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Curso-Taller Elementos para la práctica de auditoría de Obra pública Instructor: Ing. Francisco Javier Moctezuma Jaimes ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO INTERINSTITUCIONAL

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Curso-Taller

Elementos para la práctica de auditoría

de Obra pública

Instructor: Ing. Francisco Javier Moctezuma Jaimes

ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR

DIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO INTERINSTITUCIONAL

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TEMARIO

I.Los procesos de la Obra Pública

II. El Control Interno Institucional en la Obra Pública

III. Marco Normativo de la Obra Pública

IV. La Obra Pública

V. El proceso de Planeación

VI. El proceso de Contratación

VII. Procedimientos de Contratación

VIII. Mecanismos de evaluación de proposiciones

IX. El proceso de Ejecución

X. Integración del expediente unitario

XI. Infracciones y sanciones a los contratistas y servidores públicos

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Objetivo

Lograr que el personal encargado de la Planeación, Contratación, Ejecución y Puesta en

Operación de las obras y servicios relacionados con las mismas, aprenda a realizar con

precisión las actividades a desarrollar en dichos procesos como se establecen en la

LOPSRM y su Reglamento.

Con lo cual lograran tener los elementos para desarrollar sus funciones en forma

eficiente, coadyuvando al logro de las metas y objetivos del área donde laboran y evitar

posibles observaciones de las instancias fiscalizadoras, así como sanciones que se

deriven de las auditorías que practiquen.

I. Los procesos de la Obra Pública

Procesos de las obras públicas

1. Planeación

2. Contratación

3. Ejecución

4. Puesta en operación

PLANEACIÓN

INSUMO

• PND

• PNH

• PLOCALES

• APUZU PROSSAPIS

• HIDROAG.

• ETC

PROCESO

• PLAZOS

• COSTOS

• ÁREAS RESP

• COORD DEP

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• ESTUDIOS

• PROYECTOS

• PERMISOS

• LIBERACIÓN PREDIOS

• ETC

PRODUCTO/INSUMO - PAOS

CONTRATACIÓN

PROCESO

LICITACIONES PÚBLICAS

INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES

ADJUDICACIONES DIRECTAS

CONVENIOS

PRODUCTO

CONTRATO FIRMADO

CONTRATACIÓN

INSUMO

POA

PAOS

PEF

PROCESO

LICITACIONES PÚBLICAS

INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES

ADJUDICACIONES DIRECTAS

CONVENIOS

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CORDINACIÓN

PRODUCTO/INSUMO - CONTRATO FIRMADO

PROCESO

INICIO DE LA OBRA

APERTURA DE BITACORA

PAGO DE ESTIMACIONES

AUT. P.U.

TERM. ANT.

SUSPENSIONES

RESCISIONES

ENTREGA RECEPCIÓN

PRODUCTO

OBRA TERMINADA

RECEPCIONADA Y FINIQUITADA

EJECUCIÓN

INSUMO

CONTRATO FIRMADO

PROCESO

INICIO DE LA OBRA

APERTURA DE BITÁCORA

PAGO DE ESTIMACIONES

AUT. P.U.

TERM. ANT.

SUSPENSIONES

RESCISIONES

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ENTREGA RECEPCIÓN

PRODUCTO/INSUMO - OBRA TERMINADA RECEPCIONADA Y FINIQUITADA

PROCESO

Aseguramiento de la obra

Registro de la propiedad

Capacitación personal que la operara

Ajustes registros contables

Entrega al responsable de operarla

PRODUCTO

OBRA OPERANDO

Aspectos de Mayor Riesgo

CONTRATACIÓN

Adjudicaciones indebidas

Normatividad compleja

Procesos de evaluación complejos

Proceso proclive a la corrupción

EJECUCIÓN

Daño al Erario Federal

Intervienen muchos aspectos en el desarrollo del proceso, humanos, materiales y financieros

Proceso proclive a la corrupción

SIEMPRE VA A SER FISCALIZADA

OBRA PÚBLICA

ASF

ESFL

OIC

CONT. SOCIAL

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SHCP

SFP

Aspectos a revisar en las auditorías

ASPECTOS NORMATIVOS

Verificar que los procesos de Planeación, Contratación, Ejecución y Puesta en operación, se

desarrollaron de conformidad como lo establece la LOPSRM y su Reglamento

ASPECTOS TÉCNICOS

Verificar que las obras se ejecutaron de conformidad con los proyectos, especificaciones, tienen

la calidad requerida y que lo pagado corresponde a lo ejecutado

ASPECTOS ADMINISTRATIVOS

Verificar que los procesos de Planeación, Contratación, Ejecución y Puesta en operación se

desarrollaron de conformidad como lo establecen Los POBALINES; el MAAGMOP; y demás

disposiciones internas propias de los entes auditados

ART 134 DE LA CONSTITUCIÓN

LAS OBRAS PÚBLICAS DEBEN LICITARSE PÚBLICAMENTE PARA OBTENER LAS MEJORES

CONDICIONES DISPONIBLES PARA EL ESTADO EN CUANTO PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO,

OPORTUNIDAD, Y DEMÁS CIRCUNSTANCIAS PERTINENTES.

CUANDO LAS LICITACIONES NO SEAN IDÓNEAS PARA ASEGURAR DICHAS CONDICIONES LAS

LEYES ESTABLECERÁN LAS BASES, PROCEDIMIENTOS, REGLAS, REQUISITOS Y DEMÁS ELEMENTOS

PARA ACREDITAR LA ECONOMÍA, EFICACIA, IMPARCIALIDAD Y HONRADEZ QUE ASEGUREN LAS

MEJORES CONDICIONES PARA EL ESTADO

LOS SERVIDORES PÚBLICOS SERÁN RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE ESTAS BASES

Que los servidores públicos encargados de la obra pública, se hayan conducido en el desarrollo

de sus funciones en forma íntegra.

Obteniendo para el estado las mejores condiciones en cuanto precio, calidad, financiamiento,

oportunidad, y demás circunstancias pertinentes, utilizando criterios de economía, eficacia,

eficiencia, imparcialidad, transparencia y honradez.

REGLAS DE OPERACIÓN PROFIS

PROCEDIMIENTOS Y MÉTODOS NECESARIOS PARA LA REVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS

RECURSOS FEDERALES

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Normatividad para la fiscalización de programas federalizados

Programas donde se realiza obra pública

FAM

FASP

FISE

FISM

FORTAMUN-DF

FISM

SUBSEMUN

SEGURO POPULAR

HABITAT

PIBAI

FIDEM

APAZU

PROSAPYS

PROTAR

DESCRIPCIÓN DE LOS ASPECTOS A REVISAR

1. Verificar que las obras públicas realizadas con recursos del Convenio se adjudicaron y

contrataron de conformidad con el marco normativo aplicable, considerando los montos

máximos y mínimos autorizados y que los criterios en los que se sustentó, en su caso, la

excepción a la licitación, se justificó con el soporte suficiente, a fin de garantizar las mejores

condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás

circunstancias pertinentes.

2. Comprobar que las obras públicas ejecutadas con recursos del Convenio se formalizaron a

través de contratos, que cumplieron con los requisitos establecidos en el marco normativo y

son congruentes con lo estipulado en las bases de licitación.

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3. Verificar que las personas físicas o morales que celebraron contratos con cargo al Convenio

garantizaron los anticipos que en su caso recibieron y se amortizaron en su totalidad en las

estimaciones correspondientes y garantizaron el cumplimiento del contrato y los defectos por

vicios ocultos.

4. Verificar que los trabajos objeto del contrato se ejecutaron de acuerdo con el plazo y monto

pactado y se aplicaron, en su caso, las penas convencionales por su incumplimiento.

5. Comprobar que los pagos efectuados fueron soportados con las facturas, estimaciones,

generadores, pólizas, bitácora de obra correspondiente y que contienen los conceptos de obra

autorizados en el presupuesto y en su caso los correspondientes a trabajos extraordinarios.

6. Comprobar que los precios unitarios fueron acordes a las especificaciones y trabajos descritos

y que corresponden a los autorizados en el catálogo de conceptos contratado.

7. Verificar que los cambios en las condiciones originalmente pactadas en el contrato (plazo de

ejecución, montos, alcances del contrato, etc.), fueron justificados con el convenio modificatorio

respectivo y existió el dictamen técnico correspondiente.

8. Mediante visita de inspección física a las obras, revisar selectivamente los conceptos de obra

más representativos y susceptibles de verificar a fin de constatar que los volúmenes ejecutados

correspondan con los estimados y pagados y calcular en su caso las diferencias detectadas;

asimismo que las obras estén concluidas y operen adecuadamente y cumplen con las

especificaciones del proyecto y las normas de construcción.

9. Verificar que en el proceso de terminación de la obra se levantó el acta de entrega-recepción

de la misma, incorporando en el expediente el finiquito de obra, planos actualizados, notificación

de terminación, manuales de operación, álbum fotográfico y fianza de vicios ocultos.

10. Verificar que las obras ejecutadas por administración directa, cumplieron con la

normatividad aplicable, asegurando para el Estado el uso eficiente y transparente de los

recursos del convenio

OBSERVACIONES MÁS RECURRENTES EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

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RECURRENCIA IRREGULARIDADES

UBICACIÓN DE LAS OBSERVACIONES

• 88% se relacionan con la ejecución

• 10% se relacionan con el proceso licitatorio

• 2% aspectos administrativos

OBSERVACIONES RECURRENTES EN LA OBRA PÚBLICA

OBSERVACIONES LIGADAS AL PAGO DE LA OBRA

• Pagos en exceso-------------------------------16 obs.

• Obra pagada no ejecutada-------------------16 obs.

• Incumplimiento de

las especificaciones----------------------------21 obs.

• Pagos anticipados-----------------------------13 obs.

11/2003 43/2003 44/2003 01/2004 07/2004

1.- CARENCIA O DESACTUALIZACIÓN DE MANUALES 2 2 1

2.- OBRA DE MALA CALIDAD 7 7 1

3.- ANTICIPOS PENDIENTES DE AMORT. Y/O RECUPERAR 1 1 1 4 7 4

4.- FALTA DE APLICACIÓN DE PENAS CONV. POR INCUMP. 4 1 2 1 1 9 5

5.- PAGOS EN EXCESO DE ESTIMACIONES 9 2 4 1 16 4

6.- PAGO DE OBRA NO EJECUTADA O FUERA DE CTO. 8 1 3 2 2 16 5

7.- OBRA REALIZADA SIN APEGO A LAS ESPECIFIC. 10 2 4 5 21 4

8.- INADECUADA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS 6 2 3 11 3

9.- PAGOS ANTICIPADOS POR OBRAS NO DETERMINADAS 1 12 13 2

10.- DEFICIENCIAS EN EL MANEJO Y CONTROL DE LA BITACORA 19 4 2 2 27 4

11.- INADECUADA SUPERVISIÓN DE OBRA 1 1 2 4 3

12.- EXPEDIENTES DE OBRA MAL INTEGRADOS 8 1 2 4 15 4

13.- CARENCIA O DESAPEGO AL PROGRAMA DE OBRA 3 1 4 2

14.- INOBSERVANCIA A LA NORMATIVIDAD 5 5 1

15.- TRABAJOS EJECUTADOS SIN COMPROB. DOCUMENTAL 8 1 2 1 1 13 5

16.- IRREGULARIDADES EN PROCED. DE LICITACIÓN 11 3 1 5 20 4

17.- DEFICIENCIA U OMISIÓN EN LA ENTREGA DE OBRAS 12 2 3 5 4 26 5

18.- OBRAS QUE NO ESTAN EN OPERACIÓN 2 2 1

19.- FALTA DE FIANZAS O PRESENT. EXTEMPORANEAMENTE 4 1 7 2 3 17 5

20.- DESFASAMIENTO EN LA ENTREGA DE ANTICIPOS 1 1 1

21.- IRREGULARIDADES EN LA RESCISIÓN DE CONTRATOS OP 4 4 1

22.- RETENCIONES NO ENTERADAS A LA SFP 1 1 2 2

TOTAL

OBS.

RECUR

N°veces

AUDITORÍAS OICASPECTO OBSERVADO ASF

DESP.

EXT

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• Obra de mala calidad------------------------- 7 obs.

30 % DE LAS OBSERVACIONES

Daño al Erario Federal

PRINCIPAL PROBLEMÁTICA

Fuerte recurrencia en el rubro de obra pagada no ejecutada y pago en exceso

EFECTO

• Daño al erario federal

• Sanciones a los servidores públicos

Que se siga presentando esta situación en las demás obras que se ejecutan

Tarea principal – evitar la recurrencia

Como evitamos la recurrencia

Con el establecimiento de Controles Internos Institucionales

II. Controles Internos Institucionales en las obras públicas

Control Interno Institucional

El conjunto de medios, mecanismos, o procedimientos implementados por los titulares de

las dependencias, así como por los demás servidores públicos en el ámbito de sus

respectivas competencias, con el propósito de conducir las actividades correspondientes

hacia el logro de los objetivos y metas institucionales; obtener información confiable y

oportuna y cumplir con el marco jurídico aplicable a las mismas.

• Es un proceso cotidiano en toda la organización

• Es efectuado por el personal en todos los niveles

• Proporciona una seguridad razonable

• Está dirigido al logro de los objetivos y al cumplimiento de la normatividad

Tipos de controles

• Controles preventivos

• Controles detectivos

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• Controles correctivos

• Existiendo un balance que promueva la eficiencia y la eficacia.

Compensación de Control

Preventivos

Detectivos

Correctivos

La organización aplica los tres tipos de control, compensándolos adecuadamente.

Tipos de Control

Control Correctivo

• Identifica desviaciones ya concluido el proceso

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Control Detectivo

• Identifica desviaciones antes de concluir un proceso

Control Preventivo

• Previene desviaciones antes de iniciar el proceso

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Limitaciones del Control

Solo puede ofrecer una seguridad razonable...

• Incumplimiento de los Mandos Superiores

• Intereses en conflicto

• Juicios erróneos al aplicar el control

• Débil ambiente de control

• Insuficiente capacidad para ejecutarlos

• Colusión

• Falta de actualización

Evalué el Control Interno de su Área de Trabajo

Las siguientes preguntas ayudan a evaluar la idoneidad de los controles internos en

operación:

1. ¿Están debidamente documentadas las políticas y procedimientos?

2. ¿Se tienen establecidas políticas claras y efectivas?

3. ¿Quién tiene autorización (y quién no) para ejecutar las transacciones?

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4. Las funciones incompatibles ¿están debidamente segregadas?

5. ¿Realmente se está conduciendo con efectividad lo que se hace?

6. ¿Qué tipo de criterio o métrica de desempeño se utiliza y qué tan efectiva es?

Cuantos SI consideró de los 6 puntos =

Controles en la obra pública

1. Describa cuales son los controles internos institucionales que tienen

implementados en su ÁREA DE TRABAJO para la obra pública e indique de que

tipo son:

Control Tipo

1.

2.

3.

4.

5.

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Los controles Internos en la obra pública

Control interno institucional en la obra pública

• Reglamento interior

• Manual de organización

• Código de ética y de conducta

• Sistemas informáticos

• COMITÉ DE OBRAS

• Políticas Bases y Lineamientos

• Manuales de procedimientos

Control en la EJECUCIÓN de la obra pública

• El RESIDENTE

• EL SUPERVISOR

• MEDICIONES

• FOTOGRAFÍAS

• INFORMES

• BITÁCORA

• PRUEBAS DE CALIDAD

CONTROLES - AUDITORÍAS

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DOBLE DE TIEMPO

III. Marco Normativo de la Obra Pública

Obra pública

• Constitución

• Leyes Reglamentos Códigos

• Acuerdos Lineamientos Políticas

• Tratados

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OBRA PÚBLICA

• LOPSRM 27 JUN 2009

• PBL MOPSRM 2011

• BITÁCORA ELECTRÓNICA 9 DIC 2009

• LINEAMIENTOS REDUCCIÓN GARANTÍAS 10 SEP 2010

• LINEAMIENTOS EVALUACIÓN PUNTOS 10 SEP 2010

• MAAG MOPSRM 3 SEP 2010

• LINEAMIENTOS CONTENIDO NACIONAL 2010

• RLOPSRM 29 JUL 2010

LFRASP LAMCP

TÍTULOS DE LA LOPSRM Y DEL REGLAMENTO

LEY

Iº.- DISPOSICIONES GENERALES

2º.- DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN

3º.- DE LOS CONTRATOS

4º.- DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA

5º.- DE LA INFORMACION Y VERIFICACIÓN

6º. DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

7º. DE LA SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS

ARTÍCULOS 104 (109)

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REGLAMENTO

DISPOSICIONES GENERALES

2º.- DE LAS OBRAS Y SERVICIOS POR CONTRATO

3º.- DE LAS OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA

4º.- DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN

5º. DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

6º. DE LA SOLUCIÓN DE LAS CONTROVERSIAS

ARTÍCULOS 295

APLICACIÓN DE LA LOPSRM Y SU REGLAMENTO

¿A QUE LE APLICA?

A LAS CONTRATACIONES DE

OBRAS PÚBLICAS, ASÍ COMO DE LOS SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

QUE REALIZAN LAS

DEPENDENCIAS Y ENTIDADES

(SON RECURSOS FEDERALES)

Art 3R Nuevo

Contrataciones que realizan Ent. Federativas y Municipios A TRAVES DE CONVENIOS

Existe convenio entre Entidades Federativas, Municipios y los entes de estos con el Ejecutivo Federal Cuando acepten y reciban por cualquier medio y concepto recursos federales a cuyo cargo total o parcial realizaran obras o servicios

PROGRAMAS FEDERALIZADOS

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A QUE NO APLICA LA LOPSRM

A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN ENTRE SI

CUANDO LA DEPENDENCIA O ENTIDAD CONTRATE A UN TERCERO POR NO TENER

CAPACIDAD, LE APLICARA LA LOPSRM

FACULTADOS PARA INTERPRETAR LA LEY

• LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

• LA SECRETARIA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

• LA SECRETARIA DE ECONOMÍA

En el ámbito de sus respectivas facultades

CONCEPTOS DE APLICACIÓN GENERAL

Caso fortuito o fuerza mayor

El acontecimiento proveniente

– de la naturaleza

– o del hombre

Caracterizado por ser

Imprevisible, inevitable, irresistible, insuperable,

Ajeno a la voluntad de las partes.

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Y que imposibilita el cumplimiento de todas o alguna de las obligaciones previstas en el

contrato de obras públicas o servicios relacionados con las mismas;

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

PROVENIENTE DE LA NATURALEZA

– TERREMOTO

– HURACÁN

– TSUNAMI

– SEQUÍA

– LLUVIAS ATÍPICAS

PROVENIENTE DEL HOMBRE

– ACTO TERRORISTA

– INSTRUCCIÓN SUPERIOR

– MANIFESTACIONES

Imprevisible, inevitable, irresistible, insuperable, ajeno a la voluntad de las partes.

Imposibilita el cumplimiento de todas o alguna de las obligaciones previstas en el

contrato

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

CONTRATACIÓN

CONTRATACIÓN DE OBRAS CON FUNDAMENTO EN EL ARTICULO 42 FRACCIÓN II Y IV

EJECUCIÓN

SUSPENSIONES TEMPORALES TERMINACIONES ANTICIPADAS

CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

Imprevisible. Que no se puede ver con anticipación.

Inevitable. Que no se puede evitar que suceda.

Irresistible. Que no se puede oponer a la acción

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Insuperable. Que no se puede vencer

Ajeno a la voluntad de las partes. Que nadie tuvo que ver con su presencia

IV. La Obra Pública

OBRA PÚBLICA

ART 3L

LOS TRABAJOS QUE TENGAN POR OBJETO:

• CONSTRUIR

• INSTALAR

• AMPLIAR

• ADECUAR

• REMODELAR

• RESTAURAR

• CONSERVAR

• MANTENER

• MODIFICAR

• Y DEMOLER

BIENES INMUEBLES

SERVICIOS

ART.4L

LOS TRABAJOS QUE TENGAN POR OBJETO:

• REALIZAR PROYECTOS

• INVESTIGACIONES

• ESTUDIOS

• ASESORÍAS

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• CONSULTORÍAS

• DIRECCIÓN

• SUPERVISIÓN

La obra pública

Forma de realizar obras

• Contrato

• Administración

• Convenios entre Dependencias y Entidades

Tipo de trabajos

• Estudios y Proyectos

• Obras

• Integrales

Procedimientos de contratación

• Licitación pública

• Invitación a cuando menos tres personas

• Adjudicaciones directas

Tipos de contratos

• A base de Precios Unitarios

• A Precio Alzado

• Mixto

• (P.U. y P.A.)

• Amortización programada

Anuales y Multianuales

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OBRAS A PRECIO ALZADO

Características de las obras a precio alzado

No se puede modificar El monto y El plazo No hay ajuste de costos

Contratos a Precio Alzado

Precios unitarios

• Conceptos

• Especificaciones

• Forma de pago - cantidades

• Programas MO-MAQ-GRAL

• Diferimientos

• Anticipos

• Cantidades adicionales

Precio alzado

• Actividades y subactividades

• Especificaciones

• Forma de pago – porcentajes actividades críticas.

• Programas de ejec.- Red de actividades - cedulas de avances prog.

• Diferimientos

• Anticipos

• No deben de existir (en su caso nuevo contrato AD)

Contratos a Precio Alzado

Precios unitarios

• Conceptos extraordinarios

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• Ajuste de costos

• Suspensiones temporales

• Convenios

• Terminaciones anticipadas

• Rescisiones

• Entrega recepcion

Precio alzado

• No deben de existir (en su caso nuevo contrato AD)

• No deben de existir (excepcionalmente con aut. SFP)

• Suspensiones temporales

• No existen.

• Terminaciones anticipadas

• Rescisiones

• Entrega recepción

V. El Proceso de Planeación

PROCESO DE PLANEACIÓN

INSUMO

• PND

• PNH

• PHCLSP

• PLOCALES

• APUZU PROSSAPIS

• HIDROAG.

• ETC

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PROCESO

• PLAZOS

• COSTOS

• AREAS RESP

• COORD DEP

• ESTUDIOS

• PROYECTOS

• PERMISOS

• LIBERACIÓN PREDIOS

• ETC

PRODUCTO – PAOS

El Programa Anual de Obras y Servicios, una base para la correcta realización de la

contratación

FORMULACIÓN DEL PAOPSRM

Las Dependencias y Entidades según las características, complejidad y magnitud de los

trabajos formularán sus programas anuales de obras públicas y de servicios

relacionados con las mismas y los que abarquen más de un ejercicio presupuestal, así

como sus respectivos presupuestos.

CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PAOS

CONSIDERAR LAS OBRAS Y SERVICIOS MULTIANUALES

SE DEBERÁ DETERMINAR TANTO EL PRESUPUESTO TOTAL, COMO EL RELATIVO A LOS

EJERCICIOS DE QUE SE TRATE.

EN LA FORMULACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS DE LOS EJERCICIOS SUBSECUENTES, A

DEMÁS DE CONSIDERAR LOS COSTOS VIGENTES, SE DEBERÁ CONSIDERAR LOS AJUSTES

DE COSTOS Y CONVENIOS QUE ASEGUREN LA CONTINUIDAD DE LOS TRABAJOS.

COSTO OBRA CONTRATADA EN 2015 = 1800

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P

R

E

S

ENTACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS

CON LAS MISMAS

SE PONDRÁ A DISPOSICIÓN DEL PÚBLICO EN GENERAL A TRAVÉS DE COMPRANET Y DE SU

PAGINA DE INTERNET A MÁS TARDAR EL 31 DE ENERO DE CADA AÑO CON EXCEPCIÓN DE

AQUELLA INFORMACIÓN QUE SE CONSIDERE RESERVADA O CONFIDENCIAL SEGÚN LA LFTAIPG

LAS OBRAS Y SERVICIOS DEL PROGRAMA PODRÁN SER ADICIONADAS, MODIFICADAS,

SUSPENDIDAS O CANCELADAS, SIN RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA LA DEPENDENCIA O

ENTIDAD.

DEBIENDO INFORMAR A LA SFP Y ACTUALIZAR MENSUALMENTE EL PROGRAMA EN

COMPRANET

PRESUPUESTACIÓN

EL ESTUDIO DE MERCADO SERA LA BASE PARA DETERMINAR EL IMPORTE DE LAS OBRAS Y

SERVICIOS QUE SE PROGRAMEN.

Investigación de mercado Obra

ES LA VERIFICACIÓN DE

• La existencia y costo de materiales, mano de obra, maquinaria y equipo.

• Así como de Contratistas y Proveedores

A nivel nacional o internacional,

• Y del precio total estimado de los trabajos o bienes, basado en la información

que se obtenga.

(PRESUPUESTO BASE)

En términos del Reglamento

“INVESTIGACIÓN DE MERCADO”

La investigación de mercado que establezca el reglamento, deberá integrarse con información

obtenida de cuando menos dos de las siguientes fuentes:

a. La que se encuentre disponible en CompraNet

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b. La obtenida de:

– Organismos especializados.

– De cámaras, colegios de profesionales, asociaciones o agrupaciones

industriales, comerciales o de servicios,

– O bien de fabricantes o proveedores de bienes o prestadores de servicios.

c. La obtenida a través de:

– páginas de Internet.

– por vía telefónica

– o por algún otro medio

Siempre y cuando se lleve registro de los medios y de la información que permita su

verificación.

En la investigación de mercado siempre deberá consultarse la coordinación entre

dependencias y entidades.

En el supuesto de que la información no se encuentre disponible en CompraNet, se deberá

consultar la información histórica con la que cuente el área responsable de la contratación

CONTENIDO DEL PAOS

TIPO DE TRABAJOS

LAS OBRAS Y SERVICIOS DEL EJERCICIO

LAS OBRAS Y SERVICIOS DE EJERCICIOS ANTERIORES MULTIANUALES

LOS ESTUDIOS Y PROYECTOS DE LAS OBRAS A REALIZAR EN EL EJERCICIO SIGUIENTE

TIPO DE ACTIVIDADES

SU PLANEACIÓN (OBJETIVOS-METAS-RESPONSABLES)

SU PRESUPUESTACIÓN (COSTO)

SU PROGRAMACIÓN (PLAZO)

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VI. El Proceso de Contratación

PLANEACIÓN

INSUMO

• PND

• PNH

• PLOCALES

• APUZU PROSSAPIS

• HIDROAG.

• ETC

PROCESO

• PLAZOS

• COSTOS

• AREAS RESP

• COORD DEP

• ESTUDIOS

• PROYECTOS

• PERMISOS

• LIBERACIÓN PREDIOS

• ETC

PRODUCTO/INSUMO – PAOS

CONTRATACIÓN

PROCESO

LICITACIONES PÚBLICAS

INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES

ADJUDICACIONES DIRECTAS

CONVENIOS

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PRODUCTO

CONTRATO FIRMADO

ACCIONES DE INTEGRIDAD Y COMBATE A LA CORRUPCIÓN PARA LOS PROCESOS DE

CONTRATACIÓN

SFP

• Registro de servidores públicos que participan en los procesos de contratación.

• Declaración de integridad.

• Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas.

• Código de Ética de los Servidores Públicos

ASF

• Programa de Integridad y combate a la corrupción.

VII. Procedimientos de Contratación

ART 134 DE LA CONSTITUCIÓN

LAS OBRAS PÚBLICAS DEBEN LICITARSE PÚBLICAMENTE PARA OBTENER LAS MEJORES

CONDICIONES DISPONIBLES PARA EL ESTADO EN CUANTO PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO,

OPORTUNIDAD, Y DEMÁS CIRCUNSTANCIAS PERTINENTES.

CUANDO LAS LICITACIONES NO SEAN IDÓNEAS PARA ASEGURAR DICHAS CONDICIONES LAS

LEYES ESTABLECERÁN LAS BASES, PROCEDIMIENTOS, REGLAS, REQUISITOS Y DEMÁS ELEMENTOS

PARA ACREDITAR LA ECONOMÍA, EFICACIA, IMPARCIALIDAD Y HONRADEZ QUE ASEGUREN LAS

MEJORES CONDICIONES PARA EL ESTADO

LOS SERVIDORES PÚBLICOS SERÁN RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE ESTAS BASES

CONDICIONANTES PARA CONTRATAR OBRAS

CONTAR CON LOS ESTUDIOS Y PROYECTOS, ESPECIFICACIONES DE CONSTRUCCIÓN, NORMAS

DE CALIDAD Y EL PROGRAMA DE EJECUCIÓN TOTALMENTE TERMINADOS. TERRENOS

LIBERADOS Y LICENCIAS CORRESPONDIENTES.

OBRAS DE GRAN COMPLEJIDAD CON UN AVANCE QUE PERMITA LICITARLA Y EJECUTARLA EN

FORMA ININTERRUMPIDA.

SE EXCEPTÚAN LAS DEL ARTICULO 42 FRACCIONES.

• II. PELIGRE O SE ALTERE EL ORDEN SOCIAL……

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• V. CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR NO ES POSIBLE LA LP TIEMPO PARA SU

REALIZACIÓN

• VIII. TRABAJOS NO ES POSIBLE PRECISAR SU ALCANCE

LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

TIPOS DE CONTRATACIÓN

ART 27

Procedimiento de Licitaciones Públicas

NACIONALES

ÚNICAMENTE PUEDEN PARTICIPAR PERSONAS DE NACIONALIDAD MEXICANA

POR ENCONTRARSE DEBAJO DE LOS UMBRALES DE LOS TRATADOS

INTERNACIONALES BAJO COBERTURA DE TRATADOS

PARTICIPAN TANTO PERSONAS DE NACIONALIDAD MEXICANA COMO EXTRANJERAS DE LOS

PAÍSES CON TRATADOS

SE TENGA CELEBRADO UN TLC CON CAPITULO DE COMPRAS GUBER.

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INTERNACIONALES ABIERTAS

PARTICIPAN TANTO PERSONAS DE NACIONALIDAD MEXICANA COMO EXTRANJERA DE

CUALQUIER NACIONALIDAD

SIN QUE SE TENGA CELEBRADO NINGÚN TRATADO

LICITACIONES PARA MIPYMES

Las Dependencias y Entidades podrán llevar a cabo licitaciones públicas, invitaciones a cuando

menos tres personas y adjudicaciones directas en las que únicamente puedan participar

MIPYMES.

Siempre y cuando el monto estimado de la contratación sea menor al monto de los umbrales

establecidos para los tratados de libre comercio

Se procurara dar anticipo en estos casos

Procedimiento de Licitación Pública Nacional

LICITACIONES PÚBLICAS

CONVOCATORIA

PROYECTO DE CONVOCATORIA

EN OBRAS CUYO PRESUPUESTO ESTIMADO SEA MAYOR DE 10 000 VECES EL SMGVDF

ELEVADO AL MES (73.04) (MAYORES DE 21 940 000 PESOS)

DEBERÁ SER DIFUNDIDA A TRAVÉS DE COMPRANET AL MENOS DURANTE DIEZ DÍAS

HÁBILES DE ANTICIPACIÓN A LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA; PLAZO EN EL QUE SE

RECIBIRÁN COMENTARIOS.

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EN LICITACIONES CUYO MONTO SEA MENOR, LA PUBLICACIÓN PREVIA DE LA

CONVOCATORIA, SERA OPCIONAL.

LOS COMENTARIOS RECIBIDOS SERÁN ANALIZADOS A EFECTO DE, EN SU CASO,

CONSIDERARLAS PARA ENRIQUECER EL PROYECTO

CONVOCATORIA

CONTENIDO

Nombre de la dependencia

Tipo de licitación

Descripción de la obra o servicio

Porcentaje de anticipo

Plazo de ejecución

Moneda en que debe presentarse la proposición

Condiciones de pago

Presentación de propuestas medios electrónicos

Visita a la obra

Junta de aclaraciones

Acto de presentación y apertura, fallo y firma de contrato

Facultades para presentar propuestas

Acreditamiento de personalidad

Impedidos para participar Art. 51 y 78

Manifestación sobre estudios y programas Art. 51, frac. VII párrafo 2º

Forma acreditamiento experiencia, capacidad técnica, y financiera

Proyectos arquitectónicos y de ingeniería

Términos de referencia en servicios

Relación de materiales y equipo, y programa de suministros

Porciento de contenido nacional

Subcontratación

criterio de evaluación y adjudicación

Causa desechamiento; modelo de contrato

Sanciones por no firmar el contrato

Procedimiento de ajuste de costos

Indicaciones para integrar proposición

Relación de documentos que integra la proposición

Lugar para presentar inconformidades

Declaración de integridad

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Demás necesarias indicando como serán evaluadas

Ultima reforma de la LOPSRM

Publicada en el DOF el 13 de enero del 2016

Entrada en vigor 14 de enero del 2016

SE ADICIONÓ ESTA FRACCIÓN EN LA CONVOCATORIA

XXI. El porcentaje mínimo de mano de obra local que los licitantes deberán incorporar en

las obras o servicios a realizarse;

REQUISITOS QUE LIMITAN LA LIBRE PARTICIPACIÓN

No se podrán establecer en la convocatoria

I. haber celebrado contratos con la convocante o alguna Dependencia o

Entidad en especial

II. Capitales contables

III. Contar con oficinas regionales o estatales

IV. Estar inscrito en el Registro Único de Contratistas

V. Solicitar que los Mat. Maq. y Herramientas sean de una marca determinada;

solo en casos justificados

Sera causa de responsabilidad Adm. establecer requisitos que favorezcan a algún

licitante

PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA

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Modificaciones a la convocatoria

MODIFICACIONES

Plazos u otros aspectos

Fechas de:

• Visita a la obra

• Junta de aclaraciones

• Recepción y apertura de proposiciones

• Emisión del fallo

Siempre que no tengan por objeto limitar el Número de participantes

LAS MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA DERIVADAS DE LAS JUNTAS DE

ACLARACIONES SE CONSIDERAN PARTE INTEGRANTE DE LA MISMA

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Plazos

PRESENTACIÓN Y APERTURA

ART 33

PLAZOS LICITACIONES PÚBLICAS DE LA CONVOCATORIA A LA RECEPCIÓN DE

PROPOSICIONES

• LPN 15 DÍAS

• LPIA 20 DÍAS

• LPIT 40 DÍAS

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LICITACIONES PÚBLICAS

LICITACIONES PÚBLICAS CON REDUCCIÓN DE PLAZO

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LICITACIONES PÚBLICAS CON FALLO DIFERIDO

Plazos en Las licitaciones públicas Nacionales publicación convocatoria a la firma del

contrato

Visita a la obra

VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS

I.- Es optativa para los licitantes

II.- El objeto es que los licitantes conozcan las condiciones ambientales y el grado de

dificultad de los trabajos y sus implicaciones técnicas

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III.- Podrán asistir los interesados y sus auxiliares y los que autorice la convocante.

IV.- Con posterioridad a la visita quienes lo soliciten se les permitirá el acceso al lugar de

los trabajos, siempre que lo soliciten con 24 horas de anticipación) al acto de recepción y

apertura de proposiciones

V.- El plazo de 24 horas podrá ampliarse a 72 horas, por razones de seguridad, debiendo

indicarlo en la convocatoria

VI.- No será obligatorio que se designe un técnico para que guie las visitas adicionales

que se presenten

PLAZOS VISITA A LA OBRA

Junta de Aclaraciones

I.- El acto será presidido por quien se designe y lo asistirá un representante del área

técnica, a fin de resolver en forma clara y precisa las dudas y cuestionamientos que

formulen los licitantes.

II.- El que solicite aclaraciones deberá presentar escrito expresando su interés en

participar en la licitación, manifestando sus datos Generales y en su caso del

representante.

III. las solicitudes podrán presentarse en la junta o enviarse a través de CompraNet,

según corresponda a más tardar 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a

realizar la junta.

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IV. Al concluir la junta podrá señalarse la fecha y hora de otras juntas, considerando que

entre la última y el acto de presentación de apertura deberá existir al menos un plazo de

6 DN.

VI.- De toda junta se levantara acta en la que se hará constar las preguntas y las

respuestas; En el acta correspondiente a la última junta de aclaraciones, se indicara

expresamente esta circunstancia.

PLAZOS JUNTA DE ACLARACIONES

PLAZOS JUNTA DE ACLARACIONES

INVITACIÓN A 3

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Procedimiento Junta de Aclaraciones

JUNTA DE ACLARACIONES PROCEDIMIENTO

La convocante estará obligada a dar contestación en forma clara y precisa, tanto a las

solicitudes de aclaración como a las preguntas que se formulen.

Sera responsabilidad del titular del área requirente y del titular del área técnica , o bien

solo el de esta última cuando también tenga el carácter de área requirente, que asista

un representante de la misma , con los conocimientos técnicos suficientes que permitan

dar respuesta clara y precisa a los planteamientos de los licitantes.

En caso de inasistencia del representante del área técnica o del área requirente, el

servidor público que presida la junta de aclaraciones lo hará del conocimiento del titular

del área de responsabilidades del OIC

Contenido y preparación de proposiciones

PREPARACIÓN DE PROPOSICIONES

Los licitantes preparan su proposición conforme a la convocatoria y a sus aclaraciones y

modificaciones.

La proposición será firmada autógrafamente por la persona facultada para ello en la

última hoja de cada uno de los documentos que forman parte de la misma.

No será motivo de descalificación la falta de firma de las demás hojas que la integran o

sus anexos carezcan de firma o rubrica.

Salvo tratándose del catálogo de conceptos o presupuesto de obra o servicios y los

programas solicitados, mismos que deberán ser firmados en cada hoja.

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Cada uno de los documentos que integran la proposición y aquellos distintos a estas

deberán estar foliados.

Al efecto, se deberán numerar de manera individual la propuesta técnica, la propuesta

económica, así como el resto de los documentos que la integren.

Esta previsión se indicara en la convocatoria

En el caso de que alguno de los documentos carezca del folio, pero se constate que

mantiene la continuidad, no será motivo de descalificación.

En los casos que así lo determine la convocante se es tablecerá con precisión que

documentos se firmaran en cada hoja.

El licitante al que se le adjudique el contrato previo a su formalización firmara todas las

hojas.

La proposición se entregará en un solo sobre claramente identificado en su parte

exterior y completamente cerrado

Si el licitante entrega documentación confidencial deberá expresarlo expresamente por

escrito.

DOCUMENTOS QUE DEBEN CONTENER LAS PROPOSICIONES

I. MBPDV de conocer el sitio de los trabajos

II. Descripción de la planeación integral

III. Currículo de cada uno de los profesionales técnicos

IV. Los que acrediten la experiencia y capacidad técnica de la empresa y de su

personal

V. MBPDV de los trabajos que subcontratara, con la inf. Que acredite la experiencia,

CT y CE de las personas que subcontratara.

VI. Los que acrediten la capacidad financiera

VII. Relación de maquinaria y equipo de constricción

VIII. MBPDV de que los precios que no se cotizan en prácticas desleales de comercio

internacional en Mat., equip y maq extranjera

IX. Los que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio de contratos

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REQUERIMIENTOS PARA LAS PROPOSICIONES A BASE DE P.U.

I. ANÁLISIS DEL TOTAL DE LOS PRECIOS UNITARIOS

II. LISTADO DE INSUMOS

III. ANÁLISIS, CALCULO E INTEGRACIÓN DEL SALARIO REAL

IV. ANÁLISIS, CALCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS HORARIOS

V. ANÁLISIS, CALCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS INDIRECTOS

VI. ANÁLISIS, CALCULO E INTEGRACIÓN DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO

VII. UTILIDAD PROPUESTA

VIII. RELACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS COSTOS BÁSICOS

IX. CATALOGO DE CONCEPTOS

X. PROGRAMA DE EJECUCIÓN

XI. PROGRAMAS DE MAT, MAQ, MO Y UTILIZACIÓN DE PERSONAL

REQUERIMIENTOS PARA LAS PROPOSICIONES A BASE DE PRECIO ALZADO

I. LISTADO DE INSUMOS

II. RED DE ACTIVIDADES CALENDARIZADA

III. CEDULAS DE AVANCE Y PAGOS PROGRAMADOS

IV. PROGRAMA DE EJECUCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS

V. PROGRAMAS DE MO, MAQ, EQUIP., MAT Y PERSONAL

VI. PRESUPUSTO TOTAL DE ACTIVIDADES

Acto de presentación y apertura de proposiciones

PROCESO DEL ACTO DE RECEPCIÓN DE PROPOSICIONES

I.- Se reciben las proposiciones en sobre cerrado, se abren, haciendo constar la

documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido.

II.- De entre los licitantes que hayan asistido, estos elegirán a uno y el servidor público

que preside, rubricaran las partes de la proposición que se haya determinado y se da

lectura al importe total de las propuestas.

III.- Se levanta acta donde se hace constar la recepción y apertura de las proposiciones

y el importe de cada una de ellas. Se señalara lugar fecha y hora en que se dará a

conocer el fallo

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DESARROLLO DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA

Aún y cuando existan denuncias o presunción de falsedad en relación con la información

presentada por un licitante, su proposición no deberá desecharse. El servidor público

que presida el acto, cuando tenga conocimiento del hecho comunicará al OIC

Si al licitante de que se trate se le adjudica el contrato correspondiente y de manera

previa a la formalización del mismo la autoridad competente determina la falsedad de su

información, la convocante deberá abstenerse de suscribir el citado contrato;

CONTENIDO DEL ACTA DE PRESENTACIÓN Y APERTURA

I. Fecha , lugar y hora del acto

II. Nombre del servidor público que presidió el acto

III. Nombre de los licitantes e importe de total de cada proposición

IV. Lugar fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la licitación pública

V. En su caso, hechos relevantes y manifestaciones a que haya lugar.

PERSONAS CON LAS QUE NOS ABSTENDREMOS DE RECIBIR

PROPOSICIONES Y CELEBRAR CONTRATOS

(EVALUACIÓN)

ABSTENCIÓN DE RECIBIR

PROPOSICIONES

I. Cuando el servidor público que intervenga en cualquier etapa del procedimiento

de contratación tenga interés personal, familiar o de negocios ( hasta el 4º grado)

II. Las que desempeñen un empleo, cargo o comisión en el serv. Público, o bien las

sociedades en donde dichas personas formen parte.

III. Se les hubiere rescindido un contrato (un año a partir de la notificación de

rescisión)

IV. Las inhabilitadas (LOPSRM Y LAASSP) SFP

V. Que hayan sido declaradas o sujetas a concurso mercantil.

VI. Que participen en un mismo procedimiento de contratación y se encuentren

vinculados entre si por algún socio o asociado común. (ACTAS

CONSTITUTIVAS

VII. Que hayan participado previamente por si o través de empresas realizando

trabajos de dirección, coordinación y control de obras; preparando

especificaciones; el presupuesto de los trabajos; selección de materiales, equipo

y procesos, convocatoria o asesores en el proceso

VIII. Que hayan realizado, por si o través de empresas que formen parte del mismo

grupo empresarial, en virtud de otro contrato, estudios, planes o programas para

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la realización de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura en los

que se incluyan trabajos de preparación de especificaciones,, presupuesto,

selección y aprobación de materiales, equipos o procesos.

Podrán participar en el procedimiento de licitación pública, para la ejecución de

los proyectos de infraestructura respectivos, siempre y cuando la información

utilizada por dichas personas, sea proporcionada a los demás licitantes.

EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES

EVALUACIÓN DETALLADA DE LAS PROPOSICIONES

REVISIÓN DOCUMENTOS TÉCNICOS

REVISIÓN DOCUMENTOS ECONÓMICOS

REVISIÓN DOCUMENTOS ADICIONALES Y LEGALES

A EFECTO DE QUE LA CONVOCANTE TENGA LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA

DETERMINAR LA SOLVENCIA DE LAS EMPRESAS O RECHAZARLAS

ART 38 EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES

Una vez hecha la evaluación de las proposiciones el contrato se adjudicara A la

proposición que resulte solvente

Porque reúne las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas y garantiza

satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas.

• Si resulta que dos o más propuestas son solventes el contrato se adjudicara a:

“La proposición que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio,

calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”

• La convocante emitirá un dictamen que servirá de base para el fallo

MECANISMOS DE EVALUACIÓN

Para la evaluación de las proposiciones se emplearan los siguientes mecanismos:

Binario

Y

De Puntos y Porcentajes

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PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN

CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

MECANISMO

BINARIO

PROPOSICIÓN SOLVENTE QUE OFERTÓ

EL PRECIO MÁS BAJO

MECANISMO DE PUNTOS Y PORCENTAJES

PROPOSICIÓN SOLVENTE CON MAYOR PUNTAJE O PORCENTAJE

CRITERIO DE DESEMPATE

SE RESOLVERÁ EN LOS TÉRMINOS DEL ART 38 PENÚLTIMO PÁRRAFO LEY

Si dos o más proposiciones son solventes por que satisfacen la totalidad de los

requerimientos.

El contrato se adjudicara a la proposición que asegure las mejores condiciones en

cuanto:

– PRECIO.

– CALIDAD

– FINANCIAMIENTO

– OPORTUNIDAD

– Y DEMÁS CIRCUNSTANCIAS

SI NO ES POSIBLE DESEMPATAR A TRAVES DE DICHOS ELEMENTOS

SORTEO POR INSACULACIÓN

FALLO

ART 39 FALLO

FRAC. CONTENIDO

I. RELACIÓN DE PROPOSICIONES DESECHADAS, EXPRESANDO LOS

INCUMPLIMIENTOS LEGALES, TÉCNICOS, ECONÓMICOS Y DE LA

CONVOCATORIA

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II. RELACIÓN DE PROPOSICIONES SOLVENTES, DESCRIPCIÓN GENERAL. SE

PRESUMIRÁ SOLVENCIA, CUANDO NO SE SEÑALE EXPRESAMENTE

INCUMPLIMIENTO ALGUNO

EN EL CASO DE UTILIZACIÓN DEL MECANISMO DE PUNTOS Y PORCENTAJES, SE

INCLUIRÁ UN LISTADO DE LOS COMPONENTES DEL PUNTAJE DE CADA

LICITANTE, DE ACUERDO A LOS RUBROS CALIFICADOS.

III. NOMBRE AL QUE SE LE ADJUDICA EL CONTRATO, INDICANDO LAS RAZONES

QUE MOTIVARON LA ADJUDICACIÓN, DE ACUERDO A LOS CRITERIOS

PREVISTOS Y MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN

IV. FECHA , LUGAR Y HORA PARA LA FIRMA DEL CONTRATO, LA PRESENTACIÓN DE

GARANTÍAS Y EN SU CASO LA ENTREGA DE ANTICIPOS

V. NOMBRE, CARGO Y FIRMA DEL SERVIDOR PÚBLICO QUE LO EMITE, SEÑALANDO

SUS FACULTADES DE ACUERDO CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS QUE

RIJAN A LA CONVOCANTE.

INDICARA TAMBIÉN EL NOMBRE Y CARGO DE LOS RESPONSABLES DE LA

EVALUACIÓN DE PROPOSICIONES

PROCEDIMIENTO CON JUNTA PÚBLICA

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Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno

Procederá la inconformidad en los términos de ley

Con el fallo y el modelo de contrato en su poder, el licitante ganador podrá

tramitar las garantías

ASPECTOS IMPORTANTES DE LA EMISIÓN DEL FALLO

La información soporte del fallo deberá integrarse en el expediente.

Los fallos para las licitaciones internacionales bajo la cobertura de tratados se

publicará en el DOF dentro de los 72 DN siguientes a su emisión.

En caso de que los licitantes no proporcionen la dirección electrónica, la

convocante quedara eximida de la obligación de avisarles del fallo

Cuando se notifique el fallo, el ganador bajo su responsabilidad y riesgo podrá

iniciar con autorización de la convocante los actos previos al trabajo, tales como

el movimiento de maquinaria, personal y demás insumos

ACTAS

ART 39 BIS ACTAS PROCESO LICITACIÓN

• Las actas de la junta de aclaraciones, de presentación y apertura de

proposiciones y del fallo, serán firmadas por los licitantes que hubieren asistido

a los actos, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos

sobre la misma.

• Se podrá entregar una copia a dichos asistentes y al finalizar los actos se fijara

un ejemplar en un lugar visible al que tenga acceso el público, en el domicilio de

la convocante, por un término no menor de 5 dh.

• El titular de área dejara constancia en el expediente de la licitación de la fecha

hora y lugar en que se hayan fijado las actas o el aviso de referencia

• Asimismo se difundirán en CompraNet para efectos de su notificación a los

licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la

notificación personal.

RESULTADO DE LAS LICITACIONES

CON GANADOR

DESIERTAS

SE CANCELEN

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SE DECLAREN NULAS

LICITACIONES DESIERTAS

CUANDO LAS PROPOSICIONES NO REÚNAN LOS REQUISITOS DE LA

CONVOCATORIA Y NO RESULTARAN SOLVENTES DE O SUS PRECIOS DE INSUMOS

NO FUEREN ACEPTABLES

PRECIOS DE INSUMOS NO ACEPTABLES

LICITACIÓN DESIERTA

Para los efectos de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 40 de la Ley

(declarar desierta), se considera que los precios de los insumos contenidos en las

proposiciones no son aceptables cuando

• se propongan importes que sean notoriamente superiores a los que se

desprendan de la investigación de mercado que se realice para la

presupuestación de los trabajos.

• o bien, no siendo notoriamente superiores, rebasen el presupuesto elaborado

de manera previa por parte de la convocante y no sea factible pagarlos.

RESPUESTA A LA LICITACIÓN DESIERTA

En el supuesto en el que se declare desierta una licitación pública y persista la

necesidad de la dependencia o entidad de contratar con el carácter y requisitos

solicitados en dicha licitación pública

• Se podrá emitir una segunda convocatoria, o bien, optar por aplicar el supuesto

de excepción previsto en la fracción VII del artículo 42 de la Ley.

Cuando los requisitos o el carácter de la licitación pública sean modificados con

respecto a la primera convocatoria a la licitación pública, se deberá convocar a un

nuevo procedimiento de contratación.

CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN

CANCELACIÓN DE LICITACIONES

• POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

• EXISTAN CIRCUNSTANCIAS DEBIDAMENTE JUSTIFICADAS QUE PROVOQUEN LA

EXTINCIÓN DE LA NECESIDAD DE CONTRATAR LOS TRABAJOS Y QUE DE

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CONTINUARSE CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN SE PUDIERA

OCASIONAR UN DAÑO O PERJUICIO A LA CONTRATANTE

• LA DETERMINACIÓN DE DAR POR CANCELADA UNA LICITACIÓN DEBERÁ

PRECISAR EL ACONTECIMIENTO QUE MOTIVA LA DECISIÓN, LA CUAL SE HARÁ DEL

CONOCIMIENTO DE LOS LICITANTES Y DEL OIC (10 DH SIGUIENTES EMISIÓN)

SI LA CANCELACIÓN NO SE DERIVA DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, SE CUBRIRÁN

LOS GASTOS NO RECUPERABLES QUE EN SU CASO PROCEDAN.

Los licitantes podrán solicitar a la dependencia o entidad el pago de gastos no

recuperables en un plazo máximo de tres meses, contado a partir de la fecha de la

notificación de la cancelación de la licitación pública.

Los mencionados gastos serán pagados dentro de un término que no podrá exceder de

cuarenta y cinco días naturales posteriores a la solicitud fundada y documentada del

licitante.

CANCELACIÓN DE LICITACIÓN REGLAMENTO

EL PAGO DE GASTOS NO RECUPERABLES SE LIMITARA

A LOS SIGUIENTES CONCEPTOS

I. COSTOS DE PASAJES Y HOSPEDAJE DEL PERSONAL QUE ASISTIÓ A LA VISITA DE

CAMPO Y JUNTAS DE ACLARACIONES, ACTOS DE PRESENTACIÓN Y APERTURA,

FALLO Y FIRMA; SI NO RESIDE EN EL LUGAR.

II. COSTO DE LA PREPARACIÓN DE LA PROPOSICIÓN, HONORARIOS DEL PERSONAL Y

EQUIPO , MATERIALES DE OFICINA, FOTOCOPIADO E IMPRESIÓN DE PLANOS

III. EN SU CASO EL COSTO DE EMISIÓN DE GARANTÍA

EN CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR NO SE REALIZARA NINGÚN PAGO

CANCELACIÓN DE LICITACIÓN

• NO SERA PROCEDENTE CONTRA LA CANCELACIÓN RECURSO ALGUNO

• SIN EMBARGO PODRÁN INTERPONER LA INCONFORMIDAD CORRESPONDIENTE

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NULIDAD DE LA LICITACIÓN

NULIDAD TOTAL DE LA LICITACIÓN

• LA SFP PODRÁ DETERMINAR LA NULIDAD TOTAL DEL PROCEDIMIENTO DE

CONTRATACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES A LA CONVOCANTE EN LOS

TÉRMINOS DEL ART 75 DE LA LEY

• SE PAGARAN GASTOS NO RECUPERABLES EN LOS TÉRMINOS DE LA

CANCELACIÓN

EXCEPCIONES A LA LICITACIÓN PÚBLICA

INVITACIÓN A TRES Y ADJUDICACIÓN DIRECTA

ART 42.-CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES

ART 43.- DE ACUERDO AL MONTO

Invitación a cuando menos tres personas

ARTICULO 43

ART 43 POR MONTO.- ADJ. DIRECTA E INV. A TRES

CONDICIONANTES

NO FRACCIONAR LAS OBRAS PARA CAER EN ESTE SUPUESTO

NO REBASAR EL 30 % DEL PRESUPUESTO PARA OBRA PÚBLICA

LO DISPUESTO EN EL ART41 TERCER PÁRRAFO ES APLICABLE (INVITAR EMPRESAS

CON CAPACIDAD)

LA CONTRATACIÓN DEBERÁ AJUSTARSE A LOS LÍMITES ESTABLECIDO EN EL PEF

Límites establecidos en el PEF para ART 43. Invitación a Tres y AD por Monto

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INVITACIÓN A TRES POR MONTO

FRAC. SUJECIONES ARTICULO 44 LOPSRM

I. DIFUNDIR LA INVITACIÓN EN COMPRANET Y EN LA PAGINA DE INTERNET DE LA

DEPENDENCIA O ENTIDAD

II. EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA SE PODRÁ HACER SIN LA PRESENCIA

DE LOS LICITANTES, PERO INVARIABLEMENTE SE INVITARA AL OIC

III. CONTAR CON UN MÍNIMO DE TRES PROPOSICIONES SUSCEPTIBLES DE

ANÁLISIS.

EN CASO DE QUE NO SE PRESENTEN EL MÍNIMO DE PROPOSICIONES

SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, SE PODRÁ OPTAR POR DECLARAR

DESIERTA LA INVITACIÓN, O BIEN, CONTINUAR CON EL PROCEDIMIENTO Y

EVALUAR LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS.

EN CASO DE QUE SÓLO SE HAYA PRESENTADO UNA PROPUESTA, LA

CONVOCANTE PODRÁ ADJUDICARLE EL CONTRATO SI CONSIDERA QUE REÚNE

LAS CONDICIONES REQUERIDAS, O BIEN PROCEDER A LA ADJUDICACIÓN

DIRECTA CONFORME AL ÚLTIMO PÁRRAFO DE ESTE ARTÍCULO;

IV. EN LA CONVOCATORIA SE INDICARA AQUELLOS ASPECTOS QUE

CORRESPONDAN AL ART 31 DE LA LEY

V. LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES SE FIJARÁN PARA

CADA CONTRATO ATENDIENDO ALAS CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA

VI. EL CARÁCTER NACIONAL O INTERNACIONAL EN LOS TÉRMINOS DEL ARTICULO

30 DE LA LEY (DEROGADA

VII. EL CARÁCTER NACIONAL O INTERNACIONAL EN LOS TÉRMINOS DEL ARTICULO

30 DE LA LEY (DEROGADA

INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DEL 43

La difusión en CompraNet y en la página de Internet de la dependencia o entidad de las

invitaciones a cuando menos tres personas a que hace referencia la fracción I del artículo 44 de

la Ley.

Deberá realizarse el mismo día en que se entregue la última invitación y estará disponible hasta

el día en que se emita el fallo correspondiente.

La referida difusión es de carácter informativo, por lo que solamente podrán participar en el

procedimiento de contratación aquéllas personas que hayan sido invitadas por la dependencia o

entidad.

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FRACCIONAMIENTO DE OBRAS

FRACCIONAMIENTO DE LAS OBRAS

Se considerará que existe fraccionamiento de las operaciones cuando se presenten las

siguientes circunstancias:

I. Todas estén fundadas en el artículo 43 de la Ley y la suma de sus importes superen el

monto máximo indicado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para cada procedimiento

de excepción;

II. Los trabajos objeto de las contrataciones se refieran a la misma obra o proyecto. Lo

anterior no resultará aplicable en los casos en que el Área responsable de la contratación,

justifique técnicamente la conveniencia de contratar por especialidad;

El Área responsable de la contratación o el Área requirente pudieron prever las contrataciones

de las obras o servicios en un solo procedimiento, sin que se haya realizado de esta forma;

IV. Las operaciones se realicen en un solo ejercicio fiscal, y

V. Las solicitudes de contratación se hayan hecho por la misma Área requirente y el Área

responsable de la contratación sea la misma, o bien, el Área requirente sea la misma y el Área

responsable de la contratación sea diferente.

INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS

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DIFERENCIAS CON LA LICITACIÓN PÚBLICA

Adjudicaciones directas

ARTICULO 43

Obras y servicios de montos pequeños

SE SELECCIONA UN CONTRATISTA

SE LE INVITA

ENTREGA SU PROPOSICIÓN

SE EVALÚA

SE ADJUDICA O SE INVITA A OTRA

Invitación a cuando menos tres personas y adjudicaciones directas

ARTICULO 42

ART 41 EXCEPCIONES A LA L. P.

EN LOS SUPUESTOS DEL ART 42 SE PODRÁ OPTAR

POR NO REALIZAR LA L. P. Y CELEBRAR CONTRATOS POR.

– INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES

– ADJUDICACIÓN DIRECTA.

DEBE FUNDARSE Y MOTIVARSE LA OPCIÓN POR ESCRITO Y ELABORAR UN DICTAMEN.

INVITAR A PERSONAS QUE CUENTEN CON CAPACIDAD DE RESPUESTA INMEDIATA.

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AVISAR AL OIC AL MES SIGUIENTE DE SU CONTRATACIÓN SE EXCEPTÚA LA FRACCIÓN IV

FINES MILITARES

I3 Y AD ART. 42 CUSAS ESPECIALES

FRAC. CAUSA

I. SOLO PUEDE CELEBRARSE CON ESA PERSONA

II. PELIGRE O SE ALTERE EL ORDEN SOCIAL, LA ECONOMÍA, LOS SERVICIOS

PÚBLICOS, LA SALUBRIDAD, LA SEGURIDAD O EL AMBIENTE, COMO

CONSECUENCIA DE CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR

III. CIRCUNSTANCIAS QUE PUEDAN CAUSAR PERDIDAS O COSTOS ADICIONALES

IMPORTANTES DEBIDAMENTE JUSTIFICADOS

IV. FINES MILITARES, LA LP PONGA EN RIESGO LA SEGURIDAD NACIONAL O PÚBLICA

V. POR CASO FORTUITO O DE FUERZA MAYOR NO SEA POSIBLE LLEVAR UNA

LICITACIÓN PUBLICA EN EL TIEMPO REQUERIDO PARA ATENDER LA

EVENTUALIDAD; LIMITARSE A LO ESTRICTAMENTE NECESARIO

VI. SE HUBIERE RESCINDIDO EL CONTRATO ( DIFERENCIA DE PRECIO NO MAYOR AL

10% SEGUNDO LUGAR)

VII. SE REALICE UNA LICITACIÓN PÚBLICA QUE HAYA SIDO DECLARADA DESIERTA,

MANTENIENDO LOS REQUISITOS DE LA CONVOCATORIA , INCLUYENDO

INCUMPLIMIENTOS

VIII. TRABAJOS DE MANTENIMIENTO, RESTAURACIÓN, REPARACIÓN Y

DEMOLICIÓN DE INMUEBLES, DONDE NO ES POSIBLE PRECISAR SU ALCANCE,

CATALOGO, ESPECIFICACIONES , CANTIDADES Y PROGRAMAS

IX. MANO DE OBRA CAMPESINA

X. SERVICIOS RELACIONADOS CON LA OBRA PÚBLICA, PRESTADOS POR UNA

PERSONA FÍSICA, QUE SEA ELLA SOLA.

XI. SERVICIOS DE CONSULTORÍA, ASESORÍAS, O INVESTIGACIONES (O

CAPACITACIÓN) INVITACIÓN A TRES, SOLO QUE SEA RESERVADO PODRÁ SER

DIRECTA

XII. TRABAJOS A TITULO DE DACIÓN EN PAGO.

XIII. CUANDO SE ACREDITE LA ALIANZA ESTRATÉGICA QUE LLEVEN ACABO LAS

DEPENDENCIAS Y ENTIDADES CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES DE DICADAS A

LA INGENIERÍA, LA INVESTIGACIÓN Y A LA TRANSFERENCIA Y DESARROLLO DE

TECNOLOGÍA, AFÍN DE APLICAR LAS INNOVACIONES TECNOLÓGICAS EN LA

INFRAESTRUCTURA NACIONAL

XIV. SERVICIOS PARA ELABORAR O CONCLUIR, PLANES O PROGRAMAS,

ESTUDIOS NECESARIOS QUE PERMITAN LA REALIZACIÓN DE LA LICITACIÓN

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PÚBLICA PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PÚBLICAS ASOCIADAS A PROYECTOS

DE INFRAESTRUCTURA.

SIEMPRE Y CUANDO EL PRECIO DE LOS MISMOS NO SEA MAYOR AL 4% DEL

MONTO TOTAL DEL PROYECTO, CUYA EJECUCIÓN SE PRETENDA LICITAR O BIEN

AL MONTO DE 40 MDP, LO QUE RESULTE MENOR, DEBIENDO ADJUDICAR

DIRECTAMENTE EL CONTRATO RESPECTIVO, LA INFORMACIÓN NO PODRÁ SER

RESERVADA

CONTENIDO DEL ESCRITO DE EXCEPCIÓN A LA LP

I. La descripción de las obras o servicios que se pretendan contratar, las

especificaciones o datos técnicos de los mismos, así como la información

considerada conveniente por el Área requirente o el Área técnica, para explicar el

alcance y objeto de la contratación;

II. Los plazos para la ejecución de las obras o servicios;

III. El resultado de la investigación de mercado que soporte el procedimiento de

contratación propuesto;

IV. El procedimiento de contratación propuesto, fundando el supuesto de

excepción que resulte procedente para llevar a cabo la invitación a cuando

menos tres personas o la adjudicación directa y motivando la propuesta

mediante la descripción clara de las razones en que se sustente la misma;

V. El monto estimado de la contratación y la forma de pago propuesta;

VI. En caso de que se cuente con la información, los nombres de las personas

propuestas para la invitación a cuando menos tres personas o la adjudicación

directa, detallando sus datos generales, capacidad técnica y experiencia.

Tratándose de adjudicaciones directas que se sustenten en los supuestos a que

se refieren las fracciones I, VI, X, XI, segundo párrafo, XII, XIII y XIV del artículo 42

de la Ley, se deberá asentar invariablemente la información señalada en esta

fracción;

VII. La acreditación del o los criterios a que se refiere el segundo párrafo del

artículo 41 de la Ley, en que se funde y motive la selección del procedimiento de

excepción, según las circunstancias que concurran en cada caso, y

VIII. El lugar y fecha de emisión.

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CONTENIDO DEL DICTAMEN DE ADJUDICACIÓN DIRECTA

E I3 DEL ART 42

El contenido del dictamen a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 41 de la Ley

contendrá como mínimo lo dispuesto en el presente artículo.

Además de mencionar

El análisis de la o las proposiciones y las razones para la adjudicación del contrato.

PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA ART 42

COMPARATIVO ENTRE EL

ARTICULO 42

Y

ARTICULO 43

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Firma de contrato

FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS LOPSRM

FORMULACIÓN DE CONTRATOS POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

SE PODRÁN CELEBRAR CONTRATOS A BASE DE PRECIOS UNITARIOS SI SE DEFINE

UNA SERIE DE PRECIOS UNITARIOS Y UNA RELACIÓN DE INSUMOS SERVIRÁN DE BASE

O REFERENCIA PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Y PARA LA CONFORMACIÓN

DE LOS CONCEPTOS NO PREVISTOS

DE SER ESTRICTAMENTE NECESARIO

SE PODRÁ ORDENAR EL INICIO DE LOS TRABAJOS DE MANERA PREVIA A LA

CELEBRACIÓN DEL CONTRATO, MISMO QUE SE FORMALIZARA CUANDO SE CUENTE

CON LOS ELEMENTOS PARA EL EFECTO

Orden en que se firmara el contrato

Para la formalización de los contratos se deberá recabar, en primer término, la firma del

servidor público de la dependencia o entidad de que se trate con las facultades

necesarias para celebrar dichos actos y posteriormente se recabará la firma del

contratista.

La fecha del contrato será aquélla en la que el contratista lo hubiere firmado.

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Inconformidades

ACTOS EN LOS CUALES LA SFP CONOCERÁ DE LAS INCONFORMIDADES

• LICITACIONES PÚBLICAS

• INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES PERSONAS

• SOLO PODRÁ SER PRESENTADA POR QUIEN HAYA MANIFESTADO SU INTERÉS DE

PARTICIPAR EN EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA O POR QUIEN HAYA

RECIBIDO LA INVITACIÓN.

• EN PROPOSICIONES CONJUNTAS SOLO SERA PROCEDENTE SI SE PROMUEVE

CONJUNTAMENTE.

• PLAZOS PARA PRESENTAR LAS INCONFORMIDADES.

INCONFORMIDADES

ARTÍCULO 83 PLAZOS Y MOMENTOS PARA PRESENTARLAS

Proceso de contrataciones con créditos externos.

Composición de los recursos

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Proceso de contratación con dependencias y entidades

Contrataciones entre dependencias y entidades

NO LES APLICA LA LOPSRM

CUANDO LA DEPENDENCIA O ENTIDAD CONTRATE A UN TERCERO POR NO TENER

CAPACIDAD, LE APLICARA LA LOPSRM

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CONTRATACIONES EN LAS QUE NO APLICA LA LOPSRM

CONTRATACIONES EN LAS QUE APLICA LA LOPSRM CUANDO INTERVIENE UN TERCERO

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Dependencias y Entidades que tienen capacidad para realizar obras y servicios

Se considerara que tienen capacidad para realizar obras y servicios por si mismas

Cuando

Realicen mínimo el 51% del importe total del contrato

Los contratos que celebren con terceros para cumplir con la totalidad de los trabajos

contratados se sujetaran a la LOPSRM y su Reglamento

DETERMINACIÓN DE CAPACIDAD DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD QUE FUNGE COMO

CONTRATISTA

TIENE CAPACIDAD CUANDO REALIZA POR SI MISMA EL 51% DEL IMPORTE DE LOS

TRABAJOS

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Diferencia entre las contrataciones federales y las estatales.

LPN RECURSOS FEDERALES

• PROYECTO DE CONVOCATORIA

• RESUMEN DE CONVOCATORIA

• CONVOCATORIA

• PUBLICACIÓN EN COMPRANET

• VISITA A LA OBRA

• JUNTA DE ACLARACIONES

• RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

• EVALUACIÓN BINARIA O PUNTOS Y PORCENTAJES

• FALLO

• FIRMA DE CONTRATO

LPN RECURSOS ESTATALES

• CONVOCATORIA

• PUBLICACIÓN CONVOCATORIA D.O. Y DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN.

• BASES

• REVISIÓN PREVIA

• VENTA DE BASES

• VISITA A LA OBRA

• JUNTA DE ACLARACIONES

• RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES TÉCNICAS

• EVALUACIÓN TÉCNICA

• APERTURA ECONÓMICA

• EVALUACIÓN ECONÓMICA

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• ELABORACIÓN DE DICTAMEN

• FALLO

• ESCRITO DE CAUSAS DE DESECHAMIENTO

VIII. Mecanismos de evaluación de proposiciones

MECANISMOS DE EVALUACIÓN

Para la evaluación de las proposiciones se emplearan los siguientes mecanismos:

Binario

y

de Puntos y Porcentajes

Mecanismos de evaluación Procedimiento Binario

MECANISMOS DE EVALUACIÓN PROCEDIMIENTO BINARIO

ESTE MECANISMO PODRÁ APLICARSE EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS

a) Cuando las Dependencias y Entidades que contraten de manera ocasional no

cuenten con áreas o estructura especializada para tal fin

b) Tratándose de obras y servicios cuyo monto máximo presupuestado no exceda

de 10 000 días de salario mínimo general vigente en el DF($73.04) elevado al

mes.($ 21 912 000 )

c) En los casos en que atendiendo las características complejidad, y magnitud de los

trabajos, el área responsable de la contratación justifique la conveniencia de

aplicar este mecanismo, dejando constancia en el expediente del procedimiento

de contratación

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MECANISMOS DE EVALUACIÓN

PROCEDIMIENTO BINARIO

CONSISTE EN DETERMINAR LA SOLVENCIA DE LAS PROPOSICIONES A PARTIR DE

VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES

LEGALES, TÉCNICAS Y ECONÓMICAS

REQUERIDAS POR LA CONVOCANTE

REQUERIMIENTOS PARA LAS PROPOSICIONES A BASE DE P.U.

I. ANÁLISIS DEL TOTAL DE LOS PRECIOS UNITARIOS

II. LISTADO DE INSUMOS

III. ANÁLISIS, CALCULO E INTEGRACIÓN DEL SALARIO REAL

IV. ANÁLISIS, CALCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS HORARIOS

V. ANÁLISIS, CALCULO E INTEGRACIÓN DE LOS COSTOS INDIRECTOS

VI. ANÁLISIS, CALCULO E INTEGRACIÓN DEL COSTO POR FINANCIAMIENTO

VII. UTILIDAD PROPUESTA

VIII. RELACIÓN Y ANÁLISIS DE LOS COSTOS BÁSICOS

IX. CATALOGO DE CONCEPTOS

X. PROGRAMA DE EJECUCIÓN

XI. PROGRAMAS DE MAT, MAQ, MO Y UTILIZACIÓN DE PERSONAL

Mecanismos de evaluación Puntos y Porcentajes

CUANDO UTILIZAR EL PROCEDIMIENTO DE PUNTOS Y PORCENTAJES

Tratándose de obras y servicios cuyo monto máximo presupuestado no exceda de 10

000 días de salario mínimo general vigente en el DF elevado al mes se utilizara el

procedimiento binario.

Por consiguiente se utilizará el procedimiento de evaluación de puntos y porcentajes

en obras y servicios cuyo monto sea:

Mayor de $ 21 912 000

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MECANISMOS DE EVALUACIÓN

PUNTOS Y PORCENTAJES

Consiste en determinar la solvencia de las proposiciones, a partir del número de puntos

o unidades porcentuales que obtengan las proposiciones conforme a la puntuación o

ponderación establecida en la convocatoria a la licitación pública.

MECANISMOS DE EVALUACIÓN PROCEDIMIENTO PUNTOS Y PORCENTAJES

En la convocatoria deberán establecerse.

Los rubros o subrubros de las propuestas técnica y económica que integran la

proposición;

La calificación numérica o de ponderación que puede alcanzarse u obtenerse con cada

uno de ellos.

El mínimo de puntaje o porcentaje que los licitantes deberán obtener en la evaluación de

la propuesta técnica para poder continuar con la evaluación de la propuesta económica

Y la forma en que deberán acreditar el cumplimiento de los aspectos requeridos por la

convocante en cada rubro o subrubro, para la obtención de puntos y porcentajes.

Propuesta técnica 50 puntos

Rubro Rango

Calidad de la obra 15 a 20

Capacidad del licitante 10 a 20

Experiencia y especialidad del licitante 10 a 15

Cumplimiento de contratos 3 a 6

Contenido nacional 3 a 5

Capacidad o transferencia de conocimientos 3 a 6(4 o 6)

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I. Rubro calidad

subrubro

Material, Maquinaria y Equipo de Instalación permanente.

Mano de Obra.

Maquinaria y Equipo de construcción

Organización de la Dirección

Procedimiento Constructivo

Programas

Sistema de aseguramiento de calidad

Descripción Planeación General

II. Rubro capacidad del licitante

Subrubro Rango

a. Capacidad de los Rec humanos 40 %

1º. Experiencia en obras de la misma naturaleza 20 al 30 %

2º Competencia o habilidad en el trabajo 50 al 60 %

3º. Dominio de herramientas relacionadas con la obra 10 al 20 %

II. Rubro capacidad del licitante

Subrubro Rango

b. Capacidad de los recursos económicos 40 %

c. participación de discapacitado No precisa

d. subcontratación de MIPYMES No precisa

III. Rubro experiencia y especialidad del licitación

Subrubro Rango

a. experiencia No precisa

b. especialidad No precisa

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IV. cumplimiento de contratos

Subrubro Rango

a. contratos cumplidos satisfactoriamente 3 a 6 puntos

Subrubros adicionales -

v. Rubro contenido nacional

Subrubro Rango

a, materiales, maquinaria y equipo 50%

b. mano de obra 50%

VI. Rubro capacitación o transferencia de conocimientos

a). Metodología y la visión a utilizar para impartir capacitación No Determinado

b) el programa de capacitación No Determinado

c) el nivel profesional, conocimientos y habilidades de los capacitadores No Determinado

Propuesta económica

50 puntos

Subrubro Rango

a) precio 40 o 50 Puntos

b) financiamiento 0 o 10 puntos

Puntuación total

PT = TPT + TPE

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Procedimiento

• En los procedimientos de contratación en que se utilicen puntos o porcentajes, la

convocante realizará en primer término la evaluación de las propuestas técnicas y

posteriormente la evaluación de las propuestas económicas.

• La convocante sólo procederá a realizar la evaluación de las propuestas económicas, de

aquéllas proposiciones cuya propuesta técnica resulte solvente por haber obtenido la

puntuación o unidades porcentuales iguales o superiores al mínimo establecido en la

convocatoria o invitación para las propuestas técnicas.

Proposición ganadora

Sólo se podrá adjudicar el contrato al licitante o licitantes cuyas proposiciones

• cumplieron los requisitos legales, su propuesta técnica obtuvo igual o más puntuación o

unidades porcentuales a la mínima exigida.

• y la suma de ésta con la de la propuesta económica dé como resultado la mayor

puntuación o unidades porcentuales.

Criterio de desempate

En caso de empate entre dos o más proposiciones, se procederá conforme a lo dispuesto por el

artículo 38 sexto párrafo de la Ley de Obras y su respectivo Reglamento.

PROCESO DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS PÚBLICAS

Procesos de las obras públicas

1. Planeacion

2. Contratación

3. Ejecución

4. Puesta en operación

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CONTRATACIÓN

INSUMO

POA

PAOS

PEF

PROCESO

LICITACIONES PÚBLICAS

INVITACIONES A CUANDO MENOS TRES

ADJUDICACIONES DIRECTAS

CONVENIOS

COORDINACIÓN

PRODUCTO/INSUMO - CONTRATO FIRMADO

EJECUCIÓN

PROCESO

INICIO DE LA OBRA

APERTURA DE BITÁCORA

PAGO DE ESTIMACIONES

AUT. P.U.

TERM. ANT.

SUSPENSIONES

RESCISIONES

ENTREGA RECEPCIÓN

PRODUCTO

OBRA TERMINADA RECEPCIONADA Y FINIQUITADA

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EL RESIDENTE

• El Residente será el responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los

trabajos incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por los contratistas.

• La designación del Residente deberá constar por escrito.

FUNCIONES

I. supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos.

II. Toma de las decisiones técnicas para la correcta ejecución de los trabajos, debiendo

resolver oportunamente las consultas, aclaraciones, dudas o autorizaciones que presente el

supervisor o el contratista con relación al cumplimiento del contrato

III. Vigilar, previo al inicio de los trabajos, se tramiten los permisos, licencias, derechos de

bancos de materiales, derechos de propiedad y de vía, expropiación de inmuebles y

considerar los efectos sobre el medio ambiente.

IV. Vigilar que se cuente con los recursos presupuestales necesarios para realizar los trabajos

ininterrumpidamente

V. Dar apertura a la bitácora la cual quedara bajo su resguardo y por medio de ella dar las

instrucciones y recibir las solicitudes que le formule el contratista.

VI. Vigilar y controlar el desarrollo de los trabajos, en sus aspectos de calidad, costo, tiempo

y apego a los programas de ejecución de los trabajos de acuerdo con los avances, recursos

asignados, y rendimientos pactados en el contrato.

Cuando el proyecto requiera de cambios estructurales, arquitectónicos, funcionales, de

proceso, entre otros deberá recabar por escrito las instrucciones o autorizaciones de los

responsables de las áreas correspondientes.

VII. Vigilar que previamente al inicio de la obra, se cuente con los proyectos arquitectónicos y

de ingeniería, especificaciones de calidad de los materiales y de especificaciones generales y

particulares de construcción, catálogos de conceptos con sus análisis de precios unitarios o

alcance de las actividades de obra, programas de ejecución y suministros o utilización,

términos de referencia y alcance de los servicios.

VIII. Revisar, controlar y comprobar que los materiales, la mano de obra, la maquinaria, y

equipos sean de la calidad y de las características pactadas en el contrato

IX. Autorizar las especificaciones, verificando que cuenten con los números generadores que

las respalden

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X. Coordinar con los servidores públicos responsables, las terminaciones anticipadas o

rescisiones de contratos y cuando se justifique, las suspensiones de los trabajos; debiéndose

auxiliar de la dependencia o entidad para su formalización

XI. Solicitar y en su caso tramitar los convenios modificatorios necesarios.

XII. Rendir informes periódicos, así como un informe final sobre el cumplimiento del

contratista en los aspectos legales, técnicos, económicos, financieros y administrativos

XIII. Autorizar y firmar el finiquito del contrato

XIV. Verificar la correcta conclusión de los trabajos, debiendo vigilar que la unidad que deba

operarla reciba oportunamente el inmueble en condiciones de operación, los planos

correspondientes a la construcción final, así como los manuales e instructivos de operación y

mantenimiento y los certificados de garantía de calidad y funcionamiento de los bi enes

instalados.

XV. Cuando exista la necesidad de realizar cambios al proyecto, a sus especificaciones o al

contrato, el residente de obra presentara a la dependencia el problema a efecto de analizar

las alternativas de solución, y determinar la factibi lidad, costo, tiempo de ejecución y

necesidad de prorrogar o modificar el contrato.

XVI. Las demás funciones que señalen las dependencias.

EL RESIDENTE

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Debiendo considerar

• El grado académico de formación profesional de la persona.

• Experiencia en administración y construcción de obras.

• Desarrollo profesional.

• El conocimiento de obras similares a las que se hará cargo.

LA SUPERVISIÓN

El Residente podrá auxiliarse técnicamente por la supervisión, que tendrá las funciones que se

señalan en el RLOPSRM, con independencia de las que se pacten en el contrato.

Cuando la supervisión de las obras se realice por contrato, la aprobación de las estimaciones

para efectos de pago deberá ser autorizada por la residencia.

EL SUPERINTENDENTE

• Deberá conocer con amplitud todo lo relacionado con la ejecución de la obra

• Debe estar facultado por el contratista para oír, y recibir toda notificación relacionada

con la obra

• La contratante podrá reservarse el derecho de solicitar en cualquier momento por

causas justificadas su sustitución por otro que reúna los requisitos exigidos.

EL CONTRATISTA

• Los riesgos, la conservación y la limpieza de los trabajos son de su responsabilidad hasta

la entrega de la obra.

• Está obligado a coadyuvar en la extinción de incendios

• Tendrá la obligación de notificar sobre la aparición de cualquier brote epidémico y

cuando se afecten las condiciones ambientales y los procesos ecológicos

• De las estimaciones se le descontaran los derechos para inspección , vigilancia y control

de las obras que realiza la SFP

• Si realiza trabajos mayores a lo contratado sin mediar orden por escrito no tendrá

derecho a reclamar pago alguno

• Cuando los trabajos no se realicen de acuerdo con lo estipulado en el contrato o a lo

ordenado por el residente, se podrá ordenar su demolición, reparación, o reposición de

los mismos, sin derecho a pago alguno y sin que sea motivo para ampliar el plazo

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REQUISITOS PARA PODER INICIAR UNA OBRA

Ejecución de los trabajos

Para la ejecución de los trabajos se deberá cumplir con los siguientes aspectos:

– Deberá iniciarse en la fecha señalada en el contrato respectivo

– Se deberá poner oportunamente a disposición del contratista el o los inmuebles,

haciéndolo constar por escrito. El incumplimiento diferirá la fecha de conclusión

– Contar con los recursos presupuestales necesarios para realizar los trabajos

ininterrumpidamente

– Se iniciara cuando hayan sido designados el residente y por la contratista el

superintendente de construcción o de servicios facultado para oír y recibir toda clase de

notificaciones relacionadas con los trabajos, aun las de carácter personal, así como

tomar las decisiones que se requieran en todo lo relativo al cumplimiento del contrato.

– Se establecerá la residencia de obra o servicios con anterioridad al inicio de la obra.

Cuando la supervisión se realice por terceras personas , el residente de obra la podrá

instalar con posterioridad al inicio de los trabajos

– La residencia de obra deberá estar ubicada en el sitio de ejecución de los trabajos o en la

zona de influencia de la ejecución.

– Tramitar los permisos, licencias, derechos de bancos de materiales, derechos de

propiedad y de vía, expropiación de inmuebles y considerar los efectos sobre el medio

ambiente.

– Contar con los proyectos arquitectónicos y de ingeniería, especificaciones de calidad de

los materiales y de especificaciones generales y particulares de construcción, catálogos

de conceptos con sus análisis de precios unitarios o alcance de las actividade s de obra,

programas de ejecución y suministros o utilización, términos de referencia y alcance de

los servicios.

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GARANTÍAS

ENTREGA DE GARANTÍAS-LOPSRM

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SUSTITUCIÓN DE FIANZAS

Liberación de fianzas

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ENTREGA Y AMORTIZACIÓN DE ANTICIPOS

ENTREGA DE LOS ANTICIPOS

EL OTORGAMIENTO DEL ANTICIPO PODRÁ REALIZARSE EN UNA SOLA EXHIBICIÓN O EN

VARIAS PARCIALIDADES, DEBIÉNDOLO SEÑALAR EN LA CONVOCATORIA Y EN EL CONTRATO

ENTREGA DE LOS ANTICIPOS

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Entrega de un porcentaje mayor al 50 %

Cuando las condiciones de los trabajos requieran que se otorgue un anticipo superior

al cincuenta por ciento de la asignación presupuestal aprobada para el contrato.

El Área responsable de la contratación deberá informar a la Secretaría de la Función

Pública, previamente a la entrega del anticipo, señalando las razones que lo

sustenten.

ENTREGA DE LOS ANTICIPOS

Programa de aplicación del anticipo

• Previamente a la entrega del anticipo, el contratista deberá presentar al Área

responsable de la ejecución de los trabajos un programa en el que se establezca

la forma en que se aplicará dicho anticipo, lo cual deberá precisarse en la

convocatoria a la licitación pública y en el contrato.

• El área mencionada deberá requerir al contratista la información conforme a la

cual se acredite el cumplimiento del citado programa; tal requerimiento podrá

realizarse en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

• En el caso de que el contratista no cumpla el programa a que se refiere el párrafo

anterior por causas debidamente justificadas y acreditadas ante el Área

responsable de la ejecución de los trabajos, dicho programa deberá ser

modificado conforme a las nuevas condiciones que se hubieren presentado.

Cuando el contratista no ejerza el anticipo otorgado en la forma pactada en el

contrato y conforme al programa entregado.

Las dependencias y entidades no podrán exigirle cargo alguno.

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Salvo en los contratos multianuales donde no se otorgara el anticipo del siguiente

ejercicio

Diferimiento del programa por la entrega extemporánea del anticipo

El diferimiento del programa de ejecución convenido, solo procederá cuando exista

atraso en la entrega del anticipo que se pactó realizar en una sola exhibición o, cuando

se hubiere pactado su entrega en varias parcialidades, exista atraso en la entrega de la

primera parcialidad

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ENTREGA DE ANTICIPOS-LOPSRM

BITÁCORA

2. DEFINICIÓN DE BITÁCORA

Artículo 2º del Reglamento de la LOPSRM

VIII. Bitácora: el instrumento técnico que constituye el medio de

comunicación entre las partes que formalizan los contratos, en el cual se

registran los asuntos y eventos importantes que se presenten durante la

ejecución de los trabajos, ya sea a través de medios remotos de

comunicación electrónica, caso en el cual se denominará Bitácora

electrónica, u otros medios autorizados en los términos de este

Reglamento, en cuyo caso se denominará Bitácora convencional.

Articulo 46 último párrafo, LOPSRM

(28 de junio de 2009)

En la elaboración, control y seguimiento de la bitácora, se deberán utilizar medios

remotos de comunicación electrónica, salvo en los casos en que la Secretaría de la

Función Pública lo autorice.

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Reglamento de la LOPSRM

(28 de julio 2010)

Artículo 122.- El uso de la Bitácora es obligatorio en cada uno de los contratos de obras

y servicios. Su elaboración, control y seguimiento se hará por medios remotos de

comunicación electrónica, para lo cual la Secretaría de la Función Pública implementará

el programa informático que corresponda.

Casos en los cuales la SFP autorizara la bitácora convencional

La Secretaría de la Función Pública autorizará que la elaboración, control y seguimiento

de la Bitácora se realice a través de medios de comunicación convencional cuando las

dependencias y entidades así lo soliciten en los siguientes casos:

I. Cuando por virtud del sitio donde se realicen los trabajos existan dificultades

tecnológicas que impidan llevar la Bitácora a través de medios remotos de

comunicación electrónica;

II. Cuando se ejecuten trabajos derivados de caso fortuito o fuerza mayor;

III. Cuando el uso de la Bitácora a través de medios remotos de comunicación

electrónica ponga en riesgo la seguridad nacional o la seguridad pública, en

términos de las leyes de la materia, y

IV. Si las dependencias y entidades realizan de manera ocasional obras y servicios.

V. La información contenida en la Bitácora podrá ser consultada por la Secretaría de

la Función Pública o por los órganos internos de control en el ejercicio de sus

facultades de inspección, vigilancia y control.

Modelo de operación BEOP

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NOTAS PRESTABLECIDAS EN LA BEOP

REQUISITOS

• Contar con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) emitida por el SAT.

• Habilidades Técnicas y/o Conocimientos Específicos

Manejo de Office, conocimientos en materia de Planeación, Responsabilidad

Hacendaria, Obra Pública, Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con

las Mismas y su Reglamento, Ley Federal de Responsabilidades Administrativas

de los Servidores Públicos, así como conocimiento y manejo de las Políticas,

Bases y Lineamientos (POBALINES) de su Dependencia y/o Entidad.

EVENTOS A REGISTRAR EN LA BITÁCORA ESTABLECIDOS EN EL RLOPSRM

EVENTOS RELEVANTES REGLAMENTO

• Modificaciones al proyecto

• Autorización de estimaciones

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• Ajuste de costos

• Conceptos extraordinarios

• Cantidades adicionales

• Convenios modificatorios y adicionales

• Terminación anticipada

• Rescisión

• Sustitución del superintendente

• Conciliaciones

• Casos fortuitos y de fuerza mayor

• La terminación de los trabajos

PAGO DE ESTIMACIONES

ESTIMACIONES

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PAGO DE ESTIMACIONES

PAGOS EN EXCESO

NO SE CONSIDERARA PAGO EN EXCESO CUANDO LAS DIFERENCIAS QUE RESULTEN A

CARGO DEL CONTRATISTA SEAN COMPENSADAS

– EN LA SIGUIENTE ESTIMACIÓN

– O EN EL FINIQUITO, SI DICHO PAGO NO SE HUBIERA IDENTIFICADO CON

ANTERIORIDAD

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PLAZOS EN EL PAGO DE ESTIMACIONES LOPSRM

APLICACIÓN DE SANCIONES

APLICACIÓN DE PENAS CONVENCIONALES

I. En ningún caso las penas convencionales podrán ser superiores, en su conjunto,

al monto de la garantía de cumplimiento.

II. Las penas convencionales se aplicaran por atraso en la ejecución de los trabajos

por causas imputables a los contratistas.

III. Se podrán pactar que las penas convencionales se aplicaran por atraso en el

cumplimiento de las fechas criticas establecidas en el programa de ejecución

general de los trabajos

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PRECIOS UNITARIOS Y AJUSTE DE COSTOS

PRECIOS UNITARIOS

Precio unitario es el importe de la remuneración o pago total que debe cubrirse al

contratista por unidad de concepto terminado y ejecutado conforme al proyecto,

especificaciones de construcción y normas de calidad.

El precio unitario se integra por

PU = CD + CI + F + U + CA

El análisis, cálculo e integración de los precios unitarios para un trabajo determinado

deberá guardar congruencia con:

• Los procedimientos constructivos o la metodología de ejecución de los trabajos.

• Con el programa de ejecución convenido.

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• Así como con los programas de utilización de personal y de maquinaria y equipo

de construcción.

• Debiendo tomar en cuenta los costos vigentes de los materiales, recursos

humanos y demás insumos necesarios en el momento y en la zona donde se

llevarán a cabo los trabajos.

• Sin considerar el impuesto al valor agregado.

• Lo anterior, de conformidad con las especificaciones generales y particulares de

construcción y normas de calidad que determine la dependencia o entidad.

• Y de conformidad al procedimiento establecido en el RLOPSRM

PRECIOS UNITARIOS ORIGINALES, LOS DEL CATALOGO DE CONCEPTOS DEL CONTRATO.

PRECIOS UNITARIOS POR CANTIDADES ADICIONALES

PRECIOS UNITARIOS POR CONCEPTOS NO PREVISTOS EN EL CATALOGO ORIGINAL

PROCEDIMIENTO DE AJUSTE DE COSTOS

I. La revisión de cada uno de los precios

II. La revisión por grupo de precios, que representen cuando menos el 80 % del

importe faltante de ejecutar

III. Mediante la actualización de los insumos que intervienen en el costo directo.

SUJECIÓN DE LOS AJUSTE DE COSTOS

• Se calcularan a partir de la fecha en que se haya producido el incremento o

decremento en el costo de los insumos.

• Se aplicaran a los trabajos pendientes de ejecutar conforme al programa de

ejecución pactado.

• En caso de existir atraso no imputable al contratista, procederá el ajuste

exclusivamente para los trabajos pendientes de ejecutar conforme al programa

convenido

• Los precios de los trabajos permanecerán fijos hasta la terminación de los

trabajos

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• El ajuste se aplicara a los costos directos, conservando constantes los porcentajes

de indirectos y utilidad.

FORMULACIÓN DE CONVENIOS

CONVENIOS MODIFICATORIOS

CONVENIOS MODIFICATORIOS

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CONVENIOS ADICIONALES

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SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LOS TRABAJOS.

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SUSPENSIONES DE LOS TRABAJOS

DURACIÓN DE LA SUSPENSIÓN

Cuando la reanudación de los trabajos esté ligada a un hecho o acto de realización cierta

pero de fecha indeterminada el periodo de la suspensión estará sujeto a la actualización

de ese evento, sin perjuicio de que se pueda optar por la terminación anticipada.

TERMINACIÓN ANTICIPADA DE LOS CONTRATOS.

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• SE REALIZARA LA TERMINACIÓN ANTICIPADA “CUANDO SE DETERMINE LA

NULIDAD TOTAL O PARCIAL DE ACTOS QUE DIERON ORIGEN AL CONTRATO, CON

MOTIVO DE LA RESOLUCIÓN DE UNA INCONFORMIDAD EMITIDA POR LA

SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA, O POR RESOLUCIÓN DE AUTORIDAD

JUDICIAL COMPETENTE”.

EN ESTOS SUPUESTOS EL CONTRATISTA PODRÁ SOLICITAR EL PAGO DE GASTOS NO

RECUPERABLES

DE LAS AUTORIZACIONES DE LOS CONVENIOS ADICIONALES QUE SE FORMULEN, SE

DEBERÁ INFORMAR AL OIC A MAS TARDAR EL ULTIMO DÍA HÁBIL DE CADA MES, DE LO

AUTORIZADO EN EL MES ANTERIOR

RESCISIONES

MOTIVOS DE RESCISIÓN

POR CAUSA IMPUTABLE A LA CONTRATISTA

• CUANDO LA DEPENDENCIA ASÍ CONSIDERE POR INCUMPLIMIENTOS

CLÁUSULA DEL CONTRATO

• DICHA RESCISIÓN OPERARA EN PLENO DERECHO SIN NECESIDAD DE

DECLARACIÓN JUDICIAL, DEBIENDO CUMPLIR CON EL PROCEDIMIENTO

ESTABLECIDO

• REGLAMENTO DE LA LOPSRM

• LAS RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS CONTRATOS DEBERÁ SER EL ÚLTIMO

MEDIO QUE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES UTILICEN, YA QUE EN TODOS LOS

CASOS, PREVIAMENTE, DEBERÁN PROMOVER LA EJECUCIÓN TOTAL DE LOS

TRABAJOS Y EL MENOR RETRASO POSIBLE.

• EN EL CASO DE RESCISIÓN, LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES OPTARÁN POR

APLICAR RETENCIONES O PENAS CONVENCIONALES ANTES DE INCOAR EL

PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN, CUANDO EL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

DERIVE DEL ATRASO EN LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

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ACTA CIRCUNSTANCIADA DE LA RESCISIÓN

En el caso de que se determine no rescindir el contrato, se reprogramarán los trabajos

una vez notificada la resolución correspondiente

RESCISIONES. LOPSRM

LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES PODRÁN BAJO SU RESPONSABILIDAD, SUSPENDER

EL TRAMITE DEL PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.

CUANDO SE HUBIERE INICIADO UN PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN RESPECTO

DEL CONTRATO MATERIA DE LA RESCISIÓN

DE LAS RESCISIONES QUE SE REALICEN, SE DEBERÁ INFORMAR AL OIC A MAS TARDAR

EL ULTIMO DÍA HÁBIL DE CADA MES, DE LAS EFECTUADAS EN EL MES ANTERIOR

ENTREGA RECEPCIÓN

INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS

LAS DEPENDENCIAS DENTRO DE UN PLAZO NO MAYOR DE 15 DÍAS NATURALES A

PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE EN QUE RECIBA LA NOTIFICACIÓN A QUE SE REFIERE EL

PÁRRAFO ANTERIOR, INICIARÁN EL PROCEDIMIENTO DE RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS

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ENTREGA-RECEPCIÓN-LOPSRM

VERIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS

LAS REPARACIONES DE LAS DEFICIENCIAS A QUE ALUDE ESTE ARTÍCULO NO PODRÁN

CONSISTIR EN LA EJECUCIÓN TOTAL DE CONCEPTOS DE TRABAJO FALTANTES POR

REALIZAR; EN ESTE CASO NO SE PROCEDERÁ A LA RECEPCIÓN Y SE CONSIDERARA QUE

LA OBRA NO FUE CONCLUIDA EN EL PLAZO CONVENIDO

ENTREGA-RECEPCIÓN CON DESACUERDO EN EL FINIQUITO O SIN LA PRESENCIA DE LA

CONTRATISTA-LOPSRM

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CONCILIACIONES

MOTIVO DE LA CONCILIACIÓN

QUEJA PRESENTADA POR UNA EMPRESA, CON MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO DE LOS

TÉRMINOS Y CONDICIONES PACTADAS EN LOS CONTRATOS QUE TENGAN CELEBRADOS

CON LAS DEPENDENCIA Y ENTIDADES

ADMISIÓN DE LAS CONCILIACIONES

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ARBITRAJE

• LAS PARTES PODRÁN CONVENIR OTROS MECANISMOS DE CONCILIACIÓN.

• SI NO SE ESTABLECE CLAUSULA ARBITRAL LAS CONTROVERSIAS SERÁN

RESUELTAS POR LOS TRIBUNALES FEDERALES

IX. Proceso de Puesta en operación de las obras

EJECUCIÓN

INSUMO

INSUMO

PROCESO

INICIO DE LA OBRA

APERTURA DE BITÁCORA

PAGO DE ESTIMACIONES

AUT. P.U.

TERM. ANT.

SUSPENSIONES

RESCISIONES

ENTREGA RECEPCIÓN

PRODUCTO/INSUMO - OBRA TERMINADA RECEPCIONADA Y FINIQUITADA

PUESTA EN OPERACIÓN

PROCESO

Aseguramiento de la obra

Registro de la propiedad

Capacitación personal que la operara

Ajustes registros contables

Entrega al responsable de operarla

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PRODUCTO

OBRA OPERANDO

ACTIVIDADES A REALIZAR

X. Integración del expediente unitario

INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE UNITARIO

PROCESO DE CONTRATACIÓN

PROCESO DE EJECUCIÓN

INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE UNITARIO

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INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE UNITARIO

XI. INFRACCIONES Y SANCIONES A LOS CONTRATISTAS Y A SERVIDORES PÚBLICOS

APLICACIÓN DE SANCIONES A LAS EMPRESAS

ART 77 Y 78 DE LA LOPSRM ESTABLECEN QUE LOS OIC SANCIONARAN A LAS

EMPRESAS CUANDO:

I.- NO FORMALICEN EL CONTRATO

II.- SE LES RESCINDAN UN CONTRATO EN DOS O MAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES EN

UN PLAZO DE TRES AÑOS

III.- NO CUMPLAN CON SUS OBLIGACIONES CONTRACTUALES Y CAUSEN UN DAÑO O

PERJUICIO GRAVE

IV.- LAS QUE PROPORCIONEN INFORMACIÓN FALSA EN ALGÚN PROCEDIMIENTO DE

CONTRATACIÓN O EN UNA INCONFORMIDAD O CONCILIACIÓN

V.- SI UTILIZAN LOS SERVICIOS DE ALGÚN SERVIDOR PÚBLICO EN LAS

CONTRATACIONES QUE REALICEN.

VI. SE PRESENTE INCONFORMIDAD CON EL PROPÓSITO DE ENTORPECER EL PROCESO

DE LICITACIÓN

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SANCIONES

MULTAS POR LA CANTIDAD EQUIVALENTE DE 50 Y HASTA 1000 VECES EL SMGVDFEM

INHABILITACIÓN PARA PARTICIPAR EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN QUE

NO SERA MENOR TRES MESES NI MAYOR A CINCO AÑOS.

APLICACIÓN DE SANCIONES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS

POR ENCUADRARSE EN ALGUNOS DE LOS SUPUESTOS QUE SE ESTABLECE EN LA LEY

FEDERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS

INCUMPLIMIENTO A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS Y A

SU REGLAMENTO

ART 80 SANCIONES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS

LA SFP PODRÁ ABSTENERSE DE

• INICIAR LOS PROCEDIMIENTOS DE CAUSA DISCIPLINARIA

• IMPONER SANCIONES ADMINISTRATIVAS

CUANDO DE LAS INVESTIGACIONES O REVISIONES

PRACTICADAS, SE ADVIERTA QUE:

• EL ACTO U OMISIÓN NO ES GRAVE,

• NO IMPLICA LA PROBABLE COMISIÓN DE UN DELITO O PERJUICIO PATRIMONIAL

A LA DEPENDENCIA O ENTIDAD,

• EL ACTO U OMISIÓN FUE CORREGIDO O SUBSANADO DE MANERA ESPONTANEA

POR EL SERVIDOR PÚBLICO

• O IMPLIQUE ERROR MANIFIESTO

Y EN CUALQUIERA DE ESTOS SUPUESTOS, LOS EFECTOS QUE, EN SU CASO,

HUBIEREN PRODUCIDO, DESAPARECIERON O SE HAYAN RESARCIDO.

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ART 82 SANCIONES A LOS SERVIDORES PÚBLICOS

NO SE IMPONDRÁN SANCIONES

• CUANDO SE HAYA INCURRIDO EN LA INFRACCIÓN POR CAUSA DE FUERZA MAYOR

O DE CASO FORTUITO.

• O CUANDO SE OBSERVE EN FORMA ESPONTANEA EL PRECEPTO QUE SE hubiere

DEJADO DE CUMPLIR.

NO ES ESPONTANEO SI LA OMISIÓN ES DESCUBIERTA POR LAS AUTORIDADES, MEDIA

REQUERIMIENTO, VISITA, EXCITATIVA O CUALQUIER OTRA GESTIÓN EFECTUADA POR

LAS MISMAS.

TAMPOCO SE CONSIDERARA ESPONTANEO EL SUPUESTO DE LA FRACCIÓN IV DEL ART.

78 (PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FALSA, ACTUAR CON DOLO O MALA FE).

GRACIAS COMPAÑEROS

Ing. Francisco Javier Moctezuma Jaimes

[email protected]