relacion del derecho con la publicidad

6
Republica bolivariana de Venezuela Ministerio del poder popular para la educación superior I.U.T Antonio José de Sucre Valencia Edo Carabobo Alumno: Christian Portillo C.I: 24 450 660 Profesora: Janneth Pérez Campos Materia: Legislación Relación del Derecho con la publicidad

Upload: chris-portillo

Post on 14-Jan-2017

511 views

Category:

Design


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Relacion del derecho con la publicidad

Republica bolivariana de VenezuelaMinisterio del poder popular para la educación superior

I.U.T Antonio José de SucreValencia Edo Carabobo

Alumno: Christian PortilloC.I: 24 450 660Profesora: Janneth Pérez CamposMateria: Legislación publicitaria

Relación del Derecho con la

publicidad

Page 2: Relacion del derecho con la publicidad

El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos inter subjetivos. Cada individuo de una sociedad posee el derecho de realizar todo lo que quiera siempre y cuando no invada el derecho de otro individuo.

Relación del Derecho con la publicidad

El sujeto publicitario

El sujeto publicitario es un sujeto de derecho que es titular de derechos y obligaciones en una relación jurídico-publicitaria. Pueden serlo las personas físicas, jurídicas o incluso el propio Estado y deben a su vez distinguirse de otras personas que intervienen en la comunicación publicitaria que no tienen la condición de sujeto publicitario, ya que no se vinculan por relaciones contractuales publicitarias, sino de otra índole, como puede ser el contrato de trabajo (ej. relación laboral). La condición de sujeto publicitario se otorga por la LGP, que es la que determina las personas que forman parte de la relación publicitaria.

Page 3: Relacion del derecho con la publicidad

Entre los sujetos que intervienen en la comunicación publicitaria se encuentran:

·Los emisores: son los anunciantes públicos o privados. Suelen utilizar el contrato de creación publicitaria o de difusión publicitaria.

·Ejecutores: por ejemplo, las agencias.

·Difusores: son los medios públicos y privados, ya sean de información o de publicidad exclusivamente.

·Receptores: destinatarios de publicidad.

Otros sujetos que no intervienen en la comunicación publicitaria:

·Organizaciones tripartitas de anunciantes, agencias y medios

·Asociaciones de consumidores

·Asociaciones profesionales

La LGP ofrece una regulación de los sujetos más completa y flexible que la anterior normativa. Sin embargo, su tratamiento sigue siendo asistemático, porque no dedica una sección al régimen de los sujetos publicitarios.

Page 4: Relacion del derecho con la publicidad

·Receptores: destinatarios de publicidad.

Otros sujetos que no intervienen en la comunicación publicitaria:

·Organizaciones tripartitas de anunciantes, agencias y medios

·Asociaciones de consumidores

·Asociaciones profesionales

La LGP ofrece una regulación de los sujetos más completa y flexible que la anterior normativa. Sin embargo, su tratamiento sigue siendo asistemático, porque no dedica una sección al régimen de los sujetos publicitarios.

El anunciante:

La lGP se refiere al anunciante en su artículo 10. El anunciante es la persona natural o jurídica en cuyo interés se realiza la publicidad. La ley le concede un papel destacado pero no distingue a los anunciantes por el volumen de su actividad y los derechos y obligaciones. Por lo tanto, estos derechos y obligaciones son idénticos para las grandes multinacionales y para el empresario individual. No obstante, este régimen parece diseñado para los anunciantes que habitualmente realizan actividades publicitarias.

Page 5: Relacion del derecho con la publicidad

Las características de su régimen jurídico son:

Es el primer y único responsable del mensaje publicitario.Es el dueño de la campaña publicitaria y tiene derecho a controlar toda la campaña desde su inicio. Por lo tanto, es la única persona con la facultad para cesar la actividad publicitaria y con la obligación de rectificar cuando resulte necesario.

Además, tiene la obligación de desvelar inequívocamente el carácter publicitario de sus anuncios. Es decir, el mensaje publicitario debe ofrecerse al público de tal manera que no ofrezca confusión con un mensaje informativo o de otro tipo. Sin embargo, la ley no obliga al anunciante a hacer pública su identidad en el mensaje publicitario (salvo en Internet). También tiene la obligación de cesar y rectificar.

Page 6: Relacion del derecho con la publicidad

Destinatarios de la publicidad

Son las personas a las que se dirige el mensaje y las personas alcanzadas por el mensaje, según la LGP. La finalidad de esta definición es determinar cuándo una publicidad es ilícita (por ejemplo, en el caso de que los destinatarios sean público infantil). El concepto de destinatario es más amplio que el de consumidor. El concepto de destinatario es más amplio que el de consumidor y se les protege por vías diferentes: al consumidor se le protege a través de sanciones a las empresas de tipo económico; en cambio, al destinatario se le protege teniendo como única sanción la rectificación y cesación de la publicidad ilícita.

La principal cuestión que plantean los destinatarios en el campo de la publicidad es su consideración como sujetos publicitarios. En tal caso, deberían ser titulares de derechos y deberes derivados de las normas publicitarias. Cabe entender que los destinatarios no son sujetos publicitarios con carácter general, dad su indeterminación. Únicamente pueden considerarse sujetos publicitarios cuando se trate de una persona física o jurídica perfectamente determinada o determinable. Estos sujetos adquirirán la condición de titulares de derechos y obligaciones publicitarias, resultando particularmente afectados por el mensaje publicitario. En este caso, el destinatario podría formular una solicitud de cesación o rectificación de un mensaje publicitario.