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Reglamento Residencias Universitarias 1 U niversit arias Residencias

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Reglamento Residencias Universitarias

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Universitar iasResidencias

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Reglamento de Residencias Universitarias ..................... 5

CAPÍTULO IDisposiciones Generales .............................................. 5

CAPÍTULO IIEstructura y Organización ............................................ 6Comisión Interna ......................................................... 8Órganos de Apoyo ...................................................... 8

CAPÍTULO IIIDe los Deberes de los Estudiantes ................................ 16

CAPÍTULO IVDe los Derechos de los Estudiantes .............................. 21

CAPÍTULO VDe la Vida Social de los Alumnos ................................ 22

CAPÍTULO VIDe los Servicios de la Institución .................................. 23

CAPÍTULO VIIDe la Vida en las Residencias ...................................... 27

Índice

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CAPÍTULO VIIIDe la Disciplina .......................................................... 33

CAPÍTULO IXDisposiciones Complementarias .................................. 37

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REGLAMENTO DE

RESIDENCIAS UNIVERSITARIAS

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: El presente reglamento establece las nor-mas del estudiante residente (interno y externo) en armonía con los principios y fi losofía de la educación cristiana basa-dos en la Palabra de Dios.

Artículo 2: Las residencias universitarias ofrecen al estudiante un ambiente de hogar que contribuye al desarrollo armonioso de sus facultades físicas, mentales, sociales y espirituales, adquiriendo a través de su formación integral, la madurez de su per-sonalidad y el desarrollo del carácter.

Artículo 3: El estilo de vida dentro de las residencias, promueve el desarrollo del carácter me-diante la disciplina preventiva y restaura-tiva, impartiendo instrucción y exhortación a fi n de que el joven se autogobierne.

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Artículo 4: La estadía en las residencias concuerda con los períodos académicos expresados en el calendario anual de la institución. (En caso de cambio de residencia debe comu-nicar a Bienestar Universitario).

CAPÍTULO II

ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN

Artículo 5: Las residencias universitarias en su es-tructura y organización comprenden los siguientes órganos: (órgano consul-tivo (Bienestar Universitario, preceptor (a),comisión interna, y Órgano de apoyo) preceptor, comisiones de apoyo, comisión interna, comisión de Bienestar Unviersita-rio.

ÓRGANO DE DIRECCIÓN

Artículo 6: La PRECEPTORÍA de las Residencias Universitarias está constituida por el Preceptor(a) y Vicepreceptor(a) quienes son los responsables de los alumnos y por lo tanto la máxima autoridad en la residen-cia. Tiene la responsabilidad de: planifi car, organizar, coordinar, conducir, ejecutar, evaluar, controlar las actividades y que-haceres de las residencias universitarias en conformidad con las normas de la in-stitución y principios de la Iglesia Adven-tista del Séptimo Día (IASD) depende del Vicerrectorado de Bienestar Universitario.

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Las funciones de los Preceptores de las Residencias son:

a) Crear el ambiente ideal de un hogar cristiano, organizar y monitorear los órganos de apoyo para que con-tribuyan a su desarrollo integral.

b) Es el principal responsable de todas las actividades que se realicen den-tro de las residencias.

c) Asumir la responsabilidad de padres amorosos, aplicando paciente comp-rensión y confi anza de amigo.

d) Aconsejar a los jóvenes en las en-trevistas o consultas, como disciplina preventiva y orar con ellos.

e) Orientar la vida espiritual del estu- diante a través de los cultos matuti-nos y vespertinos, haciéndolos inspi-radores y atractivos.

f) Mantener la solidaridad y cortesía cristiana por precepto y ejemplo.

g) Promover el desarrollo del carácter mediante la disciplina restauradora, aplicándola con amor y sabiduría.

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h) Velar por la extensión de permisos y el control de salida de los residentes en coordinación con el preceptor de turno.

COMISIÓN INTERNA

Artículo 7: La comisión interna está constituida por el Director de Bienestar Universitario, Preceptor(a), Vice Preceptor, un Capellán, un Miembro Rotativo (decano), y Director Asociado de Bienestar Universitario.

Las funciones de la comisión son:

a) Mantener informado a Bienestar Uni-versitario sobre actividades y planes de la Residencia.

b) Coordinar la realización de actividades orientadas al desarrollo armonioso de las facultades del ser humano.

c) Coordinar la orientación conductual y la administración de la disciplina.

COMISIÓN DE APOYO

Artículo 8: La comisión de apoyo está conformada por los asistentes-recepcionistas,monitores, coordinadores de pieza, el personal de servicio y la directiva de los clubes de residencia y los padres de familia o apoderados.

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Artículo 9: De los padres de familia y apoderados.

a. Promover la participación efectiva del estudiante respetando las directivas y disposiciones administrativas expe-didas por la Universidad y los regla-mentos de las Residencias Universi-tarias.

b. Apoyar a los preceptores en lo refer-ente a la disciplina.

c. Contribuir, si fuere necesario, al mejo-ramiento de los servicios de las resi-dencias.

Artículo :10 Asistente - recepcionista

a) Controlar y brindar atención al resi-dente.

b) Brindar atención al público en gen-eral.

c) Atender con cortesía los pedi-dos y llamadas de los residentes.

d) Recepcionar y atender a las visitas.

e) Velar por la limpieza y el cuidado del ingreso principal a la residencia.

f) Recepcionar las llamadas telefóni-cas, documentos, cartas u otros, y entregar a sus destinatarios.

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g) Restringir el ingreso a personas no autorizadas.

h) Registrar los permisos de salidas llevando el debido control.

Artículo 11: Monitor

a) Ayudar al preceptor en el horario cor-respondiente, en la residencia, dentro y fuera del campus así como en cu-alquier emergencia.

b) Mantener la armonía en área que se le asigne.

c) Conocer a todo su grupo y estar aten-to a cualquier necesidad.

d) Mantener la disciplina y el silencio re-spectivo en las horas de estudio y des-canso.

e) Comunicar y atender cuando alguno de su grupo se enferma.

f) Revisar, en la hora de descanso, que cada residente esté en su pieza.

g) Informar oportunamente a los precep-tores cualquier inconducta y/o emer-gencia.

h) Controlar las salidas del residente y anotar la hora de su retorno. (ver artí-culo 36 g del reglamento del estudi-ante unionista)

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i) Tener reuniones periodicas con los coodinadores de piezas.

Artículo 12: Coordinador de la pieza

a) Velar por la armonía y el buen com-portamiento de los miembros de su habitación.

b) Organizar el turno de limpieza y velar por su cumplimiento.

c) Coordinar con los miembros de pie-za para decorar y tener la habitación atractiva.

d) Colaborar en el desarrollo espiritual de su grupo y organizar el culto cu-ando les corresponda dirigir.

Artículo 13: Personal de Servicio

a) Mantener presentables las áreas in-ternas y externas de la residencia.

b) Realizar y manter la limpieza diaria de los servicios higiénicos.

c) Realizar y mantener la limpieza diaria de los pasillos.

d) Comunicar al preceptor cualquier necesidad de instalación, reparación,

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mantenimiento u otras necesidades de su responsabilidad.

e) Informar oportunamente al preceptor (a) o asistente recepcionista cualquier desorden de los residentes y/o algún caso de emergencia.

Artículo 14: Los Clubes

Los Clubes de Alumnos Residentes, in-cluyen y unen en lazos de amistad y camaradería, a todos los alumnos resi-dentes bajo la tutela y consejería de los Preceptores de las residencias.

Los Clubes tienen la siguiente denomi-nación “Club de Señoritas Virtuosas” y “Club de Caballeros Cristianos”.

Cada miembro del Club contribuye con su aporte económico y sus talentos para el desarrollo y el éxito del Club.

Artículo 15: Funciones de los Clubes: a) Organizar a los residentes para reali-

zar actividades (espirituales, academ-icas, socioculturales, deportivas-rec-reativas, y bioecológicas) que estén proyectadas al bienestar colectivo de los estudiantes. Esta organización está representada por una Directiva elegida democraticamente.

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b) Dar mayor oportunidad para que los residentes descubran sus talentos y habilidades y así desarrollen su lider-azgo en el marco de la fi losofía y prin-cipios de la institución.

c) Brindar oportunidades, mediante la Directiva del Club para que los estu-diantes trabajen por sus pares en la programación y realización de activi-dades integrales.

Artículo 16: Es función del Preceptor

a) Proveer asesoramiento y consejo a la directiva de los Clubes.

b) Estudiar y apoyar los planes y el pre-supuesto presentado por la directiva de los Clubes.

c) Administrar adecuadamente los fon-dos del club e informar el destino de los mismos al pleno de los residen-tes.

Artículo 17: Procedimiento de elecciones

a) Elegir en cada residencia la Comis-ión de Nombramientos: quórum cinco personas.

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b) Elaborar una propuesta de directiva por el periodo de un año, tomando en cuenta los perfi les de cada miembro. La propuesta es presentada al Pre-ceptor (a) como una recomendación.

c) Presentar la nómina al pleno de los residentes para su aprobación.

Artículo 18: Perfi les de la directiva

Deben reunir condiciones conductuales y académicas acordes con las necesidades del cargo; a demás de:

a) Estar al dia con todos sus pagos.

b) Tener un liderazgo reconocido y aceptado por la institución.

c) Tener una conducta acorde con las normas de la UPeU.

d) Tener iniciativa y cratividad.

e) Ser fi el en la asistencia y partici-pación de las actividades espiri-tuales en la residencia y la univer-sidad.

Presidencia y Vicepresidencia

Haber vivido por lo menos seis ciclos en la residencia.

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Tesorería

Haber vivido por lo menos cuatro ciclos en la residencia.

Secretaría

Haber vivido por lo menos dos ciclos en la residencia.

Coordinador de Actividades Espirituales

Haber vivido por lo menos cuatro ciclos en la residencia.

Coordinador de Actividades Academicas

Haber vivido por lo menos cuatro ciclos en la residencia.

Coordinador de Actividades Sociocultura-les

i. Haber vivido por lo menos cuatro ciclos en la residencia.

ii. Amar la sociabilidad y fomentar la cortesía, teniendo la habilidad para programar estas actividades.

iii. Amar y fomentar la cultura y el arte.

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Coordinador de Actividades Deporti-vas-recreativas

Haber vivido por lo menos cuatro ciclos en la residencia.

Tener experiencia y habilidad para pro-gramar estas actividades.

Fomentar el deporte participativo y no competitivo.

Coordinador de Actividades Bio-ecológicas

Haber vivido por lo menos cuatro ciclos en la residencia.

Tener conocimiento y simpatía por el me-dio ambiente.

CAPÍTULO III

DE LOS DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 19: Respetar y cumplir las normas y regla-mentos de la institución expresados en el Reglamento General de Estudios, el Estatuto Universitario, el Manual del Es-tudiante Unionista y el Reglamento de las

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Residencias Universitarias. Además res-petar los principios éticos y morales de la IASD, dentro y fuera de la institución.

Artículo 20: El residente debe observar las siguien-tes normas:

4. Respetar a los preceptores y person-al de las residencias, condiscípulos y personal general de la institución.

5. Participar en forma responsable de las actividades programadas por la residencia y/o institución.

6. Participar en el cuidado de la estruc-tura física de las residencias tales como ambientes, instalaciones, mo-biliario, equipos u otros.

7. Vestir con modestia, decencia y sin extravagancia.

Las damas vestirán con decoro y sencillez evitando el uso de ropas transpar-entes, escotes pronunciados, el uso exagerado de maquillaje, de minifal-das, polos cortos, de “hot pants”, pan-talones ultracaderas etc. Se podrán usar pantalones no ceñidos al cuerpo y de vestir para las clases, mas no para los cultos. La falda y el vestido debe ser usada a la altura de la ro-dilla.

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Los varones deben usar el cabello corto y vestido apropiado para ocasiones re-ligiosas (que son miércoles y viernes con saco y corbata) y académicas.

8. No usar joyas, ni anillos, aretes, ca-denas, collares, pulseras, brazaletes, pearsing y otros artículos que mag-nifi can la ostentación.

9. Asistir a los cultos puntualmente ves-tidos correctamente portando su Bib-lia e himnario.

10. Mantener el orden, la limpieza, y es-tética de la pieza.

11. Respetar las pertenencias de sus compañeros, quedando completa-mente prohibido tomar algún objeto sin consentimiento del dueño.

12. Mantener el silencio y respeto en la hora de estudio (ver artículo 38ª), per-maneciendo dentro de sus habitacio-nes. Este período es dedicado para el estudio y todo asunto de emergencia se canaliza a través de los monitores.

13. No ingresar a otra habitación sin el consentimiento de los que residen

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allí, y de ninguna manera si no se en-cuentra alguno de sus ocupantes.

Artículo 21: Permisos de Salida

El residente está bajo la responsabilidad de la institución por lo tanto a ésta le corre-sponde el derecho de conocer su parade-ro en todo momento; en consecuencia, el residente debe obtener permiso del pre-ceptor para salir de la residencia y/o del campus institucional.

1. El residente interno podrá salir del cam-pus de la institución los fi nes de semana, siempre que sea mayor de edad, tengan familiares directos en la ciudad y tengan la autorización escrita de sus padres, en el caso de los menores de edad deberán salir con sus padres, tutores o personas autorizadas.

2. El residente externo podrá salir de su residencia los fi nes de semana, siempre que sea mayor de edad, tengan familiares directos en la ciudad y tengan la autor-ización escrita de sus padres, en el caso de los menores de edad deberán salir con sus padres, tutores o personas au-torizadas.

3. El alumno debe solicitar permiso para ir a:

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a. Lugares próximos a la institución con el fi n de adquirir materiales necesari-os para cumplir con sus requerimien-tos académicos.

b. La ciudad, para visitar bibliotecas, in-stituciones o comprar libros y materia-les que se requieran para cumplir con los trabajos de investigación.

c. La ciudad, para cumplir con las “Prác-ticas Pastorales, eclesiales y profe-sionales y/o académicas”.

d. Los fi nes de semana (siempre y cu-ando no afecte los compromisos aca-démicos).

3.- Los estudiantes deben regresar el día y la hora estipulado en el permiso de salida.

Se considera como falta muy grave que el estudiante pase la noche fuera de la residencia, sin permiso, y sera sancio-nado con la cancelación de los otros per-misos y/o la sanción que la Comisión de Disciplina expida.

4. Pueden obtener el permiso de salida úni-camente, los residentes que asistan a los cultos y que tengan notas aprobatorias en la evaluación de su pieza.

5. Los formularios de permiso con los datos y requisitos consignados, deben entregarse para el fi n de semana 24 horas antes de la salida, a preceptoria para su autorización y registro.

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6. No se aceptan llamadas telefónicas para solicitar permiso de salida.

7. Durante las fechas en las cuales la insti-tución haya programado las “SEMANAS DE ENFASIS ESPIRITUAL”, los permisos estarán restringidos para asistir en forma inexcusable a las reuniones programadas.

CAPÍTULO IV

DE LOS DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Artículo 22: Los residentes tienen derecho a:

a) Disponer de un lugar en las residen-cias.

b) Desarrollar una vida social sana y normal.

c) Hacer uso de los servicios de la insti-tución.

d) Participar en las actividades deporti-vas en los horarios correspondientes.

e) Tener permisos de salida de acuerdo a las normas.

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f) Recibir, dentro del ambiente del hog-ar, formación integral, seguridad mor-al y física.

g) Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación.

h) Participar en las actividades estudian-tiles promovidas por las residencias y Bienestar Universitario.

i) Recibir visitas y atenderlas en las re-spectivas salas de estar, no pudiendo ingresar a su habitación debido a que la residencia es privada.

CAPÍTULO V

DE LA VIDA SOCIAL DE LOS ALUMNOS

Artículo 23: La sociabilidad entre los estudiantes de uno y otro sexo es perfectamente per-mitida esperando que conlleve el debido respeto y dignidad cristiana en diversos ambientes como: el comedor, las aulas de clases, actividades sociales y paseos dirigidos, donde se espera que conserven las siguientes normas:

a) No aislarse del grupo en parejas mixtas, ni permanecer en parejas en lugares aislados.

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b) Contar con la autorización o presen-cia de un miembro del personal autor-izado, en caso de reuniones mixtas.

c) Evitar acercarse a la resi-dencia que no les correspon-de, salvo motivo justifi cado.

CAPÍTULO VI

DE LOS SERVICIOS DE LA INSTITUCIÓN

Artículo 24: Los servicios que la institución ofrece al residente interno son: servicio de alimen-tación, lavandería, atención médica, re-cepción de llamadas, biblioteca, internet, entre otros.

Artículo 25: Servicio de alimentación

En el Comedor el estudiante tiene que hacer uso de modales de cortesía y vestir adecuadamente cumpliendo las siguien-tes disposiciones o normas estableci-das.

A) Varones

La vestimenta debe ser adecuada y con decoro (No puede ingresar con buzos o pantalones cortos, bermudas, despei-

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nado, sudoroso o sandalias). Los días viernes para la cena y los sábados, con ropa adecuada para la iglesia. (no jeans).

B) Señoritas

Con vestimenta adecuada: falda, blusa y/o pantalones no ceñidos y blusas largas. Los viernes para la cena y los sábados con ropa adecuada para la iglesia.

C) Los modales a seguir:

1. Hacer la fi la en orden para controlar su entrada con el encargado, recoger sus alimentos y dirigirse a la mesa donde le indique el preceptor o moni-tor.

2. Llevar los alimentos en su bandeja a la mesa que le corresponda o se le indique.

3. Colocar en orden los alimentos y es-perar hasta que se complete los inte-grantes por cada mesa.

4. Hacer la oración para servirse los ali-mentos.

5. Una vez que se han sentado no pu-ede hacer cambios con otro alumno, tampoco puede ir a otra mesa para hacer un nuevo grupo.

6. Conversar agradablemente, culta y con buenos modales.

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7. Llevar la bandeja con la vajilla al lugar

previsto.

8. Usar los utensilios con cuidado evi-tando su deterioro o pérdida, reponer en efectivo lo deteriorado o perdido.

9. Pedir permiso con anticipación al preceptor para sentarse con su visita donde le sea indicado.

10. No llevar a los no residentes, para in-vitar su comida. Si desea los servi-cios del comedor para otros, tiene que hacer los pagos correspondientes.

11. No sacar alimentos del comedor.

12. Cuando un estudiante se encuentre enfermo, el monitor autorizado por los preceptores llevará la comida. En este caso la bandeja con la vajilla completa debe ser devuelta a más tardar en la próxima comida.

13. Respetar los horarios del servicio de alimentación.

Artículo 26: Servicio de Lavandería

El residente del campus tiene derecho a los servicios de este departamento. Para

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ello tiene que seguir las siguientes indi-caciones: marcar con hilo bordado o tinta indeleble sus prendas de vestir, según se le asigne. (Ejemplo 106 - LQC.) Puede entregar nueve prendas por semana; los días de entrega y de recojo será de acu-erdo al horario establecido por el depar-tamento.

Las residencias cuentan con lugares ad-ecuados de lavado que serán cuidados y usados con moderación.

Artículo 27: Servicio del Centro Médico

En virtud de la forma de “Asistencia Médica”, el alumno tiene derecho a ser atendido por alguna enfermedad hasta donde llegue la cobertura por este con-cepto. Y por el Sistema de “Seguro de Accidentes”, tiene derecho a ser aten-dido por cualquier accidente que se pro-duzca en clases, trabajo o actividades programadas por la institución.

Artículo 28: Servicio de Biblioteca

1. El estudiante puede salir a la biblio-teca en el turno de la noche. Perman-ecerán allí hasta la señal de la con-clusión del período de estudio.

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2. En el horario nocturno si el alumno sale de la residencia con el propósito de ir a la biblioteca y no se dirige a ésta sino que se lo encuentra en otros lugares será sancionado.

3. Al retornar a la residencia, después de haber hecho uso de los servicios de la biblioteca, el residente registra su nombre en el libro de tránsito in-terno o entregará el permiso de bib-lioteca.

Artículo 29: Servicio Telefónico de la Institución El servicio telefónico de la institución está restringido. Recepciona y deriva las lla-madas a las residencias.

Para hacer sus llamadas, el residente pu-ede usar cualquiera de las cabinas tele-fónicas que existen en el campus de la institución.

CAPÍTULO VII

DE LA VIDA EN LAS RESIDENCIAS

Artículo 30: Aprender a vivir en compañerismo y ca-maradería cristiana, respetando a sus compañeros y las pertenencias de ellos como si fueran suyas.

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Artículo 31: La Habitación

Llevar una vida limpia y ordenada. La habitación se revisa diariamente para ve-lar por la limpieza, el orden y las necesi-dades de los residentes.

Artículo 32: Su Aspecto Físico

Caracterizar una cuidadosa higiene per-sonal.

Cada estudiante debe lavar su ropa inte-rior diariamente.

Artículo 33: Normas en la Habitación

1. No dormir en otra habitación que no sea la que se le asignó.

2. No dormir dos personas en una cama.

3. Evitar prestarse prendas de vestir, ob-jetos personales o tomarlos sin per-miso.

4. Prohibir el ingreso de cualquier per-sona no autorizada, siendo que es una residencia privada.

5. Al inicio de cada ciclo el residente re-

cibe una llave de la pieza. Al fi nal del ciclo la devolverá por ser propiedad de

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la residencia. En caso de pérdida, el residente asume el costo de esta pér-dida.

Artículo 34: Los Cultos

La asistencia puntual a los cultos es parte de la formación espiritual y religiosa del estudiante, de manera que asistir a las re-uniones espirituales no es un deber sino un privilegio; allí se encuentra con Dios tanto en la mañana como en la noche y por lo tanto la participación es con aten-ción y reverencia.

A) Matutinos

En las mañanas todos los alumnos van vestidos correctamente (no con pijamas), llevando su Biblia, himnario y su folleto de Escuela Sabática.

B) Vespertinos

Los cultos son una combinación de orientación espiritual, conduc-tual y de actividades culturales y sociales. En los días indicados se lleva Biblia e himnario.

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C) Con la Iglesia

Los días miércoles, viernes y sábados los estudiantes llevan su Biblia e himnario.

Artículo 35: La Música

La institución fomenta la buena música, aquella que eleva la mente y cultiva los más nobles sentimientos. Se selecciona y cultiva la música religiosa, la clásica, la folcklórica y patriótica que esté adecuada a su formación espiritual y profesional, co-herente con los fi nes de la institución.

A. Para los Estudiantes Universitarios

Se permite la tenencia de algún equi-po en la habitación (computadora, laptop, impresoras, instrumentos musicales, u otros) solo si este con-tribuye al desarrollo académico pre-via autorización del preceptor de la residencia.

B. Se restringe:

1. Cualquier música que insite al baile.

2. Usar instrumentos musicales en horarios y lugares inapropiados.

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3. El uso de la música secular en el día sábado.

4. Usar celulares y cualquier otro equipo o audífonos en áreas tales como: el comedor universitario, el salón de cultos y en las piezas en periodo de estudio.

Artículo 36: Los Deportes

Los alumnos residentes pueden practicar deportes sanos sin espíritu de compe-tencia (entendiéndose por esto que está terminantemente prohibida la actitud de hacer apuestas de cualquier tipo). Los deportes están permitidos dentro de los horarios establecidos (tanto en la maña-na como en la tarde; de igual manera en los días domingos y feriados) según pro-gramación.

Artículo 37: Departamentos de Trabajo (Desarrollo de destrezas y habilidades)

El trabajo manual en nuestras institucio-nes educativas cumple la fi nalidad de contribuir al desarrollo de las facultades físicas y mentales. Además ayuda a de-sarrollar un sentido de responsabilidad, capacidad creativa, organización del tiempo (valorarlo), adquirir destrezas en manualidades diferentes y evitar la ocio-sidad.

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Artículo 38: Los Horarios

El estudiante residente programa sus ac-tividades en función a un horario al cual tiene que sujetarse. Estas actividades generales son: los cultos matutinos y ves-pertinos, las horas de comida, estudio, trabajo, deportes y descanso.

a) Las horas de estudio personal (20:00 – 22:00 horas) son horas dedicadas a este fi n, por lo tanto, se exige silencio absoluto.

b) En las horas de estudio la puerta prin-cipal permanece cerrada.

c) El último momento de ingreso a la residencia es a las 9:45 p.m. hora en la cual termina la atención en la bib-lioteca, después de esta hora no se puede ingresar a la residencia, salvo casos excepcionales, previa autor-ización.

d) El período de descanso (noche), es respetado por los residentes, se es-pera que se mantenga un silencio ab-soluto.

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CAPÍTULO VIII

DE LA DISCIPLINA

Artículo 39: Las infracciones se establecen en razón del incumplimiento a las normas de con-ducta establecidas en los artículos 19 y 20 del presente reglamento.

Artículo 40: Además se considera como causal de medida disciplinaria, las siguientes faltas:

a) Diseminar ideas que minen los ideales religiosos de la institución.

b) Practicar la deshonestidad en cualqui-era de sus formas: robo, mentira, po-sesión de objetos sustraídos, falsifi -cación de fi rmas, etc. o inducir a otros a cometerlas o estar implicados en ellas.

c) Usar un lenguaje vulgar o indecoroso;

poseer publicaciones pornográfi cas, cuadros obscenos o inducir a prácticas reprobables.

d) Poseer o jugar a los naipes o cualquier otro juego de azar.

e) Bailar o asistir a bailes o cualquier otro lugar de diversión o actividad reñida con la moral.

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f) Entrar o salir de la residencia o de la institución sin el permiso respectivo

g) Vincularse con personas del sexo opuesto en forma clandestina.

h) Ser miembro o participante de una so-ciedad secreta o de cualquier otra que esté en pugna con los ideales de la ins-titución.

i) Permanecer fuera de la residencia toda la noche o parte de ella o ausentarse en cualquier momento sin permiso.

j) Fomentar actividades turbulentas o participar en ellas, tales como peleas, insubordinación, etc.

k) Dañar la propiedad de algún compa-ñero o de la institución.

l) Poseer, duplicar o usar sin autorización llaves de cualquier habitación.

m) Rechazar las normas sobre vestimenta y apariencia personal.

n) Persistir en el ausentismo a los servi-cios religiosos, a los cultos de las resi-dencias, a las clases y al trabajo.

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o) Violar obstinadamente cualquier regla-mento o autoridad de la institución.

p) Consumir y/o poseer bebidas alcohóli-cas, tabaco, drogas o estupefacientes en cualquiera de sus formas o presen-taciones.

q) Practicar el espiritismo en cualquiera de sus formas.

r) Poseer y/o utilizar cualquier tipo de armas punzocortantes o de fuego, así como armas tóxicas y/o eléctricas.

Artículo 41 Los estudiantes que violen las normas o reglamentos de la institución pueden ser disciplinados como sigue:

a. Amonestación verbal.

b. Memorandum.

c. Carta de advertencia con copia a la Di-rección de Bienestar Universitario y a sus padres.

d. Sanción de la comisión de Bienestar Universitario con copia a su respectiva facultad.

e. Sanción de la Disciplina del Consejo Universitario.

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Artículo 42: La comisión de Bienestar Universitario establece las siguientes sanciones:

a) Carta de amonestación con disciplina y ser tolerado en situación condicional.

b) Suspensión temporal de la residencia con informe a su facultad.

c) Separación (retiro o expulsión) de la residencia con informe a su facultad.

d) Sanción disciplinaria por su respectiva facultad.

Artículo 43: Las cartas de amonestación, suspensión o separación no siempre mantienen secuen-cia, ésta depende de la gravedad de la falta del estudiante.

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Reglamento Residencias Universitarias

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CAPÍTULO IX

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 44: Toda norma, reglamento, disposición o nuevos conceptos concominantes que sean registrados por la autoridad compe-tente son considerados como parte de este Reglamento.

Las modifi caciones, después de ser anun-ciadas a los residentes, tienen el mismo valor del que aparece en el presente Regla-mento.

Artículo 45: Las autoridades respectivas en las Residen-cias Univeritarias de la UPeU velan por el cumplimiento del presente documento nor-mativo. Considerando que la disciplina es el equilibrio entre los deberes y derechos.

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Reglamento Residencias Universitarias

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Villa Unión, Ñaña, Lima, a los diecinueve días del mes de febrero del 2010, según resolución N° 032-2010 / UPeU-CU.

AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS DE LA UPeU:

Dr. JUAN CHOQUE FERNANDEZ, Rector de la Universidad Peruana Unión.Dra. MAXIMINA TEODOSIA CONTRERAS CASTRO, Vicerrec-tora de la Universidad Peruana Unión.Mg. CÉSAR PALACIOS PINEDO, Gerente General de la Univer-sidad Peruana Unión.Mg. WILFREDO GONZÁLES ALARCÓN, Director de Bienestar Universitario de la Universidad Peruana Unión.Dr. CARLOS CORRALES RUIZ, Decano de la Facultad de Cien-cias Humanas y Educación.Dra. MAYELA CAJACHAHUA CASTRO, Decana de la Facultad de Ciencias de la Salud.Dr. RUBÉN HUANCA CALLASACA, Decano de la Facultad de Ciencias Empresariales.Mg. MARÍA VALLEJOS ATALAYA, Decana de la Facultad de In-geniería y Arquitectura.Dr. SEGUNDO TEÓFILO CORREA CALVA, Decano de la Fa-cultad de Teología.Abog. JUAN VÍCTOR RAMOS RÍOS, Asesor Legal de la Univer-sidad Peruana Unión.Dr. SALOMÓN VÁSQUEZ VILLANUEVA, Secretario General de la Universidad Peruana Unión.