s 010 presentacion medina ley mineria artesanal

Upload: angel-rony-chavez-rodriguez

Post on 04-Nov-2015

222 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

MINISTERI DE ENERGIA Y MINAS

TRANSCRIPT

  • LEY 277651 DS 013-2002-EMIng. Guillermo Medina CruzJefe del Proyecto PEMIN - GAMA (MEM)MINISTERIO DE ENERGA Y MINASPER

  • INTRODUCCIN OBJETIVO

    El objetivo fundamental de la Ley N 27651 de Formalizacin y Promocin de la Pequea Minera y Minera Artesanal, es incorporar el concepto de minera artesanal, dentro del contexto de la legislacin minera peruana y bajo este marco jurdico propender a su formalizacin integral y desarrollo evolutivo sostenible.

  • CONDICIN DE PRODUCTOR MINERO ARTESANALmbito de la Condicin de Productor Minero Artesanal La condicin de Productor Minero Artesanal procede respecto de los derechos mineros, capacidad instalada y actividades mineras artesanales realizadas en el mbito de una circunscripcin provincial o en el mbito de circunscripciones provinciales colindantes sobre el que se extienden sus actividades. Para acreditar la condicin de Productor Minero Artesanal es requisito ineludible la concurrencia de las tres condiciones establecidas en el Articulo 91 del TUO. PadrnRegistro Administrativo de Productores Mineros Artesanales

  • ALGUNOS BENEFICIOS CONSIDERADOS EN LA LEY

    Hoja1

    MULTASPRODUCCION MINIMAPENALIDADES

    DAC, Informacin Estadstica, Incidentes

    REGIMENMINIMONO MAYORpor ao y por Ha. OtorgadaA partir primer semestre septimo ao de titulo

    Comun0.1% UIT15 UITREGIMENMONTO US$SUSTANCIAMONTOS EXTREMOS US$por ao y por Ha.

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$

    Pequeo Minero0.1% UIT2 UIT

    Minero Artesanal0.1% UIT1 UITComun100Metalica

    50No Metalica

    Comun6

    ACCIDENTES FATALES

    Pequeo Minero5 UIT

    Pequeo Minero50Cualquiera100,000 Max

    Minero Artesanal3 UITPequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    5,000 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    Minero Artesanal25Cualquiera25,000 Max50 Min

    2,500 Min

    A partir primer semestre del duodecimo ao de titulo

    DERECHO DE VIGENCIAComun20

    por ao y por Ha. Otorgada

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$

    Pequeo Minero510,000 Max

    500 Min

    Comun3

    Minero Artesanal33,000 Max

    300 Min

    Pequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    50 Min

    TUPAS

    CONCEPTOREGIMENMONTO US$

    GM Y MM10%$310.00

    COMPequeo Minero5%$155.00

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Pequeo Minero5%$155.00

    ACREDITACION

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Hoja2

  • ALGUNOS BENEFICIOS CONSIDERADOS EN LA LEY

    Hoja1

    MULTASPRODUCCION MINIMAPENALIDADES

    DAC, Informacin Estadstica, Incidentes

    REGIMENMINIMONO MAYORpor ao y por Ha. OtorgadaA partir primer semestre septimo ao de titulo

    Comun0.1% UIT15 UITREGIMENMONTO US$SUSTANCIAMONTOS EXTREMOS US$por ao y por Ha.

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$

    Pequeo Minero0.1% UIT2 UIT

    Minero Artesanal0.1% UIT1 UITComun100Metalica

    50No Metalica

    Comun6

    ACCIDENTES FATALES

    Pequeo Minero5 UIT

    Pequeo Minero50Cualquiera100,000 Max

    Minero Artesanal3 UITPequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    5,000 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    Minero Artesanal25Cualquiera25,000 Max50 Min

    2,500 Min

    A partir primer semestre del duodecimo ao de titulo

    DERECHO DE VIGENCIAComun20

    por ao y por Ha. Otorgada

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$

    Pequeo Minero510,000 Max

    500 Min

    Comun3

    Minero Artesanal33,000 Max

    300 Min

    Pequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    50 Min

    TUPAS

    CONCEPTOREGIMENMONTO US$

    GM Y MM10%$310.00

    COMPequeo Minero5%$155.00

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Pequeo Minero5%$155.00

    ACREDITACION

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Hoja2

  • ALGUNOS BENEFICIOS CONSIDERADOS EN LA LEY

    Hoja1

    MULTASPRODUCCION MINIMAPENALIDADES

    DAC, Informacin Estadstica, Incidentes

    REGIMENMINIMONO MAYORpor ao y por Ha. OtorgadaA partir primer semestre septimo ao de titulo

    Comun0.1% UIT15 UITREGIMENMONTO US$SUSTANCIAMONTOS EXTREMOS US$por ao y por Ha.

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$

    Pequeo Minero0.1% UIT2 UIT

    Minero Artesanal0.1% UIT1 UITComun100Metalica

    50No Metalica

    Comun6

    ACCIDENTES FATALES

    Pequeo Minero5 UIT

    Pequeo Minero50Cualquiera100,000 Max

    Minero Artesanal3 UITPequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    5,000 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    Minero Artesanal25Cualquiera25,000 Max50 Min

    2,500 MinA partir primer semestre del duodecimo ao de titulo

    Comun20

    DERECHO DE VIGENCIA

    por ao y por Ha. Otorgada

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$Pequeo Minero510,000 Max

    500 Min

    Comun3Minero Artesanal33,000 Max

    300 Min

    Pequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    50 Min

    TUPAS

    CONCEPTOREGIMENMONTO US$

    GM Y MM10%$310.00

    COMPequeo Minero5%$155.00

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Pequeo Minero5%$155.00

    ACREDITACION

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Hoja2

  • ALGUNOS BENEFICIOS CONSIDERADOS EN LA LEY

    Hoja1

    MULTASPRODUCCION MINIMAPENALIDADES

    DAC, Informacin Estadstica, Incidentes

    REGIMENMINIMONO MAYORpor ao y por Ha. OtorgadaA partir primer semestre septimo ao de titulo

    Comun0.1% UIT15 UITREGIMENMONTO US$SUSTANCIAMONTOS EXTREMOS US$por ao y por Ha.

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$

    Pequeo Minero0.1% UIT2 UIT

    Minero Artesanal0.1% UIT1 UITComun100Metalica

    50No Metalica

    ACCIDENTES FATALESComun6

    Pequeo Minero5 UIT

    Minero Artesanal3 UITPequeo Minero50Cualquiera100,000 Max

    Pequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    5,000 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    Minero Artesanal25Cualquiera25,000 Max50 Min

    2,500 MinA partir primer semestre del duodecimo ao de titulo

    Comun20

    DERECHO DE VIGENCIA

    por ao y por Ha. Otorgada

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$Pequeo Minero510,000 Max

    500 Min

    Comun3Minero Artesanal33,000 Max

    300 Min

    Pequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    50 Min

    TUPAS

    CONCEPTOREGIMENMONTO US$

    GM Y MM10%$310.00

    COMPequeo Minero5%$155.00

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Pequeo Minero5%$155.00

    ACREDITACION

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Hoja2

  • ALGUNOS BENEFICIOS CONSIDERADOS EN LA LEY

    Hoja1

    MULTASPRODUCCION MINIMAPENALIDADES

    DAC, Informacin Estadstica, Incidentes

    REGIMENMINIMONO MAYORpor ao y por Ha. OtorgadaA partir primer semestre septimo ao de titulo

    Comun0.1% UIT15 UITREGIMENMONTO US$SUSTANCIAMONTOS EXTREMOS US$por ao y por Ha.

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$

    Pequeo Minero0.1% UIT2 UIT

    Minero Artesanal0.1% UIT1 UITComun100Metalica

    50No Metalica

    Comun6

    ACCIDENTES FATALES

    Pequeo Minero5 UIT

    Pequeo Minero50Cualquiera100,000 Max

    Minero Artesanal3 UITPequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    5,000 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    Minero Artesanal25Cualquiera25,000 Max50 Min

    2,500 MinA partir primer semestre del duodecimo ao de titulo

    Comun20

    DERECHO DE VIGENCIA

    por ao y por Ha. Otorgada

    REGIMENMONTO US$MONTOS EXTREMOS US$Pequeo Minero510,000 Max

    500 Min

    Comun3Minero Artesanal33,000 Max

    300 Min

    Pequeo Minero12,000 Max

    100 Min

    Minero Artesanal0.5500 Max

    50 Min

    TUPAS

    CONCEPTOREGIMENMONTO US$

    GM Y MM10%$310.00

    COMPequeo Minero5%$155.00

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Pequeo Minero5%$155.00

    ACREDITACION

    Minero Artesanal2.50%$77.50

    Hoja2

  • ASPECTOS PROMOCIONALESPor el acuerdo o contrato de explotacin el titular de un derecho minero autoriza a personas naturales o jurdicas a desarrollar actividad minera artesanal para extraer minerales en una parte o en el rea total de su concesin minera, a cambio de una contraprestacin. El acuerdo o contrato de explotacin celebrado constituye un requisito alternativo a la tenencia de derechos mineros para acreditar la condicin de Productor Minero Artesanal segn lo previsto en el Articulo 91 del TUO. ACUERDO O CONTRATO DE EXPLOTACION

  • Condicin bsicaDerecho de preferencia en reas de suspensin de admisin de petitoriosDerecho de preferencia en reas libresDerecho de preferencia en reas de libre denunciabilidadASPECTOS PROMOCIONALESDERECHO PREFERENCIAL PARA PRODUCTORES MINEROS ARTESANALES

  • Fortalecimiento y consolidacin de la minera artesanalCapacitacin tecnolgica operativa y de administracinCapacitacin en aspectos de seguridad e higiene mineraPlan de desarrollo de la minera artesanalParticipacin del INGEMMETASPECTOS PROMOCIONALESMEDIDAS ADICIONALES DE APOYO

  • Estratificacin de la pequea minera y minera artesanal (Art. 10)Caso : Materiales de construccin arenas gravas aurferas de placer, metales pesados Detrticos.(1) Hasta 3000 m3 / da.(2) Hasta 200 m3 / da.

    CLASIFICACION DE LA MINERIA EN EL PERU

    ESTRATO

    TAMAO DE CONCESIONES

    CAPACIDAD PRODUCTIVA

    Gran Minera

    Mediana Minera

    Ms de 2,000 Ha.

    Ms de 2,000 Ha.

    Ms de 5,000 TM/da

    Hasta 5,000 TM/da

    Pequea Minera

    Minera Artesanal

    Hasta 2,000 Ha.

    Hasta 1,000 Ha.

    Hasta 350 TM/da (1)

    Hasta 25 TM/da (2)

  • Autorizacin de operaciones de beneficio (Art. 5)Las instalaciones de beneficio que estn dentro del rango de la minera artesanal, solo requerirn informacin tcnica y declaracin de impacto ambiental suscrita por un profesional competente en la materia; es decir no ser necesario la formulacin de petitorio para hacienda de beneficio.Este mismo tratamiento ya existe para el caso de plantas metalrgicas mviles o porttiles. ASPECTOS AMBIENTALES

  • ASPECTOS AMBIENTALESEstudios de Impacto Ambiental (Art. 15)De acuerdo a la Ley N 27446 Ley del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental (SEIA) Categora I:Declaracin de Impactos Ambientales (DIA). Categora II:Estudio de Impacto Ambiental semi detallado (EIA sd)Categora III:Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA d)Programas de adecuacin y manejo ambiental (PAMA) yPlan Ambiental de cierre (PAC).

  • De acuerdo al Reglamento de la Ley N 27651 (D.S. N 013-2002-EM), los estudios ambientales exigibles para la Pequea Minera y Minera Artesanal, son:

    Declaracin de Impacto Ambiental,Estudio de Impacto Ambiental Semi detallado,Programa de adecuacin y manejo ambiental (PAMA)Plan Ambiental de cierre (PAC) ASPECTOS AMBIENTALES

  • Solicitud de Certificacin Ambiental y documentacin requerida

    Recurso : Conteniendo:Datos generales

    Nombre del Proyecto

    Tipo de documento presentado (DIA EIA sd)

    Constancia de pago del derecho de trmiteASPECTOS AMBIENTALES

  • Solicitud de Certificacin Ambiental y documentacin requeridaLa evaluacin preliminar (EP) contendr:Descripcin del proyecto: caractersticas principales, actividades, proceso productivo, tamao, etc.Descripcin del rea del proyecto: caracterstica de los componentes ambientales, ubicacin, elementos y valores naturales y humanos existentes, grado de intervencin humana.Descripcin de los impactos ambientales potenciales y medida de prevencin.Plan de cierreResumen ejecutivoAnlisis de los posibles impactos ambientales y las medidas de mitigacin, seguimiento, abandono y cierre.De ser el caso, trminos de referencia del EIA sd. ASPECTOS AMBIENTALES

  • PROCESO DE CERTIFICACION AMBIENTAL (Art. 40, 41, 42 y 43 del D.S. 013-2002-EM) ASPECTOS AMBIENTALES

  • TERMINOS DE REFERENCIA (Art. 44 D.S. 013-2002-EM) La propuesta de trminos de referencia, deber incluir:Objeto del ProyectoPropuesta del contenido del EIA sd.Informacin disponible para el desarrollo del EIA sdCronograma de elaboracinMetodologa para identificar a beneficiados y afectados por el proyectoCriterios para definir informacin de carcter reservadoCriterios para el plan de cierreOtros que la DGAA, considere necesarios para mejor resolverASPECTOS AMBIENTALES

  • CONTENIDO DEL EIAsd y REVISION POR OTRAS SECTORIALES (Art. 45, 46 y 57 del D.S. 013-2002-EM)El EIA sd deber contener: Resumen ejecutivoDescripcin del Proyecto, su viabilidad, mapas de ubicacin y diagramas relevantesSntesis de caractersticas y antecedentes del rea del proyectoDescripcin de efectos, caractersticas o circunstancias que dieron origen a la necesidad de efectuar el EIA sdDescripcin de impactos positivos negativos, anlisis de riesgoPlan de participacin ciudadanaPlanes de seguimiento, vigilancia y controlPlan de cierre ASPECTOS AMBIENTALES

  • PARTICIPACION CIUDADANA, PUBLICACIONES Y AUDIENCIA PUBLICA (Art. 50, 51 y 52 del D.S. 013-2002.EM) La participacin ciudadana forma parte del proceso de evaluacin en el tramite de aprobacin del EIA.Consiste bsicamente en la publicacin de avisos poniendo a disposicin del pblico el contenido del EIA sdEn los casos en que la magnitud del proyecto lo justifique, la DGAA, podr disponer la presentacin en Audiencia PblicaLa DGAA, dispondr la publicacin de un aviso por cuenta del solicitante, el cual ser publicado en el plazo de 15 das calendario en un diario de la regin cualquier otro medio de difusin en la zona del proyectoEl aviso indicar el organismo estatal donde se encuentra disponible el EIA sd. Cuando se realice audiencia pblica, se indicar lugar, da y hora de la misma.Los interesados podrn presentar a las DREMs correspondientes sus comentarios hasta 15 das calendarios de publicado el aviso. ASPECTOS AMBIENTALES

  • PROFESIONALES QUE ELABORAN LA DIA, EL EIAsd Y EL PAMA Y RESPONSABILIDAD DE LOS AUTORES (Art. 54 y 55 del D.S. 013-2002-EM) Los profesionales competentes para realizar la DIA, el EIA sd y el PAMA, en la pequea minera y minera artesanal, debern encontrarse habilitados por el colegio profesional correspondiente y estar capacitados en aspectos ambientales.A modo indicativo pero no limitativo se considerarn los siguientes profesionales:Ing. Gelogo, de Minas, Metalurgista, Industrial AgrnomoIng. Ambiental BilogoSocilogo, Arquelogo AntroplogoMeteorlogo Hidrlogo ASPECTOS AMBIENTALES

  • PROGRAMA DE ADECUACION Y MANEJO AMBIENTAL (Art. 18) LOS PAMAS, OBJETO Y PLAZO 8Art, 57 del D.S. 013-2002-EM)

    Los PAMAS, tienen objetivo que los pequeos productores mineros productores mineros artesanales logren reducir los niveles de contaminacin por sus emisiones y/o vertimientos hasta alcanzar limites mximos permisibles. La presentacin del PAMA deber ocurrir dentro del plazo mximo de 1 ao a partir de entrada en vigencia de la Ley (hasta el 25 de Enero del 2003).

  • PROGRAMA DE ADECUACION Y MANEJO AMBIENTAL (Art. 18) CONTENIDO DEL PAMA Y OBRAS COMUNES Y MULTAS POR INCUMPLIMIENTO Y PLAZO PARA PRONUNCIARSE (58, 59, 60 Y 61 del D.S. 013-2002-EM) El PAMA contendr:Descripcin del rea del proyectoDescripcin de la actividad comprendida del proyectoEvaluacin de Impactos AmbientalesPlan de Manejo Ambiental y cronograma de monitoreoPlan de ContingenciasPlan de cierre El plazo para la ejecucin del PAMA, ser como mximo de 5 aos y es posible la ejecucin de obras comunes y PAMAS colectivos.La DGAA, evaluar, observar, aprobar o desaprobar el PAMA o sus modificaciones en un plazo de 90 das calendarios. En caso de observaciones estas debern absorberse| en el plazo mximo de 60 das

  • SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO (Art. 62 ) En caso de que la DGAA, no emita pronunciamiento en los plazos establecidos en el reglamento (D.S. 013-2002-EM), ser de aplicacin el silencio administrativo positivo.

  • PLAN DE CIERRE (Art. 63 ) El Plan de cierre, podr ser presentado para los efectos de cierre temporal o definitivo y comprender las medidas adoptarse para evitar efectos adversos al ambiente por efecto de residuos slidos, lquidos o gaseosos que puedan aflorar en el corto, mediano largo plazo.

  • PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO (Art. 64 y 65) IMPUGNACION: Las resoluciones emitidas por la DGAA, podrn ser impugnadas mediante recurso de revisin interpuesta en un plazo mximo de 15 das. El Consejo de Minera, resolver en ltima instancia administrativa los recursos de revisin planteados.RECURSOS DE QUEJA: Procede la interposicin de recurso de queja contra la resolucin expedida por la DGAA, que no conceda el recurso de revisin. Recurso de queja se interpondr ante el Consejo de Minera dentro del trmino de 15 das contados a partir del da siguiente de notificada la resolucin denegatoria.El recurso de queja se tramitar por cuerda separada y no paralizar el trmite del expediente.En todo lo no previsto en la Ley N 27651y el Reglamento D.S. 013-2002-EM, ser de aplicacin el Reglamento para la proteccin ambiental en actividades minero metalrgicas ( Decreto Supremo N 016-93-EM y disposiciones conexas).