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Propuesta Gremial Marco Regulatorio para todos los Funcionarios de los SS Santiago, junio del 2015

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Page 1: Rene ceriche

Propuesta Gremial

Marco Regulatorio para todos los Funcionarios de los SS

Santiago, junio del 2015

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 MARCO  INTRODUCTORIO  

Después   de   un   análisis   exhaus9vo   la   actual   situación   que   9ene   que   ver   con   el  futuro   desarrollo   organiza9vo   en   Salud     desde   nuestra   óp9ca,es   necesario    puntualizar  lo  siguiente:    

1.-­‐   Cuando   asume   el   actual   gobierno,   que   nombra   a   la   doctora   Helia     Molina  como  Ministra  de  Salud,     la  cual  en  reunión  con  los  Gremios  plantea  el  obje9vo  central   de   su   administración   discu9r   un     nuevo   “Estatuto   para   la   Salud”,   la  Fentess,   Confenats,   y   Fenats   Unitaria   asumimos   éste   desaTo,   sobre   la   cual  nuestras     Organizaciones   consideramos   que   era   un   desaTo   trascendental   para  organizar,   estructurar   y   definir   un  marco   propio   en   la   cual   deberían   regirse   los  funcionarios  de   la  Salud;  es  decir  no  ser  parte  más  del  Estatuto  Administra9vo,    que   rige   al   conjunto   de   la   administración   del   Estado.   Este   desaTo  automá9camente   genera   un   proceso   largo   de   discusión   por   lo   cual,   era   un  camino  a  largo  plazo  que  requería  primeramente  ordenar  el  actual  escenario  de  las  plantas  de  personal  que  no  cabe  duda,  no  ha  estado  acorde  con  el  desarrollo  permanente  que  dice

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relación  con  la  Carrera  Funcionaria,  también  definir  el  tema  de  la  capacitación,  la  inducción  y  otros  procesos  de  ges9ón  que  van  ligados  al  desarrollo  organizacional  del  personal,  es  decir  el  Estatuto  de  la  Salud  es  deseable,  necesario,  el  cual  no  se  agota  en  un  sólo  gobierno,  por  ello  creemos  que  el  ordenamiento  generado  por  la  actual   Ministra   de   Salud   Dra.   Carmen   Cas9llo   T.,   para   fijar   un   nuevo   Marco  Regulatorio  nos  parece  adecuado.    Sin  embargo  en  el  actual  escenario,  Fenats  Unitaria,  Fentess  y  Confenats,  hemos  planteado  una  Propuesta  en  función  del  Nuevo  Marco  Regulatorio,  en  el  contexto  de   la   carta   enviada   a   nuestros   gremios   por   la   actual  Ministra,   sin   rechazar   esta  mirada  de  más  a  largo  plazo  que  es  el  Estatuto  para  la  Salud.

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Ascensos

Para dar inicio al Marco regulatorio, deben estar todos los Servicios de Salud al día en el proceso de ascensos y llamados a concursos ya que en la actualidad tenemos funcionarios que se encuentran en desmedro de su real carrera funcionaria. Estos procesos deben estar al día para legitimar el Encasillamiento.

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Ámbito Nuevo Marco regulatorio: Ø Estudio de carga de trabajo Ø Carrera Funcionaria y Estabilidad Laboral Ø Registro de procedimientos de enfermeria Ø Remuneraciones Ø Capacitación Ø Calidad de Vida de los Funcionarios Ø Organización del Trabajo. Ø Acceso y uso de salas cunas y jardines infantiles Ø Instalacion de Comites de Buenas Practicas Laborales Ø Salud del Personal

Este Marco Regulatorio regirá para todos los funcionarios y funcionarias dependientes de la Ley 18.834

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CARRERA FUNCIONARIA

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DEFINICION DE CARRERA FUNCIONARIA

La mesa de trabajo convocada por la Ministra de Salud después de largos meses de diagnostico, concluyo en un consenso unánime entre los Gremios y el Gobierno, que el concepto de carrera funcionaria no ha permitido el desarrollo del personal como tampoco el mejoramiento de la atención de salud. El personal se siente frustrado y menoscabado en sus potencialidades . En función de esto, “creemos que debemos acuñar el concepto de desarrollo del personal”, que debe permitir que al final de ciclo laboral los funcionarios a través de la definición de la organización de trabajo le permita acceder al grado tope de su carrera.

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CARRERA FUNCIONARIA 1.  Los funcionarios serán de Planta ( titulares) y Contrata

100% TITULARES

El número de funcionarios a contrata de una institución no podrá exceder de una cantidad

equivalente al veinte por ciento del total de los cargos de la planta de personal de ésta (Ley 18.834 Art 9)

2.-El ingreso al Servicio se debe dar en igual de oportunidad a través de concursos

públicos. Contratados: Luego de un máximo de 3 años de prestar servicios en esta modalidad los funcionarios deberán o podrán postular a concurso, el cual a traves de un reglamento

determinara su ingreso al grado de inicio en la planta titular. Los funcionarios titulares no podrán permanecer mas de 5 años en el mismo grado.

3.-Los ascensos se basaran en los siguientes criterios: CRITERIOS % PROPUESTO % ACTUAL u  Experiencia calificada 40% 33% u  Capacitación 30% 33% u  Calificación 30% 34%

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CARRERA FUNCIONARIA

3. Propuesta de grados de inicio y termino de las siguientes plantas:

PLANTA PROPUESTA ACTUAL

Profesionales 14°al 4° 17°al 5°

Técnicos 18°al 9° 23°al 12°

Administrativos 19°al 11° 23°al 13°

Auxiliares 23° al 15° 25°al 17°

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PROPUESTA DE % DE GRADO POR PLANTA

PROFESIONALES

14 14% 13 13% 12 12% 11 11% 10 10% 9 9% 8 8% 7 7% 6 6% 5 5% 4 5%

TECNICOS

18 14% 17 13% 16 12% 15 11% 14 10% 13 10% 12 8% 11 8% 10 7% 9 7%

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PROPUESTA DE % DE GRADO POR PLANTA

ADMINISTRATIVO 19 15% 18 14% 17 13% 16 12% 15 11% 14 10% 13 9% 12 8% 11 8%

AUXILIARES 23 15% 22 14% 21 13% 20 12% 19 11% 18 10% 17 9% 16 8% 15 8%

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CARRERA FUNCIONARIA

1.  Fijar las plantas de personal de los Servicios de Salud y dictar todas la normas necesarias para la adecuada estructuración y operación de ellas de acuerdo a la propuesta de cambio en el inicio y termino de los grados de cada planta. Determinando los grados y niveles de la EUS que se asignen a dichas plantas y el numero de cargos para cada grado y planta resguardando el adecuado ascenso para cada una de ellas.

2.  Los cambios de grados que se produjeren por efecto del encasillamiento no serán considerados promoción y los funcionarios conservaran , en consecuencia el numero de bienios y trienios que estuvieren percibiendo; así mismo, mantendrán el tiempo de permanencia en el grado para tal efecto.

( Ref. Ley 20.209, Art. 3°)

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CARRERA FUNCIONARIA

3.  Recuperación de los cargos liberados por cada Incentivo al Retiro y

otras causales por estamento y por planta.

4.  Establecer como norma administrativa la provisión de estos cargos dentro de un plazo máximo de 90 días de producida la vacante.

5.  Traspasar el personal a honorarios a la contrata en funcion del acuerdo de la MSP y Gobierno que cumplan funciones permanetes de 44 horas ,respetando el proceso de inicio en cada planta

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REMUNERACIONES

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REMUNERACIONES

Proponemos modificar la actual estructura del Sueldo Base, sumando a éste todas las asignaciones permanentes, que permita sincerar el sueldo real de nuestros funcionarios.

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1. MODIFICACIONES A LA LEY Nº 19.490

1.1 Modificación de los Porcentajes de la Asignación: 3.25 a 4.5% - 2,0 a 3,5% 1,25 a 2,5%.

1.2 Aumento de 10 a 15 Trienios, dado el aumento de la vida laboral.

1.3 Derogar la letra h del Art. 1º de la Ley 19.490. 1.4 Agregar a la norma de excepción del Art. 1º letra e) las

licencias médicas por accidentes del trabajo, enfermedades profesionales y enfermedades catastróficas calificadas.

REMUNERACIONES

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2.1 Actualizar los porcentajes de los componentes fijo y variable de la asignación de Desarrollo y Estimulo al Desempeño Colectivo.

2.1.1 Planta de Técnicos: Aumentar de un 21% hasta un 32% de la

Base de Calculo, pagadero en forma gradual a contar del año 2016 y entrando en régimen en el 2018.

REMUNERACIONES

2. MODIFICACIONES A LA LEY Nº 19.937

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REMUNERACIONES

2016 2017 2018

Componente Fijo 12.5 % 14 % 15.5%

Componente Variable , hasta 13.5 % 15 % 16.5%

Nivel de Cumplimiento de Metas por

Establecimiento

Propuesta Actual

Fijo Variable Fijo Variable

El 90% o más de las metas. 15.5 % 16.5 % 10 % 11%

Entre el 75% y menos del 90% de las metas.

15.5 % 9.75% 10 % 5.5 %

Menos del 75% de las metas. 15.5 % 1.5 % 10 % 0 %

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2.1.1 Planta de Administrativos y Auxiliares: Aumentar de un 22% hasta un 32% de la Base de Calculo, pagadero en forma gradual a contar del año 2016 y entrando en régimen en el 2018.

REMUNERACIONES

Nivel de Cumplimiento de Metas por

Establecimiento

Propuesta Actual

Fijo Variable Fijo Variable

El 90% o más de las metas.

15.5 % 16.5 % 10.5% 11.5%

Entre el 75% y menos del 90% de las metas. 15.5 % 9.75% 10.5% 5.75 %

Menos del 75% de las metas.

15.5 % 1.5 % 10.5% 0 %

2016 2017 2018 Componente Fijo 12.5 % 14 % 15.5 % Componente Variable , hasta 13.5 % 15 % 16.5 %

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REMUNERACIONES 2. MODIFICACIONES A LA LEY Nº 19.937

2.2 Actualizar porcentajes de asignación de Acreditación Individual y Estimulo al Desempeño Colectivo para Profesionales y Directivos no Profesionales . Aumentar de un 14% hasta un 18% de la Base de Calculo pagadero en forma gradual a contar del año 2016 y entrando en régimen el año 2018.

Nivel de Cumplimiento

de Metas por Establecimiento

Propuesta Actual

Acreditación Cumplimiento Metas Acreditación Cumplimiento

Metas

El 90% o más de las metas. 8.5 % 9.5 % 6.5% 7.5%

Entre el 75% y menos del 90% de las metas. 8.5 % 5.75% 6.5% 3.75 %

Menos del 75% de las metas. 8.5 % 1.5 % 6.5% 0%

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2016 2017 2018

Cumplimiento Anual de Metas Sanitarias 8,5 % 9,00 % 9.50 %

Acreditación Individual Actual 2016 2017 2018

Hasta 3 años de Servicio 4.00 % 4,50 % 5,00 % 5,50 %

Más de 3 y hasta 6 años de Servicio

6.00 % 6,50 % 7,00 % 7,50 %

Más de 6 años y hasta 9 años de Servicio

6.50 % 7,25 % 8,00 % 8,50 %

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Incorporar a todos aquellos funcionarios que ingresaron con posterioridad a la promulgación de la presente Ley. Eliminar frase “ que se encuentre en funciones a la fecha de publicación de la presente Ley La imponibilidad de la Asignación de Turno debe ser de responsabilidad del empleador para todos los funcionarios que ingresaron con posterioridad al año 2004. En el caso de los funcionarios que tienen Asignación de 4º Turno que corresponde actualmente a un 38%.,aumentar ésta a un 45% .

3. Asignación de Turno (Art. 13 transitorio Ley 19.937

REMUNERACIONES

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REMUNERACIONES

4. Modifica Art. 4º Ley 20.209

Incorporar a los Conductores de los Servicios de Salud a los beneficios del Articulo 4º de la Ley 20.209 que concede la Asignación de Responsabilidad y Riesgo. Se trata de beneficiar a los conductores que cumplen la función de trasladar Equipos de Salud, pacientes a tratamientos especiales, movilización de urgencia de órganos de transplante y otros servicios calificados que no necesariamente se efectúan en ambulancias de los establecimientos hospitalarios y revalorizar esta asignación. Incorporar al los beneficios del Articulo 4º de la Ley 20.209 A los Técnicos de Enfermería en la asignación de responsabilidad y riesgo en traslado de pacientes de alta y baja complejidad por el rol que desempeñan.

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REMUNERACIONES

5.1 Ampliar la cobertura de la Ley Nº 19.264/93 hasta cubrir el total de los funcionarios de los servicios y unidades creados con posterioridad a la fecha de promulgación de la Ley . (SAMU – UPC – TIM – UPA, entre otras).

5.2 Modificar los montos mensuales de esta Asignación, actualmente

desvalorizada

5.3 Que el Beneficio de Descanso Compensatorio sea irrenunciable

5. MODIFICACIONES A LA LEY DE URGENCIA (19.264/93)

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6. Asignaciones Complementarias (permanentes, mensuales e imponibles)

REMUNERACIONES

6.1 Asignación de Desempeño de oficio especializado de auxiliares y técnicos (operadores de Central Térmica y/o Calderas, gasfíteres, mecánicos de equipos y maquinarias, electricistas). Equivalente al 25% del Sueldo Base del Gr. 20º EUS

6.2 Asignación por desempeño de funciones de alto riesgo para el personal que trabaja en Servicios de Psiquiatría, Imagenología, Laboratorio, Banco de Sangre, Esterilización, Farmacia, Sediles y Farmacias Oncologicas. Equivalente al 20% del Sueldo Base del Gr. 12º EUS 6.3 Asiganacion por Catastrofes ,emergencias sanitaria y otros equivalente al 20% del Sueldo Base del Gr. 12º EUS

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Remuneraciones

6.4 Desde el año 2001 con los primeros Funcionarios Titulados de TENS, ha sido una aspiración legitima por la Tecnificación de la Profesión. Ø A contar del año 2007 con la promulgación de la Ley 20.209 termina con el requisito de tener en posesión un Titulo para ascender del grado 15 al grado 12 ,produciendo un daño a la carrera funcionaria por un acuerdo político.

Ø  ahora es el momento que el gobierno reconozca EL TITULO DE TECNICO DE NIVEL SUPERIOR entregando EL BENEFICIO equivalente al 50% de la Asignación establecida en el articulo 19 de la Ley 19.185.

Ø Esto reafirma lo planteado anteriormente, ya que actualmente la educacion en Chile cuenta con 4 ciclos de formación y el estatuto administrativo no contempla esta realidad.

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REMUNERACIONES

6.5 En el caso de los funcionarios de las Plantas técnicos, administrativos y auxiliares que se hayan desempeñado por mas de 25 años continuo en sistema de turnos rotativos de 24 hrs., se le otogara un Bono Mensual no imponible, equivalente al 30% del sueldo base que corresponda al grado del funcionario.

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CAPACITACION

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CAPACITACION

1.  Destinar el 20% de los Fondos que corresponden a cada Servicio de Salud para Capacitación, con el propósito de que estos recursos se destinen para la formación, capacitación Sindical y Educación Cívica para los funcionarios.

2.  Liberar del turno de noche a todos aquellos funcionarios que deban realizar

capacitación al día siguiente.

3.  Los Comité Bipartito de Capacitación deben tener representación de todas las asociaciones con representación Nacional y Regional de acuerdo a sus estructuras y su conformación en igualdad de condiciones del PMEL

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CALIDAD DE VIDA DE LOS FUNCIONARIOS

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1.  Hacer efectivo el compromiso del Gobierno de otorgar el pleno y efectivo acceso y uso a Salas Cunas y Jardines Infantiles para los hijos de las funcionarias del sector, considerando las 24 hrs.

2.  Activar la implementación de clubes escolares en los diferentes

establecimientos del sector donde no existan. 3.  Evaluar los efectos y desarrollo de los Programas de Mejoramiento del

Entorno Laboral y actualizar o modificar los Términos de Referencia que norman su aplicación.

4.  Instalación de Comités de Buenas Practicas Laborales

5.  Salud del Personal y vida funcionaria

CALIDAD DE VIDA DE LOS FUNCIONARIOS

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Muchas Gracias.-