reglamento*interno* 2014* centro*de*educación* integrada ... · ! 5!...
TRANSCRIPT
REGLAMENTO INTERNO 2014
Centro de Educación Integrada de Adultos
“Juanita Zúñiga Fuentes”
“EDUCACIÓN DE CALIDAD, PARA LOS ADULTOS DE PARRAL”
Ministerio de Educación
Ilustre Municipalidad de Parral Centro de Educación Integrada de Adultos
“Juanita Zúñiga Fuentes” Aníbal Pinto Nº 395 Fono: 073/2633756
Parral
2
1-‐. IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO NOMBRE Centro de Educación Integrada de Adultos
“Juanita Zúñiga Fuentes” NUMERO Ex F – 556 DECRETO COOPERADOR 3290 / 81 ROL BASE DE DATOS 003396 -‐ 0 DIRECCION Aníbal Pinto Nº 395 LOCALIDAD Parral COMUNA Parral PROVINCIA Linares REGION Del Maule DEPENDENCIA Municipal FONO +56 9 90507897 CORREO ELECTRONICO [email protected] SOSTENEDOR Udelio Antonio Parra Orellana RUT SOSTENEDOR 8.360.917-‐6 MODALIDADES QUE IMPARTE Educación Básica
Educación Media Científico – Humanista Educación Media Técnico Profesional
JORNADAS DE TRABAJO Mañana – Tarde – Vespertina NOMBRE DIRECTORA CEIA Rosicler Urra Espinosa
REGLAMENTO INTERNO El Reglamento Interno es un ordenamiento administrativo de los deberes, derechos y obligaciones de los distintos estamentos de este establecimiento, conforme a su PEI según DFL Nº 1 del 22 de Enero de 1997, en su artículo 46 y 81, que establece se deberá considerar a lo menos: a. Normas generales de índole técnico-‐ pedagógico, incluyendo las relativas a los Consejos de Profesores. b. Normas Técnico Administrativas: sobre estructura y funcionamiento general del establecimiento. c. Normas sobre prevención de riesgos, higiene y seguridad. d. Convivencia Escolar.
3
OBJETIVOS GENERALES: 1. Lograr un funcionamiento interno eficiente y eficaz que favorezca el trabajo en equipo, donde prevalezca el respeto, el saber escuchar, la comprensión y el dialogo fraterno. 2. Mejorar la calidad del proceso educativo a través del cumplimiento de las normas contenidas en este reglamento interno. 3. Lograr un ambiente de relaciones humanas optima, de sana convivencia, para que este colegio sea un lugar de encuentro de todos los estamentos, donde el trabajo sea agradable y eficaz. A.-‐ NORMAS GENERALES DE INDOLE TECNICO PEDAGÓGICO. 1.-‐ CONCEPTO O DEFINICION: Se entiende por normativa técnico pedagógica todas aquellas normas que tienen como finalidad diagnosticar, planificar, ejecutar, orientar, conducir, evaluar y resguardar el adecuado desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje. 2.-‐ DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS. El CEIA, en lo referido a planes y programas de estudio se rige por los programas oficiales del Ministerio de Educación, contenidos en la nueva reforma educacional de adultos. En el contexto del proceso de reforma que está implementando el Ministerio de Educación en la modalidad de Educación de Adultos, se ha promulgado el Decreto Supremo Nº 257, que establece los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios para la Educación de Adultos, fija normas generales para su aplicación y deroga, a contar de la fecha de su total tramitación-‐ 18 de agosto del 2009 el Decreto Supremo de Educación Nº 239, del 2004 y sus modificaciones. Como una manera de actualizarse en las normativas vigentes, la publicación del Decreto Supremo Nº 257 debe ser interpretada como la ultima actualización del Marco Curricular de Educación de Adultos. Este nuevo Decreto no altera la aplicación del curriculum en este establecimiento educacional, ya que conserva la estructura temporal y el alcance y la secuencia de los Objetivos Fundamentales y Contenidos mínimos en su aplicación. B.-‐ NORMAS TÉCNICO ADMINISTRATIVAS: ORGANIZACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO: Art. 1°.: La organización del C.E.I.A. estará dada en los niveles de Dirección, Planificación y Ejecución, acorde con las funciones de Docente Directivo, Docente de aula, además de asistentes educacionales y alumnos. La dependencia, funciones y relaciones entre los estamentos descritos, se establecen en el organigrama general del establecimiento y en las funciones descritas a continuación de cada uno de ellos.
4
NIVEL DE DIRECCION: a) Director. b) Consejo Escolar c) Asesorías: Equipo de gestión, Consejo de Profesores, y Centro de Alumnos. NIVEL DE PLANIFICACION: a) Docente Jefe de carreras. b) Consejo de Profesores. c) Consejos de Cursos. NIVEL DE EJECUCION: a) Docentes de las diferentes modalidades. b) Profesores especialistas de los cursos T –P. c) Paradocentes. d) Auxiliares. e) Manipuladora. ESTRUCTURAS: Las estructuras Técnico – Administrativas que conforman este establecimiento, se organizan como sigue: • Dirección. • Personal Docente de todas las modalidades que se imparten. • Asistentes Educacionales. • Personal de Servicios Menores. • Alumnos. DE LAS FUNCIONES DEL PERSONAL: El personal que cumple labores en el C.E.I.A., estará sujeto a las siguientes funciones: DEL DIRECTOR: El Director es el docente de nivel superior responsable de la marcha total del establecimiento constituido como unidad educativa, y para cuyo efecto tendrá las atribuciones señaladas y actividades que se indican:
5
1. Dirigir el establecimiento teniendo siempre presente que la función del colegio es educar. 2. Impartir instrucciones para que se establezca una adecuada organización, coordinación, supervisión y funcionamiento haciendo un eficiente uso y distribución de los recursos humanos y materiales. 3. Fomentar un buen canal de comunicación e información con su personal. 4. Informar oportunamente de las necesidades del establecimiento a la jefatura que corresponda. 5. Coordinar, supervisar y evaluar las tareas del personal y los alumnos. 6. Presidir los consejos y delegar funciones cuando corresponda. 7. Cumplir y hacer cumplir las normas constitucionales legales y reglamentarias del Departamento de Educación y las instrucciones emanadas del Ministerio de educación. 8. Aplicar a los alumnos las medidas disciplinarias que correspondan de acuerdo a las normas establecidas en el reglamento vigente. 9. Resolver solicitudes de permiso con y sin remuneraciones e informar solicitudes de licencias médicas. 10. Distribuir los horarios del personal docente, paradocentes y auxiliares. 11. Firmar y autorizar el despacho de todo documento oficial, responsabilizándose de su presentación y contenido. DEL EQUIPO DE GESTION. Es el grupo más representativo del establecimiento que asesora al Director en la administración, planificación, orientación y evaluación del proceso enseñanza aprendizaje. 1. Asistir a reuniones cuando la Dirección se lo solicite o cuando algún miembro lo pida. 2. Crear un ambiente grato, de mutuo respeto y de buena comunicación entre sus pares. 3. Ayudar en la toma de decisiones que permitan un buen funcionamiento del establecimiento y del proceso enseñanza aprendizaje. 4. Colaborar con la dirección en la planificación, organización y programación de las actividades curriculares del C.E.I.A. DEL JEFE TECNICO: En este CEIA hay una docente encargada de la Unidad Técnica Pedagógica. 1. Orientar el proceso de enseñanza aprendizaje de acuerdo a las normas establecidas vigente y a las disposiciones legales vigentes del MINEDUC. 2. Planificar, organizar, dirigir y controlar, las actividades didácticas planificadas en Consejo de Profesores. 3. Programar y calendarizar la distribución, rotación y secuencia de las actividades de estudiantes y profesores al interior de cada especialidad ,de acuerdo al nivel y currículo respectivo. 4. Confeccionar el plan horario de las asignaturas del plan de estudio, designando a los responsables, con acuerdo del Director y el equipo de gestión. 5. Dirigir los consejos técnicos pedagógicos del establecimiento. 6. Coordinar con la Dirección las actividades, planes de trabajo, calendarizaciones y ejecuciones de las actividades académicas propias de los planes que conducen a la vida del trabajo y que se aplican en el C.E.I.A.
6
7. Orientar, planificar, organizar, dirigir y controlar junto a los Profesores Jefes de las carreras impartidas, las actividades propias del currículum Técnico Profesional. DE LOS DOCENTES DE AULA: Es el educador titulado legalmente para ejercer la docencia, que tiene a su cargo la conducción directa del proceso enseñanza aprendizaje, el fomento de los valores morales y entendimiento de principios fundamentales, mediante la acción o la exposición directa, ejecutada en forma continua y sistemática, durante las horas de clases o de aula fijada en los planes de estudios. Y tienen los siguientes deberes: 1) Orientar y realizar sus actividades de acuerdo con las finalidades y normas generales de la Educación y las propias del establecimiento, de acuerdo al Proyecto Educativo. 2) Participar en aquellos estudios que tiendan a su perfeccionamiento. 3) Asistir y participar activamente en los Consejos de Profesores. 4) Participar en los actos oficiales de carácter cultural, cívico y educativo del colegio y la comunidad. 5) Registrar la asistencia, el rendimiento, promedios y aspectos conductuales, materias y demás datos de los alumnos. 6) Aplicar técnicas metodológicas recomendables y creativas para alcanzar los objetivos de su asignatura. 7) Evaluar el rendimiento de los alumnos en las fechas que establece el reglamento interno de evaluación , sin modificar las calificaciones. 8) Velar por el buen estado, Mantención y el correcto uso de elementos y materiales de aprendizaje. 9) Procurar el mayor logro de objetivos de aprendizaje propuestos dentro de los periodos establecidos. 10) Acatar la distribución horaria que se le asigne el colegio pudiendo apelar cuando existan razones justificadas. 11) Desarrollar las actividades de colaboración en lo que fuere designado. 12) Guardar discreción en los temas que se traten en Consejo de Profesores. 13) Hacer de su presentación personal, un ejemplo para los alumnos. Vestir en forma adecuada y usar el cabello ordenado. DE LOS ASISTENTES EDUCACIONALES O INSPECTORES: Es el funcionario que tiene como responsabilidad apoyar supletoria o complementariamente al proceso enseñanza aprendizaje del establecimiento educacional en labores relacionadas con: inspectoría, bibliotecas, en el aula, y cuidar la disciplina en los patios. LABORES DEL ASISTENTE: 1. Vigilar el comportamiento de los alumnos orientándolos en su conducta y actitud, de acuerdo, a las normas existentes en el establecimiento. 2. Atender labores de biblioteca, cuidado y disponibilidad de material didáctico. 3. Colaborar en la confección de boletines estadísticos mensuales. 4. Controlar el aseo y cuidado de las dependencias del establecimiento. 5. Colaborar en las actividades extraescolares que se le encomiende.
7
6. Llevar los libros, registros, estadísticas, planillas de actas finales de notas y demás archivos que se le encomienden. 7. Velar por la buena convivencia y el cumplimiento de obligaciones de los alumnos. 8. Prestar atención de primeros auxilios a los alumnos. 9. Fiscalizar la disciplina y el aseo en el establecimiento. 10. Tener una correcta presentación personal en sus horas de trabajo. 11. Coordinar y mantener el inventario del colegio 12. Llevar al día los documentos de los alumnos en lo referente a matrícula y sus fichas personales. 13. Llevar el registro de asistencia diario de los cursos. 14. Cumplir las labores inherentes al cargo de secretaría. DE LOS AUXILIARES DE SERVICIOS MENORES: El auxiliar de servicio menor es el responsable directo del aseo, de la vigilancia, mantención de los muebles, enseres e instalaciones del local escolar y demás funciones de índole similar. SON DEBERES DEL AUXILIAR DE SERVICIOS MENORES: 1. Tener siempre presente, que ellos también contribuyen de alguna manera en la educación de los alumnos. 2. Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento. 3. Desempeñar funciones de portero del establecimiento, cuando se requiera. 4. Retirar, repartir y franquear mensajes y correspondencia. 5. Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se le encomienden. 6. Cuidar y responsabilizarse del uso, conservación de herramientas y maquinarias que se le hubieren asignado. 7. Ejecutar encargos debidamente visados por el director. 8. Avisar a quien corresponda de cualquier situación anormal. 9. Ayudar en el hermoseamiento del establecimiento.(pintar y ordenar las dependencias) 10. Reparar desperfectos menores que se produzcan en el uso diario de muebles, llaves del agua, problemas de electricidad y del edificio en general. DE LOS ALUMNOS: La organización del trabajo y la redefinición de competencias laborales que requiere la economía actual, demandan aumentos significativos de las posibilidades de acceso de las personas a la distribución del conocimiento, a través de un acceso permanente a la educación y capacitación, a lo largo de su vida laboral. El crecimiento económico, sumado a políticas sociales sostenidas y consistentes, ha hecho posibles notables avances en materia de equidad social en nuestro país. Por lo tanto, creemos que se debe adaptar a los trabajadores a los procesos tecnológicos y a las modificaciones estructurales de la economía.
8
La Educación es una tarea social que debe abarcar a todos los ciudadanos; es decir, la integración de un individuo a su sociedad está dada, en una parte fundamental, por la enseñanza que reciba de las estructuras educacionales, por esta razón, es que creemos que la EDUCACION DE ADULTOS, es concebida bajo el enfoque de la educación permanente, que es un proceso de toda la vida, que responde a necesidades de aprendizaje y que contribuye al desarrollo integral y al mejoramiento de la calidad de vida de las personas y sus familias. “LA EDUCACION ES UN PROCESO PERMANENTE: Es un proceso para la vida. La educación como proceso de aprendizaje es interminable; siempre seremos sujetos inconclusos, aún cuando constituimos realidades concretas en cada presente de nuestras vidas. La educación, hablando en términos morales nos mejora, nos perfecciona en lo biológico, psíquico, social, cultural y espiritual. Cada aprendizaje nos habilita para acometer nuevos aprendizajes.” TITULO TERCERO: DE LOS ATRASOS Y PRESENTACION PERSONAL. 1. El Establecimiento por regla general no acepta alumnos atrasados, excepto los que viajan y/o trabajan debidamente documentada su justificación en Inspectoría. 2. Los alumnos que lleguen atrasados sin justificación, no podrán ingresar a la sala de clases, pudiendo hacerlo al inicio de la segunda hora, para lo cual deberá contar con un PASE otorgado por inspectoría. 3. Una vez ingresado el alumno al colegio, no podrá salir del establecimiento sin autorización. 4. La presentación personal debe ser acorde a su condición de estudiante adulto, esto es: sobriedad en el vestir y cuidado en su aseo personal. 5. Las faltas al presente reglamento y a la necesaria disciplina escolar, serán sancionadas con:
• Amonestación verbal. • Amonestación escrita en el libro de clases. • Registro de la falta en la hoja de vida. • Suspensión de clases. • Cancelación de matrícula (con acuerdo del Consejo de Profesores.)
DE LAS JORNADAS DE TRABAJO : En este establecimiento se trabaja en 3 jornadas de clases:
• Jornada Mañana: desde las 8 : 30 hasta las 13 : 15
• Jornada Tarde: desde las 14 : 30 hasta las 19 : 05
• Jornada Vespertina: desde las 19 : 30 hasta las 23 : 25.
9
NORMAS TECNICO -‐ PEDAGOGICAS. 1.-‐CONCEPTO O DEFINICION: Se entiende por normativa técnico – pedagógica todas aquellas normas que tienen por finalidad diagnosticar, planificar, ejecutar, orientar, conducir, evaluar y resguardar el adecuado desarrollo del proceso enseñanza aprendizaje. 2.-‐DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS. El C.E.I.A. en lo referido a planes y programas, se rige por los planes oficiales del Ministerio de Educación. • Decreto Nº 257 del 2009 3.-‐DE LA EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR. En lo referido a evaluación del rendimiento y promoción escolar, el C.E.I.A en sus cursos niveles se ciñe al y sus modificaciones en el que se basa el reglamento propio del colegio. SISTEMAS INTERNOS DE EVALUACIÓN: 1. Para la evaluación de los aprendizajes escolares se utilizarán los procedimientos evaluativos que correspondan en cada clase, y su calificación estará dada de acuerdo al reglamento de evaluación Nº2169 de 2007 que rige para toda la Educación de adultos. 2. Toda la comunidad educativa tendrá la posibilidad de aportar críticas y sugerir modificaciones para mejorarlo y enriquecerlo. 4.-‐DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES. Los consejos de profesores son organismos técnicos de participación, de carácter consultivo y resolutivo y asesores de la Dirección, son los que expresan la opinión profesional de sus integrantes, con respecto al cumplimiento de los objetivos educacionales y el proceso educativo. Se distinguen 3 tipos de consejos de profesores: Técnicos, Administrativos y de Evaluación. Para los docentes es un deber y derecho profesional participar, por lo tanto la asistencia es obligatoria, ya que está contemplada en su carga horaria con las horas de colaboración. Disposiciones Generales:
a) Los Consejos de Profesores son organismos asesores de la dirección y estarán precedidas por el Director del establecimiento, quien podrá delegar esta función en los casos y formas que se señale en el presente reglamento.
10
b) Los Consejos de Profesores son organizaciones técnicas en las que se expresará la opinión profesional de sus integrantes y tendrá carácter consultivo o resolutivo según sea la necesidad. c) En los consejos de profesores se encausará la participación de los docentes, en el cumplimiento de los objetivos y programas educacionales de alcance nacional, de los programas comunales y el desarrollo del PEI del colegio. d) Cada consejo tendrá un secretario que se elegirá en el primer consejo anual, quien llevará un libro de actas y un archivo con las materias que sean de interés para el consejo. e) Corresponde al consejo de profesores cooperar con la dirección en el desarrollo de las actividades educativas, promover el perfeccionamiento de los docentes y analizar el rendimiento de los alumnos y recomendar procedimientos para mejorar los logros en los aprendizajes. f) Habrá consejos ordinarios y extraordinarios según la ocasión. g) Los consejos serán convocados por escrito y en forma oportuna, indicando la tabla a tratar. DE LAS NORMAS DE PREVENCION, HIGIENE Y SEGURIDAD. La coordinación de esta unidad será de responsabilidad del profesional de la educación del establecimiento que la Dirección designe, debiendo tener presente las siguientes acciones: A.-‐ DE LA PREVENCIÓN DE RIESGOS. En el establecimiento deberán existir, como mínimo las siguientes medidas: 1) Un listado que se ubicará en lugares visibles y estratégico, de las direcciones o números de teléfonos de emergencias: bomberos, carabineros, hospital e investigaciones. 2) Indicar claramente con letreros, las zonas de seguridad y la forma de evacuar el edificio escolar en caso necesario. 3) Extintores de incendio de tipo polvo químico seco, en cantidad suficiente y en buenas condiciones. 4) Un botiquín equipado con medicamentos y otros útiles mínimos necesarios. 5) Equipos alógenos de luz de emergencia en cantidad suficiente. B.-‐ SOBRE NORMAS DE HIGIENE: 1) Mantener en perfecto estado de funcionamiento y desinfección, los servicios higiénicos. 2) Mantener recipientes para la recolección de basura, en las salas, patio y pasillos. 3) Cuidar y mantener el aseo en general de las salas, encerándolas cada 15 días. 4) En referencia a la higiene personal, se plantea claramente en los deberes y derechos de los diferentes estamentos.
11
C.-‐ SOBRE NORMAS DE SEGURIDAD: 1) Anualmente se designará un profesor a cargo del programa OPERACIÓN DEYSE, el que tendrá actualizado el organigrama de funciones respectivo y calendario de ejercicios del operativo. 2) Eliminar todo elemento que presente peligro para el alumnado y personal del establecimiento. Ej. Enchufes e interruptores en mal estado, vidrios quebrados, muebles deteriorados, artefactos sanitarios dañados etc. 3) Mantener puertas y ventanas libres de objetos que impidan una evacuación expedita. 4) El personal y los alumnos del establecimiento tendrán como preocupación primordial prevenir daños personales por el uso incorrecto o mal estado de instrumentos, herramientas, útiles escolares, maquinarias de talleres, etc.
Rosicler Urra Espinosa DIRECTORA C.E.I.A. PARRAL.
Parral, Marzo de 2014.
12
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
2014-‐2016 Centro de Educación Integrada de Adultos
“Juanita Zúñiga Fuentes”
“EDUCACIÓN DE CALIDAD, PARA LOS ADULTOS DE PARRAL”
Ministerio de Educación
Ilustre Municipalidad de Parral Centro de Educación Integrada de Adultos
“Juanita Zúñiga Fuentes” Aníbal Pinto Nº 395 Fono: 073/2633756
Parral
13
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2014-‐2016
CENTRO DE EDUCACIÓN INTEGRADA DE ADULTOS “JUANITA ZÚÑIGA FUENTES”
INTRODUCCIÓN
La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.
Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos docentes directivos y sostenedores educacionales
FUNDAMENTACIÓN
La EDUCACION DE ADULTOS, es concebida bajo el enfoque de la educación permanente, que es un proceso de toda la vida, que responde a necesidades de aprendizaje y que contribuye al desarrollo integral y al mejoramiento de la calidad de vida de las personas y sus familias.
La organización del trabajo y la redefinición de competencias laborales que requiere la economía actual, demandan aumentos significativos de las posibilidades de acceso de las personas a la distribución del conocimiento, a través de un acceso permanente a la educación y capacitación, a lo largo de su vida laboral. El crecimiento económico, sumado a políticas sociales sostenidas y consistentes, ha hecho posibles notables avances en materia de equidad social en nuestro país. Por lo tanto, creemos que se debe adaptar a los trabajadores a los procesos tecnológicos y a las modificaciones estructurales de la economía.
Hoy en día es necesario contar con estudios completos no sólo para seguir estudios superiores o técnicos, sino que para obtener una mayor comprensión de las actividades de capacitación, atendiendo la especial naturaleza y complejidad de las mismas.
14
Vivimos un mundo de excelencia donde la calidad comienza por reconocer el valor del ser humano y luego aceptar la capacidad que tiene este de utilizar los adelantos científicos y tecnológicos como medios para desarrollarse como ser humano. Nuestros alumnos adultos son personas que esperan de sus guías los verdaderos maestros, un trato que los dignifique y los proyecte al logro del mejoramiento personal a la luz de sus verdaderos talentos y capacidades puestas al servicio personal y de la comunidad.
Los alumnos de este establecimiento, disponen de una buena infraestructura,
docentes idóneos, No hay discriminación de sexo, raza, religión o económica, Profesores en permanente capacitación y/o perfeccionamiento, Organización de Centro de Alumnos, disponibilidad de un CRA , laboratorio de computación (Enlaces) conectado a internet, con accesibilidad para las carreras T.P. y todas las modalidades de estudios, Ambiente de trabajo acogedor entre el personal docente, alumnos y con buenas relaciones humanas, pluralista y democrático.
OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL
“PROMOVER Y DESARROLLAR EN TODOS LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA LAS HABILIDADES SOCIALES QUE CONSTRUYAN UNA SANA CONVIVENCIA
ESCOLAR” OBJETIVOS ESPECIFICOS
1. Enfatizar una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión.
2. Establecer protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones reparatorias para los afectados.
3. Impulsar acciones de prevención tales como talleres de habilidades socio – afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros; teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.
15
DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. • Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana
convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.
• Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.
DERECHOS DE LOS ALUMNOS:
1. Todas las personas matriculadas en El C.E.I.A. de Parral, tienen derecho a la Educación que se imparte en este centro Educacional, y en especial, a compartir una sana convivencia basada en la colaboración y en el respeto mutuo, lo que constituye una norma permanente del colegio y que todos los alumnos están obligados a respetar.
2. Todos los alumnos del C.E.I.A. en su calidad de estudiantes, tienen derecho a un trato acorde a su dignidad de persona individual y social, de los demás miembros de la comunidad escolar.
3. Todos los alumnos tienen derecho a ser escuchados, a exponer sus dudas, preocupaciones, inquietudes para lograr una sana convivencia y logros de sus competencias.
4. Todos tienen derecho a disfrutar de un ambiente limpio que favorezca el trabajo en el aula para lograr mejores aprendizajes.
5. Todos los alumnos tienen derecho de usar los materiales educativos disponibles, laboratorio de computación, CRA y dependencias del colegio para lograr sus objetivos de aprendizajes.
6. Todos los alumnos tienen derecho a ser evaluado en forma objetiva y justa. 7. Todos los alumnos tienen derecho a organizarse en un Centro de alumno, para participar democráticamente en los proyectos que presenten.
16
OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS: 1. Asistir a clases en los horarios establecidos por jornada (sin atrasos) y participar
activamente en toda actividad educativa programada por el Establecimiento, hacer suyo su proyecto educativo, respetar sus autoridades y velar por mantener en alto su prestigio y representarlo con dignidad y orgullo frente a la comunidad.
2. Los alumnos están obligados asistir al menos el 85% de las horas de clases del plan de estudio de su curso (modalidad).
3. La inasistencia a clases debe ser justificada dentro de los 5 días hábiles a partir del primer día de ausencia. El ingreso a clases con inasistencia mayor al 20% al 30 de Junio, debe autorizarlo el Director.
4. Los alumnos deben mostrar una conducta que permita una sana convivencia al interior del Establecimiento, en especial, siendo responsables con sus obligaciones escolares y respetuosos con sus profesores, compañeros y todos los miembros de la Comunicad educativa.
5. Todo alumno del C.E.I.A. deberá cuidar el material escolar y la infraestructura del establecimiento, y responder personalmente por ello en caso de pérdida y/o deterioro.
6. Los alumnos en las horas de clases deben apagar los celulares, para no molestar el desarrollo de la misma.
7. Mantener una actitud positiva, de apertura, de responsabilidad y buena disposición frente al proceso educativo.
8. Promover una sana convivencia dentro del establecimiento, responsabilizándose de sus actos, como corresponde a personas adultas.
9. Se prohíbe estrictamente: portar armas de fuego, armas blancas o de otra índole, alcohol o drogas; beber alcohol, consumir o traficar drogas al interior del establecimiento, así como también queda estrictamente prohibido fumar dentro de cualquier dependencia del establecimiento (como lo establece la ley 20.660 del 1 de Marzo del 2013).
10. A los alumnos no se les permite tener un trato grosero con sus compañeros, profesores o cualquier miembro de la comunidad escolar.
11. Los alumnos no pueden agredir en forma verbal o física a ningún miembro de la comunidad educativa.
12. Se prohíbe toda acción que promueva el bulling y que atente contra la integridad de las personas.
17
COMITÉ DE SANA CONVIVENCIA ESCOLAR.
El Comité de Sana Convivencia Escolar u otro organismo similar, estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos: INTEGRANTES NOMBRE La Dirección Srta. Rosicler Urra Espinosa Un profesor de cada jornada Sr. Pablo Palma Un representante del Centro de alumno Sra. Elisabeth Ortega Un asistente de la educación Sr. Ramón Retamal
Este comité será el encargado de la convivencia escolar, quienes deberán ejecutar de manera permanente los acuerdos y decisiones que se tomen; investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia.
El Comité u órgano similar tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:
1. Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.
2. Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento.
3. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.
4. Designar a uno o más encargados de convivencia escolar. 5. Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia
escolar. 6. Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes,
reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar. 7. Determinar, con alcance general, qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia
competencia y aquellas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada caso.
8. Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes.
18
PROHIBICIÓN DE CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR. Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de sanciones. Definición de maltrato escolar.
1. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda:
• Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;
• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o • Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico,
afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. • Provocar cambios conductuales, cuadros depresivos, estrés u otras alteraciones de
conducta, por un período prolongado. • Generar en el afectado aversión a su Establecimiento Educacional • Causar la deserción escolar del afectado. • Provocar en el afectado desadaptaciones sociales manifiestas.
2. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: • Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. • Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de
cualquier otro miembro de la comunidad educativa. • Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad
educativa. • Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un
alumno u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, etc.).
• Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
19
• Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de internet (redes sociales (Facebook, twitter, Instagram, youtube, google+ y otros, sitios web, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías) mensajes de texto (mensajes por whatzapp), , teléfono o cualquier otro medio tecnológico, virtual, electrónico o de comunicación.
• Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.
• Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.
• Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.
• Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.
• Generar rumores infundados que provoquen un daño a la imagen o al prestigio del afectado.
• Amedrentar a un integrante de la Comunidad Escolar mediante la amenaza de intervención de terceros (pandillas, entre otras).
Conductas que constituyen falta y medidas disciplinarias
• Las faltas están expresadas en sentido genérico, no se prescriben como absolutas, pero ellas dependen del contexto en que se den, de las causas y razones que ocasionan el conflicto, de la intensidad y complejidad del mismo, del estado emocional de cada persona que interviene en el conflicto, del criterio del adulto que maneja la situación de conflicto, del análisis de la situación y de las medidas que se apliquen.
• Las conductas que constituyen faltas a la sana convivencia escolar están gradadas a menor a mayor gravedad y la medidas disciplinarias se aplican desde medidas pedagógicas hasta cancelación de matrícula.
• Faltas en la sala de clases, en salidas de aprendizaje en terreno y en el establecimiento educacional.
20
Para evaluar adecuadamente una falta, es necesario que la comunidad educativa defina criterios generales, que permitan establecer si se trata de una falta leve, grave o gravísima.
I. Falta leve: actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad.
II. Falta grave: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten la convivencia.
III. Falta gravísima: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas como delito.
Faltas Leves Medidas pedagógicas para faltas leves
Desinterés, apatía e indiferencia ante el proceso educativo.
Diálogo motivador, registro en hoja de vida del estudiante. Desconexión con el propósito de la clase.
Como por ejemplo realizar actividades de otras asignaturas.
Conversación con el estudiante que comete falta, registro en hoja de vida del estudiante.
Incumplimiento de tareas escolares, trabajo en clases u otros.
Registro en hoja de vida del estudiante y evaluación con nota mínima.
Alteración en la relación profesor alumno, actitudes negativas, descalificaciones u otros.
Registro en hoja de vida y entrevista con Directora.
Incumplimiento de recursos solicitados.
Registro en hoja de vida del estudiante. Como prueba de su falta de compromiso a la hora de tomar decisiones a fin de año
Atrasos de más de 5 minutos sin justificación lógica.
Amonestación verbal, de presentarse más de dos atrasos en el mes, el alumno deberá firmar un compromiso remedial, en la Hoja de Vida, previa informe de la situación por Inspectoría al Profesor jefe. De no cumplirlo se transformara en falta grave.
21
Faltas Graves Medidas pedagógicas para faltas graves
Uso de celulares, reproductores de música o cualquier otro medio tecnológico, que no preste relación alguna con la clase, los que deberán permanecer apagados y guardados durante el desarrollo de la clase.
Registro en la hoja de vida del alumno, amonestación verbal, en caso de ser una situación reiterativa se expulsara al alumno de la clase. Si esta situación se repite más de una vez se considerara falta gravísima.
Discusiones alteradas y agresivas en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
Investigación sobre la situación de conflicto. Entrevista con los involucrados. Análisis de la situación de conflicto. Se Concluyen consecuencia. Registro de situación, compromiso en hoja de vida y supleción del establecimiento por 3 días, según sea el caso. De Presentarse más de una vez esta falta durante el año será considerada falta gravísima.
Producir daños en bienes personales de sus pares, de cualquier miembro de la comunidad educativa o establecimiento educacional
Intervención del Profesor Jefe quien recopilara antecedentes de la situación e informara a la Directora, la cual aplicara sanciones que van desde la reposición de lo dañado hasta la suspensión del alumno según sea el caso.
Faltas Gravísimas Medidas pedagógicas para faltas gravísimas
Respuesta agresiva u ofensiva a sus profesores o a cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
Registro en hoja de vida, firmar un compromiso remedial y condicionalidad, suspensión del Establecimiento por 3 días. En caso de no cumplir los compromisos suspensión por 5 días y cualquier falta cometida posteriormente, conllevara caducidad de Matricula.
22
Realizar acoso escolar o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito.
Suspensión del Establecimiento por 5 días. Denuncia en Fiscalía Carabineros o PDI y dependencias del sostenedor, Cancelación de matrícula de ser considerado culpable
Portar todo tipo de drogas, armas u objetos punzantes o contundentes, genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos.
Denuncia en Fiscalía Carabineros o PDI y dependencias del sostenedor, Cancelación de matrícula.
Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de cualquier medio (verbal, escrito, internet, redes sociales, otros).
Registro en hoja de vida, firmar un compromiso remedial y condicionalidad, suspensión del Establecimiento por 5 días. En caso de no cumplir los compromisos, conllevara caducidad de Matricula
Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la comunidad educativa.
Suspensión del Establecimiento por 5 días. Denuncia en Fiscalía Carabineros o PDI y dependencias del sostenedor, Cancelación de matrícula de ser considerado culpable
Fumar dentro del Establecimiento Educacional, cualquiera sea la dependencia. Ley 20.660 del 1 de Marzo del 2013.
Suspensión de clases y del establecimiento. Denuncia en Fiscalía Carabineros o PDI y dependencias del sostenedor, Cancelación de matrícula.
Entre las medidas pedagógicas también se incluyen los trabajos de servicios comunitarios al interior de la unidad educativa: apoyo pedagógico a sus pares, organización de actividades solidarias, otros. Según indicaciones de Dirección, monitoreo del cumplimiento de esta tarea por parte del Profesor Jefe. La responsabilidad social que tiene el Establecimiento Educacional en los desafíos de la convivencia escolar se fundamenta en:
− La función orientadora que tiene todo profesor. − La función formadora y socializadora de la escuela. − La misión escolar que es lograr aprendizajes de calidad. − La visión del colegio de transformar futuras sociedades.
23
MEDIDAS PEDAGOGICAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS.
1.-‐ Se aplicará a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y especialmente en los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o sanciones disciplinarias:
a) Diálogo personal pedagógico y correctivo; b) Registro de la falta por escrito en la hoja de vida del estudiante; c) Diálogo grupal reflexivo; d) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal; talleres de
reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar); Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas;
e) Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras iniciativas;
f) Suspensión temporal; g) Condicionalidad de la matrícula del alumno; h) No renovación de la matrícula para el próximo año escolar; o i) Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos de especial
gravedad, debidamente fundamentados, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas (Caducidad de Matricula)
j) Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas, así como en la legislación pertinente.
k) Cuando una agresión de tipo físico a un alumno o funcionario sea severa (dentro o fuera del Establecimiento), el Director del Establecimiento deberá dar cuenta a Carabineros o PDI, con el fin de derivar al afectado a un Centro Asistencial para constatar lesiones.
l) El Establecimiento Educacional se permitirá –en casos que lo ameriten-‐ denunciar los hechos ante la justicia ordinaria.
CRITERIOS DE APLICACIÓN.
1. Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.
24
2. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:
a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas; b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado; c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:
• La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores; • El carácter vejatorio o humillante del maltrato; • Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro; • Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa; • Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento;
d) La conducta anterior del responsable; e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra; f) La discapacidad o indefensión del afectado.
OBLIGACIÓN DE DENUNCIA DE DELITOS.
Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. RECLAMOS. La Dirección del CEIA y Centro de Alumnos, habilitarán un Libro (al interior del establecimiento), de sugerencias y reclamos. Cada persona puede participar de esta acción, registrando su nombre completo y su curso (alumno) y/o su nombre completo, Rut y dirección (profesor, paradocente, otros). Cada 15 días la Dirección del establecimiento leerá el Libro para conocer su contenido; las sugerencias, si es necesario, se publicarán en el fichero del establecimiento. Los reclamos se harán llegar en conversaciones privadas de carácter reservado a las personas afectadas, en su momento por la Dirección del establecimiento. No se aceptarán sugerencias y reclamos anónimos, groseros y ofensivos para personas y/o instituciones. Lo que se dice, se hace y se escribe con alturas de mira, para mejorar la convivencia estudiantil y para mejorar la calidad de la educación en nuestra Unidad Educativa.
25
• Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso.
• Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
DE LAS OBSERVACIONES POSITIVAS: Algunas sugerencias de observaciones positivas de los (as) estudiantes que pueden ser registradas en el libro de clases son:
1. Se destaca en el orden de la sala. 2. Se destaca en su presentación personal. 3. Se destaca por su buena conducta. 4. Se destaca por su espíritu solidario. 5. Se destaca por su comportamiento en clases. 6. Se destaca por sus buenos modales. 7. Se destaca en el cuidado de los bienes materiales del CEIA. 8. Se destaca en el aseo y ornato de la sala. 9. Se destaca por cooperar. 10. Se destaca por su capacidad creadora. 11. Participa activamente en actividades organizadas por el CEIA. 12. Cumple responsablemente con sus trabajos o tareas. 13. Colabora con sus compañeros y se preocupa por ayudarlos. 14. Cumple responsablemente con compromisos adquiridos. 15. Participa en forma activa en clases. 16. Manifiesta un cambio positivo en su conducta. 17. Manifiesta una destacada actitud de honestidad. 18. Mejora notablemente su rendimiento. 19. Estudiante que demuestra interés por superar sus limitaciones. 20. Estudiante respetuoso con sus compañeros y profesores. 21. Estudiante que demuestra iniciativa. 22. Estudiante con características de líder positivo. 23. Estudiante con gran capacidad para realizar trabajo en equipo. 24. Fomenta el respeto entre sus compañeros.
26
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN. • Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el
discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
• De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.
• En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas.
DEBER DE PROTECCIÓN.
1. Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el proceso.
2. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.
NOTIFICACIÓN A LOS APODERADOS EN CASO DE MENORES DE EDAD. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella. (En el caso de menores de edad). INVESTIGACIÓN.
1. El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento. 2. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana Convivencia Escolar, o el que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento.
27
CITACIÓN A ENTREVISTA.
1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.
2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia.
3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.
RESOLUCIÓN.
La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar. MEDIDAS DE REPARACIÓN.
En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en: a) Disculpas privadas o públicas b) Restablecimiento de efectos personales c) Cambio de curso d) Otras que la autoridad competente determine. RECURSOS.
Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el Comité o autoridad competente, dentro de un plazo razonable.
28
MEDIACIÓN.
El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, orientadores, otros miembros de la comunidad educativa y especialistas. POLÍTICAS DE PREVENCIÓN El establecimiento deberá dar a conocer un el Reglamento de Convivencia a toda la comunidad educativa, entregando una copia a cada uno de los estamentos de ésta, además se publicara un extracto de dicho reglamento en uno de los murales del colegio. Cada profesor jefe dará a conocer los derechos y deberes de los estudiantes, analizando en conjunto los principales puntos del Reglamento. Además en cada Acto Cívico (una ves al mes) se promoverá el desarrollo de habilidades sociales como la buena comunicación, empatía, escucha activa y asertividad. PUBLICIDAD.
El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.
Rosicler Urra Espinosa DIRECTORA C.E.I.A. PARRAL.
Parral, Marzo de 2014.