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MANUAL DE CONVIVENCIA INSTITUCION EDUCATIVA LA FLORIDA Rovira, 2014

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Rovira i.e. la florida manual de convivencia nuevo 2014

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MANUAL DE CONVIVENCIA

INSTITUCION EDUCATIVA LA FLORIDA

Rovira, 2014

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Manual de Convivencia

I.E. La Florida – Rovira Tolima

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INTRODUCCION

La Institución educativa la Florida, en cumplimiento a lo dispuesto en la ley 115 de 1994 y su decreto reglamentario 1860 de 1994, crea el presente Manual de Convivencia el cual forma parte del Proyecto Educativo Institucional. El manual de convivencia es el conjunto de directrices y pautas que rigen las acciones escolares, cuya aceptación y ejercicio habilitan al educando para hacer un buen uso de su libertad fomentando en los estudiantes la calidad humana, intelectual, cultural, religiosa, social y deportiva con el fin de que exista equilibrio y armonía en el desarrollo de los diferentes procesos y actividades que se realicen; el manual de convivencia se dará a conocer ampliamente por todos los miembros de la comunidad educativa. El presente Manual de Convivencia se encuentra actualizado con las normas determinadas en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia, cuya finalidad es la de garantizar a los niños, niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad y tiene por Objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagradas en los instrumentos Internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las Leyes, así como su restablecimiento, en donde dicha garantía y protección será obligación de la familia, la Sociedad y el Estado.

1. JUSTIFICACION:

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El aprendizaje de los principios básicos de la convivencia humana se inicia en la familia y se perfecciona durante la vida escolar; es responsabilidad de LA INSTITUCION EDUCATIVA LA FLORIDA diseñar y ejecutar estrategias que formen su práctica, una de ellas es el Manual de Convivencia, el cual contiene las normas que concilian las relaciones entre los distintos estamentos de la Comunidad Educativa. Así el Manual de Convivencia es un documento donde se especifican los derechos y deberes de los estudiantes, docentes, padres de familia y funcionarios administrativos; indicándoles las conductas regulares para ejercer el derecho a la defensa y a los procedimientos que permiten conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las personas, sin recurrir a la violencia en ninguna de sus formas. También se incluyen las funciones y reglamentaciones de las elecciones para la conformación del Gobierno Escolar y para el uso de servicios especiales ofrecidos por la Institución.

2-MISION Y VISION

MISION: Contribuir a la formación de nuestros estudiantes fortaleciendo sus conocimientos, valores, habilidades y actitudes que les permita ser competentes y lideres con buen desempeño laboral para mejorar su calidad de vida.

VISION: La Institución Educativa La Florida del municipio de Rovira al 2016 formará niños, niñas y jóvenes integralmente, sin distinción alguna, en lo ético, social, cultural, ambiental, humanístico y con actitud creativa, crítica e investigativa; para que se desempeñen eficazmente en diversos ámbitos, aportando al mejoramiento de su comunidad y de la región.

3- OBJETIVOS:

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3.1 Objetivos Generales.

a- Contribuir de manera directa en la formación integral

de los niños, para que estos sean forjadores del futuro.

b- Desarrollar en el niño un alto nivel académico,

expresado a través del dominio de los contenidos de las diferentes áreas del saber, mediante una actitud creativa dinámica y lógica, acorde con su desarrollo personal y social.

c- Fomentar en la comunidad educativa La Florida,

prácticas democráticas para el aprendizaje de principios y valores, la participación y organización ciudadana, acorde con la normatividad vigente.

d- Brindar herramientas de habilidades y destrezas

metodológicas para proyectar la investigación, analizar e identificar problemas, formulándole alternativas de solución que permitan las vivencias criticas apoyadas en la relación existente entre la teoría y la práctica de la educación, para poder asumir con responsabilidad y así participar de manera activa en el desarrollo autónomo e integral del sector donde convive.

3.2 Objetivos específicos.

a- Propiciar y proporcionar una sólida formación ética, intelectual, democrática, física y social a sus educandos.

b- Dar a conocer a la Comunidad Educativa La Florida,

los derechos y deberes de los estudiantes, de acuerdo con la norma.

c- Desarrollar aptitudes y tomar hábitos de lectura,

trabajo en equipo, convivencia y mutuo apoyo.

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d- Facilitar a los estudiantes las oportunidades de relación con la ciencia, la tecnología y las artes, para promover el espíritu de investigación científica y social, que requiere el momento de desarrollo económico y político de la región.

e- Encausar al estudiante hacia la adquisición y

refuerzo de hábitos de comportamiento que fortalezcan su autenticidad en cualquier campo en donde se desarrolle.

f- Fomentar en los estudiantes desde los niveles de

preescolar y básica primaria, una actitud positiva hacia el aprendizaje de otro idioma.

g- Rescatar para su aplicabilidad aquellos valores

morales, sociales, y éticos que se han ido perdiendo en nuestra sociedad, como el respeto, la verdad, la justicia social, la responsabilidad, la tolerancia y la solidaridad.

4- MARCOS DE REFERENCIA:

4- 1 Marco Legal. Según el articulo 17 del decreto 1860 de 1994 y en los artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994 se exige: Todo Centro Educativo debe tener como parte integral del Proyecto Educativo Institucional, un Reglamento o Manual de Convivencia, el cual debe contener una definición de los derechos, deberes de los estudiantes, profesores y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. De la misma manera se hace necesario conocer los Derechos y obligaciones que tienen los Estudiantes de acuerdo a lo consagrado en la Ley 1098 de 2006 Código de la Infancia y la Adolescencia.

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Se debe contemplar los siguientes aspectos: a- Reglas de higiene, personal y salud publica que

presentan el bienestar de la comunidad educativa.

b- Criterios de respeto, valoración y compromiso

frente a la utilización y conservación de los bienes personales y de uso colectivo.

c- Pautas de comportamiento en relación con el

cuidado del medio ambiente escolar.

d- Normas de conducta de estudiantes y profesores que garanticen el mutuo respeto.

e- Procedimiento para resolver conflictos

individuales y colectivos que se presenten entre miembros de la comunidad.

f- Pautas de presentación personal.

g- Definición de sanciones disciplinarias y

procedimientos, incluyendo el derecho a la defensa.

h- Reglas para elección de representantes al

Concejo Directivo, Personero y Contraloría estudiantil y demás estamentos de la Institución.

La ley de Educación presenta como aspectos que deben también incluirse en el manual los siguientes:

- Derechos y obligaciones de los estudiantes (Art. 8 ley 115).

- Lo referente a la permanencia del representante de los estudiantes (Art. 93 ley 115 y Art. 28 decreto 1860)

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- La conformación del Gobierno Escolar ( Art. 142

ley 115 Art. 19 y 28 dec 1860) - Los estímulos y sanciones para el buen

desempeño académico y social del estudiante (Art. 23 dec 1860).

- Funciones disciplinarias del(a) Rector(a) (Art. 25

dec 1860) - Contraloría Estudiantil (Ordenanza Nro.032 del

2008)

- Las actividades del Gobierno Estudiantil.

- Integración del Consejo Directivo (Art. 21 dec 1860)

- Directivos docentes y sus funciones (Art. 27)

- Asociación de padres de familia (Art. 30)

- Consejo de padres de familia (Art. 31)

- Servicio de orientación estudiantil ( Art. 40)

- El manual de convivencia esta realizado a la luz

de la Constitución, y del Código de de la Infancia y la Adolescencia Ley 1098 de 2006.

- Prevención de la Drogadicción (Ley 30 de 1986,

reglamentario 3787)

- Educación para la Democracia (Resolución Nro 01600 de 1994)

- Estatuto Docente (Decreto 2277 de 1979,

Decreto 1278 de 2002)

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- Derechos y Libertades Ley 1098 de 2006 (Artic. 17 al 37)

- Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el

Estado (Artic. 39 al 41) Ley 1098 de 2006.

- Obligaciones especiales de la Instituciones Educativas (Artic. 42 al 45) de la Ley 1098 de 2006.

4-2 Marco Teórico. La Institución centro de cultura debe proporcionar a sus estudiantes una formación integral que les permita participar en la sociedad y convivir en igualdad de condiciones. Para que esto se logre debe existir una adecuada disciplina consignada en un reglamento que consulte las nuevas realidades del país y que permita a los estudiantes conocer, no solo sus derechos, sino también los deberes que tiene para la comunidad. El reglamento no podrá ignorar que la educación encarna la mas evidente posibilidad que un ciudadano conozca a cabalidad todos los deberes que tiene para con la comunidad, en particular, la practica diaria del respeto a la dignidad humana, al trabajo como uno de sus mas importantes medios de realización personal, la convivencia pacifica, y la solidaridad, entre otros. La disciplina y las normas ayudan a consolidar la personalidad, si son legítimas y se aplican teniendo en cuenta los fines del proceso educativo. En este proceso, por lo tanto, es fundamental revelar cuales son las reglas del sistema, por que existen, por que son importantes, que sucedería si no existiesen y como podría ser la manera de perfeccionarlas en colectivo hacia el futuro; de tal manera, la discusión, la explicación, la aclaración y la participación, siempre serán una vía importante para ayudar a una persona en

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formación a entender la disciplina y a controlar su propia forma de actuar en sociedad.

PREAMBULO: Estas normas de convivencia son el resultado de un estudio de los principios y normas que serán aplicadas para la regulación y conciliación de relaciones entre los integrantes de la Comunidad Educativa de la Institución, ellos incluyen derechos y deberes de los estudiantes. Los derechos se refieren a los valores que gobiernan el respeto a la dignidad humana, y los deberes a aquellos compartimientos individuales requeridos por la sociedad, como un todo en orden de garantizar el derecho a la libertad y la dignidad humana. Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen el deber de conocer las reglas y procedimientos que gobiernan la Institución, así como de sus responsabilidades. Tal información esta fundada, no solamente en estas reglas de convivencia, sino también los estatutos de Aso padres, las reglas internas de la institución, las reglas que pertenecen a la vida estudiantil y a las actividades académicas.

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CAPITULO I LOS ESTUDIANTES

ARTICULO 1: PERFIL DEL ESTUDIANTE. El estudiante de la Institución debe llegar a ser y caracterizarse por: Crecer como persona integra, autónoma y social,

capaz de construir su vida mediante la toma de decisiones libres y responsables.

Auto estimarse, practicar la responsabilidad, el

respeto, la puntualidad, la organización, la honestidad, la veracidad y otras actitudes que colaboren para que actúe con madurez, racionalidad, justicia y honradez.

Asumir con compromiso y responsabilidad el

cuidado del medio que lo rodea.

Ser agente de cambio con visión futurista , para lo cual debe ser lógico, protagónico, activo, capaz de desempeñar un rol en la sociedad con intereses permanentes por el conocimiento y su formación integral.

ARTICULO 2:DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES.

Son facultades o beneficios otorgados por la ley y el PEI de la Institución que permiten una sana convivencia y una participación en la comunidad educativa.

Al iniciar el año escolar el estudiante deberá conocer el Manual de Convivencia.

Conocer oportunamente los programas de estudio y el plan anual de actividades.

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Recibir y promover el buen trato de todos los integrantes de la Institución, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio normal de las tareas educativas.

Elegir y ser elegido democráticamente para el Consejo de Estudiantes, Personero, Comité de Contraloría Estudiantil, representante estudiantil o Monitor. Para las sedes que manejan el modelo de escuela nueva, elegir el presidente y establecer el funcionamiento de los diferentes comités según sus necesidades.

Ser respetado en su dignidad personal y ser escuchado cuando haya cometido una falta, para fijar de común acuerdo los correctivos del caso según los procedimientos legales.

Recibir atención oportuna de profesores, directivos y personal administrativo y de servicios generales de la Institución.

Poner de manifiesto su creatividad y demás actitudes, con el fin de recibir la orientación necesaria con miras a un mejor desarrollo integral.

Usar con responsabilidad las instalaciones, bienes y servicios de la Institución para actividades propias de la vida escolar.

Contar con profesorado idóneo, intelectual, pedagógicamente competente y actualizado, con proyección profesional y excelente desempeño ético que guíen su proceso formativo.

Recibir los estímulos y reconocimientos a que se hagan acreedores por su rendimiento académico, responsabilidad, espíritu deportivo, investigativo, comportamiento y solidaridad.

Asistir a todas las actividades programadas para su nivel y grado en el horario establecido para ello.

Tener oportunidad de presentar evaluaciones de su proceso de aprendizaje, cuando falte justificadamente (avalada por el acudiente o

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padre de familia) y dentro de los tres días hábiles siguientes a la ausencia.

Utilizar el material didáctico, tecnológicos, implementos de oficina y ayudas educativas durante la jornada de estudio.

Contar con un lugar adecuado que promueva el buen hábito por la lectura.

Disfrutar del descanso, el deporte y las distintas formas de recreación en los tiempos destinados para ello.

Ser escuchados en sus inquietudes y dificultades con el ánimo de recibir orientación en la búsqueda de soluciones.

Participar en la planeación, ejecución y evaluación del proyecto Educativo Institucional de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.

Expresar libremente ideas conservando el debido respeto y cordialidad asumiendo la total responsabilidad de sus actos a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Que se respete su vida, integridad, dignidad, diferencia sexual, sus creencias, bienes, cualidades y limitaciones por todos los miembros de la comunidad educativa.

Recibir conocimientos básicos para la conservación de la salud.

Contar con un botiquín de primeros auxilios dotado por la comunidad educativa.

Contar con los implementos necesarios para la realización del aseo de la institución.

Ser protegido contra al uso de sustancias que producen dependencia y todas aquellas que afecten su salud física y mental.

Se le dé a conocer todos los aspectos positivos académicos y disciplinarios y además sean consignados en la ficha de seguimiento.

Conocer oportunamente los resultados de las evaluaciones de procesos de formación y formular reclamos.

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Solicitar y obtener constancia y certificados de estudio con las normas fijadas por la Institución.

Recibir actividades que busquen el mejoramiento de las actividades académicas.

Usar el servicio de transporte escolar en caso de que se ofrezca y lo requiera.

Recibir el servicio de alimentación y tienda escolar según reglamento estipulado por el consejo directivo.

Participar en la elaboración del periódico mural. Disfrutar de las mejores condiciones higiénicas y

de un ambiente sano, alegre y tranquilo en beneficio de su salud y bienestar.

Representar a la Institución en eventos deportivos y culturales cuando su rendimiento académico y disciplinario lo ameriten.

ARTICULO 3: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. Los deberes se cumplen como expresiones de libertad, aporte, solidaridad con la comunidad en general facilitando así la convivencia social:

Conocer oportuna y cabalmente el Manual de Convivencia con el fin de aceptar sus responsabilidades, usar correctamente sus derechos y cumplir sus deberes.

Conocer y llevar a la práctica la filosofía y principios de la Institución.

Respetar, tanto física como verbalmente a directivos, profesores, compañeros y demás personas de la comunidad en general.

Evitar los apodos, las bromas de mal gusto, las peleas, las palabras soeces u otros actos que atenten contra la dignidad de cada uno.

Asistir a las clases con los materiales y elementos indispensables para realizar el trabajo escolar.

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Cumplir con el horario y la jornada establecida por la institución. Parágrafo. La institución informara oportunamente cualquier cambio de horario de acuerdo con las necesidades y utilización de recursos.

Asistir a las actividades complementarias que programe la Institución para superar insuficiencias presentadas en las diferentes áreas.

Facilitar la comunicación Institución-Familia, entregando a tiempo y a quien corresponda las citaciones que le sean dadas.

Cumplir responsablemente con las funciones inherentes a los cargos que asuman durante el año escolar en monitorias, representaciones al Consejo Estudiantil, Comité de Contraloría Estudiantil, Consejo Directivo, Personería Estudiantil y demás que se vayan creando.

Colaborar con las dispocisiones de los compañeros que desempeñen funciones de disciplina o cualquier actividad propia del Gobierno Escolar o el Gobierno estudiantil en las escuelas.

Utilizar adecuadamente los muebles, computadores, enseres, e instalaciones teniendo en cuanta que son bienes de uso común, y responder por los daños ocasionados por descuido o mal uso.

Promover el cuidado y conservación del medio ambiente donde desarrolla sus actividades, mediante la organización y participación activa en campañas ecológicas y cívicas.

Respetar las pertenencias ajenas, de cualquier persona dentro y fuera de la Institución.

Abstenerse de manera personal y no inducir a otros a fumar o traer cigarrillos, no ingerir bebidas alcohólicas, consumir o traficar sustancias alucinógenas y fármaco dependientes dentro y fuera de la Institución ya que además atenta contra la salud física y mental.

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Responder por los compromisos académicos en todas las áreas, dinámicas de grupo, preparación y sustentación de trabajos.

Respetar el horario de clases y no interrumpir a compañeros de otros grupos durante las mismas.

Asistir con el uniforme completo, en orden y limpio tanto de diario como de educación física de acuerdo a las indicaciones del horario.

Evitar el uso de objetos de alto valor como joyas y demás accesorios, con el uniforme.

Cuidar sus propias pertenencias y abstenerse de traer objetos como: radios, grabadoras, celulares, calculadoras costosas y altas sumas de dinero etc., ya que la institución no asume responsabilidad alguna.

Permanecer en el salón durante los cambios de clase.

No permanecer en las aulas de clase durante los periodos de descanso.

No practicar manifestaciones amorosas dentro del colegio, con o sin el uniforme.

No ausentarse de las instalaciones de la institución sin el debido permiso del docente o directivo a cargo.

Realizar las actividades que se le asignen cuando cometa faltas que afecten el buen funcionamiento de la institución.

Presentar certificado médico en el momento de la matricula cuando el estudiante presente una incapacidad que le impida realizar actividades dentro y fuera de la institución.

Ser honesto en las evaluaciones y no fomentar el fraude que vaya en contra de la autenticidad de la persona.

Los estudiantes que provienen de otra institución deben nivelar las áreas o asignaturas que no hayan sido vistas en el plantel anterior antes de matricularse y además presentar certificados de estudio de los años y / o periodos cursados.

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Los estudiantes deben contribuir al mantenimiento de la limpieza, al aseo y orden de las dependencias utilizadas, evitando arrojar basuras, rayar paredes o muebles.

Hacer uso de la tienda escolar solo en las horas de descanso, respetando el personal que la atiente y los turnos para comprar.

Los estudiantes utilizaran los implementos deportivos en descansos, horas de educación física y en eventos deportivos programados por la institución.

El estudiante que no tenga autorización de la Institución debe abstenerse de asistir a los diferentes eventos programados por otras instituciones.

Demostrar actitud de respeto en las izadas de bandera y entonar los himnos en posición adecuada.

Utilizar adecuadamente los baños que correspondan a cada sexo y a cada grado, no arrojar papeles u otros elementos que puedan obstruir su buen uso y conservación.

No ingresar a la biblioteca, laboratorio, sala de sistemas, cultura y deportes sin autorización.

Justificar por escrito inasistencias firmadas por el padre de familia o acudiente dentro de los 3 días hábiles siguientes a la ausencia.

Los padres deberán justificar la ausencia de sus hijos por medio de una carta escrita o de una incapacidad médica, o personalmente ante el directivo o docente del grado correspondiente.

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ARTICULO 4: ESTIMULOS PARA LOS

ESTUDIANTES.

Derecho a izar el Pabellón Nacional por sobresalir en conducta, rendimiento académico y el buen uso de los valores.

Mención de honor en el acto de clausura para los estudiantes que sobre salgan por su colaboración, compañerismo, buena conducta y rendimiento académico, aptitudes artísticas, deportivas o cualquier otro valor.

Reconocimiento a los esfuerzos realizados mediante felicitación verbal y escrita en la ficha acumulativa de rendimiento del estudiante, y boletines informativos.

Hacer mención en cartelera del grado, estudiantes que hallan obtenido algún éxito o que se destaquen en algún aspecto como liderazgo, puntualidad, pulcritud, deportivo, cultural y otros. Para las sedes, postular y reconocer en los cuadros de valores de las escuelas a los estudiantes que manifiesten superación de las dificultades.

Ser elegido como monitor de curso o monitor de disciplina o monitor académico.

Trofeos, medallas y menciones a los equipos campeones en los torneos deportivos internos.

Celebración de los días destinados a fechas especiales.

Hacerse acreedor a representar la institución en actividades sociales, culturales y recreativas en el ámbito municipal, departamental o nacional.

Notificación escrita al padre de familia cuando el estudiante sobresale por su rendimiento académico y disciplinario.

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ARTÍCULO 5: FALTAS QUE AMERITAN

MEDIDAS ESPECIALES:

Salir de la Institución sin autorización del Rector y o Coordinadora, en el caso de las sedes sin la autorización de los docentes encargados.

Comprometer el nombre de la Institución con su mal comportamiento social, dentro y fuera de él.

Todo acto contra la moral y la convivencia escolar sana.

Atentar contra equipos, muebles y enseres del establecimiento.

Irrespetar cualquier símbolo religioso o patrio. Portar, usar o guardar armas de cualquier tipo. Emplear el nombre del Colegio para cualquier

actividad diferente a las labores académicas, culturales, científicas y artísticas autorizadas por las Directivas.

Conversar con vocabulario soez, ademanes y acciones consideradas como falta de respeto con sus semejantes.

Alterar calificaciones o cualquier tipo de documentos.

Tratar violentamente a un compañero (física, verbal, sicológicamente).

Mostrar altanería, irrespeto y desobediencia a sus mayores.

Llegar tarde en forma continua. Hurto, estafa, sobornos. Porte indebido del uniforme. Acoso sexual y violencia sexual. Inasistencia injustificada.

ARTICULO 6: FALTAS, CORRECTIVOS Y SANCIONES.

El sentido de sanción es recuperar la conducta normal del estudiante, de tal forma que se

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beneficie, tanto el, como la comunidad educativa, de las normas que facilitan la convivencia.

FALTA: Es el incumplimiento de los deberes o la violación de los Derechos con el Estado, la familia y la Institución Educativa consagrados en este manual de convivencia. Las faltas se categorizaran en:

FALTAS LEVES: Son aquellas que se cometen por un impulso natural, como respuesta a un estimulo exterior sin perjuicio material, físico, étnico o moral para los demás. Entre las que encontramos:

Inasistencia injustificada. Impuntualidad en la llegada a la Institución y a

las actividades programadas. Entrar y salir sin autorización del salón de clase. Consumir alimentos en clase o en formación. Comprar o permanecer en la tienda escolar en

horas de clase. Masticar chicle en el salón de clase o en

formación. Utilizar el uniforme de diario y de Educación

física cuando no le corresponde. Dejar en desorden el salón de clase. Mal comportamiento en la biblioteca, tienda

escolar y demás dependencias de la institución. Permanecer en zonas diferentes a las

destinadas y autorizadas para el descanso. Llegar tarde al salón después de los descansos,

cambios de aula u otras actividades. Arrojar basuras al piso, techo o cualquier

dependencia de la Institución. Portar el uniforme incompleto, desordenado y

desaseado. Vocabulario soez. Subirse, sentarse o caminar en los muros,

barandas, mallas y techos de la institución.

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Llevar accesorios como: Piercing, cachuchas, manillas, aretes, collares, maquillaje, buzos, camisetas, etc., que no correspondan al uniforme.

Abstenerse de entregar oportunamente a los padres de familia o representantes las circulares y citaciones que le sean enviadas.

Incumplimiento con útiles, textos, tareas, trabajos e implementos necesarios para el desarrollo de las clases.

Utilizar en el aula objetos ajenos a la clase que interfieran en el normal desarrollo de la misma (celulares, audífonos, iphones, reproductores, Tablet, etc).

Promover y participar en actividades económicas en beneficio particular o de terceros.

Permanencia clandestina en la institución al terminar los horarios establecidos.

Promover y participar en rechiflas, saboteo y silbatinas.

Entrar o salir de la Institución por lugares diferentes a la puerta principal habilitada para tal fin.

Desacatar citaciones o recomendaciones de la Institución.

Permanecer en el salón durante el tiempo de descanso.

Incumplir con el turno de aseo. Salir del salón sin permiso. Rayar dibujar o escribir en los pupitres, paredes,

baños y carteleras de la institución cualquier tipo de mensaje.

Hacer uso del polideportivo cuando este lloviendo o inundado.

Alterar, destruir, extraviar la carpeta de control de asistencia y observaciones.

Mal comportamiento durante el desplazamiento al restaurante y los comedores mientras hace uso de éstos.

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Inadecuado comportamiento por parte del estudiante durante el uso de la ruta escolar.

Porte inadecuado del corte del cabello. Y todas las demás que contravengan la

definición sobre falta leve establecida.

FALTAS GRAVES: Son aquellas que se cometen

causando perjuicio material, físico, étnico o moral, que atenta contra los Derechos de las personas y que entorpecen los objetivos y el ambiente Institucional. Entre las que encontramos:

La reincidencia en faltas leves. Arrojar, empujar, mojar a los compañeros en la

quebrada que colinda con la institución. Evadirse de la institución para ir a los ríos,

quebradas, billares, video juegos u otros sitios de la región donde ponga en peligro su integridad.

Dañar implementos de la Institución, objetos de estudio, puertas, chapas partes eléctricas, llaves, campanas, candados, material de trabajo muros y ornamentación de la misma.

El hurto comprobado de objetos o cualquier pertenencia de sus compañeros o de la comunidad.

Encubrir o participar en hechos que vayan en contra del buen funcionamiento y nombre de la institución.

Consumir licor dentro de la Institución o presentarse bajo estado de alicoramiento o bajo el efecto de sustancias psicoactivas.

Consumir, portar o distribuir cualquier tipo de cigarrillos, licores, sustancias psicoactivas, u otras que produzcan adicción o dependencia e inducir a otros que lo hagan.

Agredir verbal o físicamente a un miembro de la comunidad educativa.

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Amenaza que atente contra la integridad física, ética o moral a un miembro de la comunidad educativa.

Traer a la institución libros, revistas, videos, fotos y cualquier material que inciten a la violencia o de carácter pornográfico que atenten contra los buenos principios morales de la institución.

Pertenecer a grupos o pandillas cuyo objetivo es cometer ilícitos, irrespetar o crear problemas sociales en la comunidad educativa.

Chantaje moral o acoso sexual a cualquier miembro de la Comunidad educativa.

Manifestaciones amorosas que atenten contra la libertad y el pudor sexual dentro de las instalaciones.

Intento o ejecución de soborno o extorsión, comprobado a cualquier miembro de la comunidad educativa.

Portar armas u otros elementos que puedan ser utilizados contra la integridad física de las personas.

Promover y participar en juegos que impliquen apuestas de dinero o especie.

Participar en prácticas o juegos satánicos o sexuales que afecten la estabilidad emocional y física del estudiante, como por ejemplo: la tabla guija, la ruleta sexual, las tijeras, pico de botella, etc.

Utilizar artículos detonantes, sustancias químicas u otras lanzadas dentro o fuera del aula en actividades donde se presenten, con el propósito de causar daños o desorden.

Falsificar, suplantar, cometer fraude en evaluaciones, trabajos o documentos.

Utilizar el nombre de la Institución para cualquier actividad sin autorización previa de Rectoría.

Incumplimiento reiterativo de sus deberes académicos.

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Ausentarse de la Institución sin la debida autorización.

Esconder, dañar o robar los útiles escolares de los compañeros.

Entrar a las salas de profesores, oficinas administrativas y demás dependencias sin debida autorización.

Promover y participar en peleas dentro y fuera de la institución.

Y todas las demás que contravenga la definición sobre falta grave.

CORRECTIVOS Y SANCIONES

Basados en los principios del debido proceso, de formación integral como fin de la educación y en la visión y misión institucional de formar ciudadanos útiles a la sociedad, respetuosos de los derechos ajenos y con personalidad para reclamar los propios, se establecen correctivos y sanciones aplicables a quienes incurran en comportamientos inadecuados o irregularidades.

CORRECTIVOS FORMATIVOS: Son las respuestas formativas aplicables a las conductas inadecuadas que en materia leve o grave afecten a uno o varios miembros de la comunidad educativa y a la institución. Entre estas: PARA FALTAS LEVES:

El llamado de atención en privado (en el observador sólo se registra fecha de diálogo con el estudiante y la descripción general de la falta).

Llamado de atención con anotación de la falta y compromiso en el observador.

Llamado de atención ante el grupo al cual pertenece el estudiante y aviso escrito al padre o representante del estudiante.

Efectuar un trabajo pedagógico en un tiempo límite y en la clase de Ética y Valores o Religión, bajo la supervisión del profesor del área.

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Citación al padre o representante del estudiante para firmar acta de compromiso y recibir apoyo por parte del Consejo Académico.

Claridad: 1- Si el correctivo impuesto es un compromiso

(pagar, resarcir, o reparar ó asistencia conjunta de estudiante y padre o representante); el estudiante no será aceptado en la institución mientras no se cumpla el compromiso. Claridad: 2- La enumeración anterior no implica

gradualidad. Su aplicación obedecerá a criterios de oportunidad y necesidad. No obstante la reincidencia de faltas leves hará necesaria la aplicación de correctivos menos benignos e inclusive puede llevar sanciones.

SANCIONES: Tienen la finalidad de procurar eliminar

de la Institución las oportunidades, los factores y consecuencias de conductas irregulares que se consideran inconvenientes o dañinas en el desarrollo del (P.E.I.) y el buen nombre de la comunidad educativa de nuestra institución. A quienes incurran en las conductas así consideradas podrán aplicarse uno o varios de las siguientes sanciones por cada conducta irregular.

Compromiso especial que debe cumplir el estudiante y el padre o su representante.

Obligación de pagar o indemnizar en determinado plazo.

Condicionamiento de observar determinada conducta dentro y fuera de la Institución educativa.

Perdida de estímulos como en la participación en eventos deportivos, culturales y recreativos.

Remisión al Consejo Directivo-Comité de convivencia.

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Suspensión temporal hasta por tres (3) días con la obligación de ponerse al día y nivelar por su cuenta.

Retiro diferido condicionado o definitivo del establecimiento con cancelación de matrícula.

Para faltas graves la institución citará al Padre de Familia o acudiente para que con el Consejo Directivo y el Comité de Convivencia se tomen medidas pertinentes.

En caso de no llegarse a un acuerdo se remitirá a los entes competentes: Comisaria de Familia, Personero Municipal, Fiscalía, Instituto de Bienestar Familiar, entre otros.

CLARIDAD: La enumeración anterior implica

gradualidad y su aplicación obedece a la gravedad de la falta considerada ésta, de acuerdo a la oportunidad, circunstancia y personalidad de quien incurrió en la conducta inadecuada.

ARTICULO 7: PROCEDIMIENTOS

Para garantizar la imparcialidad, la transparencia y el debido proceso en la aplicación de correctivos y sanciones se establecen los siguientes procedimientos:

PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR CORRECTIVOS FORMATIVOS:

Comprenden las faltas leves y comportamientos que sin ser graves alteren la disciplina necesaria para el desarrollo de la clase y son aplicables por el profesor de la asignatura o por el director de curso: para correctivos 1, 2,3, y 4. Con profesor de la asignatura o director del curso, coordinador para aplicar el correctivo 5 cuando fuere necesario.

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INDIVIDUALES: El componente, una vez conoce la falta o motivo llamará al estudiante responsable y en su compañía analizarán las causas y consecuencias del comportamiento inadecuado. Al reincidente por segunda vez, además del análisis de la falta, sus causas y consecuencias se le harán la anotación en el observador del estudiante en su presencia, y recibirá orientación para mejorar su comportamiento.

CON PARTICIPACION FAMILIAR:

En caso de reincidir por tercera vez dentro del mismo año lectivo, se hará la anotación en el observador con el correspondiente análisis del comportamiento y las consecuencias delante de los compañeros del curso y en ese mismo acto se le entregará la comunicación dirigida al padre de familia o representante del estudiante con un informe escrito de su comportamiento y la necesidad de firmar un compromiso especial con la Institución o la aplicación de una sanción si reincide en la conducta irregular.

PROCESOS SANCIONATORIOS:

Corresponde al Rector de la Institución su aplicación mediante Resolución con previo concepto de la Asociación de padres de familia, El Consejo Académico, El Consejo Directivo y Comité de Convivencia.

PROCEDIMIENTO:

Quién conozca el hecho o conducta irregular por un integrante de la comunidad educativa, informará al coordinador o al Rector indicando la falta e individualizando en lo posible al responsable e indicará las pruebas que se pueden hacer valer. En el caso de que el informe sea recibido por el coordinador, este hará

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las verificaciones del caso y rendirá un informe escrito al Rector. Dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la anterior documentación el Rector citará al estudiante, al padre o representante de este y al Personero Estudiantil para que asistan al día y hora que se les fije dentro de los diez (10) días siguientes. En esta reunión el Rector hace el análisis del comportamiento irregular del estudiante, y sus consecuencias (posibles acciones) se harán referencia a la comunicación que le fue enviada al padre o representante del estudiante y objeto de la misma. El estudiante y su padre o representante harán los descargos. De esta reunión se levantará acta que hará parte de la hoja de vida y del observador del estudiante que lleva la Institución. Si la sanción a imponer fuera solamente correctiva o formativa el Rector tomará la decisión al finalizar la reunión. Sí la decisión a tomar fuere sancionatoria debido a la gravedad de la falta, el Rector, mediante citación reunirá al Comité de Convivencia para que conozca el caso y rinda concepto antes de proferir la correspondiente Resolución. La comparecencia del padre de familia o representante del Estudiante a la reunión, cuando fuere citado, es indispensable en consecuencia el estudiante no será admitido en la Institución Educativa hasta cuando no se realice la reunión después de nueva situación. De igual manera si la sanción impuesta fuere la de asistir el padre o representante acompañado del estudiante a la institución, este último no será admitido mientras no se cumpla el correctivo o la sanción impuesta.

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CAPÌTULO I.I COMPLEMENTO DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DE ACUERDO A LA LEY 1620 DE 2013 Y EL DECRETO 1965 ARTÌCULO 8. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR (Defenición y transcripción del decreto que lo crea) ARTÌCULO 9: REGLAMENTO (Transcribir el reglamento) ARTÍCULO 10: LINEAMIENTOS Y POLÌTICAS ARTÍCULO 11. LECTURA DE CONTEXTO (Definición y parágrafo encargando al comité de convivencia para asegurarse de la documentación y actualización de la lectura de contexto) ARTÍCULO 12. RUTA DE ACCIÒN INTEGRAL (Definición y gráfico) ARTÍCULO 13. COMPONENTE DE ATENCIÒN (Transcribir artículo 40) ARTÍCULO 14. PROTOCOLOS DE ATENCIÓN (Transcriibir los que hemos elaborados en las diferentes sesiones) ARTÍCULO 15. COMPONENTE DE PROMOCIÓN (Definirlo y colocar todos los proyectos de valores humanos contenidos en el PEI) ARTÍCULO 16. COMPONENTE DE PREVENCIÓN (Definirlo y poner parágrafo donde se especifique que el comité de convivencia escolar debe encargarse de documentarlo y actualizarlo) ARTÍCULO 17. COMPONENTE DE SEGUIMIENTO

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(Escribir el comité de seguimiento nombrado para que verifique la eficacia y calidad de proyectos y acciones de la ruta de atención integral)

APELACIONES

Contra las sanciones impuestas por el Rector, puede interponerse recurso de apelación dentro de los tres (3) días hábiles siguientes ante el consejo directivo de la Institución Educativa La Florida, quien decidirá en reunión en la cual no participará el Rector.

CAPITULO II

PROCEDIMIENTO ACADEMICO

ARTICULO 8: SISTEMAS DE EVALUACION: La evaluación se desarrollara mediante actividades permanentes, tanto individuales como en grupo. Así mismo la Institución en aceptación del Consejo Directivo, se acoge a los nuevos propósitos educativos los cuales buscan que los estudiantes aprendan, no solo, los conceptos fundamentales de la diversas disciplinas, si no, que encuentren una aplicación practica de dichos conceptos (Saber leer, saber escribir, saber ser, saber hacer y saber convivir) desarrollando habilidades comunicativas y tecnológicas, para un mejor desenvolvimiento en la vida diaria. El conjunto de valoraciones sobre el progreso y avance de los estudiantes será de forma continua e integral, los cuales se expresaran en forma cualitativa, en informes evaluativos y valorativos que reflejan el desarrollo integral del estudiante, de tal manera que padres de familia y estudiantes puedan apreciar las fortalezas y debilidades, encontrando junto con el docente las acciones necesarias para alcanzar los logros del currículo y del plan de estudios.

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ARTÍCULO 9: EVALUACION A ESTUDIANTES: Fundamentada en el decreto 1290 de 2009 y las experiencias significativas de convivencia adquiridas por la comunidad educativa. Pretende elevar la calidad de la educación y fijar reglas y mecanismos que fomenten el respeto por las características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje de los estudiantes. 9.1. CRITERIOS DE EVALUACION.

a. Manejo y aplicación de temas, desarrollados en clase,

en situaciones cotidianas.

b. Participación en clase.

c. Poseer valores de Autoestima, colaboración, respeto,

honestidad, disciplina, esfuerzo, puntualidad, entre

otros.

d. Cumplimiento de trabajos extraclase.

e. Representación en actividades Institucionales e

Interinstitucionales.

f. Presentación de apuntes con temas desarrollados en

clase.

g. Interés y ritmos de aprendizaje individual y colectivo.

h. Uso de materiales y equipos.

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9.2. DIMENSIONES

En el marco del desarrollo del Sistema Institucional estará

determinada por las dimensiones cognitiva, actitudinal, socio

afectiva y psicomotora.

COGNITIVA:

Grados de dominio de conocimiento y habilidades

intelectuales (70%)

ACTITUDINAL:

Nivel de formación personal (5%)

SOCIOAFECTIVA:

Relaciones interpersonales y con el medio (10%)

PSICOMOTOR:

Destrezas motoras, lúdicas, recreativas y deportivas

(10%)

AUTOEVALUACION:

Capacidad de juzgar responsablemente sus aciertos y

desaciertos (5%)

Para la básica primaria, la dimensión cognitiva será del (65%) y la psicomotora (15%); las demás dimensiones conservarán el mismo porcentaje descrito anteriormente.

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9.3. CRITERIOS DE PROMOCION. Son los requisitos mínimos y objetivos a cumplir para ser

promovidos; los cuales deben darse a conocer al comienzo

del año al estudiante y al padre de familia.

9.3.1. Promoción a Estudiantes

a. Cuando haya aprobado todas las áreas, es decir, que

el promedio de los cuatro (4) periodos sea igual o

superior al 3.0 en cada una de ellas.

b. Cuando haya superado los cursos remédiales y/o las

habilitaciones.

9.3.2. Promoción Anticipada a Estudiantes

El estudiante podrá ser promovido anticipadamente cuando

tenga un desempeño superior en todas las áreas durante el

primer periodo, presentando además un trabajo extraclase

sobre temas de mayor relevancia en los periodos restantes en

las áreas de Matemáticas, Lengua Castellana, Ciencias

Naturales, Ciencias Sociales e Inglés.

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9.3.3. No Promoción a Estudiantes

El estudiante no será promovido en los siguientes casos:

a. Si al finalizar el año, pierde 3 o más áreas después

de haber agotado todas las acciones establecidas

por el SIEE para aquellos estudiantes que presenten

dificultades en la consecución de sus logros.

b. Si ha dejado de asistir injustificadamente al 10% o

más de las actividades académicas durante el año

escolar.

PARÁGRAFO: En el nivel de Educación Básica Primaria, en

los grados de Primero a Tercero no se promoverá al

estudiante que obtenga un desempeño bajo en Lengua

Castellana.

9.3.4. Cursos Remediales y/o Habilitaciones

Los cursos remediales o habilitaciones son de carácter

obligatorio y aquel estudiante que no se presente tendrá una

valoración de 1.0 la cual será promediada con la nota del

periodo a nivelar.

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Si el estudiante presenta un curso remedial y/o habilitación y

su valoración es menor a la obtenida durante su desempeño

académico, se dejará la nota que obtuvo en el respectivo

periodo o periodos.

La valoración máxima para el curso remedial y/o habilitación

será de 4.0 y las fechas serán fijadas por la institución al

iniciar el año escolar. (Ver cronograma de actividades).

9.4. Comité de Superación y Nivelación

Estará conformado por:

El Rector ó Coordinadora.

2 docentes.

2 padres de familia.

El Personero de los estudiantes.

9.5. Escala de Valoración Institucional

Los resultados de las valoraciones se expresarán

numéricamente en la escala de 1.0 a 5.0, con un equivalente

conceptual expresado en desempeños:

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VALORACION

CUANTITATIVA

VALORACION

CONCEPTUAL

4.5 a 5.0 Superior

4.0 a 4.4 Alto

3.0 a 3.9 Básico

1.0 a 2.9 Bajo

SUPERIOR:

Cuando el estudiante alcanza todos los logros propuestos sin

realizar actividades de recuperación.

ALTO

Cuando el estudiante alcanza todos los logros pero con ayuda

de actividades de superación y nivelación dentro del periodo

académico.

BASICO

Se entiende como la superación de los desempeños

necesarios en relación con las áreas obligatorias y

fundamentales.

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BAJO

No alcanza los logros propuestos ni supera las actividades de

superación (curso remedial y habilitación).

PARAGRAFO: El estudiante que presente actividades de

refuerzo y recuperación tendrá una calificación sobre el 80%

de la escala propuesta.

CAPITULO III

EDUCADOR

ARTICULO 13: PERFIL DEL EDUCADOR La Institución busca que los docentes logren identificarse con la filosofía del plantel, por lo tanto nuestro educador debe:

Ser figura portadora de valores personales, morales, sociales, intelectuales y espirituales.

Utilizar un lenguaje afectuoso, claro y sencillo. Poseer talento y prudencia en el uso de

correctivos. Preocuparse no solo por enseñar unos

conocimientos, sino que trabaje en procura de

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orientar su conducta hacia el logro de los objetivos de la Institución

Ser maestro competente en su campo laboral, concientizandose de que la labor docente es exigente y amerita una continua capacitación como meta propia y como un compromiso con la Institución.

Tener capacidad de liderazgo y hacer de sus estudiantes personas críticas y reflexivas.

Ser orientador de los procesos en formación, acorde con las expectativas sociales, científicas, éticas y morales de la familia y de la sociedad.

ARTICULO 14: DEBERES DEL DOCENTE

Conocer, cumplir, divulgar y hacer cumplir el Manual de Convivencia Escolar, responsabilizándose de la disciplina, desempeño y comportamiento en general del estudiante durante su permanencia en el plantel.

Participar activamente en la formación integral de los estudiantes bajo su responsabilidad.

Cimentar a través de la convivencia diaria y su desempeño profesional la formación de valores cívicos, culturales, morales, para una armoniosa convivencia Social.

Fomentar en los estudiantes el respeto a la vida en todas sus manifestaciones; formar hábitos de estudio, puntualidad, responsabilidad, y excelentes relaciones humanas.

Dar buen ejemplo, observando y practicando una conducta intachable, y una presentación personal acorde con el decoro y dignidad de su cargo.

Participar activamente en la elaboración, desarrollo, evaluación y control del P-E-I.

Asistir a los cursos y talleres de capacitación que la Institución o el Núcleo Educativo programen.

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Escuchar y atender las sugerencias, reclamos y observaciones que le sean formuladas oportuna y respetuosamente.

Llevar un seguimiento detallado del estudiante, tanto en sus aspectos positivos, como las fallas de los estudiantes a cargo.

Diligenciar y presentar correcta y oportunamente los libros reglamentarios correspondientes.

Ser leal a la Institución manifestando con franqueza y a tiempo, sus puntos de vista e informando a quien corresponda y en forma oportuna a cerca de las anomalías y demás situaciones que determinen el buen nombre del plantel.

Utilizar los materiales y recursos didácticos que la Institución brinda, para el desarrollo de los procesos y velar por su cuidado.

Permanecer en la Institución durante la jornada de trabajo y dedicar su tiempo a la realización de las actividades propias del cargo, asumido dentro de la Institución.

Abstenerse de ejercer actos de discriminación Político – Social, religioso, o de cualquier índole.

Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones en tiempo oportuno. Para que se pueda ejercer su derecho al reclamo, cuado sea el caso.

Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y disciplinario de un estudiante, cuando así lo requieran sus acudientes de acuerdo a las fechas.

Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente con el fin de proporcionar la unidad de criterios en la formación de valores, niveles de desempeño, y rendimiento académico de los estudiantes asu cargo.

Asignar tareas que ayuden a los estudiantes a repasar, profundizar o ampliar lo aprendido en clase.

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ARTICULO 15: DEBERES DEL DIRECTIVO

DOCENTE

Conocer, cumplir, difundir y exigir el cumplimiento del contenido del Manual de Convivencia, entre todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Cumplir y exigir el cumplimiento de las disposiciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional y de los Consejos Directivos Académicos.

Orientar al personal docente, administrativo en el ejercicio de sus funciones.

Fomentar la comunicación entre los diferentes estamentos al interior de la Institución, así como con las autoridades educativas y comunidad local, con la intención de facilitar el logro de objetivos comunes.

Propiciar el dialogo cordial y respetuoso entre los miembros de la comunidad escolar y proponer alternativas de conciliación ante los conflictos que puedan surgir entre ellos.

Dirigir la consecución de recursos materiales necesarios en la Institución y velar por crear, y mantener las condiciones físicas indispensables para el normal desarrollo de las actividades académicas.

Promover el desarrollo integral de los estudiantes por medio de proyectos educativos comunitarios que los conviertan en agentes de cambio en la sociedad.

Orientar la ejecución del proyecto Educativo Institucional.

Promover el proceso de mejoramiento continuo de la localidad de la educación en el establecimiento.

Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.

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ARTICULO 16: DERECHOS DE LOS DOCENTES

Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa, a fin de obtener el mejor ambiente para el ejercicio profesional de su labor.

Gozar de la imparcialidad política, social y racial, así con el respeto a su intimidad personal y familiar a su buen nombre, a sus creencias y opiniones.

Participar activamente, así como hacer su aporte personal y profesional en la elaboración y desarrollo del P-E-I.

Ser escuchado y formular los respectivos descargos cuando la situación lo amerite, previo seguimiento del conducto regular.

Que no se le impongan actividades ajenas a su desempeño curricular.

Elegir y ser elegido como integrante del Consejo Directivo y demás organismos del plantel.

Elegir y ser elegido para el Consejo Académico.

ARTICULO 17: ESTIMULOS PARA LOS

DOCENTES

Felicitaciones verbales y o escritas por parte de los directivos, en reunión de profesores y padres de familia y con copia a la hoja de vida.

Mención de honor por su meritoria labor durante el año escolar.

Tener espacios de integración, caminatas, salidas recreativas, etc.

Participar en talleres, conferencias y otras actividades de actualización, profundización o perfeccionamiento.

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ARTICULO 18: FALTAS QUE AMERITAN MEDIDAS ESPECIALES

Se considera como falta, el incumplimiento a cualquiera de los deberes del docente.

No dar cumplimiento a las responsabilidades asignadas.

Incumplir con el plan de estudios, el plan de clase, planilla y control de asistencia.

E tráfico ilegal e irregular de calificaciones, certificados de estudios, de trabajo o documentos públicos.

La aplicación de castigos denigrantes o físicos a los educandos.

El uso de documentos o informaciones falsas para inscripción o ascensos en el escalafón.

El abandono del cargo. Fomentar la desconfianza, desunión y

enfrentamiento entre los profesores y las directivas, o entre padres de familia y directivas.

El descuido habitual y manifiesto en mantener el orden en la clase, en la fila, o en actos comunitarios.

Abandonar injustificadamente sus tareas, o ausentarse del plantel sin el correspondiente permiso.

Retardos continuos al inicio de sus actividades e incumplimiento en sus labores académicas y o disciplinarias.

Irrespeto a directivos, compañeros estudiantes o padres de familia

La asistencia al sitio de trabajo en estado de embriaguez o bajo el efecto de fármacos.

ARTICULO 19: SANCIONES

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Amonestaciones verbales por parte de las directivas según el caso.

Amonestaciones escritas con copia a la hoja de vida. En este caso el

profesor puede consignar descargos para anexar a documentación respectiva.

Remisión a la oficina de talento Humano de la gobernación el proceso con los respectivos soportes para que esta realice sanciones como el descuento de la asignación básica mensual en caso de inasistencia injustificada, Suspensión definitiva del ejercicio de su cargo entre otras.

CAPITULO IV

PADRES DE FAMILIA ARTICULO 20: PERFIL DE LOS PADRES DE

FAMILIA Los padres de familia son los principales responsables del proceso de formación de sus hijos. Por eso la comunicación debe ser permanente, para que se logre los objetivos propuestos.

Deben ser conscientes de que la unidad de familia es el clima ideal para su hijo y su buen desarrollo escolar.

Complementar en casa los conocimientos que el niño adquiere en el colegio.

Estar atentos a circulares, calendarios, citaciones y demás comunicaciones expedidas por parte de la institución, para darle cumplimiento a las mismas.

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Formar en sus hijos valores de responsabilidad, orden y respeto por la humanidad.

Brindar a los profesores información veraz, que les ayude a la mejor comprensión del comportamiento del niño dentro de las actividades.

Cumplir oportunamente con todas las obligaciones que adquiere con la institución en el momento de la matricula.

Ser abierto al cambio y con capacidad de asimilar innovaciones.

Estar pendiente del desenvolvimiento académico y disciplinario de su hijo (a).

Preocuparse por la buena presentación personal y el porte adecuado del uniforme de diario y de educación física.

Propiciar las buenas relaciones con los profesores de sus hijos y demás miembros de la comunidad educativa, compartiendo inquietudes y experiencias.

Participar en todas las actividades programadas por la Institución.

ARTICULO 21: DERECHOS DE LOS PADRES O ACUDIENTES.

Recibir y conocer el Manual de Convivencia. Conocer el avance académico y disciplinario de

sus hijos. Hablar con los directivos, profesores o personas

encargadas, sobre el estado general del estudiante.

Analizar con la Coordinadora y el profesor, sanciones y amonestaciones, producto del mal comportamiento de su hijo.

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Recibir con suficiente anterioridad las citaciones, circulares e informes académicos en donde se informa sobre el compromiso con la institución.

Participar en la planeación, ejecución y evaluación del P-E-I de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.

Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para formar parte del Consejo de padres de familia y demás entes de la institución.

Solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y comportamiento de su hijo.

Participar en todos los programas de formación de padres que brinda la Institución, para cumplir adecuadamente la tarea educativa que le corresponde.

Recibir y promover buen trato de todos los integrantes de la comunidad educativa.

Gozar de imparcialidad política, religiosa, social y racial, al igual que el respeto a su intimidad personal y familiar al su buen nombre, a sus creencias, y opiniones.

Solicitar y obtener constancias y certificados siempre y cuando sean solicitados con anterioridad.

Presentar oportunamente, por escrito, toda sugerencia, reclamo u observación, sin olvidar el respeto y los buenos modales al formularla, siguiendo el conducto regular.

Recibir la asesoría adecuada que pueda brindar la institución con el fin de apoyar la formación integral de su hijo (a).

ARTICULO 22: DEBERES DE LOS PADRES DE

FAMILIA O ACUDIENTES.

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Proporcionar el ambiente o clima familiar que facilite y asegure la educación integral de sus hijos.

Proporcionar una mutua comprensión, confianza y colaboración con la institución, ya que al momento de matricular al estudiante en el plantel, acepta el reglamento interno y el presente Manual de Convivencia.

Preocuparse porque su hijo asista al Colegio puntualmente, con el uniforme correspondiente y excelente presentación personal.

Orientar y supervisar la realización de las obligaciones escolares en casa por parte de los hijos o acudidos.

Mantener contacto permanente con la Institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y disciplinario de los hijos.

Asistir a la entrega de informes académicos, reuniones y asambleas programadas por la Institución.

Justificar por escrito o personalmente ante quien corresponda, los retrasos forzosos o inasistencias de sus hijos al plantel educativo.

Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que se realiza con sus hijos.

Brindar atención y comprensión a sus hijos ante aquellas dificultades que se presenten durante su formación.

Apoyar los diferentes programas y actividades que dirigen la asociación de padres de familia.

Tener sentido de pertenencia por la Institución, manifestando de forma cortes y oportuna, las anomalías, reclamos, sugerencias de lo que se esté presentando y se considere que afecta el buen nombre del plantel.

Responder por los daños que por descuido o mal uso, ocasionare el estudiante a los elementos que la institución pone a su servicio.

Asumir por los perjuicios físicos, psicológicos o demás, que puedan ser provocados por el

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estudiante a sus compañeros o miembros de la comunidad educativa.

ARTICULO 23: ESTIMULOS PARA PADRES DE FAMILIA Y O ACUDIENTES

Recibir reconocimiento público por el buen

desempeño académico y disciplinario de su hijo. Participar en el Consejo de Padres. Junta

Directiva de la Asociación de Padres, o Consejo Directivo.

Recibir reconocimiento público por el apoyo, colaboración y cumplimiento con las actividades de la Institución.

CAPITULO V

ARTICULO 25: OBLIGACIONES ESPECIALES DE

LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS

1- Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia.

2- Brindar una educación pertinente y de calidad. 3- Respetar en toda circunstancia la dignidad de los

miembros de la comunidad Educativa. 4- Facilitar la participación de los estudiantes en la

gestión académica de la Institución Educativa.

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5- Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa.

6- Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar.

7- Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras, y organizar actividades culturales y extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin.

8- Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica.

9- Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada.

10- Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional.

11- Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos.

ARTICULO 26: OBLIGACION ETICA

FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS.

Las instituciones de educación primaria y secundaria, publicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. Para tal efecto, deberán:

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1- Formar a los niños, niñas y adolescentes en el

respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los derechos humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente a quienes presentan discapacidades, vulnerabilidad o capacidades sobresalientes.

2- Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros, padres de familia y de los profesores.

3- Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades con capacidades sobresalientes o especiales.

ARTICULO 27: OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS.

Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para: 1- Comprobar la inscripción del registro civil de

nacimiento.

2- Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil.

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3- Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.

4- Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.

5- Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores.

6- Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes, con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales.

7- Prevenir el trafico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el trafico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas.

8- Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña y adolescente con discapacidad.

9- Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños niñas y adolescentes.

10- Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual, reproductiva y la vida en pareja.

CAPITULO VI

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DESCRIPCION Y GENERALIDADES SOBRE EL

FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES, COMITES Y CONSEJOS

ARTICULO 28: GOBIERNO ESCOLAR El sentido de instaurar el gobierno escolar en nuestra comunidad educativa, es ejercitar gradualmente la vivencia de la democracia a través de la participación de todos los estamentos y permitir el desarrollo en los diferentes miembros de la comunidad, de mayor grado de responsabilidad, autonomía, liderazgo, conocimiento, convivencia y compromiso. El Gobierno Escolar esta conformado por: A) Rector B) Concejo Directivo C) Concejo Académico

ARTÍCULO 29: RECTOR: El rector de la Institución Educativa como representante legal del establecimiento ante las autoridades educativas y ejecutor de las decisiones del Gobierno escolar, es otro de sus órganos.

FUNCIONES DEL RECTOR

A. Orientar la ejecución del PEI, aplicar las decisiones del gobierno escolar.

B. Velar por el cumplimiento de las funciones de los docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para tal efecto.

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C. Promover el proceso continuo del mejoramiento de calidad de la educación. en la Institución.

D. Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas, y la comunidad local para el progreso de la Institución.

E. Establecer canales de comunicación entre los estamentos de la comunidad educativa.

F. Orientar el proceso educativo con la asistencia del consejo académico.

G. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

H. Promover actividades de beneficio social que vincule la comunidad con la Institución.

I. Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones para el mejoramiento del PEI.

J. Aplicar las disposiciones que se expidan por parte del estado, pertinentes a la prestación de servicios educativos.

ARTICULO 30: CONSEJO DIRECTIVO Este integrado así:

El rector quien lo preside. Dos representantes del personal docente,

elegidos por mayoría simple en Asamblea de profesores.

Dos representantes de los padres de familia elegidos por la junta directiva de la asociación de padres de familia.

Un representante de los estudiantes, elegido por el concejo de Estudiantes, entre los estudiantes que se encuentran en último grado.

Un representante de los exalumnos elegido por la asociación de exalumnos.

Un representante del sector productivo elegido en asamblea general.

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ARTICULO 31: FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO A- Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento

de la Institución y que no sean de competencia de otra autoridad.

B- Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y administrativos en las aulas de la Institución Educativa.

C- Adoptar el manual de convivencia regido a las normas vigentes.

D- Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa.

E- Participar en la planeación y evaluación del P-E-I. F- Controlar y estimular el buen funcionamiento de la

Institución Educativa. G- Participar en la evaluación anual de docentes. H- Recomendar criterios de participación de la

Institución en actividades comunitarias. I- Promover las relaciones de tipo cultural, deportivas

y comunitarias con las demás Instituciones. J- Darse su propio reglamento. K- Establecer estímulos y sanciones para el buen

desempeño académico y social del estudiante L- Establecer el procedimiento para permitir el uso de

las instalaciones y enseres de la institución en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa

M- Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos provenientes de otros cobros efectuados por padres de familia.

ARTICULO 32: CONSEJO ACADEMICO

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Es una instancia consultora que vela por la coherencia de la Institución, esta integrado por:

El rector quien lo preside.

La coordinadora

Docentes

ARTICULO 33: FUNCIONES DEL CONSEJO ACADEMICO

Servir de órgano consultor del consejo Directivo en la revisión de la propuesta del P-E-I.

Revisar el currículo y propiciar su mejoramiento continuo anexando las modificaciones y ajustes correspondientes.

Organizar el plan de estudios.

Participar en la evaluación institucional anual.

Recibir y decidir los reclamos de los estudiantes sobre los aspectos académicos y disciplinarios.

ARTICULO 34: PERSONERO ESTUDIANTIL Es un estudiante de último grado elegido por todo el estudiantado, mediante voto secreto y mayoría simple dentro de los treinta (30) días al calendario siguiente a la iniciación de clases del año lectivo. Es el encargado de promover el ejercicio de los derechos de los estudiantes consagrándose a la Institución, mediante las leyes, reglamentos, códigos y Manual de Convivencia.

PARAGRAFO: Si la comunidad educativa lo requiere se podrá poner en consideración la elección de un suplente, quien será del grado inmediatamente anterior al del Personero elegido. El suplente reemplazara al Personero en sus ausencias temporales o definitivas en el caso de que no represente bien su funcion, mientras se elige nuevo Personero.

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ARTICULO 35: FUNCIONES DEL PERSONERO

Presentar su propuesta de trabajo por escrito ante los estudiantes y ante el rector o coordinadora a más tardar treinta (30) días después de su nombramiento.

Concurrir a las reuniones del Consejo Directivo cuando sea solicitado, o cuando el lo haya solicitado previamente.

Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, podría utilizar los medios de comunicación interna de la Institución y pedir ayuda al consejo de educandos.

Presentar ante el rector o coordinadora las solicitudes que estime conveniente.

Apelar ante el consejo directivo las decisiones del rector, respecto a las peticiones presentadas por su intermedio

ARTICULO 36: CONSEJO ESTUDIANTIL Elegido por los compañeros de grado. Se destacara por mantener excelente comunicación con sus compañeros, educadores y directivos.

ARTICULO 37: FUNCIONES DEL CONCEJO

ESTUDIANTIL

Diligenciar diariamente el control de asistencia orientado por el docente.

Llevar la voceria con el fin de estudiar, buscar soluciones a las necesidades, problemas o inquietudes que se presenten en el grado.

Coordinar la buena presentación del salón.

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Informar sobre los hechos graves que detecte; como hurto, daños, abusos, etc.

Elegir el representante al Consejo Directivo y asesorarlo.

Invitar a las deliberaciones aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

Promover actividades y proyectos que tiendan a la calificación y mejoramiento institucional.

Llevar el registro de sesiones en actas firmadas y presentadas a la dirección cuando sean requeridas.

Revocar el mandato del personero, previo plebiscito en cada uno de los grados.

ARTICULO 38: GOBIERNO ESTUDIANTIL. Es elegido en cada una de las sedes por todos los compañeros. Esto hace parte de las diferentes estrategias de Escuela Nueva, la cual fomenta la participación democrática. Se debe elegir el presidente, vicepresidente y secretario. A su vez se organizaran los diferentes comités a fin de posibilitar el funcionamiento dinámico de equipos de trabajo.

ARTICULO 39: ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA El consejo directivo promoverá la Constitución de una asociación de padres de familia, para lo cual podrá citar a asamblea constitutiva, suministrar espacio, contribuir al recaudo de cuotas de suministro o apoyar iniciativas existentes.

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La asociación además de las funciones que su reglamento determine, podrá desarrollar actividades como las siguientes:

Velar por el cumplimiento de formación de los padres, para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.

La junta directiva de la asociación de padres de familia elegirá dos (2) representantes ante el Consejo Directivo, uno deberá ser miembro de la Junta Directiva y el otro del Consejo de padres.

Participar activamente en la organización de las actividades programadas por la Institución.

Velar por el cumplimiento del P:E:I. Promover programas de formación de los padres

para cumplir la tarea educativa.

Promover el proceso de constitución del consejo de padres de familia.

ARTICULO 40: CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA

Según el artículo 31 del decreto 1860 de 1994, el consejo de padres de familia como órgano de la Asociación d Padres de Familia, estará integrado por los voceros de los padres de los estudiantes que cursan cada uno de los grados que ofrece la institución.

FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES _ Asegurar la continua participación de los padres y

acudientes en el proceso pedagógico de la Institución. _ Las demás que les sean asignadas por la Asociación de Padres de familia.

ARTICULO 41

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CONTRALORIA ESTUDIANTIL

Es la encargada de promover y actuar como veedora del buen uso de los recursos y los bienes públicos de la Institución Educativa, especialmente de los recursos del fondo de servicios docentes. Está compuesta por:

El Contralor Estudiantil.

El Contralor Auxiliar. El Comité Estudiantil De control

Social.(Compuesto por un delegado de cada grado)

FUNCIONES DE LA CONTRALORIA Y

CONTRALOR ESTUDIANTIL

Presentar El plan de acción.

Contribuir en la creación de una cultura de control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes de la Institución, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la contraloría departamental.

promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en la Institución, con el apoyo de la contraloría departamental.

Velar por el mejoramiento de la calidad educativa.

Promover la enseñanza. Educación y el respeto por los derechos humanos dentro y fuera de la Institución Educativa.

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Preservar en la Institución Educativa y fuera de ella un medio ambiente sano libre de contaminación, así como la preservación de los recursos naturales.

Presentar a la contraloría departamental las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, con relación al uso de los recursos y bienes de la Institución Educativa.

Solicitar las actas del Consejo Directivo, para poder hacer seguimiento a las decisiones que se tomen sobre el uso de los bienes y recursos de la Institución.

Convocar trimestralmente y presidir las reuniones del Comité Estudiantil de Control Social.

Presentar una rendición de cuentas semestralmente, sobre sus actuaciones en el ejercicio de sus funciones.

CAPITULO VII

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 42: SERVICIO BIENESTAR La Institución preocupado por el bienestar de la comunidad cuenta con una serie de servicios que contemplan la labor y contribuyen a la formación integral de cada uno de los miembros de la Institución. Son sus servicios:

a) Biblioteca escolar b) Ayudas educativas: ( Grabadora, Micrófono, TV,

VH, DVD, Video beam, Bafles de Sonido) c) Sala de sistemas e Internet.

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d) Tienda Escolar, refrigerios, desayunos y almuerzos.

e) Fotocopiadora. f) Laboratorio. g) Polideportivo. h) Trajes de Danza i) Botiquín dotado por la Comunidad Educativa j) Transporte Escolar.

ARTICULO 43: MEDIOS DE COMUNICACIÓN, PROFESORES, PADRES DE FAMILIA

Para la comunicación eficiente los miembros y estamentos de la comunidad Educativa, la Institución disponen de los siguientes:

Citaciones

Reuniones periódicas. Periódico mural donde se publican las

informaciones que tienen que ver con la comunidad estudiantil.

Cartelera, en la cual se rinde honor a las fechas patrias, o se escribe una frase reflexiva.

ARTICULO 44: MATRICULA La matricula es el acto que formaliza la vinculación del estudiante a la Institución Educativa. Esta se legaliza con la firma del Rector, estudiante, Padres de familia, acudiente o tutor en la hoja de matricula.

ARTICULO 45: PROCEDIMIENTO PARA LA MATRICULA

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* Pago de otros cobros, Asociación de padres de familia, seguro escolar.

Presencia del estudiante y de por lo menos con uno de los padres o acudientes, en la hora y fecha indicada por la Institución.

Presentar al día los siguientes documentos:

Registro civil 3 fotos 3 x 4, fondo azul con el uniforme

diario Certificado de vacunación Boletín del año anterior Certificados de años anteriores. Fotocopias. Sisben, ARS, RH, Cédulas

de los padres y acudientes, Tarjeta de identidad, documento de familias en acción.

Paz y salvo firmado por las dependencias de la Institución.

ARTICULO 46. MATRICULA EN OBSERVACION

Hacen uso de este tipo de matricula, aquellos estudiantes que por presentar inconsistencias o dificultades de orden disciplinario y/o académico ameritan constante seguimiento conforme a lo acordado en este Manual de Convivencia.

CAUSALES DE MATRICULA EN OBSERVACION

1. Reincidencia en el incumplimiento de los deberes del estudiante, consagrados en este Manual.

2. Incurrir en cualquier de las causales graves de comportamiento

3. Interrumpir sin justa causa el normal desarrollo de las clases o de una actividad programada por la Institución.

4. Utilizar expresiones inapropiadas verbales y no verbales.

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DEROGACION MATRICULA EN OBSERVACION

Para derogar matricula en observación el estudiante debe mejorar su comportamiento o desempeño académico durante los dos primeros períodos del siguiente año, con previo seguimiento del Consejo Académico, Directivos Docentes, consejo Directivo y Asociación de Padres de Familia

ARTICULO 47: CAUSALES DE CANCELACION DE MATRICULA

La cancelación de la matricula se hará mediante resolución motivada por Rectoría y Consejo Directivo, previo estudio y con la aprobación de la Asociación de Padres de Familia (Código del menor Art. 319 ) Se aplicará a estudiantes que incurran en una o más de las siguientes faltas.

1. Agresión física a docentes, compañeros o empleados de la Institución.

2. Reincidencia en faltas graves teniendo matricula en observación.

3. Traer armas o drogas a la Institución o presentarse en estado de embriaguez.

4. Destrozar a propósito los bienes de la Institución y de la Comunidad Educativa.

5. Hurto comprobado. 6. Falsificación de documentos, calificaciones etc.

CAPITULO VIII

ARTICULO 48: OTROS COBROS

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Corresponde a costos generados durante el desarrollo de los procesos formativos en el transcurso del año, y son:

Constancia y certificados

Carné estudiantil Asociación de padres

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Papelería

ARTICULO 49: UNIFORME Traje que identifica, distingue y expresa sentido de pertenencia, su uso es obligatorio, única y exclusivamente para las actividades programadas por la Institución.

ARTICULO 50: UNIFORME DE DIARIO

Niñas: Jardinera según modelo. Camibuso blanco según modelo con logotipo de la institución, medias blancas a la rodilla, zapatos negros de cordón.

Niños: Pantalón azul oscuro, camibuso según modelo, medias azul oscura, zapatos negros.

ARTICULO 50: UNIFORME DE EDUCACION DE

FISICA Sudadera: Pantalón vino tinto, buzo blanco según modelo, tenis rojos.

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