rentas de tercera, cuarta y quinta categoría 2015

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Renta de tercera categoría Origen: Capital + trabajo. Persona: Natural y Jurídica. Actividades: Derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios.

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Page 1: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Renta de tercera categoría

Origen: Capital + trabajo.Persona: Natural y Jurídica.Actividades: Derivadas de actividades comerciales, industriales, servicios o negocios.

Page 2: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Es un régimen tributario que comprende las personas naturales y jurídicas que generan rentas de tercera categoría aquéllas provenientes del (capital y trabajo) o de la aplicación conjunta de ambos factores.

Aquellos contribuyentes que provienen del Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS) o del Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER),que deseen incorporarse al Régimen General, pueden realizarlo en cualquier momento del año mediante la presentación de la declaración pago correspondiente al mes en que se incorporen, utilizando el PDT N° 621 o el Formulario N° 119 según corresponda.

Renta de tercera categoría

Page 3: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

a) Las actividades derivadas del comercio, la industria o minería; de la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; de la prestación de servicios comerciales, industriales.

b) Las rentas obtenidas por el ejercicio en asociación o en sociedad civil de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio.

c) Cualquier otra renta no incluida en las demás categorías.d) Las rentas obtenidas por las instituciones educativas

particulares.e) En general, constituye renta gravada de las empresas,

cualquier ganancia o ingreso derivado de operaciones con terceros

Actividades generadoras de rentas de tercera categoría

Page 4: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

¿A qué regímenes tributarios puede acogerse el impuesto a la renta de tercera categoría?

Page 5: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Régimen especial de renta – RER:  Los contribuyentes que se acojan al RER pagan una cuota mensual con carácter definitivo equivalente al 1.5% sobre sus ingresos netos. Ejemplo: El contribuyente Juan Gonzales tiene una empresa. En el mes de febrero del año 2015 obtuvo ingresos por S/12,000 asimismo, comercializa cajas de cartón, por los que obtuvo ingresos ascendentes a S/8,500. ¿Cuál es el monto de cuota de RER en ese mes?

Solución:  Ventas: 12,000 + 8,500 = 20,500 Pago: 1.5% de S/ 20,500 = 308  Pago I.R. Feb. 2015: S/ 308

Caso práctico de Renta de Tercera Categoría:

Page 6: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Origen: Trabajo Persona: Natural Actividades: Rentas obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.

Renta de Cuarta Categoría

Page 7: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Son las obtenidas por el ejercicio individual de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio.

Son aquellas personas naturales que se dedican de manera individual e independiente a desarrollar su profesión, arte, ciencia u oficio. También están incluidos los regidores de las municipalidades (por las dietas percibidas), los síndicos, director de empresas, mandatarios, gestores de negocios, albacea y actividades similares.

Renta de Cuarta Categoría

Page 8: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Director de empresas: Persona integrante del directorio de las sociedades anónimas y elegido por la Junta General de Accionistas.

Actividades similares: Entre otras el desempeño de las funciones de regidor municipal o consejero regional por las dietas que perciban.

Las obtenidas por el desempeño de funciones de:

Page 9: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Los trabajadores independientes deben emitir sólo recibos por honorarios, los cuales pueden ser utilizados para sustentar gasto o costo para efectos tributarios y debe entregarse en el momento en que se perciba la retribución y por el monto de la misma.

En el caso de los directores de empresas, regidores, albaceas, gestores de negocios, mandatarios, síndicos y similares no están obligados a emitir comprobantes de pago, según lo establecido en el Reglamento de Comprobantes de Pago.

Los recibos por honorarios que no excedan los S/ 1500.00 no se le aplicara la retención del 8%.

Para evitar que te retengan el 8%, solicita tu suspensión los primero días del año.

La autorización para la impresión de recibos por honorarios se efectúa a través de las imprentas conectadas y autorizadas a SUNAT Operaciones en Línea (SOL).

Comprobante de pago:

Page 10: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Datos: Empresa: Rodrigo SACTrabajador: Julián HuamánProfesión: AdministradorMes: AbrilComprobante: RH 001-450Monto: S/ 2,100.00 

Calculo:  2,100 * 8 = 168  Rodrigo SAC debe efectuar la declaración y el pago del

impuesto a la renta de cuarta categoría por S/ 168.00 

Caso práctico de Renta de Cuarta Categoría:

Observaciones:  - Monto pagado a mayor a los 1,500.00- No presento su suspensión de retención 

Page 11: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Origen: Trabajo Persona: Natural Actividades: Rentas provenientes del trabajo personal prestado en relación de dependencia (sueldos, salarios, gratificaciones, vacaciones)

Renta de Quinta categoría

Page 12: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Es el conjunto de remuneraciones que percibe un trabajador por un servicio prestado (donde exista una dependencia, trabajador en planilla). Como remuneración básica, asignación familiar, horas extras, bonificaciones, gratificaciones, utilidades, etc. También podemos mencionar que están incluidas las remuneraciones en especie, algunas empresas pagan un cierto porcentaje bajo esta denominación.

Renta de Quinta categoría

Page 13: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Procedimiento para el  cálculo de renta de Quinta categoría

Page 14: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Los gastos de viaje, viáticos por gastos de alimentación y hospedaje, gastos de movilidad y otros gastos exigidos por la naturaleza de sus labores, siempre que no constituyan sumas muy elevadas que revelen la intención de evadir el impuesto y que no sean de libre disponibilidad del trabajador.

Las sumas que el usuario de la asistencia técnica pague a las personas naturales no domiciliadas contratadas para prestar dicho servicio en el país, por concepto de pasajes dentro y fuera del país y viáticos por alimentación y hospedaje en el Perú.

Los gastos y contribuciones realizados por la empresa con carácter general a favor del personal y los gastos destinados a prestar asistencia de salud de los servidores.

Estos conceptos no comprenden:

Page 15: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

Un empleado tiene un sueldo bruto mensual de S/ 3,500.00 y recibe bono de productividad de S/2,000.00.

El ingreso bruto anual:3,500 * 14 + 2,000 = 51,000

Al ser mayor a 7 UIT (S/26,950), se aplica la retención de quinta categoría sobre el exceso S/ 51,000.00 – S/ 26,950.00 = 24,050.00 (*)

Caso practico de la Renta de Quinta Categoría:

Page 16: Rentas de Tercera, Cuarta y Quinta Categoría 2015

S/. 51000.00S/. 26950.00S/. 24050.00

Proyección de ingresos brutos anuales

Renta gravable de impuesto de Quinta categoriaMonto de 7 UIT descontable (-)

8% 19250.00 19250.00 1540.0014% 77000.00 4800.00 672.0017% 134750.00 0.00 0.0020% 173250.00 0.00 0.0030% >173250.00 0.00 0.00

24050.00 2212.00

184.33

Monto efectoen S/.

impuestoen S/.

Exceso 35 hasta 45 UITExceso de 45 UITImpuesto a la Renta a pagar por el año en curso

Retencion Mensual aproximada al trabjar S/.

Hasta 5 UITExceso de 5 hasta 20 UITExceso de 20 hasta 35 UIT

Escala UITTasas Maximos

en S/.