reserva nombrespjsantafe.org/wp-content/uploads/2019/06/acta-constitutiva-frente-d… · y...
TRANSCRIPT
Sr. Juez con competencia electoral
Santa Fe:
RESERVA NOMBRES
Maria Florencia MARINARO, en mi carácter de
apoderada del "Frente de Todos", constituyendo electrónico en 27-
31879456-7, a V.S. me presento y digo:
l. PERSONERÍA.
Conforme surge de la cláusula quinta del acuerdo
constitutivo de la alianza "Frente de Todos" he sido instituida
apoderada de la misma para las elecciones primarias y generales de
Diputados/as Nacionales del 11 de agosto y el 27 de octubre
próximos, respectivamente.
11. OBJETO: Que en tal carácter, vengo a solicitar
la reserva, para uso exclusivo, de las denominaciones "Frente de
Todas", "Frente de Todas y Todos", "Frente de Todes", "Frente de
Todxs", Frente de Tod@s", "#Frente de Todos" con sus variantes y
"@frente de todos" para su uso exclusivo.
Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA
PRESENTA ALIANZA "FRENTE DE TODOS"
Señor
Juez Federal con competencia electoral
Dr. REYNALDO RODRIGUEZ:
María Florencia MARINARO en mi carácter de apoderada de la
Alianza electoral "FRENTE DE TODOS", domicilio electrónico constituido
con el Nº 27-31879456-7, comparezco ante V.S. y respetuosamente digo:
1 - Que vengo por la presente en tiempo y forma a
presentar el Acta Constitutiva de la Alianza "FRENTE DE TODOS" para las
elecciones primarias abiertas, simultaneas y obligatorias del día 11 de
agosto del corriente y para las elecciones generales del día 27 de octubre de
2019. La misma es acompañada por su ANEXO 1 (Plataforma Electoral) y
ANEXO 11 (Reglamento de Junta Electoral de la Alianza).
2 - Que asimismo acompaño para su certificación copias
de las Actas de los Partidos que conforman la Alianza con sus respectivas
autorizaciones.
3 - Que, en cumplimiento de las disposiciones legales,
solicito se apruebe la constitución de la Alianza "FRENTE DE TODOS" junto
con su plataforma electoral y el Reglamento de Junta de la misma.
PROVEER DE CONFORMIDAD, SERÁ JUSTICIA.
-· A.ORENCIA MARfNNIO DNt! S1 .a?ll.41111 APOOUMA
• (..i>f I A ·
ALIANZA ELECTORAL: "FRENTE DE TODOS"
Elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias
del día 11 de agosto de 2019
y elección general del día 27 de octubre de 2019
ACTA CONSTITUTIVA
En la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, a los doce (12)
días del mes de junio de 2019, se reúnen en la sede del Partido
Justicialista sita en calle Gobernador Crespo 2358, el Sr. Ricardo D.
OLIVERA D.N.I. Nº 11.281.026, en su carácter de Presidente del
Consejo Ejecutivo Provincial y en representación de la Mesa
Ejecutiva del PARTIDO JUSTICIALISTA - DISTRITO SANTA FE;
Alicia CAVALLERO, DNI 18.242.764 Presidenta del PARTIDO DEL
PROGRESO SOCIAL; Juan Jose GIANI, DNI: 16.076.785 en
carácter de apoderado del PARTIDO FRENTE GRANDE; Jose Luis
LIVOLTI, DNI: 11.294.085, apoderado del PARTIDO COMUNISTA
DISTRITO SANTA FE; Edgardo Rubén ZALAZAR DNI: 10.524.000
apoderado del PARTIDO SOLIDARIO; Alvaro Gaston JAKOB, DNI
32.895.63 apoderado del PARTIDO ENCUENTRO POR LA
DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD - DISTRITO SANTA FE; Luis
Alberto CASTAÑEIRA, DNI 12.804.507 apoderado del PARTIDO
INTRANSIGENTE; Sergio SARKISSIAN, DNI 16.267.119
Presidente del PARTIDO INSTRUMENTO ELECTORAL POR LA
UNIDAD POPULAR; Matias Ignacio FRANCIA, DNI 30. 786.271,
apoderado del PARTIDO SANTAFESINO CIEN POR CIENTO;
Pablo Martín Landó, DNI 28.158.321, apoderado del Partido DEL
TRABAJO Y DEL PUEBLO; Amaro Gabriel ZÁRATE, DNI
16.691.281 presidente y apoderado respectivamente del PARTIDO
CONFLUENCIA SANTAFESINA; Nestor Dario DESCHI, DNI
14. 760.183, apoderado y tesorero del PARTIDO POLITICA
ABIERTA PARA LA INTEGRIDAD SOCIAL (PAIS): Miguel Fidel
KILIBARDA, DNI 6.241.538, Presidente del Partido MOVIMIENTO
DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO (MID) quienes conforme las
autorizaciones y/o instrucciones impartidas por los respectivos
órganos partidarios competentes acuerdan lo siguiente:
PRIMERA: Constituir una alianza programática y electoral de
conformidad con la ley nacional 23.298 a fin de concurrir a las
elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias del día 11
de agosto de 2019 y las elecciones generales a realizarse el día 27
de octubre de 2019, con el objeto de elegir todos/as los/as
2
--------------------------------- --
precandidatos/as y candidatos/as a Diputados/as nacionales por la
Provincia de Santa Fe.
SEGUNDA: La alianza adopta como denominación el nombre de
" FRENTE DE TODOS" y utilizará los símbolos y emblemas
partidarios, registrados ante la justicia electoral, de los partidos que
la integran, en su orden nacional y provincial, sin perjuicio de utilizar
otros que se diseñen especialmente.
TERCERA: La alianza tiene su domicilio central y constituye
domicilio a todos los efectos legales en la calle Crespo 2358 de la
ciudad de Santa Fe y electrónico con el CUIT 27-31879456-7,
correo: [email protected].
CUARTA: Se aprueba la plataforma electoral común, la que se
suscribe por separado, en este acto, y como Anexo I forma parte
integrante de la presente.
3
QUINTA: Se designa como apoderados/as de esta alianza a María
Florencia MARINARO, DNI Nº 31.879.456, Ricardo Hector
PAULICHENCO DNI Nº 14. 780.117 y Pablo Daniel AYALA, DNI
26.609.530, quienes actuaran de manera indistinta, quedando
autorizados/as a presentar toda la documentación para su
reconocimiento ante las autoridades electorales, inclusive con
relación a la denominación o nombre adoptado, color, siglas,
símbolos o emblemas si fuere menester, otorgándoles amplias
facultades para efectuar objeciones a todos las actuaciones de otras
fuerzas políticas en las distintas etapas del tracto electoral, percibir
los fondos y espacios de publicidad que correspondan referidos en
las leyes 26.215, 26.571 y/o aquellas que las reemplacen y sus
respectivos decretos reglamentarios, como así también a realizar
cuantos actos, gestiones, diligencias fueren necesarias para el
cumplimiento de su cometido pudiendo también interponer recursos
y desistirlos.
SEXTA: Esta Alianza sostendrá: a) el nombre, emblemas, símbolos
siglas y escudo adoptados y la plataforma electoral común
aprobada; y b) las precandidaturas y candidaturas de presidente/a
4
y vicepresidente/a de la República, que registre la alianza del mismo
nombre en el orden nacional.
SEPTIMA: Todos/as los/as integrantes de esta alianza dejan
constancia que sus respectivas cartas orgánicas autorizan la
concertación de la misma, como lo exige la normativa ya citada y
que internamente han cumplimentado los pasos para suscribir este
convenio, como así acordar su nombre, plataforma, reglamento
electoral, designación de apoderados y junta electoral.
OCTAVA: Si cualquiera de los partidos políticos que conforman esta
Alianza, renunciara a la misma, ello no afectará su subsistencia, la
que continuará actuando con los restantes partidos que la
conforman.
NOVENA: La Junta Electoral de la alianza para las elecciones
primarias será conformada por las siguientes personas:
5
Cargo Apellido y Nombre D.N.I. Dirección Localidad
CROCCI ANIBAL 1711566 R.S. PEÑA Presidente SANTA FE
OSCAR 9 3235
INSAURRALDE 1367628 RIO NEGRO Secretaria MONTE VERA
MARIA 2 1208
BERMUDEZ, TUPUNGATO Vocal Titular 5395285 ROSARIO
CARLOS 177
LISANDRO 3771382
Vocal Titular KLETZKY, CAMILA 6
DE LA SANTO TOME
TORRE 1047
TROSSERO, FABIO 1765892 URQUIZA Vocal Titular SANTA FE
M 1 2889
1375949 HUERGO Vocal Titular RENNA, INES F SANTA FE
8 808
STRADA, LIVIO 1006537 Vocal Titular ESPORA 415 SANTA FE
ANTONIO 9
CAMPANA, 3601103 Vocal Titular MAIPU 1374 SANTA FE
JOSEFINA 9
ANDREOLI JOSE 1069566 G.LEHMANN Vocal Titular ESPERANZA
CARLOS 7 1863
MARTIN ESCOBAR, MONICA 1646191
Vocal Titular ZAPATA SANTA FE GUADALUPE 8
1477
BRUZZONE, 1718014 CASSANELL Vocal Titular SANTA FE
MARCELO 7 O 3461 D2
6
1751471 A UBINO Vocal Titular PERAL TA, SAN ORA SUSANA
2 S/N
SAN GIOBERGIA 2221542
Vocal Titular LORENZO SANTA FE HUMBERTO 1
1889
MARTINEZ, SANDRA 1826642 A DEL VALLE Vocal Titular SANTO TOME
NOEMI o 2396
2807398 ZEBALLOS Vocal Titular OLIVERA, FACUNDO SANTA FE
1 859
Vocal Titular MOREL, CAROLINA 2491289 CASEROS SAN
VERONICA 7 741 CRISTOBAL
J
Vocal Titular VERGARA,OSCAR 1154969
7 INGENIERO SAN LORENZO
S 935
Vocal GRAU CASTILLO, 3565197 CASTELLI SANTA FE
Suplente MARA DANIELA 7 4375
PASAJE Vocal SPONTON COSTA, 3078632
MARSENGO SANTA FE Suplente IGNACIO ORLANDO 4
5344
RAFAEL Vocal RIOJA, MARIA 3417751
ESCRIÑA ESMERALDA Suplente PAULA 5
341
Se aprueba, asimismo, el Reglamento Electoral que, como Anexo
11, forma parte de la presente, quedando autorizada la Junta
Electoral para introducirle las modificaciones necesarias para el
cumplimiento de sus fines.
7
DECIMO: Para candidatos/as a los cargos de Diputado Nacional,
titulares y suplentes, la conformación se realizará aplicando el
sistema proporcional D'Hont entre las listas que habiendo
participado de la elección hubieran alcanzado al menos el 1,5% de
los votos válidamente emitidos en la categoría a Diputados/as
Nacionales de la Alianza y se distribuirá según la Ley 27.412 y su
decreto reglamentario.
DECIMO PRIMERA: Los partidos firmantes convienen que los
gastos de las campañas electorales de las elecciones primarias y de
las elecciones generales se financiarán con los aportes públicos y
privados que reciba la alianza.
Los aportes del Fondo Partidario Permanente que correspondan
como consecuencia de las elecciones generales serán distribuidos
de acuerdo al número de afiliados de cada uno de los Partidos
integrantes al momento de suscribir la presente Alianza.
DECIMO SEGUNDA: Las listas que se presenten podrán postular
precandidatos/as y candidatos/as independientes o
extrapartidarios, siempre que acrediten la adhesión de los/as
8
mismos/as a los principios, programas, bases de acción política y
plataforma electoral de esta ALIANZA.
DECIMQ TERCERA: Con posterioridad a la firma de este acuerdo,
otros partidos políticos o alianzas pueden incorporarse a ésta,
importando por parte de éstos la total aceptación de los términos
de la presente. La incorporación deberá ser aprobada por los
apoderados de esta unión renunciando quienes se integren
expresamente a reclamo alguno sobre los fondos que pudieran
percibirse con motivo de las elecciones mencionadas.
DECIMO CUARTA: Se designa para las elecciones primarias y las
elecciones generales a los fines establecidos en los artículos 32 a
37 de la ley 26.571 y en el artículo 5 bis del decreto 937/10 (texto
según decreto 776/15) como responsables económicos -
financieros a los señores Ruben Gabriel MEHAUOD, DNI 8.378.536
(titular) y a Eduardo Enrique OVIEDO DNI 30.166.210 (alterno);
como responsable político de campaña a Marcelo Gustavo
BRUZZONE DNI 17.180.147 (titular) y Mara Daniela GRAU
CASTILLO DNI Nº 35.651.977 (alterno); como responsables
9
técnicas de campañas a Natali Celeste BEDINI DNI Nº 35.033. 708
(Titular) y Salome SENCAR, DNI 32.176.408 (Alterno) y como
representantes tecnológicos a: Leonardo Mario MARTINEZ, DNI Nº
23.933.636 (Titular) y Renato Daniel PALETO DNI Nº 16.417.042
(Alterno). Asimismo, quedan autorizados los/as apoderados/as de
la alianza para sustituir a cualquiera de los responsables o
representantes establecidos precedentemente y presentar
inmediatamente los nuevos cambios ante la Junta Electoral y el
Juzgado con competencia electoral.
DECIMO QUINTA: Para las elecciones primarias, abiertas,
simultaneas y obligatorias, la adhesión de boletas de la lista o listas
de precandidatos/as a legisladores/as nacionales a la boleta de
precandidatos/as a presidente/a y vicepresidente/a deberá contar
con la autorización expresa de los apoderados de lista de la o la
fórmula presidencial. La lista ganadora de candidatos a legisladores
nacionales en las primarias irá adherida en la elección general a la
lista ganadora de los candidatos/as a presidente/a y
vicepresidente/ a.
De conformidad se suscriben CUATRO ejemplares similares, en el
lugar y fecha citados al comienzo.
10
~- ~ ~
o,a. M.11.0REIICIA AWlfNARO DNI: 3t.1111.4!UI
APODIAADA
blo H. Lt n do ?M h cG d.,( T rcbej J
0 dC2.l t=v.e.bl-=> (?T? J
PABLO D. AYALA o. . 26.609.530
P OERADO ,..
~A've-irw
1-Z ..go<.6 Ol-Q(l~-i W Í,,v(~~S.:.é-6J1é
~ ---D,aAII~ Jo s.i L v''5 f.///o lfr'
p ¿.,--h d,;; Oó>,,,,,,,, """ ,j h:-
l' fl f SlílF.f\!TF I\Rl, h• ., \ (º•" · " . ,.,,s:1 :;onr.·
~&r Leu,.~J::, t1cl,:J1/Ji!f ~f.JS68'l.' Ta:.u:.:>w~, L=D
~tJ /14/u:-f/o ~.l>J)~/Jf::.
) f!:. 1)- 16014 ~ ..
J)f~ 1 tl,(z, l) •4-17-f<l ~t {Lo ~~,Sa\.Je 1¿c_.,tic.2{
Svflero~ ])rtl: ~ 3S~Si~"'-l-:f