ruiz-restrepo escrito argumentativo y solicitud de seleccion para revision

Upload: rra-public-law-and-social-innovation-knowledge-center

Post on 06-Apr-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/3/2019 Ruiz-Restrepo Escrito argumentativo y solicitud de seleccion para Revision

    1/5

    SeoraMagistrada Mara Victoria Calle

    SeorMagistrado Gabriel Mendoza Martello

    SALA DE SELECCIN - CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIACiudad.-

    REF: Solicitud de Seleccin para Revisin de la Corte del procesonumero 3205892 y su acumulacin con el proceso que sobre laLicitacin Publica 001/11 actualmente conoce la Sala Tercera deRevisin de la Corte.

    Respetada Magistrada y Magistrado,

    Por voluntad de todos los tutelantes y porque entendemos tambin que la Sala Tercera de Revisin1 de la

    Corte ha querido, segn consta en el Auto 183 de 2011, que, todas las acciones de tutela o incidentes dedesacato relacionados con la licitacin 001 de 2011 sean remitidos a la Corte, me permito solicitar, de formacomedida y respetuosa, que el proceso referido internamente en la Corte Constitucional bajo nmero3205892 remitido a la Corte el 5 de Agosto pasado, sea seleccionado por su Sala con el fin de que sea revisadopor la Honorable Corte Constitucional.

    De manera respetuosa solicitamos tambin que nuestro caso sea acumulado con la causa que, -sobre ecumplimento de la Sentencia T-724-03 en el marco de la Licitacin Pblica 001 de 2011- actualmente conocela Sala Tercera de Revisin, Magistrado Ponente Juan Carlos Henao, a quien naturalmente extendemos copiatambin de esta comunicacin.

    Si bien sabemos que el caso al que solicitamos nos acumulen, se origin por un incidente de desacatoreferido a la implementacin de la accin afirmativa en la LP001/11, creemos que con la acumulacin nosolo finalmente accederemos a la justicia, sino que podremos darle a conocer a los Magistrados nuevoshechos complementarios a los que ya conocen, argumentos de derecho adicionales, as como nuevaspruebas escritas y audiovisuales que ya obran en el expediente y otras pruebas nuevas que, dado el caso,tambin quisiramos allegar. Creemos que con la acumulacin solicitada, no solamente podremos acceder finalmente- a una mirada seria de justicia, ya que a pesar de todos nuestros mltiples esfuerzos ningunaentidad, ni siquiera el a quo, quiso revisar nuestro caso, sino que, por estar nuestro caso comprendido bajo lamisma licitacin 001/11, pero referido a hechos y argumentos nuevos, seguramente ofrecer a losMagistrado nuevos elementos de juicio.

    1. La Accin de Tutela que solicitamos sea revisada y acumulada, fue interpuesta por Mara del CarmenSandoval, Flor Mara Ramrez, Jorge Eliecer Ospina y quien suscribe este escrito, Adriana Ruiz-Restrepoobrando en nombre propio y tambin como agente oficiosa de Gloria Ins Prez y sus hijos menores deedad, John Alexander Pedraza Prez, Gustavo Lpez Perilla y Jonathan Contreras y su padre Antonio Valencia

    1Auto 183 de 2011 () SEGUNDO.- ORDENAR a la UAESP que informe, a cualquier despacho judicial que adelante acciones de

    tutela o incidentes de desacato relacionados con la licitacin 001 de 2011, que la competencia en el cumplimiento de la sentencia T-724 de 2003 radica en esta Corporacin, para que tales asuntos sean remitidos a la Corte Constitucional.

  • 8/3/2019 Ruiz-Restrepo Escrito argumentativo y solicitud de seleccion para Revision

    2/5

    Botero / Robinson. La accin fue interpuesta contra dos entidades pblicas, la Comisin de Regulacin deAgua Potable y Saneamiento Bsico (CRA) y la Unidad Administrativa Especial de Servicios Pblicos deBogot (UAESP) entidades que con sus decisiones pblicas de diseo del sistema de aseo a contratar enBogot por va de la actual licitacin pblica 001/11, crearon una grave amenaza al saneamiento bsico de laciudad y a la formalizacin y proteccin especial de los recicladores ya ordenada por la Corte Constitucional.

    En efecto, quienquiera que haya decidido en el seno una de estas entidades o ambas, el objeto y alcance de lalicitacin pblica 001/11, y esto mucho antes de abrir la convocatoria pblica y decretar la apertura de lalicitacin, decidi desnaturalizar el concepto y propsito de la nocin reas de Servicio Exclusivo creadas poel legislador de servicios pblicos, y as dicho funcionario o funcionarios de la CRA y/o la UAESP, decidi, porprimera vez en la historia del pas, restringir la prestacin del servicio pblico domiciliario de aseo a losresiduos orgnicos y excluir -del rea de exclusividad y del objeto de contratacin por licitacin- larecoleccin y transporte de los residuos inorgnicos o potencialmente reciclables de todo Bogot y hastaprcticamente el 2020. Justo se trata de los residuos residenciales que tienen un claro e inmediato valocomercial. Pinsese cunto dinero representa la materia prima secundaria de papel, metal, vidrio y plstico, ematerial reciclable de 8 millones de persona por 8 aos? Cunto dinero representa sacar el reciclaje a libremercado como objeto de negocio, y a quien le conviene? No tenemos la respuesta pero la pregunta es clara ysubsiste.

    El problema es que una vez afuera del objeto de la licitacin y excluidos de las reas de Servicio Exclusivo, losresiduos inorgnicos de 8 millones quedan abandonados, sin rutas, prestador cierto ni servicio pblico, adisposicin de las fuerzas del mercado, y esto bajo un gobierno local que supuestamente no apoya lasprivatizaciones... En todo caso, esta decisin publica de exclusin de servicio a los residuos con inmediato ymayor valor econmico adoptada por la CRA y/o la UAESP afecta n solo el saneamiento bsico mo y de laciudad sino que - y ese el segundo gran problema- impacta negativamente en el modo de vida y trabajo de losrecicladores en pobreza, pues lo que hace el Estado por va de Licitacin es formalizar y legalizar el rebusque,la concurrencia por residuos reciclables, en vez de ordenarlo y regularlo como debe hacerlo por razonesconstitucionales, legales y reglamentarias, especialmente el Decreto 1713/02 y obligaciones internacionales

    relativas a medio ambiente y reduccin de calentamiento global.

    Llegar a esta conclusin, ver la decisin que el Estado representado por la CRA y la UAESP estaba tomando alexcluir y no regular, es una conclusin que solo pude inferir al momento de leer los Pre-pliegos de la Licitacinde la UAESP y conocer la Resolucin 541/11 de la CRA. Es decir solo pude estudiar y entender cuando ya laUAESP haba abierto la Convocatoria Pblica, y todo esfuerzo de participacin quedaba abarcado ycomprendido por el proceso licitatorio d la UAESP. Mi inquietud referida principal y originalmente al objeto yalcance de la contratacin, debi pues surtirse y adelantarse bajo el proceso administrativo y sujetarse a lasestrictas oportunidades y plazos para observaciones y audiencias a Prepliegos, Pliegos Definitivos y Audienciasprevistas por el cronograma de la licitacin.

    Buscando que la implementacin de la Accin Afirmativa de inclusin de los recicladores en la licitacinPblica de aseo de BOGOTA sirviera a todos los interesados, los recicladores, los licitantes o futurosoperadores, los usuarios y no afectara bienes colectivos como el ambiente sano y la moralidad administrativacontine participando a lo largo del proceso para buscar incidir en los pliegos lo cual parta de obteneprimero una explicacin al restringido objeto de concesin de servicio pblico . Es decir, al hecho de que justoahora que despus de casi 10 aos los recicladores logran proteccin y una orden judicial de formalizacinen el Servicio Pblico, la CRA con su Resolucin 541/011 y Bogot con su Licitacin 001/11, deciden acabar elservicio pblico en materia de residuos reciclables y dejarlo a mercado abierto. As, segn la voluntad de laCRA y/o la UAESP para esta LP/001/11, en adelante, los residuos inorgnicos y potencialmente reciclables notendrn ya prestador de servicio pblico sino que sern un bien comercial a disposicin y acceso de cualquier

  • 8/3/2019 Ruiz-Restrepo Escrito argumentativo y solicitud de seleccion para Revision

    3/5

    actor de libre mercado en las aceras de Bogot. Residuos que servirn, adems, para abastecer todas lasbodegas y plantas privadas de reciclaje, sin distingo si es bodega de reciclador o de inversionista, y, por suintermedio, abastecer a la gran industria nacional e internacional que necesita comprar materia primasecundaria barata.

    Al tratar de averiguar por qu el Estado Colombiano, representado por la CRA y la UAESP tomaron tan inusualy sorpresiva decisin, al pedir sus fundamentos jurdicos, la motivacin de la decisin publica, y los estudiosambientales, sociales, tcnicos o econmicos que persuadieron a las autoridades a tomar tan transcendentacambio, no tuve, y de hecho sigo sin tener informacin alguna. Lo cual es grave si se considera que sobre laResolucin 541 de 2011 de la CRA y la Licitacin 001/11 descansa una licitacin que cuesta 2.4 billones depesos y el futuro del saneamiento ambiental de 8 millones de personas hasta prcticamente el ao 2020.

    No s la motivacin, el fundamento jurdico ni las razones tcnicas que justifican el cambio porque, alpreguntar, la UAESP me contest que no era una decisin suya sino de la CRA, y al ir a preguntarle a la CRApor su decisin, sta me respondi que no era decisin suya sino de la UAESP y me explic tambin que notenia porque haber sometido la Resolucin 541/11 que verifica las reas a licitar, al escrutinio propio de laparticipacin ciudadana pues sus decisiones no exigen participacin ciudadana.

    Desde entonces, desde Prepliegos y hasta el momento no he podido saber por qu la CRA presidida por laSeora Ministra Beatriz Uribe y la UAESP dirigida en su momento por la Seora Miriam Margoth Martinezdecidieron separada o conjuntamente que en la capital de Colombia la mitad de los residuos residenciales sonnegocio en libre mercado y no objeto de servicio pblico de saneamiento ambiental como ha sido siempre enColombia, ocurre en el resto del mundo y lo prev la Constitucin Poltica y la ley ; hasta ahora no s de normaque distinga entre residuos domiciliarios, y de un trato al tarro de yogurt y otro a la lechuga.

    As pues que ms grave que la vulneracin a mi derecho ciudadano al acceso a la informacin, y a larespuesta efectiva a peticiones respetuosas es el hecho de que la CRA y la UAESP me dejaran en el limbo, esdecir paralizada por su conflicto de competencia negativa estatal. Esto es o por lo menos se siente as, cuando

    se da un conflicto de competencia dentro de una licitacin que se surte contra reloj, y usualmenteaceleradamente. Al impedirse el acceso a la informacin y dificultarse as la participacin efectiva en laestructuracin del servicio de aseo y su contratacin por licitacin se me ha afectado el derecho a laparticipacin en la toma de decisiones pblicas, decisiones que, adems, me afectan directamente pues serefieren a necesidades humanas bsicas, y, de paso, dificultan el control ciudadano a la gestin pblicaefectiva y a la prevencin de la corrupcin en la gran contratacin estatal.

    2. Porque en el nuevo espacio de libre y abierta concurrencia por residuos reciclables (como lo quierenla CRA y la UAESP) es justa y precisamente donde Bogot decidi cumplir la sentencia T-724-03 de inclusinde los recicladores, es que la accin afirmativa no resulta eficaz y se incumplen las rdenes de la Corte.

    En efecto, y por va de, tal vez, una de las maromas jurdicas ms sorprendentes de todos los tiempos, eDistrito primero acaba el servicio pblico para los residuos potencialmente reciclables y luego si, arranca acumplirle a la Corte incluyendo a los recicladores, incluyndolos.... en libre mercado!! El Distrito acata laorden de formalizar a los recicladores pero cuando ya no habr prestador exclusivo, ruta cierta y remuneradani servicio pblico decide que va a incluirlos cuando ya la oportunidad de reciclar est abierta a todos..fcticamente la inclusin es imposible, no se puede incluir en lo que no est ya restringido.

    No obstante, y para guardar las apariencias y mantener el arte de la simulacin, la UAESP fuerza y trasladatodos los costos, planeacin y riesgos a los empresarios de capital licitantes, quienes, so pena de salir de sumercado, tendrn que, si quieres licitar, asociarse y ceder ms del 5% de sus utilidades a los recicladores que

  • 8/3/2019 Ruiz-Restrepo Escrito argumentativo y solicitud de seleccion para Revision

    4/5

    la UAESP a Puerta cerrada valide como futuros socios, so pretexto de inclusin para el mnimo vital ycumplimiento de la Accin Afirmativa de formalizacin.

    Para que pareciera que se acataba la orden de inclusin, que s haba accin afirmativa, para que parecieraque los recicladores serian formalizados en el servicio pblico de aseo a contratar, la UAESP debi desarrolladurante el proceso de licitacin y luego cambiar y volver a cambiar varias condiciones contractuales decontratacin, para darles la vuelta, para que parecieran inclusin, para hacerlas cada vez ms confusas yequivocas para que no se viera que la inclusin en un espacio abierto es una simulacin y mentira imposiblede sostener. Simulacin que implictal y como lo evidencie y contradije en el proceso- que la UAESP en totaabuso de poder forzara a los licitantes empresarios de capital a ceder parte de sus utilidades justo a losrecicladores que validara la UAESP pero en todo caso financiaran a cualquier reciclador de base que toque a supuerta en los prximos aos.

    De paso, y a lo largo del proceso la UAESP decidi tambin abrir de par en par, las puertas a que, so pretextode acatar las rdenes de la Corte, cualquiera que quisiera denominarse reciclador y creara una organizacin derecicladores fuera socia accionista de los operadores futuros. As que cualquiera que se hiciera llamareciclador y rpidamente montara una organizacin de recicladores, sera incluido en pie de igualdad con losrecicladores tradicionales, de oficio y en pobreza de Bogot.

    Justo por esta razn varios amigos recicladores de vieja data entraron en conflicto con personas norecicladoras que ahora, con la bendicin de la UAESP entraron a usurpar su propio movimiento derecicladores, a tergiversar sus expectativas legtimas y a ocupar su espacio y ejercer derechos en su nombrePor esta razn, varios de ellos decidieron unir su solicitud de proteccin judicial a la ma para efectos deeconoma y evitar la congestin judicial y conjuntamente acordamos y definimos el escrito de tutela que yoredacte y todos revisamos y firmamos. De hecho los tutelantes recicladores han allegado ya nuevas pruebasal proceso y entiendo que han solicitado ya la revisin de nuestro caso.

    As mismo cabe anotar que en este caso -que aqu solicitamos revisar- tambin se ha buscado elevar las

    preocupaciones y solicitar la proteccin de algunos recicladores en estado de extrema vulnerabilidad eindefensin, que son recicladores de base y no pertenecen a organizacin alguna de recicladores. Ellos sonagenciados oficiosamente por quien suscribe este escrito, y su preocupacin radica en que fueronrecientemente invitados a unirse a una de las organizaciones que actan ahora como dueas del territorio yel reciclaje o bien a salirse de su territorio, desplazarse de las cuadras donde trabajan como recicladores yjunto a sus hijos desde hace 13 aos.

    3. Finalmente, cabe anotar que esta solicitud de revisin, se fundamenta tambin en la necesidad decorregir la grave va de hecho del juez de primera instancia, el Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala deDecisin Civil. Pues al fallar por fuera del debido proceso judicial amenaz nuestro derecho a gozar de latutela judicial efectiva.

    En efecto, el Tribunal no solo no consider ni valor prueba alguna, sino que resumi nuestro caso en 50palabras, y lo ms grave, ignor de plano los hechos, argumentos y pretensiones de los tutelantesrecicladores que son, adems, sujetos de especial proteccin constitucional y decidi ocuparse o dirigirsesolo a m, la tutelante que no es recicladora y quien suscribe este escrito. Y esto no para negar la tutela comobien puede ocurrir cuando uno eleva un caso a la justicia, no, el tribunal no contento con negar la Tuteladecidi descalificarme como tutelante y olvidar la presuncin de veracidad en la tutela. Quien quiera quehaya proyectado el fallo del Tribunal y lamentablemente los Magistrados que lo firman, se dirigen con ironaal calificarme como pretensa tutelante poniendo en duda mi solicitud de tutela, se refieren diciendo que

    la supuesta o pretensa tutelante solo tiene quejas que se afincan en su especial interpretacin de las

  • 8/3/2019 Ruiz-Restrepo Escrito argumentativo y solicitud de seleccion para Revision

    5/5

    condiciones del pliego, suposiciones que no pueden verificarse en la realidad, pues es apenas lgico que en un

    proceso licitatorio, al menos uno de los oferentes sienta vulneracin de sus prerrogativas.

    As que el Tribunal mediante el fallo no solo niega la solicitud de los nueve tutelantes sino que pone en dudami condicin de ciudadana pidiendo legtimamente la intervencin y proteccin de la justicia. Ycaprichosamente me recalifica como oferente inconforme porque es lgico que al menos a uno de losoferentes se le vulneren sus prerrogativas (?)... y convenientemente ni se pronuncia sobre los otros 8tutelantes, pues sencillamente los desestima de tajo de su anlisis.

    Considerando lo largo y dispendioso que es tratar de participar en este pas y velar porque el proceso decontratacin estatal se conduzca conforme a la Constitucin y a la ley y que la Accin Afirmativa de inclusinno se desnaturalice y termine facilitando la corrupcin y suplantacin resulta realmente descorazonador queel Tribunal se burle de un tutelante y desestime no solo los argumentos y pruebas sino el rol mismo deciudadano pidiendo justicia.

    Tanta dificultad en el control ciudadano explica sin duda la imposibilidad de reducir pobreza en el pas. Hayuna sensacin de rechazo a quienes buscamos el empoderamiento en derechos y la constitucin y usamos ederecho para reducir pobreza....Y si no, cmo explicar entonces que inmediatamente el peridico de mayor

    circulacin en el pas amplifique justo la frase que me descalifica como tutelante y me recalifica como oferenteen el fallo?2 Pareciera que nadie investiga o lee pues con gran facilidad -leyendo el escrito de tutela, porejemplo- es posible darse cuenta de que llevo casi 10 aos contribuyendo voluntariamente a la defensa delos derechos de los recicladores, bien en la Fundacin CIVISOL o bien de forma pro bono cuando estoyejerciendo como abogada y consultora en poltica pblica e innovacin social y que no soy una oferente. Yaun si lo fuera, en gracia de discusin, los oferentes tambin tienen derecho a controlar, participar y acudir ala justicia.

    Por supuesto al preguntarle a la periodista por qu no verific lo que deca, y tratar de explicarle que lo quedeca bajo mi nombre no era cierto y que haca dao a m imagen y al proceso mismo; al solicitarle que po

    favor complementar y aclarar lo publicado, contest que no lo iba a hacer porque para eso estaba citandoun fallo del Tribunal Superior de Bogot.

    As que, por la va de hecho del TSDJ-Sala Civil que no solo niega sin base legal nuestra solicitud de proteccinsino que afecta injusta e innecesariamente la imagen de una tutelante y de paso subvalora a los tutelantes enpobreza, tambin solicitamos que la Sala seleccione para revisin nuestra accin de tutela y su posterioacumulacin con el proceso que, sobre la LP001/11, actualmente cursa en la Sala Tercera de Revisin de laCorte Constitucional

    Atentamente,

    Adriana Ruiz-RestrepoCC: 66836163

    2 Ver Fracasa tercera tutela contra mega licitacin de aseo en Bogot enhttp://bit.ly/o7R0VV

    http://bit.ly/o7R0VVhttp://bit.ly/o7R0VVhttp://bit.ly/o7R0VVhttp://bit.ly/o7R0VV