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  • 8/6/2019 Ruiz-Restrepo Respuestas DEF UAESP

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    OBSERVACIN No. 50: Presentada por ADRIANA RUIZ RESTREPO, de ADRIANA RUIZRESTREPO Con Radicado UAESP 9039

    Pregunta Nmero 1

    En la Observacin # 8 al Proyecto de Pliego de Licitacin Publica 001/11 se observ que, tal ycomo estaban configurados los Prepliegos cualquier persona podra -entre la fecha de creacin dela Accin Afirmativa u oportunidad de inclusin y la actual Licitacin, es decir un perodo dedos aos o menos- haber constituido una organizacin de segundo grado de recicladores con tansolo un par de organizaciones, creadas tambin en el mismo perodo o inclusive aun msrecientes que el ao exigido en los Pliegos, y con ello lograr aprovecharse de la oportunidad deinclusin creada para los recicladores tradicionales, de oficio y en pobreza, por las Sentencias T-724 -03 y T-7291- 09 y sin tener ningn derecho a ello. Se pregunt a la UAESP cul era larazn fctica y jurdica para que se exigiera en el Pre-Pliego, el absoluto mnimo de tiempo deconstitucin de una organizacin de recicladores (un ao) cuando la accin afirmativa de

    inclusin tiene dos aos de existencia?. Se pregunt tambin si (2) No era una contradiccinexigir poco tiempo para verificar lo que debiera buscar acreditar antigedad por ende servir paraverificar la legitimidad de la condicin de reciclador tradicional y de oficio? (3) No se creaba conesto una puerta grande y abierta para que entrara la corrupcin y se entregaran accionessocietarias a supuestos recicladores o recicladores simulados recin creados, hace un ao?" Larespuesta de la UAESP, fue que, en vez de subir la barrera para asegurar la mayor legitimidad, esdecir pedir que las organizaciones de

    p.705

    recicladores hayan sido constituidas antes de la fecha de la accin afirmativa de la T-291-09(Abril 2009) fue desaparecer cualquier barrera o filtro de legitimidad. En efecto la UAESPcontest "Se elimina la exigencia de una antigedad mnima para las organizaciones derecicladores de Segundo nivel." Con lo cual una organizacin de recicladores simulados, creadaesta misma semana, buscando aprovechar la accin afirmativa de la Corte, podra entrar eniguales condiciones que la organizacin de recicladores creada hace 5 o 10 aos. Solicito puesque, con base en las razones expuestas en la Observacin # 8 original, se explique por qu, en

    vez de cerrar la puerta al oportunismo, a los recicladores simulados, y exigir que lasorganizaciones de recicladores preexistan a la accin afirmativa, la UAESP -al contrario de losolicitado- abri la puerta a la simulacin y el abuso o corrupcin privada, al flexibilizar lacondicin de entrada, de forma tal que ahora cualquier organizacin o supuesta organizacin derecicladores pueda entrar en el proceso y terminar de socio de un gran operador de capital porms de 8 aos.

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    En la pregunta 158 se dice que se va a cambiar el numeral 8.6 del REGLAMENTO TECNICOOPERATIVO sin embargo, el pliego sigue presentado las mismas condiciones para lasbarredoras

    Respuesta

    La Unidad considera que eliminando la condicin de antigedad de las organizaciones desegundo nivel, se garantiza la participacin universal de la poblacin recicladora en condicionesde vulnerabilidad. Si se mantiene la condicin de antiguedad, podra verse limitada la inclusinde recicladores en condiciones de vulnerabilidad que simplemente no se encuentran organizadoscon la anticipacin exigida, pero son beneficiarios de los mandatos proferidos por la HonorableCorte Constitucional mediante Autos No. 268, 298 y 355 de 2010.

    OBSERVACIN No. 95: Presentada por ADRIANA RUIZ-RESTREPO, de ADRIANA RUIZ-RESTREPO Con Radicado UAESP 9555

    Pregunta Nmero 1

    Del Documento Respuestas # 2 de la UAESP y bajo la "OBSERVACIN No. 79 : radicado

    5759 por Adriana Ruiz-Restrepo: reitero, principalmente, las siguientes observaciones opreguntas y solicito, muy comedidamente, una respuesta real o de fondo, es decir, una respuestaclara y congruente con lo preguntado u observado, Mil gracias. -Pregunta 2 "(4) Solicito que, conmiras a diferenciar a los recicladores de oficio, en pobreza y tradicionales de Bogot de los queno son recicladores de oficio, de tradicin, ni en pobreza sino personas oportunistas simulandoser recicladores de oficio se cambie la seccin 2.7 ""Inclusin de la Poblacin Recicladores enCondiciones de Vulnerabilidad"" para que diga ""(...) las organizaciones de recicladores desegundo nivel que operen en la ciudad de Bogot D.C., remitan a la Unidad los documentos decarcter

    p. 861

    jurdico que acrediten su constitucin ante la autoridad competente con anterioridad al 23 deabril de 2009 fecha en que se cre la Accin Afirmativa de Inclusin a los recicladores de

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    oficio." Respuesta. Los requisitos que debern cumplir las organizaciones de recicladores desegundo nivel, as como el listado de las organizaciones habilitadas, que operen en la ciudad deBogot, D.C., interesadas en participar de los mecanismos de inclusin para los recicladores deoficio previstos en la presente licitacin, sern dados a conocer en los trminos sealados en elpliego de condiciones. - Pregunta 4 "As mismo solicito (6) explicar por qu el componente de

    recicladores proponentes y futuros socios de Empresas de aseo, no ha sido pblico. Es decir,aclarar por qu toda la licitacin y en todos sus componentes no ha sido publica, por qu (7) laUAESP sortear y asignar organizaciones de recicladores de las ""seleccionadas previamente""para que sean socias de los otros proponentes y como se establece en la Seccin o Clausula 1.3.Favor explicar (8) la necesidad de la UAESP de ""seleccionar previamente"" a los recicladoresque podrn convertirse en socios y esto, en vez, de tener el listado de organizaciones en uncuarto de datos para permitir alianzas estratgicas libres entre empresarios de economa solidariay de economa de capital para articularse en la prestacin del servicio integral de aseo."Respuesta El mecanismo de sortero garantiza que ninguna asociacin de recicladores de segundo

    nivel quede por fuera de la licitacin. Si se permitiera la libertad de negociacin entreasociaciones de segundo nivel y proponentes, podra darse el caso de que algunas asociacionesde segundo nivel lleguen a acuerdos con oponentes que no resulten ganadores de algn ASE ypor tanto, dichas asociaciones quedaran por fuera del esquema. Con el esquema previsto se estgarantizando que aunque eventualmente haya proponentes que no resulten favorecidos con laadjudicacin de algn ASE, en cambio todas las asociaciones de recicladores de segundo nivelsiempre resultaran ganadoras.-Pregunta 5 "Favor explicar tambin (9) por qu es""previamente""? cuando fue la fecha previa?, donde ocurri lo previo, quien determin lasreglas? Quien recibi la informacin de los recicladores? y (10) cules son los criterios deseleccin previa?; quin decide que organizaciones de recicladores pueden entrar y que

    reciclador no es hbil? Quien decide los criterios? (11) Por que la inclusin de recicladores lahace la UAESP o ""previamente"" o ""paralelamente"" a la Licitacin y no adentro de ella ( asse anuncia expresamente en el tercer prrafo de la Clausula 1.7 , entre otras) y por que? Favorexplicar con claridad (12) por qu todo este componente se ha hecho por fuera del pliego decondiciones, por qu no ha sido pblico y cul es la razn para que se controle por la UAESP y apuerta cerrada cuando el legislador a consagrado como principio de la Contratacin pblica latransparencia del proceso? Cmo justifican, fctica y normativamente, esta excepcin a lapublicidad del proceso?" Respuesta Los requisitos que debern cumplir las organizaciones de

    Respuesta

    1.2. La UAESP no cambiara el numeral 2.7. Esta entidad en cumplimiento y en los trminos de las

    sentencias de la honorable Corte Constitucional, ha establecido en la presente licitacin el garantizar la

    participacin de todas las Asociaciones de Recicladores de Segundo Nivel, siempre y cuando cumplan

    con los requisitos sealados en el Pliego de Condiciones y el Anexo 21 1.4 La Unidad, en cumplimiento

    del mandato de la Corte Constitucional sobre la inclusin de poblacin recicladora en condiciones de

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    vulnerabilidad, plante en la presente licitacin la forma en que participaran las organizaciones de

    segundo nivel, como socios de las empresas que ejecutaran los contratos de concesin a celebrar. Esta

    previsin se realiza teniendo en cuenta que la libertad de asociacin puede restringirse o limitarse en

    virtud de la ponderacin de derechos constitucionales con lo cual el derecho fundamental al trabajo e

    inclusin social de los recicladores prima sobre el derecho constitucional de la libre asociacin, por lo

    que es esta ajsutado a la normatividad vigente el aparte del pliego segn el cual un porcentaje de lasacciones del proponente deber cederse a una organizacin de recicladores de segundo nivel que la

    UAESP le asigne, dando cumplimiento a los distintos pronunciamientos de la Corte constitucional sobre

    la materia 1.5 Se aclara que los requisitos que deben cumplir las Asociaciones de Segundo Nivel se

    describen claramente en el

    p. 862

    numeral 2.7 del Pliego de Condiciones y en el Anexo 21. As mismo la UAESP publicara el listado de estas

    Asociaciones de acuerdo al cronograma que contenido en el Pliego de Condiciones. 1.8 La UAESP en

    cumplimiento y en los trminos de las sentencias de la honorable Corte Constitucional, ha establecido

    en la presente licitacin el garantizar la participacin de todas las Asociaciones de Recicladores de

    Segundo Nivel, siempre y cuando cumplan con los requisitos sealados en el Pliego de Condiciones y el

    Anexo 21 1.14 La UAESP considera su solicitud: por lo tanto se realizara una presentacin explicando el

    modelo de inclusin de la poblacin recicladora.

    OBSERVACIN No. 95: Presentada por ADRIANA RUIZ-RESTREPO, deADRIANA RUIZ- RESTREPO ConRadicado UAESP9555

    Pregunta Nmero 2

    Del Documento Respuestas # 2 de la UAESP y bajo la "OBSERVACIN No. 81 : radicado 5764 por AdrianaRuiz-Restrepo: reitero, principalmente, las siguientes observaciones o preguntas y solicito, muycomedidamente, una respuesta real o de fondo , es decir, una respuesta clara y congruente con lopreguntado u observado, Mil gracias.- Pregunta 1El usuario del servicio pblico de aseo paga una tarifa,es decir que su pago tiene por base de clculo su consumo del servicio, para el caso del aseo laproduccin de residuos slidos. Cul es entonces la razn para que ahora los usuarios de Bogot tenganque pagar por va de tarifa el desempapele de la ciudad, el retito de malezas, hierbas y pendonesadems de corte de csped y poda de rboles? Esto, el embellecimiento, no se paga por impuestos?

    Como usuario tengo que pagar lo que me imponga la UAESP? Si yo soy un consumidor de un servicioporque me imponen el pago de items que deberan salir de impuestos y no tienen una base deconsumo? Favor explicar por qu se impone esto como impuesto cuando el vnculo con el prestador estarifado y justificarlo con la Resolucin de la CRA que lo autoriza y la base legal y constitucional para ello.Respuesta: El proceso licitatorio 001 de 2011 se estructur bajo el criterio de garantizar la prestacinintegral del servicio pblico de aseo. En esas condiciones se present la solicitud de verificacin demotivos a la Comisin de Regulacin de Agua Potable y Saneamiento Bsico - CRA- y en esos trminosfue aprobado mediante Resolucin CRA 541 de 2011. Pregunt Los Pliegos obligan a despedir a los

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    trabajadores de las empresas de corte de csped y poda de rboles, para incluir a los recicladores, elmnimo vital es un derecho de todos o no? Favor explicar. Respuesta: Todas las exigencias de inclusinde los recicladores de oficio en los esquemas de prestacin del servicio de aseo, se hacen encumplimiento de las sentencias proferidas por la Honorable Corte Constitucional

    Respuesta

    2.1. El Decreto 1713 de 2002 prev la posibilidad de que se pueda incluir en las tarifas del servicio

    pblico de aseo aquellas actividades cuya inclusin no generen unas tarifas que superen el techo

    tarifario. En concordancia con esa previsin, los elementos sealados por la observante se incluyeron en

    las condiciones tcnico operativas y financieras del nuevo modelo de prestacin del servicio pblico de

    aseo, sin que ello significara unas tarifas superiores a aquellas resultantes de aplicar las Resoluciones

    CRA 351 de 2005 Por la cual se establecen los regmenes de regulacin tarifaria a los que deben

    someterse las personas prestadoras del servicio pblico de aseo y la metodologa que deben utilizar

    para el clculo de las tarifas del servicio de aseo de residuos ordinarios y se dictan otras disposiciones y

    CRA 352 de 2005 Por la cual se definen los parmetros para la estimacin del consumo en el marco de

    la prestacin del servicio pblico domiciliario de aseo y se dictan otras disposiciones. En estas

    condiciones se llev a cabo el proceso de estructuracin del nuevo modelo de prestacin del servicio

    pblico de aseo en Bogot. En concordancia con lo expuesto, la Licitacin Pblica 001 de 2011 se

    estructur bajo el criterio de

    p.863

    garantizar la prestacin integral del servicio pblico de aseo, de conformidad con la normatividadvigente aplicable. No es cierta la afirmacin efectuada por la observante en relacin a la obligatoriedad

    de despedir a los actuales trabajadores de corte de csped y poda de rboles para vincular a la

    poblacin recicladora. Se aclara que, los proponentes que se presenten al proceso de licitacin ser

    quienes definirn porcentaje de mano de obra proveniente de la poblacin recicladora para las

    actividades de corte de csped y poda de rboles. De una parte es discrecional del proponente ofrecer el

    porcentaje que considere pertinente y de otro, y si a bien lo tiene, mantener el personal con que se

    cuenta actualmente y vincular adems la poblacin recicladora en el porcentaje que se ofrezca.

    OBSERVACIN No. 95: Presentada por ADRIANA RUIZ-RESTREPO, deADRIANA RUIZ- RESTREPO ConRadicado UAESP9555

    Pregunta Nmero 3

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    3.Del Documento Respuestas # 2 de la UAESP y bajo la "OBSERVACIN No. 118 : radicado UAESP 5868Por Adriana Ruiz-Restrepo: reitero, principalmente, las siguientes observaciones o preguntas y solicito,muy comedidamente, una respuesta real o de fondo , es decir, una respuesta clara y congruente con lopreguntado u observado, Mil gracias. - Pregunta 1 Observacin # 8 al Proyecto de Pliego de LicitacinPublica 001/11.EI usuario del servicio pblico de aseo paga una tarifa, es decir que su pago tiene porbase de clculo su consumo del servicio, para el caso del aseo la produccin de residuos slidos. Cul esentonces la razn para que ahora los usuarios de Bogot tengan que pagar por va de tarifa eldesempapele de la ciudad, el retito de malezas, hierbas y pendones adems de corte de csped y podade rboles? Respuesta El proceso licitatorio 001 de 2011 se estructur bajo el criterio de garantizar laprestacin integral del servicio pblico de aseo. En esas condiciones se present la solicitud deverificacin de motivos a la Comisin de Regulacin de Agua Potable y Saneamiento Bsico - CRA- y enesos trminos fue aprobado mediante Resolucin CRA 541 de 2011. -Pregunta 2 el embellecimiento, nose paga por impuestos? Respuesta El proceso licitatorio 001 de 2011 se estructur bajo el criterio degarantizar la prestacin integral del servicio pblico de aseo. En esas condiciones se present la solicitudde verificacin de motivos a la Comisin de Regulacin de Agua Potable Saneamiento Bsico - CRA- y enesos trminos fue aprobado mediante Resolucin CRA 541 de 2011. Pregunt Como usuario tengo quepagar lo que me imponga la UAESP? Respuesta El proceso licitatorio 001 de 2011 se estructur bajo el

    criterio de garantizar la prestacin integral del servicio pblico de aseo. En esas condiciones se presentla solicitud de verificacin de motivos a la Comisin de Regulacin de Agua Potable y SaneamientoBsico - CRA- y en esos trminos fue aprobado mediante Resolucin CRA 541 de 2011. -Pregunta 4 S yosoy un consumidor de un servicio porque me imponen el pago de tems que deberan salir de impuestosy no tienen una base de consumo? Favor explicar por qu se impone esto Como impuesto cuando elvnculo con el prestador es tarifario y justificarlo con la Resolucin de la CRA que lo autoriza y la baselegal y constitucional para ello. Respuesta El proceso licitatorio 001 de 2011 se estructur bajo el criteriode garantizar la prestacin integral del servicio pblico de aseo. En esas condiciones se present lasolicitud de verificacin de motivos a la Comisin de Regulacin de Agua Potable y Saneamiento Bsico -CRA- y en esas trminos fue aprobado mediante Resolucin CRA 541 de 2011.

    Respuesta

    El Decreto 1713 de 2002 prev la posibilidad de que se pueda incluir en las tarifas del servicio pblico deaseo aquellas actividades cuya inclusin no generen unas tarifas que superen el techo tarifario. Enconcordancia con esa previsin, los elementos sealados por la observante se

    p. 864

    incluyeron en las condiciones tcnico operativas y financieras del nuevo modelo de prestacin del

    servicio pblico de aseo, sin que ello significara unas tarifas superiores a aquellas resultantes de aplicar

    las Resoluciones CRA 351 de 2005 Por la cual se establecen los regmenes de regulacin tarifaria a los

    que deben someterse las personas prestadoras del servicio pblico de aseo y la metodologa que deben

    utilizar para el clculo de las tarifas del servicio de aseo de residuos ordinarios y se dictan otras

    disposiciones y CRA 352 de 2005 Por la cual se definen los parmetros para la estimacin del

    consumo en el marco de la prestacin del servicio pblico domiciliario de aseo y se dictan otras

    disposiciones. En estas condiciones se llev a cabo el proceso de estructuracin del nuevo modelo de

    prestacin del servicio pblico de aseo en Bogota. En concordancia con lo expuesto, la Licitacin Pblica

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    001 de 2011 se estructur bajo el criterio de garantizar la prestacin integral del servicio pblico de

    aseo, de conformidad con la normatividad vigente aplicable, "4.9. EL operador junto con la organizacin

    de segundo nivel desarrollaran un plan de trabajo en el cual buscaran las estrategias para el desarrollo

    de las actividades tal como se muestra en el numeral 5 del Anexo 21, El material que no sea

    efectivamente aprovechable ser dispuesto en el Relleno Sanitario Doa Juana. 4.11. La presente

    licitacin en los pliegos no contempla que los operadores reciclaran primero para el Distrito tal como esexpuesto en su pregunta. 4.12. Los recicladores tendrn la libertad de trabajar como hoy da lo hacen, lo

    cual se considera en el Pliego de Condiciones y el Anexo 21, en ninguna parte se hace referencia a llevar

    material a La Alqueria. 4.13. El esquema planteado en su pregunta es un esquema que no est plasmado

    en los pliegos definitivos de la licitacin. 4.14. EL operador junto con la organizacin de segundo nivel

    desarrollaran un plan de trabajo en el cual buscaran las estrategias para el desarrollo de las actividades

    tal como se muestra en el numeral 5 del Anexo 21 4.15. La Unidad, en cumplimiento del mandato de la

    Corte Constitucional sobre la inclusin de poblacin recicladora en condiciones de vulnerabilidad,

    plante en la presente licitacin la forma en que participaran las organizaciones de segundo nivel, como

    socios de las empresas que ejecutaran los contratos de concesin a celebrar. 4.16. Las relaciones entre

    afiliados sern reguladas por las entidades competentes de acuerdo a la ley vigente. La distribucin de

    utilidades de las Asociaciones de Segundo Nivel con los recicladores asociados se daran de acuerdo a lo

    previsto en el Pliego de Condiciones y Anexo 21 4.17. Todas las exigencias de inclusin de los

    recicladores de oficio en los esquemas de prestacin del servicio de aseo, se hacen en cumplimiento de

    las sentencias proferidas por la Honorable Corte Constitucional. 4.18. La Unidad, en cumplimiento del

    mandato de la Corte Constitucional sobre la inclusin de poblacin recicladora en condiciones de

    vulnerabilidad, plante en la presente licitacin la forma en que participaran las organizaciones de

    segundo nivel, como socios de las empresas que ejecutaran los contratos de concesin a celebrar."

    "4.19. La Unidad, en cumplimiento del mandato de la Corte Constitucional sobre la inclusin de

    poblacin recicladora en condiciones de vulnerabilidad, plante en la presente licitacin la forma en que

    participaran las organizaciones de segundo nivel, como socios de las empresas.

    OBSERVACIN No. 95: Presentada por ADRIANA RUIZ-RESTREPO, deADRIANA RUIZ- RESTREPO ConRadicado UAESP9555

    Pregunta Nmero 4

    Del Documento Respuestas # 2 de la UAESP y bajo la "OBSERVACIN No. 123: radicado UAESP 5872 PorAdriana Ruiz-Restrepo: reitero, principalmente, las siguientes observaciones o preguntas y solicito, muy

    comedidamente, una respuesta real o de fondo , es decir, una respuesta clara y congruente con lopreguntado u observado, Mil gracias.-Pregunt El riesgo de afectar a los recicladores con rutasinformales existentes por dcadas, constituye un riesgo de vulneracin al mnimo vital y el derecho altrabajo de los recicladores existentes y activos a todo lo largo y ancho de la ciudad. Al revisar los estudioprevios de esta licitacin no se ve documento alguno en que conste que la UAESP estudio, previ ydecidi motivada y pblicamente esta nueva y primera

    p.865

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    licitacin incluyente para Bogot en cuanto a la inclusin real, efectiva y respetuosa de los recicladoresde oficio de Bogot. Respuesta El pliego es explcito en sealar que la recoleccin de materialpotencialmente aprovechable ser realizada por los recicladores de oficio en el territorio que ocupanactualmente, independientemente del ASE que les corresponda por la asociacin de segundo nivel a laque pertenezcan. Es decir que la(s) asociacin(es) de recicladores de segundo nivel correspondiente(s) alASE X, ser(n) responsable(s) de operar la Ruta de Reciclaje en el ASE X, con los recicladores de oficioque actualmente ocupan el territorio correspondiente al ASE X, independientemente de la asociacin desegundo nivel a la que estos pertenezcan, as como sus asociados continuarn realizando la recoleccinde material aprovechable en el territorio que ocupan actualmente, independientemente de quepertenezcan a la asociacin de segundo nivel del ASE X. -Pregunta 4 En caso de existir pero no haberlopublicado o encontrado se solicita poner el documento en conocimiento pblico. Respuesta Lainformacin disponible por parte de la Unidad se encuentra publicada en su pgina web. -Pregunta 6Muy por el contrario la UAESP no hace ninguna inversin en infraestructura ni esfuerzo en gestinpblica al respecto. El distrito, ocho (8) aos despus de la pasada licitacin y la T-724- 03, slo ofrececomo infraestructura urbana para el reciclaje, de 7 millones de personas y por 8 aos, el viejo centropiloto de reciclaje de la Alquera y esto para toda la ciudad y sus 6 ASES. No se ve tampoco que el Estado/ Distrito haya hecho esfuerzo alguno por reformar el sistema de aseo de la ciudad para que ste se

    preste en forma integral, es decir, articulando al Servicio la ruta de recoleccin selectiva yaprovechamiento (como forma equivalente a la disposicin final) y con calidad para el usuario y a la luzdel deber constitucional de proteccin ambiental. Respuesta El decreto 312 de 2006 (PMIRS) determinaque la UAESP deber disear y construir diez (10) centros de acopio y dos (2) parques de reciclaje en elDistrito Capital. Una vez la UAESP adquiri los lotes y efectu el diseo de los mismos, las comunidadesaledaas a los mencionados lotes interpusieron acciones populares, las cuales a la fecha se encuentranen segunda instancia. Hasta tanto no se resuelvan estas acciones, la UAESP no podr destinar recursospara la construccin de nuevos centros de acopio. Los contratos de concesin se han estructurado conbase en la regulacin vigente que es la contenida en la Resoluciones CRA 351 y 352 de 2005 y CRA 482de 2009. -Pregunta 7 Al Distrito todo lo que se le ocurri y refleja en los pliegos es decir que el materialpotencialmente reciclable, se deja puesto en la acera y sin exclusividad es decir, en libre competencia en

    la acera de los usuarios, para que pase cualquiera y se lo lleve. Cualquiera podra ser, entonces, eloperador- reciclador al que le adjudicaron la ASE, o bien, una fundacin antena de la industria, losrecicladores no organizados, el vigilante de la cuadra, la administracin del conjunto residencial, losmaxi-recicladores de inversin e industria, la junta de vecinos.

    Respuesta

    En primera instancia, se considera que la Unidad ha dado respuesta a todas las observacionespresentadas en su documento inicial y que refiere nuevamente en la presente observacin, por lo que lesolicitamos remitirse a los documentos de respuesta publicados por la Unidad en el Portal deContratacin a la Vista de la Alcalda Mayor de Bogot D.C. y en el SECOP No obstante lo anterior, serealizarn algunas precisiones en relacin con los temas tratados en sus inquietudes. Como se indica en

    el Pliego de condiciones, particularmente en el numeral 2.7 y Anexo 21, a travs de la presente licitacinla UAESP busca que los recicladores continen trabajando con la libertad que lo hacen. No se estgenerando ningn riesgo a cargo de los recicladores, se estn manteniendo sus rutas actuales paragarantizar sus derechos.Se precisa que el Pliego de Condiciones Definitivo, no hace referencia la entrega de material al centro dereciclaje de La Alqueria. De otro lado se informa, que el proceso de inclusin de los recicladores de oficioque se plantea en la presente licitacin, es producto de una mesa de concertacin con el gremio quedesarroll la UAESP mediantes sesiones semanales por varios

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    p. 866

    meses, todas ellas documentadas, y en la cual se discutieron muchas propuestas y finalmente se lleg a

    la propuesta de inclusin que se encuentra consignada en los pliegos. Propuesta que cumple con los

    mandatos de la Corte Constitucional. Registro de la poltica de reciclaje y dems documentos que

    soportan el pliego de condiciones y en general la presente licitacin en materia de reciclaje, se

    encuentran publicados en los portales www.uaesp.gov.co y www.uaespcomunica.com, a los que se

    refiere, entre otros, el numeral 2.7 del Pliego de Condiciones. En cuanto a la infraestructura para la

    promocin de la actividad del reciclaje, se resalta que el proceso de diseo y construccin de los centros

    de acopio y de parques de reciclaje, inicio con la adquisicin de los lotes por parte de la Unidad, sin

    embargo se vio interrumpido por cuanto las comunidades aledaas a los mencionados lotes

    interpusieron acciones populares, las cuales a la fecha se encuentran en segunda instancia. Hasta tanto

    no se resuelvan estas acciones, la UAESP no podr destinar recursos para la construccin de nuevoscentros de acopio. El pliego de condiciones y el anexo 21 son claros describiendo quienes sern los

    responsables de operar la Ruta de Reciclaje. Adicionalmente la UAESP considero hacer el

    reconocimiento al manejo de la ruta en los mismos territorios que ocupan actualmente y apoyada por

    los concesionarios, y la participacin en incentivos por aprovechamiento en el marco de la gestin

    integral de residuos slidos tal como se puede evidenciar en el numeral 10.1.12 de Reglamento

    Comercial y Financiero.