resúmen del acuerdo 696

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ACUERDO 696 POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN,PROMOCIÓN Y CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA. VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2013

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Page 1: Resúmen del Acuerdo 696

ACUERDO 696

POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN,PROMOCIÓN Y

CERTIFICACIÓN EN LA EDUCACIÓN BÁSICA.

VIERNES 13 DE SEPTIEMBRE DE 2013

Page 2: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 1°

Objeto: regular la evaluación, acreditación, promoción y

certificación de los alumnos de educación básica.

La SEP diseñará e implementará procesos de evaluación,

acreditación, promoción y certificación diversificados y articulados con los principios establecidos en el presente

Acuerdo

Page 3: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 2°

Alcance• Aplicable a todas las

instituciones educativas públicas y particulares con autorización (federal, estatal y municipal) de preescolar, primaria y secundaria.

Page 4: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 3°

Componentes

• Evaluación basada en la valoración del desempeño de los alumnos en relación con los aprendizajes esperados y las actitudes.

• La evaluación tomará en cuenta las características de diversidad social, lingüística, cultural, física e intelectual de los alumnos.

Page 5: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 4°•Acciones

que realiza el docente durante las actividades de estudio o en otros momentos, para recabar información que le permita emitir juicios sobre el desempeño de los alumnos y tomar decisiones para mejorar el aprendizaje.

Evaluación

•Juicio mediante el cual se establece que un alumno cuenta con los conocimientos y habilidades necesarias en una asignatura, grado escolar o nivel educativo.

Acreditación

•Decisión del docente sustentada en la evaluación sistemática o de la autoridad educativa competente en materia de acreditación y certificación, que permite a un alumno continuar sus estudios en el grado o nivel educativo siguiente.

Promoción

•Acción que permite a una autoridad legalmente facultada, dar testimonio, por medio de un documento oficial, que se acreditó total o parcialmente una unidad de aprendizaje, asignatura, grado escolar, nivel o tipo educativo.

Certificación

Page 6: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 5°

Reporte de evaluaciónEs el documento

que avala oficialmente la

acreditación parcial o total de

cada grado y nivel de la educación

básica.

La información registrada será responsabilidad del docente o directos de la

escuela pública o particular con autorización.

El diseño estará a cargo de la SEP.

Las normas de control escolar pueden indicar

que se expida en versión impresa

o electrónica.

Page 7: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 6°Contenido de reporte de evaluación (GENERAL):

a) Datos generales del alumno.

b) Datos de identificación de la escuela.

c) Observaciones del docente.

d) Al término de la educación preescolar asentar: CONCLUYÓ LA EDUCACIÓN PREESCOLAR.

Primaria y secundaria,

agregar: asignaturas,

calificaciones parciales y

promedio por grado y

asignatura.

Page 8: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 7°Educación preescolar: la evaluación del

desempeño del alumno será exclusivamente cualitativa: el docente anotará en el Reporte de Evaluación, sus recomendaciones para que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar el desempeño de sus hijos o pupilos, sin emplear clasificación o referencia numérica.

Page 9: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 8°• Educación primaria y secundaria: el docente asignará a

cada estudiante una calificación en una escala de 5 a 10 y hará un informe de cada uno de sus alumnos que necesiten apoyo fuera del horario escolar, en escritura, lectura o matemáticas.

Las calificaciones y los promedios se expresarán con un número truncado a décimos.

Page 10: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 9°

Entrega de resultados finales de asignatura o grado.

Desde 3° de primaria a 3° de secundaria se aplicará un examen final para calificar el

quinto bimestre.

El examen final puede ser elaborado por el

CTE*, CTZ** o autoridades educativas

locales y será de preguntas abiertas.

La calificación del examen final, el

promedio de grado y de nivel educativo se

entregarán a mas tardar el último día del

ciclo escolar.

*CTE: consejo técnico escolar**CTZ: consejo técnico de zona

Page 11: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 10

Promedio final de asignatura:

Promedio de calificaciones obtenidas en

cada bimestre.

Page 12: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 11

Promedio final de grado escolar:

Resultado de sumar los promedios finales de las

asignaturas y dividirlo entre el número total de asignaturas.

Page 13: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 12

Alerta y estrategias de intervención

A partir del segundo bimestre.

Registrar en el Reporte de Evaluación si existen riesgos de que el alumno

no alcance los aprendizajes previstos.

Registrar estrategia de intervención a seguir.

Page 14: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 13a) Tercer bimestre: alumno que

presente problemas con asignaturas no acreditadas puede

dedicar más tiempo durante su estancia en la escuela a dichas

asignaturas.

b) El alumno, los padres o tutores, deberán

suscribirlos compromisos del CTE

c) Examen de recuperación será elaborado por el

docente de la asignatura

d) Aplicación del examen: cuando el alumno, docente y

tutor académico lo consideren conveniente, pero antes del

quinto bimestre.

Exámenes de recuperación

en el nivel secundaria.

Page 15: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 13e) Si el resultado es

aprobatorio, sustituirá al resultado original.

f) Para dedicar más tiempo a asignaturas en

recuperación el alumno puede ausentarse a las

clases.

g) La inasistencia a las clases no exime al

alumno de presentar las evaluaciones bimestrales.

h) Los docentes deben buscar que los padres se involucren en los apoyos

para los alumnos.

i) El tutor y el docente deben garantizar la equidad y eficiencia de los procesos.

Exámenes de recuperación

en el nivel secundaria.

Page 16: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 14

Promedio final de nivel

educativoPrimaria

Suma de los promedios finales de los seis grados que conforman el nivel dividida entre seis.

Promedio final de nivel

educativoSecundaria

Suma de promedios finales de los tres grados, dividida

entre tres.

Page 17: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 15

Acreditación de asignatura

Cuando se obtenga un promedio final

mínimo de 6.0

Page 18: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 16

CRITERIOS DE ACREDITACIÓN

Page 19: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 16

CRITERIOS DE ACREDITACIÓN (CONTINUACIÓN)

Page 20: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 16

CRITERIOS DE ACREDITACIÓN (CONTINUACIÓN)

Page 21: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 16CRITERIOS DE ACREDITACIÓN (CONTINUACIÓN)

Page 22: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 17• El Reporte de Evaluación incluirá

recomendaciones sobre el apoyo de padres de familia o tutores y docentes a los alumnos que sean promovidos sin haber acreditado el total de asignaturas o para aquellos que deban cursar nuevamente el grado.Apoyos

adicionales

Page 23: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 18

Acreditación y promoción anticipada• Los alumnos con aptitudes

sobresalientes podrán saltar el grado o ingresar a primaria y secundaria de manera anticipada.

Page 24: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 19Ce

rtific

ado

de

Educ

ació

n Pr

imar

ia.

Expedido por la autoridad educativa en versión impresa o electrónica.

Page 25: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 20

Certificado de Educaci

ón Secund

aria

•Expedido por la autoridad educativa en versión impresa o electrónica.

Page 26: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 21• En los procesos de inscripción, reinscripción, acreditación,

promoción, regularización y certificación se aplicarán las disposiciones establecidas en las normas de control escolar que emita, para cada ciclo escolar, la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, unidad administrativa que será responsable de atender los casos de interpretación, duda o no previstos en el presente Acuerdo.

Normas de

control escolar

Page 27: Resúmen del Acuerdo 696

Artículo 22

Innovaciones locales: Previo registro ante la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, las autoridades educativas locales, podrán adaptar lo previsto en el presente

Acuerdo a los contextos locales y desarrollar proyectos de innovación en materia de evaluación,

acreditación, promoción y certificación, en tanto ello no afecte el tránsito nacional e internacional

de educandos, ni el carácter nacional de la educación básica.