r.o.f - parte iii - ceiplasalbinas.es fileb. claustro del profesorado 1. competencias del claustro...

47
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. CEIP LAS ALBINAS. PARTE III C.E.I.P. LAS ALBINAS TFNO.: 956 243 207 FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es 1 R.O.F - PARTE III PROCEDIMIENTOS Y NORMAS DE ACTUACIÓN. PLAN DE EMERGENCIA. PLANIFICACIÓN Y RECURSOS DEL CENTRO. MECANISMOS DE REVISIÓN Y EVALUACIÓN. Aprobado en sesión del Consejo Escolar el 13 de noviembre de 2017

Upload: others

Post on 15-Oct-2019

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

1*

R.O.F - PARTE III

PROCEDIMIENTOS Y NORMAS DE ACTUACIÓN.

PLAN DE EMERGENCIA.

PLANIFICACIÓN Y RECURSOS DEL CENTRO.

MECANISMOS DE REVISIÓN Y EVALUACIÓN.

Aprobado en sesión del Consejo Escolar el 13 de noviembre de 2017

Page 2: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

2*

ÍNDICE DE CONTENIDOS

PARTE I. GOBIERNO, ORGANIZACIÓN DOCENTE Y PARTICIPACIÓN

PREÁMBULO 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

2. CONSIDERACIONES PREVIAS 3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

4. PRINCIPIOS BÁSICOS

CAPÍTULO I. GOBIERNO Y GESTIÓN DEL CENTRO A. CONSEJO ESCOLAR

Persona experta en materia de género 1. Competencias del Consejo Escolar

2. Normas complementarias de funcionamiento 3. Comisiones del Consejo Escolar

3.1 Comisión Permanente - Referente a asuntos de admisión de alumnos y alumnas

- Referente a asuntos de la gestión económica - Referente a asuntos de la gestión de recursos materiales

- Referente a asuntos de actividades extraescolares - Referente a asuntos relativos a la autoprotección

- Referente a asuntos relativos al Programa de gratuidad de libros

- Referente a asuntos relativos al Plan de Apertura

3.2 Comisión de Convivencia B. CLAUSTRO DEL PROFESORADO

1. Competencias del Claustro

2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO

1. Elección, nombramiento y competencias del Director o Directora

2. Nombramiento y ceses Jefe/a estudios y del Secretario/a

3. Régimen de suplencia de los miembros del Equipo Directivo D. Coordinador o Coordinadora del Plan de Apertura de centros docentes E. Coordinador o Coordinadora del Plan Escuela TIC 2.0 F. EQUIPO DE RECURSOS G. EQUIPO DE EVALUACIÓN H. EQUIPO DE MEDIACIÓN

I. EQUIPOS DE INTERVENCIÓN EN EMERGENCIAS

Funciones de los Equipos de Emergencias

J. Coordinador o coordinadora de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y

Prevención de Riesgos Laborales

K. Coordinador o Coordinadora del I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres

en Educación L. Responsable de la biblioteca escolar

Page 3: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

3*

CAPÍTULO II. ORGANIZACIÓN DOCENTE A. CLAUSTRO DEL PROFESORADO

B. EL EQUIPO TÉCNICO DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA

C. EQUIPOS DOCENTES

D. EQUIPOS DE CICLOS

E. EQUIPO DE ORIENTACIÓN

F. PROFESORADO Y PERSONAL DE ATENCIÓN EDUCATIVA

a)! Tutores y tutoras

b)! Profesorado especialista

c)! Profesorado de apoyo y refuerzo educativo

d)! Profesor o profesora de Pedagogía Terapéutica e)! Profesor o profesora de Audición y Lenguaje (si la hubiera)

f)! Orientador u Orientadora del Centro

g)! Maestros y maestras especializados en la atención del alumnado con necesidades

específicas de apoyo educativo

G) ORGANIZACIÓN DE LA TUTORÍA Y FUNCIONES

a)! Funciones de los tutores y tutoras y profesorado especialistas b)! Asignación de tutorías

c)! Reuniones iniciales con las familias del alumnado y entrevistas de carácter individual.

d)! Recogida y organización de los datos académicos y personales del alumnado

e)! Información a las familias de la evolución académica del alumnado

f)! Control de la asistencia y del absentismo g)! Referente al alumnado que causa baja en el Centro.

CAPÍTULO III. PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

A. LA PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO B. LA PARTICIPACIÓN DEL ALUMNADO

1. Participación a nivel de grupo 2. Funciones de los Delegados o Delegadas de clase

3. Participación a nivel de Centro

4. Funciones de la Comisión de Delegados y Delegadas

5. Procedimiento de reunión y libertad de expresión del alumnado

C. LA PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS Y PERSONAS AJENAS AL CENTRO

D. LA ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DEL ALUMNADO

E. LA PARTICIPACIÓN DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS

Page 4: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

4*

PARTE II. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

CAPÍTULO IV. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO A. NORMAS DE CONVIVENCIA

B. RESPECTO A LAS ENTRADAS O SALIDAS DEL ALUMNADO 1. Entrada y salida los días normales.

2. Entrada y salida los días de lluvia o mal tiempo. 3. Puntualidad a la salida. 4. Ausencia de familiares para recoger al alumnado. 5. Libro de registro de entrada y salida del alumnado.

C. SOBRE LOS MOVIMIENTOS Y TRÁNSITO DEL ALUMNADO

D. SALIDAS DE CLASE PARA IR AL SERVICIO

E. RESPECTO A LAS NORMAS Y VIGILANCIA EN LOS TIEMPOS DE RECREO

1. Normas generales a seguir durante el recreo en el patio

2. Cuidados en lo que respecta a la vigilancia del alumnado en los tiempos de recreo

3. Suspensión del tiempo de recreo en el patio por lluvia o mal tiempo

4. Suspensión de asistencia al recreo individual o en grupo

F. TURNOS DE VIGILANCIA DEL ALUMNADO DURANTE EL RECREO

- Turnos y lugares de vigilancia

G. ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y EXTRAESCOLARES

PARTE III. PROCEDIMIENTOS Y NORMAS DE ACTUACIÓN. PLAN DE

EMERGENCIA. PLANIFICACIÓN Y RECURSOS DEL CENTRO. MECANISMOS DE REVISIÓN Y EVALUACIÓN.

CAPÍTULO V. PROCEDIMIENTOS Y NORMAS DE ACTUACIÓN A. CONTROL DE ASISTENCIA Y DEL ABSENTISMO DEL ALUMNADO

B. NORMAS REFERENTE AL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS

C. NORMAS SOBRE ENTRADA Y TENENCIA DE ANIMALES EN EL CENTRO

CAPÍTULO VI. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN Y PREVENCIÓN DE RIESGOS

A. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

B. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES C. NORMAS SANITARIAS, DE SEGURIDAD E HIGIENE

1. Actuación en caso de emergencia, enfermedad o accidente

2. Administración de medicamentos 3. Actuación en casos de pediculosis

4. Normas de seguridad e higiene

Page 5: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

5*

CAPÍTULO VII. GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL CENTRO A. GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS

B. GESTIÓN DE LOS ESPACIOS, AULAS E INSTALACIONES

1. DISTRIBUCIÓN Y USO DE AULAS Y ESPACIOS

2. UTILIZACIÓN DEL CENTRO POR OTRAS ENTIDADES 3. NORMAS EN AULAS Y DEPENDENCIAS

- Sobre el uso de calefactores en las aulas o dependencias

C. ORGANIZACIÓN Y NORMAS DE USO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR

D. GESTIÓN DE LOS RECURSOS MATERIALES

1. USO Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES 2. NORMAS DE USO DE TELÉFONOS MÓVILES, CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y APARATOS ELECTRÓNICOS. CONSENTIMIENTO DE IMAGEN.

E. GESTIÓN DE LOS EQUIPOS INFORMÁTICOS Y PROYECTO TIC

1. NORMAS DE USO DE LOS EQUIPOS Y MATERIAL INFORMÁTICO 2. NORMAS DE USO DEL AULA TIC 3. NORMAS DE USO Y CUIDADOS DE LOS PORTÁTILES DEL CENTRO 4. NORMAS DE USO Y CUIDADOS DE LOS PORTÁTILES DEL PROFESORADO Y EQUIPOS DE LAS AULAS TIC. NORMAS DE USO DE LOS ORDENADORES Y EQUIPOS DEL CENTRO. 5. ACCESO SEGURO A INTERNET

CAPÍTULO VIII. SEÑAS DE IDENTIDAD Y GESTIÓN DE LA

INFORMACIÓN A. SEÑAS DE IDENTIDAD

1. Normalización de impresos y sobres

2. Sello del Centro

3. Escudo del Centro

4. Uniforme del alumnado

B. GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN

CAPÍTULO IX. MECANISMOS DE REVISIÓN Y EVALUACIÓN

*************

Page 6: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

6* PARTE III. PROCEDIMIENTOS Y NORMAS DE ACTUACIÓN. PLAN DE EMERGENCIA. PLANIFICACIÓN Y RECURSOS DEL CENTRO. MECANISMOS DE REVISIÓN Y EVALUACIÓN.

CAPÍTULO V. PROCEDIMIENTOS Y NORMAS DE ACTUACIÓN

A. CONTROL DE LA ASISTENCIA Y ABSENTISMO DEL ALUMNADO

Aunque en el artículo 32.2 del Decreto 328/2010 de 13 de julio, se indica que las faltas de asistencia

o de puntualidad serán excusadas por los padres, madres o representantes legales, en las condiciones

que se establezcan en el Plan de Convivencia, entendemos por cuestiones de eficacia en la lectura y en

los procedimientos a seguir, agrupar todas las cuestiones relativas a las faltas de asistencia o de

puntualidad y su justificación, así como el seguimiento del absentismo en un solo apartado en

este Reglamento de Organización y Funcionamiento.

Este apartado se completa con lo establecido en otros dos documentos del Plan de Centro:

>! En el Capítulo IV del documento “DOCUMENTO VII. PLAN DE ORIENTACIÓN Y

ACCIÓN TUTORIAL” de este Proyecto Educativo en lo referente a los

procedimientos de actuación en caso de presentarse situaciones de absentismo escolar del

alumnado.

>! En el apartado B.2 del Capítulo III del documento “DOCUMENTO VIII. PLAN DE

CONVIVENCIA” de este Proyecto Educativo. En este apartado se recogen las

actuaciones encaminadas hacia la corrección de los casos de absentismo escolar

como medida para prevenir situaciones que incidan negativamente en la

convivencia.

Control de la asistencia por parte del profesorado

Es deber del profesorado controlar las faltas de asistencia a clase del alumnado y solicitar la

justificación de las ausencias y/o salidas o entradas del alumnado1, tanto en el horario normal de

entrada y salida establecido como fuera de este horario, conforme se regula en este apartado. En caso

de absentismo debe seguir el procedimiento establecido en el Capítulo IV del documento

“DOCUMENTO VII. PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL” del Proyecto Educativo del

Centro.

Los tutores y tutoras de cada grupo de alumnos y alumnas llevarán un registro diario de la

asistencia a clase con el fin de detectar posibles casos de absentismo escolar2. El tutor o

tutora grabará, al menos semanalmente, las faltas de asistencia del alumnado en el Sistema

de Información Séneca con la finalidad de hacer un seguimiento de las mismas y obtener

datos estadísticos para la Memoria de Autoevaluación o a solicitud de la Administración educativa.

1 Vid. “DOCUMENTO VIII. PLAN DE CONVIVENCIA” del Proyecto Educativo del Centro 2 Artículo 8 de la Orden de 19 de septiembre de 2005, por la que se desarrollan determinados aspectos del Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar.

Page 7: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

7*

En caso de ausencia del tutor u tutora, el primer profesor o profesora que tenga cada día ese grupo

de alumnos y alumnas asumiendo las funciones del tutor o tutora, registrará en el documento

correspondiente las faltas de asistencia y lo comunicará al Jefe o Jefa de Estudios, el cual controlará

el absentismo de ese grupo durante el periodo de ausencia del tutor o tutora.

Los alumnos o alumnas que tengan previsto salir o entrar a la hora del recreo deberán traer

un justificante de la familia para obtener el permiso oportuno. En todo caso debemos

esperar a que venga algún representante legal o familiar autorizado a recogerlo o llevárselo

y se le informará que deberá pasar por Secretaría y firmar, indicando

la hora que lo trae o lleva y los motivos que lo justifica, en el Libro registro de entrada/salida del

alumnado a que se refiere el apartado B.6 del Capítulo V de este Reglamento.

Justificación de las faltas de asistencia o de puntualidad

Se consideran faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un alumno o alumna, las

que no sean excusadas de forma escrita por los padres, madres o representantes legales, en las

condiciones establecidas por el Centro3.

Los padres, madres o tutores legales están obligados a justificar todas las faltas de asistencias

o de puntualidad de sus hijos e hijas4. De no hacerlo se les llamará a tutoría para ello. Para la

justificación de la ausencia, se podrá usa algunos de los modelos que como Anexo I se presenta en

este Reglamento. No obstante se podrá admitir otros modelos que el tutor o tutora considere válido.

El tutor o tutora, en primera instancia, valorará si los motivos alegados justifican o no la ausencia

o falta de puntualidad. Los justificantes presentados se guardarán hasta final de curso.

Como norma general se entiende por falta justificada aquella que esté motivada por una

causa ajena al alumno o alumna, y por extensión a la familia, o por fuerza mayor. Nunca

será justificación aquellos motivos que sean achacables a la familia, alumno o alumna y no

hayan sido subsanados por los padres, madres o tutores legales. Es potestad de la Jefatura

de Estudios, en última instancia, considerar si los motivos alegados justifican o no la falta.

Actuación de los tutores y tutoras

En caso de ausencia del alumnado a clase se debe actuar del siguiente modo:

En el caso de un día, el alumno o alumna lo justificará por medio de un escrito de los

padres o tutores legales, según los modelos antes indicados, en los tres días siguientes

a la falta indicando el motivo de la misma. En caso de no hacerlo se requerirá la

presencia de estos padres para ello o para informarles de la ausencia de su hijo o hija.

Si la ausencia es de varios días, los tutores del alumno se informarán por los medios

que considere oportunos5 del motivo de la ausencia y si fuera necesario requerirán la

presencia de los padres, madres o tutores legales para ello o para informarles de la

ausencia de su hijo o hija. 3 Artículo 33.2 del Reglamento Orgánico de los colegios de Educación Infantil y Primaria aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio. Aunque en nuestro caso lo incluimos en este Reglamento, en vez de en el Plan de Convivencia. 4 Vid. “DOCUMENTO VIII. PLAN DE CONVIVENCIA” del Proyecto Educativo del Centro. 5 Dentro de la legalidad vigente y de las competencias permitidas, sin invadir la intimidad personal del alumnado o de la familia.

Page 8: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

8*

Se acordará con los padres, madres o tutores legales, tras citación por escrito, las medidas correctivas

que se aplicarán al alumno o alumna en caso de ausencia injustificada sin consentimiento o

conocimiento de ellos6.

Control del absentismo del alumnado

En el caso de detectarse alumnos o alumnas absentistas, según lo establecido en el Capítulo IV del

documento “DOCUMENTO VII. PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL” del Proyecto

Educativo del Centro, se actuará conforme se indica en dicho documento. Es muy importante

seguir escrupulosamente este procedimiento ya que en caso de absentismo persistente la

documentación y actuaciones seguidas por el tutor o tutora y el Centro las puede pedir la Fiscalía.

Los tutores, al final de cada mes o cuando sea preciso, comunicarán a la Jefatura de Estudios los casos

de alumnos o alumnas absentistas que detecte en su grupo y de las actuaciones realizadas.

Número máximo de faltas de asistencia a efectos de evaluación y promoción

Por otra parte, en el artículo 32.3 del mismo Reglamento Orgánico del Centro, se

establece, sin perjuicio de las correcciones que se impongan en el caso de las faltas

injustificadas, que los Planes de Convivencia de los centros establecerán el número máximo

de faltas de asistencia por curso, a efectos de la evaluación y promoción del alumnado. Este

apartado se desarrolla en el Apartado I del Capítulo IV y Capítulo V del documento

“DOCUMENTO V. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y

PROMOCIÓN DEL ALUMNADO” del Proyecto Educativo del Centro. Podemos

adelantar que el alumno o alumna no debe tener más del 25% de días de faltas de asistencia

sin justificar7 en relación al cómputo total de días lectivos correspondientes al periodo de

evaluación o al curso escolar en su caso8. B. NORMAS REFERENTE AL PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS

El programa de gratuidad de libros de texto se regula por la Orden de 27 de abril de 2005 y por las

Instrucciones que la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación publica

para cada curso escolar.

Por otra parte, en el artículo 90.2, apartado n) del Decreto 328/2010, de 13 de julio, se indica que el

profesorado tiene la obligación de colaborar en la gestión del Programa de Gratuidad de libros de texto.

Por último, en el Capítulo I, apartado A.3.1.g) de este Reglamento, se detallan las funciones de la Comisión Permanente respecto a la gestión del Programa de Gratuidad de libros.

6 Instrucciones de la D.G. de Orientación Educativa y Solidaridad de 18 de octubre de 2001. Tercera.4 7 En este REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO se detalla el procedimiento por el cual se justifican las faltas de asistencia. 8 Artículo 33.3 del Reglamento Orgánico de los colegios de Educación Infantil y Primaria aprobado por el �Decreto 328/2010, de 13 de julio. La cantidad del 25% de faltas de asistencia sin justificar se ha calculado en base al artículo 5.2 de la Orden de 19 de septiembre de 2005, por la que se desarrollan determinados aspectos del Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar.

Page 9: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

9*

Referente a la conservación de los libros de textos, la normativa deja bien claro que el alumnado

debe hacer un uso adecuado y cuidadoso de los libros de texto9, aunque en las Instrucciones de la

Dirección General de Participación e Innovación Educativa sobre el Programa de los Libros de texto

para los diferentes cursos escolares, establece que los tutores y tutoras son quienes, como una labor

más de tutoría, supervisan a lo largo del curso escolar la correcta utilización de los libros de texto por

parte del alumnado10. Consulte en el apartado C.3.g) del Proyecto de Gestión las Instrucciones para

la conservación, renovación y almacenaje de los libros de texto del alumnado.

Normas básicas de funcionamiento del Programa

�! Los libros de texto del Programa de Gratuidad son del Centro. Estos libros de textos,

tal como se recoge en el Proyecto de Gestión, formarán parte del inventario de �

cada aula.

� ! Los alumnos están obligados a mantenerlos en buen estado y forrarlos desde el primer

día de clase. Las familias deben procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan

en buen estado los libros de texto cedidos por el Centro11.

�! No deben escribir su nombre en el libro, el cual sólo figurará en la etiqueta de

identificación. Este nombre será puesto por el profesorado del alumnado que vaya a

utilizar esos libros.

� ! Aquellos libros que serán utilizados por otros alumnos/as en el curso siguiente no

deben ser escritos, contengan o no ejercicios para ello.

�! Cuando se detecte que el alumno o alumna ha perdido o estropeado algún libro, se

comunicará a la Jefatura de Estudios para que se inicie el procedimiento

correspondiente.

� ! Los padres, madres o tutores legales de los alumnos/as están obligados a reponer los libros dañados o perdidos.

� ! En caso de traslado del alumno o alumna, el tutor o tutora, en cuanto tenga noticias de

ello, lo comunicará a la Secretaría del Centro y dejará los libros en depósito en el aula

hasta que se produzca el traslado.

� ! A partir del 10 de junio de cada curso escolar los alumnos o alumnas no podrán sacar

los libros de texto del Centro.

�! Para controlar el estado de los libros se seguirá el procedimiento establecido en este

Reglamento.

Normas y procedimientos de actuación de funcionamiento del Programa12

A)!Cuestiones previas de uso:

� ! El representante legal del alumno o alumna que no desee participar en el programa

de gratuidad en un determinado año académico lo comunicará al Centro en el

9 Vid. Artículos 4.1 y 5.1.c) de la Orden de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos. 10 Vid. instrucciones de la Dirección General de Participación e Innovación Educativa sobre el Programa de Gratuidad de Libros de texto. 11 Vid. “DOCUMENTO VIII. PLAN DE CONVIVENCIA” del Proyecto Educativo del Centro y Artículo 11.1.d) del Reglamento Orgánico de los colegios de educación infantil y primaria aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio. 12 Artículo 4.3 de la Orden de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

Page 10: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

10*

momento de formalizar la matrícula entregando cumplimentado el documento de renuncia

correspondiente.

� ! Los libros de texto del programa de gratuidad son propiedad del Centro. El alumno

o alumna debe reintegrarlos al Centro en el momento de su baja si se traslada a otro

Centro o una vez finalizado el curso escolar, salvo lo que se indica más adelante en

este caso para el primer ciclo. Desde la Dirección del Centro se les indicará a los

padres/madres o representantes legales las fechas y procedimientos para la devolución de los

libros.

�! El alumnado beneficiario del Programa de Gratuidad de libros de texto tiene la

obligación de hacer un uso adecuado y cuidadoso de los mismos13. Los padres/madres

o representantes legales deben concienciar a sus hijos e hijas de la necesidad de mantener

en buen estado los libros que tienen en depósito.

�! El deterioro culpable o malintencionado, así como la sustracción o el extravío de

los libros de texto supondrá la obligación, por parte de los padres, madres o

representantes legales del alumno o alumna, de reponer el material deteriorado,

extraviado o sustraído14. �! Los alumnos y alumnas dispondrán de dos tipos de libros:

o! Libros de primer ciclo en los que se podrá escribir. Generalmente sólo en los libros de trabajo de Lenguaje, Matemáticas, Ciencias Naturales, Ciencias Sociales y Plástica.

o! Libros en los que no se podrá escribir. El resto de libros de primer ciclo y en

todos los libros de segundo y tercer ciclo. Escribir en estos libros supone

dejarlo inutilizados para otros cursos y por tanto deberán ser repuestos por las

familias. Es conveniente advertir que no se escribirá en estos libros aunque

traigan ejercicios para ello.

�! El alumnado podrá llevarse a casa los libros de textos del Programa de Gratuidad

en las siguientes circunstancias:

o! El alumnado de segundo y tercer ciclo de Primaria se los podrá llevar siempre

que tengan previsto utilizarlos para estudiar o realizar actividades.

o! En el caso del alumnado del primer ciclo de Primaria, el Equipo de ciclo

tomará la decisión que considere más adecuada para preservar el material. Esta

decisión será transmitida a las familias y se acordará con ellas la forma de usar el

material en casa, en el supuesto de que se tome tal decisión.

B)!Faltas en relación con el cuidado del material y sus sanciones correspondientes.

Los artículos a los que se hacen referencia en este apartado son del Capítulo III. “Normas

de convivencia” del Título V del Reglamento Orgánico de los colegios de Educación Infantil

y Primaria aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio. �! Referente al deterioro se pueden dar dos casos15:

- El desperfecto se puede reparar y por tanto el material queda utilizable. Este

caso está recogido en el artículo 33.1.g. La corrección en este caso es aplicar lo

previsto en el artículo 34.2.c. Como medida reeducativa y para que el alumno o alumna

tome conciencia del daño producido se producirá apercibimiento oral o por �

escrito, según la edad del alumno o alumna, con la correspondiente información �

a los padres/madres o tutores legales. Se le advertirá que de repetirse la acción, ésta se

13 Ibíd. vid. artículos 4.1 y 5.1.c). Esta obligación también se recoge en el artículo 2.g del Reglamento Orgánico de los colegios de Educación Infantil y Primaria aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio. 14 Artículo 4.2 de la Orden de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de texto. 15 Se entiende que el material deteriorado puede ser el que use el propio alumno o alumna o el de sus compañeros o compañeras.

Page 11: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

11*

convierte en falta grave. Dada las características de los hechos, éstos no pueden

prescribir al mes ya que se aplicarán en el momento en que se detecte el daño,

independientemente del momento en que se produjo.

-! El material queda inutilizable debido al daño irreparable sufrido. Este caso está

previsto en el artículo 36.1.h. La corrección en este caso es reponer el material16

iniciando el procediendo previsto en el apartado C). Como medida reeducativa

y para que el alumno o alumna tome conciencia del daño producido se producirá �

apercibimiento oral o por escrito, según la edad del alumno o alumna. �

Dependiendo de las circunstancias se acordará con la familia la sanción que se �

vaya a aplicar según los artículos 37.1.a y 37.1.b. Dada las características de los �

hechos, éstos no pueden prescribir a los dos meses ya que se aplicarán en el

momento en que se detecte el daño, independientemente del momento en que �

se produjo. �! Referente al extravío de los libros se pueden dar dos circunstancias17:

-! No existe mala intención en la pérdida del material. En este caso la sanción

correspondiente es reponer el material18 iniciando el procediendo previsto en el

apartado C) sin tomarse medidas sancionadoras.

-! Se comprueba mala intención en la pérdida del material. Este caso se debe tratar

tal como se ha descrito en el apartado anterior referente al material que queda

inutilizable debido al daño sufrido, es decir reponer el material y tomarse medidas

sancionadoras.

C)!Procedimiento para la reposición de material por extravío o deterioro. Se pueden dar

dos casos:

�! Libros en los que se pueden escribir. En este caso el libro no va a ser utilizado en el

siguiente curso por otro alumno o alumna, por lo que se valorará, por parte del

tutor o tutora y de la Jefatura de Estudios, la conveniencia de que se reponga el

libro o no. Si se decide que no se reponga, los padres o tutores legales19 se deben

comprometer a compensar de algún modo la falta del libro para que la formación

del alumno o alumna no merme por ello (fotocopias, otro libro equivalente, etc.).

En caso contrario, para reponer el libro se seguirá el procedimiento descrito a

continuación.

�! Libros en los que no se pueden escribir. Se comunicará a las familias, con el

documento correspondiente, la obligación de reponer en el plazo de 10 días hábiles

el material perdido, quedando en el Centro constancia de la recepción por parte de

los padres/madres o tutores legales de dicho documento. Si en el plazo establecido el

material no ha sido repuesto, salvo que se demuestre que se está pendiente de

recibir dicho material20, se citará a los padres/madres o tutores legales para comunicarles

que de no reponerse el material perdido se iniciará el procedimiento para sancionar

al alumno o alumna21 previsto en el apartado H).

16 Según el artículo 4.2 de la Orden de 27 de abril de 2005 sobre el Programa de Gratuidad de libros de texto. 17 Se entiende que el material perdido puede ser el que use el propio alumno o alumna o el de sus compañeros o compañeras. 18 Según el artículo 4.2 de la Orden de 27 de abril de 2005 sobre el Programa de Gratuidad de libros de texto 19 Del alumno o alumna que haya extraviado el libro, sea suyo o de sus compañeros o compañeras. 20 Puede ser por la librería o comercio correspondiente u otro modo que considere los padres o tutores legales. 21 Según el artículo 8.3 de la Orden de 27 de abril de 2005 sobre el Programa de Gratuidad de libros de texto.

Page 12: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

12*

D)! Procedimiento para la devolución o recogida del material escolar al final del curso

escolar:

� ! Con idea de facilitar y garantizar la recogida del material, a partir del 10 de junio de

cada curso escolar los alumnos o alumnas no podrán sacar los libros de texto del

Centro, quedando depositados en el aula para su uso hasta el último día lectivo. El

profesorado comprobará que tiene todo el material del alumnado que se acoge al

Programa de Gratuidad y el estado del mismo para entregar en la Secretaría del

Centro antes del 16 de junio22 un listado de su clase en el que se indique:

-! Alumnado que no se acoge al Programa de Gratuidad. -! Alumnado que ha devuelto el material en buen estado. -! Alumnado que ha devuelto el material con daños reparables. -! Alumnado que ha devuelto el material con daños irreparables. -! Alumnado que no ha devuelto el material.

� ! En el momento en que en la Secretaría del Centro se disponga del listado anterior, se

pondrán en marcha los procedimientos que correspondan para cada caso previsto

en los apartados anteriores.

E)!Procedimiento para el almacenaje del material escolar al final del curso escolar:

Al finalizar el curso escolar, todos los libros de texto del Programa de Gratuidad se

empaquetarán, etiquetarán y clasificarán por cursos por los Equipos de ciclos. Se anotarán

las deficiencias que se hayan observado, tal como se indica en el apartado anterior, al objeto

de realizar reposiciones o hacer la correspondiente reclamación a los padres, madres o

representantes legales del alumnado.

Antes del 30 de junio se guardarán debidamente en los lugares que la Dirección del Centro

determine para ser trasvasados a comienzos de septiembre del curso siguiente a los cursos que

corresponda. Consulte en el apartado C.3.g) del Proyecto de Gestión para más información

sobre este procedimiento.

F)! Procedimiento para la donación del material al alumno o alumna al final del curso

escolar23:

�! Los libros de texto de primer ciclo que está permitido escribir en ellos y que por

tanto no son utilizables en el curso siguiente por otro alumno o alumna serán

cedidos al alumnado que los venía utilizando al final del curso escolar.

Generalmente son los libros de trabajo de Lenguaje, Matemáticas, Ciencias Naturales,

Ciencias Sociales y Plástica.

G)! Procedimiento para la devolución del material en caso de traslado del alumno o alumna a otro Centro:

�! En el momento en que los padres/madres o tutores legales del alumnado que se haya

acogido al Programa de Gratuidad comunican el traslado de Centro de su hijo o hija,

se les solicitará los materiales para dejarlos en depósito en el aula para su uso hasta

el momento en que se produzca el traslado. El tutor o tutora comprobará el estado del

22 Durante este plazo el tutor o tutora reclamará a los alumnos o alumnas el material correspondiente antes de iniciar el procedimiento previsto en el apartado C). 23 Previstos en las Instrucciones de la D.G. de Participación y Solidaridad en la Educación sobre el Programa de gratuidad de los libros de texto.

Page 13: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

13*

material y lo comunicará a la Secretaría del Centro para iniciar los procedimientos

de reposición en caso necesario. El lote de libros se almacenará donde determine el

Secretario o Secretaria.

�! En el caso de no ser devuelto el material o que el alumno o alumna se traslade de

Centro sin comunicarlo previamente se procederá a localizar a los padres/madres o tutores

legales por mediación del Centro donde se ha producido el traslado. Una vez

localizados se les enviará un escrito indicando la obligación de reponer el material

en el plazo de 10 días hábiles. Si el escrito no surte efecto y dado que no se puede

seguir con lo previsto en el apartado H), se comunicará a la Delegación Territorial

de Educación para que conste el motivo de la baja del material.

�! En caso de alumnos o alumnas de primer ciclo que se trasladen durante el tercer

trimestre se valorará por parte del tutor o tutora y de la Jefatura de Estudios la conveniencia

de que se devuelva el libro o no según se tenga previsto si podrá ser utilizado por

otro alumno o alumna hasta el final de curso.

H)!Procedimiento en caso de no ser devuelto el material después de ser reclamado por el

Centro: Tener en cuenta dos situaciones:

� ! Si el alumno o alumna es de primer ciclo y debe devolver algunos de los libros que

le está permitido escribir. En este caso no es necesario solicitar nuevo material en el

curso siguiente aunque el alumnado sale perjudicado en el curso actual. En este

caso puede mermar su formación. Al ser de menor edad y dada esta observación

anterior, la sanción es diferente que en el siguiente caso.

�! Alumnado de primer ciclo con libros en los que no le está permitido escribir o

alumnado de segundo o tercer ciclo. En este caso habría que pedir material nuevo

en el curso siguiente con lo que habría que justificar que ha sido reclamado a los

padres/madres o representantes legales y que se ha sancionado según prevé la normativa.

En ambos casos la Comisión Permanente del Consejo Escolar determinará, estudiando

las circunstancias de cada caso en particular, la sanción más eficaz y reeducativa posible.

Las medidas podrían ser:

-! Comunicarlo a la Delegación Territorial de Educación. -! Amonestación oral o por escrito. -! No permitirle sacar los libros del Centro en el curso siguiente.

I)! Procedimiento para la entrega de los libros de texto al comenzar el curso

� ! A comienzos del curso escolar, la Secretaría del Centro procederá a repartir entre los

distintos grupos los diferentes lotes de libros de texto almacenados. Esta actuación

se realizará con el alumnado de segundo y tercer ciclo de Educación Primaria. El

alumnado del primer ciclo de Educación Primaria traerá los libros que hayan

adquirido su familia con el correspondiente cheque-libro.

�! El tutor o tutora -o profesorado correspondiente- deberá pegar la etiqueta de

identificación de cada libro, si no la tuviera, indicando en ella el nombre del alumno

o alumna que tiene asignado ese libro24. Registrará en la plantilla que le entregará la

Secretaría del Centro la relación de libros entregados y alumnado depositario.

24 Vid. Artículo 4.4 de la Orden de 27 de abril de 2005, por la que se regula el programa de gratuidad de los libros de texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

Page 14: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

14*

�! Les comentará a sus alumnos y alumnas el buen uso que deben hacer de los libros entregados

-recomendándoles que los forren- y que sus padres, madres o representantes

legales se verán obligados a reponer todos aquellos que se pierdan o deterioren.

� ! La familia firmará a comienzo de curso un documento donde se dan por enterado

de las normas de uso del Programa de Gratuidad según el modelo que como Anexo

II se adjunta a este Reglamento.

C. NORMAS SOBRE ENTRADA Y TENENCIA DE ANIMALES EN EL CENTRO

La normativa utilizada para regular los aspectos de este apartado es la siguiente:

�! Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales

Potencialmente Peligrosos.

�! Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de

diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

�! Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente

peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

�! Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales de la Junta de Andalucía.

�! Decreto 92/2005, de 29 de marzo, por el que se regulan la identificación y los registros de

determinados animales de compañía en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

�! Orden de 14 de junio de 2006, por la que se desarrolla el Decreto 92/2005, de 29 de marzo,

por el que se regulan la identificación y los registros de determinados animales de compañía en la

Comunidad Autónoma de Andalucía.

�! Orden de 19 de abril de 2010, por la que se establecen los tratamientos obligatorios de los

animales de compañía, los datos para su identificación en la venta y los métodos de sacrificio de los

mismos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

�! Ordenanza Municipal de protección medio ambiental del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera.

1.! Es preceptivo comunicar a la Dirección del Centro cuando se vayan a traer animales o

tenerlos en el aula. Las personas que traigan o tengan animales en el aula aceptarán

estas normas incondicionalmente. En el caso de menores de edad, serán los padres/madres o

tutores legales los que acepten estas normas.

2.! En estas normas se entiende por entrada de animales a la estancia en el Centro por un

día o intervalo menor y se entiende por tenencia a la permanencia en el aula por el

tiempo que considere el tutor o la tutora. No obstante, la Dirección del Centro podrá

tomar la decisión de determinar, para ambos casos, el tiempo de permanencia de los

animales en el Centro si las circunstancias así lo aconsejen.

3.! Sólo está permitida la entrada de animales al Centro con finalidad educativa. En general,

los considerados como animales de compañía, animales de granja y algunos

invertebrados. En todo caso serán los animales indicados en el anexo C-I de este

apartado. Dicho anexo podrá ser revisado cuando la Dirección del Centro así lo

considere. Otros animales no incluidos en este anexo C-I requerirán la autorización

expresa de la Dirección del Centro. Queda exento de esta regulación los perros guías de

personas con déficit visual, los cuales deberán venir al Centro en las condiciones que

establece su normativa en vigor.

4.! Sólo está permitida la tenencia en el aula de los animales indicados en el anexo C-II de

este apartado, los cuales quedan bajo la responsabilidad del tutor o tutora.

Page 15: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

15*

5.! La reproducción de animales se realizará presentando un proyecto a la Dirección del

Centro y en todo caso con los animales indicados en el anexo C-II y anexo C-III de este

apartado. Los animales no incluidos en el anexo C-II se podrán tener en el Centro

durante un periodo de diez días a partir de su nacimiento.

6.! Los animales a los que les esté permitida la entrada al Centro deberán venir en jaulas, �

con correa o en recipientes adecuados que impidan la producción de daños o lesiones al �

alumnado y personal del Centro. Los gatos, conejos, hámsters, ardillas, gallinas,

periquitos, ninfas y agapornis se traerán en su correspondiente jaula, no pudiéndose �

sacar de ella durante su estancia en el Centro. La manipulación de los animales por el �

alumnado debe hacerse extremando las precauciones para impedir daños y evitando en �

lo posible sacarlos de sus jaulas o recipientes.

7.! Los perros se traerán con correa no extensible de menos de dos metros de longitud por

personas mayores de edad y, si fuera necesario, con un bozal homologado y adecuado

para su raza. Sólo se permitirá un perro por persona. No podrá tenerse en el Centro dos

perros a la vez, salvo que normalmente convivan juntos.

8.! No está permitida la entrada ni tenencia de animales considerados potencialmente

peligrosos, ni animales considerados como fauna protegida o en peligro de extinción.

9.! Sólo está permitida la entrada y tenencia de animales adquiridos legalmente en tiendas autorizadas o descendientes de éstos.

10.!En todo caso no se permitirá la entrada ni tenencia de animales que puedan inocular

veneno, agredir o morder. Igualmente se aplicará esta norma para aquellos animales que

hayan manifestado agresividad o hayan agredido a personas u otros animales, aún

siendo de razas consideradas no agresivas. No obstante, si durante la estancia en el

Centro se manifestase agresividad, la persona que lo haya traído deberá sacarlo del

Centro inmediatamente y si no fuese posible se deberá aislar al animal hasta que sea

recogido.

11.! Para permitir la entrada de perros, gatos, periquitos, ninfas y agapornis será preceptivo

la presentación de la correspondiente cartilla sanitaria con las vacunaciones y

tratamientos, la cual deberá estar actualizada.

12.! La Dirección del Centro podrá impedir la entrada de aquellos animales que, a su juicio,

presenten dudas en su catalogación, procedencia, vacunación o tratamientos

preceptivos hasta que esta no sea confirmada. Será la persona que los traiga o tenga -o

los padres/madres o tutores legales, en caso de menores de edad- la responsable de demostrar

la catalogación, procedencia, vacunaciones y tratamientos del animal. Igualmente, dicha

persona será la responsable de las consecuencias que se deriven de su pertenencia y

permanencia en el Centro. Aun así, la Dirección del Centro tomará la decisión que

considere oportuna siendo esta irrevocable.

13.! Se impedirá la entrada y tenencia de animales que no reúnan las adecuadas condiciones

higiénico-sanitarias y carezcan de los cuidados y atenciones necesarios de acuerdo con

las necesidades fisiológicas y características propias de la especie o raza del animal. Será

la Dirección del Centro la que valore este aspecto siendo irrevocable su decisión.

14.!Las personas que traigan animales están obligados a recoger las defecaciones y limpiar

las suciedades en caso que se produzcan. Para ello, deberán venir provistos del material

necesario. En caso de menores de edad serán los tutores o tutoras los responsables de

la limpieza. Ésta se llevará a cabo inmediatamente.

****

Page 16: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

16*

15.!Las personas -o los padres/madres o tutores legales, en caso de menores de edad- deberán

reparar los daños que se produzcan por la presencia del animal. La reparación de daños

se realizará inmediatamente o en el plazo más breve posible.

16.!Las personas que traigan animales al Centro -o los padres/madres o tutores legales, en caso

de menores de edad- asumen las responsabilidades que de ello se puedan derivar.

17.! Se faculta a la Dirección del Centro para establecer otras normas no previstas en este

reglamento o modificarlas cuando las circunstancias así lo aconsejen.

Anexos sobre entrada y tenencia de animales en el centro:

Anexo C-I a. Perros (que no sean considerados potencialmente peligrosos) y gatos.

b.! Pájaros25 y palomas. c.! Periquitos, ninfas y agapornis.

d.! Peces, tortugas y ranas .

e.! Gallinas, patos, codornices y perdices.

f. Conejos, hámsters y ardillas. g.! Terrario de hormigas y gusanos de seda.

Anexo C-II

a. Pájaros26

b.! Peces, tortugas y ranas.

c.! Codornices. d.! Terrario de hormigas y gusanos de seda.

Anexo C-III

a. Gallinas, patos, pavos y perdices. 25 Debido a la variedad de pájaros, se elaborará un anexo IV con la relación de pájaros permitidos 26 Ídem

Page 17: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

17*

CAPÍTULO VI. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN Y PREVENCIÓN DE

RIESGOS

Este apartado se desarrolla según lo previsto en el artículo 24.2.f) y 24.2.j) del Reglamento Orgánico

del Centro aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio. Por otro lado, está vinculado con la

Orden de 16 de abril de 2008, por la que se regula el procedimiento para la elaboración, aprobación

y registro del Plan de Autoprotección y al Manual de Seguridad en los Centros educativos editado por

la Consejería de Educación.

A. PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

Disponemos de tres documentos en relación al PLAN DE AUTOPROTECCIÓN:

*El Plan de Autoprotección Escolar (PAE). Elaborado con la utilidad facilitada

por el Sistema Séneca. Se presenta como documento anexo al Plan de Centro. Este

PAE se revisa anualmente a comienzos de curso y �

se recoge en el Sistema de Información Séneca. El PAE está disponible en la Dirección del Centro y

en el vestíbulo de entrada.

* PLAN DE EMERGENCIA. Este documento por cuestiones prácticas y de operatividad también se

presenta como documento anexo al Plan de Centro, el cual también se revisa anualmente a comienzos

de curso. El Plan de Emergencia está disponible en la Dirección del Centro y en el vestíbulo de

entrada. En este Plan de Emergencia se detallan los siguientes protocolos de actuación:

•! Procedimiento para la evacuación. •! Protocolo de comunicación de emergencia. •! Protocolo en caso de accidentes escolares . •! Protocolo en caso de desaparecidos. •! Protocolo en caso de incendio o explosiones. •! Protocolo en caso de amenaza de bomba. •! Protocolo en caso de inundaciones. •! Protocolo en caso de temporales de viento o lluvia. •! Protocolo en caso de desplome de construcción. •! Protocolo en caso de terremotos.

*PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN previstos en el PLAN DE CONVIVENCIA

•! Protocolo de actuación en caso de ACOSO ESCOLAR. •! Protocolo de actuación en caso de MALTRATO INFANTIL. •! Protocolo de actuación en caso de VIOLENCIA DE GÉNERO. •! Protocolo de actuación en caso de AGRESIÓN AL PERSONAL. •! Protocolo de actuación sobre IDENTIDAD DE GÉNERO en el sistema educativo andaluz.

Estos PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN están disponibles en el Plan de Centro y en la Jefatura de

Estudios/Dirección.

Page 18: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

18*

Definición del Plan de Autoprotección:

El Plan de Autoprotección del Centro es el conjunto de actuaciones y medidas

organizativas adoptadas por el Centro, con sus propios medios y recursos, encaminadas a

prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, planificar las actuaciones de

seguridad tendentes a neutralizar o minimizar accidentes y sus posibles consecuencias, y dar

respuestas adecuadas a las posibles situaciones de emergencia hasta la llegada de las ayudas

externas. A tales efectos, sirve para prevenir riesgos, organizando las actuaciones más �

adecuadas con los medios humanos y materiales propios disponibles en el Centro,

garantizando la intervención inmediata y la coordinación de todo el personal: profesorado, �

alumnado y personal no docente, así como la colaboración con los Servicios Locales de

Protección Civil y otros servicios de emergencia.

Objetivos del Plan de Autoprotección:

•! Proteger a las personas y los usuarios del Centro, así como los bienes, estableciendo una

estructura y unos procedimientos que aseguren las respuestas más adecuadas ante las

posibles emergencias.

•! Facilitar a la estructura organizativa del Centro los instrumentos y recursos en relación

con la seguridad y control de las posibles situaciones de emergencia.

•! Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de establecer

protocolos de actuación y hábitos de entrenamiento para solventar situaciones de

emergencia de diversa índole.

•! Conocer el Centro y su entorno, los focos de peligro reales, los medios disponibles y las

normas de actuación en el caso de que ocurra un siniestro, estudiar las vías de

evacuación y las formas de confinamiento, y adoptar las medidas preventivas

necesarias.

•! Garantizar la fiabilidad de todos los medios de protección y disponer de un equipo de

personas formadas, informadas, adiestradas y organizadas que garanticen rapidez y

eficacia en las acciones a emprender ante las emergencias.

•! Realizar el mantenimiento preventivo de las instalaciones, la detección y eliminación de

los riesgos, definiendo una organización que implante y actualice el Plan de

Autoprotección.

•! Posibilitar la coordinación entre los medios de emergencias externos y el Centro, para

optimizar las medidas de prevención, protección e intervención, garantizando la

conexión con los procedimientos y planificación de ámbito superior.

Elaboración, revisión y aprobación del Plan de Autoprotección:

Corresponde al Equipo directivo del Centro coordinar la elaboración del Plan de Autoprotección,

con la participación del Coordinador o Coordinadora de Centro del Plan Andaluz de Salud

Laboral y Prevención de Riesgos Laborales, quien deberá cumplimentar, con el visto bueno

de la Dirección, la documentación requerida del Plan de Autoprotección, así como un Informe del

mantenimiento preventivo de las instalaciones, donde queden reflejadas las medidas de seguridad

y las inspecciones realizadas. Los datos del informe se grabarán en el Sistema Séneca y se remitirá

a la Delegación Territorial de Educación, e incluirá la fecha de la última revisión, la empresa o

empresas acreditadas que revisaron las instalaciones y, en su caso, las observaciones, las mejoras

propuestas y el informe favorable (o desfavorable) emitido por la misma.

Page 19: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

19*

Se deberá proceder a la revisión periódica del PAE, durante el

primer trimestre de cada curso escolar, tras la realización del obligatorio ejercicio de

simulacro, para adaptarlo a los cambios producidos en las condiciones del edificio y de los

medios de protección disponibles, y para incorporar las mejoras que resulten de la

experiencia acumulada. Las modificaciones del citado Plan de Autoprotección deberán

ser aprobadas en el Consejo Escolar, incluirse en el Plan de Centro y grabarse en el Sistema

Séneca.

Al elaborar el Plan de Autoprotección, se determinará el organigrama de responsabilidades y

funciones que deberá llevar a cabo el conjunto de personas usuarias del Centro y los protocolos

de actuación.

En el Capítulo I de este Reglamento se detallan los aspectos relacionados con:

�! Equipos de Intervención en Emergencias.

�! Coordinador o coordinadora de Centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y

Prevención de Riesgos Laborales. �! Funciones de la Comisión Permanente en materia de autoprotección.

Una vez elaborado o revisado el PAE, se deberá enviar una copia al Servicio competente en materia de Protección Civil y Emergencias del Ayuntamiento27.

Realización de simulacros de evacuación de emergencia

!!!•!Al menos una vez en cada curso escolar deberá realizarse un simulacro de evacuación o

de confinamiento. Se hará, por regla general, sin contar con ayuda externa de los

Servicios de Protección Civil o de Extinción de Incendios, sin perjuicio de que el

personal dependiente de los citados servicios pueda asistir como observador durante la

realización de los simulacros. La participación en los simulacros es obligatoria para

todo el personal que esté presente en el Centro en el momento de su realización.

!!!!•!Los simulacros de evacuación o de confinamiento no deben hacerse simulando

situaciones reales de emergencia que impliquen el uso de elementos peligrosos, tales

como botes de humo, bengalas, fuego u otros.

!!!!•!Con antelación suficiente a la realización de un simulacro de evacuación o de

confinamiento la Dirección del centro debe comunicarlo a los Servicios Locales de

Protección Civil, Extinción de Incendios y Policía Local, a fin de evitar alarmas

innecesarias entre la ciudadanía.

•! En la semana previa a la realización de un simulacro de evacuación o de confinamiento,

la Dirección del centro informará a la Comunidad Educativa acerca del mismo, a fin de

evitar alarmas innecesarias, sin indicar el día ni la hora prevista. Se elaborará un informe donde

se recojan las incidencias del mismo que se grabará en el Sistema Séneca. La Dirección del

Centro deberá comunicar a los Servicios de Protección Civil y Extinción de Incendios las

incidencias graves observadas durante el mismo que puedan afectar al normal desempeño de

sus funciones en caso de emergencia.

27 De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 13 de octubre de 1999, por el que se determina la entrada en vigor del Plan Territorial de Emergencia de Andalucía, y en cumplimiento del Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario que se celebren en Andalucía, y en las normas de desarrollo posterior.

Page 20: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

20*

Seguimiento y control de los accidentes e incidentes en el Centro.

En el caso de que ocurriese algún accidente o incidente que afecte al alumnado o al

personal del Centro, se procederá a comunicarlo a la Dirección del Centro lo antes posible.

Una vez tenga conocimiento de ello, la Dirección lo comunicará, si procede, a la

Delegación Territorial de Educación, vía fax, en el plazo de 24 horas, si la valoración

médica realizada por un facultativo es considerada como grave, y en un plazo máximo de

cinco días, cuando no fuese grave. A tal efecto se registrará el incidente en el Sistema

Séneca y se enviará dicho documento a la Delegación Territorial de Educación.

B. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Los diferentes aspectos relacionados con la prevención de riesgos laborales que se incluyen a

continuación deben ser consideradas como una serie de actuaciones encaminadas a paliar los posibles

daños producidos en los Centros. En este sentido se relacionan una serie de recomendaciones que podrán

se ampliadas según la experiencia acumulada.

Medidas preventivas:

•! Se revisarán periódicamente los medios disponibles para intervenir en caso de

emergencia (extintores, alarmas y BIEs), así como el resto de instalaciones existentes

(agua, electricidad, comunicaciones, etc.) Dichas revisiones se efectuarán por empresas

homologadas y acreditadas según la normativa vigente.

•! Cuando se detecten deficiencias o carencias graves en las infraestructuras, instalaciones

o equipamientos escolares que comporten riesgos significativos para la seguridad del

Centro, o dificulten o impidan la correcta evacuación del mismo, la Dirección del Centro

lo comunicará a la Delegación Territorial y ésta derivará dicho informe a los

organismos o entidades a quienes les corresponda la subsanación.

•! Se deberá señalizar los locales que por sus propias características son potencialmente

peligrosos (almacenes, cuarto de limpieza, cuarto eléctrico, etc.), las vías de evacuación y

las zonas de tránsito, los medios de protección, emergencia, socorro y salvamento.

•! Las vías y salidas de evacuación, así como las vías de circulación que den acceso a ellas,

no deberán estar obstruidas por ningún objeto de manera que puedan utilizarse sin

trabas en cualquier momento.

C. NORMAS SANITARIAS, DE SEGURIDAD E HIGIENE

� ! Como norma general, se seguirán los Protocolos de Actuación previstos en el Plan de Emergencia y en el Plan de Convivencia.

�! Se observarán las normas establecidas en el Manual de Seguridad en los Centros

educativos editado por la Consejería de Educación. Se adjunta a este Reglamento un

Anexo X con un extracto de este Manual.

�! A comienzos de curso se deben actualizar los datos de localización de las familias y �

advertirles que están obligados a mantenerles informados si se producen cambios en

estos datos de contacto. Consulte el apartado 5 del Capítulo III del Plan de Orientación

y Acción Tutorial, en el que se expone la existencia de la “Carpeta de datos judiciales, personales

y relevantes del alumnado” y la “Carpeta de datos �médicos” del alumnado. Igualmente

en el Anexo I del Plan de Orientación y Acción Tutorial, se expone un modelo de ficha de “Datos

relevantes” que debe rellenar las familias y recoger el tutor o tutora a comienzos de curso.

Page 21: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

21*

� ! Es importante tener uno o varios teléfonos de contacto de la familia para localizarla en

caso de enfermedad o que hayan alumnos/as que no sean recogidos a la salida al finalizar la

jornada.

�! Es obligación de los padres, madres o tutores legales procurar el cuidado y atención

necesarias cuando su hijo o hija está enfermo, por lo que no tiene justificación en

ningún caso el hecho de enviar un niño o niña enfermo al colegio.

1. Actuación en caso de emergencia, enfermedad o accidentes

� ! En general, tener en permanente observación al alumnado accidentado o enfermo hasta

tanto no vengan a recogerlo los familiares o sean atendido por los servicios sanitarios.

�! Cuando algún alumno o alumna sufra un accidente en el colegio, el maestro o maestra

que más cerca se encuentre lo atenderá, valorará la gravedad y aplicará la primera

medida si es necesario.

� ! En los casos de accidentes escolares de nivel 3 o 428 se llamará a los servicios médicos

antes que a la familia.

�! En caso de que algún alumno o alumna enferme en el colegio, el maestro o maestra

avisará a los familiares para que venga a hacerse cargo de su hijo o hija, salvo que se

presente un cuadro que se presuma de gravedad, en cuyo caso se actuará como

enfermedad o accidente de nivel 2 o superior29.

�! En caso de accidente de algún alumno o alumna estando en el Centro se procederá,

según su urgencia, a su traslado al Centro Sanitario correspondiente o a avisar a los

familiares para que lo recojan y le den la atención que precise. En este segundo

supuesto, y hasta tanto no acudan los familiares, el alumno será atendido en el Centro

en permanente observación.

�! Cuando se vaya a llamar a una familia para comunicarle el accidente o enfermedad de

su hijo/a (en los casos de accidentes escolares de nivel 2 “Accidentes o golpes de cierta

gravedad. Golpes en la cabeza y enfermedades de gravedad. Otorragias”) -en caso que

no sea urgente- preguntarle si ellos van a llevar a su hijo/a a urgencias o prefieren que

lo lleve el profesorado. En este segundo supuesto, la familia deberá acudir al lugar

donde se haya trasladado al alumno o alumna.

�! Cuando una familia, después de comunicarle un accidente o enfermedad de su hijo o

hija, manifiesta que continúe en el colegio, deberá rellenar un documento de

información similar al que aparece como Anexo IV de este Reglamento.

� ! Los traslados al Centro de salud se realizarán por las siguientes personas en este orden:

1º.!Tutor o tutora del alumno o alumna.

2º.!Profesor/a de refuerzo educativo o profesor/a de apoyo en Educación Infantil(si la hubiera).

3º.!Profesor/a que designe la Dirección del Centro.

�! Se deben usar siempre guantes higiénicos cuando se esté curando al alumnado.

�! En caso de necesidad, la colocación de la cánula de Guedel se debe hacer con urgencia. 28 Los accidentes se catalogan del siguiente modo: Accidentes leves (Nivel 1) Pequeños accidentes o golpes (excepto golpes en la cabeza). Enfermedades de poca gravedad. Accidentes graves (Nivel 2) Accidentes o golpes de cierta gravedad. Golpes en la cabeza y enfermedades de gravedad. Otorragias. Accidentes muy graves (Nivel 3) Accidentes o enfermedad que requiera la intervención de ambulancias o médicos. Accidentes muy graves (Nivel 4) Accidente múltiple que requiera la intervención de varias ambulancias o médicos. 29 Ibídem

Page 22: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

22*

2. Administración de medicamentos

� ! Nos podemos encontrar con enfermedades cuyo tratamiento tiene una periodicidad de administración de medicamentos determinada y tratamientos en caso de urgencia.

� ! Cuando un alumno o alumna necesite medicación, se procurará que sea la familia la que

administre el medicamento salvo casos de urgencia. En todo caso será por prescripción

médica, el profesorado debe conocer el diagnóstico y la prescripción del medicamento

y lo comunicará al siguiente maestro o maestra que continúe con el alumno.

�! Como norma general, el profesorado no proporcionará al alumnado ninguna

medicación salvo que sea urgente o se cumplan los requisitos establecidos.

�! Cuando la familia administre algún medicamento en el Centro, deberá rellenar el documento de información que aparece como Anexo VIII de este Reglamento.

�! El profesorado en caso de urgencia sólo administrará medicamentos de uso tópico, por vía oral,

sublingual, inhalatoria o rectal o los que no necesiten cualificación.

�! En casos de que el alumno/a necesite tratamiento de urgencia, la familia deberá

comunicar previamente al Centro la necesidad de este tratamiento y deberá firmar el

consentimiento expreso según el Anexo V de este Reglamento.

�! Cuando no fuese posible que la familia administre el medicamento, el profesorado

deberá pedir la siguiente documentación a la familia:

o! Escrito de solicitud de la familia, según el modelo que como Anexo VI se

acompaña a este Reglamento, pidiendo que se le administre a su hijo o hija la

medicación y exponiendo las razones por las que no pueden hacerlos ellos y que

no puede realizarse fuera del horario escolar.

o! Un informe médico escrito y detallado especificando, entre otras cosas, los

motivos y la periodicidad de administración del medicamento (horario, días, etc.)

y posibles reacciones. o! El consentimiento expreso de la familia según el Anexo VII de este Reglamento.

3. Actuación en casos de pediculosis30

�! Los docentes tienen una labor que hacer en tutoría con las familias desde Educación Infantil

orientándoles sobre normas básicas y pautas de aseo e higiene personal en casa.

�! Cuando existan indicios de presencia de piojos en la clase se informará a la Jefatura de

Estudios y se seguirán los pasos indicados a continuación para realizar las actuaciones

correspondientes e informar a la familia correctamente:

1.! Notificar colectivamente a las familias del grupo para que extremen las medidas de higiene y preventivas (como por ejemplo supervisión del pelo de sus hijos e hijas).

2.! Si lo anterior no diera resultado, citar a tutoría a la familia del alumnado afectado

para explicarles el procedimiento del tratamiento y prevención y recomendarles que acudan a su pediatra o farmacéutico si lo ven necesario. Se recomienda discreción a

la hora de solicitar la colaboración de los padres y madres, pues el riesgo de contagio

puede ser un argumento para que los alumnos/as no vengan al colegio. Del mismo modo

una publicidad no controlada que identifique al menor en cuestión, puede también

vulnerar su “derecho a la intimidad”.

3.! En caso de familias reincidentes hay que citarlas de nuevo para derivarlas a su

pediatra ya que puede que no sigan el tratamiento correctamente.

4.! Si persiste la infestación, se informará a la Dirección para que lo comunique al

Trabajador/a Social de su Centro de Salud, para que éstos o los Servicios Sociales

del Ayuntamiento asesoren a las familias y sigan los pasos adecuados.

30 Según las pautas de intervención, elaboradas por los médicos de los Equipos de Orientación Educativa para que el centro actúe ante los casos de piojos.

Page 23: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

23*

4. Normas de seguridad e higiene

Respecto al edificio, mobiliario y material:

� ! Las puertas de las aulas y pasillos tienen que estar despejadas para permitir la salida del

alumnado, así como no dejar objetos que obstaculicen el paso (mochilas, cajas, etc.).

�! No es admisible clausurar o cerrar con llave, aún con carácter provisional, las puertas

de paso y salida de ocupantes, durante el periodo de funcionamiento del Centro. �! No se debe tapar el ventanillo de las aulas y dependencias.

�! No se colocará mobiliario en las paredes donde existan huecos o ventanas al exterior. �! Los aparatos eléctricos no tienen que estar al alcance de los alumnos y alumnas. Se

usarán siguiendo las instrucciones de uso y de forma que los alumnos y alumnas no

corran riesgos eléctricos o peligro alguno.

� ! Cualquier aparato que produzca calor se usará de forma que los alumnos y alumnas no corran riesgos eléctricos o peligro de quemaduras.

�! Respecto a los vídeo-proyectores se deben tener las siguientes precauciones. o! Cumplir con las normas de seguridad al usar las pizarras digitales y equipos.

o! No se debe mirar directamente al haz de luz de los vídeo-proyectores. o! Dar la espalda al proyector cuando usen la pizarra digital interactiva y, como norma

general, alejarse del haz de luz del proyector cuando miren a la clase.

o! No se debe tocar el proyector, dado que puede alcanzar temperaturas muy altas.

Respecto al comportamiento de las personas:

� ! Los alumnos/as que detecten casos de acoso o maltrato por parte de sus compañeros o

compañeras, tanto a ellos o ellas como a otros u otras, deben exponerlo a su tutor/a o a la

Jefatura de Estudios. En todos los casos se mantendrá la discreción para con ellos.

�! Las salidas del alumnado del Centro siempre estarán autorizadas por escrito por sus

padres, madres o tutores legales. Bajo ningún pretexto se debe realizar la salida del

Centro sin la correspondiente autorización.

�! Seguir rigurosamente los procedimientos establecidos cuando se hacen los simulacros

de evacuación.

� ! Al salir del Centro cuando ya no esté el conserje, debemos cerrar la puerta de cristal de

la entrada para evitar el acceso de personas ajenas al Centro.

Respecto a la higiene:

�! El uso de productos de limpieza personal (gel limpiamanos) por parte del alumnado,

solo está permitido si no tiene componentes alcohólicos o derivados.

� ! En aquellos casos en los que el alumnado requiera la intervención del padre o la madre

para cambiarlo de ropa, limpiarlo o cualquier otra necesidad, el tutor/a o profesorado

afectado intentará localizar a su padre, madre o familiar mayor de edad para ello.

Page 24: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

24*

CAPÍTULO VII. GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL CENTRO

A. GESTIÓN DE LOS RECURSOS HUMANOS

Los recursos humanos son todas aquellas personas que trabajan y están al servicio del Centro. La

gestión de estos recursos humanos recae sobre el Equipo directivo, asumiendo cada uno las funciones

que tiene atribuida. Constituyen dos grupos diferenciados: 1.! Personal docente:

a.! Profesorado de Educación Infantil y de Educación Primaria. b.! Profesorado de apoyo externo: orientador/a, logopeda y profesorado de ATAL.

c.! Monitores de los servicios del Plan de Apertura. 2.! Personal de administración y servicios:

a.! Portero-cuidador. b.! Auxiliar administrativo.

c.! Personal de limpieza. d.! Personal de vigilancia de las actividades extraescolares del Plan de Apertura.

Consulte en el Proyecto de Gestión la organización de estos recursos en los siguientes aspectos: a)! Jefatura del personal del Centro.

b)! Régimen de suplencia del Equipo directivo.

c)! Planificación de la Plantilla del profesorado.

d)! Jornada laboral del personal. e)! Control de la asistencia del personal.

f)! Solicitud de permisos y licencias y justificación de las ausencias.

g)! Planificación de la jornada los días de huelga.

h)! Prevención de riesgos laborales.

i) Criterios para la gestión de sustituciones.

j) Procedimiento a seguir en caso de ausencia del profesorado.

Todo lo concerniente a jornada semanal y horario del profesorado se detalla en el documento “DOCUMENTO XII. CRITERIOS PARA ORGANIZAR Y DISTRIBUIR EL TIEMPO ESCOLAR. OBJETIVOS Y PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN EL TIEMPO EXTRAESCOLAR. CRITERIOS PARA DETERMINAR EL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE” del Proyecto Educativo del Centro.

Por otra parte, en este Reglamento de Organización y Funcionamiento se concretan los siguientes aspectos:

-! En el Capítulo II, apartados F y G, se desarrolla los aspectos respecto a la función

docente del personal docente.

-! El Capítulo V, apartados E y F, se refiere a las normas y vigilancia en los tiempos

de recreo.

-! En el Capítulo V, apartado H, se detallan normas en dependencias y aulas.

-! El Capítulo V, apartado I, se refiere al uso de equipos informáticos y electrónicos.

-! En el Capítulo VI se detallan diferentes procedimientos de actuación en el que

interviene directamente el profesorado.

-! Y por último en el Capítulo VII, se detallan diferentes aspectos relativos a

la prevención de riesgos laborales y al Plan de Autoprotección.

Page 25: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

25*

B. GESTIÓN DE LOS ESPACIOS, AULAS E INSTALACIONES

Debemos distinguir entre las instalaciones e infraestructura del Centro y los recursos materiales.

La gestión de las instalaciones e infraestructura le corresponde al Director o Directora del Centro,

las competencias para gestionar los recursos materiales las tiene el Secretario o Secretaria.

El Consejo Escolar podrá promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo

escolar31 dirigiéndose a la Comunidad Educativa32 del Centro o a la Administración competente. Por

otra parte, el Equipo de Recursos33 y la Comisión Permanente34 intervendrán en la gestión de

estos recursos, dentro de las limitaciones que se establecen en este Reglamento y en el Proyecto de

Gestión del Centro.

Partimos de la base que la Comunidad Educativa tiene una responsabilidad directa en el

cuidado y mantenimiento de las dependencias, instalaciones y equipamiento del Centro, los

cuales deben velar por la conservación tanto del edificio como de cualquier otro elemento

material del Centro. En caso de deterioro producido por mal uso, con intencionalidad o no,

en las dependencias, instalaciones y equipamiento del Centro, se aplicará lo previsto en el

Plan de Convivencia y, si fuera necesario, se reunirá a la Comisión de Convivencia

para dictar otras normas de actuación. En todo caso, la persona o responsables legales se

harán cargo de su reparación o reposición

En cuanto al mantenimiento y vigilancia del Centro, la disposición adicional decimoquinta de la Ley

Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que la conservación, el mantenimiento y la

vigilancia de los edificios destinados a centros públicos de Educación Infantil y de Educación Primaria,

corresponderán al municipio respectivo35.

En el Proyecto de Gestión se especifican aquellos aspectos relacionados con:

- Mantenimiento, gestión, conservación y renovación de las instalaciones. �

- Embellecimiento, limpieza y decoración del Centro.

- Gestión sostenible de los recursos y residuos.

31 Artículo 50.j) del Reglamento Orgánico de los colegios de Educación Infantil y Primaria aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio 32 Profesorado, alumnado, padres y madres, monitores y monitoras del Plan de Apertura (Aula matinal, comedor y Actividades extraescolares) y personal de administración y servicios. 33 Vid. Capítulo I.F de este Reglamento de Organización y Funcionamiento. 34 Vid. Capítulo I.A.3.1 de este Reglamento de Organización y Funcionamiento. 35 Recogido igualmente en el artículo 51 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades locales de Andalucía en el que establece que las Entidades Locales tienen la obligación de conservar, proteger y mejorar sus bienes, entendiendo, según el artículo 4 de la misma Ley, que los edificios públicos destinados a centros de Educación Infantil de segundo ciclo, Primaria o Especial son de titularidad de las Entidades Locales. También recogido en el artículo 6 del Decreto 155/1997, de 10 de junio, por el que se regula la cooperación de las entidades locales con la Administración de la Junta de Andalucía en materia educativa, en el que se indica que corresponderá a los municipios la conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios propios o dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia, destinados íntegramente a centros de Educación Infantil de segundo ciclo, Educación Primaria y Educación Especial.

Page 26: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

26*

1. DISTRIBUCIÓN Y USO DE AULAS Y ESPACIOS

Como principio básico tenemos presente que la distribución de espacios y aulas se haga de

forma consensuada y razonable que permita el menor número de desplazamientos del

alumnado. El Equipo de Recursos determinará el uso de los diferentes espacios, a

excepción de la asignación de las aulas a los distintos grupos de alumnos o alumnas. En el

Anexo IX de este Reglamento se expone un plano de distribución de espacios y aulas.

La asignación de las aulas a cada grupo se hará a principios de cada curso por el Equipo Técnico de Coordinación Pedagógica, siguiendo los siguientes criterios a título orientativo:

1.! Los grupos de Educación Infantil se ubicarán en las aulas de la planta baja36, a

excepción del Aula Matinal.

2.! Los grupos del primer ciclo de Educación Primaria se ubicarán en la primera planta en

las aulas que dan a la zona de la calle Caraza.

3.! Los grupos del segundo y tercer ciclo de Educación Primaria se ubicarán en la segunda

planta.

4.! En Educación Primaria se asignará a cada grupo un aula fija según se detalla en el

Anexo IX de este Reglamento.

5.! El resto de espacios se asignan en función de las necesidades del Centro en cuanto al

número de unidades existentes. En caso de necesidad de habilitar algunos de los

espacios o aulas específicas para uso como aula ordinaria se hará en este orden: a.! Sala de reuniones y usos múltiples. b.! Aula de Música.

c.! Aula de Inglés.

d.! Biblioteca del Centro.

2. UTILIZACIÓN DEL CENTRO POR OTRAS ENTIDADES

Se facilitará el uso de las instalaciones del Centro como recurso para el desarrollo comunitario.

Se cederá, en las condiciones que se establezcan en la normativa, a aquellas Instituciones locales y

educativas37 que lo necesiten, como por ejemplo para:

�! Celebración de jornadas y cursos del C.E.P. �! Realización de eventos culturales o deportivos.

�! Celebración de actos recreativos (festivales, recitales, etc.).

�! Para la realización de exámenes y pruebas.

�! Para los cursos, talleres y actividades de la A.M.P.A. �! Actividades de la Asociaciones vecinales.

El Consejo Escolar establecerá las condiciones para su uso, así como de la posibilidad de obtención

de ingresos por ello dentro de lo que establezca la normativa en vigor. El Centro, de acuerdo

con lo establecido en la normativa, previa aprobación del Consejo Escolar y con el visto bueno

de la Delegación Territorial de Educación, podrá acordar el resarcimiento de los gastos que se

originen por la utilización de las dependencias, instalaciones y materiales del Centro por personas

ajenas al mismo.

36 Salvo que por necesidad se tenga que trasladar alguna a la primera planta 37 Se entiende que las entidades solicitantes deberán estar legalmente constituida

Page 27: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

27*

La ordenación sobre este aspecto se atendrá a lo establecido en el artículo 4 del Decreto 6/2017, de

16 de enero y en el artículo 26 de la Orden de 17 de abril de 2017, por la que se regula la organización

y funcionamiento de los servicios complementarios de aula matinal, comedor y actividades

extraescolares, así como el uso de las instalaciones de los centros docentes públicos de la Comunidad

Autónoma de Andalucía fuera del horario escolar.

Las instalaciones deportivas y recreativas del Centro así como otras que lo permitan, en tanto que

no perjudiquen el normal funcionamiento y la seguridad del Centro, podrán ser autorizadas para su uso

público en los siguientes días y tramos horarios:

o! Días lectivos. De lunes a jueves desde las 18 horas hasta las 20 horas y los viernes

desde las 16 horas a las 20 horas. o! Días no lectivos: desde las 8 horas hasta las 20 horas a excepción del mes de agosto.

Para ello, será necesario un proyecto elaborado por el Centro, por la Asociación de madres �

y padres del alumnado, por el Ayuntamiento u otras Administraciones Locales, o por otras

personas solicitantes físicas o jurídicas, públicas o privadas. El proyecto describirá la �

actividad a realizar, su finalidad y desarrollo, la persona o personas físicas responsables, las �

dependencias y, en su caso, las instalaciones deportivas a utilizar, así como los días y horas �

para ello.

Dicho proyecto ha de ser aprobado en Consejo Escolar y remitido a la Delegación Territorial de

Educación para su autorización antes del 20 de mayo de cada año, junto con la solicitud que se acompaña

como Anexo VI de la Orden de 17 de abril de 2017.

Para la modalidad de proyectos presentados por otras personas solicitantes físicas o jurídicas, públicas

o privadas, para la realización de actividades educativas, culturales, artísticas, deportivas o sociales,

las personas o entidades solicitantes asumirán la responsabilidad de asegurar el normal desarrollo

de la actividad propuesta, adoptar las medidas necesarias de control y adecuada utilización de las

instalaciones y sufragar los gastos originados por la utilización de las mismas, así como �

los gastos ocasionados por posibles deterioros, pérdidas o roturas en el material, �

instalaciones o servicios y cualquier otro que se derive directa o indirectamente de la realización

de la actividad que se propone en el proyecto presentado. La limpieza correrá a cargo de las

personas o entidades autorizadas.

Page 28: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

28*

3. NORMAS EN AULAS Y DEPENDENCIAS

En el documento “DOCUMENTO VIII. PLAN DE CONVIVENCIA” del Proyecto Educativo

del Centro, se detallan diferentes normas que inciden en el uso adecuado de

las aulas y espacios del Centro, entre ellas destaca las “NORMAS PARTICULARES PARA LA

CONVIVENCIA EN LAS AULAS”. Estas normas con la debida adaptación también serán de

aplicación en otras dependencias del Centro. Además de las normas indicadas en ese

apartado y en la relación siguiente, la Biblioteca escolar y el Aula TIC tendrán normas

específicas.

Normas de comportamiento en dependencias y aulas

a)! El alumnado debe subir y bajar las escaleras sin precipitaciones, sin gritar y por su

derecha, para facilitar el paso a los demás.

b)! El alumnado debe tener cuidado al abrir o cerrar ventanas, y no estropear cortinas ni

persianas.

c)! No deben asomarse a las ventanas ni hablar al exterior desde las mismas, así como no

arrojar papeles u objetos a la calle o patio, para no provocar riesgos innecesarios o

accidentes. d)! No deben salir de las aulas o dependencias sin la autorización del profesorado.

e)! Los alumnos y alumnas deben mantener los aseos y sanitarios limpios, y no hacer un

uso inadecuado de ellos.

f)! No deben arrojar a los inodoros objetos que deterioren e impidan el funcionamiento de los

mismos. g)! Los alumnos y alumnas deben mantener las aulas y dependencias limpias y ordenadas.

h)! Los alumnos y alumnas no deben estropear las mesas o sillas de las aulas y

dependencias o el mobiliario en general, así como ningún otro material de las mismas.

i) Deben mantener ordenado el material usado y el suyo propio si lo lleva.

j) Los alumnos y alumnas tienen prohibido consumir golosinas durante las clases, salvo

que sea autorizado por el tutor, tutora o profesorado responsable del grupo.

k)! Los alumnos y alumnas deben respetar las pertenencias de los demás.

l) El profesorado debe cerrar las aulas y dependencias cuando no se encuentre en ellas (al salir al recreo, ausencia de alumnado, etc.), especialmente las que tengan materiales

audiovisuales, informáticos o dotación TIC y dispongan de cerradura para ello. Igualmente

deberá cerrar las ventanas antes de abandonar la dependencia.

m)!Los días de lluvia, de mal tiempo o cuando sea imposible utilizar los patios, el profesorado de Educación Física tiene prioridad para usar el Salón de Usos Múltiples.

n)! Todos los miembros del Centro colaborarán a que los pasillos, aulas y demás

dependencias estén permanentemente limpias, utilizando los medios necesarios para

ello: papeleras, bolsas de basuras, etc.

o)! La Biblioteca está concebida como un espacio para la lectura y el estudio, por tanto, es

necesario estar en silencio y respetar a los demás compañeros y compañeras.

p)! Salvo caso necesario, no se debe alterar el orden de colocación de las mesas de la

Biblioteca. De hacerlo, se debe volver a colocar tal y como estaba. q)! No está permitido comer o beber en la Biblioteca por razones obvias.

r)! No está permitido tirar papelillos o serpentinas al suelo, patios, pasillos y cualquier

dependencia del Centro.

s)! No se realizarán actividades en las pistas, pisos o pavimentos mojados, resbaladizos o deteriorados que supongan un riesgo para el alumnado.

Page 29: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

29*

Sobre el uso de calefactores en las aulas o dependencias

El Manual de Seguridad en los Centros Educativos prohíbe la utilización de sistemas de

calefacción no autorizados expresamente y establece que los aparatos de calefacción

eléctricos que se usen estarán inamoviblemente fijados, sin elementos de conexión sueltos

que ofrezcan riesgos para el alumnado y situados de forma que no queden al alcance de los

niños y niñas.

Por tanto, a la hora de decidir el uso de calefactores en las aulas, o dependencias debemos tener en

cuenta estas condiciones. Ello nos obliga a plantear lo siguiente:

1º.!La Dirección del Centro no autorizará el uso de aparatos calefactores en las aulas, ni

dependencias, si no reúnen las condiciones establecidas en el citado Manual.

2º.!En caso de que algún profesor o profesora use aparatos calefactores no autorizados,

será bajo su exclusiva responsabilidad y deberá asumir sus consecuencias. No obstante,

para minimizar esta responsabilidad se recomienda lo siguiente38:

a.! El profesorado debe extremar las precauciones al usar un calefactor en el aula.

Cuando se esté usando, ni éste ni su cable de conexión deben estar al alcance del

alumnado y siempre estará vigilado por el profesor o profesora. Se entiende por

tanto que este calefactor es para uso personal del profesor o profesora.

b.! No se debe permitir al alumnado transitar alrededor del calefactor ni dejarlo

encendido cuando no estemos presente. Cuando no se use, no debe estar al

alcance del alumnado para evitar que ellos puedan manipularlo.

c.! No deben situarse depósitos de libros u otros materiales combustibles próximos a los calefactores.

C. ORGANIZACIÓN Y NORMAS DE USO DE LA BIBLIOTECA ESCOLAR

Este apartado se complementa con lo descrito en el Capítulo 1.L de este Reglamento de Organización

y Funcionamiento referente a la persona responsable de la Biblioteca escolar.

De acuerdo con las Instrucciones anuales dictadas por la Administración Educativa sobre la

organización y funcionamiento de las Bibliotecas escolares, la Dirección del Centro designará a

una persona docente como responsable de la Biblioteca escolar y a un Equipo de apoyo. Las funciones

de la persona responsable de la Biblioteca escolar y del Equipo de apoyo se detallan también en estas

Instrucciones.

La utilización de la Biblioteca escolar ha de responder a los siguientes objetivos:

•!Asegurar el acceso de toda la Comunidad Educativa a una amplia gama de recursos, servicios y programas.

•! Dotar al alumnado de las capacidades básicas para obtener y usar una gran diversidad

de recursos y servicios.

•! Habituarse a la utilización de la Biblioteca con finalidades culturales, informativas y de �

aprendizaje permanente.

•! Recopilar todos los documentos existentes en el Centro, así como materiales y � recursos didácticos relevantes.

38 Con ello no pretendemos que se pueda sobrentender que damos una autorización encubierta de su uso Sino que se pretende proteger al alumnado por si se diera la circunstancia de un uso inadecuado.

Page 30: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

30*

•! Ofrecer información al alumnado para satisfacer sus necesidades curriculares y

culturales.

•!Contribuir a que el alumnado desarrolle las capacidades necesarias para el uso de las

distintas fuentes de información.

•! Impulsar actividades que fomenten la lectura y promoción cultural como medio de

entretenimiento y de información.

•! Dar respuesta a las demandas del alumnado con necesidades educativas especiales,

articulando medidas de apoyo en el acceso y uso del fondo documental y en la

participación de aquél en las actividades programadas.

•! Actuar de vía de comunicación y colaboración con otras fuentes y servicios de información externos.

Al comienzo de cada curso escolar, la persona responsable de la Biblioteca escolar informará

de los aspectos generales de su funcionamiento: responsables, Equipo de apoyo, horarios de uso

por el alumnado, programa de actividades generales, etc. Igualmente se acordará, junto con el

Equipo de apoyo, la modalidad de préstamo acordada para el curso escolar, sin menoscabo que a lo

largo del curso se reconsidere esta decisión.

La Biblioteca escolar podrá subdividirse en varias secciones ubicadas en espacios distintos en atención

a una mejor disposición de los recursos y a una efectiva utilización por parte del alumnado y de la

Comunidad Educativa.

Periódicamente se comunicarán las novedades que se reciban en la Biblioteca escolar referentes

al fondo documental de la misma.

Régimen de préstamo del fondo documental

Nuestra Biblioteca escolar ofrecerá, si así se acuerda, el préstamo de su fondo documental

al alumnado y profesorado según las condiciones a continuación establecidas. No obstante,

la persona responsable, junto con el Equipo de apoyo, determinará anualmente la política

de préstamo en la que recogerá los objetivos que persigue el servicio y las directrices

principales por las que habrá de regirse. En principio se seguirán las siguientes líneas

generales e indicaciones:

o El préstamo de los fondos de la biblioteca, que será personal, se llevará a cabo durante el

horario concreto establecido para ello por parte de la persona responsable de la Biblioteca

o personas colaboradoras.

o! Todos los fondos pueden ser consultados en sala, pero no todos se pueden prestar para

su lectura fuera de ella. La persona encargada de la Biblioteca escolar lo determinará

según las circunstancias que se presenten.

o! Todos los préstamos tendrán una duración de quince días, pudiéndose prorrogar antes de su fin por el mismo periodo.

o! Todos los fondos prestados serán devueltos obligatoriamente al finalizar el curso. o! El profesorado podrá llevarse un máximo de dos ejemplares, y el alumnado podrá

retirar un solo ejemplar. En este caso, no se permitirá al alumno o alumna llevarse un

libro mientras tenga otro en su poder.

Page 31: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

31*

o! La no devolución en el plazo fijado originará reclamación oral o por escrito, tras la cual

y de persistir el retraso devengará en la suspensión temporal del servicio de préstamo

que estime conveniente el Equipo de apoyo.

o! Las personas prestatarias se responsabilizarán del buen uso y conservación de los

documentos corriendo con los gastos derivados de las reparaciones a que hubiera lugar

por desperfectos tras una mala utilización de los mismos. El daño irreparable o pérdida

de cualquier documento o material prestado originará la inmediata reposición o

reintegro de su valor al Centro.

o! Las colecciones de libros existentes en las aulas serán tratadas como préstamos

colectivos realizados por la Biblioteca del Centro. La persona responsable de su custodia

y mantenimiento será el tutor o tutora del grupo depositario del lote.

Normas de uso de la Biblioteca:

Además de las normas indicadas en el apartado B.3 de este Capítulo, la Biblioteca escolar tendrá

las siguientes normas específicas:

� ! El profesor o profesora que use la Biblioteca escolar deberá comunicárselo a la persona

encargada de la misma para que le de la llave. Se la devolverá inmediatamente termine

de usar la Biblioteca y la deje recogida.

� ! Los alumnos o alumnas no deben ir solos a la Biblioteca escolar a no ser en horas en las

que haya una persona responsable o acompañados del profesorado correspondiente.

�! Al elegir el libro se tendrá mucho cuidado en no desordenar las estanterías.

�! El profesorado que use la Biblioteca escolar deberá tener en cuenta lo siguiente: �! Que la puerta y ventanas de la Biblioteca queden cerradas al finalizar su uso.

�! Que las sillas han de quedar en orden alrededor de las mesas.

�! Que los libros queden ordenados en sus estanterías correspondientes.

� ! Si alguno de los alumnos o alumnas desea llevarse un libro a casa, la persona encargada o el profesor o profesora acompañante deberá anotar el préstamo.

�! Las enciclopedias, diccionarios y libros de consulta no podrán salir de la Biblioteca.

Apertura de la Biblioteca escolar en horario de tarde

Este apartado se redacta de acuerdo a unas instrucciones anuales dictadas por la Administración Educativa sobre la organización y funcionamiento de las Bibliotecas escolares. Por ello su

vigencia estará supeditada a dichas instrucciones anuales, pudiéndose modificar cada curso escolar

para adaptarlo a las instrucciones en vigor.

Tal como recoge estas Instrucciones, la Biblioteca escolar podrá permanecer abierta en

horario no lectivo, pudiendo ser atendida por la persona responsable o un profesor o

profesora del Centro. La apertura por tanto se podrá efectuar si se dispone de profesorado

voluntario para ello.

El horario de apertura será de 16:00 a 18:00 horas, un día a la semana, de lunes a jueves.

Este horario no debe coincidir con el del horario no lectivo del profesorado de obligado

cumplimiento. Este servicio se ofrecerá desde octubre a mayo de cada curso escolar.

El funcionamiento de la Biblioteca escolar en este horario se regirá por las mismas normas de uso

anteriores, consensuando con la persona responsable las específicas que se consideren

oportunas. El funcionamiento sería de trabajo directo en ella: lectura de libros, toma de apuntes,

realización de trabajos documentados o de préstamo.

Page 32: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

32*

D. GESTIÓN DE LOS RECURSOS MATERIALES

El Centro podrá gestionar sus recursos materiales dentro de la autonomía que la �

Administración le confiere39. El Consejo Escolar podrá promover la conservación y �

renovación de las instalaciones y equipo escolar40 dirigiéndose a la Comunidad Educativa41 �

del Centro o a la Administración competente. Por otra parte, el Equipo de Recursos42 y la �

Comisión Permanente43 intervendrán en la gestión de estos recursos, dentro de las �

limitaciones que se establecen en este Reglamento y en el Proyecto de Gestión del

Centro.

Debemos distinguir entre las instalaciones e infraestructura del Centro y los recursos

materiales. La gestión de las instalaciones e infraestructura le corresponde al Director o �

Directora del Centro, las competencias para gestionar los recursos materiales las tiene el

Secretario o Secretaria. Respecto a los recursos materiales, tanto su adquisición como �

control y gestión se tendrá en cuenta las propuestas que emanen del Equipo de Recursos, �

dentro de las limitaciones que se establecen en el Proyecto de Gestión del Centro y

en este Reglamento.

Partimos de la base que la Comunidad Educativa tiene una responsabilidad directa en el

cuidado y mantenimiento de las dependencias, instalaciones y equipamiento del Centro, los

cuales deben velar por la conservación tanto del edificio como de cualquier otro elemento

material del Centro. En caso de deterioro producido por mal uso, con intencionalidad o no,

en las dependencias, instalaciones y equipamiento del Centro, se aplicará lo previsto en el

Plan de Convivencia y, si fuera necesario, se reunirá a la Comisión de Convivencia

para dictar otras normas de actuación. En todo caso, la persona o responsables legales se

harán cargo de su reparación o reposición.

En el Proyecto de Gestión del Centro se especifican aspectos relacionados con:

- Renovación y conservación del equipamiento escolar.

- Gestión de los recursos materiales. - Elaboración del inventario del Centro.

- Gestión sostenible de los recursos y residuos.

1. USO Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS Y APARATOS AUDIOVISUALES

Consulte en el Proyecto de Gestión los procedimientos para la elaboración del inventario general

anual del Centro. Entre los materiales incluidos en este inventario se especifica el material

audiovisual (CDs y DVDs, reproductores de CDs y DVDs, televisores, video-proyectores, etc.).

39 Establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (capítulo II), en la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de educación de Andalucía (título IV, capítulo I), en los términos recogidos en Reglamento Orgánico de los centros aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio (capítulo II) y otras normas. 40 Artículo 50.j) del Reglamento Orgánico de los colegios de Educación Infantil y Primaria aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio. 41 Profesorado, alumnado, padres y madres, monitores y monitoras del Plan de Apertura (Aula matinal y Actividades extraescolares) y personal de administración y servicios. 42 Vid. Capítulo I.F de este Reglamento de Organización y Funcionamiento. 43 Vid. Capítulo I.A.3.1 de este R Reglamento de Organización y Funcionamiento.

Page 33: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

33*

a) Aparatos audiovisuales de las aulas

Las aulas podrán disponer de material audiovisual propio (CDs y DVDs, reproductores de CDs y

DVDs, televisores, etc.) o compartido con el Ciclo. En todo caso corresponde a los tutores y tutoras

su custodia y cuidado. El régimen de uso de estos materiales y aparatos será establecido por los Equipos

de ciclo correspondientes.

Tanto el profesorado como el alumnado deberán usar estos aparatos conforme se

especifica en sus instrucciones de uso y no deberán manipularlos en caso de avería o mal

funcionamiento. Como todo aparato eléctrico se observarán las medidas de seguridad en

cuanto a su cableado y conexiones para evitar riesgos eléctricos al alumnado y personal.

Su uso se regirá por las normas establecidas en el Plan de Convivencia en particular, y en

el Plan de Centro en general. En todo caso se aplicarán las correcciones correspondientes en caso

de uso inadecuado de estos aparatos corriendo por cuenta de estas personas su reparación o reposición.

Al final de curso se realizará el inventario de este material conforme a lo establecido en el Proyecto

de Gestión del Centro.

b) Uso de los equipos de sonido y video-proyectores

Los video-proyectores y equipos de sonido portátiles del Centro se usarán conforme determine

el Equipo de Recursos, el cual deberá nombrar a una persona responsable. No obstante, la Dirección

del Centro podrá determinar las condiciones de uso de estos equipos y personas responsables.

El equipo de sonido fijo en el Salón de Usos Múltiples, será usado por el profesorado que tenga

conocimientos para ello, previa autorización de la Dirección. El profesorado que lo utilice será el

responsable de su uso.

Los vídeo-proyectores fijos serán usados por el profesorado que tenga conocimientos para

ello, previa autorización de la Dirección. El profesorado que los utilice será el responsable

de su uso. Se deben seguir estas normas además de las que se especifiquen para cada

aparato en concreto:

Encendido �! Comprobar que está enchufado el cable RGB del vídeo-proyector al ordenador.

� ! Conectar el interruptor automático del vídeo-proyector situado en la pared si es fijo o

enchufarlo si es portátil.

�! Encender el vídeo-proyector con el mando a distancia pulsando el botón [Power].

Esperaremos un poco a que se encienda la lámpara.

� ! Encendemos el ordenador y esperamos a que el vídeo-proyector localice la entrada de

señal del ordenador. A partir de aquí se utiliza el ordenador normalmente.

� ! Los proyectores fijos están ajustados, así que no hay necesidad de tocar ningún botón

de ajuste del mando a distancia.

�! No abusar de la pantalla con fondo blanco, hará que se acorte la vida de la lámpara.

�! No se debe mirar directamente al haz de luz del proyector.

Page 34: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

34*

Apagado �! Finalizar la aplicación que se está usando y apagar el ordenador.

�! Apagar el vídeo-proyector con el mando a distancia pulsando dos veces seguidas al

botón [Power].

�! IMPORTANTE: Una vez apagado, se debe esperar al menos un minuto antes de

desconectar el interruptor automático de la pared. (Este paso es muy importante para

evitar que la lámpara se funda o explote).

�! Desconectar el interruptor del vídeo-proyector situado en la pared si está fijo.

Las personas que usen estos equipos deberán seguir las instrucciones que se especifican para ellos

y no deberán manipularlos en caso de avería o mal funcionamiento. Como todo aparato eléctrico se

observarán las medidas de seguridad en cuanto a su cableado y conexiones para evitar riesgos

eléctricos al alumnado y personal.

Su uso se regirá por las normas establecidas en el Plan de Convivencia en particular, y en el Plan de

Centro en general. En todo caso se aplicarán las correcciones correspondientes en caso de uso

inadecuado de estos aparatos corriendo por cuenta de estas personas su reparación o reposición.

2. NORMAS DE USO DE TELÉFONOS MÓVILES, CÁMARAS FOTOGRÁFICAS Y

APARATOS ELECTRÓNICOS. CONSENTIMIENTO DE IMAGEN.

Los alumnos y alumnas tienen prohibido el uso de cualquier aparato electrónico, teléfonos

móviles44, videojuegos, dispositivos musicales, grabadores de sonido, etc. si no se le

autoriza expresamente para ello, pudiéndoseles retirar en caso de incumplimiento. Su uso

dentro del horario lectivo será entendido como conducta que perturba el normal desarrollo

de la actividad del Centro y conllevará la correspondiente sanción contemplada en el Plan de

Convivencia. El Centro no se responsabiliza del deterioro, rotura o sustracción de

cualquiera de estos aparatos.

El alumnado tiene a su disposición el teléfono del Centro para usarlo en caso de urgencia o necesidad

extrema.

No está permitido al alumnado el uso de cámaras fotográficas o de dispositivos de grabación

de imágenes en el Centro, salvo autorización expresa del profesor o profesora que está a su cargo

en ese momento. En este caso el profesor o profesora deberá cuidar que se tenga en cuenta la protección

de la imagen de sus compañeros y compañeras. Como norma general no está autorizado el uso de la

imagen del alumnado.

Los insultos, ofensas o cualquier muestra de desprecio a los demás miembros de la Comunidad

Educativa grabadas en cualquier aparato o usando cualquier medio, serán sancionadas conforme

a la normativa en vigor y lo establecido en el Plan de Centro. Esta totalmente prohibido grabar y/o

difundir actos vejatorios, violentos o aquellos que vulneren la intimidad de las personas y su imagen

personal.

44 El teléfono móvil se podrá usar siempre que su uso esté debidamente justificado y autorizado por los padres, madres o representantes legales. No obstante, la Dirección del Centro podrá revocar esta autorización si el alumno o alumna hace un uso inadecuado de ello.

Page 35: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

35*

Consentimiento de uso de la imagen de los alumnos y alumnas45

Como norma general no está autorizado el uso de la imagen del alumnado, ni está permitido

el uso de su fotografía, o cualquier soporte que contenga la imagen del menor, si no es con el

consentimiento previo de sus madres, padres o tutores legales, así como de las personas o entidades que

tengan atribuidas la guardia y custodia de los menores. Si algún profesor o profesora tiene previsto

usar la imagen de su alumnado, deberá pedir expresamente por escrito la autorización de éstos.

Sólo se permitirá el uso de la imagen del alumnado autorizado. En todo caso, la Dirección del

Centro podrá revocar tales autorizaciones si las circunstancias así lo aconsejan.

E. GESTIÓN DE LOS EQUIPOS INFORMÁTICOS Y PROYECTO TIC

Este apartado se complementa con lo indicado en el apartado anterior “D. GESTIÓN DE LOS

RECURSOS MATERIALES”, al ser los equipos informáticos parte de los recursos materiales del Centro.

1. NORMAS DE USO DE LOS EQUIPOS Y MATERIAL INFORMÁTICO

Se incluye en este apartado el uso de los equipos informáticos fijos o portátiles y de todos los

periféricos que se puedan conectar a ellos: monitores, impresoras, lectores de DVDs, escáner,

proyectores, pizarras digitales, etc.).

Normas generales de uso de los equipos y periféricos

•! Cumplir con las normas de seguridad al usar las pizarras digitales y equipos.

•! La responsabilidad del estado de los equipos informáticos recaerá sobre los alumnos o �

alumnas que los utilizan. Cada reparación derivada de un mal uso de estos elementos �

será por cuenta de la persona que los haya usado.

•! Tanto para el inicio de una sesión de trabajo, como para su desarrollo y finalización � deberán seguirse las indicaciones del profesor o profesora responsable.

•! El alumnado realizará las actividades que les encargue el profesor o profesora.

•! En ningún caso se permitirá la navegación libre por Internet. Sólo se podrá usar �

Internet y sus servicios con permiso expreso del profesor o profesora responsable.

•! Cumplir con lo indicado en el apartado “7. ACCESO SEGURO A INTERNET”

•! Está prohibido descargar cualquier tipo de contenido de Internet -salvo permiso expreso del profesor o profesora responsable- o almacenar en los equipos información �

o contenidos inapropiados o ilícitos catalogados en el apartado “7. ACCESO SEGURO �

A INTERNET”

•! Queda prohibida la instalación de software en los ordenadores.

•! Sólo se podrán usar juegos con permiso expreso del profesor o profesora responsable.

•! Todos los documentos que necesite el alumnado para uso en el ordenador deberán�

ser guardados en una carpeta.

•! Los equipos deberán mantener la configuración original de paneles, fondos, etc. que �

sólo podrán ser alterados en casos puntuales y siempre con conocimiento del profesor �

o profesora responsable. 45 Artículo 13.b) del Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad.

Page 36: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

36*

•! Los insultos, ofensas o cualquier muestra de desprecio a los demás miembros de la

Comunidad Educativa grabadas en cualquier aparato o usando cualquier medio serán

sancionadas conforme a la normativa en vigor y lo establecido en el PLAN DE

CENTRO. Esta totalmente prohibido grabar y/o difundir actos vejatorios, violentos o

aquellos que vulneren la intimidad de las personas y su imagen personal.

•! No se debe usar la imagen del alumnado salvo que esté debidamente autorizada por su

familia. Consulte el apartado D.2 “Consentimiento de uso de la imagen de los alumnos

y alumnas” de este Capítulo.

•! Si fuera necesario el uso de auriculares, éstos deberán ser aportados por el alumnado,

por motivos de higiene.

Normas particulares de uso de los portátiles

•! Para evitar provocar daños en el portátil, no exponga nunca el portátil:

o! A un calor excesivo, como el que puede recibir si le da el sol directamente.

o! A cambios bruscos de temperatura o humedad.

o! A entornos polvorientos. o! Cerca de un campo magnético, como un altavoz o un televisor.

•! No coloque objetos pesados sobre el portátil y tenga cuidado de que no reciba golpes.

•! Deje siempre espacio suficiente alrededor del portátil para garantizar una ventilación

adecuada. No bloquee los orificios y sitúelo siempre sobre una superficie plana.

•! No deje nunca el portátil encendido de forma continúa durante más de 24 horas.

2. NORMAS DE USO DEL AULA TIC

Además de las normas indicadas en el apartado B.3 de este Capítulo, el Aula TIC tendrá las siguientes

normas específicas:

Solicitud de uso del aula TIC

Si un profesor o profesora quiere usar el aula TIC, deberá pedir la llave al Coordinador o Coordinadora

TIC del Centro. Cada nivel puede tener asignada una sesión fija a la semana si así lo solicita el

profesorado.

Asignación y cuidado de los puestos

� ! A cada alumno o alumna se le asignará un puesto fijo en el aula TIC. Esta asignación se

registrará en el documento “Registro de ocupación del aula de informática” que

guardará el profesorado responsable. En caso de avería o desperfecto de un equipo será

consultado el alumnado que lo haya usado.

� ! No se permitirán cambios de puestos de trabajo durante la clase, salvo que por razones

organizativas o de convivencia se aconseje. Siempre será decisión del profesor o

profesora. En este caso se cumplimentará un nuevo documento “Registro de

ocupación del aula de informática”.

�! El alumnado no debe quedarse solo en el aula. �! Cada pareja de alumnos/as es responsable del estado de su equipo informático y

mobiliario, velando por su limpieza y buena conservación.

Page 37: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

37*

Comenzar y finalizar la sesión. Manejo de los ordenadores

� ! El uso del ordenador será compartido por los dos alumnos o alumnas asignados a ese

puesto.

� ! Al comenzar la sesión, los alumnos y alumnas revisarán el estado de su puesto (equipo

y mesa de trabajo) avisando inmediatamente si detectan alguna anomalía o incidencia.

�! El profesor conectará el interruptor principal (piloto rojo) y dará las instrucciones que

considere.

�! Si en el transcurso de la sesión surge o se observa una anomalía, deberá comunicarse

inmediatamente al profesorado responsable del aula para que cumplimente el parte

correspondiente. No dejar que el alumnado toque los cables y conexiones.

�! Queda prohibida la manipulación del equipo informático y de las conexiones sin la

autorización del profesorado responsable.

�! El profesor o profesora puede apagar todos los monitores (piloto verde) usando el

pulsador instalado para esta finalidad. El alumnado no debe tocar los interruptores de

los monitores en ese momento.

� ! Al terminar la sesión, el alumnado debe apagar correctamente su equipo, dejar la mesa

limpia y la silla bien colocada antes de abandonar su puesto. Importante: no apagar el

interruptor del monitor.

�! El profesor o profesora apagará el interruptor general (pilotos rojo y verde apagados)

después de apagar los equipos.

� ! Dejará el aula debidamente cerrada (persianas, ventanas y puertas). La puerta se cerrará

con llave.

Gestión de incidencias

En caso de incidencias el profesor o profesora responsable cumplimentará un “Parte de Incidencias”

que podrá recoger en el cajón de la mesa del profesor del aula TIC. Una vez cumplimentado, lo entregará

al Coordinador o Coordinadora TIC.

3. NORMAS DE USO Y CUIDADOS DE LOS PORTÁTILES DEL CENTRO

Solicitud de uso de los portátiles del Centro

Si un profesor o profesora quiere usar algún carro de portátil, deberá pedir la llave al

Coordinador o Coordinadora TIC del Centro o a la persona encargada de ello. El profesor o profesora

podrá utilizar el carrito que esté libre en ese momento habiéndose anotado previamente cual usará.

Cada nivel puede tener asignada una sesión fija a la semana si así lo solicita el profesorado.

El profesor o profesora debe comprobar que están todos los portátiles en el carro. De no ser así

deberá comunicarlo al Coordinador o Coordinadora TIC del Centro.

Asignación y cuidado de los portátiles

�! A cada alumno o alumna se le asignará un determinado portátil. Esta asignación se

registrará en el documento “Registro de asignación de portátiles” que guardará el

profesorado responsable. En caso de avería o desperfecto de un portátil será

consultado el alumnado que lo haya usado.

�! No se permitirán cambios de portátiles durante la clase, salvo que por razones

organizativas o de convivencia se aconseje. Siempre será decisión del profesor o profesora.

En este caso se cumplimentará un nuevo documento “Registro de asignación de portátiles”.

Page 38: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

38*

�! Cada pareja de alumnos/as es responsable del estado del portátil que utilice, velando por su limpieza y buena conservación.

Comenzar y finalizar la sesión. Manejo de los portátiles

� ! El uso de cada portátil será compartido por los dos alumnos o alumnas que ocupan la

mesa.

�! Al comenzar la sesión, los alumnos y alumnas revisarán el estado de su portátil

avisando inmediatamente si detectan alguna anomalía o incidencia.

�! Si en el transcurso de la sesión surge o se observa una anomalía, deberá comunicarse

inmediatamente al profesorado responsable para que cumplimente el parte

correspondiente.

�! Queda prohibida la manipulación del portátil y de la batería. �! Evitar situaciones en clase que supongan riesgos para los portátiles.

�! Los portátiles se usarán exclusivamente en la mesa de trabajo. Por el riesgo de avería

del disco duro queda prohibido su transporte y manipulación estando encendido.

�! Al terminar la sesión, el alumnado debe apagar correctamente su portátil.

Guardado de los carros de portátiles

�! Al finalizar la clase el profesor o profesora comprobará que los portátiles están

apagados y los guardará en su carro conectando todos los cables de alimentación. Cerrará el carro

con llave. Antes de abandonar el aula llevará el carro al cuarto de portátiles correspondiente, si

no va a ser utilizado inmediatamente por otro profesor o profesora.

� ! ! !Llevará el carrito a su cuarto y lo enchufará en el enchufe del reloj. Cerrará la puerta del

cuarto debidamente.

Gestión de incidencias

En caso de incidencias el profesor o profesora responsable cumplimentará un “Parte de

Incidencias” que podrá pedir al Coordinador o Coordinadora TIC del Centro. Una vez

cumplimentado, lo devolverá al Coordinador Coordinadora TIC.

4. NORMAS DE USO Y CUIDADOS DE LOS PORTÁTILES DEL PROFESORADO Y EQUIPO DE LAS AULAS TIC. NORMAS DE USO DE LOS ORDENADORES Y EQUIPOS DEL CENTRO.

a) Portátiles del profesorado del “PROYECTO TIC 2.0”

A comienzos de curso, el profesorado que imparte docencia en el tercer ciclo de Primaria52 se le

entregará en depósito el siguiente material, del cual deberá firmar un recibí:

-! Ordenador ultraportátil Toshiba y maletín. -! Alimentador-cargador de batería. -! Discos de recuperación y manuales de uso. -! Memoria USB con el software correspondiente a la “Mochila digital”.

Al final de curso deberá devolver en perfecto estado el portátil y material recibido. Es deber del profesorado el cuidado y custodia del ultraportátil y material que tiene en

depósito y su mantenimiento en buen estado. Cualquier negligencia en este sentido

supondrá la reposición o reparación del portátil -o material afectado- por parte del

profesorado.

Page 39: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

39* b) Uso de la pizarra digital y ordenador de la mesa del profesor/a

Como norma general se deben seguir las instrucciones de uso de los video-proyectores explicadas

en el apartado D.1.b) de este Capítulo. Desconecte el enchufe de la pizarra digital cuando haya

apagado el video-proyector.

Cómo evitar los daños en la pizarra digital interactiva

Se debe tomar estas precauciones para evitar daños en la superficie interactiva y otros componentes de la pizarra digital:

o Nunca utilizar objetos puntiagudos o afilados, como por ejemplo, bolígrafos o

punteros, como herramientas de escritura.

o! No utilizar rotuladores para escribir en la pizarra digital.

o! No emplear borradores abrasivos ni productos químicos fuertes para limpiarla.

o! No pegar pegatinas o papeles en la pizarra digital.

o! No golpear la pizarra digital, especialmente la superficie. o! No apoyarse en la pizarra digital, especialmente la superficie.

Sugerencias de seguridad para alumnado y profesorado

o! Explique a los alumnos y alumnas que no deben dirigir la vista directamente al haz de

luz del proyector. Aconséjeles que le den la espalda al proyector cuando usen la pizarra

digital interactiva. Antes de que el alumnado se de la vuelta hacia la clase, deberían dar

un paso al lado y alejarse del haz de luz del proyector.

o! Asegúrese de no mirar directamente al haz de luz del proyector. Cuando escriba sobre

una imagen proyectada, hágalo de espaldas a la clase. Apártese de la pizarra digital

interactiva antes de dar la vuelta para mirar a la clase.

o! Indique a los alumnos y alumnas que no deben tocar el proyector, dado que puede

alcanzar temperaturas muy altas mientras funciona.

Ordenador de la mesa del profesor/a

o! Como norma general se seguirán las instrucciones que se indican en el siguiente

apartado “c) Uso de los ordenadores y equipos del Centro”.

o! Cuando termine de usarlos, deberá apagar debidamente y desenchufar los equipos.

o! No colocar objetos encima del ordenador que tape las rejillas de ventilación.

c) Uso de los ordenadores y equipos del Centro

El uso de los ordenadores del Centro debe estar orientado básicamente hacia la consulta de la red para

la preparación de clases, elaboración de material y otras tareas relacionadas con nuestra actividad

docente y gestión administrativa. Partiendo de la base de que se trata de ordenadores y equipos

utilizados por personas adultas y profesionales, creemos que su uso será racional y sensato, por lo

que a priori sólo consideramos indicado concretar las siguientes normas elementales de uso:

o! Cada profesor o profesora deberá comprobar el estado del equipo al comenzar la

sesión y, si encontrase alguna anomalía, deberá comunicarla al Coordinador o

Coordinadora TIC del Centro.

o! Si durante la sesión de trabajo se produjese algún problema de configuración o avería

que no pueda resolverse, deberá comunicarse igualmente al Coordinador o

Coordinadora TIC del Centro.

o! No está permitida la realización de cambios en las configuraciones de los equipos. o! El único tipo de software que incorporarán los ordenadores es el software libre o

autorizado.

Page 40: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

40*

o! Cuando termine de usarlo apague debidamente el ordenador y periféricos conectados y

desconecte el interruptor de alimentación.

Se debe cumplir con la normativa en vigor respecto al uso de equipos informáticos, en especial el

“Manual de comportamiento de los empleados públicos en el uso de los sistemas informáticos y redes

de comunicaciones de la Administración de la Junta de Andalucía” aprobado por la Resolución de

27 de septiembre de 2004, de la Secretaría General para la Administración Pública. A modo de resumen

se indica lo siguiente:

�! Los usuarios deberán destinar los equipos informáticos a usos compatibles con la

finalidad de las funciones del servicio. Todos los usuarios de los sistemas de

información y redes de comunicaciones que sean propiedad de la Junta de Andalucía

están obligados al conocimiento y cumplimiento de las presentes instrucciones.

� Los usuarios deberán cuidar los equipos informáticos que les sean facilitados.

� ! Los usuarios no deben manipular los equipos y mecanismos de seguridad instalados en

los PC's.

�! Los usuarios se limitarán a ejecutar las aplicaciones informáticas para las que estén

autorizados.

�! Queda prohibido expresamente la instalación de aplicaciones informáticas sin la

correspondiente licencia o no adecuándose a la legislación vigente.

� ! Queda prohibida cualquier actuación que pueda tener consideración de provocadora o

intimidatoria en el trabajo. Debe excluirse la instalación o visualización de

salvapantallas, fotos, vídeos, comunicaciones u otros medios con contenidos ofensivos,

violentos, amenazadores, obscenos o aquellos que agredan la dignidad de la persona.

�! Toda la información albergada en los servidores de la Administración de la Junta de

Andalucía, o que circule a través de su red tiene carácter confidencial. No está

permitido el envío no autorizado al exterior.

�! Los usuarios con acceso a información y datos deben usarlos únicamente para las

operaciones para las que fueron generados e incorporados, sin destinarlos a otros fines.

�! Los usuarios deben custodiar convenientemente su identificador de usuario y/o contraseña,

sin proceder a su revelación o puesta al alcance de terceros. Serán

responsables de toda la actividad relacionada con el uso de su acceso personal

autorizado.

� ! Las conexiones a internet que se produzcan a través de la red corporativa tendrán una

finalidad profesional, el usuario autorizado empleará estas conexiones exclusivamente

para el ejercicio de las tareas. No deberá accederse en ningún caso a direcciones de

internet que tengan un contenido ofensivo o atentatorio de la dignidad humana.

�! Se podrá proceder a monitorizar las direcciones de acceso y el tiempo de conexión, y se

registrarán todos los accesos a servidores de la red.

5. ACCESO SEGURO A INTERNET

En cumplimiento del artículo 2.c) del Decreto 25/2007, de 6 de febrero46, se elaboran estas

normas para garantizar el acceso seguro del alumnado a Internet. Por ello, el alumnado no

podrá hacer uso de los equipos informáticos sino no está supervisado por un profesor,

profesora o persona adulta responsable y siempre con fines académicos. Por lo que este

Decreto debe ser conocido por todos los profesionales que trabajen con el alumnado.

46 Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad.

Page 41: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

41*

El profesorado o personas responsables tienen el deber de orientar, educar y acordar con el alumnado

un uso responsable de Internet y de las TIC, en aspectos tales como:

�! Tiempos de utilización.

�! Páginas que no se deben visitar.

�! Información que no deben proporcionar, con el objetivo de protegerles de

mensajes y situaciones perjudiciales.

Los profesionales que trabajen con el alumnado adoptarán las medidas oportunas dirigidas a

preservar los derechos del alumnado a la intimidad y a la confidencialidad, teniendo en cuenta las

siguientes reglas de seguridad y protección a que se refiere el artículo 13 del citado Decreto 25/2007:

a)! Protección del anonimato, de modo que los datos de carácter personal relativos a

los menores no puedan ser recabados ni divulgados.

b)! Protección de la imagen de las personas menores, de forma que no hagan uso de su

fotografía, o cualquier soporte que contenga la imagen del menor, si no es con el

previo consentimiento de sus madres, padres o personas que ejerzan la tutela.

c)! Protección de la intimidad de las personas menores frente a la intromisión de

terceras personas conectadas a la red.

d)! Protección ante el posible establecimiento de relaciones con otras personas que

puedan resultar inadecuadas para su desarrollo evolutivo.

e)! Protección del riesgo derivado del comercio electrónico, como pueden ser, entre

otros, los sistemas abusivos de venta, la publicidad engañosa y fraudulenta y las

compras sin permiso paterno o materno.

f)! Protección frente a los contenidos de juegos u otras propuestas de ocio que puedan

contener apología de la violencia, mensajes racistas, sexistas o denigrantes, con

respecto a los derechos y la imagen de las personas.

Los profesionales que trabajen con el alumnado procurarán un control efectivo que evite el acceso

del alumnado a contenidos inapropiados o ilícitos. Se consideran contenidos inapropiados e

ilícitos los elementos que sean susceptibles de atentar o que induzcan a atentar contra la dignidad

humana, la seguridad y los derechos de protección de las personas menores de edad y,

especialmente, en relación con los siguientes:

a)! Los contenidos que atenten contra el honor, la intimidad y el secreto de las

comunicaciones, de los menores o de otras personas.

b)! Los contenidos violentos, degradantes o favorecedores de la corrupción de

menores, así como los relativos a la prostitución o la pornografía de personas de

cualquier edad.

c)! Los contenidos racistas, xenófobos, sexistas, los que promuevan sectas y los que

hagan apología del crimen, del terrorismo o de ideas totalitarias o extremistas.

d)! Los contenidos que dañen la identidad y autoestima de las personas menores,

especialmente en relación a su condición física o psíquica. e)! Los contenidos que fomenten la ludopatía y consumos abusivos.

El incumplimiento por parte de los profesionales de las obligaciones previstas en el

Decreto 25/2007, de 6 de febrero, antes citado, será sancionado de conformidad con lo

establecido en el Título IV de la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al

menor, conforme al cuadro de infracciones indicadas en el artículo 20 de este Decreto.

Page 42: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

42*

CAPÍTULO VIII. SEÑAS DE IDENTIDAD Y GESTIÓN DE LA

INFORMACIÓN

A. SEÑAS DE IDENTIDAD

Con idea de crear señas de identidad propia y tener una imagen corporativa se realizarán las siguientes actuaciones:

1. Normalización de impresos y sobres

En los documentos que se generen en el Centro se usarán los siguientes modelos de

impresos y sobres que se generan combinado los diferentes membretes y pie de página:

◊!Modelo 1: Plantilla con marca genérica y pie de página.

◊!Modelo 2: Plantilla con membrete y pie de página.

Marca genérica: CONSEJERÍA!DE!EDUCACIÓN!!Colegio!de!Educación!Infantil!y!Primaria!“Las!Albinas”!!Chiclana de la Fra. (Cádiz)

Membrete del Centro:

Pie de página:

C.E.I.P. LAS ALBINAS C/ Caraza s/n - 11130 Chiclana de la Fra. (Cádiz) Tfno: 956 243 207 Fax: 956 243 208 Email: [email protected]

Membrete para sobres:

CONSEJERÍA! DE! EDUCACIÓN!C.E.I.P.!“Las!Albinas”!!

C/Caraza s/n 11130 Chiclana de la Frontera (Cádiz)

2. Sello del Centro:

Modelos:

◊!Modelo 1: Sello oficial del Centro.

◊!Modelo 2: Sello registro entrada documentos.

◊!Modelo 3: Sello registro salida documentos.

Page 43: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

43*

3. Escudo del centro

El Centro podrá crear un escudo que lo identifique. Este escudo será aprobado por el Consejo

Escolar a propuesta del Claustro del Profesorado.

El Equipo de Recursos adoptará el procedimiento para crear este escudo, haciendo partícipe

a la Comunidad Educativa.

El escudo se podrá utilizar en impresos, camisetas y ropas, sellos, recuerdos, etc.

4. Uniforme del alumnado

Según el artículo 24.2.i) del Reglamento Orgánico de los colegios de Educación Infantil y Primaria

aprobado por el Decreto 328/2010, de 13 de julio, es posible establecer un uniforme para el

alumnado.

En el supuesto de que el Centro decidiera el uso de un uniforme, éste, además de la identificación

del Centro, llevará en la parte superior izquierda la marca genérica de la Junta de Andalucía asociada

a la Consejería competente en materia de educación.

Este uniforme será aprobado por el Consejo Escolar a propuesta del Claustro del Profesorado y de la Asociación de madres y padres del alumnado.

El Equipo de Recursos elevará al Claustro una propuesta inicial, haciendo partícipe a la Comunidad

Educativa.

B. GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN

La ausencia o déficit en la información conlleva efectos negativos para el desenvolvimiento y

consecución de objetivos de la organización escolar. Una buena información evita la confusión y

el mal entendimiento en las acciones a desarrollar y garantiza la transparencia en la gestión del Centro.

Las decisiones del Equipo directivo deben ser claras y entendidas por todos. Lo

importante es informar de cuanto acontece y por qué se han tomado las decisiones. Por

otro lado, el Equipo directivo debe ser receptivo a la información que se le quiera hacer

llegar.

La difusión de la información sobre actividades de perfeccionamiento y formación del profesorado

recaerá sobre la Jefatura de Estudios.

Los canales de comunicación e información que se usará en nuestro Centro son principalmente:

-! Circulares y comunicaciones escritas.

-! Tablones de anuncios (colocados en sala de profesorado, vestíbulo, pasillos y

aulas).

-! Reuniones formales (Claustros y Consejos Escolares).

-! Reuniones informativas.

-! Por medio del espacio web del Centro.

-! Poniendo a disposición de la Comunidad Educativa y del público en general el

Plan de Centro para su consulta. Éste estará disponible en el espacio web del

Centro y en la Dirección.

Page 44: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

44*

-! Poniendo a disposición de la Comunidad Educativa el acceso a información sobre

la normativa básica que regula la educación. Ésta estará disponible en el espacio

web del Centro y en la Dirección.

-! Por medio del Buzón de sugerencias (colocado en el vestíbulo del Centro).

Obtención de información

Para obtener información, solucionar los problemas, aportar sugerencias, exponer quejas, etc. se

deben respetar las competencias que cada sector tiene asignada. En última instancia se recurrirá al

Director o Directora. �! Asuntos administrativos y económicos: Secretario o Secretaria

�! Asuntos académicos, de disciplina y de orientación: Jefe o Jefa de Estudios

�! Asuntos relacionados con las tutorías: Tutores, tutoras y profesorado especialista �! Asuntos relacionados con la Dirección: Director o Directora

Cada sector tendrá asignado un horario de atención a los padres, madres, tutores legales y público

en general para atender a los asuntos de su competencia. Dicho horario se diseñará a principios de

curso y se publicitará en circulares, tablones de anuncios, ventanilla y espacio web del Centro.

Relaciones con el exterior

Referente a las relaciones con el entorno debemos:

- Mantener las relaciones administrativas con la Delegación Territorial de Educación.

- Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.

- Mantener relaciones de colaboración y coordinación con el I.E.S. de referencia.

- Mantener relaciones de colaboración con organizaciones sindicales del

profesorado.

- Mantener relaciones de colaboración con el resto de centros educativos de

Chiclana.

- Mantener relaciones de colaboración y coordinación con la Asociación de madres y

padres del alumnado.

- Promover e impulsar las relaciones del Centro con las Instituciones de su entorno.

- Proporcionar la información que le sea requerida tanto por las autoridades

educativas competentes como por los usuarios o usuarias de los recursos del

Centro. - Favorecer contactos y proyectos de colaboración.

- Propiciar campañas para colaborar con asociaciones benéficas, sociales y ONGS. - Realizar campañas educativas que contribuyan a la mejora del medio ambiente.

Para mantener la imagen “positiva” del Centro de cara a la Comunidad Educativa y al exterior nos

plantearemos las siguientes acciones

- Hacer comunicados a la prensa, televisión y radio locales dando publicidad de los actos

previstos o realizados en el Centro. - Hacer exposiciones de los trabajos de los alumnos y alumnas.

- Facilitar el uso de las instalaciones y ofrecer los recursos del Centro a entidades sociales de nuestra ciudad sin fines lucrativos.

- Ampliar las zonas verdes con idea de mejorar la estética del Centro.

Page 45: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

45* CAPÍTULO IX. MECANISMOS DE REVISIÓN Y EVALUACIÓN

El Reglamento de Organización y Funcionamiento debe ser un documento que atienda las necesidades

y requerimientos de diversa índole que durante el curso escolar van apareciendo. Por este motivo no

será un documento estático, sino dinámico, flexible y abierto, susceptible de ser actualizado en

cualquier momento, evidentemente siguiendo el procedimiento establecido para ello.

El Reglamento de Organización y Funcionamiento y sus modificaciones serán elaboradas por el Equipo

directivo, contando con las aportaciones del Claustro del Profesorado, de las Asociaciones de Madres

y Padres de Alumnos y de los restantes sectores de la Comunidad Educativa. Las modificaciones

propuestas se remitirán al Consejo Escolar para su estudio y posterior aprobación por la Dirección del

Centro.

Salvo para aquellas normas que con carácter urgente se deban tomar por la Dirección y que

posteriormente se deban incluir en este Reglamento, para el resto se seguirá el procedimiento

establecido en la normativa en vigor.

Una vez aprobado y resultando de conformidad legal, este Reglamento de Organización y

Funcionamiento tendrá vigencia hasta que en el Consejo Escolar se apruebe la modificación del mismo

o de algunos de sus apartados.

Todo lo no regulado expresamente en el presente Reglamento o legislación en vigor se ajustará al

juicio y decisión del Equipo Directivo del Centro o del Consejo Escolar. En caso de duda, la

interpretación de estas normas corresponde a la Dirección del Centro o al Consejo Escolar. Si

se detectase alguna norma o procedimiento que contradiga la normativa en vigor, se debe

comunicar a la Dirección del Centro para iniciar el procedimiento de corrección correspondiente.

Evaluación interna

Es necesario conseguir la evaluación sistemática y seguimiento de todos los elementos organizativos

del Centro que permita la planificación y revisión de las actuaciones educativas y administrativas.

Se favorecerá el seguimiento, evaluación y modificación, si es necesario, de todos los proyectos,

documentos de trabajo y actividades del Centro, con el fin de adaptarnos a los cambios y necesidades

que vayan surgiendo o modificaciones en la legislación. Al menos una vez cada año será propuesta esta

revisión por si procede hacerla.

Al finalizar cada curso escolar, el Claustro del Profesorado y el Consejo Escolar, cada cual dentro de

sus competencias, evaluarán por medio de la Memoria de Autoevaluación el Plan de Centro.

Evaluación externa

Toda la Comunidad Educativa del Centro facilitará y colaborará con las evaluaciones externas

que la Administración Educativa pueda realizar periódicamente. Éstas nos servirán de guía en nuestra

propia evaluación interna y la mejora del Centro.

Page 46: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

46*

ANEXO I Justificante de ausencia del alumnado.

ANEXO II

Enterado de normas de uso del Programa de Gratuidad de libros.

ANEXO III

Compromiso de participación en el Programa Escuela TIC 2.0. ANEXO IV

Modelo de impreso de consentimiento de continuidad en el Centro después de un accidente o enfermedad. ANEXO V Modelo de impreso de consentimiento de la familia para la administración de

medicamentos en caso de urgencia. ANEXO VI

Modelo de impreso de solicitud de administración de medicamentos. ANEXO VII

Modelo de impreso de consentimiento de la familia para la administración prevista de medicamento. ANEXO VIII Modelo de impreso de información de la familia por la administración de

medicamento. ANEXO IX - A

Planos de plantas. Planta Baja.

ANEXO IX - B Planos de plantas. Planta 1ª.

ANEXO IX - C

Planos de plantas. Planta 2ª.

Page 47: R.O.F - PARTE III - ceiplasalbinas.es fileB. CLAUSTRO DEL PROFESORADO 1. Competencias del Claustro 2. Normas complementarias de funcionamiento C. EQUIPO DIRECTIVO 1. Elección, nombramiento

REGLAMENTO*DE*ORGANIZACIÓN*Y*FUNCIONAMIENTO.*CEIP*LAS*ALBINAS.*PARTE*III**

*C.E.I.P. LAS ALBINAS – TFNO.: 956 243 207 – FAX: 956 243 208 C/ Caraza s/n - 11130 - Chiclana de la Fra. (Cádiz) – www.ceiplasalbinas.es **

47*

ANEXO X : EXTRACTO DEL MANUAL DE SEGURIDAD EN LOS CENTROS EDUCATIVOS En este documento se muestran algunas indicaciones del Manual de seguridad en los Centros Educativos. Tanto el equipo directivo como el resto del personal que presta su servicio en el Centro, deberán extremar las medidas de seguridad, remediando o denunciando a quién corresponda, aquellos elementos que por su situación o estado puedan ser causa de lesiones para los alumnos. El Manual de seguridad completo se encuentra a disposición del profesorado en la Dirección y en la dirección web del centro.

ACCIONES CORRECTORAS FRENTE AL RIESGO DE INCENDIOS Y ESPACIOS DEL CENTRO

�! Se prohíbe la utilización de sistemas de calefacción no autorizados (aparatos de infrarrojos, estufas de gas, etc.).

�!Todos los elementos de evacuación y salidas del edificio deben estar permanentemente despejados de obstáculos. Las puertas de las aulas y pasillos tienen que estar despejados para permitir el desalojo de los alumnos y alumnas así como no dejar objetos que obstaculicen el paso (mochilas, cajas, etc.). �!No es admisible clausurar o cerrar con llave, aún con carácter provisional, las puertas de paso y salida de ocupantes, durante el periodo de funcionamiento del Centro. �!Las zonas de paso, patios y zonas de recreo no se podrán utilizar en ningún caso como zonas de almacenaje. �!En las puertas de las aulas existirá un ventanillo fijo acristalado que no deberá ser tapado. �!No se colocará mobiliario pegado al paramento donde existan huecos o ventanas al exterior. EL COMPORTAMIENTO DE LOS ALUMNOS

�!Debe evitarse que los alumnos corran por los pasillos y escaleras. �!Se formará al alumnado para que se acostumbre a subir y bajar siempre por el lado derecho de las escaleras. �!Debe evitarse que los alumnos arrojen objetos por las ventanas o se asomen a ellas. �!Se dejarán siempre recogidas las sillas y las mesas. �!No deben existir elementos en los pasillos que obstaculicen el paso (mochilas, carteras y cajas). SOBRE EL DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN FÍSICA

�!El mobiliario y material deportivo del Centro debe mantenerse en buenas condiciones de uso, retirándose aquel que pueda ser susceptible de causar daños o lesiones debido a su mal estado. �!El profesor de Educación Física se asegurará que durante el periodo de utilización de las canastas, en los postes esté colocada la colchoneta de protección. �!No se podrán dejar elementos o materiales de Educación Física en los patios una vez finalizada las clases, especialmente aquellos elementos que puedan entrañar un riesgo importante como son las redes. �!No se realizarán ejercicios en pisos o pavimentos mojados, resbaladizos o deteriorados. �!Los alumnos no deben usar objetos susceptibles de originar lesiones (reloj, anillo, pulseras, etc.). �!No se practicarán deportes colectivos como futbito, balonmano, baloncesto, etc. en espacios pequeños que estén cerrados por paredes con ventanas sin protección a golpes. �!Las actividades deportivas que se realicen deberán adecuarse a las condiciones climáticas. �!No se debe mandar ni permitir que los alumnos trepen a los árboles o tejados para recuperar balones. �!Se controlarán los juegos violentos en el patio y se vigilará que los niños no se suban a las canastas, no se cuelguen de las porterías ni trepen por ellas, ni arrojen objetos como piedras, etc.

SOBRE LA MANIPULACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS

�!No tener productos inflamables en clase.

�!No tener en clase sustancias tóxicas o peligrosas (ver las fichas de seguridad de estos productos). �!El alumnado no debe manejar ningún producto químico. �!Seguir las recomendaciones de seguridad en la manipulación de sustancias químicas. �!No utilizar jamás una sustancia que no esté claramente identificada, y siempre con su etiqueta original. �!Se debe verificar que todo el material que se utilice esté homologado por la Dirección General de Construcciones y Equipamiento Escolar.