reparto de utilidades

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Page 1: Reparto de utilidades
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INTRODUCCIÓN

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¿QUÉ ES EL REPARTO DE UTILIDADES?

• Es el derecho constitucional que tiene el trabajador aparticipar en las ganancias que obtiene una empresa o patrónpor la actividad productiva o los servicios que ofrece en elmercado, de acuerdo con su declaración fiscal

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FUNDAMENTO LEGALLa participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas seencuentra fundamentada en los ordenamientos siguientes:

I. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos artículo 123,aparatado A, fracción IX, que se refiere a los principios generales deesta prestación como un derecho de los trabajadores.

II. Ley Federal del Trabajo, artículos del 117 al 131 que regulan losprincipios constitucionales.

III. Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria.

IV. Reglamento de los artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajoque establece el procedimiento para iniciar y resolver el escrito deobjeciones, así como la creación y funcionamiento de la ComisiónIntersecretarial para la Participación de los Trabajadores en lasUtilidades de las Empresas.

V. Ley del Impuesto Sobre la Renta, artículos 16, 17 último párrafo,132, y 138 último Párrafo, que establecen la forma para que loscontribuyentes determinen la renta gravable base del reparto deutilidades a los trabajadores.

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SUJETOS OBLIGADOS A REPARTIR UTILIDADES A SUS TRABAJADORES

Son sujetos obligados a participar utilidades todas las unidades económicas de producción odistribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo y, en general,todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sean o nocontribuyentes del impuesto sobre la renta.

Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social.

En las empresas que tengan varias plantas de producción o distribución de bienes oservicios, así como diversos establecimientos, sucursales, agencias u otra forma semejante,cuyos ingresos se acumulen en una sola declaración para efectos del pago del impuesto sobrela renta.

Las asociaciones o sociedades civiles constituidas sin fines de lucro, que obtengan ingresospor al enajenación de bienes distintos a su activo fijo o presten servicios a personas distintasde sus miembros, siempre que dichos ingresos excedan de 5% de sus ingresos totales.

Las sociedades cooperativas que tengan a su servicio personal administrativo y asalariado,que no sean socios, cuyas relaciones de trabajo se rigen por la Ley Federal del Trabajo.

Las empresas exentas en forma parcial o total del pago del impuesto sobre la renta, quetengan trabajadores a su servicio.

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TRABAJADORES CON DERECHO A PARTICIPAR EN LAS UTILIDADES

Todos los trabajadores que presten a una persona física o moral un trabajo personal subordinado, cualquiera que sea en acto que le dé origen mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades de las empresas donde laboran.

Trabajadores de planta

Trabajadores por obra o tiempodeterminado (eventuales).

Ex trabajadores de planta.

Ex trabajadores por obra o tiempodeterminado (eventuales).

Trabajadores de confianza.

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EMPRESAS EXCEPTUADAS DE LA OBLIGACIÓN DE REPARTIR UTILIDADES

Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.

Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un productonuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.

Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el períodode exploración.

Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que conbienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios deasistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a losbeneficiarios.

El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicasdescentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría delTrabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con laSecretaría de Economía.

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PERSONAS EXCLUIDAS DEL REPARTO DE UTILIDADES

Los trabajadores domésticos.

Los trabajadores eventuales que hayantrabajado menos de sesenta días en el ejercicio.

Directores, Administradores y GerentesGenerales, así como socios o accionistas de laempresa.

Profesionistas técnicos y otros que, medianteel pago de honorarios presten sus servicios, sinexistir una relación de trabajo subordinado.

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CÓMO SE CALCULA EL REPARTO DE UTILIDADES

Para poder llegar a la cantidad que corresponde a cadatrabajador, se debe considerar tanto el sueldo percibido comolos días trabajados durante ese período. El monto a repartir sedivide en dos: la primera mitad será distribuida entre lostrabajadores de acuerdo a los días trabajados en el año y lasegunda parte se aplicará proporcional al nivel de ingresos.

Una comisión integrada por igual número de representantesde los trabajadores y del patrón formulará un proyecto quedetermine la participación de cada trabajador y lo fijará en unlugar visible en el establecimiento. Para este fin, el patróndebe proporcionar los elementos necesarios para el cálculodel proyecto mencionado.

Si los representantes de los trabajadores y del patrón no seponen de acuerdo, el Inspector de Trabajo tomará la decisión.

Los trabajadores tendrán un plazo de 15 días para hacer lasobservaciones que juzguen convenientes; Las objeciones seránresueltas por la comisión dentro de un plazo de quince días.

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PLAZOS ESTABLECIDOS PARA EL PAGO DE UTILIDADES

• Sesenta días después de la fechaen que deba pagarse el impuestoanual (31 de Marzo), por lo que encaso de Personas Morales delRégimen General a más tardar el 30de Mayo deberá entregarse altrabajador su participación en lasutilidades y el 29 de Junio para lasPersonas Físicas del RégimenGeneral de las ActividadesEmpresariales.

CÓMO SABER SI LA EMPRESA GENERO UTILIDADES

• Los empleadores debenentregar a los representantesde los trabajadores una copiade la declaración fiscal anual,en la cual se señala el montoque corresponda a laparticipación de utilidades delejercicio.

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CONCLUSIÓN• Al finalizar el trabajo se llego a la conclusión de que

los trabajadores son parte fundamental de laempresa por lo que consideramos que este derechoes una retribución al esfuerzo productivo de lostrabajadores. Y que se debe respetar siguiendo loscriterios establecidos sobre la cantidad y el plazodeterminados.

Integrantes:Soperanes Herrera Cecilia Vela Gaona Andrea

21 Noviembre 2014