reglamento particular de la marca aenor para columnas …
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COMITÉ TÉCNICO DE CERTIFICACIÓN
SOPORTES DE ALUMBRADO
SECRETARÍA: ANFALUM
Dirección Cl Jorge Juan 47 Teléfono 914 35 32 23 Fax 914 35 34 94
28001 MADRID
RP 19.02 rev. 6 1/33 2011-03-29
REGLAMENTO PARTICULAR DE LA MARCA AENOR PARA COLUMNAS Y BÁCULOS DE
ALUMBRADO DE ACERO O ALUMINIO
RP 19.02
RP 19.02 rev. 6 2/33 2011-03-29
ÍNDICE
1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
2 DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES
4 ÓRGANO DE GESTIÓN
5 REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR
6 CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR
7 MANTENIMIENTO DEL CERTIFICADO AENOR
8 PRODUCTOS NO CONFORMES
9 MARCADO DE LOS PRODUCTOS CERTIFICADOS
10 LISTA DE LABORATORIOS DE ENSAYO
11 CONTROL INTERNO DEL FABRICANTE
ANEXO A IMPRESO DE SOLICITUD DE CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR
ANEXO B CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN GENERAL DEL FABRICANTE
ANEXO C CUESTIONARIO DESCRIPTIVO DEL PRODUCTO
ANEXO D REQUISITOS DEL SISTEMA DE LA CALIDAD
ANEXO E ENSAYO DE LA PROTECCION CONTRA IMPACTO MECANICO DE LAS
PUERTAS
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1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Este Reglamento Particular describe, en cumplimiento del apartado
3.2 del Reglamento General de Certificación de Productos y
Servicios Marca AENOR, el sistema particular de certificación para
las columnas y báculos de acero o aluminio de alumbrado.
La Marca AENOR para “Columnas y báculos de acero o aluminio de
alumbrado”, en adelante la Marca, es una Marca de conformidad de
estos productos con las normas UNE-EN 40-5 y 40-6 respectivamente.
Se aplica a columnas que no sobrepasen los 20 m de altura, para
luminarias montadas en la parte superior, y a báculos que no
sobrepasen los 18 m de altura, para luminarias con entrada
lateral.
2 DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA
A continuación se relacionan las referencias y títulos completos
de los documentos o normas que se citan en este Reglamento
Particular. En lo sucesivo se citarán únicamente por su
referencia, y se entenderá aplicable la última edición publicada:
Reglamento General para la Certificación de Productos y
Servicios Marca AENOR y AENOR MEDIO AMBIENTE. (rev. 3, octubre
de 2000)
UNE 72401:1981 – Candelabros. Definiciones y términos.
UNE-EN 40-2:2006 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 2:
Requisitos generales y dimensiones.
UNE-EN 40-3-1:2001 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 3-1: Diseño y verificación. Especificación para de cargas
características.
UNE-EN 40-3-2:2001 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 3-2: Diseño y verificación. Verificación mediante ensayo.
UNE-EN 40-3-3:2003 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 3-3: Diseño y verificación. Verificación por cálculo.
UNE-EN 40-5:2003 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 5:
Requisitos para las columnas y báculos de alumbrado de acero.
UNE-EN 40-6:2003 – Columnas y báculos de alumbrado. Parte 6:
Requisitos para las columnas y báculos de alumbrado de aluminio.
UNE-EN ISO 9001:2008 - Sistemas de gestión de la calidad.
Requisitos.
UNE-ENV 1991-1-4:2007 – Acciones en estructuras. Acciones de
viento.
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UNE-EN ISO 1461:2010 – Recubrimientos de galvanización en
caliente sobre piezas de hierro y acero. Especificaciones y
métodos de ensayo.
Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (2002). Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-09. Guía Técnica de Aplicación
GUÍA-BT-09.
UNE 20324: 1993 – Grados de protección proporcionados por la
envolventes (Código IP).
UNE-EN 50102: 1996 - Grados de protección proporcionados por la envolventes de materiales eléctricos contra los impactos
mecánicos externos (Código IK).
3 TÉRMINOS Y DEFINICIONES
Se define como “familia” al conjunto de columnas o báculos de
alumbrado que tienen las mismas características en cuanto a:
material.
sección.
conicidad.
configuración de abertura de puerta (incluido refuerzo).
configuración de placa base.
Dentro de cada “familia” y con el fin de determinar las muestras a
ensayar, las columnas o báculos se podrán agrupar en función de:
diámetro en punta.
espesor.
vuelo y radio (para báculos).
dimensiones de abertura de puerta.
superficie de exposición al viento y peso máximos.
velocidad de viento de referencia.
categoría de terreno.
De esta forma, sólo será necesario ensayar aquella columna o
báculo que, dentro de cada grupo, tenga las características más
desfavorables desde el punto de vista estructural, para cada uno
de los ensayos a realizar recogidos en la Tabla 2.
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4 ÓRGANO DE GESTIÓN
La gestión del sistema particular de certificación para “Columnas
y báculos de acero o aluminio de alumbrado” se encomienda, en los
términos previstos en los Estatutos de AENOR y en el Reglamento
General para la certificación de Productos y servicios, Marca
AENOR, al Comité Técnico de Certificación AEN/CTC-019 “Soportes de
alumbrado”, en adelante el Comité.
Los trabajos del Comité se rigen por el Reglamento de los Comités
Técnicos de Certificación y el Reglamento Particular del propio
Comité.
Las funciones de Secretaría del Comité están desempeñadas por
ANFALUM. Su dirección, teléfono y fax se encuentran en la portada
de este documento.
5 REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR DE
PRODUCTO
El peticionario de la Marca tendrá implantado, con al menos seis
meses de antelación a la presentación de la solicitud, un sistema
de la calidad conforme a la norma UNE-EN ISO 9001:2008 en el que
se incluyan, en la medida en que sea de aplicación, procedimientos
específicos referidos a los distintos productos del presente
reglamento.
En caso de que el peticionario de la Marca subcontrate la
ejecución de alguna etapa o fase de la producción, el peticionario
aplicará al subcontratista los procesos de control e inspección
adecuados para garantizar la conformidad del proceso
subcontratado.
6 CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR
6.1 Proceso de concesión
El proceso de concesión se ajustará a lo establecido en el
capítulo 4 del Reglamento General y en el resto de este capítulo.
6.2 Solicitud
Las empresas que deseen obtener el Certificado AENOR de producto
para báculos o columnas cumplimentarán el impreso de solicitud
(Anexo A), por triplicado, y lo remitirán al domicilio de la
Secretaría, Calle Jorge Juan 47, 28001 MADRID, indicando los
productos para los que se hace la solicitud.
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Con el impreso cumplimentado deberán acompañar la siguiente
documentación:
cuestionario de información general del fabricante (Anexo B) por triplicado, tanto del peticionario como de los subcontratistas
si los hubiera (sólo en primera solicitud o si se produjesen
cambios),
cuestionario descriptivo de cada modelo (Anexo C), por
triplicado, incluyendo el diseño del conjunto acotado con las
secciones necesarias para la buena comprensión del dibujo, Este
cuestionario debe enviarse también en el formato Excel que será
facilitado por la Secretaría.
en el caso de que el fabricante escoja realizar la verificación del diseño mediante cálculo en lugar de mediante ensayo, un
ejemplar de la verificación del diseño del tipo más
desfavorable, desde el punto de vista de resistencia mecánica,
de cada uno de los modelos para los que se hace la solicitud, de
acuerdo con las especificaciones indicadas en el apartado 6.3.
6.3 Verificación del diseño
La columna o báculo estarán diseñados para soportar con toda
seguridad el peso propio, las cargas debidas al viento y las
cargas de diseño especificadas en la norma UNE-EN 40-3-1.
El diseño estructural de la columna o báculo de alumbrado será
verificado bien por cálculo, de acuerdo con UNE-EN 40-3-3, o bien
por ensayo, de acuerdo con UNE-EN 40-3-2.
La verificación del diseño mediante cálculos se realizará
partiendo de las cargas características indicadas en la norma UNE-
EN 40-3-1, y con arreglo a los siguientes criterios de cálculo:
1) Los coeficientes de ponderación de las cargas de viento y peso propio serán los correspondientes a la clase A definida en el
UNE-EN 40-3-3.
2) La velocidad de referencia del viento será la más desfavorable descrita en la norma UNE-ENV 1996-1-1. Vref= 28 m/s.
3) Los cálculos se realizarán con una categoría del terreno mínima de II.
4) Luminaria tipo. Los soportes de alumbrado se calcularán para soportar la luminaria prevista. Cuando no sea conocida, podrá
calcularse para soportar, en su extremo libre, una luminaria
tipo de forma paralelepípeda de 4500 centímetros cuadrados de
superficie plana de exposición al viento en cualquier dirección
y una masa de 30 Kg.
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Si se prevé la posibilidad de disponer más de una luminaria, el
cálculo se realizará para tantas luminarias como se proyecten
situadas en la posición que ocupen efectivamente según el
diseño.
5) El espesor mínimo de la columna o báculo, en relación con el diámetro de la sección, será el que figura en la siguiente
tabla, con una tolerancia de –10 por 100:
Diámetro (mm) Espesor (mm)
< 140 2,5
140 200 3,0
> 200 4,0
6) Secciones distintas de las circulares y octogonales:
6.1) Coeficiente de forma:
Secciones rectangulares y poligonales regulares (pentágono,
hexágono, decágono, dodecágono, de 16 y 18 lados)
Se tomarán los coeficientes especificados en el apartado 7.8
del eurocódigo UNE-ENV 1991-1-4.
En caso de que debido a la sección, el Cf no pueda obtenerse del
eurocódigo, se presentará la propuesta del fabricante al Comité
para su estudio.
6.2) Para este tipo de secciones se comprobará que la tensión
equivalente de Von Mises, una vez calculados los momentos
flectores y de torsión, es menor que la tensión máxima
admisible (límite elástico del material).
7) Coeficiente de comportamiento dinámico : el fabricante
calculará este coeficiente considerando la masa total del
sistema (báculo o columna más luminaria) y corresponderá al
primer periodo de vibración (o periodo fundamental) que puede
ser excitado por la carga de viento aplicada en cada dirección.
El fabricante declarará en el anexo C.
8) Resistencia a la sección transversal: El fabricante
proporcionará los valores necesarios para la comprobación de Ae teniendo en cuenta los apartados a) y b) del apartado 5.6.2.3
de la UNE-EN 40-3-3.
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Para la verificación del cálculo de las columnas o báculos que
cuenten con el refuerzo tipo 1 (fig. 6 del apartado 8 UNE-EN 40-3-
3), se considerará la superficie real de la sección transversal
del refuerzo.
6.4 Requisitos establecidos por el Reglamento Electrotécnico para
Baja Tensión (2002)
En el caso de poseer una abertura para alojar en el interior de la
columna o báculo los equipos eléctricos de protección y maniobra, la
parte inferior de dicha abertura estará situada, como mínimo, a 300
mm de la rasante.
Dicha abertura estará dotada de una puerta o trampilla con grado de
protección IP44 según UNE 20324 e IK10 según UNE-EN 50102. El grado
de protección requerido podrá obtenerse, bien por la propia
construcción de la puerta o trampilla, o bien mediante la
utilización suplementaria de una caja u otra envolvente que esté
alojada en el interior de la columna o báculo, de forma que el
conjunto de soporte y envolvente completamente montada proporcione
el grado de protección exigido. En este último caso, en la
documentación del fabricante deberán estar definidas las
características de la caja necesaria.
Además la puerta o trampilla solamente se podrá abrir mediante el
empleo de útiles especiales y dispondrá de un borne de tierra cuando
sea metálica. Cuando el equipo eléctrico se aloje en una caja
cerrada aislante o metálica puesta a tierra en el interior de la
columna o báculo, podrá evitarse la colocación del borne de tierra
en la puerta o trampilla. En cualquier caso, siempre se instalará en
el fuste de la columna o báculo un borne de toma de tierra.
6.5 Visita inicial
En la visita inicial al centro de producción los servicios de
AENOR:
Evaluarán conforme a lo establecido en el documento "Requisitos del sistema de la calidad" (Anexo D), el sistema de calidad del
peticionario si éste no dispusiera del Certificado de Registro
de Empresa de AENOR,
Verificarán el cumplimiento del control interno del fabricante según lo especificado en el capítulo 11, y que este control
interno está implantado desde, por lo menos, tres meses antes de
la visita,
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Elegirán y referenciarán las muestras necesarias para la
realización de los ensayos siguiendo lo indicado en el apartado
6.6, levantando el correspondiente acta.
Realizarán sobre al menos una referencia de cada modelo para los
que se solicita la certificación de producto los ensayos descritos
en la tabla siguiente:
Tabla 1
Relación de ensayos a realizar por el inspector en fábrica
Normas de referencia
ENSAYOS NORMAS DE
REFERENCIA
VERIFICACIÓN DIMENSIONAL
- longitud/saliente
- sección transversal
- abertura de puerta
- ranura de entrada de cables
- profundidad de instalación
- dimensiones de la placa de brida
- dimensiones de la placa base
- diámetro, longitud y ángulo de fijación
de la luminaria
UNE-EN 40-2
SOLDADURA
UNE-EN 40-5 Ó 40-6
UNIONES
UNE-EN 40-5 Ó 40-6
ACABADO INTERIOR
UNE-EN 40-5 Ó 40-6
ABERTURA DE PUERTA
- altura de parte inferior
REBT
Los Servicios de AENOR emitirán un informe por duplicado sobre
todo lo anterior y someterán un ejemplar a AENOR y uno a la
Secretaría del Comité.
6.6 Toma de muestras
Los Servicios de AENOR marcarán las siguientes muestras:
1) Una muestra de acero sin revestir o aluminio, para el ensayo del material, de la misma chapa de cada uno de los espesores y
tipos y grados de acero o aluminio que intervienen en la fabri-
cación de los modelos para los que se solicita el Certificado.
Las probetas tendrán unas dimensiones de 500 mm x 50 mm.
2) Una probeta de una columna o báculo de cada uno de los modelos para los que se solicita el certificado, de aproximadamente 1
metro de longitud mínima, en la que quede incluida la abertura
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de puerta (con la condición de que cada extremidad de la
probeta se extienda al menos 300 mm por encima y por debajo de
la abertura), para realizar el ensayo de impacto según lo
indicado en el apartado 9 de la UNE-EN 40-5 (IK08 para el
fuste) y en el REBT (IK10 para la puerta o trampilla).
3) Una probeta de una columna o báculo de cada uno de los modelos de abertura de puerta para los que se solicita el certificado,
de 700 mm de longitud máxima, en la que quede incluida la
abertura de puerta, para realizar el ensayo del código IP
establecido en el REBT. En el caso de que el grado de
protección requerido se obtenga mediante la utilización
suplementaria de una caja u otra envolvente alojada en el
interior de la columna o báculo, se deberán definir las
características de la caja necesaria.
Las muestras para el ensayo del grado IP deberán ser enviadas
al laboratorio con ambos extremos sellados.
4) En el caso de las columnas de acero, una muestra galvanizada de cada uno de los modelos para los que se solicita el
certificado, para realizar el ensayo de protección contra la
corrosión según lo indicado en el apartado 11 de la UNE-EN 40-
5.
Se separarán dos juegos de muestras idénticos, de los que uno será
enviado por el fabricante al laboratorio y el otro se reservará en
fábrica para posibles contraensayos (según el apartado 6.7).
Las muestras que envíe el fabricante al laboratorio irán
acompañadas de un acta de toma de muestras en la que vendrá
identificado el tipo y grado de acero, y en el caso de
troncocónicas, el diámetro de la circunferencia a media altura de
la puerta donde se realizará el ensayo de impacto.
En el caso de que el acero o el aluminio empleados como materia
prima dispongan del certificado AENOR de producto, no será preciso
realizar ensayos sobre él, ni por tanto proceder a la toma de
muestras. El fabricante que emplee aceros certificados por AENOR
deberá remitir a la Secretaría copia de los certificados AENOR de
los productos que esté utilizando, indicando sobre que modelos de
su gama los emplea.
En el supuesto de que el fabricante solicite que la verificación
del diseño se realice mediante ensayo, los Servicios de AENOR
referenciarán dos columnas o báculos de cada uno de los modelos
para los que se hace la solicitud. Se separarán dos juegos de
muestras idénticos, de los que uno será enviado por el fabricante
al laboratorio y el otro se reservará en fábrica para posibles
contraensayos (ver 6.7).
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6.7 Comprobaciones y ensayos
El laboratorio de ensayo será seleccionado por el peticionario
entre los relacionados en el capítulo 10 de este documento.
Dicho laboratorio realizará los ensayos siguientes:
Tabla 2
Relación de ensayos a realizar por el laboratorio
Normas de referencia
ENSAYOS NORMAS DE REFERENCIA
MATERIALES
- Ensayo de tracción
- Composición química
UNE-EN 40-5
UNE-EN 40-6
VERIFICACIÓN DEL DISEÑO
- por cálculo
- por ensayo
Apdo. 6.3
UNE-EN 40-3-1
PROTECCIÓN CONTRA ACCESO A PARTES
PELIGROSAS, PENETRACIÓN CUERPOS
SÓLIDOS Y PENETRACIÓN DE AGUA
(CÓDIGO IP)
UNE 20324
RESISTENCIA AL IMPACTO
(IK08 PARA EL FUSTE E IK10 PARA LA
PUERTA O TRAMPILLA)
UNE-EN 50102
PROTECCIÓN CONTRA CORROSIÓN ISO 1461
De los resultados obtenidos en estos ensayos y de las
comprobaciones efectuadas de los cálculos de diseño, el
laboratorio elaborará un informe por triplicado y someterá un
ejemplar a AENOR y dos a la Secretaría del Comité.
En caso de que se produzca un informe negativo del laboratorio, la
Secretaría del Comité se lo comunicará a la empresa peticionaria,
la cual podrá, en el plazo de quince días desde la recepción de la
citada comunicación, solicitar la realización de nuevos ensayos.
Estos ensayos se llevarán a cabo en el laboratorio que realizó los
primeros ensayos y podrán ser presenciados por técnicos de la
empresa y por un representante nombrado por el Comité.
6.8 Acuerdos
El Comité, en un plazo no superior a treinta días desde la
recepción del último informe, deberá reunirse para adoptar el
acuerdo que corresponda sobre la solicitud. En caso de denegación,
se comunicarán al peticionario las razones y se le dará un plazo
para una nueva solicitud.
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6.9 Ampliación del certificado AENOR del producto
Un titular podrá solicitar la certificación de nuevos modelos de
soportes de alumbrado. Para ello deberá cumplimentar el impreso de
solicitud (anexo A), por triplicado, y remitirlo al domicilio de
la Secretaría.
Con el impreso cumplimentado deberán acompañar la siguiente
documentación:
cuestionario descriptivo de cada modelo (anexo C), por tripli-cado, incluyendo el diseño del conjunto acotado con las seccio-
nes necesarias para la buena comprensión del dibujo, Este
cuestionario debe enviarse también en el formato Excel que será
facilitado por la Secretaría.
en el caso de que el fabricante escoja realizar la verificación del diseño mediante cálculo en lugar de mediante ensayo, un
ejemplar de la verificación del diseño de todos los modelos para
los que se hace la solicitud, de acuerdo con las especifica-
ciones del 6.3, que podrá hacerse en soporte papel o
informático.
Si los servicios de AENOR consideran correctos los cálculos del
diseño, será necesaria la realización de una visita para:
Tomar muestras para la realización de los ensayos descritos en la tabla 2, siempre que no hayan sido ensayados anteriormente y
no se trate de producto certificado por AENOR.
Realizar los ensayos descritos en la tabla 1, de al menos el 10% de las referencias para las que se solicite la ampliación.
Cuando no haya que realizar los ensayos recogidos en la tabla 2
porque ya hayan sido ensayados anteriormente o se trate de
producto certificado por AENOR, no será necesario el
desplazamiento a las instalaciones del fabricante para realizar la
comprobación dimensional de los productos solicitados.
En este caso, se admitirá que el fabricante remita a la Secretaría
del Comité los autocontroles, relativos a las características
recogidas en la tabla 1 de este documento, de al menos el 10% de
las referencias solicitadas. Así mismo, se deberá conservar, en
condiciones óptimas, las muestras de la provienen los
autocontroles enviados, con el fin que en la próxima visita de
seguimiento, el inspector realice las mediciones correspondientes
y, de cuyo resultado se dejará registro en el informe de visita.
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Si todas las actividades realizadas desprendieran un resultado
satisfactorio con las especificaciones, la Secretaría presentará a
AENOR la propuesta de ampliación del Certificado para los modelos
solicitados, informando al Comité en su próxima reunión.
En cualquier otra situación, la Secretaría elaborará un informe,
que distribuirá por vía electrónica a todos los miembros del
Comité, con el fin que éste adopte el acuerdo que corresponda al
respecto.
7 MANTENIMIENTO DEL CERTIFICADO AENOR
7.1 Período de validez y renovación
El período de validez del Certificado AENOR de producto es de
cinco años.
Transcurrido este período, se procederá de acuerdo con el capítulo
6 del Reglamento General para la Certificación de Productos y
Servicios.
7.2 Actividades de seguimiento
Las actividades de seguimiento se ajustarán a lo establecido en el
capítulo 5 del Reglamento General y en el resto de este capítulo.
7.3 Visitas de seguimiento
Durante período de validez del Certificado AENOR de Producto, los
servicios de AENOR efectuarán, al menos, una visita anual, en la
que realizarán los siguientes servicios:
Auditoría del sistema de la calidad de la empresa, verificando el correcto funcionamiento del sistema de la calidad,
comprobando que las acciones correctoras consecuencia de las
auditorías internas o externas han sido aplicadas y auditando
las áreas que el Comité indique o que el auditor considere
necesario de acuerdo a lo indicado en el documento "Requisitos
del sistema de la calidad" (Anexo D).
Comprobación del control interno de acuerdo a lo indicado en el capítulo 11 de este documento;
Comprobación del marcado de los productos, que debe ajustarse a lo indicado en el apartado 9 de este Reglamento Particular.
El quinto año desde la concesión del certificado y coincidiendo con la renovación del mismo, se seleccionarán muestras de chapa
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de 2 de las categorías y espesores de acero o aluminio que se
utilizan en la fabricación de los productos certificados.
Realización de los ensayos descritos en la tabla 1 sobre un
mínimo de 5 de las referencias certificadas.
Los servicios de AENOR emitirán un informe por duplicado sobre
todo lo anterior y someterán un ejemplar a AENOR y otro a la
Secretaría del Comité.
7.4 Toma de muestras en el mercado
El Comité podrá elaborar un plan anual de seguimiento en el
mercado de los productos certificados.
7.5 Ensayos
Las muestras tomadas serán sometidas, en el laboratorio designado,
a los ensayos indicados en la tabla 2 (apartado 6.7).
De los resultados obtenidos en los ensayos, el laboratorio emitirá
un informe por triplicado y someterá un ejemplar a AENOR y dos a
la Secretaría del Comité.
Sobre las muestras referenciadas en el punto 6.6 se realizarán los
ensayos definidos en la tabla 1.
8 PRODUCTOS NO CONFORMES
Se entiende por productos no conformes, aquellos productos que
denotan una falta de cumplimiento de los requisitos especificados.
Si se descubre la existencia de alguna partida de tales productos
no conformes dentro de la fabricación de productos certificados,
el titular debe proceder a su destrucción o adecuación, no
pudiendo comercializar tal partida bajo ningún concepto mientras
no haya superado satisfactoriamente los controles adecuados.
9 MARCADO DE LOS PRODUCTOS CERTIFICADOS
Los soportes de alumbrado deberán ir adecuadamente marcados, en
lugar fácilmente visible, una vez instalados, e inamovible.
El marcado será legible aún después de haber aplicado al soporte
de alumbrado la protección superficial especificada para el mismo.
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El logotipo de la Marca AENOR, con sus dimensiones, está definido
en el anexo A del Reglamento General para la Certificación de
Productos y Servicios.
Los licenciatarios no podrán comercializar el producto certificado
sin que, de forma indeleble, y sobre el propio producto aparezca
como mínimo la siguiente información:
Logotipo de la marca AENOR, con un tamaño mínimo de A= [0,75] mm.
número del contrato con AENOR,
Nombre o símbolo del fabricante,
Mes y año de fabricación,
Referencia a la norma UNE-EN 40-5 ó 40-6
El marcado será formado, bien en el material o por pintura,
estampación o mediante una etiqueta fijada de modo seguro.
10 LISTA DE LABORATORIOS DE ENSAYO
- CEIS CENTRO DE ENSAYOS, INNOVACIÓN Y SERVICIOS.
CR Villaviciosa de Odón - Móstoles Km 1,5
28935 MÓSTOLES MADRID
TELÉFONO: 91 6169710
CONTACTO: D. Carlos Muñoz
UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA.
CENTRO POLITÉCNICO SUPERIOR.
Dpto. Ingeniería Mecánica
Edificio Agustín de Betancourt
C/ María de Luna, s/n
50018 – ZARAGOZA
TELÉFONO: 976 76 19 13
CONTACTO: D. José Cegoñino
11 CONTROL INTERNO DEL FABRICANTE
11.1 Objeto y alcance
El control interno del fabricante define el tipo y el número
mínimo de controles a realizar para asegurar la continuidad del
cumplimiento con las normas de los productos que se suministran.
Todos los registros relativos al control interno estarán a
disposición de la Secretaría del Comité, cuando este lo solicite.
RP 19.02 rev. 6 16/33 2011-03-29
11.2 Sistemática de control
Se realizará según las prescripciones de los artículos 13.2 a
13.10, 14 y 15 de las normas UNE-EN 40-5 y 40-6, con la frecuencia
indicada en el apartado 13.2.
El control interno se refiere a las siguientes verificaciones:
Control de materiales
Control dimensional
Rectitud
Verificación del diseño
Soldadura
Resistencia al impacto
Protección contra corrosión
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ANEXO A
SOLICITUD DE CONCESIÓN DEL CERTIFICADO AENOR
PARA COLUMNAS Y BÁCULOS DE ALUMBRADO DE ACERO O ALUMINIO
D. ……………………………………………………………………………………, con DNI ……………………………………, en
nombre y representación de ……………………………………………………………………………………………………
con domicilio social en ……………………………………………………………………………………………………………,
E X P O N E
1 Que conoce y se compromete a acatar el Reglamento General para
la Certificación de Productos y Servicios, el Reglamento
Particular de la Marca AENOR para columnas y báculos de acero o
aluminio, así como los compromisos que en ellos se indican.
2 Que se compromete a pagar los gastos que le corresponda según
viene establecido en el reglamento particular.
3 Que se compromete a acatar, sin reserva, los acuerdos de AENOR
relativos a la tramitación de esta solicitud y de las
verificaciones y controles posteriores que se hagan en
consecuencia.
Por todo ello:
S O L I C I T A
Le sea concedido el Certificado AENOR para los productos o
servicios indicados en los cuestionarios descriptivos adjuntos, de
marca comercial ………………………………, referencia …………………………, producidos en
la fábrica de …………………………………………………………………………………………………………………………………………
en…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
Laboratorio elegido: …………………………………………………………………………………………………………………….
……………………………………… a…… de……………… de 20……
FIRMA Y SELLO
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ANEXO B
CUESTIONARIO DE INFORMACIÓN GENERAL DEL FABRICANTE (A rellenar por el fabricante. Un cuestionario por cada fábrica)
1.1 EMPRESA:
1.2 DOMICILIO SOCIAL:
1.3 Teléfono:
1.4 Telefax:
1.5 Correo electrónico:
1.6 N.I.F:
1.7 Persona que firmará el contrato con AENOR:
1.8 Cargo (de 1.6):
1.9 D.N.I. (de 1.6):
1.10 Persona de contacto:
2.1 DOMICILIO DE LA FÁBRICA:
2.2 Información sobre accesos a la fábrica (croquis de situación,
estación de tren más cercana, aeropuerto, etc)
2.3 Teléfono:
2.4 Telefax:
2.5 Correo electrónico:
2.6 C.I.F.
2.7 Nombres y cargos de los responsables de la fábrica de:
2.7.1 Producción: 2.7.2 Calidad:
2.8 Persona de contacto en fábrica:
3.1 Productos, nombres comerciales y referencias u otras
identificaciones de los productos para los que se ha
solicitado la concesión del derecho de uso del Certificado de
Conformidad:
RP 19.02 rev. 6 19/33 2011-03-29
4.1 Número de personal total de la empresa
— Directivos y técnicos:
— Administrativos:
— Producción:
— Calidad:
4.2 Cualificación del responsable del Departamento de la
Calidad:
5.1 Materias primas y/o componentes que se compran:
5.2 Descripción breve de las principales etapas de fabricación y
los medios de producción:
5.3 Relación breve de los trabajos subcontratados y nombre de
las empresas:
6.1 Documentación de la calidad que poseen:
Especificaciones de producto
Manual de la calidad
Manual de procedimientos de la calidad
Instrucciones técnicas de la calidad
Hojas de protocolo de pruebas, verificaciones y ensayos
Hojas de ruta
RP 19.02 rev. 6 20/33 2011-03-29
Otros (detallar)
6.2 Enumeración de los equipos de control de la calidad:
6.3 Enumeración de los ensayos que se realizan, indicando si son
en cadena o en laboratorio, y en qué porcentaje se hacen:
7.1 Relación de las Marcas obtenidas para los modelos
solicitados:
7.2 Relación de las entidades que le han asesorado en los
últimos tres años.
La veracidad de los datos contenidos en este cuestionario queda
bajo la responsabilidad del peticionario.
……………………………………… a…… de……………… de 20……
FIRMADO:
(Nombre, cargo, firma y sello)
RP 19.02 rev.6 21/33 2011-03-29
ANEXO C
CUESTIONARIO DESCRIPTIVO DEL PRODUCTO
COLUMNA BÁCULO
MODELO DIMENSIONES BÁSICAS ESPESORES LUMINARIA COEF. DE SEGURIDAD
ModeloReferencia
(optativa)
Altura
(m)
Diámetro en
punta (mm)
Vuelo
(m)
Radio
(m)
E. fuste
(mm)
E. placa
base
(mm)
Masa
luminaria (kg)
SUPxCf
(m2)Conicidad
(tanto por mil)
Calidad acero/
aluminio (1)Base Registro Critica
Vref del viento ................................... Clase de deformación horizontal 1 2 3
Categoría del terreno I II
Prestaciones ante el impacto ....................... (Nombre, firma y sello)
(1)Tipo y grado del acero o aluminio empleado. Ejemplo: S 235 JR
NOTA - Junto a este cuestionario debe incluirse el dibujo del diseño acotado, con las secciones necesarias para su comprensión
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ANEXO D
REQUISITOS DEL SISTEMA DE LA CALIDAD
1 OBJETO
El presente documento tiene por objeto definir los requisitos
mínimos exigibles a los sistemas de aseguramiento de la calidad
que deben ser implantados y mantenidos en aquellas empresas que
soliciten u ostenten el derecho al uso del Certificado AENOR de
Producto para soportes de alumbrado, conforme a lo establecido en
el presente Reglamento Particular.
2 NORMA DE REFERENCIA
El sistema de la calidad implantado en la factoría deberá
satisfacer las exigencias de la Norma UNE-EN ISO 9001:2008 con los requisitos adicionales o excepciones contemplados en el capítulo 4
del presente documento.
Para cada uno de dichos requisitos se indicará su grado de
aplicación, exclusión y /o conveniencia en su aplicación, según
corresponda.
Dichas exclusiones permitidas deberán quedar convenientemente
reflejadas en el Manual de la Calidad de la organización (ver
4.2.2) de la norma.
3 TERMINOS Y DEFINICIONES
Serán de aplicación los términos y definiciones dados en la Norma
UNE-EN-ISO 9000:2005 “Sistemas de Gestión de la Calidad.
Fundamentos y vocabulario”.
Los términos utilizados para describir la cadena de suministro
serán los siguientes:
PROVEEDOR................ ORGANIZACIÓN....................CLIENTE.
4 SISTEMA DE GESTION DE LA CALIDAD
4.1 Requisitos generales
Aplicable en todo su contenido.
Cuando una organización contrate externamente procesos o parte de
procesos que afecten a la conformidad del producto con los
RP 19.02 rev. 6 23/33 2011-03-29
requisitos establecidos, la organización deberá de asegurarse de
ejercer un control sobre dichos procesos.
Tanto los procesos contratados externamente como el control que se
ejerza sobre los mismos, deben de estar identificados dentro del
Sistema de Gestión de la Calidad.
La selección, evaluación y re-evaluación de los proveedores
correspondientes (subcontratistas) debe de ajustarse a los
requisitos establecidos en 7.4.1. de la norma.
Es conveniente que las organizaciones establezcan modelos de
Sistemas de Gestión de la calidad basados en modelos de gestión
por procesos.
Es conveniente que las organizaciones enfoquen sus Sistemas de
Gestión de la calidad siguiendo los principios establecidos en 0.2
de la Norma UNE-EN ISO 9001:2008. Se han identificado ocho
principios generales de Gestión de la Calidad que pueden ser
utilizados por las organizaciones:
Enfoque al cliente.
Liderazgo.
Participación del personal.
Enfoque basado en procesos.
Enfoque del Sistema hacia la gestión.
Mejora continua.
Enfoque basado en hechos para la toma de decisiones.
Relaciones mutuamente beneficiosas con el proveedor.
4.2 Requisitos de la documentación
4.2.1 Generalidades
Aplicable en todo su contenido.
4.2.2 Manual de la Calidad
Aplicable en todo su contenido.
El Manual de la Calidad debe de incluir la estructura organizativa
(organigrama o similares) de la organización. En cuanto a la
definición de funciones y responsabilidades, deben de figurar como
mínimo las del primer nivel de la organización. (ver 5.5.1 de la
norma).
RP 19.02 rev. 6 24/33 2011-03-29
4.2.3 Control de los documentos
Aplicable en todo su contenido.
El control de los documentos será de aplicación tanto a los
documentos internos como a documentos externos aplicables al
Sistema de Gestión de la Calidad (normas, reglamentos,
especificaciones de clientes,...).
4.2.4 Control de los registros
Aplicable en todo su contenido.
El período mínimo de conservación de los registros de la calidad
que demuestren el cumplimiento de los requisitos aplicables a la
conformidad del producto suministrado será de siete años. Para el
resto de registros de la calidad identificados, el período mínimo
de conservación será de tres años.
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ANEXO E
ENSAYO DE LA PROTECCION CONTRA IMPACTO MECANICO DE LAS PUERTAS
Se debe realizar un ensayo de tipo sobre cada modelo de puerta o
trampilla, el cual debe cumplir con una categoría de protección
contra impacto de IK-10 especificada en la norma UNE-EN 50102.
El equipo de ensayo debe ser o bien un martillo de péndulo o bien
un martillo de caída libre vertical.
Se realizará un solo impacto y deberá aplicarse en el centro de la
puerta o trampilla.
Se considerará valido el ensayo del código IK-10 de la puerta o
trampilla de registro cuando una vez realizado el ensayo dicha
puerta o trampilla no haya entrado en contacto con la caja
portafusibles o en el caso de no llevarla con el punto donde esté
ubicada la tensión
RP 19.02 rev. 6 26/33 2011-03-29
5 RESPONSABILIDAD DE LA DIRECCION
5.1 Compromiso de la dirección
Aplicable en todo su contenido.
5.2 Enfoque al cliente
Aplicable en lo relativo a los apartados 7.2.1 y 8.2.1. de la
norma.
5.3 Política de la calidad
Aplicable en todo su contenido.
Debe de estar definida y han de existir evidencias tanto de su
revisión periódica (por ejemplo, en el marco de revisión del
Sistema de la Calidad), como de su comunicación y difusión dentro
de la organización.
5.4 Planificación
5.4.1 Objetivos de la calidad
Aplicable en todo su contenido.
Deben de existir objetivos medibles, así como evidencias de un
seguimiento periódico de la evolución de los mismos. No será
aceptable la existencia de objetivos de la calidad relativos al
cumplimiento de requisitos de la Norma UNE-EN ISO 9001:2008. (Por
ejemplo: realizar auditorías internas, evaluar a proveedores,...).
Será recomendable que las organizaciones introduzcan
paulatinamente objetivos de mejora aplicables a todos los aspectos
de la organización, en especial para aquellos procesos
relacionados con la prestación de servicios directamente asociados
al suministro de productos.
5.4.2 Planificación del Sistema de la Calidad
Aplicable a la planificación de los objetivos de calidad: debe de
evidenciarse una planificación documentada (a modo de metas,
fases, actuaciones, recursos necesarios, responsables, plazos,...)
para la consecución de los objetivos establecidos.
5.5 Responsabilidad, autoridad y comunicación
5.5.1 Responsabilidad y autoridad
Aplicable en todo su contenido.
RP 19.02 rev. 6 27/33 2011-03-29
Como se ha indicado en 4.2.2. de la norma, en el Manual de la
Calidad se debe de incluir un organigrama y la definición de
responsabilidades hasta el primer nivel de la organización, como
mínimo. Para el resto de funciones que afecten al Sistema de la
Calidad, las responsabilidades asociadas pueden estar definidas en
otros documentos del Sistema (por ejemplo, en perfiles de puesto
de trabajo, en procedimientos organizativos,...).
5.5.2 Representante de la Dirección
Aplicable en todo su contenido. La función de representante de la
dirección puede ser realizada por el Comité de Calidad (si
existe), siempre y cuando esté definida su composición, sus
atribuciones y su nivel de autoridad.
5.5.3 Comunicación interna
Aplicable en lo relativo a la comunicación interna de datos e
información relacionada directamente con el producto suministrado.
5.6 Revisión por la dirección
Aplicable en todo su contenido. La periodicidad mínima de dichas
revisiones será anual.
Previamente a la auditoría inicial por parte de los Servicios de
AENOR, se deberá disponer de los documentos que justifiquen que
se ha realizado la revisión por la Dirección.
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6 GESTION DE LOS RECURSOS
6.1 Provisión de recursos
Aplicable de forma general para los procesos de realización del
producto.
6.2 Recursos humanos
Aplicable en lo referente al punto 13.6 de la norma UNE- EN 40-5 y
UNE-EN 40-6.
6.3 Infraestructura
La organización debe de determinar (al menos a nivel de familias
de equipos) la infraestructura necesaria para lograr la
conformidad con los requisitos de producto.
Deben existir registros que demuestren la realización del
mantenimiento previsto, al menos de los equipos de proceso
(subapartado b) y en la medida en que afecten a los requisitos de
producto, los equipos e infraestructura indicados en los
subapartados a) y c).
En caso de que dichas actividades de mantenimiento se subcontraten
externamente, los proveedores correspondientes deberán estar
sometidos a los requisitos establecidos en 7.4.1 en lo relativo a
su evaluación, selección y re-evaluación.
6.4 Ambiente de trabajo
Solamente aplicable cuando suponga riesgo claro de incumplimiento
de requisitos de producto.
No debe de confundirse con requisitos de un sistema de prevención
de riesgos laborales.
7 REALIZACIÓN DEL PRODUCTO
7.1 Planificación de la realización del producto
Solamente será de aplicación cuando se hayan introducido en el
alcance de la certificación nuevos productos/familias de productos
y/o nuevos procesos de producción, o cuando se hayan realizado o
se tenga previsto realizar modificaciones en dichos procesos
productivos, así como ampliaciones de centros productivos.
RP 19.02 rev. 6 29/33 2011-03-29
7.2 Procesos relacionados con el cliente
Aplicable en todo su contenido.
7.3 Diseño y desarrollo
Aplicable en lo referente al apartado 6 de las normas UNE-EN 40-5
y UNE-EN 40-6. En caso de litigio se someterá al Comité Técnico de
Certificación
7.4 Compras
Aplicable en todo su contenido.
7.5 Producción y prestación de servicio
7.5.1 Control de la producción y prestación del servicio
La organización deberá definir e identificar los parámetros de
control críticos de su proceso productivo, así como el sistema de
control y seguimiento de los mismos. Asimismo se deberán
establecer las acciones a tomar en caso de que dichos parámetros
críticos sobrepasen los límites establecidos, y quién tiene la
responsabilidad y autoridad para tomar dichas medidas (en lo
relativo tanto al proceso como al producto afectado).
7.5.2 Validación de los procesos
Aplicable en lo relativo al proceso de soldadura.
7.5.3 Identificación y trazabilidad
En la identificación del producto será exigible lo establecido en
los reglamentos particulares correspondientes.
La trazabilidad del producto no se considera exigible en su
totalidad (desde las materias primas hasta el producto final),
aunque sí recomendable.
7.5.4 Propiedad del cliente
No aplicable.
7.5.5 Preservación del producto
Aplicable en todo su contenido, incluyendo el transporte del
producto hasta el cliente.
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7.6 Control de los dispositivos de seguimiento y medición
Aplicable en todo su contenido. El suministrador establecerá una
lista de todos los equipos que precisen una calibración para
asegurar la calidad del producto final. En esta lista es exigible
que estén todos los necesarios para realizar los ensayos de
control interno.
8 MEDICION, ANÁLISIS Y MEJORA
8.1 Generalidades
Aplicable en lo relativo a los subapartados a) (determinar la
conformidad del producto) y b) (asegurarse de la conformidad del
Sistema de Gestión de la calidad).
Recomendable en lo relativo al apartado c) (mejorar continuamente
la eficacia del Sistema de Gestión).
La utilización de técnicas estadísticas como método de medición y
análisis será aplicable en lo relativo a las características de
los productos; recomendable para otros procesos y actividades del
Sistema de Gestión.
8.2 Seguimiento y medición
8.2.1 Satisfacción del cliente
Aplicación parcial. Al menos será exigible que uno de los métodos
utilizados por la organización para obtener información sobre la
percepción de sus clientes con respecto al cumplimiento de los
requisitos establecidos sea la atención de sus quejas y
reclamaciones.
A tal efecto, la organización deberá de establecer y documentar en
un procedimiento el proceso seguido para atender y gestionar
dichas quejas y reclamaciones efectuadas por los clientes respecto
a los productos certificados. En dicho procedimiento se deberá
además incluir quién dentro de la organización está designado y
tiene autoridad para tomar decisiones respecto a los conflictos
planteados.
La organización deberá mantener registros de dichas quejas y
reclamaciones, así como las acciones a que hayan dado lugar (ver
8.5.2).
Es recomendable la utilización de otras fuentes de información
complementarias relativas al conocimiento del grado de
satisfacción de los clientes, tales como:
RP 19.02 rev. 6 31/33 2011-03-29
- Cuestionarios y encuestas,
- Informes de organizaciones de consumidores.
- Estudios sectoriales comparativos.
- Comunicación directa con los clientes (entrevistas)....
8.2.2 Auditoría interna
Aplicable en todo su contenido.
Las auditorías internas se deben de programar teniendo en cuenta
que al menos anualmente han ser auditados todos los procesos y
actividades básicas del Sistema de gestión de la calidad de la
organización.
No es aceptable considerar las auditorías de clientes o las
auditorías de certificación como auditorías internas.
8.2.3 Seguimiento y medición de los procesos
Aplicable a los parámetros y variables de control del proceso
establecidos por la organización (ver 7.5.1 de la norma).
Recomendable su aplicación paulatina a otros parámetros de proceso
sobre los cuales se pueda hacer seguimiento y medición, tales
como:
- Capacidad del proceso.
- Rendimientos.
- Tiempos de ciclos, y su optimización.
- Parámetros de consumo: energético, materiales,
desperdicios,...
8.2.4 Seguimiento y medición del producto
Aplicable en todo su contenido.
Los ensayos y la frecuencia de los mismos será como mínimo la
establecida en los correspondientes Reglamentos Particulares de
producto.
Los servicios de AENOR examinarán con cada fabricante los
resultados de estos controles en el curso de visitas periódicas
que se prevén en el Reglamento Particular. Por tanto el fabricante
debe registrar los resultados de cada ensayo, poniendo dichos
registros a disposición de los servicios de AENOR.
Los controles por muestreo sobre la producción se efectuarán según
las especificaciones de los artículos 13.2 al 13.10, 14 y 15 de
RP 19.02 rev. 6 32/33 2011-03-29
las Normas UNE-EN 40-5 y 40-6, con la frecuencia indicada en el
apartado 13.2
8.3 Control del producto no conforme
Aplicable en todo su contenido, considerando lo siguiente:
Se entiende por producto no conforme aquel que estando en
posesión de la Marca AENOR de certificación, no cumple con
los requisitos técnicos establecidos.
Cuando se detecta la existencia de alguna partida de producto
no conforme, la organización deberá proceder a su destrucción
y/o reprocesado; en ningún caso podrá comercializar dicha
partida amparada por la Marca AENOR como material conforme.
Debe de existir un procedimiento documentado donde se
establezcan los controles, responsabilidades y autoridad
relativas a la gestión y tratamiento de dichos productos no
conformes.
Cuando cualquier producto (en curso o finalizado) es
clasificado como no conforme se ha de garantizar su no
utilización y entrega; asimismo se identificará
inequívocamente y se mantendrán registros de la naturaleza y
magnitud de las no conformidades y de las acciones tomadas al
respecto.
8.4 Análisis de datos
Aplicable en lo relativo al apartado b) (análisis de los datos
apropiados que proporcionen información... sobre la conformidad
con los requisitos del producto).
Recomendable para el resto de aspectos contemplados (satisfacción
de los clientes, características y tendencias de los procesos,
relaciones con proveedores).
8.5 Mejora
8.5.1 Mejora continua
Exigible en cuanto al planteamiento de acciones de mejora
relativas al producto suministrado. Recomendable su aplicación a
otros aspectos y procesos de gestión dentro de la organización
(por ejemplo: acciones de mejora en los procesos de
comercialización de los productos, en los procesos de gestión de
las compras, en los procesos de marketing,...).
RP 19.02 rev. 6 33/33 2011-03-29
Tal y como señala la Norma UNE-EN-ISO 9001:2008, el uso de la
política de la calidad, los objetivos de la calidad, los
resultados de las auditorías, el análisis de datos, las acciones
correctivas y preventivas y la revisión del sistema por la
dirección son herramientas que la organización debe de tener en
cuenta a la hora de plantearse acciones de mejora.
8.5.2 Acciones correctivas
Aplicable en todo su contenido.
8.5.3 Acciones preventivas.
Aplicable en todo su contenido.