requisitos aplicables a los juegos y promociones online y en redes sociales

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Requisitos aplicables a los juegos y promociones online y en redes sociales Ángeles Martínez / Carlota Corredoira

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Requisitos aplicables a los juegos y promociones online y en redes sociales

Ángeles Martínez / Carlota Corredoira

El tirón promocional

¿De qué vamos a hablar?

Ley de Consumidores y Usuarios.

Protección de Datos e Imagen

Ley de Servicio de Sociedad de la Información.

Comunicaciones comerciales.

Juego versus Promociones.

Combinaciones aleatorias.

Sorteos y Concursos.

Coste fiscal.

¿qué deben contener las Bases legales?

Régimen sancionador.

Promociones en redes sociales

Ejemplos

Promociones dirigidas a Consumidores

Ley 3/2014 General para la Defensa de Consumidores y Usuarios

Información necesaria en la oferta comercial de bienes y servicios (art 20)

Información precontractual debe facilitarse al consumidor al menos en castellano.(art 60.4)

Jurisdicción aplicable : domicilio del consumidor ( art 90)+art 29 LSSI ”Los contratos celebrados por vía electrónica en los que

intervenga como parte un consumidor se presumirán celebrados en el lugar en que éste tenga su residencia habitual”

Protección de datos e Imagen

Ley 15/1999, de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal. Reglamento de desarrollo de LOPD, Real Decreto 1720/2007, de 21 de

diciembre. Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo sobre protección civil del derecho al honor,

a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen

Deber de información (art 5LOPD) Solicitud del consentimiento en el marco de una relación contractual

para fines no relacionados directamente con a misma ( art 15 RLOPD) Será considerado intromisión ilegitima la utilización del nombre, de la

voz o de la imagen de una persona para fines publicitarios comerciales o de naturaleza análoga (art 7. LO 1/82).

Ley de Servicios de Sociedad de la

Información.

Ley 34/2002 de 11 de julio de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico

Deber de información general (art 10) Información precontractual debe facilitarse al consumidor al

menos en castellano.(art 60.4)

LSSI-Comunicaciones comerciales

Definición: Toda forma de comunicación dirigida a la promoción, directa oindirecta , de la imagen o de los bienes o servicios de una empresa, organizacióno persona que realice una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional.(Anexo, letra f)

Regla general: LSSI : Prohibido el envío de comunicaciones si no hay consentimiento.(art 21)

Excepción: -relación contractual previa.-productos y servicios similares

Obligación ofrecer un procedimiento sencillo y gratuito (at 22)

Juego versus Promoción

Ley de regulación del juego 13/ 2011, de 27 de mayo

Excluye en el ámbito de aplicación (art 2):Combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales

Combinaciones aleatorias

¿qué son las combinaciones aleatorias?

Aquellos sorteos que con finalidad exclusivamente publicitaria o depromoción de un producto o servicio, y teniendo como únicacontraprestación el consumo del producto o servicio,sin sobreprecio ni tarificación adicional alguna, ofrecen premios enmetálico, especie o servicios, exigiendo, en su caso, la condición decliente de la entidad objeto de la publicidad o promoción.

Gratuidad

Sorteos y Concursos

Sorteos: La selección de ganadores es fruto del azar.

No comunicación previa a Dirección General del Juego

Concursos: La selección de ganadores depende de la habilidad o pericia de los concursantes.(jurado o votaciones)

Coste fiscal

TASAS

IRPF ganancia

patrimonial

>300 euros

10% valor mercado

valor de mercado Premio efectivo :retención del 19% Premio en especie: ingreso a cuenta 19%

Qué deben contener las bases legales(I)

Datos e Identificación del Organizador Ámbito de aplicación geográfica. Características de la promoción: gratuidad Fechas de comienzo y terminación del concurso/sorteo y

fecha en que se realizará. Valor y naturaleza del premio. Requisitos para participar. Mecánica o procedimiento. Mayoría de edad. Implicaciones fiscales de la entrega del premio. Posibles restricciones, limitaciones y/o penalizaciones. Posibilidades de suspender la promoción. Inclusión de formulas especificas en caso de detección de

malas prácticas. Cómo obtener el premio.

Qué deben contener las bases legales (II)

En relación a los datos de carácter personal:

Identificación del titular de los datos, cesiones en su caso. Finalidad de la recogida Finalidad adicional para futuras campañas comerciales. Derechos ARCO.

Qué deben contener las bases legales (III)

En relación a Propiedad intelectual y derechos de imagen

Derechos de propiedad intelectual sobre los contenidos. Cesiones de derechos de explotación sobre los contenidos. Derecho de imagen. Cesiones de derechos de imagen .

Régimen sancionador (I)

Ley de Consumidores y Usuarios (art 49 y 50) : Uso de prácticas comerciales desleales. Incumplimiento de requisitos, obligaciones o prohibiciones

establecidos en la ley consumidores / legislación autonómica. Graduación de las infracciones : leves, graves y muy graves. Sanciones: desde 3005,06 euros hasta 601,012,10 euros.

Ley de Servicios de Sociedad de la Información: No informar de acuerdo a lo previsto en el art 10: infracción leve:

sanción : multa hasta 30.000 euros. Envío de comunicaciones comerciales inconsentidas:-Infracción grave(masiva) sanciones de 150.001 hasta 600.000 euros-Infracción leve (no masivo) sanciones :multa hasta 30.000 euros.

Multas!!

Régimen sancionador (II)

Ley de Protección de Datos de Carácter Personal : No cumplir con el deber de información: Infracción leve: multa de 900 a

40.000 euros. No recabar el consentimiento/ comunicación o cesión de datos sin

legitimación: Infracción grave: multa de 40.001 a 300.000 euros.

+Mas Multas

Principios inspiradores de las bases reguladoras.

Las bases deben estar claramente localizables para los usuarios.

Redactadas con un lenguaje claro y sencillo y en el idioma de los consumidores a quién se dirige la promoción.

Atención a la legislación en materia de consumo carácter autonómico.

El contenido debe ser veraz. Nulidad de clausulas tales como “promoción válida hasta fin

de existencias u error tipográfico”. Problema de la internacionalización de las promociones.

Código de conducta publicitario de Autocontrol.

Cuidado!

¿Deposito ante Notario?

No obligatoriedad. Si es obligatorio si se utilizan servicios de

envío de mensajes de tarificación adicional: Código de conducta para la prestación de servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes.

Tercero de confianza

Promociones en redes sociales (I)

https://www.facebook.com/page_guidelines.php#promotionsguidelines

Promociones en redes sociales (II)

https://twitter.com/tos?lang=es#license

Promociones en redes sociales (III)

https://help.instagram.com/179379842258600?sr=1&query=promociones&sid=0cGX7GSfUKiFz0Kud

¿Preparados?

Ejemplos

https://www.nescafe.es/sueldo/bases.aspx

Cuidado con selfies y derechos de imagen…

Al ser cesiones gratuitas, los tribunales las suelen interpretar restrictivamente.- Contrato de cesión de derechos de imagen.

Contrario a los términos de Facebook

Ojo con algunas cláusulas

Mecanismos de control

¿Preguntas?

[email protected]

[email protected]

¡Gracias!

http://www.metricson.com/blog