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Proyecto de Ley de regulación de la actividad de astilleros y
reparación naval
Cecilia López MontañoSenadora de la República
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Generalidades del proyecto
• Sí es necesaria una regulación frente a la actividad, debido a laimportancia de este sector para el desarrollo del país, máximecuando actualmente existe multiplicidad en el objeto social delas empresas astilleras.
• Intenta compendiar integralmente diferentes aspectos de laregulación: comerciales, científicos y del sector defensa.
• Presta gran atención al tema del control y vigilancia de laactividad, a pesar de que sea necesario aclarar lascompetencias de las autoridades en este aspecto.
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Preocupaciones
1. Declaratoria de Interés Público
2. Control y Vigilancia
3. Incentivos Tributarios
• Costo Fiscal
• Situación Económica
4. Conceptos del Gobierno sobre el proyecto
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Declaratoria de interés público
Objetivo del proyecto:
Declaración de interés público de la actividad astillera enel país, autorizando la intervención del gobierno:
a) Estímulos tributarios para el desarrollo de laactividad económica y;
b) Disponibilidad permanente de las empresas a favordel interés de la Defensa Nacional - DestinaciónPreferente -
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Declaratoria de interés público
La declaratoria de interés público no discrimina nacionales o extranjeros:
• Es demasiado general.
• Puede afectar la seguridad jurídica para los extranjeros.
• No favorece de manera prioritaria la industria nacional.
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Declaratoria de interés público
Exposición de Motivos: “La industria nacional está en desventaja frente a las importaciones y ésta provee al Sector Defensa”.
Pero el Articulado establece:
• Favorecimiento general.
• Estímulos para nacionales y extranjeros, provean o no al sector defensa.
• El objetivo es el desarrollo comercial, no un tema de seguridad.
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Control y vigilancia
El proyecto enfatiza la competencia de la Dirección General Marítima, DIMAR, como máxima autoridad frente a esta
actividad.
DIMAR : Juez y Parte
Regula la actividad astillera en el país, siendo ente adscrito al Min. de Defensa, al igual que COOTECMAR principal astillero del país.
Omite actores que deben intervenir por sus funciones en el desarrollo de la actividad, como el Min. Transporte y la
Superintendencia de Puertos y Transporte.
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Control y vigilancia
DIMAR tiene alta capacidad técnica, pero se requieren entidades que vigilen las reglas del mercado con
mayor competencia.
El control debe complementarse con la participación de la Supersociedades, Superpuertos y Ministerio de
Transporte.
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Control y vigilancia
La multiplicidad de objetos sociales que desarrollan las empresas registradas actualmente en la DIMAR, como astilleros y a su vez
figuran como Comercializadoras, industrias manufactureras, actividades inmobiliarias, actividades de pesca y agrícolas, entre
otras.
Debe definirse el control y vigilancia frente a estos aspectos adicionales que manejan las empresas de astilleros, además de
responsabilidades y alternativas para cuando se presenten eventuales conflictos de competencias.
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Incentivos tributarios
Estímulo al desarrollo:
• Exentos del pago del impuesto del valor agregado (IVA) con derecho a devolución, la prestación del servicio como la venta que realicen los astilleros y
talleres de reparación naval.
• Exentos del Impuesto del Timbre Nacional los contratos que sean celebrados por el Gobierno
Nacional
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Incentivos tributarios
Gravamen a las importaciones:
• Grávese con tarifa cero (0) las importaciones de bienes y servicios, cuando tengan como
destino la inversión en la infraestructura o el desarrollo de la actividad de astilleros.
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Costo fiscal
Cálculos ponencia Senador Clopatofsky
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Costo fiscal
Cálculos Senador Clopatofsky:
• “Por concepto de IVA, el Estado dejaría de percibir aproximadamente $227 millones, y como los descontables
seguirían operando, le representaría un egreso $611 de millones más, con un efecto total de $22.838 millones”
• Pero estos cálculos, solo tiene en cuenta de las empresas(astilleros y talleres de reparación) que cuentan con licencia de explotación comercial vigente y registrada ante la
DIMAR
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Costo fiscalNuestro cálculos
NIT Razón Social CiudadIngreso
OperacionalCosto de
Venta890401804 ASTILLEROS CARTAGENA & CIA LTDA CARTAGENA 424.613 382.247890401608 INDUSTRIAS ASTIVIK S.A. CARTAGENA 18.924.963 12.332.469806016721 NAVTECH S.A. CARTAGENA 8.426.643 7.413.188860050433 DURABOTES LTDA BOGOTA D.C. 703.686 624.169846000353 SELVAMOTOR S.A PUERTO ASIS 18.804.045 14.480.772802001388 FULL FILTERS DE COLOMBIA S.A. BARRANQUILLA 6.139.086 3.658.355802007314 VERANILLO S.A. BARRANQUILLA 2.177.224 1.946.278800060420 DIVERQUIMICOS COMPAÑIA LIMITADA BOGOTA D.C. 4.993.935 3.915.726806003144 TODOMAR C.H.L.MARINA S.A. CARTAGENA 10.042.631 8.119.403890399909 COMPAÑIA ATUNERA DEL PACIFICO S A BUENAVENTURA 3.974.103 3.671.749860063082 EMPRESA COLOMBIANA PESQUERA DE TOLU S.A TOLU 3.559.407 2.769.290860080392 ELEMENTOS METALICOS LTDA. BOGOTA D.C. 8.897.303 7.730.060806008873 COTECMAR CARTAGENA 79.897.235 64.935.342890933326 C. I. PROMOTORA BANANERA S A MEDELLIN 120.762.093 111.724.634890926766 COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL BANACOL S A ENVIGADO 363.060.116 332.650.518890401842 FERROCEM ALQUIMAR S.A. CARTAGENA 5.916.668 3.220.301
Fuente: Astilleros registrados en la Dimar, y las 21.000 empresas de la supersociedades año 2007.
Estados financieros al 31 de diciembre de 2007 (Valores en miles de pesos)
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Costo fiscal
• Actualmente en la DIMAR al 1 de octubre de 2008, se encuentran registradas 28 empresas de astilleros y 17
empresas talleres.
• A 2007, reportaron a la Superintendencia de Sociedades 16 empresas entre astilleros y talleres.
• Solo por IVA se dejaría de percibir $ 105.072 millones, sin tener en cuenta el IVA descontable que seguirían operando
y que representa un egreso para el Estado.
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Situación económica del país
• Desaceleración económica, ante la crisis se necesita mayores ingresos tributarios.
• Demasiadas exenciones tributarias, que en el 2007 costaron $5,7 billones.
• No se sabe el costo fiscal de contratos de estabilidad jurídica y de las zonas francas.
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Situación económica del país
• La DIAN ha informado que por concepto de aranceles e IVA externo, a la fecha hay un déficit de $733 mil
millones.
• Declaraciones del propio Ministro de Hacienda el 23 de Septiembre del 2008, dijo que el menor
crecimiento implicará para el fisco dejar de recibir entre $500 mil y $600 mil millones
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Incentivos tributarios actuales
• Las empresas del sector defensa ya cuentan con una serie de incentivos tributarios, a través del Sistema Nacional de
CTeI.
• COTECMAR (Corporación de Ciencia y Tecnología para el desarrollo de la industria naval, marítima y fluvial) hace
parte de ese sistema.
• La figura de los “OFFSETS” brindan oportunidades para fortalecer empresas públicas y privadas, universidades y
centros de investigación.
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Incentivos tributarios actuales
• Además por tratarse de una actividad comercial pueden hacer uso de los beneficios
tributarios existentes, como zonas francas, contratos de estabilidad jurídica, deducción del 40% por inversión en activos fijos. Entre
otros.
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ASTILLEROS
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Incentivos tributarios actuales
En las respuestas del Ministerio de defensa, manifiestan que “COTECMAR no ha sido beneficiario hasta el
momento de ningún proyecto de Cooperación Industrial y Social - Offset-”
Pero es beneficiario potencial máxime cuando ya se han identificado unas áreas de interés o actividades
elegibles, que favorecerían directamente a COTECMAR.
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Conceptos del Gobierno - Minhacienda
Oficio UJ-1892-08: “Se determinó por parte de la Secretaría General que existe la posibilidad de
que se presenten conflictos de intereses en razón a los temas que la iniciativa trata, frente a
negocios que son manejados por miembros de la familia del señor Ministro de Hacienda y Crédito
Público…”
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Conceptos del Gobierno - Mincomercio
Carta dirigida al senador Clopatofsky (Oct. 22 de 2008):
“…, debe mencionarse que el art. 150 – numeral 19 de CP, establece como función del Congreso dictar las normas generales y señalar en ellas los objetivos y criterios a los
cuales debe sujetarse el gobierno,…”
“…para señalar que la competencia en materia de política arancelaria y el establecimiento y variación de los aranceles y tarifas aplicables a las importaciones,
actualmente se encuentra radicada en el Ejecutivo…”
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Conceptos del Gobierno - Mincomercio
“Por ello se considera que el gravamen establecido en el articulo 21, desborda la competencia asignada”
“En consecuencia, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo propone respetuosamente que el articulo en
comento se elimine en la ponencia para primer debate”.
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Conceptos del Gobierno - Mindefensa
Con respecto a los incentivos, según OFI08 Nº 84410: “Respecto del contenido de los artículos 19, 20 y 21, se
considera necesaria la intervención y concepto favorable de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo ante los
cuales deberá sustentarse esta necesidad y los alcances de la norma.”
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Conceptos del Gobierno - DNP
• Revisar pertinencia de competencia de la ComisiónSegunda para dar trámite a un proyecto de ley consistenteen regular una actividad comercial.
• Revisar la declaración de la actividad de los astilleros ytalleres de reparación naval como “actividad de interéspúblico” en la medida que podría generar efectosnegativos sobre la competitividad del sector por laindeterminación de su alcance.
• No cuenta con análisis del impacto fiscal según ley 819 de2003, además de la fuente sustitutiva para la reducción deingresos.
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Conceptos del Gobierno - DNP
No considera conveniente establecer nuevos beneficios tributarios y arancelarios a sectores específicos, por
que las normas vigentes contemplan una serie de beneficios similares en los montos de la inversión y
sus particulares características, tales como reducciones de la base gravable del 40% de las
inversiones en capital, incentivos a la innovación tecnológica y zonas francas.
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Conceptos del Gobierno - Superpuertos
• La ley no debe ser excluyente y debe regular toda la actividad astillera y de talleres navales que se realice en el país, así la autoridad competente para el caso marítimo y fluvial jurisdiccional sea la Dimar y para el resto del transporte acuático sea el Ministerio de Transporte.
• El proyecto de ley no toma en cuenta los astilleros y talleres que estarán bajo responsabilidad del Ministerio de Transporte.
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Conceptos del Gobierno - DIAN
• “La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionalesno acoge los beneficios tributarios incorporados enlos artículos 20, 21 y 22 del Proyecto de Ley065/2008 Senado”
• “Los estímulos a la inversión de los que habla en elarticulo 20 del proyecto, ya están incorporados enel art 158-3 del Estatuto Tributario, que contemplauna deducción especial del 40% por inversión enactivos fijos reales productivos”
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Conceptos del Gobierno - DIAN
• “El estimulo a Ciencia y Tecnología está también incorporadoen el Estatuto Tributario, con carácter general. Dicho estimulocontempla la deducción del 125% por donaciones oinversiones en proyectos en Ciencia y Tecnología y es aplicablehoy en día”
• “…no esta de acuerdo con la creación de más exenciones y laampliación de beneficios como volver exentos los bienes yservicios a que se refiere el proyecto, por cuanto implicaría uncosto fiscal adicional y porque generaría una gravedesarmonización del sistema impositivo, además se crearíanbeneficios tributarios innecesarios e injustificados.”
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Conclusiones
• Es necesario regular la actividad, fortaleciendo elcontrol y la vigilancia.
• No es conveniente darle el carácter de interéspúblico a la actividad, por la indeterminación de sualcance.
• En este momento de crisis económica y cuando elpaís necesita recursos, es inoportuno dar másestímulos tributarios.
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Proyecto de Ley de regulación de la actividad de astilleros y
reparación naval
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