto, se les notifica, tal y como establece el artículo109 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos delSistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto1.637/1995,de 6 de octubre (B.O.E. del día 24 de octubre) que enlas fechas que se expresan se adoptaron las siguientes diligenciasde embargo:

1.— En fecha 26 de noviembre de 1998:

“Diligencia de embargo de vehículos: Notificados al deudorde referencia las providencias de apremio por los créditos segui-dos en el presente expediente ejecutivo, conforme al artículo 109del Reglamento General de Recaudación de los Recursos delSistema de la Seguridad Social y no habiéndolos satisfecho hastala fecha, declaro embargado el vehículo: Ford Sierra, matrícula:O-4194-AM.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 128.4 del ReglamentoGeneral de Recaudación de los Recursos del Sistema de laSeguridad Social, procede lo siguiente:

1. Notificar al deudor y a las autoridades correspondientes, alos efectos oportunos, el embargo decretado hasta cubrir elimporte total de los débitos,indicándoles que el vehículo tra-bado se ponga, en un plazo de 5 días, a disposición inmedia-ta de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, con su docu-mentación y llaves necesarias para su apertura, funciona-miento y, si procede, custodia, con la advertencia de que, encaso contrario, dichos actos podrán ser suplidos a costa deldeudor.

2. Notificar al deudor que los bienes serán tasados por estaUnidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posibleventa en pública subasta de los mismos,si no atiende el pagode su deuda y, que servirá para fijar el tipo de salida, de nomediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, si no estuviese de acuerdo con la valoraciónefectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienesque le hayan sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desdeel día siguiente al del recibo de la correspondiente notificación,que podrá ser ampliada por esta Unidad de RecaudaciónEjecutiva, en caso necesario. Si existe discrepancia entre ambasvaloraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

• Cuando la diferencia entre ambas no exceda del 20% de lamenor, se estimará como valor de los bienes el de la tasaciónmás alta.

• Cuando la diferencia entre ambas exceda del 20%, se convo-cará al deudor para dirimir las diferencias y, si se logra acuer-do, hacer una sola.

• Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad deRecaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración porperito adecuado y su valoración de los bienes embargados,que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será ladefinitivamente aplicable y servirá como tipo para la ventapública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 139 delReglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistemade la Seguridad Social.

3. Siendo el bien embargado de los comprendidos en el artícu-lo 12 de la Ley Hipotecaria Mobiliaria y Prenda sinDesplazamiento de Posesión,procederá expedir mandamien-to al Registro correspondiente para la anotación preventivadel embargo a favor de la Tesorería General de la SeguridadSocial y solicitar del mismo la Certificación de cargas quegraven el vehículo.

4. Oficiar a la Jefatura Provincial de Tráfico para que se tomeanotación del embargo en el expediente del vehículo dereferencia, a efectos de constancia en la tramitación de latransferencia que pudiera hacerse a terceras personas.

5. De no ser puesto a disposición de esta Unidad deRecaudación Ejecutiva por parte del apremiado los bienesreseñados, se procederá a solicitar a las Autoridades que ten-gan a su cargo la vigilancia de la circulación y a las demásque proceda, la captura, depósito y precinto del vehículoobjeto de embargo, en el lugar donde se hallen, poniéndolosa disposición del Recaudador embargante. Asimismo queimpidan la transmisión o cualquier otra actuación en perjui-cio de los derechos de la Seguridad Social”.

2.— En fecha 23 de agosto de 1999:

Diligencia de embargo de cuentas conforme al siguiente deta-lle:

Deudor: Cerchastur.

C.I.F.: B-33805565.

Número expediente: 33 04 97/29202.

Entidad bancaria: 0030. Oficina 7116.

Número cuenta embargada: 293409273.

Importe trabado: 873.788 pesetas.

Al propio tiempo, se requiere a los deudores a que en el plazode ocho días, a contar desde la publicación del presente edicto,comparezcan por sí o por medio de representante, a fin de proce-der a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la pre-vención de que en caso de no personarse se les tendrá por notifi-cados de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sus-tanciación del procedimiento, de conformidad con lo previsto enlos artículos 109 y 120.1.a del Reglamento General deRecaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

C o n t ra la presente resolución podrá fo rmu l a rse Recurs oOrdinario ante el Director Provincial de la Tesorería General de laSeguridad Social, en el plazo de un mes, contado desde el díasiguiente al de la notificación,de conformidad con lo dispuesto enel artículo 183 del Reglamento General de Recaudación de los

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Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por RealDecreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del 24), modificadopor el Real Decreto 2.032/1998, de 25 de septiembre (B.O.E. 13de octubre de 1998). Transcurridos tres meses desde la interposi-ción de dicho recurso sin que se le notifique su resolución, podráentenderse desestimado según dispone el mencionado artículo183, a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. 27 de noviembre de 1992), en la redacción dadaal mismo por la Ley 4/1999,de 13 de enero (B.O.E. del 14), y sinque su interposición produzca la suspensión del procedimiento,salvo en los términos previstos en el artículo 184 del citadoReglamento General de Recaudación.

En Gijón, a 22 de diciembre de 1999.—El RecaudadorEjecutivo.—21.215.

— • —

Notificación de embargo de vehículos

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la SeguridadSocial número 33/01 de Oviedo,

Hace saber: Que no habiéndose podido practicar la notifica-ción en su domicilio a los deudores relacionados en el anexo, seles notifica tal y como establece el artículo 109 del ReglamentoGeneral de Recaudación de los Recursos del Sistema de laSeguridad Social, aprobado por Real Decreto 1.637/1995 de 6 deoctubre, (B.O.E. del 24 de octubre), mediante anuncio la siguien-te,

Diligencia:

Transcurridos los plazos señalados en el artículo 110 y, en sucaso en el 111 del Reglamento General de Recaudación de losRecursos del Sistema de la Seguridad Social aprobado por RealDecreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del 24 de octubre),sin que el deudor hubiera efectuado el ingreso de la deuda apre-miada, correspondiente al régimen, conceptos, periodos, e impor-tes señalados en el anexo, en ejecución de la providencia de apre-mio expedida por la Dirección Provincial de la Tesorería Generalde la Seguridad Social, el Recaudador Ejecutivo dictó providen-cia ordenando el embargo de bienes y derechos del deudor en can-tidad suficiente para cubrir el importe del crédito perseguido,recargo, intereses en su caso, y costas del procedimiento, por loque en cumplimiento de las mismas y de acuerdo con los artícu-los 120 y 128 del citado Reglamento de Recaudación.

Declaro embargados por los descubiertos mencionados losvehículos cuyas matrículas se relacionan en el anexo.

Notifíquese el embargo al deudor y, en su caso, al cónyuge orequiérasele, de acuerdo con lo establecido en el artículo 128.4del Reglamento General de Recaudación de los Recursos delSistemas de la Seguridad Social para que, en un plazo de cincodías,lo ponga a disposición de los órganos de recaudación,con sudocumentación y llaves necesarias para su apertura, funciona-miento y, en su caso, custodia, advirtiéndole que, en caso contra-rio, podrán ser suplidos a su costa y de no hacerlo así se solicita-rá de las autoridades que tengan a su cargo la vigilancia de la cir-culación y a las demás que proceda, para la captura, depósito yprecinto de los bienes citados en el lugar donde los hallen, impi-dan la transmisión o cualquier otra actuación en perjuicio de losderechos de la Seguridad Social y se pongan, en su caso,a dispo-sición del Recaudador embargante.

Expídase mandamiento de embargo para su anotación preven-tiva en el Registro de Hipoteca Mobiliaria y de prenda sin des-plazamiento de la localidad correspondiente, así como en el regis-tro de vehículos de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazode ocho días, comparezca, por sí o por medio de representante enel expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a lapráctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevenciónde que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá pornotificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice lasustanciación del procedimiento, de conformidad con lo precep-tuado en los artículos 109 y 120.1.a) del Reglamento General deRecaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social,aprobado por Real Decreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E.del día 24).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa,podrá formularse Recurso Ordinario ante la Dirección Provincialde la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de unmes, contado a partir de la notificación, conforme a lo dispuestoen el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, apro-bada por Real Decreto Legislativo 1/1994,de 20 de junio (B.O.E.del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994,de 30 de diciembre (B.O.E. del día 31), de Medidas Fiscales,Administrativas y de Orden Social, significándose que el proce-dimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación degarantías para el pago de la deuda.

En Oviedo, a 13 de diciembre de 1999.—El RecaudadorEjecutivo.—P.D. El Jefe de Negociado.—20.567.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 409

Anexo

NOMBRE O RAZON SOCIAL D.N.I./C.I.F. REG. CONCEPTO PERIODO IMPORTE MATRICULA

ACANI, S.A. A28960532 0111 DTO.TOTAL 03-09/95 361.936 M-2294-HLACANI, S.A. A28960532 0111 DTO.TOTAL 03-09/95 361.936 M-9199-JKAISLAMIENTOS RIVERO,S .L. B33309139 0111 DTO.TOTAL 11-12/97 191.386 O-4428-BFAISLAMIENTOS RIVERO,S .L. B33309139 0111 DTO.TOTAL 11-12/97 191.386 O-8837-BLALMACEN DE FRUTAS TEJERO,S.A. A33085655 0111 DTO.TOTAL 10/96-06/9 911.704 O-0031-ASALMACEN DE FRUTAS TEJERO,S.A. A33085655 0111 DTO.TOTAL 10/96-06/9 911.704 O-2548-AKALMACEN DE FRUTAS TEJERO,S.A. A33085655 0111 DTO.TOTAL 10/96-06/9 911.704 O-1772-AKALONSO ALONSO VICENTE 09353077N 0521 DTO.TOTAL 01/94-04/9 229.602 G-9850-AVALQUI 90, S.L. B33248881 0111 DTO.TOTAL 06-11/92 6.186.402 O-8807-BBALQUILER DE MAQUINARIA A33079724 0111 DTO.TOTAL 08/92-05/9 10.098.995 O-1166-BGALQUILER Y PRESTACION A33081266 0111 DTO.TOTAL 12/93-04/9 3.373.674 B-7073-LWALQUILER Y PRESTACION A33081266 0111 DTO.TOTAL 12/93-04/9 3.373.674 O-5855-BCALVAREZ SUAREZ ROBERTO 09371071C 0111 DTO.TOTAL 11/95-06/9 1.241.413 O-2574-BDANTON PRADO RAMON LUIS 10882080K 0111 DTO.TOTAL 11/97-06/9 228.077 O-6529-BCASPROCOR, S.L. B33512864 0111 DTO.TOTAL 08/97-12/9 1.357.332 O-0678-BHASTUR SERVICIOS, S.A.L. A33107996 0111 DTO.TOTAL 12/90-12/9 5.274.669 O-0778-ATASTUR SERVICIOS, S.A.L. A33107996 0111 DTO.TOTAL 12/90-12/9 5.274.669 O-8072-AASTUR SERVICIOS, S.A.L. A33107996 0111 DTO.TOTAL 12/90-12/9 5.274.669 O-4661-AVASTUR SERVICIOS, S.A.L. A33107996 0111 DTO.TOTAL 12/90-12/9 5.274.669 O-4927-AVASTUR SERVICIOS, S.A.L. A33107996 0111 DTO.TOTAL 12/90-12/9 5.274.669 O-4928-AVASTURPAPEL, S.L. B33104985 0111 DTO.TOTAL 03/91-12/9 5.377.557 O-3902-TASTURPAPEL, S.L. B33104985 0111 DTO.TOTAL 03/91-12/9 5.377.557 O-3285-V

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ASTURPAPEL, S.L. B33104985 0111 DTO.TOTAL 03/91-12/9 5.377.557 BI-2970-XATALAYAARDUENGO, S .L. B33202375 0111 DTO.TOTAL 05/90-07/9 609.020 O-0260-ATAUTOMOVILES PRINCIPADO, S.A. A33289307 0111 DTO.TOTAL 04/95 196.868 O-1221-BDAVANZINI ANTONIO SALVADO X0707084H 0521 DTO.TOTAL 07-12/94 218.838 O-0751-BWBENAVIDES DIAZ F. ANA M. 11053194S 1211 DTO.TOTAL 01/86-09/9 5.936.039 SA-6048-HBUFETE A F, S .L. B79455135 0111 DTO.TOTAL 04/96-06/9 700.784 M-0811-NZBUFETE A F, S .L. B79455135 0111 DTO.TOTAL 04/96-06/9 700.784 M-8975-LKC T DOCUMATICA E IMAGEN,S .A. A28966117 0111 DTO.TOTAL 01/95-08/9 336.840 M-9470-VXCARBONES NALON, S.A. A78378999 0111 DTO.TOTAL 06/92-03/9 265.018 M-7799-HZCARBONES NALON, S.A. A78378999 0111 DTO.TOTAL 06/92-03/9 265.018 M-8647-IYCARBONES NALON, S.A. A78378999 0111 DTO.TOTAL 06/92-03/9 265.018 M-9620-OCARBONES NALON, S.A. A78378999 0111 DTO.TOTAL 06/92-03/9 265.018 O-15206CARLO OCCHI GABINETE B33447301 0111 DTO.TOTAL 07/97-01/9 5.451.268 O-1517-BSCARRIL RODRIGUEZ FAUSTINO 09357030D 051 DTO.TOTAL 10/91-07/9 187.369 O-6471-AZCEOC, S.A. A33091653 0111 DTO.TOTAL 06/91-05/9 10.587.197 O-3782-AKCOCINAS ARCO DISEÑO, S .L. B33336330 0111 DTO.TOTAL 12/96 336.445 O-5372-ATCOLUNGA GONZALEZ MARIA TERESA 10538959Z 0111 DTO.TOTAL 10/97-06/9 1.195.501 O-5438-BPCOMPASS PESCADOS Y MARISCOS, S.L. B33322538 0111 DTO.TOTAL 10/92-04/9 2.483.879 O-0788-BFCONSTRUCCIONES COSIM CA, S.A. A33074683 0111 DTO.TOTAL 06/92-02/9 26.942.729 O-6204-BFCONSTRUCCIONES COSIM CA, S.A. A33074683 0111 DTO.TOTAL 06/92-02/9 26.942.729 O-5876-BFCONSTRUCCIONES LAGULEN, S.L. B33418591 0111 DTO.TOTAL 11/95-03/9 43.223.750 O-1600-BPCONSTRUTEJADO,S .L. B33108606 0111 DTO.TOTAL 05/93-03/9 346.057 O-1499-BGCOPRORE, S.L. B33330457 0111 DTO.TOTAL 03-04/92 116.791 O-8862-AVCORREAS SANCHEZ GERARDO 00276408V 1211 DTO.TOTAL 01/86-03/9 2.891.804 O-6843-CBCOSAYPA, S.L. B33447053 0111 DTO.TOTAL 11/95-12/9 434.981 O-4744-BPDAMART,S.A. A08512147 0111 DTO.TOTAL 08/95 12.000 B-1302-LPDIAGNE DAME X1478244B 0521 DTO.TOTAL 06/92-09/9 1.663.444 O-2365-AUDIAZ BOBES JOSE LUIS 09361613S 0521 DTO.TOTAL 01-09/95 167.382 O-7762-BGDIEZ DIEZ JUAN BAUTISTA 07841372M 0521 DTO.TOTAL 02-12/97 1.431.141 LE-6668-LDIEZ DIEZ JUAN BAUTISTA 07841372M 0521 DTO.TOTAL 02-12/97 1.431.141 O-6289-ACDIOP DAME X0668504D 0521 DTO.TOTAL 10/91-06/9 2.486.487 O-8604-AZDISTRIBUIDORA ASTURIANA DE A33086919 0111 DTO.TOTAL 08/95-04/9 12.061.397 O-5887-ATDISTRIBUIDORA ASTURIANA DE A33086919 0111 DTO.TOTAL 08/95-04/9 12.061.397 O-8441-ALEJECUCION OBRAS CIVILES, S .L. B33419060 0111 DTO.TOTAL 12/95-10/9 10.998.968 O-1064-BKEL DIVINO NINO, S.L. B16142127 0111 DTO.TOTAL 06/97-08/9 190.684 A-1033-PEL SACO UTIL, S.L. B81639270 0111 DTO.TOTAL 09/97-04/9 266.114 S-6405-VFALL TALLA X1384412L 0521 DTO.TOTAL 03-08/92 154.224 TF-6016-ADFAMELECTRIC, S.L. B33444704 0111 DTO.TOTAL 06/97-11/9 1.049.932 O-5770-BNFERNANDEZ BARBOSA LUIS MANUEL 09353014H 0521 DTO.TOTAL 07/88-06/9 162.507 O-8206-BKFERNANDEZ GARCIA MARIA LUCIA 32872835Q 0521 DTO.TOTAL 01-08/96 311.569 O-4659-BYFERNANDEZ GARCIA MIGUEL 09369494F 0521 DTO.TOTAL 04/94-06/9 1.013.477 M-8810-OXFERNANDEZ GAYOL JESUS ANTO. 09358764H 0521 DTO.TOTAL 01/86-07/8 282.221 M-0957-UTFERNANDEZ IGLESIAS JESUS 09368317A 0521 DTO.TOTAL 03/92-09/9 1.212.452 O-5169-APFERNANDEZ MARTINEZ MARIA 09350099R 0521 DTO.TOTAL 04-12/98 380.222 O-2408-BBFERNANDEZ SIMON, S .A. A33054149 0111 DTO.TOTAL 09/94-03/9 7.097.246 O-1480-AUFERNANDEZ SUAREZ ISAAC 10808480K 0521 DTO.TOTAL 03/94-06/9 2.000.459 O-8034-AVFERNANDEZ ZABALETA MARIA 09362568G 1211 DTO.TOTAL 04-12/97 271.222 O-9349-AZFONTANERIA ASTURIANAS,S .A. A33122359 0111 DTO.TOTAL 10/93 60.120 O-4230-AYGALERIAS PRECIADOS,S .A. A28030021 0111 DTO.TOTAL 03/95 180.120 M-3617-KGAMONAL CELIS JOSE RAMON 09352133B 0111 DTO.TOTAL 11/96-01/9 676.031 O-4838-BTGARCIA ALVAREZ ALFREDO 71630414L 0521 DTO.TOTAL 02/97-04/9 209.355 O-7641-AGGARCIA CUESTA M. ANGELES 09353339K 0521 DTO.TOTAL 01/84-12/8 115.324 G-4569-ASGRUPO ORQUESTAL CHANNEL, S.L. B33391004 0111 DTO.TOTAL 10/96-11/9 1.762.536 O-7972-ALHOSTELERIAS MONUMENTOS, S .L. B33332446 0111 DTO.TOTAL 06-07/93 111.467 O-0124-BXHULLAS COTO QUIROS, S.L. B24221939 0911 DTO.TOTAL 08/93-01/9 7.014.018 O-8964-AXHULLAS COTO QUIROS, S.L. B24221939 0911 DTO.TOTAL 08/93-01/9 7.014.018 P-6126-FIMASER, S.A. A33052853 0111 DTO.TOTAL 11/92-03/9 786.082 V-8853-WINDUSTRIAL MOTOR PRINCIPADO A33113077 0111 DTO.TOTAL 05-10/92 4.729.427 O-9059-ALINDUSTRIAL MOTOR PRINCIPADO A33113077 0111 DTO.TOTAL 05-10/92 4.729.427 O-1592-ACINDUSTRIAL MOTOR PRINCIPADO A33113077 0111 DTO.TOTAL 05-10/92 4.729.427 O-2071-ACINFORMATICA URIA, S.A. A33339722 0111 DTO.TOTAL 12/97-03/9 1.027.002 O-2625-ATINFORMATICA URIA, S.A. A33339722 0111 DTO.TOTAL 12/97-03/9 1.027.002 O-6906-BBINGENIERIA Y GESTION ELECTRICA B33508888 0111 DTO.TOTAL 07/97-08/9 1.230.418 C-4284-AFINSTALACION TRANSFORMACION B33484049 0111 DTO.TOTAL 08/97-09/9 819.580 O-0284-BZINSTALACION TRANSFORMACION B33484049 0111 DTO.TOTAL 08/97-09/9 819.580 O-0174-BTINSTALACIONES ELECTRICAS PEDRO B24094831 0111 DTO.TOTAL 04-05/93 128.209 LE-2716-TINSTALACIONES VILLALAY,S .L. B33346974 0111 DTO.TOTAL 10/93-05/9 332.443 O-1514-BDJESAN EMPRESA CONSTRUCT., S.L. B33223595 0111 DTO.TOTAL 04/92-04/9 12.969.721 O-4795-BDJOSE MARIA RUIZ ALVAREZ 10798415F 0111 DTO.TOTAL 09/90-12/9 3.200.207 O-4209-ALAYESSA, S.A. A08206963 0111 DTO.TOTAL 12/96-04/9 650.301 B-4359-OLLEASA, S.L. B33245416 0111 DTO.TOTAL 04-06/98 1.022.359 O-4894-BGLEASA, S.L. B33245416 0111 DTO.TOTAL 04-06/98 1.022.359 O-8589-BFLEASA, S.L. B33245416 0111 DTO.TOTAL 04-06/98 1.022.359 LE-5970-V

410 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

NOMBRE O RAZON SOCIAL D.N.I./C.I.F. REG. CONCEPTO PERIODO IMPORTE MATRICULA

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LEASA, S.L. B33245416 0111 DTO.TOTAL 04-06/98 1.022.359 O-4720-BDLEVASTUR, S.L. B33487000 0111 DTO.TOTAL 05/97-01/9 944.469 O-1951-AVLIMPIEZAS ANASTUR, S.L. B33456948 0111 DTO.TOTAL 06-11/97 776.962 O-4536-BSLOIRA DESIGN, S .L. B33332347 0111 DTO.TOTAL 11/93-03/9 1.454.673 O-2573-BPLLANA OVESO CASIMIRO 09363519N 0521 DTO.TOTAL 01-10/90 209.848 O-0218-BZMAQUINARIA EDIFICACIONES, S .L. B33052945 0111 DTO.TOTAL 01/96-02/9 3.395.436 O-4401-BMMARRON FERVIENZA Mª 09360124K 0521 DTO.TOTAL 03/92-01/9 1.883.410 O-7613-CBMARTINEZ GONZALEZ JOSE ENRIQUE 09370863L 0521 DTO.TOTAL 01/94-06/9 1.122.895 O-8295-BMMASTER BAROMETER ASSOCIA., S.A. A28517563 0111 DTO.TOTAL 10/90 95.325 M-9562-OBMIGUEL NAVES GORLITZ E HIJOS,S .L. B33224205 0111 DTO.TOTAL 10/89-07/9 397.202 O-9676-BYMIGUEL NAVES GORLITZ E HIJOS,S .L. B33224205 0111 DTO.TOTAL 10/89-07/9 397.202 O-9675-BYMIGUEL NAVES GORLITZ E HIJOS,S .L. B33224205 0111 DTO.TOTAL 10/89-07/9 397.202 O-4587-AKMIGUEL NAVES GORLITZ E HIJOS,S .L. B33224205 0111 DTO.TOTAL 10/89-07/9 397.202 O-4372-BSMIGUEL NAVES GORLITZ E HIJOS,S .L. B33224205 0111 DTO.TOTAL 10/89-07/9 397.202 O-0371-AYMIGUEL RIVAS, S .L. B33045253 0111 DTO.TOTAL 11/88-05/8 120.958 O-0505-BMMINAS OSTRAVA KARVINA, S.A. A0621007D 0111 DTO.TOTAL 01/93-09/9 692.641 O-7614-CBMINAS OSTRAVA KARVINA, S.A. A0621007D 0111 DTO.TOTAL 01/93-09/9 692.641 O-0091-BXMINAS OSTRAVA KARVINA, S.A. A0621007D 0111 DTO.TOTAL 01/93-09/9 692.641 O-3882-BSMONTENEGRO GUILLEN JAVIER 03447787H 0611 DTO.TOTAL 04/87-09/9 105.193 O-4605-BNMORENO MARTIN AGUSTIN 09365194P 0521 DTO.TOTAL 09/90-06/9 427.108 O-7261-BLMORENO MARTIN AGUSTIN 09365194P 0521 DTO.TOTAL 09/90-06/9 427.108 O-9499-ALMUEBLES SOTOGUERRA, S.A.L. A33239500 0111 DTO.TOTAL 04/92-11/9 835.248 O-8226-AYMUÑOZ GUERRA JORGE LUIS 09354315P 0121 DTO.TOTAL 02-04/95 163.771 O-7537-BKMURIAS GONZALEZ LUIS GABRIEL 09365120A 0521 DTO.TOTAL 01/92-06/9 767.177 C-5834-TMURIAS GONZALEZ LUIS GABRIEL 09365120A 0521 DTO.TOTAL 01/92-06/9 767.177 M-3007-BZNAVARRO LOPEZ ANTONIO 09392723Y 0521 DTO.TOTAL 11/95-04/9 1.079.313 O-1144-BPNORAUTO,S.A. A33046152 0111 DTO.TOTAL 09/87-10/9 9.982.073 O-4196-AXNORAUTO,S.A. A33046152 0111 DTO.TOTAL 09/87-10/9 9.982.073 O-01014NORAUTO,S.A. A33046152 0111 DTO.TOTAL 09/87-10/9 9.982.073 O-7813-FPANADERIA REGENTA, S.L. B33368440 0111 DTO.TOTAL 02/93-11/9 815.552 O-5470-BHPANTIGA CABEZA FRANCISCO JAVIER 09369858A 0521 DTO.TOTAL 04/92-12/9 337.652 O-1642-CBPECSA PERFORACIONES A33436312 0111 DTO.TOTAL 11/96-03/9 7.087.799 O-9748-ASPELAEZ GARCIA JOSE F. 09355446N 0521 DTO.TOTAL 07/96-06/9 773.540 O-5009-AZPENA CONSTRUCCIONES,S .L. B27034016 0111 DTO.TOTAL 08/92-06/9 3.764.035 LE-6831-OPENA VILLAMANE JOSE MANUEL 09370094D 0521 DTO.TOTAL 05/94-12/9 504.256 O-0175-BVPEREZ BENDANA JOSE MARIA 09354221Y 0521 DTO.TOTAL 01/90-11/9 734.596 O-7888-BPPEREZ BENDANA JOSE MARIA 09354221Y 0521 DTO.TOTAL 01/90-11/9 734.596 O-8981-BGPIGARO 2100, S.L. B60348240 0111 DTO.TOTAL 09-10/96 52.467 B-9389-PXPIX SERVICIO FOTOTECNICOLOR, S.A. A28138576 0111 DTO.TOTAL 11/9-11/95 3.510.803 M-5502-NPROYEMIRSA NORTE, S.L. B33498411 0111 DTO.TOTAL 07/97-02/9 5.268.537 O-7150-AREGLERO TOLIVIA. S.L. B33280280 0111 DTO.TOTAL 05/95 268.357 O-5421-BMREGLERO TOLIVIA, S.L. B33280280 0111 DTO.TOTAL 05/95 268.357 O-9375-BSRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-6094-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1246-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1245-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1244-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1243-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1242-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1241-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1240-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1239-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1238-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1237-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1236-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1235-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-1234-BTRENT ACAR ASTURIAS, S .L. B33416850 0111 DTO.TOTAL 08/96-11/9 4.092.786 O-7969-BPRODAIMPORT,S.A. A28178598 0111 DTO.TOTAL 09/87-10/8 118.097 M-8643-OVRODAIMPORT,S.A. A28178598 0111 DTO.TOTAL 09/87-10/8 118.097 O-0284-AYRODERO GONZALEZ DANIEL 09354596J 0521 DTO.TOTAL 01-02/98 84.494 O-8672-BXROMANI GABRIELLE X0842023Q 0521 DTO.TOTAL 09/93-03/9 491.527 O-2300-BCRUA JOSE JOAQUIN X0618667J 0521 DTO.TOTAL 10/92-01/9 106.060 M-5944-WSECADES ENRIQUEZ JOSE MANUEL 10543939A 0521 DTO.TOTAL 04/89-08/9 359.927 M-84104SECADES ENRIQUEZ JOSE MANUEL 10543939A 0521 DTO.TOTAL 04/89-08/9 359.927 O-08785SERVIOVIEDO, S.L. B33242728 0111 DTO.TOTAL 07/90-05/9 1.598.769 O-1551-BFSERVYEXCA, S.L. A33105131 0111 DTO.TOTAL 12/92-08/9 3.577.718 O-5949-AZSERVYEXCA, S.L. A33105131 0111 DTO.TOTAL 12/92-08/9 3.577.718 O-8626-AXSERVYEXCA, S.L. A33105131 0111 DTO.TOTAL 12/92-08/9 3.577.718 O-7248-AXSERVYEXCA, S.L. A33105131 0111 DTO.TOTAL 12/92-08/9 3.577.718 O-4145-AVSIDERURGICOS DEL NORTE, S.A. A33105065 0111 DTO.TOTAL 02-04/92 171.710 O-5940-AXSIDERURGICOS DEL NORTE, S.A. A33105065 0111 DTO.TOTAL 02-04/92 171.710 O-6282-AVSIDRERIA MIERES, S.L. B33234212 0111 DTO.TOTAL 07/91-12/9 128.114 O-5319-BLSOALTE, S.A. A28604254 0111 DTO.TOTAL 05/92-03/9 1.879.973 M-0063-M

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 411

NOMBRE O RAZON SOCIAL D.N.I./C.I.F. REG. CONCEPTO PERIODO IMPORTE MATRICULA

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Edicto

El Subdirector Provincial de Recaudación en vía ejecutiva, de laDirección Provincial de la Tesorería General de la SeguridadSocial en Asturias,

Vistas las propuestas fo rmuladas por los Recaudadore sEjecutivos y observados los trámites regulados en el Capítulo VI,del Título III, del Reglamento General de Recaudación de losRecursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por RealDecreto 1.637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. del 24) y de suOrden de Desarrollo,de 22 de febrero de 1996 (B.O.E. del 29),hadictado Resolución declarando incobrables las deudas contraídascon la Seguridad Social por los responsables de su pago, en lascuantías y periodos que se detallan.

De conformidad con lo previsto en el artículo 126 de la men-cionada Orden,se advierte a los obligados al pago que, si la deudafuese debida a descubiertos respecto de empresas que no ejercie-ren actividad alguna y no compareciesen en el plazo de diez díasante la Administración de la Seguridad Social correspondiente, oDirección Provincial, se presumirá cumplido el trámite de comu-nicación del cese de la empresa en su actividad y de la baja de lostrabajadores, en su caso. Dicha presunción no impedirá la obliga-ción de cotizar si continuase la prestación o realización del traba-jo.

La extinción de los créditos tendrá carácter provisional, entanto en cuanto no se extinga la acción administrativa para sucobro.

412 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

SOUSA PINTADO RICARDO IVAN 09408553N 0111 DTO.TOTAL 07-09/97 293.929 O-2531-BDST ASTURIAS SA L ANTONIO A33403791 0111 DTO.TOTAL 06/95-03/9 2.237.908 O-4754-BSSUAREZ IGLESIAS JOSE ANTONIO 10587975V 0521 DTO.TOTAL 01/93-03/9 858.958 O-5395-CCSUAREZ PEREZ JOSE 09352085D 0521 DTO.TOTAL 03/97-06/9 733.486 O-6573-BNSUMINISTROS FRAES, S .A. A33204454 0111 DTO.TOTAL 03/92-08/9 3.564.834 O-6442-AZSURMAN EXPRESS, S .L. B27146794 0111 DTO.TOTAL 10/93-10/9 6.816.932 O-9966-BMTOKALON ESPAÑA, S.A. A08113318 0111 DTO.TOTAL 01-06/95 284.813 B-9866-KUTRANSMURIAS,S .L. B33352030 0111 DTO.TOTAL 09/93-07/9 2.907.545 O-4664-BDTRANSPORTES GARALSA, S.L. B33010406 0111 DTO.TOTAL 02/94-02/9 3.951.661 O-4040-ASVEGEGA FERNANDEZ JOAQUIN FELI 09372049D 0521 DTO.TOTAL 01-04/97 82.703 O-2281-ASVEIFER, S.L. B36661890 0111 DTO.TOTAL 10/90-08/9 1.760.019 PO-8560-AP

NOMBRE O RAZON SOCIAL D.N.I./C.I.F. REG. CONCEPTO PERIODO IMPORTE MATRICULA

DEUDOR COD. CTA. COT. NUM. EXP. DEBITO PERIODO

ACCION AND CONTROL, S.L. 33/007666957 99/01238 10.637.202 01/92-08/97AHMED ALI GOMAA NEAMA 33/0097483366 99/01147 685.938 01/94-05/95ALONSO RODRIGUEZ EUGENIO 33/0108659786 99/01236 2.418.236 12/91-11/93ALUJIMA, S.L. 33/005590147 99/01093 4.055.334 06/83-07/92ALVACEPE, S.L. 33/100704170 99/01111 11.237.087 03/95-07/99ALVAREZ HERIAS JOSE CARLOS 33/102951944 99/01118 299.135 09/96-04/97ALVAREZ HERIAS MANUEL ANDRES 33/102488869 99/01115 427.769 08/95-07/96ALVAREZ RAMOS LUIS 32/0030904207 99/01131 2.491.842 07/90-06/98AMADOR MENENDEZ Y OTRO, C.B. 33/008531267 99/01281 30.060 07/92-07/92ANT. DIEZ RODRIGUEZ Y OTRO, C.B. 33/004214868 99/01280 20.103 06/93-06/93ANTOLIN RODRIGUEZ ANTONIO 28/0258602903 99/01267 1.091.703 03/92-03/96APLICACIONES SERVICIOS Y CONTROL, S.L. 33/008599773 99/01149 4.365.181 08/94-08/98ARIÑO CABEZAS MARIA LUISA 33/0108070110 99/01032 6.017.485 09/91-06/98ARPABINGO, S.A. 33/004947220 99/01088 11.881.866 07/94-05/98ASOCIACION DE TECNICAS Y SISTEMAS ATH 33/102076217 99/01207 66.846 10/96-11/96ASTURTEM, S.L. 33/008660094 99/01213 6.330.329 01/96-10/97AULA DE INFORMATICA ABACO,S .L. 33/007537928 99/01199 60.120 03/93-03/93AVILESINA PESQUERA,C.B. 33/024800092 99/01079 106.008 03/92-10/94BARBON ALVAREZ FRANCISCO DELFI 33/1002940345 99/01049 157.664 03/97-06/97BARDON RUBIERA EVA MARIA 33/0107610671 99/01140 341.820 03/90-12/91BATICOLOR, S.L. 33/101559184 99/01050 1.794.881 12/94-09/95BEJARANO ABRIL JOSE 33/0053147696 99/01142 275.317 12/80-12/84BENAVIDES POSADA JUAN 33/0066162167 99/01089 993.153 01/84-07/94BERMASO,S .L. 33/008369906 99/01106 4.140.062 07/93-08/98BERMUDEZ CUADRADO JORGE 33/100555438 99/01137 10.584.215 07/93-06/96BLANCO GUTIERREZ LUIS ORLANDO 33/0066060925 99/01268 199.039 02/88-10/89BUITAGRO GONZALEZ MARIA DOLORES 33/0095058265 99/01090 211.815 01/98-06/98C.B. LUNA 33/100186434 99/01270 1.600.128 07/93-04/94CABALLERO ORTEGA ANTONIO JOSE 46/0080709559 99/01128 84.494 01/98-02/98CALLEJA FERNANDEZ FRANCISCO JAVIER 33/1009510477 99/01064 572.966 01/97-02/98CALLEJA GOMEZ FLORENTINO 47/0026289710 99/01130 72.513 05/97-06/97CALLEJA GONZALEZ JOSE MARIA 33/003355006 99/01073 120.002 09/96-09/96CANTABRICA DE DESGUACES, S .L. 33/102405815 99/01259 6.852.193 01/96-11/98CARAMELOS Y PIPAS,S .A. 33/100187444 99/01097 3.782.818 06/94-04/95CARBONES DE CASOMERA, S.L. 33/102847769 99/01122 2.049.820 06/97-10/97CARBONES DE OCEJO, S .L. 33/103373387 99/00778 2.576.889 04/97-08/97CARCEDO GARCIA JOSE RAMON 33/0105639349 99/01237 265.768 07/91-09/92CARDOBRAS, S .L. 33/101815226 99/01260 11.901.862 03/95-10/98CASCALLANA FERNANDEZ JUAN CARLOS 33/0105594485 99/01247 46.786 03/89-06/89CASTAÑO MOYON ELENA 33/0089362547 99/01060 944.242 01/93-05/95CASTRO CASTILLO FRANCISCO JAVIER 17/0050659693 99/01172 37.629 12/95-12/95

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CIA CONSTRUC INTERNACIONAL Y DISEÑO,S. 33/008569865 99/01134 3.846.418 08/92-06/93CIENFUEGOS GALLEGO MANUEL 33/0057141167 99/01272 1.110.877 01/87-09/91CLAVIJO ALVAREZ J. ISMAEL 33/005822846 99/01189 10.765.406 08/92-05/98COCINA DOVI, S.L. 33/101267275 99/01100 24.190.314 01/90-01/95COGRAMI SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA 33/007186304 99/01160 120.707.387 02/89-03/94COMERCIAL MOBILCO, S .L. 33/006273793 99/01102 31.881.801 01/90-06/98COMPLEJO TURISTICO DE PAYARES, S .L. 33/103500703 99/01098 2.381.619 10/97-08/98COMUNIDAD REGIONAL DEL GAS, S .L. 33/103945485 99/01262 2.298.359 02/98-09/98CONFECCIONES ARANZAZU, S .L. 33/100142580 99/01141 21.694.440 09/95-05/98CONSTRUCCIONES PAVINOR CARCABA, S.L. 33/100018100 99/01031 3.391.573 12/93-10/95CONSTRUCCIONES VILLAR CARRERA, S.L. 33/103763613 99/01071 413.356 02/98-05/98CONSTRUCCIONES Y REFORMAS ISAGONTA, S. 33/103704504 99/01070 2.473.163 11/97-08/98CONTESON, S.L. 33/103050055 99/01069 1.983.906 04/97-11/97COOPERATIVA DE CARPINTERIA LA ASTURIA 33/101183615 99/01099 2.292.670 02/98-04/98CORNISA PUBLICIDAD,S .L. 33/103759165 99/01046 241.836 05/98-07/98COTO INGENIERIA Y CONSTRUCCION, S .L. 33/102995188 99/01096 5.358.522 10/96-10/98COUSO PENAS DIVINA 33/0110693655 99/01224 1.783.298 07/90-09/97CUE MONTES LUIS J. 33/0091616381 99/01305 586.090 03/95-10/96CUENCO ABASCAL JESUS 33/0082419973 99/01219 92.632 11/95-11/95CUEVAS BELLIDO MIGUEL 33/0061586700 99/01080 1.371.147 04/97-06/98D ALVAREZ GARCIA Y OTRO, C.B. 33/008567744 99/01255 2.350.583 06/94-12/96D.S.T. PRINCIPADO,S .L. 33/007682923 99/00982 600.120 02/91-07/92DAVID SUAREZ FERNANDEZ Y OTRO, C.B. 33/006944814 99/01081 240.952 04/92-09/92DECORACIONES MARBE, S.L. 33/101793604 99/01235 2.877.115 07/96-09/97DIA ALASSANE 33/0106970774 99/01127 3.342.808 08/87-02/98DIAZ FERNANDEZ JOSE FRUCTUO 33/0062238014 99/01062 115.116 11/95-11/95DIENG MAMADOU 33/1000474727 99/01275 2.162.180 04/93-12/98DIGIFILM, S.L. 33/103802312 99/01228 41.414 03/98-03/98DIOP OMAR 33/1002815558 99/01030 1.940.007 05/93-06/98DISTRIBUIDORA ASTURIANA DE AUTOMOVILES 33/101014671 99/01117 554.284 01/96-05/96DOMINGUEZ BUSTO FELIX 33/0105662486 99/01082 618.482 05/90-10/92EL PEGOLLU, S.L. 33/102535955 99/01152 6.754.005 04/96-07/98EMILIO DELGADO DE LA VEGA 33/0083856987 99/01074 241.428 07/96-04/97ESCAYOLAS Y COMPLEMENTOS ENRIQUEZ, S.L. 33/00815234 99/01104 1.292.488 09/97-03/99ESPALIA COLECCIONES,S .L. 33/100819863 99/01129 542.750 03/98-04/95EXCAVACIONES REGUERA DEL CABO, S .L. 33/102619215 99/01116 903.559 10/96-03/97FACHADAS SOLARIEGAS, S .L. 33/104239418 99/01299 95.263 07/98-09/98FELGUEROSO ALVAREZ MARIA CEFERINA 33/0111016583 99/01223 871.929 04/90-07/98FERNANDEZ DIAZ JULIA MARIA 33/1006644028 99/01297 356.127 08/95-12/95FERNANDEZ FERNANDEZ MARIA BELEN 33/0112561109 99/01136 97.515 02/95-06/95FERNANDEZ GARCIA JOSE RAMON 33/0093852637 99/01225 451.144 02/90-12/94FERNANDEZ LILLO JESUS 33/0085306533 99/01033 1.640.893 01/90-03/95FERNANDEZ ORDOÑEZ MARIA BARCA 33/100788440 99/01195 2.989.613 04/94-12/98FERNANDEZ PEREZ FEDERICO 33/0104655306 99/01233 1.626.887 07/94-12/97FERNANDEZ RODRIGUEZ ROSA MARIA 33/0098433663 99/00888 171.698 03/89-11/89FERNANDEZ RUIZ FELICIANO 33/008067889 99/01034 1.551.734 04/91-06/96FERREIRO DISTRIBUCION, S .A. 33/006804667 99/01148 7.091.280 07/94-05/97FLM SYSTEM 33/101341138 99/00929 416.759 08/94-11/94FRANCISCO PIRES ESPIRITU SANTO 33/1001625286 99/01039 222.900 12/92-09/97FRUTAS LLANERA, S.L. 33/102544645 99/01119 1.751.634 09/96-12/96GARCIA ACERO JORGE RAUL 33/007357971 99/01232 1.753.934 03/94-10/95GARCIA ALVAREZ ALVARO 33/0110752259 99/01091 41.707 01/97-01/97GARCIA CORRAL ESMERALDA 33/0123345788 99/01167 334.813 11/97-06/98GARCIA ESPINA DELFINA SONI 33/0103856165 99/01063 203.810 06/97-12/97GARCIA FERNANDEZ BENITO 33/0071918210 99/01083 421.362 07/94-12/97GARCIA GARCIA ABEL 28/0382762596 99/01171 172.748 07/95-12/96GARCIA LOPEZ MARIA VICTORIA 33/0109521773 99/01133 885.321 07/94-04/97GARCIA TORREMOCHA, S.L. 33/102652355 99/00933 126.360 12/97-03/98GAYOL VARES M. PAZ 33/0104701984 99/01173 195.211 01/96-00/59GOMEZ GARCIA MONICA 33/0110372141 99/01048 79.800 03/98-04/98GONZALEZ CHAO JOSE LUIS 33/1002173641 99/01165 2.343.474 03/93-06/98GONZALEZ CONDE PEDRO JOSE 33/0108351511 99/01066 10.800 04/94-06/94GONZALEZ DIAZ EUGENIO 33/0102103596 99/01251 1.735.776 01/94-12/97GONZALEZ FERNANDEZ JOSE A. 33/0087327163 99/01072 212.765 02/98-06/98GONZALEZ LONGORIA SANTIRSO FERNANDO 33/0054767192 99/01084 714.610 01/93-01/95GONZALEZ OLIVEIRA ARANZAZU 33/1007628374 99/01085 30.016 08/97-08/97GONZALEZ RODRIGUEZ ROBERTO 33/0102691963 99/01166 17.892 07/96-08/96GRELA GARCIA PABLO 33/0111969106 99/01250 229.668 03/91-12/91GRUPO COMERCIAL DEL PARQUET, PUERTAS 33/100537957 99/01052 9.601.303 09/93-02/95GRUPO GULPYURY,S.L. 33/102764210 99/01029 2.459.005 07/96-04/97GUISASOLA ALVAREZ MARIA NOELIA 33/103733907 99/01265 133.288 05/98-07/98GUTIERREZ FERNANDEZ ALBERTO 33/0098516115 99/01086 978.052 07/96-06/98GUTIERREZ SUAREZ JUAN BAUTISTA 33/0066371830 99/01217 3.909.731 10/89-11/93GUZON MACHO ANGELA 01/2653947 99/01123 230.454 11/97-01/98HALCOASTURIAS, S .L. 33/103963875 99/01058 339.224 05/98-05/98

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HEREDEROS DE BLUMAX, S.L. 33/100617375 99/01258 2.480.251 07/94-08/98HERNANDO GARCIA PILAR 33/0105592566 99/01107 1.778.714 01/92-06/96HIERROS SARGO,S .A.L. 33/101643555 99/01229 1.108.792 06/97-10/97HIERROS Y CHATARRAS AVILES, S.L. 33/007522972 99/01162 6.478.835 02/90-05/98HOSTELERIA BOCCATTO,S.L. 33/100528358 99/00937 3.777.509 08/93-12/97IBERMASTER, S.A. 33/006877116 99/00992 7.589.466 10/89-03/94IBISATE DOMINGUEZ IGNACIO 33/1005213478 99/01252 410.447 10/94-12/95IGLESIAS PRIETO ROBERTO 33/006985836 99/01068 618.151 01/93-01/93IMPERMEABILIZACIONES Y REV. EXTER., S. 33/006561561 99/00993 730.106 02/88-08/90INGENIERIA DE RECURSOS NATURALES Y S. 33/006607536 99/01194 32.733.867 04/96-10/97INMADEVAL, S.L. 33/101121977 99/01065 434.334 06/94-07/98INSTALACIONES ELECTRICAS HUERGO Y COH. 33/006149313 99/01051 8.292.735 08/92-05/94IPROGAS, S .L. 33/008357980 99/01113 4.828.174 04/95-11/96J J FERREIRO GARCIA Y OTRO, C.B. 33/100380636 99/01242 18.051 05/93-05/93J LOPEZ JIMENEZ Y OTROS, C.B. 33/008520860 99/01254 3.844.547 07/94-12/97J.C. DE ALBAÑILERIA Y YESOS, S .L. 33/102732076 99/00941 4.459.164 10/96-02/97JAYJO, S.A. 33/005192750 99/00996 139.028 04/90-10/92JUAN ARNANZ MARTINEZ 33/004826574 99/01135 8.815.670 01/85-12/98JUAN JOSE ARIAS, S .L. 33/102477351 99/00944 212.713 02/96-05/96LAGE GARCIA SECUNDINO 33/0114915983 99/01041 167.712 01/95-05/95LAMAS RAMOS MARIA ROSARIO 33/0114500503 99/01227 40.900 09/96-09/96LEITE ABREU CARDOSO JOSE DANIEL 33/1012022171 99/01124 589.144 10/87-06/98LLERANDI, S.A. 33/005725543 99/00975 3.356.571 04/97-09/97LOGISTICA Y ARRASTRES, S .L. 33/101193517 99/01303 3.232.612 10/94-12/95LOPEZ FERNANDEZ BEATRIZ, S.L. 33/008210662 99/01126 3.247.224 12/93-01/96LOPEZ GARCIA JOSE FERNANDO 33/006998869 99/01158 4.451.359 10/85-10/98LOPEZ GARCIA MARIA ROSARIO 33/0084242866 99/01221 1.272.715 01/94-12/98LOPEZ IGLESIAS ALFREDO 33/0082960951 99/01125 815.757 08/96-06/98LOPEZ LENZA ENCARNACION 33/0096069287 99/01214 2.478.951 04/90-12/96LOPEZ MOYANO CARLOS Y OTRO, C.B. 33/007394044 99/01271 46.223 06/91-06/91M B ALVAREZ SIERRA Y OTRO, C.B. 33/101310321 99/01282 1.921.926 01/95-03/96M CARMEN MANZANO MONTERO Y OTRO, C.B. 33/007990289 99/01241 391.141 07/92-06/93M TERESA LLOSA LOZ Y OTRO, C.B. 33/008526722 99/01253 386.052 12/92-12/93MANUEL GAVILAN CASCALLANA Y 2,C.B. 33/008610988 99/01094 20.740.352 10/87-10/87MARIA PEON JESUS MIGUEL 33/0085241057 99/01302 289.091 01/86-12/87MARTINEZ GARCIA ANTONIO 00/01812986 99/01230 16.481 07/95-07/95MARTINEZ MARTINEZ JUANA 33/0089141265 99/01054 1.781.838 06/93-02/95MAZO GONZALEZ BENITO 33/0097585925 99/01027 210.498 10/93-12/94MEDRO CAMPO JUAN M. 33/0096389589 99/01159 346.220 03/87-12/88MENENDEZ FERNANDEZ MARIA JESUS 33/0106905403 99/01192 787.259 08/95-04/98MENENDEZ MARTINEZ JUAN CANDIDO 33/0076673634 99/01087 126.741 04/98-06/98MENENDEZ RODRIGUEZ MANUEL 33/0113500591 99/01110 593.301 12/92-06/94MILLAN FERNANDEZ JOSE 33/0062227304 99/01056 42.247 05/98-05/98MINAS DEL CAUDAL, S.A. 33/005084333 99/01169 76.988.382 02/88-01/90MORENO ALVAREZ JOSE ANGEL 33/102635278 99/01153 4.160.303 06/96-06/98MOUSSA DIENG 33/0103819082 99/01108 2.131.452 07/92-12/98MUNDIKAL, S.L. 33/103033988 99/01284 2.047.560 10/96-03/97MUÑOZ SABORIT FRANCISCO,J. 33/0116297831 99/01226 225.317 01/98-06/98NEUMATICOS TALU, S .L. 33/100850276 99/01047 256.968 05/98-06/98NIANG BARISOV 33/0110730839 99/01150 711.740 02/92-07/94NIANG SAOUROU 33/1014012287 99/01164 197.802 01/98-06/98NICOLAS GARCIA SARA CONCEP. 33/0111125004 99/01076 153.447 04/91-12/91NOVAL RODRIGUEZ ANA MARIA 33/0110679410 99/01042 827.536 06/98-10/91OBRAS Y CONSTRUCCIONES BASELDE, S.L. 33/103208891 99/01157 8.864.293 05/98-10/98OBRAS Y CONTRATAS O C S,S .L. 33/101945265 99/01261 6.390.399 05/95-04/97OKUMAK CONSTRUCCIONES, S .L. 33/103146651 99/01154 5.681.575 02/97-08/98OLIVERIO GONZALEZ CORDERO 33/006586116 99/00990 2.535.325 02/88-06/94ORDWAY,S.A. 33/006039882 99/01144 1.878.316 04/95-07/97PARQUETS ALONSO, S.L. 33/007699087 99/01180 300.348 10/94-11/94PARQUETS GIJON, SC 33/100164004 99/01181 308.605 07/92-01/93PEDRO R. MARTINEZ FDEZ. Y OTRO, C.B. 33/007949974 99/01277 60.120 03/92-03/92PEREIRA DOS SANTOS ADAO VICTOR 33/0111076807 99/01038 1.360.291 10/90-10/94PEREZ FUERTES, S .L. 33/101070447 99/01112 300.600 02/94-02/94PEREZ GARCIA LUIS 33/0059237781 99/01248 1.470.266 01/93-06/96PINTURAS OVIEDO NORTE, S.L. 33/104069363 99/01212 254.604 04/98-06/98PITA 14, S.L. 33/102855247 99/01286 742.358 11/96-05/97PRADO CASTRO ANTONIO 33/0103299326 99/01231 1.120.303 01/90-07/95PROSENDA, S.L. 33/103598309 99/01095 3.130.293 08/97-09/98PUERTAS Y VENTANAS PVC, S.L. 33/103161809 99/01132 306.432 02/98-04/98QUESADA GARCIA JOSE MANUEL 33/0114198991 99/01045 2.069.505 01/94-06/98QUEVEDO TROITIÑO JOSE LUIS 33/007681913 99/01183 2.040.286 11/92-09/97QUINTANA 5, S.L. 33/103283461 99/01205 123.561 03/97-08/97RAMON TORAÑO SANCHEZ 33/007467402 99/01101 1.609.907 05/90-07/91RAPP GALAN HERMINIA MARTA 33/100553822 99/01161 3.253.896 11/93-10/96RECICLAJES ARSAN,S .L. 33/100254031 99/01257 15.803.463 12/89-12/93

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RECUPERTARIA, S.L. 33/102978822 99/01163 2.525.017 08/97-05/98RH CASFER, S.L. 33/103037527 99/01120 16.679.277 11/96-09/98RIGETI, S.L. 33/103253048 99/01156 464.900 12/96-06/98RIO DEL GONZALEZ MARCO ANTONIO 01/010587309 99/01208 621.180 03/92-05/93ROBLES VALENZUELA ALFONSO 33/0104421492 99/01170 2.445.665 01/86-08/97RODRIGUEZ BAJO MARIA JESUS 33/1008862500 99/01043 560.998 10/96-02/98RODRIGUEZ GONZALEZ ELVIRA 33/0090350129 99/01184 330.120 11/97-06/98ROMA ASESORES LA CALZADA, S.L. 33/101228576 99/01298 669.627 07/96-09/97RONAVA DE CONSTRUCCIONES Y OBRAS, S.L. 33/102882630 99/01155 29.128.285 06/97-04/98RUBEN DIAZ FARPON Y OTRO, C.B. 33/008504591 99/01279 112.622 12/92-08/93RUBINAT BARREDO JOSE MANUEL 33/0121028195 99/01109 57.895 05/93-12/93SANCHEZ ACEBAL RUBEN 33/1003302073 99/01040 112.047 12/97-02/98SANCHEZ SANCHEZ RAFAEL 33/0013382750 99/01191 1.992.560 01/86-11/93SANTA CLARA MINAS Y CARBONES 33/006213674 99/01209 100.612.832 03/88-10/93SANTOS AURIA BUENAVENTURA 33/0072011166 99/01168 25.115 08/97-09/97SEDANO MENENDEZ LLANO BALBINA 33/0123291733 99/01300 964.789 02/96-04/98SEISON, S .L. 33/002628819 99/01185 6.465.538 02/95-07/95SIEMENS NIXDORF, SISTEMAS DE INFORM. 33/003859406 99/01196 12.000 12/93-12/93SIERO DE CARNES, S .L. 33/102700855 99/01240 1.876.770 07/96-11/98SIERRA MARTINEZ JUAN LUIS 33/0082626202 99/01210 358.522 06/90-12/93SISO GARRIDO FLOR MARIA 33/0110782975 99/01044 33.601 01/89-04/89SORDO LLORENTE JOSE RICARDO 33/0103603258 99/01186 674.495 01/89-08/96SUPER PELAYO,S.L.,UNIPERSONAL 33/103190404 99/01121 707.935 05/97-06/97TALLER DE CONSTRUCCION Y DISEÑO DEDAL 33/102400054 99/01151 4.762.845 03/96-12/97TOURAGENCIA, S.L. 33/007263193 99/01203 114.865 09/95-10/95TRANSPORTES Y MUDANZAS OVIEDO MOVERS 33/101930313 99/01201 329.122 05/95-12/95TUYA RODRIGUEZ ALVARO 33/1012754119 99/01059 94.639 01/98-02/98UNION ESPAÑOLA DE LIMPIEZAS, S.L. 33/101815832 99/01204 290.966 08/95-06/96URIA ALVAREZ JOSE RUBEN 33/0123272333 99/01114 1.076.251 06/94-06/97UVASA EXCLUSIVAS, S .L. 33/008233294 99/01055 22.139.594 03/92-10/95VAZQUEZ GONZALEZ JUAN JOSE 33/0119883090 99/01057 524.461 01/95-02/96VAZQUEZ GUERRA MARIA MERCEDES 33/1007155704 99/01266 116.838 08/96-10/96VEGA MOLERO DESTAJOS, S.L. 33/00817461 99/01103 1.070.777 02/98-02/99VELA MARTINEZ MARIA ELENA 33/0076213488 99/01138 1.310.289 01/94-10/96YE YONGJIAN 33/1005162150 99/01198 194.525 01/94-06/94ZURRON PAREJA MARCOS 33/1000554953 99/01174 214.987 01/93-10/93

En Oviedo, a 30 de noviembre de 1999.—El Director Provincial.—El Subdirector Provincial de Vía Ejecutiva.—20.403.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 415

DIRECCION PROVINCIAL DEL MINISTERIO DETRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES EN ASTURIAS

Ordenación Laboral

Convenios colectivosNúmero código: 3300335.Expediente: C-15/98.

Visto el texto del acta de la reunión celebrada por la ComisiónParitaria del Convenio Colectivo de Derivados del Cemento deAsturias, que fue registrado en este Organismo con fecha 30 deabril de 1998, recibido en esta Dirección Provincial el 2 dediciembre de 1999, solicitando la Revisión Salarial y TablasSalariales para el año 2000, así como modificación del artículo 5del Convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley delEstatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1.040/1981 de 22 demayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

Esta Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social yAsuntos Sociales,

Acuerda:

P ri m e ro . — O rdenar su inscripción en el Regi s t ro deConvenios Colectivos de esta Dirección Provincial, así como sudepósito y notificación a la Comisión Negociadora.

S eg u n d o . — Disponer su publicación en el BO L E T I NOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 13 de diciembre de 1999.—El Dire c t o rProvincial.—20.653.

Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo deDerivados del Cemento del Principado de Asturias

En Oviedo, a las 12 horas del día 23 de noviembre de 1999,se reúne la Comisión Pa ri t a ria del Convenio Colectivo deDerivados del Cemento del Principado de Asturias, con asistenciade los siguientes miembros.

• Por la parte Económica:

Don Gilberto San Martín Vázquez.

Don Víctor de Frutos Alvarez.

• Por la parte Social:

Doña Mercedes Tuya Carreño.

Don Jesús Angel Alonso Fernández.

Todos ellos, en las respectivas representaciones que ostentan,por haber sido designados para la Comisión Paritaria, se recono-cen mutua y recíprocamente, en virtud del artículo 23 delConvenio Colectivo, como los únicos interlocutores válidos paraefectuar la Revisión Salarial y las Tablas Salariales para el año2000 de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del mismoconvenio, así como la distribución de la Jornada Anual para darcumplimiento a lo establecido en el artículo 5 del mismo.

Se procede a fijar los días de reducción de jornada para hacerefectiva la jornada anual prevista en el artículo 5 del ConvenioColectivo. En el 2000 se considerarán como festivos, abonables yno recuperables los días:

• 7 de enero. • 6 de marzo.

• 24 de abril. • 12 de junio.

• 13 de octubre y, • 7 de diciembre.

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Si alguna de estas fiestas de Convenio coincidiera con algunafiesta local, los representantes de los trabajadores, o los trabaja-dores en su defecto, pactarán su sustitución por la que acordasen.Dicho pacto deberá ser por escrito y figurará en lugar visible juntocon el calendario laboral.

Así mismo, esta Comisión Paritaria se reunirá de nuevo encuanto sean conocidos, tanto el I.P.C. real de 1999 como el I.P.C.previsto para el 2000, para efectuar la revisión salarial de 1999, siprocediera, y la aplicación del incremento salarial para el año2000, todo ello de acuerdo con el artículo 13 del Convenio dereferencia.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman lapresente en lugar y fecha del encabezamiento. Por la parteEconómica y por la parte Social.

— • —

Número código: 3300815.Expediente: C-63/99.

Visto el texto del Convenio Colectivo de Minas de Antracitade Asturias, recibido en esta Dirección Provincial el 13 de diciem-bre de 1999, suscrito por la representación legal de las empresasy de los trabajadores el día 30 de noviembre de 1999 y de con-formidad con lo dispuesto en el artículo 90, números 2 y 3 delReal Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de losTrabajadores y el Real Decreto 1.040/1981 de 22 de mayo, sobreregistro y depósito de Convenios Colectivos.

Esta Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social yAsuntos Sociales,

Acuerda:

P ri m e ro . — O rdenar su inscripción en el Regi s t ro deConvenios Colectivos de esta Dirección Provincial, así como sudepósito y notificación a la Comisión Negociadora.

S eg u n d o . — Disponer su publicación en el BO L E T I NOFICIAL del Principado de Asturias.

En Oviedo, a 15 de diciembre de 1999.—El Dire c t o rProvincial.—20.795.

Acta de Acuerdo de Convenio Colectivo de la AsociaciónProvincial de Empresas de Minas de Antracita de la Comunidad

del Principado de Asturias

En Oviedo, a treinta de noviembre de mil novecientos noven-ta y nueve.

En los locales de la Cámara de Comerc i o , I n d u s t ria yNavegación, se reúne la Comisión Deliberadora del ConvenioColectivo de la Asociación Provincial de Empresas de Minas deAntracita de la Comunidad del Principado de Asturias, constitui-da de la siguiente forma:

• Presidente: Don Ignacio Panero Agúndez.

• Secretario: Don Alberto Cienfuegos Martínez.

• Representación de las Empresas:

Don Santiago Díaz Martínez.

Don Miguel A. Prieto Gaztelumendi.

Don Marcelino González Alperi.

Asesor: Don Pablo Díaz Matos.

• Representación Social:

- SOMA-FIA-U.G.T.:

Don Agripino Fernández Martínez.

Don Manuel Omente Lago.

Don Angel Uría Pérez.

Don Manuel Cadenas Fernández.

Don Paulino Rodríguez Bueno.

Asesores:

Don José Antonio Postigo.

Don Gilberto López Alvarez.

Don Francisco Pérez Montes.

- CC.OO.:

Don José Luis Sal Sal.

Don Manuel Sal Fernández.

Don Francisco Fernández Alvarez.

Don Enrique Luis López Ramón.

Don Mario Alba González.

Asesores:

Don Arsenio Díaz Marentes.

Don Luis Angel Vázquez Maseda.

Don Salvador Fernández González.

- U.S.O.:

Don José García Martínez.

Asesores:

Don Miguel Flórez Ramos.

Don Francisco J. Gómez Noval.

- Federación de Cuadros:

Don Manuel García Menéndez.

Asesores:

Don Laureano Castañón Castañón.

Don Vicente Presa Arboleya.

Las partes presentes y anteriormente mencionadas, y despuésde diversas reuniones y deliberaciones acuerdan, por unanimidad,la firma del presente convenio colectivo para los años 1999,2000y 2001, en el lugar y fecha al principio indicados.

CONVENIO COLECTIVO DE LA ASOCIACION PROVINCIAL DEEMPRESAS DE MINAS DE ANTRACITA DE LA COMUNIDAD

DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS(1 de enero de 1999 a 31 de diciembre de 2001)

Capítulo IObjeto y Extensión

Artículo 1.— Ambito territorial.

Las normas contenidas en el presente Convenio Colectivo, son de aplicación atodas las empresas de Minas de Antracita, reguladas por la der ogada Ordenanza deTrabajo para la Minería del Carbón,sitas en la Provincia de Asturias con la excep-ción de aquellas que regulen sus relaciones laborales por medio de un Convenio deEmpresa.

Artículo 2.— Ambito personal.

Sus normas afectan por igual a todos los trabajadores del sector que se hallenprestando servicio en la fecha de entrada en vigor del presente Convenio y a todoslos que con posterioridad ingresen en sus plantillas,cualesquiera que sea la duracióny modalidad de sus contratos.

Artículo 3.— Ambito temporal.

Vigencia y duración:Las estipulaciones del presente Convenio entrarán en vigora partir del 1 de enero de 1999 y finalizarán en 31 de diciembre del año 2001.

Terminada su vigencia,el presente Convenio,y por lo que se refiere a la repre-sentación de los trabajadores afectados por el mismo, se considerará automática-mente denunciado, y sin necesidad de ningún formalismo.

Capítulo II

Artículo 4.— Retribuciones.

Año 1999:

Los conceptos salariales vigentes a 31 de diciembre de 1998,se incrementaráncon efectos retroactivos al 1 de enero de 1999 en el I.P.C. previsto en aquella fecha.Dichos conceptos retributivos sufrirán una revisión salarial en el 90% de la diferen -cia entre el aludido I.P.C. previsto y el I.P.C. que realmente resulte a 31 de diciem-bre de 1999. En todo caso se señala como tope máximo para el cálculo anteriormentemencionado un valor del I.P.C. real hasta el 2,5%.

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La aludida revisión retrotraerá sus efectos al 1 de enero de 1999.

Las pagas extraordinarias de Verano y Navidad sufrirán un incremento de 5.000pesetas cada una de ellas.

Año 2000:

Los conceptos salariales vigentes a 31 de diciembre de 1999, se incrementaráncon efectos al 1 de enero de 2000 en el I.P.C. previsto en esta fecha. Dichos con-ceptos retributivos sufrirán una revisión salarial en el 90% de la diferencia entre elaludido I.P.C. previsto y el I.P.C. que realmente resulte a 31 de diciembre de 2000.

La aludida revisión retrotraerá sus efectos al 1 de enero de 2000.

La paga extraordinaria de Navidad sufrirá un incremento de 5.000 pesetas.

Año 2001:

Los conceptos salariales vigentes a 31 de diciembre de 2000,se incrementaráncon efectos al 1 de enero de 2001 en el I.P.C. previsto en esta fecha. Dichos con-ceptos retributivos sufrirán una revisión salarial en el 90% de la diferencia entre elaludido I.P.C. previsto y el I.P.C. que realmente resulte a 31 de diciembre de 2001.

La aludida revisión retrotraerá sus efectos al 1 de enero de 2001.

Las pagas extraordinarias no tendrán más incrementos retributivos que los queresulten de la aplicación de los IPCs anteriormente aludidos.

Los incrementos pactados en los tres años de vigencia del Convenio se distri-buirán de la siguiente forma:

• Primer año:De forma proporcional.

• Segundo año:De forma lineal.

•Tercer año:50% de incremento de forma lineal y 50% de forma proporcional.

Artículo 4 bis.

Las escalas en vigor para la percepción del complemento de convenio (Plus deasistencia),sin distinción de cate gorías,y según los días trabajados serán las siguien-tes:

• Hasta 9 días tr abajados en el mes.

• De 10 a 19 días trabajados en el mes.

• 20 días trabajados en el mes.

• De 21 días en adelante .

Artículo 5.— Garantías personales.

Se mantendrán las condiciones más beneficiosas,convenidas entre las empresasy los trabajadores que existían hasta la entrada en vigor de este Convenio, en cuan-to aquéllas superen las especificadas en el mismo, de tal forma que ningún trabaja-dor podrá verse perjudicado por la implantación de la política salarial que esteConvenio establece, consideradas en su conjunto y cómputo anual.

Capítulo IIIJornada, vacaciones, domingos y festivos

Artículo 6.— Jornada.

De acuerdo con las normas y criterios establecidos en materia de jornada en elEstatuto del Minero,se acuerda con carácter general establecer que la jornada seránde 35 horas semanales de trabajo efectivo para el interior y 39 en el exterior, conveinte minutos de parada para tomar el bocadillo,diez minutos con cargo a la empre-sa y diez minutos con cargo al trabajador, no incluidos estos 10 minutos últimos nidentro de la jornada ni del tiempo efectivo de trabajo.

En cuanto a los administrativos se les reconoce también en la aplicación delrégimen de jornada continuada de 39 horas, los veinte minutos de parada para elbocadillo,diez minutos con cargo a la empresa y diez con cargo al trabajador.

Si como consecuencia de una normativa legal se produjera una modificación dela jornada,cada empresa afectada por este Convenio,previo informe del Comité deEmpresa en cuanto a la mencionada modificación, hará las variaciones correspon-dientes en aquellos servicios o actividades en que se produjera exceso,a fin de adap-tarse rigurosamente a dicha legislación.

Artículo 7.— Vacaciones.

La duración de las vacaciones anuales será de 25 días laborables para todo elpersonal,(los sábados se considerarán a estos efectos como laborables),siempre quetuviese completado un año efectivo de servicio en la empresa,y se disfrutarán pre-ferentemente en los meses de julio y agosto, salvo las condiciones especiales queestablece la derogada Ordenanza.

Podrán ser disfrutadas las vacaciones fuera de este periodo por aquellos traba-jadores que en aquellas fechas se encuentren de baja, enfermedad o accidente ysiempre dentro del año natural correspondiente. De común acuerdo entre empresa ytrabajador, las vacaciones podrán ser disfrutadas fraccionadamente.

No obstante , si el trabajador que no haya podido disfrutar de vacaciones porencontrarse en situación de I.L.T.,es dado de alta en el mes de diciembre, no perde-rá el derecho a disfrutar el periodo íntegro de vacaciones correspondiente al añoinmediatamente anterior, si bien en tal supuesto la empresa señalará la fecha de sudisfrute, previo informe del Comité de Empresa.

Artículo 7 bis.

Las partes acuerdan la obligatoriedad de negociar el establecimiento de“Puentes”entre jornadas festivas. La regulación de los mismos se remite a los acuer-dos particulares que dentro del ámbito de cada empresa se celebren entre la direc-ción de la misma y los Comités de Empresa. En cualquier caso la recuperación delos días de puente, tendrá que hacerse en jornadas completas.

Artículo 8.

Las empresas atenderán todas las peticiones que el trabajador presente para elpago anticipado de las vacaciones. El pago será al promedio de los días efectivos tra-bajados en los tres últimos meses trabajados anteriores al disfrute.

Artículo 9.— Trabajos en domingos y festivos.

Las empresas negociarán con sus respectivos Comités de Empresa,sobre el tra-bajo en domingos y festivos, atendiendo a las peculiaridades de cada empresa y ser-vicio.

Los trabajos en domingos y festivos serán rotativos dentro de las especialidadesy los trabajadores que presten un servicio en domingos y festivos tienen la opción deconvenir la fecha de descanso en el mes con su jefe de servicio,salvo en el supues-to de que dicha jornada exceda de siete horas,en cuyo caso dicho descanso será obli-gatorio.

A los trabajadores que trabajen en domingos y festivos se les abonará un díanormal, más la cantidad que resulte de aplicar el incremento de este Convenio alvalor que tuviera dicho concepto retributivo en el año precedente en cada una de lasempresas comprendidas en el ámbito de aplicación de este Convenio,y la que paralos años siguientes resulte de conformidad con el incremento pactado en el artículo4,como prima. En el caso de que la jornada en estos días supere las cinco horas,elexceso se calculará como horas extraordinarias,y se abonará también como prima.

A partir de la entrada en vigor del presente Convenio,el trabajo en sábado,ten-drá el mismo tratamiento que el anteriormente regulado para domingos y festivos,conservando el sábado su carácter de día laborable a los demás efectos no contem-plados en el presente precepto.

Capítulo IVAcción Sindical

Artículo 10.— Secciones sindicales en la empresa.

Las Centrales Sindicales podrán constituir en el seno de las empresas, siendoreconocidas por éstas,las secciones sindicales correspondientes. Tendrán el derechoa practicar libremente las actividades sindicales,siempre que aquellas Centrales ten-gan una afiliación mínima del 10% de la plantilla de cada empresa.

Para las Asociaciones, el porcentaje exigible será del 10% de la plantilla delColectivo a que representan.

Al frente de cada sección sindical se designará por la Central respectiva unarepresentación que deberá pertenecer a la plantilla acti va de la Empresa.

Artículo 11.— Derechos de la Sección Sindical.

a) Difundir publicaciones o avisos de carácter sindical dentro de los locales dela Empresa, a horas de entrada y salida del trabajo.

b) Fijar todo tipo de publicaciones o comunicaciones sindicales,en los tablo-nes de anuncios que a tal efecto deberán establecerse por las empresas enlugares que garanticen un adecuado acceso y publicidad para todos los tra-bajadores.

c) A requerimiento de los trabajadores afiliados a las Centrales Sindicales queostenten la representación suficiente, la Empresa descontará en la nóminamensual de los trabajadores,el importe de la cuota sindical correspondien-te. El trabajador interesado en la realización de tal operación remitirá a laDirección de la Empresa un escrito en el que se exprese con claridad laorden de descuento, la Central o Sindicato a que pertenece, la cuantía de lacuota,así como el número de la cuenta corriente o libreta de ahorros a la quedeberá ser transferida la cor respondiente cantidad. Las empresas efectuaránlas antedichas detracciones y entregarán copia de la transferencia a la repre-sentación sindical en la empresa si la hubiere.

d) Donde ya las empresas dispongan de medios,habilitarán el local adecuadopara la representación de la Sección Sindical. Donde no lo hubiera,se habi-litarán en tres meses. Entretanto podrán utilizar los locales y medios delComité de Empresa.

e) Reunirse en los locales de la empresa fuera de las horas de trabajo, previanotificación a la Dirección.

f) Proponer candidatos para las elecciones para cubrir los puestos de represen-tantes del personal en los Comités de Centro y de Empresas y en losConsejos de Administración.

g) Los candidatos a las elecciones sindicales, fueran éstos elegidos o no, nopodrán ser sancionados por motivos electorales.

h) Los representantes debidamente acreditados de las Centrales Sindicalesreconocidas,podrán asistir a las reuniones de las Secciones Sindicales.

Artículo 12.— Derechos de la representación de la Sección Sindical.

a) Disfrutar de permisos no retribuidos para participar en los cursos de forma-ción sindical, organizados por las correspondientes centrales sindicales,siempre que su ausencia conjunta no deteriore la marcha normal de la uni-dad y sea notificada con la debida antelación.

b) Disfrutar la excedencia para desempeñar cargos sindicales, de ámbito esta -tal, nacional o r egional,provincial o local, mientras dure su mandato y sinretribución alguna.

c) Los representantes de las Secciones Sindicales podrán mantener reunionescon la empresa tantas veces como sea necesario.

d) El Comité de Empresa informará y consultará a las secciones sindicalesantes de ir a la huelga u otras acciones similares.

e) Los representantes serán informados,periódicamente, sobre la marcha de laempresa,en lo que se refiere a organización,mecanización,inversiones,pro-ducción, nuevos métodos, manteniendo el carácter reservado de los datoscuando así se especifique por la empresa.

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f) Con carácter general, y sin perjuicio de las facultades que competen alComité de Empresa, la representación de las Centrales Sindicales en laEmpresa,podrán realizar negociaciones en defensa de sus afiliados.

g) Las horas de los miembros del Comité de Empresa o Delegados de Personal,que se acumulen conforme a lo previsto en el apartado f),Garantías,del artí-culo 15 del presente Conve n i o , podrán tra n s fe ri rse a los Secre t a ri o sGenerales de las Secciones Sindicales constituidas en las empresas.

Artículo 13.

Las Empresas reconocen a las Asociaciones Profesionales de acuerdo con susEstatutos y con la legislación vigente.

Capítulo VComités de Empresa

Artículo 14.— Delegados de Personal y Comités de Empresa.

1. En las empresas que ocupen menos de cincuenta trabajadores, existiránDelegados de Personal.

2. En las empresas que cuentan con más de cincuenta trabajadores, existiránComités de Empresa.

3. Los Delegados de Personal y Comités de Empresa son los representanteslegales de los trabajadores ante la misma,defienden sus intereses y tienen capacidadlegal para la negociación colectiva,sin perjuicio de las acciones que en este campopueden ejercer los Sindicatos de Trabajadores.

Artículo 15.

1. El Comité de Empresa tendrá las siguientes funciones:

1.1. Recibir información que le será facilitada trimestralmente , al menos,sobrela e volución general del sector económico al que pertenece la Empresa, sobre lasituación de la producción y ventas de la entidad, sobre su programa de produccióny evolución probable del empleo en la empresa.

1.2. Conocer el balance, la cuenta de resultados,la memoria y en el caso de quela empresa revista la forma de sociedad por acciones o participaciones,de los demásdocumentos que se den a conocer a los socios,y en las mismas condiciones que aéstos.

1.3. Emitir informe con carácter previo a la ejecución por parte del empresariode las decisiones adoptadas por éste, sobre las siguientes cuestiones:

a) Reestructuración de plantilla y ceses totales o parciales,definitivos o tempo-rales de aquéllas.

b) Reducciones de jornada,así como traslado total o parcial de las instalacio-nes.

c) Planes de formación profesional de la empresa.

d) Implantación o revisión de sistemas de organización y control de trabajo.

e) Estudio de tiempos, establecimientos de sistemas de primas o incentivos yvaloración de puestos de trabajo.

1.4. Emitir informe cuando la fusión,absorción o modificación del “status”jurí -dico de la empresa,suponga cualquier incidencia que afecte al volumen de empleo.

1.5. Conocer los modelos de contrato de trabajo escrito que se utilicen en laempresa,así como de los documentos relativos a la terminación de la relación labo-ral.

1.6. Ser informado por escrito de todas las sanciones impuestas por faltas gra-ves y muy graves. Esta comunicación se hará simultáneamente con la que se haga alinteresado.

1.7. Conocer trimestralmente, al menos, las estadísticas sobre el índice deabsentismo y sus causas, los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales ysus consecuencias,los índices de siniestralidad, los estudios periódicos o especialesdel medio ambiente laboral y los mecanismos de prevención que se utilizan.

1.8. Ejercer una labor:

a) De vigilancia en el cumplimiento de las normas vigentes en materia laboral,de Seguridad Social y empleo,así como el resto de los pactos,condicionesy usos de empresa en vigor, formulando, en su caso, las acciones legalesoportunas ante el empresario y los organismos o tribunales competentes.

b) De vigilancia y control de las condiciones de Seguridad e Higiene en el desa-rrollo del trabajo en la Empresa, con las particularidades previstas en esteorden por el artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores.

1.9. Participar en la gestión de las obras sociales establecidas en la empresa enbeneficio de los trabajadores o de sus familiares.

1.10. Colaborar con la dirección de la empresa para conseguir el establecimien-to de cuantas medidas procuren el mantenimiento y el incremento de la productivi-dad, de acuerdo con lo pactado.

1.11. Informar a sus representantes en todos los temas y cuestiones señalados eneste número 1 en cuanto directa o indirectamente tengan o puedan tener repercusiónen las relaciones laborales.

2. Los informes que deba emitir el Comité a tenor de las competencias recono-cidas en los apartados 1.3 y 1.4 del número 1 anterior, deben elaborarse en el plazode quince días.

Capacidad y sigilo profesional:

a) Se reconoce al Comité de Empresa capacidad, como órgano colegiado,paraejercer acciones administrativas o judiciales en todo lo relativo al ámbito desus competencias,por decisión mayoritaria de sus miembros.

b) Los miembros del Comité de Empresa, y éste en su conjunto, observaránsigilo profesional en todo lo referente a los números 1,2,3,y 4 del aparta-

do 1 del artículo anterior, aún después de dejar de pertenecer al comité deempresa,y en especial en todas aquellas materias sobre las que la direcciónseñale expresamente el carácter de reservado. En todo caso ningún tipo dedocumento entregado por la Empresa al Comité, podrá ser utilizado fueradel estricto ámbito de aquélla y para distintos fines de los que motivaron suentrega.

El Comité velará no sólo porque en los procesos de selección de personal secumpla la normativa vigente o pactado,sino también por los principios de no discri-minación,igualdad de sexo,y fomento de una política racional de empleo.

Garantías:

Los miembros del Comité de Empresa y los Delegados de Personal,como repre-sentantes legales de los trabajadores,tendrán las siguientes garantías:

a) Apertura de expediente contradictorio en el supuesto de sanciones por faltasgraves o muy graves,en el que serán oídos, aparte del interesado,el Comitéde Empresa o restantes Delegados de Personal.

b) Prioridad de permanencia en la empresa o centro de trabajo respecto a losdemás trabajadores, en los supuestos de suspensión o extinción por causastecnológicas o económicas.

c) No ser despedido ni sancionado durante el ejercicio de sus funciones ni den-tro del año siguiente a la expiración de su mandato,salvo en caso de que éstase produzca por revocación o dimisión,siempre que el despido o sanción sebase en la acción del trabajador en el ejercicio de su representación,sin per-juicio, por tanto, de lo establecido en el artículo 54 del Estatuto de losTrabajadores. Asimismo, no podrá ser discriminado en su promoción eco-nómica o profesional en razón, precisamente, del desempeño de su repre-sentación.

d) Expresar colegiadamente, si se trata del Comité,con libertad sus opinionesen las materias concernientes a la espera de su representación, pudiendopublicar y distribuir, sin perturbar el normal desenvolvimiento del trabajo,las publicaciones de interés laboral o social,comunicándolo a la empresa.

e) Disponer del crédito de horas mensuales retribuidas que señala el artículo 68del Estatuto,cada uno de los miembros del Comité o Delegado de Personalen cada Centro de Trabajo,para el ejercicio de sus funciones de representa-ción.

f) El 66% de las horas de los miembros del Comité de Empresa o Delegados dePersonal allí donde no existan Comités, podrán acumularse y transferirsemensualmente en empresas de hasta 300 trabajadores y trimestralmente enlas de más de 300,quedando abierta la posibilidad para que de acuerdo conel Comité se mejore este porcentaje.

Artículo 16.

En materia de ascensos, referidos a los niveles o categorías de minero de pri-mera para abajo, la empresa previamente a la adjudicación de la categoría, oirá alComité de Empresa,quien emitirá informe teniendo en cuenta la formación,méritosy antigüedad del trabajador, por si el Comité entendiera que se lesionan intereses deterceros.

En cuanto al personal directivo, de jefatura, mandos superiores o intermedios,administrativos y encargados de servicio,la empresa procurará promocionar los másposibles dentro de sus plantillas, pero siempre a la libre elección de la direcciónempresarial,informando de ello al Comité de Empresa.

Respetando los derechos que asisten a la empresa en materia de organizacióndel trabajo,en los cambios de relevo,la representación de los trabajadores podrá for-mular las sugerencias que estime oportunas,siendo estudiadas por la empresa.

Capítulo VI

Artículo 17.— Reuniones mixtas del Comité con la representación de la empre -sa.

El Comité de Empresa celebrará cada mes una reunión con asistencia de losrepresentantes de la empresa. Se podrán celebrar reuniones extraordinarias, bien apetición de la Empresa o de al menos un tercio de los miembros del Comité deEmpresa.

El horario puede ser dentro o fuera de la jornada de trabajo y las horas retribui-das serán con cargo a las que disfruten los miembros del Comité. La fecha y la hor ade la convocatoria para las reuniones ordinarias podrá ser conforme al calendarionegociado de antemano.

Las reuniones extraordinarias que convoque la Empresa no serán computables acargo de las horas disponibles de los miembros del Comité.

Las Empresas y el Comité podrán acudir a todas las reuniones mixtas asistidosde asesores y sin necesidad de preaviso a tal efecto.

Capítulo VII

Artículo 18.— Brigada de Salvamento.

Los Comités de Empresa, podrán proponer candidatos para cubrir los puestosde personal obrero dentro de la Brigada de Salvamento,manteniendo las proporcio-nes establecidas entre zonas y empresas,y siempre que estos candidatos reúnan lascondiciones idóneas previamente establecidas por los Técnicos de la Brigada, ysuperen el reconocimiento médico oportuno.

Se entregará una copia del Reglamento de la Brigada a los Comités de Empresa.

Artículo 19.

Todas las empresas afectadas por este convenio,dispondrán de una ambulanciaen perfecto estado de uso,por si en su momento fuera necesaria su utilización,estan-do disponible durante la jornada de trabajo.

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Capítulo VIIIAtenciones Sociales

Artículo 20.— Percepciones extrasalariales.

Las empresas harán entrega a los trabajadores por año efectivo de trabajo de lassiguientes prendas de trabajo:

• Una chaqueta y dos pantalones de tergal,o bien dos buzos.

• Dos toallas de baño,de 1,5 x 0,7.

• Dos toallas de mano.

•Tres pastillas de jabón al mes.

• Dos pares de mudas,o camisa,al año.

• Dos pares de botas o chirucas.

Cada dos años:

• Una bolsa de mano.

Las prendas de trabajo anteriormente descritas se valorarán en 64 pesetas pordía de trabajo para el personal técnico y administrativo,durante el año 1999,y en losaños siguientes el importe que resulte de la aplicación del incremento previsto en elartículo 4 del presente Convenio.

No se admite el descuento económico de las prendas por ausencias al trabajo.

Capítulo IXComisión de Vigilancia

Toda cuestión o divergencia que se suscite en la interpretación del cumplimien-to de lo convenido,se someterá a la consideración de la Comisión de Vigilancia,queestará integrada por seis representantes de los trabajadores y otros seis de las empre-sas,nombrados de entre los componentes de la Comisión Deliberadora.

Cuando la reunión de la Comisión de Vigilancia se celebre a petición de algunaEmpresa, o de la Asociación de Empresarios,y se celebre en Oviedo,se abonará alos asistentes,miembros de la Comisión,una dieta por día,idéntica a la abonada enlas negociaciones del Convenio.

La Comisión mixta interpretativa del presente Convenio estará integrada por:

• Representación de las empresas:

Don Santiago Díaz Martínez.

Don Secundino Fernández García.

Don Miguel A. Prieto Gaztelumendi.

Don Marcelino Alperi González.

Don Rafael Gómez de la Torre.

• Representación social:

- SOMA-FIA-U.G.T.:

Don Agripino Fernández Martínez.

Don Manuel Omente Lago.

- Comisiones Obreras:

Don Enrique Luis López Ramón.

Don Mario Alba González.

- U.S.O.:

Don José García Martínez.

- Federación de Cuadros:

Don Manuel García Menéndez.

Disposiciones adicionales.

Primera.— En los partes de la empresa a la Mutualidad Laboral,se incluirán losnombres de los ayudantes mineros que estén trabajando en frentes de arranque, espe-cificando los jornales de estas labores.

Se hará constar en el libramiento una nota con el número de días trabajados endicha modalidad.

Segunda.— Las representaciones económica y social firmantes del presenteConvenio, hacen manifestación expresa de su profunda preocupación por la actualproblemática del carbón, y por las repercusiones sociales que la disminución delempleo en el sector pueda llegar a producir en la economía de la zona.

Por ello, y dentro del marco anteriormente descrito, empresa y trabajadoresexpresan su intencionalidad de adoptar en cada momento aquellas medidas que per-mitan propiciar soluciones tendentes a procurar mantener o incrementar, en la medi-da de lo posible, y siempre que ello fuera necesario, las actuales plantillas del sec-tor.

Pasarán a fijos de plantilla,todos aquellos trabajadores actualmente contratadosen la modalidad de contrato temporal,cuyo contrato sea objeto de renovación o pró-rroga a lo largo de la vigencia del presente Convenio.

No podrán las empresas contratar a trabajadores bajo ninguna modalidad decontrato temporal,cuya duración inicial sea superior a dos años.

Tercera.— El trabajador que cumpla 64 años durante la vigencia del presenteConvenio con o sin aplicación de coeficientes reductores, podrá acogerse volunta-riamente al régimen de jubilación anticipada establecida en el Real Decreto1.194/1985,o disposición que lo sustituya.

El nuevo personal contratado en aplicación de lo precedente podrá ser de cual-quier categoría y destinado al puesto de trabajo que la empresa estime conveniente,y no necesariamente al puesto de trabajo que viniere ocupando el trabajador que sejubile, y el contrato se adaptará a cualquiera de las modalidades que la normativavigente sobre jubilación anticipada permita,en el momento de producirse ésta.

Cuarta.— Dentro del capítulo de atenciones sociales de cada empresa,las becasu otras ayudas a la enseñanza,ampliarán su cuantía en el 125% del incremento delConvenio.

Aquellas empresas que tengan ya agotado o comprometido su capítulo deAtenciones Sociales, examinarán con el Comité su posible trasvase de atencionespara este fin.

Quinta.— Las empresas afectadas por este Convenio,ajustarán las horas extra-ordinarias a los límites mínimos indispensables para poder desarrollar su actividad.

Las Empresas informarán mensualmente a los comités de las horas que realizany sus causas.

Con independencia de lo anterior, se considerarán horas extraordinarias estruc-turales, las necesarias para atender necesidades imprevistas u otras circunstanciasderivadas de las características del trabajo en la minería.

Sexta.— Investigaciones:Las empresas continuarán sus labores de investigacióndando cuenta de los resultados obtenidos en sus respectivos Comités,para que éstostengan unos adecuados conocimientos de las posibilidades y reservas de la zona.

Séptima.— Todos los permisos retribuidos previstos en el artículo 37.1 delEstatuto de los Trabajadores,se abonarán a los respectivos beneficiarios de los mis-mos a promedio de sus retribuciones.

Con este mismo carácter de permiso retribuido, y previa justificación delmismo,se concede a los trabajadores un permiso de siete días al año,para someter-se a exámenes destinados a obtener títulos oficiales expedidos por el Ministerio deEducación y Ciencia,u organismo que le sustituya.

Octava.— El trabajador que falte al tr abajo a consecuencia de baja derivada deaccidente de trabajo,no perderá la prima de asistencia correspondiente al mes en quese inicie le referida baja de accidente laboral.

En el mismo sentido,en aquellas empresas en que esté establecida una prima deproducción colectiva, cuya percepción esté vinculada a completar un determinadonúmero de días de asistencia al trabajo al mes,tampoco se perderá la referida primapor faltas al trabajo derivadas de accidente laboral,y correspondiente al mes en quese inicie la referida baja en el trabajo. El abono de los complementos y pluses refun-didos de convenio se realizará con el mismo criterio, percibiendo el trabajador losdías efectivos de trabajo en el mes en que produjera la baja,con el valor que corres-ponde a la escala del artículo 4 bis,como si los días de baja de accidente hubieransido realmente trabajados.

Novena.— Jubilaciones obligatorias: Por razones de empleo, vinculadas a losplanes de reestructuración de la Minería del Carbón, será obligatoria, a requer i-miento de la empresa,la jubilación de aquellos trabajadores que alcancen la edad de65 años,física o equivalente, y que reúnan los periodos de carencia necesarios paraalcanzar el 100% del salario regulador de su pensión y que tengan acreditadas coti-zaciones al Régimen Especial de la Minería del Carbón durante los últimos quinceaños.

Décima.— Día de Santa Bárbara: El día de Santa Bárbara, patrona de laMinería,tendrá la consideración de festivo a todos los efectos.

Anexo número 1

Las condiciones económicas de los conceptos que se indican para 1999,inclui-das ya las mejoras de revisión de este Convenio, y desde el día primero de enero,quedarán como sigue:

A) Gratificaciones extraordinarias.

El importe de las gratificaciones extraordinarias,será de la cuantía siguien-te:

Año 1999:

• Gratificación 1 de Mayo: Todo el personal percibirá 38.773 pesetas.

(Incluido ya el incremento del Convenio).

• Gratificación de Julio: Todo el personal percibirá 125.522 pesetas.

(Incluido ya el incremento del Convenio y 5.000 pesetas adicionales).

• Gratificación de Navidad: Todo el personal percibirá 75.823 pesetas.

(Incluido ya el incremento del Convenio y 5.000 pesetas adicionales).

• Con motivo de la Festividad de Santa Bárbara, todo el personal percibirácon independencia de su categoría,8.310 pesetas.

(Incluido ya el incremento del Convenio).

Año 2000:

Las grat i ficaciones ex t ra o rd i n a rias de Mayo , Ju l i o , N avidad y SantaBárbara, alcanzarán los importes que resulten de la aplicación del incre-mento y revisión pactada en el artículo 4 del presente Convenio. El referidoincremento y la referida revisión se aplicarán sobre el valor de las pagasextraordinarias del año precedente. Una vez calculado dicho importe, seagregará al correspondiente a la gratificación de Navidad, la cantidad únicapara todo el personal de 5.000 pesetas.

Año 2001:

Las grat i ficaciones ex t ra o rd i n a rias de Mayo , Ju l i o , N avidad y SantaBárbara, alcanzarán los importes que resulten de la aplicación del incre-mento y revisión pactada en el artículo 4 del presente Convenio. El referidoincremento y la referida revisión se aplicarán sobre el valor de las pagasextraordinarias del año precedente.

B) Antigüedad.

El personal comprendido en el presente Convenio,percibirá aumentos perió-dicos por años de servicio,consistentes en quinquenios,en la cuantía de 86pesetas/día de trabajo en el año 1999 (incluido el incremento del Convenio).En el 2000 y el 2001 se procederá conforme a lo previsto en el artículo 4.

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C) Desgaste de her ramientas.

En el caso de que las herramientas sean por cuenta del trabajador, las empre-sas abonarán la cantidad de 64 pesetas por día de trabajo en 1999 (incluidoel incremento del Convenio). En el 2000 y el 2001 se procederá conforme alo previsto en el artículo 4.

Anexo número 2

Servicios de prevención:

En las empresas obligadas a ello,se constituirán y funcionarán los Servicios dePrevención,de acuerdo con la legislación vigente.

Serán propias del Servicio de Prevención,entre otras,las materias siguientes:

• La formación y propuestas en materia de premios y sanciones por motivos deseguridad.

• Proposiciones referentes al mejor laboreo y humanización del trabajo.

• Proposiciones tendentes a la prevención de riesgo de silicosis y otras enfer-medades profesionales.

• Proposiciones y estudio para la eliminación de condiciones peligrosas.

• Todas aquellas que de alguna forma contribuyan a una mejor seguridad ehigiene en el trabajo.

•Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes,y las empresas darán respues-ta o pondrán en acción lo que en cada caso proceda de las propuestas,que enmateria de seguridad y prevención de riesgos se planteen.

Reconocimientos médicos:

Aquellos trabajadores a los que los servicios médicos de empresa, apreciaran,en los reconocimientos médicos periódicos, la necesidad de completar las pruebasmédicas efectuadas, mediante exploraciones complementarias en centros especiali-zados, remitirán a dichos productores al Instituto Nacional de Silicosis o centromédico adecuado y autorizado a los referidos efectos.

El tiempo empleado en dichos reconocimientos tendrá la consideración de per-miso retribuido.

Anexo número 3

Delegado minero de seguridad:

Las empresas del sector, autorizarán a sus delegados mineros de seguridad, aasistir a cursillos de formación en materia de Seguridad y Prevención de Riesgos,organizados por las Centrales Sindicales e impartidos por centros o por personasespecializadas en la materia.

Las ausencias por este motivo,que no podrán exceder de diez días al año,seránretribuidas a promedio con cargo a las empresas respectivas.

JUNTA DE CASTILLA Y LEON

Consejería de Industria, Comercio y Turismo

Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo

Información pública de la admisión definitiva del Permiso deInvestigación “Cabrillanes” nº 30583.

La Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, en León;Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo,

Hace saber: Que han sido admitidas definitivamente las soli-citudes de los Derechos Mineros que a continuación se indican;con expresión del número, nombre, mineral, superficie, términosmunicipales, solicitante, domicilio y fecha de Resolución.

Permiso de Investigación, 15.012, “Cabrillanes”, Sección“C”, 167 cuadrículas mineras, Cabrillanes, San Emiliano (León),Pola de Somiedo (Asturias); Jose Alfredo Lafuente Ordiales,calleAlcalde José Fernández Suárez nº 2, Trobajo del Camino (León);12 de noviembre de 1999.

Hace la designación siguiente:

Vértice Longitud LatitudPp - 06º 11’40” 42º 57’20”1 - 06º 11’40” 42º 57’40”2 - 06º 12’00” 42º 57’40”3 - 06º 12’00” 42º 58’00”4 - 06º 12’20” 42º 58’00”5 - 06º 12’20” 42º 58’20”6 - 06º 13’00” 42º 58’20”7 - 06º 13’00” 42º 58’40’’8 - 06º 13’20” 42º 58’40’’9 - 06º 13’20” 42º 59’20”10 - 06º 13’40” 42º 59’20”11 - 06º 13’40” 42º 59’40”12 - 06º 14’00” 42º 59’40”13 - 06º 14’00” 43º 00’40”14 - 06º 13’20” 43º 00’40’’15 - 06º 13’20” 43º 01’20’’16 - 06º 12’40” 43º 01’20”17 - 06º 12’40” 43º 01’00’’18 - 06º 12’20” 43º 01’00’’19 - 06º 12’20” 43º 00’20’’20 - 06º 10’40” 43º 00’20’’21 - 06º 10’40” 43º 02’20”22 - 06º 10’00” 43º 02’20”23 - 06º 10’00” 43º 02’00’’24 - 06º 09’00” 43º 02’00’’25 - 06º 09’00” 43º 01’40”26 - 06º 08’40” 43º 01’40”27 - 06º 08’40” 43º 01’00”28 - 06º 07’40” 43º 01’00’’29 - 06º 07’40” 43º 01’20”30 - 06º 06’20” 43º 01’20”31 - 06º 06’20” 43º 00’40’’32 - 06º 07’20” 43º 00’40’’33 - 06º 07’20” 43º 00’20’’34 - 06º 07’40” 43º 00’20’’35 - 06º 07’40” 43º 00’00’’36 - 06º 08’40” 43º 00’00”37 - 06º 08’40” 42º 59’20’’38 - 06º 09’00” 42º 59’20”39 - 06º 09’00” 42º 58’40’’40 - 06º 09’20” 42º 58’40’’41 - 06º 09’20” 42º 57’20”

Quedando así cerrado el perímetro de las cuadrículas solicitadas.

Lo que se hace público a fin de que cuantos tengan la condi-ción de interesados,conforme a lo establecido en el artículo 31 dela Ley 30/1992 de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, puedan presentar sus oposiciones dentro del plazo dequince días,a partir del siguiente a la publicación en el B.O.E.; deconformidad con lo establecido en el artículo 51.1 de la Ley deMinas,de 21 de julio de 1973 y 70.2 del Reglamento General parael Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978.

En León, a 23 de nov i e m b re de 1999.—El Delega d oTerritorial.—P.D. El Jefe del Servicio Territorial de Industria,Comercio y Turismo (Resolución de 26 de octubre de 1994,B.O.C. y L. número 218 de 11 de noviembre de 1994).—79.

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AYUNTAMIENTOS

DE AVILES

Edicto

Esta Alcaldía, mediante Decreto del día de hoy, ha resueltoiniciar el procedimiento para la construcción de la Junta deCompensación del Plan Parcial S.U.P. 1.1 “La Plata”, aprobandoinicialmente los Proyectos de sus Estatutos y Bases de Actuación(Expediente 33.470/99):

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 161 y 162del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por RealDecreto 3.288/1978, de 25 de agosto, se somete el expediente ainformación pública, por espacio de veinte días hábiles, a contardesde la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias, tanto la Resolución de aprobación inicialcomo los Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación inicial-mente aprobados,a fin de que, durante el plazo indicado todos lospropietarios afectados por el sistema de actuación, pueda exami-nar el expediente en la Oficina de Gestión Urbanística de esteAyuntamiento, sita en la calle La Cámara, nº 23-Atico, y puedanformular las alegaciones que a sus derechos convengan y, en sucaso, solicitar su incorporación a la Junta.

El texto íntegro de los Proyectos de Estatutos y Bases deActuación inicialmente aprobados es el siguiente:

Estatutos de la Junta de Compensacióndel Plan Parcial de la Plata

Título IDisposiciones generales

Artículo 1.— Denominación, naturaleza y personalidad jurí -dica.

1. Con la denominación de Junta de Compensación del PlanPa rcial de La Plata se constituye una Entidad UrbanísticaColaboradora de naturaleza administrativa y personalidad jurídi-ca propia, a partir de su inscripción en el Registro de EntidadesUrbanísticas Colaboradoras, que se regirá por lo dispuesto en lalegislación urbanística estatal y del Principado de Asturias,por lasdemás normas legales que le fueran de aplicación y por estosEstatutos.

2. Salvo en los supuestos en que ejercite funciones públicas,la Junta de Compensación actuará en régimen de DerechoPrivado. Por tanto, y en particular, no deberá someterse a las for-malidades del Derecho Administrativo para ejercer las facultadesde contratación previstas en la letra e) del artículo 3 de los pre-sentes Estatutos, ni siquiera aunque entre los propietarios de losterrenos que formen parte de la Junta figuren entes públicos.

Artículo 2.— Ambito territorial.

Constituye el ámbito de la Junta de Compensación la unidadde actuación denominada SUP 1.1, así como los terrenos exterio-res a la misma que eventualmente fueren necesarios para su desa-rrollo. Dicha unidad de actuación fue delimitada en el vigentePGOU de Avilés.

Artículo 3. Objeto y fines.

Son fines de la Junta de Compensación ejecutar la urbaniza-ción en la unidad de actuación que comprende, y a tal fin:

a) Gestionar y encargar a los técnicos competentes la redac-ción de los Proyectos de Urbanización y de Compensaciónhasta su aprobación y plena validez jurídica.

b) Repartir equitativamente los beneficios y cargas de la uni-dad.

c) Ejecutar los Proyectos de Urbanización hasta la recepciónde las obras por el Ayuntamiento y entrega de los terrenosde cesión obligatoria.

d) Reservarse en el Proyecto de Compensación terrenos paraabonar los gastos de urbanización.

e) Para la realización de sus fines podrá llevar a cabo cuantosactos sean necesarios o convenientes en derecho,incluso lacompraventa, hipoteca, arrendamiento, o la constitución decualquier gravamen sobre todo tipo de bienes muebles einmuebles, en particular respecto a las fincas de la unidadde actuación. También podrá edificar sobre las mismas.

Artículo 4.— Duración.

La Junta de Compensación tendrá una duración indefinida; nose disolverá hasta el cumplimiento de sus fines, salvo acuerdoextraordinario de los propietarios o cambio del sistema de actua-ción.

Artículo 5.— Domicilio.

La Junta tendrá su domicilio en Av i l é s , Travesía de laIndustria, nº 82.

Artículo 6.— Control municipal de la actuación.

La Junta de Compensación actuará bajo la tutela delAyuntamiento de Avilés.

Artículo 7.— Modificación de los Estatutos.

La modificación de los Estatutos deberá ser aprobada por másdel 60% de las cuotas, en Asamblea General Extraordinaria yrequerirá la aprobación definitiva del Ayuntamiento y su inscrip-ción en el Registro de Entidades Urbanístico-Colaboradoras.

Título IIMiembros de la Junta y sus derechos y obligaciones

Artículo 8.— Condiciones para incorporarse a la Junta.

1. Pueden ser miembros de la Junta todos los propietarios deterrenos comprendidos en la unidad de actuación, así como lospropietarios de los exteriores a la misma necesarios para la ejecu-ción del Plan Parcial. La incorporación se producirá por concu-rrencia a la constitución de la Junta, o por adhesión a la escrituraen plazo de treinta días naturales desde el otorgamiento de ésta.

2. En el momento de la incorporación, cada propietario debe-rá entregar al Consejo Rector sus títulos de propiedad o testimo-nio de los mismos.

3. El Ayuntamiento de Avilés es miembro de pleno derecho envirtud de su participación legal en el aprovechamiento.

Artículo 9.— Empresas urbanizadoras.

1. También podrán formar parte de la Junta de Compensaciónlas empresas urbanizadoras que aporten, total o parcialmente, losfondos necesarios para ejecutar las obras de urbanización. ElConsejo Rector podrá establecer las condiciones y requisitos de laincorporación y de la cesión de un volumen edificable a cambio

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IV. Administración Local

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de la realización material de las obras de urbanización, así comoacordar la entrada de empresas urbanizadoras, incluso después deconstituida la Junta; en todo caso, el acuerdo del Consejo deberáser ratificado por la Junta por mayoría del sesenta por ciento delas cuotas de participación.

2. En el momento de integrarse en la Junta de Compensaciónla empresa o empresas urbanizadoras, el Consejo Rector proce-derá al reajuste de las participaciones porcentuales de los miem-bros, asignándose la cuota pactada a la o las empresas, urbaniza-doras incorporadas; la efectividad de dicho reajuste requerirá laprevia ratificación por la Junta por la misma mayoría del sesentapor ciento de las cuotas de participación.

Artículo 10.— Derechos y obligaciones.

1. La participación de los miembros en los derechos y obliga-ciones, en los pagos y en el ejercicio de voto, así como la deter-minación de las parcelas resultantes de la ordenación que seránadjudicadas a cada uno de aquéllos,individualmente o en régimende copropiedad, vendrán definidas por la cuota que a cada unocorresponda, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.

2. Los copropietarios designarán por mayoría un representan-te ante la junta,en plazo de quince días a partir de que sean reque-ridos. Caso de que no efectúen la elección, el representante seráelegido por el Consejo Rector de entre ellos, pudiendo cambiar elrepresentante si posteriormente lo acordaran por mayoría. Entodo caso, los copropietarios responderán solidariamente delcumplimiento de sus obligaciones frente a la Junta.

3. Si los terrenos estuviesen gravados con alguna carga real,ésta, salvo que sea incompatible con el planeamiento,se traslada-rá a la finca o participación indivisa que le sea atribuida al pro-pietario cuya propiedad esté gravada. Y en el supuesto de nodeclararse carga, arrendamiento o gravamen, o que las declaradasno se ajusten a la realidad, los perjuicios que pudieran resultar enel momento de la compensación serán a cargo del propietario quehubiese cometido la omisión, deduciéndose del valor de los dere-chos que le correspondan lo que resulte por la redención de lascargas silenciadas.

4. La transmisión de las parcelas de un miembro supondrá latransmisión de esa cualidad; pero deberá ser comunicada alConsejo Rector, como requisito para que el adquirente pueda ejer-citar sus derechos en la Junta o frente a ella.

5. Serán dere chos de los miembros en la Junta deCompensación:

a) Ejercer las facultades dominicales sobre las respectivas cuo-tas que les hayan sido fijadas por la asamblea general enfunción de sus aportaciones.

b) Concurrir,votar y exponer sus opiniones en las reuniones dela asamblea general.

c) Participar, como elector y candidato,en su caso, en la desig-nación de los miembros del Consejo Rector.

d) Recurrir los acuerdos y resoluciones de la AsambleaGeneral y Consejo Rector, en la forma y con los requisitosestablecidos en estos Estatutos.

e) Presentar proposiciones de asuntos para el orden del día delas asambleas, debiendo avalar la petición un cinco porciento de los miembros que representen como mínimo uncinco por ciento de la superficie de la unidad de actuación.

f) Ser notificados personalmente de las convocatorias y acuer-dos de los órganos de la Junta de Compensación. En casode desconocerse el domicilio de alguno de los copropieta-rios, podrá ser notificado por edictos, en la forma previstaen la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y Procedimiento Administrativo Común.

6. Los miembros de la Junta de Compensación vendrán obli-gados a:

a) Entregar a la Junta de Compensación,los documentos acre-ditativos de la titularidad de sus fincas, así como de losarrendamientos, servidumbres o cargas que los graven.

b) Cumplir los acuerdos adoptados por la Asamblea General yConsejo Rector, sin perjuicio de los recursos que crea con-veniente formular.

c) Designar un domicilio a efectos de notificaciones y notifi-car a la junta las variaciones que se produzcan.

d) Abonar los pagos o derramas en los plazos que se establez-can.

e) Regularizar, si fuera necesario, la titularidad, dominical y lasituación registral de los terrenos aportados a la Junta deCompensación.

f) Permitir la ocupación de los terrenos necesarios para la eje-cución de las obras.

g) Liberar a su costa las fincas de su propiedad incluidas en launidad de actuación, de todo tipo de cargas, gravámenes yarrendatarios. Si el titular no interpone la correspondienteacción para la liberación de las cargas incompatibles con larealización del planeamiento urbanístico, una vez que hayatranscurrido un mes desde el requerimiento hecho por laJunta al propietario, la Junta de Compensación podrá inter-poner por sí misma el correspondiente proceso, repercu-tiendo asimismo los gastos que fueren procedentes y nece-sarios al propietario, incluso la indemnización si procedie-ra o fuera conveniente a los intereses de la Junta, pudiendotransaccionar por cuenta del propietario con el ocupantearrendatario o titular de cualquier derecho incompatiblecon el planeamiento.

Artículo 11.— Cuotas de participación.

1. La cuota de cada miembro será proporcional a la superficieque aporte, en relación con la totalidad de la superficie de la uni-dad de actuación. El valor de los demás bienes y derechos, dis-tintos del suelo, afectados por el Proyecto de Compensación, noinfluirá en la participación de los miembros y se determinará, aefectos de la compensación subsiguiente, por convenio con losinteresados, y en su defecto, por aplicación de lo dispuesto en lalegislación de Expropiación Forzosa.

2. La superficie computable se tendrá que acreditar mediantedocumento público acompañado del plano de la finca actualizado,declarando los gravámenes que afectan a la finca y si existe o noprocedimiento judicial sobre la misma.

3. Cuando la superficie acreditada en los títulos no coincidacon la realidad física de la finca, se tendrá en cuenta la realidadfísica. En caso de discrepancia entre los miembros en cuanto a lassuperficies reales de sus respectivas fincas, la cuestión se resolve-rá por arbitraje del técnico competente que la Junta designe, elcual procederá a personarse sobre el terreno y efectuar las medi-ciones correspondientes; su dictamen será vinculante para laJunta, sin perjuicio de las reclamaciones que por vía civil proce-dan entre los miembros.

Artículo 12.— Medios económicos.

Serán ingresos de la junta de Compensación, las cuotas de losmiembros que apruebe la Asamblea General, las subvenciones,créditos, donaciones que se obtengan, los ingresos obtenidos porlas ventas de bienes y servicios y las rentas y productos de supatrimonio.

Artículo 13.— Gastos.

1. Serán gastos de la Junta de Compensación, todos los nece-sarios para la constitución y administración de la misma, la reali-zación y conservación de las obras, realización de las gestiones yprestación de servicios que prescriba el Plan Parcial y la redac-ción y ejecución del Plan Pa rcial y de los Proyectos deUrbanización y Compensación.

2. Los miembros de la Junta deberán satisfacer, en proporcióna su cuota, las cantidades acordadas por el Consejo Rector paralos gastos de la Junta, en el plazo que el Consejo acuerde.

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3. La falta de pago en el plazo fijado supondrá un recargo delveinte por ciento. Igualmente se devengará el interés legal másdos puntos de la cantidad debida,cuyo interés se le aplicará desdeel día en que terminó el plazo de pago en período voluntario hastael día en que se ingrese el importe en las cuotas o derramas en laJunta.

4. El Consejo Rector requerirá de pago al propietario y, trans-curridos un mes sin que el pago se verifique, podrá cobrar por víade apremio o por expropiación de los derechos del moroso, a tra-vés de la Administración actuante; también podrá reclamar elpago, sin necesidad de intervención administrativa, por vía civil,a través de los tribunales de dicho orden jurisdiccional.

5. Para reclamar el pago de cuotas por vía de apremio, elConsejo Rector fo rmulará la petición correspondiente alAyuntamiento, a cuyo efecto se expedirá por el Secretario delConsejo Rector, con el visto bueno del Presidente, la correspon-diente certificación de descubierto.

Título IIIOrganos de Gobierno y Administración

Artículo 14.— Organos sociales de la Junta.

1. Los órganos necesarios de la Junta de Compensación seránla Asamblea General, el Consejo Rector.

2. La asamblea podrá acordar el nombramiento por el consejode un gerente, con las facultades que la asamblea o el consejoacuerden delegarle.

Sección 1.— De la Asamblea General.

Artículo 15.— Competencias.

1. La Asamblea General es el órgano supremo de la Junta deCompensación. Será de su competencia:

• La aprobación de la gestión, memoria y cuentas.

• La aprobación del presupuesto anual y la fijación de cuotasextraordinarias para atender a gastos extraordinarios no pre-vistos en el presupuesto.

• El nombramiento y cese de consejeros, salvo el representan-te de la Administración.

• La aprobación de actos de disposición sobre los bienes pro-piedad de la junta o sobre los que ésta tenga titularidad fidu-ciaria.

• La aprobación de la disolución y liquidación.

2. Podrán participar en la Asamblea todos los miembros de laJunta de Compensación, adoptándose acuerdos solamente sobreel orden del día previamente propuesto en la convocatoria.

No obstante, en caso de concurrencia de todos los miembros,podrán acordar por unanimidad la inclusión en el orden del día,durante el desarrollo de la Junta, de cualesquiera otros asuntos noprevistos inicialmente.

3. La Asamblea General se reunirá una vez al año, dentro delos dos primeros meses de cada año natural, para censurar la ges-tión del Consejo Rector y sus miembros, quienes necesariamentedeberán informar a la Asamblea sobre su gestión, aprobar en sucaso el presupuesto del año en curso y la memoria y cuentas delejercicio anterior.

4. También podrá reunirse la Asamblea General cuando elConsejo Rector lo estime conveniente, o cuando lo soliciten adicho Consejo miembros que representen,al menos,el 20% de lascuotas, debiendo expresarse en la solicitud los asuntos a tratar.

Artículo 16.— Convocatoria.

1. Las Asambleas serán convocadas por el Presidente delConsejo Rector, mediante carta certificada con aviso de reciboremitida a todos los miembros al domicilio que conste en losarchivos de la Junta, debiéndose depositar las mismas en la ofici-na de Correos, con quince días naturales de antelación, cuando

menos, a la fecha de celebración. Entre la primera y segunda con-vocatoria deberá mediar un lapso de al menos una hora.

2. La celebración de la Asamblea General a petición de miem-bros habrá de ser convocada para tener lugar entre los treinta ysesenta días siguientes a dicha solicitud.

3. La convocatoria indicará lugar, día y hora de la reunión, asícomo, debidamente detallados para no inducir a error, los asuntosdel orden del día.

4. La convocatoria de la Asamblea General en la que debansometerse a aprobación gastos, ingresos, cuentas, informes decensores, memorias, derramas, proyectos o presupuestos, exigeque estén los mismos a disposición del miembro durante las horasde oficina en el local social los diez días hábiles anteriores a laasamblea, a disposición del miembro para su análisis.

Artículo 17.— Quórum de asistentes.

1. La Asamblea General quedará válidamente constituida enprimera convocatoria cuando concurran a ella miembros querepresenten, al menos, el 51 por 100 de las cuotas de partici-pación. Se podrá iniciar una hora más tarde si se halla presente unmínimo de miembros que representen el treinta por ciento de lascuotas.

2. La Asamblea podrá celebrarse sin previa convocatoria siestán presentes y por unanimidad acuerdan celebrarla y aceptan elorden del día la totalidad de los miembros.

Artículo 18.— Derecho de asistencia.

1. La asistencia está reservada a los miembros o sus apodera-dos, pudiendo efectuar la delegación por escrito en otro miembro.

2. También podrán asistir, si las convoca el Consejo Rector,las personas ajenas a la Junta cuya presencia sea de interés por susconocimientos técnicos o administrativos, salvo que se opongan aello la mitad de los votos presentes.

Artículo 19.— Régimen de desarrollo de las Asambleas.

1. Actuarán como Presidente y Secretario quienes lo sean delConsejo Rector, salvo que la propia Asamblea acuerde otra cosa.

2. El Presidente concederá el uso de la palabra, y determinaráel tiempo de las intervenciones, y cuándo deben darse por con-cluidas.

3. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de cuotas,salvo en aquellos asuntos en que la Ley o estos Estatutos exijanuna mayoría reforzada.

Artículo 20.— Actas y certificaciones.

1. De cada reunión de la Asamblea General el Secretariolevantará acta, que será enviada por correo certificado dentro delos diez días siguientes a todos los miembros. Si algún miembrono la recibe en los quince días siguientes a la asamblea, podrásolicitar certificación de la misma que le será entregada dentro delos cinco días siguientes a la petición.

2. Las actas se transcribirán al Libro de Actas, debidamentefirmadas y legalizadas por el Presidente y el Secretario.

3. Cualquier miembro podrá pedir al Secretario que, con elvisto bueno del Presidente, expida certificaciones de cualquieracta en el plazo de cinco días.

Sección 2.— Del Consejo Rector.

Artículo 21.— Composición.

1. El Consejo Rector estará compuesto por cinco vocales,entre ellos el representante de la Administración. Los vocales ele-girán por mayo r í a , de entre ellos, un Pre s i d e n t e, u nVicepresidente, un Tesorero y un Secretario, todos ellos miem-bros de la Junta, ya sean personas físicas o jurídicas, representa-das por su legal representante.

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2. El representante de la Administración será nombrado porésta. La designación de los restantes miembros del ConsejoRector se realizará por la Asamblea General por elección entresus miembros, en una sola votación. Resultarán elegidos aquelloscandidatos que obtengan el apoyo de un mayor número de cuotasde participación.

Artículo 22.— Duración del cargo de los miembros delConsejo Rector.

1. Los miembros del Consejo Rector ejercerán su cargo concarácter indefi n i d o , p e ro podrán ser re m ovidos en cualquiertiempo por la A s a m bl e a , s a l vo el rep resentante de laA d m i n i s t ra c i ó n , que será nombrado y re m ovido por ésta. Laremoción podrá ser de todo el Consejo —ex cluido el rep re s e n-tante de la A d m i n i s t ración— o de sólo alguno de los miembro sdel mismo.

2. En caso de fallecimiento o renuncia de uno o más compo-nentes del Consejo Rector, el propio Consejo Rector podrá desig-nar entre los miembros a quienes hayan de sustituirles hasta lacelebración de la primera Asamblea General.

3. La modificación de cargos se inscribirá en el Registro deEntidades Urbanístico-Colaboradoras.

Artículo 23.— Competencias del Consejo Rector.

Corresponden al Consejo Rector las de dirigir la gestión y eje-cución de la urbanización, administrar el patrimonio común yrepresentar a la Junta, pudiendo para ello suscribir los documen-tos necesarios y otorgar toda clase de poderes a su Presidente,incluso para comprar o vender toda clase de bienes. También serácompetencia del Consejo Rector, en rep resentación de laAsamblea General, la concertación de hipotecas u otros graváme-nes, y la enajenación de terrenos reservados para hacer frente alos gastos de urbanización.

El concreto poder de representación será ejercido por suPresidente o, en su defecto, por el Vicepresidente. El Consejopodrá nombrar gerentes y apoderados, y delegar en cualquiera desus miembros, confiriéndoles todas sus facultades delegables.

2. Los consejeros serán compensados de los gastos que les ori-gine su función,pero no percibirán retribución alguna por el ejer-cicio de sus cargos.

Artículo 24.— Funcionamiento.

1. El Consejo se reunirá siempre que lo requiera el interés dela Junta, lo considere necesario el presidente o lo solicite cual-quier consejero. Se convocará por el presidente o el que haga susveces por medio de anuncios oficiales o de prensa, correo, teléfo-no, fax o cualquier otro medio.

2. La sesión será válida cuando concurran a la reunión, pre-sentes o representados, la mitad más uno de sus componentes. Larepresentación se otorgará en alguno de los vocales, por escrito, ypara cada sesión.

3. El presidente concederá el uso de la palabra y determinaráel tiempo y el final de las intervenciones. Los acuerdos se adop-tarán por mayoría de votos emitidos. En caso de empate se con-vocará nuevo Consejo, y si en el mismo hubiera nuevamenteempate, se convocará Asamblea General Extraordinaria parasometer a votación de la misma la cuestión que en el ConsejoRector no obtuvo mayoría.

Artículo 25.— Actas y certificaciones.

De cada sesión del Consejo Rector se levantará acta, hacién-dose constar los acuerdos aprobados y el resultado de las vota-ciones transcribiéndose en aquel mismo acto al Libro de Actaspor el Secretario, con el conforme del Presidente.

Artículo 26.— Facultades del Presidente.

Son facultades del Presidente, convocar, presidir, suspender ylevantar las sesiones de la Asamblea General y del Consejo

Rector, dirigir las deliberaciones, autorizar las actas y las certifi-caciones de las asambleas y del Consejo Rector, y con elTesorero, abrir, seguir y cancelar cuentas corrientes y toda clasede operaciones bancarias.

Las relaciones y comunicaciones entre la Administración y laJunta, se mantendrán a través del Presidente.

Artículo 27.— Facultades del Vicepresidente.

Son facultades del Vicepresidente las mismas que las delPresidente en la ausencia o enfermedad de éste.

Artículo 28.— Facultades del Secretario.

Son facultades del Secretario, el asistir a todas las reunionesde la Asamblea General y del Consejo Rector, y levantar acta delas mismas, así como expedir certificaciones de las actas y guar-dar bajo su responsabilidad los libros de actas y documentos de laJunta.

En caso de ausencia el Secretario será sustituido por el vocalmás joven del Consejo Rector.

Artículo 29.— Facultades del Tesorero.

Las facultades del Tesorero son las de llevar la contabilidad yjunto con el Presidente firmar la apertura,seguimiento y cierre detoda clase de operaciones bancarias y libramiento de cheques ytransferencias bancarias.

Artículo 30.— Recursos contra los acuerdos de la Junta.

1. Los acuerdos de los órganos de la Junta de Compensaciónserán inmediatamente ejecutivos sin perjuicio de los recursos queprocedan, los cuales sólo suspenderán su eficacia en los mismossupuestos previstos en la Ley para los actos administrativos. Noobstante, los acuerdos que deban ser ratificados o aprobados porla A d m i n i s t ración o inscritos en el Regi s t ro de EntidadesUrbanístico-Colaboradoras,no tendrán efectividad hasta su ratifi-cación, aprobación o inscripción.

2. Los acuerdos de los órganos de la Junta de Compensaciónserán recurribles en alzada ante la Administración actuante en elplazo de quince días; pero no procederá la acción interdictal fren-te a resoluciones adoptadas en el ejercicio de la facultad fiducia-ria de disposición ni sobre ocupación de bienes precisos para laejecución de obras de urbanización conformes al plan.

Título IVDisolución y liquidación

Artículo 31.— Disolución.

La Junta de Compensación se disolverá, con aprobación delAyuntamiento, por alguna de las siguientes causas:

1. Cumplimiento de su objeto.

2. Acuerdo de la asamblea, adoptado por mayoría del sesentapor ciento de las cuotas de participación, por imposibilidadde cumplir el objeto.

3. Cambio del sistema de actuación.

4. Transformación en sociedad o en comunidad indivisa.

Artículo 32.— Liquidación.

Salvo que la Asamblea que acuerde la disolución decida otracosa, serán liquidadores los propios consejeros, que actuarán enla misma forma en que lo hacían como tales. Durante la liquida-ción, la convocatoria y reunión de las asambleas generales tendrálugar en los mismos términos que antes de ella. En la liquidaciónse observarán las normas acordadas por la Asamblea General.

Artículo 33.— Destino del patrimonio común.

En los supuestos en que existiera patrimonio común, se distri-buirá entre los miembros en proporción a las aportaciones efecti-vamente realizadas por los mismos.

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Artículo 34.— Conservación de la urbanización.

La Junta de Compensación,deberá promover antes de su diso-lución la constitución de una entidad urbanística de conservaciónque asumirá la de aquellas obras que vayan siendo entregadas a laAdministración.

Bases de actuación de la Junta de Compensacióndel Plan Parcial de la Plata

I.— Criterios de valoración de las fincas aportadas.

Las fincas aportadas se valorarán según la superficie de lasmismas que resulte afectada por la actuación. Se considerarácomo unidad de superficie el metro cuadrado, atribuyéndose acada metro un punto.

Los puntos de cada propietario, reducidos a porcentaje deltotal, indicarán su cuota de participación en la junta de compen-sación y el módulo de los derechos y obligaciones en ella.

II.— Criterios de valoración de derechos reales,servidumbresprediales y derechos personales.

1. La valoración se efectuará de acuerdo con los criterios queestablecen los artículos 31 y 32.1 de la Ley 6/1998 de 13 de abril,sobre régimen de suelo y valoraciones.

2. Los derechos reales y gravámenes compatibles con el pla-neamiento urbanístico y con el proyecto de compensación semantendrán en las nuevas parcelas resultantes o en la partici-pación indivisa que se adjudique al propietario.

III.— Criterios de valoración de vuelos.

Las edificaciones, obras, plantaciones e instalaciones quedeban derruirse o demolerse se valorarán por el procedimiento detasación conjunta, y de no existir acuerdo, según el criterio de lalegislación del suelo y de expropiación forzosa, en particular eldel artículo 31 de la Ley 6/1998 de 13 de abril. El importe sesatisfará con cargo al proyecto, en concepto de gastos de urbani-zación.

IV.— Criterios de valoración de aportaciones de empresasurbanizadoras.

La valoración de aportaciones de empresas urbanizadoras seráacordada, previo informe técnico, por el Consejo Rector y apro-bada por la asamblea. De haber varias empresas interesadas, elConsejo deberá celebrar concurso previo.

V.— Procedimiento para contratar la ejecución de obras deurbanización o edificación en su caso.

Para la contratación de las obras de urbanización y de edifica-ción se acudirá al sistema de concurso entre las empresas intere-sadas; el concurso se resolverá por la Asamblea a propuesta delConsejo Rector. La Asamblea, por mayoría de las cuotas de par-ticipación, podrá autorizar al Consejo para la contratación direc-ta.

VI.— Criterios y forma de valoración de las fincas resultantesen función del aprovechamiento de la Unidad de Actuación.

Los solares resultantes se valorarán con criterios objetivos ygenerales para toda la unidad de actuación con arreglo a su uso yvolumen edificable y en función de su situación, características ygrado de urbanización.

La Asamblea General establecerá la valoración de los distin-tos usos, respecto al coeficiente 100 que será el uso mayoritariode la unidad de actuación. En lo posible se adjudicará a todos lospropietarios fincas o participaciones en todos los usos, salvo quela adjudicación a todos los propietarios de todos los usos dificul-te la realización urbanística.

Igualmente, corresponderá a la Asamblea General fijar, sifuere necesario, coeficientes de homogeneización atendiendo a lasituación de, características y grado de urbanización de las parce-las resultantes.

Los acuerdos de la Asamblea General a que se refiere la pre-sente Base deberán ser adoptados por la misma mayoría que serequiere para aprobar el Proyecto de Compensación.

VII.— Reglas de adjudicación de fincas.

Se procurará, siempre que sea posible, que las fincas resultan-tes adjudicadas estén situadas en lugar próximo al de las antiguaspropiedades de los mismos titulares.

Cuando la escasa cuantía de los derechos de algunos propie-tarios no permita la adjudicación de fincas independientes a todosellos, se harán adjudicaciones indivisas. Si los derechos no alcan-zan el quince por ciento de la parcela mínima, la adjudicaciónpodrá sustituirse por indemnización en metálico, que se calcularácon arreglo a los criterios de valoración establecidos en la BaseVI.

VIII.— Expropiación por incumplimiento.

1. Procederá la expropiación cuando concurra alguno d elossupuestos siguientes:

a) La reiterada falta de pago de las cuotas o derramas que seestablezcan para todos los miembros de la Junta.

b) El impago de la cuota o derrama, aunque no sea reiterado,cuando por la importancia de su cuantía cause graves per-juicios a la Junta. Se entenderá que causa graves perjuicioscuando el importe de la cuota o derrama impagadas excedade un millón de pesetas.

2. No podrá iniciarse el procedimiento de expropiación antesde transcurrido un mes desde el requerimiento de pago efectuadopor el Consejo Rector. El procedimiento será dejado sin efecto siantes del acta de ocupación el deudor abona el principal, intere-ses, gastos y recargos.

IX.— Reglas de valoración de inmuebles que se construyan.

La valoración de los inmuebles que se construyan y el preciode venta a otras personas se fijará por el Consejo Rector con losasesoramientos técnicos que crea necesarios, y se someterá a laaprobación de la Asamblea, por mayoría.

X.— Aportaciones a la Junta.

Las aportaciones se realizarán en la forma y plazos estableci-dos en el artículo 13 de los Estatutos.

XI.— Distribución de beneficios y pérdidas.

Los beneficios y pérdidas de la actuación se distribuirán entrelos miembros de la junta en proporción a sus respectivas cuotas.

XII.— Compensaciones en metálico.

Las diferencias de adjudicación que resulten inevitables seráncompensadas en metálico entre los interesados, valorándose elprecio medio de los solares resultantes, de conformidad con loestablecido en la Base VI.

XIII.— Momento en que puede realizarse la edificación sobrelos solares resultantes.

No se establece ninguna limitación para la edificación sobrelos solares resultantes, adicional a las previstas en la legislaciónurbanística.

XIV.— Exacción de las cuotas de conservación.

La Junta cuidará de la conservación de las obras de urbaniza-ción hasta su cesión al Ayuntamiento; destinará para ello los fon-dos necesarios y, si no los tuviere, fijará unas cuotas con esa fina-lidad, cuya exacción podrá hacerse por vía de apremio o de expro-piación, conforme a lo previsto en los artículos 13.4 y 13.5 de losEstatutos.

En Avilés, a 22 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.207.

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DE CARAVIA

Anuncio

Esta Corporación,en sesión de fecha 17 de diciembre de 1999aprobó el proyecto de las obras de “Reparación de calles en LaEspasa, primera fase”, obra incluida en el Plan de Obras yServicios para el año 2000, redactado por el Sr. Ingeniero donAntonio Alvarez Rodríguez y por un importe de 18.305.233 pese-tas. Lo que se hace público, al objeto de que, en el plazo de unmes, pueda ser examinado el expediente por cualquier personainteresada.

En Caravia, a 22 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.208.

DE CARREÑO

Edicto

Expediente número: 8.761/1999.

H abiéndose solicitado de esta Alcaldía por don A n ge lRodríguez López, en rep resentación de A s e n t a m i e n t o sInmobiliarios Lacor, S.A., licencia para la instalación de depósi-to fijo enterrado de G.L.P.,en la calle Muyeres de La Paxa, nº 4 y6, Candás, cumpliendo lo dispuesto por el apartado a), del núme-ro 2 del artículo 30 del Reglamento de Actividades Molestas,Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, sesomete a información pública por periodo de diez días hábiles, afin de que durante el mismo —que empezará a contarse desde eldía siguiente al de la inserción del presente edicto en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias— pueda exami-narse el expediente en la Secretaría de este Ayuntamiento, por laspersonas que de algún modo se consideren afectadas por la acti-vidad que se pretende instalar y formular por escrito las reclama-ciones u observaciones que se estimen oportunas.

En Candás, a 17 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.164.

DE COAÑA

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El Ayuntamiento Pleno, en Sesión de 3 de diciembre de 1999,acordó con la mayoría le gal exigida, desafectar del uso públicocambiando su calificación jurídica a bien de propio, el caminopúblico colindante con el cementerio parroquial de Villacondide,cuyos lindes son al N. Cementerio y campo Iglesia; E. CarreteraAS-12 Navia-Boal; O. resto camino y S. parcela de concentra-ción.

Lo que se hace público por espacio de un mes conforme alartículo 8 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de1986. En caso de no existir reclamación o alegación alguna, ladesafectación operará automáticamente sin necesidad de adoptarnuevo acuerdo.

En Coaña, a 22 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.209.

DE CORVERA

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Resolución del Ayuntamiento de Corvera de Asturias de fecha23 de diciembre de 1999, por la que se anuncia la Oferta deEmpleo Público para el año 2000.

Provincia:Asturias.

Corporación: Corvera de Asturias.

Número de Código Territorial: 33020.

Oferta de Empleo Público correspondiente al ejercicio de2000, aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria, decarácter urgente de fecha 23 de diciembre de 1999.

Funcionarios de Carrera:

• Grupo según artículo 25 de la Ley 30/1984: C.

Clasificación: Escala de Administración General, subescalaAdministrativa.

Número de vacantes: Cuatro.

Denominación:Administrativo.

• Grupo según artículo 25 de la Ley 30/1984: D.

Clasificación: Escala de Administración General, subescalaAdministrativa.

Número de vacantes: Una.

Denominación: Auxiliar.

• Grupo según artículo 25 de la Ley 30/1984: D.

Clasificación: Escala de Administración Especial, subescalaServicios Especiales; clase Agente de la Policía Local.

Número de vacantes: Una.

Personal Laboral:

• Nivel de titulación: Técnico Superior.

Denominación del puesto: Técnico de Programas Europeos.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Técnico Superior.

Denominación del puesto: Técnico en Formación.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Ingeniero Técnico.

Denominación del puesto: I n ge n i e ro Técnico de Obra sPúblicas.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Delineante.

Denominación del puesto: Delineante.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Bachiller Superior o equivalente.

Denominación del puesto: Archivera.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Bachiller Superior o equivalente.

Denominación del puesto: O p e rador de SistemasInformáticos.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Bachiller, Formación Profesional deSegundo Grado o equivalente.

Denominación del puesto: Informador Juvenil.

Número de vacantes: Una (a tiempo parcial).

• Nivel de titulación: G raduado Escolar, Fo rm a c i ó nProfesional de Primer Grado o equivalente.

Denominación del puesto: Auxiliar Administrativo.

Número de vacantes: Ocho.

• Nivel de titulación: G raduado Escolar, Fo rm a c i ó nProfesional de Primer Grado o equivalente.

Denominación del puesto: Auxiliar Administrativo.

Número de vacantes: Una (a tiempo parcial).

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Denominación del puesto: Oficial Jardinero.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Denominación del puesto: Oficial Albañil.

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Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Graduado Escolar o equivalente.

Denominación del puesto: Informador de Consumo.

Número de vacantes: Una (a tiempo parcial).

• Nivel de titulación: Graduado Escolar.

Denominación del puesto: Te l e fonista Auxiliar deConserjería.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Denominación del puesto: Limpiador de Manantiales.

Número de vacantes: Una (a tiempo parcial).

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Denominación del puesto: Peón.

Número de vacantes: Cuatro.

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Denominación del puesto: Peones para Riegos, Limpieza yContenedores.

Número de vacantes: Dos (a tiempo parcial).

• Nivel de titulación: Graduado Escolar.

Denominación del puesto: Encargado de Mantenimientopara Area Deportiva.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Denominación del puesto: Peón de Mantenimiento AreaDeportiva.

Número de vacantes: Una.

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Denominación del puesto: Conserje-Limpiador A re aDeportiva.

Número de vacantes: Una (a tiempo parcial).

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad. Minusválido.

Denominación del puesto: Conserje-Limpiador para PiscinasMunicipales.

Número de vacantes: Una (fijo discontinuo, cuatro meses alaño).

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Denominación del puesto: Peones de MantenimientoPiscinas Municipales.

Número de vacantes: Tres (fijos discontinuos, cuatro mesesal año).

• Nivel de titulación: Certificado de Escolaridad.

Denominación del puesto: Socorristas.

Número de vacantes: Cinco (temporales, temporada verano).

En Corvera de Asturias, a 23 de diciembre de 1999.—ElAlcalde.—21.163.

Plantilla del Ayuntamiento de Corvera de Asturiaspara el año 2000:

Descripción Nº de Grupo Nivel Vacantes Tipo dePuestos Personal

Area de Secretaría:Secretario General 1 A 30 0 FuncionarioCoordinador GabineteComunicación,Cultura y Deportes 1 A 0 LaboralResponsable Sistemas Informáticos 1 C 18 0 FuncionarioOperador de Sistemas Informáticos 1 C 1 LaboralAdministrativos 4 C 18 2 FuncionarioArchivera 1 C 1 Laboral

Representación y Diseño 1 C 0 LaboralAuxiliares Administrativos 7 D 17 2 FuncionarioNotificadores 2 E 14 0 Func. y Lab.Conserje 1 E 14 0 FuncionarioTelefonista Auxiliar Conserjería 1 E 1 LaboralLimpiadora (Casa Consistorialy Nave) 1 E 0 Laboral

Area Económica:• Intervención:

Interventor 1 A 30 0 Func. Hab. Nac.Administrativo 1 C 18 1 FuncionarioAuxiliares Administrativos 2 D 17 1 Funcionario

• Tesorería:Tesorero 1 A 30 1 Func. Hab. Nac.Administrativos 2 C 22 y 18 1 FuncionarioAuxiliares Administrativos 1 D 1 Laboral

• Rentas:Asesor Económico 1 A 0 LaboralAdministrativo 1 C 0 FuncionarioAuxiliar Administrativo 1 D 0 Funcionario

Area de Obras yServicios Técnicos

• Oficina Técnica:Arquitecto 1 A 0 LaboralArquitecto Técnico 1 B 22 0 FuncionarioIngeniero Técnico Obras Públicas 1 B 1 LaboralDelineante 1 C 1 LaboralVigilante de Obras 1 D 17 0 FuncionarioEncargado Control Materialesy Suministros 1 D 0 LaboralAuxiliares Administrativos 2 D 2 Laboral

• Servicio de Obras y Servicios:Encargado General de Obrasy Servicios 1 C 0 Laboral

• Sección de Obras:Encargado de Obras 1 D 17 0 FuncionarioOficiales Albañiles 2 D 0 LaboralOperarios y Peones 5 E 14 0 Func. y Lab.

• Sección Parque Móvil y Maquinaria:Oficiales Conductores 3 D 15 0 FuncionarioOficial Palista 1 D 15 0 FuncionarioPeón Desbrozadora 1 E 0 LaboralOficial de Mantenimiento 1 D 15 0 Funcionario

• Sección Eléctrica:Oficiales Electricistas 2 D 17 0 FuncionarioPeones 2 E 0 Laboral

• Sección Aguas:Oficiales Fontaneros 2 D 17 0 FuncionarioOperarios y Peones 4 E 14 0 Func. y Lab.Limpiador de Manantiales 1 E 1 Lab.T. Parc.

Area de Limpiezay Mantenimiento:

Encargado 1 D 17 0 Funcionario• Servicio Mantenimiento Integral:

• Sección Mantenimiento de Edificios:Oficial Albañil 1 D 15 0 FuncionarioPeones 2 E 0 Laboral

• Sección Mantenimientode Espacios Públicos:

Oficial Albañil 1 D 0 LaboralPeones 2 D 0 Func. y Labo.Operario 1 E 0 Funcionario

Area de Limpiezay mantenimiento:

• Sección de Limpieza Viaria:Operarios y Peones 12 E 2 Func. y Lab.

• Sección de Riegos yLimpieza de Contenedores:

Peones 2 E 2 Lab.T. Parcial

• Sección de Jardinería:Oficial Jardinero 1 D 1 LaboralPeones 4 E 2 LaboralOperario 1 E Laboral

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 427

Descripción Nº de Grupo Nivel Vacantes Tipo dePuestos Personal

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Area de Cultura,Deportes y Juventud:

• Cultura:Responsable Area Cultura 1 A 0 LaboralInformador Juvenil 1 C 1 Lab.T. ParcialAuxiliares Administrativos 2 D 2 Lab. y Lab.T.P.Auxiliares de Biblioteca 3 D 0 Lab. y Lab.T.P.Profesora de Baile 1 D 0 LaboralConserjes 2 E 0 LaboralLimpiadoras 3 E 0 Lab. y Lab.T.P.

• Escuela de Música:Profesores-de Música 5 Temporales-

Curso Escolar Lab.T. Parcial

• Deportes:Responsable Area Deportiva 1 B 0 LaboralEncargado de Mantenimiento 1 D 1 LaboralPeón de Mantenimiento 1 E 1 Laboral

• Polideportivo Municipal:Conserjes-Limpiadores 5 E 1 Laboral

• Piscinas Municipales:Conserjes-Limpiadores 3 E 1 Lab. y DiscontPeones Mantenimiento Piscinas 3 E 3 Lab. y DiscontSocorristas 5 Temporales-

Verano A T. Parcial

Area de Seguridad:

• Policía LocalSuboficial 1 B 22 0 FuncionarioCabo Auxiliar Administrativo 1 D 18 0 FuncionarioCabos 4 D 18 0 FuncionarioGuardias 12 D 15 1 (desde

febre.) Funcionario

Area de Desarrollo Económico:Responsable de Desarrollo Local 1 A 0 LaboralAgente Desarrollo Local 1 A 0 TemporalTécnico en ProgramasEuropeos y Formación 1 A 1 LaboralTécnico en Empleo 1 A 1 LaboralAuxiliar Administrativo 1 D 1 Laboral

Area de Acción Social.Enseñanza y Sanidad:

• Area de Acción SocialResponsable de Acción Social 1 B 0 LaboralAsistente Social 1 B 1 LaboralAuxiliares Administrativos 2 D 2 Laboral

• Area de Enseñanza:Conserjes-Limpiadores 2 E 0 LaboralConserjes 3 E 0 Func. y Lab.Limpiadoras 2 E 0 Laboral

• Area de Sanidad:Limpiadora 1 E 0 LaboralInformación de Consumo 1 D 1 Lab.T. Parcial

Totales 168 47

(La diferencia de 1 vacante, en relación con la OPE, es laPlaza de Tesorero Municipal, que es de Habilitación Nacional).

DE GIJON

Sección de Gestión y Planeamiento

Servicio Administrativo de Urbanismo

Anuncio

Referencia: 009254/1999.

La Comisión de Gobierno, en sesión celebrada en fecha 5 deoctubre de 1999, ha adoptado el acuerdo de aprobar inicialmentelos Proyectos de Estatutos y Bases de Actuación para laConstitución de la Junta de Compensación de la Unidad deEjecución Contrueces 01 (UE-CONT-01) que a continuación sereseñan, por lo que se considera iniciado el procedimiento deconstitución de La Junta y se someten aquellos a informaciónpública en el Servicio de Atención Directa al Ciudadano de este

Ayuntamiento, en horario de lunes a viernes de 9 a 17 horas ysábados de 9 a 13 horas, todo ello de conformidad con lo preve-nido en el artículo 161 del vigente Reglamento de GestiónUrbanística. La publicación de este anuncio suple a la notifica-ción en el supuesto de que ésta no pudiera practicarse personal-mente a los interesados.

Así mismo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 162.2 delcitado Reglamento, además de los propietarios afectados, podránformular alegaciones quienes no lo sean, durante el plazo dequince días, contados a partir de la presente publicación.

Estatutos de la Junta de Compensación de la U.E. CNT 01Contrueces de Gijón

Artículo 1.— Denominación, naturaleza y personalidad jurí -dica.

Con la denominación de Junta de Compensación del planea-miento de la Unidad de Ejecución CNT 01-Contrueces, Gijón, seconstituye una Entidad Urbanística Colaboradora de naturalezaadministrativa y personalidad jurídica propia, a partir de su ins-cripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradorasque se regirá por lo dispuesto en la legislación urbanística estatal,y de la Comunidad Autónoma, por las demás normas legales quele fueran de aplicación y por estos Estatutos.

Artículo 2.— Ambito.

Constituye el ámbito de esta Junta de Compensación el suelocomprendido en la unidad de ejecución aprobada definitivamentepor resolución de 14 de enero de 1.999 de la Consejería deFomento del Principado de Asturias,al aprobar el Plan General deOrdenación Urbana de Gijón.

La Junta de Compensación estará integrada por los propieta-rios de terrenos comprendidos en el ámbito de la unidad de eje-cución CNT 01 Contrueces, y por los propietarios de terrenosexteriores a la unidad de ejecución pero necesarios para su reali-zación, si los hubiere.

Artículo 3.— Objeto y fines.

Son fines de la Junta de Compensación ejecutar la urbaniza-ción de los terrenos comprendidos en la U.E. CNT 01 Contrueces,del P.G.O.U. de Gijón, y para ello:

A) Gestionar y encargar a los técnicos competentes la redac-ción de los Proyectos de Urbanización y de Compensaciónhasta su aprobación y plena validez jurídica.

B) Repartir equitativamente los beneficios y cargas de la uni-dad.

C) Ejecutar los Proyectos de Urbanización hasta la recepciónde las obras por el Ayuntamiento y entrega de los terrenosde cesión obligatoria.

D) Para la realización de sus fines podrá llevar a cabo cuantosactos sean necesarios o convenientes en derecho, incluso lacompraventa de inmuebles, la obtención de créditos con lagarantía de las fincas de la unidad de actuación y la edifi-cación sobre las mismas.

Artículo 4.— Duración.

La Junta de Compensación tendrá la duración exigida por elcumplimiento de los fines de la misma, y no podrá disolverse sinaprobación del Ayuntamiento de Gijón.

Artículo 5.— Domicilio.

La Junta tendrá su domicilio en la calle Carlos Bertrand, nº 2,1º izda. por ser el despacho profesional del Secretario de la Juntao, el que se fije por acuerdo de la Junta.

Artículo 6.— Control municipal de la actuación.

Actuará bajo la tutela del Ayuntamiento de Gijón. Se infor-mará puntualmente al Ayuntamiento de las modificaciones de

428 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

Descripción Nº de Grupo Nivel Vacantes Tipo dePuestos Personal

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Estatutos y de los acuerdos que adopte la Junta o su Presidente, yse exigirá del mismo que gestione y resuelva con celeridad laspeticiones formuladas por la Junta de Compensación.

Artículo 7.— Composición de la Junta de Compensación.

Formarán parte de la Junta de Compensación las personas físi-cas o jurídicas o entidades propietarias de los terrenos que seencuentren dentro del ámbito de actuación de la Junta y de losterrenos exteriores a las unidades de ejecución necesarios para laejecución del planeamiento si los hubiera.

También podrán formar parte de la Junta de Compensación lasempresas urbanizadoras que aporten, total o parcialmente, losfondos necesarios para ejecutar las obras de urbanización, en lascondiciones que se establezcan.

Artículo 8.— Socios.

No existen diferencias entre los socios, cualquiera que sea elmomento en que los mismos se adhieran a la Junta dentro de losplazos legales y tienen, todos ellos, los mismos derechos y obli-gaciones en proporción a sus cuotas.

Quienes participen como copropietarios designarán por mayo-ría un representante ante la Junta, en plazo de quince días a partirde que sean requeridos. Caso de que no efectúen la elección, elrepresentante será elegido por la Administración de entre ellos,pudiendo cambiar el representante si posteriormente lo acordaranpor mayoría.

Artículo 9.— Adhesión de los socios.

Los socios pueden adherirse en el momento de constitución dela Junta, o durante el mes siguiente a la recepción de la notifica-ción fehaciente de la aprobación de la escritura de constitución,p revista en el artículo 163.5 del Reglamento de GestiónUrbanística. Su incorporación a la Junta de Compensación debe-rán solicitarla mediante escrito dirigido al Ayuntamiento.

A los propietarios no adheridos se procederá a expropiarlessus terrenos en beneficio de la Junta,según lo previsto en los artí-culos 162 y 163 del Reglamento citado.

Artículo 10.— Junta de compensación.

1. La constitución se efectuará en los locales delAyuntamiento previa convocatoria a todos los propietarios cono-cidos de la unidad de ejecución, d ebiendo dicha Junta deCompensación tomar el acuerdo de constitución con el voto favo-rable de propietarios que representen el sesenta por ciento de lasuperficie de la unidad.

2. Los concurrentes designarán por mayoría las personas quehan de actuar como Presidente y Secretario de la Junta deCompensación.

3. El Presidente dirigirá los debates y ordenará el desarrollo delos mismos, según el orden del día.

4. El Secretario levantará acta de la sesión de constitución dela Junta de Compensación,que habrá de ser aprobada en la mismareunión.

5. En el acta se harán constar:

A) Nombre, apellidos y domicilio de los propietarios asis-tentes o representantes con indicación de quienes están pre-sentes y quienes representados y, de las cuotas asignadasprovisionalmente que representan.

B) Aprobación de la constitución de la Junta de Compensacióncon el porcentaje de cuotas que han votado a favor y encontra.

C) Relación de fincas incluidas dentro de la unidad de ejecu-ción.

D) Lista de empresas urbanizadoras, si existen.

6. El acta se elevará a pública ante Notario.

Artículo 11.— Cuotas Sociales.

1. La participación de los socios en los derechos y obligacio-nes, en los pagos y en el ejercicio de voto, así como la determi-nación de las parcelas resultantes de la ordenación que serán adju-dicadas a cada uno de aquellos, individualmente o en régimen decopropiedad, vendrán definidas por la cuota que a cada unocorresponda.

2. Para fijar las cuotas que correspondan a cada finca, se ten-drá en cuenta la superficie de cada una de las del polígono o uni-dad, en relación con la totalidad de la superficie del mismo.

3. La superficie computable deberá acreditarse en forma legalcon declaración expresa de los gravámenes que afectan a la finca,y si existe o no, procedimiento judicial sobre la misma.

4. Cuando la superficie acreditada en los títulos no coincidacon la realidad física de la finca, se tendrá en cuenta la realidadfísica sin perjuicio de las reclamaciones que por vía civil proce-dan entre los socios.

5. Si los terrenos estuviesen gravados con alguna carga real,ésta, salvo que sea compatible con el planeamiento, se trasladaráa la finca o participación indivisa que le sea atribuida al propieta-rio cuya propiedad esté gravada. Y en el supuesto de no declarar-se carga o gravamen, o que las declaradas no se ajusten a la reali-dad, los perjuicios que pudieran resultar en el momento de lacompensación serán a cargo del propietario que hubiese cometi-do la omisión, deduciéndose del valor de los derechos que lecorrespondan lo que resulte por la redención de las cargas silen-ciadas.

6. El valor de los demás bienes y derechos, distintos del suelo,afectados por el Proyecto de Compensación no influirá en la par-ticipación de los socios y se determinará, a efectos de la compen-sación subsiguiente, por convenio con los interesados, y en sudefecto, por aplicación de lo dispuesto en la legislación deExpropiación Forzosa.

7. En el supuesto de que pertenezcan a la Junta deCompensación,empresa o empresas urbanizadoras,en el momen-to de la integración de éstas, se procederá al reajuste de las par-ticipaciones porcentuales de los socios, asignándose la cuota pac-tada a la o las empresas urbanizadoras incorporadas. Podrá laJunta en el Proyecto de Compensación reservarse terrenos paraabonar los gastos de urbanización.

Artículo 12.— Terrenos con situaciones arrendaticias.

Si la Junta libera los arrendamientos existentes sobre la finca,la cuota del propietario se reducirá en el equivalente al importeinvertido por la Junta en la redención de la carga,salvo que el pro-pietario reembolse el importe invertido por la Junta o haya inicia-do el correspondiente procedimiento para la resolución del con-trato.

Artículo 13.— Derechos de los Socios.

Serán derechos de los socios en la Junta de Compensación.

A) Ejercer las facultades dominicales sobre las respectivascuotas que les hayan sido fijadas por la Junta en función desus aportaciones.

B) Concurrir, votar y exponer sus opiniones en las reunionesde la Junta.

C) Participar, como elector y candidato, en su caso, en ladesignación de los miembros del Consejo Rector.

D) Subrogar al adquirente, en caso de venta, en los derechos yo bl i gaciones del vendedor para con la Junta deCompensación.

E) Adquirir la titularidad individual o en copropiedad de laparcela, parcelas o derechos que les sean adjudicados en elproyecto de Compensación proporcionalmente a sus cuotasrespectivas.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 429

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F) Recurrir los acuerdos y resoluciones de la Junta,en la formay con los requisitos establecidos en estos Estatutos.

G) Presentar proposiciones de asuntos para el orden del día delas Juntas, debiendo avalar la petición un cinco por cientode los socios que representen como mínimo un cinco porciento de la superficie de la unidad de ejecución.

H) Cuantos derechos les correspondan por Ley.

Artículo 14.— Obligaciones de los Socios.

1. Los socios de la Junta de Compensación vendrán obligadosa:

A) Entregar a la Junta de Compensación,en el plazo de un mesa contar de la fecha de su incorporación a la misma, losdocumentos acreditativos de la titularidad de sus fincas, asícomo, copia justificativa de los arrendamiento, servidum-bres o cargas que les graven.

B) Cumplir los acuerdos adoptados por la Junta, sin perjuiciode los recursos que crea conveniente formular.

C) Designar un domicilio a efectos de notificaciones y notifi-car a la Junta las variaciones que se produzcan.

D) Abonar los pagos o derramas en los plazos que se establez-can, aprobados por la Junta proporcional a la cuantía de susparticipaciones.

E) Regularizar, si fuera necesario, la titularidad dominical y lasituación registral de los terrenos aportados a la Junta deCompensación.

F) Responder económicamente mediante el pago de los dañosy perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones quecontrae ocasionen a otros socios o a la Junta.

2. En la enajenación parcial o total de los terrenos, deberánnotificarlo a la Junta, indicando el nombre y dirección del adqui-rente.

Se hará constar en la escritura de venta que el compradorconoce la existencia de la Junta de Compensación y que el terre-no se halla al corriente de pago de las obligaciones con la misma,probándolo mediante incorporación a la escritura de certificadoen ese sentido de la Junta.

Artículo 15.— Organos Sociales.

Los órganos sociales de la Unidad de Gestión serán:

• La Junta de Compensación.

• El Presidente.

• El Secretario- Asesor Jurídico.

• El Asesor Fiscal-Tesorero.

Artículo 16.— La Junta de Compensación.

La Junta de Compensación es el órgano supremo de la Unidadde Ejecución. En ella podrán participar todos los socios que cons-tituyen la misma, y el representante de la Administración, adop-tándose acuerdos solamente sobre el orden del día previamentepropuesto en la convocatoria.

Artículo 17.— Clases de reuniones.

Las reuniones podrán ser ordinarias o extraordinarias.

Artículo 18.— Junta ordinaria.

La Junta se reunirá una vez al año, dentro de los dos primerosmeses de cada año natural, para censurar la gestión del Presidentey sus delegados, quienes necesariamente deberán informar a laJunta sobre su gestión, aprobar, en su caso, el presupuesto del añoen curso y la memoria y cuentas del ejercicio anterior previoinforme de los censores de cuentas designados al efecto y el nom-bramiento, si procede, de alguno o de todos los miembros de laJunta.

C e l eb ra r á , i g u a l m e n t e, reunión ord i n a ria bimensual pararesolver los asuntos incluidos en el orden del día.

Artículo 19.— Junta extraordinaria.

1. Toda reunión de la Junta que no sea de las señaladas en elartículo anterior será Junta extraordinaria.

2. La Junta Extraordinaria se reunirá cuando el Presidente loestime conveniente a los intereses comunes, o cuando lo solicitena dicho Presidente socios que representen,al menos,el 20 por 100de las cuotas, debiendo expresarse en la solicitud los asuntos atratar.

3. Serán atribuciones de la Junta Extraordinaria, todas las noatribuidas a la ordinaria, o que sea necesario resolver antes de laconvocatoria de la misma.

Artículo 20.— Derecho de asistencia.

La asistencia está reservada a los socios o sus apoderadospudiendo efectuar la delegación, por escrito, en otro socio.

Artículo 21.— Convocatoria.

1. Las Juntas,serán convocadas por el Secretario por orden delSr. Presidente, mediante carta o fax, remitido a todos los socios,al domicilio que conste en los archivos de la Junta, cursados,cuando menos, con tres días de anticipación a la fecha de cele-bración.

2. La celebración de la Junta Extraordinaria a petición desocios habrá de ser convocada para tener lugar entre los quince ytreinta días siguientes a dicha solicitud.

3. Toda convocatoria de la Junta indicará lugar, día, hora de lareunión,así como,debidamente detallados para no inducir a error,los asuntos del orden del día.

4. La convocatoria de la Junta, en la que se sometan a aproba-ción gastos, ingresos, cuentas, informes de censores, memorias,derramas, proyectos o presupuestos, exige que estén los mismosa disposición del socio durante las horas de oficina en el despa-cho del Secretario-Asesor Jurídico de la misma,los tres días hábi-les anteriores a la Junta, para su análisis o fotocopiado.

Artículo 22.— Quórum de asistentes.

1. La Junta quedará válidamente constituida en primera con-vocatoria cuando concurran a ella, socios que representen, almenos el 51 por 100 de las cuotas. Se podrá iniciar una hora mástarde, en segunda convocatoria, si se halla presente un mínimo desocios que representen el treinta por ciento de las cuotas.

2. La Junta podrá celebrarse sin previa convocatoria, si estánpresentes, y por unanimidad acuerdan celebrarla y aceptan elorden del día, la totalidad de los socios. En cuanto a los acuerdosse adoptarán por el porcentaje establecido según los asuntos a tra-tar.

Artículo 23.— Régimen del desarrollo de la Junta.

1. Actuarán de Presidente y Secretario los designados paraello por la Junta.

2. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de cuotas,salvo que la legislación exija otro quórum.

3. Los acuerdos de la Junta serán inmediatamente ejecutivos.

Artículo 24.— Actas y certificaciones.

1. De cada reunión de la Junta,el Secretario levantará acta queserá enviada con la convocatoria de la reunión siguiente a todoslos socios. Si algún socio no la recibe o la precisa con anteriori-dad, podrá solicitar certificación de la misma que le será entrega-da dentro de los cinco días siguientes a la petición con la adver-tencia de no estar aprobada, y por ello, sujeta a modificacionesformales.

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2. Las actas se transcribirán en el Libro de Actas, debidamen-te firmadas y legalizadas por el Presidente y el Secretario.

3. Cualquier socio podrá pedir al Secretario que, con el vistobueno del Presidente,expida certificaciones de cualquier acta queserá expedida en el plazo de cinco días.

Artículo 25.— Composición.

Formará parte de la Junta, como vocal, el representante de laAdministración, la cual, además, podrá, si es de su interés, comopropietaria de cuotas, votar en la elección de vocales o designar alos que le correspondan.

Artículo 26.— Duración del cargo.

1. Vencido el plazo de nombramiento y hasta que se designepor la Junta sustituto o se proceda a la reelección, se entenderáautomáticamente prorrogada la vigencia del cargo o cargos ven-cidos.

2. En caso de fallecimiento o renuncia de uno o más compo-nentes de la Junta, se designarán por la misma entre los socios aquienes hayan de sustituirles.

3. La modificación de cargos se inscribirá en el Registro deEntidades Urbanístico Colaboradoras.

Artículo 28.— Régimen de sesiones.

1. La sesión será válida cuando concurra a la reunión, presen-te o representado, la mayoría del capital. La representación seotorgará, a alguno de los vocales, por escrito y para cada sesión.

2. Los acuerdos de la Junta serán adoptados por mayoría devotos de los vocales presentes y representados. En caso de empa-te se convocará nueva Junta, y si en la misma hubiera nuevamen-te empate, resolverá el socio mayoritario con voto de calidad.

Artículo 29.— Facultades del Presidente.

Son facultades del Presidente, convocar, presidir, suspender ylevantar las sesiones de la Junta y con el Tesorero, abrir, seguir ycancelar cuentas corrientes y toda clase de operaciones bancarias.

Las relaciones y comunicaciones entre la Administración y laJunta, se mantendrán a través del Presidente.

Artículo 30.— Facultades del Secretario.

Son facultades del Secretario, el asistir a todas las reunionesde la Junta, y levantar acta de las mismas, así como expedir certi-ficaciones de las actas y guardar bajo su responsabilidad los librosde actas y documentos de la Junta. Igualmente, asesorará en dere-cho a la Junta y a su Presidente, y redactará cuantos recursos oreclamaciones resulten pertinentes.

En caso de ausencia el Secretario será sustituido por el vocalmás joven del Consejo Rector.

Artículo 31.— Facultades del Asesor Fiscal-Tesorero.

Las facultades del Asesor Fiscal-Tesorero son las de llevar lacontabilidad y junto con el Presidente firmar la apertura, segui-miento y cierre de toda clase de operaciones bancarias y libra-miento de cheques y transferencias bancarias.

Artículo 32.— Medios económicos.

A) Serán ingresos de la Junta las cuotas de compensación delos socios legalmente aprobadas, las subvenciones, créditos,donaciones que se obtengan, los ingresos obtenidos por las ven-tas de bienes y servicios y las rentas y productos de su patrimo-nio.

B) Serán gastos de la Junta de Compensación,todos los nece-sarios para la constitución y administración de la misma, la reali-zación y conservación de las obras, realización de las gestiones yprestación de servicios que prescriba el planeamiento y la redac-ción y ejecución del Plan Pa rcial y de los Proyectos deUrbanización y Compensación.

Artículo 33.— Abono de las derramas o cuotas.

1. La Junta al aprobar las derramas que deben satisfacer lossocios integrados en la Junta de Compensación, definirá la formay condiciones de pago de aquéllas, siempre proporcionales a susrespectivas cuotas. A falta de acuerdos expreso deberán ingresar-se dentro de los 30 días hábiles siguientes a que les fueran notifi-cadas por carta certificada las cantidades a ingresar, plazos yrecursos que procedan.

2. Transcurrido el plazo otorgado para el pago, el socio moro-so incurrirá en el recargo del interés legal más dos puntos de lacantidad debida, cuyo interés se le aplicará desde el día en queterminó el plazo de pago en periodo voluntario hasta el día en quese ingrese el importe en las cuotas o derramas en la Junta.

3. No efectuado el pago, la Junta procederá contra el sociomoroso por vía de apremio formulando la petición correspon-diente al Ay u n t a m i e n t o , a cuyo efecto se expedirá por elSecretario de la Junta,con el visto bueno del Presidente, la corres-pondiente certificación de descubierto. Si el impago causase gra-ves perjuicios a la Junta por no poder realizar sus fines,podrá éstasolicitar del Ayuntamiento la incoación del expediente expropia-torio de los bienes del socio moroso, incluidos en el ámbito de laU.G. CNT.01-Contrueces.

Artículo 34.— Gastos de los miembros de la Junta.

Los miembros de la Junta tendrán derecho a que se les reem-bolsen los gastos ocasionados en el ejercicio de sus cargos,pudiendo la Junta, adoptar acuerdos al respecto retribuyendo eltiempo empleado en las gestiones realizadas.

Artículo 35.— Modificación de los Estatutos.

La modificación de los Estatutos deberá ser aprobada por másdel 60% de las cuotas, en Junta Extraordinaria y, requerirá laaprobación definitiva del Ayuntamiento y su inscripción en elRegistro de Entidades Urbanístico-Colaboradoras.

Artículo 36.— Ejecutividad.

Los acuerdos de los órganos sociales de la Junta deCompensación serán ejecutivos sin perjuicio de los recursos quecontra ellos puedan proceder. Los acuerdos que deban ser ratifi-cados o aprobados por la Administración o inscritos en elRegistro de Entidades Urbanístico-Colaboradoras, no tendránefectividad hasta su ratificación aprobación o inscripción.

Artículo 37.— Ejercicio de acciones.

Para el ejercicio por los socios de acciones de carácter admi-nistrativo contra la Junta de Compensación será necesaria la pre-via formalización del recurso de alzada ante el Ayuntamiento,dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha denotificación del acuerdo. En cuanto a competencia y jurisdicciónse estará en todo caso a lo que en cada supuesto señalen las res-pectivas leyes de procedimiento.

Artículo 38.— Disolución.

La Junta de Compensación se disolverá por el cumplimientode su objeto y fines,por transformación en Entidad Urbanística deConservación o por cancelación de la inscripción en el Registroprevio el correspondiente expediente administrativo si ha incum-plido sus fines. En todo caso, se exige la aprobación de la disolu-ción por el Ayuntamiento.

Artículo 39.— Liquidación.

Acordada válidamente por la Junta su disolución, facultará atres liquidadores para que por mayoría procedan a llevar a cabotodos los trámites necesarios para la liquidación de los bienes dela misma,con la correspondiente cancelación de su inscripción enel Registro de Entidades Urbanístico-Colaboradoras.

Artículo 40.— Destino del Patrimonio Común.

En los supuestos de que existiera patrimonio común, se distri-buirá entre los socios en proporción a las aportaciones efectiva-mente realizadas por los mismos.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 431

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Bases de Actuación de la Junta de Compensaciónde la U.E. CNT 01-Contrueces de Gijón

Primera.— Sistema de actuación.

La urbanización de la unidad de ejecución denominada U.E.CNT 01-Contrueces, Gijón, sita en la villa de Gijón, y delimitadasegún el Planeamiento aprobado definitivamente el día 14 deenero de 1999, por la Consejería de Fomento del Principado deA s t u ri a s , se llevará a efecto confo rme al Sistema deCompensación, regulado por los artículos de las Leyes sobreRégimen del Suelo y Ordenación Urbana de 9 abril 1976 y 26junio 1992, los artículos 157 y siguientes del Reglamento deGestión Urbanística y demás legislación urbanística aplicable,según los cuales los propietarios de los terrenos afectados, consolidaridad de beneficios y cargas participarán en la urbanizaciónaportando los terrenos de cesión obligatoria y costeando las obrasen las condiciones determinadas en el planeamiento.

En su consecuencia, el sistema de compensación obligará alos propietarios de la unidad a:

1. La cesión gratuita y libre de cargas al Municipio,de los sue-los para zonas verdes, viales, equipamientos, servicios,etc…

2. La realización de las obras de urbanización,a costa de todoslos propietarios del suelo.

3. La expropiación de los terrenos cuyos propietarios no seincorporen a la Junta de Compensación en los plazos legal-mente establecidos,así como los de aquellos miembros queincumplan gravemente sus obligaciones para con la Junta.

4. La justa distribución de beneficios y cargas entre todos lospropietarios.

Segunda.— Valoración de las fincas aportadas.

Los criterios para valorar los derechos de los propietarios, aefectos, tanto de soportar los gastos de urbanización, como de laredistribución de los terrenos susceptibles de aprovechamientoprivado, se determinarán en proporción a las aportaciones desuelo,considerándose su valoración homogénea en función de susrespectivas superficies.

Tercera.— Criterios de valoración de derechos reales, servi -dumbres prediales y derechos personales existentes sobre las fin -cas.

1. La valoración se efectuará de acuerdo con los criterios queestablece la Ley de Expropiación Forzosa, debiendo, a su costa,los propietarios de los terrenos afectados regular la situacióndominical de las fincas, liberándolas de todo tipo de cargas, gra-vámenes y arrendamientos.

2. Los derechos reales y gravámenes compatibles con el pla-neamiento urbanístico y con el proyecto de compensación semantendrán en las nuevas parcelas resultantes o en la partici-pación indivisa que se adjudique el propietario.

3. Si el titular no interpone la correspondiente acción para laliberación de las cargas incompatibles con la realización del pla-neamiento urbanístico, una vez que haya transcurrido un mesdesde el requerimiento hecho por la Junta al propietario, la Juntapodrá interponer por sí misma el correspondiente proceso, reper-cutiendo asimismo los gastos que fueren procedentes y necesariosal propietario,incluso la indemnización si procediera o fuera con-veniente a los intereses de la Junta, pudiendo transaccionar porcuenta del propietario con el ocupante arrendatario o titular decualquier derecho incompatible con el planeamiento.

Cuarta.— Criterios de valoración de edificaciones, obras einstalaciones que deban derruirse o demolerse.

Las plantaciones, obras, edificaciones, instalaciones, activida-des industriales o comerciales que hayan de desaparecer, demo-lerse o destruirse, se valorarán según la Ley de ExpropiaciónForzosa.

Quinta.— Criterio de valoración de aportaciones de empre -sas urbanizadoras en su caso.

De incorporarse en la Junta, empresa o empresas urbanizado-ras, la Junta determinará la cuota de suelo urbanizado que le o lescorresponderá en función del valor de las obras que ejecuten y elvalor que se atribuya al suelo de la unidad de ejecución.

Sexta.— Procedimiento para contratar la ejecución de obrasde urbanización o edificación, en su caso.

La Junta aprobará las obras a realizar y facultará al Presidentepara que anuncie en un periódico de gran circulación en la pro-vincia la obra a realizar y el presupuesto, según el Proyecto deUrbanización y una vez presentadas las correspondientes ofertas,seleccionará la que estime más conveniente justificando la elec-ción, archivando todas las ofertas y haciendo constar en el librode actas los motivos de la elección. En el contrato de ejecución setendrá en cuenta lo establecido en el artículo 176 del Reglamentode Gestión.

Séptima.— Criterios y forma de valoración de las fincasresultantes en función del aprovechamiento de la Unidad deActuación.

Las superficies de aprovechamiento urbanístico tendrán elmismo valor siempre que estén calificadas para desarrollar elmismo uso, correspondiendo a todos los titulares del aprovecha-miento edificatorio privado la cuota de propiedad proporcionalque resulte de su aportación para cada uno de los usos que con-temple el planeamiento.

La Junta establecerá la valoración de los distintos usos, res-pecto al coeficiente 100 que será el uso mayoritario de la unidadde actuación. En lo posible se adjudicará a todos los propietariosfincas o participaciones en todos los usos, salvo que la adjudica-ción a todos los propietarios de todos los usos dificulte la realiza-ción urbanística.

Octava.— Reglas para la adjudicación de fincas resultantesde la compensación.

La adjudicación será proporcional a las superficies de terrenoaportado procurándose, siempre que sea posible, que las fincasresultantes estén situadas en el lugar más próximo posible al lugarque ocupaban aquellas de las que traen causa.

Novena.— Supuesto de adjudicación en copropiedad.

Cuando por su cuota de participación en la propiedad de launidad a algún propietario no le alcance para adjudicarle la super-ficie de una parcela mínima en propiedad, podrán serle adjudica-das cuotas indivisas de una parcela, procurándose siempre elmínimo número de copropietarios tratándose de adjudicar enproindiviso antes que mediante compensación en metálico, salvoque la cuota indivisa a adjudicar sea inferior al quince por ciento.

Décima.— Supuesto de compensación a metálico en las dife -rencias de adjudicación.

En los supuestos en que sea inevitable la compensación enmetálico, ésta se producirá en función de valor atribuido a cadauno de los usos de la unidad.

Decimoprimera.— Supuestos de incumplimiento de obliga -ciones, que darán lugar a expropiaciones de bienes y derechos.

El incumplimiento que dará lugar a la expropiación será la rei-terada falta de pago de las cuotas o derramas que se establezcanpara todos los miembros de la Junta o cuando el impago de lacuota del miembro moroso cause graves perjuicios a la Junta porla importancia de su cuantía.

No podrá iniciarse el procedimiento de expropiación antes detranscurridos treinta días hábiles desde el requerimiento de pagoefectuado por la Junta. El procedimiento será dejado sin efecto siantes del acta de ocupación abona el principal, intereses, gastos yrecargos.

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Decimosegunda.— Criterios para la valoración de los inmue -bles en el supuesto de ser éstos vendidos por la Junta.

La Junta en su momento aprobará los precios de venta o alqui-ler de los inmuebles propiedad de la Junta.

Decimotercera.— Forma y plazos para llevar a efecto lasaportaciones a la Junta de Compensación.

La Junta de Compensación confeccionará el Proyecto deCompensación en el que se especificará el presupuesto generalpara la ejecución de las obras de urbanización, proyectos y ges-tiones administrativas, y cuantía que cada socio deberá abonar.Las aportaciones se realizarán en la forma establecida en los esta-tutos o en la forma que determine la Junta.

Decimocuarta.— Reglas para la distribución de beneficios ypérdidas.

Dada la naturaleza de la Junta no se prevé la existencia ni debeneficios ni de pérdidas, sino que tan sólo se efectuarán derra-mas para cubrir los gastos de urbanización y de administración.En caso de existir beneficios o pérdidas, se distribuirán entre lossocios proporcionalmente a sus respectivas participaciones.

Decimoquinta.— Momento en que puede realizarse la edifica -ción sobre los solares resultantes.

La Junta no establecerá ninguna limitación en relación a lapetición de licencias de edificación, siendo el Ayuntamiento quiendeterminará a partir de cuándo sea posible obtenerlas una vezconstituida e inscrita la Junta y ap robado el Proyecto deCompensación.

Decimosexta.— Exacción de las cuotas de conservación.

Una vez finalizadas las obras de urbanización, ejecutadastodas las obligaciones establecidas en el planeamiento y desarro-llado correspondiente Proyecto de urbanización,se formalizará lacesión definitiva de la urbanización al Ayuntamiento, disolvién-dose acto seguido la Junta que pasará, si la mayoría de sus miem-bros así lo decide, a convertirse en una Entidad Urbanística deConservación, o se procederá a su disolución de acuerdo con losEstatutos.

Hasta la disolución de la Entidad o recepción definitiva de lasobras por el Ayuntamiento los gastos de Conservación de lasobras correrán de cargo de la Junta.

En Gijón, a 16 de diciembre de 1999.—La Alcaldesa.—21.092.

DE LAVIANA

Anuncio

Por Resolución de Alcaldía número 99/1.465 de 21 de diciem-bre y por mediar causa legal de abstención, han sido delegadas endon Tomás García Alvarez, Teniente de Alcalde, las competenciaspara cualquier actuación relativa al “Proyecto de urbanización dela zona industrial de El Sutu de Pola de Laviana”.

En Pola de Lav i a n a , a 21 de diciembre de 1999.—ElConcejal-Delegado.—21.165.

DE MIERES

Edicto

Por don José Emilio Rodríguez González, con domicilio encalle La Vega, nº 49-bajo (Mieres), se solicita licencia para aper-tura de actividad de cocción de pasta ultracongelada y venta depan y fiambres, por ampliación de actividad, a instalar en calle LaVega, nº 49-bajo (Mieres).

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 30,apartado 2-a) del Reglamento de 30 de noviembre de 1961 sehace público para que los que pudieran resultar afectados por talactividad puedan formular las observaciones pertinentes en el

plazo de diez días hábiles, a contar de la inserción del presenteedicto en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

En Mieres, a 9 de septiembre de 1999.—El Alcalde.—21.166.

— •—

Anuncios

• Entidad adjudicadora:

Ayuntamiento de Mieres, Negociado de Contratación.

Domicilio: Plaza de la Constitución, s/n, Mieres.

Teléfono: 985 46 61 11.

Fax: 985 46 45 29.

• Objeto del contrato:

Contratación de las obras de Red de colectores para laCeposa (Turón).

• Tramitación:

La tramitación será ordinaria, el procedimiento abierto, laforma de adjudicación la subasta.

• Presupuesto base de licitación:

6.581.167 pesetas (I.V.A. incluido).

• Garantía provisional:

131.623 pesetas.

• Documentación e información:

Entre las 9 y 14 horas, en el plazo de 26 días naturales a par-tir del siguiente al de la publicación de este anuncio en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, se podrápresentar la documentación exigida en el artículo 11º delPliego de Condiciones Económico-Administrativas en elRegistro General del Ayuntamiento. La información relativaa este contrato así como los Pliegos de CondicionesEconómico-Administrativas, se facilitarán en el Negociadode Contratación durante el plazo señalado en el párrafo ante-rior, pudiendo los interesados en un plazo de 8 días presen-tar reclamaciones a los mismos.

• Ofertas:

El licitador deberá mantener su oferta durante el plazo de 20días a contar desde la apertura de las proposiciones.

• Gastos de anuncio:

Correrán a cargo del adjudicatario.

• Modelo de proposición:

El que figura en el artículo 12º del Pliego de CondicionesEconómico-Administrativas.

En Mieres, a 21 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.167.

— • —

• Entidad adjudicadora:

Ayuntamiento de Mieres, Negociado de Contratación.

Domicilio: Plaza de la Constitución, s/n, Mieres.

Teléfono: 985 46 61 11.

Fax: 985 46 45 29.

• Objeto del contrato:

Suministro e instalación de juegos infantiles en el Bº SanJosé de Ujo.

• Tramitación:

La tramitación será ordinaria, el procedimiento abierto, laforma de adjudicación el concurso.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 433

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• Presupuesto base de licitación:

5.995.389 pesetas (I.V.A. incluido).

• Garantía provisional:

119.907 pesetas.

• Documentación e información:

Entre las 9 y 14 horas, en el plazo de 26 días naturales a par-tir del siguiente al de la publicación de este anuncio en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, se podrápresentar la documentación exigida en el artículo 5º delPliego de Condiciones Económico-Administrativas en elRegistro General del Ayuntamiento. La información relativaa este contrato así como los Pliegos de CondicionesEconómico-Administrativas, se facilitarán en el Negociadode Contratación durante el plazo señalado en el párrafo ante-rior, pudiendo los interesados en un plazo de 8 días presen-tar reclamaciones a los mismos.

• Ofertas:

El licitador deberá mantener su oferta durante el plazo de 3meses a contar desde la apertura de las proposiciones.

• Gastos de anuncio:

Correrán a cargo del adjudicatario.

• Modelo de proposición:

El que figura en el Anexo I del Pliego de CondicionesEconómico-Administrativas.

En Mieres,a 21 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.168.

— • —

• Entidad adjudicadora:

Ayuntamiento de Mieres, Negociado de Contratación.

Domicilio: Plaza de la Constitución, s/n, Mieres.

Teléfono: 985 46 61 11.

Fax: 985 46 45 29.

• Objeto del contrato:

C o n t ratación de las obras de ampliación del Pab e l l ó nPolideportivo Mieres-Sur.

• Tramitación:

La tramitación será ordinaria, el procedimiento abierto, laforma de adjudicación la subasta.

• Presupuesto base de licitación:

18.871.326 pesetas (I.V.A. incluido).

• Garantía provisional:

377.426 pesetas.

• Documentación e información:

Entre las 9 y 14 horas, en el plazo de 26 días naturales a par-tir del siguiente al de la publicación de este anuncio en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, se podrápresentar la documentación exigida en el artículo 11º delPliego de Condiciones Económico-Administrativas en elRegistro General del Ayuntamiento. La información relativaa este contrato así como los Pliegos de CondicionesEconómico-Administrativas, se facilitarán en el Negociadode Contratación durante el plazo señalado en el párrafo ante-rior, pudiendo los interesados en un plazo de 8 días presen-tar reclamaciones a los mismos.

• Ofertas:

El licitador deberá mantener su oferta durante el plazo de 20días a contar desde la apertura de las proposiciones.

• Gastos de anuncio:

Correrán a cargo del adjudicatario.

• Modelo de proposición:

El que figura en el artículo 12º del Pliego de CondicionesEconómico-Administrativas.

En Mieres,a 21 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.169.

— • —

• Entidad adjudicadora:

Ayuntamiento de Mieres, Negociado de Contratación.

Domicilio: Plaza de la Constitución, s/n, Mieres.

Teléfono: 985 46 61 11.

Fax: 985 46 45 29.

• Objeto del contrato:

Contratación de las obras de mejora del firme de la carreterade acceso al Area Recreativa de Los Felechos (Mieres).

• Tramitación:

La tramitación será ordinaria, el procedimiento abierto, laforma de adjudicación la subasta.

• Presupuesto base de licitación:

9.500.000 pesetas (I.V.A. incluido).

• Garantía provisional:

190.000 pesetas.

• Documentación e información:

Entre las 9 y 14 horas, en el plazo de 26 días naturales a par-tir del siguiente al de la publicación de este anuncio en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, se podrápresentar la documentación exigida en el artículo 11º delPliego de Condiciones Económico-Administrativas en elRegistro General del Ayuntamiento. La información relativaa este contrato así como los Pliegos de CondicionesEconómico-Administrativas, se facilitarán en el Negociadode Contratación durante el plazo señalado en el párrafo ante-rior, pudiendo los interesados en un plazo de 8 días presen-tar reclamaciones a los mismos.

• Ofertas:

El licitador deberá mantener su oferta durante el plazo de 20días a contar desde la apertura de las proposiciones.

• Gastos de anuncio:

Correrán a cargo del adjudicatario.

• Modelo de proposición:

El que figura en el artículo 12º del Pliego de CondicionesEconómico-Administrativas.

En Mieres,a 21 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.170.

DE NAVA

Edicto

Habiéndose solicitado de esta Alcaldía por doña CarmenMaría Ordóñez Vi gi l , en rep resentación de Pro m o c i o n e sCastañera, S.L., licencia municipal para la instalación de unasidrería en la calle La Barraca, nº 23-bajo (Nava), cumpliendo lodispuesto por el apartado a) del número 2, del artículo 30 delReglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas yPeligrosas, de 30 de noviembre de 1961, se somete a informaciónpública por un periodo de 10 días hábiles,que contará desde el díasiguiente al de la inserción de este edicto en el BOLETINOFICIAL del Principado de Asturias, a fin de que durante elmismo pueda examinarse el expediente en la Secretaría de este

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Ayuntamiento, por las personas que de algún modo se considerenafectadas por la actividad que se pretende instalar y puedan for-mular por escrito las reclamaciones u observaciones que se esti-men oportunas.

En Nava, a 23 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.210.

DE NAVIA

Edictos

Se ha interpuesto Recurso Contencioso-Administrativo núme-ro 592/1999 ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo delTribunal Superior de Justicia de Asturias, por don Juan RíoAlvarez y tres más,contra este Ayuntamiento sobre el Plan Parcialde “As Veigas”.

Por el presente se emplaza a los interesados en el procedi-miento, a fin de que puedan comparecer en Autos en nueve días,todo ello en cumplimiento a lo establecido en el artículo 49 de laLey Jurisdiccional.

En Navia, a 27 de diciembre de 1999.—El Primer Teniente deAlcalde.—21.211.

— • —

Habiéndose solicitado de esta Alcaldía por Repsol Butano,S.A., licencia municipal para instalación depósito gas aéreo enazotea edificio 16, viviendas a emplazar en Avda. Carlos Peláez,nº 20-A (Navia), cumpliendo lo dispuesto por el apartado a), deln ú m e ro 2, del artículo 30 del Reglamento de A c t iv i d a d e sMolestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, de 30 de noviembrede 1961 y de conformidad con el artículo 86 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas, se somete a información pública por periodo de veintedías hábiles,a fin de que durante el mismo —que empezará a con-tarse desde el día siguiente al de la inserción del presente edictoen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias— puedaexaminarse el expediente (número 877/99), en la Secretaría deeste Ayuntamiento, por las personas que de algún modo se consi-deren afectadas por la actividad que se pretende instalar y formu-lar por escrito las reclamaciones u observaciones que se estimenoportunas.

En Navia, a 23 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.212.

— • —

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Resolución de la Alcaldía de fecha 17 de diciembre de 1999,por la que se aprueban las bases para la provisión de las plazasde funcionarios incluidas en la Oferta de Empleo Público de1999.

Primera.— Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propie-dad, como funcionario de carrera y por los procedimientos deselección que se indiquen en el Anexo I de estas bases,de las pla-zas de funcionarios, vacantes en plantilla e incluidas en la Ofertade Empleo Público del Ayuntamiento de Navia de 1999.

En el Anexo I se detallan las características particulares de lasplazas que se convocan, con indicación de la escala, subescala yclase a que pertenecen según Ley 30/1984.

A la presente convocatoria le serán de aplicación las disposi-ciones contenidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidaspara la Reforma de la Función Pública; Ley 7/1985, de 2 de abril,de Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986,de 18 de abril; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el quese establecen reglas básicas y programas mínimos a que han deajustarse los procedimientos de selección de los funcionarios dela Administración Local; Decreto 68/1989, de 4 de mayo, delPrincipado de Asturias, por el que se aprueba el Reglamento de

Selección e Ingreso del Personal, en relación con el Decreto83/1990, por el que se modifica parcialmente el anterior y, concarácter supletorio, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,por el que se ap ru eba el Reglamento General de Ingre s o ,Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de losFuncionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Segunda.— Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la práctica de las pruebas de selección,será necesario:

a) Ser español, sin perjuicio de lo previsto en la Ley 17/1993y Real Decreto 800/1995 que la desarrolla.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido aúnlos cincuenta y cinco o la edad específica que pudiera reco-gerse en los anexos, en su caso.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida eldesempeño de las correspondientes funciones.

d) Estar en posesión del título exigido para el ingreso en elgrupo correspondiente, conforme a lo establecido en el artí-culo 23 de la Ley 30/1984 o en condiciones de obtenerlo enla fecha de finalización del plazo de presentación de ins-tancias.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallar-se inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibi-lidad, con arreglo a la legislación vigente en el momento.Dicho requisito se entiende ha de ir referido a la fecha detoma de posesión, en su caso.

Tanto estas condiciones como las específicas que pudieranseñalarse en el anexo a la convocatoria estarán referidas, comofecha límite, a la de finalización del plazo de presentación de ins-tancias.

Tercera.— Presentación de instancias.

1. Las instancias solicitando tomar parte en la convocatoria,seformularán por escrito y se presentarán en el plazo de los veintedías naturales siguientes al de publicación de la convocatoria enel Boletín Oficial del Estado.

2. Las solicitudes se presentarán en el Regi s t ro delAyuntamiento (Secretaría) de 9,30 a 13,30 horas,en el plazo indi-cado y sin perjuicio todo ello de que pueda hacerse uso de lo pre-visto en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en orden a remitir la instancia y abonar los derechos deexamen.

3. Las solicitudes de admisión a estas pruebas, que irán diri-gidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Navia y enlas que se hará constar que se reúnen todos y cada uno de losrequisitos exigidos en las bases de la convocatoria, referidos a lafecha en que finaliza el plazo de presentación, se formularán enmodelo Anexo II, que se publicará, junto con la convocatoria, enel BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Las peticiones de admisión a la práctica de las pruebas que nose ajusten a dicho modelo determinarán la exclusión del aspiran-te de la lista de admitidos y excluidos, pudiendo procederse a lasubsanación del defecto en el plazo que se conceda al efecto.

4. A la instancia se acompañará:

a) Justificante de haber ingresado en la Caja Municipal,Tesorería del Ayuntamiento, la cantidad que en concepto dederechos de examen se fija para cada prueba, cantidad queserá devuelta en caso de exclusión del interesado y cuyacuantía se establecerá en el Anexo I.

b) Los documentos específicos de cada plaza que figuran en elAnexo I. Dichos documentos podrán ser compulsados en elpropio Ayuntamiento mediante la presentación del originalacompañado de las copias.

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Cuarta.— Trámite de admisión.

1. Expirado el plazo de presentación de instancias, l aAlcaldía-Presidencia decretará, en el plazo de un mes, la aproba-ción de la lista de admitidos y excluidos a la práctica de las prue-bas.

2. La Resolución del apartado anterior se publicará en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias e indicará loslugares en que se encuentren expuestas al público las listas certi-ficadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, con indi-cación del plazo de subsanación que, conforme al artículo 71 dela Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, se concede a los aspi-rantes excluidos, determinación del lugar y fecha de comienzo delos ejercicios y composición del tribunal calificador.

Quinta.— Tribunal calificador.

1. El tribunal calificador de las pruebas se ajustará a lasiguiente composición:

Presidente: El Alcalde-Presidente o Concejal en quien dele-gue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario o funcionariosque le sustituyan.

Vocales:

a) Uno, a propuesta del Instituto Asturiano de AdministraciónPública.

b) El Director o Jefe del Servicio dentro de la especialidad o,en su defecto, un técnico o experto designado por elPresidente de la Corporación.

c) Dos técnicos o expertos designados por el Presidente de laCorporación.

d) Un representante del personal, a propuesta del órgano derepresentación sindical correspondiente.

e) Un Concejal, en representación de uno de los grupos políti-cos.

Los miembros del tribunal serán designados con sus respecti-vos suplentes. Igualmente podrá disponerse la incorporación a lostrabajos del tribunal de asesores especialistas para todas o algunade las pruebas, limitándose su actuación al asesoramiento en susespecialidades técnicas.

2. Los miembros del tribunal habrán de responder al principiode especialidad y, para constituirse y actuar, habrán de estar pre-sentes, al menos, la mitad más uno.

3. El tribunal está facultado para resolver cualquier incidenciano prevista en estas bases o en la legislación aplicable para tomarlos acuerdos necesarios para el cumplimiento de lo prevenido enellas y normativa complementaria.

4. El tribunal deberá resolver cualquier reclamación que not e n ga carácter de re c u rs o , s i e m p re que se fo rmule ante elSecretario del mismo antes de la calificación de la prueba corres-pondiente, inmediatamente antes de comenzar la prueba siguien-te o antes de su disolución con firma del acta final.

Los recursos se interpondrán conforme al artículo 110 yc o n c o rdantes de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

Sexta.— Pruebas selectivas: Inicio, clase y desarrollo.

1. En el Anexo I se indican las pruebas selectivas que en cadacaso corresponden.

2. La convocatoria para la realización de los ejercicios se efec-tuará en llamamiento único, salvo causa de fuerza mayor, acredi-tada, que apreciará el tribunal resolviendo lo que proceda, que-dando eliminados quienes no comparecieran.

3. El primer ejercicio se realizará previo llamamiento en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, conforme a loestablecido en la base 4ª.2,debiendo transcurrir un mínimo de unmes desde la publicación de dicho anuncio y el inicio de las prue-bas y para los siguientes mediante anuncio en el lugar donde sehaya celebrado la prueba anterior, al hacer pública la calificaciónde la misma, con antelación de cuarenta y ocho horas, conside-rándose a estos efectos el conjunto de dos ejercicios o más queformarán parte de una misma prueba práctica como uno solo. Sifuera necesario continuar el ejercicio, el anuncio de llamamientose hará público con antelación mínima de doce horas.

4. Entre el final de una prueba y el comienzo de la siguiente,con carácter general, se observará un intervalo mínimo de dosdías y máximo de veinte .

No obstante lo anterior, el tribunal podrá decidir otro ritmo decelebración de las pruebas y, a instancia de todos los aspirantespresentes, podrá reducir los intervalos mínimos previstos en losapartados 2 y 3 de esta base.

5. En caso de fuerza mayor la interrupción será la menor posi-ble.

6. Finalizada la calificación de cada ejercicio, se hará públicaen el local donde se realicen las pruebas y en el tablero de edic-tos de la Casa Consistorial,mediante lista de aspirantes,por ordenalfabético de participación.

7. Finalizada la fase de oposición en su conjunto, se harápública la calificación global de la misma para lo que se efectua-rá la media de las puntuaciones obtenidas en cada prueba,hacién-dose pública la calificación final por orden de puntuaciones obte-nidas por los opositores.

8. A efectos de fijar el orden de actuación de los opositores seestará al resultado del sorteo público efectuado el día 23 de sep-tiembre de 1998 por el Instituto Asturiano de AdministraciónPública “Adolfo Posada”, iniciándose los llamamientos por aque-llos cuyo primer apellido comience por la letra “H”.

Séptima.— Sistema de calificación.

1. Todos los ejercicios, salvo que en los anexos se determineotra cosa, tienen carácter obligatorio y eliminatorio. Cada miem-bro del tribunal calificará hasta un máximo de diez puntos, que-dando eliminados los opositores que no alcancen un mínimo decinco puntos,en cuyo caso,el tribunal podrá hacer pública la cali-ficación con la simple mención de “no apto”.

2. La puntuación de cada ejercicio se obtendrá sumando lasotorgadas por todos y cada uno de los miembros del tribunal quese hallen presentes, excluido el Secretario del mismo, y dividien-do por el número de éstos. Las calificaciones extremas que otor-guen los miembros del tribunal,cuando disten entre sí más de dosenteros, quedarán eliminadas, apreciándose únicamente las res-tantes, entre las que se hará la media, conservándose igualmentelas propuestas de los asesores, cuando los hubiera.

Las calificaciones otorgadas, aunque no se recoja en el actamás que la media, se conservarán como anexo a la misma.

3. La suma de la puntuación dará la puntuación total que serápublicada por orden de mayor a menor en el tablón de anunciosdel Ayuntamiento con propuesta concreta de aspirantes seleccio-nados para ser nombrados.

En cualquier cuestión que se suscite sobre los derechos queconfiere esta puntuación, se respetará lo dispuesto en el artículo18 de la Ley 30/1984.

4. En caso de empate en la puntuación final, se realizará unejercicio, de carácter voluntario, que determinará la propuesta denombramiento del tribunal y que versará sobre un tema del pro-grama, elegido por sorteo entre los que hayan sido expuestos conanterioridad y que pertenezcan a la parte especial del mismo. Encaso de no existir temario, la materia será determinada discrecio-nalmente por el tribunal, si bien habrá de ir referida a aspectos

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que sean propios de las funciones encomendadas a la plaza de quese trate.

Octava.— Documentación necesaria.

1. El aspirante propuesto deberá aportar, en plazo de veintedías naturales, contados desde la publicación de la calificaciónfinal y sin necesidad de mayor requerimiento, la siguiente docu-mentación acreditativa de las condiciones declaradas:

a) Partida de nacimiento.

b) Título, declarado mediante original con fotocopia para sucompulsa, copia autorizada mediante fedatario competentepor razón de la materia o recibo acreditativo del pago de losderechos de examen para su expedición. En cualquier caso,deberá constar el derecho a la obtención del título antes dela finalización del plazo de presentación de instancias. Lasequivalencias o convalidaciones serán acreditadas y resuel-tas por el Ministerio de Educación y Ciencia, pero deberáconstar el citado derecho a la obtención del título como seexpuso anteriormente.

c) Certificado médico expedido por la Mutua o Entidad sani-taria que designe el Ayuntamiento, acreditativo de no pade-cer enfermedad o defecto físico que impida el normaldesempeño de la plaza.

d) Declaración jurada o bajo personal responsabilidad, acredi-tativa de los requisitos y condiciones enumerados en losapartados e) y f) de la base segunda.

e) Declaración complementaria de conducta ciudadana, segúnLey 68/1980.

Cualquier ocultación maliciosa de circunstancias sobreveni-das a la fecha de expedición de estos documentos y que origine suineficacia será causa de revisión del nombramiento, conforme alTítulo VII de la Ley de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común. Este nom-bramiento sólo será válido en cuanto el propuesto no se halleincurso en causa de incapacidad o incompatibilidad.

2. Si hubiera minusvalía o discapacidad, la compatibilidad sea c reditará mediante cert i ficación del Instituto Nacional deServicios Sociales u organismo que haya asumido su competen-cia en la materia.

3. Quienes ya tuvieran la condición de funcionarios públicoso personal contratado por tiempo indefinido al servicio de cual-quier Administración Pública, estarán exentos de acreditar losrequisitos que ya lo hayan sido para obtener su anterior nombra-miento o contratación, debiendo presentar únicamente certifica-ción del organismo del que dependan, acreditando su condición ydemás circunstancias que obren en su expediente personal.

4. Los propuestos para nombramiento deberán aportar igual-mente, dentro del plazo concedido por esta base, la documenta-ción específica que pueda ser solicitada para determinado tipo deplazas, salvo que ya la hubiera presentado en trámite de admisiónde instancias.

Novena.— Propuesta, nombramiento y toma de posesión.

1. Inmediatamente después de la calificación final, el tribunalhará pública la relación de aprobados, en su caso, y elevará pro-puesta de nombramiento en favor de los mismos al órgano com-petente.

2. El tribunal no puede proponer más aspirantes para nombra-miento que el número de vacantes,según convocatoria, por lo quelos aprobados, a tal efecto, no excederán de dicho número. Noobstante, reseñará los siguientes aprobados y los propondrá ensustitución de aquéllos, por orden de puntuación, para el supues-to de que alguno de los propuestos no reúna los requisitos legalesestablecidos en la convocatoria.

No obstante lo anterior, si se tratara de provisión de puestos detrabajo de la plantilla laboral, los aprobados podrán sustituir a lospropuestos, según orden de puntuación,en el caso de que las con-

diciones alegadas para admisión no se acrediten en plazo, o si nollegara a firmarse el contrato por motivos imputables al opositor,siempre que no puedan asimilarse a mera renuncia a favor de ter-cero.

Igualmente, el Ayuntamiento podrá acudir, en caso de quefuera necesario, a contratar a aquellos aspirantes que habiendosuperado las pruebas selectivas correspondientes no hubieranobtenido plaza, sin perjuicio de que dicha opción finalice conmotivo de la celebración de nuevas pruebas.

3. El órgano competente, Alcaldía-Presidencia, procederá alnombramiento de los propuestos, sin perjuicio de lo dispuesto enel Título VII de la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, en plazo de dos meses y una vez aportada por los intere-sados la documentación requerida en la base octava.

4. Si la convocatoria hubiera establecido la realización de cur-sos de formación teórico-práctica, los aspirantes propuestos seránnombrados o contratados como personal en prácticas. El nombra-miento como funcionario de carrera sólo podrá realizarse una vezsuperados con aprovechamiento dichos cursos. Quienes no losuperasen podrán incorporarse al que se realice en virtud de laconvocatoria inmediata posterior. Caso de no superar este segun-do curso, perderá el derecho al nombramiento o contratación.

5. Quien resulte nombrado deberá tomar posesión en plazo nosuperior a un mes, desde la notificación del nombramiento, salvocausa justificada de prórroga.

6. El nombramiento o la contratación se publicarán en elBOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Décima.— Derecho supletorio.

En todo lo no previsto en las presentes bases, será de aplica-ción el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se esta-blecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debeajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios deAdministración Local; Decreto 68/1989, de 4 de mayo, delPrincipado de Asturias, por el que se aprueba el Reglamento deSelección e Ingreso del Pe rsonal de la A d m i n i s t ración delPrincipado de Asturias,en relación con el Decreto 83/1990,por elque se modifica parcialmente el anterior; Real Decreto 364/1995,de 10 de marzo, por el se aprueba el Reglamento General deI n gre s o , P rovisión de Puestos de Trabajo y Pro m o c i ó nProfesional de los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado; Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre elacceso a determinados sectores de la función pública de losnacionales de los demás Estados miembros de la ComunidadEuropea; Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,Administrativas y de Orden Social y demás legislación que resul-te de aplicación, aún con carácter supletorio.

Anexo I

Plantilla de funcionarios:

1. Denominación:Agente de la Policía Local.

Grupo: D.

Ti t u l a c i ó n : B a chiller Elemental, G raduado Escolar,Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

Escala:Administración Especial.

Subescala: Servicios Especiales.

Clase: Policía Local.

Nivel de complemento de destino: 16.

Número de plazas: Dos.

Sistema de provisión: Oposición libre.

Derechos de examen: Mil quinientas pesetas.

Categoría del tribunal: Cuarta.

Límite de edad: No haber cumplido los treinta años a lafecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

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Otros requisitos: Estar en posesión de los permisos de con-ducir de las clases A, B y BTP, debiendo presentarse copiade los mismos con la instancia, acompañados del originalpara su compulsa.

Tribunal calificador: El previsto en las bases comunes, elcual contará además con asesores para las pruebas de atle-tismo y aptitud psico-social y con un facultativo médico.

Funciones: Las establecidas en el artículo 53 de la LeyOrgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ydemás disposiciones que resulten de aplicación.

Ejercicios: Las pruebas de la oposición constarán de lossiguientes ejercicios,de carácter obligatorio y eliminatorio:

A. Prueba de aptitud física:

a) Con carácter previo se realizará la prueba correspondientepara comprobar los requisitos de talla y peso previstos en elapartado A del “Cuadro de exclusiones médicas”.

b) Realización de los siguientes ejercicios por el orden quedetermine el tribunal:

1. Carrera de velocidad sobre cien metros. Se realizará endos intentos, siendo la marca máxima admitida de cator-ce segundos.

2. Carrera de resistencia sobre dos mil metros. Se realizaráen un sólo intento, siendo la marca máxima admitida deocho minutos.

3. Trepa de cuerda con presa de pie. Se realizará en dosintentos, debiendo alcanzarse una altura mínima de cincometros, medidos sobre la marca de comienzo de la prue-ba.

La prueba quedará invalidada cuando no se alcance conambas manos la altura exigida o cuando se pare para des-cansar durante la trepa.

4. Salto de longitud. Se realizará en dos intentos, siendo lamarca mínima exigida de cuatro metros.

5. Salto de altura. Se admitirán tres intentos, siendo lamarca mínima exigida de un metro.

B. Prueba de aptitud intelectual:

Consta de dos apartados a desarrollar en un tiempo máximode una hora cada uno de ellos.

a) Ejercicio de carácter práctico: Consistirá en resolver porescrito uno o varios supuestos prácticos relacionados, aun-que no necesariamente coincidentes, con las materias espe-cíficas del programa y con las tareas propias del puesto detrabajo.

b) Ejercicio de carácter teórico: Consistirá en contestar porescrito un cuestionario de preguntas relacionadas con elsiguiente Programa:

Materias comunes:

1. La Constitución Española de 1978:Principios generales. ElEstado de Derecho. Los derechos y deberes fundamentales en laConstitución Española. El sistema de garantías de las libertades yderechos fundamentales. Suspensión de los derechos y libertades.El Tribunal Constitucional.

2. La Corona. Las Cortes Generales: Composición y funcio-nes. Organos dependientes de las Cortes Generales: El Defensordel Pueblo y el Tribunal de Cuentas. El Poder Ejecutivo. ElGobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y lasCortes Generales. El Poder Judicial. Organización judicial espa-ñola. El Consejo General del Poder Judicial.

3. La organización territorial del Estado Español: Principiosconstitucionales. La A d m i n i s t ración Local. El Municipio:C o n c epto y elementos esenciales. Haciendas locales.C l a s i ficación de los ingresos. Ordenanzas fiscales. LosPresupuestos Locales.

4. Las Comunidades Autónomas. La Comunidad Autónomadel Principado de Asturias. El Estatuto de Autonomía paraAsturias. Competencias. Organos institucionales: Junta General,Presidente y Consejo de Gobierno.

5. Las Fuentes del Derecho en el Ordenamiento JurídicoEspañol. El Derecho comunitario. La Ley. Normas del Gobiernocon fuerza de Ley. El Reglamento: Concepto y clases. El actoadministrativo: Concepto, clases y elementos. Los recursos admi-nistrativos: Objeto y clases.

Materias específicas:

1. La Ley Orgánica 1/1992,de 21 de febrero,sobre Protecciónde la Seguridad Ciudadana.

2. La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas yCuerpos de Seguridad.

3. La Ley del Principado de Asturias 6/1988, de 5 de diciem-bre, de Coordinación de Policías Locales,Relaciones de la PolicíaMunicipal con otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

4. Las Ordenanzas Municipales: Concepto, antecedentes ycontenido. Cumplimiento de las Ordenanzas Municipales.Derechos de los ciudadanos. Deberes y prohibiciones. Clases deordenanzas. Trámite de aprobación.

5. Personal al servicio de las Corporaciones Locales, conespecial referencia a la Policía Municipal. Adquisición y pérdidade la condición de funcionario. Situaciones. Derechos y deberes.Incompatibilidades. Régimen disciplinario.

6. La Protección Civil: Antecedentes históricos y normativalegal. La Policía Municipal y la Protección Civil. Competenciasde los concejos en materia de protección civil. Los Planes deEmergencia Municipal.

7. La Policía Ju d i c i a l : Especial re fe rencia a la Po l i c í aMunicipal. Consideraciones generales sobre el Derecho Penal.Principios y normas fundamentales. El delito y la falta. Personasresponsables. Las penas.

8. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra lasgarantías constitucionales.

9. Delitos contra la seguridad del tráfico y otros afines. Laimprudencia.

10. Consideraciones generales sobre el Derecho ProcesalPenal. Jurisdicción y competencias de los juzgados y tribunales.

11. La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor ySeguridad Vial y el Real Decreto 339/1990.

12. Los reglamentos de desarrollo de la Ley sobre Tráfico,Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

13. Ejercicio y coordinación de las competencias sobre tráfi-c o , c i rculación de vehículos a motor y seg u ridad vial.Competencias. Consejo Superior de Tráfico y Seguridad de laCirculación Vial. La Ordenanza Municipal de Tráfico en elMunicipio de Navia.

14. Autorizaciones administrativas en materia de tráfico.Au t o rizaciones en ge n e ral. Au t o rizaciones para conducir.Autorizaciones relativas a los vehículos. Anulación, revocación eintervención de autorizaciones.

15. Infracciones y sanciones en materia de tráfico, medidascautelares y responsabilidad. Procedimiento sancionador, recur-sos,prescripción y cancelación de antecedentes y ejecución de lassanciones.

16. Accidentes de tráfi c o : I nve s t i gación de accidentes.Informes, atestados y práctica de diligencias. Alcoholemia y trá-fico: Legislación y actuación policial en la materia.

17. Alcoholemia y droga. Estudio especial de los preceptoscontenidos en el Código Penal y Ley de Seg u ridad Vi a l .Actuación policial en la materia.

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18. Deontología: Concepto y significado. La Deontologíapolicial. El concepto de Policía. El código de conducta para fun-cionarios encargados de hacer cumplir la Ley. Las funciones de laPolicía en las sociedades modernas: Funciones coercitivas y fun-ciones sociales. Especial referencia a la Policía Municipal.

19. Mujer, juventud y tercera edad: La violencia contra lamujer, situación actual, recursos,centros de información,casas deacogida y asistencia social en los Ayuntamientos. La delincuenciajuvenil: Definición, características, formas delictivas y comporta-mientos desordenados. La tercera edad. La Policía Municipal y laasistencia a los ancianos.

20. El Concejo de Navia: Características geográficas, históri-cas y económicas. Principales núcleos urbanos, características yvías de comunicación.

C. Prueba de aptitud psico-social:

Encaminada a comprobar los rasgos de personalidad y carác-ter del aspirante mediante la realización de un test de personali-dad, que podrá ser completado con una entrevista personal o degrupo con el tribunal.

D. Reconocimiento médico:

Se ajustará a las condiciones establecidas en el siguiente cua-dro de exclusiones médicas:

A. Antropometría.

1. La talla del opositor será, como mínimo, de 1,65 metros.

2. El somatotipo del opositor será predominantemente meso-mórfico. El peso ideal se deducirá de la siguiente fórmula,en la que P expresa el peso en Kgs. y T la talla en cm:

P = (T - 100) - (T - 150/4) para los varones.

P = (T - 100) - (T - 150/4) - 5% para las mujeres.

Se admitirán límites superior e inferior que entren dentrode los valores fisiológicos.

3. La dinamometría con el estenómetro de Bloch superará lascifras de 30 (mano dominante), 25 (mano no dominante),divisiones de la escala inferior en los varones y 25 y 20 res-pectivamente en las mujeres.

B. Enfermedades generales.

4. Anomalías genéticas o del desarrollo que produzcan altera-ciones morfológicas o funcionales que incapaciten el desa-rrollo de las funciones propias del cargo.

5. Enfermedades infecciosas, inflamatorias, intoxicaciones,neoplasias o alteraciones del metabolismo de evolucióncrónica o que no sean susceptibles de tratamiento a cortoplazo y con secuelas incompatibles con el desarrollo de lasfunciones.

C. Aparato locomotor.

6. Atrofias, distrofias, alteraciones del alineamiento de troncoy extremidades que superen los valores fisiológicos de lascurvaturas (cifosis, lordosis, varo valgo, recurvatum) silimitan la capacidad funcional del opositor o puedan pro-ducir lesiones a corto plazo.

7. Acortamiento de una extremidad inferior de más de 3 cm.que produzca cojera o asimetría a nivel de la articulación dela cadera.

8. Mutilación total de un pulgar, o parcial si dificulta la apre-hensión.

9. Pérdida de la falange distal del dedo índice de la manodominante.

10. Pérdida de uno de los tres primeros dedos de cualquiermano, excepto el anular de la mano derecha si es zurdo yde la mano izquierda si es diestro.

11. Pérdida de una falange distal y media de dos dedos de lamisma mano.

12. Pérdida del primer dedo de un pie.

13. Pérdida de dos dedos de un mismo pie.

14. Secciones, roturas, anomalías y atrofias tendinosas o mus-culares, así como retracciones aponeuróticas o cicatricesque incapaciten o disminuyan la función de un miembro.

15. Luxaciones recidivantes (rótula, hombro, etc.).

16. Lesiones articulares (degenerativas, inestabilidades, infla-matorias, infecciosas, traumáticas, etc) que incapaciten odisminuyan la función de la misma o bien, que lo puedanhacer a corto plazo.

17. Tortícolis congénita miógena y ósea no corregible o sinsecuelas.

18. Espondilolisis,espondilolistesis, espondilitis anquilopoyé-tica.

19. Espina bífida sintomática en la actualidad.

20. Escoliosis patológica.

21. Alteraciones del disco intervertebral que no sea susceptiblede tratamiento y que éste no cree problemas para el desa-rrollo de la función policial.

D. Metabolismo y endocrinología.

22. Disfunción glandular que no sea susceptible de tratamien-to a corto plazo o cuyo tratamiento impida el normal desa-rrollo de la función policial.

23. Diabetes mellitus en cualquier estado diagnosticable y quesea persistente.

E. Aparato cardiovascular.

24. Hipertensión arterial sistemática por: Sistólica superior a150 o distólica superior a 90 mm.Hg en tres tomas en díassucesivos en periodos de quince días sin tratamiento far -macológico.

25. Hipotensión inferior a (95-50), en tres tomas en días suce-sivos en periodos de quince días.

26. Historia de pérdida de conciencia en más de dos ocasiones,de etiología desconocida.

27. Cardiopatías y anomalías de grandes vasos, valvulopatíasque disminuyan la capacidad cardiovascular del opositor.

28. Alteraciones del ritmo excepto arritmia sinusal y extrasís-toles ocasionales.

29. Bloqueos de conducción excepto los de primer grado y derama derecha, una vez descartada patología.

30. Cardiopatía isquémica.

31. Pericarditis,endocarditis,miocarditis y miocardiopatías deevolución crónica o que alteren la función cardiovascular.

32. Insuficiencia arterial periférica en cualquier grado.

33. Insuficiencia venosa periférica que produzca signos deestasis, alteraciones tróficas o dilataciones varicosas llama-tivas; secuelas postromboflebíticas. No susceptibles de tra-tamiento.

F.Aparato respiratorio.

34. La capacidad vital obtenida en espirómetro deberá superarlos 3,5 litros en los varones y los 3 litros en las mujeres,asícomo un índice de Tiffenau, superior al 75%.

35. Bronconeumopatías obstructivas, restrictivas o mixtas, asícomo neumonectomías, lobectomías o segmentectomías oausencias o agenesias de estas estructuras, que limiten lacapacidad funcional del pulmón.

36. Neumotórax espontánea en más de una ocasión.

G.Aparato digestivo.

37. Hepatopatías crónicas en cualquier estado evolutivo.

38. Herniaciones de la pared abdominal no corregibles.

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39. Encopresis.

40. Colitis crónica (colitis ulcerosa, granulomatosa, etc.).

41. Aquellas enfermedades (ulcerosa,inflamatoria,infecciosa)de evolución crónica y que puedan producir limitaciones enel desarrollo de la función policial a pesar del tratamientoaplicado.

H. Piel y Faneras.

42. Todas aquellas lesiones así como enfermedad de la piel quesean persistentes o recidivantes, deformantes o invalidantesque pueda entorpecer la relación interpersonal.

I. Aparato Urinario.

43. Malfo rmaciones congénitas, i n fe c c i o n e s , t ox i c i d a d e s ,litiasis que alteren el funcionamiento renal y que no siendocorregibles con tratamiento limiten el desarrollo de la fun-ción policial.

44. Nefrectomía previa y riñón único funcionante.

45. Eneuresis persistente en la actualidad.

J.Aparato Genital.

46. Disgenesias. Hipogenesias y agenesias gonadales y genita-les. Hermafroditismos verdaderos en ambos sexos así comoel pseudohermafroditismo, y el testículo feminizante en losvarones siempre que causen problemas de salud en los opo-sitores.

47. Prolapsos genitales no corregibles en la mujer.

48. Hidrocele y variocele no corregible en el hombre.

K. Sangre y órganos.

49. Leucosis, enfermedades linfoproliferativas y neoplasiaseritroides.

50. Diátesis hemorrágicas patológicas.

51. Síndrome de deficiencia inmunitaria.

L. Aparato Visual.

52. Agudeza visual: Deberá ser superior a los dos tercios de lavisión normal en ambos ojos sin corrección.

53. Albinismo.

54. Glaucoma crónico no susceptible de tratamiento.

55. Paresias o parálisis de la musculatura extrínseca ocular quecausen estrabismo con diplopía u otras alteraciones visua-les.

56. Daltonismo.

57. Aquellas enfermedades del ojo y anejos que puedan teneruna evolución crónica y limiten la agudeza visual.

M. Reconocimiento Otorrinolaringológico.

58. Capacidad auditiva. Deberá ser superior al 75% de lo nor-mal en ambos oídos, previa determinación audiométrica.

59. Disfonía y tartamudez manifiestas.

60. Aquellas manifestaciones o enfermedades que pese al tra-tamiento alteren la capacidad auditiva hasta los valoresreseñados anteriormente.

N. Sistema nervioso.

61. Alteraciones del equilibrio, marcha y coordinación psico-motriz que impida el normal desarrollo de la función poli-cial.

62. Síndrome vertiginoso de cualquier etiología persistente.

63. Epilepsia en cualquiera de sus formas. Cuadros convulsi-vos de cualquier etiología.

64. Neuropatías periféricas parciales o totales que alteren lasensibilidad o movilidad corporal de forma manifiesta.

O. Reconocimiento Psiquiátrico.

65. Coeficiente intelectual inferior al establecido como límiteinferior a la normalidad.

66. Alteraciones patológicas de la personalidad.

67. Alcoholismo y otras drogodependencias. En todas aquellaspatologías que sean susceptibles de tratamiento, éste debe-rá realizarse antes de la incorporación a la plaza y las con-secuencias del mismo no haber dejado secuelas que creenmotivo de exclusión en alguno de los apartados anteriores.

Aquellas afecciones no reflejadas o, en caso de duda,en cuan-to a la graduación de la lesión, siempre y cuando interfiera en elnormal desarrollo de la función policial,serán valoradas por el tri-bunal médico por si fuese motivo o no de exclusión.

Sistema de calificación:

Tras la realización de los ejercicios de la fase A, los aspiran-tes serán calificados como “apto” o “no apto”, no pudiendo pasara la fase siguiente más que aquellos opositores que hayan sidodeclarados aptos.

El ejercicio del grupo a) de la fase B será calificado por cadamiembro del tribunal de cero a diez puntos, entendiéndose supe-rada la prueba cuando haya sido calificado globalmente con unmínimo de cinco puntos. En el caso de que en este grupo fuesepropuesta por el tribunal la realización de varios ejercicios, segúnlo previsto en estas bases, la superación de la prueba en su totali-dad exigirá obtener la calificación mínima referida en cada uno delos ejercicios propuestos.

El ejercicio b) de la fase B será calificado de cero a diez pun-tos por cada miembro del tribunal no considerándose aprobadosaquellos opositores que no hubieren obtenido una puntuaciónmínima global de cinco puntos.

Las fases C y D serán calificadas siguiendo lo establecido parala fase A.

La calificación definitiva de la oposición se obtendrá suman-do la puntuación media de los ejercicios a) y b) de la fase B, pre-via calificación de aptitud física y psico-social.

Curso de formación:

Los aspirantes que superen los ejercicios de la oposición ysean propuestos por el tribunal para la toma de posesión de lasplazas serán nombrados funcionarios en prácticas y realizarán uncurso selectivo en la Escuela Regional de Policías Locales, ads-crita al Instituto Asturiano de Administración Pública “AdolfoPosada”,cuya duración,contenido, baremo y calificación necesa-ria para superarlo serán determinados por dicha Escuela o, en sucaso, por el Ayuntamiento de Navia.

El nombramiento como funcionario de carrera, que podráserlo para cualquier destino del concejo de Navia, sólo podráefectuarse una vez superado con aprovechamiento el curso selec-tivo mencionado.

Anexo II

INSTANCIA TIPO PARA PARTICIPAR EN LAS PRUEBAS DE ACCESOPARA PROVISION DE PLAZAS DE FUNCIONARIOS INCLUIDAS EN LAOFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 1999.

Denominación de la plaza o puesto: ......................................

Primer apellido:.......................................................................

Segundo apellido: ..................................................................

Nombre: .................................................................................

D.N.I.: ....................................................................................

Fecha de nacimiento: .............................................................

Municipio de nacimiento: ......................................................

Domicilio:................................. Tfno.: .................................

Localidad: ................................ Provincia: ...........................

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EXPONE:

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en labase segunda de la convocatoria unitaria, así como los específicosdel anexo correspondiente.

SOLICITA:

Su admisión para participar en las pruebas selectivas a que serefiere la presente instancia y declara que son ciertos los datosconsignados en ella y que reúne las condiciones exigidas paraingresar al servicio de la Administración y las especialmenteseñaladas en la convocatoria anteriormente citada, comprome-tiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran enla solicitud.

Navia, a ............... de .............................. de .............

Firma,

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE NAVIA.

Lo que se hace público para general conocimiento, con laadvertencia de que estas bases podrán ser impugnadas en loscasos y formas previstos en la Ley de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún.

En Navia, a 21 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.224.

— • —

Propuesta de Ordenanza reguladora de los servicios localesde consumo.

Preámbulo:

El artículo 51 de la Constitución Española de 27 de diciembrede 1978,establece que los poderes públicos garantizarán la defen-sa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante proce-dimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereseseconómicos de los mismos, así como promoverán su informacióny educación, fomentarán sus organizaciones y las oirán en lascuestiones que puedan afectarlas.

A su vez, los Ayuntamientos, en virtud de la Ley Reguladorade las Bases de Régimen Local en su artículo 25,entre otras com-petencias, recoge en su apartado g) la defensa de usuarios y con-sumidores.

Por ello, y al objeto de regular su defensa dentro del ámbitomunicipal y en orden a dotar de un instrumento de protecciónjurídica se ha considerado conveniente la elaboración de unaOrdenanza que regule los servicios Municipales de Consumo, deacuerdo con el siguiente contenido:

TítuloDisposiciones generales

Capítulo 1Objeto y ámbito de aplicación

Artículo 1.— El objeto de esta Ordenanza es la regulación de los ServiciosMunicipales de Consumo en aras a lograr un instrumento eficaz para la protección ydefensa de los derechos básicos de los consumidores y usuarios dentro del marcoestablecido en la Ley 26/1984 del 19 de julio,General para la defensa de los consu-midores y Usuarios y el resto de la legislación aplicable en materia de consumo.

Artículo 2.— La presente Ordenanza será de aplicación en el término municipalde Navia,pudiendo atender en sus dependencias a los vecinos de otros concejos queprecisen atención y que así,lo hayan acordado sus respectivos plenos.

Artículo 3.— A los efectos de esta Ordenanza,son consumidores o usuarios laspersonas físicas o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como destinatariosfinales, bienes, servicios, actividades o funciones, cualquiera que sea la naturalezajurídica de quienes los producen, facilitan,suministran o expiden.

No tendrán la consideración de consumidores o usuarios: Quienes sin consti-tuirse en destinatarios finales, adquieran,almacenen, utilicen o consuman bienes oservicios, con el fin de integrarlos en procesos de producción, transformación,comercialización o prestación a terceros.

Capítulo 2De los derechos de los consumidores y usuarios

Artículo 4.— Son derechos básicos de los consumidores y usuarios:

a) La protección contra los riesgos que puedan afectar a su salud y seguridad.

b) La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales.

c) La información cor recta sobre los diferentes productos o servicios y la edu-cación y divulgación,para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso,consumo o disfrute.

d) La indemnización o reparación de los daños y perjuicios sufridos.

e) La audiencia en consulta,la participación en el procedimiento de elaboraciónde las disposiciones generales que las afectan directamente, la representa-ción de sus intereses,todo ello a través de las:Asociaciones de consumido-res y de sus agrupaciones o confederaciones.

f) La protección jurídica,administrativa y técnica en las situaciones de inferio-ridad, subordinación o indefensión.

Título IICompetencias y órganos municipales de consumo

Capítulo 1Competencias

Artículo 5.— Corresponde al Ayuntamiento de Navia promover y desarrollar lapromoción y defensa de los consumidores y usuarios en el ámbito de sus competen-cias de acuerdo con la legislación estatal y, en su caso,de la Comunidad Autónomadel Principado de Asturias,especialmente, en los siguientes aspectos:

1. La información y educación de los consumidores y usuarios,estableciendolas oficinas y servicios correspondientes,de acuerdo con las necesidades dela localidad.

2. La inspección de productos o servicios de uso o consumo común,ordinarioy generalizado.

3. La realización directa de la inspección técnica o técnico-sanitaria y loscorrespondientes controles y análisis, en la medida en que cuenten conmedios para su realización o promoviendo, colaborando o facilitando sudesarrollo por otras Entidades y Organismos.

4. Apoyar y fomentar las asociaciones de consumidores y usuarios.

5. Adoptar las medidas urgentes y requerir las colaboraciones precisas en lossupuestos de crisis o emergencias que afecten a la salud o seguridad de losconsumidores o usuarios.

6. Ejercer la potestad sancionadora con el alcance que se determine en sus nor-mas reguladoras.

Capítulo 2Organos complementarios de consumo

Artículo 6.— Al objeto de garantizar el cumplimiento de la protección y defen-sa de los derechos básicos de los consumidores y usuarios, el Ayuntamiento deNavia, en uso de su potestad de autoorganización podrá crear órganos complemen-tarios,tales como concejalías delegadas, comisiones informativas y consejos secto -riales para el desarrollo de las competencias al mismo atribuidas,en materia de con-sumo.

La composición,funcionamiento y funciones de estos órganos se regularán den-tro del marco establecido por el Reglamento Orgánico Municipal y de conformidadcon el artículo 20.1 c) de la Ley de Bases de Régimen Local sin perjuicio de lo quela legislación de la Comunidad Autónoma sobre Régimen Local pudiera estableceren materia de órganos complementarios.

Título IIIEl Servicio municipal de consumo

Capítulo 1Objetivos y estructura del servicio de consumo

Artículo 7.— En el ejercicio de las competencias que la legislación vigente atri-buye a la Administración Local en materia de consumo,el Ayuntamiento de Naviadispondrá de un servicio Municipal de Consumo al objeto de garantizar el cumpli-miento de los derechos básicos de los consumidores y usuarios.

Con tal objeto el Servicio Municipal de Consumo se estructurará en tres sec-ciones:

• OMIC.

• Inspección de Consumo.

• Laboratorio de Control Alimentario.

Capítulo 2De la información—O.M.I.C.

Artículo 8.— La Oficina Municipal de Información al Consumidor tendrá lassiguientes funciones:

a) La información, ayuda y orientación a los consumidores y usuarios para eladecuado ejercicio de sus derechos.

b) Recepción, registro y acuse de quejas y reclamaciones de los consumidoreso usuarios y su remisión a las entidades y organismos correspondientes.

c) Indicación de las direcciones y principales funciones de otros centros públi-cos o privados de interés para el consumidor o usuario.

d) Recabar información directamente de los organismos públicos y privados.

e) Facilitar información sobre el régimen de autorización y registro de los pro-ductos y servicios de uso o consumo ordinario o generalizado relacionadoscon el Real Decreto 287/1991,de 8 de marzo,por el que se aprueba el catá-

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logo de Productos,Bienes y Servicios,así como de sus condiciones,carac-terísticas y cualidades.

f) Información de productos y/o servicios retirados, suspendidos y/o prohibi-dos.

g) Facilitar resultados de estudios,ensayos, análisis comparativos o controlesde calidad realizados conforme a las normas que reglamentariamente sedeterminan,en Centros públicos o privados oficialmente reconocidos.

h) Fomento y apoyo a las Asociaciones de Consumidores.

i) A fin de garantizar la protección de los legítimos intereses económicos de losconsumidores,la OMIC podrá realizar actos de mediación y servir de sedea las Juntas Arbitrales,en su caso.

j) En general la atención,defensa y protección de los consumidores y usuarios,de acuerdo con lo establecido en esta Ley y disposiciones que la desarrollen.

Capítulo 3De la inspección, inspección de consumo

Artículo 9.— La inspección de consumo tendrá las siguientes funciones:

• Control y vigilancia de los servicios y bienes de uso y consumo, en especialatención a aquellos de mayor incidencia en la salud, seguridad e intereses eco-nómicos.

• Inspección de los productos y servicios ordinarios, comunes y generalizadosrelacionados en el catálogo de Productos,Bienes y Servicios,para comprobarel origen,identificación y cumplimiento de la normativa en materia de preciosy etiquetado, presentación y publicidad y de los signos externos que hacenreferencia a sus condiciones de higiene , sanidad y seguridad.

• Recogida de datos y levantamiento de actas reglamentarias,visita,mediación,requerimiento, inmovilización y toma de muestras y cualquier otra actividadrelacionada con la labor inspectora.

Capítulo 4Laboratorio de control alimentario

Artículo 10.— En la medida en que el Ayuntamiento cuente con medios para surealización llevará a cabo los controles y análisis de los productos alimenticios paradeterminar su composición,calidad y aptitud para el consumo humano.

El laboratorio de Control Alimentario realizará las operaciones técnicas necesa-rias para la determinación de una o más características de un producto de acuerdo alos procedimientos específicos que a tal fin se establezcan.

Título IVLa Junta Arbitral de Consumo

Artículo 11.— A fin de fomentar la solución amistosa de aquellos conflictos yreclamaciones que afecten a los consumidores y usuarios,propiciando una rápida yequitativa satisfacción de las controversias y reclamaciones planteadas y cuandoéstas alcancen una entidad suficiente que implique la necesidad de ofrecer este ser-vicio,por el Pleno del Ayuntamiento podrá adoptarse el acuerdo de crear un órganoarbitral, previa audiencia de los sectores interesados y de las Asociaciones deConsumidores,con la denominación de Junta Arbitral de Consumo.

La composición,competencias y requisitos para la puesta en funcionamiento dela Junta serán concretados en el acuerdo de creación, respetando lo dispuesto en laLey 36/1988,de 5 de diciembre, de arbitraje y en las demás disposiciones que regu-len esta materia.

Artículo 12.

1. Las Juntas arbitrales serán competentes para atender reclamaciones de con-sumidores y usuarios,que tengan su domicilio o razón social dentro del ámbito terri-torial de la Junta siempre que no concurra intoxicación, lesión o muerte, ni existirindicios racionales de delito,todo ello sin perjuicio de la protección administrativay de la judicial de acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la ConstituciónEspañola.

2. El sometimiento de las partes al sistema arbitral será voluntario y deberáconstar expresamente por escrito.

Título VInfracciones y sanciones

Capítulo 1Infracciones en materia de defensa del consumidor

Artículo 13.— Se considerarán infracciones en materia de defensa de los con-sumidores y usuarios:

1. La alteración,adulteración o fraude en bienes y servicios susceptibles de con-sumo por adicción o sustracción de cualquier sustancia o elemento,alteración de sucomposición o calidad, incumplimiento de las condiciones que correspondan a sunaturaleza o la garantía,arreglo o reparación de bienes duraderos y en general cual -quier situación que induzca a engaño o confusión o que impida reconocer la verda-dera naturaleza del producto o servicio.

2. El incumplimiento de las normas reguladoras de precios,la imposición injus-tificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas o cantidades mínimas ocualquier otro tipo de intervención o actuación que supongan un incremento de losprecios o márgenes comerciales.

3. El cumplimiento de las normas relativas a registro,normalización o tipifica-ción,etiquetado,envasado y publicidad de bienes y servicios.

4. El incumplimiento de las disposiciones sobre seguridad en cuanto afecten opuedan suponer un riesgo para el usuario o consumidor.

5. La obstrucción o negativa a suministrar datos o a facilitar las funciones deinformación,vigilancia o inspección.

6. En general,el incumplimiento de los requisitos,obligaciones o prohibicionesestablecidas en la Ley 26/1984 del 19 de julio,en el Real Decreto 1.945/1983 de 22de junio,y el resto de la legislación aplicable en materia de consumo.

Artículo 14.— La calificación de las infracciones como leves, graves y muy gra-ves,así como la responsabilidad por su comisión,se regularán de acuerdo con lo dis-puesto en la legislación antes mencionada.

Capítulo 2Procedimiento sancionador

Artículo 15.

1. Las infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios seránobjeto,de las sanciones administrativas correspondientes,previa instrucción del pre-ceptivo expediente, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otroorden que pudieran concurrir.

2. La instrucción de causa penal ante los tribunales de Justicia suspenderá la tra-mitación del expediente administrativo y sancionador que hubiera sido incoado porlos mismos hechos.

3. De acuerdo con el principio “non bis in ídem” en ningún caso se produciráuna doble sanción por los mismos hechos en función de los mismos intereses públi -cos protegidos,si bien deberán exigirse las demás responsabilidades que se deduz-can de otros hechos o infracciones recur rentes.

Artículo 16.— El procedimiento sancionador se ajustará a lo dispuesto en elTítulo IV, c apítulo II, a rtículos 133 a 137, ambos incl u s ive de la Ley deProcedimiento Administrativo.

Capítulo 3Expedientes Municipales

Artículo 17.

1. Siempre que el Ayuntamiento tuviera conocimiento, por medio de sus ins-pectores o en virtud de denuncia de algún ciudadano o una asociación de consumi-dores,de la comisión de alguna de las infracciones tipificadas en materia de consu-mo,podrá incoar e instruir el oportuno expediente sancionador.

2. Las infracciones en materia de consumo podrán ser sancionadas por las auto-ridades locales conforme a lo establecido en los artículos 32 a 38 de la Ley 26/1984,de 19 de julio,General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y disposi-ciones concordantes hasta el límite de dos millones y medio de multa.

3. Cuando por razón de la infracción detectada,de la materia,o por la repercu-sión de los hechos,el Ayuntamiento observara que debe ser impuesta una multa cuyacuantía excede de su competencia,se remitirá las actuaciones practicadas al órganocompetente de la Comunidad Autónoma, previa comunicación al interesado, paraque proceda a la calificación de la infracción y, en su caso, se imponga la sancióncorrespondiente.

Artículo 18.

1. Cuando tras la instrucción y resolución del expediente por parte de la corpo-ración, resultare la comisión de una infracción y procediera la oportuna sanción, lamulta aplicada será considerada ingreso de la Entidad Local en toda su extensión,pudiéndose aplicar para la efectividad de su cobro lo dispuesto en la Ley Reguladorade Haciendas Locales y legislación que la desarrolla.

Artículo 19.— En aquellos expedientes que deba resolver la propia Corporaciónpodrá acordarse, cautelarmente, el decomiso de la mercancía adulterada,deteriora-da, falsificada,fraudulenta,no identificada o que pueda entrañar riesgos para el con-sumidor.

Los gastos de transporte, distribución,destrucción,etc.,de la mercancía señala-da en el párrafo anterior, serán por cuenta del infractor.

Título VICoordinación

Artículo 20.— El Ayuntamiento de Navia ajustará sus relaciones con las demásAdministraciones Públicas competentes en materia de Consumo,de Coordinación yrespeto de los ámbitos competenciales respectivos.

Para la plena efectividad de los principios antes enunciados el Ayuntamiento deNavia y resto de las Administraciones Públicas competentes en materia de consumo,podrán establecer los instrumentos de colaboración que consideren oportunos.

Disposición final.

En todo lo no previsto en esta Ordenanza será de aplicación la Ley 26/1984,General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y demás legislación apli-cable en materia de consumo.

Lo que se hace público,en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 de laLey 7/1985,de 2 de abril,Reguladora de las Bases de Régimen Local,significándo-se que, contra el acuerdo citado,puede interponerse Recurso de Reposición ante elPleno Municipal,en el plazo de un mes,a contar desde la publicación de este edic-to en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, o cualquier otro recursoque se estime procedente o conveniente.

Es lo que se hace público por un plazo de treinta días,para quepuedan presentar las reclamaciones y sugerencias que estimenoportunas.

En Navia, a 20 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.171.

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DE OVIEDO

Secretaría General

Anuncio

Designación del Consejo Sectorial para seguimiento delPolígono Industrial de Olloniego.

La Alcaldía el 20 de diciembre actual dictó la siguiente reso-lución:

“El Ayuntamiento Pleno en la sesión celebrada el pasado 14de diciembre acordó constituir el Consejo Sectorial para el segui-miento y control de la ejecución del Polígono Industrial deOlloniego, con funciones de informe y propuesta. En la mismasesión se acordó la composición de dicho Consejo.

En desarrollo del citado acuerdo y a la vista de las pro p u e s-tas de los Grupos Políticos municipales y de la Asociación deE m p re s a rios del citado Po l í gono esta A l c a l d í a , de confo rm i d a dcon lo establecido en los artículos 21.1 a) y 3 y 23.4) de la Leyde Bases de Régimen Local; 43 del Reglamento deO rga n i z a c i ó n , Funcionamiento y Régimen Jurídico re s u e l ve los i g u i e n t e :

1. Nombrar a los miembros del Consejo Sectorial para els eguimiento y control de la ejecución del Po l í go n oIndustrial de Olloniego que a continuación se indican:

Presidente, por delegación de esta Alcaldía, don JavierSopeña Velasco.

Vocales:

Don Jaime Reinares Fernández, Concejal del PP.

Don Alberto Mortera Fernández, Concejal del PSOE.

Don Roberto Sánchez Ramos, Concejal de IU.

Don Macario Fe rnández Fe rn á n d e z , P residente de laAsociación de Empresarios del Polígono Industrial deOlloniego.

Vocales con voz y sin voto:

Un representante de CC.OO. Minería y un representante deSOMA-UGT, cuyos nombres serán propuestos por dichossindicatos.

2. Que se publique esta resolución en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias y que se de cuenta de la mismaen la próxima sesión plenaria, de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 44 del citado Reglamento.”

En Oviedo, a 22 de diciembre de 1999.—El ConcejalDelegado de Economía.—21.162.

DE SANTA EULALIA DE OSCOS

Edicto

H abiéndose solicitado de esta Alcaldía por don José A n t o n i oFreije Fe i j o o , licencia municipal para la ap e rt u ra de establ o , aemplazar en Barc i a , cumpliendo lo dispuesto por el ap a rtado a),del número 2, del artículo 30 del Reglamento de A c t iv i d a d e sM o l e s t a s , I n s a l u b re s , N o c ivas y Pe l i grosas de 30 de nov i e m b rede 1961, se somete a info rmación pública por periodo de diezdías hábiles, a fin de que durante el mismo —que empezará ac o n t a rse desde el día siguiente al de la inserción del pre s e n t eedicto en el BOLETIN OFICIAL del Principado de A s t u ri a s —pueda ex a m i n a rse el ex p e d i e n t e, en la Secretaría de esteAy u n t a m i e n t o , por las personas que de algún modo se conside-ren afectadas por la actividad que se pretende instalar y fo rmu-lar por escrito las re clamaciones u observaciones que se estimeno p o rt u n a s .

En Santa Eulalia de Oscos, a 20 de diciembre de 1999.—ElAlcalde.—21.172.

DE TINEO

Informaciones públicas

Instalación de una estación Base de Telefonía Celular de laRed DCS 1800, a situar en Llaneces de La Barca (Tineo-Asturias)que precisa Evaluación Preliminar de Impacto Ambiental.

Habiéndose solicitado de esta Alcaldía por don ArnaldoPalamidessi en representación de Retevisión Móvil,S.A., licenciamunicipal de obras para la instalación de una Estación Base deTelefonía Celular de la Red DCS 1800, en Llaneces de La Barca(Tineo).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 delDecreto 38/1994, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan deOrdenación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias,se somete a información pública el proyecto de actuación yEstudio Preliminar de Impacto Ambiental, los cuales podrán serexaminados durante un periodo de quince días naturales, en hora-rio de oficina (lunes a viernes de 9 a 14 horas), en esteAyuntamiento (dependencias de la Oficina Técnica Municipal), ypresentar por escrito,en la forma prevista en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, las alegaciones que estime oportunas.

En Tineo, a 22 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.173.

— • —

Instalación de una estación Base de Telefonía Móvil denomi -nada Navelgas NEB, a situar en las inmediaciones de Miño-Navelgas (Tineo-Asturias) que precisa Evaluación Preliminar deImpacto Ambiental.

H abiéndose solicitado de esta Alcaldía por Te l e f ó n i c aServicios Móviles, S.A.U., licencia municipal de obras para lainstalación de una Estación Base de Telefonía Móvil denominadaNavelgas NEB, en las inmediaciones de Miño (Navelgas-Tineo).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.2 delDecreto 38/1994, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Plan deOrdenación de los Recursos Naturales del Principado de Asturias,se somete a información pública el proyecto de actuación yEstudio Preliminar de Impacto Ambiental, los cuales podrán serexaminados durante un periodo de quince días naturales, en hora-rio de oficina (lunes a viernes de 9 a 14 horas), en esteAyuntamiento (dependencias de la Oficina Técnica Municipal), ypresentar por escrito,en la forma prevista en el artículo 38.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, las alegaciones que estime oportunas.

En Tineo, a 21 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.177.

— •—

Edictos

H abiéndose solicitado de esta Alcaldía por don DanielFernández García, con domicilio en Naraval, licencia municipalpara instalación de ampliación de establo, a emplazar en Naraval,cumpliendo lo dispuesto por el apartado a),del número 2,del artí-culo 30 del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres,Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, se somete ainformación pública por periodo de veinte días, a fin de quedurante el mismo —que empezará contarse desde el día siguien-te al de la inserción del presente edicto en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias— pueda examinarse el expediente, enla Secretaría de este Ayuntamiento, por las personas que de algúnmodo se consideren afectadas por la actividad que se pretendeinstalar y formular por escrito las reclamaciones y observacionesque se estimen oportunas.

En Tineo, a 20 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.174.

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H abiéndose solicitado de esta Alcaldía por don Simón LópezPe l á e z , con domicilio en Vi l l abona (Ti n e o ) , licencia mu n i c i p a lp a ra instalación de nave agrícola para almacenes, l e ch e r í a , e t c. ,a emplazar en Vi l l ab o n a , cumpliendo lo dispuesto por el ap a rt a-do a), del número 2, del artículo 30 del Reglamento deA c t ividades Molestas, I n s a l u b re s , N o c ivas y Pe l i grosas de 30 den ov i e m b re de 1961, se somete a info rmación pública por peri o-do de veinte días, a fin de que durante el mismo —que empeza-rá contarse desde el día siguiente al de la inserción del pre s e n t eedicto en el BOLETIN OFICIAL del Principado de A s t u ri a s —pueda ex a m i n a rse el ex p e d i e n t e, en la Secretaría de esteAy u n t a m i e n t o , por las personas que de algún modo se conside-ren afectadas por la actividad que se pretende instalar y fo rmu-lar por escrito las re clamaciones y observaciones que se estimeno p o rt u n a s .

En Tineo, a 20 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.175.

— • —

Habiéndose solicitado de esta Alcaldía por doña María JesúsGonzález Gómez, con domicilio en Anzas (Bustiello), licenciamunicipal para instalación de establo, a emplazar en Anzas, cum-pliendo lo dispuesto por el apartado a), del número 2, del artícu-lo 30 del Reglamento de A c t ividades Molestas, I n s a l u b re s ,Nocivas y Peligrosas de 30 de noviembre de 1961, se somete ainformación pública por periodo de veinte días, a fin de quedurante el mismo —que empezará contarse desde el día siguien-te al de la inserción del presente edicto en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias— pueda examinarse el expediente, enla Secretaría de este Ayuntamiento, por las personas que de algúnmodo se consideren afectadas por la actividad que se pretendeinstalar y formular por escrito las reclamaciones y observacionesque se estimen oportunas.

En Tineo, a 20 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.176.

DE VILLAYON

Anuncio

Por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno adoptado en la sesióncelebrada el día cuatro de junio de mil novecientos noventa ynu eve, ha sido ap robado el siguiente Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares para la adjudicación por concurso enel procedimiento abierto del contrato de consultoría y asistenciapara la elaboración de un proyecto para la planificación territorialde uso agroforestal,se expone al público por espacio de ocho díascontados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncioen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, pudiéndo-se presentar las reclamaciones que se estimen oportunas en lasoficinas generales de este Ayuntamiento.

Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares para la adju -dicación por concurso en procedimiento abierto del contrato de

consultoría y asistencia para la elaboración, de un proyectopara la planificación territorial de uso agroforestal del concejo

de Villayón.

1.— Objeto del contrato.

El objeto del contrato lo constituye la redacción del proyectopara la planificación territorial del uso agroforestal del concejo deVillayón.

La asistencia técnica se ejecutará según el proyecto y pres-cripciones técnicas cuyo conjunto de documentos integrantes ten-drá carácter contractual.

Constituye el objeto del contrato la elaboración de un proyec-to para la planificación territorial del uso agroforestal del conce-jo de Villayón, cuya finalidad es la protección de los recursosagroforestales y la racionalización y optimización de la explota-ción de los bosques del concejo, en colaboración con los propie-tarios de los terrenos.

Dicho objeto implica la redacción de un proyecto que deberáser visado por el adjudicatario en el correspondiente colegio pro-fesional, así como la presentación en el Ayuntamiento de lasiguiente documentación:

a) Cuatro ejemplares del plan en papel, con memoria, planos,mediciones y presupuestos.

b) La documentación señalada en el apartado anterior, ensoporte informático y programa de tratamiento de texto enWord 6.0.

c) Documentación gráfica: Se presentarán digitalizadas lasbases cartográficas, en formato DXF y codificación com-patible con catastro.

La empresa adjudicataria de la redacción del proyecto deberállevar a cabo forzosamente las siguientes prestaciones, que cons-tituyen asimismo el objeto del contrato:

1. Organizar, con carácter previo a la iniciación del plan, jor-nadas técnicas para dar a conocer el proyecto para la plani-ficación territorial del uso agroforestal del concejo de Boal,con exposición de la situación actual, las posibles líneas deactuación y su rentabilidad económica.

2. Reuniones periódicas con los propietarios y vecinos, orga-nizadas por parroquias, sí como con la AdministraciónLocal, Regional y otros sectores implicados.

3. Campañas de sensibilización y dinamización sobre el plande ordenación de los recursos forestales y de como ésterepercute sobre los demás sectores productivos (primario,secundario y servicios).

4. Elaboración de mapas,escala 1:25.000, del estado actual delconcejo. Como mínimo:

4.1. Topográfico.

4.2. De vegetación.

4.3. Edafológico.

4.4. De pendientes.

4.5. Forestal: Determinando clases, edades y alturas.

4.6. De pastizal.

4.7. De infraestructuras forestales (viales y puntos de aguaexistentes).

4.8. De propiedad de los montes y terrenos pascícolas.

4.9. De otros usos.

5. Efectuar un análisis del aprovechamiento actual forestal ypascícola del concejo, las inversiones efectuadas y elempleo generado.

6. Esta blecer los criterios técnicos de actuación y los instru-mentos necesarios para la adecuada gestión y la optimiza-ción en la explotación de los recursos, tanto teóricos comoreales, de las áreas susceptibles de uso pascícola y forestaly de otros usos como el eólico. Ordenación en base al aná-lisis efectuado y consensuado entre los ve c i n o s , e lAyuntamiento y la A d m i n i s t ración del Principado deAsturias.

7. Zonificación de usos forestales y pascícolas a escala1:10.000, con memoria explicativa y justificativa de talesusos. Zonificación del uso eólico en el monte entreMasenga-Herías y un uso extractivo de áridos en Cárcobaspor parte del Ayuntamiento.

8. Ortofoto de todo el término municipal, sobreponiendo ladistinta zonificación de usos forestales y pascícolas delsuelo y otros.

9. Cartografías de las infraestructuras necesarias para llevar acabo la repoblación y para evitar posibles incendios.

10. Presentación de informe elaborado y suscrito por un juris-ta relativo a la legislación aplicable en materia forestal, que

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afecta a la planificación objeto del contrato, sobre la ejecu-tividad del plan y sobre las consecuencias jurídicas de suaprobación.

11. Redacción del borrador de ordenanzas municipales com-patibles con la legislación forestal existente.

12. Determinación de propuestas concretas sobre los modelosde gestión de las zonas forestales existentes y futuras.

13. Formular propuestas concretas sobre los procedimientospara repoblar las zonas desarboladas.

14. Cronograma de planificación temporal y coste económicoy rendimientos futuros.

15. Reuniones o jornadas que den a conocer las actuacionesdel plan de ordenación forestal y de las perspectivas sobrela disponibilidad de materias primas y el sector de la trans-formación: Ideas y propuestas sobre usos y su transforma-ción.

2.— Tipo de licitación.

El presupuesto del contrato que servirá de base de licitaciónasciende a un total de 6.783.777 pesetas (I.V.A. y demás impues-tos incluidos).

3.— Financiación de la obra.

Las obras serán financiadas con cargo a la partida presupues-taría municipal en vigor, nutrida con subvención del programaoperativo PRODER.

4.— Pago del precio de adjudicación de las obras.

El pago del precio de la adjudicación se hará mediante certifi-caciones parciales. El trabajo constará de cuatro fases:

1. Fase inicial.

2. Fase de Inventario.

3. Fase de planificación.

4. Fase de información pública y redacción definitiva.

A la entrega de las dos primeras fases se abonará el 40% delimporte del contrato.

El plazo será de 10 meses contados a partir del día siguientede la firma del contrato.

En los tres meses siguientes se entregará la 3ª fase del trabajo,a cuya recepción se abonará un 10% del importe de la adjudica-ción.

Finalmente, el 50% restante se abonará al final del trabajo,una vez recibido y aprobado por el Pleno.

5.— Cumplimiento del contrato y ejecución de las obras.

El plazo de ejecución del contrato será de dieciocho mesescontados a partir del día siguiente de la firma del contrato.

En los tres meses siguientes se entregará la 3ª fase del trabajo,a cuya recepción se abonará un 10% del importe de la adjudica-ción.

Finalmente, el 50% restante se abonará al final del trabajo,una vez recibido y aprobado del Pleno.

6.— Capacidad para contratar.

Están capacitadas para contratar las personas naturales o jurí-dicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad deobrar y acrediten solvencia económica, financiera o técnica en lostérminos de los artículos 16 y 17 de la LCAP y no estén afectaspor ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 20como prohibitivas para contratar, siempre y cuando el proyectotécnico sea suscrito por un Ingeniero Forestal en el ejercicio ocualquier otro técnico facultado legalmente para re a l i z a rl o :Geógrafo, Ingeniero Agrícola, …

7.— Garantía provisional.

La garantía provisional será la equivalente al 2% del presu-puesto del contrato o base de licitación y podrá constituirse encualquiera de las formas previstas en el artículo 36 de la LCAP.

8.— Garantía definitiva.

La garantía definitiva será del 4% del presupuesto del contra-to y podrá constituirse de cualquiera de las formas previstas en elartículo 37 de la LCAP.

La constitución de la garantía definitiva deberá acreditarsedentro de los 7 días hábiles siguientes a la notificación de la adju-dicación del concurso. El incumplimiento de este requisito, porcausa imputable al adjudicatario, dará lugar a la resolución delcontrato.

9.— Exposición simultánea del Pliego de CláusulasAdministrativas Particulares y del anuncio para la presentaciónde proposiciones.

Conforme al párrafo segundo del artículo 122 del RealDecreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, la exposición delPliego de Cláusulas Administrativas Particulares y del anunciopara la presentación de proposiciones se realizará en unidad deacto, pudiéndose presentar reclamaciones contra el pliego duran-te 8 días hábiles siguientes a la publicación del anuncio.

Si dentro de tal plazo se produjeran reclamaciones contra elpliego, se suspenderá la licitación y el plazo para la presentaciónde proposiciones, reanudándose el que reste a partir del díasiguiente al de la resolución de aquéllas.

10.— Presentación de proposiciones. Lugar y plazo de presenta -ción. Formalidades y documentación.

Lugar y plazo de presentación:

Las proposiciones se presentarán en la Secretaría General delAyuntamiento, de las 9 a las 14 horas, durante los veintiséis (26días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitaciónen el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

También podrán presentarse proposiciones por correo, encuyo caso el interesado deberá acreditar, con el resguardo corres-pondiente, la fecha de imposición del envío en la oficina de corre-os y anunciar el mismo día al órgano de contratación por fax,telex o telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir talesrequisitos no será admitida la proposición en el caso en que serecibiera fuera del plazo fijado en el anuncio de licitación.

Formalidades.

Las proposiciones contarán de dos sobres cerrados denomina-dos A y B. En cada uno de ellos se hará constar el contenido (enla forma en que se indicará) y el nombre del licitador.

Sobre “A”:

Se presentará cer rado, pudiendo ser precintado a petición delinteresado y deberá tener la siguiente Inscripción. “Proposicióneconómica para optar al concurso de adjudicación del proyectopara la planificación territorial del uso agroforestal del concejo deVillayón.”

Contendrá la siguiente documentación:

a) Modelo de proposición que figura contenido en la cláusulafinal del presente pliego.

b) Documentación justificativa de los criterios señalados en lacláusula 13 del presente pliego, que servirá de base para laadjudicación del concurso.

Cada licitador podrá presentar una sola proposición.

No obstante , la proposición podrá contener ofertas alternati-vas, en función de las variantes que ofrezca, ateniéndose, en sucaso, a los criterios de la cláusula 13.

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Sobre “B”:

Denominado “ D o c u m e n t o s ” , ex p resará la inscripción de“Documentos generales para el concurso de adjudicación del pro-yecto para la planificación territorial del uso agroforestal del con-cejo de Villayón”.

Contendrá la siguiente documentación:

1. Documento o documentos que acrediten la personalidad delempresario y la representación, en su caso,del firmante de la pro-posición, consistentes:

1.1. Documento nacional de identidad del licitador cuando setrate de personas físicas o empresarios individuales, porfotocopia compulsada por quien osente representaciónpública administrativa, o escritura de constitución de lasociedad mercantil, debidamente inscrita en el RegistroMercantil, cuando el empresario fuera persona jurídicaigualmente compulsada.

1.2. Poder bastanteado por el Secre t a rio Letrado de laCorporación, por los Servicios Jurídicos o por Letrado dela Corporación, por los Servicios o por Letrado con ejer-cicio en el ámbito del colegio profesional provincial,cuan-do se actúe por representación.

2. Resguardo acreditativo de la constitución de la garantía pro-visional.

3. Decl a ración re s p o n s able del licitador otorgado ante laa u t o ridad Ju d i c i a l , a d m i n i s t rat iva , n o t a rio u organismo cualifi-c a d o , haciendo constar que no se halla incursa en ninguna de lasp rohibiciones para contratar enu m e radas en el artículo 20 de laL C A P.

4. La solvencia económica y financiera podrá acreditarse porel siguiente medio: Informe de instituciones financieras acredita-tivo de la solvencia económica y financiera o, en su defecto, jus-tificante de la existencia de un seguro de indemnización por ries-gos profesionales.

5. La solvencia técnica deberá ser justificada por los siguien-tes medios:

5.1. Títulos académicos y profesionales del empresario y elpersonal de dirección de la empresa y, en particular, delpersonal de dirección de la empresa y, en particular, delp e rsonal re s p o n s able de la ejecución del contra t o .( I n d i s p e n s able disponer de Inge n i e ro de Montes oIngeniero Técnico Forestal u otro titulado que lo sea legal-mente para la realización del objeto del contrato).

5.2. Relación de los principales servicios o trabajos realizadosen los últimos tres años, que incluya importe, fechas ybeneficiarios públicos o privados de los mismos.

5.3. Una descripción del equipo técnico y unidades técnicasparticipantes en el contrato, estén o no integrados directa-mente en la empresa del contratista, especialmente de losresponsables del control de calidad.

5.4. Una declaración de las medidas adoptadas por los empre-sarios para controlar la calidad, así como de los medios deestudio y de investigación de que dispongan.

11.— Mesa de contratación.

La Mesa de contratación estará integrada o constituida delmodo siguiente.

Presidente: El Presidente de la Corporación Municipal omiembro en quien delegue.

Secretario: Un funcionario municipal.

Vocales:

• Un concejal del Ayuntamiento por cada uno de los grupospolíticos de la Corporación.

• El Agente de Desarrollo Local.

• Un Técnico Forestal de la Administración del Principado deAsturias.

• Secretaria-Interventora del Ayuntamiento.

12.— Calificación de la documentación general.

Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesade contratación procederá a la calificación de la documentacióngeneral presentada por los licitadores en el sobre “B”, en sesiónno pública.

Si la Mesa de contratación observara defectos formales en ladocumentación presentada, podrá conceder, si lo estima conve-niente, un plazo no superior a dos días para que el licitador lossubsane.

Si la documentación contuviese defectos substanciales odeficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposi-ción.

13.— Criterios base para la adjudicación.

Los criterios objetivos que servirán de base para la adjudica-ción serán los siguientes:

1. Acreditación de títulos académicos y profesionales delempresario y del personal de la empresa y, en particular, delpersonal responsable de la ejecución del contrato y quesean adecuados para el presente trabajo, así como relaciónde los principales trabajos realizados en los tres últimosaños y que tengan relación con el tipo de trabajo de la pre-sente obra, así como declaración de medidas adoptadaspara controlar la calidad.

2. Metodología a emplear.

3. Mejoras a introducir en el estudio.

4. Mejora en la oferta económica: Las ofertas presentadas sevalorarán aplicando a los criterios precedentes los porcen-tajes: 25%, 20%, 35%, 20%.

14.— Apertura de proposiciones.

La Mesa de contratación, en acto público, celebrado bien elsiguiente día hábil a la apertura de proposiciones a las 12 horas, obien al tercer día hábil siguiente a la apertura de proposiciones sise hubiera dado un plazo de subsanación de errores, a las 12horas,en la Casa Consistorial,dará cuenta del resultado de la cali -ficación de la documentación general presentada por los licitado-res en los sobres “B”, indicando los licitadores excluidos y lascausas de su exclusión, invitando a los asistentes a formularobservaciones que se recogerán en el acta.

A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la aper-tura de sobres “A” y dará lectura de las proposiciones formuladaspor ellos y las elevará con el acta y la propuesta que estime perti-nente al órgano de contratación, que haya de efectuar la adjudica-ción. Previa a la valoración de las proposiciones de los concur-santes, la Mesa podrá solicitar los informes técnicos que conside-re precisos.

15.— Documentos complementarios a presentar por el adjudica -tario provisional.

Antes de la adjudicación definitiva y dentro del plazo conce-dido al efecto, el adjudicatario propuesto deberá presentar, pororiginales o copias compulsadas, la siguiente documentación:

a) Número de identificación fiscal.

b) Documento acreditativo de estar al corriente de sus obliga-ciones tributarias expedido por la Delegación de Hacienda.

c) Documento acreditativo de estar al corriente en las obliga-ciones con la Seguridad Social, acreditando su inscripcióno alta en la misma, así como la afiliación e ingreso de cuo-tas de los trabajadores a su servicio.

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16.— Adjudicación definitiva.

El órgano de contratación, recibida la documentación de laMesa de contratación y evacuados los informes técnicos corres-pondientes, dictará, dentro de los siete días hábiles siguientes a laapertura de proposiciones económicas, resolución motivada adju-dicando el contrato a la proposición más ventajosa, sin atenderexclusivamente al valor económico de la misma, o declarardesierto el concurso.

La adjudicación definitiva, será notificada a los participantesen la licitación y se publicará en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias.

Al efectuar la notificación al adjudicatario del contrato, se lerequerirá para que constituya la garantía definitiva, en la cuantíay forma indicadas en la cláusula número 8 y aporte los documen-tos enumerados en la cláusula anterior.

17.— Formalización del contrato.

La Administración y el Contratista deberán formalizar el con-trato de adjudicación de obra en documento administrativo, dentrode los 15 días siguientes al de la notificación de la adjudicación,constituyendo título suficiente para acceder a cualquier Registro.No obstante lo anterior, dicho contrato administrativo podrá ele-varse a escritura pública a petición del contratista y a su costa.

El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego deCláusulas Administrativas Particulares, si no estuviese incorpora-do al mismo y el proyecto técnico.

18.— Gastos a cargo del adjudicatario.

Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:

1. Los del anuncio que genere el concurso y los preparatoriosy de formalización del contrato.

2. Asumir el pago del I.V.A., que se entenderá concluido den-tro del precio de adjudicación.

3. Los de formalización pública del contrato de adjudicación,en su caso.

4. Los de visado del proyecto técnico en el correspondientecolegio profesional.

19.— Revisión de precios.

No será de aplicación al mismo la revisión de precios.

20.— Indemnización al contratista por fuerza mayor.

El contratista tendrá derecho a que se le indemnicen los dañosque se le hubieran producido en casos de fuerza mayor, nomediando actuación imprudente del mismo.

21.— Resolución del contrato.

El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de reso-luciones anunciadas de los artículos 112 y 150 de LCAP.

22.— Régimen Jurídico.

En lo no previsto expresamente en el presente Pliego deCondiciones,se estará a lo dispuesto en la Ley de Contratos de lasAdministraciones Públicas, Reglamento de Contratos del Estado,Ley 7/1985, de 2 de abril, y Real Decreto Legislativo 781/1986,de 18 de abril.

23.— Jurisdicción competente.

Las cuestiones litigiosas surgidas sobre interpretación, modi-ficación, resolución y efectos de los contratos serán resueltas porel órgano de contratación, cuyas resoluciones agotarán la víaadministrativa y abrirán la vía contencioso-administrativa, a tenorde la Ley de dicha jurisdicción.

24.— Modelo de proposición.

Don ............................................................................... mayorde edad, vecino de ................................................ con domicilioen ................................ titular del D.N.I. nº ......................... expe-dido con fecha ................................ en nombre (o representaciónde .......................................), vecino de .............................. condomicilio en ..................................................... (conforme acredi-to por poder bastanteado) enterado del concurso tramitado paraadjudicar, mediante procedimiento abierto, el proyecto para lap l a n i ficación terri t o rial del uso agro fo restal del concejo deVillayón, se compromete a ejecutarlo atendiendo a los criteriosobjetivos, de adjudicación establecidos en el presente pliego ymemoria.

...................., a .............. de ............................... de ............

En Villayón, a 21 de diciembre de 1999.—El Alcalde.—21.178.

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JUZGADOS DE INSTRUCCION

DE GIJON NUMERO 3

Cédulas de notificación de Sentencia

Doña María Te resa Escandón López,Secretaria del Juzgado de InstrucciónNúmero 3 de Gijón,

Doy fe: Que en Juicio de Faltas núme-ro 358 del año 1999, recayó Sentenciacuyo encabezamiento y parte dispositivadice:

En Gijón, a veinticinco de noviembrede mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por el Sr. don Jorge RubieraAlvarez, Magistrado-Juez del Juzgado deInstrucción Número 3 de los de esta villa,los Autos de Juicio de Faltas número358/1999, sobre una presunta falta decarencia de seguro obligatorio en los quecon el Ministerio Fiscal han intervenidocomo parte denunciada don José ManuelVallina Matos.

Fallo

Que debo condenar y condeno a donJose Manuel Vallina Matos, como autorresponsable de una falta de carencia delseguro obligatorio, ya definida, a la penade multa de 30 días, a razón de 500 pese-tas por día; en total 15.000 pesetas conresponsabilidad personal subsidiaria de15 días en caso de impago por su insol-vencia y al pago de las costas del juicio.

Y para que conste, y sirva de notifica-ción a don José Manuel Vallina Matos, eni g n o rado para d e ro expido la pre s e n t e,haciéndole saber al mismo tiempo quedicha Sentencia no es firme y que contrala misma podrá interponer Recurso deApelación para ante la Au d i e n c i aProvincial de Oviedo, dentro de los cincodías siguientes a su notificación, debién-dose formalizar por escrito conforme a lodispuesto en el artículo 795 de la Ley deEnjuiciamiento Criminal.

En Gijón,a 14 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—20.831.

— • —

Doña María Te resa Escandón López,Secretaria del Juzgado de InstrucciónNúmero 3 de Gijón,

Doy fe: Que en Juicio de Faltas núme-ro 385 del año 1999, recayó Sentenciacuyo encabezamiento y parte dispositivadice:

En Gijón, a dos de diciembre de milnovecientos noventa y nueve.

Vistos por el Sr. don Jorge RubieraAlvarez, Magistrado-Juez del Juzgado deInstrucción Número 3 de los de esta villa,los Autos de Juicio de Faltas número385/1999, sobre una presunta falta deinjurias en los que fue parte denunciantedon Emilio Carlos Iglesias Solís y comod e nunciado don R o d ri go Mart í n e zCaicoya.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a donRodrigo Martínez Caicoya de la falta quese le imputaba, declarando de oficio lascostas causadas.

Y para que conste, y sirva de notifica-ción a don Emilio Carlos Iglesias Solís,en ignorado paradero expido la presente,haciéndole saber al mismo tiempo quedicha Sentencia no es firme y que contrala misma podrá interponer Recurso deApelación para ante la Au d i e n c i aProvincial de Oviedo, dentro de los cincodías siguientes a su notificación, debién-dose formalizar por escrito conforme a lodispuesto en el artículo 795 de la Ley deEnjuiciamiento Criminal.

En Gijón,a 14 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—20.832.

— •—

Doña María Te resa Escandón López,Secretaría del Juzgado de InstrucciónNúmero 3 de Gijón,

Doy fe: Que en Juicio de Faltas número321 del año 1999, recayó Sentencia cuyoencabezamiento y parte dispositiva dice:

En Gijón, a dos de diciembre de milnovecientos noventa y nueve.

Vistos por el Sr. don Jorge RubieraAlvarez, Magistrado-Juez del Juzgado deInstrucción Número 3 de los de esta villa,los Autos de Juicio de Faltas número321/1999, sobre una presunta falta deamenazas en los que fue parte denuncian-te don José Miguel Gómez Montequin ycomo denunciado don José Enri q u eFernández Bedoya.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a donJosé Enrique Fernández Bedoya, de lafalta que se le imputaba, declarando deoficio las costas causadas.

Y para que conste, y sirva de notifica-ción a don José Enrique Fe rn á n d e z

Bedoya, en ignorado paradero expido lapresente, haciéndole saber al mismo tiem-po que dicha Sentencia no es firme y quecontra la misma podrá interponer Recursode Apelación para ante la Au d i e n c i aProvincial de Oviedo, dentro de los cincodías siguientes a su notificación, debién-dose formalizar por escrito conforme a lodispuesto en el artículo 795 de la Ley deEnjuiciamiento Criminal.

En Gijón,a 15 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—20.833.

DE GIJON NUMERO 4

Notificaciones

Doña Cecilia Suárez García, Secretariadel Juzgado de Instrucción Número 4de Gijón,

Certifico y doy fe: Que en el Juicio deFaltas número 228/1999, se ha dictadoSentencia cuyo encabezamiento y partedispositiva dicen así:

“En Gijón, a veintinueve de noviembrede mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por la Ilma. Sra. doña CatalinaO rdóñez Díaz, M agi s t ra d a - Juez delJuzgado de Instrucción Número 4 de losde Gijón, los Autos de Juicio de Faltasn ú m e ro 228/1999, s o b re ap ro p i a c i ó ni n d eb i d a , en los que fue parte elMinisterio Fiscal y don Manuel AlvarezAlvarez como denunciante y don IvánFernández Santos como denunciado.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a donIván Fernández Santos de la falta de apro-piación indebida por la que se le citó aeste juicio como denunciado.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio,mando y firmo.”

Y para que conste y sirva de notifica-ción en legal forma a don Iván FernándezSantos, en ignorado paradero, expido elpresente.

En Gijón, a 30 de nov i e m b re de1999.—La Secretaria.—20.264.

— • —

Doña María Cecilia Suárez Garc í a ,Secretaria del Juzgado de InstrucciónNúmero 4 de Gijón,

Certifico y doy fe: Que en el Juicio deFaltas número 66/1999, se ha dictadoSentencia cuyo encabezamiento y partedispositiva dicen así:

448 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

V. Administración de Justicia

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“En Gijón, a veintinueve de noviembrede mil novecientos noventa y nueve.

Vistos por la Ilma. Sra. doña CatalinaO rdóñez Díaz, M agi s t ra d a - Juez delJuzgado de Instrucción Número 4 de losde Gijón, los Autos de Juicio de Faltasnúmero 66/1999, sobre lesiones, en losque fue parte el Ministerio Fiscal; doñaRosa Blanco Martínez como denunciantey don Juan Gutiérrez González, comodenunciado.

Fallo

Que debo absolver y absuelvo a donJuan Gutiérrez González de la falta delesiones por la que se le citó a juicio comodenunciado.

Así por esta mi Sentencia lo pronuncio,mando y firmo.”

Y para que conste y sirva de notifica-ción en legal forma a don Juan GutiérrezGonzález, en ignorado paradero expido elpresente.

En Gijón, a 29 de nov i e m b re de1999.—La Secretaria.—20.503.

JUZGADOS DE PRIMERAINSTANCIA E INSTRUCCION

DE AVILES NUMERO 1

Cédula de notificación

En los Autos a que se hará mención, seha dictado Sentencia cuyo encabezamien-to y parte dispositiva dicen:

En Avilés, a dieciséis de noviembre demil novecientos noventa y nueve.

Vistos por la Ilma. Sra. doña AmparoC ab a l l e ro Ramos, M agi s t ra d a - Ju e zSustituta del Ju z gado de Pri m e raInstancia Número 1 de Avilés y su parti-do, los presentes Autos de Incidente deM o d i ficación de Medidas número191/1999, seguidos ante este Juzgado ainstancia de don José Luis Varela Alvarez,rep resentado por la Pro c u ra d o ra doñaNuria Arnaiz Llana y asistido del Letradodon Juan Carlos Díez Villareal, contradoña María Salomé Cuervo A l va re z ,representada por el Procurador don JoséLuis López González y asistida de laL e t rada doña María Dolores RubioG o n z á l e z , y contra doña Alma MaríaVarela Cuervo, doña María Luisa VarelaCuervo y don José Luis Varela Cuervo,declarados en rebeldía.

Fallo

Que estimando en parte la demandaformulada por la Procuradora Sra. ArnaizLlana, en nombre y representación de donJosé Luis Varela Alvarez, contra doñaMaría Salomé Cuervo Alvarez, represen-tada por el Pro c u rador Sr. LópezG o n z á l e z , y contra doña Alma MaríaVarela Cuervo, doña María Luisa VarelaCuervo y don José Luis Varela Cuervo,ensituación los tres de rebeldía procesal,

debo declarar y declaro extinguida la pen-sión de alimentos establecida enSentencia de Separación Matrimonial, dela que el presente procedimiento es inci-dente, a favor de los tres hijos del matri-monio, y debo declarar y declaro la noextinción ni modificación de la pensióncompensatoria que en aquellos Autos sefijó a favor de doña María Salomé CuervoAlvarez.

No se hace un especial pronunciamien-to en cuanto a las costas causadas.

Así por esta mi Sentencia, definitiva-mente juzgando en primera instancia, lopronuncio, mando y firmo. Firmado yrubricado.

Y para que conste y notificar a losdemandados en rebeldía, cuyo domicilioactual se desconoce, habiéndoles saberque dicha Sentencia no es firme y quecontra la misma cabe interponer Recursode Apelación ante este Juzgado en elplazo de cinco días hábiles a partir de lapublicación, expido la presente.

En Avilés, a 2 de diciembre de 1999.—El Secretario.—20.265.

— • —

Cédula de citación de remate

Procedimiento: Juicio Ejecutivo.Número: 219/1999.De: Caja de Ahorros de Asturias.P ro c u ra d o r : Don Urbano Mart í n e z

Rodríguez.

En virtud de lo acordado en Resoluciónde esta fecha, en los Autos de referencia,por la presente se cita de re m ate aldemandado Maderas Geal, S.L., C.I.F. B-33460213,a fin de que dentro del términoimprorrogable de nueve días hábiles seoponga a la ejecución contra el mismodespachada, si le conviniere, personándo-se en los Autos por medio de Abogadoque le defienda y Procurador que le repre-sente, apercibiéndole que de no verificar-lo será declarado en situación de rebeldíaprocesal parándole con ello el perjuicio aque hubiere lugar en derecho.

Se hace constar expresamente que, pordesconocerse el paradero del demandado,se ha practicado embargo sin prev i orequerimiento de pago, y hasta cubrir lacuantía de 4.305.227 pesetas de principaly 2.000.000 de pesetas presupuestadaspara intereses y costas, sobre los siguien-tes bienes de su propiedad:

1.— Vehículos matrícula O-2885-AT,O-7056-AN y O-7183-AG.

2.— Cantidades pendientes de percibirpor cualquier concepto de las siguientesp e rsonas y empre s a s : Don José LuisP i ñ e ra Cifuentes, Ramón Garc í aFernández, S.L., Caolines Merilles, S.L.,don Basilio Rodríguez Feito yTransportes Bullazo, S.L.

3.— Créditos que ostente la demanda-da frente a la Hacienda Pública por con-cepto de devolución de I.V.A. e Impuestode Sociedades.

En Av i l é s , a 26 de nov i e m b re de1999.—El Secretario.—20.266.

DE AVILES NUMERO 2

Cédula de notificación yemplazamiento

Procedimiento: Cognición.Número: 364/1999.De: Don Pedro Amalio Alonso Puerta.P ro c u ra d o ra : Doña Gab riela María

Schmidt Suárez.

En el proceso de Cognición de referen-cia, se ha dictado la Resolución del tenorliteral siguiente:

Propuesta de Providencia, Secretariodon Ulpiano Rodríguez Díaz.

En Avilés, a diez de diciembre de milnovecientos noventa y nueve.

El anterior escrito presentado, únase; yde conformidad a lo solicitado, empláce-se en legal fo rma a la SociedadCooperativa de Viviendas Valgranda ydon Victoriano González Gutiérrez, paraque, si les conviniere, dentro del términode nueve días se personen en los Autospor medio de Abogado que les defienda,bajo apercibimiento que de no verificarloserán declarados en situación legal derebeldía procesal, dándose por precluidoel trámite de contestación.

Para que tenga lugar, publíquense edic-tos en el BOLETIN OFICIAL d e lPrincipado de Asturias y tablón de anun-cios de este Juzgado.

Contra esta Resolución cabe Recursode Reposición en el plazo de tres días quese interpondrá por escrito ante esteJuzgado.

Lo que así se propone y firma, doy fe.

Y para que sirva de cédula de notifica-ción y emplazamiento en forma a quien seindica, extiendo y firmo la presente.

En Av i l é s , a 10 de diciembre de1999.—El Secretario.—20.626.

— • —

Cédula de notificación

Procedimiento: Cognición.Número: 379/1999.D e : Fi d u c i a ria de Distr i bu c i ó n

Internacional España, S.A.P ro c u ra d o ra : Doña Cova d o n ga

Fernández-Mijares Sánchez.

En el procedimiento de referencia se hadictado la Resolución del tenor literalsiguiente:

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Propuesta de Providencia, Secretariodon Ulpiano Rodríguez Díaz.

En Avilés, a ocho de noviembre de milnovecientos noventa y nueve.

Por presentado el anterior escri t o ,únase, conforme se solicita emplácese aldemandado, don Joaquín Díaz Barranco,dado su paradero desconocido, a mediode edictos, para que dentro del plazo denueve días, comparezca por escrito y bajoapercibimiento que de no verificarlo serádeclarado en situación legal de rebeldíap ro c e s a l , dándose por contestada lademanda, siguiendo el juicio su curso.

Para que tenga lugar, publíquense edic-tos en el tablón de anuncios de esteJu z gado y BOLETIN OFICIAL d e lPrincipado de Asturias, expidiéndose losdespachos necesarios.

Lo que así se propone y firma, doy fe.

Y como consecuencia del ignora d oparadero de don Joaquín Díaz Barranco,se extiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Avilés,a 8 de noviembre de 1999.—El Secretario.—20.778.

— • —

Cédula de citación de remate

Procedimiento: Juicio Ejecutivo.Número: 197/1997.D e : D o n Fe rnando Manuel Mart í n e z

Villar.P ro c u ra d o r : Don José A n gel Muñiz

Artime.

En virtud de lo acordado en Resoluciónde esta fecha, en los Autos de referencia,por la presente se cita de remate al referi-do demandado don Félix J. RuizSalguero, a fin de que dentro del términoimprorrogable de nueve días hábiles seoponga a la ejecución contra el mismodespachada, si le conviniere, personándo-se en los Autos por medio de Abogadoque le defienda y Procurador que le repre-sente, apercibiéndole que de no verificar-lo será declarado en situación de rebeldíaprocesal parándole con ello el perjuicio aque hubiere lugar en derecho.

Se hace constar expresamente que, pordesconocerse el paradero del demandado,se ha practicado embargo sobre bienes desu propiedad sin previo requerimiento depago.

Consistente en vehículo BMW 525,matrícula O-9585-BS.

Principal: Trescientas sesenta y ochomil setecientas veinticuatro pesetas.

Intereses, gastos y costas:Ciento seten-ta y cinco mil pesetas.

En Avilés, a 17 diciembre de 1999.—ElSecretario.—20.834.

DE AVILES NUMERO 3

Cédula de notificación yrequerimiento de pago

Por así estar acordado en Resolucióndictada con esta fecha en ProcedimientoJudicial Sumario del artículo 131 de laLey Hipotecaria número 181/1999, segui-dos en este Juzgado a instancia de la Cajade Ahorros de Asturias, representada porel Procurador Sr. Martínez Rodríguez,c o n t ra los demandados don Rober t oFernández Suárez y doña Yolanda BangoFernández, sobre reclamación de canti-dad, cuyo principal asciende a la cantidadde 774.052 pesetas (setecientas setenta ycuatro mil cincuenta y dos), por el pre-sente se requiere de pago a los menciona-dos deudores, cuyo paradero se ignora,para que en el plazo de diez días haganpago de las responsabilidades reclamadaspor el importe arriba referido.

En Avilés,a 4 de noviembre de 1999.—El Secretario.—20.267.

— •—

Cédula de notificación yemplazamiento

En Autos de Juicio de Cognición segui-dos al número 238/1999, a instancia dedoña Mónica Pérez Saiz,contr a Asociaciónde Expertos Técnicos Inmobiliari o s(E.T.I.) sobre cognición, se ha dictado laResolución del tenor literal siguiente:

Diligencia de Ordenación, Secretariodon Ricardo Badás Cerezo.

En Avilés, a veinticuatro de noviembrede mil novecientos noventa y nueve.

El anterior escrito únase a los Autos desu razón.

Se tienen por hechas las manifestacio-nes que en el mismo se contienen, y en suvirtud, y a tenor de lo establecido en elartículo 683 de la Ley de EnjuiciamientoCivil, en relación con el artículo 39 delDto. de 21 de noviembre de 1952, emplá-cese a la entidad Asociación de ExpertosTécnicos Inmobiliarios, E.T.I., cuyo para-d e ro se desconoce, concediéndole unplazo de nueve (9) días para personarse,bajo apercibimiento que de no verificarloserá decl a rado en rebeldía pro c e s a l ,parándole el perjuicio a que hubiera lugaren derecho.

A tal fin líbrense los correspondientesedictos que se fijarán en el tablón deanuncios de este Juzgado, y otro, conatento oficio, se remitirá al BOLETINOFICIAL del Principado de A s t u ri a s ,entregándose a la parte para su diligencia-miento.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y como consecuencia del ignora d oparadero del demandado Asociación deExpertos Técnicos Inmobiliarios, (E.T.I.),se extiende la presente para que sirva decédula de notificación y emplazamiento.

En Av i l é s , a 24 de nov i e m b re de1999.—El Secretario.—20.268.

— • —

Cédula de emplazamiento

Acordado en Autos de Juicio de MenorCuantía número 211/1999 seguidos eneste Ju z gado a instancia de SistemasA g u ap re s i ó n , S. L . , c o n t ra Eco SaniClean, S.L., sobre reclamación de canti-dad y cuantía de 860.572 pesetas, pormedio de la presente se emplaza a la indi-cada demandada Eco Sani Clean, S.L.,actualmente en ignorado paradero, paraque en el plazo de diez (10) días compa-rezca en los Autos, asistida de Letrado yrepresentada por Procurador, apercibién-dole de que de no verificarlo será declara-da en rebeldía procesal, dándose por pre-cluido el trámite de contestación a lademanda, siguiendo el proceso su curso ynotificándosele en la sede del Juzgadodicha Resolución y las demás que se dic-ten.

Y para que conste y sirva de emplaza-miento a la demandada Eco Sani Clean,en ignorado paradero, expido y firmo lapresente.

En Av i l é s , a 17 de nov i e m b re de1999.—El Secretario Judicial.—20.504.

— • —

Edicto

Por estar así acordado en Resolución deesta fecha dictada en la causa Juicio deFaltas número 12/1999 por resistencia ala autoridad, a medio del presente se noti-fica a don Vicente López Zamora , l aSentencia recaída en dicha causa, cuyoencabezamiento y fallo dicen:

“En Avilés,a diez de junio de mil nove-cientos noventa y nueve.

Don Javier Antón Guijarro Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia eInstrucción Número 3 de Avilés,habiendovisto y oido los presentes Autos de Juiciode Faltas por presunta falta de Resistenciaa Agentes de la Autoridad en los que hansido partes el Ministerio Fiscal y comodenunciado don Vicente López Zamora. Yen base a los siguientes:

Fallo

Que debo condenar y condeno a donVicente López Zamora, como autor res-ponsable de una falta ya descrita contra elorden público a la pena de multa de 30días a razón de una cuota diaria de 1.000pesetas, estableciendo como responsabili-dad personal subsidiaria para caso deimpago la de un día de privación de liber-tad por cada dos cuotas diarias no satisfe-chas; con imposición al condenado de lascostas causadas.

Notifíquese esta Resolución a las parteshaciéndoles saber que no es firme y con-tra la misma cabe Recurso de Apelación

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ante la Ilma. Audiencia Prov i n c i a lmediante formalización de escrito quehabrá de presentarse ante este Juzgado enel plazo de los cinco días siguientes al desu notificación.

Durante este periodo se hallarán lasactuaciones en la Secretaría a disposiciónde las partes.

Así por esta mi Sentencia, juzgando enprimera instancia la pronuncio, mando yfirmo.”

Y para que sirva de notificación aldenunciado don Vicente López Zamora,expido el presente.

En Av i l é s , a 10 de diciembre de1999.—El Secretario Judicial.—20.691.

DE AVILES NUMERO 4

Cédula de notificación

En el procedimiento Cognición número150/1999 seguido en el Ju z gado dePrimera Instancia Número 4 de Avilés ainstancia de Telefónica SociedadO p e ra d o ra de Servicios deTe l e c o municaciones en España, S. A . ,c o n t ra Here d e ros conocidos de donFrancisco García Menéndez, sobre cogni-c i ó n , se ha dictado la Sentencia quecopiada en su encabezamiento y fallo, escomo sigue:

Sentencia número 00228/99

En Avilés, a dieciséis de noviembre demil novecientos noventa y nueve.

El Sr. don Juan Lab o rda Cobo,Magistrado-Juez del Juzgado de PrimeraInstancia Número 4 de Avilés y su parti-do, habiendo visto los presentes Autos deC ognición número 150/1999 seg u i d o sante este Juzgado, entre partes, de unacomo demandante Telefónica SociedadO p e ra d o ra de Servicios deTelecomunicaciones en España, S.A., conProcurador don Román Gutiérrez Alonsoy Letrado Sr. García Amat, y de otracomo demandados Herederos conocidosde don Francisco García Menéndez, conProcurador y Letrado, sobre cognición.

Fallo

Que estimando como estimo íntegra-mente la demanda, debo de condenar ycondeno a los herederos de don FranciscoGarcía Menéndez, a pagar a la actora lacantidad de 100.236 pesetas,más los inte-reses legales de dicha cantidad devenga-dos desde la fecha de interposición deesta demanda y con expresa condena encostas a los referidos demandados.

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en término dequinto día.

Así por esta mi Sentencia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificaciónen forma a los demandados herederosconocidos de don Francisco Garc í aMenéndez, extiendo y firmo la presente.

En Av i l é s , a 25 de nov i e m b re de1999.—El Secretario.—20.505.

— • —

Edictos

Don Víctor Martín García, Secretario delJuzgado de Primera Instancia Número4 de Avilés,

Hago saber: Que en el Juicio Ejecutivon ú m e ro 249/1995, se ha dictadoSentencia, cuyo encabezamiento y falloson del tenor literal siguiente:

Sentencia

“En Avilés, a veinte de febrero de milnovecientos noventa y seis.

El Sr. don Juan Lab o rda Cobo,Magistrado-Juez del Juzgado de PrimeraInstancia Número 4 de Avilés y su parti-do, habiendo visto los presentes Autos deJuicio Ejecutivo seguidos ante esteJu z ga d o , e n t re part e s , de una comodemandante Caja de Ahorros y Monte dePiedad de Madrid, representado por elP ro c u rador don Jesús Fe rn á n d e zArruñada y bajo la dirección de Letrado,y de otra como demandados Ebanistería yC a rpintería “ H e rminio Suáre z ” , d o nAngel M. Suárez Hidalgo, doña MaríaIris Bernardo Llama, don José L. SuárezHidalgo y doña María Inmaculada SuárezHidalgo, que figuran declarados en rebel-día, en reclamación de cantidad.

Fallo

Debo mandar y mando seguir adelantela ejecución despachada contraEbanistería y Carpintería “ H e rm i n i oSuárez”, don Angel M. Suárez Hidalgo,doña María Iris Bernardo Llama,don JoséL. Suárez Hidalgo y doña MaríaInmaculada Suárez Hidalgo, hasta hacertrance y remate de los bienes embargadosy con su importe íntegro pago a Caja deAhorros yMonte de Piedad de Madrid dela cantidad de un millón seiscientas cua-renta y siete mil setecientas noventa y seisde principal y los intereses correspon-dientes y costas causadas y que se causenen las cuales expresamente condeno adichos demandados.

Así por esta mi Sentencia, que por larebeldía de los demandados se les notifi-cará en los estrados del Juzgado, y en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, caso de que no se solicite sun o t i ficación pers o n a l , lo pro nu n c i o ,mando y firmo.”

Pa ra que sirva de notificación deSentencia al demandado Ebanistería yCarpintería “Herminio Suárez”, se expidela pre s e n t e, que se insertará en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias, y tablón de anuncios de esteJuzgado.

En Av i l é s , a 25 de nov i e m b re de1999.—El Secretario.—20.544.

— •—

Don Víctor Martín García, Secretario delJuzgado de Instrucción Número 4 deAvilés,

Hace saber: Que en este Juzgado, sesiguen diligencias Juicio de Faltas núme-ro de 524/1998, en relación a hurto 1-10-98 en los que son parte como denuncian-te don Juan Jorge Pardo Bañez, comod e nunciado don A n gel Rober t oFernández López, y siendo ignorado elp a ra d e ro de dicho don A n gel Robert oFernández López, por el presente se lenotifica la Sentencia de fecha 7 de sep-tiembre de 1999, cuyo fallo es del tenorliteral siguiente:

Que debo de condenar y condeno ald e nunciado don A n gel Rober t oFernández López, como autor de la faltadefinida, a la pena de tres fines de sema-na de arresto.

Y para que sirva de notificación ald e nunciado don A n gel Rober t oFernández López, expido el presente.

En Av i l é s , a 16 de diciembre de1999.—El Secretario.—20.835.

— •—

Don Víctor Martín García, Secretario delJuzgado de Instrucción Número 4 deAvilés,

Hace saber: Que en este Juzgado, sesiguen diligencias Juicio de Faltas núme-ro 356/1999 en relación a hurto 7-6-99,enlos que son parte como denunciante doñaMaría Antonia Inclán Cueto, c o m odenunciada doña Soraya Mónica MuñizMéndez y siendo ignorado el paradero ded i cha doña Soraya Mónica MuñizMéndez por el presente se le notifica laSentencia de fecha 27 de octubre de 1999,cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que debo de absolver y absuelvo líbre-mente a la denunciada doña SorayaMónica Muñiz Méndez, por los hechosque han dado lugar al presente juicio defaltas.

Y para que sirva de notificación a ladenunciada doña Soraya Mónica MuñizMéndez, expido el presente.

En Av i l é s , a 16 de diciembre de1999.—El Secretario.—20.836.

DE CANGAS DEL NARCEANUMERO 1

Cédula de notificación

En el procedimiento de Tercerías enJuicio de Menor Cuantía número112/1999, se ha dictado la Resolución deltenor literal siguiente:

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P ropuesta de Providencia delS e c re t a rio Judicial don Manuel Po l oHernández.

En Cangas del Narcea, a veinticinco denoviembre de mil novecientos no venta ynueve.

Por presentado el anterior escrito por laProcuradora Sra. Pérez Garrido, únase alos Autos de su razón y dese copia a lacontraparte.

Conforme solicita, notifíquese y desetraslado de la demanda de Tercería deMejor Dere cho presentada por BancoPa s t o r, S. A . , c o n t ra don Fra n c i s c oRodríguez Iglesias, doña María SoledadAlvarez Loredo y don José Luis PérezLinde, al demandado,don José Luis PérezLinde, a medio de edictos que se publica-rán en el BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias y sitios públicosde costumbre. Entregando los despachosnecesarios a la Procuradora solicitante .

Lo que así se propone y firma, doy fe.Conforme la Juez, el Secretario.

Y como consecuencia del ignora d oparadero de demandado don José LuisPérez Linde, se extiende la presente paraque sirva de cédula de notificación y tras-lado de la demanda.

En Cangas del Narcea,a 25 de noviem-bre de 1999.—El Secretario.—20.779.

DE CASTRILLON

Edicto

Don José Manuel Alvarez López, Juez dePaz de Castrillón,

Hace saber: Que en este Juzgado sesiguen Autos de Juicio de Faltas número16/1999 por amenazas, en el que sonp a rte como denunciante don LucianoBarreda Marín, y como denunciado donRubén Alejandro Fernández García, y enel que se ha dictado con fecha 26 de octu-bre de 1999, Sentencia cuya parte dispo-sitiva es del tenor literal siguiente:

“Que debo absolver y absuelvo a donRubén Alejandro Fernández García, de lafalta de amenazas de la que venía acusa-do, declarando las costas de oficio.

La Sentencia ahora dictada no es firmey puede ser recurrida en apelación en elplazo de cinco días siguientes al de sunotificación, presentando escrito que sesustanciará por el trámite de los artículos795 y 796 de la Ley de EnjuiciamientoCriminal.

D u rante este periodo se hallan lasactuaciones en la Secretaría del Juzgado adisposición de las partes.

El Recurso de Apelación se formaliza-rá y tramitará conforme a lo dispuesto enlos artículos 795 y 796 de la Ley deEnjuiciamiento Criminal”.

Sirva el presente de notificación enfo rma al denunciante don Luciano

Barreda Marín de la Sentencia cuya partedispositiva se recoge en el presente.

En Piedras Blancas (Castrillón),a 10 dediciembre de 1999.—El Juez de Paz.—ElSecretario.—20.627.

DE CASTROPOL NUMERO 1

Cédula de citación de remate

Procedimiento: Juicio Ejecutivo.Número: 178/1999.De: Banco Pastor, S.A.P ro c u ra d o ra : Doña Gema Garc í a

Monteserín.

En virtud de lo acordado en Resoluciónde esta fecha, en los Autos de referencia,por la presente se cita de remate al referi-do demandado don Francisco FernándezRaposo, a fin de que dentro del términoimprorrogable de nueve días hábiles seoponga a la ejecución contra el mismodespachada, si le conviniere, personándo-se en los Autos por medio de Abogadoque le defienda y Procurador que le repre-sente, apercibiéndole que de no verificar-lo será declarado en situación de rebeldíaprocesal parándole con ello el perjuicio aque hubiere lugar en derecho.

Se hace constar expresamente que, pordesconocerse el paradero del demandado,se ha practicado embargo sobre bienes desu propiedad sin previo requerimiento depago.

Bienes embargados:

— Matorral llamado Xunto Pozas enCabana, municipio de Fonsagrada-Lugo,de 0,1840 Ha, polígono, 14, parcela 83.

— Matorral llamado Gatoi en Cabanamunicipio de Fonsagrada de 0,0444 Ha,polígono 14, parcela 78.

— Cantidades a favor del demandadoque existan ante la Hacienda Publica porel concepto de devolución de I.V. A . ,I.R.P.F. o por cualquier otro concepto.

Principal: 561.731 pesetas.

Intereses, gastos y costas: 1.200.000pesetas.

En Castropol, a 1 de diciembre de1999.—El Secretario.—20.377.

— • —

Edicto

Doña Raquel Martínez González,S e c re t a ria del Ju z gado de Pri m e raInstancia e Instrucción de Castropol,

Doy fe: Que en los Autos de MenorCuantía número 104/1999 ha recaído lasiguiente:

Sentencia número 125/99

En la villa de Castropol, a treinta denoviembre de mil novecientos noventa ynueve.

Vistos por el Sr. don A l fonso JiménezM a r í n , Juez del Ju z gado de Pri m e raInstancia de esta villa y su part i d o , l o sp resentes Autos de Juicio de MenorCuantía seguidos en este Ju z gado con eln ú m e ro 104/1999 entre part e s , de unacomo demandante doña Amalia A l va ri ñ oG a rc í a , con domicilio en Barc e l o n a ,rep resentada por la Pro c u ra d o ra doñaGema García Monteserín y defe n d i d apor el Letrado don Luis GonzálezM a rt í n e z , y de otra como demandados elM i n i s t e rio Fiscal y las personas desco-nocidas e inciertas con interés en ela s u n t o , d e cl a radas en rebeldía estas últi-m a s , s o b re filiación y otros ex t re m o s ,siendo la cuantía del asunto 3.005.661p e s e t a s .

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor la Pro c u ra d o ra Sra. Garc í aMonteserín en nombre y representaciónde doña Amalia A l va riño García elMinisterio Fiscal y las personas descono-cidas e inciertas con interés en el asunto,declaradas en rebeldía estas últimas, debodeclarar y declaro que don Domingo ydoña Amalia Alvariño García, son herma-nos carnales de doble vínculo, únicoshijos de don Domingo Alvariño Formosoy doña Amalia García Pérez, así como sedeclara única y universal heredera de donDomingo Alvariño García a su única her-mana doña Amalia Alvariño García, sinque proceda hacer especial declaración encostas.

Notifíquese esta Resolución en legalforma a los demandados declarados enrebeldía.

C o n t ra la presente Resolución cab einterponer Recurso de Apelación ante laIlma. Audiencia Provincial de Oviedo enel plazo de cinco días a partir de su noti-ficación.

Así por esta, mi Sentencia, lo acuerdo,mando y firmo.

La que concuerda bien y fielmente consu original al que me remito.

Y para que conste y sirva de notifica-ción en forma legal a cuantas personasdesconocidas e inciertas pudieran tenerinterés en este procedimiento, así comopara su publicación en el BOLETIN OFI-CIAL del Principado de Asturias, expidoy firmo la presente.

En Castropol, a 10 de diciembre de1999.—La Secretaria.—20.837.

DE GRADO NUMERO 1

Cédula de citación de remate

Procedimiento: Juicio Ejecutivo.Número: 73/1999.De: Banco Popular Español, S.A.P ro c u ra d o r : Don Miguel A n ge l

Fernández Rodríguez.

452 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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En virtud de lo acordado en Resoluciónde esta fecha, en los Autos de referencia,por la presente se cita de remate a losreferidos demandados, herederos desco-nocidos e inciertos de doña LeonidesRodríguez Colado, a fin de que dentro delt é rmino impro rrogable de nu eve díashábiles se opongan a la ejecución contralos mismos despachada, si les conviniere,personándose en los Autos por medio deAbogado que les defienda y Procuradorque les represente,apercibiéndoles que deno verificarlo serán declarados en situa-ción de rebeldía procesal parándoles conello el perjuicio a que hubiere lugar enderecho.

Se hace constar expresamente que, pordesconocerse el paradero de los demanda-dos, se ha practicado embargo sobre bie-nes de su propiedad sin previo requeri-miento de pago.

Principal: 3.468.148 pesetas.

Intereses, gastos y costas: 1.250.000pesetas.

E n G ra d o , a 25 de nov i e m b re de1999.—El Secretario.—20.269.

DE LANGREO NUMERO 2

Edictos

Doña Consuelo Carbajo Domingo ,S e c re t a ria Judicial del Ju z gado deP ri m e ra Instancia Número 2 deLangreo,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento Expediente deDominio Inmat riculación número10.027/1999 a instancia de don MelchorBraga Méndez, para la inmatriculación delas siguientes fincas:

— Finca urbana: Solar sito en Lada-Langreo, calle El Ponticu, nº 1, que tieneuna superficie de ciento dieciocho (118)metros cuadrados.

Linda: Al frente, o Norte, donde seencuentra la puerta de entrada, con laTravesía del Ponticu; a la derecha entran-do, u Oeste, con el edificio número 61,propiedad de su hermano don MelchorBraga Méndez; a la izquierda entrando, oEste, con la travesía Pontico de Lada; y alSur, o espalda, con la carretera de Ponticode Lada, que une con La Felguera.

Sobre dicho solar existe construido,desde el año 1965, la siguiente edifica-ción:

“Edificio compuesto por planta baja-comercio, en la actualidad destinado acocheras, y dos plantas altas destinadas auso residencial con dos viviendas porplanta. Todas y cada una de las viviendasconstan de cocina, cuarto de baño y tresh ab i t a c i o n e s , no existiendo ascensor,siendo sus superficies las siguientes: Lasviviendas ubicadas a mano izquierda, tie-nen cada una de ellas 49.65 metros cua-drados, y las que se encuentran a mano

derecha,45.23 metros cuadrados,con unasuperficie en planta de 12.00 metros cua-drados, y por lo que se refiere al bajocomercial, consta de 77.22 metros cua-drados”.

R e fe rencia cat a s t ra l0985030TN8908S0001OZ.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas y descono-cidas e inciertas a quienes pudiera perju-dicar la inscripción solicitada para que enel término de los diez días siguientes a lapublicación de este edicto puedan compa-recer en el expediente alegando lo que asu derecho convenga.

En Langre o , a 2 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.628.

— • —

Doña Consuelo Carbajo D o m i n go ,S e c re t a ria Judicial del Ju z gado deP ri m e ra Instancia Número 2 deLangreo,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento Expediente deDominio Inmat riculación número10.028/1999 a instancia de doñaMargarita Tomás Díaz y otros, para lainmatriculación de la siguiente finca:

Finca denominada “El Espino”, sita enRiaño-Langreo, con una extensión de tresmil doscientos metros cuadrados.

Linda: Al Norte, con bienes de doñaMaruja Varilla; al Este, con camino y bie-nes de doña Maruja Varilla; Oeste, conbienes de doña Rosario Pérez y camino; yal Sur, con camino y bienes de doñaRosario Pérez.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fe cha sec o nvoca a las personas ignoradas a quie-nes pudiera perjudicar la inscri p c i ó nsolicitada para que en el término de losdiez días siguientes a la publicación deeste edicto puedan comparecer en elexpediente alegando lo que a su dere ch oc o nve n ga .

Así mismo se cita a herederos de laCondesa de Guendulain y doña RosarioPérez, para que dentro del término ante-riormente expresado puedan compareceren el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

En Langre o , a 2 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.629.

— • —

Cédulas de notificación

Doña Consuelo Carbajo Domingo ,S e c re t a ria Judicial del Ju z gado deP ri m e ra Instancia Número 2 deLangreo,

Hago saber: Que en este Juzgado sesiguen Autos de Expediente de Dominio

por Exceso de Cabida número10.032/1999, seguidos a instancia de donJorge J. Alonso Zapico, sobre la siguientefinca:

Urbana:Casa habitación, compuesta desótano y planta baja, sita en la calleRamón y Cajal, nº 16, de Sama deLangreo, construida sobre una superficietotal, según reciente medición, de ochen-ta y cuatro metros y noventa y siete decí -metros (84.97), con el resto del terreno ala espalda e izquierda de la misma, en untotal, también según reciente medición deciento quince metros y noventa y un decí-m e t ros cuadrados (115.91), fo rm a n d otodo una sola finca con una superficie realde doscientos metros y ochenta y ochodecímetros cuadrados (200.88).

Con los siguientes linderos: Frente oNorte, calle Ramón y Cajal; derecha, lap ro m ovente; izquierd a , C o munidad dePropietarios del número 18 de la calleRamón y Cajal; y espalda, don MaximinoFe rn á n d e z , h oy Comunidad dePropietarios del número 13 de la calleLucio Villegas.

Inscrita en el Registro de la Propiedadde Pola de Laviana, al tomo 1.608, libro795 de Lang reo, folio 197, finca registralnúmero 24.901-N, inscripción 7ª.

Y como consecuencia del ignora d oparadero de las personas desconocidas einciertas, se extiende la presente para quesirva de cédula de notificación en legalforma a los mismos y que puedan compa-recer en el término de diez días en el arri-ba referenciado expediente.

En Langre o , a 2 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.506.

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Doña Consuelo Carbajo Doming o ,S e c re t a ria Judicial del Ju z gado deP ri m e ra Instancia Número 2 deLangreo,

Hago saber: Que en el procedimientode Juicio Ejecutivo número 221/1999, seha dictado la Resolución del tenor literalsiguiente:

Sentencia

En Langreo, a veinticuatro de noviem-bre de mil novecientos noventa y nueve.

El Sr. don Rafael Abril Manso, Juez delJuzgado de Primera Instancia Número 2de Langreo y su partido judicial, habien-do visto los presentes Autos de JuicioE j e c u t ivo número 221/1999, s eg u i d o sante este Juzgado entre partes, de unacomo demandante Fi n a n c i e ra Oviedo,S. A . , rep resentada por la Pro c u ra d o radoña María Aurelia Suárez Andreu, bajola dirección de la Letrada doña Alicia M.Blanco Alegría, y de otra como demanda-do don Maximiliano A l va rez Canteli,d e cl a rado en rebeldía pro c e s a l , s o b rereclamación de cantidad.

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Fallo

Debo mandar y mando seguir adelantela ejecución despachada contra donMaximiliano Alvarez Canteli, hasta hacertrance y remate de los bienes embargadosy con su impor t e, í n t egro pago aFinanciera Oviedo, S.A., de la cantidadde 148.141 pesetas de principal, intereseslegales incrementados en dos puntos ycostas causadas y que se causen en lascuales ex p resamente condeno a dich odemandado.

C o n t ra la presente Resolución cab ei n t e rponer Recurso de Ap e l a c i ó n , p o rescrito ante este Juzgado,en el término decinco días desde su notificación.

Así por esta mi Sentencia, que por larebeldía del demandado se le notificará enlos estrados del Ju z gado y en elBOLETIN OFICIAL del Principado deAsturias que corresponda a su últimodomicilio conocido, caso de que no sesolicite su notificación personal, lo pro-nuncio, mando y firmo.

Publicación: Leída y publicada fue laanterior Sentencia por el Sr. Juez que las u s c ri b e, estando celeb rando audienciapública en el mismo día de su fecha, de loque doy fe.

Y como consecuencia del ignora d op a ra d e ro de don Maximiliano A l va re zCanteli, se extiende la presente para quesirva de cédula de notificación.

En Langre o , a 3 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.781.

— • —

Cédula de citación de remate

Procedimiento: Juicio Ejecutivo.Número: 222/1999.De: Banco Santander Central Hispano,

S.A.Procuradora: Doña Esperanza Alonso

Sánchez.

En virtud de lo acordado en Resoluciónde esta fecha en los Autos de referencia,por la presente se cita de remate a losreferidos demandados don MaximilianoAlvarez Canteli y doña María AngelesAlonso Montes, a fin de que dentro delt é rmino impro rrogable de nu eve díashábiles se opongan a la ejecución contralos mismos despachada, si les conviniere,personándose en los Autos por medio deAbogado que les defienda y Procuradorque les represente apercibiéndoles que deno verificarlo serán declarados en situa-ción de rebeldía procesal parándoles conello el perjuicio a que hubiere lugar enderecho.

Se hace constar expresamente que, pordesconocerse el paradero de los demanda-dos, se ha practicado embargo sobre lossiguientes bienes de su propiedad, sin pre-vio requerimiento de pago:

— Finca número 56.151, inscrita en elR egi s t ro de la Propiedad de Pola deLaviana, al tomo 131, libro 630, folio126.

— Parte proporcional de los emolu-mentos que perciba don MaximilianoAlvarez Canteli por cualquier conceptodel Instituto Nacional de la SeguridadSocial.

— Parte proporcional del sueldo, pen-sión o prestación que por cualquier con-c epto pueda percibir la codemandadadoña María Angeles Alonso Montes.

Y todo ello hasta cubrir la cantidadreclamada de:

- 3.851.806 pesetas de principal.

- 2.500.000 pesetas que se calculanpara intereses y costas, sin perjuicio deulterior liquidación.

Y para que sirva de citación de remateen legal forma a los demandados donMaximiliano A l va rez Canteli y doñaMaría Angeles Alonso Montes, en para-dero desconocido, expido y firmo la pre-sente.

En Langreo, a 29 de noviembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.780.

DE LAVIANA NUMERO 1

Edicto

Doña María del Rosario Palenque Lus,S e c re t a ria del Ju z gado de Pri m e raInstancia e Instrucción Número 1 deLaviana,

Doy fe: Que en los Autos a que se harámención se dictó la Sentencia cuyos enca-bezamiento y fallo son los siguientes:

En Laviana, a veintiocho de septiembrede mil novecientos noventa y nueve.

La Sra. doña María del Carm e nSecades Suáre z , Juez del Ju z gado dePrimera Instancia Número 1 de Laviana ysu partido, habiendo visto los presentesAutos de Menor Cuantía número 30/1999seguidos ante este Juzgado, entre partes,de una como demandante UniónFi n a n c i e ra A s t u ri a n a , S. A . , c o nP ro c u ra d o ra doña Esperanza A l o n s oSánchez y Letrado don Alfredo PrietoValiente, y de otra como demandados donAu relio García Orv i z , don MaximinoM a rtínez Cort i n a , doña Blanca FlorFernández Hevia,doña Amelia FernándezG a rc í a , P roducción y Venta Nalón,S. A . L . , d e cl a rados en rebeldía sobremenor cuantía en reclamación de canti-dad.

Fallo

Que estimando íntegramente la deman-da deducida en esta litis por laP ro c u ra d o ra de los tri bunales doñaE s p e ranza Alonso Sánch e z , c o n t raProducción y Venta Nalón, S.A.L., donAu relio García Orv i z , doña A m e l i a

Fe rnández Garc í a , don MaximinoM a rtínez Cortina y doña Blanca FlorFernández Hevia, declarados en rebeldíalegal en estas actuaciones, sobre reclama-ción de cantidad, debo condenar y conde-no a los demandados a abonar solidaria-mente a la actora la suma de dos millonesseiscientas treinta y dos mil setenta y seispesetas (2.632.076 pesetas), más los inte-reses legales que resulten de la aplicacióndel contrato, y con expresa imposición delas costas a los demandados.

Así por esta mi Sentencia (que seránotificada a los demandados declaradosen rebeldía legal en estas actuaciones, enuna de las formas previstas en el artículo769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil),contra la que cabe Recurso de Apelación,a interponer en este Juzgado en el plazode cinco días desde su notificación, paraante la Audiencia Provincial de Oviedo,definitivamente juzgando en esta instan-cia, lo pronuncio, mando y firmo.

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en término dedía.

Así por esta mi Sentencia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a losdemandados rebeldes Producción y VentaN a l ó n , S. A . L . , y don Au relio Garc í aOrviz, expido el presente.

En Pola de Laviana, a 4 de noviembrede 1999.—La Secretaria.—20.782.

DE LAVIANA NUMERO 2

Cédula de notificación yemplazamiento

Procedimiento: Cognición.Número: 115/1999.De: Don Fidel Navarro Rubio.

En Autos de referencia se ha dictado laResolución del tenor literal siguiente:

P ropuesta de Providencia de laSecretaria Judicial doña Rosario PalenqueLus.

En Laviana, a uno de diciembre de milnovecientos noventa y nueve.

A la vista de las diligencias negativasde emplazamiento de la codemandadadoña Consuelo Suárez Alonso, empláce-sela por edictos uno de los cuales se colo-cará en el sitio público de costumbre yotro se remitirá junto con oportuno oficioal Sr. Delegado del Gobierno para supublicación en el BOLETIN OFICIALdel Principado de Asturias, a fin de quecomparezca en el procedimiento en plazode nueve días improrrogables, bajo aper-cibimiento de que en otro caso seríadeclarada en rebeldía, sin más citarle nioírle.

Lo que así se propone y firma, doy fe.Conforme el Juez, la Secretaria.

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Y como consecuencia del ignora d oparadero de la demandada doña ConsueloSuárez Alonso, se extiende la presentepara que sirva de cédula de notificación yemplazamiento.

En Lav i a n a , a 1 de diciembre de1999.—La Secretaria.—20.508.

DE LENA NUMERO 1

Cédula de notificación

En virtud de lo dispuesto por el Ilmo.Sr. Juez del Juzgado de Primera InstanciaNúmero 1 de Pola de Lena, en providen-cia dictada en Autos de Juicio Ejecutivonúmero 31/1987 promovidos por BancoB i l b a o , S. A . , rep resentado por laProcuradora Sra. Real Fernández, contradon Alberto de Ramón Bermejo y doñaInocenta Duarte González, en reclama-ción de 2.495.876 pesetas de principal yde 950.000 pesetas fijadas para interesesy costas,por ignorarse el paradero de donA l b e rto de Ramón Bermejo y doñaInocenta Duarte González,se ha acordadoel embargo de los siguientes bienes:

— Vehículos matrículas M-9222-KG yM-174-IL a nombre de doña InocenciaDuarte González.

—Autorizaciones de transportes de losvehículos citados, números 00037954-2 y04181518-5.

Y para que sirva de notificación enforma a los demandados don Alberto deRamón Bermejo y doña Inocencia DuarteGonzález, expido la presente.

En Pola de Lena, a 7 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.545.

DE LENA NUMERO 2

Edicto de notificación

En virtud de lo acordado enP rovidencia de esta fe ch a , por hab e rresultado infructuosas las ge s t i o n e shechas en su busca se hace público, pormedio del presente, lo siguiente:

Que el Sr. don Luis Llanes Garrido,Juez del Juzgado de Instrucción Número2 de Lena y su partido judicial ha visto losAutos de Juicio Verbal de Faltas número23/1998, sobre Seguro Obligatorio, sien-do los denunciados doña Julia Pe ñ aFe rnández y don Ju a n C a rlos Pe ñ aFernández, en los que ha sido parte elMinisterio Fiscal, y ha dictado con fechatreinta y uno de mayo de mil novecientosnoventa y ocho el fallo que luego se dirá;contra el que cabe interponer Recurso deApelación en el plazo de cinco días antela Ilma. Audiencia Provincial.

Fallo

Que debo condenar y condeno a doñaJulia Peña Fernández y don Juan CarlosPeña, como autores responsables de sen-das faltas contra el orden público, a lapena de un mes de multa con una cuota

diaria de 500 pesetas con responsabilidadpersonal subsidiaria para el caso de impa-go de un día de privación de libertad porcada dos cuotas no satisfechas y al abonode las costas procesales.

Y para que sirva de notificación a doñaJulia Peña Fernández y don Juan CarlosPeña Fernández y para su inserción en eltablón de anuncios de este Juzgado seexpide el presente.

En Pola de Lena, a 10 de diciembre de1999.—La Secre t a ria.—El Magi s t ra d o -Juez.—20.507.

DE LUARCA NUMERO 1

Edicto

En los Autos de Menor Cuantía núme-ro 242/1998, se ha dictado la siguienteResolución:

En Luarc a - Va l d é s , a ve i n t i nu eve denoviembre de mi novecientos noventa ynueve.

La Sra. doña Carmen Márq u e zJiménez, Juez del Juzgado de PrimeraInstancia Número 1 de Luarca-Valdés ysu partido, habiendo visto los presentesAutos de Menor Cuantía número242/1998 seguidos ante este Ju z ga d o ,entre partes, de una como demandantedoña María del Carmen Fe rn á n d e zFernández, con Procurador don FranciscoJavier González-Fanjul González yLetrado, y de otra como demandadosdoña Florentina Fernández López, donGuillermo Alba Pérez, doña Justa MaríaBlanca Fernández Díaz, personas desco-nocidas e inciertas, comunidad heredita-ria de don A fiano Rodríguez, c o nProcurador y Letrado, sobre menor cuan-tía, y, en nombre del Rey, se ha dictado lasiguiente Sentencia:

Fallo

Que apreciando la falta de legitimaciónp a s iva de doña Justa María BlancaFernández Díaz, la absuelvo de las pre-tensiones de la actora, y estimando par-cialmente la demanda formulada por doñaMaría del Carmen Fernández Fernández,contra doña Florentina Fernández Lópezy demás miembros de la Comu n i d a dHereditaria de don Anfiano RodríguezTrelles y don Guillermo Alba Pérez ydoña Justa María Blanca Fernández Díaz,declaro el derecho de la actora a deslindarla finca de su propiedad descrita en elhecho primero de la demanda, determi-nando que el deslinde deberá realizarse enla forma recogida en el fundamento jurí-dico número 2.

Todo ello sin hacer condena en costas ydebiendo abonar cada parte las generadasa su instancia y las comunes por mitad.

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en término dequinto día.

Así por esta mi Sentencia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y, para que sirva de notificación ycitación a las personas desconocidas einciertas que puedan tener intereses seexpide la presente.

En Luarc a , a 10 de diciembre de1999.—La Secretaria.—20.631.

— •—

Cédulas de notificación

En el procedimiento de Menor Cuantían ú m e ro 161/1998, se ha dictado laResolución del tenor literal siguiente:

En Luarc a - Va l d é s , a ve i n t i nu eve denoviembre de mil novecientos noventa ynueve.

La Sra. doña Carmen Márq u e zJiménez, Juez del Juzgado de PrimeraInstancia Número 1 de Luarca-Valdés ysu partido, habiendo visto los presentesAutos de Menor Cuantía número161/1998 seguidos ante este Ju z ga d o ,entre partes, de una como demandantedoña Adela Silvane Garc í a , c o nP ro c u rador don Francisco Jav i e rGonzález-Fanjul Fernández y Letrado, yde otra como demandados don CelestinoP é rez del Río Reg u e ra , don A l va roRodríguez A l va re z , d o n M a nuel Pére zSeijo, doña Amalia Seijo García, doñaElena Fe rnández Mart í n e z , don LuisMaría García Pérez del Río, herederosdesconocidos e inciertos de don EzequielMayo Pérez,doña Consuelo Pérez del RíoR eg u e ro , h e re d e ros desconocidos einciertos,con Procurador y Letrado,sobremenor cuantía, y, en nombre del Rey, seha dictado la siguiente Sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor doña Adela Silvane García, contradon Celestino Pérez del Río Reguera,donE zequiel Mayo Pére z , d o n A l va roR o d r í g u e z , don Roberto A l va re z , d o nJosé Luis Alvarez, doña Carmen Alvarez,doña Mercedes A l va re z , d o n M a nu e lGuison y don José de Avilés, y contra losherederos desconocidos e inciertos de donJosé García, don Ricardo Alvarez, donRoberto Alvarez y don Celestino Pérezdel Río, declaro que las fincas propiedadde la actora y descritas en el hecho prime-ro de la demanda tienen derecho a que seconstituya una servidumbre en provechode todas ellas, servidumbre que tendrá unancho de 2,5 metros y discurrirá por lospuntos fijados en el fundamento jurídicosegundo. Todo ello sin hacer expresa con-dena en costas.

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en término dequinto día.

Así por esta mi Sentencia, lo pronun-cio, mando y firmo.

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Y como consecuencia del ignora d op a ra d e ro de here d e ros desconocidos einciertos de don Ezequiel Mayo Pérez,d o n José Garc í a , d o nR i c a rdo A l va re z ,d o n R o b e rto A l va re z , doña Merc e d e sAlvarez, y copropietarios y cotitulares delas fincas sitas en Cueva Canero, entre lasde doña Adela Silvane y camino público,se extiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Luarca,a 1 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—20.509.

— • —

En el procedimiento de Sep a ra c i ó nContenciosa número 186/1999, se ha dic-tado la Resolución del tenor litera lsiguiente:

Sentencia 00229/1999

En Luarca-Valdés, a treinta de noviem-bre de mil novecientos noventa y nueve.

La Sra. doña Carmen Márq u e zJiménez, Juez del Juzgado de PrimeraInstancia Número 1 de Luarca-Valdés ysu partido, habiendo visto los presentesAutos de Separación Contenciosa numero186/1999, seguidos ante este Juzgado,entre partes, de una como demandantedoña María Nuria Riesgo Sánchez, conProcuradora doña María Aurelia GarcíaMartínez y Letrada doña Luz María PérezMéndez, y de otra como demandado donVíctor Hugo Alonso Casalini, en rebeldíaprocesal, sobre separación contenciosa, y,en nombre del Rey, se ha dictado lasiguiente Sentencia:

Fallo

Que estimando la demanda formuladapor la Procuradora de los Tribunales doñaMaría Aurelia García Martínez, en nom-bre y representación de doña María NuriaRiesgo Sánchez, contra don Víctor HugoAlonso Casalini,declaro la separación delm at rimonio fo rmado por doña MaríaNuria Riesgo Sánchez y don Víctor HugoAlonso Casalini, sin hacer expreso pro-nunciamiento en cuanto a costas.

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en término dequinto día.

Así por esta mi Sentencia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignora d op a ra d e ro de don Víctor Hugo A l o n s oCasalini, se extiende la presente para quesirva de cédula de notificación.

En Luarca,a 3 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—20.378.

— • —

Cédula de notificación yemplazamiento

Procedimiento: Menor Cuantía.Número: 339/1999.

De: Comunidad de Propietarios Edif.La Fuente.

P ro c u ra d o ra : Doña María Au re l i aGarcía Martínez.

En Autos de referencia se ha dictado laResolución por la que se acuerda empla-zar a los here d e ros desconocidos deldemandado fallecido don Santiago GarcíaAntón, para que si les conviniere, se per-sonen en los Autos dentro del término deveinte días, por medio de Abogado queles defienda y Procurador que les repre-sente, y contesten a la demanda, bajoapercibimiento de que de no verificarloserán declarados en situación legal derebeldía procesal, dándose por precluidoel trámite de contestación a la demanda.

Y como consecuencia del ignora d oparadero de los herederos desconocidosdel demandado don S a n t i ago Garc í aAntón, se extiende la presente para quesirva de cédula de notificación y emplaza-miento.

En Luarca,a 3 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—20.379.

DE LLANES NUMERO 1

Edictos

Don Eduardo Luis González del CampilloC ru z , Juez del Ju z gado de Pri m e raInstancia e Instrucción de Llanes,

Hago saber: Que en este Juzgado de mic a rgo se siguen Autos de Juicio deCognición, con el número 134/1998, ainstancia de Banco Centra lHispanoamericano, S.A., contra don JuanManuel Lago Urtiaga, en paradero desco-n o c i d o , en cuyos Autos he acord a d oemplazar al demandado para que en tér-mino de nueve días comparezca en Autosy conteste a la demanda, con apercibi-miento, por tr atarse de segunda citación,de conformidad con el artículo 43 delDecreto de 21 de noviembre de 1952,quede no verificarlo, ni alegar justa causa, sele podrá tener por confo rme con loshechos aducidos en la demanda, dictán-dose seguidamente la Sentencia que pro-ceda.

Y a tal fin y para que sirva de emplaza-miento al demandado, hago público elpresente.

En Llanes, a 2 de nov i e m b re de1999.—El Juez.—La Secre t a ri a . —20.270.

— •—

El Juez del Juzgado de Primera InstanciaNúmero 1 de Llanes,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue el procedimiento Expediente deDominio. Reanudación del Tracto núme-ro 165/1999, a instancia de don AntonioCillero Rey, expediente de dominio parala inmatriculación de las siguientes fin-cas:

Urbana: En el pueblo de Vilde, munici-pio de Ribadedeva , al sitio de LaCantería, casa-habitación con piso, sala ydesván, de 48 metros cuadrados.

Linda: Norte y Este, herederos de doñaAtanasia Posada; Sur, tránsito y Oeste,herederos de don José Posada.

Registro: Tomo 643 del archivo, libro55 de Ribadedeva , al folio 93, fi n c anúmero 7.852, inscripción 1ª. Apareceinscrita la inscripción a favor de donFrancisco Riaño Sordo.

A d q u i s i c i ó n : A d q u i rió don A n t o n i oCillero Rey por compra-venta en estadode casado con doña Rosa MaríaRodríguez Riaño y para su sociedad degananciales celebrada en Vilde en marzodel 95,a los causahabientes conocidos deltitular registral y que en aquella fechae ran don Fra n c i s c o , don Luis, d o nMiguel, y doña María Riaño Fernández;don Lucas Noriega Riaño, don Ramón ydoña Angela Riaño Vega.

Por el presente y en virtud de lo acor-dado en providencia de esta fecha se con-voca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicita-da para que en el término de los diez díassiguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente ale-gando lo que a su derecho convenga.

Asimismo se cita a los herederos des-conocidos e inciertos de don MiguelRiaño Fernández, para que dentro del tér-mino anteri o rmente ex p resado puedancomparecer en el expediente alegando loque a su derecho convenga.

En Llanes, a 25 de nov i e m b re de1999.—La Secretaria.—20.271.

— • —

En Llanes, a veintinueve de marzo demil novecientos noventa y nueve.

El Sr. Juez del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción de la villa deLlanes y su partido, don Ramón SordoSordo,ha visto y oído los Autos de MenorCuantía número 80/1998, seguidos a ins-tancia de Banco Central Hispanoameri-c a n o , S. A . , rep resentado por elProcurador Sr. Ceferino Palacio, bajo lad i rección del Letrado Sr. don Jo s éDapena, y como demandados don JuanManuel Lago Urtiaga y doña María JoséGarcía Muñoz,declarados en situación derebeldía procesal.

Fallo

Que estimando la demanda presentadapor el Pro c u rador don José MaríaCeferino Palacio,en nombre y representa-ción de la entidad Banco Centra lHispanoamericano, S.A., contra don JuanManuel Lago Urtiaga y doña María JoséG a rcía Muñoz, d e cl a rados en reb e l d í ap ro c e s a l , d ebo condenar y condeno aestos demandados a pagar a la sociedadactora la cantidad de dos millones tres-

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cientas noventa y ocho mil ciento cin-cuenta y una pesetas (2.398.151 ptas.),con el interés legal desde la fecha deemplazamiento y a las costas procesales.

Y para que por este medio le sirva denotificación en forma a los demandadosdon Juan Manuel Lago Urtiaga y doñaMaría José García Muñoz, expido y firmoel presente edicto que se fijará en eltablón de anuncios de este Juzgado.

En Llanes, a 4 de nov i e m b re de1999.—La Secretaria.—20.272.

— • —

En Llanes, a treinta de julio de milnovecientos noventa y nueve.

El Sr. Juez del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción de la villa deLlanes y su partido, don Ramón SordoS o rd o , ha visto y oido los Autos deA rrendamientos Rústicos número331/1998, seguidos a instancia de doñaMaría del Pilar Campuzano Río, repre-sentada por el Pro c u rador Sr. BujA m p u d i a , c o n t ra don Gera rdo Barri oRugarcía declarado en rebeldía procesal.

Fallo

Que estimando la demanda presentadapor el Pro c u rador don Vicente BujAmpudia, en nombre y representación dedoña María del Pilar Campuzano Río,sobre desahucio de finca rústica, contradon Gerardo Barrio Rugarcía declaradoen rebeldía pro c e s a l , d ebo decl a rar ydeclaro resuelto el contrato de arrenda-miento de la finca a que hace referencia elhecho primero de la demanda y en conse-cuencia debo condenar y condeno aldemandado al desahucio de la citada fincaque deberá dejar libre y a disposición dela actora en los plazos legales con aperci-bimiento de lanzamiento si no lo verifica-se. Con expresa imposición de costas.

Y así,por esta mi Sentencia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y para que por este medio le sirva den o t i ficación a los here d e ros de donGerardo Barrio Rugarcía, expido el pre-sente que se fijará en el tablón de anun-cios de este Juzgado.

En Llanes, a 2 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—20.380.

— • —

Don Eduardo Luis González del CampilloC ru z , Juez del Ju z gado de Pri m e raInstancia e Instruccion de Llanes,

H ago sab e r : Que en este Ju z gado demi cargo se tramitan Autos del pro c e d i-miento de Liberación de Grav á m e n e sque previenen los artículos 209 y 210 dela Ley Hipotecaria en concordancia conlos artículos 309 y siguientes delR eglamento Hipotecari o , con el número2 4 4 / 1 9 9 9 , a instancia de doña María delP i l a r, doña María Socorro , d o ñ a

S o l e d a d, doña Ana lsab e l , don Pe d roJo s é , doña María Jesús y don SantosJesús del Campo Villa y de don Ju a nRamón Grego rio del Campo, p a ra la can-celación de la carga que ap a rece en elfolio 140, l i b ro 267 de Llanes, fi n c an ú m e ro 32.762, i n s c ripción 2ª, d e lR egi s t ro de la Propiedad de Llanes, yque consiste en la re s e rva lineal del art í-culo 811 del Código Civ i l , c a n c e l a c i ó nque se interesa además sobre las fi n c a sregi s t rales obrantes a los folios 117 a129 del libro 622 de Llanes, tomo 938,fincas números 94.055 a 94.066 todasellas afectadas por la citada carga .

En cuyos Autos he acordado citar a latitular de la carga doña María RuizAlvarez, así como a sus causahabientes,todos en ignorado paradero, para que entérmino de 20 días puedan comparecer enAutos y alegar lo que a su derecho con-venga, con los apercibimientos legales.

Y a tal fin hago público el presente.

En Llanes, a 2 de diciembre de 1999.—El Juez.—La Secretaria.—20.382.

— • —

Doña Victoria García Ordóñez, Secretariadel Juzgado de Primera Instancia eInstrucción de Llanes,

C e rt i fi c o : Que en el legajo deSentencias del Juzgado aparece una cuyoencabezamiento y parte diapositiva soncomo sigue:

Sentencia

“En Llanes, a siete de diciembre de milnovecientos noventa y nueve.

Don Eduardo Luis González delCampillo Cru z , Juez del Ju z gado dePrimera Instancia e Instrucción de Llanesy su partido judicial, habiendo visto losAutos de Juicio de Menor Cuantía núme-ro 245/1996, seguidos por doña AngelesS u á rez Sotre s , rep resentada por elProcurador Sr. Buj Ampudia y asistidapor el Letrado Sr. Rozas Gurbindo, con-tra:

— Don Raúl Granda Suáre z , d o ñ aN i eves Granda Suáre z , rep re s e n t a d o séstos dos por el Procurador Sr. GarcíaTames.

— Don Marcos Granda Celada, repre-sentado éste por el Pro c u rador Sr.Ceferino Palacio y asistido del Letrado Sr.Rodríguez García.

— Además herederos desconocidos dedon Modesto Granda Purón, a d e m á sh e re d e ros desconocidos de doñaAsunción Celada Gómez, herederos des -conocidos de don Faustino Cab a n zoPérez y terceras personas desconocidas einciertas,ejercitando acción de nulidad decontrato de compraventa y de inscripcio-nes registrales,en nombre de Su Majestadel Rey, vengo a dictar esta Sentencia enbase a los siguientes:

Fallo

Que desestimando la demanda inter-puesta por doña Angeles Suárez Sotres,contra don Raúl Granda Suárez, doñaN i eves Granda Suáre z , don Marc o sGranda Celada, demás herederos desco-nocidos de don Modesto Granda Purón,demás herederos desconocidos de doñaAsunción Celada Gómez, herederos des-conocidos de don Faustino Cab a n zoPérez y demás personas desconocidas einciertas, debo absolver y absuelvo a losdemandados de las pretensiones de laactora, condenando a ésta al pago de lascostas procesales causadas.

Notifíquese esta Sentencia a las partes,con la indicación de que no es firme, puescabe Recurso de Apelación contra ellaante la Audiencia Provincial de Oviedoque se presentará, en su caso y en esteJuzgado dentro de los cinco días siguien-tes a su notificación.

Así lo pronuncio, mando y firmo.”

Y para que sirva de notificación a losherederos desconocidos de don ModestoGranda Purón, herederos desconocidos dedoña Asunción Celada Gómez, herederosdesconocidos de don Faustino CabanzoPérez y personas desconocidas e inciertas,expido y firmo el presente.

En Llanes,a 9 de diciembre de 1999.—La Secretaria.—20.838.

DE MIERES NUMERO 1

Cédula de notificación

Doña Estrella Hormazábal Vi l l a c o rt a ,S e c re t a ria Judicial del Ju z gado dePrimera Instancia Número 1 de Mieres,

Doy fe: Que en Autos de Juicio deC ognición número 284/1999 se dictóSentencia cuyo encabezamiento y partedispositiva son del tenor literal siguientes:

Sentencia número 255/99

En Mieres, a veintiséis de noviembrede mil novecientos noventa y nueve.

La Sra. doña Inés Malagón Martín, Juezdel Juzgado de Primera Instancia Número1 de Mieres y su partido Judicial, habien-do visto los presentes Autos de Cogniciónn ú m e ro 284/1999 seguidos ante esteJu z ga d o , e n t re part e s , de una comodemandante Hispamer, con Pro c u ra d o rdon Tomás García Cosío A l va rez yLetrada doña María Luz Pertega Souto, yde otra como demandado don NorbertoDos Santos Rocha, en situación de rebel-día procesal en los Autos.

Fallo

Que estimando íntegramente la deman-da interpuesta por el Pro c u rador Sr.García Cosío Alvarez, actuando en nom-b re y rep resentación de la entidadHispamer Servicios Fi n a n c i e ro s ,Establecimiento Financiero de Crédito,S.A., debo condenar y condeno a don

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Norberto Dos Santos Rocha, a abonar a laentidad actora, la cantidad de ciento cua-renta y cinco mil novecientas sesentapesetas, más el interés pactado, así comoa abonar las costas devengadas en el pre-sente procedimiento.

Y para que conste y sirva de notifica-ción al demandado en rebeldía e ignoradoparadero, expido y firmo el presente .

En Miere s , a 30 de nov i e m b re de1999.—La Secretaria Judicial.—20.273.

DE OVIEDO NUMERO 1

Edictos

Doña Trinidad Relea García, Secretariadel Juzgado de Primera Instancia eInstrucción Número 1 de Oviedo,

Doy fe y certifico: Que en los Autos deJuicio de Menor Cuantía seguidos en esteJuzgado con el 309/1998 se ha dictadoSentencia cuyo encabezamiento y partedispositiva dice literalmente como sigue:

Sentencia

“En Oviedo, a veintidós de noviembrede mil novecientos noventa y nueve.

El Ilmo. Sr. don José Luis CaseroAlonso, Magistrado-Juez del Juzgado dePrimera Instancia Número 1 de Oviedo ysu partido, habiendo visto los presentesAutos de Menor Cuantía, n ú m e ro309/1998, seguidos ante este Juzgado,entre partes, de una como demandanteTelefónica de España, S.A., representadapor el Procurador don Antonio AlvarezArias de Velasco y dirigida por el Letradodon César García A m at , c o n t ra doñaMaría del C a rmen García Mart í n e z ,declarada en rebeldía procesal.

Fallo

Que debo desestimar y desestimo lademanda fo rmulada por Telefónica deE s p a ñ a , S. A . , c o n t ra doña María delCarmen García Martínez. Se imponen lascostas al actor.

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en término decinco días. Así por esta mi Sentencia, lopronuncio, mando y firmo.”

Lo anteri o rmente testimoniado con-cuerda bien y fielmente con su original, ypara que sirva de notificación en legalforma a la parte demandada en rebeldíaprocesal doña Carmen García Martínez,expido la presente que firmo.

En Oviedo, a 13 de diciembre de1999.—La Secretaria.—20.618.

— • —

Doña Trinidad Relea García, Secretariadel Ju z gado de Pri m e ra InstanciaNúmero 1 de Oviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado sesigue Expediente de Dominio número

513/1999, para hacer constar el exceso decabida de la finca que se dirá, instado pordon Francisco Vaca Marcos, en cuyosAutos, por Resolución de esta fecha se haacordado la publicación del presente edic-to por el que se convoca a las personasignoradas a quienes pudiera perjudicar lainscripción solicitada para que en el tér-mino de diez días hábiles a contar desdela publicación puedan personarse en losAutos y alegar lo que a su derecho con-venga.

La finca objeto del expediente es la quese describe a continuación:

Rústica: Destinada a prado y labor, lla-mada El Llano, en términos de Vega,parroquia de San Francisco de Asís, con-cejo de Oviedo, de cabida, según el título,de veinticinco áreas, pero que, medidarecientemente, resulta tener una superfi-cie de cuarenta áreas y veinticuatro cen-tiáreas, equivalentes a 4.024 metros cua-d ra d o s , c u yos linderos actuales son:Norte, camino; Sur, don Julio HernándezMarín y don Ernesto Cantón González;E s t e, don José Martínez Menéndez yO e s t e, don Francisco A rg ü e l l e sFernández.

En Oviedo, a 9 de diciembre de1999.—La Secretaria.—20.497.

— •—

Doña Trinidad Relea García, Secretariadel Juzgado de Primera Instancia eInstrucción Número 1 de Oviedo,

Doy fe y certifico: Que en los Autos deJuicio de Menor Cuantía seguidos en esteJuzgado con el número 419/1996 se hadictado Sentencia cuyo encabezamiento yparte dispositiva dice literalmente comosigue:

Sentencia

“En Oviedo, a veintinueve de noviem-bre de mil novecientos noventa y nueve.

El Sr. don José Luis Casero A l o n s o ,M agi s t ra d o - Juez del Ju z gado de Pr i m e raInstancia Número 1 de Oviedo y su par-t i d o , h abiendo visto los presentes Au t o sde Menor Cuantía número 419/1996s eguidos en este Ju z ga d o , e n t re part e s ,de una como demandante Caja deA h o rros de A s t u ri a s , rep resentada por laP ro c u ra d o ra doña Ana María Fe l g u e ro s oVázquez y diri gida por el Letrado donJulio Nori ega A l va re z , c o n t ra don R a fa e lCésar Po rriño y doña María HenarMiguel Castro , d e cl a rados en reb e l d í ap ro c e s a l .

Fallo

Que debo de estimar y estimo lademanda formulada por Caja de Asturias,contra don Rafael César Porriño y doñaMaría Henar Miguel Castro, y condeno aéstos a satisfacer solidariamente, al actorla suma de 1.375.136 pesetas a queasciende el principal e intereses al 12 de

junio de 1996, en más los intereses mora-torios pactados y con imposición de lascostas a los demandados.

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en término decinco días.

Así por esta mi Sentencia, lo pronun-cio, mando y firmo.”

Lo anteri o rmente testimoniado con-cuerda bien y fielmente con su original, ypara que sirva de notificación en legalforma a la parte demandada en rebeldíaprocesal don Rafael César Porriño y doñaMaría Henar Miguel Castro, expido lapresente que firmo.

En Oviedo, a 14 de diciembre de1999.—La Secretaria.—20.713.

— • —

Cédula de emplazamiento

En virtud de lo acordado por el Ilmo.S r. Magi s t ra d o - Juez del Ju z gado dePrimera Instancia Número 1 de Oviedo,en Providencia de esta fecha dictada en elJuicio de Familia. Divorcio Contenciosonúmero 214/1999, promovido por doñaMaría Pilar Rodríguez Pérez, representa-da por el Procurador don Francisco JavierFumanal Fernández (de oficio), contradon José Tomás Muñiz Fernández, pormedio de la presente se emplaza a donJosé Tomás Muñiz Fernández dado suparadero desconocido, a fin de que en elplazo de veinte días comparezca en dichojuicio por medio de A b ogado yProcurador y conteste a la demanda bajoapercibimiento, caso de no verificarlo deser declarado en rebeldía sin más citarle,ni oírle y se declarará precluido el trámitede contestación.

Y para que sirva de emplazamiento aldemandado en paradero desconocido donJosé Tomás Muñiz Fernández, expido elpresente que firmo.

En Oviedo, a 13 de diciembre de1999.—La Secretaria.—20.619.

— • —

Edicto de citación de remate

Procedimiento: Juicio Ejecutivo.Número: 438/1999.De: Financiera Oviedo, S.A.P ro c u ra d o ra : Doña Pilar Ori a

Rodríguez.

En virtud de lo acordado enResolución de esta fe ch a , en los Autos dere fe re n c i a , por el presente edicto se citade re m ate a la parte demandada don Jo s éRamón González A l va re z , c u yo domici-lio se desconoce, a fin de que dentro delt é rmino impro rrogable de nu eve días sep e rsone en fo rma en los Autos y se opon-ga a la ejecución despach a d a , si le conv i-n i e re, estando las copias de la demanda y

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documentos a su disposición en laS e c retaría del Ju z ga d o , ap e rc i b i é n d o l eque de no ve ri fi c a rlo será decl a rado ensituación de rebeldía procesal parándolecon ello el perjuicio a que hubiere luga ren dere ch o .

Se hace constar que se ha practicadoembargo de sus bienes, dado lo descono-cido de su domicilio.

En Oviedo, a 15 de diciembre de1999.—La Secretaria.—20.768.

DE OVIEDO NUMERO 2

Edictos

Doña Montaña Rodríguez Sánch e z -A r é va l o , S e c re t a ria del Ju z gado deP ri m e ra Instancia Número 2 deOviedo,

Doy fe: Que en los Autos de JuicioE j e c u t ivo número 267/1999 de esteJuzgado se ha dictado Sentencia cuyoencabezamiento y fallo son del tenor lite-ral siguiente:

Sentencia

En Oviedo, a veintisiete de noviembrede mil novecientos noventa y nueve.

La Ilma. Sra. doña Piedad LiébanaRodríguez, Magistrada-Juez del Juzgadode Pri m e ra Instancia Número 2 deO v i e d o , h abiendo visto los pre s e n t e sAutos de Juicio Ejecutivo número267/1999 seguidos ante este Ju z ga d o ,entre partes, de una como demandantedon Jorge Manuel Coya Calvo, represen-tado por el Pro c u rador don A n t o n i oAlvarez Arias de Velasco y bajo la direc-ción del Letrado don Francisco García; yde otra como demandado don F é l i xCorros Calvo, que figura declarado enrebeldía, en reclamación de cantidad.

Fallo

Que debo mandar y mando seguir ade-lante la ejecución despachada contra donFélix Corros Calvo, hasta hacer trance yremate de los bienes embargados y con suimporte íntegro pago a don Jorge ManuelCoya Calvo, de la cantidad de 2.100.000pesetas de principal y los intereses legalesy costas causadas y que se causen en lascuales ex p resamente condeno a dich odemandado.

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en término decinco días.

Así por esta mi Sentencia de la que seexpedirá testimonio para su unión a losAutos lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación enlegal forma a don Félix Corros Calvo,extiendo la presente que firmo.

En Oviedo, a 2 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.228.

Doña Montaña Rodríguez Sánch e z -A r é va l o , S e c re t a ria del Ju z gado deP ri m e ra Instancia Número 2 deOviedo,

Hago saber: Que en el expediente deQuiebra Necesaria número 104/1999 dela entidad Hormigones Balsera e Hijos,S.L., seguido ante este Juzgado, en elramo separado correspondiente se ha dic-tado con fecha 30 de noviembre de 1999,h oy fi rm e, Resolución ap robando elsiguiente convenio:

Primero.— Ambito de aplicación.

El presente convenio regula las relacio-nes entre “Balsera e Hijos, S.L.” y susa c re e d o res quedando obl i gados todosellos por el mismo en los términos y queen su clausulado y términos se contienen.

Segundo.— Objeto del convenio.

Este convenio tiene por objeto la regu-lación del modo, forma y condiciones enque los acreedores de la quebrada seránreintegrados de sus respectivos créditos yde la Administración e intervención asícomo liquidación de los activos de laCompañía por los propios acreedores parallevar a buen fin lo aquí pactado.

Tercero.— Acreedores.

Se consideran acre e d o res de“Hormigones Balsera e Hijos, S.L.” a lose fectos del presente conve n i o , t o d o saquellos que fueron reconocidos por el Sr.Comisario en la Junta para nombramientode Síndicos celebrada el pasado 27 deseptiembre de 1999, así como las incor-poraciones habidas por reclamación váli-da posterior ante este Juzgado, o en sucaso, la que presente la Sindicatura parala Junta de examen y reconocimiento decréditos. Así pues, incluso tendrá la con-dición de acreedores todos aquellos quetuvieren expectativas de ver reconocidosus derechos de abstención en la Junta deGraduación de Créditos y prestasen suadhesión al presente convenio, renuncian-do con ésta a su derecho privilegiado.

Cuarto.— Cesión de bienes y derechos.

H o rm i gones Balsera e Hijos, S. L . ,cederá a sus acreedores para el pago desus deudas, la totalidad de su activo patri-m o n i a l , b i e n e s , d e re chos y acciones.Pagará sus créditos mediante la realiza-ción de todo su activo que será realizadomediante el procedimiento de venta direc-ta, previa peritación de los bienes por laComisión Liquidadora que se forme a talefecto.

Quinto.— Comisión Liquidadora.

La Comisión Liquidadora quedaráconstituida por los ya nombrados miem-bros de la Sindicatura, tomará sus acuer-dos por mayoría,con voz y voto,en repre-sentación de los acreedores representati-vos. Una vez aceptado su cargo, solicita-rán del Sr. Registrador Mercantil la ins-cripción de su nombramiento si ello fuerelegalmente posible.

Sexto.— Facultades y funcionamiento.

La Comisión Liquidadora tendrá porfinalidad la administración, realización yventa de todos los bienes y derechos quec o m p o n gan el activo de la SociedadHormigones Balsera e Hijos, S.L., espe-cialmente los ve h í c u l o s , m o b i l i a ri o ,herramientas y enseres que componen elactivo patrimonial, así como proceder alpago de los créditos que estén pendientesde satisfacer, todo ello en los plazos másbreves posibles y atendiendo siempre a laobtención de una mayor ventaja para losintereses de los acreedores.

La Comisión Liquidadora, llegado elcaso, establecerá el sistema y orden depagos en proporción a la cuantía y califi-cación de los créditos de los acreedoresde la Sociedad Hormigones Balsera eHijos, S.L., de acuerdo con lo pactado eneste convenio y con arreglo a los artículos1.923, 1.924 y concordantes del CódigoCivil, en relación con los artículos 912,913 y siguientes del Código de Comercio.“Hormigones Balsera e Hijos, S.L.” seobliga a otorgar un Poder general e irre-vocable a la Comisión Liquidadora dentrode los quince días siguientes a la acepta-ción de sus cargos. Dicho apoderamientocontendrá las facultades necesarias parallevar a buen fin la liquidación de los acti-vos de la compañía y el pago en la quealcance a sus acreedores, confiriéndosecon carácter mancomunado, a fin de quesea ejercido por tres cualesquiera de susmiembros.

La Comisión Liquidadora tendrá, enorden a la gestión y disposición de losbienes o efectivos que para el pago de losacreedores reciba, todas las facultadesnecesarias para llevar a cabo las funcionesque se le encomienden, determinándoseen ge n e ral las previstas en el Tex t oRefundido de la Ley de SociedadesLimitadas y del Código de Comercio. Atítulo enunciativo y no limitativo, quedafacultada entre otras para:

— Realizar, disponer y gravar la totali-dad de los bienes, derechos y accionesque constituyen el activo de la Compañíay transigir y realizar adjudicaciones enpago y para pago.

— Sustituir la persona titular cuando,por cesión del crédito o por cualquier otracausa debidamente acreditada se hayaproducido una subrogación en la personadel acreedor.

— Conservar, custodiar y administrarlos bienes o efectos que reciba con todaslas facultades que, en orden a la gestión ydisposición sean necesarias.

— Designar Abogados y Procuradorespara ejercitar cuantas acciones se consi-d e ren oportunas ante cualesquieraO rganismos Públicos o Priva d o s ,A d m i n i s t ración del Estado, P rov i n c i a ,Municipio o Comunidad Autónoma, enreclamación o defensa de cualesquierabienes, derechos, intereses o acciones,

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incluso ante los Tribunales de Justicia entodos sus órdenes y grados.

— Decidir el funcionamiento interno,con amplias atribuciones.

— Realizar toda clase de pagos a losacreedores, en la medida en que lo vayapermitiendo la marcha de la liquidacióndel patrimonio de la compañía.

— Elegir y nombrar a los peritos exper-tos en tasación de los bienes afectos alpatrimonio de la entidad, con el fin de quesean valorados para su posterior disposi-ción o adjudicación en pago a los acree-dores.

Sexto.— Prelación de pagos.

Los créditos se satisfarán del modolegalmente previsto, debiendo abonarsecon carácter previo íntegramente los gas-tos de justicia, incluidos los der ivados deeste convenio.

Séptimo.— Aprobación y efectos delconvenio.

El presente convenio, una vez aproba-do, tiene para los intervinientes en elmismo, el carácter y efectos previstos enel artículo 1.816 del Código Civil.

O c t avo.— Pieza Responsabilidad eintervención Comisión Liquidadora.

Con la ap robación del pre s e n t eConvenio, por imperativo legal previstoen el artículo 1.137 del Código deComercio, no concluye el presente expe-diente de quiebra, al quedar abierta laPieza Quinta de Responsabilidad de losAdministradores. La Junta de Acreedores,con la aprobación de este convenio, facul-ta a la Comisión Liquidadora para querepresente a todos los acreedores en laPieza Separada de Responsabilidad.”

Lo que se hace público a los efectos degeneral conocimiento.

En Oviedo, a 10 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.769.

— • —

Doña Montaña Rodríguez Sánch e z -A r é va l o , S e c re t a ria del Ju z gado deP ri m e ra Instancia Número 2 deOviedo,

Hago saber: Que en este Juzgado de micargo y al número 522/1999 se sigueexpediente de dominio a instancia dedoña Rosario Suárez Suárez y doñaRaquel Pérez Suárez, para la reanudacióndel tracto sucesivo sobre la siguiente:

“Urbana, casa número 44 de calle ElRosal de Oviedo, hoy señalada con elnúmero 24 compuesta de planta baja conbodegas y un cuarto en el portal,dos pisosaltos y buhardilla, con su patio y la partede la huerta frente a la misma, hasta lalínea del pozo de la casa número 42.

Inscrita en el Registro de la PropiedadNúmero 5 de Oviedo,al tomo 1.157, libro

501, folio 210, finca número 32.390, ins-cripción primera, a favor de doña RosarioDíaz-Ordóñez Lobo.”

En los que por Resolución de esta fechase ha acordado citar a medio del presentea la titular registral doña Rosario Díaz-Ordóñez Lobo, a las personas de quienprocede la finca, es decir, don VíctorDíaz-Ordóñez Lobo y doña Concepción ydoña Rosario Murias Díaz-Ordóñez, asícomo los ignorados herederos de aquéllay de éstos; y al titular cat a s t ral donAlfredo Pérez Fuente, o en su defecto asus herederos, como persona a cuyo favorconsta inscrita la finca y a todas aquellaspersonas desconocidas e inciertas a quie-nes la inscripción solicitada pudiera depa-rar algún perjuicio para que en el plazo dediez días puedan comparecer ante esteJuzgado y formular las alegaciones que asu derecho convengan.

Y para que así conste y sirva decitación en forma a los efectos acordados,extiendo y firmo la presente.

En Oviedo, a 9 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.770.

— • —

Doña Montaña Rodríguez Sánch e z -A r é va l o , S e c re t a ria del Ju z gado deP ri m e ra Instancia Número 2 deOviedo,

Doy fe: Que en los Autos de JuicioE j e c u t ivo número 328/1999 de esteJuzgado se ha dictado Sentencia cuyoencabezamiento y fallo son del tenor lite-ral siguiente:

Sentencia

En Oviedo, a cinco de noviembre demil novecientos noventa y nueve.

La Ilma. Sra. doña Piedad LiébanaRodríguez, Magistrada-Juez del Juzgadode Pri m e ra Instancia Número 2 deOviedo, ha visto los presentes Autos deJuicio Ejecutivo seguidos bajo el número328/1999, a instancias de Consorcio deCompensación de Seguros, representadopor el Abogado del Estado; contra donJosé Alberto Canal Llaca, declarado enrebeldía procesal.

Fallo

Que debo mandar y mando seguir ade-lante la ejecución despachada,hasta hacertrance y remate de los bienes embargadosa don José Alberto Canal Llaca, y con suproducto entero y cumplido pago a laparte actora de las responsabilidades porque se despachó la ejecución, la cantidadde 2.250.000 pesetas importe del princi-pal, y además al pago de los intereseslegales y las costas; a cuyo pago debocondenar y condeno expresamente a laparte demandada.

Contra esta Sentencia podrá interponer-se en este Juzgado Recurso de Apelaciónen el plazo de cinco días a contar desde sunotificación.

Así por esta mi Sentencia, lo pronun-cio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación enlegal forma a don José Alberto CanalLlaca, extiendo la presente que firmo.

En Oviedo, a 16 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.827.

— • —

Doña Montaña Rodríguez Sánch e z -A r é va l o , S e c re t a ria del Ju z gado deP ri m e ra Instancia Número 2 deOviedo,

Doy fe: Que en los Autos de JuicioE j e c u t ivo número 88/1999 de esteJuzgado se ha dictado Sentencia cuyoencabezamiento y fallo son del tenor lite-ral siguiente:

Sentencia

En Oviedo, a diez de diciembre de milnovecientos noventa y nueve.

La Ilma Sra. doña Piedad LiébanaRodríguez, Magistrada-Juez del Juzgadode Pri m e ra Instancia Número 2 deOviedo, ha visto los presentes Autos deJuicio Ejecutivo, promovidos por BancoZ a rago z a n o , S. A . , rep resentado por laProcuradora Sra. doña Carmen GarcíaBoto, bajo la dirección del Letrado donCarlos Díaz Palacios, contra Parralejo yV á z q u e z , S. L . , rep resentado por laProcuradora doña María Victoria VallejoHevia, bajo la dirección del Letrado donLuis R. Palacios Agüeria,y contra El PasoSport, S.L., y donFlorentino M. VázquezDíaz, ambos declarados en rebeldía pro-cesal.

Fallo

Que desestimando las causas de oposi-ción alegadas por la Pro c u ra d o ra Sra .Vallejo Hev i a , en rep resentación dePa rralejo y V á z q u e z , S. L . , f rente a la eje-cución instada por la Pro c u ra d o ra Sra .G a rcía Boto en rep resentación de BancoZ a rago z a n o , S. A . , d ebo mandar y mandos eguir adelante la ejecución despach a d ac o n t ra los bienes de los demandados ElPaso Sport , S. L . , Pa rralejo y V á z q u e z ,S. L . , y don Florentino M. Vázquez Díaz,hasta hacer trance y re m ate de los mis-m o s , y con su producto entero y cumpli-do pago a la ejecutante BancoZ a rago z a n o , S. A . , de la cantidad de10.417.510 pesetas en concepto de pri n-c i p a l , respecto de El Paso Sport , S. L . , yde 10.000.000 pesetas respecto dePa rralejo y V á z q u e z , S. L . , y donF l o rentino M. Vázquez Díaz, más intere-ses de demora que al tipo pactado sed evenguen desde el 28 de agosto de 1998hasta el completo pago; y costas pro c e-s a l e s .

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en término decinco días a contar desde su notificación.

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Así por esta mi Sentencia de la que seexpedirá testimonio para su unión a lasactuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación enlegal forma El Paso Sport, S.L., extiendola presente que firmo.

En Oviedo, a 16 de diciembre de1999.—La Secretaria Judicial.—20.828.

DE OVIEDO NUMERO 3

Cédula de notificación yemplazamiento

En Autos de Juicio de Cognición segui-dos al número 491/1999 a instancia deBanco de Santander Central Hispano,S.A., contra doña María Bances Yel-Lul;sobre reclamación de cantidad cuantía189.800 pesetas se ha dictado Resoluciónpor la que se acuerda emplazar a medio deedictos a la demandada para que en eli m p ro rrogable término de nu eve díaspueda comparecer en Autos en lega lforma y contestar a la demanda en los tressiguientes, asistida de Letrado.

Y como consecuencia del ignora d oparadero de la demandada doña MaríaBances Yel-Lul, se extiende la presentepara que sirva de cédula de notificación yemplazamiento.

En Oviedo, a 9 de diciembre de1999.—El Secretario.—20.498.

— • —

Edictos

La Ilma. Sra. doña Marta María GutiérrezGarcía, Magistrada-Juez del Juzgadode Pri m e ra Instancia Número 3 deOviedo,

Hace saber: Que en este Juzgado sesigue expediente de dominio número533/1999 a instancia de Sebl o r, S. L . ,sobre exceso de cabida de la siguientefinca que según el Regi s t ro de laPropiedad Número 1, inscrita al tomo3.109, libro 2.364, de Oviedo, folio 88,finca número 31.893, se describe así:

“Rústica: Finca a labor, prado, pasto yrozo, sita en Oviedo, parroquia de SanJulián de los Prados que tiene una super-ficie de 3.500 m2.

Linda: Norte, terreno de servicio deR e a s eg u ros de Accidente de Tr á fi c o ,denominados Grupos Costa Verde, de losque las separa la carretera de acceso aviviendas que en dicho predio se levan-tan; Sur, carretera de Oviedo a Gijón,denominada Avda. del Mar, y edificio deviviendas señalado con el nº 45 de dichavía y hoy, además, con finca de la JuntaP rovincial de Menore s , h oy de laComunidad Autónoma del Principado deAsturias; Este, carretera de acceso al yacitado Grupo de Viviendas Costa Verde yOeste, edificio señalado con el nº 45 de laAvda. del Mar y don Sergio León Muñiz,hoy, Francisco Guisasola, S.A.”

La descripción actual de la finca es lasiguiente:

“Rústica: Finca a labor, prado, pasto yrozo, sita en Oviedo, parroquia de SanJulián de los Prados, que tiene una super-ficie de 5.008 m2 y 75 dm2.

Linda: Norte, terreno de servicio deR e a s eg u ros de Accidente de Trab a j o ,denominados Grupos Costa Verde, de losque la separa carretera de acceso a vivien-das que en dicho predio se levantan; Sur,carretera de Oviedo a Gijón denominadaAvda. del Mar y Edificio de viviendas,señalado con el nº 45 de dicha y hoy ade-más, con finca de la Junta Provincial deM e n o re s , h oy de la Comu n i d a dAutónoma del Principado de Asturias;Este, carretera de acceso al ya citadoGrupo de Viviendas Costa Verde y Oeste,edificio señalado con el nº 45 de la Avda.del Mar y don Sergio León Muñiz hoy,Francisco Guisasola, S.A.”

Por providencia de esta fecha se admi-tió a tramite el expediente y por medio delpresente se cita a las personas desconoci-das o inciertas a quienes pudiera perjudi-car la inscripción para que en el términode diez días, aleguen ante este Juzgado loque a su derecho convenga.

En Oviedo, a 15 de diciembre de1 9 9 9 . — E l S e c re t a rio.—La Magi s t ra d a -Juez.—20.771.

— • —

Don Manuel Monte Monte, Secretario delJuzgado de Primera Instancia Número3 de Oviedo,

Hace saber: Que en el Juicio Ejecutivoseguido con el número 291/1998 a instan-cia de el Consorcio de Compensación deSeguros, contra don José Manuel MorenoMartínez y otra, se ha acordado notificaral referido demandado el embargo decre-tado sobre los siguientes bienes:

— Vivienda señalada con la letra B enla calle Turina, 1-bis de Oviedo, inscritaen el Registro de la Propiedad Número 1,Sección 4ª de Oviedo, libro 2.097, tomo2.812, folio 216.

— Pa rte pro p o rcional de las pre s t a c i o-nes que perciba como pensionista delInstituto Nacional de la Seg u ri d a dS o c i a l .

Asimismo para el supuesto de quee s t u v i e ra casado el re fe rido demandado,se notifica la existencia del pro c e d i m i e n-to y embargo a su cóny u ge a los efe c t o sdel artículo 144 del Reg l a m e n t oH i p o t e c a ri o .

Pa ra que sirva de notificación aldemandado don José Manuel More n oMartínez, que se encuentra en ignoradoparadero, expido y firmo la presente .

En Oviedo, a 9 de diciembre de1999.—El Secretario.—20.772.

DE OVIEDO NUMERO 4

Cédulas de notificación

En el procedimiento Menor Cuantían ú m e ro 484/1998, se ha dictado laResolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Oviedo, a ocho de octubre de milnovecientos noventa y nueve.

El Ilmo. Sr. don Jaime Riaza García,Magistrado-Juez del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción Número 4 deOviedo, ha visto los Autos Civiles deJuicio Decl a rat ivo de Menor Cuantíaseguidos en este Juzgado con el número484/1998, sobre reclamación de filiaciónextramatrimonial, promovidos por doñaMaría del R o s a rio Blanco Garc í a , q u ecompareció en los Autos representada porla Pro c u ra d o ra de los Tri bunales Sra .Durand Baquerizo, quién actuó bajo ladirección letrada del Sr. Celemín Santos,contra don José María, don Inocencio ydon Vicente Figaredo Sela, que compare-c i e ron en Autos rep resentados por laP ro c u ra d o ra de los Tri bunales Sra .Moutas Cimadevilla, quién actuó bajo lad i rección letrada del Sr. Nava rre t eGonzález-Bueno,y los demás ignorados ei n c i e rtos here d e ros de don A l f re d oFigaredo Herrero, en situación procesalde rebeldía; ha sido parte el MinisterioFiscal.

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor doña María del Rosario BlancoG a rc í a , c o n t ra don José María, d o nInocencio y don Vicente Figaredo Sela ycontra los demás ignorados e inciertosh e re d e ros de don A l f redo Fi ga re d oH e rre ro y el Ministerio Fi s c a l , d eb odeclarar y declaro que la demandante eshija ex t ra m at rimonial de don A l f re d oFigaredo Herrero, de modo que en losucesivo podrá utilizar como primer ape-llido el de su progenitor cuya filiación esdeclarada en esta Sentencia, pasando alsegundo lugar el primero de los maternos.

Firme esta Resolución, líbrese exhortoal encargado del Registro Civil en queconste el nacimiento de la demandantepara que se practiquen las anotacionesoportunas; y todo ello imponiendo a laparte demandada las costas de esta prime-ra instancia.

Así por esta mi Sentencia,contra la quecabe interponer en el plazo de cinco díasRecurso de Apelación para la AudienciaP rovincial de Oviedo, lo pro nu n c i omando y firmo.

Y como consecuencia del ignora d oparadero de demás ignorados e inciertosh e re d e ros de don A l f redo Fi ga re d oHerrero, se extiende la presente para quesirva de cédula de notificación.

En Oviedo, a 9 de diciembre de1999.—El Secretario.—20.620.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 461

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En el procedimiento Menor Cuantíanúmero 292/1998 seguido en el Juzgadode Pri m e ra Instancia Número 4 deOviedo,a instancia de doña Matilde RozaS u á re z , c o n t ra don Fe rnando Pe n i nCorderi, sobre menor cuantía,se ha dicta-do la Sentencia que copiada en su enca-bezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia

En Oviedo, a veintinueve de enero demil novecientos noventa y nueve.

El Ilmo. Sr. don Jaime Riaza García,Magistrado-Juez del Juzgado de PrimeraInstancia e Instrucción Número 4 deOviedo, ha visto los Autos Civiles deJuicio Decl a rat ivo de Menor Cuantíaseguidos en este Juzgado con el número2 9 2 / 1 9 9 8 , s o b re re s p o n s abilidad delAdministrador frente a acreedores socia-les, promovidos por doña Matilde RozaS u á re z , que compareció en los Au t o srepresentada por la Procuradora Sra. FeitoBerdasco, quién actuó bajo la direcciónletrada del Sr. Alija Santos, contra donFernando Penin Corderi,en situación pro-cesal de rebeldía.

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor doña Matilde Roza Suárez,contra donFernando Penin Corderi, debo condenar ycondeno a éste al pago solidario del prin-cipal e intereses a cuyo abono fue conde-nada la Compañía Consejero sInmobiliarios y Gestión Integral Atica,S.L., en el Juicio de Cognición número203/1997 del Ju z gado de Pri m e raInstancia Número 10 de Oviedo, impo-niéndole las costas de esta primera instan-cia.

Así por esta mi Sentencia,contra la quecabe interponer en el plazo de cinco díasRecurso de Apelación para la AudienciaP rovincial de Oviedo, lo pro nu n c i o ,mando y firmo.

Firmado, rubricado y sellado.

Y con el fin de que sirva de notificaciónen forma al demandado don FernandoPenin Corderi, extiendo y firmo la presen-te.

En Oviedo, a 23 de nov i e m b re de1999.—El Secretario.—20.534.

— • —

En el procedimiento de Tercerías enJuicio de Menor Cuantía número318/1998, se ha dictado la Resolución deltenor literal siguiente:

Sentencia

En Oviedo, a cuatro de junio de milnovecientos noventa y nueve.

El Ilmo. Sr. don Jaime Riaza García,Magistrado-Juez del Juzgado de PrimeraInstancia Número 4 de Oviedo y su parti-do, habiendo visto los presentes Autos deTe rcería Mejor Dere cho número318/1998 seguidos ante este Ju z ga d o ,entre partes, de una como demandante lamercantil Tomas de Tierra, Energía yAp l i c a c i o n e s , S. A . , como Pro c u ra d o radoña Patricia Gota Brey y Letrado Sr. donCarlos Tomé Santiago, y de otra comodemandados Inve Animal Health, S.A., yTruchas Fuentermosa, S.A., en situaciónprocesal de rebeldía el primero y repre-sentado por la Procuradora Sra. PérezRodríguez que actuó bajo la direcciónletrada del Sr. Tomé Fernández el segun-do, sobre tercería mejor derecho.

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor Tomas de Ti e rra , E n e rgía yAplicaciones, S.A., contra Inve AnimalH e a l t h , S. A . , y Tru chas Fuenterm o s a ,S.A., debo declarar y declaro el derechode la demandante a ser resarcida de sucrédito con el producto obtenido de lafinca descrita en el hecho primero de estaSentencia, con preferencia a Inve AnimalHealth, S.A., para que se proceda al pagode los créditos en el orden establecido enesta Sentencia.

Llévese testimonio de la presente, unavez firme, a los Autos de Juicio Ejecutivonúmero 529/1996 seguidos en el JuzgadoNúmero 9 de los de Primera Instancia deesta ciudad y a los seguidos en esteJuzgado al número 441/1996 con expresaimposición de las costas a los demanda-dos.

Contra esta Resolución cabe Recursode Apelación que se interpondrá porescrito ante este Juzgado en el término dequinto día para ante la Ilma. AudienciaProvincial.

Y como consecuencia del ignora d oparadero de Inve Animal Health, S.A., seextiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Oviedo, a 2 de diciembre de1999.—El Secretario.—20.535.

— • —

En el procedimiento de Sep a ra c i ó nContenciosa número 451/1997, se ha dic-tado la Resolución del tenor litera lsiguiente:

Sentencia

En Oviedo, a doce de diciembre de milnovecientos noventa y siete.

El Ilmo. Sr. don Jaime Riaza García,Magistrado-Juez del Juzgado de Primera

Instancia Número 4 de Oviedo, ha vistolos Autos Civiles seguidos en esteJuzgado, con el número 451/1997, sobreseparación matrimonial, promovidos pordoña Au rina Alonso A l o n s o , que fuerepresentada por la Procuradora de losTribunales Sra. Vallejo Hevia,quien actuóbajo la dirección letrada del Sr. BárzanaDíaz, contra don Francisco Ruiz Osuna,que compareció personalmente a los solosefectos de allanarse a la demanda, y elMinisterio Fiscal.

Fallo

Que estimando la demanda interpuestapor doña Aurina Alonso Alonso, contradon Francisco Ruiz Osuna y el MinisterioFiscal, debo declarar y declaro la separa-ción del matrimonio integrado por los pri-meros, sin hacer especial pronunciamien-to sobre las costas de esta primera instan-cia.

Una vez firme esta Resolución notifí-quese de oficio al Registro Civil en queconste el matrimonio de los primeros.

Los hijos menores sujetos a pat ri apotestad quedarán al cuidado de lademandante y se les confiere el uso de lavivienda y ajuar familiar.

En ejecución de Sentencia y a peticióndel demandado se determinará el tiempo,modo y lugar en que podrá comunicar,visitar y tener en su compañía a los meno-res.

El demandado abonará en concepto dealimentos a los hijos la cantidad mensualde cuarenta mil pesetas, que se desconta-rá directamente por la empresa en quepresta sus servicios para ingresarla en lacuenta bancaria que la demandante, comoadministradora de la misma, designe alefecto; efectuada la designación líbrenselos oficios oportunos para el cumplimien-to de lo mandado. Dicha cantidad seráactualizada el 1 de enero de cada año atenor de las variaciones que experimenteel I.P.C. en el año inmediatamente ante-rior.

Se declara extinguido el régimen eco-nómico mat rimonial hasta ahora sub-sistente a cuya liquidación se procederáen ejecución de Sentencia.

Así por esta mi Sentencia, contra la quecabe interponer en el término de cincodías Recurso de Apelación para laAudiencia Provincial de Oviedo, lo pro-nuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignora d oparadero de don Francisco Ruiz Osuna,seextiende la presente para que sirva decédula de notificación.

En Oviedo, a 1 de diciembre de1999.—La Secretaria.—20.829.

462 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

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INSTITUTO DE EDUCACIONSECUNDARIA “CALDERON

DE LA BARCA” (GIJON)

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Se hace público el extravío del título deB.U.P. de don César Luis Roza Alonso.

Cualquier comunicación sobre dichodocumento deberá efe c t u a rse ante laD i rección Provincial de Educación yCultura de Asturias en el plazo de 30 días,pasados los cuales dicho título quedaránulo y sin valor y se seguirán los trámitespara la expedición de duplicado.

En Gijón,a 10 de diciembre de 1999.—La Directora.—20.568.

INSTITUTO DE EDUCACIONSECUNDARIA “J.A. SUANZES”

(AVILES)

Anuncio

Se hace público el extravío del título deOficialía Industrial de don Félix PlácidoMartínez Bermúdez.

Cualquier comunicación sobre dichodocumento deberá efe c t u a rse ante laD i rección Provincial de Educación yCultura de Asturias en el plazo de 30 días,pasados los cuales dicho título quedaránulo y sin valor y se seguirán los trámitespara la expedición de duplicado.

En Av i l é s , a 16 de diciembre de1999.—El Director.—20.866.

EMPRESA MUNICIPAL DE AGUASDE GIJON, S.A.

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La Empresa Municipal de Aguas deGijón, S.A., convoca concurso para lacontratación de la obra correspondiente al“ p royecto de art e ria de conexión deldepósito de Ruedes con la conducción LaCollada-La Providencia para el abasteci-miento de la zona Este de Gijón”.

Procedimiento abierto:

Entidad contratante:

• Empresa Municipal de Aguas deGijón, S.A.

• Avenida Príncipe de Asturias-Playadel Arbeyal s/n.

• 33212 Gijón.

• Teléfono 985 308 100.

• Fax 985 308 133.

Naturaleza del contrato:

• Contrato de obras por 499.068.107pesetas.

Características principales de la obra:

• Construcción de 13.312 metros detubería de fundición de 300 y 400 mmde diámetro.

• Obras necesarias para la implantaciónde Telecontrol y Telemando de la con-ducción.

Posibilidad de presentación de variantes:

• No se admiten variantes al proyecto.

Plazo máximo de ejecución:

• Seis meses.

D i rección donde re c abar Pliegos deCondiciones y documentos complementa -rios y presentación de ofertas:

• Secretaría de la Empresa Municipalde Aguas de Gijón, S.A.

Fecha límite de recepción de ofertas:

• Treinta días naturales contados a par-tir del siguiente a la publicación deeste anuncio.

Fecha apertura de Plicas:

• A las 12 horas del día hábil siguienteal último de presentación de ofertas.

• Acto público.

• Lugar: Sala de Juntas de la Sede de laE m p resa Municipal de Aguas deGijón, S.A.

Garantías:

• Fianza provisional: 9.981.362 pese-tas.

• Fianza definitiva: 4% del presupuestode adjudicación.

Clasificación requerida:

• Grupo E, subgrupo 1, categoría f.

Criterios de adjudicación del contrato:

• Figuran en el Pliego de Condiciones.

En Gijón,a 27 de diciembre de 1999.—El Director-Gerente.—68.

— • —

Resolución de la Empresa Municipalde Aguas de Gijón, S.A., por la que sehace pública la adjudicación del proyectode modificación del alcantarillado en elPolígono de Roces.

1.— Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Empresa Municipal deAguas de Gijón, S.A.

2.— Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Obras.

b) Descripción del objeto del contrato:Modificación del alcantarillado enel Polígono de Roces.

c) Boletín o diario oficial y fecha dep u blicación del anuncio de lici-t a c i ó n : BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias de 30 deoctubre de 1999.

3.— Tramitación, procedimiento y formade adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento:Abierto.

c) Forma: Subasta.

4.— Presupuesto base de licitación:

Importe total: 31.139.063 pesetas.

5.— Adjudicación:

a) Fecha: 21 de diciembre de 1999.

b) Contratista: MovexVial, S.L.

c) Nacionalidad: Española.

d) Importe de la adjudicación:21.175.000 pesetas.

En Gijón,a 27 de diciembre de 1999.—El Director-Gerente.—69.

— • —

Resolución de la Empresa Municipalde Aguas de Gijón, S.A., por la que sehace pública la adjudicación del proyectode red de distr i bución de agua enSanturio.

1.— Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Empresa Municipal deAguas de Gijón, S.A.

2.— Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Obras.

b) Descripción del objeto del contrato:Proyecto de red de distribución deagua en Santurio.

c) Boletín o diario oficial y fecha dep u blicación del anuncio de lici-t a c i ó n : BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias de 30 deoctubre de 1999.

18-I-2000 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 463

VI. Otros anuncios

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3.— Tramitación, procedimiento y formade adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Concurso.

4.— Presupuesto base de licitación:

Importe total: 141.216.005 pesetas.

5.— Adjudicación:

a) Fecha: 21 de diciembre de 1999.

b) Contratista: Ceyd, S.A.

c) Nacionalidad: Española.

d) Importe de la adjudicación:102.833.495 pesetas.

En Gijón,a 27 de diciembre de 1999.—El Director-Gerente.—70.

— • —

Resolución de la Empresa Municipalde Aguas de Gijón, S.A., por la que sehace pública la adjudicación del concursopara la implantación y posterior manteni-miento del sistema de telesupervisión ycontrol de la red de distribución de aguade la ciudad de Gijón.

1.— Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Empresa Municipal deAguas de Gijón, S.A.

2.— Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Servicios.

b) Descripción del objeto del contrato:Implantación y posterior manteni-miento del sistema de telesupervi-sión y control de la red de distribu-ción de agua de la ciudad de Gijón.

c) Boletín o diario oficial y fecha dep u blicación del anuncio de lici-t a c i ó n : BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias de 18 de sep-tiembre de 1999, B.O.E. de 1 deo c t u b re de 1999, D i a rio de lasComunidades Europeas de 23 deseptiembre de 1999.

3.— Tramitación, procedimiento y formade adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento:Abierto.

c) Forma: Concurso.

4.— Presupuesto base de licitación:

Instalación: 114.556.646 pesetas. (IVAincluido.

M a n t e n i m i e n t o : 20.000.000 pesetas.(IVA incluido).

5.— Adjudicación:

a) Fecha: 21 de diciembre de 1999.

b) Contratista: U.T.E. Arruti Santander,S. A . , Fe l g u e ra Fluidos, S. A . , eIngenieros Asesores, S.A.

c) Nacionalidad: Española.

d) Importe de la adjudicación:- Instalación: 92.982.835 pesetas.- Mantenimiento: 58.000.000 pese-

tas.

En Gijón,a 27 de diciembre de 1999.—El Director-Gerente.—71.

— • —

Resolución de la Empresa Municipalde Aguas de Gijón, S.A., por la que sehace pública la adjudicación de la selec-

ción de contratistas para la ejecución depequeñas obras de reparación, renovacióny ampliación de redes.

1.— Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Empresa Municipal deAguas de Gijón, S.A.

2.— Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Obras.

b) Descripción del objeto del contrato:Selección de contratistas para la eje-cución de pequeñas obras de repara-ción, renovación y ampliación deredes.

c) Boletín o diario oficial y fecha dep u blicación del anuncio de lici-t a c i ó n : BOLETIN OFICIAL delPrincipado de Asturias de 30 deoctubre de 1999.

3.— Tramitación, procedimiento y formade adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento:Abierto.

c) Forma: Concurso.

4.— Presupuesto base de licitación:

Importe total: 50.000.000 pesetas.

5.— Adjudicación:

a) Fecha: 21 de diciembre de 1999.

b) Contra t i s t a : M ovex Vi a l , S. L . ,Sadesa y Sardesa.

c) Nacionalidad: Española.

d) Importe de la adjudicación:42.667.893 pesetas.

En Gijón,a 27 de diciembre de 1999.—El Director-Gerente.—72.

464 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 18-I-2000

IMPRENTA REGIONAL