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REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL LA GACETA DIARIO O F I C.I AL Director: ENRIQUE MARIN UBAGO Administrador: CLIFFORD C. HOOKER .Y REYES Teléfono 23771 Imprenta Naclonai Managua, D.N., Lunes 28 de Julio de 1969 N 9 169 SUMARIO PODER E]Ea.JTIVO MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA Reconócese Titulo de Ingeniero Civil Ob- tenido por Sefior Carlos A. Barrios P. en Estados Unidos . . . . . . . . . . . . TRIBUNAL DE CUENTAS Finiquitos a Favor de Sefiores Rafael Baltodano, Sebastián Matus B., César A. Borge C., Gerardo Selva E., Srita. Miriam Lazo R., Sras. Juana S. de Cedefío y Maria C. v. de Tablada MINISTERIO DI ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO Cancélase Nombramiento y Anéxanse Interinamente Funciones de Director General de Riquezas Naturales al Dr. Feo. José Boza Paiz ......... . Sección de Patentes de Nicaragua Marcas de Fábrica . . . . . . . . • . SECCION JUDICIAL Remates ............. . Titulo Supletorio . . . . . : . . . . . . . . Arriendo de Terreno Ejidal . . . . . . . Precio de Detalle de·. Cigarrillos . . . . Citación a Accionistas de Café Soluble, S. A ......... ........... Sentencias de Divorcio .. Declaratoria de Herederos . . . . . . Citaciones de Procesados . . . . . . . . Indice de "La Gaceta" (continúa) . Indicador de "La Gaceta." . . . . . . PODER EJECUTIVO pác. 2251 2252 2260 2260 2262 2262 2262 . 2262 2263 2263 2263 2263 2264 2266 Ministerio de Educación Pública RECONOCESE TITOLO DE INGENIERO CIVIL OBTENIDO POR SEÑOR CARLOS A. BARRIOS P. EN ESTADOS UNIDOS Reg. No. 2607 - B/U 241941 - CS 240.00 "Resolución No. 390 Ministerio de Educación Pública. Managua, D. N., catorce de julio de mil novecientos se- y nueve. Les diez de la mañana. Vista la solicitud del Señor Carlos A. Ba- rrios Pasos, quien pide el reconocimiento e inJ corporación de su título de Ingeniero Civil, ob- tenido en el Heald Engineering College, de San Francisco, California, el día 30 de diciembre de 1957, · Considerando: Que de acuerdo con dictamen favorable da la Universidad Nacional Autónoma .y de con• formidad con el Arto. 104 Cn. e lm:. lo. del Arto. lo. de la Ley" de Incorporación de Pro- fesionales del 20 de enero de 1966, los nacio- nales que obtuvieren título Académico fuera del país, serán incorporados para ejercer su profesión con sólo demostrar la autenticidad de los mismos y que éstos hayan sido obteni· dos en Universidades reconocidas como tales en el Estado donde funcionan, Por Tanto: Y de conformidad con el dicta· men emitido: lo.) Resuelve: Reconócese legalmente válido e incorpó. rese al país el título de INGENIERO CI· VIL obtenido por el Señor Carlos A. Ba· rrios Pasos, en el Heald Engineering Co- llege, de San Francisco, California, el día 30 de diciembre de 1957. Asimismo de· clárase equivalente al título de INGENlE· RO CIVIL, que extiende el Estado Nica· ragüense. El mencionado título deberá ser registrado en la Sección Correspon· diente de este Ministerio, y en la Secre• taría General de la Universidad Nacio- nal de Nicaragua, sin lo cual no tendrá eficacia el presente reconocimiento. 2o.) La presente Resolución deberá ser publi· cada en el Diario Oficial "La Gaceta" por cuenta del interesado. Comuníquese. Cópiese y Archivese. Mana· gua, D. N., 14 de julio de' 1969. Mary Coco Maltez de Callejas, Vice-Ministro de Educación Pública. Ante mí: Tulio Tablada Zepeda, Di· rector de Servicios Administrativos de Educa- ción Pública". Conforme Resolución Ministerial No. 390 del de julio de mil novecientos sesenta

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Page 1: REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL · 2252 LA GACETA-DIARIO OFICIAL y nueve, se registró al Folio No. 16, Partida No. 335, el Título de INGENIERO CIVIL, obtenido en el Heald

REPUBLICA DE NICARAGUA AMERICA CENTRAL

LA GACETA DIARIO O F I C.I AL

Director: ENRIQUE MARIN UBAGO

Administrador: CLIFFORD C. HOOKER .Y REYES Teléfono 23771

Imprenta Naclonai

A~OLXXIIII Managua, D.N., Lunes 28 de Julio de 1969 N9 169

SUMARIO

PODER E]Ea.JTIVO MINISTERIO DE EDUCACION

PUBLICA

Reconócese Titulo de Ingeniero Civil Ob­tenido por Sefior Carlos A. Barrios P. en Estados Unidos . . . . . . . . . . . .

TRIBUNAL DE CUENTAS

Finiquitos a Favor de Sefiores Rafael Baltodano, Sebastián Matus B., César A. Borge C., Gerardo Selva E., Srita. Miriam Lazo R., Sras. Juana S. de Cedefío y Maria C. v. de Tablada

MINISTERIO DI ECONOMIA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Cancélase Nombramiento y Anéxanse Interinamente Funciones de Director General de Riquezas Naturales al Dr. Feo. José Boza Paiz ......... .

Sección de Patentes de Nicaragua Marcas de Fábrica . . . . . . . . • .

SECCION JUDICIAL

Remates ............. . Titulo Supletorio . . . . . : . . . . . . . . Arriendo de Terreno Ejidal . . . . . . . Precio de Detalle de·. Cigarrillos . . . . Citación a Accionistas de Café Soluble,

S. A .........•........... Sentencias de Divorcio .. Declaratoria de Herederos . . . . . . Citaciones de Procesados . . . . . . . . Indice de "La Gaceta" (continúa) . Indicador de "La Gaceta." . . . . . .

PODER EJECUTIVO

pác.

2251

2252

2260

2260

2262 2262 2262

. 2262

2263 2263 2263 2263 2264 2266

Ministerio de Educación Pública

RECONOCESE TITOLO DE INGENIERO CIVIL OBTENIDO POR SEÑOR CARLOS A. BARRIOS

P. EN ESTADOS UNIDOS

Reg. No. 2607 - B/U 241941 - CS 240.00

"Resolución No. 390

Ministerio de Educación Pública. Managua, D. N., catorce de julio de mil novecientos se­sent~ y nueve. Les diez de la mañana.

Vista la solicitud del Señor Carlos A. Ba­rrios Pasos, quien pide el reconocimiento e inJ corporación de su título de Ingeniero Civil, ob­tenido en el Heald Engineering College, de San Francisco, California, el día 30 de diciembre de 1957,

· Considerando:

Que de acuerdo con dictamen favorable da la Universidad Nacional Autónoma .y de con• formidad con el Arto. 104 Cn. e lm:. lo. del Arto. lo. de la Ley" de Incorporación de Pro­fesionales del 20 de enero de 1966, los nacio­nales que obtuvieren título Académico fuera del país, serán incorporados para ejercer su profesión con sólo demostrar la autenticidad de los mismos y que éstos hayan sido obteni· dos en Universidades reconocidas como tales en el Estado donde funcionan,

Por Tanto: Y de conformidad con el dicta· men emitido:

lo.)

Resuelve:

Reconócese legalmente válido e incorpó. rese al país el título de INGENIERO CI· VIL obtenido por el Señor Carlos A. Ba· rrios Pasos, en el Heald Engineering Co­llege, de San Francisco, California, el día 30 de diciembre de 1957. Asimismo de· clárase equivalente al título de INGENlE· RO CIVIL, que extiende el Estado Nica· ragüense. El mencionado título deberá ser registrado en la Sección Correspon· diente de este Ministerio, y en la Secre• taría General de la Universidad Nacio-nal de Nicaragua, sin lo cual no tendrá eficacia el presente reconocimiento.

2o.) La presente Resolución deberá ser publi· cada en el Diario Oficial "La Gaceta" por cuenta del interesado.

Comuníquese. Cópiese y Archivese. Mana· gua, D. N., 14 de julio de' 1969. Mary Coco Maltez de Callejas, Vice-Ministro de Educación Pública. Ante mí: Tulio Tablada Zepeda, Di· rector de Servicios Administrativos de Educa­ción Pública".

Conforme Resolución Ministerial No. 390 del cat~rce de julio de mil novecientos sesenta

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2252 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

y nueve, se registró al Folio No. 16, Partida No. 335, el Título de INGENIERO CIVIL, obtenido en el Heald Engineering College, de San Fran­cisco, California, el día 30 de diciembre de 1957. A favor de: Carlos A. Barrios Pasos.

Managua, D. N., 15 de julio de 1969.

Mary Coco Maltez de Callejas, Vice-Ministro de Educación Pública.

CERTIFICADO DE REGISTRO DE TITULO DE INGENIERO CIVIL DEL SEfiíOR

CARLOS A. BARRIOS P.

Alejandro Serrano Caldera, Secretario Ge­neral de la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, de conformidad con lo dispuesto en el Título VI 1 de los Estatutos de esta Uni­versidad y la Resolución No. 390 del Minis­terio de Educación Pública de Nicaragua del catorce de julio de mil novecientos sesenta y nueve, certlfica que a los folios 189 y 190 del Libro de Registro de Incorporaciones ha sido registrado el Título de Ingeniero Civil Expe­dido por el Heald Engineering College, de San Francisco, California, el día treinta de diciem­bre de mil novecientos cincuenta y siete a favor del señor Carlos A. Barrios Pasos.

Por Tanto: Le extiende el presente Certifi­cado de Registro con la constancia de haber pagado los derechos arancelarios correspon­dientes, en la ciudad de León, República de Nicaragua a los diecinueve días del mes de julio de mil novecientos sesenta y nueve.

Alejandro Serrano Caldera, Secretario General.

Vo. Bo.

Carlos Tunnermann Bernheim, Rector.

Tribunal de Cuentas

Finiquitos a Favor de Señores Rafael Baltodano, Sebastián Matus B., César A. Borge C., Gerardo Sel va E., Srita. Míriam 'Lazo R. Señoras Juana S. de Cedeño v María C. v.

de Tablada TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA REPUBLICA

DE NICARAGUA. Sala de Examen. Managua, Distrito Nacional, diecisiete de enero de mil novecientos sesenta y ocho.· Las nueve de la

mañana.

Vistas las presentes diligencias incoadas con motivo de la rendición de la cuenta del Admi­nistrador de Rentas de Granada, correspon­diente al Período Administrativo de enero a junio de mil novecientos sesenta y seis, lle-

vada por Rafael Baltodano, mayor de edad, ca­sado, oficinista y del domicilio de Granada.

Resulta:

Que al terminar la Glosa Administrativa, el suscrito Contador de Glosa, Luis A. Sampson O., por auto de las ocho de la mañana del día trece de julio de mil novecientos sesenta y siete, pasó las diligencias al conocimiento del señor Presidente del Tribunal de Cuentas, para los fines de Ley, en tal virtud, esta superiori­dad ordenó por aut~ de las ocho y quince mi· nutos de la mañana del día trei;e de, julio de rnil novecientos sesenta y siete, al folio nÚ· mero dieciocho, que el suscrito verificara el Trámite Judicial y Fallo, razón por la que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las ocho y media de la mañana del día trece de julio de mil novecientos sesenta y siete, abriéndose la Glosa Judicial de esta cuenta.

11

Que por auto de las diez de la mañana del día seis de agosto de mil novecientos sesenta y siete, el suscrito mandó al Señor Fiscal Ge­neral del Estado, que se personara a la pre­sente causa, en su carácter de actor, de con· formidad con la Ley.

111 Que en escrito del seis de agosto de mil no.

vecientos sesenta y siete, el Señor Fiscal Ge­neral del Estado, doctor Salvador Buitrago Aja, ostentando nombramiento del Ejecutivo, que le acredita como tal, pidió se le tuviera por personado en el presente Juicio, c9mo ac. tor. El suscrito lo tuvo por personado en au­to de las ocho de la mañana del día dos de octúbre de mil novecientos sesenta y siete, que corre al folio· diecinueve del presente expe­diente, mandando a dársele los traslados de Ley.

IV

Que en escrito que corre al folio sesentisie­te, presentado a las nueve y veinte minutos de la mañana del día dieciséis de noviembre de mil novecientos sesenta y siete, el señor Fis. cal General del Estado, devolvió el traslado y dice: "Que estando correcta la Glosa Admi­nistrativa de la Cuenta del señor Rafael Balto­dano M., Administrador de Rentas de Grana­da, que no habiendo nada que objetar a la misma, ni en la parte Contable ni en la Legal, puesto que los Reparos que se le formularon, fueron desvanecidos de conformidad con las razones escritas al margen de cada uno de ellos y, renunciando al resto de trámite$, rue-

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2253

go a usted dictar la sentencia que en Derecho corresponde" y,

Considerando: Que siendo cierto lo dicho pcr las parte:;,

que todos los reparos formulados en la Glosa Administrativa, fueron desvanecidos, según lo expresan las razones puestas al margen de cada Reparo y Documentos anexos a este Ex­pediente y siendo que el Señor Fiscal General del Estado, en su calidad de actor, se muestra conforme con tal Cuenta y pide se dicte Sen· tencia y habiendo renunciado al resto de trá· mite, se está en el caso de resolver,

'Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión del

Señor Fiscal General del Estado, corridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 151 de la Ley Reglamentaria del Tribunal de Cuen­tas de 15 de diciembre de 1899, segunda edi­ción oficial en vigencia y Decreto Ejecutivo No. 79 del 30 de marzo de 1936, que modifi· có al Arto. 210 del Reglamento de Contabi­lidad Fiscal vigente, el suscrito Contador, en nombre de la República de Nicaragua, defini­tivamente;

Falla: Apruébase la cuenta del señor Administra·

dor de Rentas de Granada, Departamento de Granada, correspondiente al periodo Adminis· trativo,.comprendido del uno de enero al trein· ta de junio de mil novecientos sesenta y seis, de que se ha hecho mérito. En consecuencia, declárase SOtVENTE Y LIBRE con la Hacien­da Pública de Nicaragua, al Cuentadante se­ñor Rafael Baltodano M.; y a su Fiador soli­dario, por lo que hace al período relacionado.

Líbrese copia de esta resolución al interesa­do para que le sirva de suficiente FINIQUITO. Cópiese, notifíquese, publfquese en "La Ga­ceta", Diario Ofic:,ial, archívese.

Luis A. Sampson O.,' Contador de Glosa.

Julio Zelaya G., Secretario del Tribunal

de Cuentas.

TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA RE· PUBLICA Din NICARAGUA. Sala de Exa· men. Managua, Distrito N"acional, trece de febrero de mil novecientos sesenta y ocho. Las ocho de la mañana.

Vistas las presentes diligencias incoa· das con motivo de la retidición de la cuen· ta del Fiscal de Telégrafos de Nicaragua, correspondiente al periodo Administrativo de enero a junio de mil novecientos sesen· ta y cinco, llevada por Sebastián Matus B., mayor de edad, casado, oficinista y del do· micilio ~e Mana¡ua.

Resulta: T

Que al terminar la Glosa Administmfr va, el suscrito Contador de Glosa, Octavio Moneada E., por auto de las once.de lama~ ñana del día dieciocho de noviembre de mil novecientos sesenta y seis, pasó las dili­gencias al· conocimiento del Honorable se• ñor Presidente del Tribunal de Cuentas, pa· ra los fines d~ L~y; en tal virtud, esta Su· perioridad ordenó por auto de las ocho de la mañana del d,ía veintiuno de noviembre de mil novecientos sesenta y seis, al folio número cutitrocientos cuatro, que el sus· crito verificara el Trámite Judicial y F.a· llo, razón por lo que fue puesto el "Cúm· piase" en auto de las once de la mañana del día veintidós de noviembre de mil no· vecientos sesenta y seis, abriéndose la Glo· sa Judicial de esta cuenta.

II Que en escrito que corre al· folio cua·

trocientos ocho, presentado a las diez de la maña.na del día veintitrés de noviembre de mil novecientos sesenta y siete, el Se­ñor Fiscal General del Estado, devolvió el traslado y dice: "Habiendo examinado atentamente los autos que se refieren a la cuenta de la Fiscalía de Teléfonos de Ni· caragua, llevada .por el señor Sebastián Matus R., de Cfl.lidades conocidas, quien sirvió el cargo de :Visea} de Teléfonos, en el período de enero !l "junio de mil nove· cientos sesenta y seis, encontrando desva· necidos todos los reparos que le fueron for· murados a la misma, según lo expresan las razones escritas que figuran al margen de cada uno de ellos y los documentos anexos al :presente expediente y no habiendo, por tanto nada que objetar a tal cuenta, ni en la parte Contable ni en la Legal, ruego a usted dictar la ~enteucia que E:n Derecho corresponde" y,

Considerando: Que siendo cierto lo dicho por el Fiscal

General del Estado, ya que todos los repa· ros formulados tanto en la Glosa Adminis· trativa como en la Judicial. de esta cuenta, fueron completa.mente desvanecidos, de conformidad con los documentos anexos al presente expediente y por las razones pues· tas al margen de cada reparo y siendo que el defensor del Cuentadante se muestra con· forme con la opinión Fiscal y habiendo las pertes renunciado expresamente al resto de trámites, pidiendo que se dicte la sen· tencia que en Derecho corresponde y ha· biéndose llamado a autos para sentencia en providPncia de las once de la mañana del veinticuatro de noviembre de mil novecien· tos sesenta y siete, folio cuatrocientos ocho, se está en el caso de resolver,

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2254 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Por Tanto: Con tales antecedentes, oida la opinión

fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 38 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas en vi­gencia y Arto. 151 de la Ley Reglamenta­ria del Tribunal de Cuentas de 15 de Di­ciembre de mil ochocientos noventa y nue­ve, segunda edición oficial en vigencia y Decreto Ejecutivo N'> 79 del 30 de marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Re­glamento de Contabilidad Fiscal vigente, el suscrito C()nt:.dor, en nombre de la Re-

. pública de Nicaragua, definitivamente, Falla:

Apruébase la cuenta del señor Fiscal de Teléfonos de Nicaragua, correspondiente al período Administrativo, comprendido del uno de enero al treinta de junio de mil novecientos sesenta y cinco, de que se ha hecho mérito. En consecuencia, declárase Solvente y Libre con la Hacienda Pública de Nicaragua, al Cuentadante Sebastián Matus B. y a su Fiador Solidario, por lo que hace al período relacionado.

Líbrese copia de esta resolución a los interesados para que les sirva de suficien­te finiquito. Cópiese, notifíquese, publíque­se en "La Gaceta", Diario Oficial y archi­vese.

Julw Zelaya G., . Secretario.

Octavio Moneada E., Contador de Glosa.

TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA RE­PUBLICA DE NICARAGUA Sala de Exa­men. Managua, Distrito Nacional, quince de febrero de mil novecientos sesenta y ocho. Las nueve de la mañana.

Vistas las presentes diligencias incoa.· das con motivo de la rendición de la cuen­ta Fiscalía de Telégrafos de Nicaragua, correspondiente al período comprendido del uno de julio al treinta de agosto de mil novecientos sesenta y cuatro, llevada por Sebastián Matus B., mayor de edad, casado, oficinista y del domicilio de Ma­nagua.

Resulta.: I

Que según Carta-Cuenta agregada al fo· lio ochenta, hubo un movimiento de Ingre­sos y Egresos de ciento cua~nta y cuatro mil novecientos cuarenta y cinco córdobas y setenta y cuatro centavos ( <S 144,945.74),

' suma que incluye los término~ con que se abrieron y cerraron las operaci;mes, y

II Que al terminar la GJoNa Administtnti·

va, el suscrito Contador de Glosa Francisco Brenes G., por auto de las diez de la maña­na del día veintidós de septiembre de mil novecientos sesenta y cinco, paso las dili· gencias al conocimiento del señor Presiden­te del Tribunal de Cuentas para los fines de Ley; en tal virtud, esta Superioridad ordenó por aut9 de las diez de la mañana del veinticuatro de septiembre de mil no· vecientos sesenta y cinco,. al folio setenta y siete, que el suscrito verificara el Trá­mite Judicial y Fall~, razón por la que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las ocho de la 111añana del siete di? enero de mil novecientos sesenta y siéte, abr1éndo· se la Glosa Judicial de Psta cuenta.

m Que en escrito del siete de marzo de mil

novecientos sesenta y siete, ~l Defensor de Oficio, Don Luis F. Mongalo Castillo, ostentando el Poder correspondiente, pidió se le tuviera por personado en el presente juicio, como apoderado del Cuentadante Sr. Sebastián Matus B., el suscrito lo tuvo como tal por auto de las once y media de la mañana del siete de marzo de mil nove­cientos sesenta y siete, que corre en el mis· mo folio mandado, se le tenga por perso· · nado y se razone el poder, que legaliza su personería jurídica, el cual se agrega al folio setenta y ocho y a correr los tras­lados de ley a las partes.

IV A las once de la mañana del ocho de

marzo de mil novecientos sesenta y siete, el Defensor de Oficio devolvió el traslado, expresando que todos los reparos formu­lados a la cuenta, fueron totalmente desva­necidos según las razones escritas al mar­gen de cada reparo y que como su repre­sentado no tiene ninguna responsabilidad pide llamar autos 1pa.ra sentencia que de­clare libre y solvente a su apoderado, jun· to con su fiador. .

V Que en escrito que corre al folio ochenta

y cuatro, presentado a las diez de lama-­ñana del veinticinco de noviembre de mil novecientos sesenta· y siete, el Señor Fis· cal General del Estado, devolvió el tras· lado y dice: "He examinado atentamente los autos que se refieren a cuenta practi­cada al señor Sebastián Matus B., quien sirvió el cargo de Fiscal de Telégrafos Je Nicaragua en el período comprendido del uno ~e julio al. treinta de agosto de mil novecientos sesenta y cuatro, encontrando desvanecidos todos los reparos que le fue· ron formulados como lo expresan la~ ra · zones escritas que figuran al margen de cada uno de ellos. En consecuencia, ruego a usted dictar la sentencia de conformidad oon la Ley" y,

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LA GA.CETA.-DL\.RIO OFICIAL 2255

.considerando: Que siendo cierto lo dicho por laa par·

tes, que todos los reparos formulados en la Glosa Administrativa fueron desvane· cidos, según lo expresan las razones pues· tas al margen de cada. reparo y documen· tos anexos a est~ expediente, y que tanto el señor apoderado del Cuentadante como el señor Fisca1 General del Estado. se muestran de acuerdo en que se dicte sen· tencia y habiéndose llamado a aute>CJ para sentencia en providencia del veinticinco de noviembre de mil novecientos sesenh y siete, folio ochE:nta y cuatro se está en el caao de resolver,

Por Tanto: Con tale;:; ~ntecedentes, oída la opinión

fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 151 de la Ley Regla· mentaría del Tribunal de Cuentas de 15 de diciembre de 1899, segunda edición oficial en vigencia y Decreto Ejecutivo NQ 79 del 30 de marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Reglamento de Contabilidad Fiscal vigente, el suscrito Contador, en nombre de la República de Nicaragua, de· finitivamente,

Falla: Apruébase la cuenta Fiscalía de Telé·

grafos de Nicaragua, correspondiente al período comprendido del uno de Julio al treinta de agosto de mil novecientos se· senta y cuatro de que se ha hecho mérito. En consecuencia, declárase Solvente y Li· bre con la Hacienda Pública de Nicaragua al Cuentadante Sebastián Matus B., y a su Fiador Solidario por lo que hace al perío· do relacionado.

Líbrese copia de esta resolución al inte· resado para que le sirva de suficiente Fi· niquito. Cópiese, notifíquese, publíquese en "La Gaceta•), Diario Oficial, y archí· vese ..

Francisco Brenes G., Contador de Glosa.

Julio Zdaya G., Secretario del Tribunal de Cuentas.

TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA RE· PUBLICA DE NICARAGUA, Sala de Exa· men, Managua, Distrito Nacional, diecl · nueve de Enero de mil novecientos sesen­ta y ocho. - Las nueve de la mañana.

Vistas las .presentes diligencias, incoa· das con motivo de la rendición de la CUEN· TA del Director de la Academia Militar de Nicaragua en Managua, D. N., corres· pondiente al período Administrativo de octubre a diciembre de mil novecientos sesenta y siete, llevada por César Augus·

to Borge C., mayor de edad, casado, mi· litar y del domicilio de Managua.

Resulta: 1

Que al terminar la Glosa Administrati­va, el suscrito Contador de Glosa, Carlos Alberto Zelaya M., por auto de la.s diez de la mañana del día nueve de enero de mil novecientós sesenta y ocho, ~pasó las dili· gencias al conocimiento del Honorable Se· ñor Presidente del Tribunal de Cuentas, para los fines de Ley; en tal virtud, esta Superioridad ordenó por auto de las once de la mañna del día diez .de enero de mil novecientos sesenta y ocho, al folio núme· ro trece, que el suscrito verificara el Trá· mite Judicial y Fallo, razón por lo que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las ocho de la mañana del día once de enero de mil novecientos sesenta y ocho, abriéndose la Glosa Ju(iicial de esta cuenta.

II Que en escrito del doce de enero de mil

novecientos sesenta y ocho, el señor Fis· ial General del Estado, Doctor en Derecho, Salvador Buitrago Aja, en su carácter de actor, ostentando nombramiento del Eje· cutivo que lo acredita como tal, pidió se le tuviera por personado en el presente jui· cio. El suscrito lo túvo por personado co· mo tal, en auto de las nueve y media de la mañana del día doce de enero de mil novecientos sesenta y ocho, que corre al folio catorce del presente exp<'diente.

III Que en escrito que corre al reverso del

folio catorce, presentado a las diez de la mañana del día dieciocho de enero de mil novecientos sesenta y ocho, el señor Fis· cal General del Estado, devolvió el tras· lado y dice; "Habiendo examinado atenta: mente los autos que se refieren a la cuen· ta de la Dirección de la Academia Militar de Nicaragua, llevada por el señor César Augusto Borge ·C., quien sirvió fl car#!o de Director de la Academia Militar de Ni· caragua, en el período de octubre a diciem· bre de mil ·novecientos sesenta y ocho, en· contrando desvanecidos todos los reparos que le fueron formulados a la misma, se· gún la expresan las razones escritas que fi­guran al margen de cada uno de ellos y los documentos anexos al presente expediente y no habiendo, por tanto, nada que objetar a tal cuenta, ni en la parte Contable ni en la Legal, ruego a usted dictar la sentencia que en Derecho corresponde" y,

Considerando: Que siendo cierto lo dicho por el Fiscal

General del Estado, ya que todos los repa· ros formulados tanto en la Glosa Admi· nistrativa como en la Judicial de esta

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2256 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL

cuenta, fueron completamente desvaneCi­dos, de conformidad con los documentos anexos al presente expediente y por las ra· zones puestas al margen de cada reparo y siendo que el Cuentadante señor César Augusto Borge C., se muestra conforme con la opinión fiscal y habiendo las par­tes renunciado expresamente al resto de trámites, pidiendo que se dicte la senten­cia que en Derecho corresponde y habién· dose llamado a autos para sentencia en pro­videncia del diecinueve de enero de mil no­vecientos sesenta y ocho, reverso del folio catorce se está en el caso de resolver,

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión

fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 38 de la Ley Orgá· nica del Tribunal de Cuentas en vigencia y Arto. 151 de la Ley Reglamentaria del Tribunal de Cuentas de 15 de diciembre de mil ochocientos noventa y nueve, segunda edición ofi.cial en vigencia y Decreto Eje­cutivo N9 79 del 30 de marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Reglamento de Contabilidad Fiscal vigente, el suscrito

a diciembre de mil novecientos sesenta y siete, llevada por Gerardo Selva E., ma· yor de edad, casado, negociante y del do· micilio de Somoto.

Resulta: I

.Que al term.inar la GÍos~ Administrati­va, el suscrito Contador de Glosa, Ernes­to Asensio Garay, por auto de las ocho de la mañana del día dieciséis de enero de mil novecientos sesenta y ocho, pasó las diligencias al conocimiento del señor Pre­sidente del Tribunal de Cuentas, para los fines de Ley, en tal virtud," "sta superio­ridad ordenó por auto de las nueve de la • mañana del día dieciséis de enero de mil novecientos sesenta y ocho, al folio nú­mero sesenta y ocho, que el suscrito veri­ficara el Trámite Judicial y Fallo, razón ,por la que fue puesto el · "Cúmplase" en auto de las diez de la mañana del día die­ciséis de enero de mil novecientos sesenta y QCho, abriéndose la Glosa Judicial d:! esta cuenta.

II Contador, en nombre de la República de Ni· Que por auto de las once de la maña-

' caragua, definitivamente, na del día dieciséis de enero de mil nove-F a 1 1 a : cientos sesenta y ocho, el suscrito man-

Apruébasc la cuenta del señor Director dó al señor Fiscal General del Estado, que de la Academia Militar de Nicaragua en se personara a la Presente causa, en su Managua, Departamento de Managua, co· carácter de actor, de conformidad con Ja rrespondiente al período Administrativo ' ley. comprendido del mes de octubre al mes de· diciembre de mil novecientos sesenta y sie­te, de que se ha hecho mérito. En conse· cuencia, declárase Solvente y Libre con la Hacienda Pública de Nicaragua, al Cuen­tadante César Augusto Borge C., Cnel. G. N., y a su fiador solidario, por lo que hace al período relacionado. · '

Líbrese copia de esta resolución a los in· teresados para que les sirva de suficiente Finiquito. Cópiese notifíquese, publíquese en "La Gaceta", Diario Oficial, archívese.

Carws Alberto Zelaya Maltez, Contador de Glosa.

Julio Zelaya G., Secretario del Tribunal de Cuentas.

TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA RE­PUBLICA DE NICARAGUA, Sala de Exa­men, Managua Distrito Nacional, veinti- · séis de enero de mil novecientos sesenta y ocho. Las ocho de la mañana.

Vistas las presentei:i diligencias, incoa· das con motivo de la rendición de la cuen­ta del Administrador de Rr-ntas de So..: moto, Departamento de Madríz, correspon­diente al periodo administrativo de julio

m Que en escrito del dieciRéis de enero de

mil novecientos sesenta y ocho, el señor Fiscal General del Estado, doctor Salva­dor Buitrago Aja, ostentando nombra· miento del Ejecutivo,' que le acredita co­mo tal, pidió se le tuviera por personado en el presente juicio, como actor. El sus· crito lo tuvo por personado en auto de las ocho de la mañana del día diecisiete de enero de mil novecientos sesenta y ocho que corre al folio sesenta y nueve del pre· sente expediente, mandando a dársele los traslados de ~ey.

IV Que en escrito que corre al reverso del

folio sesenta y nueve, presentado a las ocho de la mañana del día veintitrés de enero de mil novecientos sesenta y ocho, el señor Fiscal General del Estado, de­volvió el traslado y dice: "Que estando correcta la Glosa Administrativa de la cuenta del señor Gerardo Selva E., Ad­ministrador de Rentas de Somoto, que no habiendo nada que objetar a la misma, ni en .la parte Contable ni en la Legal, pues· to que los Reparos que se le formularon fu e ron desvanecidos de conformidad con las razones escritas al margen de cada uno de ellos y renunciando al resto de trá-

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2257

mites, ruego a usted dictar la sentencia que en derecho corresponde" y,

Considerando: Que siendo cierto lo dicho por las par­

tes, que todos los reparos formulados en la Glosa Administrativa, fueron desvaneci­dos, según lo expresan las razones :puestas al margen de cada reparo y documentos anexos a este expediente y siendo que el

· Señor Fiscal General del Estado, en su ca­lidad de actor, se muestra conforme con tal cuenta, y pide se dicte sentencia y ha­biendo renunciado al resto del trámite, se está en el caso de resolver.

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión

del Señor Fiscal General del Estado, co­rridos los trámites de derecho, con apoyo en el Arto. 151 de la Ley Reglamentaria del Tribunal de Cuentas de 15 de diciem­bre de 1899, segunda edición oficial en vi­gencia y Decreto Ejecutivo NQ 79 del 30 de marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Reglamento de Contabilidad Fiscal vi­gente, el suscrito Contador, en nombre de la República de Nicaragua, definitivamente,

Falla: Apruébase la ruenta del sccor Adminis·

trador .de Rentc1s de Somoto, Departamen· to de Madríz, correspondient~ al períodt1 Adminü:trativo, comprendido del uno de julio al hf!hlta y uno de diciembre de mil nove~ier.tos srsrnta y siet'".. de que se ha" hecho mérito. En consecuencia, declárase Solvente y !..ibrE> con la H.J.cienda Pübli"a de Nici.lragutJ., r.1-CUentadantc señor Gerar­do S~lva E., y a su Fiador Solidario, pot' lo qu<! liac~ &1 período relacio::tad<'.

Líbrese copia de esta resolución al inte­resado para que.le sirva de suficiente Fi­niquito. Cópiese; notifíquese, publíquese en "La Gaceta··, Diario Ofical y archívese.

Julio Ze'laya G., Secretario,

Ernesto Asensio Garay, Contador de Glosa.

TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA RE­PUBLICA DE NICARAGUA, Sala de Exa­men. Managua, Distrito Nacional, quince de febrero de mil novecientos sesenta y ocho. Las diez de la mañana.

Vistas las presentes. diligencias incoa­das con motivo de la rendición dE> la cuen­ta del Seeretario·Tesorero de la Escuela Normal de Estelí, correspondiente al pe­ríodo Administrativo de mayo de mil no­vecientos sesenta y dos a abril de mil no· vecientos sesenta y cuatro, llevada por Mí-

riam Lazo Rodrfguez, mayor de edad, sol­tera, oficinista y del domicilio de Estelí,

Resulta: I

Que al terminar la Glosa Administrati va, el suscrito Contador de Glosa, Alberto Machado Salinas, por auto de las once de la mañana del día nueve de febrero de mil novecientos sesenta y cinco, pasó las dili­gencias al conocimiento del Honorable se­ñor Presidente del Tribunal de Cuentas, para los fines de Ley; en tal virtud, esta Superioridad ordenó por auto de las nue­ve de la mañana del día diez de febrero de mil novecientos sesenta y 'Cinco, al folio nú­mero treinta y cinco, que el suscrito veri· ficara el Trámite Judicial y Fallo, razón por lo que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las nueve de la mañana del día quince de Febrero de mil novreientos se­senta y cin.co, abriéndose la Glosa Judicial de esta cuenta.

n .... J, Que en escrito del dos de enero de mil

novecientos sesenta y ocho, ei fleñor Fiscal General del Estado, Doctor en Derecho, Salvador Buitrago Aja, en su carácter de actor, ostentando nombramiento del Ejecu· tivo que lo acredita como tal, pidió se le tuviera por personado en el presente jui­cio. El suscrito lo tuvo por personado co­mo tal, en auto de las ocho de la mañana del día tres de· enero de mil novecientos sesenta y ocho, que corre al folio· cuaren­ta y ocho del presente expedknte.

m Que en escrito que· corre al folio cua­

renta y ocho, presentado a Jas diez de la mañana del día nueve de enero de mil no­vecientos sesenta. y ocho, el señor Fiscal General del Estado, devolvió el traslado y dice: "Habiendo examinado atentamente los autos que se refieren a la cuenta Se­cretaria-Tesorera de la Escuela Normal de Estelí, llevada por la señorita Míriam Lazo Rodríguez, quien sirvió el cargo de Seere­taria ·Tesorera en el período de mayo de mil novecientos sesenta y dos a abril de mil novecientos sesenta y cuatro encontrando desvanecidos todos los reparos que le fue­ron formulados a la misma, según lo ex­presan las razorieP escritas que figuran al margen, de cada uno de ellos y los do· cumentos anexos al presente expediente y no habiendo, por tanto, nada que objetar a tal cuenta. ni en la parte Contabhl ni en la Legal, l'UE-go a usted dictar la sen­tencia que en Derecho corresponde'' y,

Considerando: Que siendo cierto lo dicho por el Fiscal

General del Estado, ya que todos los re­paros formulados tanto en la Glosa Admi·

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22S8 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

nistrativa como en la Judicial de esta cuen· ta, fueron completamente desvanecidos, de conformidad con los documentos anexos al presente expediente y por las razones puestas al margen de cada reparo y sien· do que el Defensor .del Cuentadante, se muestra conforme con la opinión fiscal y habiendo las partes renunciado expresa· mente al resto de trámites, pidiendo que se dicte la sentencia que en Derecho co· rresponde y habiéndose llamado a autos para sentencia en providencie de las on· ce de la mañana del nueve de enero de mil novecientos sesenta y ocho, folio cuarenta y nueve, se está en el caso de resolver,

Por Tanto: Con tales antecedentes, oída la opinión

fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 38 de la Ley Or­gánica del Tribunal de Cuentas en vi· gencia y Arto. 151 de la Ley ReglamE:nta­ria del Tribunal de Cuentas de 15 de di­ciembre de mil ochocientos noventa y nue­ve, segunda edición oficial en vigencia y Decreto Ejecutivo N9 79 del 30 de marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Re· glam€nto de Contabilidad Fiscal vigente, el suscrito Contador, en nombre de la Re· pública de Nicaragiia, definitivamente,

Falla: Apruébase la cuenta del señor Secreta·

rio-Tesorero de la Escuela Normal de Es­telí, Departamento de Estelí, correspon· diente al período Administrativo, com­prendido del uno de mayo de mil novecien· tos sesenta y dos al treinta de abril de mil novecientos sesenta y cuatro, de que se ha hecho- mérito. En consecuencia, declárase Solvente y Libre con la Hacienda Pública de Nicaragua, al Cuenta.dante Míriam La· zo Rodríguez, y a su Fiador Solidario, por lo que ·hace al períOdo relacionado.

Líbrese conia de esta resolución a los in· teresados pai·a qué les sirva de suficiente Finiquito. Cópiese, notifíquese, publíquese en "La Gaceta", Diario Oficial, archívese.

Alberto Machado Salinas, Contador de Glosa.

Julio Ze'laya G., Secretario del Tribunal de Cuentas.

TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA RE­PUBLICA DE NICARAGUA. Sala de Exa­men. Managua, Distrito Nacional, diez de febrero de mil novecientos sesenta y ocho. Las diez y med.\a de la mañana.

Vistas las pres~ntE:s diligencias, incoa· das c·on motivo de la rendición de la cuen­ta del Fiscal de TP.léf anos de Managua, co­rrespondiente al período Administrativo

de enero a juni'l de mil novecientos sesen· ta y tre~. llevada por Juana Sánchez de Ce­deño, mayor de edad, casada, oficinista y del domicilio rl~ Managua,

Resulta: I

Que al termiuar la Glosa Administrati· va, el Contador de Glosa, Carlos J. Mon· tiel M., por auto de las ocho de la mañana del dia dieciséis de diciembre de mil no­vecientos sesenta y siete, pasó las diligen· cías al conocimiento del Honorable señor Presidente del Tribunal de Cuentas, para los fines de Ley; en tal virtud, esta Su· perioridad ordenó por auto de las nueve de la mañana del día dieciséis de diciem·. bre de mil novecientos sesenta y siete, al folio número trece, que el suscrito verifi· cara el Trámite Judicial y Fallo, razón por lo que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las diez de la mañana del día veinti­cuatro de enero de mil novecientos sesen­ta y ocho, abriéndose la Glosa Judicial de esta cuenta.

n Que en escrito del veinticuatro de enero

de mil novecientos sesenta y ocho, el señor Vice"Fiscal General del Estado, Doctor en Derecho, Evenor Valdivia P., en su carác· ter de actor, ostentando nombramiento del Ejecutivo que lo acredita como tal, pidió se le tuviera por personado en el presente juicio. El suscrito lo tuvo ,por personado como tal, en auto de las ocho de la maña­na del <'l~a veintisiete de enero de mil no· vecientcis S<'senta y ocho, que corr·.! al fo· lio_cJ1Qrce del presente expedient".

m Que en escrito que corre al reverso del

folio catorce del presente expediente, pre­sentado a las once de la mañana del día veintinueve de enero de mil novecientos sesenta y ocho, el señor Vice-Fiscal Gene· ral del Estado, devolvió el traslado y dice: "Habiendo examinado atentamente los au­tos que se refieren a la cuenta Fiscalía de Teléfonos de Nicaragua, llevada por la se· ñora Juwa Sánchez de Cedeño, quien sir­vió el cargo de Fiscal de Teléfonos, en el período dt: enero a junio de mil novecien­tos sesenta y tres, encontrando desvanecí· dos todos los reparos que le fueron formu­lados a la misma, según lo expresan las razones t>scritas que figuran al margen de cada uno de ellos y los documentos anexos al presente expediente y no habiendo, por tanto, nada que objetar a tal cuenta, ni en la parte Contable ni en la Legal, ruego a usted dictar la sentencia que en Derecho corresponde" y,

Considerando: Que siendo cierto lo dicho por el sۖor

Vice-Fiscal General del Estado ya que to·

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2259

dos los reparos formulados tanto en la GlO"" sa Administrativa como en la Judicial de esta cuenta, fueron completamente des· vanecidos, de conformidad con los docu­mentos anexos al presente expediente y por las razones puestas al margen de cada re­paro y siendo que el Defensor del Cuenta­dante, se muestra conforme con la opinión fiscal y habiendo las partes renunciado ex­presamente al resto de trámites, pidiendo que se dicte la sentencia que en Derecho corresponde y habiéndose llamado a autos para sentencia en providencia del sie­te de febrero de mil novecientos sesenta y ocho, folio quince, se está en el caso de resolver,

Por Tanto:

Con tales antecedentes, oída la opinión fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 38' de la Ley Orgá­nica del Tribunal de Cuentas en vigencia y Arto. 151 de la Ley Reglamentaria del Tribunal de Cuentas de 15 de diciembre de mil ochocientos noventa y nueve, segunda edición oficial en vigencia y Decreto Eje­cutivo Nv 79 del 30 de marw de 1936, que modificó al Arto. 210 del Reglamento de Contabilidad Fiscal vigente, el suscrito Contador, en nombre de la República de Nicaragua, definitivamente,

Falla:

Apruébase la cuenta del señor Fiscal de TelHonos de Nicaragua, correspondiente al pP.ríodo Admmistrativo, comprendido del uno de enero al treinta de Junio de mil no­vecientos sesenta y tres, de que se he. he­cho mérito. En consecuencia, declárase Sol­vente y Libre con la Hacienda Pública .de Nicaragua, al Cuentadante Juana Sánchez de Cedeño, y a su fiador solidario, 1por lo que hace al período relacionado,

Líbrese copia de esta resolución a los interesados para que les sirva de suficien­te Finiquito. Cópiese, notifíquese, publí­quese en "La Gaceta", Diario Oficial y ar­chívese.

Edmundo Picado Zavala, Tramitador Judicial

Julio Zelaya G., Secretario del Tribunal de Cuentas.

TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA RE­PUBLICA DE NICARAGUA, Sala de Exa­men. Managua, Distrito Nacional, trece de febrero de mil novecie.ntos sesenta y ocho. Las once de la mañana.

Vistas las presentes diligencias incoa­das con motivo de la rendición de la cuen-

ta de la Administración de Rentas de Boa­co, correspondiente al período Adminis· trativo del u'no de julio al treinta y uno de diciembre de mil novecientos sesenta y siete, llevada por la Sra. María Cristina v. de Tablada, mayor de edad, viuda., de oficios domésticos y del domicilio de Boa­ca,

Resulta: 1

Que al terminar la Glos·a Administrativa, el suscrito Contador de Glosa Ernesto Asen· sio Garay, por auto de las doce meridianas del día treinta y uno de enero de mil nove· cientos sesenta y ocho, pasó'las diligencias al conocimiento del Honorable Señor Presi­dente del Tribunal de Cuentas, para los fines de Ley; en tal virtud, esta Superio· ridad ordenó por auto de las .diez de la mañana del día uno de febrero de mil no· vecientos sesenta y ocho, al folio número sesenta y siete, que el suscrito verificara el Trámite Judicial y Fallo, razón por lo que fue puesto el "Cúmplase" en auto de las once de la mañana de la misma fecha, abriéndose la Glosa Judicial de esta cuen· ta.

11 Que en escrito del tres de febrero de

mil novecientos sesenta y ocho, el Señor Fiscal General .del Estado, Doctor en Derecho, Salvador Buitrago Aja, en su carácter de actor, ostentando nombra· miento del Ejecutivo que lo acredita como tal, pidió BE' le tuviera por personado en el presente juicio. El suscrito lo tuvo por personado como tal, en auto de las diez y treinta minutos de la mañana del mismo día, que corre al reverso del folio núme· ro sesenta y ocho.

III Que· en escrito qu4=! corre al reverso del

folio sesenta y ocho, presentado a tas on­ce de la mañana del día nueve de f€brero de mü novecientos s1:.senta y ocho, el Se· ñor Fiscal General del Estado, devolvió el traslado y dice: "Habiendo examinado atentamente los autos que se refieren a la cuenta de la Administración de Rentas de Boaco, llf'vada por la señora María Cris­tina v. de Tablada, quien sirvió el cargo de Administrador de Rentas, en el perío­do del uno de julio al treinta y uno de diciembre de mil novecientos sesenta y siete, encontrando desvanecidos todos los reparos que le fueron formUlados a la mis­ma, según lo expresan las razones .escri­tas que figuran al margen de cada uno de ellos y los documentos anexos al presente expediente y no habiendo, por tanto, nada que objetar a tal cuenta, ni en la parte Contable ni en la Legal, ruego a usted die·

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2260 LA. GACETA-DIARIO OFICIAL

--==============================="""'================================""============= tar la sentencia que en Derecho correspon· de" y, - .

Considerando:

Que siendo cierto lo dicho por el Fiscal General del Estado, ya que todos los re­paros formulados en la Glosa Administra· tiva de esta cuenta, fueron completamen­te desvanecidos, de conformidad con los documentos anexos al presente expediente y por las razones puestas al margen de cada reparo y siendo que el Cuentadante señora María Cristina v. de Tablada, se muestra conforme con la opinión fiscal y habiendo las partes renuncfado expresa· mente al resto de trámites, pidiendo que se dicte la sentencia que en Derecho co­corresponde y habiéndose llamado a autos para sentencia en providencia del diez de fe­brero de mil novecientos sesenta y ocho, al reverso del folio sesenta y ocho, se _es­tá en el caso de resolver.

Por •r a n to: Con tales antécedentes, oída la opinión

fiscal, corridos los trámites de Derecho, con apoyo en el Arto. 38 de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas en vi· gencia y Arto. 151 dé la Ley Reglamenta· ria del Tribunal de Cuentas de 15 de di­ciembre de mil ochocientos noventa y nue­ve, segunda edición oficial en vigencia y Decreto Ejecutivo N9 79 del 30 de marzo de 1936, que modificó al Arto. 210 del Re­glamento de Contabilidad Fiscal vigente, el suscrito Contador, en nombre de la Re­pública de Nicaragua, definitivamente,

Falla.: Apruébase la -~uenta de la Administra·

ción de Rentas de Boaco, Departamento de Boaco, correspondiente al período Adminis· trativo comprendido del uno de julio al treinta y uno de diciembre de mil novecien­tos sesenta y siete, de que se ha hecho mé­rito. En consecuencia, declárase Solvente y Libre con la HaciP.nda Pública de Nica­ragua, al Cuentadante señora María Cris­tina v. de Tablada, y a su Fiador Solidario, por lo que hace al período relacionado.

Líbrese coph. de esta resolución a los interesados par!t quE' les sirva de suficiente finiquito. Cópiese, ·notifíquese, publíquese en "La Gaceta", Diario Oficial, archívese.

Ernesto Asemio Garay, Contador de Glosa.

Julio Zelaya G., Secretario.

Ministerio de Economía, Industria y Comercio

CANCELASE NOMBRAMIENTO Y ANEXANSE INTERINAMENTE FUNCIONES DE DIRECTOR

GENERAL DE RIQUEZAS NATURALES

"Acuerdo No. 35-V

El Presidente de la República,

en uso de sus facultades,

Acuerda:

Primero: Cancelar el nombramiento del In­geniero Pablo Martfnez Navas, del cargo de Director General de Riquezas Naturales. •

Segundo:'- Anexar interinamente las funcio­nes de Director General de Riquezas Natura­les, al Doctor Francisco José Boza Paiz, Ase­sor Legal del Registro de la Propiedad Indus­trial.

Tercero:- El presente Acuerdo surte sus efec­tos a partir de esta fecha y deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en Casa Presidencial. Managua, Dis­trito Nacional, a los nueve días del mes de julio de mil novecientos sesenta y nueve. -A. SOMOZA D., Pre~idente de la República. - Juan José Martfnez L., Ministro de Econo­mía, Industria y Comercio".

SECCION DE PATENTES DE NICARAGUA

Marcas de Fábrica Reg. No. 2360 - B/U 218385 - Valor lf 45.00

Chemie Gruenthal GMBH, solicita registro Marca:

"LIPONORM" Clase: 9. Oyense oposiciones. Registro de la Propiedad Industrial. Managua,

veinticinco junio mil novecientos sesenUnueve. -Manuel Castlllo Jarqutn, Registrador. - José Vi-llanueva, Secretario. 3 3

Reg. No. 2361 - B/U 218392 - Valor CS: 45.00 Unión Carbide Corporation, solicita registro

Marca2 ''SEVIMOL"

Clase: 8. Oyense oposiciones.

"KARDEL"

Registro de la Propiedad Industrial. Managua, veinticinco junio mil novecientos sesentinueve. -Manuel castillo Jarquin, Registrador. - José Vi-Ilanueva, Secretario. 3 3

Reg. No. 2362 - B/U 218391 - Valor CS' 45.00 Monsanto Company, solicita registro Marca:

0

' 'PLUS DE RIZ" Clase: 8. Oyense oposiciones. Registro de la Propiedad Industrial. Managua,

veinticinco junio mil novecientos sesenUnueve. -Manuel castillo Jarquln, Registrador. - José Vl-llanueva¡ Secretario. 3 3

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........ -----------------------...------------------------...;------------------.... --------LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2261

Reg. No. 2363 - B/U 218390 - Valor e; 415.00 American SCie.ntific ~boratories, solicita regis-

tro Marca.e: , "A.S.L."

Clase: 9. Oyense oposiciones. Registro de la Propiedad Industrial. Managua,

veinticinco junio mil novecientos sesentinueve. -Manuel Castillo Jarquin, Registrador. - José Vi-llanueva, Secretario. 3 3

Reg. No. 2364 - B/U 218389 - Valor 1$: 45.00 J. R. Geigy s. A., solicita registro Marca:

"LABAMON" Clases : 9 y 49. Oyense oposiciones. Registro de la Propiedad Industrial. Managua,

· veinticinco junio mil novecientos sesentinueve. -Manuel Casttllo,Jarquin, Registrador. - José Vi­llanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 2365 - B/U 218388 - Valor 1$: 45.00 A. S. Dumex, solicita registro Marca:

''PROMANEX'' Clase: 9. Oyense oposiciones. Registro de la Propiedad Industrial. Managua,

veinticinco junio mil novecientos sesentinueve. - Manuel Castillo Jarquin, Registrador. - José Vlllanueva, Secretario. ·

3 3

Reg. No. 2366 - B/U 218387 - Valor e; 45.00 Chas Pfizer & Co. Inc., solicita registro Marca:

"LITHANE" Clase: 9. Oyense oposiciones. Registro de la Propiedad Industrial. Managua,

veinticinco junio mil novecientos sesentinueve. - Manuel Castillo Jarquin, Registrador. - José Villanueva, Secretario.

3 3

Reg. No. 2472 - B/U 232494 - Valor e; 45.00 Luitpold-Werk Chemisch- Pharmazeutische Fa­

brik, solicita registro : ''P E R -M U C A L"

Clase: 9. Oyense oposiciones.

Managua, veintisiete junio mil novecientos sesentinueve . ...._ Manuel Castillo' ,Jarquin, Regis­trador de la Propiedad Industriat. "- José Villa­nueva, Secretario.

3 2

Reg. No. 2473 - B/U 232491 - Valor e; 45.00 · Lacer S. A., Industria . Quimico Farmacéutica Ibero-Alemana, solicita· registro:

"F I B RO CID" Clase: 9. Oyense oposiciones. Managua, veintiséis junio mil novecientos se­

sentinueve .. - Manuel Castillo Jarquin, Registra­dor de la Propiedad Industrial - José Villanueva, Secretario.

3 2

Reg. No. 2474 - B/U 232490 - Valor e; 45.00 Lacer S. A., Industria Quimico Farmacéutica

Ibero-Alemana, solicita registro: "A N EUROL"

Clase: 9. Oyense oposiciones.

Managua, veintiséis junio mil novecientos se­sentinueve. - Manuel' Castillo Jarquin, Registra· dor de la Propieda~ Industrial. - José Villan1.1.e· va, Secretario.

3 2

Reg. No. 2476 - B/U 232489 - Valor e; 135.oo Quickfit & Quartz Limited, solicita registro:

"PEAR (ETIQUETA)"

Clases: 8, 29, 36. Oyense oposiciones. Managua, D. N., diez junio mil novecientos se·

sentinueve. - Manuel Castillo Jarquin, Registra­dor de la Propiedad Industrial. - José Vlllanueva, Secretario.

3 2

Rge. No. 2477 - B/U 232493 - Valor 4: 90.00 Lacer S. A. Industria Químico Farmacéutica

Ibero-Alemana, solicita registro:

.. ~ .....

"L A C E R" Clase: 9. Oyense oposiciones. Managua, veintiséis junio mil novecientos se­

sentinueve. - Manuel Castillo Jarquin, Regis­trador de la Propiedad Industrial. - José Villa­nueva, Secretario.

3 2

Reg. 2353 - R/F 218157 - e; 90.00 Fá.brica Centroamericana de Lápices, S. A.,

mediante apoderado, solocita registro Marca:

Para: Clase 4<>. Oyense oposiciones. Registro de la Propiedad IndUstrial. -Mana­

gua, cuatro Junio mil novecientos sesentinue­ve. -Manuel Castillo Jarquin, Registrador. -Jo­sé Villanueva, Secretario.

3 3

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2262 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

Reg. No. 2475 - B/U 232492 - Valor ($: 45.00 Laboratoires Grimault, solicita registro:

"GRIMAULT" Cla.se: 9. Oyense oposiciones. Managua, veinte de junio mil novecientos se­

sentinueve. - Manuel Castillo Jarquin, Registra­dor de la Propiedad Industrial. - José Villanue­va, Secretario.

3 2

SECCION JUDICIAL

Remates Reg. No. 2529 - R/F 237577 - Valor Cf 135.00

Doce meridianas, cuatro de agosto año en curso, Local este Juzgado, venderáse al martillo: Televi­sor Marca Motorola, antena corriente portátil, pantalla diecinueve pulgada.s, modelo B.P.502, Se­rie número 902039, caja de madera color natu­ral, ciento veinte voltios y trece canales.

Oyense posturas. Ejecuta: Luis Andara Ubeda a Luis Argüello

Nicaragua. Dado en el Juzgado Primero Local Civil de Ma­

nagua, a l¡i.s once y treinta minutos de la maiía­na del dia catorce de julio de mil novecientos se­senta y nueve. - Dr. Mauricio Romero Garcia, Abogado y Juez Primero Local Civil de Managua. - Luis Vega M., Srio.

3 3

Reg. 2551 - B/U 240525 - C$ 135.00 cuatro tarde ocho Agosto próximo, local este

Despacho Subastarase finca urbana Barrio Can­delaria esta ciudad, compuesta solar doce varas frente veintisiete fondo, conteniendo ca.ftón con dependencias, luz, aguas negras, agua potable, li­mitado todo: Norte, Gustavo Garcla Zapata y otra; Sur, calle enmedio, Juan Manuel López; Oriente, once avenida sureste, Juan Manual Ló­pez; Occidente, Rafael Gueva.ra López.

Ejecuta: Lidia Chávez viuda de Rulz contra Esperanza Guevara. Peralta.

Base subasta: Treinta. y Siete Mil Setecientos Sesenta Córdobas.

Oyense postur~ legales. Dado Juzgado Segundo Civil Distrito. Managua,

diecinueve Julio.mil novecientos sesentinueve. -Once la maf\ana. - R. Duarte, Juez 2o. Civil Dis­trito Managua. - Rafael Chamorro, Srio.

3 2

Reg. 2553 - B/U 238341 - C$ 135.00 Cuatro tarde del seis de Agosto corriente af\o

Local Juzgado Subastarán.se mejoras casa caf\ón diez por ocho varas, paredes bloques, techo zinc, piso cemento, edificadas solar sucesión Wences­lao Blandón ubicado en Reparto El Edén, esta ciudad, linda: Norte y Occidente, sucesión Wen­ceslao Blandón; Sur, novena Calle Sureste, mis­ma sucesión; Oriente, Delia de Mayorga.

Avalúo: Doce mil ochocientos córdobas. Ejecuta: Funeraria La Católica, S. A. a: Juan

José Torufio Villanu'eva. Oposiciones: Término de Ley. Juzgado Segundo Civil del Distrito. - Mana­

gua, diecinueve de Julio de mil novecientos sesen­ta y nueve. - L. Meléndez M., Srio.

3 2

Reg. 2572 - B/U 241466 - C$ 90.00 Cuatro tarde diecinueve Agosto corriente afio,

subastarase Local ~te Juzgado Finca Urbana. Inscrita No. 35,857; Tomo 486; Folio 37, asiento primero del Registro Público de Managua.

Base de la subasta: Tres mil trescientos seten­ta córdobas.

Ejecuta: José Francisco Aguilar Navas a Abra­ham Flores Bermúdez.

Juzgado Segundo Local Civil de Managua a los diecinueve dias del mes de Julio de mil no­vocientos sesentinueve. - Manuel Martinez S. -José E. Romero, Srio.

3 2

Reg. 2561 - B/U 240595 - C$ 135.00 Cuatro tarde cuatro Agosto próximo entrante,

local este Juzgado, subastaráse Inmueble R\1sti­co ~Barranco Bayo", jurisdicción Diriamba, De­partamento Carazo, 300 manzanas, No. 99, Asien­to 16, follo 73, Tomo 203, Registro Público, Jino­tepe, lindante: Norte, Julio Vigil; Sur, sitio San­to Tomás; Oriente, Julio Vigil; Poniente, Benjamín Tapia.

Base Subasta: Cuarentiocho Mil trescientos Veintiún Córdobas con Treinticuatro Centavos. Estricto contado.

Ejecución: Banco Nacional de Nicaragua, con­tra Blanca Rojas D•Ciofalo.

Managua, veintidós Julio de mil novecientos se­sentinueve. - Ricardo Duarte Moneada, Juez Se­gundo Civil Distrito Managua. .

3 1

Título Supletorio Reg. No. 2358 - B/U 172741 - Valor CS: 90.00 ~uill~rmo Cabrera Moya, solicita titulo Suple­

torio finca rústica esta jurdisdicción, lindante: Norte, Calazans Parrales Ulloa; Sur Amado Gutiérrez; Este, terrenos nacionales; y Óeste, Al­berto Calero.

Opónganse. Juzgado Distrito. San Carlos, veintiuno junio

mil. novecientos sesentinueve. - Manuel Castrillo Gámez. - Ronaldo Montiel, Srio. -

3 3

Arriendo de Terreno Ejidal Reg. No. 2469 - B/U 196697 - Valor ~ 90.00

Ramón Rtos Salazar, solicita arrendamiento te­rreno ejidal al _poniente de esta pablación de diez manzanas de extensión y lindante al Oriente, li­nea férrea erunedio, Julio Henrtquez Castellón: Poniente, Mauricio Gurdián; Norte, Mauricio Gurdián, y al Sur, también con Mauricio Gurdián.

Oposición término legal. Dado Alcaldia Municipal Larreynaga, 4 de' ju­

lio de 1969. - Pablo Argefial Rivas, Alcalde Mu­nicipal.

3 3

PRECIO DE DETALLE DE CIGARRILLOS Reg. 2571 - B/U 241224 - C$ 90.00

Marca Precio por Cajetllla MINISTER Cf 2.00 BILTMORE Cf 1.50

Se advierté al público en general y a los expen­dedores que, conforme el Docreto N9 105'1, Ar• ticulo 7, constituirá defraudación fiscal la venta de cigarrillos a un rprecio que sea mayor que el ya registrado, que es el precio arriba indicado.

TABACALERA NICARAGUENSE, S. A. 3 3

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL 2263

CITACION A ACCIONISTAS DE CAFE SOLUBLE, S. A.

Reg. 2550 - B/U 240661 - C$ 90.00

Por instn.KlCiones de la Junta Directiva de •ca­fé Soluble, S.A.", cito a Ud.(s) para sesión ordi­naria de la Asamblea General de Accionistas, la cual se reunirá en las oficinas de la Compa.füa, kilómetro ocho y medio carretera Norte, a las diez de la mafíana del próximo catorce de Agosto.

Managua, D. N., diecinueve de Julio de mil no­vecientos sesenta y nueve.

De Ud.(s) Atto. y S.S.

CAFE SOLUBLE, S. A. Emilio Baltodano P.

Secretario.

Sentencias de Divorcio

s 3

Reg. 2535 - B/U 223488 - CS: 15.00 Sentencia Sala Civil. Corte Apelaciones

Granada dictó uno Julio año corriente, de­claró disuelto matrimonio unía Octavio Marcia Pérez y Enma Carrillo.

Granada, Julio nueve, mil novecientos sesentinueve. -Cony P. de Cruz, Secreta-ria.

1

Reg. 2536 - B/U 223487 - ($: 15.00 Sentencia Sala Civil. Corte Apelaciones

Granada, dictó quince Julio año corriente, declaró disuelto matrimonio unía Margari­ta Cabezas Miranda y Aníbal Guillén.

Granada, Julio diecisiete, mil novecien­tos sesentinueve. -Cony P. de Cruz, Se­cretaria.

1

Reg. 2537 - B/U -.223485 - <$: 15.00 Sentencia Sala Civil. Corte Apelaciones

Granada dictó dieciséis Julio año corrien­te, declaró disuelto matrimonio unía Ar­mando Cabrera Lazo y Mercedes Obregón García.

Granada, diecisiete Julio mil novecien­tos sesentinueve. -Cony P. de Cruz, Se· -cretaria.

1

Declaratoria de Herederos Reg. 2549 - B/U 220999 - CS: 15.00 Salomón Torres y Hna. solicitan decla­

rárseles herederos bienes, derechos, accio­nes dejara Albina viuda de Torres.

Opónganse. Juzgado Civil Distrito. León, diecisiete

Julio, mil novecientos sese~tinueve. -Be· nito Madriz, Secretario.

1

Citaciones de Procesados Reg. 254

Por segunda vez cito y emplazo al Pro­cesado Ernesto García de Generales ignora­das, para que dentro del término de quin~ días comparezca al local de este Juzgado a defenderse en la causa que se le sigue por Asesinato cometido en la persona de Eze­quiel Blanco Espinales, quien fue mayor de edad, agricultor, y de es~ domicilio, bajo apercibimiento de someter la causa a Ju­rado y que la sentencia que contra él re­caiga surta los mismos efectos como si es­tuviera presente.

Se recuerda a las autoridades la obliga­ción que tienen de capturar al antes dicho procesado y a los particulares la de denun­ciar el lugar donde se oculta.

Dado en el Juzgado de Distrito de lo Cri­minal de Chinandega, a los quince días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y nueve. - Dr. Orlando Flores Vidaurre, Juez para lo Criminal del Distrito, Chinan­dega. - Ante mí: Martha Molina P., Se­cretaria.

1

Reg. 255 Por segunda y última vez cito y emplazo

al procesado Francisco Gabuardi, de cali­dades ignoradas para que dentro del tér­mino de quince días se presente a este juz­gado a defenderse en la causa criminal que se le sigue por el delito de Robo con fuerza en las cosas, en bienes de la señora María Antonieta Lacayo de Alemán, mayor de edad, casada, de oficios domésticos y de este domicilio bajo apercibimiento de so­meter la causa al conocimiento del Tribu­nal de Jurados y que la sentencia que en ella recaiga surta los mismos efectos como si estuviera presente.

Se recuerda a las autoridades la obliga­ción que tienen de capturar al procesado y a los particulares la de denunciar el lugar donde se oculte.

Dado en el Juzgado Primero de Distrito del Crimen. - Managua, diez y seis de Ju­lio de mil novecientos sesenta y nueve. -Guillermo Vargas S. - R. López Selva.

Es conforme. - Managua, diez y seis de Julio de mil novecientos sesenta y nueve. -:- Guillermo Vargas Sandino, Juez Prime­ro del Distrito del Crimen de Managua.

1

Reg. 256 Por primera vez cito y emplazo a los

procesados Isidoro Castellón Gutiérrez y Fancisco Hernández Benítez, el primero de generales ignoradas y el segundo, mayor

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2264 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

de edad, casado, agricultor y del domici· lio de la ciudad de Esquipulas de este De­partamento, para que dentro del término de quince días comparezcan al local de este Juzgado a defenderse en la causa crimi­nal que se les sigue por los delitos de hur­to, cometido en bienes de Fermín Gonzá­lez Delgadillo y Nieves Aguinaga Cordero, siendo autor el primero y encubridor el segundo, bajo apercibimiento de declarar­los rebeldes, elevar a Plenario la presente causa, declararlos rebeldes y nombrarles defensor de oficio si no lo hacen.

Se recuerda a las autoridades la obliga· ción que tienen de capturar a dichos delin· cuentes, y a los particulares la de denun· ciar el lugar donde se oculten.

Dado en el Juzgado .para lo Criminal 'del Distrito de Matagalpa, a los dieciocho días del mes de Julio de mil novecientos sesen· _ ta y nueve. - Enmendado - Por - Va­le. -- Testado - s - Dos - No Vale.­Angela Rizo C. '-luan Co~treras, Srio.

Es conforme con su original. Matagalpa, dieciocho de Julio de mil novecientos se­senta y nueve. -Enmendados - Recuer-

da - s - N ...._ Val€n. - Juan Contreras, Secretario.

1

Reg. 257 Por primera vez cito y emplazo al pro­

cesado René Vallejos, de generales igno­radas, para que dentro del término de quince días comparezca al local de este Juzgado a defenders~ en la causa que se le sigue por homicidio cometido en la per­sona de Donoso Lozano, mayor de edad, originario de· Somotillo y demás genera· les ignoradas, bajo apercibimiento de de­clararlo rebelde, elevar ·1a causa a Plena· rio y nombrarle defensor de oficio si 'no comparece.

Se recuerda a las autoridades la obliga­ción que tienen de capturar al antes dicho

·procesado y a los particulares la de denun­ciar el lugar donde se oculta.

Dado en el Juzgado de Distrito de lo Criminal de Chinandega, a los veintidós días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y nueve. -Dr. Orlando Flores Vi· daurre, Juez para lo Criminal del Distri· to. -Ante mí: Martha Molina P., Secre-taria. 1

INDICE DE "LA GACETA"

(Continúa)

LETRA "Ctt GACETAN9 FECHA .:.;.~.¡,)'-'~~~=:::::::::==..... -----.__.:.:;.-....::::=:::::========'-· ==~-,=·=---==-= ~======

GARDEN CLUB ~statutos de la Asociación "Garden Club de Nicaragua". N9 219

COMISIONES CAMARA t>EL SENADO Comisiones permanentes de la Cámara del Senado . . . .. NQ 186

COMPA:iil'IAS DE SEGUROS Reglamento para actividades y operaciones de Compa.·

. ñías de Seguros. (Decreto NQ 16 de 16 de Septiembre de 1963) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ·- · . . . . . . . N9 238

COLOcACION DE NT.TMmROS DE PLACAS bisposición NQ 15 de la Jefatura de Tránsito. (~olocación

del número de placas en las puertas de los taxis) . . • · · N'I 240

Sept. 25,63

Agt. 16,63

Oct. 18,63

Oct. 21,63

CORINTO Plan de- Arbitrios de Corinto . . . . . . . ...... . NQ 256 - Nov. 8,63

. . '.· COSTA ATLANTICA

Ley Creadora del Consejo Nacional de Economía.. Dec:r_e­to NQ 881 de 1 de Noviembre de 1963 so~re explotac1on de Riquezas Naturales en la Costa Atlántica ..... · · _' N., . 259

EMBLEMA DE COOPERA 'l'IVISMO , • Publicación sobre registro del Emblema del Cooperab- N9 201

vismo ........ · · · · · • · • • · · · · · · · · · · · · · · ·

Nov. 12,63

Set. - 3,63

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LA GACETA-DIARIO OFICIAL

LETRA "C" GACETA N•

COOPERATIVA DE ALGODONEROS Cooperativa Anónima de Algodoneros Nicaragüenses de

León . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NQ 62

COOPERATIVAS Cooperativa de Consumo Obrero de Puerto Cabezas Cooperativa de Ahorro de Empleados de la Tesoreria Ge-.

neral de la República . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Discusión sobre la Reforma Agraria. (Capítulo Coopera­

tivas) Cámara de Diputados . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cooperativa de Ahorro y Crédito de Empbados y Traba­

jadores de La Inmobiliaria . . . . . . . . . . . . . . Cooperativa de Taxis de Transporte del Pacífico . . . . . .

COMITE DE PRODUCTORES DE LLCHE Se nombra el Comité de Productores de L--:!che y Plantas

Procesadoras. (Véase Ley en Gaceta N 9 39 de 15 de

N"' 174

Febrero de 1963) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . N9 66

CONCESION Concesión de Servicio Eléctrico a Cooper..;.1tiva de Ener-

gía Eléctrica NQ 1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . • . • • • N9 70

LIBRE COMERCIO Lista de mercaderias que serán objeto de libre comercio

o de trato preferencial entre Panamá,. Nicaragua y Costa Rica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . N9 71

CONSTRUCCION Nueva licitación para construir Muelle de G_·anada . . Nq 93 Estatutos de la Asociación de Prof esionaler: ·Agropecuarios N9 98

LOS COCOS

Urbanización "Los Cocos" 88

CONCEDESEINDULTO Se concede indulto· a Juan Calderón RueC!a, Enrique La-

cayo Farfán, Emilio Borge y Tomás Ruc da . . . . . . . . NQ 94

CODIGO DEL TRABAJO Ley de Salario Mínimo. (Código del Traba:o) . . N9 101

CORRECCIONES Correcciones a la Ley Creadora del Instituto de Fomento

Nacional. (Véase Gaceta N9 81 de 5 de Abril de 1963) N9 93

CORTES

Nombramiento de Magistrados de la Corte Suprema y Apelaciones de León. (Véase Gaceta N9 111 de 21- de Mayo de 1963) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . N9 104

Se eligen los Magistrados de la Corte Suprema de Jus-ticia. (Véase Gaceta N• 104 de 13 de Mayo de 1963) N9 111

Se elige al Dr. Felipe Rodríguez Serrano, Magistrado de la Corte Suprema de Justicia . . . . . . . . . . . . . . . . . . N9 239

COBRO DE IMPUESTOS

Reglamento para cobro de Impuesto de Consumo y Refi-neria . . , , , . . . . . . . . . . . . . . . , . . . . . . . N9 117

2265

FECHA

Mar.

Abr.

Jul.

Agt.

·Agt.

Agt.

Mar.

Mar.

Mar.

Abr. Ma:y-._

Abr.

Abr.

May.

May.

May.

May.

Oct.

May.

14,63

1,63

20,63

2,63

10,63 16,63

19,63

23,63

25,63

29,63 6,63

23,63

30,63

9,63

3,63

13,63

21,63

19,63

28,63

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2266 LA GACETA-DIARIO OFICIAL

LETRA •e• GACETA N• FECHA

yONSEJO NACIONAL DE ECONQMIA

R1:pre&entantes del Partido de la Minoría en el INFONAC · y en el Con8ejo Nacional de Economía . . . . . . . . . . . . N" 27 4

COLEGIO JOSEFA T. DE AGUERRI

Disp0sición N 9 18 de la Jefatura de Tránsito, disponien· do la colocación de medias esferas en el Colegio Josefa T. de Aguerri y en la esquina del Ministerio del Trabajo N., 275

RIFAS DE COMPA:tll'IAS

Se reforma el Plan de Arbitrios de Managua, (sobre rifas de Compañías o Instituciones de Ahorro que pagarán el 3% del valor total de las acciones) . . . . . . . . . . . . N., 275

CONVENIO CARRETERO

Convenio Carretero con los Estados Unidos (EE.UU.) . . N? 292

CONSTRUCCION DE LA CARRETERA PARA MATEARE

Se decreta la construcción de la carretera para Mateare, N agarote y La Paz . . . . . . . . . . , . . . . . . . . . . . . . . NQ 280

COMPA:tll'IA TEXTIL .LARGAESPADA

Se otorgan Franquicias y Privilegios a la "Compañía Tex-til Largaespada" (M. de E.) . . . . . . . . . . . . . . NQ 293

(Continuará)

LA GACETA DIARIO OFICIAL DEL GOBIERNO DE NICARAGUA.

Se publica todoa los dias, excepto los festivos. Dirección: Loa altos de la Imprenta Nacional.

Teléfono: 23771 Apartado Postal N• 86

Managua, D. N.

Nov. 28,63

Nov. 30,63

Nov. 30,6~

Dic. 20,63

Dic. 6,63

Dic. 21,63

Valor de ia Suscripción en:

PAPEL PERIODICO

Para la Reptibllca: Para el Exterior:

El cAlculo de la tarifa se ha hecho con base en letra de diez puntos y que la pulgada colum· nar tiene un promedio de treinta y einco ( 35) palabras:

Por trimestre: CS: 32:00 Por Semestre: US$10.00 Por Semestre: CS: 57.00 Por Afl.o: es: 92.00 Por Afio: US$18.00

Venta de Nmneros Sueltos: Del Dfa: es: 0.40 Retrasado: CS: 0.80

Valor de la Suscripción en:

Papel Bond 32 Lbs.

Para la Reptibllca: • Para el Exterior:

Por Trimestre: CS: 42.00 Por Semestre: US$12.00 Por Semestre: ~ 75.00 Por Afl.o: CS: 120.00 Por Afl.o: US$20.00

Venta de Nfuneros Sueltos: Del Dla: CS: 0.50 Retrasado: CS 1.00

Los su9Crlptores pagaran además el porte de correo •.

La tarifa de publicaciones es la siguiente: a) Por cada página entera CS: 200.00 b) Por media página • • . . • • • . . • CS: 120.00

Por pligina y media • • . . • . . • CS: 320.00 c) Los excedentes de una y de media

página. se liquidarán por cada puL gada columnar o fracción . . . • • . CS: 12.00

d) Avisos, edictos, carteles y demts documentos de cualquier clase, por pulgada columnar o fracclón • . • • CS: 15.00

e) Clisés, por pulgada columnar o frac· clón . . • • . . . . • . . . • . . • • • • . CS: 115.00 En las leyendas adicionales se co­brara confqrme el lnc. D. La tarifa de publicaciones antes fijada, se pagara por cada inserción. Todos loe pagos por Servicios de Suscripciones y publicaciones en •La Gaceta", deben hacerse por ade­lantado en las Adm1nistraclones d11 Rentas o Agencias Fiscales de la

· Rep'tlbllca, en Recibos Fiacalea.