resoluciÓn no. 0099 (28 de junio de 2021) por la cual se

2
as valle Unidad Ejecutora de Saneamiento del Valle del Cauca Nit: 805.018.833 - 8 200-06 RESOLUCIÓN No. 0099 (28 DE JUNIO DE 2021) POR LA CUAL SE APRUEBA UNA GARANTÍA ÚNICA El Subdirector Administrativo de la Unidad Ejecutora de Saneamiento del Valle del Cauca, en uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas mediante Resolución No.0877 de octubre 1 de 2014, CONSIDERANDO: Que la Unidad Ejecutora de Saneamiento del Valle del Cauca el día 24 de junio de 2021, celebró el Contrato de Prestación de Servicios N*.41 0-22-06.20210793 por valor de CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL PESOS MCTE (543.520.000) incluido IVA, con el Contratista STEFANINI SYSMAN S.A.S, identificado con Nit. 800.021.261-8, representada legalmente por la señora LILIANA LUCERO CASTRO ROMERO, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 46.456.797 expedida en Duitama, cuyo objeto consiste en Contratar el servicio de soporte y actualización para los módulos de la solución STEFANINI SYSMAN SOFTWARE en los módulos de: contabilidad, tesorería, control presupuestal, almacén e inventarios, nómina, control de contratos, administración de transportes, costos abc y administración de documentos, instalados sobre base de datos Oracle, herramienta Visual Basic FOR APPLICATIONS y plataforma Windows. Que conforme a lo establecido en la CLÁUSULA 19. -GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO: EL CONTRATISTA constituyó a favor de la UNIDAD EJECUTORA DE SANEAMIENTODEL VALLE DEL CAUCA, por intermedio de una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, la(s) Garantía(s) que ampararán el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones contractuales, así: 19.1. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Este amparo debe cubrir a la UNIDAD EJECUTORA DE SANEAMIENTO DEL VALLE DEL CAUCA UESVALLE, por los perjuicios derivados de: (a) el incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista: (b) el cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista; (c) los daños imputables al contratista por entregas parciales de la obra, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y (d) el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria. El valor de esta garantía debe ser del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y cuatro (4) meses más. 19.2. CALIDAD DEL SERVICIO: Este amparo debe cubrir a la la UNIDAD EJECUTORA DE SANEAMIENTO DEL VALLE DEL CAUCA UESVALLE, por los perjuicios derivados de la deficiente calidad del servicio prestado. El valor de esta garantía debe ser del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y cuatro (4) meses más. 19.3. PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Este amparo debe cubrir a la UNIDAD EJECUTORA DE SANEAMIENTO DEL VALLE DEL CAUCA UESVALLE, de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista derivadas de la contratación del personal utilizado en el territorio nacional para la ejecución del contrato amparado. El valor de esta garantía debe ser del 5 por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más. Que la garantía única que presentó el Contratista a la oficina de Gestión Jurídica, contiene los siguientes datos: VIGENCIA VALOR AMPARO DESDE HASTA ASEGURADO ASEGURADORA No. PÓLIZA Cumplimiento del Contrato 25/06/2021 30/04/2022 $8.704.000 Calidad del Servicio , ASEGURADORA 25/06/2021 30/04/2022 $8.704.000 SOLIDARIA DE 600-47-994000061577 COLOMBIA Pago de salarios, prestaciones $2.176.000 sociales e indemnizaciones. 25/06/2021 31/12/2024 OFICINA PRINCIPAL CALI ÁREAS OPERATIVAS Carrera 37A No. 4-88 Santa Isabel CARTAGO TULUÁ CALI Tel: PBX: 57 (2) 558 0868 FAX: 57 (2) 558 0727 www.uesvalle.gov.co Carrera 3A No. 14-05 Tel: 57 (2) 214 8644 Carrera 30 No. 32-91 Tel: 57 (2) 224 4616 Carrera 36B No. 5 - 51 Tel: 57 (2) 620 6875

Upload: others

Post on 29-Jun-2022

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: RESOLUCIÓN No. 0099 (28 DE JUNIO DE 2021) POR LA CUAL SE

as valle Unidad Ejecutora de Saneamiento

del Valle del Cauca

Nit: 805.018.833 - 8

200-06

RESOLUCIÓN No. 0099 (28 DE JUNIO DE 2021)

POR LA CUAL SE APRUEBA UNA GARANTÍA ÚNICA

El Subdirector Administrativo de la Unidad Ejecutora de Saneamiento del Valle del Cauca, en uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas mediante Resolución No.0877 de octubre 1 de 2014,

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Ejecutora de Saneamiento del Valle del Cauca el día 24 de junio de 2021, celebró el Contrato de Prestación de Servicios N*.41 0-22-06.20210793 por valor de CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL PESOS MCTE (543.520.000) incluido IVA, con el Contratista STEFANINI SYSMAN S.A.S, identificado con Nit. 800.021.261-8, representada legalmente por la señora LILIANA LUCERO CASTRO ROMERO, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 46.456.797 expedida en Duitama, cuyo objeto consiste en Contratar el servicio de soporte y actualización para los módulos de la solución STEFANINI SYSMAN SOFTWARE en los módulos de: contabilidad, tesorería, control presupuestal, almacén e inventarios, nómina, control de contratos, administración de transportes, costos abc y administración de documentos, instalados sobre base de datos Oracle, herramienta Visual Basic FOR APPLICATIONS y plataforma Windows.

Que conforme a lo establecido en la CLÁUSULA 19. -GARANTÍAS Y MECANISMOS DE COBERTURA DEL RIESGO: EL CONTRATISTA constituyó a favor de la UNIDAD EJECUTORA DE SANEAMIENTODEL VALLE DEL CAUCA, por intermedio de una Compañía de Seguros legalmente establecida en Colombia, la(s) Garantía(s) que ampararán el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones contractuales, así: 19.1. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Este amparo debe cubrir a la UNIDAD EJECUTORA DE SANEAMIENTO DEL VALLE DEL CAUCA UESVALLE, por los perjuicios derivados de: (a) el incumplimiento total o parcial del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista: (b) el cumplimiento tardío o defectuoso del contrato, cuando el incumplimiento es imputable al contratista; (c) los daños imputables al contratista por entregas parciales de la obra, cuando el contrato no prevé entregas parciales; y (d) el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria. El valor de esta garantía debe ser del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y cuatro (4) meses más. 19.2. CALIDAD DEL SERVICIO: Este amparo debe cubrir a la la UNIDAD EJECUTORA DE SANEAMIENTO DEL VALLE DEL CAUCA UESVALLE, por los perjuicios derivados de la deficiente calidad del servicio prestado. El valor de esta garantía debe ser del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y cuatro (4) meses más. 19.3. PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES: Este amparo debe cubrir a la UNIDAD EJECUTORA DE SANEAMIENTO DEL VALLE DEL CAUCA UESVALLE, de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista derivadas de la contratación del personal utilizado en el territorio nacional para la ejecución del contrato amparado. El valor de esta garantía debe ser del 5 por ciento (5%) del valor del contrato, con una vigencia igual al plazo del mismo y tres (3) años más.

Que la garantía única que presentó el Contratista a la oficina de Gestión Jurídica, contiene los siguientes datos:

VIGENCIA VALOR AMPARO DESDE HASTA ASEGURADO ASEGURADORA No. PÓLIZA

Cumplimiento del Contrato 25/06/2021 30/04/2022 $8.704.000

Calidad del Servicio , ASEGURADORA 25/06/2021 30/04/2022 $8.704.000 SOLIDARIA DE 600-47-994000061577

COLOMBIA Pago de salarios, prestaciones $2.176.000 sociales e indemnizaciones. 25/06/2021 31/12/2024

OFICINA PRINCIPAL CALI ÁREAS OPERATIVAS

Carrera 37A No. 4-88 Santa Isabel CARTAGO TULUÁ CALI Tel: PBX: 57 (2) 558 0868 FAX: 57 (2) 558 0727 www.uesvalle.gov.co

Carrera 3A No. 14-05

Tel: 57 (2) 214 8644 Carrera 30 No. 32-91

Tel: 57 (2) 224 4616 Carrera 36B No. 5 - 51

Tel: 57 (2) 620 6875

Page 2: RESOLUCIÓN No. 0099 (28 DE JUNIO DE 2021) POR LA CUAL SE

LES V Unidad Ejecutora de Saneamiento

del Valle del Cauca Nit: 805.018.833 - 8

200-06 : RESOLUCIÓN No. 0099 (28 DE JUNIO DE 2021)

1. Que la póliza de seguro de cumplimiento No.600-47-994000061577 que ampara el

cumplimiento del contrato, calidad del servicio y Pago salarios, prestaciones sociales e

indemnizaciones laborales, cumple con los requisitos establecidos en Contrato de

Suministro N”. 410-22-06.20210793.

2. Que la Unidad Ejecutora de Saneamiento del Valle del Cauca en cumplimiento del artículo

23 de la ley 1150 de 2007,

RESUELVE:

Artículo Único: Aprobar la garantía única del Contrato de Suministro N*410-22-06.20210793,

Póliza de Seguro de Cumplimiento Entidad Estatal No.600-47-994000061577, toda vez que cumple

con los requisitos solicitados en el citado Contrato.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santiago de Cali, el 28 de junio de 2021.

! SN E

JULIAN E DO MONTOYA RAMÍREZ Subdirector Administrativo

Ñ

Revisó: Marisol Álvarez Escalante — Profesional Universitari

Redactor — Transcriptor: Amilbia Garzón T. — Secretariat, Revisó- Claudia Stella Valencia Ricaurte -Abogada Contrati Ne

N

OFICINA PRINCIPAL CALI ÁREAS OPERATIVAS

Carrera 37A No. 4-88 Santa Isabel CARTAGO TULUÁ CALI

Tel: PBX: 57 (2) 558 0868 FAX: 57 (2) 558 0727 Carrera 3A No. 14-05 Carrera 30 No. 32-91 Carrera 36B No. 5 - 51

www.uesvalle.gov.co Tel: 57 (2) 214 8644 Tel: 57 (2) 224 4616 Tel: 57 (2) 620 6875