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RÉGIMEN ADMINISTRATIVO SANCIONADOR

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RÉGIMEN

ADMINISTRATIVO

SANCIONADOR

DISPOSICIONES CONSTITUCIONALES:

1. Regulación de precampañas electorales en los procesos de

selección interna de los partidos políticos.

2. Prohibición a los partidos políticos para contratar o adquirir, por sí

o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad en radio

y televisión.

3. Prohibición de que ninguna persona física o moral, sea a título

propio o por cuenta de terceros, pueda contratar propaganda en

radio y televisión.

4. La propaganda política o electoral que difundan los partidos no

deberá contener expresiones que denigren a las instituciones y a

los propios partidos, o que calumnien a las personas.

5. Durante el tiempo de campañas electorales federales y locales yhasta la conclusión de la jornada comicial, deberá suspenderse ladifusión en los medios de comunicación social de todapropaganda gubernamental.

6. Creación de procedimientos expeditos.

7. La propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social,que difundan como tales los poderes públicos, los órganosautónomos, las dependencias y entidades de la administraciónpública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno,deberá tener carácter institucional y fines informativos, educativoso de orientación social, sin que en ningún caso incluya nombres,imágenes, voces o símbolos que impliquen promociónpersonalizada de cualquier servidor público.

MODIFICACIONES AL COFIPE

COFIPE ANTERIOR:

Regulaba el sistemainfractor en el LibroQuinto, intitulado “De lasfaltas administrativas y lassanciones”, que constabade un capítulo único, consólo nueve artículos.

NUEVO COFIPE:

Regula este tópico en el LibroSéptimo, denominado “De losregímenes sancionadorelectoral y disciplinario interno”,Título Primero “De las faltaselectorales y su sanción”,mismo que se divide en cincocapítulos, que constan detreinta y nueve artículos (del340 al 378).

ESTRUCTURA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL

1. Se crea la Comisión de Quejas y Denuncias, que estaráconformada por tres consejeros electorales, designados porun periodo de tres años por el Consejo General.

2. Desaparece la participación de la Junta General Ejecutiva enel desarrollo procedimental.

3. Los órganos competentes para la tramitación y resolución delprocedimiento sancionador genérico son:

Consejo General

Comisión de Quejas y Denuncias

Secretaría del Consejo General

SUJETOS DE RESPONSABILIDAD:

COFIPE ANTERIOR:

a) Partidos políticos,

b) Agrupaciones políticas,

c) Observadores electorales y organizaciones de observadores electorales,

d) Notarios públicos,

e) Extranjeros, y

f) Ministros de culto, asociaciones,iglesias o agrupaciones de cualquierreligión.

NUEVO COFIPE:Se agregaron:

g) Aspirantes, precandidatos y candidatos acargos de elección popular,

h) Ciudadanos o cualquier persona física omoral,

i) Autoridades o los servidores públicos decualquiera de los poderes de la Unión; delos poderes locales; órgano de gobiernomunicipales; órganos de gobierno delDistrito Federal; órganos autónomos ycualquier otro ente público,

j) Concesionarios y permisionarios de radioy televisión,

k) Organizaciones de ciudadanos quepretendan formar un partido político, y

l) Organizaciones sindicales, laborales opatronales, o cualquier otra agrupacióncon objeto social diferente a la creaciónde partidos políticos, así como susintegrantes o dirigentes, en lo relativo a lacreación y registro de partidos políticos.

INFRACCIONES:

El objeto del procedimiento sancionador estará definidopor infracciones en las materias siguientes:

1. Inobservancia de las obligaciones del artículo 38 delCOFIPE, acuerdos y resoluciones del IFE y cualquier otradisposición del COFIPE.

2. Incumplimiento a disposiciones en materia detransparencia.

3. Realización de actos anticipados de precampaña ycampaña electorales (los realizados a través de radio ytelevisión, serán del conocimiento de las oficinascentrales del IFE, tanto de procesos electorales federalescomo de las entidades federativas).

4. Los actos anticipados de campaña sobre ubicación físicade la propaganda y la propaganda impresa, serán delconocimiento de las oficinas distritales del IFE, respectode elecciones federales únicamente (convenios).

5. Violación a las reglas de contratación de tiempos enradio y televisión.

6. Contravención a las normas que prohíben la difusión depropaganda denostativa, gubernamental, la utilización dela imagen pública en ésta y la utilización de programassociales.

7. Omisión de prestar colaboración y auxilio o deproporcionar información requerida por el IFE, en tiempoy forma.

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR:

Se trasladaron al código las disposiciones del Reglamento de Quejas.

Se aprecia un mayor detalle en materia de notificaciones, a través de once

disposiciones previstas en un solo artículo:

1. Notificaciones en 3 días 7. Publicar en estrados si no se

2. Plazos para citatorios o diligencias atiende el citatorio

3. Notificación personal: en días y 8. Publicar en estrados si se

horas hábiles niegan a recibir

4. Primera notificación: personal 9. Notificaciones por comparecencia

5. Verificar el domicilio buscado 10. Notificar resoluciones que

6. Requisitos del citatorio pongan fin al procedimiento

11. Cómputo de plazos

PROCEDIMIENTO ESPECIALIZADO:

Se previó un procedimiento especial para las infracciones

vinculadas con:

Propaganda negativa

Actos anticipados de precampaña y campaña

Difusión de obra gubernamental y proyección de la

imagen personal de funcionarios públicos.

Se establecen términos muy cortos, pues tiene como

objetivo la toma de medidas inmediatas a fin de evitar que la

materia del procedimiento se torne irreparable o sin materia.

SANCIONES

Se prevén diversas sanciones atendiendo a los sujetos de que se trate:

1. Amonestación pública 8. Cancelación de la acreditación como

2. Multa observador electoral

3. Reducción del financiamiento 9. Suspensión de tiempo de transmisión4. Interrupción de la transmisión de comercializable, tratándose de

la propaganda política concesionarios de radio y televisión

5. Suspensión temporal de las 10. Cancelación del procedimiento para

prerrogativas obtener el registro como partido

6. Cancelación del registro como partido 11. En caso de incumplimientos por partepolítico o agrupación política de autoridades, se dará vista al

7. Pérdida del derecho del precandidato superior jerárquico o a la ASF

sancionado a ser registrado como 12. Tratándose de extranjeros se dará

candidato o cancelación del registro a las Secretarías de Gobernación y

como candidato Relaciones Exteriores