relatoria victimas

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EL PODER Y ESPACIO DE LA VÍCTIMA. “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”. Manuela Macías Posada (tweety_mu9 @hotmail.com) Deissy Peña Murillo ( [email protected] Stephany Toro Posada INTRODUCCIÓN Se tiene como propósito relacionar lo aprendido respecto a la proxémia, rito y poder, con la observación realizada en el consultorio jurídico de la universidad de Antioquia acerca de la atención a víctimas del conflicto armado en Colombia, teniendo en cuenta la ley 1448 de 2011 la cual define la atención, la víctima y la reparación. De acuerdo a esta ley se considera víctima: …aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas Internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno. La condición de víctima se adquiere con independencia de que se individualice, aprehenda, procese o condene al autor de la conducta punible y de la relación familiar que pueda existir entre el autor y la víctima.

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Page 1: Relatoria victimas

EL PODER Y ESPACIO DE LA VÍCTIMA.

“Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación

integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras

disposiciones”.

Manuela Macías Posada ([email protected])

Deissy Peña Murillo ([email protected]

Stephany Toro Posada

INTRODUCCIÓN

Se tiene como propósito relacionar lo aprendido respecto a la proxémia, rito y

poder, con la observación realizada en el consultorio jurídico de la universidad

de Antioquia acerca de la atención a víctimas del conflicto armado en

Colombia, teniendo en cuenta la ley 1448 de 2011 la cual define la atención, la

víctima y la reparación.

De acuerdo a esta ley se considera víctima:

…aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un

daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como

consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de

violaciones graves y manifiestas a las normas Internacionales de

Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno.

La condición de víctima se adquiere con independencia de que se

individualice, aprehenda, procese o condene al autor de la conducta

punible y de la relación familiar que pueda existir entre el autor y la

víctima.

La atención es prestada a las víctimas, por la personería municipal, la

defensoría del pueblo y el gobierno local. En cuanto a la reparación, este

acuerdo constitucional hace referencia a una reparación de tipo simbólica a las

víctimas que esta ley no cobija, tales como pertenecientes a grupos armados

ilegales, afectados antes del 1 de enero de 1985 y por la delincuencia común.

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Para poder adquirir la ayuda humanitaria, las personas aceptadas ante la ley

como victimas deben recurrir a los centros encargados de esta labor, los cuales

los inscriben en el listado único de víctimas, por ello, algunas de estas

personas afectadas, han recurrido al centro de asesoría jurídica de la

Universidad de Antioquia. Allí son atendidos por estudiantes, algunos de estos

sin un nivel adecuado de preparación otros sin el tacto o delicadeza que se

supone se debe tener al momento de tratar con una persona desplazada o

víctima de algún acto delincuencial.

Para la realización de la ley antes mencionada, intervinieron gran cantidad de

personajes políticos, específicamente el partido liberal, el cual guía esta acción

a la elaboración de una herramienta eficaz y efectiva que les garantizará a las

víctimas del conflicto, una reparación en términos de dignidad y que además

incluyera todos los estándares internacionales, referentes a este hecho. Así

mismo también buscaba responder a la “necesidad de garantizar los derechos

a la verdad, a la justicia, a la reparación y a las garantías de no repetición, a

más de cuatro millones de colombianos que han sufrido alguna afectación en

sus derechos fundamentales”.

Los beneficiarios de esta ley, serian todas las personas que se hayan visto

afectadas como consecuencia del conflicto interno que posee el país, y también

su familia en primer grado de consanguinidad. Otro tipo de beneficiarios,

específicamente la población desplazada, serán los que se van a ver

beneficiados por los estatutos de restitución de tierras, los cuales en un primer

momento se intentara restituir su anterior predio, más si esto no llega a poder

ser realizado, se le ofrecen alternativas de compensación en especie, para que

obtenga predios similares a los que poseía. Dentro de esta ley también se

cobija la ayuda humanitaria inmediata, la cual pretende “brindarles a las

víctimas condiciones para llevar una vida digna y permitirles hacer el tránsito

hacia la incorporación a la vida social, económica y política. Entre ellas se

destacan: Asistencia en salud, medidas en materia de educación y asistencia

funeraria.” También allí, se contempla un espacio especial para niños y

jóvenes, los cuales tienen derecho “al restablecimiento de sus derechos de

prestación y de protección para las situaciones de violencia, secuestro,

reclutamiento, desplazamiento forzado y atentados con minas.” El proyecto

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también contempla la situación de menores que abandonan las armas, estos

tendrán derecho a ser reintegrados social y económicamente en sus ámbitos

familiares, comunitarios y sociales.

El Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas es el

encargado de aplicar la ley, de este hacen parte entidades gubernamentales,

órganos de control y justicia, departamentos y municipios. También se crean

otras dos unidades, la Unidad Administrativa Especial de Víctimas adscrita a la

Presidencia de la República y coordinada por el Vicepresidente, y la Unidad

Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas.

OBSERVACIÓN

Se realizó la siguiente observación, con la intención de analizar la atención que

se presta a víctimas del conflicto armado en Colombia, relacionándola

directamente con el espacio el rito y el poder.

El lugar donde se brinda la atención a víctimas, está situado en la antigua

escuela de derecho o consultorio jurídico de la universidad de Antioquia, ( la

atención es brindada por estudiantes de último año de derecho de la

universidad de Antioquia) en una oficina específica (111), la cual es amplia y

está dividida en dos secciones, la primera tiene un escritorio grande ocupado

por un asesor este, está muy cerca a la puerta por esta razón, las personas

que solicitan el servicio se acercan allí a preguntar lo que necesitan saber, en

la segunda sección hay otro escritorio más pequeño, el archivador un poco

desordenado, y una mesa un más grande, en esta parte cuando hay

estudiantes disponibles se atienden a más personas. También se puede

observar que en esa primera parte hay juguetes (en mal estado) los cuales son

usados por niños que van en compañía de los usuarios.

La puerta y ventana son de color café, la pared es de color amarillo claro, el

techo de color verde café y amarillo, el suelo es blanco y café (baldosas); estos

colores son tenues adecuados para una oficina q presta este tipo de servicio.

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También se pudo observar que no hay símbolos patrios, ni símbolos que

indicaran que allí se daba ayuda a víctimas, solo se encontraron afiches

pequeños pueden identificarse con el feminismo por su mensaje… (MÁS

MUJER, MÁS PODER).

SE REALIZARON DOS OBSERVACIONES.

PRIMERA SESIÓN.

En esta se puede notar que un usuario con vestimenta campesina llega a la

oficina, se acerca a la persona que se encuentra en el primer cubículo y saluda

con mucha confianza, luego sigue a la otra parte de la oficina y saluda a las

demás personas que se encuentra allí, todos estos se asombra (se nota en sus

rostros) por la forma tan atenta en que el señor se presenta. Luego el señor

llega a la primera parte de la oficina y se siente sin que se lo indiquen y hace su

consulta. La asesora a la que le corresponde atenderlo esta vestido de manera

formal, saluda al señor con mucha cortesía y se pone a su disposición.

DESARROLLO DE LA SESIÓN.

El usuario le explica a la asesora que él es desplazado de Cocorná-Antioquía

por la guerrilla de las FARC, la cual le asesinó a dos hijos y se acercó al

consultorio jurídico porque un vecino le dijo que allí podían ayudarlo. La

asesora le dice que tiene que llenar un registro único de victimas e iniciar un

derecho de petición, pero que ella no tiene muy claro como lo tiene que hacer y

le sugiere pedir otra cita con el asesor correspondiente.

El señor le responde que él no puede ir frecuentemente al centro, pero que

apenas tenga la oportunidad de volver pide de nuevo la cita. Después de eso

otra vez se despide de todos muy cordialmente.

SEGUNDA SESIÓN.

Esta observación le corresponde a una señora que demostró su timidez desde

el momento en que llego a la oficina a solicitar el servicio. Esta se acerca a un

estudiante muy descortés, el cual nunca la mira a la cara lo que incremento la

timidez de la señora, además nunca le indica a la señora que se siente y por tal

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motivo ella nunca lo hace. La señora esta vestida entre formal y campesina y el

asesor de manera formal.

DESARROLLO DE LA SESIÓN.

La usuaria comienza la consulta diciéndole a quien la atienen que es

desplazada de Yolombó-Antioquía que en el proceso del deslazamiento le

quitaron la vida a dos de sus tres hijos y a su esposo. El asesor le pide los

papeles personales y tiempo después le explica que a ella la ley de restitución

de tierras no la cobija, porque pertenece al régimen contributivo de la salud;

muy triste la señora le dice que ella necesita el subsidio a víctimas, porque su

hijo ya conformo su grupo familiar y no tiene como mantenerlo que la puso

como beneficiaria en la EPS, porque era permitido y además ella mantiene a

dos nietos que quedaron huérfanos en los sucesos ya contados.

El asesor le indica que debe presentar un derecho de petición, le explica cómo

llegar al sitio donde le puede elaborar. La sesión fue interrumpida varias veces

por el asesor, ya que se encontraba chateando y hablando por su celular. La

señora se despidió y se fue.

Los pocos rituales que se pueden identificar en esta observación, son los

siguientes: el saludo, la presentación del problema, la posible solución a este,

la forma de pedir las citas y la despedida.

El lenguaje como aspecto determinante.

El lenguaje, en este caso en forma de expresión oral, juega un papel

fundamental, porque se debe manejar de manera clara, utilizándose conceptos

de común dominio, para que así se produzca asertivamente, basándose en el

tipo de público receptor, que en su mayoría son personas del campo a las que

por lo general se les dificultan ciertos términos. Esto es de suma importancia

tenerlo en cuenta y aplicarlo, para que la atención a los damnificados por la

violencia sea entendida por el usuario correctamente y así se cumpla con el

objetivo principal de esta ley, que al fin y al cabo, se trata de impartir justicia a

través de esta ayuda.

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Por medio del lenguaje se pueden trazar barreras o por lo contrario, se puede

amenizar el ambiente y así facilitar más el proceso y llevarlo a buen término. En

la observación, como ya se dijo, se dio una relación donde el poder no se vio

tan marcado, reflejándose así mismo en el lenguaje que se utilizó en todas las

intervenciones, tanto de los usuarios, como del personal que los atendía, el

cual fue un poco más enfocado a términos coloquiales o simplemente

comunes, dándose a entender de parte y parte.

Esta situación puede ser mal vista e incluso puede ser reprochada, pues se

puede entender como cierto desprecio al respeto o a la autoridad que deberían

de representar los funcionarios, pero haciendo un análisis un poco más

detallado, se entrevé la necesidad de la misma, facilitando como se ha

propuesto en reiteradas veces la atención, más que todo por el tipo de usuarios

más comúnmente contemplados.

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CONCLUSIÓN

Teniendo en cuenta que la atención a víctimas es lo más importante de

la ley, ya que es el primer paso para que se pueda dar una reparación

abogando por la justicia, se encontró en la observación hecha en el

consultorio jurídico de la universidad de Antioquia que no es la más

adecuada. Además la relación de poder no se hizo muy evidente, ya

que la atención es dada por estudiantes de últimos semestres de

derecho, para personas que en su mayoría son desplazadas del campo;

esto hace que la comunicación se más amigable.

Se encontró que el rito no era respetado

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:

• http://www.leydevictimas.gov.co/

• Constitución política de Colombia de 1991

• http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43043

• http://www.juanfernandocristo.com/docleyes/abcvictimas.pdf