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UNIVERSIDAD DISTRITAL ,_ FRANCISC::O ]OS~ DE CALDAS

. . RECTORÍA •

RESOLUCIÓN .Ni:o.- . 629 .-.·. 17. NOV 2016

"Por medio de la cual se adopta el Manualde.Supervisión e Interv.entoría de la Universidad Distrito/Francisco José de Caldas"

El Rector (E) de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, conferidas por la Constitución Política de Colombia, la Ley 30 de 1992, así como por el Estatuto General - Acuerdo Nro. 003 de 1997 y de Contratación de la Universidad - Acuerdo Nro. 003 de 2015, y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 69 de la Constitución Política de Colombia, las universidades gozan de autonomía universitaria y en virtud de ella podrán "darse sus directivas y regirse por sus propios estatutos, de acuerdo con lo ley".

Que en el mismo sentido y conforme a lo establecido en los artículos 3 y 28 de la Ley 30 de 1992, se garantiza la autonomía universitaria y se reconoce a las universidades, entre ·otros, el derecho a expedir y modificar sus estatutos.

Que el artículo 93 de la Ley 30 de 1992 establece que los contratos que celebren las universidades estatales u oficiales para el cumplimiento de sus funciones, se rigen por las normas del derecho privado, y sus efectos están sujetos a las normas civiles y comerciales, con excepción de los contratos de empréstito.

Que conforme al artículo 16 del Estatuto General de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Acuerdo 003 de 1997, en sus literales f) y g), el Rector tiene dentro de sus funciones dirigir la conservación y la administración del patrimonio de la Universidad y expedir procedimientos administrativos.

Que la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, requiere adoptar una herramienta de gestión y asesoría que, mediante la interventoría y la supervisión, a través de facultades de vigilancia y seguimiento, proteja la moralidad administrativa y la · transparencia de la ejecución contractual, y asegure la calidad e idoneidad, con que el contratista o proveedor ejecute integralmente el objeto contractual convenido, el estricto cumplimiento de los pliegos de condiciones o términos de referencia, estudios previos y

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