revista gordo

20
CALLE 2 EDIFICO SAN ISIDRO BARQUISIMETO EDO-LARA 2014 Ley Penal del Ambiente y Refugio de la Fauna Silvestre Rodríguez 2014 Rodríguez y Asociados C.A

Upload: ana-gabriela-garcia-seekatz

Post on 08-Mar-2016

229 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

fauna ley penal ambiental

TRANSCRIPT

Page 1: Revista gordo

0 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

CALLE 2 EDIFICO SAN ISIDRO BARQUISIMETO EDO-LARA

2014

Ley Penal del

Ambiente y Refugio

de la Fauna Silvestre

Rodríguez 2014

Rodríguez y Asociados C.A

Page 2: Revista gordo

1 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

INDICE DE CONTENIDOS

Editorial 1

Ley Penal Del Ambiente 2

Objetivo 2

Requisitos De Las Sanciones A Personas Jurídica 2

Responsabilidad De Representante 3

Sanciones A Personas Naturales Jurídicas 3

Sanciones A Personal 5

Ley De Protección De La Fauna Silvestre 7

La Visión No Gubernamental 9

La Visión Oficial 10

Programas De Manejo 11

Pasatiempo 12

Curiosidades 13

Horóscopo 16

Page 3: Revista gordo

1 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

EDITORIAL RODRIGUEZ Y ASOCIADOS C.A

CALLE 2 EDIFICO SAN ISIDRO BARQUISIMETO

EDO-LARA

TELEFONO: (0251)888-0060 FAX: (0251)829-6000

E-mail: [email protected]

PRESIDENTE

DAIREN E. RODRIGUEZ CAMPOS

DIRECTOR GENERAL VENEZUELA

BRITO YHONNIS

DISEÑO

CONCALVEZ VICTOR

RICARDO RODRIGUEZ

Page 4: Revista gordo

2 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

LEY PENAL DEL AMBIENTE

OBJETIVO

La presente Ley tiene por objeto tipificar como delitos aquellos

hechos que violen las disposiciones relativas a la conservación,

defensa y mejoramiento del ambiente, y establece las sanciones

penales correspondientes. Así mismo, determina las medidas

precautelarías, de restitución y de reparación a que haya lugar.

Extraterritorialidad.- Si el hecho punible descrito por esta Ley se

comete en el extranjero, quedarán sujeta a ella, la persona

responsable, cuando aquél

haya lesionado o puesto en

peligro, en Venezuela, un

bien jurídico protegido en

sus disposiciones.

En este caso, se requiere

que el indiciado haya

venido al territorio de la

República y que se intente

acción por el Ministerio Público. Requiérase también que el indiciado

no haya sido juzgado por tribunales extranjeros, a menos que

habiéndolo sido hubiere evadido la condena.

1. Requisitos De Las Sanciones A Personas Jurídicas

Independientemente de la responsabilidad de las personas naturales,

las personas jurídicas serán sancionadas de conformidad con lo

previsto en la presente Ley, en los casos en que el hecho punible

descrito en ésta haya sido cometido por decisión de sus órganos, en

Page 5: Revista gordo

3 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

el ámbito de la actividad propia de la entidad y con recursos sociales

y siempre que se perpetre en su interés exclusivo o preferente.

2. Responsabilidad De Representante

Cuando los hechos punibles fueran cometidos por los gerentes,

administradores o directores de personas jurídicas, actuando a

nombre o en representación de éstas,

aquellos responderán de acuerdo a su

participación culpable y recaerán

sobre las personas jurídicas las

sanciones que se especifican en esta

Ley.

3. Sanciones A Personas Naturales

Las sanciones serán principales y accesorias.

Son sanciones principales:

La prisión.

El arresto.

La multa.

Los trabajos

comunitarios.

La pena de trabajo

comunitario consiste en la

obligación impuesta al reo de

realizar, durante el tiempo de

la condena, labores en

Page 6: Revista gordo

4 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

beneficio de la comunidad, que

indicará el juez, quien tendrá

presente para tal fin la capacitación

de aquél y, en todo caso , sin

menoscabo de la dignidad

personal.

Esta pena podrá ser impuesta en

sustitución de la de arresto en los

casos en que el juez lo estimare

conveniente, atendidas la personalidad del procesado y la mayor o

menor gravedad del hecho.

Son sanciones accesorias, que se aplicarán a juicio del tribunal:

La inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos

públicos, hasta por dos (2) años después de cumplirse la pena

principal, cuando se trate de hechos punibles cometidos por

funcionarios públicos.

La inhabilitación para el ejercicio de la profesión, arte o

industria, hasta por un (1) año después de cumplida la sanción

principal, cuando el delito haya sido cometido por el condenado

con abuso de su industria, profesión o arte, o con violación de

alguno de los deberes que le sean inherentes.

La publicación de la sentencia, a expensas del condenado, en

un órgano de prensa de

circulación nacional.

La obligación de

destruir, neutralizar o

tratar las sustancias,

materiales,

instrumentos u objetos

Page 7: Revista gordo

5 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

fabricados, importados u

ofrecidos en venta, y

susceptibles de ocasionar

daños al ambiente o a la

salud de las personas.

La suspensión del permiso

o autorización con que se

hubiese actuado, hasta por

un lapso de dos (2) años,

después de cumplida la sanción principal.

La suspensión del ejercicio de cargos directivos y de

representación en personas jurídicas hasta por tres (3) años,

después de cumplida la pena principal: y

La prohibición de contratar con la Administración Pública hasta

por un lapso de tres (3) años, después de cumplida la sanción

principal.

Es necesariamente accesoria a otra pena principal, el comiso de los

equipos, instrumentos, sustancias u objetos con que se hubiere

ejecutado, a no ser que pertenezcan a un tercero ajeno al hecho; y

de los efectos que de él provengan.

Los objetos e instrumentos decomisados se venderán, si son de lícito

comercio, y su producto se aplicará a cubrir las responsabilidades

civiles del penado.

4. Sanciones A Personal

Jurídicas

La sanción aplicable a las personas jurídicas

por los hechos punibles cometidos, en las

condiciones señaladas en el artículo 3 de

Page 8: Revista gordo

6 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

esta Ley, será la de multa establecida para el respectivo delito y,

atendida la gravedad del daño causado, la prohibición por un lapso de

tres (3) meses a tres (3) años de la actividad origen de la

contaminación.

Si el daño causado fuere gravísimo, además de la multa, la sanción

será la clausura de la fábrica o establecimiento o la prohibición

definitiva de la actividad origen de la contaminación, a juicio del juez.

El Tribunal podrá, así mismo, imponer a la persona jurídica, de

acuerdo a las circunstancias del hecho que se haya cometido, alguna

o algunas de las siguientes

sanciones:

La publicación de la sentencia

a expensas del condenado, en un

órgano de prensa de circulación

nacional.

La obligación de destruir,

neutralizar o tratar las sustancias,

materiales, instrumentos u objetos

fabricados, importados u ofrecidos

en venta, y susceptibles de ocasionar daños al ambiente o a la

salud de las personas.

La suspensión del permiso o autorización con que se hubiese

actuado, hasta por un lapso de dos (2) años; y

La prohibición de contratar con la Administración Pública hasta

por un lapso de tres (3) año.

Page 9: Revista gordo

7 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

LEY DE PROTECCION DE LA FAUNA SILVESTRE

La presente Ley regirá la protección y aprovechamiento racional de la

fauna silvestre y de sus productos, y el ejercicio de la caza.

Caimanes, tortugas, tigres, manatís, y decenas de especies de aves,

como los flamencos, encuentran refugio en diversos lugares

decretados por el Ejecutivo Nacional para salvaguárdalos de la

extinción, un proceso irreversible que los apartaría de la faz de la

tierra para

siempre. Estas

áreas son

conocidas como

Refugios de

Fauna Silvestre.

Hasta la fecha se

han decretado

siete, con el

objetivo de

proteger el

hábitat de estos animales amenazados, particularmente de aquellos

en peligro de extinción, a los fines de recuperar sus poblaciones,

proveyendo oportunidades tanto a la investigación científica, como a

la educación especializada.

Los refugios de fauna silvestre, constituyen en la actualidad, junto a

las reservas de fauna silvestre, las únicas Áreas Bajo Régimen de

Administración Especial (ABRAE) existentes, dedicadas casi de

manera exclusiva a la conservación de la fauna autóctona de nuestro

país. Queda una tercera categoría legal, los santuarios de fauna

silvestre, de los cuales no se ha decretado ninguno en el país. Estas

Page 10: Revista gordo

8 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

áreas protegidas se encuentran reguladas por la Ley de Protección de

la Fauna Silvestre, decretada en la década de los 70.

El Ministerio del Ambiente y de los

Recursos Naturales, a través de la

Dirección General de Fauna, prevé la

consolidación del sistema nacional de

áreas naturales protegidas para la

fauna, buscando un nivel regional y

hasta local de administración,

obedeciendo a lineamientos de

conservación y manejo, emanados de

la política ambiental del

MARN e implementados por

la Dirección General de

Fauna. Se afinan varios

mecanismos entre los cuales

están, el desarrollar el

marco legal específico que

permita la ordenación y

manejo (Planes de Ordenación y Reglamentos de Uso y sus

correspondientes programas) de los RFS existentes, la declaratoria de

nuevas áreas protegidas donde ello se requiera, y el establecimiento

de acuerdos o convenios estratégicos de apoyo a las áreas naturales

protegidas, los cuales podrías celebrarse con institutos científicos,

universidades y organizaciones no gubernamentales, con objetivos

afines a los nuestros.

Una vez que se tiene el marco legal y las debidas asociaciones

estratégicas, se pueden diseñar y ejecutar programas específicos de

investigación, de manejo de poblaciones y sus hábitats, educación

ambiental, desarrollar infraestructuras, programas de voluntariado, el

Page 11: Revista gordo

9 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

cual se convertiría en apoyo

importante para la conservación

de éstas áreas y para promover

la educación ambiental. Pese a

los años en que se ha venido

trabajando en ello, no ha habido

la suficiente planificación ni los

recursos asignados para lograr su objetivo principal.

La Visión No Gubernamental

VITALIS considera que es mucho lo que aún falta por hacer en los

Refugios de Fauna Silvestre de Venezuela, pese a los esfuerzos que

se realizan con muy escasos recursos. Por ejemplo, solo 2 de los 7

poseen planes de

ordenamiento y

manejo

debidamente

sancionados y el

número de guarda

faunas no es

suficiente para

desarrollar los

planes y programas de manejo. Por otro lado se requieren fortalecer

los mecanismos de cooperación interinstitucional, para replicar

experiencias exitosas tales como la del Refugio de Fauna Silvestre

Cuare con FUDENA, que se ha mantenido por más de 10 años.

Asimismo, VITALIS considera fundamental consolidar los mecanismos

de participación y consulta con otros sectores, de forma tal que en

cada refugio cuente con organizaciones públicas y privadas aliadas de

Page 12: Revista gordo

10 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

su gestión, aplicando además la función asesora que le permitiría

diversificar las formas y fuentes de apoyo a su trabajo.

La Visión Oficial

Actualmente, el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales,

a través de la Dirección General de Usos y Actividades en los Refugios

de Fauna Silvestre de Venezuela

Restricción Usos Actividades

Prohibidas

Cultivos y cría de animales

domésticos, minería, explotar hidrocarburos, vertido de

efluentes líquidos no tratados,

comercios, industrias no

artesanales, desarrollos turísticos y urbanísticos,

anuncios publicitarios,

depositar basura

Pesca comercial a escala industrial, recreación

masiva y activa, caza

(deportiva, comercial),

introducción de animales silvestres

exóticos

Restringidas

Cultivos agrícolas, zoo

criaderos y acuicultivos, construcción de instalaciones

recreacionales, plantas

eléctricas industriales, vías de

comunicación, teleféricos, viviendas, y obras hidráulicas,

viviendas privadas,

aprovechamiento de aguas

superficiales o subterráneas,

descarga de aguas servidas, tala, deforestación,

reforestación, industria

artesanal

Pesca deportiva, subsistencia, comercial,

artesanal, producción de

ruidos molestos

Permitidas

Manejo del hábitat de la fauna,

visitas guiadas, construcciones

para recreación, educación ambiental, senderos, vías de

comunicación e investigación

científica

Caza y pesca para

control de animales perjudiciales, educación

ambiental, extracción

de muestras, acceso del

público de visita, recreación pasiva

Page 13: Revista gordo

11 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

Programas De Manejo

Para el cumplimiento de sus objetivos de conservación, los Refugios

de Fauna Silvestre cuentan con una serie de programas de manejo

que comprenden, entre otros, la guardería y control, el desarrollo de

investigaciones científicas (que incluye el monitoreo de variables

ambientales y la cooperación interinstitucional), educación ambiental

y el Uso Público. Este último comprende además los subprogramas

relacionados con la recreación pasiva, las relaciones públicas y la

extensión.

Page 14: Revista gordo

12 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

JUEGO DIDACTICO

Page 15: Revista gordo

13 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

CURIOSIDADES

¿SABÍAS QUE…?

Curiosidades sobre contaminación y reciclaje

Sabías que durante los

últimos 35 años, la Tierra ha

perdido un tercio de la vida

silvestre global.

¿Sabías que el papel

se puede reciclar hasta 11 veces? Se va convirtiendo en

diferentes tipos de papel y cartón.

Sabías que para producir

una tonelada de papel, se

tienen que cortar

17 árboles grandes.

Sabías que cada ciudadano produce casi 1,5 Kg./día de basura,

y los procesos actuales para eliminarlos son muy costosos y

Page 16: Revista gordo

14 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

contaminantes, por lo que es mejor procurar reducir la

cantidad de basura que generamos.

Sabías que la temperatura global y el nivel de los mares han

aumentado de forma más acelerada que nunca en la historia de

la tierra, durante el último siglo.

Sabías que un grifo de

agua goteando una gota por

segundo,

termina desperdiciando 30

litros de agua por día.

Sabías que las baterías de

los móviles contienen metales pesados que contaminan el suelo

si no son recicladas. En grandes cantidades, pueden matar

animales y causar enfermedades a los seres humanos.

Sabías que un ordenador contiene 1.5 kilos de cobre; si

tenemos en cuenta que 240 millones de ordenadores son

vendidos en todo el mundo cada año, reciclando estos

ordenadores se recuperaría alrededor de 360.000 toneladas de

cobre, el equivalente a la producción de una mina durante un

año.

Page 17: Revista gordo

15 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

Creemos que ya es hora de reflexionar y comenzar a tener

conciencia.

Page 18: Revista gordo

16 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

HOROSCOPO

Page 19: Revista gordo

17 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014

Page 20: Revista gordo

18 Rodríguez y Asociados C.A ® 2014