republica de colombia · en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los ......

4
REPUBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DEL INTERIOR RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2016 ( 0 3 9 0) o 5 /2, 'BR 2P 1B Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 322 de 2015, Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para la aplicación de la prueba piloto de teletrabajo respecto de algunos de los empleos de la Planta de Personal del Ministerio del Interior. EL MINISTRO DEL INTERIOR En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 61 literal g) de la Ley 489 de 1998 y 6, numeral 17, del Decreto-Ley 2893 de 2011; 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015 y 2.2.1.5.6 del Decreto 1072 de 2015, y CONSIDERANDO: Que el teletrabajo es una forma de organización laboral que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas utilizando como soporte las tecnologías de la información y las comunicaciones -TIC- para el contacto entre el trabajador y empleador, sin requerirse la presencia física del trabajador en el sitio especifico del trabajo, que se encuentra regulado por la Ley 1221 de 2008 y el Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo", el cual compiló, entre otros decretos, el Decreto 0884 de 2012 que reglamenta el tema del teletrabajo. Que a través de Resolución número 322 del 17 de marzo de 2015 se adoptó el Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para los empleos de la planta del Ministerio del Interior. Que mediante Resolución número 1752 del 30 de diciembre de 2015 se adoptó el Plan de Acción para la Prueba Piloto de Teletrabajo 2015-2016, que permitirá implementar la aplicación de dicha prueba en el Ministerio. Que se hace necesario modificar parcialmente la Resolución número 322 del 17 de marzo de 2015, adicionando algunas consideraciones relacionadas con la implementación del teletrabajo para el desarrollo de la prueba piloto del Ministerio del Interior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.5.6 del Decreto 1072 de 2015 que dispone: "Manuales de funciones de las entidades públicas. Para los servidores públicos las entidades deberán adaptar los manuales de funciones y competencias laborales, con el fin de permitir y facilitar la implementación del teletrabajo como una forma de organización laboral". Que en mérito de lo expuesto, este Despacho RESUELVE: Artículo 1. Adición. Adiciónase un parágrafo al artículo 1 de la Resolución 322 de 2015, el cual quedará así: "Parágrafo: La prueba piloto de teletrabajo adoptada mediante Resolución número 1752 del 30 de diciembre 2015, será aplicable a todos los funcionarios del nivel profesional que sean postulados por las diferentes dependencias de la entidad, que MININTER1OR TODOSPORUN NUEVOPMS

Upload: trinhphuc

Post on 16-Oct-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DEL INTERIOR

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2016

( 0 3 9 0) o 5 /2,'BR 2P 1B

Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 322 de 2015, Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para la aplicación de la prueba piloto de teletrabajo respecto de algunos de los empleos de la Planta de Personal del Ministerio del

Interior.

EL MINISTRO DEL INTERIOR

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 61 literal g) de la Ley 489 de 1998 y 6, numeral 17, del Decreto-Ley 2893 de 2011; 2.2.2.6.1 del

Decreto 1083 de 2015 y 2.2.1.5.6 del Decreto 1072 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el teletrabajo es una forma de organización laboral que se efectúa en el marco de un contrato de trabajo o de una relación laboral dependiente, que consiste en el desempeño de actividades remuneradas utilizando como soporte las tecnologías de la información y las comunicaciones -TIC- para el contacto entre el trabajador y empleador, sin requerirse la presencia física del trabajador en el sitio especifico del trabajo, que se encuentra regulado por la Ley 1221 de 2008 y el Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo", el cual compiló, entre otros decretos, el Decreto 0884 de 2012 que reglamenta el tema del teletrabajo.

Que a través de Resolución número 322 del 17 de marzo de 2015 se adoptó el Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para los empleos de la planta del Ministerio del Interior.

Que mediante Resolución número 1752 del 30 de diciembre de 2015 se adoptó el Plan de Acción para la Prueba Piloto de Teletrabajo 2015-2016, que permitirá implementar la aplicación de dicha prueba en el Ministerio.

Que se hace necesario modificar parcialmente la Resolución número 322 del 17 de marzo de 2015, adicionando algunas consideraciones relacionadas con la implementación del teletrabajo para el desarrollo de la prueba piloto del Ministerio del Interior, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.5.6 del Decreto 1072 de 2015 que dispone:

"Manuales de funciones de las entidades públicas. Para los servidores públicos las entidades deberán adaptar los manuales de funciones y competencias laborales, con el fin de permitir y facilitar la implementación del teletrabajo como una forma de organización laboral".

Que en mérito de lo expuesto, este Despacho

RESUELVE:

Artículo 1. Adición. Adiciónase un parágrafo al artículo 1 de la Resolución 322 de 2015, el cual quedará así:

"Parágrafo: La prueba piloto de teletrabajo adoptada mediante Resolución número 1752 del 30 de diciembre 2015, será aplicable a todos los funcionarios del nivel profesional que sean postulados por las diferentes dependencias de la entidad, que

MININTER1OR TODOSPORUN NUEVOPMS

~INTERIOR

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2016

Hoja No 2. Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 322 de 2015, Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para la aplicación de la prueba piloto de teletrabajo respecto a algunos de los empleos de la Planta de Personal del Ministerio del Interior".

previamente acrediten el cumplimiento de los requisitos correspondientes, aprobados por el Comité de Teletrabajo.

Las actividades realizables mediante teletrabajo no deberán poner en riesgo la seguridad de la información del Estado, además, no requieren del contacto presencial con atención al ciudadano y, sus tareas no demanden de la presencia física permanente al interior de la entidad.

La implementación de la prueba piloto de teletrabajo en el Ministerio del Interior no modifica los requisitos de estudio y experiencia exigidos para el desempeño de los empleos, ni varía su grado salarial.

Así mismo, las funciones para los empleos susceptibles de teletrabajo en el Ministerio del Interior, corresponden a las establecidas en la Resolución No. 322 de 2015, tanto en las funciones esenciales generales como en las de las áreas funcionales por dependencia de desempeño".

Artículo 2. Modificación. Modifícase el artículo 2 de la Resolución número 322 de 2015, el cual quedará así:

"Artículo 2. Competencias Laborales. Las competencias comunes para los diferentes empleos a que se refiere el presente Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.4.7 del Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública son las siguientes:

COMPETENCIA DEFINICIÓN

DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Orientación a resultados

Realizar las funciones y cumplir los compromisos organizacionales con eficacia y calidad.

• Cumple con oportunidad en función de estándares, objetivos y metas establecidas por la entidad, las funciones que le son asignadas.

• Asume la responsabilidad por sus resultados.

• Compromete recursos y tiempos para mejorar la productividad tomando las medidas necesarias para minimizar los riesgos.

• Realiza todas las acciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos enfrentando los obstáculos que se presentan.

Orientación al usuario y al ciudadano

Dirigir las decisiones y acciones a la satisfacción de las necesidades e intereses de los usuarios internos y externos, de conformidad con las responsabilidades públicas asignadas a la entidad.

• Atiende y valora las necesidades y peticiones de los usuarios y de ciudadanos en general.

• Considera las necesidades de los usuarios al diseñar proyectos o servicios.

• Da respuesta oportuna a las necesidades de los usuarios de conformidad con el servicio que ofrece la entidad.

• Establece diferentes canales de comunicación con el usuario para conocer sus necesidades y propuestas y responde a las mismas.

• Reconoce la interdependencia entre su trabajo y el de otros.

O MININTERIOR TODOS POR UN NUEVO PAIS

RESOLUCIÓN NÚMERO

E 2016

Hoja No 3. Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 322 de 2015, Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para la aplicación de la prueba piloto de teletrabajo respecto a algunos de los empleos de la Planta de Personal del Ministerio del Interior".

Compromiso con la organización

Alinear el propio comportamiento a las necesidades, prioridades y metas organizacionales.

• Promueve las metas de la entidad y respeta sus normas.

• Antepone las necesidades de la entidad a sus propias necesidades.

• Demuestra sentido de pertenencia en todas sus actuaciones

Transparencia

Hacer uso responsable y claro de los recursos públicos, eliminando cualquier discrecionalidad indebida en su utilización y garantizar el acceso a la información gubernamental.

• Proporciona información veraz, objetiva y basada en hechos.

• Facilita el acceso a la información relacionada con sus responsabilidades y con el servicio a cargo de la entidad en que labora.

• Demuestra imparcialidad en sus decisiones.

• Ejecuta sus funciones con base en las normas y criterios aplicables.

• Utiliza los recursos de la entidad para el desarrollo de las labores y la prestación del servicio.

Los funcionarios a quienes les sea autorizada la prestación personal del servicio en la modalidad del teletrabajo, además de las competencias laborales antes descritas, deberán desarrollar las siguientes competencias específicas:

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Compromiso con la organización bajo el

esquema de teletrabajo

Administrar el entorno de teletrabajo, considerando

sus características, exigencias operativas,

técnicas, administrativas, legales y de higiene y

seguridad y salud en el trabajo

• Administrar el conjunto de recursos de tecnología informática y comunicaciones, considerando lo acordado con el empleador, sus normas, estándares y buenas prácticas del teletrabajo.

• Mantener el espacio y el puesto de trabajo libre de riesgos, contemplando normas del empleador y considerando criterios de seguridad, higiene, ergonomía y buenas prácticas del teletrabajo.

• Organizar el trabajo facilitando el acceso a la documentación para la realización de auditorías según lo convenido con el empleador.

Orientación del trabajo a distancia

Gestionar el registro, procesamiento y control de

datos jurídicos, administrativos, contables, en contexto de teletrabajo,

a partir de la documentación y datos del empleador, considerando normas internas y plazos

de entrega.

• Programar las tareas considerando prioridades y plazos establecidos por el empleador y reportarlas según lo acordado con él, facilitando su seguimiento y evaluación.

• Registrar, procesar y controlar datos jurídicos, administrativos, contables, teniendo en cuenta las herramientas TIC disponibles, y normas, procedimientos y requerimientos del empleador.

• Formular un plan de trabajo que permita el cumplimiento en tiempo y forma del proyecto, según lo acordado con el empleador.

Generar y desarrollar los productos de acuerdo a lo

establecido con el jefe inmediato en el

contexto del teletrabajo

Generar documentación y productos, a partir de

registros y datos suministrados por el jefe inmediato, en el contexto

de teletrabajo, considerando normas

• Organizar y programar las actividades, considerando requerimientos del jefe inmediato y exigencias legales, y reportarlas en las formas y plazos convenidos, facilitando su seguimiento y evaluación.

• Generar información y reportes, planificación y gestión destinados a entes

TODOS POR UN O MININTERIOR t«. NUEVO PAÍS

RESOLUCIÓN NÚMERO k,11 DE 2016

Hoja No 4. Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 322 de 2015, Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales para la aplicación de la prueba piloto de teletrabajo respecto a algunos de los empleos de la Planta de Personal del Ministerio del Interior".

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

internas y legales y plazos de entrega.

internos y externos, teniendo en cuenta las herramientas TIC disponibles y según requerimientos, normas y procedimientos del jefe inmediato y/o exigencias surgidas del propio desarrollo de la tarea.

• Gestionar proyectos a distancia con otros teletrabajadores.

Entrega de productos en el

marco de teletrabajo

Programar el producto final de acuerdo con el proyecto aprobado por el empleador

respetando el plan de trabajo.

• Integrar el producto o documentación en su forma definitiva, respetando el modelo convenido con el jefe inmediato y las

c pautas previamente fijadas.

• Programar los componentes del producto

final de acuerdo con las especificaciones, utilizando las tecnologías que resulten más apropiadas.

Uso eficiente de las Tecnologías de la

Información y Comunicación

Gestionar y utilizar de forma óptima las

herramientas tecnológicas y de comunicación.

• Aplicar herramientas de oficina en el procesamiento de la información.

• Utilizar de manera eficiente las tecnologías de la información y comunicación.

• Optimizar el rendimiento de la infraestructura tecnológica.

• Garantizar la seguridad de las

herramientas tecnológicas y de

comunicación, y de la información, y proteger el espacio de trabajo virtual compartido.

• Conocimiento de las aplicaciones informáticas básicas, sistemas operativos que se manejen en el Ministerio.

Artículo 3. Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente a la Resolución número 322 de 2015.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 0 5

JUA FERN

• CRISTO BUSTOS

Proyectaron:

Revisaron:

Aprobó:

TRD: 4030

Martha Bolívar Reina, Profesional Especializado, Subdirección de Gestión Humana Celso Leonardo Hurtado Willis, Profesional Especializado, Subdirección de Gestión H ana Grece Carolina Silva Bermudez, Profesional Especializado, Oficina Asesora Jurídica. María Jimena Acosta Mera, Subdirectora de Gestión Humana Jaime Andrés Ospina Echeverri, Coordinador del Grupo Actuaciones Administrativas, Oficina Asesora Jurídica. Gabriel René Cera Cantillo, Jefe Oficina Asesora Jurídicalt,L, María Fernanda Rangel Esparza- Secretaria General.