resoluciÓn 0439 del 3 09 20 enajena bienes tÍtulo gratuito dapre f paz · 2020. 9. 3. · la paz...

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REPUBLICA DE COLOMBIA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA RESOLUCIÓN NÚMERO ( -O4 39) DE I 03 SEP 2020 "Por la cual se enajenan unos bienes a titulo gratuito de propiedad del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - Fondo de Programas Especiales para la Paz." EL DIRECTOR DEL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA En ejercicio de sus funciones y competencias legales y reglamentarias, en especial las que le confiere los Decretos 1784 de 2019, 1082 de 2015, el articulo 3 del Decreto 982 de 2018 y el artículo 51 de la Resolución 0093 de 2019 y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución W 0093 del 2019 se constituyó el Comité Evaluador de Baja de Bienes y mediante el Manual para el Control Administrativo de Bienes de I I Propiedad del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República M-GA- 03, se unificaron los criterios para administrar los bienes muebles e inmuebles que requiere la Entidad para su normal funcionamiento y garantizar la correcta recepción, registro, ingreso, almacenamiento, suministro y baja de los mismos. Que el Artículo 2.2.1.2.2.4.3. del Decreto 1082 de 2015 "Enajenación de bienes muebles a titulo gratuito entre Entidades" establece que: "Las Entidades Estatales deben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web". Que de acuerdo al concepto técnico emitimos por el Fondo de Programas Especiales para la Paz, la Entidad cuenta con unos bienes Servibles No Utilizable, sin embargo, por sus condiciones pueden llegar a ser requeridos por otras Entidades para el cumplimiento de sus funciones. Que, por lo anterior, el Comité Evaluador de Baja de Bienes, mediante acta No. 01 del 18 de mayo de 2020, recomendó al Director del Fondo de Programas Especiales para la Paz dar de baja por la modalidad de enajenación a título gratuito entre entidades públicas, unos bienes de propiedad del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - Fondo de Programas Especiales para la Paz. Que el Manual para el manejo y control de los bienes del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República prevé la figura de enajenación de bienes a título gratuito entre Entidades Estatales, en el literal 6° del numeral 4.5.2.2. "Baja por Enajenación" y establece el procedimiento para la utilización de esta figura. Que, mediante Resolución No. 0357 con fecha 09 de julio de 2020 se autorizó la baja de unos bienes de propiedad del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - Fondo de Programas Especiales para la Paz mediante el proceso de enajenación a título gratuito entre Entidades Estatales.

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Page 1: RESOLUCIÓN 0439 DEL 3 09 20 ENAJENA BIENES TÍTULO GRATUITO DAPRE F PAZ · 2020. 9. 3. · la Paz dar de baja por la modalidad de enajenación a título gratuito entre entidades

REPUBLICA DE COLOMBIA

•PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIÓN NÚMERO ( - O 4 39) DEI

03 SEP 2020

"Por la cual se enajenan unos bienes a titulo gratuito de propiedad del DepartamentoAdministrativo de la Presidencia de la República - Fondo de Programas Especiales

para la Paz."EL DIRECTOR DEL FONDO DE PROGRAMAS ESPECIALES PARA LA PAZ DELDEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

En ejercicio de sus funciones y competencias legales y reglamentarias, en especial lasque le confiere los Decretos 1784 de 2019, 1082 de 2015, el articulo 3 del Decreto 982

de 2018 y el artículo 51 de la Resolución 0093 de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución W 0093 del 2019 se constituyó el Comité Evaluador deBaja de Bienes y mediante el Manual para el Control Administrativo de Bienes de I IPropiedad del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República M-GA-03, se unificaron los criterios para administrar los bienes muebles e inmuebles querequiere la Entidad para su normal funcionamiento y garantizar la correcta recepción,registro, ingreso, almacenamiento, suministro y baja de los mismos.

Que el Artículo 2.2.1.2.2.4.3. del Decreto 1082 de 2015 "Enajenación de bienesmuebles a titulo gratuito entre Entidades" establece que: "Las Entidades Estatalesdeben hacer un inventario de los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a títulogratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado quedeben publicar en su página web".

Que de acuerdo al concepto técnico emitimos por el Fondo de Programas Especialespara la Paz, la Entidad cuenta con unos bienes Servibles No Utilizable, sin embargo,por sus condiciones pueden llegar a ser requeridos por otras Entidades para elcumplimiento de sus funciones.

Que, por lo anterior, el Comité Evaluador de Baja de Bienes, mediante acta No. 01 del18 de mayo de 2020, recomendó al Director del Fondo de Programas Especiales parala Paz dar de baja por la modalidad de enajenación a título gratuito entre entidadespúblicas, unos bienes de propiedad del Departamento Administrativo de la Presidenciade la República - Fondo de Programas Especiales para la Paz.

Que el Manual para el manejo y control de los bienes del Departamento Administrativode la Presidencia de la República prevé la figura de enajenación de bienes a títulogratuito entre Entidades Estatales, en el literal 6° del numeral 4.5.2.2. "Baja porEnajenación" y establece el procedimiento para la utilización de esta figura.

Que, mediante Resolución No. 0357 con fecha 09 de julio de 2020 se autorizó la bajade unos bienes de propiedad del Departamento Administrativo de la Presidencia de laRepública - Fondo de Programas Especiales para la Paz mediante el proceso deenajenación a título gratuito entre Entidades Estatales.

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"°-0439RESOLUCiÓN NÚMERO de 2020 Hoja W. 2 03 SE? 2020

Continuación de la Resolución "Por la cual se enajenan unos bienes a título gratuito de propiedaddel Departamento Administrativo de la Presidencia de ta República - Fondo de ProgramasEspeciales para la Paz. "

Que, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.2.4.3. Enajenación de bienesmuebles a título gratuito entre Entidades Estatales, del Decreto 1082 de 2015, elDepartamento Administrativo de la Presidencia de la República público el 29 de juliode 2020, en su página web www.presidencia.gov.co la Resolución W 0376 del 28 dejulio de 2020 "Por la cual se ofrece a título gratuito a Entidades Estatales unos bienesde propiedad del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República -Fondo de Programas Especiales para la Paz dados de baja" para que dentro deltérmino de treinta (30) días calendarios siguientes a la fecha de publicación de laResolución, las entidades estatales interesadas en la adquisición de los bienesmuebles por enajenación a título gratuito, manifestaran su interés mediante documentoescrito, relacionando el bien o bienes en los cuales posee interés, señalando lanecesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican susolicitud.

Que, la Alcaldía de San José del Guavíare - Guaviare, cumplió con los requisitosexigidos por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - Fondode Programas Especiales para la Paz, a saber, manifestación de interés debídamentesuscrita por el Representante Legal señalando la necesidad funcional que pretendesatisfacer, las razones que justifican la solicitud y los documentos que acreditan lacalidad de representante legal de la Entidad solicitante, como consta en losdocumentos recibidos por correo electrónico los días 29 de julio y 20 de agosto de2020.

Que, en virtud de lo anterior, es viable proceder a la adjudicación de los bienes objetode enajenación a título gratuito.

Que, a la Alcaldia de San José del Guaviare - Guaviare, por el hecho de realizar sumanifestación de interés con sus respectivos soportes, será adjudicataria de veintiún(21) bienes.

Que, en virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO: Adjudicar a título gratuito los bienes solicitados por la Alcaldíade San José del Guaviare - Guaviare Nit 800.103.180-2, representada legalmente porel señor RAMON GUEVARA GOMEZ, identíficado con cédula de ciudadanía W3.277.253 de Restrepo - Meta, en su calidad de Alcalde municipal, así:

DepreciaciónFecha de Acumulada a 31 Valor en

rtem Placa Descripción Adquisición Valor Adquisición de Julio del 2020 Libros

1 10407573 MOTOBOMBA 29/09/2017 1.699.999,72 457.583,25 1.157.416,48

2 10407580 MOTOBOMBA 29/09/2017 1.699.999,72 457.583,25 1.157.416,48

3 10407581 MOTOBOMBA 29/09/2017 699.999,65 200.301,25 464.698,42

4 10408226 PLANTA DETRATAMIENTO DE 15/12/2017

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RESOLUCiÓN NÚMERO de 2020 Hoja W. 3 03 2020

delegado para los efectos de la Alcaldla de San Jose del Guavlare - Guavlare.

Continuación de la Resolución "Por la cual se enajenan unos bienes a titulo gratuito de propiedaddel Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - Fondo de ProgramasEspeciales para la Paz. "

I

DepreciaciónFecha de Acumulada a 31 Valor en

flem Placa Descripción Adquisición Valor Adquisición de Julio del 2020 LibrosAGUA POTABLE "PTAP" 62.690.480,00 30.770.577,26 28.785.378,74

PLANTA DE TRATATIENTO DE5 10408251 AGUA RESIDUAL "PTAR" 15/12/2017 95.218.277,00 46.736.304,30 43.721.058,85

6 10407787 TANQUE 31/10/2017 301.646,00 109.167,13 177.396,57

7 10407788 TANQUE 31/10/2017 301.646,00 109.167,13 177.396,57

8 10407789 TANQUE 31/10/2017 301.646,00 109.167,13 177.396,57

9 10407790 TANQUE 31/10/2017 301.646,00 109.167,13 177.396,57

10 10407791 TANQUE 31/10/2017 301.646,00 109.167,13 177.396,57

11 10407792 TANQUE 31/10/2017 330.000,00 119.428,58 194.071,42 I

12 10407793 TANQUE 31/10/2017 330.000,00 119.428,58 194.071,42

13 10407794 TANQUE 31/10/2017 350.000,00 126.666,67 205.833,33

14 10407795 TANQUE 31/10/2017 350.000,00 126.666,67 205.833,33 I

15 10409225 TANQUE 18/04/2018 326.000,00 139.365,00 170.335,00

I

16 10408033 VENTILADOR DE PEDESTAL 24/11/2017 696.000,00 367.488,00 321.552,00

17 10408034 VENTILADOR DE PEDESTAL 24/11/2017 696.000,00 367.488,00 321.552,00

18 10408035 VENTILADOR DE PEDESTAL 24/11/2017 696.000,00 367.488,00 321.552,00

19 10408036 VENTILADOR DE PEDESTAL 24/11/2017 696.000,00 367.488,00 321.552,00

20 10408038 VENTILADOR DE PEDESTAL 24/11/2017 696.000,00 367.488,00 321.552,00

21 10408039 VENTILADOR DE PEDESTAL 24/11/2017 696.000,00 367.488,00 321.552,00

TOTAL 169.378.986,09 82.004.668,43 79.072.408,35,

ARTíCULO SEGUNDO: Retirar de los inventarios los bienes descritos y relacionadosen el articulo 1 de la presente resolución, por valor de adquisición por ciento sesenta ynueve millones trescientos setenta y ocho mil novecientos ochenta y seis pesos, con09 ctvs. MIele. ($169.378.986,09)

ARTíCULO TERCERO: Suscribir la correspondiente acta de entrega por parte de undelegado del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - Fondode Programas Especiales para la Paz y por el Representante legal y/o funcionario

, .

Parágrafo Primero: Para los efectos del presente articulo, los bienes solicitados seránentregados en la Alcaldia de San Jose del Guaviare, ubicada en el Municipio de

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RESOLUCiÓN NÚMERO __ N_O_-_O_4_3_9__ de 2020 Hoja W. 4

Continuación de la Resolución "Por la cual se enajenan unos bienes a título gratuito de propiedaddel Departamento Administrativo de la Presidencia de la República - Fondo de ProgramasEspeciales para la Paz."

03 SEP 2 20

Guaviare, correspondiéndole a la Entidad Pública Adjudicataria y/o Beneficiaria cubrirlos costos y gastos de transporte, requeridos para su traslado.

Parágrafo Segundo: Será responsabilidad de la Alcaldia de San Jose de Guaviareadelantar todos los trámites administrativos, legales y contables a que haya lugar, conel fin de garantizar la inclusión de los bienes a sus estados financieros; así como delas responsabilidades administrativas, costos, gastos, impuestos, tasas ycontribuciones, que llegaren a generarse con ocasión de la entrega.

Parágrafo Tercero: De requerirse un trámite especial de protocolización oformalización de la propiedad sobre el bien, deberá darse cumplimiento a lareglamentación del mismo, y estará a cargo de la Alcaldía de San Jose de Guaviare.

ARTICULO CUARTO: Ordénese a la Coordinadora del Grupo de Recursos Físicos,reportar la baja de los bienes a la compañía de seguros contratada por la Entidad, paraque sean retirados de la póliza correspondiente del programa de seguros.

ARTICULO QUINTO: Publicar el presente acto administrativo en la página web delDepartamento Administrativo de la Presidencia de la República.

ARTICULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición.

PUBLlQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 03 SEP 2020

o ORALESDirector Fond de ogramas Esp ciales para la Paz

Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Va.Bo.: María Carolina Garnacha Bolívar - Asesora Jurídica F0tftJdOProyecto: Doris Astrid Lozano Berrio - Contratista Fondo Paz '.;~ ~Revisó: Sandra Juliana Villamarín Guzmán - Contadora Fondo P ~