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Que, en el marco de la contratación pública estatal, se determinaJ:l de modo taxativo, en el Artículo 56° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 1017, las causales para declarar la Nulidad de Oficio de los procesos de selección: cuando el acto administrativo sea dictado por órgano incompetente, contravenga normas legales, contenga un imposible jurídico o prescinda de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad ,..100 ~ ,o,%aplicable; en tal sentido, quien puede declarar la nulidad de los actos administrativos al 1" ~ \~terior de ~n proceso de selección es LA ENTIDAD,cuando detecte los supuestos SI ti.:.Jfj#, [antes descritos; .t" ,~ ~ " "" 1,,\ ,,'¡" ti" AS[f.r~~ - - - - - - - REPUBLlCA DEL PERÚ RESOLUCiÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 99 -2008/GOB.REG.PIURA-PR Piura, 16 JUN2009 VISTOS: Informe N° 361-2009/GRP-440000, de fecha 19 de Mayo del 2009; Informe 005-2009/GRP-CEA.M,C. 001-2009/GORREG,PIURA-GGR-GRI- DGC, de fecha 06 de Mayo del 2009; Informe N° 940-2009/GRP-460000, de fecha 22 de Mayo del 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe N° 361-2009/GRP-440000, de fecha 19 de Mayo del 2009, la Gerencia Regional de Infraestructura solicita que el proceso de selección Adjudicación de Menor Cuantía 001-2009/GORREG.PIURA-GGR-GRI-DGC, referente a la ejecución de la Obra: "Construcción del Sistema de Agua Potable de Vicus, Huasimal, Km 2, km 50 y Pavitas, Meta: Sistema de Utilización de Media Tensión 22.9 K.v. para la Caseta de Bombeo de Agua Potable Vicus - Chulucanas", ha sido viciado por causal de nulidad debido a la publicación defectuosa de las bases integradas, en aplicación de los Artículos 59 y 60° del D,S. N° 184-2008-EF; Que, mediante Informe 005-2009/C.E.A.M.C, 001- 2009/GOBREG,PIURA-GGR-GRI-DGC, de fecha 06 de Mayo del 2009, los miembros del Comité Especial informan que de conformidad con el Calendario de Convocatoria remite el Oficio Múltiple 002-2009/GOB.REG,PIURA-GGR-GRI-DGC, de fecha 03 de Marzo del 2009, referente a la integración de bases, no habiéndose formulado consultas ni observaciones a las bases, para que sean ingresadas al SEACE, por el personal encargado de la Dirección de Licitaciones, Contratos y Programación de acuerdo a las facultades contenidas en el Artículo 27° y 59° del D.S. N° 184-2008-EF; sin embargo, al no haberse hecho efectiva la integración de bases solicita se declare la nulidad del proceso de selección y retrotraerlo hasta la etapa de integración de bases, de conformidad con el Artículo 60° del D.S. N° 184-2008-EF; Que, de conformidad con el segundo párrafo del Artículo 56° del Decreto Legislativo N° 1017, el Titular de la Entidad puede declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por las causales ahí establecidas; por lo que, corresponde evaluar la actuación del Comité Especial respecto a si efectuó la integración de las bases administrativas del proceso de selección Adjudicación de Menor Cuantía 001-2009/GOBREG.PIURA-GGR-GRI-DGC, referente a la ejecución de la Obra: "Construcción del Sistema de Agua Potable de Vicus, Huasimal, Km 2, km 50 y Pavitas, Meta: Sistema de Utilización de Media Tensión 22,9 K.v, para la Caseta de Bombeo de Agua Potable Vicus - Chulucanas";

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Page 1: REPUBLlCA DEL PERÚ · Que, en el marco de la contratación pública estatal, se determinaJ:l de modo taxativo, en el Artículo 56° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado

Que, en el marco de la contratación pública estatal, se determinaJ:l de modotaxativo, en el Artículo 56° de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado medianteDecreto Legislativo N° 1017, las causales para declarar la Nulidad de Oficio de losprocesos de selección: cuando el acto administrativo sea dictado por órganoincompetente, contravenga normas legales, contenga un imposible jurídico o prescindade las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad

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REPUBLlCA DEL PERÚ

RESOLUCiÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 99 -2008/GOB.REG.PIURA-PR

Piura,1 6 JUN2009

VISTOS: Informe N° 361-2009/GRP-440000, de fecha 19 de Mayo del 2009;Informe N° 005-2009/GRP-CEA.M,C. N° 001-2009/GORREG,PIURA-GGR-GRI-DGC, de fecha 06 de Mayo del 2009; Informe N° 940-2009/GRP-460000, de fecha 22de Mayo del 2009;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Informe N° 361-2009/GRP-440000, de fecha 19 de Mayo del2009, la Gerencia Regional de Infraestructura solicita que el proceso de selecciónAdjudicación de Menor Cuantía N° 001-2009/GORREG.PIURA-GGR-GRI-DGC,referente a la ejecución de la Obra: "Construcción del Sistema de Agua Potable deVicus, Huasimal, Km 2, km 50 y Pavitas, Meta: Sistema de Utilización de MediaTensión 22.9 K.v. para la Caseta de Bombeo de Agua Potable Vicus - Chulucanas",ha sido viciado por causal de nulidad debido a la publicación defectuosa de las basesintegradas, en aplicación de los Artículos 59 y 60° del D,S. N° 184-2008-EF;

Que, mediante Informe N° 005-2009/C.E.A.M.C, N° 001-2009/GOBREG,PIURA-GGR-GRI-DGC, de fecha 06 de Mayo del 2009, los miembrosdel Comité Especial informan que de conformidad con el Calendario de Convocatoriaremite el Oficio Múltiple N° 002-2009/GOB.REG,PIURA-GGR-GRI-DGC, de fecha 03de Marzo del 2009, referente a la integración de bases, no habiéndose formuladoconsultas ni observaciones a las bases, para que sean ingresadas al SEACE, por elpersonal encargado de la Dirección de Licitaciones, Contratos y Programación deacuerdo a las facultades contenidas en el Artículo 27° y 59° del D.S. N° 184-2008-EF;sin embargo, al no haberse hecho efectiva la integración de bases solicita se declarela nulidad del proceso de selección y retrotraerlo hasta la etapa de integración debases, de conformidad con el Artículo 60° del D.S. N° 184-2008-EF;

Que, de conformidad con el segundo párrafo del Artículo 56° del DecretoLegislativo N° 1017, el Titular de la Entidad puede declarar de oficio la nulidad delproceso de selección por las causales ahí establecidas; por lo que, correspondeevaluar la actuación del Comité Especial respecto a si efectuó la integración de lasbases administrativas del proceso de selección Adjudicación de Menor Cuantía N°001-2009/GOBREG.PIURA-GGR-GRI-DGC, referente a la ejecución de la Obra:"Construcción del Sistema de Agua Potable de Vicus, Huasimal, Km 2, km 50 yPavitas, Meta: Sistema de Utilización de Media Tensión 22,9 K.v, para la Caseta deBombeo de Agua Potable Vicus - Chulucanas";

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REPUBLlCA DEL PERÚ

RESOLUCiÓN EJECUTIVA REGION~L W 399 -2008/GOB.REG.PIURA-PR

Piura,~16 JUN2009

Que, respecto a la Integración de bases, el Artículo 59° del Decreto SupremoN° 184-2008-EF ha señalado que una vez absueltas todas las consultas yobservaciones, o si las mismas no se han presentado, las Bases quedarán integradascomo reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía nimodificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular o dela máxima autoridad administrativa, según sea el caso. De la misma manera, elArtículo 60° de dicho cuerpo legal ha señalado que el Comité Especial no podrácontinuar con la tramitación del proceso de selección si no ha cumplido con publicarlas Bases Integradas a través del SEACE, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio delas responsabilidades a que hubiere lugar. De este modo, se puede deducir que lanorma pretende que con la publicación de las bases integradas, los participantespuedan acceder al contenido de las reglas definitivas; a fin de que en virtud de ellas,puedan eventualmente presentar sus propuestas al proceso;

Que, para el caso concreto debe indicarse que en las bases administrativas seestableció como fecha para la etapa de integración de bases el día 03 de Marzo del2009, para lo cual el Comité Especial publicó en el SEACE un archivo presuntamenteconteniendo las bases integradas del proceso; sin embargo, al abrir dicho documentosolo consta el Oficio Múltiple N° 002-2009/GOB.REG.PIURA-GGR-GRI-DGC, de fecha03 de Marzo del 2009, sin contener el archivo con las bases administrativas quequedarán como reglas definitivas del proceso de selección Adjudicación de MenorCuantía N° 001-2009/GOB.REG.PIURA-GGR-GRI-DGC;

De lo anteriormente expuesto, puede advertirse que no es posible afirmar queel Comité Especial haya cumplido a cabalidad con la obligación de publicar las basesintegradas en el SEACE. Por lo que corresponde sancionar al proceso de seleccióncon la nulidad;

Que, en virtud al Artículo 57° del D.S. N° 083-2004-PCM, corresponde al Titulardel Pliego declarar la Nulidad del proceso de selección Adjudicación de Menor CuantíaN° 001-2009/GOB.REG.PIURA-GGR-GRI-DGC, referente a la ejecución de la Obra:"Construcción del Sistema de Agua Potable de Vicus, Huasimal, Km 2" km 50 yPavitas, Meta: Sistema de Utilización de Media Tensión 22.9 K.v. para la Caseta deBombeo de Agua Potable Vicus - Chulucanas", por contravenir los Artículos 59° Y 60°del D.S. N° 184-2008-EF, debiendo retrotraer el proceso de selección hasta la etapade integración de bases;

Con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y la GerenciaGeneral Regional;

En uso de las atribuciones conferidas al Despacho por la Ley N° 27783 "Ley deBases de la Descentralización", Ley W 27867 "Ley Orgánica de GobiernosRegionales", y su modificatoria Ley W 27902; Ley N° 27444 - Ley del ProcedimientoAdministrativo General.

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REPUBLlCA DEL PERÚ

RESOLUCiÓN EJECUTIVA REGION~l N° 399 -2008/GOB.REG.PIURA-PRPiura,

1 6 JUN2009SE RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO.- DECLARAR la Nulidad de oficio del proceso deselección Adjudicación de Menor Cuantía N° 001-2009/GOB.REG.PIURA-GGR-GRI-DGC, referente a la ejecución de la Obra: "Construcción del Sistema de Agua Potablede Vicus, Huasimal, Km 2, km 50 y Pavitas, Meta: Sistema de Utilización de MediaTensión 22.9 K.v. para la Caseta de Bombeo de Agua Potable Vicus - Chulucanas",debiendo retrotraer el proceso de selección hasta la etapa de integración de las basesadministrativas, previa modificación del calendario del proceso de selección.

ARTICULO SEGUNDO.- Dejar sin efecto el otorgamiento de la buena pro delproceso de selección Adjudicación de Menor Cuantía N° 001-2009/GOB.REG.PIURA-GGR-GRI-DGC, a favor de la empresa Servicios Técnicos y Construcciones E.I.R.L.

ARTICULO TERCERO.- Notifíquese la presente Resolución a través delSEACE, a los miembros del Comité Especial, a los participantes en el proceso deselección Adjudicación de Menor Cuantía N° 001-2009/GOB.REG.PIURA-GGR-GRI-DGC, referente a la ejecución de la Obra: "Construcción del Sistema de Agua Potablede Vicus, Huasimal, Km 2, km 50 y Pavitas, Meta: Sistema de Utilización de MediaTensión 22.9 K.v. para la Caseta de Bombeo de Agua Potable Vicus - Chulucanas", ya los demás estamentos administrativos del Gobierno Regional, para que procedancon la implementación del Artículo Primero de la presente Resolución.

REGíSTRESE Y COMUNíQUESE